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Aspectos Tributarios de los Precios de Transferencia. Tax Department & Transfer Pricing Jorge L. García O.

Aspectos tributarios de los precios de transferencia

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Aspectos Tributarios de los Precios de Transferencia.

Tax Department &Transfer Pricing

Jorge L. García O.

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Temario• Introducción a precios de transferencia.• Los convenios para evitar la doble imposición.• El principio de plena competencia.• Análisis de comparabilidad.• Métodos de determinación de precios de transferencia• Procedimientos Administrativos.• Deber de Documentación.• Consideraciones especificas aplicables a los intangibles.• Servicios intragrupos.• Acuerdo de reparto de costes.• Reestructuraciones empresariales.• Normativa Nicaragüense en Precios de Transferencia.

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Introducción

¿Qué entendemos por Precios de Transferencia?•Por precios de transferencia debe entenderse al precio pactado en transacciones realizadas entre compañías vinculadas, en las que se transfieren bienes o servicios y que pueden ser diferentes a los que hubieran pactado partes independientes.

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Ejemplo de precios de transferencia.

Fabricante

Distribuidor

Broker

Valor final $ 1,000

$ 200

$ 200Utilidad

$ 200

$ 800

$ 600Utilidad

$ 800Utilidad

RAE 0%

RAE 30%

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Antecedentes

• Doctrinariamente, SigloXX, con el auge de la transnacional.• Legislativamente, UK 1915, Ley de Finanzas:• “Cuando una entidad no residente llevara a cabo actividades

económicas con una empresa residente en el Reino Unido y a la vez la empresa no residente poseyera una estrecha conexión y ejerciera un control sustancial sobre la residente en la jurisdicción fiscal inglesa, resultando en la transacción un beneficio menor que el que se habría esperado, la entidad no residente tributaría en el Reino Unido como agente de la empresa residente por los beneficios desviados hacia ella en la operación vinculada”.

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• USA, 1917. War Revenue Act.• “Establecía la exigencia de declaraciones

consolidadas a empresas asociadas en el Impuesto Federal sobre la Renta de Sociedades. En virtud del federalismo, en USA el problema de los precios de transferencia surgió inicialmente entre varios Estados de la Unión”.

• En 1935, aparecería en USA una reglamentación que interpretaba la Sección 45 Internal Revenue Code –IRC- (Antecedente de la Sección 482 del IRC), norma actual para el tema de precios de transferencia en ese país.

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• América del Sur, Argentina encontramos la primera regulación sobre precios de transferencia en Latinoamérica Art 20 de la Ley 11682 de 1932 . Así mismo, otros países latinoamericanos demorarían mucho más en promulgar una regulación sobre la materia: México en 1992, Brasil en 1996 y Colombia en el 2002.

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Contexto de tributación internacional.

• Empresa Transnacional.• Integración de Mercados.• Avance Tecnológico.• Soberanía fiscal.• OCDE, CAF. ONU, CIAT• CDI y no imposición.• Treaty Shopping.• Modelo CDI, artículo 9.

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La globalización y la empresa transnacional.

• El comercio internacional continua aumentando exponencialmente, así como la internacionalización de las empresas.

• El combate de los esquemas y maniobras de planeamiento tributario nocivo.

• La tecnología ha sido el punto de despegue y próximo target de las AATT.

• Globalización vs Soberanía Fiscal.• Lag Tributario.

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Integración de Mercados y el avance tecnológico.

• CAFTA, SICA, ALBA, etc.• Sistemas de información internos y regionales.• Armonización fiscal (normativa e

institucional).• Bases de datos consensuadas.• Exenciones especiales.• Doble tributación.

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Organismos precursores del Derecho Internacional Tributario.• G20, impulsa la creación del CAF en la OCDE,

35 paises..• La ONU actúa paralelamente.• CIAT y países en vías de desarrollo.• Soft Law (directrices, recomendaciones, white

papers, notas, comentarios), etc.• Contribuyentes Mundiales vs Ciudadanos

Globales.

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CDI y no imposición.

• Doble Imposición, económica y jurídica.• No imposición.• Modelo de convenio para evitar la doble

imposición sobre la renta y el patrimonio.• Vers 2010 LATAM.• Vers 2014 EU and USA.

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Treaty Shopping.

• Abuso de tratados.• Beneficiario efectivo o final.• Normas antielusivas.• Reglas de transparencia fiscal.• Contexto internacional.• TLC.

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Treaty Shopping, sociedad conductora.

Sociedad A

Sociedad B

Sociedad C

CDICDI

15% IRNR

N/A IRNR

Dividendos Exentos

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Arto 9 CDI. Empresas Asociadas.

1. Cuandoa)Una empresa de un Estado contratante participe directa o indirectamente en la dirección, el control o el capital de una empresa del otro Estado contratante, ob)Unas mismas personas participen directa o indirectamente en la dirección, el control o el capital de una empresa del otro Estado contratante y de una empresa del otro Estado contratante,y en uno y otro caso, las empresas estén, en sus relaciones comerciales o financieras, unidas por condiciones aceptadas o impuestas que difieran de las que serían acordadas por empresas independientes, los beneficios que habrían sido obtenidos por una de las empresas de no existir esas condiciones, y que de hecho no se han obtenido a causa de las mismas, pueden ser incluidos en los beneficios de esa empresa y sometidos a imposición en consecuencia. (…)

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Participación Directa e Indirecta

% DE PARTICIPACIÓN.AB = 51%. Por lo que “B” es dependiente de “A”.AC = 45,2%. Resultado de multiplicar el 10.20% PI a través de B, (51% x 20%) + 35% PD.AD = 11.3%. Resultado de multiplicar el 45,2% de “A” en “C” x el 25% PD de “C” en “D”.AE = 7.91%. Resultado de multiplicar la participación de “A” en “D”, 11.3%, por la que posee “D” en “E”, que es del 70%.DERECHOS DE VOTO.AB: 51%. “B” es dependiente de “A”.AC: 30,2%. Un 20% indirecto de “B” y un 10.2% directo (51% x 20%). “C” es asociada del grupo A.AD: 25%. PI a través de “C”. Por tanto “D” es asociada del grupo de “A”.AE: 0%, ya que para que “A” se atribuya los derechos de voto que directamente posee “D” (70%), sería necesario que “D” fuese dependiente de “A”, que no lo es.

Jorge Luis Garcia
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Arto 9 CDI. Empresas Asociadas.

• (…) 2- “Cuando un Estado Contratante incluya en las utilidades de una empresa de ese Estado – y las grave en consecuencia- los beneficios por los que una empresa de ese Estado Contratante haya sido gravada y las utilidades así incluidas sean utilidades que habrían correspondido a la empresa del primer Estado si las condiciones establecidas entre las dos empresas hubieran sido las que regirían entre empresas independientes, ese otro Estado ajustará debidamente la cuantía del impuesto que grave esas utilidades. Para determinar ese ajuste se tendrán debidamente en cuenta las demás disposiciones del Convenio y las autoridades competentes de los Estados Contratantes celebrarán consultas entre sí cuando fuese necesario.”

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Ajustes

• No se habla de voluntad defraudatoria o ánimo de elusión.

• Perspectiva nacional: Puede ser unilateral o bilateral.

• Perspectiva Internacional: Ajuste Primario y Correlativo.

• Ajuste secundario: aplicación de las consecuencias de los ajustes previos.

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Ejemplo de ajustes secundarios

Sociedad A Sociedad B

Préstamo

Dividendos

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Datos Estadísticos.

• Según la OMC 2,000, comercio internacional = 70% bienes + 30% servicios.

• 45% entre empresas relacionadas.• 53% ocurre en 8 países:• USA 16%.• Alemania 8%• Japón 7%• UK 5%• Francia 5%• Canadá 4%• Italia 3.5%• China 4.5%

México 10.4Costa Rica 8.1

(18% Nic)

(14.4% Nic)

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• 2001, apróx. 65K empresas multinacionales con 850K filiales, 900 mil empleos directos.

• La principal empresa del mundo en el 2015, tiene más ingresos que el PIB de 180 países.

• Red de Justicia Fiscal, estima que mas de 20 trillones de dólares son controlados “offshore”.

• 500 mill $ salen de países subdesarrollados como fuga de capitales.

Atlas de las corporaciones multinacionales, Dobla Inc.

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Directrices en materia de PT.

• CAF, OCDE, Documento más importante en la materia.• LATAM sólo México y Chile son miembros, Brasil actúa en un marco de

cooperación reforzada y Argentina, Bolivia, Honduras, Nicaragua, Panamá, Uruguay Costa Rica y Venezuela también participan en otros Comités en carácter de Observadores.

• Resto de países han tomado directrices como referencias para incorporarlas a su legislación sobre precios de transferencia, con mayor o menor apego, tales como los métodos de determinación descriptos en las directrices.

• Brasil ha generado normativa específica que puede considerarse contraria a las directrices.

• Las directrices representan los puntos de vista de expertos en la materia de más de treinta países.

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Principio de Plena Competencia.

• Principio de Plena Concurrencia.• Principio Arm´s Length.• La necesidad de contar con un parámetro

común para analizar los precios de transferencia. Estándar Internacional.

• Como se adelantó anteriormente, se interpretó que la medida de valor más adecuada a ello lo constituía el precio normal de mercado entre empresas independientes.

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• El principio persigue reproducir en las transacciones entre empresas asociadas las condiciones que se encuentran entre empresas independientes, en operaciones y circunstancias comparables. Y si existieran diferencias entre estas condiciones, los beneficios de las empresas asociadas puedan ajustarse para fines tributarias.

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Concepto de comparabilidad

Un concepto central a la hora de analizar precios de transferencia es el de comparabilidad. En principio, determinar si los precios de transferencia pactados entre partes vinculadas resultan arm’s length implica constatar los mismos con aquellos negociados entre partes independientes en transacciones o situaciones comparables.

No obstante, dicha comparación no siempre resulta sencilla, incluso, a veces, imposible.

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● ¿Resulta posible comparar los precios pactados por productos similares pero con marcas (aunque todas sean de primera línea) diferentes?● ¿Resulta comparable el precio de un mismo producto vendido en distintos mercados geográficos?● En el caso de productos con mercado internacional transparente (commodities), ¿resulta la cotización conocida un único valor válido arm’s length

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Aspectos relevantes de la Vinculación

• Es imposible que todas las operaciones transfronterizas sean testeadas.

• Se presume que las transacciones entre independientes son a condiciones de mercado.

• Hay que centrarse en las que pueda existir manipulación de precios.

• Principio de realidad económica.

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• ¿Sólo las operaciones realizadas con sujetos vinculados deben ser analizadas mediante la técnica de los precios de transferencia?

Positivo.• ¿Pueden existir transacciones con sujetos no

vinculados que merezcan este control?Negativo.OJO: Normas de Transparencia Fiscal Internacional

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Generalidades de la Comparabilidad

• La información hace al Método. Proponerse lo contrario, es decir, seleccionar un Método y luego buscar la información para aplicarlo, sería forzar el análisis de comparabilidad y restarle certeza al resultado.

• Así como es importante no forzar la información para aplicar un método, es también importante no forzar la comparabilidad de la información para que se adapte a la transacción testeada. Los ajustes aplicados deben ser razonables para que el resultado sea procedente.

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• Dos transacciones son potencialmente comparables cuando las Actividades realizadas en su formación, los Activos utilizados y los Riesgos asumidos para llevarlas a cabo, son similares.

• La búsqueda de comparables es sólo parte del Análisis de Comparabilidad, no debe confundirse la búsqueda de potenciales comparables con el Análisis mismo.

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Aspectos de la comparabilidad

• Aspectos Cualitativos: se refiere a las condiciones esenciales del objeto a comparar.

• Aspectos Cuantitativos: se refiere a las cantidades involucradas a comparar.

** Ambas condiciones se deben de cumplir.**Implantación de comparables.

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Aspectos cualitativos

• Numerosas diferencias pueden encontrarse con relación al análisis de comparabilidad, y en la medida que los bienes testeados posean una porción mayor de intangibles implicados, estas comparaciones se vuelven aún más complejas (Ej.: en la industria farmacéutica, dos productos pueden servir para determinada patología, y ambos contener las mismas drogas bases, pero la combinación contenida en cada uno de ellos y la marca patentada, podrían tener como consecuencia precios muy diferenciados entre sí).

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Aspectos cuantitativos

• El tamaño de las empresas en función de las ventas, los activos totales, los bienes de uso o la cantidad de empleados.

• Intangibles existentes en los activos totales, o a la proporción de gastos de investigación y desarrollo con relación a las ventas, a efectos de probar el grado de tecnología involucrada en las operaciones.

• Ventas de exportación con las ventas totales.• Criterios relacionados con inventarios de bienes de cambio en

valores absolutos o relativos para la medición de los niveles de stocks, y sus riesgos inherentes.

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La temporalidad de la comparabilidad.

• Se refiere a qué periodos de tiempos hay que considerar –tanto para el sujeto testado como para las empresas comparables – a los fines de realizar la constatación.

• No hay un momento único para efectuar las referidas comparaciones: en todo caso, existen intervalos de tiempo en los cuales resultaría confiable realizarlas (cíclicos, estacionales, coyuntural, estructural (oferta y demanda).

• Salvo que la legislación interna establezca alguna norma específica, no existe regla técnica que permita, a priori, establecer el número de años bajo análisis, pudiendo ser los anteriores o posteriores, porque se supone que en períodos relativamente cortos y en situaciones de mercado estables, ni los precios ni los márgenes de utilidad debieran sufrir grandes variaciones.

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Limitaciones de la comparabilidad:

• Las diferencias de los productos o servicios, de volúmenes, de mercados y de estrategias comerciales.

• La atemporalidad de la comparabilidad. Pues al momento de realizar el análisis, se cuente con una cantidad limitada de Información, muy distinta a la que puede tener el Fisco, cuando llega dos o tres años más tarde a efectuar una revisión.

• La confidencialidad y el secreto comercial de alguna información de un tercero que pudiera resultar necesaria.

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• La inexistencia de empresas comparables en el mercado interno.

• Las diferencias de exposición de resultados.• Las discrepancias que se producen como resultado

de la aplicación de contabilidades no homogéneas entre los países.

• Las divergencias de idiomas en que se encuentra la información.

• Y otras más compenetradas con los mercados.

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• “Dos operaciones serán comparables cuando no existan diferencias entre ellas o cuando existiendo, se conoce la incidencia de estas en el precio y por lo tanto se puedan ajustar”.

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FACTORES DE COMPARABILIDAD:

• Las Directrices (1.38 a 1.62) indican que los factores que determinan la comparabilidad son:

1. Las características de los productos o servicios2. Análisis funcional3. Términos (condiciones) contractuales4. Circunstancias económicas5. Estrategias de negocio

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Calidad de la Información:• El nivel de detalle en la información disponible de los potenciables

comparables externos es menor que los comparables internos, por no ser de dominio público.

• Esta dificultad conlleva a alguna flexibilidad en la valoración de la necesidad de satisfacer la totalidad de los factores de comparabilidad, evaluando con razonabilidad cada caso, y dependiendo de la naturaleza de la transacción controlada y del método utilizado.

• Para el análisis de comparabilidad, se debe efectuar mayores esfuerzos para conseguir los mejores datos disponibles sobre los 5 factores respecto del tercero considerado como potencialmente comparable y, cuando la información detallada sobre un factor dado no es encontrada, determinar en qué medida la carencia de datos afecta la fiabilidad de la comparación y permite ajustes.

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Las características de los productos o servicios.

• Tangibles:1.Particularidades físicas, 2.Aptitud de utilización,3.Calidades, 4.Disponibilidad y volumen de provisión, Y todas las similares que en general determinen los

precios en el mercado abierto, permitiendo la comparación de operaciones entre empresas controladas e independientes.

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Las características de los productos o servicios.

• Intangibles:1.Licencias, 2.Patentes, 3.Marcas y 4.Know how.Prestaciones de servicios: la naturaleza y

extensión de los mismos.Para préstamos: las tasas utilizadas y los plazos.

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Análisis funcional.

• Se analiza la estructura y organización de la compañía y del grupo económico al que pertenece, como así también el entorno jurídico en el que la empresa cumple sus funciones.

• El análisis de comparabilidad de funciones, riesgos asumidos y activos utilizados.

• Puede dificultarse cuando hay diversidad de actividades involucradas y se trata de determinar cuál es la función económicamente más importante.

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Análisis funcional.

• A veces es conveniente considerar un análisis funcional global, más que segregar las funciones, los activos y los riesgos por separado, sin caer en estándares de comparabilidad basados en búsquedas automáticas (Ej.: no todos los laboratorios medicinales realizan las mismas funciones).

• La falta de información detallada de terceros es una limitación en este punto y muchos analistas creen compensar esta falencia aumentando el tamaño de la muestra de comparables independientes, y lo único que se logra con este proceder, es generar rangos de resultados más amplios pero no necesariamente más confiables.

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Análisis funcional.

• Las diferencias contables pueden crear distorsiones en la exposición de activos y de cuentas de resultados disímiles puede inducir a confusiones (Ej.: la exposición de la cuenta inventarios puede estar influida por existencias obsoletas, previsiones, seguros propios, mercaderías en consignación etc., que hablan por si de diferencias de activos y de riesgos asumidos).

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Términos (condiciones) contractuales.

• Las Directrices afirman que en las operaciones entre partes independientes, los términos contractuales pactados en mercados abiertos definen generalmente en forma explícita o implícita las responsabilidades, riesgos y beneficios reales de los negocios.

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Términos (condiciones) contractuales.

• Las condiciones contractuales son aquellas que influyen en la asignación de riesgos entre las partes, en las condiciones de pago, en las condiciones de entrega, en los compromisos de volúmenes de compra previos, en las pautas de exclusividad etc. y por ello pocas veces son usadas como pilares de una búsqueda, porque la información sobre lo negociado por terceros independientes es en general confidencial y está relacionada con las estrategias particulares de cada empresa y de la decisión de cómo llevar a cabo su negocio.

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Reflexiones sobre Términos (condiciones) Contractuales.

• La excepción a la regla son las licencias pagadas cuando existen términos específicos contractuales que fijan sumas fijas o porcentuales (royalties), las cuales pueden asumirse como impacto sobre el precio y segregarse para su evaluación.

• En términos generales, lo que se busca es evaluar si las condiciones pactadas son concurrentes con la sustancia económica de la transacción y hasta qué punto los activos involucrados y los riesgos asumidos por operaciones entre empresas vinculadas son factibles en operaciones entre independientes (ya sea porque se detectan cláusulas abusivas o por la omisión de cláusulas que resultarían imprescindibles en el mercado abierto).

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Circunstancias Económicas.

• Los precios sufren oscilaciones según las diferentes circunstancias que afectan a los mercados en que operan.

La ubicación geográfica, La dimensión y la tipología de los mercados,Los niveles de oferta y demanda y El alcance de la competencia...

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Circunstancias Económicas.

• Quizás sea el punto más amplio a analizar, y aunque la información en este campo en general sea de más fácil acceso (muchos datos son de carácter público), en general es el que menos se profundiza, salvo en casos extremos (ej.: efecto Tequila en México o la devaluación del 2001 en Argentina).

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Ejemplos:

• No es lo mismo vender autos en la India que en Brasil, donde la cantidad de habitantes de este último país es sustancialmente menor, aunque, por otra parte el nivel adquisitivo per cápita resulta más alto que en primero.

• ¿Cómo cuantificar estas incidencias opuestas?• Herramientas: PLI´s, ajustes en tasas de interés,

precios de tierra, nivel de vida, etc… case by case.

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Ejemplos:

• Plantaciones de arándanos donde una vez plantados tardará dos o tres años en que pueda dar frutos, y recién a los siete años dará el 100% de su potencial.

• Comparar utilidades de transacciones realizadas por empresas que se encuentren en distintas fases, puede ocasionar distorsiones importantes en los resultados obtenidos, ya que en una primera fase todo es inversión y no hay rentabilidad; luego se evidencia una renta relativa y en la etapa madura es cuando realmente se verifica la utilidad del negocio.

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Ejemplos:

• Otra situaciones especiales como ser el start-up de un negocio, empresas en quiebra o concurso, empresas en procesos de fusión o transformación, etc. deberían ser rechazadas como comparables apropiados cuando el juicio del analista así lo indique (es decir cuando se pretenda comparar con empresas que no estén en ese mismo ciclo o situación).

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Estrategia de negocios.

• Influencian de manera importante los resultados ya que, por ejemplo, muchas veces se sacrifican rentabilidades actuales con el fin de obtener mayores utilidades futuras.

• Sin embargo estas planificaciones y tácticas de negocios en general no son de dominio público y, si lo son, pueden resultar no totalmente confiables, o no cuantificables ejemplos:

Cuando se magnifican ciertos acuerdos como herramientas para hacer subir la imagen de una empresa,

Lanzamiento de un nuevo producto o promoción que requiere una mayor gasto de de promoción y publicidad que dicha penetración de mercado demandó.

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• “La importancia relativa que se le dará a cada uno de los 5 factores de comparabilidad dependerá de la naturaleza de la transacción controlada y la disponibilidad de la información”.

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Proceso de Selección de Comparables.

• No es un proceso obligatorio, es una recomendación de parte de las directrices.

• Sólo la calidad de la información con la cual trabajemos nos ofrecerá la certeza de los resultados, pero la ayuda de una guía de trabajo, aporta una notable mejora en la comprensión y tratamiento de dicha información.

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Proceso de Selección de Comparables.

• Paso 1: Determinación de los años a ser cubiertos.• Paso 2: Análisis general de las circunstancias del Contribuyente.• Paso 3: Comprender las características de las transacciones controladas

bajo examen, basándose en particular en, un análisis funcional, el método de precios de transferencia más apropiado para las circunstancias del caso, el indicador financiero para testear rentabilidad (en el caso de un método de beneficio transaccional) y la identifican de los factores de comparabilidad que deben tenerse en cuenta para el análisis.

• Paso 4: Si existen, examen de comparables internos.• Paso 5: En caso de la necesidad de utilización de comparables externos,

probar su fiabilidad mediante la determinación de fuentes de información confiables.

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Proceso de Selección de Comparables.

• Paso 6: Selección del método de precios de transferencia más adecuado y, dependiendo del método, la determinación del indicador financiero pertinente (en caso del método del margen neto transaccional).

• Paso 7: Identificación de potenciales comparables: determinación de las características claves que debe cumplir cualquier transacción no controlado para considerarse como potencialmente comparable, basado en los factores relevantes identificados en el paso 3 y de conformidad con los factores de comparabilidad.

• Paso 8: Determinación y realización ajustes de comparabilidad, en caso de corresponder.

• Paso 9: Interpretación y utilización de los datos recogidos, y determinación de la rentabilidad arm’s length.

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Consideraciones al Proceso de Selección de Comparables.

• En la práctica no es un proceso lineal,• Los pasos 5 a 7, hasta llegar a una resolución

oportuna, pues de las fuentes se hace el método.

• Puede no encontrarse información oportuna (paso 7) o habrá que realizar demasiados ajustes (paso 8) que pierda la comparabilidad, por lo que se tendrá que escoger otro método.

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Tópicos significativos de las directrices en la comparabilidad

1. Perspectivas del análisis de comparabilidad.2. Temporalidad.3. Análisis Generalizado de la Circunstancias de los contribuyentes.

3.1) Revisión de la transacción controlada y la elección del tested party.3.2) Evaluación de operaciones combinadas de los contribuyentes.3.3) Evaluación de estrategias comerciales.3.4) Selección del Tested Party.3.5) Información sobre la transacción controlada3.6) Comparables no controlados de las transacciones.

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Perspectivas del análisis de comparabilidad.

• Se realza la necesidad de un correcto análisis cualitativo de las condiciones de la transacción.

• Proporcionalidad entre la carga de los contribuyentes y las administraciones (costes de estudios).

• Prudente gerenciamiento de los negocios.• Aceptación de casos donde resulte difícil la

obtención de comparables.

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Temporalidad.

Con respecto a la información:Cuando se genera?Situación y legislación de c/país.Cuando se obtiene?Contemporaneidad de la información.Cuando se produce?Periodo del estudio.

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Análisis Generalizado de la Circunstancias de los contribuyentes.

• Evaluación de la industria, competencia, factores económicos y legales y otros elementos que afectan a los contribuyentes y su entorno, pero aún no en el contexto de mirar las transacciones específicas en cuestión.

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Revisión de la transacción controlada y la elección del tested party.

• Tiene como objetivo identificar los factores que influyen en la selección de la parte testeada (cuando sea necesario), tales como:

La elección y aplicación del método a las circunstancias del caso,

El indicador financiero con el cual se testeará (en TNMM),

La selección de comparables adecuada y, cuando proceda la determinación de los ajustes de comparabilidad.

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Evaluación de operaciones combinadas de los contribuyentes• Lo ideal, de acuerdo al principio de operador independiente,

es que se compare transacción por transacción, pero pueden existir donde están estrechamente vinculadas que no es posible realizarlo de esta forma, por ejemplo:

Varios contratos a largo plazo para el suministro de los productos o servicios,

Derechos a utilizar la propiedad inmaterial o intangible y El precio de una gama de productos estrechamente vinculado

(por ejemplo, en una línea de productos) cuando no es posible determinar el precio de cada producto individual o transacción.

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Ejemplos:

• Concesión de licencias de know-how de fabricación y el suministro de componentes vitales a un fabricante asociado; puede ser más razonable evaluar las condiciones de los 2 elementos combinados en lugar de individualmente. Estas transacciones se evaluarán juntas utilizando el método arm’s length más adecuado.

• Un Grupo multinacional puede agrupar una serie de beneficios como una única transacción y establecer un precio único, como puede ser el caso de licencias de patentes, conocimientos técnicos y marcas, la prestación de servicios técnicos y administrativos y el arrendamiento de instalaciones de producción.

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Ejemplos:

• Este tipo de convenio es conocido como un contrato global “Package Deal”. En estos paquetes integrales sería improbable que incluyan la venta de bienes, sin embargo, el precio cobrado por ventas de mercancías pueden cubrir algunos servicios adicionales al producto.

• En algunos casos, puede no ser factible evaluar el paquete en su conjunto, por lo que los elementos deben ser segregados. En tales situaciones, después de determinar los precios de transferencia por separado, la administración tributaria deberá considerar si la totalidad de la operación cumple con el criterio de operador independiente.

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Evaluación de estrategias comerciales

• El mayor ejemplo es el “enfoque de cartera”, es una estrategia que consiste en agrupar ciertas transacciones con el fin de ganar un retorno en la cartera, en lugar de realizarlo sobre cualquier producto único dentro de la cartera de productos de un contribuyente.

• Sucede, en algunos casos que algún producto podrá comercializarse por un contribuyente con ganancias bajas o incluso con pérdidas, pero que crean una demanda de otros productos y servicios relacionados del mismo contribuyente que luego son vendidos con altos beneficios.

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Ejemplos

• Equipo y consumibles creando un mercado cautivo de accesorios:

Cafeteras y cápsulas de café, o Impresoras y cartuchos.Apps y Sistemas Operativos.

Nota: Deben aplicarse criterios de razonabilidad.

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Selección del Tested Party.

• Como regla general, la tested party es a la que se le puede aplicar un método precios de transferencia de la manera más confiable y se puedan encontrar los comparables más fiables, es decir, será más a menudo la transacción que tiene un análisis funcional menos complejo.

• Al aplicar métodos CPM, el RPM o TNMM, es necesario elegir la parte en la transacción que será analizada mediante un indicador financiero (mark-up sobre costos, margen bruto, o indicador de utilidad neta). La elección de la tested party debe ser coherente con el análisis funcional de la transacción.

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Información sobre la transacción controlada

• Para seleccionar y aplicar el método precios de transferencia más adecuado a las circunstancias del caso, se necesita información sobre los factores de comparabilidad en relación con la transacción controlada bajo revisión, y en particular de las funciones, activos y riesgos de todas las partes intervinientes en la transacción controlada, incluyendo al grupo multinacional asociado.

• El análisis de precios de transferencia requiere cierta información disponible acerca de las empresas extranjeras asociadas, la naturaleza y el alcance depende sobre todo del método de precios de transferencia seleccionado.

• Sin embargo, esa información puede no estar del todo disponible.

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Comparables no controlados de las transacciones.

• Una transacción no controlada comparable es aquella entre dos partes independientes que es comparable a la transacción testeada. Esta puede ser un comparable interno o externo.

• Las comparaciones de las transacciones controladas del contribuyente con otras operaciones controladas llevadas a cabo por él mismo u otro grupo de empresas multinacionales son irrelevantes para la aplicación del principio de plena competencia y por lo tanto no debe ser utilizado por la AATT como base para ajuste de transferencia de precios o por los contribuyentes para apoyar su política de precios de transferencia.

• Ej: Las transacciones con accionistas minoritarios en los que habrá que estudiar la influencia que ejerce sobre la empresa.

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Comparables Internos.

• Está contenido en el paso 4 del proceso típico y es el examen de los comparables internos de la empresa.

• Estos son los más fiables y económicos del mercado, pues presumiblemente se basarán en idénticas prácticas y normas contables.

• Estos para asegurar su fiabilidad deben pasar por los 5 factores de comparabilidad.

Page 73: Aspectos tributarios de los precios de transferencia

Comparables externos y fuentes de información.

• Hay varias fuentes de información que puede utilizarse para identificar potenciales comparables externos.

Bases de datos nacionales,Bases de datos comerciales, extranjeras

comparables e Información secreta a los contribuyentes.

Page 74: Aspectos tributarios de los precios de transferencia

Bases de datos nacionales

• Estadísticas del Banco Central.• Estadísticas de las Bolsas Agropecuarias.• Data de la CENIVAL y la Bolsa De Valores.• Información pública disponible.

Page 75: Aspectos tributarios de los precios de transferencia

Bases de datos comerciales, extranjeras comparables.

• Desarrollados por editoriales u órganos de control, y que compilan los EEFF presentados por las empresas a los órganos administrativos pertinentes en formato electrónico muy adecuado para realizar búsquedas y análisis estadísticos.

• Pueden presentar información útil y práctica, en dependencia de los hechos.

Page 76: Aspectos tributarios de los precios de transferencia

Limitaciones de las Bases de Datos Comerciales.

• No tienen información disponible de todos los países.

• Puede que no incluyan el mismo tipo de información para todas las empresas, por normativa legal o contable.

• El uso de base de datos comerciales no debería alentar la cantidad sobre la calidad.

• No siempre es compatible con la mezcla de información pública (depende de la técnica).

Page 77: Aspectos tributarios de los precios de transferencia

Comparables de origen extranjero o internacionales.

• Puede ocurrir que no se realicen búsquedas de comparables en una base country by country, por ejemplo, en los casos donde hay datos disponibles a nivel nacional se utilizan comparables no nacionales. Los mismos, no deben ser rechazados automáticamente simplemente porque no son nacionales.

• Una determinación de si son confiables debe hacerse caso por caso y en función de que cumplen con los 5 factores comparabilidad.

Page 78: Aspectos tributarios de los precios de transferencia

Comparables ocultos a los contribuyentes.

• Las AATT pueden tener información disponible para ellos de exámenes a otros contribuyentes o de otras fuentes de información que no puede ser divulgada a los contribuyentes (principio de confidencialidad).

• La crítica a esta práctica se da en la violación al principio del debido proceso y el derecho a la defensa, por cuanto, no procede aplicar un método en base a dicha información, a menos que la AATT, dentro de los límites de la confidencialidad interna revele esos datos al contribuyente para que exista una oportunidad adecuada para que éste defienda su posición y salvaguarde el efectivo control judicial en los tribunales.

Page 79: Aspectos tributarios de los precios de transferencia

Selección o Rechazo de Potenciales Comparables.

• Enfoque Aditivo: consiste en que un sujeto realiza la búsqueda y elabora una lista de terceros con transacciones potencialmente comparables. A continuación, se recopila información sobre las transacciones realizadas por estos terceros para confirmar si son comparables aceptables, basado en la criterios de comparabilidad predeterminados.

• Puede ser utilizado como única metodología donde la persona que realiza la búsqueda tiene conocimiento de los terceros que participan en transacciones comparables a la transacción controlada examinada.

Page 80: Aspectos tributarios de los precios de transferencia

Selección o Rechazo de Potenciales Comparables.

• Enfoque deductivo: comienza con un amplio conjunto de empresas que tienen el mismo sector de actividad, funciones generales similares y no presentan características económicas evidentemente diferentes. La lista es luego refinada mediante criterios de selección e información públicamente disponible, por ejemplo:

Bases de datos, Sitios de Internet, Información sobre competidores conocidos de los

contribuyentes).

Page 81: Aspectos tributarios de los precios de transferencia

Selección o Rechazo de Potenciales Comparables.

• En la práctica, el enfoque "deductivo" por lo general comienza con una búsqueda en una base de datos, donde se utilizan criterios cuantitativos y cualitativos para incluir o rechazar potenciales comparables:

• Criterios de tamaño: En términos de ventas, activos o número de empleados.

El tamaño de la transacción en valor absoluto o en proporción a las actividades de las partes podría afectar a la posición competitiva relativa del comprador y vendedor y por lo tanto, comparabilidad.

Page 82: Aspectos tributarios de los precios de transferencia

Selección o Rechazo de Potenciales Comparables.

• Intangibles relacionados: tales como la relación del valor de bienes Intangibles sobre el Total de Activos a valor neto, o relación de I+D sobre Ventas.

Estos índices se pueden utilizar, para excluir a las empresas con bienes intangibles valiosos o con importantes actividades de I+D cuando la parte testeada no utiliza activos intangibles valiosos ni participa en actividades significativas de I+D.

Page 83: Aspectos tributarios de los precios de transferencia

Selección o Rechazo de Potenciales Comparables.

• Criterios relacionados con la importancia de las ventas de exportación (Foreign Sales sobre el Total Ventas).

• Criterios relacionados con inventarios en valor absoluto o relativo, en su caso (UEPS, PEPS, Costo Promedio).

• Otros criterios de exclusión de terceros con situaciones especiales, como las empresas en puesta en marcha, bancarrota, etc.

Page 84: Aspectos tributarios de los precios de transferencia

Ajustes de comparabilidad.• Ajustes de comparabilidad deben considerarse si (y sólo si) se

espera que aumente la confiabilidad de los resultados.• Sólo son adecuados para las diferencias que tendrá un efecto

significativo en la comparación. La comparación puede ser adecuada a pesar de una diferencia sin ajustar, siempre que la diferencia no tenga un efecto significativo sobre la fiabilidad de la comparación.

• La necesidad de realizar numerosos o importante ajustes para la comparabilidad puede indicar que las transacciones de terceros no son lo suficientemente comparables.

Page 85: Aspectos tributarios de los precios de transferencia

Ejemplos de ajustes:

• Diferencias entre prácticas contables.• Segmentación de datos financieros• Ajustes por diferencias en el capital,

funciones, activos y riesgos.• Ajustes por devaluación de la moneda.• Etc…

Page 86: Aspectos tributarios de los precios de transferencia

Problemas de cumplimiento

• Costos a los que deben incurrir los contribuyentes para identificar posibles comparables y obtener información detallada al respecto.

• Personal calificado altamente costoso.• Paquetes enlatados de estudios.• Falta de delimitación de empresas o alcance

económico de las operaciones que deben aplicar estudios de precios de transferencias..

Page 87: Aspectos tributarios de los precios de transferencia

Métodos de valoración.

Métodos Tradicionales. Basados en la transacción.•CUP- Método de precio comparable no controlado.•RPM- Método del precio de reventa.•CPM- Método del coste incrementado.

Page 88: Aspectos tributarios de los precios de transferencia

Métodos de valoración.

Métodos No Tradicionales. Basados en la determinación del Beneficio.•TPSM- Método del Reparto del Beneficio.•TNMM- Método del Margen Neto Transaccional.

Page 89: Aspectos tributarios de los precios de transferencia

CUP- Método de precio comparable no controlado.

• Compara el precio de transacción de bienes o servicios que se prestan en una transacción controlada con el precio que se aplica para bienes que se transfieren o servicios que se prestan en una transacción no controlada comparable, en circunstancias similares.

• Se deben cumplir 2 premisas:1. Que ninguna de las diferencias entre las transacciones

o entre las empresas comparadas puedan afectar materialmente el precio convenido en un mercado abierto;

2. Que de existir dichas diferencias, se puedan realizar ajustes razonables y confiables

Page 90: Aspectos tributarios de los precios de transferencia

Método CUP

• Es ideal, cuando una empresa independiente vende el mismo producto que se venden las empresas asociadas (concepto de comparable externo), o cuando la empresa controlada vende el mismo producto a 2 empresas, una vinculada y otra independiente (concepto de comparable interno).

Page 91: Aspectos tributarios de los precios de transferencia

Limitaciones – Método CUP

• En la práctica se destina a situaciones menos complejas, en las que existe un precio de referencia, commodities.

• Por lo general, las empresas vinculadas no celebran ente sí y con terceros, operaciones comparables.

• Falta de semejanza comparable entre los productos.

Page 92: Aspectos tributarios de los precios de transferencia

Características a evaluar• Calidad del producto: Consistencia (metales preciosos,

minerales) y Duración.• Condiciones contractuales: Garantía del producto, volumen de

ventas, modalidades de créditos, politicas de recambio, CIF, FOB.• Nivel de Mercado: Mayorista, minorista, clausulas especiales de

distribución, segmento de consumo (artículos suntuarios), grado de desarrollo del país.

• Días de transacción o Diferencia Temporal: estacionalidad, modas, nuevas reglamentaciones.

• Intangibles asociados.• Riesgos de cambios monetarios.

Page 93: Aspectos tributarios de los precios de transferencia

Sobre intangibles...

Page 94: Aspectos tributarios de los precios de transferencia

Ventajas y Desventajas.

Ventajas:•Es el más aceptado por las legislaciones impositivas mundiales. Se focaliza la comparación en los productos o servicios negociados y no en las funciones desarrolladas (aunque ello no implica que no deban ser consideradas, junto con los riesgos y activos involucrados en esa operación).

Page 95: Aspectos tributarios de los precios de transferencia

Ventajas y Desventajas.

Desventajas:•Dificultad para encontrar una transacción comparable, que no tenga diferencias con efectos en el precio.•No aplica en bienes con tecnología propia y con marca identificable mundialmente.•Resulta difícil chequear si la información de los comparables es fidedigna.•No es un método fácil de conciliar con los objetivos de las empresas. Por ejemplo, a veces se establecen políticas que incluyen vender un producto aunque no de ganancias, solo a los efectos de presentar una gama completa de productos.

Page 96: Aspectos tributarios de los precios de transferencia

Caso Práctico:• Fabricante Local de lapiceros comunes vende a sujetos

vinculados del exterior.• Se descartó la existencia de comparables internos. La

testeada sólo vende a empresas del grupo. Tampoco opera en el mercado local.

• Se encontró otra fábrica que produce y exporta productos similares a sujetos independientes. No obstante, la testeada solo vende bolígrafos azules y la otra sólo fabrica bolígrafos negros. Realizado el análisis de mercado, se determinó que esa diferencia no afectaba el precio.

Page 97: Aspectos tributarios de los precios de transferencia

• Asimismo, se detectó otra cuestión con incidencia en el precio: el bolígrafo de la empresa comparable era vendido en una bolsa de nylon, mientras que el de la empresa testeada no.

• Se determinó el valor de dicho envoltorio y se ajustó, por lo que se determinó que era sujeta a comparabilidad.

Page 98: Aspectos tributarios de los precios de transferencia

RPM- Método del precio de reventa.

• Utilizado para determinar el valor de mercado de un bien adquirido a un sujeto vinculado que es vendido a un sujeto independiente o consumidor final.

• Se basa en una economía abierta, la remuneración por el ejercicio de funciones similares en actividades diferentes tienden a igualarse, de lo que se desprende que si 2 revendedores venden productos similares, asumiendo riesgos análogos e involucrando activos parejos, pretenderán recibir a cambio una rentabilidad equivalente.

Page 99: Aspectos tributarios de los precios de transferencia

Método RPM

• En este caso, lo que se compara no es el precio de los productos, sino las utilidades brutas obtenidas en la enajenación de los bienes. Se parte del valor al cual los bienes fueron enajenados a sujetos independientes (y por lo tanto bajo condiciones de libre competencia). El método propone restar a ese valor una utilidad de mercado para determinar finalmente un precio de adquisición arm's length.

Page 100: Aspectos tributarios de los precios de transferencia

Método RPM

En síntesis:

El margen de utilidad de mercado calculado sobre el precio de reventa representa la cantidad a partir de la cual un revendedor independiente buscaría cubrir sus costos y otros gastos operativos y obtener un beneficio razonable tomando en cuenta las operaciones realizadas, los activos utilizados y los riesgos arrogados.

Page 101: Aspectos tributarios de los precios de transferencia

Método RPM

• Es apto para determinar el precio de compra de un bien a una parte relacionada (importaciones), que posteriormente se vende a terceros.

• Es usado para empresas distribuidoras que revenden los productos sin adicionarles partes o alterarlo físicamente. Mientras menos modificaciones sufra el producto, más confiable resultará el método.

Page 102: Aspectos tributarios de los precios de transferencia

Ventajas y Desventajas.

Ventajas:•Las diferencias entre los productos son menos relevantes para el análisis (Ejemplo: 2 electrodomésticos pequeños: tostadoras y licuadoras).•Requiere menos ajustes que el método CUP.•Es el más apropiado para la reventa de bienes.

Page 103: Aspectos tributarios de los precios de transferencia

Ventajas y Desventajas.

Desventajas:•No se usa cuando el análisis involucre algún bien que contenga intangibles valiosos (2 revendedores venden reproductores de DVD, si 1 de ellos es de marca reconocida mundialmente, y posee una tecnología de vanguardia, seguramente buscará una utilidad superior, aunque las tareas y funciones desarrolladas sean las mismas).•Sensible a los grados de actividad desplegados por las partes comparadas, Ej: las diferencias entre dos revendedores, donde 1 solo redistribuye los bienes, y el otro se ocupa de la publicidad y promoción del producto (si bien los gastos de comercialización se encuentran por debajo de la utilidad bruta, es razonable pensar que este último requerirá de una rentabilidad mayor para hacerle frente a este tipo de erogaciones).

Page 104: Aspectos tributarios de los precios de transferencia

Ventajas y Desventajas.

• No puede ser usado cuando se detecten diferencias en las prácticas contables que no puedan ser subsanadas con exactitud a través de ajustes fiables de comparabilidad.

Page 105: Aspectos tributarios de los precios de transferencia

Caso Práctico

• X SA, sucursal local del grupo internacional X Group, quien produce tela de algodón para la confección de camisas.

• A fin de desarrollar su actividad (la distribución de telas al por mayor), X SA importa dichas telas de algodón terminadas desde su casa matriz y las revende en su propio mercado a empresas independientes.

Page 106: Aspectos tributarios de los precios de transferencia

Ingresos y Egresos:

•"Método del Precio de Reventa".•Comparables: Textil 1, Textil 2 y Textil 3. Las que comercializan telas de algodón para la confección de prendas de vestir, aunque no se trate especialmente de aquellas utilizadas para camisas.

Concepto Importe

Venta (Precios de las Telas) 100

Costo (importación) 40

Utilidad Bruta 60

Utilidad Bruta / Ventas 60%

Page 107: Aspectos tributarios de los precios de transferencia

• Tanto los algodones comercializados por la empresa testeada, como los de sus comparables, no poseen marca que los distinga, ni ningún proceso especial involucrado en su confección que hagan suponer una distinción especial.

Page 108: Aspectos tributarios de los precios de transferencia

Rubro Textil 1 Textil 2 Textil 3

Venta (Precios de las Telas) 90 80 100

Costo (importación) 60 40 60

Utilidad Bruta 40 40 40

Utilidad Bruta / Ventas 44% 50% 40%

Resultados obtenidos, se puede observar que el rango de márgenes brutos de plena competencia van desde el 40% hasta el 50%, con lo cual se entiende que las operaciones efectuadas por la empresa bajo análisis cumplen con el principio arm's length (para la AATT Local).

Page 109: Aspectos tributarios de los precios de transferencia

CPM- Método del coste incrementado.

• Mejor conocido como Método del Costo Adicionado realiza la comparación entre operaciones sumándole a los costos de producción de una transacción relacionada, el margen de utilidad que obtendría un independiente y comparando el resultado contra el precio de enajenación pactados con sujetos independientes.

Page 110: Aspectos tributarios de los precios de transferencia

Método CPM

• A los costos de operación, en los que incurre el proveedor (testeado) de los bienes, servicios o derechos, en una transacción vinculada por la propiedad transferida o los servicios prestados a una parte vinculada, se le adiciona un margen de utilidad arm's length, de acuerdo a las funciones efectuadas y a las condiciones del mercado.

Page 111: Aspectos tributarios de los precios de transferencia

Método CPM

• Este método es útil para productores de bienes y servicios que realizan ventas (exportaciones) a partes relacionadas tomando como base el costo de producción de la empresa controlada, más un margen bruto de mercado, que debería equivaler al precio de venta de partes independientes.

• La información respecto al mark up buscado, puede obtenerse del margen obtenido por comparables internos, o comparables externos.

• No resulta fiable, cuando se incluyan intangibles, en ambas partes.

Page 112: Aspectos tributarios de los precios de transferencia

Factores importantes.Estructura general de costo: Costos fijos y amortizaciones- Vida útil de las plantas y equipos. las ≠ en los niveles y tipos de gastos de producción y otros gastos, incluyéndose gastos de financiación coligados con las funciones desempeñadas y los riesgos asumidos.Experiencia en el negocio: Fase de inicio (Start-up) o de madurez de la compañía.Eficiencia gerencial: Política de ventas, esquema de compensación de venta.La consistencia ÷ las reglas contables utilizadas por las empresas comparadas, dado que pueden existir diferencias respecto a las exposiciones de los costos y gastos que desvirtúen los resultados obtenidos.

Page 113: Aspectos tributarios de los precios de transferencia

Con respecto a los costos y gastos…

• Costos Directos: Se identifican con la unidad de producto o servicio; materia prima directa y mano de obra directa.

• Costos Indirectos de Fabricación: Aquellos costos acumulados de materiales y mano de obra indirectos más todos los incurridos en la producción pero que en el momento de obtener el costo del producto terminado no son fácilmente identificables de forma directa con el mismo, ya que pueden usarse para varios bienes o servicios (personal indirecto, depreciación de maquinaria, mantenimientos, etc.).

• Gastos de Explotación: Aquellos gastos que no están imputados directamente al bien o servicio, sino que hacen a la empresa en su conjunto (personal, alquileres, informática, luz, seguridad, comunicaciones, etc.).

Page 114: Aspectos tributarios de los precios de transferencia

Ventajas y Desventajas.Ventajas.•Se requieren menos ajustes para explicar diferencias en los bienes que en el método CUP, pues se prioriza otros factores de comparabilidad, que pudieran tener un efecto más relevante sobre el margen incremental del costo que el que tienen sobre el precio.•Se aplican a bienes y servicios e industrias con transferencias de productos semielaborados que no tienen un mercado exterior de venta (importación con venta en mercado local);•Es el más adecuado para justipreciar bienes tangibles.•Es menos dependiente de las características de los bienes y se basa principalmente en las funciones de las partes en las transacciones.

Page 115: Aspectos tributarios de los precios de transferencia

Ventajas y Desventajas.

• Desventajas• Es difícil la determinación cuando existen

diferencias contables relacionadas con la exposición y composición de los costos, que por su complejidad no puedan ser subsanadas a través de ajustes.

• No resulta de fácil aplicación en aquellos casos en que el productor asume riesgos significativos.

Page 116: Aspectos tributarios de los precios de transferencia

Caso Práctico.

• La empresa Yes SA, es productor local de dispositivos electrónicos para el mercado de telefonía celular y vende sus productos a su vinculada extranjera Yes Limited.

• CHIP1, CHIP2 y CHIP3 también producen los mismos dispositivos y se los venden a compradores extranjeros no relacionados. Sus transacciones resultaron comparables en base al análisis de comparabilidad efectuado, y la similitud de riesgos asumidos y activos utilizados en sus operaciones.

Page 117: Aspectos tributarios de los precios de transferencia

Testeada.

Concepto ImporteVenta (precios de los dispositivos) 210

Costo 200

Utilidad Bruta 10

Utilidad Bruta / Costo 5%

Por lo tanto, vemos que la firma vende por $ 210, y su costo es $ 200, obteniendo un margen bruto sobre costos por dicha operación del 5%.

Page 118: Aspectos tributarios de los precios de transferencia

Comparables

• Ninguno posee intangible valioso incorporado.• Las operaciones de CHIP1 y CHIP3, incluyen en sus costos de

fabricación gastos relacionados con la administración de la planta, mientras que Yes S.A. y CHIP2 las tienen contabilizadas en sus gastos de explotación.

Rubro CHIP 1 CHIP 2 CHIP 3Venta 200 200 200

Costo de ventas 190 185 180

Utilidad Bruta 10 15 20

Ajuste por Gastos de Admon. 10 10

Utilidad Bruta Ajustada 20 15 30

Utilidad Bruta Ajustada / Costo 11% 8% 17%

Page 119: Aspectos tributarios de los precios de transferencia

Para Recordar…

• Vinculada vende a Testeada deberíamos pensar en aplicar el RPM.

• Testeada vende a Vinculada deberíamos tener en cuenta el CPM.

• Para que los métodos devuelvan resultados más convincentes es necesario que la otra punta de la relación sean sujetos independientes.

Page 120: Aspectos tributarios de los precios de transferencia

TPSM- Método del Reparto del Beneficio.

• Este método consiste en determinar la utilidad operativa obtenida por todo el grupo en transacciones en las cuales intervienen empresas vinculadas y distribuir dicho resultado entre aquellas partes en función a un indicador apropiado.

Page 121: Aspectos tributarios de los precios de transferencia

Metodo TPSM

• No se toman en cuenta las posibles condiciones especiales o impuestas que hubieran podido existir en las transacciones realizadas entre empresas vinculadas.

• El beneficio obtenido por todo el grupo se dividirá sobre la base de algún parámetro del mismo modo que lo hubieran hecho empresas independientes.

Page 122: Aspectos tributarios de los precios de transferencia

Formas de dividir el beneficio operativo.

• División total de los resultados obtenidos de las operaciones entre las empresas vinculadas, sobre la misma base que lo hubiesen hecho empresas independientes, de acuerdo a las funciones llevadas a cabo, activos comprometidos y riesgos asumidos.

• División residual, se asigna primero a cada integrante las utilidades que puedan atribuirse directamente (por ejemplo,

partiendo de la aplicación de otro método) y luego se acude al reparto de beneficio en base a un parámetro relevante para las utilidades que no pudieron asignarse directamente.

Page 123: Aspectos tributarios de los precios de transferencia

Ventajas y Desventajas.

Ventajas.1.No se basa directamente en operaciones estrechamente comparables. Sino que busca identificar como se hubiesen repartido utilidades empresas independientes partiendo del análisis funcional.2.Es un método flexible, contempla hechos y circunstancias específicos, y posiblemente únicos. 3.Las partes de la transacción se evalúan conjuntamente, ninguna queda fuera del análisis, de manera que el beneficio correspondiente a cada empresa puede establecerse en forma más precisa.4.No es necesario que existan operaciones comparables.

Page 124: Aspectos tributarios de los precios de transferencia

Ventajas y Desventajas.

Desventajas.•Los datos externos del mercado no inciden mucho como en otros métodos.•La falta de comparables influye en la forma en que las utilidades podrían dividirse entre partes independientes.•Es difícil hallar los costos y beneficios de cada operación analizada para cada entidad interviniente.•Dificultad por parte de las AATT y de la empresa local para la obtención y validación de los datos de las operaciones de las empresas vinculadas del exterior.•Se torna muy compleja la detección de comparables para el análisis funcional.

Page 125: Aspectos tributarios de los precios de transferencia

Es recomendable…

En Uniones Transitorias de Empresas (UTE).Transacciones que involucran servicios

interrelacionados.Transacciones que generen beneficios

conjuntos.En caso de desarrollo de activos intangibles no

rutinarios o únicos.

Page 126: Aspectos tributarios de los precios de transferencia

Caso práctico.

• Petro1 y Petro2, vinculadas y residentes en diferentes países, y dedicadas a la extracción y comercialización de hidrocarburos y sus derivados, realizan gastos en común para la creación de un Activo Intangible tendiente a mejorar la extracción de crudo.

• Esta mejora producida por el Activo Intangible se refleja en la utilidad final, siendo esta mayor a la de cualquier empresa del mercado que realice su operación sin dicho intangible.

Page 127: Aspectos tributarios de los precios de transferencia

Condiciones.

• La naturaleza del Activo Intangible permite que proporcionemos su contribución a las operaciones de cada empresa en base a los gastos realizados por cada una de ellas en su generación.

• Las empresas venden sus productos a terceros independientes.• El método ideal después del análisis funcional es el TPSM.• Las operaciones de las empresas son simples, bien conocidas en

el mercado, tal que puede esperarse que la utilidad inicial sea del 10% sobre los Costos de Venta.

• La utilidad residual debe dividirse proporcionalmente entre las empresas según los gastos I+D, del Activo Intangible.

Page 128: Aspectos tributarios de los precios de transferencia

Utilidades antes de ajustes.

Petro 1 Petro 2 Combinado

Ventas 70 150 220

Costo 30 100 130

Utilidad Bruta 40 50 90

Gastos Generales 10 20 30

Gastos Activos Intangibles 25 6 31

Utilidad Operativa Final 5 24 29

Page 129: Aspectos tributarios de los precios de transferencia

• Utilidad de las empresas según mercado.• 10% de los costos de ventas.

• ≠ (13,29) = 16 (utilidad residual combinada).

Primer Paso Costo Petro 1 x 10% Costo Petro 2 x 10% Combinada

Utilidad inicial de mercado 3 10 13

Page 130: Aspectos tributarios de los precios de transferencia

Utilidad Residual Combinada.

Segundo Paso Petro 1 Petro 2 Combinada

Proporción Gasto Intangible

Gastos Activos Intangibles Empresa / Gastos Activos Intangibles Combinados.

81% 19%

Utilidad Residual Alocada

Proporción Gasto Intangible X Utilidad Residual Combinada.

12.90 3.10

Utilidad Total Residual + Inicial 15.90 13.10 29.00

Page 131: Aspectos tributarios de los precios de transferencia

TNMM- Método del Margen Neto Transaccional.

• Tiene como objetivo determinar y comparar el margen neto operativo de transacciones controladas con el margen neto operativo obtenido en transacciones comparables no controladas o por empresas independientes. La comparación se realiza utilizando una base apropiada (por ejemplo, costos, ventas o activos) que dependerá de las condiciones de la transacción controlada y con la cual generar un indicador de rentabilidad que permita la comparación.

Page 132: Aspectos tributarios de los precios de transferencia

Ventajas y Desventajas.

• Ventajas:• Al tomar los márgenes netos como punto de

referencia de los precios, el TNMM es menos sensible a las diferencias en los precios de los bienes o servicios que el método de precio comparable entre partes independientes.

• También resulta menos sensible a las diferencias de las funciones llevadas a cabo para la transacción respecto de los métodos que utilizan márgenes de utilidad bruta.

Page 133: Aspectos tributarios de los precios de transferencia

Ventajas y Desventajas.

• No resulta necesario homogeneizar imputaciones contables, dado que las diferencias en las normas contables respecto de la clasificación de los rubros gastos/costos, al utilizar la utilidad neta, pierde importancia.

• No se requiere determinar las funciones efectuadas y responsabilidades asumidas por más de una de las empresas vinculadas, como en el método de división de utilidades.

Page 134: Aspectos tributarios de los precios de transferencia

Ventajas y Desventajas.• Desventajas.• El Margen Neto puede estar influenciado por factores

que tienen poco que ver con los precios a consecuencia de las variaciones de los gastos operativos entre empresas, dado que el método queda librado a un nivel de utilidad que puede ser bajo o alto, por ejemplo, por una gestión ineficiente o un control de costos inadecuado que influye en la utilidad operacional en particular.

• Pueden existir dificultades para determinar a cuál de las empresas asociadas corresponde el ajuste de la utilidad, por ejemplo cuando dos empresas vinculadas realizan transacciones de compra venta entre ellas.

Page 135: Aspectos tributarios de los precios de transferencia

Segregación de las operaciones.

• Salvo para el análisis de operaciones financieras, en el análisis de precios de transferencia deben segregarse todos los componentes financieros que no afecten directamente a la operación.

• Para determinar la utilidad operativa de la transacción, se debe considerar la utilidad bruta menos los gastos operativos.

Page 136: Aspectos tributarios de los precios de transferencia

Segregación de las operaciones.

Ventas = Precio del bien o servicio.Costos = De adquisición, producción o realización.Gastos Operativos = Gastos de admon y comercialización.Ventas – Costos = Utilidad Bruta – (Gastos Operativos) = Utilidad Operativa.

Page 137: Aspectos tributarios de los precios de transferencia

• Utilidad Operativa es antes de Gastos Financieros, del IR y de todo otro costo y/o gasto que no esté directamente relacionado con las operaciones que se están analizando.

• Se debe analizar los comparables para detectar diferencias y proceder a ajustarlas, en su caso.

• Ej: la inclusión contable de un gasto extraordinario como gasto operativo que, por lo tanto, debe eliminarse si no afecta directamente a las transacciones analizadas.

Page 138: Aspectos tributarios de los precios de transferencia

Análisis de las operaciones.

• Análisis Transaccional: Operaciones en forma individual.• Análisis Desagregado: Un grupo de transacciones

determinadas, agrupadas por línea de producto/s, por su tipo de mercado, por los riesgos de la operación, por fecha o tiempo de realización, por una función específica bien determinada a nivel de ingresos y egresos, por una situación particular de las operaciones o por una combinación de los anteriores

• Análisis Agregado: La totalidad de las transacciones de la compañía.

Page 139: Aspectos tributarios de los precios de transferencia

Procedimientos Amistosos.

• Los precios de transferencia son complicados y pueden ser objeto de debates entre AATT y contribuyentes.

• Las causas pueden ser acceso a información relevante, la inexistencia de un valor de mercado, un rango de mercado, operaciones únicas o sin comparables públicos accesibles, etc.

• Es por ello, que es lógico considerar mecanismos destinados a evitar controversias, ya que si en la norma domestica existen, con muchas más razón en temas de precios de transferencia.

Page 140: Aspectos tributarios de los precios de transferencia

Procedimiento de acuerdo mutuo.

• PAM o MAP (por su acrónimo en inglés) es el mecanismo tradicional establecido entre AATT para dirimir diferencias respecto de los CDI.

• Es también llamado procedimiento amistoso, y esta tratado en el artículo 25 del Modelo de Convenio de la OCDE, en el art. 25 del modelos de Convenio de la ONU, así como en el artículo 20 del Modelo de Convenio de la Comunidad Andina.

Page 141: Aspectos tributarios de los precios de transferencia

Arto 25 CDI Procedimiento Amistoso.

1. Cuando un residente de un Estado Contratante considere que las medidas adoptadas por uno o ambos Estados Contratantes implican o pueden implicar para él una imposición que no esté conforme con las disposiciones del presente Convenio, con independencia de los recursos previstos por la legislación nacional de estos Estados, podrá someter su caso a la autoridad competente del Estado Contratante del que es residente dentro del plazo de 3 años siguientes a la primera notificación de la medida que implique una imposición no conforme con las disposiciones de este Convenio.

Page 142: Aspectos tributarios de los precios de transferencia

Arto 25 CDI Procedimiento Amistoso.

2. La autoridad competente, si la reclamación le parece fundada y si ella misma no está en condiciones de adoptar una solución satisfactoria, hará lo posible por resolver la cuestión mediante un acuerdo amistoso con la autoridad competente del otro Estado Contratante a fin de evitar una imposición que no se ajuste al presente Convenio.

Page 143: Aspectos tributarios de los precios de transferencia

Arto 25 CDI Procedimiento Amistoso.

3. Las autoridades competentes de los Estados Contratantes harán lo posible por resolver las dificultades o disipar las dudas que plantee la interpretación o aplicación del Convenio mediante un acuerdo amistoso. También podrán ponerse de acuerdo para tratar los casos no previstos en el mismo.

Page 144: Aspectos tributarios de los precios de transferencia

Arto 25 CDI Procedimiento Amistoso.

4. Las autoridades competentes de los Estados Contratantes pueden comunicarse directamente entre sí a fin de llegar a un acuerdo según se indica en los apartados anteriores. Cuando se considere que estos acuerdos pueden facilitarse mediante contactos personales, el intercambio de puntos de vista podrá realizarse en el seno de una comisión compuesta por representantes de las autoridades competentes de ambos Estados Contratantes.

Page 145: Aspectos tributarios de los precios de transferencia

Ajustes Correlativos.

• Cuando se realiza una ajuste, implica que un Estado incremente su recaudación, al aumentar la utilidad de la empresa que es su residente, lo que va a traer aparejado un menor beneficio y por ende una menor tributación en la sede de la empresa residente en el otro Estado.

• Por lo tanto este segundo Estado debería admitir un nuevo ajuste, llamado ajuste correlativo a favor del contribuyente, que deviene del ajuste primario realizado por el primer Estado.

Page 146: Aspectos tributarios de los precios de transferencia

El refugio seguro o safe harbour.

• Las Directrices (punto 4.947) contemplan los safe harbour para atemperar las dificultades que suscita la aplicación del principio de plena competencia.

• Se aplica un régimen de protección para determinados contribuyentes, exonerándolos de ciertas obligaciones contenidas en la legislación tributaria y haciéndolos beneficiarios de un régimen excepcional, normalmente más simple (México y

Brasil).• Normalmente tienen que cumplir determinadas condiciones o

determinados rangos de utilidad, bajo los cuales los precios de transferencia son aceptados en forma inmediata por la administración tributaria sin más cuestiones.

Page 147: Aspectos tributarios de los precios de transferencia

El refugio seguro o safe harbour.

Presenta 2 variantes:Exceptúan ciertas operaciones del ámbito de aplicación de las disposiciones para la fijación de precios de transferencia.Facilitan las normas a aplicar sobre tales transacciones, ya sea a través de la formación de rangos o márgenes dentro los cuales deberían encontrarse los precios o las utilidades.

Page 148: Aspectos tributarios de los precios de transferencia

Acuerdo de Precios Anticipados – APA´s

• Constituyen un contrato por el cual se acuerdan con anticipación un conjunto de juicios referentes a métodos, conceptos de comparabilidad y de ajustes correspondientes, etc., que se aplicarán por un determinado período de tiempo para calcular los precios de transferencia de futuras transacciones a realizarse con partes vinculadas.

Page 149: Aspectos tributarios de los precios de transferencia

Acuerdo de Precios Anticipados – APA´s

• Se solicita por el contribuyente y se entra a una etapa de negociación entre las empresas y las administraciones.

• Constituyen procedimientos administrativos que se pueden aplicar para reducir los desacuerdos por precios de transferencia y ayudar a reducir potenciales controversias.

Page 150: Aspectos tributarios de los precios de transferencia

Acuerdo de Precios Anticipados – APA´s

Información a brindar:El tipo de transacciones que se someterán a estudio.Las características de las propiedades o servicios en cuestión.Las funciones, riesgos y propiedades involucradas.Los términos contractuales entre las partes.Las circunstancias especiales económicas.Las estrategias de negocios.La metodología que se pretende aplicar.

Page 151: Aspectos tributarios de los precios de transferencia

Acuerdo de Precios Anticipados – APA´s

• Unilaterales: 1 AATT y 1 Contribuyente.• Multilaterales: varias AATT y varios Contribuyentes.

Multilateral, preferido por los especialistas porque tienden a reducir el riesgo de la doble tributación y a considerar los intereses de las demás administraciones.

Unilateral, preferido por las AATT por la disminución de costes operativos de fiscalizaciones.

Page 152: Aspectos tributarios de los precios de transferencia

Ventajas y Desventajas.

Ventajas.Seguridad jurídica.Relación sin conflictos.Disminuye gastos innecesarios.Eliminación total o parcial de la doble tributación.Brinda experiencia a las administraciones.

Page 153: Aspectos tributarios de los precios de transferencia

Ventajas y Desventajas.

Tiempos excesivos insumidos: Un APA requiere el análisis de la misma información que una fiscalización, pero aparte debe analizar la base con que se efectúan las predicciones. No solo lleva tiempo su confección, sino también hay que efectuar un seguimiento posterior para verificar el cumplimiento de los mismos.

Grado de especificidad requerido: Al tratarse de una predicción no pueden dejarse librados al azar ningún punto que pueda llevar en el futuro a distorsiones de la determinación.

Desacuerdo de administraciones: Si el APA es unilateral, puede colisionar con las conclusiones a que arriben otras administraciones fiscales.

Page 154: Aspectos tributarios de los precios de transferencia

• Uso Inadecuado de la Información: Muchos contribuyentes desconfían del uso que pueden hacer los fiscos de la información que reciben, en caso de que el APA no prospere o que se retire la petición.

• Pueden resultar discriminatorios: Según la doctrina solo las grandes empresas pueden asumir el costo de encarar este tipo de análisis, por los costos y tiempos que involucran, dejando al margen a aquellas pequeñas empresas de esta posibilidad.

Page 155: Aspectos tributarios de los precios de transferencia

Normas Jurídicas, APA´s

Con CDI. Se basará en las premisas del CDI, pudiendo ser equitativo o parcializado.

Sin CDI. Puede resultar infructuoso, por la falta de normativa que regula la doble tributación.

Con norma domestica. Se estipulará primero esta a falta de CDI.

Sin norma domestica. No se puede tener un efecto correlativo justo en un APA Multilateral.

Page 156: Aspectos tributarios de los precios de transferencia

Fiscalizaciones Simultaneas.

• La función de fiscalización, tanto en su tarea de análisis o estudio, selección de casos y preauditoría, así como en la ejecución de la labor fiscalizadora, deberá reunir la información suficiente y elementos que le permita determinar razonablemente el valor justo de mercado en todo tipo de operaciones, es decir verificar que los precios de transferencia no resulten ficticios manipulándose de esa forma las utilidades en los países donde la fiscalidad es más alta y que resulten mayores en los países donde ella es más baja.

Page 157: Aspectos tributarios de los precios de transferencia

• Además de las limitaciones de carácter jurídico que pueden cercenar el desarrollo de la investigación y en el logro de información a efectos de generar pautas y normas válidas para emprender con eficiencia las acciones de fiscalización, es necesario contar, como se señalara, con equipos o grupos de expertos interdisciplinarios, capacitados para la tarea de análisis de la información que se logra en el país o provenientes del exterior, por ejemplo a través de las inspecciones simultáneas si al efecto lo permite el acuerdo mutuo con el respectivo o respectivos Estados, o a través de otros medios.

Page 158: Aspectos tributarios de los precios de transferencia

• Las fiscalizaciones simultáneas conforman un aspecto de la asistencia mutua entre las administraciones tributarias de los distintos países y no cabe duda que el factor más importante es la obtención de información exacta que permita con seguridad obtener los resultados perseguidos, esto es la verificación de los precios en las transacciones.

Page 159: Aspectos tributarios de los precios de transferencia

Procedimiento de Arbitraje.

• Las controversias fiscales ya no se limitan a los contribuyentes y AATT, sino que se extiende a empresas situadas en otras jurisdicciones y entre AATT entre sí, compitiendo entre ellas por una distribución adecuada de recaudación.

• Cuando el acuerdo mutuo no basta, se suele recurrir al sistema de arbitraje.

• Este mecanismo debe estar contenido en la legislación interna de los países en disputa, o encontrarse en los CDI suscritos.

Page 160: Aspectos tributarios de los precios de transferencia

Deber de Documentación.

• Las DPT dedican el Capítulo V a la documentación de estas operaciones en un apartado independiente.

• Esto implica que la doctrina y consideraciones contenidas en el mismo deben aplicarse a las operaciones tratadas en las directrices: los relativos al principio de libre competencia, métodos de valoración de las operaciones vinculadas, servicios intragrupo, acuerdos de reparto de costes, valoración de intangibles, etcétera.

Page 161: Aspectos tributarios de los precios de transferencia

Principios sobre Debida Documentación.

• El principio de “gestión prudente”, respecto del alcance de la obligación que en materia de documentación deben cumplimentar las empresas, deben ser proporcionadas.

• La documentación debe elaborarse de forma contemporánea a la realización de las operaciones. Debe, ser preparada previa a la comprobación de la AATT.

• No es trascendente la forma de conservación de la documentación.

Page 162: Aspectos tributarios de los precios de transferencia

• La documentación siempre debe estar disponible.• La documentación debe cumplir requerimientos

razonables para su traducción y presentación a las AATT.

• La documentación se conservará por un tiempo prudencial; como la extensión de la operación en caso que sea de tracto sucesivo.

• Las AATT deben atender a los criterios de proporción de costes y cargas administrativas del contribuyente en la obtención de información y elaboración de la documentación de los precios de transferencia.

Page 163: Aspectos tributarios de los precios de transferencia

• Las AATT no deben exigir más documentación que la mínima necesaria para realizar una valoración razonable de plena competencia.

• La documentación debería elaborarse de acuerdo con la información y datos disponibles cuando se determinó el precio de transferencia y no con la información de que pueda disponerse en el momento actual en el que se realiza la inspección fiscal.

Page 164: Aspectos tributarios de los precios de transferencia

• Se debe respetar el carácter secreto y confidencial de ciertos datos de carácter comercial y científico, de modo que se debe garantizar su no divulgación, salvo cuando sea necesario en procedimientos públicos ante tribunales o en resoluciones judiciales, debiéndose realzar.

• La documentación deberá mantenerse a disposición de las AATT a partir, por ejemplo, de la presentación de la declaración fiscal. Sin embargo, esto no significa que deba aportarse con ocasión de la presentación de esa declaración por impuesto en cuestión.

Page 165: Aspectos tributarios de los precios de transferencia

La documentación de las empresas vinculadas será:

Descripción general de la empresa.Estructura organizativa del grupo y papel de las

partes vinculadas afectadas por el precio de transferencia en el mismo.

Articulación de la propiedad en el seno del grupo multinacional.

Volumen de ventas y resultados de explotación en los años más próximos anteriores a la operación.

Page 166: Aspectos tributarios de los precios de transferencia

Afectación de las operaciones del contribuyente con empresas extranjeras vinculadas.

Documentación, información sobre la selección, aplicación y consistencia con el principio de libre mercado del método de valoración, utilizado para la determinación del precio de transferencia y su relación con los métodos de la fijación de los precios de transferencia que mantiene el grupo.

Page 167: Aspectos tributarios de los precios de transferencia

Información sectorial sobre la dimensión del mercado, condiciones de la competencia, marco legal, progreso tecnológico y el mercado de divisas.

Información financiera sobre costes de fabricación, gastos de I+D, y gastos generales y administrativos, gastos de venta o publicidad.

Page 168: Aspectos tributarios de los precios de transferencia

Información sobre análisis funcional:

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Page 170: Aspectos tributarios de los precios de transferencia

Propuestas sobre una mejor documentación:

• FCPT, UE, 2002, propone normas soft law en el 2006 el código de conducta sobre PT.

• Las propuestas de informes y documentación son:

Masterfile.Country by Country.

Page 171: Aspectos tributarios de los precios de transferencia

Objetivos.

Evaluar los riesgos a efectos de selección de posibles actuaciones de control fiscal.

Solventar las cuestiones que pueden suscitarse en relación con los precios de transferencia.

Valorar los precios de transferencia.

Page 172: Aspectos tributarios de los precios de transferencia

Masterfile.

Contiene información sobre la realidad económica de la empresa, una descripción general del grupo multinacional al que pertenece la entidad y del método de determinación de los precios de transferencia.

Page 173: Aspectos tributarios de los precios de transferencia

• Una descripción general de la empresa y de su estrategia, incluidas las modificaciones introducidas en esta última con relación al ejercicio fiscal anterior.

• Una descripción general de la estructura organizativa, jurídica y operativa del grupo de empresas multinacionales (en particular, un organigrama, una lista de los miembros del grupo y una descripción de la participación de la

sociedad matriz en las filiales).• Los datos identificativos generales de las empresas

asociadas que efectúan transacciones controladas en las que intervienen empresas establecidas en la UE.

Page 174: Aspectos tributarios de los precios de transferencia

Los flujos de transacciones (activos tangibles e

intangibles, servicios, aspectos financieros).Los flujos de facturación.Los importes de los flujos de transacciones.Descripción de la política de grupo en PT.Descripción general de funciones ejercidas y

riesgos asumidos.Lista de activos intangibles.Lista de acuerdo de reparto de costes y APA´s

Page 175: Aspectos tributarios de los precios de transferencia

Country by Country.

• Debe integrar la información que afecte a las transacciones de la entidad del estado miembro y deberá ser accesible también a las diferentes AATTa las que legalmente afecten las operaciones vinculadas.

Page 176: Aspectos tributarios de los precios de transferencia

Información:

Descripción detallada de la empresa y de su estrategia de negocio, incluidas las modificaciones introducidas en esta última respecto al ejercicio fiscal anterior.

Datos (descripción y explicación) sobre las transacciones controladas nacionales, en particular: flujos de transacciones (activos tangibles e

intangibles, servicios, financieros), flujos de facturación, los importes de los flujos de transacciones.

Page 177: Aspectos tributarios de los precios de transferencia

Análisis de comparabilidad que englobe, en particular:Las características de los bienes y servicios.Un análisis funcional (funciones ejercidas, activos utilizados, riesgos asumidos).Las cláusulas contractuales.La situación económica.Las estrategias empresariales específicas.

Page 178: Aspectos tributarios de los precios de transferencia

• Una explicación relativa a la selección y aplicación del método o los métodos de fijación de los precios de transferencia, es decir, una descripción de las razones que justificaron la elección de un método determinado y del modo en que ese método fue aplicado.

• Información pertinente sobre los elementos de comparación internos y/o externos, en su caso.

• Una descripción de la ejecución y aplicación de la política PT del grupo.

Page 179: Aspectos tributarios de los precios de transferencia

Recomendación de Estructura en Masterfile y Country by Country.

Page 180: Aspectos tributarios de los precios de transferencia

• 6. Análisis económico.• 6.1. Objetivos del análisis.• 6.2. Bases de datos utilizadas y otras fuentes de búsqueda.• 6.3. Estrategia general de búsqueda.• 6.4. Análisis de los resultados obtenidos.• 6.5. Conclusiones.• Anexos

Page 181: Aspectos tributarios de los precios de transferencia

Análisis de las funciones realizadas.

• Investigación y desarrollo.• Fabricación.• Logística.• Promoción, marketing y ventas.• Servicios al consumidor.• Servicios generales.• Recursos humanos.

Page 182: Aspectos tributarios de los precios de transferencia

Análisis de Riesgos

• Riesgos de mercado.• Riesgo de tipo de cambio.• Riesgo de inventario• Riesgo operativo.• Riesgo crediticio y de insolvencias.• Riesgo de garantía.

Page 183: Aspectos tributarios de los precios de transferencia

Intangibles

Page 184: Aspectos tributarios de los precios de transferencia

Consideraciones especificas aplicables a los intangibles.

Para fines tributarios, podemos distinguir:

Intangibles mercantiles: patentes, know-how, diseños o modelos utilizados en la producción, que suelen ser el resultado de costosas actividades de I+D en el seno del grupo, realizadas de forma individual o bajo diversas fórmulas cooperativas.

Page 185: Aspectos tributarios de los precios de transferencia

Intangibles de comercialización: marcas de fábrica, nombres comerciales, canales de distribución, símbolos, listas de clientes, que contribuyen a la comercialización de un producto o servicio.El valor de estos activos depende de distintas circunstancias, además del valor intrínseco que puedan tener. Por Ej. una marca o nombre comercial, la actividad constante de promoción y publicidad mantiene y acrecienta el valor de la misma y puede ser mucho más costosa que la obtención o creación de la marca. Sin esos gastos constantes, la marca no tendría tanto valor.

Page 186: Aspectos tributarios de los precios de transferencia

Valoración.

• Pueden ser de dificultosa valoración.• Hay que analizar la situación del Cedente y el

Cesionario.• Es importante recabar toda la información del

intangible.• Configuración de la transacción (canon, royalties,

contrato global, know how, franchising).

Page 187: Aspectos tributarios de los precios de transferencia

Servicios intragrupos

• No hay una definición clara o enumeración en las DPT.

• Son los servicios de bajo valor añadido o recurrentes que las partes vinculadas dentro de un grupo empresarial se brindan entre sí.

• El FCPT de la UE, ha elaborado una guía para determinar la presencia de servicios intragrupo.

Page 188: Aspectos tributarios de los precios de transferencia

Servicios intragrupos

Los problemas principales que presenta la comprobación de los servicios intragrupo son dos:Primero: comprobar si un miembro del grupo multinacional ha prestado o no servicios a otros miembros del grupo.Segundo: fijar un precio de libre competencia aplicable a esos servicios intragrupo en caso afirmativo.

*** Deducibilidad.

Page 189: Aspectos tributarios de los precios de transferencia

Previsiones Básicas.

El servicio debe valorarse por su valor normal de mercado.

Efectividad de la prestación del servicio.

Utilidad de la prestación.

Page 190: Aspectos tributarios de los precios de transferencia

Tipología de Servicios.

Servicios administrativos centralizados:•Planificación, coordinación, control presupuestario, asesoría financiera; contabilidad; auditoría; servicios jurídicos, factoring; servicios informáticos.•Servicios financieros como la gestión de cobro, la supervisión de los flujos de tesorería y de solvencia, de los aumentos de capital, de los contratos de préstamo, de la gestión de riesgo de los tipos de interés y del tipo de cambio y refinanciación.•Asistencia en las áreas de producción, compra, distribución y comercialización.•Servicios de gestión de personal en los que se refiere a la selección y contratación de personal y formación.

Page 191: Aspectos tributarios de los precios de transferencia

Tipología de Servicios.

• Trabajos de I+D o gestión y protección de los activos intangibles.

Fabricación por contrato.

Contratos de investigación.

Page 192: Aspectos tributarios de los precios de transferencia

Tipología de Servicios.

Actividades del accionista.•Los costes asociados a la estructura de la matriz (organización de juntas generales, emisión de acciones de esta sociedad, gastos de su consejo de administración, etc.).

•Los costes relativos a las obligaciones de la sociedad matriz en materia de registro contable de operaciones.•Los costes de obtención de fondos destinados a la adquisición de participaciones, salvo que la matriz los obtenga por cuenta de otro miembro del grupo para la adquisición de una nueva sociedad.

Page 193: Aspectos tributarios de los precios de transferencia

Acuerdo de Reparto de CostesARC

• Es un instrumento jurídico/económico, similar a un acuerdo marco que permite a las empresas participantes distribuir los costes y los riesgos del desarrollo, producción u obtención de activos, servicios o derechos, así como determinar la naturaleza y el alcance de los derechos e intereses de cada una de las empresas participantes en esos activos, servicios o derechos. Los derechos e intereses de los partícipes deben reconocerse en el momento inicial.

Page 194: Aspectos tributarios de los precios de transferencia

ARC

• En los ARC debe existir una relación proporcional entre las aportaciones realizadas y los beneficios esperados por cada empresa participante. Siempre debe existir un beneficio esperado.

• El objeto más frecuente de un acuerdo de reparto de costes es el desarrollo conjunto de activos intangibles (I+D) sobre los que cada partícipe obtiene a priori una participación en los derechos de explotación sobre el activo que se pretende producir o desarrollar.

Page 195: Aspectos tributarios de los precios de transferencia

Principio de Libre Competencia en el ARC

• Requisitos:Constatar que todas las partes del acuerdo

esperan obtener beneficios.Calcular la aportación relativa (en dinero o

especie) de cada participante en la actividad conjunta.

Determinar si es apropiado el porcentaje de aportaciones al acuerdo.

Page 196: Aspectos tributarios de los precios de transferencia

Principio de Libre Competencia en el ARC

• Condiciones. Los gastos derivados del acuerdo deben valorarse utilizando

los métodos valorativos citados. Acceso de los partícipes a la propiedad u otro derecho que

tenga similares consecuencias económicas sobre activos o derechos.

La aportación de cada partícipe deberá tener en cuenta la previsión de utilidades o ventajas a obtener en atención a criterios de racionalidad.

El acuerdo deberá contemplar la variación de las circunstancias o entidades participantes y los pagos compensatorios y ajustes que se estimen necesarios.

Page 197: Aspectos tributarios de los precios de transferencia

Elementos estructurales del ARC

Existencia de un proyecto de I+D o de prestación de servicios dentro del grupo, y previsión de los términos en los que está proyectada su financiación.

Identificación de las partes implicadas en el mismo.

Distribución de tareas y responsabilidades entre las partes del acuerdo.

Page 198: Aspectos tributarios de los precios de transferencia

Elementos estructurales del ARC

• Justificación de las expectativas de obtención de beneficios mutuos. Definición de los derechos sobre los intangibles y servicios que se produzcan.

• Métodos de valoración utilizados en la determinación de los costes y de sus criterios de reparto.

• Criterios y sistema de evaluación y control de costes.

Page 199: Aspectos tributarios de los precios de transferencia

Elementos estructurales del ARC

• Sistema de evaluación y control del reparto de costes y de realización de ajustes.

• Sistema de control de entradas y salidas del acuerdo, consecuencias económicas y jurídicas para las partes implicadas, y determinación de la forma de calcular las remuneraciones, compensaciones o costes derivados.

• Efectos de la utilización de los intangibles o servicios por compañías no integrantes del acuerdo.

Page 200: Aspectos tributarios de los precios de transferencia

Restructuraciones Empresariales.

• Los grupo multinacionales tienen diversas razones económicas para reestructurar su modelo de negocios y aumentar su eficiencia, que deriva de la centralización o concentración de actividades en determinadas entidades del grupo o, también, a las ventajas inherentes a la especialización de funciones.

Page 201: Aspectos tributarios de los precios de transferencia

• Por Ej:1 Grupo Multinacional tenía filiales autónomas

administrativamente, pero busca centralizar ciertas actividades en ciertas filiales y desde ahí brindar servicios a todo el grupo, tales como Back Up Contable, Administrativo, fabricantes por contrato, maquiladores, comisionistas, agentes, distribuidores, entre, otros.

Page 202: Aspectos tributarios de los precios de transferencia

Restructuraciones Empresariales.• Existencia de Motivo Económico Valido.• Ausencia de fines tributarios.• Aplicar Políticas de PT.• Existencia de Documentación; Contratos,

Politicas y Planes de Restructuración.• Documentación Especial de Intangibles.• Reglas de Transparencia Fiscal.

Page 203: Aspectos tributarios de los precios de transferencia

Regulación en Nicaragua.• En Nicaragua, el primer IGV 5%, se introdujo en 1970 con la

promulgación de la “Ley del 5% sobre Ventas”.• “Cuando los responsables efectuaran ventas gravadas, por

intermedio de personas con las que puede considerárseles económicamente vinculadas —por el origen de sus capitales, por la dirección o conducción real de los negocios, por la distribución de utilidades, por la estructura de comercialización de las mercancías, o por cualquier otra circunstancia determinante— y ello redundara en perjuicio fiscal”, la administración tributaria podrá liquidar el impuesto “tomando en cuenta el precio sobre el que realmente habría correspondido tal liquidación de no existir dicha vinculación económica”.

Adolfo Acevedo VoglUna nota sobre precios de transferencia.

Page 204: Aspectos tributarios de los precios de transferencia

• Global Financial Integrity (GFI) “The Implied Tax Revenue Loss from Trade Mispricing”, Nicaragua, en el periodo 2002-2006, experimentó las mayores pérdidas de ingresos tributarios potenciales por la vía de la sobrevaloración de las importaciones y la subvaluación de las exportaciones, cuando dichas perdidas se miden como porcentaje de los ingresos fiscales totales del gobierno.

Page 205: Aspectos tributarios de los precios de transferencia

• En el año 2012, con la publicación de la LCT, fue que se introdujo en el contexto nacional la figura de precios de transferencia, indicando que “las operaciones que se realicen entre partes relacionadas, así como las adquisiciones o transmisiones gratuitas serán valoradas de acuerdo con el principio de libre competencia” Arto 93LCT

Page 206: Aspectos tributarios de los precios de transferencia

• Se incluyeron:Principio de Realidad Económica.Comparabilidad.Partes relacionadas.40% de Participación.Vinculo de parentesco.5 métodos.APA´sTransacciones a nivel interno?

Page 207: Aspectos tributarios de los precios de transferencia

Ajustes y Procesos Amistosos.

• Rangos Intercuartiles.• Ajuste Primario.• Ajuste Correlativo.

• Proceso amistoso CDI.• Proceso Arbitral.• Intercambio de información tributaria.

Page 208: Aspectos tributarios de los precios de transferencia

Desafíos.

• CDI con clausula de intercambio de información tributaria (automática).

• Convenio de asistencia mutua CA, San José 2006.

• Fraude.• Modelo de Ley PT, similar a OCDE o Regional.• Fiscalización (Software, Fiscalizaciones

Conjuntas, asistencia mutua).

Page 209: Aspectos tributarios de los precios de transferencia

NicaraguaEdificio Car, 3er Piso. Carretera a Masaya, Km 4,5. Managua, Nicaragua, Centro América.