Upload
sticcba
View
832
Download
0
Embed Size (px)
Citation preview
ACTUALIDAD Y FUTURO DEL INTENSIVISTA.
PRESENTACION DEL PROYECTO DE LA S.T.I.C.
Buffa RodolfoPresidente de S.T.I.C.
Hospital J.B.Iturraspe San Francisco.Mayo 2014
CATEGORIZACION DE LAS UTI SATI
1. UNIDAD DE REANIMACIÓN (UR)2. UNIDAD DE CUIDADOS INTENSIVOS NIVEL 2
(UCI 2) *3. UNIDAD DE CUIDADOS INTENSIVOS - Nivel 1
(UCI 1) *4. UNIDAD DE CUIDADOS INTENSIVOS CON
CAPACIDAD DOCENTE *5. UNIDAD DE TERAPIA INTERMEDIA (UTI 1/2)6. NORMAS PARA UCI-MOVILES
RECURSOS HUMANOS MÉDICOSSATI
• Jefe de la Unidad o Coordinador: Médico especialista en Terapia Intensiva con no menos de 20 horas semanales de asistencia a la Unidad.
• Subjefe o Subcoordinaodor de la Unidad: Médico preferentemente especialista en Terapia Intensiva con igual dedicación que el Jefe o Coordinador.
• Médico de Guardia: Deberá contar con un médico de guardia permanente exclusivo cada 8 camas o fracción, éste deberá tener dos (2) años de graduado como mínimo y una experiencia de un (1) año en Terapia Intensiva y formación previa preferente en Medicina Interna o Anestesiología
(LEY PROVINCIAL DE SALUD) El Poder Ejecutivo de la Provincia de Córdoba, promulgó el Decreto 2148/02 que reglamenta la ley nº 6222 que regula el Ejercicio de las Profesiones y Actividades relacionadas con la Salud Humana.
ARTICULO 89º -La Unidad de Terapia Intensiva contará, como mínimo, con el siguiente personal:a) Jefe de Servicio: Médico especialista en Terapia Intensiva o con un mínimo de cinco (5) años de egresado y tres (3) años de actividad continua en la especialidad, con dedicación no menor de tres (3) horas diarias a la Unidad y con disponibilidad permanenteb) Médico/s asistente/s: en las Unidades con más de diez (10) camas en número de uno (1) cada diez camas, con tres (3) años de experiencia continuada en la especialidad y dedicación no menor de seis (6) horas diarias a la Unidad.c) Médico/s de guardia activa, exclusivo y permanente las veinticuatro (24) horas, que acredite/n dos (2) años de formación en Terapia Intensiva, en número de uno (1) cada ocho (8) camas. (ley UTI Córdoba)
REGLAMENTACIÓN SOBRE CONDICIONES Y RETRIBUCIONES PARA EL TRABAJO MÉDICO EN RELACIÓN DE DEPENDENCIA
PRIVADA. (Res.N° 076/86). CMPC
• A-7: Médico de Terapia Intensiva: Son aquellos que poseen el debido entrenamiento y formación para el control y tratamiento de pacientes en estado crítico. Se homologan en esta categoría aquellos que se desempeñan en unidades de cuidados especiales que exigen permanencia del médico en la misma (UTI NEO, DIALISIS AGUDA Y CRÓNICA, UCO, UNIDADES DE TRASLADO Y ATENCIÓN PREHOSPITAARIA COMPLEJA).
REGLAMENTACIÓN SOBRE CONDICIONES Y RETRIBUCIONES PARA EL TRABAJO MÉDICO EN RELACIÓN DE DEPENDENCIA
PRIVADA. (Res.N° 076/86). CMPC
• A fines remunerativos se establece que por su responsabilidad y acción directa sobre el paciente deberán percibir un 35% adicional por tarea específica.
• Dado el alto grado de responsabilidad, la necesidad de un perfeccionamiento continuo por la dinámica dela especialidad y el alto grado de stress que la práctica implica, trabajará 20 turnos de 12 hs. como máximo y 10 como mínimo debiendo otorgarse no menos de 48 hs. de descanso cada 2 turnos sucesivos.
• Por el mismo concepto se deberá reconocer como día franco 2 turnos cada 3 meses de labor.
REGLAMENTACIÓN SOBRE CONDICIONES Y RETRIBUCIONES PARA EL TRABAJO MÉDICO EN RELACIÓN DE DEPENDENCIA
PRIVADA. (Res.N° 076/86). CMPC
• El médico de esta categoría deberá aceptar y cumplir la normativa funcional y técnica de la institución que trabaja y deberá concurrir fuera de sus turnos de guardia, no menos de 2 veces en la semana a la revista de sala de forma obligatoria, a fin de interiorizarse de la evolución de los pacientes y tomar conocimiento de las nuevas pautas institucionales.
• No podrá tener a su cargo más de 6 pacientes internados.
ARTÍCULO 84.- Adicional por recurso humano crítico: Corresponderá percibir este adicional a aquellos agentes que se desempeñen en un ámbito en el que su profesión oactividad haya sido declarada recurso humano crítico, por la Secretaría Ministerio de Salud a fin de asegurar allí el servicio.Este adicional consistirá en un porcentaje de la asignación básica del cargo de revista que será determinado en cada caso por el Poder Ejecutivo. (ley 7625) CAP RETRIBUCIONES.
Artículo 84º): Adicional por recurso humano crítico: Sin reglamentar.
MINISTERIO DE SALUDDE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
Secretaría de Programación Sanitaria
Subsecretaría de Capacitación y Promoción de la Salud
ESCUELA DE FORMACIÓN DE ESPECIALISTAS
PRESENTACIÓN DE LEADING CASE
Análisis de Situación de los Servicios de Neonatología en el sector público de la
Provincia de Córdoba
Recurso Humano Crítico en el Equipo de Salud
Realizado en base al Relevamiento de Servicios de Neonatología del sector
público, Resolución Ministerial 417/06, Oct. 06 - Mayo 07
Fuente de datos: Médicos y Enfermeras de los servicios relevados
Autores: Rognone, Ana María Espósito, Ricardo
SITUACION ACTUAL UTI DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
Buffa RodolfoU.T.I. Hospital J.B.Iturraspe
San Francisco – CórdobaS.T.I.C.2011
MATRICULADOS UTI ESPECIALIDAD AL DIA0
20
40
60
80
100
120
140
160
180
200
186
106
MEDICOS UTI (cmpc)
MEDICOS UTI
CAPITAL INTERIOR0
10
20
30
40
50
60
70
80
90
MEDICOS UTI SEGÚN RESIDENCIA (cmpc)
MEDICOS UTI
CAPITAL
COLON
MARCOS JUAREZ
PUNILLA
RIO CUARTO
RIO SE
GUNDO
SANTA M
ARIA
GENERAL SAN M
ARTIN
SAN JU
STO
TERCERO ARRIBAUNIO
N
SAN JA
VIER
ISCHILI
N0
2
4
6
8
10
12
14
16
18
DISTRIBUCION DE MEDICOS UTI SEGÚN EDAD Y RESIDENCIA (cmpc)
<30<35<40<45<50<55<60>= 60
MEDICOS ESP UTI CAMAS UTI0
50
100
150
200
250
300
350
400
450
RELACIÓN MEDICO-CAMA.
CAPITALINTERIOR
Cantidad
CAPITAL. 1 Médico/ 3 Camas
INTERIOR. 1 Médico/ 6,3 Camas
ARANCELES MEDICOS (CMPC)Res. N° 916/93
• Categoría A-7: Médico de Terapia Intensiva y/o Unidad Coronaria:
- Por guardias de 12 Hs. diurnas-----49,27 gal. - Por guardias de 12 Hs. nocturnas--56,66 gal. - Por guardias de 12 Hs. nocturnas y en días feriados sábados o domingos------65,16 gal.• Valor galeno mínimo ético--------------15 pesos.
CMPC. mayo 2014
ARANCELES MEDICOS (CMPC)Res. N° 916/93
• ARANCEL DE LUNES A VIERNES: 1588,95 $• ARANCEL SABADO, DOMINGO, FERIADOS: 1954,80 $
• NO EXISTE ESTIPULADO UN VALOR ETICO PARA LA ACTIVIDAD.
CMPC, mayo 2014.
Retribución mínima por guardia En la actualidad no contamos con un indicador específico y confiable que defina la remuneración de un médico intensivista en su ejercicio profesional.La remuneración es una cifra que depende de muchas variables del mercado , de la región y de la evolución de la economía nacional o regional. En relación a lo antedicho podemos sugerir una cifra orientativa que se genera de la consulta sobre el valor de guardia de 24 hs, pagado en 30 instituciones reconocidas a nivel nacional. El monto sugerido a noviembre del 2013 es de $ 3000.- libre de descuentos, con un incremento del 20% los días feriados y fin de semana. Este valor queda sujeto a las paritarias de cada sector y región del país , debiendo ajustarse en relación a la inflación. http://www.cati.org.ar/
b. Guardias en Unidades Especiales: Corresponde a la retribución de aquellos médicos que debiendo ser normados y fiscalizados por el Poder Ejecutivo provincial se encuentran en relación de dependencia y con los beneficios que determina la legislación Laboral en vigencia integrando los planteles de los Servicios de Unidad de Terapia intensiva, Unidad Renal o de Hemodiálisis y otras de Hospitales, Sanatorios, Clínicas y en los casos de Nefrodiálisis de Centros sean ellos Privados, por Abono, Sindicales, de beneficencia o de Mutualidades, sean generales o especializados desarrollando Guardias Activas en función que incluye la atención integral y de alta complejidad de los enfermos internados en el área y que excluye cualquier tipo de actividad en la Institución o fuera de ella.Unidades de hasta 5 camas = 7.25 HMC. Unidades de 6 a 10 camas = 10 HMC.Unidades de más de 11 camas = 12.50 HMC.
6732 – Honorarios de Médicos bajo relación de dependencia.Decreto 6732ARTÍCULO 1°: Establécense a partir del 1/8/87 los honorarios médicos mínimos y éticos para particulares y aranceles en relación de dependencia privada, para determinar las retribuciones por los servicios que a continuación se detallan:
b. Guardias en Unidades Especiales: Corresponde a la retribución de aquellos médicos que debiendo ser normados y fiscalizados por el Poder Ejecutivo provincial se encuentran en relación de dependencia y con los beneficios que determina la legislación Laboral en vigencia integrando los planteles de los Servicios de Unidad de Terapia intensiva, Unidad Renal o de Hemodiálisis y otras de Hospitales, Sanatorios, Clínicas y en los casos de Nefrodiálisis de Centros sean ellos Privados, por Abono, Sindicales, de beneficencia o de Mutualidades, sean generales o especializados desarrollando Guardias Activas en función que incluye la atención integral y de alta complejidad de los enfermos internados en el área y que excluye cualquier tipo de actividad en la Institución o fuera de ella.Unidades de hasta 5 camas = 7.25 HMC. 5655 $Unidades de 6 a 10 camas = 10 HMC. 7800 $Unidades de más de 11 camas = 12.50 HMC. 9750 $
6732 – Honorarios de Médicos bajo relación de dependencia.Decreto 6732ARTÍCULO 1°: Establécense a partir del 1/8/87 los honorarios médicos mínimos y éticos para particulares y aranceles en relación de dependencia privada, para determinar las retribuciones por los servicios que a continuación se detallan:
Realidad de la especialidad TERAPIA INTENSIVA en nuestros pais
Estudios C.E.N.A.I 2003-2007-2009V.Wolanoff, A .Golubicki,G.Murias
V.Koonore-Edul
Elegiría Nuevamente la Especialidad Terapia Intensiva
627
10225
0
100
200
300
400
500
600
700
SI NO No responde
Apoyo del reclamo (cati)
661
7516 2
0
100
200
300
400
500
600
700
SI NO No responde Desconoce
Viejo estatuto STIC• Artículo 1°: Se constituye la Sociedad denominada “SOCIEDAD
DE TERAPIA INTENSIVA DE CORDOBA”, con fines exclusivamente científicos, sin propósitos de lucro y con el objeto inmediato de propender al progreso de la Terapia Intensiva, promover la investigación de la patología de pacientes en estado crítico, facilitar la disensión de los temas de la especialidad, establecer relaciones científicas con entidades similares del País y del extranjero, propiciar una mejor asistencia médica y social de los enfermos críticos y contribuir a la formación y actualización de los médicos terapistas y del médico en general, interesado en ejercer esta especialidad de las ciencias médicas a través de una actividad científica y docente adecuadamente programada.
Nuevo estatuto STIC 2009• Artículo 1°: Se constituye la Sociedad denominada “SOCIEDAD DE
TERAPIA INTENSIVA DE CORDOBA”, con fines científicos, sin propósitos de lucro y con el objeto inmediato de propender al progreso de la especialidad en Terapia Intensiva, promover la investigación de la patología de pacientes en estado crítico, facilitar la disensión de los temas de la especialidad, establecer relaciones científicas con entidades similares del País y del extranjero, propiciar una mejor asistencia médica y social de los enfermos críticos y contribuir a la formación y actualización de los médicos terapistas y del médico en general, interesado en ejercer esta especialidad de las ciencias médicas a través de una actividad científica y docente adecuadamente programada. Así también velara por la jerarquización y reconocimiento de la especialidad y del especialista en terapia intensiva.
CONCLUSIONES I
• Gran disparidad con respecto al cumplimiento de las normativas vigentes.
• Grandes diferencias en la complejidad de los servicios.
• No existe la cantidad suficiente de médicos especialistas para cubrir la cantidad de guardias en toda la provincia.
• Las remuneraciones percibidas son muy diferentes en cuanto a montos y formas de pago.
CONCLUSIONES II
• La mayoría de las guardias de 24 hs. están a cargo de médicos de otras especialidades.
• Muchos cargos son ocupados por médicos que ameritan su permanencia en tiempo en los lugares de trabajo.
• Salvo en las instituciones públicas, en la mayoría de los centros privados no existe relación de dependencia.
Conclusiones III
• La mayoría de los trabajadores de UTI, acuerdan individualmente los costos de distintos procedimientos no nomenclados.
• El estado
• Las autoridades
• Los protagonistas
La pregunta que surge es… ¿cuál es la estrategia para afrontar esta
realidad?
Propuesta del Colegio Argentino de Terapia Intensiva Participacion del protagonista
LO QUE GENERA DETERIORO PROGRESIVO Y MUERTE NO ES SOLAMENTE EL CAMBIO CLIMATICO NI EL CLIMA HOSTIL,
SINO LA FALTA DE SOLIDARIDAD Y PARTICIPACION DE LOS QUE ESTAMOS SOMETIDOS A DICHAS
SITUACIONES ( O. Canziani )
Muchas Gracias www.cati.org.ar
S.T.I.C.Propuestas
• Estudiar regionalmente la situación.• Proponer un valor mínimo de la
guardia de 24 Hs. en UTI. • Establecer proporcionalmente un
valor mínimo equitativo de los honorarios de jefe, subjefe y coordinador de UTI.
S.T.I.C.Propuestas
• Proponer reglamentar el artículo 84 de la ley 7625.
• Proponer reglamentar la ley de insalubridad en la especialidad.
• Acordar en la actividad privada contra quien se acciona. (O. Sociales, Empresas de salud)
• Intervenir en la modificación del nomenclador nacional y las distintas prácticas realizadas por los terapistas.
El trabajo esta hecho para ganarse la vida y no para perderla ejerciendo la misma
"Es erróneo pensar que cuanto más se trabaja más se aprende, porque existe un punto en que la fatiga impide
adquirir nuevos conocimientos“
Al decir de Stephen Covey "No podemos cambiar la condición humana, pero sí las
condiciones en las que trabajan los humanos.”
Es fácil ser buen médico, basta con olvidarse de uno mismo” …………… E. Hemingway
Un lugar para cada cosa y cada cosa en
su lugar…
Teodoro Madueira
Doña Flor y sus dos maridos
CURSO ANUAL de ACTUALIZACIÓN y
RECERTIFICACION en TERAPIA INTENSIVA
Consejo de Médicos de la Provincia de Córdoba
Directores:Dr. Rodolfo BUFFADr. Julio BARTOLI
Secretaria:Dra. Ana L NISNIK
Tipo de Curso:Curso de Posgrado
Recertificación de EspecialistasModalidad:
Presencial IntensivoViernes de 18 a 22 hs. en el Círculo
MédicoSábados de 9 a 13 hs. en el CMPC.
TEMARIO 2014 – 2015
Informes e Inscripción:
1 y 2 de Agosto Módulo 1: Neurointensivismo
5 y 6 de Setiembre Módulo 2: Gastroenterología Crítica
3 y 4 de Octubre Módulo 3: Metabolismo y Nutrición en Pte Crítico
7 y 8 de Noviembre Módulo 4: Infecciones en Terapia Intensiva
12 y 13 Diciembre Módulo 5: Trauma
6 y 7 de Marzo Módulo 6: Nefrología Crítica y Medio Interno.
10 y 11 de Abril Módulo 7: Obstetricia Crítica
8 y 9 de Mayo
Módulo 8: Dilemas Éticos en Terapia Intensiva.Módulo 9: Gestión de Recursos y Control de Calidad.
5 y 6 de Junio3 y 4 de Julio
Módulo 10: Cardiología CríticaMódulo 11: Neumonología Crítica