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Recomendaciones para el uso eficiente de los recursos derivados del Compromiso de Responsabilidad Social Mayo 2015 @enseriaRSE Consultores

Recomendaciones para el uso eficiente de los recursos derivados del Compromiso de Responsabilidad Social

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Recomendaciones para el uso eficiente de los recursos derivados del

Compromiso de Responsabilidad Social

Mayo 2015

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Decreto N° 1.399, mediante el cual se dicta el Decreto con Rango, Valor y Fuerza Ley de Contrataciones Públicas

(Gaceta Oficial N° 6.154 Extraordinario del 19 de noviembre de 2014)

Compromiso de Responsabilidad Social

JustificaciónSe fortalecen los procesos de adquisición transparentes, que aseguren precios justos y la calidad requerida, con la obligación del cumplimiento del compromiso de responsabilidad social, a través de la cual se pueden brindar importantes beneficios a nuestra población, logrando el desarrollo económico de la sociedad por construir en Venezuela, señalando lineamientos que permitan la superación del actual sistema capitalista, para la instauración del nuevo modelo económico productivo que logre la elevación constante del nivel de vida de la población, y de este modo lograr la mayor suma de felicidad y del buen vivir.

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Decreto N° 1.399, mediante el cual se dicta el Decreto con Rango, Valor y Fuerza Ley de Contrataciones Públicas

(Gaceta Oficial N° 6.154 Extraordinario del 19 de noviembre de 2014)

Compromiso de Responsabilidad Social

DefinicionesNumeral 24. Son todos aquellos compromisos que los oferentes establecen en su oferta, para la atención de por lo menos una de las demandas sociales relacionadas con:

a. La ejecución de proyectos de desarrollo socio comunitario.b. La creación de nuevos empleos permanentes.c. Formación socio productiva de integrantes de la comunidad.d. Venta de bienes a precios solidarios o al costo.e. Aportes en dinero o especie a programas sociales determinados por el Estado o a instituciones sin fines de lucro.f. Cualquier otro que satisfaga las necesidades prioritarias del entorno social del contratante.

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(Gaceta Oficial N° 6.154 Extraordinario del 19 de noviembre de 2014)

Compromiso de Responsabilidad Social

DefinicionesAtribuciones de la Comisión de ContratacionesNumeral 6. Considerar y emitir recomendación sobre el régimen legal aplicable, la estrategia de contratación adoptada, especificaciones técnicas y condiciones de la contratación, la modalidad de selección de contratistas, parámetros, ponderaciones y criterios de selección de oferentes y evaluación de ofertas, el compromiso de responsabilidad social, y sobre cualquier otra propuesta que le presente la unidad usuaria o la unidad contratante.

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Decreto N° 1.399, mediante el cual se dicta el Decreto con Rango, Valor y Fuerza Ley de Contrataciones Públicas

(Gaceta Oficial N° 6.154 Extraordinario del 19 de noviembre de 2014)

Compromiso de Responsabilidad Social

FinalidadArtículo 29. El compromiso de responsabilidad social tiene por finalidad garantizar el cumplimiento de lo establecido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, respecto de la contribución de los particulares, según su capacidad, en la consecución del bienestar general, en virtud de la solidaridad y responsabilidad compartida entre éstos y el Estado.

Carácter ContractualArtículo 30. El compromiso de responsabilidad social se constituirá en una obligación contractual para el beneficiario de la adjudicación, y su ejecución debe estar debidamente garantizada.

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Compromiso de Responsabilidad Social

ProcedenciaArtículo 31. El compromiso de responsabilidad social procederá en caso de ofertas cuyo monto total, incluidos los tributos, superen las dos mil quinientas unidades tributarias (2.500 U.T.), y será del tres por ciento (3%) sobre el monto de la contratación.

Ejemplo:Valor actual de la Unidad Tributaria: 150,00 Bs. (Mayo 2015)

(2.500 U.T * 150,00 Bs.) = 375.000,00 Bs.375.000,00 Bs. * 3% (sin incluir el IVA) = 11.250,00 Bs.

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Aporte en dinero Compromiso de Responsabilidad SocialArtículo 33. El compromiso de responsabilidad social que se reciba a través de aportes en dinero será depositado en el Fondo de Responsabilidad Social, el cual se creará como patrimonio separado e independiente del Tesoro Nacional, bajo la administración y supervisión directa del Presidente o Presidenta de la República Bolivariana de Venezuela, o la autoridad que este señale.

La naturaleza y forma de funcionamiento del Fondo de Responsabilidad Social será establecida mediante Decreto.

(Hasta la fecha (Mayo 2015) no se ha normado)Revisar: Disposiciones Transitorias de la presente Ley

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Compromiso de Responsabilidad Social

ProhibiciónArtículo 34. El aporte correspondiente al compromiso de responsabilidad social en ningún caso se podrá utilizar para atender requerimientos que formen parte de las obligaciones y competencias contempladas en los Planes Operativos de los órganos y entes de la Administración Pública.

Nota: El aporte de compromiso de responsabilidad social no debe estar asignado a ningún proyecto que ya tenga asignado recursos POA, es recomendable realizar previo diagnóstico y/o comprobación con el Ministerio encargado, por ejemplo, en el caso de asignar recursos a una institución educativa y/o otras instituciones del Estado.

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Compromiso de Responsabilidad Social

Infracciones y SancionesSupuestos de Responsabilidad Administrativa

Artículo 166. Se consideran supuestos generadores de responsabilidad administrativa, los siguientes:

Numeral 5. Omitir la solicitud o recibo del compromiso de responsabilidad social o destinario en términos distintos a lo establecido en el presente Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley.

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Decreto N° 1.399, mediante el cual se dicta el Decreto con Rango, Valor y Fuerza Ley de Contrataciones Públicas

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Compromiso de Responsabilidad Social

Disposiciones TransitoriasTercera. Hasta tanto no se emita el Decreto que regule el funcionamiento del manejo del Fondo de Responsabilidad Social, se mantendrán las disposiciones que regulan el manejo del compromiso de responsabilidad social señaladas en el Reglamento de la Ley de Contrataciones Públicas, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.181 del 19 de mayo de 2009.

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1) Creación y publicación del comité que definirá el destino de recursos de compromiso de responsabilidad social.

2) Definir el área de influencia (punto y círculo).

3) Definir baremo del porcentaje para la gestión de recursos de compromiso de responsabilidad social.

4) Levantar información: Consejos Comunales, Comunas, Instituciones educativas, nuevos urbanismos, movimientos sociales.

5) Levantar diagnóstico de necesidades sociales dentro del punto y círculo.

6) Detectar posibles alianzas interinstitucionales (pública y/o privada).

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7) Para generar transparencia en la gestión, es recomendable publicar en la página web de la institución la gestión de recursos de compromiso de responsabilidad social.

Buenas prácticas: www.cnti.gob.veResponsabilidad Social en el Centro Nacional de Tecnología de Información

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8) Definir y crear el proceso asociado a la gestión del uso de los recursos de compromiso de responsabilidad social que permita la construcción del Manual de Normas y Procedimientos de la Oficina de Atención al Ciudadano.

9) Generar charlas de sensibilización del uso de los recursos derivados del compromiso de responsabilidad social, dirigida a las empresas privadas contratadas.

10) Establecer políticas de gestión con la Coordinación de Auditoría Interna de la institución para el uso eficiente de recursos de responsabilidad social.

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¡Muchas Gracias!

Lic. Juan Blanco [email protected] 04265201276 @JblancoB @enseriaRSE

Esta presentación fue realizada en Software Libre: CANAIMA GNU/Linux

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