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GOBERNACIÓN DE ANTIOQUIA DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE PLANEACIÓN DIRECCIÓN DE SISTEMAS DE INFORMACIÓN Y CATASTRO RESOLUCIÓN NÚMERO 52705 (30 de octubre de 2015) “POR MEDIO DE LA CUAL SE MODIFICAN LOS LINEAMIENTOS TÉCNICOS ESTABLECIDOS EN LA RESOLUCIÓN N°1700 DE 2011, PARA LA ENTRADA EN VIGENCIA DE TODO PROCESO CATASTRAL DE FORMACIÓN Y ACTUALIZACIÓN DE LA FORMACIÓN, ADELANTADA EN EL TERRITORIO ANTIOQUEÑO (EXCEPTO EL MUNICIPIO DE MEDELLÍN)” EL DIRECTOR DE SISTEMAS DE INFORMACIÓN Y CATASTRO, en ejercicio de sus facultades legales, conferidas por la Ley 14 de 1983, el Decreto Reglamentario 3496 de 1983 y demás normas complementarias vigentes. CONSIDERANDO: Que de conformidad con los Decretos Legislativo y Departamental de creación del catastro Nos. 1556 de 1954 y 199 de 1954, respectivamente, la Ley 14 de 1983 y su Decreto Reglamentario 3496 del mismo año, es autoridad catastral en el Departamento de Antioquia la Dirección de Sistemas de Información y Catastro (DSIC). Que el artículo 12 de la Ley 14 de 1983 dispone que las labores catastrales de que trata esta ley se deben sujetar, en todo el país, a las normas técnicas establecidas por el INSTITUTO GEOGRÁFICO AGUSTÍN CODAZZI. Que la Dirección de Sistemas de Información y Catastro, con fundamento en la Ley 14 de 1983, el Decreto Reglamentario 3496 del mismo año, resoluciones, manuales y directrices emitidas por el Instituto Geográfico Agustín Codazzi, en especial la Resolución 70 de 2011, elaboró los lineamientos técnicos para la entrada en vigencia de los procesos de formación y actualización de la formación c a t a s t r a l . Que las autoridades catastrales deben actualizar los catastros en períodos máximos de cinco (5) años, con el fin de revisar los elementos físico y jurídico del catastro y eliminar las posibles disparidades en el avalúo catastral originadas en mutaciones físicas, variaciones de uso o de productividad, obras públicas o condiciones locales del mercado inmobiliario.

Resolucion 52705 actualizaciones renovacion de la 1700

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 GOBERNACIÓN DE ANTIOQUIA

DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE PLANEACIÓNDIRECCIÓN DE SISTEMAS DE INFORMACIÓN Y CATASTRO

RESOLUCIÓN NÚMERO 52705

(30 de octubre de 2015)

 

 “POR MEDIO DE LA CUAL SE MODIFICAN LOS LINEAMIENTOS TÉCNICOS

ESTABLECIDOS EN LA RESOLUCIÓN N°1700 DE 2011, PARA LA ENTRADA ENVIGENCIA DE TODO PROCESO CATASTRAL DE FORMACIÓN Y ACTUALIZACIÓN DE

LA FORMACIÓN, ADELANTADA EN EL TERRITORIO ANTIOQUEÑO (EXCEPTO ELMUNICIPIO DE MEDELLÍN)”

 EL DIRECTOR DE SISTEMAS DE INFORMACIÓN Y CATASTRO, en ejercicio de sus facultadeslegales, conferidas por la Ley 14 de 1983, el Decreto Reglamentario 3496 de 1983 y demás normas

complementarias vigentes.  

CONSIDERANDO: 

Que de conformidad con los Decretos Legislativo y Departamental de creación del catastro Nos. 1556de 1954 y 199 de 1954, respectivamente, la Ley 14 de 1983 y su Decreto Reglamentario 3496 delmismo año, es autoridad catastral en el Departamento de Antioquia la Dirección de Sistemas deI n f o r m a c i ó n y C a t a s t r o ( D S I C ) . Que el artículo 12 de la Ley 14 de 1983 dispone que las labores catastrales de que trata esta ley sedeben sujetar, en todo el país, a las normas técnicas establecidas por el INSTITUTO GEOGRÁFICOA G U S T Í N C O D A Z Z I . Que la Dirección de Sistemas de Información y Catastro, con fundamento en la Ley 14 de 1983, elDecreto Reglamentario 3496 del mismo año, resoluciones, manuales y directrices emitidas por elInstituto Geográfico Agustín Codazzi, en especial la Resolución 70 de 2011, elaboró los lineamientostécnicos para la entrada en vigencia de los procesos de formación y actualización de la formaciónc a t a s t r a l . Que las autoridades catastrales deben actualizar los catastros en períodos máximos de cinco (5) años,con el fin de revisar los elementos físico y jurídico del catastro y eliminar las posibles disparidades enel avalúo catastral originadas en mutaciones físicas, variaciones de uso o de productividad, obraspúblicas o condiciones locales del mercado inmobiliario. 

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Que con el ánimo de lograr mayor efectividad en los procesos de formación y de la actualización de laformación catastral, además de la normatividad vigente, los lineamientos que se adoptan mediante elpresente acto, contienen directrices que obedecen a estándares de calidad, los cuales son de obligatoriaaplicación con ocasión del desarrollo tecnológico que adelanta esta Dirección, el cual busca obteneruna correcta inscripción predial como objetivo primordial del catastro.

 

En virtud de lo expuesto,

 RESUELVE:

 

ARTÍCULO ÚNICO: Modificar los lineamientos técnicos para la entrada en vigencia de todo procesode formación y actualización de la formación catastral adelantada en el territorio antioqueño (excepto elmunicipio de Medellín), adoptados por medio de la Resolución N°1700 de 2011 de la DSIC, así:

 

LINEAMIENTOS TÉCNICOS QUE SE DEBEN SEGUIR EN TODO PROCESO DE FORMACIÓN Y ACTUALIZACIÓN DE LA FORMACIÓN CATASTRAL DECONFORMIDAD CON LA NORMATIVIDAD VIGENTE

 

Antes de iniciarse el proceso de actualización de la formación catastral para la respectiva UnidadOrgánica Catastral, en adelante UOC, la Dirección de Sistemas de Sistemas de Información y Catastro–DSIC– realizará la planificación pertinente para su desarrollo; para ello recibirá la solicitud de lacorrespondiente UOC que tenga la intención de realizarlo para el sector urbano y/o rural.  Para el efectose hará previo análisis de la calidad de la información catastral base existente (cartografía catastral yvectorial y cruce de bases de registro, catastro y municipio), la vigencia del catastro y aspectosrelevantes; al igual que autorizará o no el inicio de actividades precontractuales que conlleven a laactualización de la formación catastral, de acuerdo con las circunstancias particulares de cadamunicipio, lo cual también repercute en la autorización o no de la solicitud presentada y lo que de suyoconlleva a la posible postergación de dicho proceso. La autoridad catastral definirá los predios que serán objeto de visita para efectos de la revisión delelemento físico y jurídico, de conformidad con la metodología establecida por el Instituto Geográfico“Agustín Codazzi” en la Resolución 070 de 2011.  Así mismo, la DSIC analizará, con el apoyo de laUOC, las condiciones de la información catastral vigente del municipio y definirá un anexo técnico queserá la base para la contratación de las actividades por parte del contratante ejecutor e interventor delp r o y e c t o . El anexo técnico contemplará la definición de los alcances del proceso de actualización de la formacióncatastral, según el análisis de la calidad de la información; uno de los alcances a definir, es la necesidado no de generar cartografía nueva y vigente; en el caso de requerirse ésta, para su elaboración tanto latoma de las imágenes como el proceso de ortorectificación deben cumplir con los requisitos presentesen el anexo N°1 de la presente resolución, el cual incluye calidad y productos entregables. Todoproceso de toma de fotografías y ortorectificación debe contar con la legalidad del dato y se hará llegar,a la DSIC, la autorización que la Aeronáutica Civil expida para los procesos de toma de fotografíasaéreas con fines cartográficos; además de presentar el serial de la licencia del software, debidamentelegalizado, con el cual se elaboró el proceso de ortorectificación y aerotriangulación.

 

Para todas las etapas de labores catastrales que se adelanten vía contractual, con ocasión de los trabajos

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de la actualización de la formación catastral, la UOC podrá contratar la ejecución de las actividades delos aspectos físicos y jurídicos de los predios, así como la interventoría o supervisión, teniendo encuenta que el aspecto económico será elaborado por la DSIC. La respectiva UOC deberá tener vigente el convenio interadministrativo de cooperación celebrado conla Gobernación de Antioquia, cuyo objeto es aunar esfuerzos técnicos, administrativos, jurídicos yfinancieros, entre la autoridad catastral del departamento de Antioquia y los municipios integrantes deeste territorio, para la cooperación en la preparación, operación y ejecución de las actividadescatastrales correspondientes a cada entidad municipal en los procesos de formación, actualización,conservación y actualización permanente, según sea el caso. 

Dentro del marco del convenio, antes del inicio de cualquier proceso contractual, la UOC deberápresentar para revisión y aprobación por parte de la DSIC, acorde con las normas técnicas vigentes, elanexo técnico definido y los estudios previos, el objeto y alcance de las actividades a contratar, loscuales deben ser parte integral del contrato. En todo caso ésta es una condición obligatoria o requisitosine qua non para el inicio de las labores catastrales dentro del proceso de actualización, que en elevento de no cumplirse no se expedirá la resolución de inicio o acto administrativo que formaliza lasm i s m a s . Todo proceso de actualización de la formación catastral que no cuente con los prerrequisitoscontractuales y el aval de la DSIC, no podrá realizar ninguna actividad o labor afín al mismo.

 

I. LINEAMIENTOS ADICIONALES DEFINIDOS POR LA DSIC PARA LA ENTRADA ENVIGENCIA DE LA ACTUALIZACIÓN DE UNA FORMACIÓN CATASTRAL

 

Para la entrada en vigencia de una actualización de la formación catastral, se ejecutarán y validarán lassiguientes actividades:

 

Expedición y publicación de la resolución de inicio de los trabajos de actualización de laformación catastral y entrega de insumos para el inicio de las labores.Socialización y difusión del proyecto de actualización de la formación catastral con la comunidady con las autoridades del ente territorial entre otros.Aspecto jurídico de los predios.Reconocimiento predial.Productos de la actualización de la formación catastral.Estudio de Zonas Homogéneas Físicas y Geoeconómicas, determinación del Valor de los Tiposde Construcciones y/o Edificaciones y expedición de la resolución que aprueba éstos.Entrega inventariada de los documentos finales y definitivos para la conservación catastral.Expedición y publicación de la resolución de entrada en vigencia de la actualización de laformación catastral.Procedimiento para la entrega de información, revisión y aprobación.

 A continuación se detalla cada una de estas actividades y los elementos que permiten su aprobación porparte de la DSIC. 

EXPEDICIÓN Y PUBLICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN DE INICIO DE LOSTRABAJOS DE ACTUALIZACIÓN DE LA FORMACIÓN CATASTRAL Y ENTREGADE INSUMOS PARA EL INICIO DE LAS LABORES

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 Requisitos para la expedición de la resolución de inicio de los trabajos de actualización de laformación catastral de la UOC: 

Haber cumplido las etapas precontractuales técnicas, acordes a esta resolución.Presentar las licencias de software comerciales usadas para las etapas de ortorectificación yestructuración de información cartográfica predial.Contar con los planos topográficos o restitución fotogramétrica del municipio en el sector urbanoy los centros poblados  de los  sectores urbano y rural, respectivamente.Ortofotomosaico esc. 1:2.000 y pixeles de 0,15m para el sector urbano u ortofotomosaico esc.1:5.000 y pixeles de 0,40m ó 1:10.000 y pixeles de 0,6m para el sector rural con una vigencia nomayor a 2 años de toma; la DSIC definirá previamente la necesidad de la elaboración o no deeste insumo, según la dinámica del municipio.

Copia de los contratos elaborados para la ejecución de las actividades con sus documentos desoporte precontractuales y contractuales.Propuesta técnica presentada por la empresa contratista en el proceso contractual, indicando elalcance de los trabajos, la metodología de trabajo y los recursos técnicos y humanos destinadospara la ejecución del proyecto. Este debe contener el listado del personal profesional técnico yoperativo,  prediadores o fotolectores con hoja de vida y carta de compromiso en la ejecución delproyecto.Cronograma de actividades para el desarrollo del proyecto y de su interventoría, especificandolas fechas en que se van a llevar a cabo cada una de ellas.Copia del respectivo Plan de Ordenamiento Territorial vigente (POT, PBOT, EOT) publicado enla gaceta oficial, con sus correspondientes planos digitales; y copia del acuerdo por el cual seadoptó o reglamentó el uso del suelo vigente y otros acuerdos que contengan informaciónrelativa al catastro (nomenclatura vial y domiciliaria, comunas, veredas, barrios, planes parciales,entre otros).Oficio del representante legal de la UOC designando al funcionario de catastro municipal quienservirá de enlace entre la DSIC, el ejecutor y la interventoría del proyecto.Saldos de mutaciones relacionados en un formato que contenga número predial,  número de laficha predial, acto notarial, escritura, fecha y matrícula.Relación de solicitudes de los usuarios no incluidas en los saldos de mutaciones.Designación, por parte de la empresa contratista, del funcionario enlace que será el apoyo para elfuncionario municipal, en el desarrollo del proceso de actualización, respecto de las labores detrámites pendientes en la conservación y del técnico encargado de la validación de los actosadministrativos de rectificación de áreas emitidos por la entidad.Copia de los actos administrativos que contengan la información de los predios que hayan sidoobjeto de declaratoria de "inminencia de riesgo de desplazamiento o de desplazamiento forzado"o informe escrito, por parte de la UOC, de la ausencia de éstos.Elaboración de un acta de gestión y operación del proceso de actualización de la formacióncatastral, en la que se especifiquen compromisos y responsabilidades de la UOC y la DSICdurante la ejecución y hasta la entrega satisfactoria de los documentos definitivos de esteproceso.

 La resolución de inicio se expedirá solamente hasta el 31 de marzo del año inmediatamente anterior ala entrada en vigencia de la actualización de la formación catastral; una vez la DSIC expida estaresolución, debe ser publicada, dentro de los cinco (5) días siguientes, en la Gaceta Departamental ysurtido este requisito la DSIC hará entrega, a la UOC, de los siguientes insumos: 

Bases de datos predial geográfica y alfanumérica catastrales vigentes a la fecha.Cartografía vectorial base y/o Ortofoto, en caso de disponer de ellas, producto del conveniocartografía digital de Antioquia.

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Archivo de inconsistencias existentes en las bases de datos geográficas y alfanuméricas de laDSIC (marcas).Relación de los predios que se les ha expedido certificación de área de terreno mediante actoadministrativo o se encuentra en trámite la expedición de la misma.Archivo con el resultado del cruce de la información de la oficina de Registro de InstrumentosPúblicos y de la DSIC (ICARE), en caso de disponer de ellos o en su defecto archivo xls con larelación jurídica de todos los predios existentes en las bases de datos de la DSIC.Relación de predios con autoestimaciones.Relación de matrículas repetidas generado por el sistema OVC.Relación de matrículas en el sistema registral antiguo.Acceso a la ficha predial en la Oficina Virtual de Catastro OVC o archivo digital de la misma.

Se entregará Shape de los perímetros urbano y/o rural  del  correspondiente municipio.

 La DSIC oficiará a cada una de las entidades de derecho público, para que remitan una relación de losbienes inmuebles de su propiedad en la respectiva UOC, con indicación de los documentosjustificativos del derecho de dominio y planos de los inmuebles, con el fin de perfeccionar el censo del a p r o p i e d a d e s t a t a l . Así mismo la DSIC podrá requerir a las entidades públicas, los notarios, registradores, los particularesen general y, especialmente, los propietarios de bienes inmuebles, para que den cumplimiento a laobligación de suministrar a ésta todos los documentos, planos y demás datos necesarios para lostrabajos de la actualización de la formación catastral, así como lo dispone la resolución 70 de 2011 delI G A C . El encargado de las labores de la actualización de la formación, en la programación de las actividades,debe detallar y darle prioridad a las relativas a las manzanas o veredas donde se encuentren los prediosque han tenido certificaciones de áreas ya emitidas por la entidad, para lo cual deberá elaborar informeacorde a formato suministrado por la DSIC, y ser entregados periódicamente mes a mes durante eldesarrollo del proyecto y estar terminadas en su totalidad a más tardar un (1) mes antes de la entrega delos p roduc tos f ina les pa ra r ev i s ión de l a DSIC.Los saldos de mutaciones o trámites activos en la OVC seguirán siendo responsabilidad del funcionariomunicipal; en caso de considerarlo necesario, dada la cantidad de solicitudes pendientes de respuesta yque requieren visita de campo, solicitará el apoyo del enlace del ejecutor del proyecto en cuanto a éstay el informe técnico que se debe elaborar con ocasión de la misma; obtenida la información requerida,procederá a dar le cont inuidad al t rámite en la OVC. En todo caso, las mutaciones que deban realizarse durante el tiempo de ejecución del proceso deactualización de la formación se incorporarán a éste; en el evento de que alguna sea solicitada por uninteresado se seguirá su trámite normal en la OVC hasta la expedición de la resolución; Para llevar acabo esta tarea, el funcionario municipal asignado como enlace, solicitará el apoyo del enlace delejecutor del proyecto para proceder al ingreso de la respectiva información al sistema OVC y, como yase indicó, debe contener el informe técnico de visi ta. Si el proceso de actualización no entra en vigencia para el año en que está programado, la DSIC, confundamento en los saldos de mutaciones que relacionó, solicitará al enlace del ejecutor que hagaentrega de la información que tenga sobre éstas para ser incorporadas por conservación.  

SOCIALIZACIÓN Y DIFUSIÓN DEL PROYECTO DE ACTUALIZACIÓN DE LAFORMACIÓN CATASTRAL CON LA COMUNIDAD Y CON LAS AUTORIDADESDEL ENTE TERRITORIAL, ENTRE OTROS

 La DSIC, la UOC y el contratista, en caso de existir, realizarán la socialización y difusión del proyecto

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a la comunidad en general, incluyendo los diferentes grupos étnicos y sectoriales presentes en elmunicipio; ésta se hará a través de reuniones, comunicados radiales, escritos, visuales y audiovisuales,entre otros, de conformidad con las directrices establecidas por la DSIC. Esto sin perjuicio que la DSICreal ice directamente act ividades de social ización. Se establecerá un comité de socialización en el que hará parte, por el municipio, el alcalde municipal osu delegado y un representante del concejo municipal y, por el departamento, la autoridad catastral, conel objeto de garantizar la socialización del proyecto. La socialización debe ser permanente, desde el momento de la expedición de la resolución de iniciohasta la expedición de la resolución de entrada en vigencia. 

   ASPECTO JURÍDICO DE LOS PREDIOS

 

Depuración de Matrículas Catastro – Oficinas de Registro

 Con base en la información entregada por la DSIC a la UOC, el ejecutor del proyecto debe adelantar lavalidación de la siguiente información para cada uno de los predios: 

Verificación que las matrículas inmobiliarias entregadas por la DSIC correspondan al círculoregistral del municipio.Verificar que las matrículas inmobiliarias entregadas por la DSIC pertenezcan al respectivomunicipio y sector.Si entre los datos entregados por parte de la DSIC se encuentran predios con matrícula y tomo, sedebe verificar si éstos fueron actualizados, por la oficina de registro correspondiente, al nuevosistema registral; en caso de no haber sido actualizados, se debe complementar la información defolio y página. Si en la oficina de registro correspondiente no se encuentra la información deestos predios, debe realizarse una visita al predio para corroborar la información ycomplementarla según el caso.Actualizar el número de matrícula inmobiliaria original del que se segrega el número dematrícula inmobiliaria de cada predio.Actualizar los números de matrícula inmobiliaria abiertos con base en el número de matrículainmobiliaria de cada predio. Cada una de las matrículas inmobiliarias abiertas deben ser incluidasen el censo predial que se está realizando. Si la matrícula abierta pertenece al Sistema RegistralAntiguo, se debe informar el tomo, el folio y la página.Informar para cada número de matrícula inmobiliaria si, en la naturaleza jurídica del acto, estámarcado como falsa tradición. Igualmente se debe informar la persona que figura con el plenodominio de la propiedad. Si la falsa tradición corresponde a una sucesión ilíquida, se debeninformar las personas que tienen derechos y acciones sobre la matrícula inmobiliaria.Informar para cada matrícula inmobiliaria perteneciente al Estado, si el bien es de uso público ofiscal. Esta información se puede verificar en las escrituras de cada predio.Informar para cada predio, el área de terreno contentiva en el respectivo título de adquisición delderecho de dominio, especificando si esta corresponde a “cuerpo cierto, más o menos,aproximadamente, protocolizado”.Actualizar, según el caso, la cédula catastral de cada uno de los predios que así lo requieran.Igualmente, debe informarse la cédula catastral de las nuevas matrículas obtenidas en el censo.Actualizar, según el caso si es urbano o rural, la dirección correcta del predio. En caso de tratarsede un predio rural, debe verificarse si existen diferencias entre la dirección entregada por la DSICy la dirección que se tiene en el documento registral, anotando las observaciones a que hayalugar y de tratarse de un predio urbano se requiere darle cumplimiento al acuerdo denomenclatura vigente. Todas las direcciones deben estar ajustadas al estándar de abreviaturasvigente para la DSIC.

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Verificar e informar para cada predio, si éste cuenta, en la naturaleza jurídica del acto, con laconnotación de extinción de dominio.Verificar e informar para cada predio, si éste cuenta, en la naturaleza jurídica del acto, con laconnotación de desplazamiento.Informar el destino económico encontrado en el respectivo título, para los predios que tienenconnotación de recreacionales, PH y parcelas reglamentadas (productiva, recreacional yhabitacional).Verificar la correspondencia de la característica del predio informado, con la existente en el foliode matrícula inmobiliaria. Si la anotación es de falsa tradición porque nació de declaración demejoras en terrenos baldíos de la nación, se debe identificar con característica de baldío.Actualizar para cada matrícula de acuerdo con las novedades presentadas, los campos de primerapellido, segundo apellido, nombres, sigla comercial, clase de documento (si la clase dedocumento es “Código Asignado”, debe ser investigado y debe actualizarse el número con lainformación original contemplada en el respectivo título. De no ser posible esta verificación,debe justificarse en las observaciones del predio), número de documento, derecho, primerapellido del propietario anterior, segundo apellido del propietario anterior, nombres delpropietario anterior, causa del acto (acto notarial), número de escritura, notaría, fecha de laescritura.En resguardos indígenas o comunidades negras constituidos por resoluciones del INCODER(antes INCORA) consultar el respectivo acto de constitución para la obtención del nombrecorrecto.Verificar si existe físicamente el plano protocolizado para cada matrícula. En caso de encontrarsedicho plano y que estos correspondan a adjudicaciones del INCORA o el INCODER, debetomarse una copia y hacer entrega de la misma a la DSIC.Diligenciar las observaciones con los elementos adicionales a que haya lugar para cadamatrícula.Informar el número de la ficha para los nuevos predios.Verificar para todos los predios diferentes a una mejora, la información jurídica (matrículainmobiliaria); en caso de no tenerla buscar en los índices de propietarios de la oficina de registroy actualizarla.

 Para efectos de la optimización de la revisión, el ejecutor del proyecto diligenciará y entregará elformato de suministrado por la DSIC.Matrículas Catastro – Oficinas de Registro  En el evento en que para la UOC en proceso de actualización de la formación catastral se haya llevadoa cabo la Interrelación Catastro – Registro, cruzando ambas bases de datos, el archivo suministrado porla DSIC tendrá los predios divididos en tres grupos, para los cuales el ejecutor del proyecto deactualización del aspecto jurídico de los predios, debe realizar las siguientes actividades: 

Predios cuya matrícula inmobiliaria es coincidente entre las bases de datos de la DSIC y lasbases de datos de Registro: En esta situación, la información jurídica de los predios no deberámodificarse, salvo que se presenten novedades sobre el predio en aspectos diferentes a lamatrícula, para lo cual se deberá realizar la respectiva corrección con sus respectivos soportes.

 

Predios cuya matrícula inmobiliaria inscrita en las bases de datos de la DSIC no se encuentraen las bases de datos de Registro: Debe adelantarse la respectiva investigación y diligenciarse enel archivo suministrado por la DSIC.

 

Predios cuya matrícula inmobiliaria inscrita en las bases de datos de Registro no se encuentraen las bases de datos de la DSIC: Debe adelantarse la respectiva investigación jurídica delpredio, que sea correctamente ubicado en campo tal y como consta en la descripción del folio de

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matrícula y certificado de libertad y tradición; y, en caso de ser procedente, realizar la inscripcióndel predio y diligenciarse en el archivo suministrado por la DSIC. Aquellas matrículas que novan a ser incluidas en la información para la actualización de la formación catastral, deben contarcon la debida justificación de exclusión, se deberá presentar un informe de esto a el facilitador dela DSIC para que éste analice el caso con el comité conformado para casos de difícil solución.

 

En todo caso, los predios que se encuentren en el sistema registral antiguo y que no se veránreflejados en el resultado del cruce de la información Catastro – Registro, deben ser consultadosy diligenciados en el archivo suministrado por la DSIC.

 Se debe tener en cuenta la fecha del cruce ICARE, en caso de estar desactualizado, éste sirve de basepara el trabajo, pero durante el proceso se debe consultar en registro si existen movimientos másrecientes, los cuales deben quedar reflejados en el proceso En caso de que para la UOC en proceso de actualización de la formación catastral no se haya llevado acabo la Interrelación Catastro – Registro, debe diligenciarse la totalidad del archivo xls suministradopor la DSIC.  Criterios de Revisión: Para la revisión y aprobación del informe se aplicarán losMatrículas Catastro – Oficinas de Registro tamaños de muestra y niveles de calidad aceptable de la norma ISO 2859, con las variables de Nivelesde Inspección Generales Nivel II y Niveles de Calidad Aceptable Nivel 4.0. Para la aprobación de cadauno de los predios relacionados en el archivo, se requiere la verificación de todos los campos, y queéstos se encuentren diligenciados en forma correcta en su totalidad. El tamaño de la muestra se tomará sobre el número total de predios que según el archivo entregadod e b a n d i l i g e n c i a r s e . Para proceder a realizar la revisión por parte de la DSIC, debe adjuntarse la evidencia de revisión porparte de la interventoría del proyecto, con su respectiva aprobación. 

Información alfanumérica de los predios.

 Estructura de los datos (TXT)  Criterios de Revisión: La estructura de los datos que componen el archivo de texto con la información alfanumérica de lospredios, debe ajustarse con toda exactitud al instructivo de la ficha predial, en el título “Diseño para lagrabación del archivo plano de la ficha predial y resumen, para procesos de formación ya c t u a l i z a c i ó n ” .  Para proceder a realizar la carga del archivo por parte de la DSIC, debe adjuntarse la evidencia derevisión por parte de la interventoría del proyecto, con su respectiva aprobación. Cualquier inconsistencia presentada sin justificación, será motivo para la NO aprobación de losrequisitos de la Información análoga y digital. Poblamiento de la estructura de los datos

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 Criterios de Revisión: Los datos encontrados en el archivo de texto con la información alfanumérica pueden presentardiferentes grados de errores, que de conformidad con el instructivo de la ficha predial, son: 

Severo (todos aquellos que afecten la integridad del predio o de los propietarios; ejemplo númerode ficha malo, no existencia de barrio, manzana o vereda)Aviso (Son aquellos que no afectan la integridad del predio o de los propietarios ejemplodirección invalida, campo cédula catastral en blanco)

 Para dar por aprobada la verificación del poblamiento de la estructura de los datos del archivo de textocon la información alfanumérica, no debe encontrarse ningún error de grado “Severo”. Aquellos erroresde grado “Aviso” deben ser justificados uno por uno. Igualmente, para la aprobación de la DSIC,adjuntar la evidencia de revisión por parte de la interventoría del proyecto, con su respectivaaprobación. Cualquier inconsistencia severa no justificada, será motivo para la NO aprobación de losr equ i s i t o s de l a i n fo rmac ión aná loga d ig i t a l . Es de estricto cumplimiento que la estructura cumpla con los estándares establecidos por La DSIC, encaso contrario los archivos no serán leídos y generados los reportes correspondientes de la Dirección.  

Revisión de Homónimos con Diferente Documento de Identidad

 Criterios de Revisión: El reporte final generado por la DSIC, con la información entregada por el contratista llamado

debe encontrarse sin homónimos registrados,Homónimos con diferente Documento de Identidads a l v o l a s s i g u i e n t e s e x c e p c i o n e s : 

Para las clases de documento diferentes a “Código Asignado”, debe presentase la evidencia(fotocopias de las cédulas o equivalentes) para los nombres coincidentes.Registros con clase de documento “Código Asignado”.

 La revisión aplica para la totalidad de los predios del municipio. Para proceder a realizar la revisión por parte de la DSIC, debe adjuntarse la evidencia de revisión porparte de la interventoría del proyecto, con su respectiva aprobación.La información presentada por los ejecutores de la actualización de la formación catastral será validadacon el reporte que se genere a través de la OVC 

Saldo de Mutaciones y Relación de Boletines de Registro.

C r i t e r i o s d e R e v i s i ó n :El funcionario de catastro municipal le entrega al enlace del contratista la relación de los boletines queno se han ingresado al sistema, para que este proceda a incorporarlos en el proceso de actualización ypase informe al funcionario de catastro municipal y a la DSIC; el funcionario municipal deberá ingresaren la OVC el trámite, siempre y cuando exista una solicitud expresa del usuario, de lo contrario sei n c o r p o r a p o r a c t u a l i z a c i ó n .Todas las mutaciones catastrales o rectificaciones que estén activas durante el proceso de la

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actualización de la formación catastral, deberán ser atendidas en campo por funcionarios de la revisióndel aspecto físico y jurídico dentro del proceso de actualización de la formación catastral y con elapoyo del funcionario de catastro de cada municipio, o directamente con la DSIC, documentará lamutación en la OVC para poderle dar el trámite correspondiente.El producto de estas revisiones que hacen parte de la gestión catastral y la conservación catastral, debenquedar idénticas en el proceso de actualización de la formación catastral, para evitar disparidades enambos momentos de la ges t ión de la in formación .Para la entrada en vigencia no deben existir saldos de mutaciones pendientes en el municipio. 

Control de Propietarios Códigos Asignados

 Criterios de Revisión: El reporte final generado por la DSIC, con la información entregada por el contratista llamado

no debe presentar ningún registro. Si se presentan propietariosPropietarios con Códigos Asignados,con código asignado, deben adjuntarse las evidencias de la investigación de cada uno (pantalla derevisión en la página del SISBEN o fotocopia del respectivo título o fotocopia de la cédula). Para proceder a realizar la revisión por parte de la DSIC, debe adjuntarse la evidencia de revisión porparte de la interventoría del proyecto, con su respectiva aprobación. 

Sistema Registral Antiguo

 Criterios de Revisión: El reporte final generado por la DSIC, con la información entregada por el contratista llamado Sistema

no debe presentar ningún registro. En el caso de presentarse predios con el sistemaRegistral Antiguo de tomo y matrícula (sistema registral antiguo), deben adjuntarse las evidencias de la investigación decada uno (por ejemplo: fotocopia de la escritura y otros equivalentes). Para proceder a realizar la revisión por parte de la DSIC, debe adjuntarse la evidencia de revisión porparte de la interventoría del proyecto, con su respectiva aprobación. 

Predios con Matrícula Inmobiliaria Repetida

 Criterios de Revisión: El reporte final generado por la DSIC, con la información entregada por el contratista llamado Predios

, no debe contener ninguna matrícula con esta particularidad; encon Matrícula Inmobiliaria Repetidael caso de presentarse, deben adjuntarse las evidencias en un informe técnico y gráfico de lainvestigación de cada una de ellas, correspondientes a fotocopia del título y la respectiva ubicaciónc a r t o g r á f i c a .Para proceder a realizar la revisión por parte de la DSIC, debe adjuntarse la evidencia de revisión porparte de la interventoría del proyecto, con su respectiva aprobación. 

Predios por Posesión y Derecho Real

 Criterios de Revisión: 

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El reporte final generado por la DSIC, con la información entregada por el contratista llamado Prediosrelaciona los predios que responden a esta situación. Para aquellos que seen Posesión y Derecho Real,

presentan como posesiones, debe adjuntarse la evidencia de investigación en el índice de propietariosde las oficinas de registro y la constancia de calidad del poseedor (compraventa, declaraciónjuramentada ante notario, corregidor, inspector de policía, entre otros documentos). Para proceder a realizar la revisión por parte de la DSIC, debe adjuntarse la evidencia de revisión porparte de la interventoría del proyecto, con su respectiva aprobación. 

Calidad de propietarios

 Criterios de Revisión: El reporte final generado por la DSIC, con la información entregada por el contratista llamado Calidad

relacionado para cada modalidad de nacional, departamental, municipal, religioso,de propietarios oficial, comunidad étnica, distrital, región, provincia, empresa generadora de energía o particular, debecontener el nombre del propietario y la debida correspondencia con sólo una de éstas; su depuracióndebe ser total, de acuerdo a la calidad real de los propietarios. Para los casos en que sea requerido por laDSIC, se debe anexar la fo tocopia de la escr i tura . Para proceder a realizar la revisión por parte de la DSIC, debe adjuntarse la evidencia de revisión porparte de la interventoría del proyecto, con su respectiva aprobación. 

Característica de los predios

 Criterios de Revisión: El reporte final generado por la DSIC, con la información entregada por el contratista llamado Total

relacionado para cada modalidad de (RPHPredios por Característica a Nivel Manzana Vereda edificio, RPH parcelación, RPH condominio, parques cementerios, embalse, baldío), debe contener larelación del predio con la debida correspondencia con una sola de éstas; su  depuración debe ser totalde acuerdo a la característica real de los predios.   Para los casos en que sea requerido por la DSIC, sed e b e a n e x a r l a f o t o c o p i a d e l a e s c r i t u r a . La información debe coincidir en su totalidad con el archivo Matrículas Catastro – Oficinas deR e g i s t r o . Para proceder a realizar la revisión por parte de la DSIC, debe adjuntarse la evidencia de revisión porparte de la interventoría del proyecto, con su respectiva aprobación. 

Destinación Económica.

 Criterios de Revisión: El reporte llamado generado por la DSIC y que se entregue al contratista,Destinación Económica, debe presentarse depurado y/o corregido por éste en un archivo en Excel, cuantificando lasdestinaciones económicas del sector utilizados en el municipio en proceso de actualización de laformación catastral; dicho informe debe contener cuáles fueron corregidos, eliminados o incorporados.Para proceder a realizar la revisión por parte de la DSIC, debe adjuntarse la evidencia de revisión porparte de la interventoría del proyecto, con su respectiva aprobación. 

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1. Identificadores de la Construcción

 Criterios de Revisión: El reporte final generado por la DSIC, con la información entregada por el contratista llamado

se debe presentar como un informe con el archivo en Excel,Identificadores de la Construccióncuantificando los identificadores de la construcción del sector utilizados en el municipio en el procesode actualización a la formación catastral y cuáles fueron corregidos, eliminados o incorporados Para proceder a realizar la revisión por parte de la DSIC, debe adjuntarse la evidencia de revisión porparte de la interventoría del proyecto, con su respectiva aprobación. La aprobación del ASPECTO JURÍDICO DE LOS PREDIOS por parte de la DSIC requiere quelos elementos detallados se encuentren revisados y aprobados, de conformidad con los Criteriosd e R e v i s i ó n e x p u e s t o s e n c a d a c a s o .  

Predios no Cruzados Nuevos

 Criterios de Revisión: El contratista debe entregar un reporte llamado , relacionando los prediosPredios no Cruzados Nuevosque, como su nombre lo indica, son nuevos y surgen a partir del proceso de actualización de laformación catastral, indicando el acto que los genera (V.P., RPH, Particiones y demás), se debe realizarun análisis de los títulos especificando el folio del cual nace el nuevo predio en caso de ser unasegregación y su correcta ubicación en campo, igualmente, para todos los casos, se debe realizar una n á l i s i s d e l o s t í t u l o s a n t e c e d e n t e s .   Para proceder a realizar la revisión por parte de la DSIC, debe adjuntarse la evidencia de revisión porparte de la interventoría del proyecto, con su respectiva aprobación.  

Cambio de Cédula Catastral

 Criterios de Revisión La DSIC se reserva la autorización para realizar cambios de número predial (cédula catastral) en todocaso, será ésta quien lo autorice por situaciones particulares que presente el municipio, en las que seincluye las modificaciones formales que se hagan en la división político administrativa; es importanteresaltar que no se autoriza cambios de número de ficha. El contratista debe entregar un informe llamado relacionando losCambio de Cédula Catastral, predios que cambian ésta e informando la razón jurídico -técnica que genera el cambio, como porejemplo: cambios de sector, generación de nuevas manzanas, barrios, entre otras. Para proceder a realizar la revisión por parte de la DSIC, debe adjuntarse la evidencia de revisión porparte de la interventoría del proyecto, con su respectiva aprobación. 

Actos Administrativos

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 Criterios de Revisión Una vez inicie el proceso de actualización catastral en el municipio, el funcionario de actualizacionesde la DSIC entregará al enlace del contratista todos los actos administrativos que se hayan emitido parael sector (urbano y/o rural) que se encuentre en proceso de actualización. El enlace del contratista deberá analizar la información que conste en cada acto administrativo, realizarvisita de campo a cada predio que se encuentre contenido en dicho acto; de esta visita presentará, uninforme en el que conste la sustentación técnica y jurídica si se han presentado cambios físicos en elrespectivo predio, cuál ha sido la causa de estos cambios al momento de  la visita y, además, hacerreferencia de la coherencia de cada lindero con la realidad. Para este informe deberá cumplir con losrequerimientos establecidos por la DSIC, los cuales serán anexados al final de este documento. El informe deberá ser radicado en el archivo general de la Gobernación de Antioquia y estar firmadopor el funcionario municipal asignado como responsable dentro del proceso de actualización y el enlacedel contratista; una vez sea recibido por el funcionario departamental, igualmente, responsable de dichoproceso, deberá hacer entrega al comité técnico integrado en la DSIC por Gis, Ingeniero y Abogado,para el correspondiente  municipio,   a fin de que emita concepto sobre la situación presentada y elt r á m i t e a s e g u i r .     Podrán presentarse 3 situaciones respecto del informe entregado: 

No modificar la información del acto administrativo expedido en conservación. 

Expedir resolución de ajustes de áreas de los predios por efecto de cambio de escala ocartográficos; amparados en el parágrafo del artículo 129 de la resolución 70 de 2011 del IGAC. 

Expedir resolución de revocatoria directa; amparados en la Ley 1437 de 2011. 

 Cada caso será distinto y tendrá un análisis y decisión pertinente por parte de dicho comité conformadoe n l a D S I C . No podrá ni el funcionario municipal ni el enlace del contratista modificar la información sin el avaldel comité y el respectivo acto administrativo según la decisión adoptada.  El contratista debe presentar un informe técnico predio a predio, en el que se relacione las resolucionesadministrativas analizadas y el estudio técnico y jurídico que argumente cualquier cambio, con base enla normatividad vigente catastral; estos informes deben ser presentados a medida que se realiza la visitay no presentar los so lamente a l f ina l de l proceso . De otro lado, para el caso de solicitudes de revisión de área de terreno que no tengan unpronunciamiento administrativo, pero se encuentren en camino de tenerlo, igualmente, se le debeelaborar un informe técnico y jurídico, el cual será firmado por el enlace contratista y el funcionariomunicipal asignado como responsable dentro del proceso de actualización; éste debe ser ingresado alsistema OVC y corresponde al enlace contratista pasar la relación escrita donde se garantice que lainformación contenida en el acto administrativo expedido, para el efecto, quedó igual a la entregadac o m o d e f i n i t i v a p a r a e n t r a r e n v i g e n c i a .Para proceder a realizar la revisión por parte de la DSIC, debe adjuntarse la evidencia de revisión porparte de la interventoría del proyecto, con su respectiva aprobación. 2. Información  Geodata de los predios 

Estructura

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 Criterios de Revisión El contratista debe entregar un informe llamado Componente de la Calidad de los datos Geodata

; este informe debe contener la validación de los siguientes componentes: topología de predios,Basemanzanas o veredas, construcciones, sistema de coordenadas y GDB Ortofoto. En caso de existir cartografía base IGAC escala 1:10.000 o mayor según sea el proceso de actualizaciónde la formación, los elementos del relieve y de infraestructura vial deben coincidir exactamente con losresultantes del proceso de digitalización predial; estos elementos son: 

Ríos y quebradasVíasCercas (en caso de coincidir con la delimitación predial)Se debe revisar y actualizar los datos de equipamiento básico (topónimos)

  Para proceder a realizar la revisión por parte de la DSIC, debe adjuntarse la evidencia de revisión porparte de la interventoría del proyecto, con su respectiva aprobación.  Estructura de los datos Criterios de Revisión: La estructura de los datos que componen el archivo de información cartográfica catastral, debeajustarse con toda exactitud a los estándares de geoinformación catastral. Para proceder a realizar la carga del archivo, por parte de la DSIC, debe adjuntarse la evidencia derevisión por parte de la interventoría del proyecto, con su respectiva aprobación. Cualquier inconsistencia presentada sin justificación será motivo para la NO aprobación de losRequis i tos de la In formación Análoga y Dig i ta l . 

Cruce de la información alfanumérica de los predios con la información cartográficacatastral – geodata

 Criterios de Revisión: Los datos encontrados en el archivo con la información cartográfica catastral - geodata puedenpresentar diferentes tipos de errores, que de conformidad con la norma ISO 19113 (Principios deC a l i d a d ) , s o n é s t o s : 

Omisiones: El predio no se encuentra en el archivo con la información cartográfica catastral –geodata, pero sí en el archivo de texto con la información alfanumérica.Comisiones: El predio no se encuentra en el archivo de texto con la información alfanumérica,pero sí en el archivo con la información cartográfica catastral – geodata.Diferencias de áreas: Son las diferencias de áreas de lote presentados en cada predio, ubicados enlos archivos de información cartográfica catastral – geodata y de información alfanumérica,según el Instructivo de Revisión de Áreas.

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 Para dar por aprobada la verificación del cruce de la información alfanumérica de los predios con lainformación cartográfica catastral – geodata, no debe encontrarse NINGUNA comisión ni omisión; sise presentan omisiones,  éstas sólo pueden corresponder a predios englobados físicamente y queprovienen de diferentes títulos (cuerpos de agua, embalses, vías, bienes de uso público); las diferenciasde área que persistan deben ser justificadas una a una de conformidad con el Instructivo de Revisión deÁ r e a s . Para proceder a realizar la revisión por parte de la DSIC, debe adjuntarse la evidencia de revisión porparte de la interventoría del proyecto, con su respectiva aprobación. Cualquier inconsistencia entre las comisiones, omisiones y diferencias de áreas, que no seanjustificadas y que no cumpla con los criterios enunciados será motivo para la NO aprobación de losRequis i tos de la In formación Análoga y Dig i ta l .Los reportes generados por la OVC del cruce de la información, deben estar corregidos en su totalidad,de lo contrario no se generan los avalúos de prueba y no se podrá continuar con el proceso.   

Cruce de construcciones reportadas en la base de datos con fotografías

 Criterios de Revisión: Los datos reportados tanto en la información alfanumérica de los predios, como en la informacióncartográfica catastral – geodata, en lo referente a las construcciones deben cruzar perfectamente con lasfotografías de las construcciones entregadas a la DSIC. Para aquellas construcciones en que no seencuentre la coincidencia perfecta debe presentarse la justificación de dicha inconsistencia.En el caso de que no se permita la toma de fotografías por algún motivo se deben presentar lasr e s p e c t i v a s e v i d e n c i a s q u e l a j u s t i f i q u e n . Los reportes generados por la OVC del cruce de la información deberán garantizar ser mínimo elc r u c e d e l 9 0 % d e l a s f o t o g r a f í a s .Para proceder a realizar la revisión por parte de la DSIC, debe adjuntarse la evidencia de revisión porparte de la interventoría del proyecto, con su respectiva aprobación. Todo proceso de estructuración de la información geográfica debe garantizar la legalidad del dato, porlo tanto en el momento de entrega de la información, el contratista o ejecutor del proyecto, debepresentar de carácter obligatorio las licencias de software de CAD o SIG utilizadas, así se garantiza eltema de legalidad de la información en el procesamiento de los datos, en caso de no ser legales nidisponer las l icencias , no se recibe la información.  

RECONOCIMIENTO PREDIAL

 Los documentos que a continuación se relacionan se requieren para el inicio de las labores dereconocimiento predial en campo, por parte del ejecutor de las actividades de actualización del aspectofísico de los predios, previamente aprobados por la interventoría: Para la actualización catastral urbana se requiere: 

Estudio Jurídico de los predios.Documento fuente (ficha) recolección de información en campo.Documentos soporte de ejecución de las actividades de investigación jurídica.

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Plano de conjunto escala 1:2.000, extraído de la información geográfica entregada por la DSIC.Plano planimétrico y/o restitución fotogramétrica de conjunto urbano para la cabecera y centrospoblados urbanos con el perímetro urbano vigente.Ortofotomosaico escala  1:2.000 o pixeles de 0,15 m

 Para la actualización catastral rural se requiere: 

Estudio Jurídico de los predios.Documento fuente (ficha) de recolección de información en campo.Documentos soporte de ejecución de las actividades de investigación jurídica.Plano planimétrico y/o restitución fotogramétrica para los centros poblados rurales.Ortofotomosaico escala 1:5.000 o pixeles de 0,40 m o 1:10.000 y pixeles de 0,6 m.Plano de conjunto escala 1:10.000 extraído de la información geográfica entregada por la DSIC.Restitución en caso de existir

 Adicionalmente la DSIC hará entrega de la siguiente información como insumo para revisión,corrección o complementación en campo: 

Relación de los predios que han tenido rectificaciones de área mediante actos administrativosListado de marcas (inconsistencias en la base de datos catastral), para ser revisadas en campoListado de predios libres resultantes del ICARE en caso de disponerse

 Para la realización del reconocimiento predial el cual se realizará predio a predio, se requiere contarcon el estudio jurídico de los predios, aprobado por la interventoría del proyecto. Para la aprobación por parte de la DSIC de la ortofoto, se deben presentar los siguientes productos:

Modelo de elevación digital en formato raster.Break lines usados para la generación del modelo de elevación digital.Escaneo con escáner fotogramétrico (en caso de utilizar fotografía análoga)Certificado de calibración de la cámara de mínimo dos años.Foto índice con sus respectivas coordenadas de centro de foto.Informe de puntos de fotocontrol tomados con GPS submétricos y presentar los archivos RINEXe informe de puntos de nivelación usados para la creación del modelo de elevación digital (salvoen lugares de poca densidad predial o bosques, que deben ser informados con antelación a laDSIC para su autorización, en los que se puede utilizar puntos extraídos de cartografía base).Licencia de software legal para la elaboración de la ortofoto y aerotriangulación

 

Todo producto cartográfico debe estar georreferenciado al datum oficial.

 En el caso de que la ortofoto sea de un área ya cubierta por la cartografía oficial del IGAC en elproyecto cartografía de Antioquia y que esta ortoimagen no pueda ser usada por vigencia y altadinámica catastral, se debe realizar un proceso de retoma y ortorectificación; éste debe mantener losestándares fotogramétricos definidos por el IGAC, tanto en calidad de imagen de la fotografía digitalmétrica IMU e inercial como en proceso de ortorectificación.  Se debe garantizar mínimo la mismatecnología y estándares de calidad o superiores a los usados en el proyecto cartografía de Antioquia, enel proceso de retomas de imágenes y elaboración de ortofotos. Se debe solicitar a la DSIC los fotocontroles preexistentes y el DSM o DTM para garantizar que la

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nueva ortofoto no genere cambios en áreas y forma sobre predios ya formados en la cartografía oficiald e l I G A C d e l p r o y e c t o c a r t o g r a f í a A n t i o q u i a Criterios de avaluación del reconocimiento predial Durante el proceso de reconocimiento predial en campo, la DSIC realizará mínimo 2 visitas técnicas deseguimiento al proceso, acompañamiento y control de calidad.  VISITA DE SEGUIMIENTO Y CONTROL En dicha visita se tendrán en cuanta los siguientes aspectos: 

Revisión técnica a la metodología utilizada.Evaluación de los criterios técnicos utilizados en el reconocimiento predial.Atención de las dudas técnicas.Visita de campo a predios aleatorios.Confrontación de propuesta técnica presentada en el proceso de contratación con respecto a laejecución técnica de los trabajos (equipos, personal propuesto, cronograma de actividades entreotros).

Revisión y validación en la respectiva oficina de registro de instrumentos públicos, de lainvestigación jurídica realizada.

 Como resultado de la visita se genera un informe con las respectivas observaciones las cuales deberánser tenidas en cuenta por los ejecutores del proyecto. VISITA DE REVISIÓN Y VALIDACIÓN DE PRODUCTOS FINALES La revisión pretende confrontar la información contenida en la ficha catastral, el plano análogo y laGeodata, con el universo real para cada una de las variables establecidas en la muestra. Para la realización de la evaluación del reconocimiento predial, por parte de la DSIC, acorde con lamuestra seleccionada, se requiere contar con el siguiente material: Sector urbano: 

El estudio jurídico de los predios aprobado por la interventoría del proyecto.

 

Fichas o documentos fuente: esta información debe ser elaborada de acuerdo al manual dediligenciamiento de la ficha predial, puede ser presentada  análoga o digital, la interventoría debegarantizar que la información gráfica sea  la misma que está en la GDB.

 

Carta o Plano de Conjunto Urbano, esc. 1:2000 del sector urbano y centros poblados urbanos:este plano debe presentarse con todas la especificaciones técnicas que tienen los manuales depresentación de planos y reconocimiento predial.

 

Ortofotomosaico escala 1:2.000 con  pixeles de 0,15 m.

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Planos Manzaneros en escala 1:500: deben ser planos individuales por manzanas catastrales,con la identificación y numeración de los predios de comportamiento urbano, con áreasconstruidas, con número de pisos, identificación de RPH, transitorios, balcones, sótanos, patios,nomenclatura vial, con manzanas colindantes. El rótulo debe estar diseñado de acuerdo al manualde presentación de planos y debe contener información básica como convenciones, cabezoteprincipal, proyección cartográfica, distribución de planchas nomenclatura IGAC, nomenclaturavial y domiciliaria de conformidad con la adoptada por el municipio y su entrega debe ser  enformato análogo y digital.

   Sector Rural: 

El estudio jurídico de los predios aprobado por la interventoría del proyecto.

 

Fichas o documentos fuente: esta información debe ser elaborada de acuerdo al manual dediligenciamiento de la ficha predial, puede ser presentada análoga o digital, la interventoría debegarantizar que la información gráfica es la misma que está en la GDB.

 

Carta o Plano de Conjunto Rural, esc. 1:2000 del sector rural y centros poblados rurales: esteplano debe presentarse con todas la especificaciones técnicas que tienen los manuales depresentación de planos y reconocimiento predial.

 

Ortofotomosaico escala  1:2.000 o con pixeles de 0,15 m.

 

Planos Prediales en Escala 1:10.000, 1:25.000 ó 1:5.000: este plano debe cubrir toda  la superficie municipal respetando  los límites definidos por ordenanza; debe contener la divisiónpredial de veredas y corregimientos, con la identificación y numeración de los predios, veredas ycorregimientos, los nombres de interés general, la malla de coordenadas, el índice de empalme deplanos. Deben ir los colores empleados para las construcciones tipo R, C e I. El plano debepresentarse con origen de coordenadas Magna Sirgas Bogotá. El rótulo debe estar diseñado deacuerdo al manual de presentación de planos y debe contener información básica comoconvenciones, cabezote principal, proyección cartográfica y distribución de planchasnomenclatura IGAC.

  Para esta revisión la DSIC deberá contar con un informe final y detallado que contenga la respectivaaprobación de la interventoría, con los documentos definitivos completamente diligenciados yterminados de acuerdo a los estándares establecidos por la DSIC, para la evaluación y análisis decumplimiento de las siguientes variables:  Físico (85%)

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Dirección (1%)Destino económico del predio (1%)Características del predio (1%)Calificación de edificaciones convencionales y no convencionales (25%)

EstructuraAcabados principalesBañoCocinaComplemento industriaGeneralIdentificador de la construcción

Medidas de terreno urbano (20%)Medidas y área de construcción (20%)Croquis, colindantes y ubicación de construcciones (7%)Verificación de linderos (5%)Toma de fotografías (5%)

Fachada principalBaño principalCocina principalPisos (acabados)

 Jurídico (15%) 

Justificación del derecho de propiedad o posesión del predio (5%)AdquisiciónEscrituraMatrícula inmobiliaria

Nombre y documento propietario y porcentaje de derecho (10%)

 Para cada una de las variables se encuentra descrito su peso dentro de la revisión de los predios. De estaforma, un predio se aceptará o se rechazará de conformidad con el promedio ponderado obtenido de laeva luac ión con base en e l peso de cada var iab le .Para el caso de vías y bienes de uso público diferente a las vías, se realizará la respectiva evaluación.Un predio presenta error en su calificación, cuando la diferencia entre lo determinado por losfuncionarios de la DSIC en la validación de la información y lo reportado en los trabajos deactualización y conservación catastral realizado por terceros es de 5 puntos o más, los predios que no seajusten a este rango de tolerancia, en la revisión por parte de la DSIC, deberán ser objeto de noaprobación y reportados como error en la calificación general del predio, para su respectiva corrección. Para la revisión y aprobación del informe Control de Calidad del Reconocimiento Predial en

se aplicarán los tamaños de muestra y niveles de calidad aceptable de la norma ISO 2859,Campo -,con las variables de Niveles de Inspección Generales Nivel II y Niveles de Calidad Aceptable Nivel4.0. Para la aprobación de cada uno de los predios relacionadas en el archivo, se requiere la verificaciónde las variables establecidas de conformidad con el promedio ponderado obtenido (un predio se aceptasi obtiene una calificación mayor al 85%). La base de predios para tomar la muestra se obtendrá deconformidad con el tipo de actualización que se esté adelantando, las condiciones del terreno, losmedios de transporte, el acceso a los predios y el personal asignado a las visitas, así mismo, sedeterminarán las manzanas y veredas sujetas de visita, de forma que sea viable técnica yo p e r a t i v a m e n t e h a c e r l a s . Con esta revisión, además de validar las variables relacionadas, se pretende verificar si efectivamentese realizó la visita predio a predio, con la respectiva toma de información, para el proceso de

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a c t u a l i z a c i ó n c a t a s t r a l . La aprobación final de este elemento requerirá no sólo que la información de los predios se encuentreen forma correcta, sino que su amarre a la manzana o vereda respectiva corresponda a la baseg e o g r á f i c a u t i l i z a d a . Toda la información remitida a la DSIC, debe contar con la aprobación de la interventoría del proyecto.  

PRODUCTOS DE LA ACTUALIZACIÓN DE LA FORMACIÓN CATASTRAL

 Para la entrega de los productos finales, debe considerarse la totalidad de la información catastral de lazona en estudio y se tiene que garantizar, por parte del ejecutor del proyecto de la actualización, laintegridad de la nueva información catastral con la existente. Para comenzar la revisión de los productos de la prediación, debe entregarse el ASPECTO

completo y aprobado por la interventoría acompañado de losJURÍDICO DE LOS PREDIOSsiguientes documentos. Disco duro que contenga las siguientes carpetas con su respectiva información:     CARPETA PDF Y MXD Urbano y rural 

Plano de Conjunto según las escalas definidas e índice de planchas

Zonas Homogéneas FísicasZonas Homogéneas GeoeconómicasPlanos Manzaneros en escala 1:500Planos Prediales RuralesOrtofotomapa

 CARPETA DE REGISTROS FOTOGRÁFICOS 

Esta carpeta debe contener los registros fotográficos de la fachada, el piso, la cocina, baño ycerchas, de cada una de las construcciones reportadas en la actualización catastral, codificada deacuerdo a los estándares establecidos por DSIC.

  CARPETA GBD 

Esta carpeta debe contener la GDB, la cual debe ceñirse estrictamente a los estándares degeoinformación catastral de la Dirección de Sistemas de Información y Catastro y que sirvió  debase para la generación de los avalúos.

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  CARPETA DE ORTOFOTO 

Si la ortofoto fue elaborada por el contratista  debe cumplir con las especificaciones de losestándares, además se debe entregar el DTM y los puntos de fotocontrol debidamentedocumentados.

 CARPETA DEL ESTUDIO JURÍDICO 

Para la recepción de la información, por parte de la DSIC, debe adjuntarse la evidencia derevisión por parte de la interventoría del proyecto con su respectiva aprobación. Igualmente, serárequerida su presencia al momento de la entrega. Si no se encuentran los elementos mencionadosen forma correcta, no se dará por recibido a satisfacción la información para la entrada envigencia de la actualización catastral.

  Documentos impresos del sector urbano exigidos para la vigencia de la actualización  

Zonas Homogéneas Geoeconómicas, plano de conjunto urbano : deberánescala 1:2.000entregarse en papel de seguridad; debe presentarse en papel plástico indeformable dedos juegos un calibre de 100 micrones; Georreferenciación Magna Sirgas según lo definido para cadamunicipio; uno con destino al municipio y otro para la planoteca de la DSIC.

 

Ortofotomapa: Plano de conjunto urbano : deberán entregarse dos  juegos delescala 1:2.000ortofotomosaico impresos (en papel fotográfico brillante no satinado de 200); uno con destino almunicipio y otro para la planoteca de la DSIC.

  Criterios de revisión  

Plano de Conjunto Urbano escala 1:2.000: Este plano debe contener la división predial, losnombres de interés general, la malla de coordenadas espaciadas cada 10 centímetros, el índice deempalme de planos; además, debe contener la línea que define el perímetro urbano; el rótulodebe presentarse de acuerdo al manual de presentación de planos y debe contener informaciónbásica como convenciones, cabezote principal, proyección cartográfica, distribución de planchasnomenclatura IGAC; así mismo, no debe faltar la nomenclatura vial y domiciliaria deconformidad con la adoptada por la respectiva UOC.

 

Zonas Homogéneas Geoeconómicas: Plano de Conjunto Urbano Este planoescala 1:2.000. debe contener la división predial, los nombres de interés general; también debe contener la líneaque define el perímetro urbano; el plano debe presentarse con origen de coordenadas MagnaSirgas según cada municipio; además, debe contener los polígonos de las zonas geoeconómicascon su respectiva codificación; el rótulo debe presentarse de acuerdo al manual de presentaciónde planos y debe contener información básica como convenciones, cabezote principal,

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proyección cartográfica, distribución de planchas nomenclatura IGAC; asi mismo, no debe faltarla nomenclatura vial y domiciliaria de conformidad con la adoptada por la respectiva UOC.

  Documentos impresos del sector rural exigidos para la vigencia de la Actualización 

Zonas Homogéneas Geoeconómicas: Planos prediales rurales en escala 1:10.000, 1:25.000 ó1:5.000, dependiendo de la base cartográfica utilizada; entregar en papel dedos juegos seguridad. Debe presentarse en papel plástico indeformable de un calibre de 100 micrones, conGeorreferenciación Magna Sirgas según cada municipio y una copia en papel bond, uno para elmunicipio y otro para la planoteca de la DSIC.

 

Ortofotomapa: planos prediales rurales ortofotomapa en escala 1:10.000, 1:25.000 ó 1:5.000dependiendo de la base cartográfica utilizada, deberá entregarse dos  juegos del ortofotomosaicoimpresos (en papel fotográfico brillante no satinado de 200 gramos), uno para el municipio y otropara la planoteca de la DSIC.

  Criterios de revisión 

: Planos prediales rurales en escala 1:10.000, 1:25.000 ó 1:5.000Zonas Homogéneas Geoeconómicasconteniendo las Este plano debe cubrir toda  la  superficieZonas Homogéneas Geoeconómicas.municipal, respetando  los límites definidos por ordenanza; al igual, debe contener la división predialde veredas y corregimientos, con la identificación y numeración respectiva de éstos; además, losnombres de interés general, la malla de coordenadas, el índice de empalme de planos; así mismo,contener los polígonos de las zonas geoeconómicas con su respectiva codificación. Dicho plano debe

. El rótulo debepresentarse con origen de coordenadas Magna Sirgas según cada municipiopresentarse de acuerdo al manual de presentación de planos y debe contener información básica comoconvenciones, cabezote principal, proyección cartográfica, distribución de planchas y nomenclaturaI G A C . 

: Planos prediales rurales con en escala 1:10.000, 1:25.000 ó 1:5.000 Ortofotomapadependiendo de la base cartográfica utilizada. Este plano debe cubrir toda la superficiemunicipal, respetando los límites definidos por ordenanza; debe contener la división predial deveredas y corregimientos con la identificación y numeración de los predios veredas ycorregimientos, los nombres de interés general, la malla de coordenadas y el índice de empalmede planos; también debe contener la ortofoto utilizada en el proceso. El plano debe presentarsecon origen de coordenadas Magna Sirgas según cada municipio. El rótulo debe presentarse deacuerdo al manual de presentación de planos y debe contener información básica comoconvenciones, cabezote principal, proyección cartográfica, distribución de planchasnomenclatura IGAC.

 

ESTUDIO DE ZONAS HOMOGÉNEAS FÍSICAS Y GEOECONÓMICAS YEXPEDICIÓN DE LA RESOLUCIÓN QUE APRUEBA ÉSTAS Y EL VALORUNITARIO  DE LOS TIPOS DE EDIFICACIONES Y/O CONSTRUCCIONES

 

Primera Etapa

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 Validación de oficina: 

Alistamiento de materialFotografías aéreas u ortofotoCartas de ordenamiento territorial (POT, PBOT, EOT) y otras actuaciones que afecten elproceso catastral como planes parciales, fallas geológicas, normas de corporacionesambientales, parques nacionales naturales, DIMAR, entre otros.Perímetro municipal urbano o rural.Áreas homogéneas de tierra (AHT)Zonas homogéneas físicas y geoeconómicas vigentes.Planos prediales y cartográficos producto del estudio de actualización de la formacióncatastral.Reporte de códigos de identificadores de la construcción empleados en el reconocimientopredial.

Interpretación de variables normativasPrezonificación física

 Validación de Campo: 

Verificación y ajuste de la prezonificación física.Observación directa de las variables de recorrido (vías, usos, aguas, relieve, tipologías deconstrucción, servicios públicos).Verificación de las variables normativas de las cartas de ordenamiento territorial y otras que elprofesional considere necesarias y que incidan en la valoración de los predios.Observación de las cualidades y calidades de las construcciones (tipos de urbanismo, calidad demateriales de construcción, acabados, conservación, obras de urbanismo)Visualización de los identificadores aplicables a las construcciones.Investigación económica del mercado inmobiliario.Investigación de valores para análisis de regresión en construcciones (ecuaciones en cadaidentificador).

 Los elementos enunciados para la ejecución de la primera etapa, deben ser entregados una vezelaborada la resolución de inicio. 

Segunda Etapa

 Validación de Oficina: 

Ajuste, delimitación y definición de polígonos de Zonas Homogéneas Físicas, sobre los planos deconjunto urbanos producto del reconocimiento predial.Delimitación de los polígonos de las zonas Geoeconómicas, sobre los planos de conjunto urbanosproducto del reconocimiento predial.Tratamiento estadístico de la investigación de valores del mercado inmobiliario.Verificación de identificadores de construcción aplicados en la actualización.Agrupación de identificadores aplicados.Elaboración de la nube de puntos e ingreso al Sistema de Información Catastral (ecuaciones ygeneración de las tablas de construcción)Asignación de factores a cada identificador de construcción.

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Escaneo de los polígonos de zonas físicas y geoeconómicasEscaneo de polígonos  de zonas físicas y geoeconómicas para su digitalizaciónRevisión y aprobación de los planos digitalizados.Cruce de polígonos de zonas con la capa predial del municipioLectura de zonas.Revisión del cruce de polígonos con la información cartográfica catastral – geodata

 Para la ejecución de la segunda etapa se requiere: 

Estudio de la información análoga y digital APROBADO por la DSICPlanos prediales definitivos y aprobados.

 

Tercera etapa

 

Avalúos de prueba y generación de cuadros estadísticos para análisis de cada municipio, dentrodel SIC corporativo.Presentación de avalúos de prueba, al comité de actualizaciones catastrales de la DSIC.Socialización de avalúos a los alcaldes o a sus delegados

 La expedición de la resolución de aprobación de zonas homogéneas físicas y geoeconómicas y delos valores unitarios de los tipos de edificaciones por parte de la DSIC, requiere que las tres (3)etapas detalladas se encuentren revisadas y aprobadas.                                                                                                                           

ENTREGA INVENTARIADA DE LOS DOCUMENTOS FINALES Y DEFINITIVOSPARA LA CONSERVACIÓN CATASTRAL

 El grupo de actualizaciones catastrales entregará de manera inventariada, antes del 31 de enero del añode puesta en vigencia del proceso de actualización, al grupo de conservación, los productosrelacionados en el numeral E.  

EXPEDICIÓN Y PUBLICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN DE  ENTRADA EN VIGENCIADE LA ACTUALIZACIÓN DE LA FORMACIÓN CATASTRAL

 Para emitir la resolución de entrada en vigencia de la actualización catastral de la formación, debenencontrarse aprobados, por la DSIC, todos los elementos previos mencionados. Igualmente, estaresolución debe encontrarse publicada en la gaceta departamental a más tardar el día 31 de diciembredel año anterior a la entrada en vigencia de la actualización y ser publicada por edicto, en la respectivaalcaldía municipal, el 1o de enero siguiente, permaneciendo fijada durante el tiempo requerido, a fin dehacerla conocer de la comunidad. De esta fijación debe allegarse la respectiva evidencia a la DSIC(fotografía del momento de la fijación y la desfijación del edicto donde se evidencie la fecha en queéste se publicó, con la firma del alcalde municipal, como máxima autoridad). 

En el evento de presentarse diferencias entre las disposiciones emitidas por el InstitutoPARÁGRAFO:Geográfico Agustín Codazzi y los lineamientos técnicos que se adoptan mediante el presente acto, la

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Dirección de Sistemas de Información y Catastro procederá a su revisión, a la luz de las normasvigentes y emitirá el concepto pertinente. 

PROCEDIMIENTO PARA LA ENTREGA DE INFORMACIÓN, REVISIÓN YAPROBACIÓN

 Para la entrega de la información, todas aquellas personas sean naturales o jurídicas que adelantanlabores de actualización de los aspectos físicos y jurídicos de los predios dentro del proceso deactualización catastral, para los municipios del departamento de Antioquia, excepto el municipio deMedell ín , se establece el s iguiente procedimiento: Se advierte que el contratista debe estimar con anticipación la terminación de las labores de campo yoficina para que se realicen oportunamente las cargas y críticas de los archivos y sus respectivosinformes por parte de los funcionarios de la DSIC, para que esté listo el día único de entrega. 

: Será  a más tardar el día 15 de septiembre, la informaciónÚNICA ENTREGA DE INFORMACIÓNcorrespondiente a la estructuración de la parte alfanumérica y geográfica de los predios, debe estarcompleta, así como registros fotográficos, y reportes de investigación jurídica, todo revisado, validadoy a p r o b a d o p o r l a I n t e r v e n t o r í a . Cuando las entregas de la información coincidan con un día no hábil, se correrá al día siguiente hábil. 

para aquellos municipios con una población igual o mayor a 100.000 habitantes, laPARÁGRAFO: UOC deberá implementar el observatorio inmobiliario, bajo la asesoría técnica de la DSIC, con elpropósito de dar cumplimiento a la Resolución N°1008 de 2012 del IGAC, en cuanto a dar aplicación ala metodología que desarrolla la de la actualización catastral. actualización permanente 

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

 

 JUAN RODRIGO HIGUERA AGUILAR

Director de Sistemas de Información y Catastro

Proyectó:

Diana María Monsalve Arango

Néstor Raúl Pizarro Acevedo

Fabio Nelson Rodríguez

Juan Rodrigo Higuera Aguilar

Radico:

 MARIANA ARANGO ARBOLEDA

Departamento  Administrativo de Planeación

Dirección de Sistemas de Información y Catastro

Calle 42B 52-106 Piso 11, oficina 1114 – Tel: (094) 383 92 14 – Fax: (094) 383 95 67

Centro Administrativo Departamental José María Córdova (La Alpujarra)

Medellín – Colombia – Suramérica