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Jurisprudencia médica

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Definición

Ética: es la reflexión técnica sobre la moral Ética medica: disciplina que se ocupa del

estudio de los actos que realiza un medico desde el punto de vista moral, los califica como bueno o malos, siendo estos actos concientes y que se hayan realizado por propia voluntad del medico

Deontología medica: conjunto de principios y reglas éticas que han de inspirar y guiar la conducta profesional medico

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Tipos de éticas Ética medica individual: Abarca el adelanto profesional de la medicina

en el desempeño de su profesión frente al paciente

Ética medica social: Es aquella como lo ant. Pero se aplica en la

sociedad

Ética general: Acciones realizadas por el medico , son de su

privacidad, sin relacionarse con lo profesional, esta ética es como la de cualquier persona

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Comité de ética hospitalaria y derecho del paciente: plantea En lo relativo a la autonomía :- derecho a elegir libremente al medico-derecho a disfrutar de una comunicación

plena y clara con el medico- derecho a recibir o rehusar apoyo espiritual

o moral cualquiera que sea el culto que profese

-derecho que se le de la voluntad de aceptar o rehusar la donación de sus órganos para que estos sean trasplantados o a otros enfermos

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BIOETICA Definición: rama de la ética que provee principios

para la correcta conducta humana respecto a la vida( humana, animal, vegetal), así como del ambiente en el que puede darse condiciones para la vida

Dominios: abarca cuestiones éticas acerca de la vida que surgen relaciones entre

-biología

-nutrición

-medicina

- química

-política

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PRINCIPIOS DE LA BIOÉTICA

1979: T.L. Beauchamp y J.F. Childress definieron 4 principios:

-autonomía -no maleficencia -beneficencia -justicia

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-Autonomía:

capacidad para darse normas o reglas a uno mismo sin influencia de presiones externas o internas

-Beneficencia: obligación de actuar en beneficio de otros-No maleficencia: abstenerse de realizar acciones que puedan

causar daño o perjudicar a otros-Justicia: tratar a cada uno como corresponde, con la

finalidad de disminuir las situaciones de desigualdad

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Ejercicio legal e ilegal de la medicina

Que hace un medico?-responsabilidad profesional medica-secreto medico-ejercicio legal o ilegal o irregular de la medicina

El ejercicio legal o ilegal de la medicina: el medico ejerce aprendiendo y aprende ejercitándose, por tanto la formación y practica medica se adquieren en forma progresiva, de modo programado y supervisado

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RESPONSABILIDAD MEDICA

CONCEPTO:

(BONNET)

ES LA OBLIGACION QUE TIENE TODA PERSONA QUE EJERCE UNA RAMA

DEL ARTE DE CURAR, DE RESPONDER ANTE LA JUSTICIA DE LOS DAÑOS OCASIONADOS CON MOTIVO DEL EJERCICIO DE SU

PROFESION.

Es la expresión que se refiere a la responsabilidad en general del médico en el ejercicio de su profesión.

Es tan amplia que no sólo se refiere a la responsabilidad civil sino también a la responsabilidad penal y disciplinaria

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CAUSAS QUE ORIGINAN RESPONSABILIDAD MEDICA

Responsabilidad del cirujano desde que el paciente solicita sus servicios.

Responsabilidad del anestesiólogo desde visita pre-anestésica.

Examenes superficiales del paciente con el dx falso consiguiente.

Operación prematura. Omisión de transferencia a un

especialista Descuido en la transfusión sanguínea o

anestesia.

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Retraso de la intervención en el momento oportuno.

Empleo de un método incorrecto o anticuado.

Prescripción falsa. Dosificación excesiva . Abandono de paciente. Negligencia en los cuidados pos-

operatorios Intervención quirúrgico en estado de

ebriedad. Omisión de un examen de un anestésico

antes de emplearlo.

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RELACION MEDICO PACIENTE(Aspectos que inciden en la

Responsabilidad)1.- TRATO CÁLIDO.

2.- DEDICAR TIEMPO NECESARIO A LA ATENCIÓN.

3.- RESPETO A LOS DERECHOS DE LA PERSONA.

4.- CALIFICACION DEL MEDICO.

5.- INFORMACIÓN ADECUADA Y PERMANENTE.

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CONSENTIMIENTO INFORMADO

Información brindada al paciente con anterioridad a su intervención sobre los riesgos y alternativas que puede implicar el acto médico, para que este pueda tomar una decisión libre y voluntaria, debidamente registrada.

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Responsabilidad de los profesionales de la salud

El profesional de la salud deberá poner al servicio de su paciente sus conocimientos científicos, recursos técnicos y tiempo necesario.

Medios

INFORMACION COMPLETA

OportunaRelevante VerazPertinenteClara

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Resultados

La medicina no es una ciencia exacta y por tanto no son exigibles.

Responsabilidad de los Profesionales de Salud

PROMESAS SOBRE RESULTADOS:Cirugía estética. Calidad de los insumosEntrega Medicamentos Resultados de Laboratorio Tratamiento odontológico (prótesis, órtesis)

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ELEMENTOS CONSTITUTIVOS

EL AUTOR

EL ACTO MEDICO

ELEMENTO SUBJETIVO

ELEMENTO OBJETIVO

RELACION CAUSAL

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Es el medico autorizado legalmente.

Para ello debe tener 3 matriculas:

MATRICULA PROFESIONAL

MATRICULA DEL SEDES MATRICULA DEL

COLEGIO MEDICO

EL AUTOR

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EL ACTO MEDICO

Es la intervención profesional ,con o sin métodos invasivos ,y que pueden producir un resultado generalmente esperado o adverso ,que es un problema.

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Consiste en la demostración de culpa por parte del medico.

ELEMENTO SUBJETIVO

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CULPA MEDICA

IMPERICIA

NEGLIGEN

CIA

IMPRUDENCIA

INOBSERVANCIA DE DEBERES Y

OBLIGACIONES

ES EL DAÑO CAUSADO POR LA FALTA DE PREVISION DE UNA PERSONA, CON CAPACIDAD DE PRECISION.

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RESPONSABILIDAD MEDICA

CULPA MEDICA

IMPERICIA

INOBSERVANCIA DE DEBERES Y

OBLIGACIONES

Es la carencia de conocimientos.

Es la precipitación en el accionar medico.

Es NO HACER lo que se debió hacer.

Es la no observancia de reglas y obligaciones.

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I)   IMPERICIA: a)     Impericia y terapéuticas peligrosas.b)     Impericia y cirugíac)     Impericia y anestesiología d)     Impericia y error1)     Errores de diagnóstico2)     Errores de tratamientoII)   IMPRUDENCIAIII)  NEGLIGENCIA :b)     Negligencia y alergia medicamentosa: c)     Negligencia e historia clínica: para no volver a realizarlos con este; entre otras cosas.d)     Negligencia y abandono

Formas de la culpa médica

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Existen varios supuestos que liberan al médico de responsabilidad, entre ellos:

1)    Error excusable 2)    Caso fortuito 3)    Conducta del enfermo 4)    Fracaso del tratamiento 5)    Estado de necesidad y prescindencia del

consentimiento del paciente.

DISPENSA DE LA CULPA

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Es el perjuicio causado al paciente .

Consiste en el daño al cuerpo y salud, inclusive la muerte del paciente.

ELEMENTO OBJETIVO

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Es la relación causa –efecto, para que exista responsabilidad penal tiene que haber un perjuicio demostrable.

Es la demostración objetiva del perjuicio del paciente por parte del medico.

RELACION CAUSAL

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Relación de causalidad directa

Es la conclusión final e inapelable de la responsabilidad medica del profesional, responsable de ese acto.

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SANCIONES-JUICIO POR RESPONSABILIDAD PROFESIONAL

En casos de responsabilidad medica culposa dispone la inhabilitación del autor del delito. Este tipo de sanción esta configurado a los arts. 34 y 36 del C.P. que señalan claramente:

Artículo 34.- (inhabilitación especial). La inhabilitación especial consiste:  1) La perdida del mandato, cargo, empleo o comisión públicos. 2) La incapacidad para obtener mandato, cargo, empleo o comisión públicos. 3)La prohibición de ejercer una profesión o actividad cuyo ejercicio depende de autorización o licencia del poder publico.  

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Artículo 35.- (Aplicabilidad de la inhabilitación absoluta). La inhabilitación absoluta durante el tiempo de la condena, es inherente a las penas de presidio y de reclusión. El juez podrá prolongar esta pena de un mes hasta tres años después, siempre que el delito hubiere merecido una pena privativa de libertad mayor de tres años.  Si el condenado fuere liberado condicionalmente y observare buena conducta, el plazo de la inhabilitación empezará a computarse desde la fecha en que fuere liberado  

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Relacionado con el C.Penal,el Código de ética Medica .contiene disposiciones atinentes a la responsabilidad medica en los artículos siendo la mas clara la establecida en el articulo 15 que indica:

Todo medico deberá abstenerse de formular prescripciones o utilizar técnicas cuyo manejo desconoce o para las que no esta preparado. Sera responsable delos daños causados por negligencia,imprudencia,ignorancia y abandono inexcusable.

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CONCLUSIONES

1- El ejercicio de la Medicina presenta una especificidad con respecto a otras actividades sociales y laborales pues se ocupa de la salud y la enfermedad.

2- La obligación del médico es una obligación de medios no de resultados

3- Las conductas médicas más imputadas como incorrectas son la denegación de asistencia (no acudir cuando se es requerido a un domicilio para asistir a un enfermo o por desplazamientos demasiado tardíos), errores diagnósticos o terapéuticos, falta de seguimiento adecuado del enfermo, inexistencia de consentimiento informado o insuficiencia del mismo, vulneración de la confidencialidad.

4- Los errores diagnósticos no son, en principio, sancionables. Lo que se penaliza es la forma en que se ha producido el error, si se debe a una actuación negligente o a una ignorancia inexcusable.

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HONORARIOS MEDICOS

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Se entiende por ¨honorario¨: según el Diccionario de la Real Academia que ¨es el estipendio o sueldo que se le da a una persona por su trabajo en un arte liberal¨.

DEFINICION

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Los médicos eran sacerdotes profesionales.

Sus honorarios eran diferenciales:¨Si un médico ha curado el miembro roto de un hombre libre o hace revivir una víscera enferma, el paciente dará al médico cinco ciclos de plata¨.¨Si es un plebeyo, dará tres ciclos de plata¨.¨Si un médico ha tratado una herida grave al esclavo de un plebeyo con el punzón de bronce y lo ha matado, devolverá esclavo por esclavo¨.

EPOCA PREHIPOCRÁTICA O PRETÉCNICA

MEDICINA PRIMITIVA, MÁGICO-RELIGIOSA O

SOBRENATURAL

El médico era un chamán o hechicero, y brujo.

El pago de sus servicios dependía de los resultados del tratamiento

MEDICINA RELIGIOSA O TEOGONAL

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El médico de carne y hueso ya no actúa inspirado por los dioses, ni es un instrumento de ellos.

MEDICINA SECULARIZADA O RACIONALIZADA

EPOCA HIPOCRÁTICA

Hipócrates –Juramento hipocrático

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Regulación de honorariosSe debe tomar en cuenta una serie de circunstancias según Resolución ministerial 0571 de 19 de abril de 1982 como ser:

Categoría del profesional medico.Posición social y económica del enfermo.Circunstancias del momento en medio delas cuales se haya prestado el servicio.La población en la que se haya prestado el servicio.La naturaleza del servicio prestado.La hora de la atención medica.El tiempo empleado en la atención del enfermo.La estación del año en que se solicita la intervención medica.

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ARANCEL DE HONORARIOS MEDICOS

En el caso de consultas,certificados,juntas medicas,etc,se ha reglamentado numerosas actuaciones según artículos 5 y 7 del arancel:

Art.5 Las siguientes atenciones tendrán el valor mínimo que pasa a indicarse:

a)Consulta e interconsulta realizada en el estudio profesional Bs. Aquí no se consignan los valores arancelarios por haber perdido en el momento actual toda su vigencia.

b)Certificados médicos e informes especializados Bs.

c)Interconsulta con informe. Bs.

d)Visita a domicilio del paciente o el lugar donde se encuentre Bs.

e)Asistencia a juntas medicas Bs.

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Art. 7.-En las atenciones de orden quirúrgico, los honorarios de los ayudantes y demás personal medico que interviene, no están incluidos en los de los cirujanos y se regularan conforme a las normas siguientes:

a)Anestesiólogo, el 25%del honorario del cirujano.

b)Ayudante1,el 20%del honorario del cirujano.

c) Demás ayudantes: el 15% cada uno del honorario.

d)Especialista en unidad de terapia intensiva,20% del honorario del cirujano

y en casos clínicos por atención hasta 15 días.

e)Dos operaciones diferentes realizadas simultáneamente por distintos

equipos médicos a través de incisiones diferentes se cobraran en forma

independiente.

f)La asistencia de los otros especialistas médicos o del medico de cabecera

que fueran requeridos por el cirujano o los familiares del paciente, en el acto

quirurgico,dara lugar al cobro de hasta el 20% del honorario del cirujano.

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g)Los médicos de otras especialidades salvo en casos de

emergencia no podrán hacer de ayudantes en el acto

quirúrgico.

h) Instrumentista, el 7% del honorario del cirujano.

i)Las operaciones bilaterales o múltiples a través de incisiones

diferentes, ene le acto quirúrgico y el mismo equipo tendrán un

recargo del 50%.

j)Las atenciones medicas o quirúrgicas en consultorio no

pagaran el valor la consulta y solo se pagara la cifra que

determine el arancel para dicha prestación.

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JUICIO POR COBRO DE HONORARIOS MEDICOS

El medico podrá demandar por cobro de honorarios médicos ante:

Juez Instructor

Cuando el monto de la deuda no exceda de una suma tope.Termino de prueba es de 20 días.

Juez de Partido

Ordinario

Cuando el monto de la deuda exceda esa suma.Termino de prueba es de 50 días.

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COBRO DE HONORARIOSDurante el termino de prueba ,el medico deberá probar los extremos de su demanda mediante:

1) PRUEBA INSTRUMENTAL :

Consistente en :recetas extendidas y despachadas por el farmacéutico al enfermo; certificados médicos extendidos por el medico a pedido del paciente y referente a la enfermedad consultada; historia clínica del paciente con motivo de su internacion;cartas del paciente al medico y otros documentos relativos a la enfermedad del demandado.

2) PRUEBA TESTIFICIAL:Consistente en :Testimonios o declaración de otros médicos que hayan sido llamado en interconsultas; testimonios de farmaceuticas,parientes,amigos y otras personas que tengan relación o sepan de la enfermedad del paciente demandado.

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DICOTOMIA EN HONORARIOS MEDICOS

Se llama así al hecho de repartir el honorario profesional entre dos o mas médicos.

Este es un acto censurable por mas elemental norma de ética profesional y su habitualidad esta sancionada por los artículos 69 y 70 del Código de Ética Medica

Por ejemplo un paciente cae en un consultorio y es visto por un internista ;este le descubre o trata de encontrarle algún defecto o enfermedad e inicia una batería de interconsultas, análisis de lab.obligando al paciente a que acuda a tal cirujano laboratorista o farmacia e incluso a una clínica determinada.

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DONACIONES Y LEGADOS DEL PACIENTE AL MEDICO

DONACION: Es un acto de liberalidad entre personas vivas mediante la cual una de ellas transfiere ala otra y de su libre voluntad, la propiedad de una cosa.

El Código Civil no establece ninguna prohibición para que los médicos puedan recibir donaciones de personas naturales o juridicas,siendo este un acto licito totalmente.

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LEGADOS DEL PACIENTE

Los médicos se encuentran impedidos de recibir legados.

Según el art.587 Código Civil y la doctrina, el legado es un acto de liberalidad mortis causa ,en virtud del cual el testador hace donación en su testamento de una cosa determinada a favor de una o varias personas; por tanto se trata de un acto de disposición mortis causa a titulo singular.

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A los médicos se nos pide con frecuencia expidamos un certificado medico para acreditar la aptitud de un solicitante para actividades de tipo deportivo o laboral. Siendo este acto un derecho del paciente.

Art. 152ºEl Certificado Médico es un documento destinado a acreditar un acto médico realizado, redactado en forma clara, precisa y veraz.

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El médico deberá observar la normativa del Colegio Médico de Bolivia, su Código de Ética y Deontología Médica, así como las recomendaciones de la Asociación Médica Mundial, Confederación Médica Latinoamericana, al tener participación en las siguientes labores: Punto 9.Emisión de

certificaciones: •Nacimiento•Enfermedad •Incapacidad •Médico legales •Óbito

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Es obligación del médico regirse en todos sus actos, a la más estricta corrección y probidad, no debiendo en ninguna circunstancia extender certificaciones falsas, sobre la existencia o inexistencia de alguna enfermedad o lesión.

Art. 153ºArt. 153º Es obligatorio Es obligatorio el uso del formulario expedido el uso del formulario expedido por el Colegio Médico de Bolivia, por el Colegio Médico de Bolivia, para certificaciones e informes para certificaciones e informes médicos, siendo sancionada médicos, siendo sancionada disciplinaria y éticamente su disciplinaria y éticamente su infracción.infracción.

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Certificación medica de Defunción Certificación medica de Defunción Art. 157º el médico que trata a una persona por una enfermedad que causa su deceso, está obligado a extender la certificación de defunción.

Art. 158º El médico que atendió a una persona cuya enfermedad ya hubiere sido superada, extendiendole el alta correspondiente, pero que fallece hasta siete días despues está obligado a extender el certificado de defuncion; siempre y cuando, el fallecido no hubiese sido atendido por otro medico en el momento del deceso.

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Art. 155º•Recetar o certificar en forma ilegible, así como firmar en blanco recetas, certificados o cualquier otro documento médico.•Certificar sin haber practicado acto profesional o que no corresponda a la verdad.•Certificar para dañar a las personas u obtener un indebido beneficio para el paciente, para sí o para terceros.•Negarse a extender certificación médica.•Utilizar formularios institucionales para certificaciones privadas.

DE LAS PROHIBICIONES EN LA DE LAS PROHIBICIONES EN LA CERTIFICACIÓN MÉDICACERTIFICACIÓN MÉDICA

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Art. 201 del código de procedimiento penal: (FALSEDAD Art. 201 del código de procedimiento penal: (FALSEDAD IDEOLOGICA EN CERTIFICADO MEDICO) El medico que diere un IDEOLOGICA EN CERTIFICADO MEDICO) El medico que diere un certificado falso, referente a la existencia o inexistencia de certificado falso, referente a la existencia o inexistencia de alguna enfermedad o lesión, será sancionado con reclusión de alguna enfermedad o lesión, será sancionado con reclusión de un mes a un año y multa de treinta a 100 días.un mes a un año y multa de treinta a 100 días.Si el falso certificado tuviere por consecuencia que una Si el falso certificado tuviere por consecuencia que una persona sana sea internada en un manicomio o en casa de persona sana sea internada en un manicomio o en casa de salud, será sancionado con reclusión de seis meses a dos años salud, será sancionado con reclusión de seis meses a dos años y multa de treinta a 100 días.y multa de treinta a 100 días.

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MUCHAS GRACIAS POR SU ATENCION