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ABORTO ABORTO COLEGIO LIBRE DE ESTUDIOS UNIVERSITARIOS

El aborto delitos sexuales

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ABORTOABORTO

COLEGIO LIBRE DE ESTUDIOS UNIVERSITARIOS

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DEFINICIÓN

El aborto es la muerte de un niño o niña en el vientre de su madre producida durante cualquier momento de la etapa que va desde la fecundación (unión del óvulo con el espermatozoide) hasta el momento previo al nacimiento.

Es la interrupción dolosa del proceso fisiológico del embarazo causando

la muerte del producto de la concepción o feto dentro o fuera del claustro materno,

viable o no.

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Antecedentes

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• Los asirios (personas del Asia antigua) las mujeres que abortaban y eran descubiertas eran empaladas.

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• En el mundo antiguo griego y latino, ambas culturas, el aborto era comúnmente practicado por los médicos, sobre todo en caso de embarazos extraconyugales.

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• En Grecia era empleado para regular el tamaño de la población y mantener estables las condiciones sociales y económicas

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• Platón recomendaba el aborto a las mujeres embarazadas mayores de 40 años o cuya pareja era mayor de 50 años.

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• Edad Media considerado como homicidio

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• Aristóteles sostenía que el feto se convierte en 'humano' a los 40 días de su concepción si es masculino y a los 90 si es femenino y recomendaba el aborto para limitar el tamaño de la familia. La decisión era dejada a la madre, salvo de que se tratara de cuestiones de Estado.

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• En la antigua Roma el aborto estaba permitido, pues el derecho romano no consideraba al nasciturus como persona, aunque le reconocía derechos tales como el derecho a nacer (posponiendo, por ejemplo, las ejecuciones de mujeres embarazadas condenadas a muerte).

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• A partir del siglo XVII muchos países del mundo promulgaron leyes que convertían el aborto en ilegal.

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• Islandia fue el primer país occidental en legalizar el aborto terapéutico en ciertas circunstancias (1935)

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• Durante el siglo XX la legislación ha liberalizado la interrupción de embarazos no deseados en diversas situaciones médicas, sociales o particulares.

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• La legislación en México respecto ala interrupción del embarazo contenida en el código penal no ha sido modificada desde hace mas de 60 años.

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Quien realiza un aborto

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• Un aborto debe ser realizado por el personal adecuado médicos, especialistas, cirujanos, ginecólogos, anestesiólogos y demás personal prestador de salud, sin dejar de lado que debe hacerse en un lugar con los implementos necesarios y en condiciones de aseó adecuadas

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• Puede ser que el médico habitual de la mujer pueda realizar abortos. Si no, podría recomendar a alguien que lo hace. La sociedad médica del estado, el departamento de salud local o una clínica de planificación familiar también pueden brindar información acerca de los servicios de abortos

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TIPOS DE ABORTO

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TIPOS DE ABORTO

Primera Clasificación

Aborto espontáneo: se habla de aborto espontáneo cuando la muerte es producto de alguna anomalía o disfunción no prevista ni deseada por la Madre.   Aborto inducido o provocado: Es lo que suele entenderse cuando se habla simplemente de aborto cuando la muerte del bebé es procurada de cualquier manera: doméstica, química o quirúrgica.

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TIPOS DE ABORTO

PRIMERA CLASIFICACIÓN

Aborto autoinducido:

es realizado por la misma mujer. Se utilizan objetos tales como agujas de tejer o varillas de paraguas, o sustancias como detergente o vinagre, con el fin de destruir el embrión o simplemente dilatar el cuello uterino.

Aborto empírico:

Lo realizan personas sin conocimientos médicos, generalmente en condiciones de limpieza deficientes y con equipo e instrumentos inapropiados.

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Aborto por parto parcial

(procedimiento en gráficos)

El aborto por parto parcial comienza cuando el doctor toma con unas pinazas al bebé dentro del vientre materno.

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SEGUNDO PASO

Cuando los pies del bebé están fuera del útero, el abortista lo toma con sus manos y lo saca, como si se tratara de un parto natural, pero asegurándose que salga por los pies.

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TERCER PASO

Cuando el feto tiene el cuerpo fuera pero su cabeza está aún dentro del vientre materno, el abortista le atraviesa la nuca con unas tijeras.

El crimen culmina cuando el abortista, mediante una sonda, succiona la masa encefálica del feto que, durante todo el proceso, ha estado agitando su pequeño cuerpo para tratar inútilmente de defenderse.

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TIPOS DE ABORTO

SEGUNDA CLASIFICACIÓN

Aborto Procurado: es aquél en el que la mujer desempeña un papel protagónico, actuando como el sujeto activo. Es decir, que la mujer realiza o efectúa sobre sí misma las maniobras dirigidas a producir la extracción del feto, causándole la muerte, o ingiere las sustancias adecuadas para alcanzar dicho fin.

Aborto consentido: es aquél en donde la mujer es cómplice, es decir, es partícipe del acto a procurarse. La mujer faculta a otro sujeto para que éste practique sobre ella, las maniobras abortivas. Implica la cooperación de la mujer, lo que significa que su consentimiento es voluntario.

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TIPOS DE ABORTO

SEGUNDA CLASIFICACIÓN

Aborto Sufrido: es aquél que se manifiesta cuando la mujer es víctima del acto, ya que la conducta del sujeto activo perjudica tanto a la vida del feto como a la mujer.

Aborto Consensual: se da cuando la mujer acepta la actividad abortiva contribuyendo en la medida de sus posibilidades fisiológicas a facilitar la expulsión del feto.

Aborto Culposo: Conlleva implícita la imprudencia, negligencia o impericia. Es decir, nada impide la admisión culposa del delito de aborto.

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TIPO DE ABORTO SEGUNDA CLASIFICACIÓN

Aborto Doloso: es el aborto que forma parte de los delitos en los que la culpabilidad se apoya sobre un elemento específico de la figura, por lo que, no obstante el conocimiento de su embarazo, no basta el ejercicio de violencia sobre la mujer, sino que es preciso que el autor tenga el propósito específico de causar

el aborto.

Aborto Ético: también se le conoce como sentimental o humanitario, se refiere a los casos de embarazo resultantes de ciertos delitos como la violación, el incesto, el estupro, etc. Implica una maternidad violentamente impuesta por lo cual en algunas legislaciones resulta impune.

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TIPO DE ABORTO SEGUNDA CLASIFICACIÓN

Aborto Eugenésico: es aquél que es realizado en una mujer demente o con ciertas discapacidades, con el fin de evitar el nacimiento de un vástago con serias incapacidades físicas y/o mentales.

Aborto Honoris: es una clasificación típica de las legislaciones latinoamericanas. Se realiza con la intención de salvar u ocultar la deshonra de la mujer.

Aborto Letal: implica una relación de causa-efecto, es decir que como consecuencia de las maniobras abortivas, sobreviene la muerte de la mujer, causando que en algunas legislaciones, se agrave el delito de aborto, haya o no mediado el consentimiento de la mujer.

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TIPOS DE ABORTOS

SEGUNDA CLASIFICACIÓN

Aborto Preterintencional: es aquél que se da cuando se ocasiona la muerte no querida del feto por el empleo de violencia sobre la mujer.

Aborto Social: es aquél realizado por razones de pobreza y aún de miseria en los hogares en los que el nacimiento de los hijos constituye un grave problema económico.

Aborto Tentado: el aborto tentado implica la intención de la mujer para causar su propio aborto.

Aborto Terapéutico: es aquél provocado para salvar la vida o la salud de la madre, puesta en peligro por el embarazo.

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EFECTOS FÍSICOS

EsterilidadAbortos Espontáneo Nacimientos de niños muertos Trastornos menstruales Hemorragia Infecciones

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EFECTOS FÍSICOS

ShockComaÚtero perforadoPeritonitisCoágulos de sangre pasajerosFiebre / sudores fríosIntenso dolorPerdida de otros órganos

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EFECTOS PSICOLOGICOS

Culpabilidad Impulsos suicidas Sensación de perdidas Sentimiento de luto Pesar y remordimiento Retraimiento Perdida de confianza en la capacidad de toma de decisiones Preocupación por la muerte Hostilidad

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CAPITULO VII

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• 312.- Aborto es la muerte del producto de la concepción en cualquier momento de la preñez

• 313.- Al que hiciere abortar a una mujer, se le aplicaran de uno a seis años de prisión, sea cual fuere el medio que empleare, siempre que lo haga con consentimiento de ella. Cuando falte el consentimiento, la reclusión será de tres a ocho años y si mediare la violencia física o moral se impondrán al infractor de seis a diez años de prisión

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• 314.- Si el aborto lo causare un medico, cirujano, comadrona o partera, además de las sanciones que le correspondan conforme al articulo anterior, se le suspenderá de dos a cinco años en el ejercicio de su profesión

• 315.- Se impondrán de seis meses a dos años de prisión, a la madre que voluntariamente procure su aborto o consienta en que otro la haga abortar, si concurren estas tres circunstancias:

I .- Que no tenga mala fama

II.- Que haya logrado ocultar su embarazo ; y

III.- Que este sea fruto de unión ilegitima

Faltando alguna de las circunstancias mencionadas, se le aplicaran de uno a cinco años de prisión

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• 316.- No es punible el aborto en los siguientes casos: I.- Cuando el aborto sea causado por imprudencia de la mujer

embarazada

II.- Cuando el embarazo sea el resultado de una violación y decida la victima por si o por medio de sus representantes legítimos la expulsión del correspondiente producto, con intervención medica y dentro de los tres meses, contados a partir de esa violación;

III.- Cuando de no provocarse el aborto, la mujer embarazada corra peligro de muerte, a juicio del medico que la asista, oyendo este el dictamen de otro medico, siempre que esto fuere posible y no sea peligrosa la demora;

IV.- Cuando el aborto se debe a causas eugenésicas graves según el previo dictamen de dos peritos