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María Rostworowski de Diez Canseco
Curacas y
Sucesiones Costa Norte
Lima, 1961
Quiero expresar mi agradecimiento al Dr.
Oscar Malca Olguín, Director del Archivo
Nacional, al Sr. Felipe Márquez, así como al
personal del Archivo, por las facilidades y
ayuda que me han brindado.
Portada de Pedro Oatrowski
Tabla de contenido INTRODUCCIÓN ............................................................................................................................. 5
LOS CACIQUES DE REQUE, CALLANCA Y MONSEFU ...................................................................... 9
Caciques De Reque .................................................................................................................. 15
Encomenderos de Reque en el Siglo XVI ................................................................................. 16
EL CURACAZGO DE NARIGUALA DE CATACAOS .......................................................................... 19
EL CACICAZGO DE LA PUNTA DE LA AGUJA, NONURA Y PISURA ................................................ 27
EL CACICAZGO DE LAMBAYEQUE Y FERREÑAFE .......................................................................... 33
LOS REGULOS DE CHIMOR .......................................................................................................... 42
CONCLUSIONES ........................................................................................................................... 45
APENDICE .................................................................................................................................... 50
Probanza de don Gabriel Martín. ............................................................................................ 50
Probanza de Don Francisco Llontop ........................................................................................ 57
Probanza de Don Diego Quesquen ......................................................................................... 75
Auto Para La Aprobacion De Oficio ......................................................................................... 81
Parecer del fiscal (foja 164). .................................................................................................... 95
Provision .................................................................................................................................. 97
Manuscritos Consultados ...................................................................................................... 107
BIBLIOGRAFIA ............................................................................................................................ 112
CITAS BIBLIOGRÁFICAS .............................................................................................................. 118
INTRODUCCIÓN
Los datos que tenemos sobre la región de la Costa Norte del Perú, en la época
pre-colombina, son poco numerosos. La mayoría de los cronistas se esmeraron
en contarnos la grandeza de los Incas, sus guerras y victorias sobre sus vecinos.
El Cuzco, centro del Imperio, mereció toda la atención, silenciando
desgraciadamente noticias de otros lugares no menos interesantes.
La dominación incaica en la Costa Norte, fue relativamente tardía y duró menos
de un siglo. De allí que cada región de los “Yungas” conservara su idioma al
momento de la conquista y ciertas costumbres que les eran propias.
En este trabajo nos ocuparemos en especial de las sucesiones de los cacicazgos,
que si bien tenían caracteres en común con los demás lugares del antiguo Perú,
por otro lado, mostraban sus rasgos propios y peculiares. Para nuestro estudio
nos basaremos principalmente sobre los manuscritos inéditos del Archivo
Histórico Nacional de Lima, referentes a pleitos sobre la herencia de los
curacazgos. Estos documentos de la época virreinal, se remontan en sus
averiguaciones y probanzas, a las costumbres de su gentilidad, pues los
españoles se informaron y conservaron algunas de las antiguas tradiciones
locales. Es sabido que muchas de las Ordenanzas dictadas por el Virrey Toledo,
se inspiraron en el derecho indígena existente. Se afanó el Virrey en llevar a cabo
una averiguación detallada de las costumbres de sucesión de los curacazgos
durante el Incario, de las obligaciones y oficios de los señores principales, de los
tributos y servicios que debían prestar los indios a los caciques. Con todos estos
datos se elaboraron “Las Obligaciones” de los Caciques durante el Virreinato,
siguiendo de cerca la tradición imperial (1). Existió una preocupación de parte de
la Corona Española, por conocer las costumbres locales y luego de mantener
parte de la organización incaica, hecho que habla de la bondad y sagacidad de su
tradición.
La Recopilación de Leyes de Indias, en los referente a los caciques y a las
sucesiones, subraya “que en esto no se haga novedad y virreyes, audiencias y
gobernantes no tengan árbitro en quitarlos a unos y darlos a otros dejando la
sucesión al antiguo derecho y costumbre (2). Basadre (3) en su Historia del Derecho
Peruano, señala las formas de permanencia del derecho indígena en la Colonia,
siempre que no fuese opuesto a la legislación o a la religión católica.
Con justa razón sostiene Rowe (4) que estos reconocimientos del derecho del
régimen anterior, son el argumento más potente que podemos buscar, para
establecer la continuidad de tradiciones constitucionales entre la Colonia y el
Tahuantinsuyu.
En los primeros años de la Conquista, las sucesiones de los cacicazgos
continuaron como durante el Incario, sólo que el beneplácito del nombramiento
lo daba el encomendero en lugar del Inca. Luego de implantarse los cánones
virreinales, iban los pleitos sobre la herencia de los cacicazgos a la Real Audiencia
y seguían el curso de los litigios ordinarios con todos sus términos y pruebas que
duraban meses y años. Los indios, al hacerse cada día más ladinos, se mostraron
amigos de los pleitos y prolongaron estos costosos litigios. El Virrey Toledo
teniendo en cuenta estos inconvenientes, trató de abreviar los despachos y que
estos negocios fuesen expedidos por el virrey y no por las Reales Audiencias. En
una carta del Marqués de Cañete al Rey, del 20 de Enero de 1595, se queja
justamente de los largos trámites que perjudicaban a los naturales (5).
Los documentos inéditos a los que nos referimos, son una rica cantera de datos,
donde los litigantes prueban sus derechos y títulos al cacicazgo. El más
importante de estos manuscritos y él de mayor interés y noticias sobre las
costumbres de la región, es un pleito sobre la sucesión del cacicazgo de Reque,
Callanca y Monsefú de 1595. Por orden de importancia le sigue un expediente de
1610 sobre el litigio por el cacicazgo del Repartimiento de Nariguala, reducido en
Catacaos, que contiene datos sobre las capullanas, luego dos expedientes sobre
los ayllus de la Punta de la Aguja, Nonura y Pisura, reducidos en el pueblo de
Sechura. El manuscrito de 1687, se halla en la Biblioteca Nacional y el otro de 1692
pertenece al Archivo Histórico de Lima. Por último, citaremos un litigio por el
título de cacique de Lambayeque y Ferreñafe de 1765, que complementa lo
publicado por el padre Rubén Vargas Ugarte (6). En los legajos de siglos
posteriores, ya la tradición indígena es débil y las costumbres europeas
predominan. Este es el caso de los documentos de Lambayeque, en ellos los datos
más importantes son los que corroboran con los de la crónica de Cabello. Aparte
de estos manuscritos principales hemos consultado los Juicios de Residencias, y
otros legajos que anotamos al final.
Los motivos que movían a los indios a sostener los costosos juicios por los
cacicazgos, eran, fuera del honor y del rango que implicaba el cargo, los
numerosos beneficios, adjuntos al título. En los expedientes se nombran los
salarios, servicios, beneficios de la tasa y de las chacras. En cuanto a la cantidad
de tierras designadas para el cacique debió variar en las diferentes regiones,
según la calidad de ellas y el número de habitantes del pueblo. Diferencias que
no sólo debieron existir en la época colonial, sino desde tiempos pre-hispánicos.
Así como las costumbres sobre las sucesiones variaban en cada valle, igualmente
eran distintas las tenencias de tierras. Según la Relación del valle de Piura, en
tiempo de Su gentilidad, la tierra pertenecía toda al curaca, que la poseía como
suya propia, dándola a los indios en arrendamiento, y usufructuando ellos parte
de las cosechas que producían (7).
En el pueblo de Pácora en 1799, el cacique don Gaspar Casusoli, elevó al
Procurador de Naturales una petición para hacer valer sus derechos y privilegios
(8). Alego que a los caciques se les señalaban tierras para sus cultivos, según era
costumbre desde épocas primitivas, y que los indios de su reducción debían
trabajarlas, dándoles el curaca de comer y beber durante el tiempo que estuviesen
ocupados en ellas, esto era sin contar con el servicio personal a que estaban
obligados de prestar.
En el caso del cacique de Pácora, le reconocieron veinticinco fanegadas de tierras
adjuntas al título de curaca, fuera de las chacras que podía poseer. Variaba la
cantidad asignada, así en la declaración del cacique de Caima en Arequipa,
declaró en 1822, que por su cargo le pertenecía de derecho 12 tupus de tierras y
dos chayañas (9). En la Relación hecha en Huánuco por Iñigo Ortiz de Zúñiga
(10) hay mención del servicio al que estaban obligados los indios en las chacras y
en la casa del curaca.
En un manuscrito de 1768, don Apolinario Llontop, cacique propietario de
Monsefú, elevó una petición afín de ser amparado en sus derechos y privilegios.
Pedía que se cumpliese lo proveído en las Ordenanzas a los Caciques, sobre el
servicio y beneficios. En un decreto del Superior Orden del 12 de Abril del mismo
año, estaba dispuesto “que a los caziques, a más del salario, que se les señala en
las Retazas, les siembren y beneficien los Indios subgetos, algunas Chácaras, bien
sea en las tierras, que tubieren propias, o si caresieren de ellas, en las del Común,
y que para la Guarda de Ganados servicio de su casa, y el de su muger siendo
Casado, se le destine cierto número de los Reservados mayores de cinquenta
años, de muchachos, e indias viejas libres de toda sospecha, con la obligación los
referidos Caziques, de remunerar a los suso dichos el trabajo que impenden en
sus respectivos ministerios, la qual se expresará después”.
Incluye el expediente una Provisión original, librada el año 1679 por el Virrey
Melchor de Liñán y Cisneros a favor del abuelo de Apolinario Llontop,
igualmente cacique de Monsefú y en la que se disponía que “los Indios de la
Comunidad del dicho Repartimiento de Monsefú, les havían de sembrar,
beneficiar y cojer a sus Caziques, unas chácaras y sementeras de quatro fanegas
de sembradura de maíz y dos de trigo, dándoles semillas, de comer y beber a los
mencionados operarios el tiempo que se ocuparen, para la guarda de sus ganados
ocho indios viejos, seis muchachos de 17 años para abajo, y últimamente, para el
servicio de su casa, y el de su muger, seis indias viejas sin sospechas, a todos los
quales a más de la comida y bebida, les hauían de contribuir los dichos caziques
un vestido de algodón a cada uno, con la condición de que se hubiesen de mudar
de seis en seis meses, a menos que ellos de su voluntad, quisieren servir más
tiempo”.
La petición del cacique Llontop, motivó un decreto ordenando se efectuase una
Revisita a dicha provincia por el corregidor don Juan Okelli, y el informe pasó a
la Contaduría el 7 de Marzo de 1777. “En ella se cituaron a los Caziques de cada
repartimiento los salarios que debían gozar con proporción a el número de indios
empadronados, y a el trabajo que han de emprender en la Recaudación y
cobranza de tributos” (12 de Febrero de 1778).
Del informe se desprende que los salarios estaban en proporción al número de
indios y fueron variando a través del tiempo.
Estos beneficios hacían muy codiciados los títulos de caciques, de allí los
numerosos litigios y pleitos que debían abundar durante la Colonia.
LOS CACIQUES DE REQUE, CALLANCA Y MONSEFU
En los anaqueles del Archivo Histórico Nacional de Lima, se halla un manuscrito olvidado y
polvoriento sobre los derechos de sucesión del cacicazgo de Reque, Callanca y Monsefú en
el año 1595. En sus amarillentas páginas, numerosos testigos, la mayor parte indios viejos,
contaron episodios sucedidos en el tiempo inmediato a la conquista. Sus relatos reviven para
nosotros, cien años de nuestra historia en el momento álgido del encuentro de las culturas
yungas e incas con la española. En el voluminoso legajo sobre los derechos de sucesión del
cacicazgo, se desarrollan, llenos de pasión y de odios, los alegatos y testimonios de los tres
pretendientes a la gobernación de estos valles. No sólo vemos en sus páginas, las sucesiones
en la época incaica, sino en los primeros años de la colonia, antes de la organización del
Virreinato, y de las Visitas; cuando la tierra recién descubierta, no estaba aún sometida a los
cánones coloniales.
Es en Reque que el padre Fernando de la Carrera, escribió su “Arte de la lengua Yunga” en
1644, gracias a su gramática se conoce hoy día el idioma que se hablaba en el reino de Chimor
y en toda la región (11). De los tres pueblos en mención, tanto Reque como Monsefú (12)
existen ahora, no así el de Callanca, cuyo nombre antes de la conquista inca fue Chuepo o
Chuspo. En el momento del descubrimiento era el lugar de más importancia de los tres y el
que tenía supremacía sobre los demás. Quizás el despoblamiento de la costa afectó Callanca
de manera especial o la separación del cacicazgo de Reque contribuyeron a su decaimiento.
Después de las reducciones, Callanca estaba situado al sur de Chiclayo, a una legua de Reque
(13). En épocas pasadas debe haber tenido importancia; el cronista Cabello (14) al narrar las
diversas versiones sobre sus orígenes, que recordaban los naturales de la Costa Norte, cita a
los de Motupey, Layanca (Jayanca), Lambayeque, Callanca y Collique.
En la Visita que se llevó a cabo en 1606, el curacazgo de Callanca y Monsefú comprendía las
parcialidades de Callanca, Mocep, Monsefú, y la cuarta que se decía de don Diego Guzmán.
Las tres últimas estaban a cargo de caciques segundas personas, supeditados al curaca de
Callanca (15).
Vásquez de Espinosa, en el siglo XVI, menciona el corregimiento de Chicama, que
comprendía doce repartimientos con catorce doctrinas, entre ellas figuran Reque con 404
indios tributarios y Callanca con 302 indios (16). Cosme Bueno (17) en su descripción de la
provincia de Saña, escrita en el siglo XVIII, señala veinte curatos, entre los cuales nombra
Reque y Monsefú, sin decir una palabra de Callanca. Stiglich menciona Cayanca como una
hacienda o caserío cerca de Reque y Paz Soldán, en su Diccionario Geográfico, no lo nombra.
En un expediente al que volveremos más luego, que se ocupa del pleito sobre la herencia del
cacicazgo de Monsefú y Callanca en el siglo XVIII, si bien es la misma familia que lo posee,
ya Callanca ha decaído completamente. La toma de posesión del curaca, se efectuó en
Monsefú y luego en Chepén. Por último, en 1806 al asumir un nuevo cacique el gobierno, ni
siquiera se nombra ya a Callanca y sólo figura Monsefú.
En los primeros años del siglo XVI, era curaca principal de estos valles, Cuncu Chumbi, el
apellido Chumbi, se repite en forma constante entre los caciques, no sólo del litoral norte,
sino en el centro. ¿Cómo explicar la repetición y el empleo de la voz quechua Chumbi en
forma tan continua? Según Fray Domingo de Santo Tomás, “chumbi” era un ceñidero o faja;
Holguin menciona “Ccumpini”, tejer ropa fina; “Chhumpi” el color oscuro o pardo, y
“Chumpi”, la faja. Carrera en su “Arte de la lengua Yunga’' lince hincapié sobre la
pronunciación de la ch, distinta del castellano y que escribía con una h invertida, como en la
palabra “Chimor - cɥimor”.
Las telas de cumpi o cumbe, eran por su fina calidad, reservadas sólo para el soberano, y los
dignatarios a quienes quería distinguir el Inca, el pueblo usaba las telas de “ahuasca”, de
trama grosera y burda. Con el tiempo llegaría quizás a adquirir esa voz, un sentido de
nobleza y distinción que estaba de acuerdo con el rango de los caciques. Ahora bien, según
la pronunciación costeña podía haber una confusión entre la c, ch y cq de las palabras chumbi
o cumbe. Es significativo que el hijo del curaca de Lambayeque, Cuzco Chumbi, por el simple
hecho de haber sido engendrado en la capital del Imperio, tomara un nombre tan distinto al
de sus antepasados.
Otra explicación menos plausible, es que recibieran los curacas alguna faja o insignia de su
rango, hecho que no es narrado por ningún cronista, o bien llevaban los señores costeños el
rostro pintado de tono pardo, color de “chhumpi”, como lucen ciertos ceramios muchik. La
voz sería entonces una alusión quechua a los curacas que tendrían como privilegio traer la
cara embijada, a los filólogos les corresponde decidir la correcta interpretación (18).
Pero volvamos a Cuncu Chumbi, señor natural de Callanca que tenía por feudos suyos a los
de Reque y Monsefú “mucho tiempo antes que los españoles entraran a este reyno que fue
en el tiempo de los truxillanos”.
Fue casado según “su ley natural” con Xallencatelli, de la cual tuvo cuatro hijos varones que
fueron, Xancol Chumbi, Quicu Chumbi, Nuncu Chumbi y Miguel Quesquen Chumbi. Según
el alegato de Francisco Llontop, cacique de Callanca en 1595, a la llegada de los españoles en
1532, era cacique Quicu Chumbi y en Reque Xancol Chumbi. A pesar de los datos
contradictorios proporcionados por los testigos llamados a declarar en el litigio, de la
Provisión de 1570, se desprende que, a la llegada de los españoles, era Cacique de Callanca,
Quicuy Chumbi, en ese tiempo no estaba separado Reque de Callanca, sino que formaban un
solo curacazgo.
En el reparto de encomiendas que se llevó a cabo en tiempo del Marqués Pizarro, la de
Callanca le tocó a Francisco Luis de Alcántara y la de Reque a Miguel de Velasco, de allí
surgió la necesidad de crear dos cacicazgos, uno para cada encomienda.
A la noticia de la llegada de los españoles en el norte, Xancol Chumbi, hermano mayor de
Quicuy Chumbi, se dirigió a Piura, y se sometió a la Corona Real. Recibió probablemente en
recompensa, el cacicazgo de Reque, al mismo tiempo que consiguió la amistad de su
encomendero. Su excesiva complacencia con el extranjero, lo llevaron a exigir de los indios a
su cargo, un tributo mayor al que estaban acostumbrados a dar al Inca. Algunos testigos
llamados a declarar en el litigio por la sucesión, contaron que los indios de Reque, odiaban a
su cacique, porque les pedía demasiado tributo, que consistía sobre todo en plata, oro, ropa
y diversas cosas. Estas razones y el hecho de no haber sido Xancol Chumbi elegido según sus
costumbres, sino solamente por el encomendero, fueron las causas que motivaron su muerte.
Una mañana cuando Xancol Chumbi era conducido por sus hamaqueros, fue asesinado; el
testigo Juan Chucu (foja 148), que en 1532 tenía seis años, declaró que “lo vido” matar por
dos indios de Reque, llamados Samuef y Chafozula. Después del fallecimiento de Xancol
Chumbi vino a Reque el capitán Francisco de Alcántara a hacer justicia, y los homicidas
fueron castigados y quemados en su lugar llamado Cárcamo. No fue éste el único caso que
vemos en la Costa Norte, igual suerte corrió el curaca de Lambayeque, Xecfuin Pisan, al salir
de su valle al encuentro de los conquistadores, sus enemigos lo eliminaron en castigo por
haber dado muerte a sus tres hermanos. Estas reacciones no fueron dirigidas contra los
nuevos invasores, sino cumplían antiguas venganzas y pasados odios; en general los yungas
vieron en los españoles, quien los librara de los Incas, y fueron siempre muy adictos a ellos
(19).
El cacique Xancol Chumbi fue casado según sus ritos con Ayanzu, de la cual tuvo varios
hijos, en otra india manceba suya, que dio a luz después de muerto el curaca, fue padre de
Diego Chimoy. Sin embargo, su sucesor fue Pocan Chumbi, su hermano de madre, que no
gobernó mucho tiempo Reque, pues murió a la vuelta de un año. No le sucedió, ni el hijo
pequeño de Xancol Chumbi, ni el de Pocan Chumbi, sino que “eligieron los indios por orden
de Miguel de Velasco” a Edeco, principal de los cocineros de Xancol Chumbi.
En la crónica de Cabello (20) vemos que Naimlap, al llegar en sus balsas e instalarse en el río
Faquisllanga, trajo en su numeroso séquito, a Occhocalo, su cocinero. Según Las Casas (21) a
los serranos, les guisaban sus comidas sus mujeres, lo que no hacían los señores de los llanos,
que tenían para ello sus cocineros y oficiales. ¿Tendrían los yungas, al principal de los
cocineros como un cargo honorífico? Edeco no duró más de unos meses de curaca, se mostró
incapaz para el cargo y resultó depuesto.
Quedó entonces elegido por cacique, un joven natural de Reque, llamado Gonzalo Millón,
pero al poco tiempo huyó con su madre, que vivía en otro pueblo, por no querer acudir a los
españoles y darles todo lo que pedían. En su lugar fue designado Efquen Zula, señor
principal de Reque, del ayllu Reque, que con el agua del bautizo tomó el nombre de Martín
(22). Según los testigos, Efquen Zula no era mitayo sino “fucaque”, vocablo yunga que
significa señor, en cuanto al nombre Efquen, sería en idioma muchik, chacarero o mojón de
chacra; para el padre Carrera, casi medio siglo más tarde, Efquen era un nombre propio,
como lo era Efio; seguramente se estaba ya perdiendo el conocimiento de algunas voces (23).
Su padre había sido feudatario de Cuncu Chumbi y tenía la obligación de acudir con su gente
a la labranza de las heredades del curaca de Callanca. Casó su padre Sapquen Zula con
Tuchuncata y tuvo dos hijos, Chafezula y Chancunzula, ambos señores principales del lugar.
En otra india llamada Chutcuz tuvo a Efquen Zula, este último gobernó Reque por espacio
de veinte años, apoyado por Martín de Olarte, segundo encomendero de la región. Efquen
Zula fue casado con Isabel Nuqui, pero no tuvo hijos, en otra india fue padre de Gabriel
Martín Yalán, uno de los pretendientes, años más tarde, al cacicazgo en 1595.
A la muerte de Efquen Zula, su hijo era muy pequeño para sucederle, quedó elegido curaca
Gonzalo Millón, su sobrino, que ya lo había sido anteriormente. No tuvo la segunda vez más
suerte que la primera. En 1570, aparece Millón pidiendo amparo contra su encomendero,
Salvador Vásquez por haberle quitado “las insignias de cacique como son las trompetas y
tabernas”. Las Casas (24) cuenta, que los caciques costeños, llevaban en sus viajes “gran
aparato de gente y taberna” y que cada vez que salían se acompañaban de tres o cuatro
trompeteros y truhanes que los divertían. Sus mujeres también tenían a estos graciosos para
su servicio. Parte del lujo de un curaca era su numeroso séquito. Las Casas estima que por lo
menos doscientos o trescientos hamaqueros acompañaban a un señor, cuando se desplazaba
de un lugar a otro, sin contar con los demás miembros de su comitiva. Donde quiera que
parase, mientras estuviese en el lugar, habían de beber todos de su chicha, por ese motivo, es
que seguramente las tabernas eran una de las insignias de un curaca.
En la misma Provisión ya citada, según la diligencia practicada en Reque entre españoles e
indios viejos, por el escribano Melchor Pérez de Maridueña (en 1570) parece que a la muerte
de Efquen Zula, quedó elegido por curaca Diego Chimoy, hijo de Xancol Chumbi. Al cabo
de cuatro meses de desempeñar el cargo, se fue a Trujillo, siguiendo a una india con la que
estaba amancebado y que había sido desterrada por el cura del lugar. Sería entonces que el
encomendero Salvador Vásquez, en la ausencia de Chimoy, habría llamado a Gonzalo Millón
para que desempeñara el cargo de cacique.
Sea como fuera la elección de Gonzalo Millón, parece que no fue un personaje dúctil a las
exigencias de los españoles y por ese motivo no tardó en enemistarse con su encomendero.
Esta desavenencia favoreció la designación de Diego Chimoy, es así como en 1579, Chimoy
recibió las insignias de curaca y se sentó en el “dúo o tiana”, según la costumbre ancestral. A
pedido del nuevo cacique, Gonzalo Millón y sus hermanos Pedro Mancul y Francisco
Machicarefe, recibieron la orden de acatar las órdenes de Chimoy, so pena de quinientos
pesos para la Cámara de su Majestad. Según los numerosos testigos, Gonzalo Millón no tardó
en morir del enojo que le motivó el pleito.
Estando ya viejo Diego Chimoy, en 1593, le puso demanda por el cacicazgo Gabriel Martín,
hijo de Efquen Zula, en 1595 figura una Real Provisión para establecer los derechos del caso.
Esa es probablemente la fecha del fallecimiento de Diego Chimoy, pues un año más tarde se
inició el litigio por la herencia del curacazgo.
Ya había pasado la época de la conquista, Don Francisco de Toledo, con sus Ordenanzas,
había marcado las pautas que regirían de allí en adelante el Virreinato. La Real Audiencia de
Lima, levantó una información sobre la legítima sucesión del referido cacicazgo. Cada uno
de los pretendientes presentó su Probanza y sus testigos, fuera de la de Oficio, hecha en
Chiclayo el 3 de Febrero de 1596, ante el Corregidor don Francisco de Olmos Pizarro.
Los tres candidatos al cacicazgo de Reque, fueron los siguientes: don Francisco Llontop,
cacique de Callanca y Monsefú, hijo de Miguel Quesquen Chumbi; don Gabriel Martín Yalán,
hijo de Efquen Zula; y Diego Quesquen, hijo del último curaca don Diego Chimoy.
En la enconada lucha que se libró entre los tres pretendientes, cada uno esgrimió sus
derechos, narró y acomodó los hechos según sus intereses. Los numerosos bienes del
cacicazgo, los beneficios y salarios eran el atractivo que los llevaba a la lucha. Como hemos
hecho hincapié más arriba, una de las costumbres de la tierra, era la capacidad para el mando,
por eso cada uno trataba de demostrar su propia eficacia y tachar al contrario de ineptitud.
El parecer del Fiscal, apoya este punto de vista.
Pero veamos los derechos de cada uno de los pretendientes, don Francisco Llontop exponía
la antigua supremacía de los caciques de Callanca sobre Reque, y en el curso del litigio, al
comprender que no le sería fácil gobernar este pueblo, sin descuidar el suyo propio, propuso
renunciar a sus derechos a favor de su hijo Zumxantal-famtin, de quien dijo ser “hábil y
suficiente, capaz y afable”.
Don Diego Quesquen, era mucho menor que los demás y quedó denunciado como “indio
inútil, incapaz, facineroso y delincuente y por tales, castigado y afrentado en la plaza pública
del dicho pueblo de Reque donde fue azotado”. Casó Quesquen con la hija del cacique de
Saña, con el objeto de vigorizar su candidatura, pero su vida poco arreglada le quitó toda
opción.
El tercer pretendiente fue don Gabriel Martín, indio ladino que sabía leer y escribir, y era
protegido de la encomendera de Reque, doña Ana de Velasco; supo granjearse la
benevolencia de los españoles, hechos que le ayudaron a recibir el cacicazgo de Reque en
1601.
Para el estudio de las sucesiones, los datos más importantes que suministra este documento,
son evidentemente la elección del curaca, elección que podía recaer sobre un hijo, hermano
o cualquier otra persona que se mostrara capaz para el cargo. No solamente los hechos
muestran esta aseveración, la Probanza de Oficio que reproducimos en el Apéndice, confirma
las costumbres imperantes no sólo en Reque, sino en los demás pueblos comarcanos de los
llanos.
Aquí terminan las noticias que proporciona el documento de Reque, en otros manuscritos
hemos encontrado algunos datos sobre los curacas del lugar.
Don Francisco Llontop, no debió sobrevivir mucho tiempo a la pérdida del cacicazgo de
Reque. Según el testimonio de la Visita ordenada por el Virrey don Luis de Velasco al
Repartimiento de Callanca en 1606, aparece como curaca del lugar, don Juan Llontop, de 31
años, casado con doña Francisca Chusoy Chumbi, y sus dos hijos Sebastián de doce y
Francisco de nueve años. En 1608 comparece en Monsefú, ante el corregidor, el cacique Juan
Llontop con sus principales, para la averiguación sobre bienes comunales que tenían los
pueblos de Callanca y Monsefú, con el fin de pagar con ellos la tasa y el tributo. Todos los
indios dijeron no tener bienes de comunidad, ni granjerías, ni rentas y que para pagar los
tributos lo hacían de sus chacras (24).
En el Juicio de Residencia (25), promovido en 1611, contra don Gabriel de Doria, corregidor
de la región, por los múltiples agravios que cometió, figura la orden de prisión que dio
injustamente contra los caciques, don Gabriel Martín y don Juan Llontop, por no poder pagar
todo el tributo, debido a las malas cosechas. Gabriel Doria aparece como una persona poco
honesta, entre los varios delitos que cometió, contravino las Ordenanzas y vendía
públicamente chicha en los cinco pueblos de Chiclayo, Reque, Monsefú, Callanca (foja 169) y
Collique. Era un monopolio que había restablecido, sin consentir que persona alguna le
hiciese competencia. En las tabernas que administraba, trabajaban en cada una un chichero
y dos mitayos.
Con estos últimos datos terminan las noticias sobre los caciques de Reque, el padre Carrera
en 1644, nombra de curaca a Maleo Millón. No sucede igual con Monsefú y Callanca, en 1783,
figura un litigio por el curacazgo, que junto con otros documentos, complementan nuestros
conocimientos, sólo queda en blanco una pequeña parte del siglo XVII.
En 1759, se presentó ante el Superior Gobierno de Lima, don Apolinario Antonio Llontop
Chumbi Limo, con el objeto de reclamar sus derechos al curacazgo, como hijo legítimo del
difunto cacique, don Gaspar Valeriano. La herencia le venía por su abuela doña Rosa Llontop
Chumbi, que heredó a su vez de su padre Baltasar Llontop. No solamente heredaba el
cacicazgo de Callanca, Monsefú, Chepén y Tecapa, sino el de cacique segunda persona de
Lambayeque, título que tenía ya su bisabuelo.
En la probanza que presentó don Apolinario Llontop, aparece como de 17 años, sin embargo,
en su partida de defunción, incluida en el expediente y acaecida el 9 de agosto de 1806, tenía
en ese momento 74 años, lo que nos da 27 años a la muerte de su padre.
Su “buen juicio y capacidad” le valieron, para que no tuviera contradicción alguna y pudiera
gozar de los salarios, servicios y beneficios de chacras a que tenía derecho, según costumbre
antigua e invariable (fojas 4 y 11).
La toma de posesión del cacicazgo de Monsefú, lugar donde residía el curaca, se efectuó el
18 de Octubre de 1761 y al día siguiente en Lambayeque, donde era cacique principal en ese
entonces, don José Justo Temocbe. La ceremonia se llevaba a cabo ante el Corregidor y Justicia
Mayor, quien cogía al nuevo curaca y lo sentaba en un dúo o tiana, en nombre de su Majestad.
En igual forma le fue dada la posesión del cacicazgo de Chepén y Tecapa, en una ramada al
lado de la iglesia principal. Si bien al principio del expediente se menciona a Callanca; en la
ceremonia de instalación del cacique, ya no se nombra para nada a este antiguo pueblo. En
1768, Apolinario presentó una petición para que se le amparase en la posesión y goce de sus
derechos de cacique, petición que ya hemos visto.
Casó el curaca con María Nieves Suñi o Noyochumbi, pero no tuvieron descendencia. su
muerte, en 1806 se inició el pleito por la sucesión entre el hermano menor de Apolinario, don
Andrés, nacido en 1755 y el hijo natural del cacique difunto, don Gabriel Llontop y Efio. En
el expediente presentado por don Gabriel, se dice ser indio noble “descendiente de la sangre
real de los Incas” e hijo de doña Narcisa Efio, india noble de su misma estirpe y cacica
segunda persona del mismo lugar, que tuvo seis hijos de don Apolinario. El pretendiente
hizo hincapié en los autos que presentó, de su capacidad y eficiencia.
El expediente es incompleto, pero-don Gabriel debe haber ganado el litigio, pues en 1810, su
tío había abandonado sus pretensiones y era nombrado como vicioso y enemigo implacable
de todos los individuos de su nación. Con Gabriel Llontop, se terminan los datos que tenemos
sobre el cacicazgo de Callanca y Monsefú, poco tiempo debía subsistir ya en el Perú esta
institución.
Caciques De Reque
Cuncu Chumbi
Cacique Gentil de Reque, Callanca y Monsefú.
Quicoy Chumbi
Cacique Gentil de Reque, Callanca y Monsefú.
Xancol Chumbi
Cacique de Reque. Hermano del anterior nombrado por los españoles.
Pocan Chumbi
Gobernó un año, era hermano de madre de Xancol Chumbi
Edeco
Principal de los cocineros Cacique unos meses, fue depuesto por mostrarse incapaz.
Gonzalo Millón
Al poco tiempo de ser elegido abandonó el cacicazgo.
Miguel Efquen Zula
Señor principal del ayllu Reque gobernó alrededor de 20 años.
Gonzalo Millón
Volvió a ser designado cacique; fue depuesto a favor de:
Diego Chimoy
Hijo de Xancol Chumbi. Cacique de 1579 a 1594 ó 95.
Gabriel Martín Yalán
Hijo de Martín Efquen Zula nombrado curaca en 1601, por la Real Audiencia.
Encomenderos de Reque en el Siglo XVI
Miguel de Velasco
Martín de Loarte
Salvador Vásquez
Ana de Velasco.
EL CURACAZGO DE NARIGUALA DE CATACAOS
El segundo Legajo comprende los autos que siguió en 1610, don Francisco de Montalvo,
Procurador General de los indios, en nombre de doña Francisca Canapaynimi sobre sus
derechos al Cacicazgo de Nariguala, reducido en el pueblo de Catacaos, cerca de Piura.
En tiempo del Virrey Toledo, había en Piura 26 Repartimientos de indios, entre los que
figuraban, Catacaos y Nariguala (26), cuando se hicieron las reducciones de los indios a
pueblos, quedaron los naturales en los términos de sus propias tierras (27). Vás- cjuez de
Espinoza, nombra la parcialidad de Nariguala entre las veintiocho que existían en el
Corregimiento de esa provincia. En 1755, este ayllu, junto con el Menon y Mecache,
pertenecían a un solo encomendero. Los indios de Nariguala pertenecían a los antiguos
Tallanes, que ocupaban la región de Piura, al momento de la conquista. Para mejor
comprender las costumbres de sucesión que alegan en el expediente, y los derechos de las
famosas Capullanas o Cacicas, veremos primero lo que cuentan los cronistas sobre los
naturales.
Según Cabello, los Tallanes eran de origen serrano, establecidos en los valles de Pohechos,
La Chira, Tangarará, Piura y Catacaos (28). Zárate divide los indios de los llanos entre
Yungas, Tallanes y Mochicas. Los cronistas nombraban a todos los indios del litoral como
Yungas o Yuncas, nombre tomado del idioma quechua, para designar los valles cálidos, lanío
al este como al oeste de la cordillera.
En la “Relación de la ciudad de Sant Miguel de Piura” (29), hay mención de tres naciones de
naturales, diferentes en su habla, que existieron en los términos de la ciudad o sea desde el
sur de Guayaquil, hasta Trujillo. El idioma Tallán fue posiblemente el Sec, que menciona
Calandra, desgraciadamente perdido hoy día, y del cual no sabemos nada (30).
De sus costumbres de sucesión poco es también lo que conocemos, la Relación de la ciudad
de Piura (párrafo 163 y 175) dice que “subceden en ellos hijos, hermanos o sobrinos” y que a
la muerte de un cacique, casi generalmente sucedían hermanos y sobrinos, pero que “se hiba
perdiendo esta orden y que prevalece ya la costumbre española, de suceder los hijos.
Las Casas (31) asegura que entre los Tallanes y los Huancavilcas no heredaban los varones
sino las mujeres y que a las Cacicas les decían Capullanas. El padre Lizárraga (32) afirma que
antiguamente gobernaban en esta provincia “las mujeres, a quien los nuestros llaman
capullanas, por el vestido que traen y traían a manera de capuces, con que se cubren desde
la garganta a los pies, y el día de hoy casi en todos los llanos usan las indias este vestido; unas
se ciñen por la cintura, otras le traen en bandas. Estas capullanas, que eran las señoras en su
infidelidad, se casaban como querían, porque en no contentándolas el marido, le desechaban
y casábanse con otro. El día de la boda, el marido escogido se sentaba junto a la señora y se
hacía gran fiesta de borrachera; el desechado se hallaba allí, pero arrinconado, sentado en el
suelo, llorando su desventura sin que nadie le diese una sed de agua. Los novios con grande
alegría haciendo burla del pobre.
Sobre este vestido particular de las tallanas, cuenta Cieza (33) que la vestimenta de la mujer
era grande y ancha a manera de capuz, lo mismo afirma Pedro Pizarro, cuando dice que “las
mujeres traen unos capuces, vestidos que les llegan hasta la garganta del pie, tienen ellas
horadados los labios junto a la barba y metidas en los agujeros unas apuntas de oro y plata
redondas que les tapan el agujero: quitanselo y pónenselo cuando quieren. Por último,
Vásquez de Espinoza (párrafo 1176) menciona el vestido de las indias como un saco grande
de algodón negro y que las cacicas arrastraban una vara, cuando más autoridad e
importancia tenían, tanto más larga era la cola del vestido.
La similitud de la indumentaria de las tallanas con el antiguo capuz español, fue seguramente
el origen del nombre que tomó esta prenda y de las cacicas o capullanas que las llevaron,
desgraciadamente no ha quedado la voz que le daban los naturales.
En su Memorial de las Historias del Nuevo Mundo, Fray Buenaventura de Salinas y Córdova,
relata cómo Pizarro en su primer viaje a Tumbes, recibió a bordo a la cacica y capullana del
lugar “con el sombrero en la mano” y que fue galanteándola desde la popa a la proa. La
hermosa tumbesina, como la llama el cronista, recepcionó en tierra a los castellanos con bailes
y les ofreció en una ramada un banquete. Sin embargo, los datos que menciona Salinas en su
tardía crónica sobre la conquista, están en contradicción con algunas de las más antiguas
versiones de testigos oculares (34).
Escasos son desgraciadamente los datos que dan las crónicas sobre los tallanes, el expediente
que estudiaremos luego, trata sobre la sucesión del Cacicazgo de Nariguala y amplía
nuestros conocimientos sobre los derechos de herencia y las costumbres antiguas del lugar.
En 1610, era cacique de este pueblo don Francisco Mesocoñera; contra la legitimidad de su
título, puso demanda el Protector General de Naturales, don Francisco de Montalvo, en
nombre de la menor Francisca Mesocoñera o Canapaynina, como es nombrada al principio
del legajo, alegando que había sido despojada por su tío (35).
Para mejor comprender los derechos de doña Francisca, nos tenemos que remontar a su
bisabuelo, don Diego Eduptangar, cacique del lugar, según consta de la Visita que llevó a
cabo, en Catacaos, don Bernardino de Loayza, por orden del Virrey don Francisco de Toledo.
Diego Eduptangar fue casado con Francisca Tuyepac y tuvieron por única bija a Francisca
Puchupae. A la muerte de don Diego Eduptangar, que debió ocurrir poco lietnpo después de
la visita, reclamó el título de cacique Diego Mesocoñera, el viejo, alegando ser él más cercano
pariente del difunto. El 15 de Noviembre de 1575, recibió don Diego Mesocoñera, el cacicazgo
de Catacaos (foja 22) de la encomienda de don Antonio de Vaca de Castro; el documento
lleva la rúbrica del Virrey Toledo. En el expediente, se recomienda guardar la orden del
“Inga, que hera la persona que daua el duho e ynvestidura de los dichos cacicazgos no los
probeya en ellos en los hijos mayores que dexauan los dichos caciques muertos sino en el que
más buen entendimiento tenia o en otros yndios que él escogía de sus deudos o de otros de
inás abilidad y suficiencia para ello sin dexalles derecho de subcesión sino que les nombraua
y probeya conforme a la capacidad y partes que tenía para ejercer el dicho officio.
Doña Francisca Puchupac, quedó despojada, por ser menor de edad; andando el tiempo, casó
con Cristóbal Menalora, cacique segunda persona. Tuvieron por única hija a Elvira Yuncatil,
que casó con Diego de Mesocoñera, el mozo, hijo del cacique; ellos a su vez fueron padres de
Francisca Mesocoñera, que quedó huérfana de padres a los tres años. Al morir el cacique
Diego Mesocoñera, el viejo, quedaron de herederos su nieta y su segundo hijo Francisco. Este
último aprovechó la tierna edad de su sobrina y acudió al Virrey con “siniestra relación”
callando los derechos de la menor y obtuvo el título de cacique.
Cuatro años más tarde se inició el juicio para hacer valer los derechos de doña Francisca, con
un sentido de sucesión ya indudablemente español, pues en el derecho indígena, un menor
de edad no podía reclamar nada.
Al principiar el juicio, la pequeña Francisca, estaba en poder de su abuela paterna, doña
María Quepupac. El Protector de Naturales, pidió que fuese separada de ella, pues temía por
su vida, porque su abuela favorecía a su hijo en el litigio. Parece que en aquellas tierras, los
indios, por la sucesión de un curacazgo, o por algún otro motivo, envenenaban a sus
contendores con yerbas ponzoñosas (foja 4).
Todo el expediente, es una prueba del derecho que tenían las mujeres de heredar el cacicazgo.
El rasgo más importante, es quizás el hecho que las capullanas no se limitaban a heredar el
título, sino que gobernaban ellas mismas sus dominios, costumbre que perduró durante el
siglo XVI. Después, la tradición española fue imponiéndose poco a poco, ejerciendo el mando
el marido.
En una provisión del expediente (fojas 10 y 11) se vuelve a recalcar “que por ser hembra no
deja de suceder en el dicho cacicazgo pues es notorio que las capullanas usan en todas
aquellas provincias desde su antigüedad los cacicazgos y corre la susceción por ellas de la
mesma manera que por los varones”.
Para mejor ilustrar lo afirmado más arriba, reproduciremos a continuación la probanza
presentada por doña Francisca Mesocoñera, y las declaraciones de los testigos a la quinta
pregunta, que es la relativa a las costumbres de la herencia. Está fechado el documento el 20
de Diciembre de 1606, en los Reyes, y lleva las firmas del doctor don Leandro de la Reyna y
Salazar y la de Francisco de Montalvo, el Procurador de Naturales.
“5°—pregunta. Ytem si saben que a sido y es costumbre usada y guardada en el dicho
rrepartimiento de nariguala y en todas las probincias de los valles desde su antigüedad desde
antes que los españoles entrasen en este reyno y después en que las capullanas subceden en
los cacicazgos por lo qual saben los testigos que de la misma manera que si el dicho diego
mesocoñera el moco dexasa hijo varón abía de subceder en el cacicazgo del dicho diego
mesocoñera el biejo de la misma manera la dicha doña francisca mesocoñera representando
la persona de dicho mesocoñera el moco su padre qual sauen los testigos por auer bisto la
antigua costumbre que se a guardado en los repartimientos y probincias de los llanos y por
lo que un entendido y sauido de sus mayores y más ancianos y auerse guardado y guurdaise
la costumbre contenida en esta pregunta”.
“En la ciudad de piura en veintenuebe días del mes de hebrero de mill y seiscientos doze
años ante el general don francisco de beaumont y nabarra corregidor y justicia mayor de esta
ciudad y su jurisdicción por su magestad la presento el contenido don xpoual megualora en
nombre de doña francisca mi nieta”.
Probanza de doña Francisca Mesocoñera en Ja ciudad de Piura en quince de marzo de mil
seiscientos doze.
1°—testigo, Pablo Mixeran, del pueblo de Catacaos, tenía ocho años a la entrada de los
españoles (foja 46).
“a la quinta pregunta dixo que saue que a sido y es uso y costumbre usada y guardada en
este dicho rreparliiniento de narigua- la y en las demás partes destos llanos desde el tiempo
de los yngas e antes que los españoles les entraron en este reyno y es pues que las capullanas
subceden en los cacicazgos como si fueran varones y sirben y gouernan los dichos cacicazgos
por lo que saue este testigo de la misma manera que si el dicho don diego mesocoñera el
mogo dexara un hijo varón y uiera de subceder en el cacicazgo del dicho don diego
mesocoñera el viejo... lo qual este testigo saue por aber bisto por bista de ojos la antigua
costumbre que se a guardado en el dicho rrepartimiento y provincia de los llanos y por lo
que a entendido y sauido de sus mayores más antiguos y esto responde”.
2°—testigo, don Pedro Mechato, cacique principal del Repartimiento de Mechato,
encomendado al Capitán don Bartolomé Carreño, tenía 60 años de edad.
“a la quinta pregunta dixo que este testigo a visto que a sido y es costumbre usada y guardada
en el dicho rrepartimiento de nariguala y en el pueblo de colán y sechura que en colán
heredó doña luisa la capullana vieja y en sechura doña isabel y en las demás
partes de los llanos desde los tiempos antiguos y cuando los españoles entraron en este
rreyno y después acá que las capullañas heredan en los cacicazgos como si fueran hombres
y sirven y gouiernan los dichos cacicazgos por lo qual entiende este testigo” (vuelta foja 50).
3°—tttestigo, fue don Cristóbal Mecomo, Cacique principal de; Repartimiento de Mecomo,
de la encomienda del Capitán don Bar lolomé Carreño. Por ser ladino y conocer la lengua
española, no necesitó de intérprete, tenía 37 ó 38 años (foja 54).
“a la quinta pregunta dixo este testigo avisto que quando no ay barones legítimos que
heredan los tales cacicazgos es uso y costumhre entre lo sdichos yndios que subceden las
hembras legítimas los dichos cacicazgos y siendo pequeñas ponen en su lugar un principal
para que gouierne los yndios en el ynter que tiene hedad para ello por lo qual entiende el
testigo que por no auer dexado hijo barón el dicho don diego mesocoñera el moco susede en
el dicho cacicazgo la dicha doña francisca su hija por las razones que tiene dichas
rrepresentando la persona del dicho don diego su padre y que el testigo lo sabe por auerlo
oydo a otros antiguos de los llanos y particularmente a sus padres y tíos y que se a guardado
siempre esta costumbre y esto responde”.
4°— testigo, Alonso Capatero, indio natural del Repartimiento de Mecache de la encomienda
de Nicolás de Villacorta, tenía 52 años (fojas 57 y 58).
“a la quinta pregunta dixo que saue y a visto que es uso y costumbre usada y guardada en el
dicho rrepartimiento de nariguala y en las provincias de los llanos desde su antigüedad y
quando no auia padres y antes que los españoles entrasen en este reyno después acá que las
capullanas subceden en los cacicazgos como si fueran hombres y gouernando los y
sirviéndolos y como tal de la propia manera que si el dicho don diego mesocoñera el mogo
dejara hijo y subcediera en el dicho cacicazgo de su padre don diego el viejo... por auer visto
la antigua costumbre que sea guardado en esa probincia y valle de truxillo y saña demás de
lo que a sabido y entendido de sus mayores y demás ancianos que se; lo an dicho y es público
y notorio y esto responde”.
5°—Testigo, don Cristóbal Hernández Viual, vecino y alcalde ordinario, de 45 años de edad
(foja 61).
“a la quinta pregunta dixo que este testigo a visto gouernar rre- partimientos de yndios como
cacique algunas yndias que las llaman capullanas a las quales les acuden con el salario y este
testigo como dicho tiene por auer tenido a cargo tributos se lo a pasado y quellos erigen y
fundumentan que esto tienen y lo saben y esto rresponde”.
6°—testigo fue el Cupitán Bartolomé Carreño, vecino y encomendero, de 48 años de edad.
“a la quinta pregunta dixo que lo suue de esta pregunta que a conocido en el mismo pueblo
de catacaos gouernar y mandar el cacicazgo de menon a doña leonor capullana y cacica del,
que subcedió en el dicho cacicazgo por muerte de don alonso su padre que lo era y anssí
mismo bio este testigo que por auerse casado con un yndio que no era cacique sino tributario
pidiendo los tributos al mandón, su encomendero Iraxo probissión del virrey destos reynos
para que durante la vida de la dicha cacica por serlo no tributase y anssí se guardó y anssi
mismo como viese este testigo a doña luisa capullana cacica del pueblo de colán gouernar y
mandar en él por ser cacica y suheedió lo mismo con su marido que con la dicha doña leonor
y unsí mismo conoció este testigo ser cacica y segunda persona del rrepartimiento de colán a
doña latacina por ser hija de don francisco lacachacuyobra y subcedió en el siendo hija y
conoce ansí mismo a doña isabel socola que quedó en el mismo rrepartimiento de nariguala
que lleva sus salarios del repartimiento de socola de que es cacica aunque son mugeres por
no tener hermanos barones que le puedan preferir, subeeden en los cacicazgos desde tiempo
ynmemorial en esta provincia donde se litiga y antes que entrasen los españoles en ella fue
usado y guardado que las mugeres eran cacicas y gouernaban y ansí mismo a oydo dezir que
en este dicho rrepartimiento de nariguala lo gouernaban mugeres cuando entraron los españoles en
este rreyno y ansí mismo el dicho don diego el moco, padre de la dicha doña francisca
poseyera el dicho cacicazgo le subcediera en él la dicha doña francisca su hija. . .”
7°— testigo, Julián de la Cana, vecino y morador de la ciudad, dijo no saber la quinta
pregunta.
De las declaraciones de los testigos, se desprende que (vistieron capullanas y cacicas no sólo
en Catacaos sino en Colán, Sechura y Menon y que a la llegada de los conquistadores,
gobernaba justamente una mujer en la parcialidad de Nariguala. Quizás la declaración más
interesante es la del Capitán Bartolomé Carreño, que aseguró que las cacicas ejercían el
mando. No perdían sus derechos al casarse con indios tributarios y llevaban ellas mismas los
tributos de sus subordinados y cumplían toda la labor que su rango requería.
Los derechos de doña Francisca, basados sobre las costumbres más antiguas, quedaron tan
bien probados, que el 15 de Julio de 1614, “los señores presidentes y oydores de la rreal
audiencia, vista la causa, declararon que pertenece el cacicazgo principal de Nariguala a doña
Francisca Mesocoñera y condenaron a Francisco Mesocoñera a que lo dexe libremente y que
pague los salarios y aprovechamientos de que ha gozado durante el tiempo que estuvo de
cacique”.
Aquí no terminan los datos sobre el cacicazgo de Nariguala, en un manuscrito de la Biblioteca
Nacional (36) del año 1625, figura un juicio de Francisco Carlos Melipis, indio principal,
contra el cacique don Juan Temoche, por excesos y delitos cometidos contra los indios a su
cargo. Entre otras cosas, le reprochaban ser muy amigo de “taquis” y boracheras, que día y
noche se llevaban a cabo en su casa.
Por ser Temoche amigo del Corregidor, ganó el juicio en grado de apelación y le impusieron
eterno silencio a Melipis. El título de cacique lo tenía por su mujer, doña Francisca Canapay,
con quien era casado hacía nueve o diez años, o sea en 1615 ó 1616. Por la fecha sólo puede
tratarse de doña Francisca Mesocoñera, en el expediente del Archivo Nacional, es nombrada
una vez con el nombre de Canapaynina, mientras en el expediente de 1625, figura como
Canapay. ¿A qué se puede atribuir ese cambio, sería alguna costumbre del lugar?
En este último manuscrito, aparece Juan Temoche de cacique y gobernador del curacazgo, y
no su mujer, seguramente las antiguas costumbres citadas más arriba habían cedido ante la
tradición española. Las capullanas ya no manejaban sus cacicazgos en el siglo XVII, quizás
pasaría igual con otros lugares como Colán y Sechura. Poco a poco lus costumbres de antaño
iban siendo remplazadas por las de los nuevos amos.
ASCENDIENTES DE DOÑA FRANCISCA MESOCOÑERA O
CANAPAYNINA
EL CACICAZGO DE LA PUNTA DE LA AGUJA, NONURA Y PISURA
Sobre el lugar de La Punta de la Aguja, nos dice Cieza (37) que “de la isla de
Lobos córrese, este a oeste hasta llegar a ella, que estará cuatro leguas; y de allí,
prosiguiendo la costa al sur, se va hasta llegar a la punta del Aguja. Entre medias
de isla de Lobos y punta de Aguja se hace una grande ensenada, y tiene gran
abrigo para reparar las naos; está la punta del Aguja en seis grados”.
Vásquez de Espinoza (párrafo 1851), señala para Sechura y Munelí, 72 indios
tributarios. En el siglo XVIII (38), uno de los doce curatos de la provincia de Piura
era el pueblo de Sechura.
Sobre los caciques de Sechura, tenemos dos expedientes, el más antiguo con fecha
de 1687, es el juicio instaurado entre Miguel Marcos, cacique y gobernador del
pueblo de Sechura y Juan de Nonura, por la posesión del cacicazgo. El segundo
de 1692 comprende los autos que siguió Martín Marcos Sánchez Pancatil, cacique
contra Damián de Nonura, indio principal, sobre el mejor derecho a la sucesión.
Ambos documentos son pleitos por la misma herencia; en el segundo legajo
continúan el juicio los hijos de los primeros. Como el segundo documento está
trunco, no sabemos cómo concluyó el litigio.
En 1687, hacía dos años que había fallecido la cacica, doña María Pancatil; su
título le fue concedido el 9 de Noviembre de 1640, por don Pedro de Toledo y
Leyva, Marqués de Mancera, en audiencia pública en la ciudad de los Reyes y
ante el escribano Francisco de Ordóñez. María Pancatil había ganado el litigio
contra Juan de Nonura, lo que la favoreció en el pleito fue que su opositor era en
ese entonces un muchacho de 14 a 15 años, poco capaz y que no se había
defendido.
Según las declaraciones de los diversos testigos, María Pancatil, se introdujo en
el cacicazgo sin verdadero derecho, por más que alegó descender de Cutmassa,
cacique gentil. Sus opositores sostenían que sus padres fueron indios Parques,
tributarios, de la parcialidad de Sechura y Nauñuela, y sujetos al cacique don
Félix Temoche. Su segundo esposo, Gaspar Sánchez indio astuto y ambicioso, con
la ayuda del cura, ideó emborrachar a los indios que debían prestar testimonio,
y obtuvo en esa forma declaraciones favorables.
Cuando María Pancatil, conducida por el alguacil mayor pretendió sentarse en el
dúo o tiana, en el acto de toma de posesión de su cargo, los indios la llenaron de
tierra, y le aventaron piedras. No sabemos como se apaciguaron los ánimos, pues
María conservó su cacicazgo cuarenta y cinco años. El gobierno fue conferido a
su marido don Gaspar Sánchez; en el siglo XVII, ya no ejercían el mando las
mujeres.
El opositor de María Pancatil había sido Juan de Nonura, a la muerte de la Cacica,
se presentó para reclamar sus antiguos derechos, y entablar juicio a Miguel
Marcos, hijo del primer matrimonio de la Curaca. Al poco tiempo falleció Juan y
le sucedió en el litigio su hijo Damián.
El derecho de los Nonura se remontaba al tío bisabuelo y al bisabuelo de Damián,
pues ambos fueron caciques anteriores a María Pancatil. En varios expedientes
aseguró que su padre Juan de Nonura quedó despojado de su herencia por María
Pancatil, por ser demasiado joven y poco capaz para el cargo. Además, alegó que
sus derechos le venían por ser “lexítimo nieto de juan nonura el biexo ermano
que fue de martín de nonura quien gobernó y poseyó el cacicazgo de la punta de
aguxa, nonura y pesura desde el xentio i rreducción del pueblo de sechura que
estubo en quieta y pacífica posesión como consta de la visita en que señalado por
tal cacique que está en los autos en la rreal audiencia que siguió en esta ciudad
con don miguel marcos...” (AHN).
El Juan de Nonura, al que se refiere, fue el tío bisabuelo del litigante, en el padrón
de indios de 1592, documento insertado en el expediente (BN-foja 15) figura la
relación de los indios, hecha durante la: “Visita de los yndios de san miguel deste
pueblo de sechura y punta de aguja y pueblo de pesura y moniquilán que todo
por mandado y orden del Sr. Viso. Reynos / Se reducen y pueblan deste pueblo
de sechura para poder ser doctrinados y puestos pulida como Vmd. se manda y
confirme a los yndios en sus reducciones de su excelencia”.
Son mencionados los caciques don Juan Chunga, cacique y gobernador del
pueblo de Sechura, don Miguel Muniquilán, principal con indios a su cargo, Juan
de Nonura, cacique de la Punta de la Aguja, de 40 unos, su mujer Isabel y sus hij
os Francisco de 17 años, Rodrigo de 2 y Petronila de 8 unos. Por último, es
nombrado Alonso de Pesura, cacique sajelo al curaca anterior.
Del padrón so deduce que en 1592 era cacique don Juan de Nonura y que tenía
varios hijos. A su muerte heredó el cacicazgo don Martín su hermano, y lo poseyó
según dice su testamento más de noventa años. Posiblemente existió una
confusión entre los años que tenía don Martín y los años de gobierno, pues en
1592 era aun cacique su hermano Juan y en 1640 recibía el título de cacica doña
María Pancatil. Los hijos de Juan de Nonura fueron despojados, por ser menores
de edad, hecho que no mencionan los documentos, pues alegan que Juan no tuvo
descendencia, dato desmentido por el Padrón de Indios ya citado.
En el testamento de Martín de Nonura, redactado en 1636, el viejo cacique decía
“que el cacicazgo y gouierno de la punta de la aguja lo eredé de mis padres desde
la gentilidad asta el día que Dios es tenido de llevarme y por muerte ed don juan
de nonura, mi hermano maior cacique que fue de esta parcialidad como constara
de las visitas de los Señores Virreyes / mando y es mi voluntad que por mi
muerte y fin dejo y ordeno y mando que es mi heredero universal a don juan de
nonura mi nieto, hijo natural de doña ana catilpia mi hija lexítima questa en poder
del encomendero el capitán don diego de silva manrrique. . . ”
A la muerte del anciano curaca, que debió de suceder poco tiempo después de
hecho su testamento, su nieto Juan era un muchacho que no supo defender sus
derechos, además no tenía “vastante entendimiento para gobernar el cacicazgo”.
De los documentos se desprende que Miguel Marcos no obtuvo del Superior
Gobierno el título de cacique, sólo gobernó interinamente, y a su muerte siguió
el litigio entre su hijo Martín y Damián Nonura.
En el pueblo de Sechura el 24 de Noviembre de 1692, ante los indios reunidos se
leyó la provisión del Real y Superior Gobierno, para la averiguación e
información necesaria para proveer al título de cacique, con la recomendación de
que se hiciera “las preguntas de las partes y repreguntas que biere que combienen
y de la hedad avilidad y suficiencia de los pretensores al dicho cacicazgo y de
otros principales o de los yncorporados en el o señalados polla tassa con
testimonio de quien quedó nombrado en ella y por que orden an subcedido
después acá y si en esse distrito subceden embras en los cacicazgos por falta de
varón”.
El litigante don Martín Marcos Sánchez Pancatil, figura en el segundo legajo
como hijo legítimo de Miguel Marcos y de Gracia Sánchez, cacica principal;
Gracia fue hija de don Gaspar e hijastra de la difunta cacica María Pancatil.
Los testigos presentados por Martín Marcos (AHN-foja 6) aseguraron que en
“este corregimiento por falta de varones suceden las hembras en los cacicazgos
como sucedieron las dichas doña María Pancatil y doña Gracia Sánchez su hija”.
Según los autos, doña Gracia a igual que su marido, jamás obtuvo el titulo de
cacica, de ser así figurarían en los alegatos.
Fuera de las probanzas y los testigos presentados por los dos pretendientes al
cacicazgo, se efectuó el Informe de Oficio, siempre muy importante, pues para él,
buscaban indios viejos e imparciales que daban su testimonio sobre el caso. En la
ciudad de Piura a ocho días del mes de Abril de 1693, ante el Corregidor y Justicia
Mayor de la ciudad, se llevó a cabo la Información de Oficio (fojas 23-24).
Los testigos fueron, don Pablo de la Chira, cacique principal de las Parcialidades
de la Chira, Tangarará el menor, del pueblo de Catacaos y de la de Camacho en
Colán; don Juan Ignacio, don Miguel Gerónimo, don Joseph Lara, don Agustín
Ata y don Pedro Vise, indios principales. Dijeron todos que don Miguel Marcos,
como marido de doña Gracia Sánchez, gobernó el cacicazgo en nombre de su
mujer y que doña María Pancatil fue cacica, pero que no lo poseyó de derecho,
pues le correspondía a Juan de Nonura, nieto de Martín de Nonura, a pesar de
haber sido hijo natural, “como lo an sido de otros cacicazgos de diferentes hijos
naturales como lo fue don francisco mecache, cacique de la parcialidad de
mecache en el pueblo de catacaos auiendo sido hijo natural porque a falta de
Iexitimo heredan los naturales” y que a “falta de varones suceden hembras en los
cacicazgos de este distrito”.
En apoyo de don Damián de Nonura dijeron que era “ladino i de buenos
procederes i costumbres sin que nunca se a dado mala nota de su persona i que
por su buena capacidad” merecía el gobierno de la parcialidad.
Desgraciadamente; el expediente está incompleto y no sabemos cual de los dos
pretendientes obtuvo el título de cacique de la Punta de la Aguja, Nonura y
Pisura.
La principal información que proporciona este manuscrito, es la declaración
unánime de los testigos del Informe de Oficio, sobre los derechos de los hijos
naturales, rezago de las costumbres de épocas anteriores. Otros datos que vienen
a corroborar con los ya señalados en documentos anteriores son: la capacidad
para el mando, requisito innegable, con su correlativo lógico de despojo a
menores de edad, la posibilidad de heredar por líneas femeninas y la existencia
de cacicas.
EL CACICAZGO DE LAMBAYEQUE Y FERREÑAFE
El último expediente que vamos a estudiar corresponde a los autos que siguió
don Juan Nicolás Faizo Farrochumbi, Gobernador de las armas del pueblo de
Lambayeque en el corregimiento de Saña, contra don Eugenio Victorino
Temoche Farrochumbi, Cacique principal y gobernador del mismo pueblo de
Lambayeque, sobre el mejor derecho al goce y tenencia del cacicazgo. El 11 de
Mayo de 1765, la Real Audiencia de Lima, mandó amparar en su posesión a don
Eugenio Temoche y ordenó que la causa se recibiese a prueba.
Se trata de un largo litigio, que con intervalos habían sostenido desde el siglo
XVII, dos ramas de una misma familia. Con alternativas habían poseído cada una
de ellas el curacazgo, demostrando un odio implacable y una tenacidad para
defender sus derechos. Los cuantiosos salarios y beneficios eran, fuera de los
honores debidos al rango, los acicates de tan tenaz rencilla. El expediente que se
haya en el Archivo Histórico Nacional de Lima, es sólo una parte, Rubén Vargas
Ugarte ha estudiado varios manuscritos en la antigua Biblioteca Nacional,
relacionados con el mismo pleito (39). Por ser un litigio de fines de siglo XVIII, ya
la tradición antigua se ha perdido por completo, no queda nada de las pasadas
costumbres de elección y eficiencia del candidato. Lo más interesante es lo
relacionado con los primeros años de la conquista y las noticias que concuerdan
y amplían los datos de la crónica de Cabello sobre el curacazgo de Lambayeque.
La historia de los Señores de Lambayeqeu, es quizás después de la de los Incas,
la que mejor se conoce. Se inicia con la llegada en unas balsas, desde el norte, del
legendario reyesuelo Naymlap, con su corte y su refinado séquito. No vamos a
narrar toda su his-
(39) Rubén Vargas Ugarte. Los Mochicas y el cacicazgo de Lambayeque. Actas y Trabajos
Científicos del XXVII Congreso Internacional de Americanistas, vol. 2, pp. 475-482. Lima.
toria, tras el gobierno de once curacas, le tocó el mando a Fempellec, último
representante de su estirpe, que cometió el sacrilegio de querer mover el ídolo
principal de su adoratorio; por castigo de los dioses, se inició un diluvio de treinta
días, seguidos de un año de esterilidad y hambruna. Para aplacar a la divinidad,
decidieron los sacerdotes prender al régulo y atado de pies y manos, lo aventaron
al profundo mar. Con su muerte terminó la primera dinastía de los Señores de
Lambayeque (40).
Después de un tiempo, que es imposible decir cuanto duró, se apoderó de este
valle un poderoso tirano, llamado Chimo Cápac y al someterlo, puso por cacique
a Pongmassa, natural de Chimor (41).
Durante el gobierno de Oxa, nieto de Pongmassa, tuvieron noticia en
Lambayeque del auge de los Incas y de la llegada por primera vez de los
cuzqueños a la provincia de Cajamarca. Suceso que tuvo lugar durante el reinado
del Inca Pachacutec, cuando su general y hermano menor Cápac Yupanqui
incursionó en la sierra norteña, aproximadamente en el año de 1430 (42). Estos
hechos no significan que la conquista de la costa haya tenido lugar en ese
momento, mientras gobernaba Oxa, como lo suponen Vargas ligarte y Means
(43). Hay un abismo entre tener noticias del poderío de un país y el ser
conquistado por él, por otra parte, la dominación incaica de la costa norte fue de
corta duración y no dejó huellas profundas.
A Oxa le sucedió un hijo suyo. llamado Llempisan y luego Chullumpisan, sin
decir el cronista si era hijo o hermano del anterior. Seguramente durante el
gobierno del primero, es que tuvo lugar la conquista de Lambayeque por los
Incas. A Chullumpisan, heredaron sus dos hermanos por turno; según Cabello,
la tradición les imponía a los curacas tales ayunos que les minaba la salud y
morían pronto. Eso explica, al decir del cronista, el hecho que se sucedieran con
frecuencia en el gobierno los hermanos, sin percatarse que este orden de sucesión
obedecía a la tradición y costumbre de la Costa Norte.
El tercer hermano que heredó el curacazgo fue Fallenpisan, según Cabello (44)
tenía por otro nombre Efquenpisan, en esa época se inició el pleito entre Huáscar
y Atahuallpa. Temiendo Huáscar que su hermano en el norte principiara a
convocar gente, llamó a los caciques y señores principales al Cuzco, para
asegurarse su lealtad. Es así que Fallenpisan se dirigió al Cuzco, donde se
encontró con una deuda suya, llamada Chestanxecfuin que estaba al servicio de
la Coya Raura Ocllo, madre de Huáscar. En ella tuvo un hijo llamado Cuzco
Chumbi, nombrado así por el lugar donde fue engendrado, andando el tiempo
fue el primer curaca cristiano de Lambayeque.
No tardó en morir Fallenpisan, ya que, a la llegada de los españoles a estas tierras
en 1531, era cacique su hijo mayor Xecfuinpisan. Los conquistadores, después de
fundar la ciudad de San Miguel de Piura, emprendieron su marcha hacia el sur;
llegados al valle de Jayanca, descansaron en él un tiempo, dando lugar a que los
principales de los valles comarcanos, acudieran a darles la bienvenida, entre ellos
estaba Xecfuinpisan. Los enemigos del cacique aprovecharon y lo mataron,
prendiendo fuego a su toldo mientras dormía, en represalia por haber dado la
obediencia a los cristianos. El curaca pensaba valerse de los conquistadores de
temor a la venganza de sus deudos, después de haber asesinado a sus hermanos,
con el fin de apoderarse del mando.
Vargas Ugarte nos da los nombres de los hermanos muertos por Xecfuinpisan,
ellos fueron Chalan, Soltanta y Atloc. El sucesor de Xecfuinpisan no fue ni su hijo,
ni los descendientes de sus hermanos asesinados, sino el quinto hermano, Cuzco
Chumbi, que se había librado de la crueldad de su hermano por estar quizás en
el Cuzco o ser demasiado joven. Las intrigas por las sucesiones y la posibilidad
que tenían los hermanos de heredarse unos a otros, fomentaban estos crímenes.
Cabello nombra a Cuzco Chumbi como el primer cacique cristiano, y recibió con
el agua del bautizo el nombre de Pedro, le sucedió en el mando, su hijo don
Martín Ferrochumbi, del cual se decían descender la rama de los Temoches, que
pretendían, a fines del siglo XVIII, el curacazgo.
Estos datos concuerdan con las noticias del expediente del Archivo Nacional, en
él, don Martín Farrochumbi el viejo, Cacique del Repartimiento, es nombrado
como “descendiente de Cosco, hijo quinto de Falencian”. A fojas 86 del mismo
manuscrito se lee “que don Martin Farrochumbi inmediato descendiente de
Cosco primero casique Christiano al tiempo de la Conquista y entrada de los
españoles en esta América”.
En el documento citado por Vargas Ugarte, los Faizo, una de las dos ramas en
litigio se decían descender de Falenpincial, equivalente según Vargas Ugarte de
Fallanpisan que cita Cabello. Le siguió en el mando su hijo primogénito
Efuichumbi y luego Chucullulli, su hijo que por haber recibido a los españoles
fue asesinado por los caciques de los demás valles. Posiblemente Efuichumbi y
Chucullulli hayan sido un solo personaje, el mismo que Cabello señala como
Xecfuinpisan. Quizás esta confusión la crearon los pretendientes al cacicazgo en
el siglo XVIII, con el objeto de apoyar su origen de un hemano mayor.
Para más claridad veremos la genealogía de los curacas de Lambayeque, según
Cabello y luego según el documento de Vargas Ugarte, así como los datos que
aporta el manuscrito del Archivo Nacional, que se complementan el uno al otro.
En el manuscrito del Archivo Nacional, don Eugenio Victorino Temoche, llegó
en 1765 a obtener el cacicazgo a prueba. Los documentos publicados por Vargas
Ugarte datan de 1715, y contienen una cédula Real Posterior, fechada en Madrid
el 15 de julio de 1787, en la que se procede a pronunciar sentencia de revisita
sobre la posesión y propiedad del cacicazgo, en el que se manda que la Real
Audiencia pronuncie su sentencia de revisita.
Este embrollado e interminable juicio entre los Faizos y los Temoches, las dos
ramas rivales, se remonta a la época de los primeros caciques cristianos, ambas
familias se increparon y acusaron de presentar documentos falsos.
Para la mayor comprensión de la complicada disputa, nos limitaremos primero
a ver los derechos de los Temoches, tales Como se desprenden del manuscrito
del Archivo Nacional, pruebas que le valieron al litigante su título de cacique
provisional.
Don Martín Farrochumbi, el viejo, tuvo de su mujer legítima doña Leonor Panel,
una hija Ana Nipo, nacida en 1573 y tronco de los Temoches del siglo XVIII. En
otra mujer llamada Ana Cocras, fue padre de Gonzalo Quisquís Farrochumbi,
hijo bastardo, que obtuvo el cacicazgo en 1593, rama que dio origen a los Faizos.
Ana Nipo, no se opuso a la herencia de su hermano, ya que fue la segunda esposa
del curaca de Jayanca, Mórrope y Pécora, don Lorenzo Quesquen Soli, y sus hijos
pertenecieron a la parcialidad de Jayanca. Mas luego veremos cómo el mismo
Eugenio Victorino, reclamó y recibió el cacicazgo de Jayanca en 1771, basando
sus derechos en este matrimonio.
A Gonzalo Quisquís Farrochumbi, le sucedieron en el cacicazgo de Lambayeque
y Ferreñafe, su hijo Martín y su nieto Pedro. Este último, según los documentos
de los Temoches murió sin descendencia. En el litigio por la sucesión de Pedro,
obtuvo el curacazgo Mariana Farrochumbi, de la rama rival. Varios años duró el
pleito y terminó el 19 de Diciembre de 1650, al recibir doña Mariana el título de
cacica, después de la sentencia definitiva dada por la Real Audiencia y el
Excelentísimo Señor Conde de Salvatierra, como hija legítima y heredera de
Martín Farrochumbi el mozo, hijo a su vez de Ana Nipo (foja 81) que lo fue
asimismo de don Martín el viejo.
La cacica doña Mariana recibió los servicios, salarios y beneficios de chacras que
por ordenanzas le correspondían (fojas 42 y 46) y pacíficamente transcurrió su
largo gobierno. De su marido don Pedro Quepso tuvo una única hija doña
Josepha, que casó con Juan Temoche, cacique de Catacaos. A la muerte de doña
Mariana, le sucedió en el curacazgo, su nieto Juan Bernardino Temoche
Farrochumbi, abuelo del litigante don Eugenio Victorino. Estando en posesión
del cacicazgo, Juan Bernardino, entabló pleito con Agustín Faizo, al final del cual
quedó el primero desposeído.
Agustín Fayzo fue entonces curaca hasta 1742. Al final de su vida firmó un
codecillo, ante el escribano don Domingo de Cosío, oponiéndose a que su hijo
sucediera en el cargo y cediendo sus derechos a favor de Carlos de la Chira
Temoche, hijo del despojado don Juan Bernardino. Con el objeto de terminar esta
querella, a la muerte de don Agustín, una junta de notables indios de
Lambayeque, decidió devidir el curacazgo de Ferreñafe de Lambayeque, y
otorgar el cacicazgo de Ferreñafe a Nicolás Fayzo, hijo del difunto cacique, y dar
el de Lambayeque a Eugenio Victorino Temoche, hijo de Carlos de la Chira. Se
llevó a cabo esta transacción ante el escribano Sebastián de Polo y Ardanar, pero
cuando Nicolás Fayzo en 1751, se dirigió con el Corregidor a tomar posesión del
cargo, los indios armaron un tremendo tumulto e impidieron que se verificara el
acto (45).
Don Eugenio alegó entonces que no se podía separar Ferreñafe del cacicazgo de
Lambayeque, por ser tradición inmemorial estar esos dos lugares unidos bajo un
mismo cacique. Así es como en 1765, don Eugenio Temoche recibió de la Real
Audiencia de Lima, la posesión a prueba del cacicazgo, aquí termina el
expediente del Archivo Nacional.
No quedaron allí las ambiciones de don Eugenio Victorino, en otro manuscrito
del Archivo (46), lo encontramos de cacique de juyanca, y Mórrope, titulo que
obtuvo después de litigar con el cacique del lugar, don Lorenzo Cususoli. Sin
embargo, los indios del lugar, se opusieron tenazmenle a que tomara posesión
del curacazgo un intruso, mientras su cacique legítimo estaba ya ocho meses en
la cárcel. Al Ilegar el Corregidor con don Eugenio a la toma de posesión, se aunó
tal alboroto que no se efectuó la ceremonia. Los indios siguieron un auto contra
el Corregidor de la provincia de Saña, don Tomás Domínguez, para revindicarse
de los cargos que se les hacía, en el documento se lee la siguiente reflexión: “que
si el Justicia Mayor se huviese manejado con el tino que piden diligencias tan
delicadas, como las que hiva a practicar y no huviese procedido en Jayanca con
el desarreglo y menos conducta que manifiesta en su carta de 20 de Febrero, no
hubiera acaso experimentado ni el dessaire, ni la turbulencia que verificó con su
llegada a Mórrope. Pues los indios, mas les persuade el amor, el respeto con que
miran a los superiores y la dulzura en el trato que el terror, la violencia y aspereza
en la execución de las órdenes y menos que todo los azotes de que se valió para
expedir la diligencia en jayanca”.
Según los documentos de la antigua Biblioteca Nacional, los Faizos negaron sus
derechos a don Eugenio Victorino, sobre el cacicazgo de Lambayeque y
Ferreñafe, alegando que el cacique Martín Farrochumbi, el viejo, no fue cacique
por derecho propio sino por su mujer Ana Cocras, por ser ella hija del cacique
gentil Chucullulli, el que fue asesinado por sus émulos, al dar la bienvenida a los
españoles. Reclamaban un derecho que les venía, según ellos por hembra, hija de
un hermano mayor. Cuando murió don Martín, el viejo, pretendieron la herencia,
su hijo bastardo Gonzalo Quisquís Farrochumbi, y don D. de Asabache, hijo
bastardo del cacique gentil Chullulli, confiriendo la Real Audiencia el título a
Gonzalo.
Don Eugenio Victorino Temoche, debió conservar su cacicazgo, a pesar de las
continuas querellas que interponían la rama rival de los Faizos. En 1803, don
Isidro Vilca, Procurador de Naturales de la Real Audiencia, pedía a Su Excelencia
que se librara el título de cacique y gobernador del pueblo de Lambayeque a don
José Dámaso Temoche, hijo legítimo del finado cacique don Eugenio (47).
Seguramente don José Dámaso, fue el último pretendiente al curacazgo de
Lambayeque, con él termina una larga lista de sus señores naturales, cuyo origen
arranca de los tiempos más remotos. Pocos lugares de América podrán ostentar
una lista más completa de gobernantes.
Al ocuparnos de los caciques de Lambayeque, pondremos unas lineas sobre los
curacas de Jayanca, Pácora y Mórrope. El padre Rubiños ha escrito una confusa
historia, compuesta en 1782 sobre los caciques de este lugar y sus luchas contra
sus vecinos de Cajamarca (48).
Enrique Brünning publicó un árbol genealógico de la familia (49) Piuconsoli, que
gobernaba Jayanca, pero el mismo autor pone en duda la autenticidad de sus
fuentes. Posiblemente uno de los últimos caciques fue don Gaspar Casusoli, que
en 1800, elevó una petición por intermedio del Procurador de Naturales, para que
se deslindasen sus tierras cacicales (50).
De los documentos estudiados se puede apreciar como hechos interesantes, la
reunión de los indios principales de Lambayeque, que decidieron dividir el
cacicazgo y la expresión espontánea de repudio del pueblo, hacia un cacique que
no era legítimo. Era lo único que podía hacer el indio para demostrar su
desaprobación y su desacuerdo ante un nombramiento indebido, y lo
manifestaron alborotadamente, llegando a impedir que el intruso tomara
posesión de su cargo.
CACIQUES QUE GOBERNARON LAMBAYEQUE
1a Dinastía
Naimlap
Cium
Escuñain
Mascuy
Cuntipallec
Allascunti
Nofan nech
Mulumuslan
Llamecoll
Lanipat-cum
Acunta
Fempellec
Inter regnum
2a Dinastía Chimú Caciques Gentiles
Pongmassa
Pallesmassa
Oxa (tuvo noticia de los Incas - 1430?)
Llempisan
Chullumpisan
Cipromarca
Fallenpisan, por otro nombre Efquen Pisan, cacique durante el gobierno
de Huáscar.
Xecfuinpisan, cacique a la llegada de los españoles.
Caciques Cristianos
Pedro Cuzco Chumbi.
Martín Farrochumbi, el viejo.
Gonzalo Quisquís Farrochumbi, cacique en 1593. de la línea Faizo, su
madre fue Ana Cocras, hija de Chullulli.
Martín Farrochumbi (línea Faizo).
Pedro Farochumbi (línea Faizo).
Mariana Farrochumbi, Cacica en 1650 (línea Temoche).
José Temoche (nieto de la anterior, perdió el cacicazgo en 1714).
Agustín Faizo, cacique de 1714-1742.
Eugenio Victorino Temoche, cacique a prueba en 1765.
José Dámaso Temoche, reclamó el cacicazgo en 1803.
ASCENDIENTES DE DON EUGENIO VICTORINO TEMOCHE
Cosco, primer cacique cristiano.
|
Martín Farrochumbi, el viejo, cacique, casó con Leonor Panel.
|
Ana Nipo, nació en 1573, casó con Lorenzo Quesquen Soli, cacique de Jayanca.
|
Martín Farrochumbi.
|
Mariana Farrochumbi, casó con Pedro Quesque, cacica en 1650.
|
Josepha Quespe Farrochumbi, casó con Juan Temoche.
|
Juan Bernardino Temoche Farrochumbi, cacique de Lambayeque y Ferreñafe.
|
Carlos Temoche Farrochumbi.
|
Eugenio Temoche Farrochumbi.
LOS REGULOS DE CHIMOR
En este estudio sobre los curacas de la Costa Norte, no podemos dejar de
mencionar, a los régulos de Chimor, que en la antigüedad fueron los amos de la
región.
Según un fragmento de una crónica anónima, hallada por el padre Ruben Vargas
Ugarte y detenidamente estudiada por John H. Rowe (51), el fundador de la
dinastia Chimú fue Taycanamo, forastero que llegó en unas balsas a esas costas
y se avecindó en ellas, enviado por un gran señor. Con el tiempo logró hacerse
aceptar por régulo con el nombre de Chimor Cápac (52). Le sucedió su hijo
Guacri-caur y luego su nieto Nañcen-pinco, que conquistó el valle hacia la
cabecera de la sierra, y por la costa desde Mayao en el actual río Santa, hasta
Pacasmayo. Según los datos que trae Cabello y el Anónimo, Rowe llega a fechar
aproximadamente las conquistas de Nañcen-pinco como teniendo lugar en 1370
y por lo tanto coloca los principios de la dinastía, en la primera parte del siglo
XIV.
Le siguieron seis caciques, el último. Minchangaman dominó los pueblos de
Carabayllo a Tumbes, en cuyo tiempo bajó del Cuzco, el Inca Tupa Yupanqui,
que conquistó los llanos. Minchangaman fue llevado prisionero al Cuzco, y en su
lugar puso el Inca a un hijo del régulo Chimu, llamado Chumun-caur. Según
Feyjoo de Sosa, este señor se había casado con una hija de Inca Yupanqui, de
donde descendieron los Chayhuac, caciques de Mansiche y Huanchaco, durante
el Virreinato.
A la muerte de Chumun-cuar, heredó el gobierno de Chimor, su hijo Guaman-
chumo y luego su nieto Ancocuyuch, en cuya época estaban, los pueblos de la
costa, divididos por cacicazgos “poique como hiban multiplicando hijos, acian
particiones entre ellos y dieron a cada pueblo su cabeza, con beneplácito del
Ynga". ¿Cuántos curacas costeños descenderían de los régulos de Chimor?
A la muerte de Ancocuyuch, le sucedió en el señorío, su hermano Caja-cimcim,
durante su gobierno entraron los españoles al Tahuantinsuyu, y el cacique se hizo
cristiano con el nombre de don Martín. Termina la crónica diciendo que le
sucedieron seis curacas, hasta don Antonio Chayhuac en 1604, fecha que tenía el
documento.
En la Relación de Miguel Feyjoo de Sosa, menciona en 1550 (53) a don Antonio
Chayhuac, como cacique de Mansiche y descendiente del régulo Chimu,
Chumuncaucho. En un padrón de indios de 1652 (54) figuran cuatro
parcialidades, la una de Mansiche y Huanchaco, con don Salvador Chayhuac de
cacique, la de doña Ana Guamanchumo, la de don Miguel Guamanchumo, estos
dos caciques llevaban el nombre de un régulo de Chimor, y la cuarta de Joseph
de la Torre Ocxaguaman, nombre de ilustres curacas, como veremos luego.
En 1763, era cacique de Trujillo, con título librado por el Superior Gobierno, don
Antonio Chayhuac, residente en Lima y descendiente legítimo de Chimu. Don
Antonio no tenía hijos y durante su ausencia de Trujillo, era gobernador su
hermano don Francisco Solano, quien era casado con una india noble de
Cajamarca, doña Juana Céspedes Tito Yupanqui. Aparte de estos dos indios
nobles, vivían en ese entonces en el pueblo de Mansiche una india doña
Augustina Chayhuac, que dejó descendencia y a quien le venia de derecho, según
parece, el curacazgo.
Entre los manuscritos de la Biblioteca Nacional, existen dos expedientes
relacionados con don Francisco Solano, ambos de 1769 (55). En el uno, don
Francisco Solano Chayhuac Casamusa, sucesor al cacicazgo de los pueblos de
Mansiche y Huanchaco del valle de Chimu, presentó una petición para que no
interviniera don Pedro Echevens en el juicio por su herencia. El documento es
una prueba más de la morosidad de eslos litigios, y de la situación a veces
precaria y angustiosa de los litigantes. A pesar de haber fallecido hacía ya cuatro
años el anterior cacique, y ser hermano el sucesor, aún no fallaba la Real
Audiencia. En el pleito se le había interpuesto Lorenzo de la Concepción
Gutiérrez, que anteriormente había litigado con el curaca difunto y que tenía el
apoyo del Corregidor de Trujillo. Don Francisco sufrió diversos vejámenes de
parte del Corregidor, como ser paseado sobre una mula por las calles de la
ciudad.
El segundo documento es un pleito sobre tierras que pertenecían a los Chayhuac
en el pueblo de la Magdalena del Cercado, en los Reyes, y que contiene dalos
sobre los caciques del lugar y los del valle de Amancay.
No podemos dejar de mencionar entre los curacas de la Costa Norte a los
Morachimos, según Feyjoo de Sosa (56), descendían por líneas femeninas del
regulo Chimoy y eran señores de Santiago de Cao, distante seis leguas de Trujillo.
Ese mismo autor asegura que el apellido de Mora lo lomaron por haber sido uno
de ellos ahijado del conquistador y encomendero don Diego de Mora, el legítimo
apellido de la familia era Oxaguaman.
En 1578, los caciques de la región de Trujillo entablaron una querella a sus
encomenderos, pidiendo la devolución de los tributos. El año anterior, grandes
lluvias y avenidas habían arruinado la región, sembrando la miseria en los valles
y empobreciendo en extremo a los indios. En ese entonces era cacique de
Mansiche don Pedro Oxaguaman. algunos años más tarde, en 1585, figura como
cacique don Juan de Mora de la encomienda de don Diego, seguramente fue el
primero que adoptó el apellido Mora (58).
John Rowe y Fernando Silva Santisteban (59) han estudiado al miembro más
distinguido de la familia, se trata de don Vicente Morachimo, cacique de varios
pueblos. Don Vicente consiguió permiso para viajar a España en 1721, como
Diputado General de los Caciques principales y Procurador General de los
Naturales. En la Península imprimió diversos memoriales sobre los tremendos
abusos cometidos por los corregidores, curas y visitadores con los indios. Rowe
considera a Don Vicente como una figura precursora del movimiento indígena
del siglo XVIII.
Las escuetas noticias sobre los caciques de Trujillo, se podrían ampliar si se
llevara a cabo un exhaustivo estudio de archivos y titulos de propiedad de la
región, se complementarían quizás los datos existentes.
CONCLUSIONES
En el estudio de las sucesiones de los Curacas del litoral norteño, a pesar de
referirse los documentos a la época virreinal, por medio de las averiguaciones e
informaciones, se obtienen datos del tiempo inmediato anterior a la conquista
española y se pueden conocer los rezagos de las costumbres pre-colombinas.
Algunas tradiciones fueron comunes a todo el Tahuantinsuyu, similitudes que
podían tener origen en las tendencias raciales, en los intercambios culturales y
quizás en los aportes de edades pretéritas, ya olvidades, que marcaron cierta
hegemonía en un pasado lejano. Pero al lado de estas similitudes y rasgos
semejantes a todos los lugares del antiguo Incario, surgen diferencias que
muestran que las tradiciones no eran las mismas en todo el territorio. En sus
dilatados dominios los cuzqueños no habían logrado imponer aún una
uniformidad. Las diferencias tenían que existir en tan vasto Imperio, cuyos
pueblos pertenecían a diversas culturas e influencias. Además, el carácter
explosivo y reciente de la dominación incásica no había unificado, ni dado una
hegemonía a sus recientes anexiones, hegemonía seguramente deseada por sus
soberanos. En tal sentido fueron las reformas del Inca Pachacutec, cuando en su
afán de conseguir esa unidad, impuso el idioma quechua o “runasimi” a todos
los habitantes de sus dominios, y estableció una importante red de caminos que
unían entre sí los pueblos más apartados. Por último, ordenó la generalización
del culto solar, por encima de los numerosos dioses y adoratorios locales.
Indudablemente éstos fueron los primeros esfuerzos hacia la realización de la
unidad y la formación de un Estado.
Antes de analizar las similitudes y las diferencias entre las sucesiones cuzqueñas
y las de la Costa Norte, veremos someramente la opinión de los escritores que se
han ocupado del tema. Basadre (60) encuentra en la herencia de los curacas, una
diferencia entre la herencia de los bienes y la sucesión en el poder. Apoyándose
sobre las crónicas de Santillán y de Castro y Ortega Morejón. estima que no
siempre resultaron favorecidos los hijos o hermanos del difunto; el Inca
nombraba al que le parecía el más hábil o al más esforzado servidor. Para Means
(61), la herencia entre los señores costeños, no se regía por la primogenitura, ellos
escogían a sus sucesores entre sus hijos o hermanos, según el que de ellos se
mostrara ser más hábil.
Sally Falk Moore (62) sostiene que había cierta confusión en las costumbres de
herencia, confusión agravada por las “Informaciones”. El punto de vista de la
Corona Española, era sostener que tanto los Incas como los curacas, no eran los
legítimos señores, pues con tal declaración robustecían los derechos Reales a sus
posesiones en las Indias. Según la misma autora, las contradicciones se debieron
a varios factores, que son: las variaciones regionales de las leyes de la herencia,
la no especificación de la persona a quien le venía de derecho la sucesión y por
último el fuerte motivo de los españoles en demostrar la carencia de derechos de
los elegidos.
No sólo existió en efecto la tendencia española de crear un derecho al Rey, sobre
las tierras de Indias, sino que las costumbres locales confundieron no poco a los
europeos del siglo XVI, tan imbuidos de los principios de primogenitura, de
bastardía y de complicados árboles genealógicos. No supieron comprender
costumbres tan diferentes a las que estaban habituados; por eso los cronistas se
ofuscaron ellos mismos y nos legaron una serie de datos contradictorios.
La característica general en los dominios del Inca, era la eficiencia; medida que
tenía como resultado lógico la elección del más capacitado para el cargo, y el
despojo de los menores de edad. Indudablemente, tanto los incas como la Corona
española apoyaron en los curacazgos a las personas más adictas a ellos; bajo este
aspecto, los españoles y los Incas, siguieron la misma política. En el caso de surgir
un litigio entre los pretendientes, tenía que ser designado el que más garantias
ofrecía al gobernante.
Para tener un punto de comparación veremos brevemente las tradiciones de los
Incas, de las que nos hemos ocupado detenidamente en otras ocasiones y las que
al mismo tiempo servirán de comparación con las sucesiones en los valles del
litoral norteño (63).
En el Cuzco, la ley de sucesión del soberano, había sufrido transformaciones a
medida que lu Confederación fue adquiriendo predominio sobre sus vecinos. Las
leyes que eran buenas para el jefe de unos cuantos ayllus, no podían ser las
mismas que se siguieron aplicando en las sucesiones imperiales. En los albores
de la Confederación Inca, la elección del Sinchi o jefe electo para la guerra, tenía
un fin militar, él conducía los ayllus a la conquista de nuevas tierras, los primeros
soberanos fueron seguramente de este tipo.
A medida que el Sinchi afianzaba su poder, prevaleció la tendencia a dejar el
mando a uno de sus hijos. Al no existir primogenitura, ni bartardía, surgió entre
los numerosos hijos del Inca, una rivalidad, que daba origen a intrigas y
disturbios a la muerte de cada monarca.
Por ese motivo tuvo cada vez mayor preferencia un hijo habido en la Coya, mujer
con quien se desposaba el soberano el día que recibía la “mascapaicha” (64).
Durante el gobierno de Inca Roca, surgió otra medida cuya finalidad fue suprimir
los desórdenes a la muerte del soberano, ello fue la práctica del correinado del
hijo elegido para suceder a su padre, elección que podía ser revocada. Esta
asociación del príncipe heredero al reinado paterno, permitió a Tupa Yupanqui
continuar sin tropiezos el brillante gobierno de su padre. Posiblemente con el
objeto de fortalecer aún más el derecho de los hijos de la Coya, surgió con el
apogeo del Imperio, la práctica del incesto real, como una medida más para evitar
los disturbios y asegurar la tranquilidad de las sucesiones.
En el Estado Inca, esencialmente patriarcal y guerrero, las sucesiones fueron
siempre de padres a hijos, o de una generación a otra, no tenemos noticias de
herencia a hermanos, tampoco existió la herencia a la “mascapaicha” por líneas
femeninas.
En esta revisión muy esquemática de las sucesiones entre los ayllus Incas, se
puede apreciar los rasgos en común que poseían los Cuzqueños con la Costa
Norte y son: la falta de una ley fija de sucesión, la práctica del “más hábil”, cierta
electividad entre los posibles candidatos, la carencia de primogenitura y de
bastardía.
En cambio, las diferencias con el litoral norteño y una de sus características más
notables, fue, primero, que la herencia podía pasar al hijo o al hermano del
difunto. En el documento de Reque, los tres hijos de Cuncu Chumbi, heredaron
por turno el cacicazgo de Callanca, mientras el mayor quedó en Reque, no
contentos con los hermanos de padre, sucedió igualmente un hermano de madre.
Entre los señores de Lambayeque, antes de la conquista, gobernaron
sucesivamente tres hermanos, hijos de Llempisan, por último, Xecfuinpisan,
mató a sus tres hermanos para apoderarse del cacicazgo, a su muerte, le sucedió
el quinto hermano, en lugar de los hijos de los hermanos asesinados. Según la
crónica Anónima de Chimor, el régulo Caja-cimcim, sucedió a su hermano. En el
curacazgo de la Punta de la Aguja en Sechura, Martín de Nonura, sucedió a su
hermano Juan, a pesar que éste dejó varios hijos.
Otra particularidad de los yungas, era la herencia del cacicazgo por líneas paterna
o materna. No hay mención de cacicas en Chimor, ni en Lambayeque anteriores
a la llegada de Pizarro, en cambio en la región de Piura, en Catacaos, Colán y
Menon, existieron las capullanas y gobernaron ellas mismas sus cacicazgos, hasta
en los primeros tiempos de la conquista.
En el documento de Lambayeque, al prolongarse el litigio entre las dos familias
que se disputaban el cacicazgo, en una reunión de indios principales decidieron
dividir Ferreñafe de Lambayeque, y crearon un curacazgo separado. Carecemos
de mayores datos para apreciar la influencia que podían ejercer un grupo de
señores en una comunidad. En el manuscrito de Reque, los principales del lugar,
en los primeros años después de la conquista, se reunían y de. signaban al sucesor
del curaca fallecido, quizás ejercían esa función sólo cuando se trataba de
menores de edad o si el elegido se mostraba incapaz, como en el caso de Edeco,
el principal de los cocineros.
Los datos que citamos, muestran las diferencias de costumbres en los diversos
valles y que no existió en el Incario, una uniformidad como aparentan ciertos
cronistas. La dominación cuzqueña en el norte, duró muy poco tiempo, y
seguramente los soberanos toleraron las tradiciones locales, mientras no fuesen
un peligro para su autoridad. Asi las leyes incaicas vinieron a yuxtaponerse a las
costumbres regionales, como los antiguos dioses, siguieron existiendo a pesar del
culto solar.
APENDICE
ARCHIVO NACIONAL DEL PERU
Legajo N9 43. — Cuaderno 39.
Año: 1595. — N° de hojas útiles: 189.
Autos originales seguidos por don Gabriel Yalan, sobre propiedad del Cacicazgo
del pueblo de San Martín de Reque, encomienda de doña Ana de Velasco, vecina
de la Ciudad de Trujillo; con la información que por orden de la Real Audiencia
levantó don Sancho de Marañón, Corregidor de la Villa de Zaña, sobre la legítima
sucesión del referido Cacicazgo.
Clasificación: Derecho Indígena y Encomiendas.
Págs. 59 - 74.
INTERROGATORIO
(Fojas 59).
Probanza de don Gabriel Martín.
Por las preguntas si pueden sean examinados los testigos que fueren presentados
por parte de don Gabriel Martín Cacique del Pueblo de Reque, en el pleito que
sigue sobre su Cacicazgo.
Primeramente sean preguntados los testigos si conocieron al suplicante, Cacique
principal que fue de este repartimiento de Reque y a don Martín Efquen Zela su
hijo y si conocieron a Xancol Chumbi y a don Diego Chimoy, partes contrarias.
2.—Si saben que en tiempo de los Ingas Guáscar y Atabalipa mucho antes que
entrasen los españoles en este Reyno el dicho Sapquen Zula fue Cacique principal
y señor de este Repartimiento de Reque y le tuvo y poseió hasta que murió más
tiempo de treinta años y los testigos lo saben porque lo oyeron decir a sus
mayores y tienen noticia de ello digan.
3.—Si saben que el dicho Zapque Zula por su fin y muerte dejó la sucesión del
dicho Cacicazgo a su hijo Efquen Zula habido en su mujer legítima en su ley
llamada Chupsup que a la sazón quedó pequeño y encomendado a los indios y
principales de esto pueblo le criasen por tal sucesor y Cacique y quisiesen y
mirasen por él; digan.
4.—Si saben que habiendo quedado niño pequeño el dicho Efquen Zula los
Caciques del pueblo de Callanca que es distinto repartimiento enviaron a Xancole
Chumbi para que mano armada …zase el dicho Cacicazgo del dicho pueblo de
Reque como lo hizo y se entró en él, el cual después de haberle tenido
tiránicamente algunos años sin tener más sucesión que su tiranía llegando el
dicho Efquen Zula a tener edad para gobernar el dicho Cacicazgo los indios del
dicho pueblo de Reque mataron al dicho Xancole Chumbi y alzaron por su
Cacique y señor al dicho Efquen Zula y estando en su posesión y Cacicazgo
entraron los españoles en este Reyno del dicho Efquen Zula, dio la obediencia a
su Mageslad y se cristianó y se llamó don Martin Efquen Zula y poseyó el dicho
Cacicazgo más tiempo de treinta años, hasta que murió; digan;
5.—Si saben que el dicho don Martín Zula era casado en su ley con doña Elvira
Ella y durante el tal matrimonio criaron por su hijo legítimo al dicho don Gabriel
Martín que litiga, el cual al tiempo que el dicho don Martín su padre murió,
quedó muy niño por lo cual don Diego Chimoy que era viejo y astuto hijo del
dicho Xancole Chumbi que mataron se entró en el dicho Cacicazgo so color y
diciendo que huhia sido su padre y por ser mañoso y caviloso le favoreció
Salvador Vásquez su encomendero y a su favor de él se hizo nombrar por tal
Cacique y los testigos lo saben porque de ello tienen noticia, digan:
6.—Si saben que por el contenido en las preguntas antes de ésta el dicho don
Gabriel Martín por línea recta es legítimo señor y sucesor del Cacicazgo y le
pertenece por haber sido de su padre y abuelo y antepasados, y no del dicho don
Diego Chimoy ni de sus hijos como lo declaró en vida en dicho don Diego
Chimoy a cuya declaración asimismo se remitan, digan:
7.—Si saben que el dicho don Gabriel Martín es buen cristiano temeroso de Dios
y de su conciencia y que los indios del dicho pueblo de Reque le respetan y
reconocen por Cacique y le quieren mucho y él los trata muy bien y tiene calidad
y capacidad y suficiencia para gobernar los indios y sabe leer y escribir, digan:
8.—Si saben que todo lo susodicho es notorio pública voz y fama, digan:
AÑADIDO. — 9.—Si saben que don Diego Quesquen persona que se opuso a
este Cacicazgo por fin y muerte de su padre don Diego Chimoy es hijo adulterino
y bastardo por ser nacido durante el casamiento del dicho don Diego Chimoy y
de doña Isabel su mujer y por tal hijo bastardo adulterino es habido y tenido,
digan:
10.—Y si saben que el dicho don Diego Quesquen es indio castigado en la plaza
pública del dicho pueblo y azotado públicamente por indio vicioso y delincuente,
declaren los testigos ln causa porque le castigaron, digan:
11.—Si saben que demás de la declaración que hizo el dicho don Diego Chimoy
por ante Escribano Real cerca del Cacicazgo de Reque y la sucesión de él a su
favor del dicho don Gabriel, el dicho don Diego Chimoy por descargo de su
conciencia, en vida hizo declaración por ante los principales de que el dicho
Cacicazgo era del dicho don Gabriel y que después de su vida le alcasen y
levantasen por tal, digan: — Firmado: Don Gabriel Martín.
PRESENTACION
En el pueblo de San Francisco de Chiclayo a trece días del mes de Enero de mil y
quinientos noventiséis años, ante el Capitán Francisco de Olmo Pizarro,
Corregidor de este Partido, el dicho don Gabriel Martín, presentó este
interrogatorio de preguntas y pidió se examinen por el tenor de él, a los testigos
que por su parte fuere presentado en dicho pleito. Y por el dicho Corregidor
visto, mandó se pongan en la causa y que los testigos que presentare sean
examinados por el interrogatorio, según lo pide y así lo proveyó y firmó. —
Firmado: Francisco de Olmo Pizarro. — Ante mí: Marcos de Tudela, Escribano.
DECLARACION DE MARIA ATPEN
En el pueblo de San Francisco de Chiclayo a trece días del mes de Enero de
mil y quinientos noventiséis años para la dicha información el dicho don
Gabriel Martín presentó por testigo en esta causa a doña María Atpen, Cacica del
pueblo de Collique de la cual el dicho Corregidor recibió juramento en forma de
derecho y por lengua de don Juan Ynop intérprete nombrado por el dicho don
Gabriel Martín y así mismo por lengua de Hernando Susop y Dn. Alonso Ulse
nombrados por intérpretes por las partes la cual hizo el dicho juramento en forma
debida de derecho por los dichos lenguas y siendo preguntado por el tenor del
interrogatorio dijo que conoció a Sapquen Zula, Cacique principal que fue del
repartimiento de Reque y que era muchacha cuando lo conoció y que así mismo
conoció a don Martín Efquen Zula, Cacique natural del dicho pueblo de Reque
porque ella iba al dicho pueblo y él la recibía como Cacica y señora y la hospedaba
como tal Cacique que era como Cacique de Lambayeque y que Axalco Chumbi
no le conoció pero que ha oído tratar de él y que así mismo conoció a don Diego
Chimoy y que conoce a don Gabriel Martín Yecan y conoce a don Francisco
Llontop litigantes y que no conoce a don Diego Quesquen que es el otro litigante
y esto responde.
PRIMERA.—Y preguntado si le tocan las generales de la ley, dijo que es parienta
del dicho don Gabriel Martín que la presenta por testigo y que así mismo es
parienta del dicho don Francisco Llontop y otro litigante pero que no por eso
dejará de decir verdad en lo que supiere y le fuere preguntado y que no le toca
otra de las generales de la ley.
SEGUNDA —A la segunda pregunta, dijo que conoció a Sapquen Zula y que le
oyó decir y oyó decir que fue Cacique y señor natural del dicho pueblo y que
conoció a su hijo Efquen Zula y sabe que era hijo de Sapquen Zula y que sabe,
que el dicho Sapquen Zulan fue Cacique principal del dicho repartimiento de
Reque y sabe que lo poseyó hasta el día que murió y que no sabe cuantos años lo
poseyó pero que lo tuvo mucho tiempo hasta que murió y que esto los oyó decir
que el susodicho lo poseía desde el tiempo de los Ingas Guáscar y Atabalipa y
esto responde a esta pregunta.
TERCERA.—A la tercera pregunta dijo que lo que sabe es que esta testigo era
muy muchacha cuando el dicho Efquen Zula estaba en el dicho Cacicazgo del
Corregimiento de Reque pero que le vido estar en él y poseelle y que sabe que el
dicho Efquen Zula era hijo de Sapquen Zulan el cual le hubo en una mujer con
quien estaba casado en su ley que se llamaba Chutsup y que sabe que cuando el
dicho Sapquen Zulan murió dejó por tal su hijo al dicho Efquen Zula y que lo
dejó encomendado a los indios del dicho Repartimiento y que lo tuviesen por su
señor y Cacique y que mirasen por él y esto responde a esta pregunta.
CUARTA. — A la cuarta pregunta dijo que esta testigo a oído decir que unos
indios principales llamados Yactum que quiere decir indios belicosos fueron a
pedir por su Cacique a Xancole Chumbi al pueblo de Chaspu lo cual fue en
tiempo de Efquen Zula que le dieron el Cacicazgo a los indios Yactum y Mayen
y que sabe que no duró en el dicho Cacicazgo más tiempo de cinco o seis meses
y que los indios del pueblo de Reque no le obedecían más de algunos indios de
su parte que decían que lo tenía tiránicamente y que así no estuvo en el dicho
Cacicazgo más tiempo de cinco o seis meses, porque los indios del dicho pueblo
de Reque le mataron al dicho Xancol Chumbi y alzaron por su Cacique y su señor
al dicho Efquen Zulan hijo del dicho Sapquen Zula y que sabe que estando
poseyendo el Cacicazgo dicho Efquen Zula entraron los españoles en este Reyno
y les fue a dar la obediencia en nombre de su Magestad y se cristianó y llamó don
Martín
Efquen Zula, y que saben que poseyó muchos años el dicho Cacicazgo hasta que
murió muy viejo, y esto responde a esta pregunta.
QUINTA.—A la quinta pregunta, dijo que lo que sabe es que el dicho don Martín
Efquen Zula fue casado en su ley con doña Elvira Ella y que durante el dicho
matrimonio tuvieron por su hijo legítimo a don Gabriel Martín, que es el que
litiga y que sabe que cuando Efquen Zula murió el dicho don Gabriel Martín
quedó niño de hasta cinco años poco más o menos y que por ser pequeño el dicho
don Gabriel Martín, entró a gobernar el dicho Cacicazgo por él, don Gonzalo
Millón, su tío y que estando gobernando el dicho don Gonzalo por el dicho don
Martín, don Diego Chimoy le puso pleito al Cacicazgo, con color de decir que
había sido de Xalco Chumbi su padre y que sabe que el dicho don Diego Chimoy
fue mañoso y que por favorecerle Salvador Vásquez, encomendero del dicho
pueblo, el dicho don Diego Chimoy se introdujo en el Cacicazgo del dicho
pueblo, y esto responde a esta pregunta.
SEXTA.—A la sexta pregunta dijo que lo que sabe es que al dicho don Gabriel
Martín le viene de línea recta el ser Cacique del dicho repartimiento de Reque
por lo haber heredado su padre y abuelo y haberlo poseído ellos, lo cual sabe por
las razones que tiene dichas en las preguntas antes de ésta y porque oyó decir al
dicho don Diego Chimoy, que era el Cacicazgo del dicho don Gabriel Martín y
que no quería tener pleito con él, sino que después de sus días se entrasen en el
dicho Cacicazgo porque era suyo y le pertenecía, las cuales palabras les dijo el
dicho don Diego Chimoy a este testigo, llorando, delante de ella, lo cual fue
siendo Corregidor Francisco de Ampuero y esto responde a esta pregunta.
SIETE.—A la sétima pregunta dijo esta testigo tiene al dicho don Gabriel Martín
por buen cristiano, temeroso de Dios y sabe que los indios del dicho
repartimiento le aman y quieren y le respetan y obedecen y que el dicho don
Gabriel Martín les trata muy bien y que sabe que tiene habilidad y suficiencia
para gobernar el dicho Cacicazgo, y esto responde a esta pregunta.
OCHO.—De la octava pregunta dijo, que lo que lo que tiene dicho es pública voz
y fama y público y notorio.
AÑADIDA.—A la novena, décima y oncena, pregunta, no fue examinada en ellas
porque la parte no la presentó por testigo en más de una de las preguntas antes
de ella.
A la última pregunta dijo, que lo que tiene dicho es la verdad y lo sabe, so cargo
del juramento que hecho tiene, y en ello se afirmó y ratificó y que es de edad de
setenta años poco más o menos, y no firmó porque no supo y las dichas lenguas
lo firmaron y así mismo el dicho Corregidor. Firmados: Francisco de Olmo
Pizarro - Don Juan Intitanta - Don Alonso Ulses - Don Hernando Chusop. — Anlc
mí: Marcos de Tudela. Escribano.
DECLARACION DE JUAN SUPO SOLTANTA
En el dicho pueblo a trece días del mes de enero de mil y quinientos noventiséis
años el dicho don Gabriel Martín, para la dicha información presentó por testigo
a don Juan Supo Soltanta, principal del pueblo de Lambayeque del cual el dicho
Corregidor recibió juramento en forma de derecho por el dicho don Juan Inop y
por el dicho don Alonso Ulpe y por el dicho don Hernán, do, lenguas e
intérpretes nombrados por las partes el cual habiendo jurado en forma de
derecho y siendo preguntado por el dicho interrogatorio dijo lo siguiente:
A la primera pregunta dijo que no conoció a Sapquen Zula pero que le ha oído
decir y que también ha oído decir fue Cacique de dicho Repartimiento de Reque
y que conoció a Efquen Zula su hijo y que conoció a Xanco Chumbi y que conoció
a don Diego Chimoy y conoce a don Gabriel Martín Ycan y a don Francisco
Llontop litigante y que no conoce a don Diego Ques- quen que es el otro litigante.
Y preguntado si le tocan algunas de las generales de la ley, dijo que no le toca
ninguna.
SEGUNDA.—A la segunda pregunta dijo que ha oído decir que el dicho Sapquen
Zula fue Cacique del dicho repartimiento de Reque y en el tiempo de los Ingas
Guascal y Atalgualpa y que murió en el dicho Cacicazgo y esto sabe porque lo ha
oído decir a muchas personas, y esto responde a esta pregunta.
TERCERA.—A la tercera pregunta dijo que lo que sabe es que él conoció a Efquen
Zula hijo del dicho Sapquen Colan y sabe que le hubo en una india con quien fue
casado en su ley y que no supo su nombre de la india y que sabe que cuando sabe
que murió el dicho Sapquen Calan quedó pequeño el dicho Efquen Zula su hijo
y que el dicho Sapquen Calán dejó encomendado a los indios le respetasen y
tuviesen por su señor natural al dicho Efquen Zula, su hijo, y que como a su señor
le criasen y respetasen, y esto responde a esta pregunta.
A la cuarta pregunta dijo que sabe cómo el dicho Efquen Zula quedó pequeño, se
entró en el dicho repartimiento un indio llamado Xancol Chumbi, natural del
pueblo de Callanca y se introdujo en el Cacicazgo del dicho pueblo de Reque,
pero que los indios de él no le obedecían y que cuando tuvo edad el dicho Ef-
quen Zula para gobernar, mataron al dicho Xancol Chumbi y que a su parecer
este testigo, el dicho Xalco Chumbi estuvo dos mío:; en posesión de dicho
Cacicazgo, y que estando el dicho Efqiien Cala restituido en su posesión y
poseyendo el dicho Cacicazgo y sabe que le fueron a dar la obediencia los
españoles un indio llamado Quizu, natural del pueblo de Callanca y que asi
mismo fue con el dicho efecto el dicho Efquen Zula, pero que en aquel tiempo el
dicho Efquen Zula, aun no estaba en posesión del dicho Cacicazgo, y sabe que
después se bautizó el dicho Efquen Zula y se llamó don Martín Efquen Zula, y
que cuando fue Francisco Hernández Girón hacia Quito, ya era Cacique y señor
el dicho don Martin Efquen Zula, y así él le dio alzamiento y obediencia en
nombre de su Magestad, y que sabe que el dicho don Martín Zula estuvo en
posesión del dicho Cacicazgo y señorío más de cuarenta años, la cual posesión
tuvo quieta y pacíficamente y en ella murió muy viejo, y esto responde a esta
pregunta.
QUINTA.—A la quinta pregunta' dijo, que lo que sabe es que el dicho don Martín
Efquen Zula fue casado en su ley con una india llamada doña Elvira Ella, y que
durante el matrimonio hubieron por su hijo legítimo al dicho don Gabriel Martín,
litigante, y esto responde a esta pregunta; que cuando el dicho don Martín Efquen
Zula murió el dicho don Gabriel Martín, su hijo quedó muy niño por cuya causa
don Diego Chimoy como viejo y astuto se entró en posesión del dicho Cacicazgo
so color de decir era hijo del dicho Jaleo Chumbi y que por ser mañoso ganó la
voluntad a Salvador Vásquez, encomendero, y así se introdujo en el dicho
Cacicazgo, y esto responde a esta pregunta, todo lo cual este testigo ha visto y
oído.
SEXTA.—A la sexta pregunta, dijo que a este testigo le parece que le viene de
derecho el dicho Cacicazgo al dicho don Gabriel Martin, por le haber poseído sus
abuelos y padre y antepasados y que no ie pertenece a dicho Diego Chimoy, lo
cual sabe por las razones que tiene dichas y porque le ha oído decir al dicho Diego
Chimoy en su vida que el dicho Cacicazgo le pertenecía al dicho Gabriel Martín
así por no poseerle el con justo título como por no tener heredero ninguno, y que
esto le oyó decir al dicho Diego Chimoy llorando, y esto responde a esta
pregunta.
SIETE.—A la sétima pregunta, dijo que él tiene al dicho Martín Gabriel por buen
cristiano, temeroso de Dios y de su conciencia y que los indios del pueblo de
Reque le respetan por tal señor y que tiene capacidad y suficiencia para
gobernarlos dichos indios y trata bien a los indios, y esto responde a esta
pregunta.
OCTAVA.—A la octava pregunta, dijo que lo que sabe es que todos los
susodichos es pública voz y fama y la verdad.
NOVENA.—A la novena pregunta, dijo que no la sabe ni conoce al dicho don
Diego Quesquen.
DECIMA.—A la décima pregunta dijo; que oyó decir a muchas personas que el
dicho don Martín puso pleito al dicho don Diego Chimoy por el Cacicazgo del
dicho pueblo de Reque y que se concertó con él en que no se siguiese el dicho
pleito porque le hizo una declaración en la que declaró pertenecerle al dicho don
Gabriel Martín el dicho Cacicazgo y que se remite a la dicha declaración, que
dicen pasó ante un Escribano Real.
A la última pregunta dijo, que lo que tiene dicho es lo que sabe y la verdad, y
pública voz y fama, y en ella se afirmó jr ratificó, lo cual ha dicho debajo del
juramento que para ello hizo, y que es de edad de ochenta años poco más o menos
y lo firmó y así mismo los lenguas. — Firmados: Francisco de Olmos Pizarro.—
Hernando Chusop. — Don Juan. — Don Juan Industanta. — Don Alonso Ulfe. —
Ante mí: Marcos de Tudela. Escribano.
Continúan las declaraciones de Cristóbal Ulco, indio natural de Eten, de Miguel
Malcap indio de Eten; de don Pedro Taman, indio principal de Reque; de Don
Juan Yupan, indio de Reque; don Hernán Ensiales, principal del pueblo de
Lambayeque; Gonzalo Ullon, natural de Eten; Lucas Cuñan, de Eten; todos los
cuales declararon en la misma forma de los anteriores.
Pedimento
En el pueblo de Chiclayo a veinte días del mes de Febrero de mil quinientos
noventiséis años el Capitán Francisco Olmos Pizarro, Corregidor y Justicia Mayor
de este pueblo presentó el contenido:
Don Gabriel Martín en la causa del Cacicazgo de Reque, como pretensor de él,
hago presentación de esta probanza, hecha por repectoria en la dicha causa, para
más prueba y abundamiento de mi justicia y de esta declaración de mi
encomendera Ana de Velasco.
A Vuestra Merced pido y suplico la mande poner sucesivamente con mi
probanza para en guarda de mi justicia y de todo el pleito a la letra. Vuestra
Merced mande se me dé un traslado para me presentar con él donde me
convenga como su Magestad lo manda que yo estoy presto de pagar los derechos
del testimonio de su saca y traslado, y pido justicia. Lo que pido atento a que el
original se puede perder el cual pido quede en poder de su merced y si las partes
quisieren traslados, se les dé. Firmado: Don Gabriel Martín.
Otrosí digo: que la dicha saca (quemado el original) dé citadas las partes para oir
sentencia, en la Ciudad de los Reyes .y que vayan en seguimiento de esta causa,
con señalamiento de estrados para que les (roto el original) por Juez y pido
justicia, para todo lo cual concluyo y pido justicia. Firmado: Don Gabriel Martín.
PROVEIDO
E presentada e por su merced vista mandó que los papeles que presenta se ponga
por la probanza del dicho don Gabriel Martín y en cuanto a la citación que pide
se haga y testimonio que pide se le dé en pasando a término que citadas a las
partes y después de pasado el dicho término se cite a todas ellas conforme la
provisión manda y que se cite a las partes para ver, sacar y corregir el testimonio
que pide el dicho don Gabriel y así lo proveyó y firmo. Firmado: Francisco Olmos
Pizarro. Ante mí: Marcos de Tudela. Escribano.
Probanza de Don Francisco Llontop
Fojas 96 - 122.
Por el tenor de este interrogatorio de preguntas serán preguntados y examinados
los testigos que serán presentados por parte de don Francisco Llontop Cacique y
señor principal del pueblo de Callanca y Comensebu en la causa que como
pretensor al Cacicazgo principal del pueblo de Reque trata con don Gabriel
Martín y don Diego, así mismo pretensor a él, digan:
PRIMERO.—Si conocen al dicho don Francisco Llontop Cacique y Señor
principal de los pueblos de Callanca y Comensebu y a don Gabriel Martín y a
don Diego Quesquen hijo natural que dice ser de don Diego Chimoy y si
conocieron a Cuncu Chumbi abuelo del dicho don Francisco y a Xancul Chumbi
y a Quizu Chumbi y a Ñuncum Chumbi y a Quesquen Chumbi sus hijos
legítimos y si tienen noticia de este pleito, Cacicazgo y Señorío, digan a él:
SEGUNDO.—Y si saben y es verdad que el dicho Cuncu Chumbi antes que los
españoles entrasen a este Reyno fue Cacique y Señor principal de los indios de
Chuspo que por otro nombre se dice Callanca y de Comensebu y Reque y como
tal Cacique y señor principal dellos en posesión y propiedad los tuvo y poseyó y
mientras vivió el cual tuvo cuatro hijos legítimos conforme al uso y costumbre de
su tierra y ley y el uno de ellos que fue el primero se llamó y nombró Xancoll
Chumbi que fue el que halla ron los dichos españoles cuando entraron en este
Reyno y el se gundo Quizu Chumbi y el tercero Ñucu Chumbi y el cuarto Ques-
quen Chumbi que fue padre de don Francisco, digan:
TERCERO.—Y si saben que el dicho Xancol Chumbi como hijo mayor tuvo y
procreó por su hijo legítimo a don Diego Chimoy que le sucedió en el dicho
Cacicazgo y de segundo hijo que se llamó Quiau Chumbi cómo se redujeron y
recibieron los naturales en forma de pueblo poblados para la buena orden y
policía de doctrina y costumbres se quedó por Cacique de Callanca y tuvo y
poseyó mientras vivió, el cual por no tener ni dejar hijo ni heredero legítimo le
sucedió el tercero que fue el dicho Ñuni Chumbi el cual así mismo se murió y
falleció sin dejar heredero al cual sucedió el dicho que es Qucñ Chumbi padre de
dicho Francisco Llontop, digan:
CUARTO.—Y si saben que es verdad que del dicho Quesquen Chumbi, padre
del dicho don Francisco, no quedó otro hija ni heredero legítimo que hubiese y
heredase sus bienes, Cacicazgo y señorío, sino ha sido el dicho don Francisco
Llontop, digan:
QUINTO.—Y si saben que el dicho don Francisco Llontop es hábil y suficeinte
capaz, afable, de buena vida, fama y costumbres, entendimiento y razón para
usar, regir y gobernar y ejercer el dicho oficio de Cacique y Señorío de él, diga:
SEXTO.—Si saben que el dicho don Gabriel no le pertenece el dicho Cacicazgo
por ninguna vía y es indio soberbio y bastardo de malas costumbres,
irrespetuoso, digan:
SIETE.—Y si saben que el dicho Cacicazgo de Reque nunca fue de Sapquen Zela
abuelo del dicho don Gabriel Martín, ni jamás tuvo ni poseyó ni se nombró por
los naturales de él por Cacique ni señor principal; sino solamente indio principal
natural de su pueblo sujeto al dicho Tancu Chumbi abuelo del dicho don
Francisco y del dicho don Diego Chimoy su primo, ni nunca antes ni después que
los españoles vinieron a este repartimiento fue Cacique ni en tal posesión y
señorío y hallaron sino al dicho Xan- cul Chumbi, tío de los dichos don Francisco
y padre del dicho don Diego Chimoy, digan:
OCHO.—Y si saben que el dicho Xancul Chumbi padre del dicho don Diego
Chimoy nunca fue tirano para quitar ni desposeer al dicho Capquen Zela ni a sus
antepasados sino que como hijo legítimo del dicho Tuncu Chumbi, abuelo del
dicho Francisco indio principal sucedió en el dicho Cacicazgo y señorío quieta y
pacíficamente como es cosa suya propia y no por fuerza ni contra voluntad de
nadie y como tal no tuvo y poseyó y mientras vivió, digan:
NUEVE.—Y si saben y es verdad que por odio y enemistad que los indios del
dicho pueblo de Reque le tuvieron por no querer acudir a su servicio y pagar el
tributo con que antiguamente solían acudir a los Caciques y señores principales
como señores naturales, le mataron y por su fin y muerte a causa de quedar el
dicho don Diego Chimoy su hijo, niño y de poca edad, fue gobernador Pocan
Chumbi, deudo muy cercano del dicho Xancol Chumbi y por fin y muerte del
dicho Pocan Chumbi lo fue un indio cocinero nombrado Eldeco y por no
gobernar bien y ser hábil y suficente y por su incapacidad lo fue Efquen Zela
padre del dicho don Gabriel y no que fuese ni los indios naturales estuviesen ni
nombrasen por tal Cacique ni señor principal sino por Gobernador, y
últimamente por su fin y muerte lo fue don Diego Martín, digan:
DIEZ.—Y si saben que siendo el dicho don Diego Chimoy de edad cumplida se
le quitó el dicho oficio de tal Gobernador al dicho don Diego Martín y se le dio la
posesión del dicho cargo y señorío principal al dicho Diego Chimoy, el cual lo
tuvo y poseyó mientras vivió, quieta y pacíficamente por tiempo y espacio de
cuarenta años poco más o menos, como es público y notorio en vista y faz del
dicho don Gabriel Martín y los demás naturales que lo vieron y consintieron y
aprobaron y tuvieron por bueno respetándole y obedeciéndole por tal Cacique y
señor principal, digan.
ONCE.—Y si saben que al tiempo y cuando el dicho don Gabriel puso la
demanda al dicho don Diego Chimoy, era Corregidor en este Partido, Francisco
de Ampuero, el cual era íntimo amigo del dicho don Gabriel y enemigo del dicho
Diego por no acudir a sus gustos, sobre lo cual le hacía muchas amenazas
llamándole hechicero y que le había de quitar el Cacicazgo prendiéndole y
molestándole sobre lo cual Francisco Guizado beneficiado del' dicho pueblo le
quemó cantidad de algodón en la Plaza pública de él, digan.
12. —Y si saben que al tiempo y cuando los españoles entraron en este asiento no
hallaron por Cacique en el Cacicazgo y señorío de Reque al dicho Efquen Zela
padre del dicho don Gabriel sino al dicho Xancul Chumbi, padre del dicho don
Diego Chimoy y el primer encomendero que hubo en él, fue Alonso Miguel de
Velasco y de allí a mucho tiempo le sucedió don Martín de Loarte y por su fin y
muerte, Salvador Vásquez, digan.
13. —Y si saben que es verdad que nunca jamás el dicho don Diego Chimoy ni
sus antecesores ni del dicho don Francisco no han atentado ni usurpado el dicho
Cacicazgo ni señorío al dicho don Gabriel ni a sus herederos con ningún color ni
con favor del encomendero sino que lo han tenido y poseído los unos en pos de
los otros sucesivamente, como cosa suya propia y por tal ha sucodido, habido y
tenido y conocido y comúnmente reputado y no ha habido otra cosa en contrario,
digan.
14. —Y si saben que todo lo susodicho sea la verdad público y notorio, pública
voz y fama, digan.
Firmado: Don Francisco.
DECLARACION DE DON JUAN CHUY DEF, PRINCIPAL DEL PUEBLO DE
CHICLAYO
Probanza de don Francisco. — En el pueblo de Chiclayo a veintitrés días del mes
de Enero de mil y quinientos noventiséis años el dicho don Francisco Llontop
presentó por testigo en esta causa a don Juan Chuy Def, principal del pueblo de
Chiclayo dos leguas del dicho repartimiento de Reque del cual el dicho
Corregidor recibió juramento en forma de derecho por las lenguas e intérpretes
nombrados por las partes e habiendo hecho dicho juramento en forma de más de
derecho e siendo preguntado. — A la primera pregunta del dicho interrogatorio
dijo que este testigo conoce a don Francisco Llontop y conoce a don Gabriel
Martín y conoce a don Diego Quesquen litigantes y que no conoció a Cuncun
Chumbi, pero que tiene noticia de él y que conoció a Xalco Chumbi y a Ñucu
Chumbi y que conoció a Quizu Chumbi y a Quesquen Chumbi padre del dicho
don Francisco y conoció a don Diego Chimoy y así mismo tiene noticia de esta
causa y esto responde.
Y preguntado si le tocan las generales de la ley o algunas de ellas dijo que no le
tocan ninguna.
A la segunda pregunta dijo este testigo que él no conoció a Cun Cun Chumbi,
pero que tiene noticia de él y ha oído decir a muchos indios a que el dicho Cun
Cun Chumbi fue Cacique principal del pueblo de Reque y Callanca y del pueblo
de Monseba muchos días antes que los españoles entrasen y que murió en la
posesión y señorío del Cacicazgo de los indios de Reque, Callanca y Monsebu y
que este testigo sabe que dejó cuatro hijos el dicho Cun Cun Chumbi los cuales
se llamaba el mayor Xalcu Chumbi y el segundo Quicu Chumbi y el tercero Nu
Qu Chumbi y el cuarto Quesquen Chumbi a los cuales dichos hijos este testigo
los vido siempre tratar y respetar como a los hijos legítimos del dicho Cun Cun
Chumbi y en tal reputación estaban unidos y temidos y como tales eran
respetados por los naturales de los dichos pueblos y que los susodichos estaban
libres cuando los españoles entraron en este Reyno y esto responde a esta
pregunta.
A la tercera pregunta dijo que este testigo vido tratar al dicho Xalco Chumbi por
el mayor de los cuatro hermanos y por tal este testigo, tenido tratar y nombrar y
que este testigo sabe que el dicho Xalco Chumbi dejó a su hijo el cual se llamaba
don Diego Chimoy y el cual vino a suceder en el Cacicazgo del pueblo de Reque
y este testigo sabe como tiene dicho que el dicho don Diego Chimoy era hijo
legítimo del dicho Xalco Chumbi según los suso guardado que los naturales de
este Reyno antiguamente y como tal hijo legítimo este testigo vido tratar y
nombrar al dicho don Diego Chimoy y por tal era havido y temido y respetado y
que este testigo sabe y vido que después de reducidos... los naturales a los
pueblos de Callanca y Reque y Monsebu sucedió por Cacique en el pueblo de
Reque el mayor de los cuatro hermanos llamado Xalco Chumbi, padre del dicho
don Diego Chimoy y tío del dicho don Francisco al cual este testigo vido estar al
dicho en quieta posesión y pacíficamente y vido que en el dicho tiempo se entró
por Cacique en el pueblo de Callanca el segundo de los demás hermanos llamado
Quiru Chumbi el cual murió en la dicha posesión y este testigo oyó decir que
había tenido 2 hijos pero que se le habían muerto y así vido que sucedió en el
dicho pueblo de Callanca por Cacique el tercero de los hermanos llamado Nu Cu
Chumbi al cual este testigo vido en la dicha posesión hasta el día que murió y no
sabe este testigo ni dejó hijo alguno pero sabe que después sucedió en dicho
Cacicazgo el menor de los cuatro hermanos llamado Quesquen Chumbi, padre
del dicho don Francisco Llontop al cual este testigo vido en el dicho Cacicazgo
de Callanca hasta el día que murió, todo lo cual es público y notorio ser así y esto
responde a esta pregunta.
A la cuarta pregunta dijo este testigo el vido al dicho Quesquen Chumbi tratar
por su hijo legítimo al dicho don Francisco Llontop y por tal le trataba y
nombraba el dicho Quesquen Chumbi y así como a tal hijo suyo le obedecían los
indios del dicho pueblo de Callanca al dicho don Francisco Llontop hoy en día le
obedecen y que este testigo no sabe que el dicho Quesquen Chumbi haya dejado
otro heredero ninguno sino al dicho don Francisco Llontop y así este testigo vido
suceder al dicho don Francisco en los bienes que dejó el dicho su padre y en su
Cacicazgo del pueblo de Callanca y esto responde.
A la quinta pregunta, dijo este testigo que él tiene al dicho don Francisco por
buen cristiano, temeroso de Dios Nuestro Señor y sabe que tiene suficeincia para
gobernar el dicho Cacicazgo y esto responde a esta pregunta.
A la sexta pregunta, dijo este, testigo que a él le parece que no le pertenece al
dicho don Gabriel Martín el ser Cacique del pueblo de Reque por ninguna
manera porque el dicho don Gabriel Martín es hijo de principal del dicho pueblo
de Reque y este testigo vido y oído decir algunos indios que el dicho don Gabriel
Martín es indio de mala condición y que es bastardo pero que él no lo sabe. Es
cierto y esto responde a esta pregunta.
A la sétima pregunta, dijo este testigo que lo que sabe es que él ha oído decir
algunos indios presos que Sapquen Zula nunca fue Cacique del pueblo de Reque
Sapquen Zula, abuelo del dicho don Gabriel Martín y que este testigo oyó decir
que nunca fue Cacique del dicho pueblo el dicho Sapquen Zula ni tal fue
nombrado por los principales del dicho pueblo sino que fue indio del dicho
pueblo de Reque y principal del y sabe que fue sujeto al dicho Cun Cun Chumbi
Cacique del dicho pueblo de Reque y Callanca y abuelo del dicho don Francisco
Llontop y del dicho don Diego Chimoy y que sabe que no hallaron los españoles
cuando vinieron por tal Cacique del pueblo de Reque al dicho Sapquen Zula, sino
al dicho Xalco Chumbi padre del dicho don Francisco y padre del dicho don
Diego Chimoy todo lo cual este testigo vido y le es notorio por haberse hallado
en el tiempo en que los españoles entraron en su pueblo donde es natural que en
dos leguas del dicho pueblo de Reque y esto responde a esta pregunta
A la octava pregunta, dijo que él conoció al dicho Xancol Chumbi y nunca le vido
ser tirano y así sabe que no entró en el dicho pueblo de Reque por tal Cacique y
en fuerza ni matando al dicho Sapquen Zula, sino que entró como hijo legítimo
de Cun Cun Chumbi, Cacique que fue del dicho pueblo de Reque y Callanca y
Monsebu y abuelo del dicho don Francisco y que este testigo sabe que estuvo el
dicho Xancol Chumbi en el dicho Cacicazgo del pueblo de Reque con voluntad
de los indios del dicho pueblo y que así se lo vido poseer hasta el día que murió
y esto responde a esta pregunta.
A la novena pregunta, dijo que este testigo vido que el dicho Xalco Chumbi pedía
a los indios del pueblo de Reque le acudiesen con ropa y otras cosas que solían
acudir a los demás Caciques y que este testigo vido y ojó decir a los indios del
pueblo de Reque que querían mal al dicho Xancol Chumbi por los pedirles
acudiese con la ropa y de más tributos que solían acudir a los Caciques y que este
testigo le dijeron si sabía que los indios de Reque habían muerto al dicho Xanco
Chumbi y luego fue allá este testigo y le vio muerto y que oyó decir le habían
muerto por pedirles les acudiesen con la ropa y demás tributos con que se acudía
a los demás Caciques y que este testigo vio que cuando estaba muerto Xalco
Chumbi el dicho, quedó niño pequeño que se llamaba este don Diego Chimoy
que tendría hasta dos años y que este testigo oyó decir al dicho Xalco Chumbi
que el dicho don Diego Chimoy era su hijo y que sabe este testigo y ha oído que
después de muerto el dicho Xalco Chumbi sucedió en el gobierno del pueblo de
Reque un indio llamado Pocan Chumbi el cual era pariente del dicho Xalco
Chumbi el cual gobernaba y gobernó por ser pequeño el dicho don Diego Chimoy
y que sabe que después de muerto el dicho Pocan Chumbi pusieron por
gobernador del dicho don Diego Chimoy a un indio llamado Edeco que habia
sido cocinero en el tiempo de los ingas y que este testigo sabe que por no ser indio
hábil el dicho indio Edeca le quitaron y pusieron por gobernador del Cacicazgo
a Efquen Zula padre del dicho don Gabriel Martín lo era, cual fue….en tiempo
de este testigo y que este testigo sabe y oyó decir que el dicho Efquen Zula en
tiempo que gobernó el dicho Cacique no lo tuvo por ser suyo sino por gobernar
por el dicho don Diego Chimoy y que este testigo oyó decir a los naturales del
pueblo de Reque que tenían por gobernador al dicho Efquen Zula y no por
Cacique y que este testigo vido que después de muerto el dicho Efquen Zula
sucedió en el gobierno del dicho pueblo de Reque un indio llamado don Gonzalo
y esto responde a esta pregunta.
A la décima pregunta dijo que este testigo sabe que siendo yo de edad de
cuarenta años al parecer de este testigo y teniendo suficiencia para gobernar, este
testigo vido se le quitó de gobernador al dicho don Diego y este testigo vido dar
la posesión del Cacicazgo al dicho don Diego Chimoy y le vido estar quieta
posesión del Cacicazgo cuarenta años al parecer de este testigo el cual le vido
estar quieta y pacíficamente en la posesión hasta el día que murió y que este
testigo vido que el dicho don Gabriel y todos los demás indios del pueblo de
Reque obedecían por tal Cacique al dicho don Diego Chimoy y por tal le
respetaban y temían y este testigo vido respetar y tener y esto responde a esta
pregunta.
A la oncena pregunta dijo este testigo que él sabe que en tiempo y siendo
Corregidor Francisco de Ampuero este testigo oyó decir que don Gabriel Martín
había puesto…. demanda al Cacicazgo del pueblo de Reque y que sabe que el
dicho don Gabriel Martín fue muy amigo de Francisco de Ampuero porque así
lo oyó decir y que así mismo le oyó decir que el dicho don Francisco de Ampuero
había tratado mal de palabra al dicho don Diego Chimoy por respeto del dicho
don Gabriel Martín y que este testigo oyó decir que por haber tratado mal el dicho
Corregidor al dicho don Gabriel Chimoy el padre Guizado, cura de Reque le
quemó un poco de algodón que tenía repartido el dicho Corregidor para hacer
ropa y esto responde a esta pregunta.
A la decena pregunta, dijo que este testigo vido caundo los españoles entraron
en este Reyno era Cacique del dicho pueblo de Reque don Xancol Chumbi, padr
de don Diego Chimoy y que en aquel tiempo el dicho Efquen Zula no era Cacique
ni principal y que este testigo sabe y por se haber hallado en el tiempo de los
españoles entraron en su pueblo que es dos leguas del dicho publo de Reque y
sabe que en el dicho pueblo de Reque el primero que tuvo el repartimiento
encomendado fue Miguel de Velasco y luego le sucedió Martín de Loarte y Diego
Salvador Vásquez y esto responde a esta pregunta.
A la tercera pregunta dijo este testigo que él sabe que el dicho don Diego Chimoy
ni sus padres nunca usurparon el Cacicazgo del dicho pueblo de Reque sino que
el tiempo que le tuvieron y poseyeron fue por ser suyo y les pertenece como cosa
suya y que este testigo nunca ha oído decir cosa al contrario de ésta y que el dicho
don Diego Chimoy y sus pasados fueron temidos y reputados por tales señores
y Caciques del pueblo de Reque y por tal fueron habidos y temidos y esto
responde a esta pregunta.
A la décima tercera pregunta dijo que todo lo susodicho es público y notorio y
pública voz y forma y la verdad lo que sabe so cargo del juramento que fecho
tiene en el cual se afirmó y ratificó y que es de edad de noventa años poco más o
menos y lo firmó y los lenguas lo firmaron. — Firmado: Francisco Olmos Pizarro.
— Alférez. — Don Hernando Chusop. — Don Juan Inoptanta. — Ante mí: Marcos
de Tudela. Escribano.
DECLARACION DE FRANCISCO NABEL
En el dicho pueblo día y mes y año dicho, el dicho don Francisco Llontop,
presentó por testigo a don Francisco Nabel, del cual el dicho Corregidor recibió
juramento en forma debida de derecho por los dichos lenguas e intérpretes y el
dicho don Francisco es natural del pueblo de Lambayeque, cuatro leguas del
dicho pueblo de Reque e hizo le dicho juramento en forma debida de derecho y
siendo preguntado por la primera pregunta del interrogatorio, dijo que conoce a
don Francisco Llontop y que conoce a don Gabriel Martín y que conoce a don
Diego Quesquen y que no conoció a Cun Cun Chumbi pero que tiene noticia de
él y que conoció a Xalco Chumbi y a Quisu Chumbi y Nu Cun Chumbi y que
conoció a Quesquen Chumbi, padre del dicho don Francisco Llontop y que así
mismo conoció a don Diego Chimoy y que tiene noticia y sabe que pende pleito
por el Cacicazgo del pueblo de Reque.
Y preguntado si le tocan algunas de las generales de la ley, dijo que no le toca
ninguna.
Y a la segunda pregunta dijo que este testigo oyó decir a sus mayores que en el
tiempo de Inga, que Cun Cun Chumbi fue Cu cique y señor de los pueblos de
Reque y Callanca y Monscbu y que lo poseyó hasta el día que murió y que este
testigo conoció a cuatro indios que se trataban por hermanos llamados Xnlco
Chumbi y Qui Cu Chumbi y Ñu Cun Chumbi y Quesquen Chumbi, padre del
dicho don Francisco y que este testigo los vido comunicar y tratar por hermanos
y por tales eran temidos y que este testigo oyó decir a los dichos sus pasados que
los dichos eran hijos legítimos de Cun Cun Chumbi y de una india con quien
estaba casado en su ley el dicho Cun Cun Chumbi y que. por tales les trataban
los indios de los dichos pueblos y este testigo vido que cuando vino los españoles
estaba vivo el dicho Xancol Chumbi y esto responde a esta pregunta.
A la tercera pregunta, dijo este testigo que el dicho Xancol Chumbi, hermano
mayor de los dichos cuatro hermanos estar por Cacique en el pueblo de Reque y
que cuando se redujo el pueblo de Callanca en forma de pueblo, este testigo vido
por Cacique del dicho pueblo de Callanca a Qui Cu Chumbi el segundo hermano
y que este testigo sabe que el dicho Xancol Chumbi tuvo por su hijo al dicho don
Diego Chimoy en una india con quien el dicho Xancol Chumbi estaba casado en
su ley y tenía por su mujer y este testigo vido al dicho Xancol Chumbi que trataba
al dicho don Diego Chimoy como a tal su hijo y que en reputación de tal los indios
del dicho repartimiento le hubieron y como a tal le respetaban y temían y este
testigo le vido respetar y temer y que este testigo vido que el dicho Qui Cu
Chumbi estuvo en el dicho Cacicazgo del pueblo de Callanca hasta el día que
murió y este testigo vido que después de muerto el dicho Qui Cu Chumbi por no
haber dejado heredero ninguno sucedió en el dicho Cacicazgo de Callanca otro
de los hermanos, el tercero, que se llama Ñu Cun Chumbi el cual este testigo oyó
decir que había muerto sin dejar hijo ni heredero ninguno y que este testigo vido
que sucedió en el dicho Cacicazgo el menor de los dichos cuatro hermanos que
se llamaba Quesquen Chumbi y que este testigo oyó decir que el dicho Quesquen
Chumbi dejaba la sucesión del Cacicazgo en don Francisco Llontop su hijo y esto
responde a esta pregunta.
A la cuarta pregunta dijo este testigo que él ha oído decir que el dicho Quesquen
Chumbi no dejó otro hijo ni heredero sino sólo al dicho don Francisco de Callanca
y que así este testigo sabe que sucedió el dicho don Francisco en el señorío, que
su parle obtuvo de tal Cacique de Callanca en el cual está hoy en día y lo posee,
y esto responde a esta pregunta.
A la quinta pregunta dijo que este testigo tiene al dicho don Francisco Llontop
por buen cristiano, temeroso de Dios y que tiene habilidad y suficiencia para
ejercer y usar el Cacicazgo del dicho pueblo y esto responde a esta pregunta.
A la sexta pregunta dijo este testigo que a él le parece que no le viene el Cacicazgo
del dicho pueblo de Reque al dicho don Gabriel Martín porque siempre han sido
Caciques del dicho pueblo de Reque sus antepasados de don Francisco según este
testigo ha oído decir y tiene noticia y que yendo este testigo habrá dos años poco
más o menos al pueblo de Reque que tratando de otras….cosas este testigo oyó
decir algunos indios del dicho pueblo de Reque que era mal acondionado del
dicho don Gabriel Martín y que él oyó decir que era bastardo y esto responde a
esta pregunta.
A la sétima pregunta, dijo este testigo que él no conoció a Sapquen Zula, pero
que tiene noticia del y ha oído decir a sus padres y antepasados que fue el dicho
Sapquen Zula principal del dicho pueblo de Reque pero que era sugeto a Cun
Cun Chumbi Cacique que fue de los pueblos de Reque y Callanca y Monsebu
abuelo del dicho don Francisco Llontop y del dicho don Diego Chimoy y que este
testigo sabe y vido a….Xalco Chumbi que la poseyó del Cacicazgo del pueblo de
Reque que al tiempo y cuando vinieron a estos reynos los españoles y esto
responde a esta.
A la octava pregunta dijo que este testigo conoció como tiene dicho al dicho Xalco
Chumbi y nunca supo ni oyó decir que. el susodicho fuese tirano ni matase al
dicho Sapquen Zula ni a otros antepasados suyos, sino que si entró en el dicho
Cacicazgo fue por haber sido Cun Cun Chumbi su parte Cacique del dicho
pueblo y de los demás de Callanca y Omensebu y que así le vido estar este testigo
estar quieto y pacífico en el dicho Cacicazgo del dicho pueblo de Reque y esto
responde a esta pregunta.
A la novena pregunta, dijo este testigo que él oyó decir que los indios del pueblo
de Reque estaban mal con el dicho Xancol Chumbi porque les pedían que les
acudiesen con ropa y otras cosas que antiguamente acudían a los Caciques y este
testigo oyó decir que los indios de Reque le habían muerto por la dicha razón y
este testigo le vido después de muerto en su casa y oyó decir a los indios de Reque
lo susodicho y que este testigo vido que al tiempo que murió el dicho Xancol
Chumbi el dicho don Gabriel Chimoy, su hijo, niño de hasta... un año y que este
testigo vido luego gobernar en el dicho Cacicazgo a un indio que se llamaba
Pocan Chumbi, el cual gobernaba como pariente que era del dicho Xancol
Chumbi y por el dicho don Diego Chimoy y que después de muerto el dicho
Pocan Churnbi este testigo vido que entró a gobernar el Cacicazgo un indio
llamado Edeco que era principal de los cocineros y que después este testigo vido
que le quitaron al dicho Edeco por no ser suficinte el dicho gobierno y que
después sucedió en él Efquen Zula, padre del dicho don Gabriel el qus gobernó
al parecer de este testigo veinte o treinta años y que al parecer de este testigo el
tiempo que gobernó Pocán Chumbi sería un año y que al parecer de este testigo
gobernó el dicho Edeco seis o siete meses y que después de muerto el dicho
Efquen Zula y haber estado el dicho tiempo en el gobierno sucedió luego don
Gonzalo Millón el cual estuvo en el gobierno seis o siete años al parecer sin tener
hijo y que luego entró todos estos indios... y que lo gobernaron el dicho Cacicazgo
fue por ser pequeño el dicho don Diego Chimoy y esto responde a esta pregunta.
A la décima pregunta, dijo que lo que sabe es que siendo el dicho don Diego
Chimoy de hasta de edad de cuarenta años poco más o menos este testigo vido
que le quitaron el gobierno del dicho pueblo de Reque a Dn. Gonzalo Millón con
que lo tenía y se le dieron al dicho don Diego Chimoy con la posesión del dicho
Cacicazgo y que este testigo sabe que estuvo el dicho don Diego Chimoy en el
gobierno y señorío del dicho pueblo de Reque cuarenta años poco más o menos
lo cual poseyó quieta y pacíficamente como cosa suya, en la dicha posesión sabe
este testigo que murió y que el tiempo que vivió lo tuvo e poseyó en paz del dicho
don Gabriel Martín y de los demás principales porque este testigo les vido
respetar y tratar al dicho don Diego como a su señor y Cacique y esto responde a
esta pregunta.
A la décima oncena pregunta dijo que este testigo ha oído decir a indios del
pueblo de Reque cómo don Gabriel había querido poner pleito al dicho don
Diego Chimoy en tiempo de Francisco de Ampuero, Corregidor y que también
oyó decir que el dicho Francisco de Ampuero había tratado mal de palabra al
dicho don Diego Chimoy por ser amigo como era el dicho Francisco de Ampuero
del dicho don Gabriel Martín y que también oyó decir que el dicho Francisco de
Ampuero había tratado mal de palabra al dicho don Diego Chimoy por ser amigo
como era el dicho Francisco de Ampuero del dicho don Gabriel Martín y que
también oyó decir que había resultado de esto enojarse el padre Guizado, Cura
del pueblo de Reque con el dicho Francisco de Ampuero y que le había quemado
un poco de algodón, todo lo cual este testigo oyó decir en el dicho pueblo de
Reque algunos indios del habrá dos años y medio poco más o menos y que oyó
decir este testigo que el dicho don Francisco de Ampuero tuvo y retó al dicho
don Diego Chimoy por le hacer molestia y esto responde a esta pregunta.
A la docena pregunta dijo este testigo que lo que sabe es que al tiempo que los
españoles entraron en este Reyno era Cacique en el pueblo de Reque el dicho
Xancol Chumbi, padre del dicho don Diego Chimoy y que el dicho Sapquen Zula
fue antes del dicho Xancol Chumbi y que este testigo oyó decir y vido que el
dicho Xancol Chumbi dio la obediencia a los españoles y les dio de comer y las
demás cosas necesarias que vinieron a este Reyno y esto responde a esta
pregunta.
Y a la trecena pregunta dijo que este testigo no sabe ni ha oído que el dicho don
Diego Chimoy ni sus antecesores ni los antecesores del dicho don Francisco
hayan usurpado el dicho Cacicazgo sino que el tiempo que lo han tenido fue por
ser suyo y no por haberlo detentado ni quitado al dicho don Gabriel ni a ninguno
de sus pasados sino que el tiempo que lo ha tenido ha sido por ser suyo y haberlo
sido de sus pasados según este testigo sabe y ha oído decir a sus mayores y esto
responde a esta pregunta.
Y a la catorcena pregunta dijo que todo lo que tiene dicho es público y notorio y
la verdad so cargo del juramento que fecho tiene en el cual se afirmó y ratificó y
que es de edad de ochenta años poco más o menos y no firmó porque no supo y
los lenguas lo firmaron y el dicho Corregidor.
Francisco Olmos Pizarro. — Don Hernando Chusop. — Don Juan Inoptanta. —
Don Alonso Alférez. — Ante mí: Marcos de Uceda. Escribano.
DECLARACION DE DON DIEGO CHAQUEN
En el dicho pueblo día, mes y año dicho el dicho don Francisco Llontop para la
dicha información presentó por testigo a Diego Chaquen natural del pueblo de
Lambayeque que es cuatro leguas del pueblo de Chiclayo del cual el dicho
Corregidor le recibió juramento en forma de derecho por los lenguas e intérpretes
nombrados por las partes el cual le hicieron en forma debida de derecho.
Y siendo preguntado por la primera pregunta del interrogatorio dijo que conoce
a don Francisco Llontop y que conoce a don Gabriel Martín y que conoce a don
Diego Quesquen y que así mismo conoció a Cun Cun Chumbi, abuelo del dicho
don Francisco y que así mismo conoció a Xancol Chumbi y a Qui Cu Chumbi y
que conoció a Ñu Cun Chumbi y que conoció a Quesquen Chumbi y conozco a
don Diego Chimoy y que tiene noticias y sabe que pende pleito sobre a quien
pertenece el cacicazgo pueblo de Reque y esto responde a esta prgunta.
Y preguntado si le tocan alguna de las generales de Ia ley, dijo que no le toca
ninguna.
Y a la segunda pregunta dijo que este testigo coonció al dicho Cun Cun Chumbi
y le vido ser Cacique del pueblo de Reque y Callanca y Omensebú mucho timepo
antes que los españoles entraran en este Reyno que fue en el tiempo de los
trujillanos y que este testigo sabe que el dicho Cun Cun Chumbi ha estado en
posesión del Cacicazgo de los dichos pueblos hasta el día que murió y este testigo
conoció a los dichos Xancol Chumbi y Nu Cun Chumbi y Qui Su Chumbi y
Quesquen Chumbi padre de don Francisco y les vido tratar por herederos y oyó
decir al dicho Cun Cun Chumbi que los dichos cuatro hermanos eran sus hijos
habidos en una india con quien el dicho Cun Cun Chumbi estuvo casado en su
ley y así este testigo vido estar al dicho Cun Cun Chumbi a los dichos cuatro
hermanos como a sus hijos suyos y en tal reputación estaban habidos y temidos
y esto responde a esta pregunta.
A la tercera pregunta dijo que sabe que después de muerto el dicho Cun Cun
Chumbi sucedió en el Cacicazgo del pueblo de Reque el mayor de los cuatro
hermanos llamado Xancol Chumbi el cual tuvo un hijo en una india con que
estuvo casado en su ley y que este testigo no sabe cómo se llamaba pero que vido
que el dicho Xancol Chumbi trataba por tal su hijo al dicho don Diego Chimoy y
en tal reputación estaba habido y temido y que sabe que después de reducido los
naturales al pueblo de Callanca sucedió por Cacique y señor en el Qui Cu Chumbi
hijo del dicho Cun Cun Chumbi y hermano segundo de los dichos cuatro al cual
este testigo vido en la posesión del Cacicazgo del dicho pueblo de Callanca y que
este testigo vido en la dicha posesión hasta que murió y que este testigo oyó decir
que el dicho Qui Su Chumbi tuvo dos hijos pero que se le murieron y que así
murió sin dejar heredero ninguno y luego este testigo vido que sucedió en el
dicho Cacicazgo el hermano tercero llamado Nu Cum Chumbi el cual este testigo
vido que la posesión del Cacicazgo del pueblo de Callanca y sabe que murió en
él y que oyó decir no dejó heredero ninguno y luego vido este testigo que sucedió
en el dicho Cacicazgo el menor hermano de los cuatro que se llama Quesquen
Zula el cual entró en la posesión del dicho Cacicazgo de Calla y murió en la
posesión del dicho Cacicazgo (borrado el original) en la dicha posesión muchas
veces y esto responde a esta pregunta.
A la cuarta pregunta dijo este testigo que él vido al dicho Quesquen Chumbi que
trata como a su hijo legítimo al dicho don Francisco Llontop y como a tal este
testigo se le vido (borrado el original) mar y nombrar y en tal reputación estaba
y está habido y temido y que este testigo no ha oído ni sabe que el dicho
Quesquen Chumbi dejase otro hijo ninguno que el dicho don Francisco y así
sucedióle el dicho don Francisco en el Cacicazgo del dicho Quesquen Chumbi su
padre, del dicho pueblo de Callanca y en los demás bienes que el dicho Quesquen
Chumbi dejó, y esto responde a esta pregunta.
A la quinta pregunta dijo que este testigo tiene al dicho don Francisco por buen
cristiano, temeroso de Dios Nuestro Señor y de sus Ministros y sabe que tiene
habilidad y suficiencia para gobernar el dicho Cacicazgo y esto responde a esta
pregunta.
A la sexta pregunta dijo este testigo que a él le parece que no le pertenece el
Cacicazgo del dicho pueblo de Reque al dicho don Gabriel Martín por ninguna
vía ni manera sino que este testigo le ha tenido siempre y tiene por principal del
pueblo de Reque y que este testigo no ha oído decir si el dicho don Gabriel es
bastardo ni tal sabe y que ha oído decir algunos indios del dicho pueblo de Reque
que el dicho don Gabriel es mal acondicionado y que es indio soberbio y esto ha
muchos días que lo oyó decir y esto responde a esta pregunta.
A la sétima pregunta, dijo este testigo que él conoció a Sap- quen Zula pero que
no le conoció ser Cacique del dicho pueblo, sino que era indio principal sujeto a
Cun Cun Chumbi Cacique que fue de los pueblos de Reque y Callanca y
Monsebu y abuelo del dicho don Francisco y del dicho don Diego Chimoy y que
como tiene dicho el dicho Sapquen Zula abuelo del dicho don Gabriel nunca fue
Cacique del dicho pueblo de Reque que antes ni después que los españoles
entrasen en este Reyno y que al tiempo y cuando los españoles entraron este
testigo vido que la posesión del dicho Cacicazgo de Reque al dicho Xalco
Chumbi, padre del dicho don Diego Chimoy y tío del dicho don Francisco y que
así mismo nunca ha oído haya sido Cacique el dicho Sapquen Zula porque si lo
hubiera sido este testigo lo supiera por lo haber conocido y tratado y esto
responde a esta pregunta.
A la octava pregunta dijo que este testigo nunca ha vido ni oído decir que el dicho
Xancol Chumbi fuese tirado ni que hubiese muerto al dicho Sapquen Zula ni a
sus antepasados sino que este testigo sabe que el dicho Xancol Chumbi entró en
el dicho Cacicazgo del pueblo de Reque por haber sido de Cun Cun Chumbi, su
padre y de los demás sus antepasados y que por esta razón este testigo sabe y ha
oído decir entrase el dicho Xancol Chumbi en el dicho Cacicazgo y que este
testigo le vido en la dicha posesión sin que nadie le perturbase y estuvo en ella
hasta que murió, y esto responde a esta pregunta.
A la novena pregunta dijo este testigo que él estaba presente cuando unos indios
del pueblo de Reque fueron a la casa del dicho Xancol Chumbi y le mataron y
este testigo oyó decir que le mataban porque les pedía le acudiesen con plata,
ropa y otras cosas que el dicho Xancol Chumbi pedía a los indios del dicho pueblo
de Reque como costumbre entre ellos y servicios que se solían dar a los Caciques
y que por esta razón este testigo oyó dedique mataban al dicho Xancol Chumbi
y después este testigo vido que después vino al dicho pueblo de Reque el Capitán
Francisco de Alcántara y que hizo justicia de todos los indios que habían sido en
la muerte del dicho Xancol Chumbi a los cuales dichos homicidas este testigo los
vido quemar en unas tierras que se llaman Cárcamo y este testigo sabe y vido
que cuando el dicho Xancol Chumbi murió don Diego Chimoy su hijo era niño
que al parecer de este testigo tendría hasta tres años y que este testigo sabe que
luego sucedió en el dicho pueblo de Reque por Gobernador del dicho don Diego
Chimoy, un indio llamado Pocan Chumbi deudo del dicho Xancol Chumbi y que
después de muerto sucedió en el dicho gobierno un indio llamado Edeco que era
principal de los cocineros y este testigo vido que por no saber gobernar, los indios
le quitaron al dicho Edeco el dicho oficio de gobierno y se lo dieron a Efquen Zula
padre del dicho don Gabriel Martín que estuvo hasta el día que murió y después
sucedió en el dicho gobierno un indio llamado don Gonzalo y que este testigo
oyó decir que todo los susodichos gobernaron por ser muchacho el dicho don
Diego Chimoy y esto responde a esta pregunta.
A la décima pregunta dijo este testigo que lo que sabe es que este testigo vido que
siendo el dicho don Diego Chimoy de edad de cuarenta años poco más o menos
pidió su Cacicazgo y este testigo sabe que le quitaron el gobierno al dicho don
Gonzalo y le dieron la posesión del dicho Cacicazgo un español al dicho don
Diego Chimoy y que este testigo le vido estar al dicho don Diego Chimoy en la
posesión del pueblo de Reque muchos años hasta que murió y que este testigo
vido le poseyó en paz y en paz del dicho don Gabriel Martín y de los demás
indios del dicho pueblo de Reque y esto responde a esta pregunta.
A la oncena pregunta dijo que no sabe cosa ninguna de ello ni tal ha oído y esto
responde a esta pregunta.
A la docena pregunta dijo este testigo que lo que sabe es que como tiene dicho
antes que los españoles entrasen ni después no fue Cacique el dicho Sapquen
Zula, abuelo del dicho don Gabriel y que este testigo vido que cuando vinieron
los españoles hallaron por Cacique del dicho pueblo de Reque al dicho Xancol
Chumbi, tío del dicho don Francisco y padre del dicho don Diego Chimoy lo que
este testigo vido por sus ojos y que sabe que el primer encomendero que tuvo el
dicho pueblo de Reque fue Miguel de Velasco y que luego sucedió Martín de
Loarle y luego Salvador Vásquez y esto responde a esta pregunta.
A la trecena pregunta dijo que este testigo no ha oido decir que el dicho don
Diego Chimoy y el dicho don Francisco nunca antes ni sus antecesores usurparon
el dicho Cacicazgo del pueblo de Reque sino que el tiempo que lo han tenido ha
sido con su título por ser suyo y pertcnecerles que nunca lo han tenido por favor
del encomendero ni tampoco este testigo ha oído deir ni tal sabe haya usado y
esto responde a esta pregunta.
A la catorcena pregunta dijo que lo que tiene dicho es la verdad y lo que sabe y
es público y notorio y que lo que tiene dicho lo dice so cargo del juramento que
fecho tiene en el cual se afirmó y ratificó y no lo firmó porque no lo sabe y que es
de edad de noventa años poco más o menos y los lenguas lo firmaron y el dicho
Corregidor.
Firmado: Francisco Olmos Pizarro.— Don Alonso Alférez.— Don Hernando
Chusop.— Ante mí: Marcos de Tudela, Escribanoñ.
Continuaron las declaraciones de Gabriel Mas de Lambayeque; Juan Lechi de
Lambayeque; Agustín Yaypun de Lambayeque; Bartolomé Farro de
Lambayeque; Lázaro Llancul de Chiclayo; Pedro Cañe de Chiclayo; y don
Francisco Minoria de Chiclayo; todos los cuales declararon en la misma forma.
En el pueblo de San Francisco de Chiclayo a veinte días del mes de Febrero de
mil e quinientos noventa y seis, ante el Capitán Francisco Olmos Pizarro
Corregidor y Justicia Mayor del dicho pueblo y su partido presento esta petición
el contenido juntamente con el dicho interrogatorio.
Don Diego Quesquen en la causa que trato con don Gabriel y don Francisco
Llontop cacique de Callanca sobre el cacicazgo del pueblo de Reque hago
presentación de este interrogatorio de preguntas por el cual pido se examinen los
testigos por que mi parte fueren presentados los cuales dichas perguntas pongo
por oposiciones al dicho don Gabriel.
Umd. pido y suplico lo aya por presentado y que el dicho don Gabriel jure de
calumnias por las dichas preguntas y por conforme a la ley y so la pena de ella y
pido justicia, etc.
Firmado: Don Diego Quesquen.
Proveído
e por su merced vista dijo que le admitía en cuanto a lugar de derecho y que
amdaba que por el se examinen los testigos que el suso dicho presentare y que
traiga al dicho don Gabriel Martin para que declara, y así lo probeyo, mandó y
firmó:
Francisco Olmos de Pizarro. Ante mí: Marcos de Tudela. Escribano.
(Foja 123).
(Fojas 124)
Por las preguntas siguientes y cada una dellas se ha examinado que fueren
presentados por parte de Don Diego Quesquen, hijo natural de Don Diego
Chimoy difunto cacique que fue del dicho pueblo de Reque, en el pleito que trata
sobre el dicho Cacicazgo del dicho pueblo con don Francisco Llontop cacique de
Ca- llanca y con don Gabriel Martín indio natural del dicho pueblo de Reque a
los cuales se les preguntó lo siguiente.
1°—Si saben y conocen a don Diego Quesquen hijo natural del dicho don Diego
Chimoi y si conocieron al dicho don Diego Chimoi y a Xancol Chumbi caciques
principales que fueron del dicho pueblo de Reque, y si conocen a don Gabriel
Martín y si conocen a Efquen, su padre y a Sapquen Zula su agüelo indios
naturales del dicho pueblo y si conocen a don Francisco Llontop cacique principal
del pueblo de Callanca y si conocieron a Quesquen Chumbi su padre y a Cuncu
Chumbi su agüelo, caciques y señores principales que fueron del dicho pueblo
de Callanca y de cuanto tiempo a esta parte los conocieron.
2°—Si saben que cuando los españoles entraron en este Reyno hallaron por señor
y cacique principal del dicho pueblo de Reque al dicho Xancol Chumbi y por tal
señor y cacique fue auido y tenido y respetado de todos los principales y demás
indios del dicho pueblo de lo demás de toda la tierra el cual dicho Xancol Chumbi
se dio y sujeto luego a ra corona real y como leal vasallo dio basti- miento y demás
cosas necesarias que habían menester los españoles. y por tal cacique lo tuvieron
los españoles y lo dejaron en esta posesión como antes lo estaba —cual saben los
dichos testigos porque lo vieron por vista de ojos, digan lo que saben y declaren
claramente esta pregunta.
3°—Si saben que el dicho Xancol Chumbi como dicho es, era señor y cacique
principal del dicho pueblo el cual dicho cacicazgo heredó de sus antepasados los
cuales auian sido señores y caciques principales del dicho pueblo y así como
señor y cacique del dicho pueblo el dicho Xancol Chumbi poseyó el dicho
cacicazgo quieta y pacíficamente más de cuarenta años hasta que pusieron un
indio mitayo que se llamaba Efquen Zula, padre del dicho Gabriel el cual lo mató
porque se sujetó a la Corona Real y que digan los testigos que no hauia en el dicho
pueblo otro cacique sino era el dicho Xancol Chumbi.
4°—Si saben que así como los españoles entraron en este Reyno el dicho Xancol
Chumbi como está dicho se declaró a la corona real, y los españoles viendo que
Xancol Chumbi cacique del dicho pueblo se auia sujetado a la corona real, luego
le dieron por encomendero a Miguel de Vclasco el cual tenía en mucho al dicho
Xancol Chumbi por ser como era señor y cacique principal del dicho pueblo y
por tal fue auido y tenido y respetado durante los días de su vida y en esta
posesión siempre fue auido y tenido y comúnmente reputado sin oir cosa en
contrario, diga lo que saben.
5°—Si saben que el dicho cacique principal del dicho pueblo lo fue Xancol
Chumbi el cual fue casado con doña Cianapecnum que al presente biue, los
cuales hicieron bida maritable como marido y mujer y durante su casamiento
uvieron por su hijo legítimo y natural al dicho don Diego Chimoy, difunto
cacique que fue del dicho pueblo y por tal su hijo legítimo y natural fue auido y
tenido y comunmente reputado y los testigos sabían que como a tal su hijo
legítimo le trataban y alimentaban, llamándolo hijo y él a ellos padres y esto es
público y notorio, digan lo que saben.
6°—Si saben que siendo señor cacique principal del dicho pueblo de Reque el
dicho Xancol Chumbi, vivía en dicho pueblo un indio que se llamaba Sapquen
Xolan el cual seruia de mitayo y estaba casado con una india que se llamaba
Tachuncata y durante su casamiento tubo por sus hijos legítimos a Chasochla y a
Chani- cumchala. Los cuales seruian después de indios mitayos como lo hera el
dicho Sapquen Solan su padre, y estando casado como dicho es, el dicho Sapquen
Solan, tuvo por su hijo bastardo y adulterino Efquensolan en una india que se
llamaba Chupzuz, y el dicho Ef- quensolan siendo de edad fue casado con una
india que se llamaua Ysabel Nuqui, en la cual no tubo hijo ninguno, y estando
casado como dicho es, el dicho Efquensolan, uvo por su hijo bastardo y
adulterino al dicho Gabriel Martín, en una india mundana que se llamaua
Allmay, y por tal bastardo y adulterino e hijo de padre bastardo y adulterino es
habido y tenido y los testigos lo saben por conocer a todos los susodichos y ser y
pasar como está dicho, digan lo que saben.
7°—Si saben que el dicho Efquen Colan fue criado del dicho cacique Xancol
Chumbi, y le atendía en sus chácaras y sementeras. Por que Efquencela quiere
decir chacarero y mojón de chacra, y así como indio mitayo le seruia en ellas y
estando en servicio del dicho cacique le fue traidor y tirano porque tomó odio y
enemistad del dicho cacique por que se auia sujetado a la corona real y por esto
dicho Efquensolan pretendió de matar como en ofecto malo al dicho su cacique
Xancol Chumbi y esto es público y notorio y lo saben los testigos, por auerlo visto
y ser y pasar ansi y declaren en esta pregunta clara y abiertamente.
8°—Si saben que auiendo muerto el dicho tirano Efquensolan, al dicho Cacique
Xancol Chumbi, el dicho don Diego Chimoy su hijo, quedó niño, pequeño y de
poca edad y por no poder gobernar el dicho cacicazgo por ser pequeño y de poca
edad pusieron por gouernador a un principal que se llamaba Pocan Chumbi, el
cual gouerno unos días y luego falleció y por faltar principales pusieron por
gouernador a un cocinero del dicho Xancol Chumbi cacique, que se llamaua
Efquen y por no sauer gouernar el dicho cocinero, le quitaron el gouierno, y
pusieron por gouernador a un indio Millón, el cual gouernó unos días, y por no
estar sujeto a los españoles dexose el gouierno y se fue huyendo con su madre
que vivía en otro pueblo y el dicho Efquensolan, viendo que no había gobierno
procuró favor, el cual lo tubo con el encomendero y como no había principales a
quien dar el gobierno, le pusieron por gobernador del dicho cacicazgo, el cual los
gobernó cierto tiempo y estando en el dicho gobierno falleció como es público y
notorio y los testigos lo saben por auerlo visto ser y pasar como dicho es, que
digan lo que saben.
9°—Ytem si saben que así como el dicho tirano Efquensolan falleció, el dicho don
Diego Chimoy era de edad para regir su cacicazgo y así acudió al Corregidor del
partido y le dio cuenta de como era muerto su gobernador y que le amparase y
metiese en la posesión del dicho cacicazgo, y el dicho Corregidor viendo que era
justicia lo que pedía, le amparó y metió en la posesión del dicho cacicazgo quieta
y pacíficamente estando presentes todos los naturales del dicho pueblo y a todo
lo cual se halló presente el dicho don Gabriel Martín y nunca se metió indio
ninguno, no contradixe- ron la posesión que le dieron al dicho don Diego Chimoy
el dicho cacicazgo, sino antes dixeron que su señor y cacique principal era el
dicho don Diego Chimoy, y hicieron muchas fiestas y regocijos mostrando
grande contento y alegría por que le daban a su cacique la posesión del dicho
cacicazgo y se remitían los dichos a la posesión que le dieron del dicho don Diego
Chimoi del dicho cacicazgo que está en la causa presentada, digan lo que saben.
10°—Si saben que el dicho don Diego Chimoy, cacique principal del dicho pueblo
de Reque, poseyó quieta y pacíficamente el dicho su cacicazgo hasta que falleció
que fue más tiempo de treinta y tres años el cual siendo mozo soltero y por casar
uvo por su hijo natural, al dicho don Diego Quesquen de una india soltera y por
casar que se llamaba doña Inés May, y como tal hu hijo natural lo a auido y tenido
y comunmente es reputado, sin auer cosa contraria y por ser tal hijo natural el
dicho Diego Quesquen, el dicho don Diego Chimoy cacique del dicho Pueblo,
casó con una hija del cacique de Saña, como al presente está casado y los dichos
saben que si el dicho Diego Quesquen no fuera hijo natural como lo es, del dicho
don Diego Chimoy cacique de Reque, el cacique de Saña, no casara su hija como
la casó con el dicho don Diego Quesquen, y esto es público y notorio de más de
lo cual el dicho don Diego Chimoy en el testamento que otorgó de bajo del cual
murió, llama y nombra dicho Diego Quesquen, por su hijo natural cual los
testigos dicho testamento se remiten, digan lo que saben.
11°—Ytem si saben que el dicho don Diego Chimoy cacique que fue del dicho
pueblo de Reque no dejó hijos legítimos de legítimo matrimonio sino es el dicho
don Diego Quesquen, que como han dicho los testigos dejó por hijo natural por
lo que saben los testigos que los bienes de dicho cacicazgo del dicho pueblo de
Reque del dicho don Diego Quesquen son y no a otra persona ninguna, por ser
como es hijo y nieto de caciques como está dicho y de- ciende de caciques como
los testigos lo tienen dicho y digan lo que saben.
12°—Si saben que el dicho tirano Efquensolan, padre del dicho don Gabriel, ni el
dicho Sapquensolan su abuelo, ni fue despojado sus antepasados nunca fueron
caciques del dicho pueblo de Reque, ni de otro pueblo ninguno. Porque todos
ellos y sus pasados y sus descendientes como es público y notorio, eran indios
mitayos de quien se hacían los demás indios poco caudal, y como los testigos lo
tienen dicho, y si el dicho tirano Efquensolan, padre del dicho don Gabriel,
gobernó el cacicazgo por el dicho don Diego Chimoy, fue con favor que tuvo con
el encomendero y demás indios que concedieron en ello por hacer placer a dicho
encomendero, y no porque le viniere el dicho cacicazgo, ni a otra persona, sino
era al dicho don Diego Chimoy y como a tal legítimo heredero como lo tienen
dicho los testigos en las preguntas antes de ésta, digan lo que saben de manera
que den clara razón de sus dichos.
13°—Yten si saben que por las razones que están dichas en las preguntas antes
de esta, los testigos saben que el dicho don Gabriel pide injustamente porque el
dicho cacicazgo no le viene ni tiene el derecho ninguno por vía de más de lo cual
como los testigos vean es dicho don Gabriel es bastardo y adulterino, hijo de
padre tirano traidor y adulterino por lo cual si algún derecho tal huviera que no
tiene, al dicho cacicazgo lo perdía por todas las razones que están dichas y
declaradas en las preguntas antes de esta, dlgun li> que saben.
14°—Yten si saben que habrá seis años poco más o mcnoa que murió en el dicho
pueblo de Reque la segunda persona y el dirlm don Gabriel por adquirir derecho
pidió y puso demanda al cacicazgo de la segunda persona y sobre lo cual hizo
cierta información ,y nunca pudo probar lo que pretendía porque los testigos que
presentaba hacían burla de él, y decían que era mitayo, descendiente de tales y
que no le venía lo que pretendía y así lo dejó, y con favor que buscó le dieron el
gobierno de la segunda persona el cual lo gobernó unos días y ansí como bido
con un poco de favor y mando, robava a los indios y les quitaba sus haciendas y
cobraba dos y tres veces un tributo y nunca daba cuenta al Corregidor y
maltrataba de tal suerte a los indios que todos huían del pueblo y no osaban
parecer por él por miedo del dicho don Gabriel Martín, y viendo la grande
crueldad que con ellos abusaba y los robos manifiestos que hacía y lo mal que
trataba a los dichos naturales, dieron cuenta dello a Juan de Monroy, Corregidor
que era en aquella sazón el cual enbió a llamar al dicho don Gabriel el cual por
no parecer ante el dicho Corregidor, se huyó y ausentó del dicho pueblo y anduvo
huido y ausente, y viendo esto el Corregidor, le quitó el gobierno y lo dio a don
Xpoual Ospol, a quien de derecho le venía el dicho cacicazgo de segunda
persona, y sobre ello pasaron ciertos autos e informaciones, que con esta causa
están presentadas a las cuales se remiten los testigos, y nunca más el dicho don
Gabriel pretendió cosa ninguna, hasta agora que con relación falsa pretende lo
que no le viene ni sus antepasados tuvieron y esto saben los testigos por haberlo
visto ser y pasar como está dicho, digan lo que saben de manera que sobre este
artículo den razón suficiente y en todo lo demás.
Foja 128
Probanza de Don Diego Quesquen
En el pueblo de San Francisco de Chiclayo a veinte y cinco días del mes de
febrero, el dicho don Diego Quesquen presentó por testigo en esta causa a
Francisco Tinciec, natural del pueblo de Callanca, del cual el dicho Corregidor
recibió juramento en forma debida de derecho por las dichas lenguas e
intérpretes y siendo preguntado por el dicho interrogatorio a la primera pregunta
dijo que conoce a don Diego Quesquen hijo de don Diego Chimoy, y que conoció
al dicho don Diego Chimoy, cacique que fue del pueblo de Reque y que conoció
a Xancol Chumbi, padre del dicho don Diego Chimoy y abuelo del dicho don
Diego Quesquen, caciques que fueren del pueblo de Reque y que conoce a don
Gabriel Martín y que conoció a Efqucn Zula su padre, y que conoció a Sapquen
Zula su abuelo naturales del pueblo de Reque y conoze a don Francisco Llontop,
cacique que es del pueblo de Callanca y conoció a Quesquen Chumbi, padre del
dicho don Francisco y conoció a Cuncu Chumbi abuelo del dicho don Francisco,
a todos los cuales conoció de vista, trato y comunicación y que sabe y tiene noticia
de esta causa.
E preguntado si le toca alguna de las generales de ley, dijo que no le toca ninguna
y que es de edad de cien y treinta años, poco más o menos, y que en este caso no
le mueve pasión ni interés ninguno, sino de sólo decir la verdad y lo que supiere
y esto responde.
2.—A la segunda pregunta dijo este testigo que cuando los españoles entraron en
este Reyno, él vido ser cacique, en el pueblo de Reque al dicho Zaleo Chumbi y
este testigo vido que los dichos indios del dicho pueblo y los principales tenían y
obedecían al dicho Xalco Chumbi como a su señor y cacique y que este testigo
sabe que el dicho Xalco Chumbi dio la obediencia a los españoles en nombre de
su Majestad y les dio de comer y beber y las demás cosas necesarias y así los
españoles dejaron en la dicha su posesión de cacique al dicho Xalco Chumbi todo
lo que este testigo vido por sus ojos porque estaba él en el dicho pueblo cuando
sucedió lo susodicho y esto responde a esta pregunta.
3.—A la tercera pregunta dijo este testigo que como dicho tiene el dicho Xalco
Chumbi era cacique y señor del dicho pueblo de Reque, que lo heredó de su
abuelo y de su padre porque dello este testigo tiene noticia y lo sabe y que este
testigo sabe que. el dicho Xalco Chumbi estuvo en la posesión de cacique quieta
y pacíficamente por tiempo de quarenta años poco más o menos al parecer de
este testigo, y este testigo sabe y este testigo sabe que mataron al dicho Xancol
Chumbi unos indios del pueblo de Reque que este testigo sabe eran parientes del
dicho Efquen Zula, padre del dicho don Gabriel y este testigo vio muerto al dicho
Xancol Chumbi y este testigo oyó decir que los dichos indios del dicho pueblo
abían muerto al dicho Xancol Chumbi porque abía dado obediencia a los
españoles pero que este testigo le parece que le mataron de enbidia que le tenían
por ser cacique y que él vido estar al dicho Xancol Chumbi en la dicha posesión
conforme el tiempo que tiene dicho y esto responde a este pregunta.
4.—A la cuarta pregunta dijo este testigo que él vido cuando los españoles
entraron, luego que llegaron al dicho pueblo de Reque, el dicho Xalco Chumbi
cacique del dicho pueblo se sujetó luego debajo de auxilio del rey nuestro señor
y este testigo sabe que el dicho Xalco Chumbi fuera a la ciudad de Piura donde
osla ban los españoles y pidió por su encomendero a Miguel de Velasco y se le
dieron y este testigo vido que el dicho Miguel de Velasco quería mucho al dicho
Xalco Chumbi por ser cacique y señor del dicho repartimiento y le regalaba
mucho y que como este testigo tiene dicho que en los días que le bio, el dicho
Xancol Chumbi, este testigo le vido tener por tal cacique y estar quieto y pacífico
en la dicha posesión de cacique y este testigo no bido cosa ninguna en contrario
y esto responde a esta pregunta.
5.—A la quinta pregunta dijo este testigo que sabe y vido por sus ojos que el dicho
Xancol Chumbi tuvo en su casa a una india con que estaba casado en su ley la
cual dicha india es al presente biva y se llama Ana Pecnu, a la cual este testigo
bido que hacían vida maridable según antiguamente le solían hacer y este testigo
vido que el dicho Xalco Chumbi ubo por su hijo en la dicha india a don Diego
Chimoy, cacique que fue del pueblo de Reque y el dicho Xalco Cumbi y la dicha
india trataban al dicho don Diego Chimoy como a tal su hijo y como tal le
alimentaban y criaban y en tal reputación estaba auido tenido, entre los naturales
de los dichos pueblos y esto responde a esta pregunta.
6.—A la sexta pregunta dijo este testigo que en el tiempo del dicho Xalco Chumbi
él vido en el dicho pueblo de Reque un indio llamado Sapquen Zula el cual era
principal del dicho pueblo de Reque al cual este testigo vido que acudía con la
gente de su ayllo a lo que Quizu Chumbi, cacique del pueblo de Callanca le man-
daua, pero que este testigo no le vido acudir por mitayo, como dice la pregunta,
y que este testigo vido que el dicho Sapquen Zula se casó en su ley con una india
llamada Tuchuncata en la cual bido este testigo que hubieron por sus hijos
legítimos a Chasozula y Chancunzula a los cuales el dicho Sapquen Zula tenía en
posesión de tales hijos legítimos según su ley antigua de los naturales y este
testigo vido a los dichos hijos del dicho Sapquen Zula, ser principales y señores
naturales como al dicho su principal y no mitayos, como lo dice la pregunta y
este testigo vido que el dicho Sapquen Zula ubo por su hijo a Efquen Zula, padre
del dicho don Gabriel y este testigo oyó decir que el dicho Efquen Zula era hijo
de otra india que este testigo sabe cómo se llama y que no era hijo de la dicha
Tuchuncata, mujer según uso antiguo del dicho Sapquen Zula y que esto oyó
decir este testigo y que le vido que el dicho Sapquen Zula trataba al dicho Efquen
Zula como a su hijo y como a tal se le vido alimentar y criar en tal reputación
estuvo habido y tenido y que después este testigo vido que siendo de edad el
dicho Efquen Zula se casó según rito antiguo con una india que después se llamó
Isabel Ñuqui. Durante el dicho matrimonio este testigo sabe que el dicho Efquen
Zula hubo por su hijo a don Gabriel Martín litigante en una india que se llamaba
Bafella y que fue público y notorio el ser el dicho don Gabriel Martín, hijo del
dicho Efquen Zula y de la dicha india llamada Ella a los que este testigo se lo vido
alimentar como a tal su hijo y así conforme a los casamientos que los Caciques
hacian según uso antiguo, este testigo tiene al dicho don Gabriel por bastardo y
esto responde a esta pregunta.
7.—A la sétima pregunta dijo este testigo que conoce como dicho tiene al dicho
Efquen Zula era su cacique, es vocablo yunga y en castilla quiere decir señor pero
que este testigo vido que el dicho Efquen Zula acudía con su gente a las chácaras
y sementeras del dicho Xalco Chuinbi como mayordomo de ellas y que el nombre
de Efquen Zula quiere decir chacarero y mojón de chacra y que el dicho Efquen
Zula no servía de mitayo como la pregunta dice, pero que era principal de su
pueblo y señor natural como tiene dicho y que este testigo sabe que en el tiempo
que el dicho Efquen Zula estaba sirviendo al dicho Xalco Chumbi de lo que tiene
dicho, los indios de la parte del dicho Efquen Zula y otros indios del pueblo de
Reque mataron al dicho Xalco Chumbi y que este testigo oyó decir haber sido
porque se había sujetado a la corona real y que este testigo se halló presente
cuando le mataron y esto es público y notorio.
8.—A la octava pregunta dijo este testigo que él vido a don Diego Chimoy cuando
murió su padre Xalco Chumbi y que cuando murió que sería hasta de un año
poco más o menos y este, testigo vido que pusieron a un indio principal, pariente
suyo para que gobernase por él, el cual se llamaba Pocan Chumbi al cual este
testigo vido en el goiberno algunos días y después dejó el gobierno y se fue del
dicho pueblo y después este testigo vido que pusieron por gobernador a un indio
principal de los cocineros que se llamaba Efquen, el cual gobernó algunos días y
este testigo oyó decir que le habían quitado por ser incapaz al dicho oficio y
después este testigo sabe que pusieron por gobernador a un indio que se llamaba
don Gonzalo Millón, el cual gobernó algunos días y después dejó el gobierno y
este testigo oyó decir que lo había dejado por no acudir a dar las cosas que los
españoles le pedían y después este testigo vido que sucedió en el gobierno del
dicho pueblo Efquen Zula, padre del dicho Gabriel Martín, el cual gobernó el
dicho cacicazgo muchos años que al parecer de este testigo sería cincuenta y lo
tuvo hasta el día que murió, y este testigo oyó decir que el Encomendero del
dicho pueblo había dado favor y ayuda al dicho Efquen Zula para que le diesen
el dicho gobierno y este testigo sabe que así el dicho Efquen Zula como todos los
demás que gobernaron fue por ser pequeño el dicho Diego Chimoy y no porque
fuese suyo el dicho gobierno, y que así es público y notorio y esto respondí' a esta
pregunta.
9.—A la novena pregunta, dijo este testigo que la sabe, que después de muerto
dicho Efquen Zula el dicho don Diego Chimoy pidió que le diesen su cacicazgo
pues era muerto el dicho Efquen Zula y él tenía edad para gobernar, y este testigo
vido que le metieron del dicho cacicazgo, estando juntos todos los indios del
pueblo de Reque y el dicho don Gabriel Martín que era entonces muchacho y así
en la posesión quieta y pacíficamente sin que nadie se lo impidiese, a todo lo cual
se remite a las partes que acerca de ellos están en esta causa.
10.—A la décima pregunta dijo este testigo que él vido al dicho don Diego
Chimoy poseyendo el dicho cacicazgo y nunca ha sabido que tuviera
contradicción y pleito ninguno ni tal este testigo ha sabido sino que poseyó el
dicho cacicazgo quieta y pacíficamente más tiempo de treinta años al parecer de
este testigo hasta el día que murió, y este testigo sabe que el dicho don Diego
Chimoy fue casado dos veces y la última fue en la manera que la Santa Madre
Iglesia manda sean los matrimonios con una india que se llama doña Isabel y que
este testigo sabe que durante el dicho matrimonio de la dicha doña Isabel el dicho
don Diego Chimoy tuvo por su hijo al dicho don Diego Quesquen en una india
llamada Inés May y este testigo los vido tratar y nombrar como tal su hijo al dicho
don Diego Quesquen y en tal reputación está habido y tenido y como tal este
testigo se lo vido alimentar a los susodichos, y este testigo sabe que el dicho don
Diego Quesquen se casó con una hija del Cacique de Saña y a este testigo le parece
que si al dicho don Diego Quesquen no fuera hijo del dicho don Diego Chimoy
no se casara con la hija del cacique de Saña y que este testigo sabe y ha oído que
el dicho don Diego Chimoy dejó en su testamento por su hijo natural al dicho
don Diego Quesquen, y que este testigo no sabe que el dicho don Diego Chimoy
dejase hijo ninguno y si le dejare este testigo lo supiera, y esto es público y
notorio.
11.—A la oncena pregunta, dijo este testigo que él ha oído decir que el dicho don
Diego Chimoy dejó dicho en su testamento que el cacicazgo del pueblo de Reque
le pertenecía al dicho don Diego Quesquen y que este testigo le parece pertenece
el dicho cacicazgo al dicho don Diego Quesquen por haber sido de su padre y de
su agüelo y que no pertenece a otra persona, y esto responde a osla pregunta.
12.—A la docena pregunta, dijo que como tiene dicho el dicho Sapquen Zula fue
principal del pueblo de Reque y que no fue Cacique, ni Efquen Zula, su hijo sino
que como dicho tiene fueron señores de su pueblo de Reque y este testigo sabe
que al tiempo que gobernó el dicho Efquen Zula fue por ser pequeño el dicho
Don Diego Chimoy y por favorecerles para ello al común y no porque a él le
perteneciese el ser gobernador y cacique del dicho pueblo, y esto responde a esta
pregunta.
13.—A la trecena pregunta dijo este testigo que le parece que no le pertenece el
cacicazgo del dicho pueblo de Requ al dicho don Gabriel por ninguna manera,
de más de que es hijo del dicho Efquen Zula y como tiene dicho tuvo el gobierno
del dicho pueblo por ser pequeño el dicho Diego Chimoy y no porque fuese
Cacique, y que el dicho don Gabriel es hijo del dicho Efquen Zula en la forma que
tiene dicho en las preguntas antes de ésta, y esto responde a esta pregunta.
14.—A la catorce pregunta dijo, que este testigo habrá seis años poco más o
menos que oyó decir que el dicho don Gabriel había puesto demanda al cacicazgo
de segunda persona del dicho pueblo de Reque pero que este testigo sabe y ha
visto que no salió con él y que este testigo oyó decir que le habían saboteado unos
españoles y que por causa de esto este testigo sabe que luego le quitaron y este
testigo oyó decir que le quitaban porque no daba buena cuenta de los tributos y
porque trataba mal a los indios y porque le tomaban sus haciendas a los indios,
pero que él no les vido tomar nada y que este testigo oyó decir que había venido
Juan de Monroy al dicho pueblo y le habían dado cuenta de lo susodicho y este
testigo vido que el dicho don Gabriel se fue del Repartimiento de Reque, y este
testigo oyó decir que andaba ausente por las dichas causas porque no le castigase
el dicho Juan Monroy, y este testigo oyó decir que se habían hecho informaciones
cerca de ello, a las cuales se remite, y luego vido este testigo que pusieron por
gobernador de la dicha segunda persona a un indio lamado Xpobal Ospol y esto
responde a esta pergunta.
15.—A la quincena pregunta dijo este testigo que él oyó decir habrá tres o cuatro
años que el dicho don Gabriel Martín había prestado plata al dicho don Diego
Chimoy y que el dicho don Gabriel se la había demandado ante Francisco de
Ampuero, Corregidor del Partido el cual prendió al dicho Diego Chimoy por la
dicha plata y que este testigo oyó decir a don Francisco Llontop, su Cacique, el
dicho don Gabriel había enviado al dicho don Diego que le hiciera una Cédula,
diciendo que le pertenecía el cacicazgo después de los días del dicho Diego
Chimoy y que de esta manera se saldría de la prisión en que estaba aunque no le
pagase la dicha plata y este testigo oyó decir que le había hecho la dicha cédula
y de esta manera habían soltado al dicho Diego Chimoy aunque no pagó al dicho
don Gabriel y esto responde a esta pregunta.
16.—A la dieciseis pregunta, que sabe que el dicho don Diego Chimoy era indio
no cursado en papeles y que sabía poco de negocios y que este testigo oyó decir
que no supo lo que hizo el dicho Don Diego Chimoy en hacer la dicha declaración
y que a él le parece que no se le puede dar crédito porque fue hecha saliendo de
la cárcel el dicho don Diego Chimoy, y estando oprimido por la deuda que debía,
según este testigo ha oído decir y que a este testigo le parece que el dicho don
Diego Chimoy tenía el cacicazgo con buen derecho y en cuanto a lo demás de la
pregunta, se remite a lo que tiene dicho en las demás contestaciones y esto
respond.
17.—A la dicisiete pregunta dijo este testigo que sabe y vido que don Francisco
Llontop y su cacique heredó el cacicazgo de Ca- Uanca de Quesquen Chumbi, su
padre, el cual era hermano de Xan- col Chumbi padre del dicho don Diego
Chimoy y agüelo del dicho don Diego Quesquen y que a este testigo le parece
que no embargante las razones de arriba, el cacicazgo del pueblo dé Reque
pertenece a don Diego Quesquen y no al dicho don Francisco, porque el dicho
Cacicazgo fue de su padre y agüelo y que en cuanto a lo que la pregunta trata
acerca de don Gobriel, se remite a lo que tiene dicho en las demás preguntas antes
de esta, y esto responde a esta pregunta.
18.—A la dieciocho pregunta dijo, que este testigo a oído decir que el dicho don
Gabriel es indio de mala condición y soberbio Ir cual este testigo ha oído a
algunos indios del pueblo de Reque, pero que no lo sabe y que a él le parece que
en estando el dicho don Gabriel si tuviese en el cacicazgo trataría mal a los indios
y no sabe si les tomará sus haciendas, uno porque este testigo no le ha visto haya
tomado nada a nadie y que este testigo ha oído decir que los indios le querían
mal y que este testigo ha oído decir que ha tratado y trata con una india que se
llama Catalina Yacfe, dando mal ejemplo a los indios y esto responde a esta
pregunta, y sabe que la dicha doña Catalina es parienta en tercer grado del dicho
don Gabriel, pero que no los ha visto juntos ni sabe si es cierto u no, y que este
testigo ha oído decir que el dicho don Gabriel lleva algunas veces muchachos a
su chácara y que no oyen la doctrina aquellos días y esto responde a esta
pregunta.
19.—A las diez y nove pregunta, dijo este testigo que la sabe como en ella se
contiene, y esto responde a esta pregunta.
20.—A la veintena pregunta dijo, que todo lo susodicho es público y notorio y
pública voz y fama y la verdad en la cual se afirmó y ratificó y no supo firmar y
los lenguas firmaron:
Francisco Dolmos Pizarro.— Don Fernando Chusop.— Don Alfonso Deffe.—
Don Juan Inoptanta.— Ante mí: Marcos de Tudela, escribano.
Continúan las declaraciones de los testigos: Alonso Llunco, natural del pueblo de
Callanca; Pedro Chuncucha, natural del pueblo de Monsebu; Diego Tocño,
natural del pueblo de Monsebu; Juan Poc, natural del pueblo de Monsebu; Diego
Cucale, natural del pueblo de Chiclayo y Juan Llonse, natural del pueblo de
Chiclayo.
Auto Para La Aprobacion De Oficio
(Foja 151)
En el pueblo do Chiclayo a tres días del mes de Febrero de mil y quinientos
noventa y seis años, el Capitán Francisco de Olmos Pizarro, Corregidor del dicho
pueblo y su partido, por el Rey nuestro Señor, dijo que por cuanto en la provisión
que a su md. se le presentó de la Real Audiencia de los Reyes, se le manda que
averigüe a quien pertenece el cacicazgo del pueblo de Reque y que entre otras
diligencias en la dicha provisión manda que se hagan la una es una información
de Oficio la cual conbiene que sea secreta y sin que las partes lo entiendan por
que los testigos vengan a declarar sin ser inducidos, su md. mandó que se
despache al Cacique de Lambayeque una persona de recaudo para que el
susodicho embie del dicho pueblo, cuatro indios de los más ancianos y
principales que ubiere en el dicho pueblo y que se le encargue a la persona que
fuere por ellos, los traiga derecho en casa de su md., sin llegar a su casa de
ninguno indio y que asi mismo se le notifique a los alcaldes del pueblo de
Collique y Chiclayo, que de cada uno de los dichos pueblos traigan dos indios de
los más ancianos y puesto que aya en ellos la cual notificación se aga sin que para
ellos le sea advertido efecto parque su md. les pida y asi lo probeyó y firmó:
Francisco de Olmos Pizarro.— Ante mí: Marcos de Tudela. Escribano.
PROUANCA DE OFICIO
(Fojas 152-162)
En el pueblo de Chiclayo a tres dias del mes de Febrero de mil e quinientos
noventa y seis años, ante el Corregidor, se llamó a un indio de los que su md.
hecho apercibir para hacer la dicha información de Oficio, lo cual recibió
juramento en forma de derecho por lengua de Francisco Martín, residente en el
pueblo de Chiclayo, y habiéndole hecho e siendo preguntado como se llama y de
donde es natural —dijo que se llama don Pedro Cachucapa y que es natural del
pueblo de Collique y principal del dicho pueblo.
Fuele preguntado si conoce a las partes litigantes y a sus padres y agüelos, dijo
que él tiene noticia de Xancol Chumbi y le vido cuando le mataron y que conoció
a Don Diego Chimoy y que no conoce ni tiene noticia de don Diego Quesquen,
su hijo que dicen es/ y que no conoció a Sapquen zula y que conoció a Efquen
Zula su hijo y que conoce a don Gabriel Martín y que no conoce a Cun- cu
Chumbi, pero tiene noticia que fue cacique en el pueblo de Chuspu, y conoció a
Quesquen Chumbi de oídas, y conoce al presente a don Francisco Llontop,
cacique que es del pueblo de Callan- ca, como lo fue Cuncu Chumbi su agüelo.—
Fuele preguntado si sabe que pende pleito sobre el cacicazgo del dicho pueblo de
Reque, dijo que tiene noticia del.—
Fuele preguntado si es pariente de algunas de las partes si es interesado en esta
causa y qué edad tiene / dijo que no es pariente de ninguna dellas ni es interesado
en esta causa y que es de edad de ochenta cinco años poco más o menos.—
Fuele preguntado que costumbres tenían los naturales en el tiempo de los yngas
para nombrar caciques y si sucedían en el cacicazgo el hijo del cacique muerto o
el hermano u si elegían otro cacique los indios del dicho pueblo de Reque / dijo
que este testigo sabe y tiene noticia que en el tiempo de los yngas en muriendo
que muria el cacique, se juntaban los del tal pueblo a tratar quien les parecía que
fuese cacique y luego con lo que alli se acordaba, iban al inga a que nombrase
cacique como ahora se acude al virrey y que, el que venía nombrado por el inga,
ese era tenido y obedecido por cacique y aquel obedecían y respetaban los indios
y esto se usaba hasta el tiempo que los españoles vinieron a esta tierra y que las
dichas elecciones se hacían, sin tener atención al hijo del cacique que habia
muerto ni a otro pariente suyo, aunque algunas veces venían nombrados por
caciques los hijos u hermanos del cacique que habia muerto, pero no porque fuese
heredero por esto, sino por voluntad de los indios del y del inga y esto sabe este
testigo que se usaba en el dicho pueblo de Reque y en los demas comarcanos y
esto responde.—
Fuele preguntado que caciques a conocido en el pueblo de Reque y como se
llamaban y en que tiempo poseyeron el cacicazgo y por quien fueron nombrados
y que hijos dejaron.—
dijo que el conocio a Xancos Chumbi por cacique en el dicho pueblo de Reque y
que sabe, que al dicho Xancol Chumbi, puso por cacique un español que eran
recien venido al pueblo y que porque habia pocos dias que habían entrado los
españoles y que este testigo tiene noticia que antes que los españoles entrasen,
habió sido cacique en el pueblo de Reque Sapquen zula agüelo del dicho don
Gabriel Martin. El cual era ya muerto cuando los españoles eu traron y que los
españoles como vinieron y aliaron el dicho pueblo sin cacique pusieron de su
mano al dicho Xancol Chumbi y que cuando esto sucedió era muchacho Efquen
Zula, hijo del dicho Sapquen Zula y que este testigo sabe que los indios del
pueblo de Reque mataron al dicho Xancol Chumbi porque el habia primero
hecho matar a unos indios porque no le acudían con plata y otras cosas y este
testigo sabe que los indios del dicho pueblo de Reque mataron al dicho Xancol
Chumbi por la dicha ocasión y que cuando el dicho Xancol Chumbi murió, una
india que tenia en su casa quedó preñada del, la cual parió después a un niño que
se llamó don Diego Chimoy y este testigo no sabe ni a oydo que el dicho Xancol
Chumbi dejase otro hijo ninguno sino al dicho don Diego Chimoy— y luego este
testigo vido por cacique en el dicho pueblo de Reque a Efquen zula, padre del
dicho don Gabriel Martin, el cual fue nombrado por los españoles y indios del
pueblo porque dijeron que ellos no querian tener cacique de Chuspu, como lo
habia sido el dicho Xancol Chumbi, sino a natural cacique y señor suyo como lo
era Efquen Zula y asi este testigo sabe que fue alzado por cacique el dicho Efquen
zula pocos años después que los españoles entraron en este reyno, y estubo en la
posesión de cacique muchos años, hasta el dia que murió que era ya viejo y este
testigo sabe que el dicho Efquen Zula se cristiano y llamó don Martin Efquen
Zula y que tubo por su hijo al dicho don Gabriel Martin, y este testigo no sabe
que el suso dicho dejase otro hijo ninguno y luego después de muerto el dicho
Efquen Zula, este testigo vido que sucedió luego en el cacicazgo, un indio
llamado don Gonzalo Millón a el cual pusieron por cacique un español a
pedimento de los indios y este testigo oyó decir que lo habia consentido Martin
de Olarte que entonces era encomendero y este testigo sabe que el dicho don
Gonzalo estaba algunos dias en el dicho cacicazgo el dicho don Gonzalo y que
luego sucedió en él don Diego Chimoy, hijo del dicho Xancol Chumbi y este
testigo oyó decir que tubo pleitos con el dicho don Gonzalo para entrar en el
dicho cacicazgo y este testigo no sabe quien puso por cacique al dicho don Diego
Chimoy, ni quien no, pero que este testigo le habia visto entrar en casa del cacique
de Collique y en otras partes y que se sentaba en la taberna con los indios
particulares y este testigo no sabe que el suso dicho haya dejado hijo ninguno, ni
tal a oydo decir que deja hijo ninguno.—
Fuele preguntado que conforme a lo que arriba a dicho a quien le parece que tiene
mas derecho al cacicazgo de Reque, don Francisco Llontop, hijo de Quesquen
Chumbi que es él un litigante y a don Diego Quesquen, hijo del dicho don Diego
Chimoy que dice ser u don Gabriel Martin, hijo del dicho don Martin Efquen Zula
/ el cual dijo que el no sabe si el dicho don Diego Quesquon es hijo uno del dicho
don Diego Chimoy, pero aun que lo sea desde testigo le parece que le pertenece
al dicho don Gabriel Martin el ser en el que del dicho repartimiento y que no le
pertenece a ninguno de los demas y esto responde de esta pregunta.—
A la ultima pregunta dijo que lo que tiene dicho es lo que sabe, y la verdad, so
cargo del juramento que eso tiene lo dije asi y en ello se afirmó y ratificó y que lo
que tiene dicho es notorio publica voz y fama y no supo firmar, y el dicho
Francisco Martin lo firmó.
Francisco de Olmos Pizaro, Francisco Martin Pizarro. Ante mi: Marcos de Tudela.
2° TESTIGO DE OFICIO
En el dicho pueblo, dia, mes y año dicho, el dicho Corregidor, para la dicha
información recibió juramento a uno de los indios que su merced ha mandado
traer para la dicha información, el cual le hizo en forma de derecho, por el dicho
Francisco Martin, lengua interprete, por su merced nombrado, para el dicho
efecto.
Fuele preguntado como se llama y de donde es natural / dijo que se llama don
Agustin Piuqun y que es principal del pueblo de Chiclayo.—
Fuele preguntado si conocio a Xancol Chumbi y a los demas partes y dijo que él
conocio a Xancol Chumbi y conocio a don Diego Chimoy y que no conoce a don
Diego Quesquen y dijo que no conocio a Sapquen Zula, pero que conocio a
Efquen Zula y lo vido tratar por hijo del dicho Sapquen Zula y conoce a don
Gabriel Martin, hijo del dicho Efquen Zula y que no conocio a Cuncu Chumbi su
hijo, y que conoce a don Francisco Llontop y asi mismo tiene noticia desta causa
y esto responde.—
Fuele preguntado si le tocan alguna de- las generales y si es interesado en esta
causa, dijo que no le toca ninguna y que tendrá setenta y seis años pocos más o
menos y esto responde a esta pregunta.—
Fuele preguntado que orden tenían los caciques en tiempo antiguo para ser
elegidos y si sucedian los hijos o los hermanos en el dicho pueblo de Reque, dijo
que este testigo sabe y tiene noticia que así en el pueblo de Reque como en los
demas comarcanos a él, en muriendo el cacique se juntaban los indios del pueblo
y los principales y todos juntos hacían cabildo y elegían el cacique y electo, lo
enviaban para que lo confirmase el inga y confirmándolo el inga aquel, era tenido
y nombrado por cacique y aquel obedecían los indios y algunas veces sabe este
testigo, y tiene noticia que se ele- gian los caciques en los hijos del muerto, en
algunas hermanos, pero no porque consistiese en ser hijo u el hermano del
cacique, sino en la elección que los indios hacían y confirmación que el inga
enviaba y que esto era costumbre asi en el dicho pueblo de Reque que como en
el de Chiclayo, donde el es natural y en los demas comarcanos y esto responde a
esta pregunta.—
Fuele preguntado que caciques conocio en el dicho pueblo de Reque, y como se
llamaban y que hijos dejaron y porque fueron nombrados dijo / que el primer
cacique que este testigo conocio en el dicho pueblo fue a Efquen Zula, padre de
don Gabriel, pero que a oydo decir que primero habia sido cacique Xancol
Chumbi y que este testigo oyó decir que los caciques de Callanca habian enviado
al dicho Xancol Chumbi para que fuese cacique en el dicho pueblo de Reque y
que este testigo sabe que los indios del pueblo de Reque mataron al dicho Xancol
Chumbi y este testigo oyo decir que le habian muerto por poner al dicho Efquen
Zula en el dicho cacicazgo porque a el le pertenecía el ser cacique y no al dicho
Xancol Chumbi, y que por esta causa oyó decir este testigo que habian muerto al
dicho Xancol Chumbi y que este testigo oyó decir que el dicho Xancol Chumbi
no habia dejado hijo ninguno. Pero que de a pocos dias parió la mujer del dicho
Xancol Chumbi y este testigo oyó decir que el niño que parió se llamó don Diego
Chimoy y que a oydo decir muchas veces que no saben si es hijo del dicho Xancol
Chumbi u no, porque nació el dicho don Diego Chimoy, después de muerto el
dicho Xancol Chumbi y luego este testigo vido que fue cacique en el dicho pueblo
de Reque, Efquen Zula, padre del dicho don Gabriel, el que sucedió en el dicho
cacicazgo después de muerto el dicho Xancol Chumbi y a cabo de tres u cuatro
años, que los españoles habian entrado en este reyno y este testigo oyó decir que
todos los principales pidieron por su cacique al dicho Efquen Zula y asi quedó
alzado por tal cacique y que los indios y principales fueron a Martin de Olarte
para que les confirmase el nombramiento de cacique que los indios habian hecho
en el en el dicho Efquen Zula que en aquella sazón y asi habia cristianado y
llamado don Martin Efquen Zula y este testigo vido al suso dicho en la posesión
del dicho cacicazgo muchos años hasta su muerte y sabe que dejo por su hijo al
dicho don Gabriel Martin y que este testigo no a oydo ni entendido que el dicho
don Martin Efquen Zula dejase a otro ninguno por hijo suyo, sino al dicho Gabriel
Martin y este testigo vido que después fue cacique en el dicho pueblo, don
Gonzalo Millón al cual pidieron los indios del dicho pueblo por cacique al
encomendero el cual les dio por cacique al dicho don Gonzalo Millón al cual este
testigo vido en la dicha posesión algunos dias y este testigo sabe que don Diego
Chimoy, llamado por hijo del dicho Xancol Chumbi se entró por cacique en el
pueblo de Reque, diciendo que lo habia sido Xalco Chumbi su padre. Para lo cual
tubo pleitos con el dicho don Gonzalo Mi llon y este testigo oyó decir que de pena
se habia muerto el dicho don Gonzalo y asi se quedó el dicho don Diego en el
dicho cacicazgo y este testigo no sabe quien nombró por cacique al dicho don
Diego u no, pero sabe que estubo en el dicho cacicazgo hasta que murió y que
este testigo oyó decir que el dicho don Diego Chimoy dejó a una hija legitima y
que dejo por su hijo al dicho don Diego Quesquen. Pero que ha oydo decir que el
dicho don Diego Quesquen es hijo bastardo del dicho don Diego Chimoy.
Fuele preguntado que cual le parece que tiene mas derecho al cacicazgo de
Reque, don Gabriel Martin, hijo de don Martin Efquen Zula u que don Francisco
Llontop, hijo de Quesquen Chumbi u don Diego Quesquen, hijo de don Diego
Chimoy / dijo que le parece que el que mas derecho tiene al cacicazgo de los tres
es don Gabriel Martin. Por haber sido sus pasados caciques y su padre también
y a la ultima pregunta dijo que lo que tiene dicho es lo que sabe y la verdad so
cargo del juramento que eso tiene, lo dije asi y en ello se afirmó y ratificó y que
todo ello es notorio y publica voz y fama y no supo firmar y el dicho Francisco
Martin firmó.
3° testigo de oficio
En el dicho pueblo, dia, mes y año dicho el Corregidor recibió juramento en forma
de derecho a un indio de los que su merced ha mandado traer para la dicho
información el cual le hizo juramento por lengua del dicho Francisco Martin,
habiéndole hecho le fue preguntado que como se llamaba y que de donde es
natural, el cual dijo que se llama don Gonzalo Cerquien y que es principal y
pachaca en el pueblo de Chiclayo.—
Fuele preguntado si conocio a las partes, dijo que el no conocio a Xancol Chumbi
y que conocio a don Diego Chimoy y conoce a don Diego Quesquen que por otro
nombre le conoce y sabe que se llama Diego Gelic, y que no conocio a Sapquen
Zula, agüelo de don Gabriel Martin y conocio a Efquen Zula y conoce a don
Gabriel Martin y no conoce a Cuncu Chumbi, y que conocio a Quesquen Chumbi
y conoce a don Francisco Llontop, cacique de Callanea, hijo del dicho Quesquen
Chumbi, y que asi mismo tiene noticia de esta causa.—
Fuele preguntado si es pariente u amigo de las partes y si es interesado en este
negocio y dijo que no es interesado ni es punen te de las partes, y que es de edad
de sesenta años pocos mas o menos.—
Fuele preguntado que como elegían los caciques en tiempo de los ingas, el cual
dijo que el sabe y tiene noticia que en tiempo antiguo de los ingas en muriendo
el cacique en el dicho pueblo de Reque, y en los demas comarcanos iban los
señores donde estaba el inga para que nombrase el cacique como quien va ahora
al virrey y luego el inga nombraba por cacique a quien a él le parecía y el que
nombraba era tenido y respetado por cacique y aquel obedecían los indios y que
en aquel tiempo no se tenia atención a que fuese hermano del cacique muerto u
hijo, sino al que venia nombrado y que el inga nombraba al que le parecía que
era mas suficiente de aquella casta y unas veces venia nombrado el hermano y
otras el hijo y do esta manera ha oydo decir este testigo se elegían los caciques
hasta el tiempo que los españoles entraron y que después que los españoles
entraron, este testigo sabe que el Marqués Pizarro como fue encomendando los
repartimientos, les fue puniendo caciques a cada uno y después desto este testigo
sabe que en mueriendo aquellos caciques que nombró el marqués los
encomenderos les iban nombrando como iban faltando en los repartimientos iban
nombrando a otros y este testigo sabe que este orden se guardo en el dicho pueblo
de Reque y en los demas comarcanos hasta que vinieron las visitas del doctor
Cuenca y Juan de Hozes y esto responde y lo que sabe a la pregunta.—
Fuele preguntado que caciques a conocido en el pueblo de Reque y como se han
llamado y por quien han sido nombrados y que hijos han tenido y en tiempo de
quien tuvieron los dichos oficios / dijo que el primer cacique que conocio en el
dicho pueblo de Reque, fue a don Martin Efquen Zula, padre del dicho don
Gabriel Martin al cual vido muchos años en el dicho cacicazgo, hasta el dia que
murió y que al parecer de este testigo estuvo el dicho don Martin en el cacicazgo
del dicho pueblo, mas tiempo de treinta años, pero este testigo no sabe si lo
nombraron los indios por cacique, al dicho Efquen Zula u si le nombró el
encomendero, pero el le vido quieta y pacificamente en el dicho cacicazgo, sin
que tuviese contradicción ninguna y este testigo sabe quel dicho don Martin
Efquen Zula dejo por su hijo al dicho don Gabriel Martin y que el no ha oydo ni
sabido que el dicho Efquen Zula haya dejado otro hijo alguno, sino solo al dicho
don Gabriel y que luego después de muerto, el suso dicho, este testigo conocio
por cacique en el dicho pueblo a don Gonzalo Millón, primo del dicho don
Gabriel Martin y sobrino del dicho Efquen Zula y que este testigo entiende y tiene
por cierto que el dicho don Gonzalo le nombró por cacique, el encomendero pero
no sabe de cierto quien le nombro y que este testigo sabe que don Diego Chimoy
tuvo pleito con el dicho don Gonzalo, pidiendo el cacicazgo del dicho pueblo,
diciendo que al dicho don Diego Chimoy le pertenecía el ser cacique y que este
t<vi1 ímo sabe que durante el dicho pleito murió el dicho don Gonzalo v dicen
que murió de enojo de lo suso dicho y este testigo sabe que .siendo vivo don
Antonio Chumbi Guarnan, cacique del pueblo de Cinto, ynbio por el dicho don
Diego Chimoy, para lo traer al pueblo de Cinto porque decían que el dicho don
Diego Chimoy era hijo de una india que vivia en el dicho pueblo de Cinto la cual
estaba casada según su ley con un indio, sujeto al dicho don Antonio Chumbi
Guarnan y estando la dicha india en casa de su marido, el dicho Xancol Chumbi
embio por ella y se la llevaron a Cárcamo, que son un sitio de tierras llamadas
asi, donde el dicho Xancol Chumbi tuvo cuenta con la dicha india, pero este
testigo sabe que han dicho muchos indios en este pueblo que cuando salió de
aqui la dicha, fue preñada de dicho indio su marido, natural del pueblo de Cinto
y luego a pocos dias que la india estuvo en poder del dicho Xancol Chumbi, parió
de cuya causa sabe este testigo que el dicho don Antonio quiso traer al dicho don
Diego Chimoy por sujeto suyo, por ser hijo de indio natural de su pueblo y que
este testigo sabe que hubo pleito sobre ello y que hoy en dia están vivos los
testigos que juraron en esta causa y que fue muy publico y notorio el ser dicho
don Diego Chimoy hijo del indio de Chitlayo y no ser hijo del dicho Xancol
Chumbi y esto es notorio en este pueblo y que este testigo sabe que el dicho don
Diego Chimoy fue nombrado por cacique a pedimento del encomendero del
pueblo de Reque, pero este testigo le vido que en tiempo del dicho don Martin
Efquen Zula, le servia el dicho don Diego de sacar chicha para dar de beber a los
indios del pueblo y este testigo sabe que algunas veces iban a su casa y este testigo
ha oido decir que el dicho don Diego Quesquen es hijo bastardo del dicho don
Diego Chimoy y este testigo no sabe que el suso dicho haya dejado hijo legitimo
ninguno.
Fuele preguntado quien le parece a este testigo que tiene mejor derecho al
cacicazgo del pueblo de Reque, don Diego Quesquen, hijo de don Diego Chimoy,
u don Gabriel Martin hijo de don Martin Efquen Zula, u don Francisco Llontop,
hijo de Quesquen Chumbi, / dijo este testigo que a el le. parece que le pertenece
el dicho cacicazgo a don Diego Martin y no a otro de de los suso dichos.
A la ultima pregunta dijo que lo que tiene dicho es lo que sabe y la verdad en lo
cual se afirmó y ratificó, so cargo del juramento que tiene, dice asi y que todo ello
es notorio, publica voz y fama y lo firmó.
4° testigo de oficio
En el dicho pueblo de Chiclayo, dia, mes y año dicho, el dicho Corregidor recibió
juramento en forma devida de derecho a uno de los indios que su merced a
mandado traer para dicha información el cual le hizo por el dicho Francisco
Martin, lengua habiéndole hecho, le fue preguntado como se llama / dijo se
llamaba don Gonzalo Quesquen y que es principal del pueblo de Collique.
Fuele preguntado si conoce a las partes y dijo que conoció a Sancol Chumbi y que
conoció a don Diego Chimoy y no conoce a Safquen Zula y conocio a Efquen Zula
y conoce a don Gabriel Martin y conocio a Cuncu Chumbi cacique que fue en el
pueblo de Callanca y que conoció a Quesquen Chumbi y asi mismo conoce a don
Francisco, cacique que es en el pueblo de Callanca y a don Diego Quesquen, dijo
no le conoce y que tiene noticia de esta causa y esto responde.—
Fuele preguntado si le tocan alguna de las generales u si es interesado en esta
causa y que edad tiene / dijo que no es pariente ni interesado con ninguno de los
pretensores y que tendrá ochenta cinco años pocos mas o menos y esto
responde.—
Fuele preguntado que orden tenian los indios del pueblo de Reque en nombrar
los caciques en el dicho pueblo y que orden se tenia en la sucesión de los caciques
en el tiempo que los españoles vinieron y antes y después y dijo — que este
testigo sabe que cuando morian los caciques en el dicho pueblo de Reque y en los
demas comarcanos los indios del pueblo se juntaban y le nombraban y luego iban
a que el inga le confirmase y en viniendo confirmado por el inga era obedecido y
tenido y respetado por cacique y señor y que algunas veces nombraban al hijo
del que había muerto y otras veces al hermano, pero que no era forzoso, sino
estaba al albedrío de los indios y del inga y este testigo sabe que es guardo esta
orden en el pueblo de Reque y en los demas hasta que los españoles vinieron y
que después aca, como iban muriendo, los encomenderos iban puniendo por
caciques a los indios que les venia y a ellos les parecía y que el nombrar los
caciques los encomenderos a durado y duro en el dicho pueblo de Reque hasta
que Salvador Vás- ques puso por cacique a don Diego Chimoy y esto responde a
esta pregunta.—
Fuele preguntado que caciques a conocido en el dicho pueblo de Reque y como
se han llamado y que hijos han tenido / dijo que este testigo conocio en el pueblo
de Reque por cacique a Xancol Chumbi y este testigo sabe que al dicho Xancol
Chumbi le embia- ron los indios de Callanca para que fuese cacique en el pueblo
de Reque y que este testigo sabe que los indios del pueblo le mataron porque no
era su señor natural y este testigo sabe que el dicho Xancol Chumbi envió por
estos pueblos a que le llevasen algunas indias hermosas y le llevaron a una india
que era mujer de un indio natural del pueblo de Cinto que se llamaba Chatchat,
la cual india la llevaron a unas tierras que se llamaban Cárcamo, donde el dicho
Xancol Chumbi tuvo cuenta con la india y de pocos días que la india estuvo con
el dicho Xancol Chumbi, parió un hijo el cual se llamó don Diego Chimoy y este
testigo sabe que don Antonio Chumbi Guarnan, cacique del pueblo de Cinto,
envió por el dicho don Diego Chimoy, diciendo que era indio sujeto suyo porque
cuando su madre fue a tener cuenta con el dicho Xalco Chumbi iba preñada del
dicho Chatchat su marido y por ser el dicho Chatchat sujeto al dicho don Antonio,
por eso le quería traer al dicho pueblo de Cinto a cerca de lo cual sabe este testigo
que ha habido pleito y que hoy dia hay en el pueblo de Chiclayo, testigos que lo
vieron lo suso dicho y que el no sabe que el dicho Xancol Chumbi dejase hijo
ninguno otro, sino al dicho don Diego Chimoy, aunque como dicho tiene hay
muchos que dicen que no es hijo del dicho Xalco Chumbi, sino del dicho
Chatchat, indio de Chiclayo y luego este testigo vido por cacique en el dicho
pueblo de Reque al dicho Ef- quen Zula, padre del dicho don Gabriel Martin. El
cual se bautizó y se llamó don Martin Efquen Zula y este testigo le parece que
habia dos años que los españoles habían entrado en este reyno cuando los indios
y principales pidieron que les diesen por cacique al dicho Efquen Zula, lo cual
pidieron a el encomendero y que desta manera fue alzado por cacique el suso
dicho y estubo en la posesión muchos años y este testigo sabe que dejo por su
hijo al dicho don Gabriel Martin y el no ha oido, ni sabido que el dicho don Martin
Efquen Zula dejase otro hijo ninguno sino al suso dicho y este testigo sabe que
luego fue cacique en el dicho pueblo un indio llamado don Gonzalo Millón, el
cual fue nombrado por Martin de Olarte encomendero del dicho pueblo a
pedimento de los indios y este testigo sabe que estuvo algunos dias en el dicho
oficio y este testigo sabe que el dicho don Diego Chimoy tuvo pleito por el
cacicazgo con el dicho don Gonzalo y este testigo sabe que en este Ínter, se murió
el don Gonzalo, y asi puso Salvador Vasquez por cacique al dicho don Diego
Chimoy que estuvo en el cacicazgo muchos años y este testigo ha oido decir que
dejó un hijo bastardo, pero que no sabe como se llama y esto responde a esta
pregunta.—
Fuele preguntado que cual de los litigantes le parece que tiene mas derecho al
cacicazgo, don Francisco Llontop, hijo de Quesqucn Chumbi / u don Gabriel
Martin Yecan, hijo de don Martin Efquen Zula / u don Diego Quesquen hijo de
don Diego Chimoy, dijo — que a el le parece que el cacicazgo del pueblo de Reque
pertenece derechamente al dicho don Gabriel Martin, porque antiguamente eran
señores sus pasados en el dicho pueblo y asi lo fue su padre y esto responde.—
A la ultima pregunta dijo que lo que a dicho es la verdad y lo que sabe so cargo
del juramento que de eso tiene lo dice publica voz y fama y no supo firmar y la
lengua lo firmó.
5° Testigo
En el pueblo de Chiclayo a cuatro dias del mes de Febrero de mil e quinientos
noventa y seis años el dicho Corregidor recibió juramento en forma debida de
derecho a un indio de los que su merced ha hecho traer para la dicha información.
El cual le hizo por la dicha lengua en forma de derecho — Fuele preguntado como
se llama y de donde es natural — dijo que se llama Martin Efquen y que es natural
del pueblo de Collique.—
Fuele preguntado si conoce a las partes litigantes — dijo que conocio a Xancol
Chumbi y conocio a don Diego Chimoy y que a visto a don Diego Quesquen,
pero no sabe si es hijo del dicho don Diego Chimoy u no / y que no conocio a
Sapquen Zula pero conocio a Efquen Zula y conoce a don Gabriel Martin y no
conocio a Cuncu Chumbi y que conocio a Quesquen Chumbi y conoce a don
Francisco Llontop, cacique de Callanca su hijo y que tiene noticia desta causa.—
Fuele preguntado si es amigo o pariente de las partes u si le han hablado las
partes u es interesado en esta causa y que edad tiene — dijo que no le han hablado
ninguno de las partes ni es él pariente de ninguno, ni interesado en esta causa y
que es de edad de setenta y seis años pocos mas o menos.—
Fuele preguntado que orden tenían los indios en nombrar caciques en el pueblo
de Reque y como eran obedecidos y respetados y como tomaban la sucesión //
dijo que este testigo sabe y tiene noticia que en el pueblo de Reque y en los demas
destos llanos, los indios se juntaban y nombraban al que les parecía por cacique
en el dicho pueblo u hecho dicho nombramiento iban al inga el cual le nombraba
y el que venia nombrado ese era tenido, obedecido y respetado por cacique y que
algunas veces nombraban al hijo u hermano del muerto pero que no se atendía
al parentesco, sino al que era mas sufiieente y esta orden se guardo en el dicho
pueblo y los demas hasta el tiempo que los españoles vinieron y que después que
los españoles entraron, el Marques Francisco Pizarro, iba nombrando los caciques
y después aca cuando morían los caciques los indios iban al encomendero y
pedían el cacique que habia de ser y el le nombraba y que esto duró en el dicho
pueblo de Reque hasta que Salvador Vasquez puso por cacique a don Diego
Chimoy y esto responde.—
Fuele preguntado qué caciques ha conocido en el puelilo de Reque y cómo se
llamaban y en qué tiempo poseyeron el diclm cacicazgo y qué hijos tuvieron —
dijo que el primer cacique que conoció en el pueblo de Reque fue el dicho Xancol
Chumbi, pero no sabe quién lo nombró pero oyó decir que los españoles le que
rían mal y que le mataron por no consentille y por ser más acón dicionado y que
este testigo sabe que cuando le mataron había un año que habían venido los
españoles en este reyno — y que osle testigo ha oído decir que no dejó hijo
ninguno el dicho Xancol Chumbi, sino que dejó una india amiga suya preñada y
que la llevaron a su casa para que pariese, que su casa era en Cárcamo y este
testigo ha oído decir que de la dicha india procedió el dicho don Diego Chimoy
— y que después de muerto el dicho Xancol Chumbi, este testigo sabe que fue
cacique en el pueblo de Reque el dicho Efquen Zula que ya se había cristianado
y se llamaba don Martín Efquen Zula y este testigo sabe que los principales e
indios del dicho pueblo de Reque pidieron por cacique al dicho Efquen Zula y el
encomendero le nombró a pedimento de los dichos indios y este testigo sabe que
el susodicho estuvo muchos años en la posesión, hasta que era muy viejo y este
testigo sabe que dejó por hijo al dicho don Gabriel y que no ha oído decir ni
sabido que el dicho Efquen Zula dejase otro hijo ninguno sino al dicho Gabriel
Martín... (borrado) después de muerto el dicho Efquen Zula este testigo vido que
pusieron por cacique a don Gonzalo Millón al cual nombró por cacique el
encomendero a pedimento de los principales y indios del dicho pueblo y este
testigo sabe que don Diego Chimoy tuvo pleito con el dicho don Gonzalo y que
durante el pleito murió el dicho don Gonzalo y dicen que murió de enojo que
recibió del pleito y luego el encomendero Salvador Vásquez puso por cacique al
dicho don Diego Chimoy el cual estuvo en la dicha posesión mucho tiempo hasta
el día que murió y este testigo ha oído decir que el dicho don Diego Chimoy dejó
un hijo bastardo pero este testigo no sabe cómo se llamaba ni que haya dejado
otro hijo, y esto es lo que sabe desta pregunta.
Fuele preguntado que cuál le parece que tiene más derecho a ser cacique ,don
Francisco Llentop, hijo de Quesquen Chumbi, u don Diego Quesquen hijo de don
Diego Chimoy u don Gabriel Martín hijo de don Martín Efquen Zula / dijo que
a él le parece que le viene de derecho el cacicazgo del pueblo de Reque a don
Gabriel Martín y no a otro ninguno de los susodichos porque antigua mente lo
fueron sus pasados, según éste tiene noticia y por lo ha ber sido su padre Efquen
Zula.
A la última pregunta dijo que lo que tiene dicho es la ver dad y lo que sabe so
cargo del juramento que hecho tiene, lo <lim
así y en ello se afirmó y ratificó y que todo ello es notirio y pública voz y fama y
el dicho Francisco Martín lo firmó.
6° Testigo de Oficio
En el dicho pueblo, día, mes y año, el dicho Corregidor para hacer la dicha
información recibió juramento en forma debida a un indio que su merced ha
mandado venir para hacer la dicha información de Oficio, el cual le hizo por
lengua del dicho Francisco Martín e habiéndole hecho le fue preguntado cómo se
llama y de dónde es natural — dijo que se llama Martín Quepen y que es natural
del pueblo de Lambayeque y que es pariente de don Gonzalo, cacique del dicho
pueblo.
Fuele preguntado si conoció a Xalco Chumbi y a las demás partes — dijo que
conoció a Zaleo Chumbi y a don Diego Chi- moy su hijo y que conoce a don Diego
Quesquen y que conoció a Sapquen Zula y que conoció a Efquen Zula y- conoce
a don Gabriel Martín y que no conoció a Quesquen Chumbi y que conoció a
Quesquen Chumbi (sic) y conoce a don Francisco Llentop y a conoció y tiene
noticia desta causa y esto responde a esta pregunta.
Fuele preguntado si es pariente de alguna de las partes o si es interesado en esta
causa, dijo que no y que no le tocan ninguna de las generales de la ley y que es
de edad de ochenta y cinco años poco más o menos.
Fuele preguntado qué costumbres tenían los indios antiguamente en nombrar los
caciques en el dicho pueblo de Reque y cómo eran obedecidos y respetados, dijo
que en // dijo que este testigo sabe (sic) y tiene noticia que antiguamente en el
dicho pueblo de Reque y en los demás de los llanos comarcanos a él, en muriendo
el cacique se juntaban los indios del pueblo y los demás indios y miraban quien
querían que fuese cacique y el que allí salía nombrado iba al inga para que le
confirmase por cacique y luego volvía al pueblo y los indios le obedecían y
respetaban como a su cabeza y en esta elección algunas veces se atendía al
hermano del cacique u al hijo u a otro pariente del que había muerto y los indios
le nombraban pero no porque eso fuese forzoso, sino voluntario de los indios
nombrar al hermano u hijo del muerto y que a lo que se miraba principalmente
era al que era más suficiente y esta orden se guardó hasta que vinieron los
españoles en el dicho pueblo de Reque y en los demás comarcanos y que después
de haber venido los españoles en muriendo el cacique se juntaban los indios y
miraban el que les parecía que era mejor para cacique y iban al encomendero a
que le nombrase, lo cual se usó en el dicho pueblo de Reque y los demás hasta el
tiempo del doctor Cuenca que a treinta años.
Fuele preguntado qué caciques a conocido en el pueblo do Reque y cómo se han
llamado y qué sucesores y hijos han tenido y en qué tiempo han sido caciques /
dijo que este testigo conoció en el pueblo de Reque por cacique a Xancol Chumbi,
el cual nombraron por cacique luego que llegaron los españoles y fue nombrado
por un español que este testigo no sabe cómo se llama y este testigo sabe que los
indios del pueblo de Reque no quisieron recibir por cacique al dicho Xancol
Chumbi porque decían que no era su Señor natural, ni era nombrado ni elegido
por ellos y así le mataron los indios del pueblo de Reque y este testigo sabe que
el dicho Xalco Chumbi dejó por su hijo a un indio llamado don Diego Chimoy el
cual era fama que era hijo bastardo del dicho Xancol Chumbi, según costumbre
antigua y que cuando el dicho Xancol Chumbi murió quedó niño el dicho don
Diego Chimoy y este testigo no sabe que el dicho Xancol Chumbi dejase otro hijo
ninguno, más de al dicho don Diego Chimoy y después de muerto el dicho
Xancol Chumbi, los indios del pueblo de Reque nombraron por su señor y
cacique a Efquen Zula, padre del dicho don Gabriel Martín y así fue tenido y
respetado como a su señor y cacique todos los días que libro el cual estuvo en la
dicha posesión muchos años, donde este testigo le vido hasta el día que murió y
este testigo oyó decir que la causa por que los indios de Reque mataron al dicho
Xancol Chumbi fue por alzarse por cacique al dicho Efquen Zula, cuyo era el
dicho cacicazgo y no del dicho Xancol Chumbi que era natural del pueblo de
Callanca y este testigo ha oído decir que el dicho Efquen Zula fue nombrado por
los indios y por el encomendero y sabe que después se cristianó y llamó don
Martín Efquen Zula. El cual tuvo por hijo a don Gabriel Martín litigante y este
testigo no sabe que el susodicho dejase otro hijo alguno y este testigo sabe que
después de muerto el dicho Efquen Zula, los indios nombraron por cacique a un
indio que había venido de Lima y era pariente del dicho Efquen Zula el cual fue
nombrado por los indios del pueblo de Reque y por Martín de Olarte que a la
sazón era encomendero y este testigo no sabe cómo se llama el dicho indio porque
no se acuerda, pero sabe que estuvo en el dicho cacicazgo algunos años, hasta
que murió en él, y este testigo no sabe si dejó hijo alguno y después de muerto
este testigo sabe que sucedió en el cacicazgo del pueblo de Reque don Diego
Chimoy, al cual los indios del pueblo de Reque no querían admitir y este testigo
sabe que Salvador Vásquez su encomendero y don Martín Cacique de
Lambayeque, favorecieron al dicho don Diego y por esta causa los indios le
recibieron por cacique el cual estuvo en la dicha posesión hasta que murió que
fue tiempo de más de treinta años y este testigo no sabe si el dicho don Diego
Chimoy dejase algún hijo u no y esto responde a esta pregunta.
Fuele preguntado que quién tiene derecho a ser cacique en el pueblo de Reque,
don Francisco Llentop, hijo de Quesquen Chum- bi / u don Diego Quesquen hijo
de don Diego Chimoy u don Gabriel Martín hijo de don Martín Efquen Zula //
dijo que a él le parece que pertenece al dicho don Gabirel Martín el ser cacique
en el pueblo de Reque. Porque lo fue de sus pasados y que no le pertenece a
ninguno de los otros litigantes, ni a otra persona sino al dicho don Gabriel y esto
responde a esta pregunta.
A la última pregunta dijo que todo lo susodicho es lo que sabe y la verdad so
cargo del juramento que hecho tiene, lo dice así y en ello se afirmó y ratificó y
que todo es notorio y pública voz y fama y no supo firmar y el dicho lengua firmó.
7° Testigo de Oficio
En el pueblo de Chiclayo día, mes y año dicho, el dicho Corregidor recibió
juramento en forma debida de derecho a un indio de los que su merced a hecho
venir para la dicha Información, el cual hizo el dicho juramento por el dicho
Francisco Martín, lengua en forma debida de derecho e habiéndole hecho le fue
preguntado como se llama y de donde es natural y dijo que se llama don Gonzalo,
y que es natural del pueblo de Chiclayo.
Fuele preguntado por el conocimiento de las partes, dijo que él conoció a
Quesquen Chumbi y conoce a don Francisco Llentop cacique de Callanca y no
conoció a Sapquen Zula y que conoció a Efquen Zula y conoce a don Gabriel
Martín y que no conoció a Xalco Chumbi y que conoce a don Diego Chimoy y no
conoce a don Diego Quesquen su hijo que dice es.
Fuele preguntado si le tocan las generales de la ley u alguna dellas y qué edad
tiene / dijo que no le tocan las generales y que es de edad de setenta años poco
más o menos.
Fuele preguntado qué costumbres tenían los indios antiguamente en nombrar
caciques y cómo eran elegidos y respetados y por qué orden se han nombrado
después que los españoles vinieron a esta tierra, así en el pueblo de Reque como
en los demás. Dijo que antiguamente en muriendo un cacique los indios se
juntaban y los principales y miraban cuál les parecía que tenía más suficiencia
para ser cacique y al que lea parecía la tenía, le nombraban y aquel iba al inga
para que le confirmase y él le confirmaba y luego los indios le obedecían por
cacique principal y que en esta elección no se tenía elección a nombrar hermano
u hijo del que había muerto, sino al que era más suficeinte y este testigo tiene
noticia y ha oído decir que se guardaba esta orden asi en el pueblo de Reque,
como en los demás, hasta el tiempo que los es pañoles vinieron a este reyno y
después, como los principales en ciques iban muriendo se juntaban los indios y
nombraban oli os y iban al encomendero a que le confirmase y esto se usó hasta
el tiempo del doctor Cuenca y esto responde.
Fuele preguntado qué caciques a conocido en el dicho pueblo de Reque y en qué
tiempo y por quién nombrados y qué hijos tuvieron dijo / que él conoció por
cacique en el pueblo de Reque a Efquen Zula al cual vido en la dicha posesión y
fue muchas veces a beber a su casa y que este testigo sabe que el dicho Efquen
Zula fue elegido por cacique a pedimento de los indios del dicho pueblo y que el
dicho Efquen Zula fue cacique pocos días después que los españoles vinieron a
este reyno el cual estuvo en la dicha posesión muchos años hasta que murió y
este testigo sabe que el susodicho dejó por su hijo a don Gabriel Martín y que él
no sabe que el susodicho haya dejado otro hijo ninguno y este testigo sabe que
después de muerto el dicho Efquen Zula fue cacique en el dicho pueblo don
Gonzalo Millón su sobrino y este testigo oyó decir que el dicho don Gonzalo
había sido nombrado por los indios y que el dicho don Diego Chimoy tuvo pleito
con el dicho don Gonzalo, sobre ser cacique y él no sabe en qué paró, pero sabe
que el dicho don Diego Chimoy fue cacique en el dicho pueblo de Reque y este
testigo ha oído decir que fue nombrado por Salvador Vásquez su encomendero
y el le vido muchos días en el dicho cacicazgo hasta que murió y este testigo no
sabe si dejó hijo alguno y esto responde a ésta.
Fuele preguntado que quién le parece que es derechamente cacique en el pueblo
de Reque, don Gabriel Martín hijo de don Martín Efquen Zula / u don Diego
Quesquen, hijo de don Diego Chimoy / u don Francisco Llentop, hijo de
Quesquen Chumbi / dijo que a él le parece que el dicho cacicazgo pertenece a
don Gabriel Martín y no otro ninguno de los susodichos.
A la última pregunta dijo que lo que tiene dicho es lo que sabe y la verdad so
cargo del juramento que para ello hizo y en en ello se afirmó y ratificó y no supo
firmar y que todo ello es notorio y pública voz y fama y la lengua lo firmó.
Ante mí: Marcos de Tudela.
Parecer del fiscal (foja 164).
Por una real provisión de V. A. me fue presentada por don Gabriel Martín
pretensor del cacicazgo del pueblo de Reque man de poner edictos en el dicho
pueblo y comarcanos del, y mando citar al común del y se opusieron al dicho
cacicazgo / don Fian- cisco Llontop cacique de los pueblos de Monsebu y
Callanca, y don Diego Quesquen, natural del dicho pueblo de Reque, el cual
presentó otra Real provisión de V.A. para el dicho efecto y de lo que las partes
dijeron y alegaron les di traslado y recibí la causa aprueba y cada uno de los
dichos tres opositores hizo su probanza y demás dellas y de otra de Oficio y de
más de la claridad que dellas saqué me c informado de indios antiguos desta
comarca de la sucesión que habido en el dicho cacicazgo y de la claridad que
dello e sacado y de la Visita General que Juan de Hozes hizo del dicho
repartimiento de Reque di mi parecer en lo susodicho el cual es que el cacicazgo
del dicho pueblo de Reque es y pertenece al dicho don Francisco Llontop cacique
de los pueblos de Monsebu y Callanca / porque antiguamente antes que los
españoles entrasen en este reyno, fue cacique de los dichos pueblos de Monsebu,
Callanca y Reque, Cuncu Chumbi, agüelo del dicho don Francisco Llontop y
porque ansí mismo fue cacique en el pueblo de Reque Xancol Chumbi, tío del
dicho don Francisco hermano de su padre / y el dicho don Francisco es de edad
de cincuenta años según su aspecto y tiene capacidad y suficiencia puede
gobernar el dicho cacicazgo / Pero yo alio por inconveniente el susodicho cacique
de los dichos dos pueblos de Monsebu y Callanca, y no podrá acudir al cacicazgo
del dicho pueblo de Reque de más de que por no ser natural del no le respetarán
los indios y parecién- dole a V.A. ser esto inconveniente para que el dicho don
Francisco no sea cacique del dicho pueblo de Reque / me parece que de los otros
opositores el que más derecho tiene al dicho cacicazgo es don Gabriel Martín,
porque Sapquen Zula su agüelo fue señor natural en el dicho pueblo de Reque
de un ayllo llamado Reque, que es de donde el dicho pueblo tomó el nombre. El
cual tenía sus principales y hamaqueros como los tienen los caciques / pero eran
sujetos al dicho Cuncu Chumbi cacique de los pueblos de Monsebu y Callanca y
Reque / y porque de a pocos días que los españoles entraron en este reyno Efquen
Zula, padre del dicho don Gabriel fue alcalde y nombrado por cacique por los
indios del pueblo de Reque el cual lo poseyó muchos años y así por ser como es
el dicho don Gabriel Martín, hijo natural del dicho Efquen Zula y nieto de dicho
Sapquen Zula / me parece que siendo inconveniente las razones arriba dichas
para que el dicho don Francisco no sucede en el dicho cacicazgo, le pertenece al
dicho don Gabriel / el cual es indio ladino, hábil y suficiente y sabe leer y escribir
y soy informado que no se embriaga y será de cuarenta años poco más o menos
/ y el dicho don Diego Quesquen que es el otro litigante me parece no tiene
derecho al dicho cacicazgo por ser como es hijo bastardo de don Diego Chimoy
de más que no
es suficiente ni tiene saber ni habilidad para ser cacique y r:;!uy informado que el
susodicho se embriaga de ordinario y seré de edad de veinte y siete años poco
más o menos / y ninguno de lo dos los dichos opositores son llamados por la tasa
al dicho cacicazgo del dicho pueblo todo lo cual embié a V.A. por mi parecer y lo
juro a Dios y a esta cruz en forma de derecho / fecho en Chiclayo a veinte y nueve
días del mes de Febrero de mil c qui nientos noventa y seis años.
Ante mí: Marcos de Tudela.
Fojas N° 166 a 176.
En el pueblo de Ferreñafe jurisdicción de la Villa de Santiago de Miraflores de
este Perú a cuatro días del mes de Julio de mil quinientos y setenta años. Ante el
muy magnífico señor... Juan de Hoces, Corregidor y Justicia Mayor de la dicha
Villa por su Ma- gestad y en presencia de mí, Fernando de Miranda, Escribano y
de su Justicia, pareció presente un indio que dijo llamarse don Pedro Mincul y
presentó este escrito y la provisión de que se hace mención del tenor siguiente:
ESCRITO
Pedro Mincul en nombre de don Gonzalo Millón mi hermano, parezco ante V. M.
en esta provisión del muy Excelentísimo señor don Francisco de Toledo,
Mayordomo de su Magestad y su Virrey y Gobernador y Capitán General de
estos Reynos en su real nombre de la cual dicha provisión hago presentación ante
V.M.d. A Vuestra Merced pido y suplico la dé por presentada y la mande cumplir
y guardar como en ella se contiene e para ello el muy magnífico oficio de V.M.
imploro y pido justicia y costas. Don Pedro Mincul.
Y presentado este dicho escrito y provisión que en él se hace mención el dicho
señor Corregidor lo hubo por presentado y dijo que obedecía y obedeció la dicha
provisión de sus Excelentísimos en el acatamiento que debe y es obligado y que
en cuanto al cumplimiento de lo que por ella se le manda que despachándose de
los negocios de los naturales de este dicho pueblo de Ferreñafe que su merced
tiene entre manos irá al pueblo de Reque y cumplirá lo contenido en la dicha
provisión con las justificaciones que en ellas se contiene. Y firmólo de su nombre,
testigos, Marcial de Villafana y Juan de Poza, residentes en este dicho pueblo. —
Juan de Hoces. — Ante mí: Fernando de Miranda, Escribano.
Provision
Don Francisco de Toledo, Mayordomo de su Magestad, su Visorrey y
Gobernador y Capitán General de estos Reynos y Provincias del Perú y
Presidente de la Audiencia Real de esta Ciudad de los Reyes, etc. A voz al que
sois o fuéredes Corregidor de Mi- raflores y los Valles, por cuanto por parte de
don Antonio Páucar en nombre de don Gonzalo Millón, Cacique de Reque, por
su petición que ante mí presentó, me hizo relación, diciendo que yo había
mandado dar su petición una provisión del tenor siguiente:
PROVISION.—Don Francisco de Toledo, etc., a vos Juan de Hoces, Corregidor
de Miraflores y los Valles, sabed que don Gonzalo Millón, Cacique principal del
repartimiento de Reque, encomendado en Salvador Vásquez vecino de la Ciudad
de Trujillo pareció ante mí y se me quejó del dicho Salvador Vásquez diciendo
que por qué no le acude con más tributo de lo que está mandado le dé por la
visita el doctor Cuenca y por enojo que ha tomado con él le ha quitado el oficio e
insignias de Caciques como son las trompetas y taberna y me pidió y suplicó le
hiciese justicia; lo cual visto por mí di ésta, para vos por la cual os mando que
siendo así como el dicho don Gonzalo Millón dice, proveáis como sea amparado
en el dicho Cacicazgo, no embargante lo que contra él hubiese hecho el dicho
Salvador Várquez y le sean vueltos las insignias del dicho Oficio y sea emaparado
en la dicha posesión y defendido en él y si el dicho Encomendero u otras personas
alguna pretendiese algo contra el dicho don Gonzalo Millón, parezca ante mí que
yo le oiré y guardaré su justicia, lo cual, así haced y cumplid sin embargo ni dé
término alguno so pena de doscientos pesos para la Cámara de su Magestad.
Fecho en Huaura a trece de Noviembre de mil quinientos y sesentinueve años.
La cual dicha provisión había presentado ante vos y se la tomasteis y no la
quisisteis obedecer ni dar respuesta alguna y me pidió y suplicó lo mandase
remediar, y por mi visto, di la presente por la cual os mando que veáis la dicha
provisión suso incorporada y la guardéis y cumpláis en todo y por todo según y
como en ella se contiene, con apercibimiento que no lo haciendo se enviará
persona a vuestra costa que la cumpla y ejecute. Fecho en los Reyes a veinte de
Marzo de mil y quinientos y setenta años. Don Francisco de Toledo. — Por
mandado de su Excelencia - Diego López de Vera. — Y al pie de la dicha
provisión estaban las armas del dicho señor Visorrey, a lo que por ella pareció
impresas en cera colorada.
ESCRITO
En el pueblo de Reque término y jurisdicción de la Villa de Santiago de Miraflores
en veintidós días del mes de agosto de mil quinientos y setenta años, ante el muy
magnífico señor Juan de Hoces Corregidor y Justicia Mayor de la dicha Villa y
los Valies de su partido por su Magestad y en mi presencia de mi l'Vi nando de
Miranda Escribano de su Juzgado, pareció presente ilmi Gonzalo Millón y
presentó este escrito e hizo representación de la provisión de su Excelencia que
se le hace mención tenor del cual dicho escrito es el siguiente:
Don Gonzalo Millón parezco ante Vm. con esta provisión del muy Excelentísimo
señor don Francisco de Toledo, Mayordomo de su Magestad y su Visorrey y
Gobernador y Capitán General en estos Reynos en su real nombre de la cual dicha
provisión hago presentación ante Vm. A Vuestra Merced pido y suplico la haya
por presentada y la guarde y cumpla y mande guardar y cumplir según y como
en ella se contiene y para ello el muy magnífico oficio de Vm. imploro y pido
justicia y protesto las costas. — Don Gonzalo Millón.
Y presentada el dicho escrito y provisión de su Excelencia en que se hace mención
en la manera que dicho es cuyo traslado es el de suso inserto el dicho señor
Corregidor lo hubo por presentado y segunda vez la obedeció en el acatamiento
que de derecho es obligado y dijo que la verá y le hará justicia, testigos el padre
Francisco Sanz Cura del dicho repartimiento y Alonso de León, etc. residente. —
Ante mí: Francisco de Miranda. Escribano.
Y luego incontinenti el dicho Corregidor mando que el dicho don Gonzalo Millón
traiga y exhiba ante su merced la provisión de su Excelencia de que en la dicha
provisión de suso presentada so hace msnción en el dicho caso para mejor
averiguar verdad y hacer justicia, y firmólo de su nombre. — Juan de Hoces. —
Por mandado del señor Corregidor. — Fernando Miranda, Escribano.
EXHIBICION
Y luego el dicho don Gonzalo Millón, exhibió ante el dicho señor Corregidor la
dicha provisión y su merced la mandó incorporar juntamente con la dicha
provisión por el dicho don Gonzalo representada y dicho día con el dicho escrito,
y firmólo, testigos, los dichos. — Juan de Hoces. — Ante mí: Fernando de
Miranda. Escribano.
La cual dicha provisión con los autos que en ella se contienen es la que sigue:
OTRA PROVISION DE SU EXCELENCIA
Don Francisco de Toledo, Mayordomo de su Magestad, su Visorrey, Gobernador
y Capitán General de estos Reynos y Provincias del Perú y presidente de la
Audiencia Real que reside en la Ciudad de los Reyes, etc. A vos Juan de Hoces,
Corregidor de Miraflores y los Valles sabed; que don Gonzalo Millón, Cacique
principal del repartimiento de Reque encomendados en Salvador Vásquez,
vecino de la Ciudad de Trujillo, pareció ante mí y se me quejó del dicho Salvador
Vásquez diciendo que por qué no le acude con más tributo de lo que está
mandado por la visita del doctor Cuenca y por enojo que ha tomado con él a
quitado el oficio e insignias de Caciques como son las trompetas y tabernas y me
pidió y suplicó le hiciese justicia, lo cual visto por mí di está para vos por la cual
os mando que siendo ansí como por dicho don Gonzalo Millón dice, proveáis
como sea, amparando en el dicho Cacicazgo, no embargante lo que. contra él
oviere hecho el dicho Salvador Vásquez y le sean vueltos las insignias del dicho
oficio y sea amparado en la dicha posesión y defendido en ella y si el dicho su
encomendero o otra alguna persona pretendiere algo contra el dicho don
Gonzalo Millón sobre razón de lo susodicho, parezca ante mí que le oiré y haré
justicia. Lo cual ansí hacés y cumplid sin embargo de término alguno, so pena de
duscientos pesos para la Cámara de su Magestad. — Fecho en Guaura a trece días
del mes de Noviembre de mil y quinientos y sesentinueve años.— Don Francisco
de Toledo. — Por mandado de su Excelencia. Diego López de Herrera.
AUTO
En el pueblo de Reque, término y jurisdicción de la Villa de Sanctiago de
Miraflores, a veintiséis días del mes de Enero de mil y quinientos y setenta años,
ante el muy magnífico señor Juan de Hoces, Corregidor de la dicha Villa y su
Partido por su Magestad y en presencia de mí Juan Calderón Lascano, Escribano
Público y de Cabildo de la dicha Villa y de los testigos de suso escrito pareció
presente don Gonzalo Millón, indio principal de este dicho pueblo y presentó la
provisión atrás contenida y pidió al dicho señor Corregidor la vea y cumpla y le
haga justicia; y por el dicho señor Corregidor visto lo susodicho y la dicha
provisión de suso contenida, dixo que la obedecía y obedeció y que en cuanto al
cumplimiento de ella que no ha lugar por cuanto lo que hasta agora se ha
proveído y hecho contra el dicho don Gonzalo, ha sido y es por virtud de las
reales provisiones y ejecutorias que don Diego Chimoy, Cacique principal de este
Repartimiento tiene para ello las cuales se guardan según por ella parece a que
se remite y que el dicho don Gonzalo parece haber hecho falsa relación a su
Excelencia del dicho señor Visorrey y en lo que en esta su provisión parece, y esto
dixo que daba y dio por :;ii respuesta y firmólo de su nombre, testigos los padres
Friuiriseíi Sánchez y Alonso Mellado y Luis de Zanabria, clérigos, cslooL-i en el
dicho pueblo. — Juan de Hoces. — Ante mí Juan Calderón Lascano.
AUTO
Y después de lo susodicho en este dicho pueblo de Requc a los veintidós días del
dicho mes de Agosto de este dicho año de mil y quinientos y setenta años el dicho
señor Corregidor dijo que pa veriguación de lo que en este dicho caso se debe
hacer conviene ver las provisiones y recaudos que tiene don Diego Chi- moy y
por donde preside y es Cacique en el Cacicazgo de este dicho repartimiento que
por tanto mandaba y mandó al dicho don Diego Chimoy que estaba presente
traigo y exhiba ante su merced luego los dichos recaudos para lo susodicho, y lo
firmo, testigos los dichos. — Juan de Hoces. — Ante mí, Fernando de Miranda.
AUTO
Y luego incontinenti en cumplimiento del dicho mandado, del dicho señor
Corregidor el dicho don Diego Chimoy, trujo y exhibió ante él las provisiones y
recaudos que se le mandaron traer y pidió le sea guardada su justicia, y el dicho
señor Corregidor las mandó incorporar con las demás provisiones presentadas
por el dicho don Gonzalo Millón para las ver y proveer en el caso justicia, y
firmólo de su nombre, testigos los dichos. — Juan de Hoces. Por mandado del
señor Corregidor, Fernando de Miranda, Escribano.
AUTO
En este dicho día, mes y año susodicho el dicho señor Corregidor habiendo visto
las dichas provisiones y despachos exhibidas y presentadas por las dichas partes,
dijo que mandaba y mandó a mí el dicho Escribano saque un traslado de todas
ellas con todo lo actuado en la dicha causa en limpio y pública forma para lo
enviar al dicho señor Visorrey y cerrado y sellado porque a su Excelencia conste
lo susodicho y la siniestra y falsa relación que el dicho don Gonzalo Millón ha
hecho en este dicho negocio v los demás naturales hacen en lo que pretenden, y
provea y mande como cesen los gastos, costas y peligros de sus vidas como por
ex periencia hayan morir alguno por los caminos, no embargante que se perturba
la justicia con los nuevos proveimientos que por los impertinentes demandas se
hacen en casos que en sus tierras se remedian si se pidiesen y firmólo de su
nombre, testigos los dichos. — Juan de Hoces. — Por mandado del señor
Corregidor, Fernando de Miranda. Escribano.
AUTO
Este dicho dia, mes y año susodichos, yo el dicho Escribano en cumplimiento del
dicho mandato saqué un traslado de todo lo susodicho en forma según dicho es
tenor de las cuales dichas provisiones dadas en favor del dicho don Gonzalo
Millón, son las de susodichas trasladadas y las de parte del dicho Diego Chimoy,
son éstas que se siguen.
PROVISION REAL
DON FELIPE por la gracia de Dios, Rey de Castilla, de León, de Aragón de las
dos Sicilias, de Jerusalén de Navarra de Granada, de Toledo, de Valencia, de
Galicia, de Mayorca, de Sevilla, de Cerdeña, de Córdova, de Córcega, de Murcio,
de Jaén, de los Algarves, de Algeciras, de Gibraltar, de las Islas Canarias, de las
Indias e tierras firmes del mar Océano; Conde de Flandes y de Tirol, etc. A vos el
que es o fuere nuestro Corregidor del Repartimiento de Reque de la Ciudad de
Trujillo e Alcaldes Ordinarios de ella y a otra cualesquier justicias a cada uno e
cualquiera de vos en vuestra jurisdicción ante qiuen esta carta y provisión fuere
mostrada, salud y gracai. Sepades que a pedimento de don Diego Chimoy nos
hubimos dado y dimos una nuestra carta y provisión real sellada con nuestro
sello, librada y despachada por el Presidente y Oidores de la nuestra Audiencia
y Chancillería que por nuestro mandado reside en la Ciudad de los Reyes de los
nuestros Reynos y provincias del Perú, para que Melchor Pérez de Maridueña,
nuestro Escribano hiciese información y averiguación en razón de a quién
pertenecía el Cacicazgo del dicho repartimiento de Reque, fecha con su parecer
la enviase a la dicha nuestra Audiencia para que en ella vista se proveyese justicia
y por él fue obedecida y en su cumplimiento hizo las dichas averiguaciones y dio
sobre ello su parecer que su tenor es éste que se sigue.
PARECER
Muy poderoso señor. Por las averiguaciones y diligencias que en cumplimiento
de lo que por vuestra Alteza me fue mandado he hecho sobre el Cacicazgo de
Reque, parece que en el tiempo que los españoles conquistaron este Reyno, era
Cacique principal del repartimiento de Reque Quicoy Chumbi, el cual era
tnmliiéu Cacique de Chuspo porque en el dicho tiempo era todo un Cuelea/. go
y no estaba dividido en dos pueblos. Se vendió en tiempo del Marqués Pizarro y
el de Chuspo se dio a Francisco Luis de Al cántara y el de Reque a Miguel de
Velasco y que el dicho Quicoy Chumbi quedó por Cacique de Chuspo y fue por
Cacique de líe que Xanol Chumbi, hermano mayor del dicho Quicoy Chumbi y
que el dicho Xanol Chumbi tuvo el dicho Cacicazgo de Reque hasta que murió;
el cual fue casado legítimamente según sus costumbres con una india llamada
Ayangu en la cual tuvo hijos y que después de muerta la dicha su mujer se
amancebó con una india llamada Pequenen la cual quedó preñada al tiempo que
el dicho Juan Colchumbe murió y parió al dicho Diego Chimoy y que litiga y por
tal su hijo fue y es habido y tenido, y que después de la muerte del dicho Juan
Colchumbe sucedió el dicho Cacicazgo de Reque Poco, hermano de madre del
dicho Juan Colchumbe, el cual fue casado con una india llamada Ñucapuco y de
ella tuvo un hijo llamado Alonso Noquen que es vivo y que después de la muerte
del dicho Poco, sucedió en el dicho Cacicazgo de Reque y Edeco principal de los
cocineros de Reque el cual eligieron los indios por orden del dicho Miguel de
Velasco y porque no sabía gobernar, dicho encomendero le quitó el Cacicazgo y
lo dio a don Gonzalo Millón que al presente lo tiene, el cual a la sazón era
muchacho y porque no sabía gobernar, el dicho encomendero lo dio a don Martín
Efquen y lo tuvo hasta que murió y después de su muerte subcedió en el dicho
Cacicazgo el dicho don Diego Chimoy que litiga el cual lo tuvo tiempo de cuatro
meses, y por estar amansebado con una india la cual desterró el padre Barriga a
Trujillo y se fue tras de ella y dejó el Cacicazgo y en su ausencia el dicho Barriga
y Salvador Vásquez encomendero del dicho repartimiento tornaron a nombrar
por Cacique al dicho Gonzalo Millón y lo ha tenido hasta agora, de más de lo cual
yo me he informado de este negocio de españoles antiguos e indios del dicho
repartimiento y su comarca, y dicen que el dicho don Diego Chimoy es hijo del
dicho Juan Colchumbe Cacique de Reque y que por tal ha sido y es habido y
tenido y siendo así y no teniendo hijos en su mujer legítima y habiendo muerto
infiel parece que el dicho Cacicazgo pertenece al dicho don Diego Chimoy
porque a dicho don Gonzalo que al presente lo tiene no desciende de los Caciques
y fue nombrado por su encomendero. — Vuestra Alteza mande proveer sobre
todo lo que más servido sea. — Melchor Pérez de Maridueña. — La cual dicha
averiguación parece, por parte del dicho don Diego Chimoy fue presentada en la
dicha nuestra Audiencia y pedido y suplicado lo mandásemos ver y hacer en el
caso justicia; y tuvímoslo por bien y todo visto por los nuestros presidentes y
Oidores, dieron sobre ello un auto, que está señalado de sus rúbricas, del tenor
siguiente:
AUTO DE LA REAL AUDIENCIA
En la causa que entre partes, de la una don Diego Chimoy y de la otra Gonzalo
Millón, sobre el Cacicazgo de Reque en la Ciudad de los Reyes primero de
hebrero de mil y quinientos y se- sentinueve años, los señores Presidente y
Oidores de esta Real Audincia, habiendo visto esta causa, mandaron que en el
Ínter que otra cosa se provee y sin que al dicho don Diego Chimoy se le adquiera
derecho, posesión ni propiedad; y sin perjuicio de otro tercero que mejor derecho
tenga sea Cacique el dicho don Diego Chimoy del dicho Repartimiento de Reque
y como a tal le obedezca y acaten los naturales de él y le acudan con lo que como
a tal Cacique le perteneciere y le estuviese señalado de pago y tributo por la tasa;
y así lo proveyeron y señalaron de sus rúbricas. — Francisco de Caruajal. — Y
por parte del dicho don Diego Chimoy nos fue pedido y suplicado le
mandásemos dar nuestra carta provisión, para que el dicho auto fuese guardado,
cumplido y ejecutado sin perjuicio de su derecho, el cual dijo que protestaba o
que sobre ello proveyésemos como la nuestra merced fuese, lo cual visto por los
dichos nuestro Presidente y Oidores; fue acordado que debíamos mandar dar
esta carta y provisión y nos tuvímoslo por bien, porque vos mandamos que veis
el dicho auto dado y pronunciado por los dichos nuestro Presidente e Oidores de
suso incorporado, e lo guardéis y cumpláis y ejecutar en todo y por todo como
en él se contiene, y lo hagáis cumplir, guardar y ejecutar en todo y por todo como
en él se declara, y no consintáis y deis lugar que contra el tenor y forma de lo en
el contenido se vaya ni pase por alguna manera, so pena de nuestra merced y de
mil pesos para la nuestra Cámara a cada uno que lo contrario hiciereis. — Dado
en los Reyes a quince días del mes de Hebrero de mil y quinientos sesentinueve
años.
Yo Alvaro Ruiz de Navamuel, Escribano de Cámara de su Católica Real
Magestad, fize escribir por su mandado, con acuerdo de su presidente y Oidores.
— Registrada: Juan de Murga - Canciller. — Gaspar de Solís.
Y al pie de la dicha provisión estaba el sello de las armas reales impreso con cera
colorada y en la cabeza de la foja antes de la dicha provisión, las firmas de los
nombres completos: El Licenciado Castro. — El doctor Gerónimo Gonzales de
Cuenca. —
El Licenciado don Alvaro Ponce de León. — A lo cual por lodo ello parecía y a
las espaldas de la dicha provisión, los autos si guientes:
AUTO
En el pueblo de Reque, encomendado en Salvador Vásqucz, vecino de la Ciudad
de Trujillo en veinte días del mes de Margo de mil y quinientos setentinueve años
pareció presente don Diego Chimoy y presentó esta provisión de su Magestad y
manda de la Real Audiencia que reside en la Ciudad de los Reyes, ante el muy
magnífico señor Pedro Tineo, Alcalde Ordinario de la Villa de Miraflores por su
Magestad, y pidió a mí el dicho Alcalde le obedeciese y mandase cumplir como
por ella le es mandado y el dicho Alcalde en efecto de no haber Escribano de su
Magestad ante quien se diese la dicha posesión, nombró a mí Alonso de Paz por
Escribano del dicho efecto y de mí tomó juramento en forma como en tal caso se
refiere, y luego el dicho señor Alcalde le recibió y tomó en su mano y la besó y
puso sobre su cabeza y obedeció como mandado de su Rey y señor a quien
nuestro Señor prospere y guarde por largos tiempos; y en cuanto al cumplimiento
está presto de la hacer cumplir y guardar así como es mandado; y firmólo de su
nombre, en presencia de mí el dicho Escribano y del padre Francisco Regodón,
Cura del dicho repartimiento y el Padre Alonso Mellado, Cura del Repartimiento
de Chospo y Martín Berero y Juan de Velasco y don Francisco, Cacique de
Chuspo. — Pedro Tineo. — Por mandado de su merced. — Alonso de paz.
POSESION
Este día, mes y año susodicho el dicho señor Alcalde, demandó a los Alcaldes y
Cabildo y Escribano del dicho Repartimiento y en presencia de mí el dicho
Escribano y de los susodichos testigos se le mandó sentar y sentó en el dúo o tiana
como es costumbre entre ellos y que le obedeciesen todos los principales y
mandones del dicho repartimiento como a su Cacique y señor y como el dicho
señor Alcalde le metió en posesión y señorío del dicho Cacicazgo como por esta
real provisión le es mandado y lo cumpla y guarde como en él se contiene. — Yo
Alonso de Paz, Escribano nombardo doy fe y verdadero testimonio como ante mi
se dio la dicha posesión del dicho Cacicazgo al dicho don Diego Chimoy,
conforme al auto proveído de los dichos señores presidente y Oidores de la Real
Audiencia de los Reyes, y firmólo de su nombre el dicho señor Alcalde. — Fecho
ut supra. — Pedio de Tineo. —Por mandado de su Merced, Alonso Paz, Escribano
nombrado.
PROVISION
DON FELIPE por la gracia de Dios, Rey de Castilla, de León, de Aragón, de las
Dos Sicilias, de Jerusalén, de Navarra, de Granada, de Toledo, de Valencia, de
Galicia, de Mayorca, de Sevilla, de Ccrdeña, de Córdova, de Córcega, de Murcia,
de Jaén de los Algarvcs, de Algccira, de Gibraltar, de las Islas de Canarias, de las
Islas Indias y tierra firme del Mar Océano, Conde de Flandes, de Tirol, ele. A vos
el que es o fuere Corregidor del Repartimiento de Roque, salud y gracia. Sepades
que en la nuestra Corte y Chancillaría Real que por nuestro mandado reside en
la Ciudad de los Reyes de los nuestros Reynos y Provincias del Perú, por parte
de don Diego Chimoy se presentó una petición del tenor siguiente:
PETICION
Muy poderoso señor: Diego de Ocampo en nombre de don Diego Chimoy,
Cacique de Reque, digo: que por provisión real de esta Real Audiencia el dicho
mi parte está en posesión del dicho Cacicazgo y don Gonzalo Millón, porque le
había movido pleito no le quiere obedecer, aunque los Corregidores del Valle se
lo han mandado ni tampoco le quieren obedecer don Pedro Mancol y Francisco
Máchica Refe sus hermanos y traen revuelto el Repartimiento y lo alborotan a
cuya causa no hay doctrina ni quietud ni buen orden pido y suplico a Vuestra
Alteza mande dar su real provisión para que los dichos don Gonzalo Millón y
don Francisco y don Pedro sus hermanos, obedezcan al dicho don Diego
Chimoy Cacique que al presente es y no lo obedeciendo el Corregidor los castiga
y los destierre hasta que le obedezcan, y pido justicia. — El Licenciado Herrera.
Lo cual visto por los dichos nuestros Presidente y Oidores, fue acordado que
debíamos mandar dar esta nuestra carta provisión para vos en la dicha razón e
nos tuvímoslo por bien, por la cual vos mandamos que hagáis que los dichos don
Pedro Mancol y don Francsico Machicarrefe, hermanos del dicho don Gonzalo
Millón obedezcan, respeten y acaten al dicho don Diego Chimoy, como a su
Cacique y cumpla sus mandamientos en todas las cosas y casos que como a tal
son obligados; y no lo haciendo y cumpliendo ansí los castigaréis conforme a
justicia en semejantes casos y no fagades en de al por alguna manera so pena de
nuestra merced y de quinientos pesos para la nuestra Cámara. — Dada en los
Reyes a tres días del mes de Octubre de mil y quinientos y sesentinueve años.
Yo Alvaro Ruiz de Navamuel, Escribano de Cámara de su Católica Real
Magestad, lo fise escribir por su mandado con acuerdodo del su Presidente y
Oidores. — Registrada Juan de Murga. Chanciller Gaspar de Solís.
Y al pie de la dicha provisión están las armas reales impío sas en cera
colorada, y en la foja antes de la dicha provisión, las firmas de los nombres
siguientes. — El Licenciado Castro. — El doctor Gregorio Gonzales de la Cuenca.
— El Licenciado Sánchez Paredes; y a las espaldas de ella los autos siguientes:
AUTO
En el pueblo de Reque, términos y jurisdicción de la Villa de Sanctiago de
Miraflores de estos Reynos y Provincias del Perú a veintiséis días del mes de
Henero del año del Señor de mil y quinientos setenta años ante el muy magnífico
señor Juan de Hoces, Corregidor de la dicha Villa de Miraflores, y su Partido por
su Magestad, y en presencia de mí Juan Calderón Lascano, Escribano Público y
de Cabildo de la dicha Villa y de los testigos de suyo escritos, pareció presente
don Diego Chimoy, Cacique principal de este dicho repartimiento y presentó esta
real provisión y pidió al dicho señor Corregidor la vea y cumpla en todo y por
todo como en ella se le manda, y obedeciéndola y cumpliéndola mande que los
indios en ella contenidos la obedezcan como en ella se contiene; y por el dicho
señor Corregidor visto con el acatamiento debido la tomó en sus manos y la besó
y la puso sobre su cabeza y dixo que la obedecía y obedeció como acata y
provisión de su Rey y señor natural, a quien Dios Nuestro Señor guarde, con
aumento de muchos más Reynos y señoríos y que en cuanto al cumplimiento de
ella, mandaba y mandó a los dichos don Francisco Micharrefe y don Pedro Milcol
indios contenidos en dicha provisión obedezcan, respeten y acaten al dicho don
Diego Chimoy como a tal su Cacique y cumplan sus mandamientos en todas las
cosas y casos que como a tal Cacique son obligados so pena de ser desterrados de
este repartimiento por dos meses precisos y quo se procederá contra ellos
conforme a derecho, y mandaba y mandó se les notifique, y firmó de su nombre,
testigos, el Padre Francisco Sánchez y Juan de Velasco y Antonio de Albarengas.
Juan de Hoces. — Ante mí: Juan Calderón Lascano.
NOTIFICACION
Y luego incontinenti el dicho día, mes y año susodicho, yo el dicho Escribano
notifiqué lo susodicho al dicho don redro Mincol en su persona que presente
estaba el cual lo entendió por si propio por ser ladino y experto en esta lengua
castellana, testigos los dichos. — Juan Calderón Lascano.
AUTO
Y después de lo susodicho en este día, mes y año susodichos el dicho señor
Corregidor, dijo que para más claridad de este dicho caso y para que no parezca
la justicia de los dichos litigantes y conste a su Excelencia de todo lo que en esta
causa ha pasado, mandó poner en relación aquí como después de proveídas las
dichas proviciones de suso insertadas en favor del dicho don Diego Chimoy a
pedimento del dicho don Gonzalo Millón, por mandado de los señores
Presidente y Oidores de la dicha Real Audiencia y Provisión que para ello
despacharon ante él, se hicieron probanzas de ambas las dichas partes sobre el
dicho Cacicazgo de este pueblo de Reque y su parecer en ella insertas juntas en
un volumen sellado y cerrado como se le mandó las envió a las dichas Audiencia
con un mestizo que se dice Alonso Milco, residente en la dicha Ciudad de los
Reyes que vino a la dicha causa y trujo la dicha provisión por el dicho don
Gonzalo por donde se hicieron la dicha provanza y que hasta agora no parece
proveído cosa alguna ni se han visto y que siendo su Excelencia servido podrá
mandar ver porque sería posible ocultar y quedarse con las dichas provanzas y
con cien pesos que por ello le dio el dicho don Gonzalo, de que después de ser
ido ha sido informado con certinidad y que porque de todo ello conste ansí lo
mandaba y mandó y lo firmó de su nombre, testigos los dichos. — Juan de Hoces.
— Por mandado del señor Corregidor. — Fernando Miranda. Escribano.
Y yo Fernando de Miranda, Escribano susodicho presente fui a lo que dicho es
que de mí se hace mención y de mandato del dicho señor Corregidor que aquí
firma su nombre, lo escribí según ante mí pasó en estas once fojas de papel de
pliego entero, escritas en todo y en parte con éstas que va mi firma y el dicho
señor Corregidor interpuso en ella su autoridad y decreto judicial, tanto cuando
en tal caso se requiere y en fe de lo cual lo firmé de mi mano en testimonio de
verdad. — Fernando de Miranda. Escribano.
Manuscritos Consultados
Archivo Histórico Nacional de Lima. (Sigla usada AHN).
Derecho Indígena y Encomiendas.
Legajo 3 - Cuaderno 39 - año 1595. N° de hojas útiles: 189.
Autos originales seguidos por don Gabriel Yalan, sobre propiedad del Cacicazgo
del pueblo de San Martín de Reque, encomienda de doña Ana de Velasco, vecina
de la ciudad de Trujillo; con la información que por orden de la Real Audiencia
levantó don Sancho Marañón, Corregidor de la villa de Zaña, sobre la legítima
sucesión del referido Cacicazgo.
Legajo 24 - Cuaderno 687 1 año 1606. N° de hojas útiles: 45.
Testimonio de las diligencias de la Visita de los indios del Repartimiento de
Callanca de la jurisdicción de la ciudad de Trujillo, encomendado a don Pedro de
Olmos de Ayala. Revisita ordenada por el Virrey don Luis de Velasco.
Legajo 23 - Cuaderno 627 - año 1610. N9 de hojas útiles: 170.
Autos que siguió Francisco de Montalvo, Procurador General de los indios de
este Reyno en nombre de doña Francisca Cana- paynina, india natural del
Repartimiento de Nariguala, reducido en Catacaos y encomendado en don
Alonso de Figueroa, contra Francisco Mesocoñera, sobre mejor derecho al
Cacicazgo de Nariguala, por descender la dicha doña Francisca en línea recta de
don Diego Mesocoñera el mozo, y de doña Elvira Yancatil, Caciques legítimos
que fueron del dicho Repartimiento.
A fojas 22, hay una provisión autógrafa de don Francisco de Toledo.
Legajo 23 (Suplemento) Cuaderno 636 - año 1692. N° de hojas útiles: 73.
Autos que siguió don Martín Marcos Sánchez Pacantil, cauque principal del
pueblo de San Martín de Sechura, términos y ju risdicción de la ciudad de San
Miguel de Piura, contra don Damián de Nonura, indios principal del dicho
pueblo, sobre mejor derecho a la sucesión del cacicazgo de La Punta de la Aguja,
Nonura y Pisura, cuyos ayllus estaban reducidos en el dicho pueblo de San
Martín de Sechura, y en él gozaban de gobierno autónomo.
Legajo 13 - Cuaderno 310 - año 1762. N1? de hojas útiles: 182.
Autos que don Juan Nicolás Faizo Farrochumbi, Gobernador de las armas del
pueblo de Lambayeque en el Corregimiento de Zafia, siguió contra don Eugenio
Victorino Temoche Farrochumbi, Cacique principal y Gobernador del referido
pueblo de Lambayeque sobre el mejor derecho al goce y tenencia del dicho
cacicazgo. En 11 de Mayo de 1765, la Real Audiencia de Lima mandó amparar en
su posesión a don Eugenio Temoche Farrochumbi y ordenó que la causa se
recibiese a prueba.
Legajo 15 - Cuaderno 338 - año 1771. N9 de hojas útiles: 10.
Autos que siguieron los indios del pueblo de Mórrope, en el Corregimiento de
Zafia, contra don Tomás Domínguez, Justicia Mayor de aquella provincia, en
orden a vindicarse de los cargos que contra ellos resultaban por cierto tumulto y
sublevación que se produjo contra el referido Justicia Mayor cuando pasó a dar
posesión del cacicazgo de Jayanca, Mórrope y Pácora a don Eugenio Victorino
Temoche, por haberse desestimado en la Real Audiencia de Lima, los derechos
que alegaba su contendor don Lorenzo Cu- susoli.
Legajo 23-A - Cuaderno 667 - año 1783. N° de hojas útiles: 113.
Autos que don Andrés Avelino Llontop Chumbi Lima y Faizo, indio principal
del pueblo de Monsefú en el partido de Zafia, siguió con don Gabriel Llontop y
Efio, indio noble del referido pueblo de Monsefú e hijo natural de don Apolinario
Antonio Llontop Chumbi Limo, Cacique y Gobernador que fue de los pueblos de
Monsefú, Callanca, Chepén y Tecapa y segunda persona del pueblo de
Lambayeque, fundóse en ser hermano legítimo y entero del Cacique difunto y
ser el dicho hijo bastardo.
Legajo 20 - Cuaderno 519 - año 1796 - N1? de hoja útiles: 4.
Incidente de los autos seguidos por don Pedro Fayso Farrochumbi con don
Eugenio Victorino Temoche, sobre mejor derecho al Cacicazgo de Lambayeque y
Ferreñafe, por el que le hace constar que Balthazar de los Reyes como personero
de don Pedro Fayzo Facco Chumbi acudió a la visita de la causa en los estrados
de la Real Audiencia e informó lo que tuvo por conveniente.
Juicios de Residencias.
Legajo 2 - Cuaderno 5 - año 1582 - hojas útiles: 230.
Autos sobre la Residencia que tomó don Juan Bautista Nana a don Alonso Osorio
de Figueroa, Corregidor que fue del valle de Chicama y su jurisdicción.
Legajo 2 - Cuaderno 7 - año 1582 - hojas útiles 546.
Autos sobre Residencia que promovió el Ilustre Sr. Don Pedio de Murguía Gentil
Hombre de la Compañía de las Lanzas di- su Majestad, contra el capitán don
Francisco de Coronado y demás personas que estuvieron a sus órdenes cuando
ejerció el cargo do Corregidor de la Villa de Santiago de Miraflores en la Provincia
de Santa.
Estaban sujetos a la jurisdicción de aquel Corregidor los pueblos de Illimo,
Ferreñafe, Callanca, Túcume, Penachí, Olmos y Copis. Terminada la secuela del
litigio resultaron con graves cargos tanto el Corregidor don Coronado como el
escribano de Cabildo y otros.
Legajo 16 - Cuaderno 55 - año 1611 - hojas útiles 908.
Autos promovidos por el capitán Blas Pérez de Esquibias Corregidor y Justicia
Mayor del Partido de Chiclayo y su jurisdicción, contra don Gabriel Doria o De
Oria y sus lugartenientes y Alcaldes sobre residencia y Cuentas del tiempo que
administraron aquel Corregimiento.
Legajo 19 - Cuaderno 74 - año 1633 - hojas útiles 104.
Estanco - Breas
Legajo 13 - año 1755.
Autos que sigue don Victorino Montero sobre que se le conceda licencia para
comprar a Su Majestad la mina de Brea de Amotape, provincia de Piura.
MANUSCRITOS CONSULTADOS
Biblioteca Nacional de Lima ( Sigla usada BN)
A453
1571
Expediente sobre la causa seguida entre Alonso Moreno, en nombre
de Diego de Mora, encomendero del valle de Trujillo y sus indios
contra el Licenciado Salido de Ortega, por censos. Agosto 30 de
1571. Hojas útiles 73.
A451
1585
Expediente de don Juan Morachino, cacique de Chicama, de la
encomienda de Don Diego de Mora, vezino de Truxillo. (muy
deteriorado).
B994
1625
Francisco Carlos Melipis, indio principal, contra don Juan Temoche
sobre 8 capítulos por excesos y delitos. Parcialidad de Nariguala.
Catacaos. Hojas últiles 121.
B903
1652
Don Francisco Azabache cacique y gobernador del Pueblo de Santa
Lucía de Moche, y el demás del común del dicho pueblo contra don
Diego Amat, principal del pueblo de Mansiche sobre las tierras de
Conache y demás reducidos. Los Reyes, 20 de Setiembre de 1652.
Hojas útiles 87.
B1403
1687
Expediente del juicio instaurado entre Miguel Marcos, Cacique y
Gobernador del pueblo de Sechura, y Juan de Nonura sobre la
posesión de dicho cacicazgo. Piura, Agosto de 1687. Hojas útiles 84.
C2374
1751
Autos sobre lo acaecido en el pueblo de Ferreñafe el día 31 de Enero
de este año de 1751 a tiempo de dar posesión del Cacicazgo
principal de dicho pueblo a Don Juan Nicolás Fayzo Farrochumbi.
Ferreñafe, 31 de Enero 1751. Hojas útiles 78.
C213
1764
Expediente sobre el título de cacique y gobernador propietario del
pueblo de Santa Lucía de Ferreñafe, en el partido de Saña, expedido
en favor de don Pedro Fayzo Farrochumbi. Lima, Junio 5 de 1764.
Hojas últiles 22. (casi ilegible, deteriorado por el fuego y el agua).
C2215
1768
Expediente sobre la petición presentada por Apolinario Llontop
Chumbi Limo, Cacique Gobernador propicia rio del pueblo de San
Pedro de Monsefú, para que rale ampare en la posesión de su
cacicazgo y el goce Hilos derechos devenientes de su condición.
Lima, Abril de 1768. Hojas útiles 5.
C2258
1769
Autos que sigue don Francisco Solano Chayhuac con Agustín
Ychima sobre el orden a unas tierras pertenecientes al cacicazgo que
goza dicho Chayhuac. Los Reyes, Mayo 23 de 1769. Hojas útiles 145.
C2447
1769
Expediente sobre la petición presentada por Francisco Solano
Chayhuac Casamusa sucesor del cacicazgo de los-pueblos de
Mansiche y Huanchaco para el proceso judicial que tiene pendiente
se efectúe sin la intervención del Dr. Pedro Antonio de Echevens.
Lima, 22 de Setiembre de 1769.
Hojas útiles 26.
C2795
1777
Expediente sobre el reclamo formulado por José Zapata Ycanaqué
Cacique y Gobernador de la parcialidad de Melen en el pueblo de
Catacaos y Domingo Carnaqué por el cobro indebido de tributos
que realiza el Licenciado José de Sierra. Lima, 3 de Enero de 1777.
Hojas útiles 10 (autos de protesta contra el abuso de los curas y
agravio hecho a los indios).
C2788
1777
Expediente sobre la petición presentada por Pedro Faizo
Farrochumbi, Cacique de los pueblos de Lambayeque y Ferreñafe
para que se le expida un informe sobre la revisita de su cacicazgo
frente a las pretensiones de Pedro Colpa, que pretende ser su
propietario. Enero, 9 de 177. Lima.
Hojas útiles 4.
D9996
1803
Isidro Vilca a nombre de don José Dámaso Temoche sobre que se le
libre los títulos de cacique y gobernador del pueblo de Lambayeque.
Lima, Noviembre 22 de 1803.
Hojas útiles 4.
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Vargas Ugarle, Rubén
Los Mochicas y el cacicazgo de Lambayeque. Actas y
Trabajos Científicos del XXVII Congreso Internacional de
Americanistas. Vol. 2, P. 475-482. Lima
1942
Vasquez Espinoza Antonio
Compendio y Descripción de las Indias Occidentales.
/1629/. Washington.
1944
Zárate, Agustín de
Historia del Descubirmiento y Conquista del Perú. /1555/.
Lima.
Las fechas entre paréntesis, indican la primera edición de la obra.
CITAS BIBLIOGRÁFICAS
1 Ordenanzas del Virrey Don Francisco de Toledo. Los Reyes 14 de agosto de
1604. Es copia manuscrita. Biblioteca Nacional de Lima. Averiguaciones. Fojas
72-75.
“Yten Aueriguaréis que orden se tenía en el tiempo del Ynga en el suceder en los
cacicazgos y principalados, si suceden los hijos a los padres por vía de sucesión y
qual de los hijos sucedía, si era el mayor, o el más auil ellos nombraua el ynga y si
muerto el cacique, el ynga por su mano y de su voluntad nombraua sucesor a los
tales cacicazgos que no fuese hijo ni decendiente del muerto”.
“Yten que jurisdición tenían los caciques y principales en tiempo del ynga sobre
los yndios dellos sujetos y que era el officio de los tales caciques y principales y a
que cosas estauan obligados por razón de los dichos cargos y que era su oficio, lo
qual así mismo aueriguréis en uno u dos repartimientos como se contiene en el
capítulo antes de éste”. Fojas 566-569. “Lo que los Caciques prencipales an de
guardar por razón de sus cacicazgos”.
2 Recopilación de Leyes de los Reinos de las Indias. Madrid 1841, Libro Sexto,
Título 7, tomo 2. De los Casiques pp. 251-253.
Ley Primera.— Don Felipe II y la princesa gobernadora en Valladolid a 26 de
Febrero de 1557.
“Que las audiencias oigan en justicia a los indios sobre los cacicazgos. Algunos
naturales de las Indias eran en tiempo de su Infidelidad caciques y señores de
pueblos, y porque después de su conversión a nuestra Santa Fe Católica, es justo
que conserven sus derechos, y el haber venido a nuestra obediencia no los haga de
peor condición: Mandamos a nuestras reales audiencias, que si estos caciques, o
principales descendientes de los primeros se pretendieron suceder en aquel género
de señorío, o cacicazgos, y sobre esto pidieren justicia, se hagan, llamados y oídas
las partes a quien tocare con toda brevedad”.
Ley Segunda.— El mismo allí a 19 de Junio de 1558.
“Que las audiencias conozcan privativamente estos derechos, y se informen de
oficio.
Las audiencias han de conocer privativamente el derecho de los cacicazgos y si los
caciques o sus descendientes pretendieren suceder en ellos y en la Jurisdicción que
antes tenían, y pidieren Justicia, procederán conforme a lo ordenado: y asimismo
se informarán de oficio sobre lo que en esto pasa, y constándoles que algunos están
despojados injustamente de sus cacicazgos y jurisdicción, derechos y rentas que
con ellos les eran debidos les harán restituir, citadas las partes, a quien tocare, y
harán lo mismo si algunos pueblos estuvieren despojados del derecho que hubieren
tenido de elegir caciques”.
Ley Tercera.—Don Felipe III en San Lorenzo a 19 de Julio de 1614. Don Felipe
IV, en Madrid a 11 de Febrero de 1628.
“Que se guarde la costumbre en las sucesiones.
Desde el descubrimiento de las Indias se ha estado en posesión y costumbre, que
en los cacicazgos suceden los hijos a sus padres: Mandamos, que en esto no se haga
novedad y los virreyes, audiencias y gobernadores no tengan árbitro en quitarlos
a unos, y darlos a otros dejando la sucesión al antiguo derecho y costumbres”.
3 Basadre. Hist. der Derecho Peruano, lib. 3, cap. 16, p. 274.
4 Rowe. El movimiento Nacional Inca del Siglo XVIII. Rev. Universitaria. Cuzco,
año XLIII, N9 107, 29 semestre, 1954, pp. 21 y siguientes.
5 Gobernantes del Perú. Levillier, tomo XIII, Siglo XVI, pp. 239-240.
6 Vargas Ugarte. Los Mochicas y el cacicazgo de Lambayeque. Actas y trabajos
científicos. XXVII Congreso Internacional de Americanistas, vol. 2, pp. 475-482.
Lima.
7 Rel. Geog. de Indias tomo 2. pp. 225-242.
8 Rev. Archivo Hist. Lima, tomo XXI, vol. 2, 1957, pp. 420-436.
9 Rev. del Archivo Hist. del Cuzco, N9 9, 1958. Los Caciques Alpaca y Huáscar,
pp. 14-32.
10 Rev. Archivo Hist. Lima, tomo XX, vol. 1, año 1955, pp. 43 y 52.
11 Carrera, Fernando de la. Edición de 1644. Masson. The languages of the South
American Indians-Handbook. 1950, vol. 6, pp. 157-317.
12 En los manuscritos Monsefú figura como Monsebu o Omonzebu.
13 Juicios de Residencias AHN. Legajo 16, cuaderno 55, año 1611, vuelta foja
707.
14 Cabello obra cit. 3° parte, cap. 17, p. 327.
15 AHN. Derecho Indígena, Legajo 24, cuad. 687, año 1606.
16 Vásquez de Espinoza, obra cit., párrafo 1846. Rel. Geog. de Indias. Tomo 1.
Apéndice II, p. CXL —ver provincia de Chimo y Chicama— once repartimientos
entre ellos Reque y Callanca.
17 Cosme Bueno. Geografía del Perú Virreinal, p. 54.
18 Largo sería nombrar todos los caciques que llevaron el apelativo Chumbi, sólo
nombraremos a Tauri Chumbi, cacique de Pachacamac a la llegada a ese lugar de
Hernando Pizarro (Estete, tomo XII de Oviedo, p. 55).
BN-1584-A264. Manuscrito "Recaudos de lo tocante al repartimiento de
Pucurucha. Los Reyes". En este documento figura don Luis Chumbi Mormo,
como cacique principal de Pocurucha, reducido en Lapti (Ate). El curaca en
mención alega en el expediente, que no podían los indios pagar los tributos por
estar los bienes de la comunidad alquilados. El dato es interesante por tratarse de
Puruchuco, ruinas espléndidamente restauradas por el Dr. Arturo Jiménez Borja.
Es curioso notar el nombre primitivo del lugar. Según Cobo, Puruchucu
pertenecía a la encomienda de Miguel de Estete.
En 1642, era cacique del pueblo de Surco, don Francisco Tanta Chumbi (BN-
B870). Uno de los barrios primitivos del Cuzco, en tiempo de Manco Cápac se
llamaba Chumbi Cancha, cuya traducción generalmente aceptada es barrio de los
tejedores. (Sarmiento de Gamboa, cap. XIII).
19 Feyjoo de Sosa, obra cit., cap. 3, p. 10.
20 Cabello, 3a parte, cap, 17, p. 327.
21 Las Casas, cap. XXIII, p. 142.
22 En los primeros expedientes del manuscrito, Efquen Zula es nombrado
Igualmente como Efquenchela.
23 Carrera, Fernando de la. Edic. 1644, p. 90.
24 AHN - Derecho Indígena. Legajo 24, Cuaderno 687, año 1606.
25 AHN - Juicio de Residencias. Legajo 16, Cuaderno 55, año 1611.
26 Reí. Geog. de Indias, Tomo 1, Apéndice N° 2, p. CXL.
Vásquez de Espinoza, párrafo 1851, menciona para Nariguala 145 Indios
tributarlos.
AHN - Estanco - Breas. Legajo 13, año 1755, fojas 9 y 10:
“En el Repartimiento de la Parcialidad de Nariguala en el pueblo de Cathacaos,
entrando Menon y Mecache por ser un encomendero empesó a correr desde el
tercio de San Juan, etc.
En la Parcialidad de Nariguala …… 118 indios
En la Parcialidad de Menon……93 indios
En la Parcialidad de Mecache……39 indios
total 250 Indios a quien reparten 1107 pesos 5 reales y 5 octavos al tercio, con el
beneficio de especies y sale tasado cada Indio a quarenta pesos, 3 reales y medio en
el tercio de San Juan y sobra para su comunidad 8 reales “.
“Foja 11. Parcialidad de La Chira, Pariña, Mechato, Mecomo, Cuzlo y Amotape
del dicho pueblo de Cathacaos”.
27 Rel. Geog. de Indias, Tomo 2. Reí. de la ciudad de San Miguel de Piura.
28 Cabello, 11b. 3, cap. 17, pp. 326-327; cap. 32, p. 467.
29 Zárate, cap. VI, p. 31: Oviedo, tomo XII, cap. XVIII, p. 111.
30 Rel. de la ciudad de Piura. Párrafo 148 y 150.
31 Mason, Alden. The Languages of the South American Indians. Handbook
1950, p. 196. // Las Casas, cap. XIV, p. 76.
32 Lizárraga, cap. VIII, p. 34.
33 Cieza de León. La Crónica del Perú, cap. LXII y Pedro Pizarro, p. 30.
34 Fray Buenaventura de Salinas y Córdova. Cap. V, pp. 52-56.
35 Información de Iñigo Ortlz de Zúñlga. Repartimiento de los Yachas, 1562.
Rev. del AHNL, tomo XX, entrega 1-1955, pp. 43 y 52. En la Interesante
Información hecha en 1562, al morir el Cacique y dejar un hijo menor, los
principales eligieron junto con el encomendero, a otro en su lugar, con la salvedad
que al llegar a ser adulto si mostraba capacidad para gobernar, podía aspirar a ser
curaca. La misma Información citada, Indica que “los caciques sucedían a sus
padres, siendo hábiles y suficientes para ello, e primero que entraban en el señorío,
iban al Gobernador Inga y éste les saba el señorío o se lo quitaba “. Si era castigado
y no era admitido a la herencia paterna, se dirigía entonces al monarca, en forma
de apelación.
36 BN-B903, año 1625.
37 Cieza de León. La Crónica del Perú, cap. IV, p. 14; Rel. Geog. de Indias, Tomo
1, Apéndice N° 2, p. CXL.
38 Cosme Bueno. Geografía del Perú Virreinal, p. 56.
39 Rubén Vargas Ugarte. Los Mochicas y el cacicazgo de Lambayeque. Actas y
Trabajos Científicos del XXVII Congreso Internacional de Americanistas, vol. 2,
pp. 475-482. Lima.
40 Cabello, 3a parte, cap. 17, pp. 327-329.
41 Rowe, H. John. The Kingdom of Chimor. —Fernando de la Carrera: Arte de la
lengua yunga.
42 María Rostworowski de Diez Canseco. Pachacuetec Inca Yupanqui. 2a parte,
cap. 3.
43 Vargas Ugarte: Los Mochlcas y el cacicazgo de Lambayeque.
Means, Ancient. Civilizatlon of the Andes. Chap. 3, p. 55.
44 Cabello, 34 parte, cap. 27, p. 417.
45 BN-C2374-año 1751. Los Jefes de pachacas tumultuosas fueron: Domingo
Acencio, Pachaca de la Parcialidad de Pescadores; Enrique Apolinario, Pachaca de
la de Senciec; Marcos Aloana, Pachaca de la de Chiclef; y Manuel Temoche,
Alcalde ordinario de Ferreñafe.
46 AHN, Derecho Indigena, cuaderno 338, año 1771.
47 BN-D9996, año 1803.
48 Modesto Justo Rubiños, obra cit. Rev. Histórica, tomo X, vol. :3, pp. 289-363.
49 Enrique Brünning: Estudios Monográficos del Dept. de Lambayeque.
50 Rev. Archivo Hist. N. de Lima, tomo XXI, entrega II, 1957.
51 Vargas Ugarte. La focha de la fundación de Trujillc. Rev. Histórica, tomo X,
entrega 2, Lima 1936, pp. 231-233. John Rowe. The Klngdom of Chimor. Sobretiro
de Acta Americana, vol. 6, 1948.
52 Rel. Anónima de 1604.
Fernando de la Carrera. Arte de la lengua yunga. Chimor figura como el nombre
muchic del lugar. Cápac, nombre puesto por los cuzqueños.
53 Feyjoo de Sosa, obra cit., cap. 3, p. 13.
54 BN, 1652, B903.
55 BN, año 1769, C2447 y C2258.
56 Feyjoo de Sosa, cap. 8, p. 41 y cap. 9, p. 51.
57 Cavero. El Corregimiento de Saña. Rev. Histórica. 1906, pp. 496-499.
58 BN - A451
59 Rowe. El movimiento Nacional Inca del siglo XVIII. Rev. Universitaria.
Cuzco, año XLII, N° 107, 2a sem. 1954, pp. 17-47.
Fernando Silva Santisteban. Morachimo, Cacique Intercesor de los Indios. Rev.
Idea, N° 25. año VI, 1955; N° 26, 1956; N° 27, 1956.
60 Basadre. Hist, del Derecho Peruano, cap. 9, pp. 170 y 174.
61 Means, ob. clt., chap. 3, p. 66.
62 Sally Falk Moore, obra cit., chap. 3, pp. 90-91.
63 M. Rostworowskl de Diez Canseco. Pachacutec Inca Yupanqui. 2a parte, cap.
6, pp. 230-248.
Succession, Cooption to Kingship, and Royal Incest among the Inca.
Southwestern Journal of Anthropology, vol. 16, N° 4, 1960.
64 La ceremonia de entrega de la borla y del matrimonio se efectuaba Igualmente
con el hijo designado corregente, durante la vida de su padre, un ejemplo son Urco
y Amaru Yupanqui.
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