Upload
mayratatiana94
View
29
Download
0
Embed Size (px)
Citation preview
Es una sociedad cuyo capital, dividido en acciones negociables, está formado por la aportación de
los accionistas.
CLAS
IFIC
ACI
ÓN
Son sociedades capitalistas.Son sociedades mercantiles cualquiera
que sea su objeto.
El capital está dividido en acciones.
El capital de la sociedad deberá estar totalmente suscrito y desembolsado.
La sociedad deberá constituirse mediante escritura pública.
La sociedad adquirirá personalidad jurídica propia.
Cantidad de socios
Podrán constituirse con un solo accionista.
Con finalidad social
Participen instituciones
públicas y privadas
2 Accionistas
Capital Constituido por aportaciones que
pueden ser en dinero o bienes realizables
Capital autorizado No podrá exceder del doble del
capital suscrito
Capital mínimo Lo determina la Superintendencia
de Compañías.
Aportaciones Aportaciones en especie
Los bienes aportados serán avaluados y los
informes, debidamente fundamentados.
Características
Las acciones serán nominativas.La compañía no puede emitir títulos definitivos de las acciones.
El derecho de negociar las acciones libremente no admite limitaciones.
Las acciones cuyo valor ha sido totalmente pagado se llaman liberadas.
Acciones ordinarias o preferidas.
Constitución
Requiere al menos de dos accionistas
La compañía se constituirá mediante escritura pública que, previo mandato de la S.C, será
inscrita en el Registro Mercantil.
CONSTITUCIONPara la constitución de la compañía
anónima por suscripción pública, sus promotores elevarán a escritura pública el convenio de llevar adelante la promoción y el estatuto que ha de regir la compañía a
constituirse. La escritura contendrá además:
a) El nombre, apellido,
nacionalidad y domicilio de los
promotores;
b) La denominación, objeto y capital
social;
c) Los derechos y ventajas
particulares reservados a los
promotores;
d) El número de acciones en que el capital estuviere
dividido, la clase y valor nominal de cada acción, su
categoría y series;
e) El plazo y condición de
suscripción de las acciones;
f) El nombre de la institución bancaria
o financiera depositaria de las
cantidades a pagarse en concepto
de la suscripción;
g) El plazo dentro del cual se otorgará
la escritura de fundación;
h) El domicilio de la compañía.
DISTRIBUCION DE UTILIDADES
El certificado provisional y las acciones darán derecho al titular o accionistas a percibir dividendos en proporción a la parte pagada del capital suscrito a la fecha del balance.
RESERVAS Compañías Anónimas De acuerdo al Art. 297 de esta ley, se toma como reserva legal un porcentaje no menor al 10%, el mismo que debe reservarse hasta que alcance por lo menos el 50% del capital social de la compañía.Para los demás tipos de compañías no se establece ningún porcentaje legal para la formación del fondo de reserva legal.
CÁLCULO La reserva legal se calcula sobre las utilidades netas, es decir luego del15% Participación Trabajadores y del Impuesto a la Renta .Como se mencionó anteriormente la cuantía mínima es de 10% para las sociedades anónimas y 5% para las Compañías Limitadas
RESERVA ESTATUTARIA
RESERVA FACULTATIVA