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Artículo de Pablo Sanjuán publicado en el número 62 de Lex Nova · La Revista
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CALCULADORA
LEX NOVAla revista
¿Cómo se calcula el grado superior y el inferior de las penas?
La individualización o concreción de la pena que establece una sentencia judicial por la comisión de un delito requiere, en ocasiones, la realización de una serie de operaciones aritméticas para su cálculo. Esto ocurre en aquellos supuestos en los que el Código Penal alude a la pena superior e inferior en grado, y cuando se refiere a la mitad superior o a la mitad inferior de una pena. A continuación ofrecemos algunos ejemplos de la aplicación de las reglas que artículo 70 del citado Código establece para realizar dichos cálculos, no sin antes referir brevemente los pasos a seguir para la determinación de la pena.
Pablo Sanjuán García
El proceso de determinación o de individualización de la pena a imponer por la comisión de un delito es, de forma sucinta, el proceso que transforma en una pena concreta la pena que en abstracto establece el Libro II del Código Penal para el que «co-metiere» dicho delito, atendiendo a las circunstancias perso-nales del autor y a la gravedad del hecho. Para ello, una vez de-terminado que sí existe el presupuesto de hecho de la norma —porque alguien es reo de un delito—, deberá determinarse cuál es la consecuencia jurídica «general» asociada —la pena en abstracto— y, por último, individualizarse o determinarse
la pena concreta para lo que deberán analizarse las siguientes cuestiones:Grado de ejecución.Grado de participación. Circunstancias atenuantes y agravantes.
Es de este análisis del que surge en muchas ocasiones la necesidad de determinar la pena superior o inferior en grado (o la mitad superior e inferior de la pena).
A título ilustrativo, el siguiente cuadro recoge, sin ánimo exhaustivo¹, algunos ejemplos:
Para el cálculo de esa pena superior e inferior en grado y de la mi-tad superior o inferior, debe atenderse al artículo 70 del Código Penal. En su apartado 1 se establecen las reglas para determinar el grado inferior/superior, en el apartado 2 se recoge el modo de determinación de la mitad superior; y en el apartado 3 se fijan límites para cuando el resultado de la pena superior en grado ex-cede los límites máximos fijados para cada tipo de pena.
Pena superior en gradoLímite mínimo: máximo de la pena señalada por la ley para el delito, incrementado en un día.Límite máximo: la cifra máxima señalada por la ley para el delito aumentada en la mitad de su cuantía (que en términos aritméticos —y más breves que los «legales»— es el resultado de multiplicar por 3/2 o 1,5 esa cifra máxima).
EjECuCión PArtiCiPACión(En dELitos doLosos)
AtEnuAntEs AgrAvAntEsSi concurren más de 2, superior en
grado (en su mitad inferior)
Pena tipo Consumación Autor
Si concurren 1 o 2, mitad superior
Si concurre 1, mitad inferior
tentativaInferior en 1 o 2 grados
Cómplice Inferior en grado
Si concurren 2 o más inferior en 1 o 2 grados
¹Además, en otras previsiones se utiliza la «modulación» a través de grados y/o mitades. Por ejemplo:— Error vencible sobre la ilicitud del hechos «se aplicará la pena inferior en 1 o 2 grados».— Ante una eximente incompleta «los Tribunales impondrán la pena inferior en 1 o 2 grados».
Ejemplo: suponiendo que la pena tipo o abstracta fuera de 10 a 15 años de prisiónPena superior en 1 grado Pena superior en en 2 grados
Límite mínimo Límite máximo² Límite mínimo Límite máximo²
15 años y 1 día 15 años + ½ de 15 años = 22 años y 6 meses 22 años 6 meses y 1 día 33 años y 9 meses
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Pena inferior en gradoLímite máximo: mínimo de la pena señalada por la ley para el delito, reducido en un día o en un día multa según la natu-raleza de la pena.
Límite mínimo: cifra mínima señalada para el delito de que se trate reducida en la mitad de su cuantía (que, como an-tes, puede simplificarse con términos aritméticos: es la mitad de la cifra mínima).
Ejemplo: suponiendo que la pena tipo o abstracta fuera de 10 a 15 años de prisión
PEnA InfErIor
En 1 grado En 2 grados
Límite mínimo Límite máximo Límite mínimo Límite máximo
10 años – ½ de 10 años = 5 años 10 años menos 1 día 5 años – ½ de 5 años = 2 años y 6 meses 5 años menos 1 día
Mitad superior o inferior de la penaLa única previsión expresa que recoge el CP a este respecto es que «el día o el día multa se considerarán indivisibles y actuarán como unidades penológicas de más o menos». En todo caso, el cálculo es sencillo: sólo debe fijarse el punto
medio de la pena, que lógicamente resulta de dividir entre dos la diferencia entre los límites máximo y mínimo, y la mitad inferior irá desde el límite mínimo hasta ese punto medio, y la mitad superior, desde el punto medio más 1 día hasta el límite máximo.
PENAS
² Si la pena superior en grado excede de los límites máximos fijados a cada pena se considerarán como límites:
30 añosPrisiónInhabilitación absoluta o especial
20 años
Privación del derecho a la tenencia y porte de armasPrivación del derecho a residir o a acudir a determinados lugaresProhibición de aproximarse a la víctima o familiares u otros que determine el Juez o TribunalProhibición de comunicarse con la víctima, familiares u otros que determine el Juez o Tribunal
15 años Privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores8 años Suspensión de empleo o cargo público
30 meses Multa
Ejemplo: pena de 10 a 15 años de prisión
Punto medio = 15 años — 10 años
= 2 años y 6 meses
Mitad inferior Mitad superior
de 10 años a 12 años y 6 meses de 12 años 6 meses y un día a 15 años
2
infErior En grAdo tiPo suPErior En grAdo
1/2 Límite mínimo inferior 1 grado - 1 día 1/2 Límite mínimo - 1 día Límite mínimo Límite máximo + 1 día 3/2 Límite máximo + 1 día 3/2 Límite máximo
superior 1 grado
2 GRADOS
1 GRADO
1 GRADO
2 GRADOS
MITAD INFERIOR
MITAD SUPERIOR
LÍm
ite
máx
imo
tiP
o 1
dÍa
Punto MEdio dE LA PEnA
2Límite máximo — Límite mínimo