Villa de Reyes – Aguascalientes – Guadalajara.
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Municipio de Tepatitlán
[PLAN PARCIAL DE DESARROLLO URBANO PARA
INFRAESTRUCTURA]
Villa de Reyes – Aguascalientes – Guadalajara.
Villa de Reyes – Aguascalientes – Guadalajara.
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Villa de Reyes – Aguascalientes – Guadalajara.
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Contenido.
I. Datos Generales del Proyecto I. Tipo de acción urbanística a desarrollar II. Uso propuesto III. Giro específico
II. Antecedentes
I. Introducción II. Motivación III. Definiciones
III. Fundamentación y Bases jurídicas I. Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos II. Constitución Política del Estado de Jalisco III. Ley General de Asentamientos Humanos,
Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano. IV. Ley Orgánica municipal del Estado de Jalisco V. Ley General del Equilibrio Ecológico y la protección
al ambiente VI. Reglamento de la LGEEPA en materia de Evaluación
de Impacto Ambiental VII. Ley Estatal del equilibrio ecológico y la protección al
ambiente VIII. Código Urbano para el Estado de Jalisco IX. Reglamento Estatal de Zonificación X. Norma Oficial Mexicana nom-003-secre-2011,
(Distribución de gas natural y gas licuado de petróleo por ductos.)
XI. PROY-NOM-007-SECRE-2015
IV. Marco de Planeación I. Plan Nacional de Desarrollo 2012-2018 II. Programa Nacional de Infraestructura 2014-2018 III. Reforma Energética Nacional IV. Plan Sectorial de Energía V. Programa Sectorial de Energía VI. Plan Estatal de Desarrollo VII. Plan Regional de Desarrollo VIII. Plan Municipales de Desarrollo IX. Plan de Desarrollo Urbano de Centro de Población
de Tepatitlán de Morelos V. Las políticas y los objetivos que se persiguen
I. Políticas II. Objetivos
I. Objetivo General II. Objetivos específicos
VI. Fase de diagnóstico I. Delimitación del Área de Estudio (Plano Base) II. Delimitación del Área de Aplicación (Plano D-1 Área
de Aplicación). III. Análisis del Medio Social y Económico
I. Características demográficas I. Población Regional Servida II. Población Municipal III. Población Local IV. Distribución de la población por grupos de
edad II. Características socioeconómicas
I. Población Económicamente Activa II. Empleo
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III. Ingresos IV. Rezago Social
IV. Análisis del Medio Físico Natural I. Topografía
I. Elevación (Plano D-2-1) II. Pendientes (Plano D-2-2) III. Orientación de Pendientes (Plano D-2-3) IV. Sistema de Topoformas (Plano D-2-4)
II. Hidrología I. Hidrología Superficial (Plano D-2-5) II. Hidrología Subterránea (Plano D-2-6)
III. Vegetación y Uso Potencial del Suelo (Plano D-2-7)
IV. Edafología (Plano D-2-8) V. Geología (Plano D-2-9) VI. Climatología (Plano D-2-10) VII. Paisaje Natural (Plano D-2-11) VIII. Ordenamiento Ecológico Territorial del Estado
de Jalisco (Plano D-2-12) IX. Aspectos Ambientales
V. Análisis del Medio Físico Transformado I. Estructura Urbana y Tenencia del Suelo (Plano
D-3) II. Uso Actual del Suelo (Plano D-4) III. Vialidad y Transporte (Plano D-5) IV. Infraestructura (Plano D-6)
VI. Síntesis del Estado Actual (Plano D-7) VII. Bases y Criterios de Ordenamiento Territorial
I. Perspectivas de Crecimiento Demográfico II. Demanda de Suelo Urbano
III. Requerimientos de Equipamiento e Infraestructura
IV. Metas específicas del Plan Parcial de Desarrollo Urbano para Infraestructura
VIII. Estrategias. I. Estrategia de Desarrollo Urbano II. Delimitación del Centro de Población III. Clasificación de Áreas (Plano E-1)
I. Áreas de restricción a infraestructura o instalaciones especiales RI I. Áreas de restricción de instalaciones
de riesgo, clave RI-RG II. Áreas de restricción por paso de
instalaciones de electricidad, clave RI-EL
III. Áreas de restricción por paso de instalaciones de telecomunicación, clave RI–TL
IV. Áreas de restricción por paso de vialidades, clave RI-VL
II. Áreas de Conservación Ecológica I. Áreas de Protección a Cauces y
Cuerpos de Agua, clave CA IV. Acciones de Conservación, Mejoramiento y
Crecimiento I. Acciones de Conservación II. Acciones de Mejoramiento III. Acciones de Crecimiento
V. Utilización Particular del Suelo (Plano E-2) I. Áreas de restricción a infraestructura o
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instalaciones especiales RI I. Áreas de restricción de instalaciones
de riesgo, clave RI-RG II. Áreas de restricción por paso de
instalaciones de electricidad, clave RI-EL
III. Áreas de restricción por paso de instalaciones de telecomunicación, clave RI–TL
IV. Áreas de restricción por paso de vialidades, clave RI-VL
II. Áreas de Conservación Ecológica I. Áreas de Protección a Cauces y
Cuerpos de Agua, clave CA VI. Estructura Urbana (Plano E-3)
I. Estructura Territorial y Núcleos de Equipamiento
II. Estructura Vial IX. Propuestas de Acción Urbana
I. Planeación del Desarrollo Urbano II. Suelo Urbano y Reservas Territoriales III. Infraestructura IV. Movilidad Urbana Sustentable V. Equipamiento y Espacios Verdes VI. Impacto y Riesgo Ambiental VII. Atlas de Riesgos
X. Control de Usos y Destinos del Suelo XI. Derechos y Obligaciones Derivados del Plan Transitorios
Anexos
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I. DATOS GENERALES DEL PROYECTO:
1.1. TIPO DE ACCIÓN URBANÍSTICA A DESARROLLAR:
El siguiente plan parcial se elaboró bajo la modalidad de acción
urbanística de infraestructura para el “Gasoducto Villa de Reyes-
Aguascalientes-Guadalajara”, que contribuirá a satisfacer los
requerimientos de gas natural en las centrales de generación de
la CFE ubicadas en los estados de Aguascalientes y Jalisco, así
como en las regiones Centro y Occidente del país.
El Plan Parcial integra los elementos señalados en el artículo 122
del Código Urbano del Estado de Jalisco y contiene la expresión
de los resultados de los estudios técnicos de los medios físico,
natural y transformado, así como de los aspectos
socioeconómicos, relativos a la planeación, programación,
ordenamiento y regulación para el desarrollo urbano en su área
de aplicación.
I.2. USO PROPUESTO:
Se contempla que el uso sea de restricción por paso de
infraestructura, en virtud del tipo de instalación que se pretende
pasar por los predios del área de estudio y aplicación del plan.
I.3. GIRO ESPECÍFICO:
El giro específico es una línea de conducción de gas natural que
se utilizara para la generación de energía eléctrica
principalmente.
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II. ANTECEDENTES
II.1. INTRODUCCIÓN
En la última década la demanda de gas natural en el país se ha incrementado de manera sostenida, debido al precio de venta de primera mano vinculado al mercado de Norte América; las ventajas de eficiencia sobre los procesos industriales, la generación de electricidad y los altos precios del petróleo y sus derivados. Esta demanda de gas natural, aunada a la disminución en la producción nacional ha derivado en el incremento de las importaciones, lo que a su vez dificulta el abastecimiento de este combustible, principalmente en la zona centro-occidente del país, por las limitaciones en la capacidad de importación y transporte de gas natural. Esto ha llevado a comprometer la flexibilidad operativa del Sistema Nacional de Gasoductos (SNG), así como a recurrir a mayores importaciones de gas natural licuado, con el consecuente incremento en costos. Aunque se ha procurado aprovechar los bajos precios del gas
natural para reducir los costos de explotación en la generación
de energía eléctrica, sustituyendo el combustóleo y diésel por
gas natural. Desde hace algunos años se han emprendido una
serie de reformas al marco legal del sector del gas natural, en
temas encaminados a modernizar las actividades de esta
industria, principalmente en lo relativo al impulso de la
inversión privada en las actividades de transporte,
almacenamiento y distribución del hidrocarburo.
En lo referente al transporte, desde 1996 el desarrollo
de nueva infraestructura ha recaído en el sector privado, la
mayoría de los proyectos para cubrir las necesidades específicas
de Petróleos Mexicanos y de la Comisión Federal de Electricidad,
han sido auspiciados por ellos mismos. Sin embargo, esta
infraestructura ha sido insuficiente para atender
oportunamente el aumento de la demanda de gas natural, que
deriva de las políticas de sustitución de combustóleo por gas
natural, así como de la disminución en los precios relativos del
gas natural en Norte América.
Actualmente, las limitaciones en infraestructura tanto
de transporte como de importación de gas natural, han
provocado, que desde el año 2012 el Sistema Nacional de
Gasoductos enfrente condiciones críticas de operación
derivadas del exceso de extracciones del hidrocarburo en
proporción a las inyecciones. Lo anterior se ha traducido en la
declaración de “alertas críticas”, que han afectado el suministro
en regiones alejadas de los puntos de producción o importación
(principalmente en el centro-occidente del país); estas
situaciones han impactado en la actividad económica en la
industria de la transformación y del sector eléctrico, lo que ha
llevado a grandes consumidores a reemplazar el uso del gas
natural por combustibles de mayor precio, o bien, a limitar su
consumo.
Para atender la problemática en el abasto de gas
natural, a mediano y largo plazo, actualmente se encuentran en
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desarrollo proyectos de transporte, que permitirán ampliar la
infraestructura a regiones del país que actualmente no cuentan
con gas natural, o bien, que generarán redundancia en los
sistemas de transporte existentes. Estos proyectos, permitirán
aumentar la capacidad de importación de gas natural desde los
Estados Unidos, lo cual contribuirá a diversificar las fuentes de
suministro.
El Gobierno Federal implementó la Estrategia Integral de
Suministro de Gas Natural, la cual promueve un abasto del
hidrocarburo de forma segura y eficiente a precios
competitivos; en el corto plazo, permitiendo aumentar el
suministro de gas natural en el país.
En el corto y mediano plazo, se están realizando trabajos
técnicos y operativos para el desarrollo de nuevos gasoductos.
Uno de ellos corresponde al Plan Parcial de Desarrollo Urbano
“Gasoducto Villa de Reyes - Aguascalientes - Guadalajara”
Dónde a través del desarrollo de la nueva infraestructura, se
garantizará que el país cuente con los elementos que permitan
un abasto del gas natural seguro y eficiente de largo plazo, a
precios competitivos.
II.2. MOTIVACIÓN
Es un hecho innegable que el crecimiento de la
población en nuestro país es un fenómeno que trae consigo una
serie de necesidades que deben ser solucionadas de una
manera planeada y con visión de futuro, para poder generar
soluciones más eficientes que tiendan a revertir el deterioro que
el ser humano ha causado al medio. Una de estas necesidades
es el aumento de la demanda de energía eléctrica.
Es por este motivo que se presenta la generación del Plan Parcial
de Desarrollo Urbano “Gasoducto Villa de Reyes -
Aguascalientes - Guadalajara” que plantea el paso de una línea
de gas natural a través de tubería especialmente diseñada para
este fin.
Para cumplir con la normatividad es necesario contar con los
dictámenes favorables correspondientes de usos trazos y
destinos, pero las localidades por las que pasa la infraestructura,
no cuentan actualmente con planes o programas de desarrollo
urbano en los que se defina la zonificación específica de la cual
se pudiera especificar la compatibilidad o no del uso que se
pretende.
En el código urbano para el estado de Jalisco, en su artículo 252
establece que, cuando un centro de población no cuente con un
plan de desarrollo urbano de centro de población que ordene y
regule un área específica donde se pretendan realizar obras de
urbanización o cuando dichas áreas se encuentre fuera de los
límites de un centro de población, los interesados en su
urbanización deberán proponer y tramitar la aprobación de un
plan parcial de desarrollo urbano que regule las acciones
urbanísticas correspondientes.
El mismo código en su artículo 121 dice que los planes parciales
de desarrollo urbano, son los instrumentos para normar las
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acciones de conservación, mejoramiento y crecimiento
previstas en los programas y planes de desarrollo urbano
aplicables al centro de población. Se formularán, aprobarán y
aplicarán conforme a las siguientes disposiciones:
I. El plan parcial de desarrollo urbano integra el conjunto de
normas específicas a efecto de precisar la zonificación y regular
los usos, destinos y reservas en los predios localizados en su área
de aplicación;
II. Sus disposiciones corresponderán con las del Plan de
Desarrollo Urbano de Centro de Población del cual es una parte
y, por lo tanto, deben guardar congruencia entre sí;
III. Su objeto principal será el precisar las normas de
zonificación, cuando por la magnitud de escala, intensidad de
las actividades, resulte insuficiente el plan de desarrollo urbano
de centro de población, el programa de ordenamiento ecológico
local o en su caso, el programa municipal de desarrollo urbano,
donde se integren las disposiciones de ordenamiento territorial
de desarrollo urbano y de ordenamiento ecológico local; e
Indicara las acciones de conservación, mejoramiento y
crecimiento, en función del ordenamiento territorial, sin
implicar la autorización de las mismas.
II.3. DEFINICIONES
Para los efectos del presente Plan Parcial se entiende por:
Acción urbanística: la urbanización del suelo comprendiendo
también la transformación de suelo rural a urbano; los cambios
de utilización, las subdivisiones y fraccionamientos de áreas y
predios para el asentamiento humano; la rehabilitación de
fincas y zonas urbanas; así como la introducción, conservación,
o mejoramiento de las redes públicas de infraestructura y la
edificación del equipamiento urbano;
Anexo gráfico: El conjunto de planos impresos y/o en archivos
digitalizados, que forman parte de este plan parcial;
Área: la porción de territorio que comparte los mismos grados
de ordenamiento y gestión pública, a efecto de planear y regular
las acciones de conservación, mejoramiento y crecimiento en la
misma; se tipifica, clasifica y delimita en función de las
características del medio físico natural y transformado que le
afectan;
Área de estudio: Se refiere a la zona de influencia del predio a
desarrollar y la delimitación del área de aplicación. Corresponde
a la zona geográfica de influencia que tiene el predio en el que
se pretende llevar a cabo una acción urbanística, esta área debe
quedar comprendida en los planos de diagnóstico (D-1, D-2 y D-
3) que se presenten como parte del anexo gráfico del Plan
Parcial de Urbanización propuesto, así como en las
descripciones.
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Área de aplicación del Plan Parcial “Gasoducto Villa de Reyes -
Aguascalientes - Guadalajara”: El área de aplicación del
presente plan, las áreas constituidas por las zonas urbanizadas,
las que se reserven para su expansión y las que se consideren no
urbanizables por causas de preservación ecológica, prevención
de riesgos y mantenimiento de actividades productivas dentro
de los límites de dicho plan parcial;
Áreas y predios de conservación ecológica: las tierras, aguas y
bosques que por sus características de valor científico,
ambiental o paisajístico deben ser conservadas. Su origen o
estado natural y su grado de transformación, motivarán su
preservación o nivel de conservación de conformidad con la
legislación en esta materia;
Áreas y predios rústicos: las tierras, aguas y bosques que son
susceptibles de explotación racional agropecuaria, piscícola,
minera o forestal; así como los predios comprendidos en las
áreas de reservas de un centro de población, donde no se hayan
realizado las obras de urbanización;
Áreas de restricción de instalaciones de riesgo (RI-RG): Son las
referidas a depósitos de combustible, gasoductos y redes de
distribución energéticos, gaseras, gasolineras, centros de
distribución de gas para vehículos automotores, industrias
peligrosas y demás usos de suelo que entrañan riesgos o peligro
para la vida o la salud en sus inmediaciones.
Áreas de restricción para vialidad (RI-VL): Son las superficies
que deberán de quedar libre de construcción para la ejecución
del sistema de vialidades establecidas para el ordenamiento
territorial y urbano conforme a los derechos de vía, que
establezcan las autoridades federales, estatales y municipales
competentes en la materia.
Áreas de restricción por paso de redes e instalaciones de
electricidad (EL): Corresponde a las franjas a lo largo de las
redes, por lo general sobre vías públicas y alrededor de las
instalaciones de electricidad, que se deben de dejar libres de
edificación para permitir el tendido, registro, reparación y
ampliación de las mismas, o como separador por el peligro que
representan, cuyo ancho señalará la autoridad municipal y la
CFE con relación al tipo de instalación.
Áreas de conservación ecológica (AC): Las tierras, aguas y
bosques que por sus características de valor científico,
ambiental o paisajístico deben ser conservadas. Su origen o
estado natural y su grado de transformación, motivarán su
preservación o nivel de conservación, de conformidad con la
legislación en esta materia. En estas áreas deberá respetarse lo
establecido en las Leyes Federal y Estatal del Equilibrio Ecológico
y Protección al Ambiente, estando bajo el control de las
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autoridades competentes, así mismo, estas áreas y sus zonas de
amortiguamiento podrán estar sujetas a un Plan de
Ordenamiento Ecológico Territorial, según lo dispuesto en las
mencionadas leyes.
Igualmente, se consideran áreas de conservación ecológica, las
áreas de preservación agrícola primaria, que son los terrenos
que, por la calidad de sus suelos, clasificados como de primera
clase en términos edafológicos, son de alto potencial de
productividad agrícola, debiendo preservarse para estos fines y
evitar su transformación en suelo urbano.
Área de protección a causes y cuerpos de agua (CA): Las
requeridas para la regularización y control de los cauces en los
escurrimientos y vasos hidráulicos tanto para su operación
natural, como para los fines de explotación agropecuaria, como
suministro a los asentamientos humanos.
Asentamiento humano: la radicación de un grupo de personas,
con el conjunto de sus sistemas de convivencia en un área
localizada, considerando en la misma los elementos naturales y
las obras materiales que la integran;
Centro de población: las áreas ocupadas por las instalaciones
necesarias para su vida urbana; las que se reservan para su
expansión futura; las constituidas por elementos naturales que
cumplen una función de preservación de sus condiciones
ecológicas; y las que se dediquen a la fundación del mismo,
conforme a las leyes aplicables. El centro de población integra
las áreas donde el Gobierno Municipal está obligado a promover
o realizar las obras de infraestructura básica y equipamiento, así
como administrar los servicios públicos; estas áreas y los predios
comprendidos en las mismas, tendrán la categoría de urbanos;
Código: el Código Urbano del Estado de Jalisco;
Crecimiento: la expansión de las áreas ocupadas con edificios,
instalaciones o redes que integran la infraestructura y el
equipamiento urbano de los centros de población; y la
expansión de los límites de los centros de población para
integrar áreas de reservas o de conservación;
Compatibilidad de uso del suelo: la capacidad para desarrollar
en vecindad y coexistencia, junto con otros usos, las actividades
a desempeñar con una utilización del suelo predominante
determinados en el Reglamento estatal de zonificación para el
estado de Jalisco, sin que ello represente un factor de riesgo
para quienes cohabitan en estas circunstancias;
Densidad de población: Concentración de habitantes o
viviendas permitidas en una superficie determinada del plan
parcial;
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Dependencia Municipal: la dependencia técnica y
administrativa que señale el Gobierno Municipal, competente
para expedir los dictámenes, acuerdos, autorizaciones, licencias
y permisos previstos en las fracciones XIX a XXVI del artículo 12
y demás disposiciones de la Ley de Desarrollo Urbano;
Desarrollo Regional: el aprovechamiento óptimo de las
potencialidades de una región mediante el proceso de
crecimiento económico y evolución social en un territorio
determinado, donde se garantice el mejoramiento de la calidad
de vida de la población, la preservación del ambiente, así como
la conservación y reproducción de los recursos naturales;
Desarrollo urbano: el conjunto armónico de acciones que se
realicen para ordenar, regular y adecuar los elementos físicos,
económicos y sociales de los centros de población y sus
relaciones con el medio ambiente natural y sus recursos; implica
el sistema de organización espacial que integra una sociedad o
comunidad en su desarrollo, condicionados por su medio físico
y su cultura, cuyos resultados son las formas y relaciones de los
asentamientos humanos;
Destinos: los fines públicos a que se prevea dedicar
determinadas zonas, áreas y predios de un centro de población;
Determinación de usos, destinos y reservas: son los actos de
derecho público que corresponde autorizar a los ayuntamientos
en los programas y planes de desarrollo urbano, a fin de
clasificar las áreas y predios de un centro de población y
establecer las zonas, donde se precisen los usos permitidos,
prohibidos y condicionados y sus normas de utilización, a las
cuales se sujetarán el aprovechamiento público, privado y social
de los mismos;
Documento técnico: El conjunto de documentos y lineamientos
que integran la información, conclusiones, recomendaciones y
propuestas relativas a los elementos del medio físico natural y
transformado, así como los aspectos socioeconómicos y
jurídicos, que constituyen las bases reales de la planeación,
programación, ordenamiento y regulación para el desarrollo
ecológico y urbanístico del área de estudio, objeto del presente
plan parcial;
Equipamiento: los edificios y espacios acondicionados de
utilización pública, general o restringida, en los que se
proporcionan a la población servicios de bienestar social.
Considerando su cobertura se clasifican en vecinal, barrial,
distrital y regional (cuando el equipamiento lo administra el
sector público este se considera un destino y cuando lo
administra el sector privado se considera un uso);
Infraestructura básica: las redes generales que permiten
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suministrar en las distintas unidades territoriales que integran
al corredor los servicios públicos de vialidad, agua potable y
alcantarillado;
Ley: la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Jalisco;
Ley General: la Ley General de Asentamientos Humanos,
Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano.
Ley estatal: la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Jalisco;
Municipio: El municipio de Tepatitlán de Morelos, Jalisco;
Plan de Desarrollo Urbano de Centro de Población: al Plan de
Desarrollo Urbano de Centro de Población de la ciudad de
Tepatitlán de Morelos;
Propiedad social: las tierras comunales; y las dotadas a los
núcleos de población ejidal o del régimen ejidal conforme las
disposiciones de la Ley Agraria, mismas que se dividen en tierras
para el asentamiento humano, de uso común y parceladas;
Reservas: áreas de un centro de población, que serán utilizadas
para su futuro crecimiento.
Reservas territoriales: las áreas de un centro de población de
población, que serán utilizadas para su futuro crecimiento y se
integren al dominio privado de la Federación, el Estado o los
Municipios;
Reglamento Estatal: al Reglamento Estatal de Zonificación;
Urbanización: el proceso técnico para lograr a través de la
acción material y de manera ordenada, la adecuación de los
espacios que el ser humano y sus comunidades requieren para
su asentamiento;
Usos: los fines particulares a que podrán dedicarse
determinadas zonas, áreas y predios de un centro de población;
en conjunción con los destinos determinan la utilización del
suelo;
Uso o destino predominante: el o los usos o destinos que
caracterizan de manera principal una zona, siendo plenamente
permitida su ubicación en la zona señalada;
Utilización del suelo: la conjunción de Usos y Destinos del suelo;
Zona: el aprovechamiento predominante de los usos o destinos;
Zonificación: la determinación de las áreas que integran y
delimitan un plan parcial las zonas que identifiquen sus
aprovechamientos predominantes, las reservas, usos y destinos,
así como la delimitación de las áreas de conservación,
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mejoramiento y crecimiento del mismo;
III. FUNDAMENTACIÓN Y BASES JURIDICAS
III.1 CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS El Plan Parcial de Desarrollo Urbano para Infraestructura: Gasoducto Villa de Reyes – Aguascalientes - Guadalajara” en el municipio de Tepatitlán de Morelos, Jalisco se fundamenta en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la cual establece en el artículo 27, la participación de la Nación en el ordenamiento y regulación de los asentamientos humanos en el país, la concurrencia de los tres niveles de gobierno en la materia, la facultad de los estados para expedir las leyes relativas al desarrollo urbano, y de los municipios para expedir los reglamentos y disposiciones administrativas de observancia general que se requieran. De igual manera en el artículo 115 de la misma ley, señala que los municipios en los términos de las leyes federales y estatales relativas, estarán facultados entre varios aspectos para: Formular, aprobar y administrar la zonificación y planes de desarrollo urbano municipal; para participar en la creación y administración de sus reservas territoriales; para autorizar, controlar y vigilar la utilización del suelo, en el ámbito de su competencia, en sus jurisdicciones territoriales; y para otorgar licencias y permisos para construcciones. La conducción de la política energética del país le corresponde a la Secretaría de Energía, como lo articula la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal en su artículo 33, además de que
le corresponde establecer y ejercer los derechos de la Nación en materia de petróleo y todos los carburos de hidrógeno sólidos, líquidos y gaseosos, de minerales radioactivos, así como respecto del aprovechamiento de los bienes y recursos naturales que se requieran para generar, conducir, transformar, distribuir y abastecer energía eléctrica que tenga por objeto la prestación del servicio público; conducir y supervisar la actividad de las entidades paraestatales sectorizadas en la Secretaría, y llevar a cabo la planeación energética a mediano y largo plazos, así como fijar las directrices económicas y sociales para el sector energético paraestatal.
III.2. CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO DE JALISCO El Plan Parcial tiene sus bases jurídicas en la Constitución política
del Estado de Jalisco, en sus artículos 50 y 80 en donde se
confirma lo expuesto en la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos antes mencionada. En los artículos indican la
facultad de los municipios de expedir los reglamentos que
resulten necesarios para proveer la observancia de las leyes y
buen despacho de la administración pública (artículo 50,
fracción VIII), organizar y conducir la planeación del desarrollo
del Estado velando por la sostenibilidad de las finanzas públicas
y estableciendo los medios para la consulta ciudadana y la
participación social, además de ejercer en forma concurrente
con la federación y el Estado, las atribuciones en materia de
preservación y restauración del equilibrio ecológico y
protección del ambiente, el ordenamiento territorial de los
asentamientos humanos y desarrollo urbano (artículo 50°
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fracciones X y XXI).
Además, los municipios a través de sus ayuntamientos, en los
términos de las leyes federales y estatales relativas (artículo
80°), están facultados para: Formular, aprobar y administrar la
zonificación y planes de desarrollo urbano municipal; Participar
en la creación y administración de sus reservas territoriales;
Controlar y vigilar la utilización del suelo en sus jurisdicciones
territoriales; Otorgar licencias o permisos para urbanizaciones,
construcciones y condominios; Intervenir en la regulación de la
tenencia de la tierra urbana; Participar en la creación y
administración de zonas de reserva ecológica; y Organizar y
conducir la planeación del desarrollo del municipio y establecer
los medios para la consulta ciudadana y la participación social.
III.3. LEY GENERAL DE ASENTAMIENTOS HUMANOS,
ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y DESARROLLO URBANO
La ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento
Territorial y Desarrollo Urbano, publicada en el Diario Oficial de
la Federación el 28 de noviembre de 2016; en su artículo 3 dice
que, para los efectos de esta Ley, se entenderá por: XXII.
Infraestructura: los sistemas y redes de organización y
distribución de bienes y servicios en los Centros de Población,
incluyendo aquellas relativas a las telecomunicaciones y
radiodifusión;
Además, en su artículo 8 da facultades a la Federación, a través de la Secretaría, para:
IX. Promover la construcción de obras de infraestructura y equipamiento para el Desarrollo Regional, urbano, y rural, en coordinación con los gobiernos estatales, municipales y las demarcaciones territoriales, y con la participación de los sectores social y privado, impulsando el acceso de todos y todas a los servicios, beneficios y prosperidad que ofrecen las ciudades; Recalca también en el artículo 22 que la planeación, regulación y evaluación del Ordenamiento Territorial de los Asentamientos Humanos y del Desarrollo Urbano de los Centros de Población forman parte del Sistema Nacional de Planeación Democrática, como una política de carácter global, sectorial y regional que coadyuva al logro de los objetivos del Plan Nacional de Desarrollo, de los programas federales y planes estatales y municipales. Dice además que los instrumentos de planeación referidos, deberán guardar congruencia entre sí, sujetándose al orden jerárquico que establece su ámbito territorial, y contando con los dictámenes de validación y congruencia que para ese fin serán solicitados y emitidos por los diferentes órdenes de gobierno, para su aplicación y cumplimiento. El artículo 41, trata sobre los Planes parciales y dice que las entidades federativas y los municipios promoverán la elaboración de programas parciales y polígonos de actuación que permitan llevar a cabo acciones específicas para el Crecimiento, Mejoramiento y Conservación de los Centros de Población.
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Por otra parte, el artículo 55 habla de las áreas no urbanizables en los planes o programas de Desarrollo Urbano y ordenamiento territorial, de conurbaciones o de zonas metropolitanas, que sólo podrán utilizarse de acuerdo a su vocación agropecuaria, forestal o ambiental, en los términos que determinan esta Ley y otras leyes aplicables. El artículo 67 especifica que. Los ductos y redes de infraestructura vial, hidráulica y de energía primaria (II); y las instalaciones de almacenamiento, confinamiento, distribución, venta o transformación de combustibles., cuando no exista regulación expresa (V), deberán contar con estudios de prevención de riesgo, tomando en cuenta su escala y efecto:
III.4. LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE JALISCO
La ley Orgánica del Estado de Jalisco regula la constitución,
fusión y extinción de los municipios; organización, función,
suspensión y desintegración de los cabildos. Es aplicable en
todos los municipios del Estado y en aquellos que llegaren a
constituirse. Ratifica la personalidad jurídica y patrimonio
propio del municipio establecido en el artículo 115
Constitucional y en los términos del Título Séptimo de la
Constitución Política del Estado de Jalisco.
El artículo 37 facultan a los cabildos para reglamentar entre
otras cosas la planeación y el Desarrollo Municipal. Además, los
Ayuntamientos de acuerdo a lo estipulado en el artículo 39,
establece la de:
• Ordenar y vigilar que las construcciones se realicen de conformidad a los planes de desarrollo urbano, las declaratorias de usos, destinos y reservas, las normas de los reglamentos de zonificación y el Reglamento de Construcción.
• Expedir los reglamentos y desarrollar las acciones de competencia municipal en materia de equilibrio ecológico y protección al ambiente, conforme las disposiciones de la legislación federal y estatal;
• Formular, aprobar y administrar la zonificación y planes de desarrollo urbano municipal; ejercer el derecho de preferencia para adquirir los predios comprendidos en las declaratorias de reserva, participar en la creación y administración de zonas de reserva ecológica y en la constitución de reservas territoriales, en los términos de los ordenamientos federales y estatales aplicables; controlar y vigilar la utilización del suelo en sus jurisdicciones territoriales; otorgar licencias y permisos para construcciones e intervenir en la regularización de la tenencia de la tierra, en los términos que señalen las leyes de la materia;
III.5. LEY GENERAL DEL EQUILIBRIO ECOLÓGICO Y LA PROTECCIÓN AL AMBIENTE La Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente (LGEEPA), Publicada en el diario oficial de la federación el 28 de enero de 1988; en el artículo 28, se establece que para la construcción del gasoducto requiere la presentación de una Manifestación de Impacto Ambiental. Asimismo, en el Art. 5 del Reglamento de la LGEEPA en Materia de Impacto Ambiental, se establece que quienes pretendan llevar a cabo alguna de las
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siguientes obras o actividades, requerirán previamente la autorización de la Secretaría en materia de impacto ambiental:
• La Construcción de oleoductos, gasoductos, carboductos o poliductos para la conducción o distribución de hidrocarburos o materiales o sustancias consideradas peligrosas conforme a la regulación correspondiente, excepto los que se realicen en derechos de vía existentes en zonas agrícolas, ganaderas o eriales. Como se ha mencionado anteriormente, el gasoducto cruzará por los municipios de Tepatitlán de Morelos, y Teocaltiche, en el estado de Jalisco, por ello y de acuerdo con el Art. 11 del Reglamento de la LGEEPA en Materia de Impacto Ambiental, las manifestaciones de impacto ambiental se presentarán en la modalidad regional cuando se trate de:
• IV. Proyectos que pretendan desarrollarse en sitios en los que, por su interacción con los diferentes componentes ambientales regionales, se prevean impactos acumulativos, sinérgicos o residuales que pudieran ocasionar la destrucción, el aislamiento o la fragmentación de los ecosistemas.
Debido a la naturaleza del proyecto, se presenta la Manifestación de Impacto Ambiental en su Modalidad Regional debido a que por la longitud del Proyecto se presentarán impactos sinérgicos También el Art 30 menciona que para obtener la autorización a que se refiere el artículo 28 de esta Ley, los interesados deberán
presentar a la Secretaría una manifestación de impacto ambiental, la cual deberá contener, por lo menos, una descripción de los posibles efectos en el o los ecosistemas que pudieran ser afectados por la obra o actividad de que se trate, considerando el conjunto de los elementos que conforman dichos ecosistemas, así como las medidas preventivas, de mitigación y las demás necesarias para evitar y reducir al mínimo los efectos negativos sobre el ambiente. III.6. LEY ESTATAL DEL EQUILIBRIO ECOLÓGICO Y LA PROTECCIÓN AL AMBIENTE
No se encontraron datos referentes al proyecto en la ley estatal de protección al ambiente, sin embargo, en el artículo 3° menciona que, para los efectos de esta ley, se tomarán las definiciones de la Ley General de Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente XII. Emisión contaminante: La generación o descarga de materia o energía en cualquier cantidad, estado físico o forma, que, al incorporarse, acumularse o actuar en los sistemas biótico y abiótico, afecte o pueda afectar negativamente su composición o condición natural. III.7. REGLAMENTO DE LA LGEEPA EN MATERIA DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL El Reglamento en materia de Evaluación de Impacto Ambiental de la LGEEPA (“REIA”) en su capítulo II, Artículo 5o. dice que quienes pretendan llevar a cabo alguna de las siguientes obras
Villa de Reyes – Aguascalientes – Guadalajara.
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o actividades, requerirán previamente la autorización de la Secretaría en materia de impacto ambiental: [...] C) La Construcción de oleoductos, gasoductos, carboductos o poliductos para la conducción o distribución de hidrocarburos o materiales o sustancias consideradas peligrosas conforme a la regulación correspondiente, excepto los que se realicen en derechos de vía existentes en zonas agrícolas, ganaderas o eriales. [...] requerirán un estudio de Impacto Ambiental
ARTÍCULO 11.-Las manifestaciones de impacto ambiental se presentarán en la modalidad regional cuando se trate de: III. Un conjunto de proyectos de obras y actividades que pretendan realizarse en una región ecológica determinada,
Artículo 51. La Secretaría podrá exigir el otorgamiento de seguros o garantías respecto del cumplimiento de las condiciones establecidas en las autorizaciones, cuando durante la realización de las obras puedan producirse daños graves a los ecosistemas. Se considerará que pueden producirse daños graves a los ecosistemas, cuando: II. En los lugares en los que se pretenda realizar la obra o actividad existan cuerpos de agua, especies de flora y fauna silvestre o especies endémicas, amenazadas, en peligro de extinción o sujetas a protección especial;
Siendo el caso del gasoducto, Villa de Reyes – Aguascalientes – Guadalajara, se presentará el documento del estudio ambiental
regional correspondiente a los predios por los que atraviesa la infraestructura. III.8. CÓDIGO URBANO PARA EL ESTADO DE JALISCO
Por su parte el código Urbano para el Estado de Jalisco,
publicado en el Periódico Oficial del “Estado de Jalisco” el 27 de
septiembre del 2008, en su artículo 10, fracción I, faculta a los
Ayuntamientos para formular, aprobar, administrar, ejecutar,
evaluar y revisar “el Programa Municipal de Desarrollo Urbano,
los planes de desarrollo urbano de centros de población y los
planes parciales de desarrollo urbano, atendiendo el
cumplimiento de las disposiciones ambientales aplicables”
El artículo 252 del Código Urbano para el Estado de Jalisco,
establece que: “cuando un centro de población no cuenta con
un Plan de Desarrollo Urbano de Centro de Población que
ordene y regule un área específica donde se pretendan realizar
obras de urbanización o cuando dichas áreas se encuentren
fuera de los límites de un centro de población, los interesados
en su urbanización deberán
proponer y tramitar la aprobación de un Plan Parcial de
Desarrollo Urbano que regule las acciones de crecimiento
correspondientes”.
Atendiendo a los artículos anteriores y debido a que el área por
donde se construirá el gasoducto no cuenta con un Plan de
Desarrollo Urbano específico, es que presentamos el presente
documento para que sea anexado a la legislación municipal
correspondiente.
Villa de Reyes – Aguascalientes – Guadalajara.
19
III.9. REGLAMENTO ESTATAL DE ZONIFICACIÓN
El Reglamento Estatal de Zonificación es necesario para la
formulación de los planes de desarrollo urbano, para que se
aplique a falta de disposición municipal, y para ser adoptado por
los Municipios como reglamento municipal cuando así lo
decidan establecer.
Tomando en cuenta lo anterior, el Estado tiene obligación (De
acuerdo con el artículo 25 de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos) ser el rector del desarrollo en los
municipios.
El Reglamento Estatal de Zonificación, contiendo el conjunto de
normas técnicas y procedimientos, para formular la planeación
y regulación del ordenamiento territorial en el Estado de Jalisco.
El artículo 17. Nos marca las pautas para la clasificación de
áreas, además el apartado quinto da especial atención a las
áreas de restricción. especificando en su apartado, (F) que las
áreas de restricción de instalaciones de riesgo son las referidas
a depósitos de combustible, gasoductos y redes de distribución
de energéticos, gasolineras, gaseras, centros de distribución de
gas para vehículos automotores, cementerios, industrias
peligrosas y demás usos del suelo que entrañen riesgo o peligro
para la vida o la salud en sus inmediaciones, cuyas instalaciones
y las áreas colindantes deberán respetar las normas,
limitaciones y restricciones a la utilización del suelo que señale
al respecto.
Mientras que el Artículo 123, clasifica las zonas de instalaciones
especiales e infraestructuras, por su dimensión, radio de
cobertura, y grado de riesgo, se clasifican en urbanas y
regionales. El Artículo 124 norma los usos y destinos permitidos
en las zonas de instalaciones especiales e infraestructura son
los que se describen en la siguiente tabla, para el caso de estudio
revisaremos la siguiente tabla.
El artículo 125 del Reglamento de Zonificación estatal especifica
que los predios o terrenos y las edificaciones construidas en las
zonas de instalaciones especiales (IE), e infraestructura (IN),
estarán
sujetas al cumplimiento de los lineamientos marcados en el Plan
Parcial de Urbanización y se deberán indicar las restricciones
para instalaciones especiales, que se señalen por la legislación
vigente en la materia, aplicada por las instituciones
concurrentes, según el ámbito de su competencia.
Villa de Reyes – Aguascalientes – Guadalajara.
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III.10. NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-003-SECRE-2011,
(DISTRIBUCIÓN DE GAS NATURAL Y GAS LICUADO DE
PETRÓLEO POR DUCTOS.)
La apertura de la industria del gas natural a la iniciativa privada,
en lo relativo al transporte, almacenamiento y distribución de
gas natural ha hecho necesario establecer las bases bajo las
cuales se debe garantizar la confiabilidad, la estabilidad, la
seguridad y la continuidad de la prestación del servicio de
distribución, en un entorno de crecimiento y cambios
tecnológicos en esta industria. Asimismo, el transporte y
distribución de gas L.P. por ductos, deben ser actividades que se
realicen bajo un mínimo de requisitos de seguridad. Por lo
anterior, resulta necesario contar con una Norma que
establezca y actualice permanentemente las medidas de
seguridad para el diseño, construcción, operación,
mantenimiento y protección de los sistemas de distribución.
Esta Ley, plantea las condicionantes para el diseño, la instalación
y construcción de ductos, mismas especificaciones que se
tomarán en cuenta de manera puntual para la construcción del
gasoducto, Villa de Reyes – Aguascalientes – Guadalajara.
III.11. PROY-NOM-007-SECRE-2015
Esta norma oficial mexicana es aplicable a los sistemas de
transporte de gas natural, etano, biogás y gas asociado al carbón
mineral (a los que indistintamente y en adelante se les llamará
Sistemas de Transporte de gas) por medio de ductos, localizados
en territorio nacional. Incluye todos aquellos Sistemas de
Transporte de gas que se encuentran en las fases de diseño,
construcción, operación y mantenimiento, e inclusive los que
están empacados e inertizados, y aquéllos que ya estando
construidos se modifiquen en su diseño original
Esta norma oficial mexicana se complementa con las siguientes
normas oficiales mexicanas o las que las sustituyan: NOM-001-
SECRE-2010, Especificaciones del gas natural, la NOM-003-
SECRE-2011, Distribución de gas natural y gas natural licuado del
petróleo por ductos. Y NOM-001-SEDE-2012 Instalaciones
Eléctricas (utilización).
INSTALACIONES ESPECIALES E INFRAESTRUCTURA
CLAVE ZONA (USO PREDOMINANTE
ACTIVIDADES O GIROS DE USO PREDOMINANTE
CATEGORIA USOS Y DESTINOS PERMITIDOS
IE-R INSTALACIONES ESPECIALES REGIONALES
Se incluyen las instalaciones especiales urbanas: · Ce, Re. So. Y Ce. Fe. Re.So. · Gasoductos. · Instalaciones militares y cuarteles. · Oleoductos.
Predominante Compatible Compatible
Instalaciones Especiales Regionales. Instalaciones Especiales Urbanas. Espacios verdes, Abiertos y Recreativos Regionales.
Villa de Reyes – Aguascalientes – Guadalajara.
21
Esta ley se centra en la Puesta en operación, del diseño, los
requisitos generales, la selección de la ruta, su localización, las
franjas de seguridad y protección, conexiones, etc.
Especificaciones que se cumplirán de acuerdo a esta ley, ya que
para la empresa es de vital importancia el mantener el equilibrio
ecológico y la seguridad de la ruta propuesta para el gasoducto.
Villa de Reyes – Aguascalientes – Guadalajara.
22
IV. MARCO DE PLANEACIÓN
El Plan Parcial de Desarrollo Urbano para Infraestructura:
Gasoducto Villa de Reyes – Aguascalientes - Guadalajara” en el
municipio de Tepatitlán de Morelos, Jalisco, guarda congruencia
con los objetivos generales y estratégicos, así como las metas
establecidas y promovidas por los instrumentos de planeación a
nivel federal, estatal, regional y municipal de la siguiente
manera:
IV.1. PLAN NACIONAL DE DESARROLLO 2013-2018
La alineación que guarda al Plan Nacional de Desarrollo 2013-
2018 (PND), lo establece dentro del Eje 4, titulado: México
Próspero, en el que el objetivo de la meta nacional 4.6, habla de
abastecer de energía al país con precios competitivos, calidad y
eficiencia a lo largo de la cadena productiva.Se incluye también
la estrategia la cual habla de asegurar el abastecimiento de gas
natural de acuerdo a la demanda del país; así mismo en las
Líneas de acción marca la pauta para fortalecer el mercado de
gas natural mediante el incremento de la producción y el
robustecimiento de la infraestructura.
Cuadro N° de la alineación de los objetivos del Programa al PND
Meta Nacional Objetivo de la Meta Nacional
Estrategias del Objetivo de la Meta Nacional
Líneas de Acción
IV. México Próspero Mantener la estabilidad macroeconómica del país
4.6 Abastecer de Energía al país con precios competitivos, calidad y eficiencia a lo largo de la cadena productiva.
4.6.1 Asegurar el abastecimiento de petróleo crudo, gas natural y petrolíferos que demanda el país.
Fortalecer el mercado de gas natural mediante el incremento de la producción y el robustecimiento en la infraestructura de importación, transporte y distribución, para asegurar el abastecimiento de energía en óptimas condiciones de seguridad, calidad y precio.
4.6.2 Asegurar el abastecimiento racional de energía eléctrica a lo largo del país.
Impulsar la reducción de costos en la generación de energía eléctrica para que disminuyan las tarifas que pagan las empresas y las familias mexicanas. Homologar las condiciones de suministro de energía eléctrica en el país. Modernizar la red de transmisión y distribución de electricidad.
IV.2. PROGRAMA NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA 2014-
2018
Derivado del Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, se
encuentra el Programa Nacional de Infraestructura 2014-2018
Villa de Reyes – Aguascalientes – Guadalajara.
23
del cual se desprende el Sistema Nacional de Gasoductos, el cual
tiene contemplado la integración de 18 nuevos gasoductos,
entre los cuales se encuentra el Gasoducto Villa de Reyes –
Aguascalientes - Guadalajara”, tal como lo señala en los logros
el Programa Sectorial de Energía.
El desarrollo de estos proyectos es relevante para la industria
eléctrica del país porque, por un lado, representa el inicio de un
proceso de renovación de las fuentes de infraestructura para la
generación eléctrica, y, por otro representó también el inicio de
operaciones de la Comisión Federal de Electricidad en otros
países y bajo marcos normativos distintos.
El Programa Nacional de Infraestructura 2014-2018, muestra
congruencia con el Plan Parcial en:
Numeral 3.2.1: Existe capacidad suficiente para el
abastecimiento de energía eléctrica; sin embargo, destaca que
es necesaria la diversificación de las fuentes de generación de
energía, así como la renovación de las plantas de generación y
la ampliación de la red de gasoductos para contar con un
combustible más barato”.
IV. III. REFORMA ENERGÉTICA NACIONAL.
Las necesidades energéticas del país, las exigencias del entorno
internacional cada vez más competitivo y el notable incremento
en los riesgos y el monto de las inversiones requeridas para la
producción de hidrocarburos y el abasto eléctrico, hacen
prácticamente imposible que las empresas públicas, por
eficientes que resulten, sean capaces de hacerlo todo por sí
mismas. Por lo tanto, la apertura a la inversión privada debe
contribuir al desarrollo y a la consolidación de una industria
nacional en un entorno competitivo.
El marco constitucional anterior a la Reforma Energética
establecía que Pemex era la única empresa que podía extraer
los hidrocarburos del subsuelo. Por esta razón, la producción
nacional de gas natural decayó de forma significativa. Como
consecuencia de esta restricción, y para satisfacer la demanda
nacional de gas natural, hemos tenido que importar este
hidrocarburo a precios superiores de los que costaría producirlo
en México.
La Reforma Energética establece un nuevo modelo que permite
la participación de particulares en actividades de refinación,
pudiendo operar por su cuenta o en asociación con alguna
empresa productiva del Estado. Las leyes secundarias
contemplan que las empresas privadas que deseen participar en
esta actividad deberán contar con un permiso expedido por la
SENER.
La Reforma Energética dispone en el Artículo 8 Transitorio que
las actividades de exploración y extracción del petróleo y de los
demás hidrocarburos, así como el servicio público de
transmisión y distribución de la energía eléctrica, derivado de su
carácter estratégico, se consideran de interés social y orden
público, por lo que tendrán preferencia sobre cualquier otra que
Villa de Reyes – Aguascalientes – Guadalajara.
24
implique el aprovechamiento de la superficie y del subsuelo de
los terrenos afectos a aquéllas.
Con la modificación del Artículo 28 Constitucional para eliminar
la distinción artificial de petroquímica básica como actividad
estratégica. Pemex podrá asociarse en esta industria, con lo cual
podrá obtener recursos para modernizar su infraestructura y
elevar la producción de combustibles en el país, quedando
abierta la posibilidad de que particulares participen en el
transporte, almacenamiento y distribución del petróleo, gas
natural, petrolífera y petroquímica.
La Reforma Constitucional en Materia Energética creó el
organismo público descentralizado denominado Centro
Nacional de Control del Gas Natural (CENAGAS). Con base en la
Reforma, este Centro será el gestor y administrador
independiente del Sistema de Transporte y Almacenamiento
Nacional Integrado de Gas Natural, mismo que estará
conformado por la siguiente infraestructura:
1. Ductos de transporte e instalaciones de almacenamiento de gas natural, y
2. Equipos de compresión, licuefacción, descompresión, regasificación y demás instalaciones vinculadas a la infraestructura señalada en el numeral anterior.
La reforma constitucional parte de la necesidad de facilitar la
integración de la industria dedicada a la transformación y
procesamiento del petróleo y del gas, así como de la necesidad
de atraer mayor inversión y capacidad operativa específica para
diversificar las actividades de la industria y el reducir el riesgo
que asume el Estado.
IV.4. PLAN SECTORIAL DE ENERGÍA.
De acuerdo con el Plan Federal Sectorial de Energía, para dar
sustentabilidad al abastecimiento oportuno de gas natural, se
requiere involucrar al sector privado en la construcción de
infraestructura, que contribuya a alcanzar la seguridad
energética en el mercado de este combustible. Haciendo las
labores de ampliar la red de ductos en de la República, y mejorar
la red existente, para obtener mayor flexibilidad operativa que
junto con la creación de infraestructura de almacenamiento y
transporte, permita administrar adecuadamente los
desbalances regionales. Asimismo, se requerirá una
coordinación adecuada a fin de planear la expansión de la
infraestructura anticipando la demanda esperada de gas natural
conforme al crecimiento económico del país.
La CFE en coordinación con PEMEX, ha buscado invertir en
nuevos gasoductos con el objetivo de eliminar cuellos de
botella, mejorar el abasto del energético, e incorporar nuevas
centrales, esto permitirá tener flexibilidad para utilizar un
combustible más barato y apoyar a la disminución de los costos
de generación.
En el mediano y largo plazo, se están realizando trabajos
técnicos y operativos para el desarrollo de nuevos gasoductos.
Uno de ellos corresponde al proyecto “Gasoducto Villa de Reyes
Villa de Reyes – Aguascalientes – Guadalajara.
25
– Aguascalientes - Guadalajara”, con este y otros proyectos se
garantizará que el país cuente con los elementos que permitan
un abasto del gas natural seguro y eficiente de largo plazo, a
precios competitivos.
En lo que se refiere a las redes de distribución de gas natural,
desde el año 1995, experimentaron un crecimiento relevante
con base en el aprovechamiento de la infraestructura de
producción y de transporte. No obstante, en años recientes la
dinámica de crecimiento de infraestructura de distribución se
redujo de manera importante, lo que, a la fecha, se ha traducido
en una baja tasa de crecimiento en el número de usuarios de gas
natural en algunas zonas geográficas.
Con el objetivo de promover el aumento de la cobertura de los
servicios energéticos, recientemente se han retomado
proyectos para la creación de nuevas zonas de distribución en
centros de población relevantes. En buena medida, el éxito de
estos proyectos dependerá del aumento en la oferta de gas
natural y de la correspondiente capacidad de transporte.
En lo relativo al almacenamiento, México cuenta con tres
terminales de regasificación: Manzanillo, Altamira y Ensenada.
Las primeras dos, vinculadas al Sistema Nacional de Gasoductos,
se desarrollaron preponderantemente para atender
necesidades específicas del sector eléctrico. Si bien en una
visión sistémica, estos proyectos contribuyen a otorgar mayor
flexibilidad a dicho sistema de transporte, aun se requiere
desarrollar infraestructura de almacenamiento enfocada a
contribuir específicamente a la administración de los
desbalances entre la oferta y la demanda, por ejemplo,
mediante el desarrollo de proyectos de almacenamiento
subterráneo.
Por su parte, en cuanto al abasto de electricidad y no obstante
el crecimiento que ha tenido la red de transmisión, hay
situaciones operativas coyunturales que han resultado en
congestionamientos de la red troncal. Independientemente del
nivel del margen de reserva de generación del Sistema
Interconectado Nacional, estas situaciones limitan la capacidad
para compartir la capacidad de generación entre las diferentes
regiones, generando cuellos de botella y no permitiendo
aprovechar la capacidad de generación de aquellas regiones que
cuentan con excedentes. Por ello, uno de los retos más
importantes a los que se enfrenta el sector eléctrico, es
incrementar la eficiencia, disponibilidad, confiabilidad y
seguridad de los sistemas de transmisión y distribución de
energía eléctrica
IV.5. PROGRAMA SECTORIAL DE ENERGÍA 2013-2018
El Programa Sectorial de Energía es un importante avance en la
construcción de un México más competitivo, productivo e
incluyente. Su cumplimiento contribuirá a la consolidación del
sector energético. Para la elaboración de dicho programa se
tomó como punto de partida el Plan Nacional de Desarrollo
Villa de Reyes – Aguascalientes – Guadalajara.
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2013-2018, así como la Estrategia Nacional de Energía 2013-
2027.
La CFE en coordinación con PEMEX, ha buscado invertir en
nuevos gasoductos con el objetivo de eliminar cuellos de botella
y mejorar el abasto del energético e incorporar nuevas
centrales, lo que permitirá tener flexibilidad para utilizar un
combustible más barato y apoyar a la disminución de los costos
de generación.
La congruencia de este programa sectorial con el Plan Parcial se
enmarca en los siguientes puntos:
Objetivo 3: Desarrollar la infraestructura de transporte que permita fortalecer la seguridad de provisión de energéticos, contribuyendo al crecimiento económico. Estrategia 3.2: Incrementar la capacidad de transporte de gas
natural.
Líneas de acción:
3.2.1: Aumentar la capacidad y flexibilidad del sistema nacional
de transporte de gas natural.
3.2.2: Promover acuerdos de colaboración con los gobiernos
estatales, municipales y la industria, para identificar
necesidades de infraestructura de gas natural.
3.2.3: Fortalecer la colaboración entre la CFE y PEMEX para
planear gasoductos que abastezcan nuevas centrales
eléctricas.
3.2.4. Desarrollar la infraestructura de transporte y
almacenamiento necesaria para asegurar el suministro
confiable de gas natural desde los puntos de producción o
internación.
Objetivo 4: Incrementar la cobertura de usuarios de
combustibles y electricidad en las distintas zonas del país.
Estrategia 4.2: Ampliar la cobertura de gas natural.
Líneas de acción:
4.2.1: Promover el uso de medios alternos de transporte para
ampliar la cobertura de gas natural en el país.
IV.6. PLAN ESTATAL DE DESARROLLO.
El Plan Estatal de Desarrollo 2013-2033 (PED), está alineado a
los objetivos del Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018 en sus
cinco ejes, así como a los Objetivos de Desarrollo del Milenio.
Dicho documento plasma sus 18 objetivos específicos con la
Política de Bienestar del Estado de Jalisco. La alineación con este
Plan parcial se manifiesta en los objetivos:
Objetivo de desarrollo OD3.
Mitigar los efectos del cambio climático con la promoción de
acciones que disminuyan la huella ecológica del desarrollo, así
como impulsar la innovación tecnológica para la generación y
uso de energías no renovables.
EstrategiaOD3O3. Aprovechar fuentes alternativas de energía
OD3O3E1. Implementar proyectos de energía alternativa y
eficiencia energética.
OD3O3E2. Aumentar la capacidad generadora de energía a
través de fuentes alternativas.
Villa de Reyes – Aguascalientes – Guadalajara.
27
OD3O3D3. Identificar las ventajas competitivas de cada región
para la posible producción de energía
OD3O3E4. Facilitar la dotación de los capitales (humano,
financiero, físico y social) en la implementación de
proyectos de generación de energía.
OD3O3E5. Implementar esquemas de incentivos para promover
la eficiencia energética e hídrica en edificaciones nuevas y
en funcionamiento.
Objetivo de desarrollo OD10: Impulsar un crecimiento
económico, sostenido, incluyente y económico entre las
regiones del estado, ampliando la inversión pública de
infraestructura urbana productiva y social.
Estrategia OD10O3. Aumentar la inversión en infraestructura
productiva, social y pública.
OD10O3E5. Incrementar la infraestructura para la generación
de energías renovables.
IV.7. PLAN REGIONAL DE DESARROLLO.
Plan de Desarrollo 2030 de la Región 03 Altos Sur integra una
agenda que despliega una gama de acciones y proyectos que
fueron planteados y revisados por los diversos actores que a
partir del 2010 forman parte de los miembros del Subcomité
Regional, mediante la participación de las instituciones del
sector público, privado y social. Este el plan se nutre y se vincula
al PED Jalisco 2030 en su segunda edición, a través de los sus
ejes estratégicos y propósitos generales del desarrollo,
Objetivo 6. Incrementar la producción, industrialización y
comercialización de huevo, leche y carne
• Estrategia 6.5 Modernizar y ampliar la infraestructura rural productiva y tecnológica
• Estrategia Transversal de Desarrollo
• Mejorar la Infraestructura Social y Productiva
IV.8. PLAN MUNICIPAL DE DESARROLLO.
El Plan Municipal de Desarrollo de Tepatitlán de Morelos
“Creciendo con Calidad de Vida, 2015-2040 es el documento
rector del municipio, y plantea los ejes estratégicos que servirán
de base para la estructuración de objetivos, estrategias y líneas
de acción, mismos que sirven de base para estructurar los
programas operativos anuales, mismos que se deberán de
considerar en los planes y programas correspondientes, este
documento está estructurado en 5 Ejes para el Desarrollo
Municipal.
Eje 1. Municipio Humano e Incluyente Eje 2. Municipio competitivo Eje 3. Municipio Seguro Eje 4. Municipio bien Administrado Eje 5. Municipio ordenado y sustentable
Villa de Reyes – Aguascalientes – Guadalajara.
28
En cada uno se presenta una visión de esta administración y una
guía programática que serán evaluados mediante un sistema de
indicadores de gestión.
Teniendo como misión “Lograr que Tepatitlán sea un municipio
con personalidad jurídica propia, que centre y articule sus
esfuerzos hacia la promoción del bienestar de sus habitantes a
través de la prestación de los servicios básicos con calidad y
calidez; busque constantemente el desarrollo social y
económico, y coadyuve con el Estado en el desarrollo de una
educación integral”.
Estando entre sus objetivos “Dirigir los recursos del municipio,
para fortalecer el desarrollo de la infraestructura, atendiendo a
sus potencialidades y características particulares; garantizando
la sustentabilidad el aprovechamiento y preservación de los
recursos, fortaleciendo la competitividad y el turismo,
impulsando a las empresas, incentivando las inversiones y
propiciando el desarrollo armónico dl municipio”
Objetivo que en el presente plan parcial de Desarrollo Urbano
se inserta plenamente
IV.9. PLAN DE DESARROLLO URBANO DE CENTRO DE
POBLACIÓN DE TEPATITLÁN DE MORELOS
La referencia al Plan de Desarrollo Urbano de Centro de
Población que se encuentra vigente en el Municipio de
Tepatitlán de Morelos, Jalisco, se desarrolla en el Artículo 14,
que habla sobre la clasificación de áreas en función de las
condiciones que resultan de sus características del medio físico
natural y transformado, que según su índole requieren de
diverso grado de control o participación institucional, para
obtener o conservar la adecuada relación ambiental, así como
para normar la acción urbanística que en dichas áreas se
pretenda realizar, en caso de ser factible.
Asimismo, en el inciso IV nos habla sobre:
Áreas de Restricción a Infraestructuras o Instalaciones
Especiales:
Que son las áreas próximas o dentro del radio de influencia de
instalaciones, que por razones de seguridad están sujetas a
restricciones en su utilización y condicionadas por los aspectos
normativos de las mismas, así como las franjas que resulten
afectadas por el paso de infraestructuras y es necesario
controlar y conservar por razones de seguridad y buen
funcionamiento de las mismas.
Áreas de Restricción de Instalaciones de Riesgo:
Son las referidas a depósitos de combustible, gasoductos y
redes de distribución de energéticos, gasolineras, gaseras,
centros de distribución de gas para vehículos automotores,
cementerios, industrias peligrosas y demás usos del suelo que
entrañen riesgo o peligro para la vida o la salud en sus
inmediaciones, cuyas instalaciones y áreas colindantes deberán
Villa de Reyes – Aguascalientes – Guadalajara.
29
respetar las normas, y restricciones a la utilización del suelo que
señale al respecto: I. En los casos de alto riesgo, por ser materia
federal, la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales
(SEMARNAT), en base a la Ley General de Salud, Ley General del
Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y demás leyes y
reglamentos federales en la materia; y II. En los casos de
mediano y bajo riesgo, por ser materia local, la Secretaría de
Medio Ambiente para el Desarrollo Sustentable (SEMADES),
basándose en la Ley General de la Salud, Ley Estatal del
Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y demás leyes y
reglamentos estatales y municipales en la materia. Son las
señaladas en el plano de Clasificación de Áreas E-1 con las claves
RI-RG.1 a la RI-RG.37.
V. LAS POLÍTICAS Y LOS OBJETIVOS QUE SE PERSIGUEN;
V.1. POLÍTICAS:
Son Políticas generales para el Plan Parcial de Desarrollo Urbano
para Infraestructura: Gasoducto Villa de Reyes –
Aguascalientes - Guadalajara” en el municipio de Tepatitlán de
Morelos, Jalisco las siguientes:
Dar soporte a la realización de la infraestructura del Gasoducto
Villa de Reyes – Aguascalientes - Guadalajara, el cual se deriva
de un programa que ha orientado las acciones a la solución de
los obstáculos que limitan el abasto de energía, para promover
la construcción y modernización tanto de la estructura como de
la regulación de las actividades energéticas.
Así mismo el Plan Parcial forma parte de la transformación del
sector energético, el cual apoya a posicionar al país como un
referente de inversión atractivo y avanzar en la transformación
de la cadena de valor del sector a través de la reforma
energética.
De igual manera se establecen las bases para construir un sector
energético eficaz que permita llevar energía a todo el territorio
nacional de forma continua.
V.2. OBJETIVOS
V.2.1. OBJETIVO GENERAL:
El Objetivo principal del Plan Parcial de Desarrollo Urbano para Infraestructura: Gasoducto Villa de Reyes – Aguascalientes - Guadalajara” conforme al Artículo 121 del Código Urbano del estado de Jalisco, será: Normar las acciones de conservación, mejoramiento y crecimiento previstas en este documento. V.2.2. SON OBJETIVOS ESPECÍFICOS DEL PLAN:
Referente a los Planes Parciales de Desarrollo Urbano, y a
manera de instituir la normatividad concreta para resguardar las
necesidades del territorio, son objetivos del Plan Parcial de
Desarrollo Urbano para Infraestructura: Gasoducto Villa de
Villa de Reyes – Aguascalientes – Guadalajara.
30
Reyes – Aguascalientes - Guadalajara” los siguientes de
acuerdo a lo que establece el Código Urbano en sus artículos:
Artículo 120: I. Precisar la zonificación de las áreas que integran y delimitan
su área de aplicación. II. Regular las acciones de conservación, mejoramiento y
crecimiento previstas en los programas y planes de desarrollo urbano.
III. Determinar, los usos y destinos que se generen por efecto de las acciones urbanísticas
IV. Precisar las normas de utilización de los predios y fincas en su área de aplicación
V. VI. Regular en forma específica la urbanización y la edificación,
en relación con las modalidades de acción urbanística.
VII. Determinar las obligaciones a cargo de los titulares de predios y fincas, derivadas de las acciones de conservación, mejoramiento y crecimiento, y
VIII. El establecimiento de indicadores a fin de dar seguimiento y evaluar la aplicación y cumplimiento de los objetivos del plan.
Artículo 121: Precisar las normas de zonificación, cuando por
la magnitud de escala, intensidad de las actividades, resulte
insuficiente el plan de desarrollo urbano de centro de
población, el programa de ordenamiento ecológico local o en
su caso, el programa municipal de desarrollo urbano, donde
se integren las disposiciones de ordenamiento territorial de
desarrollo urbano y de ordenamiento ecológico local e
indicará las acciones de conservación, mejoramiento y
crecimiento, en función del ordenamiento territorial, sin
implicar la autorización de las mismas.
Artículo 210: Definir el emplazamiento de las redes e instalaciones de infraestructura y determinar las franjas de protección de la infraestructura; Artículo 149: La determinación de los derechos de vía necesarios para la protección de la infraestructura y de los usuarios; Artículo 182: Definir las áreas de restricción. Así también se busca promover una mejor calidad de vida a los habitantes de la región centro occidente del país; Generar infraestructura segura y amigable con el ambiente, que permita el desarrollo sin comprometer el ecosistema y la seguridad social; Dotar al municipio de Tepatitlán de una nueva infraestructura que le imprima la seguridad necesaria sin comprometer su desarrollo y; Generar un equilibrio entre el uso de suelo y los equipamientos de infraestructura de gasoductos que optimice la mezcla adecuada de usos y actividades económicas.
Villa de Reyes – Aguascalientes – Guadalajara.
31
VI. FASE DE DIAGNOSTICO
VI.1. DELIMITACIÓN DEL ÁREA DE ESTUDIO
La delimitación del área de estudio, se define conforme a lo
establecido en el artículo 122, fracción III del Código Urbano
para el Estado de Jalisco y el criterio establecido en el artículo 8,
fracción I del Reglamento Estatal de Zonificación, dicha
delimitación corresponde al polígono en el que se pretende
llevar a la acción urbanística y en el que se determinen los usos,
destinos y normas de control de la urbanización y de la
edificación para regular el aprovechamiento de las áreas y
predios.
El área de estudio se localiza en el municipio de Tepatitlán,
atravesando todo el municipio, dicha área cuenta con
1,024,039.62 m2, y una longitud de 23,030.07 m de la cual
corresponde al área geográfica de influencia que tiene el
polígono de aplicación y se determina en sus vértices, marcados
por coordenadas UTM, esta área queda integrada en los planos
de diagnóstico que se presentan en el anexo gráfico de este
documento.
Villa de Reyes – Aguascalientes – Guadalajara.
32
Plano No.1. Mapa Base del municipio de Tepatitlán de Morelos Elaboración propia
Villa de Reyes – Aguascalientes – Guadalajara.
33
Nodo Coordenada X Coordenada Y
0 727103.911 2311458.03
1 727082.344 2311469.02
2 727060.221 2311491.14
3 727046.017 2311519.02
4 727041.122 2311549.92
5 727046.017 2311580.82
6 727060.221 2311608.7
7 727082.344 2311630.82
8 727110.221 2311645.03
9 727139.095 2311649.6
10 727175.422 2311847.39
11 727277.264 2312896.49
12 727279.203 2312903.34
13 727322.16 2312991.21
Nodo Coordenada X Coordenada Y
14 727324.722 2312995.18
15 727328.143 2312998.44
16 727610.002 2313209.41
17 727612.594 2313211.05
18 727617.399 2313213.61
19 727618.847 2313214.31
20 727801.462 2313293.36
21 727878.709 2313368.47
22 728000.802 2313520.85
23 728077.486 2313740.14
24 728080.09 2313745.16
25 728263.208 2314001.55
26 728297.295 2314072.77
27 728299.603 2314076.49
Nodo Coordenada X Coordenada Y
28 728420.702 2314230.76
29 728425.574 2314235.2
30 728676.63 2314397.55
31 728976.907 2314627.13
32 728981.285 2314629.67
33 728986.16 2314631.03
34 729005.025 2314633.79
35 729004.478 2314637.24
36 729009.372 2314668.14
37 729023.576 2314696.02
38 729045.699 2314718.14
39 729073.576 2314732.35
40 729104.478 2314737.24
41 729135.38 2314732.35
Nodo Coordenada X Coordenada Y
42 729163.256 2314718.14
43 729185.38 2314696.02
44 729189.413 2314688.1
45 729487.121 2314834.4
46 729575.414 2314919.77
47 729564.07 2314942.03
48 729559.175 2314972.93
49 729564.07 2315003.83
50 729578.274 2315031.71
51 729600.397 2315053.83
52 729628.274 2315068.04
53 729659.175 2315072.93
54 729690.077 2315068.04
55 729715.415 2315055.13
Nodo Coordenada X Coordenada Y
56 729776.509 2315114.19
57 729844.379 2315317.11
58 729848.879 2315324.57
59 729897.373 2315375.37
60 729902.637 2315379.32
61 729981.145 2315420.01
62 730052.617 2315477.09
63 730068.14 2315530.86
64 730070.437 2315535.98
65 730074.065 2315540.26
66 730091.635 2315555.88
Villa de Reyes – Aguascalientes – Guadalajara.
34
67 730096.947 2315559.28
68 730451.652 2315713.57
69 730456.871 2315715.04
Nodo Coordenada X Coordenada Y
70 730635.597 2315739.93
71 731397.032 2316045.77
72 731397.266 2316045.86
73 731614.153 2316129.83
74 731614.871 2316130.09
75 731813.669 2316198.44
76 731872.263 2316218.59
77 731893.611 2316237.43
78 731934.607 2316338.6
79 731937.902 2316344.04
80 731968.399 2316379.93
81 731997.056 2316554.59
82 731995.69 2316666.35
83 731997.718 2316675.37
Nodo Coordenada X Coordenada Y
84 732011.198 2316702.96
85 732016.866 2316709.95
86 732224.431 2316871.88
87 732250.69 2316896.32
88 732425.359 2317130.05
89 732492.434 2317316.45
90 732495.583 2317322.11
91 732518.203 2317350.63
92 732521.547 2317353.95
93 732936.685 2317678.84
94 732942.502 2317685.67
95 732942.811 2317686.03
96 733010.339 2317761.7
97 733215.209 2318006.1
Nodo Coordenada X Coordenada Y
98 733333.069 2318206.34
99 733333.821 2318207.52
100 733852.642 2318962.6
101 733948.031 2319313.05
102 734146.873 2320602.79
103 734176.372 2320802.7
104 734177.103 2320805.86
105 734338.246 2321311.38
106 734340.301 2321315.85
107 734737.244 2321956.38
108 734817.47 2322092.69
109 734802.927 2322107.23
110 734788.723 2322135.11
111 734783.829 2322166.01
Nodo Coordenada X Coordenada Y
112 734788.723 2322196.92
113 734802.927 2322224.79
114 734825.051 2322246.92
115 734852.927 2322261.12
116 734883.829 2322266.01
117 734914.731 2322261.12
118 734916.166 2322260.39
119 735363.061 2323019.71
120 735529.498 2323367.38
121 735630.965 2323692.31
122 735746.15 2325095.05
123 735747.23 2325100.09
124 735749.561 2325104.69
125 735832.828 2325226.75
Nodo Coordenada X Coordenada Y
126 735834.535 2325228.92
127 736064.949 2325482.98
128 736258.89 2325856.12
129 736262.218 2326130.44
130 736263.272 2326136.61
131 736266.18 2326142.15
132 736270.658 2326146.52
133 736276.267 2326149.29
134 736282.459 2326150.2
135 736288.627 2326149.14
136 736294.168 2326146.24
Villa de Reyes – Aguascalientes – Guadalajara.
35
137 736298.538 2326141.76
138 736301.311 2326136.15
139 736302.215 2326129.96
Nodo Coordenada X Coordenada Y
140 736298.829 2325850.87
141 736296.576 2325841.89
142 736099.248 2325462.24
143 736096.317 2325458.03
144 735865.093 2325203.07
145 735785.584 2325086.51
146 735670.649 2323686.83
147 735669.807 2323682.51
148 735567.251 2323354.09
149 735566.199 2323351.41
150 735398.77 2323001.67
151 735397.967 2323000.16
152 734950.188 2322239.33
153 734964.731 2322224.79
Nodo Coordenada X Coordenada Y
154 734978.935 2322196.92
155 734983.829 2322166.01
156 734978.935 2322135.11
157 734964.731 2322107.23
158 734942.608 2322085.11
159 734914.731 2322070.91
160 734883.829 2322066.01
161 734852.927 2322070.91
162 734851.492 2322071.64
163 734771.601 2321935.89
164 734771.365 2321935.5
165 734375.605 2321296.88
166 734215.707 2320795.26
167 734186.435 2320596.88
Nodo Coordenada X Coordenada Y
168 734186.416 2320596.76
169 733987.392 2319305.84
170 733986.923 2319303.63
171 733890.346 2318948.82
172 733887.532 2318942.75
173 733367.185 2318185.45
174 733248.839 2317984.38
175 733246.93 2317981.68
176 733040.795 2317735.77
177 733040.391 2317735.3
178 732972.812 2317659.57
179 732965.835 2317651.37
180 732962.93 2317648.58
181 732548.068 2317323.92
Nodo Coordenada X Coordenada Y
182 732528.961 2317299.82
183 732461.986 2317113.7
184 732459.188 2317108.5
185 732281.654 2316870.94
186 732279.261 2316868.27
187 732251.048 2316842.01
188 732249.722 2316840.87
189 732045.111 2316681.25
190 732035.745 2316662.08
191 732037.075 2316553.32
192 732036.812 2316549.84
193 732006.972 2316367.97
194 732005.386 2316362.81
195 732002.477 2316358.26
Nodo Coordenada X Coordenada Y
196 731970.47 2316320.59
197 731928.913 2316218.04
198 731923.609 2316210.55
199 731895.751 2316185.97
200 731889.021 2316182.05
201 731826.675 2316160.62
202 731628.238 2316092.39
203 731411.824 2316008.61
204 730648.234 2315701.9
205 730643.538 2315700.65
206 730465.098 2315675.8
Villa de Reyes – Aguascalientes – Guadalajara.
36
207 730115.83 2315523.87
208 730104.967 2315514.21
209 730089.284 2315459.89
Nodo Coordenada X Coordenada Y
210 730086.699 2315454.32
211 730082.55 2315449.81
212 730004.573 2315387.53
213 730001.295 2315385.4
214 729924.004 2315345.34
215 729880.897 2315300.18
216 729812.892 2315096.87
217 729810.844 2315092.55
218 729807.827 2315088.84
219 729742.937 2315026.1
220 729754.281 2315003.83
221 729759.175 2314972.93
222 729754.281 2314942.03
223 729740.077 2314914.15
Nodo Coordenada X Coordenada Y
224 729717.954 2314892.03
225 729690.077 2314877.83
226 729659.175 2314872.93
227 729628.274 2314877.83
228 729602.935 2314890.74
229 729512.665 2314803.46
230 729507.584 2314799.89
231 729202.465 2314649.95
232 729204.478 2314637.24
233 729199.584 2314606.34
234 729185.38 2314578.46
235 729163.256 2314556.34
236 729135.38 2314542.14
237 729104.478 2314537.24
Nodo Coordenada X Coordenada Y
238 729073.576 2314542.14
239 729045.699 2314556.34
240 729023.576 2314578.46
241 729015.224 2314594.85
242 728997.082 2314592.2
243 728700.299 2314365.29
244 728699.012 2314364.39
245 728450.102 2314203.43
246 728332.426 2314053.52
247 728298.537 2313982.71
248 728296.772 2313979.72
249 728114.3 2313724.24
250 728037.43 2313504.41
251 728034.159 2313498.51
Nodo Coordenada X Coordenada Y
252 727909.149 2313342.49
253 727907.484 2313340.66
254 727826.717 2313262.12
255 727820.72 2313258.11
256 727635.475 2313177.92
257 727632.739 2313176.46
258 727355.976 2312969.31
259 727316.727 2312889.03
260 727215.152 2311842.68
261 727214.917 2311841
262 727178.334 2311641.81
263 727199.901 2311630.82
264 727222.024 2311608.7
265 727236.228 2311580.82
Nodo Coordenada X Coordenada Y
266 727241.122 2311549.92
267 727236.228 2311519.02
268 727222.024 2311491.14
269 727199.901 2311469.02
270 727172.024 2311454.81
271 727143.15 2311450.24
272 727134.774 2311404.64
273 727134.328 2311402.74
274 727129.257 2311385.06
275 727125.191 2311377.53
276 727101.391 2311349.88
Villa de Reyes – Aguascalientes – Guadalajara.
37
277 727003.648 2311236.31
278 726892.749 2310900.48
279 726890.673 2310896.08
Nodo Coordenada X Coordenada Y
280 726787.121 2310731.96
281 726782.439 2310726.81
282 726766.616 2310714.57
283 726760.301 2310711.29
284 726656.926 2310679.27
285 726647.341 2310671.78
286 726489.492 2310376.94
287 726448.066 2310278.28
288 726447.81 2310277.69
289 726101.019 2309520.24
290 726100.794 2309519.76
291 725963.192 2309238.95
292 725960.157 2309234.43
293 724699.127 2307820.79
Nodo Coordenada X Coordenada Y
294 724694.282 2307816.83
295 724688.451 2307814.56
296 724682.204 2307814.2
297 724676.152 2307815.79
298 724670.889 2307819.18
299 724666.928 2307824.02
300 724664.659 2307829.85
301 724664.302 2307836.1
302 724665.894 2307842.15
Nodo Coordenada X Coordenada Y
303 724669.277 2307847.41
304 725928.481 2309259.01
305 726064.759 2309537.13
306 726411.308 2310294.05
307 726452.975 2310393.29
308 726453.784 2310394.99
309 726614.067 2310694.37
310 726619.377 2310700.69
311 726635.176 2310713.04
312 726641.581 2310716.4
313 726745.011 2310748.43
314 726755.177 2310756.29
315 726855.535 2310915.35
316 726966.91 2311252.62
317 726970.742 2311259.39
318 727071.074 2311375.97
319 727092.016 2311400.3
320 727095.609 2311412.83
321 727103.911 2311458.03
Villa de Reyes – Aguascalientes – Guadalajara.
38
VI.2. ÁREA DE APLICACIÓN:
El área de aplicación se define conforme a lo establecido en el
artículo 122, fracción III del Código Urbano para el Estado de
Jalisco y el criterio establecido en el artículo 8, fracción I del
Reglamento Estatal de Zonificación, dicha delimitación
corresponde al polígono en el que se pretende llevar a cabo la
acción urbanística y en el que se determinen los usos, destinos
y normas de control de la urbanización y de la edificación para
regular el aprovechamiento de las áreas y predios.
El área de aplicación corresponde a la franja de restricción de 20
metros ubicada a los lados del gasoducto, dentro del polígono
por donde pasa la infraestructura, y constituye su ámbito
territorial para regular el aprovechamiento de las áreas y
predios que lo integran, esto para efectos del artículo 110 inciso
I del Código. El área de aplicación cuenta con una superficie de
1,024,039.62 m2, y una longitud de 23,030.07 m, la cual se
describe en el siguiente cuadro de construcción:
Villa de Reyes – Aguascalientes – Guadalajara.
39
Plano No. / D-1 Área de aplicación
Elaboración propia
Villa de Reyes – Aguascalientes – Guadalajara.
40
Nodo Coordenada X Coordenada Y
0 727103.911 2311458.03
1 727082.344 2311469.02
2 727060.221 2311491.14
3 727046.017 2311519.02
4 727041.122 2311549.92
5 727046.017 2311580.82
6 727060.221 2311608.7
7 727082.344 2311630.82
8 727110.221 2311645.03
9 727139.095 2311649.6
10 727175.422 2311847.39
11 727277.264 2312896.49
12 727279.203 2312903.34
13 727322.16 2312991.21
Nodo Coordenada X Coordenada Y
14 727324.722 2312995.18
15 727328.143 2312998.44
16 727610.002 2313209.41
17 727612.594 2313211.05
18 727617.399 2313213.61
19 727618.847 2313214.31
20 727801.462 2313293.36
21 727878.709 2313368.47
22 728000.802 2313520.85
23 728077.486 2313740.14
24 728080.09 2313745.16
25 728263.208 2314001.55
26 728297.295 2314072.77
27 728299.603 2314076.49
Nodo Coordenada X Coordenada Y
28 728420.702 2314230.76
29 728425.574 2314235.2
30 728676.63 2314397.55
31 728976.907 2314627.13
32 728981.285 2314629.67
33 728986.16 2314631.03
34 729005.025 2314633.79
35 729004.478 2314637.24
36 729009.372 2314668.14
37 729023.576 2314696.02
38 729045.699 2314718.14
39 729073.576 2314732.35
40 729104.478 2314737.24
41 729135.38 2314732.35
Nodo Coordenada X Coordenada Y
42 729163.256 2314718.14
43 729185.38 2314696.02
44 729189.413 2314688.1
45 729487.121 2314834.4
46 729575.414 2314919.77
47 729564.07 2314942.03
48 729559.175 2314972.93
49 729564.07 2315003.83
50 729578.274 2315031.71
51 729600.397 2315053.83
52 729628.274 2315068.04
53 729659.175 2315072.93
54 729690.077 2315068.04
55 729715.415 2315055.13
Nodo Coordenada X Coordenada Y
56 729776.509 2315114.19
57 729844.379 2315317.11
58 729848.879 2315324.57
59 729897.373 2315375.37
60 729902.637 2315379.32
61 729981.145 2315420.01
62 730052.617 2315477.09
63 730068.14 2315530.86
64 730070.437 2315535.98
65 730074.065 2315540.26
66 730091.635 2315555.88
67 730096.947 2315559.28
68 730451.652 2315713.57
69 730456.871 2315715.04
Villa de Reyes – Aguascalientes – Guadalajara.
41
Nodo Coordenada X Coordenada Y
70 730635.597 2315739.93
71 731397.032 2316045.77
72 731397.266 2316045.86
73 731614.153 2316129.83
74 731614.871 2316130.09
75 731813.669 2316198.44
76 731872.263 2316218.59
77 731893.611 2316237.43
78 731934.607 2316338.6
79 731937.902 2316344.04
80 731968.399 2316379.93
81 731997.056 2316554.59
82 731995.69 2316666.35
83 731997.718 2316675.37
Nodo Coordenada X Coordenada Y
84 732011.198 2316702.96
85 732016.866 2316709.95
86 732224.431 2316871.88
87 732250.69 2316896.32
88 732425.359 2317130.05
89 732492.434 2317316.45
90 732495.583 2317322.11
91 732518.203 2317350.63
92 732521.547 2317353.95
93 732936.685 2317678.84
94 732942.502 2317685.67
95 732942.811 2317686.03
96 733010.339 2317761.7
97 733215.209 2318006.1
Nodo Coordenada X Coordenada Y
98 733333.069 2318206.34
99 733333.821 2318207.52
100 733852.642 2318962.6
101 733948.031 2319313.05
102 734146.873 2320602.79
103 734176.372 2320802.7
104 734177.103 2320805.86
105 734338.246 2321311.38
106 734340.301 2321315.85
107 734737.244 2321956.38
108 734817.47 2322092.69
109 734802.927 2322107.23
110 734788.723 2322135.11
111 734783.829 2322166.01
Nodo Coordenada X Coordenada Y
112 734788.723 2322196.92
113 734802.927 2322224.79
114 734825.051 2322246.92
115 734852.927 2322261.12
116 734883.829 2322266.01
117 734914.731 2322261.12
118 734916.166 2322260.39
119 735363.061 2323019.71
120 735529.498 2323367.38
121 735630.965 2323692.31
122 735746.15 2325095.05
123 735747.23 2325100.09
124 735749.561 2325104.69
125 735832.828 2325226.75
Nodo Coordenada X Coordenada Y
126 735834.535 2325228.92
127 736064.949 2325482.98
128 736258.89 2325856.12
129 736262.218 2326130.44
130 736263.272 2326136.61
131 736266.18 2326142.15
132 736270.658 2326146.52
133 736276.267 2326149.29
134 736282.459 2326150.2
135 736288.627 2326149.14
136 736294.168 2326146.24
137 736298.538 2326141.76
138 736301.311 2326136.15
139 736302.215 2326129.96
Villa de Reyes – Aguascalientes – Guadalajara.
42
Nodo Coordenada X Coordenada Y
140 736298.829 2325850.87
141 736296.576 2325841.89
142 736099.248 2325462.24
143 736096.317 2325458.03
144 735865.093 2325203.07
145 735785.584 2325086.51
146 735670.649 2323686.83
147 735669.807 2323682.51
148 735567.251 2323354.09
149 735566.199 2323351.41
150 735398.77 2323001.67
151 735397.967 2323000.16
152 734950.188 2322239.33
153 734964.731 2322224.79
Nodo Coordenada X Coordenada Y
154 734978.935 2322196.92
155 734983.829 2322166.01
156 734978.935 2322135.11
157 734964.731 2322107.23
158 734942.608 2322085.11
159 734914.731 2322070.91
160 734883.829 2322066.01
161 734852.927 2322070.91
162 734851.492 2322071.64
163 734771.601 2321935.89
164 734771.365 2321935.5
165 734375.605 2321296.88
166 734215.707 2320795.26
167 734186.435 2320596.88
Nodo Coordenada X Coordenada Y
168 734186.416 2320596.76
169 733987.392 2319305.84
170 733986.923 2319303.63
171 733890.346 2318948.82
172 733887.532 2318942.75
173 733367.185 2318185.45
174 733248.839 2317984.38
175 733246.93 2317981.68
176 733040.795 2317735.77
177 733040.391 2317735.3
178 732972.812 2317659.57
179 732965.835 2317651.37
180 732962.93 2317648.58
181 732548.068 2317323.92
Nodo Coordenada X Coordenada Y
182 732528.961 2317299.82
183 732461.986 2317113.7
184 732459.188 2317108.5
185 732281.654 2316870.94
186 732279.261 2316868.27
187 732251.048 2316842.01
188 732249.722 2316840.87
189 732045.111 2316681.25
190 732035.745 2316662.08
191 732037.075 2316553.32
192 732036.812 2316549.84
193 732006.972 2316367.97
194 732005.386 2316362.81
195 732002.477 2316358.26
Nodo Coordenada X Coordenada Y
196 731970.47 2316320.59
197 731928.913 2316218.04
198 731923.609 2316210.55
199 731895.751 2316185.97
200 731889.021 2316182.05
201 731826.675 2316160.62
202 731628.238 2316092.39
203 731411.824 2316008.61
204 730648.234 2315701.9
205 730643.538 2315700.65
206 730465.098 2315675.8
207 730115.83 2315523.87
208 730104.967 2315514.21
209 730089.284 2315459.89
Villa de Reyes – Aguascalientes – Guadalajara.
43
Nodo Coordenada X Coordenada Y
210 730086.699 2315454.32
211 730082.55 2315449.81
212 730004.573 2315387.53
213 730001.295 2315385.4
214 729924.004 2315345.34
215 729880.897 2315300.18
216 729812.892 2315096.87
217 729810.844 2315092.55
218 729807.827 2315088.84
219 729742.937 2315026.1
220 729754.281 2315003.83
221 729759.175 2314972.93
222 729754.281 2314942.03
223 729740.077 2314914.15
Nodo Coordenada X Coordenada Y
224 729717.954 2314892.03
225 729690.077 2314877.83
226 729659.175 2314872.93
227 729628.274 2314877.83
228 729602.935 2314890.74
229 729512.665 2314803.46
230 729507.584 2314799.89
231 729202.465 2314649.95
232 729204.478 2314637.24
233 729199.584 2314606.34
234 729185.38 2314578.46
235 729163.256 2314556.34
236 729135.38 2314542.14
237 729104.478 2314537.24
Nodo Coordenada X Coordenada Y
238 729073.576 2314542.14
239 729045.699 2314556.34
240 729023.576 2314578.46
241 729015.224 2314594.85
242 728997.082 2314592.2
243 728700.299 2314365.29
244 728699.012 2314364.39
245 728450.102 2314203.43
246 728332.426 2314053.52
247 728298.537 2313982.71
248 728296.772 2313979.72
249 728114.3 2313724.24
250 728037.43 2313504.41
251 728034.159 2313498.51
Nodo Coordenada X Coordenada Y
252 727909.149 2313342.49
253 727907.484 2313340.66
254 727826.717 2313262.12
255 727820.72 2313258.11
256 727635.475 2313177.92
257 727632.739 2313176.46
258 727355.976 2312969.31
259 727316.727 2312889.03
260 727215.152 2311842.68
261 727214.917 2311841
262 727178.334 2311641.81
263 727199.901 2311630.82
264 727222.024 2311608.7
265 727236.228 2311580.82
Nodo Coordenada X Coordenada Y
266 727241.122 2311549.92
267 727236.228 2311519.02
268 727222.024 2311491.14
269 727199.901 2311469.02
270 727172.024 2311454.81
271 727143.15 2311450.24
272 727134.774 2311404.64
273 727134.328 2311402.74
274 727129.257 2311385.06
275 727125.191 2311377.53
276 727101.391 2311349.88
277 727003.648 2311236.31
278 726892.749 2310900.48
279 726890.673 2310896.08
Villa de Reyes – Aguascalientes – Guadalajara.
44
Nodo Coordenada X Coordenada Y
280 726787.121 2310731.96
281 726782.439 2310726.81
282 726766.616 2310714.57
283 726760.301 2310711.29
284 726656.926 2310679.27
285 726647.341 2310671.78
286 726489.492 2310376.94
287 726448.066 2310278.28
288 726447.81 2310277.69
289 726101.019 2309520.24
290 726100.794 2309519.76
291 725963.192 2309238.95
292 725960.157 2309234.43
293 724699.127 2307820.79
Nodo Coordenada X Coordenada Y
294 724694.282 2307816.83
295 724688.451 2307814.56
296 724682.204 2307814.2
297 724676.152 2307815.79
298 724670.889 2307819.18
299 724666.928 2307824.02
300 724664.659 2307829.85
301 724664.302 2307836.1
302 724665.894 2307842.15
Nodo Coordenada X Coordenada Y
303 724669.277 2307847.41
304 725928.481 2309259.01
305 726064.759 2309537.13
306 726411.308 2310294.05
307 726452.975 2310393.29
308 726453.784 2310394.99
309 726614.067 2310694.37
310 726619.377 2310700.69
311 726635.176 2310713.04
Nodo Coordenada X Coordenada Y
312 726641.581 2310716.4
313 726745.011 2310748.43
314 726755.177 2310756.29
315 726855.535 2310915.35
316 726966.91 2311252.62
317 726970.742 2311259.39
318 727071.074 2311375.97
319 727092.016 2311400.3
320 727095.609 2311412.83
321 727103.911 2311458.03
VI.3. ANÁLISIS DEL MEDIO SOCIAL Y ECONÓMICO
ANÁLIS DEL MEDIO SOCIAL Y ECONÓMICO
Además del medio físico natural, se realiza un sencillo análisis
del medio social y económico de la población regional servida,
así como de la población local, en la que se distinguen varios
temas como: las características demográficas, la población, los
diferentes grupos de edad, la población económicamente
activa, su empleo y la distribución del ingreso, así como el
rezago social.
Villa de Reyes – Aguascalientes – Guadalajara.
45
VI.3.1. CARACTERÍSTICAS DEMOGRÁFICAS
a) POBLACIÓN REGIONAL SERVIDA
La Región Altos Sur está conformada por doce municipios, con
una extensión territorial de 6,604 kilómetros cuadrados, es la
sexta región con mayor superficie del estado y con una densidad
poblacional de 58 habitantes por km2.
En la región Altos Sur desde 1950 hasta el 2000 se fue
incrementando la tasa de crecimiento promedio anual, desde
un modesto 0.90 por ciento en el período 1950-1970, hasta un
1.74 por ciento en el período 1990-2000. Pero en el quinquenio
2000-2005 se da una disminución significativa del ritmo
crecimiento; con apenas una tasa promedio anual del 0.22 por
ciento, lo que implicó un aumento poblacional de apenas 4 mil
432 personas en tal período. mujeres, manteniendo el 5.2 por
ciento de la población total del estado.
Se estima que para el 2020 esta población aumentará a 436 mil
915 habitantes, donde 211 mil 710 son hombres y 225 mil 204
serán mujeres
Villa de Reyes – Aguascalientes – Guadalajara.
46
Región
Población
total 2010 Población
total 2015 Población 2020
Total Hombres Mujeres
03 Región
Altos Sur 384,144
399,724 436,915 211,710 225,204
Acatic 21,206 21,530 24,627 12,067 12,560
Arandas 72,812 77,116 84,966 41,140 43,826
Jalostotitlán 31,948 33,777 36,426 17,876 18,550
Jesús María 18,634 19,469 20,653 9,580 11,073
Mexticacán 6,034 5,088 6,283 2,936 3,346
San Julián 15,454 15,890 18,573 8,908 9,665
San Miguel el
Alto 31,166
32,960 36,617 17,707 18,910
Tepatitlán de
Morelos 136,123
141,322 153,678 74,833 78,845
Valle de
Guadalupe 6,705
6,924 7,559 3,809 3,750
Cañadas de
Obregón 4,152
4,110 4,411 2,157 2,254
Yahualica de
González Gallo 22,284
22,586 23,041 11,012 12,029
San Ignacio
Cerro Gordo 17,626
18,952 20,081 9,684 10,397
Villa de Reyes – Aguascalientes – Guadalajara.
47
En la representación de los municipios en la Región Altos Sur, el
municipio de Tepatitlán Morelos es considerado el más
importante ya que es el que tiene mayor superficie, mayor
crecimiento poblacional y mayor cantidad de población
económicamente activa.
De acuerdo con la Encuesta Intercensal de 2015, la región
contaba con ,399,724 habitantes, de los cuales 193 mil 7 son
hombres con el (48.3%) y 206 mil 717 son mujeres con el 51.7%,
dando como resultado que el número de mujeres supera al de
hombres en 13,710 personas. Esta población representa el 5.2%
de la población total del estado.
Tabla 1 Proyección de Crecimiento en la Región Altos Sur Fuente INEGI
b) POBLACIÓN MUNICIPAL
El municipio de Tepatitlán de Morelos, Jalisco, cuenta con una
población en el 2015 según la Encuesta Intercensal de 141 mil
322 personas; 48.9 por ciento hombres y 51.1 por ciento
mujeres, los habitantes del municipio representaban el 35.4 por
ciento del total regional. La tasa de crecimiento promedio anual
5,4
19,3
8,5
4,9
1,3
4
8,2
35,4
1,7
1
5,7
4,7
Acatic
Arandas
Jalostotitlán
Jesús María
Mexticacán
San Julián
San Miguel el A.
Tepatitlán
Valle de Gpe.
Cañadas de O.
Yahualica
San Ignacio
Representación de los municipios en la Región Altos Sur
193007
206717211710
225204
170.000
180.000
190.000
200.000
210.000
220.000
230.000
Hombres Mujeres
Proyección de crecimiento en la región Altos Sur
2015 2020
Villa de Reyes – Aguascalientes – Guadalajara.
48
es del 0.75% con 5,199 ciudadanos más en comparación con el
año 2010.
Tabla 2 Crecimiento Poblacional Fuente INEGI
c) POBLACIÓN LOCAL
No existe ninguna localidad dentro del área de estudio, se
detectaron algunas comunidades rurales en un radio de un
kilómetro de distancia de la infraestructura que se realizará para
el gasoducto, las cuales son las siguientes:
NO. DE LOCALIDAD
NOMBRE DE LOCALIDAD
TIPO DE LOCALIDAD HABITANTES
DE LA LOCALIDAD
433 Los Terreros Rural 211- 119
182 Mazatitlán Rural 210 - 173
371 La Manga Rural 67
382 Los Cerritos Rural 201
175 Ojo de Agua Rural 5
214 Palo Dulce Rural 75
793 El Ombligo Rural 14
187 El Mezquite Rural 10
476 Baluarte Rural 24
406 Lagunilla Rural 17
801 La Piedrera Rural 46
484 Cerrito Alto Rural 5
307 El Saucillo Rural 48
41 Las Barrosas Rural 70
177 Los Magueyes Rural 67
395 Los Cedazos Rural 8
Tabla 3 Localidades a menos de 1km de distancia del gasoducto
El resto del área de estudio está integrada por terrenos que en
su mayoría son utilizados para el cultivo, donde pudimos
encontrar también algunas construcciones dispersas que no
llegan a conformar una localidad.
52.641 56.64263.748
78.36492.395
109.300119.197
126.625136.123141.332
1950 1960 1970 1980 1990 1995 2000 2005 2010 2015
Crecimiento de la Población de Tepatitlán de Morelos
Villa de Reyes – Aguascalientes – Guadalajara.
49
d) DISTRIBUCIÓN DE LA POBLACIÓN POR GRUPOS DE EDAD
La mayor parte de la población se encuentra situada en los
grupos de menor edad que es de 0 a 19 años abarcando un total
de 54,690 personas, de 20 a 39 años con un total de 44,238, de
40 a 59 años 27,786 y de 60 y más años 14,608 personas.
VI.3.2. CARACTERÍSTICAS SOCIOECONÓMICAS
Clasificación de grupos por edad en el municipio de Tepatitlán, Jal.
Grupo quincenal Total Hombres Mujeres Porcentaje
Total 141,322 69,100 72,222 100.000
00-04 años 13,433 6,681 6,752 9.505
05-09 años 13,722 7,010 6,712 9.710
10-14 años 14,586 7,311 7,275 10.321
15-19 años 12,949 6,463 6,486 9.163
20-24 años 13,028 6,209 6,819 9.219
25-29 años 12,033 6,006 6,027 8.515
30-34 años 10,052 4,774 5,278 7.113
35-39 años 9,125 4,377 4,748 6.457
40-44 años 8,982 4,436 4,546 6.356
45-49 años 7,654 3,684 3,970 5.416
50-54 años 6,456 3,131 3,325 4.568
55-59 años 4,694 2,177 2,517 3.321
60-64 años 4,879 2,238 2,641 3.452
65-69 años 3,339 1,622 1,717 2.363
70-74 años 2,369 1,154 1,215 1.676
75 años y más 4,021 1,827 2,194 2.845
Villa de Reyes – Aguascalientes – Guadalajara.
50
a) POBLACIÓN ECONÓMICAMENTE ACTIVA
Según la Encuesta Intercensal del INEGI 2015, en el municipio de
Tepatitlán la población económicamente activa es de 60,554
personas, equivalente al 55.68%, de la población de 12 años y
más, es decir Tepatitlán tiene un porcentaje mayor que el
estado con 2.36 puntos porcentuales, ya que éste marca una
Población económicamente activa del 53.32%, mientras que la
población no económicamente activa del municipio es del
44.12%, menor al estado con 2.29 puntos porcentuales, ya que
éste presenta el 46.41%, de la población que no labora.
De la población económicamente activa Tepatitlán ocupa el
segundo lugar dentro de los municipios de la región Altos Sur,
siendo el municipio de San Miguel el Alto, el que se sitúa en
primer lugar con el mayor porcentaje de Población
Económicamente Activa con un 56.86%, le sigue el municipio de
Tepatitlán con el 55.68% y en tercer lugar se ubica Acatic con un
54.44%.
Tabla 4. Población Regional Económicamente y no económicamente activa
Fuente INEGI
De la población económicamente activa en el municipio de
Tepatitlán, el 74.22% son hombres y el 38.29% son mujeres, de
ellos, la población ocupada en los varones es del 96.23% y en las
mujeres es del 98.32%, reuniendo un total de 58,723 personas
laborando activamente, y la población desocupada en los
varones se presenta con un 3.77% y en las mujeres con el 1.68%,
0,5568
0,4412
0,5332
0,4641
Población económicamente activa
Población no económicamente activa
Comparativo de la población económicamente activa y no activa
Estado de Jalisco Municipio de Tepatitlán
Región Altos Sur Población económicamente
activa
Población no económicamente
activa
Estado de Jalisco 53.32% 46.41% Tepatitlán 55.68% 44.12% Acatic 54.44% 45.19% Arandas 52.44% 47.51% Cañadas de Obregón
42.92% 56.98%
Jalostotitlán 53.31% 46.25% Jesús María 44.82% 55.04% Mexticacán 33.76% 66.14% San Julián 51.39% 48.50% San Miguel el Alto 56.86% 42.89%
Villa de Reyes – Aguascalientes – Guadalajara.
51
sumando un total de 1,833 personas desocupadas, que buscan
empleo.
b) EMPLEO DE LA POBLACIÓN ECONÓMICAMENTE ACTIVA
En el último trienio, el municipio de Tepatitlán de Morelos ha
visto un crecimiento en el número de trabajadores asegurados
registrados ante el IMSS, lo que se traduce en un incremento de
sus grupos económicos. Para diciembre de 2015, el IMSS
reportó un total de 28,359 trabajadores asegurados, lo que
representa 3,330 trabajadores más que en diciembre de 2012.
En función de los registros del IMSS el grupo económico que más
empleos registró dentro del municipio de Tepatitlán, es la
Elaboración de alimentos que en diciembre de 2015 cuenta con
un total de 5,960 trabajadores asegurados concentrando el
21.02% del total de éstos en el municipio. Esta actividad registró
un aumento de 3,498 trabajadores asegurados de diciembre de
2012 a diciembre de 2015.
El segundo grupo económicos con más trabajadores asegurados
es la Ganadería, que para diciembre de 2015 registró 2,342
trabajadores asegurados que representan el 8.26% del total de
trabajadores asegurados a dicha fecha. De diciembre de 2012 a
diciembre de 2015 este grupo tuvo una pérdida de 2,671
empleos.
c) DISTRIBUCIÓN DEL INGRESO.
De la población económicamente activa ocupada en el
municipio que son 58,723 personas, el 78.53% son trabajadores
asalariados que comprende los empleados, obreros, jornaleros,
peones o ayudantes con pago, y el 20.07% son trabajadores no
asalariados que son los empleadores, trabajadores por cuenta
propia y trabajadores sin pago. De los 46,113(78.53%)
trabajadores asalariados 28,899 son hombres y 17,214 son
mujeres y de los 11,784 (20.07%) trabajadores no asalariados,
los hombres son 8,319 y las mujeres son 3,465.
Población ocupada
Trabajadores asalariados
Trabajadores no asalariados
Estado de Jalisco 3,136,363 74.99 23.83 Tepatitlán 58,723 78.53 20.07 Acatic 8,818 75.67 22.66 Arandas 30,293 75.75 23.59
66%
34%
Población Económicamente Activa en el municipio de Tepatitlán
Hombres Mujeres
Villa de Reyes – Aguascalientes – Guadalajara.
52
Cañadas de Obregón
1,377 69.72 28.61
Jalostotitlán 12,970 72.09 26.74 Jesús María 6,410 73.37 26.12 Mexticacán 1,287 68.30 30.54 San Julián 6,109 70.85 28.50 San Miguel el Alto 14,089 72.57 26.43
d) REZAGO SOCIAL
Tepatitlán de Morelos se ubica en la posición número 8 en el
índice de desarrollo municipal (IDM) del total de los 125
municipios del estado. Dentro de la región Altos Sur, Tepatitlán
de Morelos es el municipio con el índice más alto, mientras que
Mexticacán se ubica como el más bajo de la región, ocupando el
lugar 121 del total de municipios del estado.
El municipio de Tepatitlán de Morelos en el año 2010, según la
CONEVAL 47,872 individuos que significan el 34.1% del total de
la población, se encontraban en pobreza, de los cuales 43,341
(30.8%) presentaban pobreza moderada y 4,531 (3.2%) estaban
en pobreza extrema.
Así mismo la condición de rezago educativo al año 2010, afectó
al 28.3% de la población, lo que significa que 39,841 individuos
presentaron esta carencia social.
En el mismo año, el porcentaje de personas sin acceso a
servicios de salud fue de 37.3%, equivalente a 52,393 personas.
La carencia por acceso a la seguridad social afectó a 53.2% de la
población, es decir 74,723 personas se encontraban bajo esta
condición. La incidencia de la carencia por acceso a la
alimentación fue de 26.3%, es decir una población de 36,935
personas.
El porcentaje de individuos que reportó habitar en viviendas con
mala calidad de materiales y espacio insuficiente fue de 4.1%
(5,792 personas). Y el porcentaje de personas que reportó
habitar en viviendas sin disponibilidad de servicios básicos fue
de 9.1%, lo que significa que las condiciones de vivienda no son
las adecuadas para 12,772 personas.
VI.4. ANÁLISIS DEL MEDIO FÍSICO NATURAL
El Propósito de este apartado es describir en forma sintética las
condicionantes que presenta el medio físico natural para
0,3410,283
0,373
0,532
0,263
010.00020.00030.00040.00050.00060.00070.00080.000
En pobreza Rezago educativo
Sin acceso a servicios de
salud
Sin acceso a la seguridad
social
Carencia a la alimentación
Mala calidad
insuficiente
Población del municipio con rezago social
Villa de Reyes – Aguascalientes – Guadalajara.
53
desarrollar la acción urbanística, plasmada en varios planos que
serán el resultado del análisis de los aspectos del medio
ambiente natural tales como: topografía, elevación, hidrología,
uso actual, vegetación y uso potencial del suelo, geología,
edafología, climatología, etc.
Para realizar el análisis físico natural y de acuerdo a lo
establecido en el artículo 122, fracción IV del Código Urbano
para el Estado de Jalisco, describiremos el estado actual de las
zonas y predios comprendidos en el área de aplicación, y de la
misma manera su entorno inmediato al que nos referiremos
como área de estudio, analizando también su aprovechamiento
predominante y de la problemática que presenta.
Tomando como referencia el artículo 86 del propio Código que
recalca que los distintos instrumentos de desarrollo urbano y de
urbanización deberán someterse a una evaluación en materia
de impacto ambiental por la autoridad competente, es que
como parte complementaria del presente plan parcial se
presenta la correspondiente manifestación de Impacto
Ambiental en su Modalidad Específica, documento que forma
parte del presente documento como parte de sus anexos.
ANALISIS DE FACTORES NATURALES
VI.4.1 TOPOGRAFÍA
La topografía es la ciencia que estudia el conjunto de principios
y procedimientos que tienen por objeto la representación
gráfica de la superficie terrestre, con sus formas y detalles; tanto
naturales como artificiales. Para entender mejor la topografía
del municipio utilizaremos el sistema de representación de
planos acotados, mostrando la elevación del terreno a través de
curvas de nivel.
En el municipio de Tepatitlán, el perfil topográfico del área de
aplicación varía entre 1,820 y 2,135 metros sobre el nivel del
mar.
a) ELEVACIÓN.
La geomorfología de la zona muestra unidades muy definidas y
consistentes, con elevaciones que van desde los 1,820 a los
2,135 metros sobre el nivel medio del mar, siendo las principales
elevaciones las descritas a continuación:
1,820-1,880 msnm corresponde al 3.58 % del área de aplicación 1,880-1,950 msnm corresponde al 6.66% del área de aplicación 1,950-2,000 msnm corresponde al 38.20% del área de aplicación 1950-2,000 msnm se encuentra el 42.23% del área de aplicación 2,070-2,131 msnm se encuentra el 9.34% del área de aplicación
Villa de Reyes – Aguascalientes – Guadalajara.
54
Plano 1 Mapa D-2-1 Elevación Elaboración propia
Villa de Reyes – Aguascalientes – Guadalajara.
55
b) PENDIENTES
La pendiente en un punto del terreno se define como el ángulo
existente entre el vector normal a la superficie en ese punto y la
vertical; en el área de estudio encontramos pendientes que van
de 0 a 57%, gran parte el área por donde atraviesa el gasoducto
son campos utilizados para el cultivo, ubicados en valles,
mesetas, laderas y lomeríos que se encuentran a lo largo del
trayecto, este estudio nos permite comprender las diversas
situaciones que se presentarán durante la ejecución de la obra.
En el área de estudio predominan las pendientes que van desde
el 0 al 15% ubicadas en lomeríos que se encuentran por toda el
área de estudio, en su mayoría son pendientes someras y
consistentes, el 17.55 del terreno cuenta con terreno más
escarpado, donde las pendientes van del 15 al 57%. El análisis
de pendientes practicado al interior del área de estudio permite
generar las siguientes consideraciones en arreglo a los rasgos de
las mismas:
• El 82.44% del área de estudio tiene una pendiente de 0 a 15%, este rango de pendientes es apto para el desarrollo urbano al facilitar el diseño y operación de las redes de infraestructura, aunque pueden requerir mayores movimientos de tierra para su urbanización.
• o La recomendación para los suelos con pendientes cercanas al
0% es conservar el uso agrícola o forestal en su caso, o la implementación de zonas de conservación, para el emplazamiento de espacios verdes o de equipamientos que
requieran densidades menores de edificación, con lo cual se permita la infiltración y/o la regulación de aguas pluviales.
•
Las pendientes moderadas del 15 al 30%, ubicadas en las laderas de los lomeríos que se encuentran por toda el área de estudio, comprenden el 47.67% de la misma. Este rango de pendientes no apto para el desarrollo urbano, pero puede funcionar para la operación y diseño de redes de infraestructura, aunque pueden requerir mayores movimientos de tierra para su urbanización.
•
o Este tipo de suelos con pendientes pronunciadas presenta mayores restricciones para el desarrollo urbano ya que implica riesgos y requerimientos de mayores movimientos de tierra en el proceso de urbanización. En este tipo de zonas no se recomienda implementar procesos de urbanización debiendo preferentemente conservar el uso agrícola o forestal actual.
• Las pendientes de 30 a 45° representan solo el 1.11% del área que corresponden a las encontradas al centro del polígono, estas pendientes se observan en los tramos que están cerca de las localidades denominadas Los Terreros, Los Cerritos y Mazatitlán además de las localizadas en las inmediaciones con del Valle de Guadalupe.
Solo el 0.06% del polígono de estudio cuenta con pendientes entre 45 y 57° y se encuentran en las áreas más escarpadas del recorrido este tipo de pendientes deben principalmente a la erosión del terreno.
Villa de Reyes – Aguascalientes – Guadalajara.
56
Plano 2 Mapa D-2-2 Pendientes Elaboración propia
Villa de Reyes – Aguascalientes – Guadalajara.
57
En términos generales el área de aplicación se caracteriza por una predominancia importante de pendientes someras a moderadas, con ligeras porciones de suelos accidentados, debido a la presencia de escurrimientos naturales ubicados en algunas secciones del área de aplicación. Se considera que las pendientes prevalecientes dentro del área de aplicación no demuestran restricciones significativas a la urbanización, ya que en su mayor superficie presentan condiciones favorables para facilitar el drenaje superficial de agua pluvial. Los análisis de topografía, del modelo elevación y de
pendientes, para el área de aplicación en conjunto, permiten
concluir que debido a la baja intensidad de suelo que se
persigue, no se prevé la necesidad de realizar alteraciones
significativas en la topografía del sitio ya que la mayor parte de
la superficie no presenta restricción a la urbanización por efecto
de la topografía, lo anterior como consecuencia de que no se
detectan fracciones con alguna vulnerabilidad por eventos de
encharcamientos, suelos inestables o susceptibles de
deslizamientos.
c) ORIENTACIÓN DE LAS PENDIENTES
Los mapas combinados de pendiente y orientación de laderas
permiten representar simultáneamente, ambos conceptos bajo
un solo mapa y una sola trama de colores, este mapa nos
permite identificar la dirección de la pendiente, y esta es de vital
importancia para el desarrollo de infraestructura.
En el modelo digital de orientación del Plan Parcial “Gasoducto
Villa de Reyes – Aguascalientes – Guadalajara” las pendientes
se han representado en una escala de colores que van desde el
Norte (Rojo), variando progresivamente en sentido del horario
del reloj hasta llegar al azul que marca el sur.
Este estudio nos permite definir que el 63.33% de las pendientes
en el área de aplicación están orientadas de noreste a sur,
mientras que el 23.45% del total de las pendientes se orientan
en dirección suroeste al norte. Esto nos permite definir que la
orientación de la mayor fracción de pendientes se orienta al
suroeste.
Las pendientes se clasifican por colores en grados que van de 0°
al 360°
Rojo Norte (0° - 22.5°) 4.01% Naranja Noreste (22.5° - 67.5°) 10.83% Amarillo Este (67.5° - 112.5°) 18.64% Verde Sureste (112.5° - 157.5°) 21.98% Azul Sur (157.5° - 202.5) 11.88% Plumbago Suroeste (202.5° - 247.5°) 9.45% Marino Oeste (247.5 - .292.5°) 7.20% Morado Noroeste (292.5° - 337.5°) 3.99% Norte Rojo (337.5° - 360°) 3.99%
Villa de Reyes – Aguascalientes – Guadalajara.
58
Plano 3 Mapa D-2-3 Orientación de las pendientes Elaboración propia
Villa de Reyes – Aguascalientes – Guadalajara.
59
d) SISTEMA DE TOPOFORMAS
La mayor parte de la sub provincia de Los Altos de Jalisco, se
caracteriza por amplias mesetas de origen volcánico y presenta la
mayor densidad de topoformas degradativas, generadas por disección
hídrica y abundancia de valles profundos de laderas escarpadas a fines
de los caños de la Sierra Madre Occidental. se distinguen en ella los
siguientes sistemas de topoformas: Escudo-Volcanes Aislados o en
Conjunto, Pequeña Meseta asociada con lomeríos, Gran Meseta con
Cañadas, Meseta Lávica, Meseta Lávica asociada con lomeríos, Meseta
Escalonada, Lomerío de Colinas Redondeadas, Lomeríos Suave en
Arenisca Conglomerado, Valle de Laderas Escarpadas asociadas a
lomeríos, Valle con Terrazas, Cañón y Depresión.
El perfil topográfico de la región es muy variado, existen algunos
ex volcanes menores, como El Cerro, Pelón, Capulín, Campana y
Los Guajes. El gasoducto se asienta en una zona semiplana, que
topográficamente presenta una variedad de lomeríos suaves,
valles de laderas tendidas, mesetas basálticas escudos de
volcanes y lomeríos de basalto. El área estudio presenta un
recorrido variado, donde se encuentran cuatro topoformas bien
definidas,
La primera denominada Escudo de Volcanes, que, a diferencia
de los volcanes compuestos, que son muy altos y delgados; los
volcanes escudo son altos y anchos, con formas planas y
redondeadas. Tienen una estructura volcánica cónica
conformada por numerosos derrames que en conjunto presenta
un arreglo radial y que se caracterizan por su poca pendiente,
esta topoforma ocupa el 54.57 % del total del área de aplicación,
lo que representa una superficie de 558,811.32 m2
En orden de importancia, la Meseta Basáltica con Lomeríos, se
manifiesta en el 31.43% del área de aplicación, esta topoforma
se caracteriza por ser un área continua de la superficie terrestre
relativamente plana, a veces suavemente quebrada u ondulada,
sin elevaciones o depresiones prominentes con una extensión
en el área de intervención de 321,820.98 m2.
El 10.37% del área de aplicación está compuesta por Lomerío de
Basalto compuesto por lomas o colinas bajas, los lomeríos son
una buena elección para el desarrollo territorial de una región,
por su topoforma es adecuada a la explotación del uso de suelo,
sumando una extensión de 106,189.58 m2
Por último y con solo el 3.63 % del total del área de aplicación
se encuentra la topoforma denominada Valle de Laderas
Tendidas con una configuración suave de sus laderas y bases
extendidas. Puede presentarse en series o de manera aislada, la
superficie en el área de aplicación que presenta este tipo de
topoforma es de 37,217.74 m2.
Villa de Reyes – Aguascalientes – Guadalajara.
60
Plano 4 Mapa D-2-4 Sistema de Topoformas Elaboración Propia
Villa de Reyes – Aguascalientes – Guadalajara.
61
VI.4.2. HIDROLOGÍA
En la Región Altos Sur, se encuentra una de las cuencas más ricas
en recursos, la del Río Verde, cuenta con afluentes importantes
como lo son los Ríos Encarnación, Teocaltiche, Lagos,
Jalostotitlán y del Valle. En la región de acuerdo a la topografía
y características de precipitación, así como el alto
vocacionamiento de uso agropecuario de su superficie, genera
un importante número de embalses de almacenamiento, con un
alto número de aprovechamientos primarios y secundarios
(bordos y represas).
El municipio de Tepatitlán se encuentra localizado dentro de la
cuenca hidrológica Administrativa III Lerma-Santiago-Pacífico;
Región Hidrológica 12 Lerma-Santiago, Zona Hidrológica Rio
Santiago, en las cuencas hidrológicas Río Verde 2, Rio Santiago
1 y Rio Valle; Zona Hidrológica Lerma- Chapala en la cuenca
Hidrológica Rio Zula.
a) HIDROLOGÍA SUPERFICIAL
CUENCAS
Una Región Hidrológica es un área delimitada por una divisoria
que agrupa por lo menos dos cuencas hidrológicas, cuyas aguas
fluyen a un cauce principal, nuestra área de estudio se inserta
en la Región Hidrológica RH12I, Lerma Santiago,
específicamente en la subregión Hidrológica Lerma-Santiago. A
su vez participa totalmente de la cuenca RH 12-I Verde-Grande,
misma que comprende los municipios de: Acatic, Cuquio,
Ixtlahuacán del rio, Zapotlanejo, Tepatitlán de Morelos, San
Miguel el alto, Encarnación de Díaz, San Juan de los lagos,
Jalostotitlán, Teocaltiche, Villa Hidalgo, Villa de Guadalupe,
Mexticacán, Cañadas de Obregón, Yahualica de Gonzales Gallo,
San Julián, San Diego de Alejandría, Unión de San Antonio y
Lagos de Moreno.
El área de estudio se inserta en la Región Hidrológica RH12I,
Lerma Santiago, específicamente en la subregión Hidrológica
Altos-Santiago. A su vez participa totalmente de la cuenca
Verde-Santiago, área de presentando una superficie de
1’024,039.56 m2,
CUENCA SUBCUENCA AREA TRIBUTARIA DE
SUBCUENCA (Km2)
SUPERFICIE DENTRO DEL
AREA DE ESTUDIO (Km2)
R. Verde Grande
R. Verde Grande
3,063.89 73,285.1499
R. Verde Grande
R. Tepatitlán 466.2 522,043.544
R. Verde Grande
R. del Valle 1,047.53 428,710.868
Tabla 5 Áreas tributarias del área de estudio que aporta a cada
subcuenca. Fuente: Elaboración propia con base en el SIALT del INEGI
Villa de Reyes – Aguascalientes – Guadalajara.
62
Plano 5 Mapa D-2-5 Hidrología superficial
Elaboración propia
Villa de Reyes – Aguascalientes – Guadalajara.
63
SUBCUENCAS
Dentro del área de estudio se ubican tres subcuencas, la del Rio
Verde Grande (RH12Ic) a la que pertenece el 7.16% de la
superficie, la del Rio Tepatitlán (RH12Id) que representa el
50.98% de la superficie y la del Rio del Valle (RH12Ie) con el
41.86% del total del polígono de análisis.
CORRIENTES DE AGUA
Las corrientes principales en el municipio son los ríos:
Tepatitlán, Verde, Calderón y Los Arcos; además cuenta también
con los arroyos: Laborcilla, Milpillas, Juanacasco, San Pablo, el
Tecolote, Jesús María, Perón, Mezcala, Guayabo, La Vieja, El
Jihuite y El Ocote. Existen las presas de Carretas, Jihuite, La Red,
Calderón, La Vieja y El Pantano
Son 25 los escurrimientos que afectan el área de estudio todos
son de carácter intermitente, mismos que presentan un sentido
de flujo que obedece en buena medida a las pendientes
topográficas en torno a las elevaciones del área de estudio.
Como ya se mencionó anteriormente, el área de estudio se
encuentra afectada por tres subcuencas hidrológicas que
forman unidades de captación de aguas superficiales que captan
las aguas de 15 escurrimientos de temporal, y posteriormente
se alojan en 6 escurrimientos naturales detectados, de los
cuales 3 de ellos son de magnitud 3, los más importantes son La
Mina, Los Cedazos, Mazatitlán, El Guayabo, Ojo de Agua, Las
Barrosas, Los Azules
CLAVE SUBC
ENTIDAD CONDICION NOMRE ORDEN NIVEL
RH12Ie CORRIENTE DE AGUA
INTERMITENTE NINGUNO 3 2
RH12Ie CORRIENTE DE AGUA
INTERMITENTE NINGUNO 2 3
RH12Id CORRIENTE DE AGUA
INTERMITENTE NINGUNO 1 4
RH12Id CORRIENTE DE AGUA
INTERMITENTE NINGUNO 3 2
RH12Id CORRIENTE DE AGUA
INTERMITENTE NINGUNO 2 4
RH12Id CORRIENTE DE AGUA
INTERMITENTE LA MINA 1 5
RH12Id CORRIENTE DE AGUA
INTERMITENTE NINGUNO 1 4
RH12Id CORRIENTE DE AGUA
INTERMITENTE NINGUNO 1 5
RH12Ie CORRIENTE DE AGUA
INTERMITENTE LOS
CEDAZOS 1 4
RH12Id CORRIENTE DE AGUA
INTERMITENTE NINGUNO 1 4
RH12Id CORRIENTE DE AGUA
INTERMITENTE NINGUNO 1 4
RH12Id CORRIENTE DE AGUA
INTERMITENTE NINGUNO 1 5
RH12Id CORRIENTE DE AGUA
INTERMITENTE MAZATITLÁN 2 3
RH12Id CORRIENTE DE AGUA
INTERMITENTE NINGUNO 1 3
RH12Id CORRIENTE DE AGUA
INTERMITENTE EL GUAYABO 1 5
RH12Id CORRIENTE DE AGUA
INTERMITENTE NINGUNO 2 3
RH12Id CORRIENTE DE AGUA
INTERMITENTE NINGUNO 2 4
Villa de Reyes – Aguascalientes – Guadalajara.
64
RH12Id CORRIENTE DE AGUA
INTERMITENTE NINGUNO 1 4
RH12Id CORRIENTE DE AGUA
INTERMITENTE EL OJO DE
AGUA 1 5
RH12Id CORRIENTE DE AGUA
INTERMITENTE LAS
BARROSAS 2 2
RH12Id CORRIENTE DE AGUA
INTERMITENTE NINGUNO 1 3
RH12Id CORRIENTE DE AGUA
INTERMITENTE NINGUNO 1 4
RH12Ie CORRIENTE DE AGUA
INTERMITENTE NINGUNO 3 2
RH12Ie CORRIENTE DE AGUA
INTERMITENTE NINGUNO 1 2
RH12Ie CORRIENTE DE AGUA
INTERMITENTE LOS AZULES 3 3
Los arroyos que cruzan con el área de aplicación, cuentan con
una longitud total 23,024 m.
Concluimos que debido a la existencia de estos 25
escurrimientos naturales al interior del área de aplicación, se
hace necesario la implementación de medidas de conservación
y mitigación de posibles impactos del proyecto sobre los
mismos.
b) HIDROLOGIA SUBERRANEA
La hidrología subterránea o hidrografía, es la rama de la
hidrología que trata del agua subterránea, su yacimiento y
movimiento, sus recargas y descargas, de las propiedades de las
rocas que influyen en su ocurrencia y almacenamiento.
Un acuífero es cualquier formación geológica o conjunto de
formaciones geológicas hidráulicamente conectados entre sí,
por las que circulan o se almacenan aguas del subsuelo que
pueden ser extraídas para su explotación, uso o
aprovechamiento y cuyos límites laterales y verticales se
definen en La Ley de Aguas Nacionales, 2013
El país está dividido en 653 acuíferos, en Jalisco se identifican 59
de los que 26 están sobreexplotados y 33 sub-explotados (DOF;
2015). El Municipio de Tepatitlán se encuentra en los acuíferos
Altos de Jalisco, Tepatitlán, Valle de Guadalupe y Ocotlán.
El área de aplicación se encuentra dentro de dos acuíferos
delimitados por la CONAGUA, acuífero Tepatitlán, y acuífero
Valle de Guadalupe, siendo el acuífero Tepatitlán donde se
encuentra la mayor parte del área de aplicación.
Estudios realizados por CEAS Jalisco muestran que estos
acuíferos presentan un déficit de aguas subterráneas por lo que
actualmente no existe volumen disponible para nuevas
concesiones
Villa de Reyes – Aguascalientes – Guadalajara.
65
Plano 8. Mapa D-2-6 Hidrología subterránea Elaboración propia
Villa de Reyes – Aguascalientes – Guadalajara.
66
VI.4.3. VEGETACIÓN Y USO POTENCIAL DEL SUELO
El objetivo del análisis del uso potencial del suelo es determinar
las posibilidades de uso de la tierra, según sea el caso en
actividades agrícolas, pecuarias, forestales, para el desarrollo
urbano y/o áreas para conservación de recursos naturales a
través de la evaluación de las condiciones ambientales que
conforman unidades homogéneas de tierra.
De forma particular, en el área de estudio se presentan 5 tipos
de vegetación de acuerdo con la clasificación de INEGI (USV
serie V INEGI).de las que el 77.76% del área de estudio el tipo de
uso de suelo predominante es el de la Agricultura de Temporal
Anual (TA), con una superficie de 139,231.9357 m2; por su parte
en orden de importancia el uso Vegetación Secundaria
Arbustiva de Selva Baja Caducifolia (VSa/SBC) alcanza el 13.60%
del área de intersección, de este mismo tipo de vegetación
tenemos hay un 3.69% extra en el área de aplicación, luego en
orden de importancia y ocupando el 3.10% del área de
aplicación está ocupada por vegetación secundaria arbustiva de
bosque de encino (VSa/BQ) .y el 1.96% de vegetación restante,
también corresponde a la vegetación secundaria arbustiva de
bosque de encino
De acuerdo con información del INEGI13 relativa al potencial de
uso de suelo para esta zona, es de uso agrícola y pecuario, con
vegetación representada por roble, blanco, pino, encino,
mezquite, fresno, palo dulce y pastizales. Y sus limitantes más
importantes son el espesor de la capa fértil, la topografía o
relieve, el fenómeno de erosión y el clima, este último
especialmente con referencia a la precipitación pluvial anual.
Agricultura de temporal (TA).
Tipo de agricultura en donde el ciclo vegetativo de los cultivos
que se siembran depende del agua de lluvia, por lo que su éxito
depende de la precipitación y de la capacidad del suelo para
retener el agua, su clasificación es independiente del tiempo
que dura el cultivo en el suelo, que puede llegar a más de diez
años, en el caso de los frutales, o bien son por periodos dentro
de un año como los cultivos de verano. Incluye los que reciben
agua invernal como el garbanzo. Estas zonas, para ser
clasificadas como de temporal deberán permanecer sembradas
al menos un 80% del ciclo agrícola. Pueden ser áreas de
monocultivo o de policultivo y pueden combinarse con
pastizales o bien estar mezcladas con zonas de riego, lo que
conforma un mosaico complejo, difícil de separar, pero que
generalmente presenta dominancia de los cultivos cuyo
crecimiento depende del agua de lluvia.
Vegetación secundaria arbustiva de selva baja caducifolia
(VSa/SBC).
Fase de vegetación secundaria.
Villa de Reyes – Aguascalientes – Guadalajara.
67
En las comunidades vegetales en forma natural existen
elementos de disturbio que alteran o modifican la estructura o
incluso cambian la composición florística de la comunidad, entre
alguno de esos elementos se puede citar: Incendios, huracanes,
erupciones, heladas, nevadas, sequías, inundaciones, deslaves,
plagas, variaciones climáticas, etcétera. Actualmente y a causa
de la actividad humana, la definición y determinación de
vegetación secundaria se ha vuelto más compleja, ahora las
áreas afectadas ocupan grandes superficies y variados
ambientes, ya no son tan localizadas y a veces la presión es tanta
que inhibe el desarrollo de la misma provocando una vegetación
inducida.
A causa de la complejidad de definir los tipos de fases
susecionales, dada su heterogeneidad florística y ecológica y su
difícil interpretación, aún en campo; se consideran con base en
las formas de vida presentes y su altura tres fases: a) Vegetación
Secundaria arbórea, b) Vegetación Secundaria arbustiva, c)
Vegetación Secundaria herbácea.
Selva baja caducifolia (SBC).
Se desarrolla en condiciones climáticas en donde predominan
los tipos cálidos subhúmedos, semisecos o subsecos. La
temperatura media anual oscila entre los 18 a 28°C. Las
precipitaciones anuales se encuentran entre 300 a 1 500 mm.
Con una estación seca bien marcada que va de 6 a 8 meses la
cual es muy severa. Se le encuentra desde el nivel del mar hasta
unos 1 900 m, rara vez hasta 2 000 m de altitud, principalmente
sobre laderas de cerros con suelos de buen drenaje.
Los componentes arbóreos de esta selva presentan baja altura,
normalmente de 4 a 10 m (eventualmente hasta 15 m). El
estrato herbáceo es bastante reducido y sólo se puede apreciar
después de que ha empezado claramente la época de lluvias y
retoñan o germinan las especies herbáceas. Las formas de vidas
crasas y suculentas son frecuentes, especialmente en los
géneros Agave, Opuntia, Stenocereus y Cephalocereus.
Bosque de encino (BQ).
Corresponde a comunidades vegetales distribuidas en los
macizos montañosos de México, como es el caso de la Sierra
Madre Occidental en el estado Jalisco. En climas cálidos,
templados húmedos, subhúmedos a secos, con temperaturas
anuales que van de los 10 a 26° c. y una precipitación media
anual que varía de 350 a 2 000 mm. Se desarrollan en muy
diversas condiciones ecológicas desde el nivel del mar hasta los
3000 m de altitud. Preferentemente se encuentra sobre la
exposición norte y oeste, pero se le puede encontrar en otras.
Este tipo de vegetación se ha observado en diferentes clases de
roca madre, tanto ígneas, sedimentarias y metamórficas, en
suelos profundos o someros como regosoles, leptosoles,
cambisoles, andosoles, luvisoles, entre otros.
Villa de Reyes – Aguascalientes – Guadalajara.
68
Plano 9. Mapa D-2-7 Vegetación y uso potencial del suelo Elaboración propia
Villa de Reyes – Aguascalientes – Guadalajara.
69
Estas comunidades están formadas por diferentes especies de
encinos o robles del género Quercus (más de 200 especies en
México); estos bosques generalmente se encuentran como una
transición entre los bosques de coníferas y las selvas, el tamaño
varía desde los 4 hasta los 30 m de altura desde abiertos a muy
densos. En general, este tipo de comunidad se encuentra muy
relacionada con los de pino, formando una serie de mosaicos
complejos. Son arboles perennifolios o caducifolios con un
periodo de floración y fructificación variable, pero
generalmente la floración se da en la época seca del año de
diciembre a marzo, y los frutos maduran entre junio y agosto.
En el plano anterior se muestra la ubicación del proyecto
respecto a las comunidades de uso de suelo y vegetación, (carta
serie V de INEGI), se aprecia la continuidad de la los usos
agrícolas de temporal anual..
VI.4.4. EDAFOLOGÍA
La edafología en el municipio de Tepatitlán de Morelos, está
conformado por suelos dominantes que pertenecen al tipo
Luvisol, Phaeozem y Planosol.
De acuerdo al Diagnóstico del Municipio del año 2017,
elaborado por el Instituto de Información Estadística y
Geográfica de Jalisco, el suelo predominante es el luvisol
(45.8%), se caracteriza por la acumulación de arcilla, son suelos
rojos o amarillentos, destinados principalmente a la agricultura
con rendimientos moderados y alta susceptibilidad a la erosión.
Tipo de suelo %
Luvisol 45.8
Feozem 23.7
Planosol 19.9
Cambisol 5.5
Litosol 3.4
Otros 1.7
De acuerdo al análisis del área de estudio en particular se
observan los siguientes grupos de suelo:
45,8
23,7
19,9
5,5
3,4 1,7
Tipo de suelos en el municipio de Tepatitlán
Luvisol
Feozem
Planosol
Cambisol
Litosol
Otros
Villa de Reyes – Aguascalientes – Guadalajara.
70
CLAVE GRUP
O 1
CALIFS
G1
GRUP
O 2
CALI
FS
G2
GRU
PO 3
CAL
IFS
G3
CLAS
E DE
TEXT
URA
%
ÁR
EA
PHcr+LVcr/3 PHAEO
ZEM Crómico
LUVISO
L N N N Fina
13.8
46
LVcr+PHcr+LPha
/2
LUVISO
L Crómico
PHAEO
ZEM N
LEPTO
SOL
Hápi
co
Medi
a
38.3
03
PHlep+LVcrlep+L
Peuli/2
PHAEO
ZEM
Epiléptic
o
LUVISO
L
Cró
mico
LEPTO
SOL
Lític
o
Medi
a
20.7
43
PHsowskp+LVle
n+LPha/2r
PHAEO
ZEM
Epiesque
lético
LUVISO
L N
LEPTO
SOL
Hápi
co
Medi
a
5.26
7
LVcr+PHcrsow/3 LUVISO
L Crómico
PHAEO
ZEM
Cró
mico N N Fina
21.8
38
La clasificación y características de estos usos de suelo se
describen a continuación:
PHAEOZEM (PH): Es un suelo oscuro, rico en materia orgánica,
alta saturación de bases, poroso, fértil y es excelente tierra
agrícola. Se trata de suelos de apariencia obscura en su
horizonte superficial debido a un alto contenido en materia
orgánica. Son suelos fértiles y soportan una buena variedad de
cultivos, así como de pastizales. Estos tipos de suelos son
blandos de textura media y pedregosos en su superficie,
presentan buena drenabilidad, por lo que se consideran aptos
para el desarrollo urbano.
LUVISOL (LV): Es un suelo que tiene un incremento de
acumulación de arcilla en el subsuelo, tiene un horizonte Árgico,
el cual tiene arcillas de alta actividad y alta saturación de bases
a ciertas profundidades. Estos suelos tienen como
características su fina textura que, en combinación con terrenos
planos, puede ocasionar inundaciones debido a su mala
drenabilidad.
Crómico (cr): Suelos de color pardo o rojizo, en algunas
ocasiones amarillento. Son de fertilidad moderada y con alta
capacidad para proporcionar nutrientes a las plantas.
Villa de Reyes – Aguascalientes – Guadalajara.
71
Plano 10. Mapa D-2-8 Edafología Elaboración propia
Villa de Reyes – Aguascalientes – Guadalajara.
72
VI.4.5. GEOLOGÍA
Las características geológicas locales del área de estudio están
determinadas principalmente por rocas ígneas extrusivas de la
era cenozoica, periodo, terciario superior época Plioceno
cuaternario (Tpl-Q(B))
El Basalto con superficie de 907,747.683 m2 en el área de
estudio, representa el 88.64% del área de aplicación, es una roca
Ígnea Extrusiva Básica que se origina a partir de material fundido
en el interior de la corteza terrestre, la cual está sometida a
temperaturas y presiones muy elevadas, derramado a la
superficie terrestre a través de fisuras o conductos que se enfría
y solidifica, estando compuesta entre 45% y 52% de óxido de
sílice SiO2. Este tipo de roca es comúnmente utilizada como
material de construcción y es apta para la urbanización
Riolita-Toba ácida (Tom(R-Ta)) conformada por 106,259.729 m2
en el área de estudio, representa el 10.38% de la superficie del
área de aplicación, la riolita roca ígnea extrusiva, volcánica
félsica, de color gris a rojizo con una textura de granos finos o a
veces también vidrio y una composición química muy parecida
a la del granito se le considera el equivalente volcánico del
granito, lo que se agrega a otras evidencias que demuestran que
el granito se origina a partir de magma tal como lo hace la
riolita, solo que a mayor presión. La riolita es un tipo de roca
bastante común, aunque ocurre en volúmenes mucho menores
que el basalto
La Riolita-Toba ácida (Tom(R-Ta)) conformada por 106,259.729
m2 en el área de estudio, representa el 10.38% de la superficie
del área de aplicación, y en otro trayecto del área de estudio
10,030.4343 m2 aproximadamente cuenta con este mismo tipo
de rocas D2 GEOLOGIA 2
FALLAS Y FRACTURAS
Una fractura es una ruptura de la corteza en la que no ha habido
desplazamiento entre bloques, que en este caso coincide con el
paso del gasoducto, a la altura de la comunidad denominada
Mazatitlán esta fractura geológica definida que cuenta con una
longitud de 4,414.48 metros atraviesa el área de aplicación.
Cuando existe una falla geológica, existe de por vida y sabemos
que corre peligro todo tipo de construcción, también es zona
que se vuelve mas vulnerable en caso de sismo
Villa de Reyes – Aguascalientes – Guadalajara.
73
Plano 11. Mapa D-2-9 Geología Elaboración propia
Villa de Reyes – Aguascalientes – Guadalajara.
74
VI.4.6. CLIMATOLOGÍA
El municipio de Tepatitlán de Morelos, cuenta con un clima
semiseco con invierno y primavera secos, y semicálido, con
invierno benigno. La temperatura media anual es de 19º C, y
tiene una precipitación media anual de 874.7 milímetros con
régimen de lluvia en los meses de junio, julio y agosto. Los
vientos dominantes son de dirección sureste y el promedio de
días con heladas al año es de 9.5.
De acuerdo a la clasificación del INEGI, el clima dentro del área
de estudio se compone de dos tipos, el primero corresponde a
C(w1) (w) templado subhúmedo y el segundo a A(C)w0(w),
Semicálido, subhúmedo.
El primero se caracteriza por tener una humedad media de
verano con una temperatura media anual entre 12 y 18° C y cuyo
régimen de lluvias es de verano, es decir cuando el mes de
máxima precipitación cae dentro del período de mayo a octubre
y este mes recibe por lo menos diez veces mayor cantidad de
precipitación que el mes más seco del año.
El segundo se refiere al clima semicálido, subhúmedo con una
temperatura anual entre los 18 y 22°C; y cuyo régimen de lluvias
es de verano y presenta sequía en invierno.
VI.4.7. PAISAJE NATURAL
La vegetación en cualquier zona del mundo se encuentra
agrupada de acuerdo a la afinidad que presenta con factores
como el clima, sustrato geológico, suelo, humedad, etc. Dichas
agrupaciones se encuentran formadas por los mismos
elementos florísticos y éstos conforman los denominados tipos
de vegetación.
La riqueza natural con que cuenta el municipio está
representada por 4000 hectáreas de bosque donde predominan
especies de roble blanco, pino, encino, mezquite, fresno y palo
dulce principalmente.
Las condiciones como el clima, el sustrato geológico, suelo y
humedad que aquí se presentan son favorables para el
desarrollo pastizales naturales que ocupan junto con otro tipo
de vegetación gran parte del área de aplicación.
El paisaje natural se refiere a los lugares que por su riqueza
vegetal y belleza paisajística vale la pena conservar, a lo largo
del trayecto por el que se colocara la infraestructura se
encuentran pequeños montes de roble blanco que valdría la
pena conservar, principalmente los situados cerca de las
localidades, Los Terreros, Los Cerritos, Mazatitlán y en los
límites con el municipio de Valle de Guadalupe, donde la
vegetación se vuelve más espesa.
Villa de Reyes – Aguascalientes – Guadalajara.
75
Plano 12. Mapa D-2-10 Climatología Elaboración propia
Villa de Reyes – Aguascalientes – Guadalajara.
76
Plano 13. Mapa D-2-11 Paisaje Natural Elaboración propia
Villa de Reyes – Aguascalientes – Guadalajara.
77
VI.4.8. EL ORDENAMIENTO ECOLOGICO TERRITORIAL
El Ordenamiento Ecológico Territorial del Estado de Jalisco
expedido mediante decreto publicado en el Periódico Oficial El
Estado de Jalisco el día 28 de julio de 2006, es el
instrumento de política ambiental cuyo objetivo
es introducir y regular el uso del suelo y las
actividades productivas, a fin de lograr la
protección del medio ambiente y la preservación
y el aprovechamiento sustentable de los
recursos naturales, a partir del análisis de las
tendencias de deterioro y las potencialidades de
aprovechamiento racional de los recursos
naturales, minimizando el deterioro a través de
la selección de sistemas productivos adecuados;
en un marco de equidad y justicia social.
Determinando la zona por la que pasa el ducto
como unidad de Gestión Ambiental (UGA) con la
clave Ff 3 165 P, con una extensión de
411,525.2595 m2 uso predominante Flora y
Fauna y un uso compatible Pecuario, con una
fragilidad ambiental media y una política
territorial de Protección son 612,519.4152 ha.
Comprendidas en el área de intervención que
pertenecen a la Unidad de Gestión Ambiental
(UGA) con la clave P 4 162 R cuyo uso
condicionado es Flora, Fauna, Asentamientos Humanos e
Infraestructura, que cuenta con uso compatible pecuario, y
fragilidad ambiental media con política territorial de
aprovechamiento.
Villa de Reyes – Aguascalientes – Guadalajara.
78
Plano 14. Mapa D-2-12 Ordenamiento ecológico territorial del Estado
Jalisco.
Elaboración propia
Villa de Reyes – Aguascalientes – Guadalajara.
79
VI .4.9. ASPECTOS AMBIENTALES
Asimismo, el Instituto de Información Estadística y Geográfica
pone a consideración el índice de Medio Ambiente, que
contempla aspectos como la generación de residuos sólidos,
deforestación, explotación de acuíferos, cobertura forestal,
áreas naturales protegidas, entre otros.
Tepatitlán se ubica en el lugar 106 a nivel estatal, lo cual indica
un desarrollo Muy Bajo del medio ambiente en comparación al
resto de los municipios de la entidad, y la primera posición en la
región Altos Sur.
En el Índice Municipal de Medio Ambiente, 2015, destaca que
Tepatitlán de Morelos se ubica en un acuífero sobreexplotado,
sobre el cual se registra un total de 36,113 viviendas particulares
habitadas, de las cuales 98.46% tienen disponibilidad de agua
dentro de la casa o el terreno y 98.99% cuentan con drenaje
conectado a la red pública, fosa séptica u otros.
De acuerdo a datos del Observatorio Urbano Local de
Tepatitlán, las áreas verdes para el año 2010 oscilan en 7.14m2
por habitante, 0.7 más que en el año 2000, que era de 6.44;
abarcando una superficie de 972.81 km2. Aclarando que se
incluyen datos sólo de la cabecera municipal.
Existe un déficit de áreas verdes de 773,623 m2 a fin de cumplir
con el mínimo establecido por la Organización Mundial de la
Salud que es de 9m2 por habitantes, existiendo en la actualidad
3.56m2 por habitante.
De acuerdo a un estudio del Centro de Investigación y Asistencia
en Tecnología y Diseño del Estado de Jalisco A.C. (CIATEJ), en el
que estudiaron la caracterización de los residuos sólidos
urbanos para el municipio de Tepatitlán, proyectando los
siguientes datos: el municipio genera en promedio en cada una
de sus viviendas un total de 0.810 kilogramos por habitante por
día, aclarando que esta muestra es sólo de casas habitación.
El Municipio tiene una cobertura de 7.8% de bosques, 14.2% de
selvas y 68.3% destinada a la agricultura. En los últimos 25 años
el municipio ha recuperado 22.73 km2 de superficie con
vegetación natural y presenta 9.17% de la superficie con riesgo
de erosión. En el ordenamiento ecológico territorial, el 10.7% de
su territorio está bajo políticas ambientales de conservación. En
términos de residuos sólidos urbanos, el municipio participa con
el 1.47% del total estatal, equivalente a 110.260 toneladas
generadas por día.
El % de representación de reciclaje por el total de basura
generada es del 2.30% de acuerdo al material de reciclaje
recolectado por el Gobierno municipal en sus diferentes
dependencias.
VI.5. ANÁLISIS DEL MEDIO FÍSICO TRANSFORMADO
De acuerdo al Código Urbano para el Estado de Jalisco en sus
Art. 234 y 252, para el análisis del medio físico transformado del
Plan Parcial de Desarrollo Urbano para Infraestructura
Villa de Reyes – Aguascalientes – Guadalajara.
80
Gasoducto Villa de Reyes-Aguascalientes-Guadalajara, es
fundamental establecer que la infraestructura a desarrollar se
encuentra fuera de los límites del centro de población. Por lo
que no es posible reconocer aspectos de sistemas urbanos
consolidados en el área de estudio del presente plan, ya que
como se expresó se ubica fuera de los límites del centro de
población y en base a esto el contenido del presente apartado
se limita a la descripción de los aspectos de medio físico que han
sido generados a partir de la intervención humana.
VI.5.1. ESTRUCTURA URBANA Y TENENCIA DEL SUELO
ELEMENTOS COMPONENTES DE LA ESTRUCTURA URBANA
Los proyectos de infraestructura de los sectores público y
privado de la industria de hidrocarburos se norman en el
Capítulo V de la Ley de Hidrocarburos, la cual menciona que se
deberán de atender los principios de sostenibilidad y respeto de
los derechos humanos de las comunidades y pueblos de las
regiones en los que se pretendan desarrollar; sin embargo esto
no aplica para este Plan parcial ya que no existen localidades en
el área de estudio y las distancias en ninguno de los casos pone
en riesgo o peligro a los habitantes de dichas localidades.
Sin embargo, se detectaron construcciones dispersas que no
llegan a conformar una localidad y que se encuentran en un
radio de un kilómetro de distancia de la infraestructura que se
realizará para el gasoducto entre las que se encuentran:
El resto del área de estudio está integrada por terrenos que en su mayoría son utilizados para el cultivo, por lo que podemos concluir que el área se encuentra en zonas rústicas de uso agropecuario
NO. DE LOCALIDAD
NOMBRE DE LOCALIDAD
TIPO DE LOCALIDAD
HABITANTES DE LA
LOCALIDAD
433 Los Terreros Rural 211- 119
182 Mazatitlán Rural 210 - 173
371 La Manga Rural 67
382 Los Cerritos Rural 201
175 Ojo de Agua Rural 5
214 Palo Dulce Rural 75
793 El Ombligo Rural 14
187 El Mezquite Rural 10
476 Baluarte Rural 24
406 Lagunilla Rural 17
801 La Piedrera Rural 46
484 Cerrito Alto Rural 5
307 El Saucillo Rural 48
41 Las Barrosas Rural 70
177 Los Magueyes Rural 67
395 Los Cedazos Rural 8
Villa de Reyes – Aguascalientes – Guadalajara.
81
Plano 15. Mapa D3 Estructura urbana y tenencia del suelo Elaboración propia
Villa de Reyes – Aguascalientes – Guadalajara.
82
En lo que respecta a los regímenes de tenencia de la tierra en el
área de aplicación es de pequeña propiedad. La pequeña
propiedad se sustenta en la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos, en su artículo 27, inciso XV en el que
menciona la superficie permitida en las pequeñas propiedades,
definidas estas como la extensión de tierra en manos de un solo
titular a la cual la ley le otorga diferentes beneficios con la
intervención de fomentar el desarrollo social.
De acuerdo al uso de suelo en el área de estudio que es
considerado como agropecuario, la pequeña propiedad agrícola
se considera por la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, como la propiedad que no exceda por individuo de
cien hectáreas de riego o humedad de primera o sus
equivalentes en otras clases de tierra.
Cabe mencionar que a pesar que en la delegación de Mezcala
de los Romero existen 2 ejidos registrados en el Registro Agrario
Nacional RAN, en el área de aplicación no existen ejidos y la
mayor parte de los predios son de propiedad privada y sólo los
casos de cruces con las vialidades se pueden considerar de
propiedad pública.
VI.5.2. USO ACTUAL DEL SUELO
Dentro del área de estudio, se encuentran 3 tipos de vegetación
recurrente
1. Vegetación Secundaria Arbustiva de Bosque de Encino (VSa/BQ) que comprende una superficie de 51,802.53 m3.
2. Agricultura de temporal anual, se encuentra en 795,235.38 m2. 3. Vegetación Secundaria Arbustiva de Selva Baja Caducifolia, que tiene una extensión de 177,001.62 m2. Por lo que podemos afirmar uso de suelo predominante para el área de aplicación es el de tipo agropecuario. Los recursos naturales de la región se aprovechan
principalmente para el cultivo de temporal, la porcicultura y la
avicultura.
ACTIVIDADES AGROPECUARIAS
La mayor parte del área de estudio y aplicación se encuentra en
zonas de actividad agropecuaria con zonas de pastoreo y zonas
agrícolas de temporal principalmente, aunque existen zonas sin
actividad productiva (Suelo ocioso) sobre todo en los límites con
el municipio con Valle de Guadalupe, donde el suelo es
especialmente escarpado, lo que dificulta las actividades
agropecuarias.
Villa de Reyes – Aguascalientes – Guadalajara.
83
Plano 16. Mapa D-4 Uso actual del suelo Elaboración propia
Villa de Reyes – Aguascalientes – Guadalajara.
84
VI .5.3 VIALIDAD Y TRANSPORTE
Dentro del área de aplicación el sistema vial se compone
principalmente de 2 carreteras, las cuales una es de jurisdicción
federal y otra estatal. La primera tiene una longitud de 199.63
con revestimiento tipo pavimento y se encuentra en operación
de dos carriles con derecho libre de transición; la segunda opera
a un carril con una longitud de 198.89, es considerada con
jerarquía vial de carácter regional por el Plan de Desarrollo
Urbano de Centro de Población.
Existen además dos carreteras que se encuentran en
revestimiento tipo terracería, una con una longitud de 198.51 y
otra con 206.92; las cuales se encuentra en operación.
Existen además algunas vialidades locales que brindan acceso a
otras comunidades, que se encuentran fuera del límite del área
de estudio, entre las que se encuentran 26 caminos definidos,
de ellos 15 son tipo vereda con una longitud de 1,160.24 y 11
son brechas las cuales tienen una longitud de 1,327.79m. Estos
caminos se interceptan y comunican con construcciones
dispersas a lo largo del área de estudio y aplicación.
La delimitación del área de estudio, al pretenderse llevar a cabo
una acción urbanística para la construcción de una
infraestructura, comprende la zona geográfica de influencia que
tienen los predios por los que pasara la misma, en función a las
vialidades próximas de mayor jerarquía ,y /o las áreas mínimas
de resguardo o seguridad que de acuerdo a la norma se deban
respetar, incluyendo los predios alojados frente a las mismas,
contando con una superficie de 1,024,039.62 m² formando un
polígono que corresponde también al área de aplicación y se
describe en el siguiente cuadro:
Villa de Reyes – Aguascalientes – Guadalajara.
85
Plano 17. Mapa D-5 Vialidad y transporte Elaboración propia
Villa de Reyes – Aguascalientes – Guadalajara.
86
VI .5.4. INFRAESTRUCTURA
AGUA POTABLE:
En el área de estudio, en materia de infraestructura de agua
potable, se destaca que no existe un sistema de redes de
conducción o de distribución de agua, debido especialmente a
que no existe un proceso de consolidación urbana en la zona.
DRENAJE:
En lo que respecta al drenaje sanitario, el área de estudio no
cuenta con infraestructura que otorgue este servicio, por lo que
se considera que está siendo solventado a través de sistemas
individuales de fosas sépticas y por sistemas de tratamiento de
aguas residuales.
TELÉFONOS Y TELÉGRAFOS
Dentro del área de aplicación cruza una línea de comunicación
telefónica en operación, esta línea tiene una longitud de
23,024.09 metros a través del área que comunica al municipio
de Tepatitlán con la Delegación de Mezcala de los Romero.
INSTALACIONES ESPECIALES Y RIESGOS URBANOS:
Por tratarse de una infraestructura alejada de la mancha
urbana, carece totalmente de instalaciones especiales que
pudieran causar cualquier tipo de riesgo urbano.
ELECTRICIDAD Y ALUMBRADO: Por el área de aplicación
atraviesan 4 líneas de transmisión, en potería sencilla que llevan
electricidad a las localidades que se localizan en las
inmediaciones del área de aplicación
PAVIMENTOS:
Las carreteras que se cruzan el área de aplicación son cuatro, 2
de terracería y dos pavimentadas, cuya longitud dentro del área
de aplicación suma 803.97 ml.
Loa caminos que cruzan por el área de aplicación se dividen en
15 veredas que suman una longitud dentro del área de 1,160.24
ml y 11 brechas con una con una longitud dentro del área de
aplicación de 1,327.80 metros de longitud en total.
ZONAS DE VALOR PATRIMONIAL HISTÓRICO Y FISONOMICO:
Por tratarse de una infraestructura de conducción y al no pasar
por localidades ni urbanas ni rurales, no aplica este rubro no
aplica
ASENTAMIENTOS IRREGULARES Y EN PROCESO DE
REGULARIZACIÓN:
En la zona de estudio y aplicación no se encuentran
asentamientos irregulares o que se encuentre en proceso de
regularización.
Villa de Reyes – Aguascalientes – Guadalajara.
87
Plano 18. Mapa -6 Infraestructura Elaboración propia
Villa de Reyes – Aguascalientes – Guadalajara.
88
VI .6. SINTESIS DEL ESTADO ACTUALL
Una vez analizados los elementos que conforman el medio físico
natural, se presenta un resumen de las condicionantes del
medio físico natural, las cuales concluyen que en general el área
de estudio presenta aptitud para el paso de la infraestructura,
existiendo las siguientes condiciones y restricciones:
El municipio, cuenta con un clima semiseco, con invierno y
primavera secos y semicálido, invierno benigno. La temperatura
media anual es de 19º C, y tiene una precipitación media anual
de 874.7 milímetros con régimen de lluvia en los meses de junio,
julio y agosto. Lo que facilita las obras de infraestructura.
Las características geológicas están determinadas por rocas
ígneas extrusivas de la era cenozoica, periodo, terciario superior
época Plioceno cuaternario (Tpl-Q(B)) que se origina a partir de
material fundido en el interior de la corteza terrestre, la cual
está sometida a temperaturas y presiones muy elevadas,
derramado a la superficie terrestre a través de fisuras o
conductos que se enfría y solidifica
Son 106,259.729 m2 en el área de estudio, los que están
conformados por riolita que roca ígnea extrusiva, volcánica
félsica, de color gris a rojizo con una textura de granos finos o a
veces también vidrio y una composición química muy parecida
a la del granito.
Por el área de aplicación atraviesa una fractura definida de
4,414.48, lo que convierte hay que tener cuidado por la
vulnerabilidad de este espacio de intersección entre la tubería y
la falla.
Los recursos Hídricos para la zona de aplicación se limitan casi
exclusivamente
El área de estudio se inserta en la Región Hidrológica RH12I,
Lerma Santiago, específicamente en la subregión Hidrológica
Altos-Santiago. A su vez participa totalmente de la cuenca
Verde-Santiago, área de presentando una superficie de
1’024,039.56 m2. Dentro del área de estudio se ubican tres
subcuencas, la del Rio Verde Grande (RH12Ic) a la que pertenece
el 7.16% de la superficie, la del Rio Tepatitlán (RH12Id) que
representa el 50.98% de la superficie y la del Rio del Valle
(RH12Ie) con el 41.86% del total del polígono de análisis.
Los 25 escurrimientos que afectan el área de estudio son todos
de carácter intermitente, siendo los más importantes los
arroyos La Mina, Los Cedazos, Mazatitlán, El Guayabo, Ojo de
Agua, Las Barrosas, Los Azules y en total tienen una longitud de
23,024 m.
Hay dos acuíferos 1) Tepatitlán, y acuífero 2) Valle de
Guadalupe, siendo el acuífero Tepatitlán donde se encuentra la
mayor parte del área de aplicación. Sin embargo, estos acuíferos
presentan un déficit de aguas subterráneas por lo que
actualmente no existe volumen disponible para nuevas
concesiones
Villa de Reyes – Aguascalientes – Guadalajara.
89
El Ordenamiento Ecológico del área de aplicación se encuentra
dentro de dos unidades de gestión ambiental, 411,525.2595 m2
son de uso predominante Flora y Fauna y uso compatible
Pecuario, fragilidad ambiental media y una política territorial de
Protección; Y 612,519.4152 m2. pertenecen a la Unidad de
Gestión Ambiental (UGA) cuyo uso condicionado es Flora,
Fauna, Asentamientos Humanos e Infraestructura, que cuenta
con uso compatible pecuario, y fragilidad ambiental media con
política territorial de aprovechamiento.
La geomorfología de la zona muestra unidades muy definidas y
consistentes, con elevaciones que van desde los 1,820 a los
2,135 metros sobre el nivel medio del mar, la mayoría del
terreno cuenta con pendientes moderadas del 0 al 15% que
representan el 82.44% del área de aplicación. Estas
consideraciones permiten concluir que debido a la baja
intensidad de suelo que se persigue, no se prevé la necesidad de
realizar alteraciones significativas en la topografía del sitio ya
que la mayor parte de la superficie no presenta restricción a la
urbanización por efecto de la topografía, lo anterior como
consecuencia de que no se detectan fracciones con alguna
vulnerabilidad por eventos de encharcamientos, suelos
inestables o susceptibles de deslizamientos.
Este estudio nos permite definir que el 63.33% de las pendientes
en el área de aplicación están orientadas de noreste a sur,
mientras que el 23.45% del total de las pendientes se orientan
en dirección suroeste al norte.
Fractura Geológica en sentido noreste-sureste. Una fractura es
una ruptura de la corteza en la que no ha habido
desplazamiento entre los bloques, que en este caso coincide con
la trayectoria del arroyo.
De acuerdo con información del INEGI13 relativa al potencial de
uso de suelo para esta zona, es de uso agrícola y pecuario, con
vegetación representada por roble, blanco, pino, encino,
mezquite, fresno, palo dulce y pastizales. Y sus limitantes más
importantes son el espesor de la capa fértil, la topografía o
relieve, el fenómeno de erosión y el clima, este último
especialmente con referencia a la precipitación pluvial anual.
Villa de Reyes – Aguascalientes – Guadalajara.
90
Plano 19. Mapa D-7 Síntesis del estado actual Elaboración propia
Villa de Reyes – Aguascalientes – Guadalajara.
91
VII. BASES Y CRITERIOS DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL
VII.1. PERSPECTIVAS DE CRECIMIENTO
Al no tratarse de un centro de Desarrollo Urano, es difícil
detectar el grado promedio de crecimiento urbano, pero si el
crecimiento general del municipio se reflejara de la misma
manera en las comunidades rurales y pequeños poblados que
se encuentran a un radio de 1 km. Del trazo del gasoducto
podríamos definir que, aunque el crecimiento de la población es
muy variable, se ha manifestado en los últimos 30 años un
aumento positivo de la población, mostrando un crecimiento
variable.
VII.2. DEMANDA DE SUELO URBANO
La acción urbanística que se promueve mediante la
modificación del uso de suelo en el área de aplicación
corresponde a RI y RG zonas de restricción por infraestructura
especial, por lo que no se tiene previsto algún incremento de
población en el corto, mediano o largo plazo.
La demanda de suelo urbano para el corto, mediano y largo
plazo se define en función de las previsiones de crecimiento
poblacional y la estrategia de densidad e intensidad de usos de
suelo dentro del área de aplicación. Dentro de la estrategia de
ordenamiento del presente Plan Parcial, daño que no se tiene
previsto un aumento de población, entonces la demanda de
suelo urbano se circunscribe específicamente al emplazamiento
del uso que se propone la acción de infraestructura que se
promueve, ello exclusivamente dentro del área de aplicación del
Plan con una superficie de 1,024,039.62 m2.
52.641 56.64263.748
78.36492.395
109.300119.197
126.625136.123141.332
1950 1960 1970 1980 1990 1995 2000 2005 2010 2015
Crecimiento de la Población de Tepatitlán de Morelos
Villa de Reyes – Aguascalientes – Guadalajara.
92
VII.3. REQUERIMIENTOS DE EQUIPAMIENTO E
INFRAESTRUCTURA
En materia de equipamiento urbano, el vocacionamiento del
uso que se promueve no implica un incremento en la demanda
de equipamiento urbano en los rubros de educación, salud,
recreación y deporte. Como se ha mencionado, se debe a que
los usos que se promueven mediante la expedición del presente
Plan Parcial son distintos al habitacional.
VII.4. METAS ESPECÍFICAS DEL PLAN PARCIAL DE DESARROLLO
URBANO PARA INFRAESTRUCTURA
En base al diagnóstico obtenido de la situación actual del área
de estudio y aplicación en su medio físico natural y
transformado, además de los aspectos socio económicos, se
definen las metas específicas para el Plan Parcial.
I. La modificación del uso de suelo dentro del área de aplicación
en el que de ser una zona rústica de uso agropecuario pasa a ser
área de restricción por instalaciones especiales e
infraestructura.
II. Encausar la autorización del proyecto Plan Parcial de
Desarrollo Urbano para Infraestructura GASODUCTO VILLA DE
REYES-AGUASCALIENTES-GUADALAJARA y mediante ello
propiciar en el área de aplicación, las instalaciones de
infraestructura del gasoducto.
III. Desarrollar el proyecto GASODUCTO VILLA DE REYES-
AGUASCALIENTES-GUADALAJARA con la normatividad jurídica y
legal necesarias para que sea una infraestructura segura y
eficiente, la cual cumpla con lo estipulado en los lineamientos
federales de abastecer nuevas centrales eléctricas en el país.
IV. Promover la sustentabilidad de producción de energía en el
país, desarrollando nueva infraestructura, que garantice que el
país cuente con los elementos que permitan un abasto del gas
natural seguro y eficiente de largo plazo.
V. Definir las áreas necesarias para albergar la infraestructura
del gasoducto.
VI. Lograr los permisos necesarios para el uso de restricción por
paso de infraestructura e instalaciones especiales, tanto a nivel
municipal, estatal y federal.
VII. Apoyar en el fortalecimiento del mercado de gas natural
mediante el incremento de la producción y el robustecimiento
en la infraestructura de importación, transporte y distribución,
para asegurar el abastecimiento de energía en óptimas
condiciones.
Villa de Reyes – Aguascalientes – Guadalajara.
93
VIII. ESTRATEGIAS
VIII.1. ESTRATEGIAS DE DESARROLLO URBANO
ESTRATEGIAS PARA UN ORDENAMIENTO TERRITORIAL
SUSTENTABLE
En este apartado se proponen una serie de estrategias
encaminadas a lograr un crecimiento del territorio armónico y
ordenado, basando dichas estrategias en los resultados del
diagnóstico realizado en los apartados anteriores.
ESTRATEGIA 1: CONTINGENCIAS Y PREVENCIÓN DE RIESGOS Y
VULNERABILIDADES
Contar con zonificación básica del suelo en el municipio, que
estructure y oriente la conservación, aprovechamiento y
optimización de los recursos naturales.
ESTRATEGIA 2: ÁREAS GEOGRÁFICAS Y SECTORES PRIORITARIOS
Fomentar institucionalmente los criterios normativos de
sustentabilidad del desarrollo urbano.
ESTRATEGIA 3: EQUILIBRIO MUNICIPAL
Orientar, impulsar y atender los programas y acciones para el
desarrollo rural en coordinación con la Secretaría de Agricultura,
Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (SAGARPA).
Administración urbana eficaz y eficiente, mediante la
capacitación del personal y asesoría permanente con la
PRODEUR.
Control de usos de suelo para mejor desarrollo urbano, bajo la
observancia, seguimiento y control de los instrumentos de
planeación a través de las comisiones municipales.
Ordenamiento de los asentamientos humanos irregulares y
reservas territoriales, implementando acciones encaminadas a
la correcta aplicación del Código Urbano, así como la
constitución de reservas territoriales a mediano y largo plazo.
Incorporación del suelo como soporte del desarrollo urbano
mediante el programa de actualización catastral.
Vincular los programas de suministro de energía eléctrica a las
acciones derivadas de los Programas de Desarrollo Urbano.
VIII.2. DELIMITACIÓN DEL CENTRO DE POBLACIÓN
El área de aplicación donde se realizará la infraestructura está
lejos del centro de población, por lo que no presenta limitantes
para el bienestar de la población.
VIII.3. CLASIFICACIÓN DE ÁREAS
De acuerdo al capítulo III del Reglamento estatal de Zonificación,
las áreas de restricción son clasificadas y establecidas en el
plano E1, el cual establece las restricciones a las que debe
ajustarse el proyecto.
Villa de Reyes – Aguascalientes – Guadalajara.
94
VIII.3.1. ÁREAS DE RESTRICCIÓN A INFRAESTRUCTURA O
INSTALACIONES ESPECIALES
Estás áreas marcadas en el capítulo III inciso V, del Reglamento
de Zonificación para el estado de Jalisco, son las áreas próximas
o dentro del radio de influencia de instalaciones, que por
razones de seguridad están sujetas a restricciones en su
utilización y condicionadas por los aspectos normativos de las
mismas, así como las franjas que resulten afectadas por paso de
infraestructuras y es necesario controlar y conservar por
razones de seguridad y el buen funcionamiento de las mismas.
Se identifican con la clave (RI) y el número que las especifica.
En el área de estudios se establecieron las siguientes áreas de
restricción:
a) AREAS DE RESTRICCIÓN DE INSTALACIONES DE RIESGO (RI-
RG)
Son las referidas a depósitos de combustible, gasoductos y
redes de distribución energéticos, gaseras, gasolineras, centros
de distribución de gas para vehículos automotores, industrias
peligrosas y demás usos de suelo que entrañan riesgos o peligro
para la vida o la salud en sus inmediaciones.
En el área de aplicación, la restricción RG-RI-1 tiene una
superficie de 325,633.41m2.
b) AREAS DE RESTRICCIÓN POR PASO DE REDES E
INSTALACIONES DE ELECTRICIDAD (EL)
Corresponde a las franjas a lo largo de las redes, por lo general
sobre vías públicas y alrededor de las instalaciones de
electricidad, que se deben de dejar libres de edificación para
permitir el tendido, registro, reparación y ampliación de las
mismas, o como separador por el peligro que representan, cuyo
ancho señalará la autoridad municipal y la CFE con relación al
tipo de instalación.
La única área de restricción por el paso de redes e instalaciones
de electricidad ocupa una superficie total de 325,633.41m2.
c) ÁREAS DE RESTRICCIÓN POR PASO DE INSTALACIONES DE TELECOMUNICACIÓN, CLAVE RI–TL
Corresponden a las franjas a lo largo de las redes, por lo general sobre las vías públicas y alrededor de las instalaciones de telefonía y telecomunicación, que se deben dejar libres de edificación para permitir el tendido, registro, reparación y ampliación de las mismas, cuyo ancho señalarán las autoridades municipales basándose en los criterios que precise el organismo operador, con relación al tipo de instalación. Se identifican con la clave de las áreas de restricción por paso de infraestructuras más la sub-clave (TL)
d) AREAS DE RESTRICCIÓN PARA VIALIDAD (RI-VL)
Son las superficies que deberán de quedar libre de construcción
para la ejecución del sistema de vialidades establecidas para el
ordenamiento territorial y urbano conforme a los derechos de
Villa de Reyes – Aguascalientes – Guadalajara.
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vía, que establezcan las autoridades federales, estatales y
municipales competentes en la materia.
En el área de aplicación se encuentran dos restricciones para
vialidad; la primera con una superficie de 342,210.08 m2, la
segunda con un área de 7,950.71 m2.
VIII.3.2. AREAS DE CONSERVACIÓN ECOLÓGICA (AC)
las tierras, aguas y bosques que por sus características de valor
científico, ambiental o paisajístico deben ser conservadas. Su
origen o estado natural y su grado de transformación, motivarán
su preservación o nivel de conservación, de conformidad con la
legislación en esta materia. En estas áreas deberá respetarse lo
establecido en las Leyes Federal y Estatal del Equilibrio Ecológico
y Protección al Ambiente, estando bajo el control de las
autoridades competentes, así mismo, estas áreas y sus zonas de
amortiguamiento podrán estar sujetas a un Plan de
Ordenamiento Ecológico Territorial, según lo dispuesto en las
mencionadas leyes.
Igualmente, se consideran áreas de conservación ecológica, las
áreas de preservación agrícola primaria, que son los terrenos
que, por la calidad de sus suelos, clasificados como de primera
clase en términos edafológicos, son de alto potencial de
productividad agrícola, debiendo preservarse para estos fines y
evitar su transformación en suelo urbano.
a) ÁREA DE PROTECCIÓN A CAUSES Y CUERPOS DE AGUA (CA)
Las requeridas para la regularización y control de los cauces en
los escurrimientos y vasos hidráulicos tanto para su operación
natural, como para los fines de explotación agropecuaria, como
suministro a los asentamientos humanos.
En el área de aplicación existen 28 áreas de protección a cauces,
la suma total de la restricción de estos cauces es de 26,428.45
m2.
CLAVE ÁREA
CA-1 834.4352
CA-2 848.9692
CA-3 916.2858
CA-4 228.0878
CA-5 818.8578
CA-6 868.9394
CA-7 874.7326
CA-8 843.5524
CA-9 1250.1398
CA-10 897.026
CA-11 825.8904
CA-12 1376.1291
CA-13 823.1365
CA-14 942.7081
CA-15 1078.4715
CA-16 821.4749
CA-17 883.4477
Villa de Reyes – Aguascalientes – Guadalajara.
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CA-18 811.1254
CA-19 1069.747
CA-20 831.1909
CA-21 961.7788
CA-22 812.8443
CA-23 950.7461
CA-24 1267.2697
CA-25 647.6343
CA-26 1116.5544
CA-27 946.6457
CA-28 1880.6324
Villa de Reyes – Aguascalientes – Guadalajara.
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Plano 20. Mapa E-1 Clasificación de áreas Elaboración propia
Villa de Reyes – Aguascalientes – Guadalajara.
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VIII.4. ACCIONES DE CONSERVACIÓN, MEJORAMIENTO Y
CRECIMIENTO.
Como parte de los trabajos a realizar vinculados al Plan Parcial de desarrollo es necesario realizar las siguientes acciones bajo la supervisión del gobierno municipal a través de la(s) dependencia(s) que para tales fines designe, así como también de las dependencias encargadas en materia riesgos y temas ambientales.
VIII.4.1. ACCIONES DE CONSERVACIÓN
CA 01. Áreas de Protección a Cauces y Cuerpos de Agua. Adecuar el proyecto ejecutivo respetando la demarcación de zona federal en torno a los escurrimientos naturales identificados
Con base en los estudios en materia de impacto ambiental, determinar las acciones específicas de conservación necesarias, para acreditar la viabilidad ambiental. VIII.4.2. ACCIONES DE MEJORAMIENTO
Acciones relativas al mejoramiento de los caminos que cruzan o dan acceso al proyecto de infraestructura al que nos referimos.
Presentar el estudio en materia de Impacto en el Tránsito, avalado por las áreas encargadas de la vialidad del municipio o
la dependencia encargada de los caminos rurales, según corresponda.
Integrar en el proyecto ejecutivo las acciones y el diseño de integración vial que determine la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y/o la Secretaría de Movilidad del Gobierno de Jalisco.
Integrar en el proyecto ejecutivo las acciones de mejoramiento a las vialidades rurales, que determine el proyecto autorizado por la dependencia técnica, relativas a señalización, alumbrado, dispositivos de seguridad vial, entre otros.
Ejecutar las acciones de mejoramiento, conforme a los lineamientos y proyectos específicos autorizados a través de la licencia de urbanización respectiva.
VIII.4.3. ACCIONES DE CRECIMIENTO
Tramitar ante la dependencia técnica el Dictamen de Trazo, Usos y Destinos Específicos, el cual deberá ser expedido con base en las determinaciones de usos y destinos, autorizadas mediante el presente Plan Parcial. Formular el Proyecto Ejecutivo tomando como base lo prescrito por el artículo 277 del Código Urbano para el Estado de Jalisco, así como las disposiciones del título segundo y título tercero del Reglamento Estatal de Zonificación. El Proyecto Ejecutivo, deberá ser acompañado por los estudios técnicos, avalados por las dependencias competentes:
Villa de Reyes – Aguascalientes – Guadalajara.
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o Estudio en materia de impacto ambiental, conforme a lo que dictan: la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente, la Ley Estatal del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente y sus respectivos reglamentos.
Estudio en materia de Impacto en el Tránsito, avalado por la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, y/o por la Secretaría de Movilidad del Gobierno de Jalisco, según corresponda. o Proyectos y memorias técnicas de infraestructura e instalaciones, sancionados por los organismos y dependencias competentes; en materia de agua potable, drenaje sanitario, drenaje pluvial, electricidad y alumbrado. Ejecutar las obras, conforme a los lineamientos y proyectos específicos autorizados a través de las licencias de construcción respectiva. Gestionar ante la dependencia técnica el procedimiento para obtener el dictamen favorable de habitabilidad de la obra, una vez que se acredite el cumplimiento de todos los requisitos legales y técnicos.
VIII.5. UTILIZACIÓN PARTICULAR DEL SUELO
VIII.5.1. ÁREAS DE RESTRICCIÓN A INFRAESTRUCTURA O
INSTALACIONES ESPECIALES RI
Zonas de Instalaciones Especiales e Infraestructura
Conforme se establece en el Capítulo XVI artículo 123 y 124 del Reglamento, comprende los usos que por su naturaleza son susceptibles de producir siniestros o riesgos urbanos, sin ser de tipo industrial, que se demandan dentro y fuera de las áreas urbanas, así mismo comprende instalaciones que por la infraestructura especial y la superficie extensiva necesaria, requieren áreas restrictivas a su alrededor además de las instalaciones requeridas para los centros generadores o controladores de infraestructura urbana. Siendo las siguientes
a) ÁREAS DE RESTRICCIÓN DE INSTALACIONES DE RIESGO, CLAVE RI-RG
Las referidas a depósitos de combustible, gasoductos y redes de distribución de energéticos, gasolineras, gaseras, centros de distribución de gas para vehículos automotores, cementerios, industrias peligrosas y demás usos del suelo que entrañen riesgo o peligro para la vida o la salud en sus inmediaciones, cuyas instalaciones y las áreas colindantes deberán respetar las normas, limitaciones y restricciones a la utilización del suelo que señale al respecto:
1. En los casos de alto riesgo, por ser materia federal, la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT), en base a la Ley General de la Salud, Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y demás leyes y reglamentos federales en la materia; y
Villa de Reyes – Aguascalientes – Guadalajara.
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2. En los casos de mediano y bajo riesgo, por ser materia local, la Secretaría de Medio Ambiente para el Desarrollo Sustentable (SEMADES), basándose en la Ley General de la Salud, Ley Estatal del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y demás leyes y reglamentos estatales y municipales en la materia.
b) ÁREAS DE RESTRICCIÓN POR PASO DE INSTALACIONES DE ELECTRICIDAD, CLAVE RI-EL
Corresponden a las franjas a lo largo de las redes, por lo general sobre las vías públicas, y alrededor de las instalaciones de electricidad, que se deben dejar libres de edificación para permitir el tendido, registro, reparación y ampliación de las mismas, o como separador por el peligro que representen, cuyo ancho señalará la autoridad municipal y la Comisión Federal de Electricidad, con relación al tipo de instalación. Se identifican con la clave de las áreas de restricción por paso de infraestructuras más la sub-clave (EL)
c) ÁREAS DE RESTRICCIÓN POR PASO DE INSTALACIONES DE TELECOMUNICACIÓN, CLAVE RI–TL
Corresponden a las franjas a lo largo de las redes, por lo general sobre las vías públicas y alrededor de las instalaciones de telefonía y telecomunicación, que se deben dejar libres de edificación para permitir el tendido, registro, reparación y ampliación de las mismas, cuyo ancho señalarán las autoridades municipales basándose en los criterios que precise el organismo operador, con relación al tipo de instalación. Se identifican con
la clave de las áreas de restricción por paso de infraestructuras más la sub-clave (TL)
d) ÁREAS DE RESTRICCIÓN POR PASO DE VIALIDADES, CLAVE RI-VL
Son las superficies que deberán de quedar libre de construcción para la ejecución del sistema de vialidades establecidas para el ordenamiento territorial y urbano conforme a los derechos de vía que establezcan las autoridades federales, estatales y municipales competentes en la materia. Se identifican con la clave de las áreas de restricción por paso de infraestructuras más la sub-clave (VL)
VIII.5.2. ÁREAS DE CONSERVACIÓN ECOLÓGICA
Las tierras, aguas y bosques que por sus características de valor científico, ambiental o paisajístico deben ser conservadas. Su origen o estado natural y su grado de transformación, motivarán su preservación o nivel de conservación, de conformidad con la legislación en esta materia. En éstas áreas deberá respetarse lo establecido en las Leyes Federal y Estatal del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente, estando bajo el control de las autoridades competentes, así mismo, estas áreas y sus zonas de amortiguamiento podrán estar sujetas a un Plan de Ordenamiento Ecológico Territorial, según lo dispuesto en las mencionadas leyes.
Igualmente, se consideran áreas de conservación ecológica, las áreas de preservación agrícola primaria, que son los terrenos
Villa de Reyes – Aguascalientes – Guadalajara.
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que por la calidad de sus suelos, clasificados como de primera clase en términos edafológicos, son de alto potencial de productividad agrícola, debiendo preservarse para estos fines y evitar su transformación en suelo urbano.
Estas áreas se señalarán en los planos delimitándose su perímetro con una línea gruesa a base de punto y raya, siendo identificadas con la clave (AC), y el número que las especifica.
Las áreas de conservación ecológica pueden ser generadoras de transferencia de derechos de desarrollo, siendo identificadas con la clave de las áreas de conservación ecológica, a la que se añade la sub-clave (GTD)
a) ÁREAS DE PROTECCIÓN A CAUCES Y CUERPOS DE AGUA, CLAVE CA
Las requeridas para la regulación y el control de los cauces en los escurrimientos y vasos hidráulicos tanto para su operación natural, como para los fines de explotación agropecuaria como de suministro a los asentamientos humanos. Estas áreas se señalarán en los planos delimitándose su perímetro con una línea punteada, siendo identificadas con la clave (CA) Estas áreas se subdividen en:
a) Áreas de protección a cuerpos de agua: las relacionadas con las aguas nacionales, en los términos de la Ley de Aguas Nacionales;
b) Áreas de protección a cauces: las relacionadas con el cauce de una corriente, de manera continua, en los términos de la Ley de Aguas Nacionales; y
c) Áreas de protección a escurrimientos: las relacionadas con el cauce de una corriente, de manera intermitente, en los términos de la Ley de Aguas Nacionales.
Para establecer dichas áreas de protección en los cuerpos de agua, cauces y escurrimientos se estará a lo establecido en la Ley de Aguas Nacionales, para lo cual la autoridad municipal solicitará a la Comisión Nacional del Agua el dictamen respectivo.
Estas áreas son del dominio de la nación y de utilidad pública, estando bajo jurisdicción federal según lo estipulado por la Ley Federal de Aguas y la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente. Así mismo, estas áreas y sus zonas de amortiguamiento podrán estar sujetas a un Plan de Ordenamiento Ecológico Territorial, según lo dispuesto en las leyes de la materia.
VIII.6. ESTRUCTURA URBANA
VIII.6.1. ESTRUCTURA TERRITORIAL Y NÚCLEOS DE
EQUIPAMIENTO
VIII.6.1. ESTRUCTURA VIAL
Villa de Reyes – Aguascalientes – Guadalajara.
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Plano 21. Mapa E-3 Estructura urbana Elaboración propia
Villa de Reyes – Aguascalientes – Guadalajara.
103
IX. PROPUESTAS DE ACCION URBANA
Para la acción urbanística para infraestructura a la que hemos hecho mención identificamos las siguientes como acciones urbanas
necesarias que se derivan del plan parcial para infraestructura en el municipio de Jalostotitlán, Jalisco, las cuales se describen a
continuación de forma detallada, mencionando quien es el responsable de ejecutar la acción, la etapa a la que corresponde los plazos y
las acciones específicas a desarrollar.
IX.1. Planeación del Desarrollo Urbano
1. PLANEACIÓN DEL DESARROLLO URBANO PLAZOS
ACCIONES RESPONSABLES C.P. M.P. L.P.
1.1.- Aprobar el Plan Parcial de Desarrollo Urbano para infraestructura, del municipio de
Tepatitlán de Morelos, Jal.
Ayuntamiento X
1.2.- Aplicar el Plan Parcial de Desarrollo Urbano para Infraestructura, del municipio de
Tepatitlán de Morelos, así como las políticas de control que se determine en el mismo
Ayuntamiento X
Cuadro 16. Acciones de planeación del desarrollo urbano.
IX.2. Suelo Urbano y Reservas Territoriales
2. SUELO URBANO Y RESERVAS TERRITORIALES PLAZOS
ACCIONES RESPONSABLES C.P. M.P. L.P.
2.1.- Creación y consolidación de reservas urbanas para el ordenamiento y construcción de
infraestructura primaria que estimule la generación de energía eléctrica mas sustentable con
sistemas de combustible más innovadores y menos contaminantes.
Ayuntamiento X X X
Cuadro 17. Acciones de suelo urbano y reservas territoriales.
Villa de Reyes – Aguascalientes – Guadalajara.
104
IX.3. Infraestructura
3. INFRAESTRUCTURA PLAZOS
ACCIONES RESPONSABLES C.P. M.P. L.P.
3.1.- Promover la creación de infraestructura primaria en las zonas de reserva donde
se promueva su emplazamiento.
Ayuntamiento X
3.2. Sancionar y autorizar el proyecto ejecutivo de infraestructura de gasoducto que
forme parte del proyecto “
Ayuntamiento X
3.3. Vigilar que la ejecución de obras de infraestructura de la acción urbanística del
proyecto “
Ayuntamiento y
Promotor del Gasoducto
X
Cuadro 18. Acciones de infraestructura urbana.
IX.4. Movilidad Urbana Sustentable
4. MOVILIDAD URBANA SUSTENTABLE PLAZOS
ACCIONES RESPONSABLES C.P. M.P. L.P.
4.1. Sancionar y autorizar el proyecto de integración vial que forme parte del proyecto “ Ayuntamiento
Promotor del Gasoducto
X X X
4.2. Vigilar que la ejecución de obras de integración vial del proyecto “ Ayuntamiento Promotor del
Gasoducto
X
Villa de Reyes – Aguascalientes – Guadalajara.
105
4.3. Impulsar acciones de movilidad sustentable para el personal que labore en el
proyecto “
Entre ellas son factibles, la implementación de una ruta de transporte colectivo privado
para personal, la creación de incentivos para el uso compartido del automóvil, el uso de
medios alternativos como la bicicleta o incluso de vehículos de bajo cilindraje como las
motocicletas.
Promotor del Gasoducto X
Cuadro 19. Acciones de movilidad urbana sustentable.
IX.5. Equipamiento y Espacios Verdes
5. EQUIPAMIENTO Y ESPACIOS VERDES PLAZOS
ACCIONES RESPONSABLES C.P. M.P. L.P.
5.1.- Diseñar, equipar y hacer entrega de acciones de reforestación de las áreas donde
sea viable, conforme al proyecto ejecutivo autorizado por la dependencia técnica.
Promotor del Gasoducto X
Cuadro 20. Acciones para equipamiento y espacios verdes.
IX.6. Impacto y Riesgo Ambiental
6. IMPACTO Y RIESGO AMBIENTAL PLAZOS
ACCIONES RESPONSABLES C.P. M.P. L.P.
6.1. Realizar los estudios en materia de impacto ambiental en que se establezca la evaluación de
los activos ambientales del área de aplicación, las actividades en las etapas de preparación del sitio,
construcción y operación, así como su debido manejo, además de las medidas de mitigación,
compensación y de resiliencia adecuadas para garantizar la mejor integración del proyecto “
Promotor del
Gasoducto
X
Villa de Reyes – Aguascalientes – Guadalajara.
106
6.2. Sancionar, dictaminar y dar seguimiento a las acciones de mitigación, compensación
y de resiliencia en las etapas de preparación del sitio, construcción y operación del
proyecto “
Ayuntamiento X X X
6.3. Sancionar, dictaminar y dar seguimiento al programa de manejo de sustancias CRETIB,
residuos de manejo especial y residuos sólidos urbanos, que en su caso se manejen
durante las etapas de preparación del sitio, construcción y operación del proyecto, así
como su correcta disposición final.
Ayuntamiento X X X
6.4. Sancionar, dictaminar y dar seguimiento al programa de manejo (tratamiento,
reutilización, infiltración y disposición final) de aguas residuales de origen doméstico e
industrial durante las etapas de preparación del sitio, construcción y operación del
proyecto.
Ayuntamiento X X X
6.5. Sancionar, dictaminar y dar seguimiento al programa de control de emisiones de
partículas suspendidas durante las etapas de preparación del sitio, construcción y
operación del proyecto.
Ayuntamiento X X X
Cuadro 21. Acciones en materia de impacto y riesgo ambiental.
IX.7. Los riesgos para la zona de aplicación que establezca el Atlas de Riesgos
7. LOS RIESGOS PARA LA ZONA DE APLICACIÓN QUE ESTABLEZCA EL ATLAS DE RIESGOS PLAZOS
ACCIONES RESPONSABLES C.P. M.P. L.P.
Villa de Reyes – Aguascalientes – Guadalajara.
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7.1.- Realizar los estudios en la materia en los que se establezca la evaluación
de los riesgos del área de aplicación, las actividades en las etapas de
preparación del sitio, construcción y operación, así como su debido manejo,
además de las medidas de mitigación, compensación y de resiliencia
adecuadas para garantizar la mejor integración del proyecto “
Ayuntamiento X
7.2. Sancionar, dictaminar y dar seguimiento a las acciones de mitigación de
riesgos, compensación y de resiliencia en las etapas de preparación del sitio,
construcción y operación del proyecto “
Ayuntamiento X X X
Cuadro 22. Acciones en materia de riesgos.
Villa de Reyes – Aguascalientes – Guadalajara.
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X. CONTROL DE USOS Y DESTINOS DEL SUELO
La utilización de las áreas y predios comprendidos dentro de los
límites del área de aplicación del Plan Parcial de Desarrollo
Urbano sea cual fuere su régimen de tenencia de la tierra,
quedara sometidas a las disposiciones del presente Plan,
respetando las jurisdicciones establecidas en la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos.
En toda obra de urbanización y edificación que emprendan las
dependencias y organismos federales, estatales y municipales,
así como los particulares, se deberán respetar y aplicar las
normas y disposiciones del presente Plan Parcial de Desarrollo
Urbano, conforme lo señalan los artículos 136, 191, 192, 228,
229 y 334, del Código como condición necesaria para aprobar
sus proyectos definitivos y expedir las licencias de urbanización
y edificación.
La Dependencia Municipal es la autoridad competente para
dictaminar respecto a la aplicación del Plan Parcial de Desarrollo
Urbano, interpretando sus normas con apoyo en los criterios
técnicos y administrativos aplicables, de conformidad con las
disposiciones de la legislación urbanística estatal y federal,
respetando la competencia que corresponde a la Secretaría de
Medio Ambiente y Desarrollo Territorial y a la Procuraduría de
Desarrollo Urbano del Estado de Jalisco.
Para mejor proveer al cumplimiento de las disposiciones del
presente Plan Parcial de Desarrollo Urbano, conforme a la
demarcación, los señalamientos y modalidades contenidas en
este ordenamiento y en los artículos 124 y 126 del Código, a
través de la Dependencia Municipal, se procederá a notificar a
los propietarios o poseedores de los predios incluidos en la
zonificación que se aprueba, en los casos que sea necesario para
producir plenos efectos legales respecto de sus titulares y de
terceros, en relación con:
a) Delimitación de destinos para elementos de la
infraestructura, la vialidad y obras específicas de equipamiento
urbano.
XI. DERECHOS Y OBLIGACIONES DERIVADOS DEL PLAN
De conformidad con el Artículo 127. del Código, los programas
y planes que sean aprobados y publicados, serán obligatorios
para las autoridades, los organismos descentralizados o
paraestatales, los organismos de participación social y consulta,
los núcleos de población y en general, para toda aquella persona
física o jurídica que utilice o aproveche predios y fincas.
Su inobservancia implicará las sanciones administrativas y
penales que correspondan.
En la zona de aplicación del Plan Parcial de Desarrollo Urbano,
sólo deberán realizarse las obras de urbanización y edificación
Villa de Reyes – Aguascalientes – Guadalajara.
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que sean autorizadas por el ayuntamiento respectivo, conforme
a los lineamientos autorizados en el mismo.
En caso de contravenir lo estipulado en el párrafo anterior se
procederá a aplicar las medidas de seguridad y sanciones
mencionadas en el Título Décimo Segundo del Código.
Los propietarios o poseedores a título de dueño de los predios
incluidos en el Plan Parcial de Desarrollo Urbano deberán
cumplir con las obligaciones derivadas del mismo; para este
efecto, podrán celebrar convenios entre sí, con terceros, con el
Gobierno Municipal o con el Gobierno del Estado.
TRANSITORIOS
Primero. Las disposiciones del presente Plan Parcial de Desarrollo Urbano, entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Municipal.
Segundo. Una vez publicado el Plan Parcial de Desarrollo Urbano, deberá ser inscrito en las oficinas del Registro Público de la Propiedad.
Tercero. El presente Plan Parcial de Desarrollo Urbano, así como los dictámenes o certificaciones que se expidan con fundamento en las disposiciones del mismo, tendrán vigencia indefinida, y se modificarán, substituirán o cancelarán, conforme a las disposiciones del Código Urbano para el Estado de Jalisco.
Salón de Sesiones del H. Ayuntamiento.
Tepatitlán de Morelos, Jalisco, a ____de __________ del 2018.
Villa de Reyes – Aguascalientes – Guadalajara.
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Anexos