SURGIMIENTO DE LOS BANCOS
Muchas de la funciones de los bancos, como la de guardar fondos,
prestar dinero y garantizar préstamos, así como el cambio de monedas,
pueden rastrearse hasta la antigüedad. Durante la edad media, los
caballeros templarios, miembros de una orden militar y religiosa, no
sólo almacenaban bienes de gran valor sino que también se
encargaban de transportar dinero de un país a otro.
Esta competencia es decantada y son el oro y la plata quienes salen favorecidos y
se elaboran monedas, a estas monedas se les coloca en el canto una
inscripción para garantizar la calidad y el peso. Es aquí donde cada
Estado elabora su propia moneda, cada feudo igualmente elabora una
moneda y aparecen unos señores llamados campsores que tenían
como finalidad cambiar monedas y por cada cambio se les pagaba
una comisión. El campsor en principio fue una
persona natural, luego fue una familia y se les llamó banqueros, luego
constituyeron una sociedad y se les llamó bancos.
El proceso evolutivo de las casas de cambio desembocó en la
formación de los bancos, como entidades con la función básica de
prestar los recursos que reciben
en custodia, manejando en estas operaciones dinero oficial en lugar de oro. Así,
de depósitos en metales se pasó a depósitos en dinero oficial, el cual hoy en día
en transferible por medio de cheques. Recordemos que el cheque es una
orden de pago, representativa de una deuda que tiene el banco con el
dueño del depósito.
Los propietarios de las monedas se dieron cuenta que no las tenían
seguras en su poder y decidieron trasladarlas a los banqueros
quienes las recibían y a cambio expedían un recibo, estos se dieron
cuenta que los depositantes no las retiraban
en su totalidad entonces la prestaban ganando algún interés, luego
los bancos recogieron la moneda a cambio de un interés para
prestarla a otro interés más alto.
Los príncipes decidieron pedir prestadas a los banqueros determinadas cantidades
de monedas para agenciar las guerras a cambio de cederles el derecho de recoger
los impuestos, y es aquí donde los banqueros deciden convertirse en
sociedades anónimas y nace la institución Banco.
Como el interés era proscrito por la iglesia los campsores deciden
disfrazar su negocio y les colocan diferentes nombres como montes de
piedad o el nombre de algún santo: San Jorge en Génova, San
Ambrosio en Milán y el Espíritu Santo en
el Vaticano.
Las grandes familias de banqueros del renacimiento, como los Medici de
Florencia prestaban dinero y financiaban parte del comercio
internacional. Los primeros
bancos modernos aparecieron durante el siglo XVII: el Riksbank en Suecia, 1656,
y el Banco de Inglaterra, 1694.
En 1650 aparecen los primeros bancos en Alemania, España e
Inglaterra. Hasta mediados del siglo XIX cuando aparecen los
primeros bancos con capacidad de emitir dinero en forma de
billetes en proporción limitada autorizada por el Gobierno de
acuerdo a la cantidad de dinero en metálico que tuvieran en caja,
puede decirse que el patrón monetario es el base metálica
principalmente en oro y plata.
El billete de banco aparece por conducto de uno de los precursores de la
economía política y fundador de una de las teorías subjetivas sobre el
valor del dinero John Law, quien sugirió la emisión de
papel moneda como vía distinta a la práctica mercantilista de
entonces, consistente en la obtención de cantidades de dinero a partir
del excedente de las exportaciones. El sistema Law puesto en
práctica en
1715 sólo produjo resultados desastrosos: La no aceptación de
los billetes inconvertibles, el pánico y la catástrofe
acompañaron el primer descalabro financiero.
Los orfebres ingleses del siglo XVII constituyeron el modelo de partida
de la banca contemporánea. Guardaban oro para otras personas, a
quienes tenían que devolvérselo si así les era requerido. Pronto
descubrieron que la parte de oro que
los depositantes querían recuperar era sólo una pequeña parte
del total depositado. Así, podían prestar parte de este oro a otras
personas, a cambio de
un instrumento negociable o pagaré y de la devolución del
principal y de un interés. Con el tiempo, estos instrumentos
financieros que podían intercambiarse por oro pasaron a reemplazar al
mismo oro. Resulta evidente que el valor total de estos instrumentos
financieros excedía el valor de oro que los respaldaba.
En la actualidad, el sistema bancario conserva dos características del
sistema utilizado por los orfebres, veamos por qué:
En primer lugar, los pasivos monetarios del sistema bancario exceden
las reservas; esta característica permitió, en parte, el proceso de
industrialización occidental y sigue siendo un aspecto muy
importante del actual crecimiento económico.
Sin embargo, la excesiva creación de dinero puede acarrear un
crecimiento de la inflación.
En segundo lugar, los pasivos de los bancos,
depósitos y dinero prestado,
son más líquidos, es decir, se pueden convertir con mayor facilidad
que el oro en dinero en efectivo, que los activos,
préstamos a terceros e inversiones,
que aparecen en su balance.
Esta característica permite que los consumidores, los
empresarios y los gobiernos financien actividades que, de lo
contrario, serían canceladas o diferidas; sin embargo, ello suele
provocar crisis de liquidez
recurrentes.
Cuando los depositantes exigen en masa la devolución
de sus depósitos,
como ocurrió en España tras la intervención por parte del
Banco de España del Banco Español de Crédito “Banesto” el 28 de
diciembre de 1993, el
sistema bancario puede ser incapaz de responder a esta petición,
por lo que se deberá declarar la suspensión de pagos o la quiebra.
Uno de los principales cometidos de los bancos centrales es regular el
sector de la banca comercial para minimizar la posibilidad de que
un banco entre en esta situación y pueda arrastrar tras él a todo el
resto del sistema bancario. El banco central tiene que estar
preparado para actuar como prestamista del sistema bancario,
proporcionando la liquidez necesaria si se generaliza la retirada de
depósitos. Esto no implica la obligatoriedad de salvar a cualquier
banco de la quiebra, como se demostró en 1995 cuando el Banco
de Inglaterra se negó a ayudar al quebrado Banco de inversiones
Barings.
2.1. LA BANCA EN GRAN BRETAÑA
Desde el siglo XVII Gran Bretaña es conocida por la importancia
de su sistema bancario. Londres continúa siendo uno de los
mayores centros financieros mundiales y casi todos los principales
bancos comerciales del mundo tienen abierta
en la city, como se conoce de modo familiar a la ciudad de Londres
dentro del mundo financiero, al menos una sucursal.
Aparte del Banco de Inglaterra, los primeros bancos ingleses eran
sobre todo bancos privados familiares y no bancos propiedad de
accionistas independientes.
En un principio, la quiebra de estos bancos era un fenómeno frecuente, por lo que
a principios del siglo XIX se empezó a fomentar la constitución de
bancos de accionistas, con mayor capital, para ayudar a la estabilización
del sector. En 1833
se permitió que estos bancos aceptaran y transfirieran depósitos a
Londres, aunque no podían emitir papel moneda, o billetes de banco,
siendo esta actividad monopolio exclusivo del Banco de Inglaterra.
Las corporaciones de bancos se prodigaron tras la
legislación de 1858, que limitaba los pasivos de las sociedades
anónimas. Sin embargo, el sistema bancario no logró mantener un
elevado número de bancos; al finalizar el siglo, una ola de fusiones
redujo el número de bancos tanto familiares como de accionistas.
La estructura actual de la banca comercial inglesa es en la práctica la misma que la
de la década de 1930, situándose en la cúspide el Banco de
Inglaterra, que en aquel entonces era privado, y tras él once
grandes bancos de Londres. Desde entonces han acontecido dos
cambios importantes: el Banco de Inglaterra fue nacionalizado en
1946 por el gobierno laborista; en 1968 una fusión entre los
primeros cinco bancos dejó al sector en manos de cuatro grandes
bancos Barclays, Lloyds, Midland y el National Westminster. La
liberalización financiera durante la década de 1980 ha
fomentado el crecimiento de las grandes
sociedades
inmobiliarias que desarrollan muchas de las funciones que de modo
tradicional desempeñaban los bancos comerciales.
Londres se ha convertido en el centro del euromercado o mercado de
eurobonos y eurodólares; entre los agentes de este mercado se
encuentran todo tipo de instituciones financieras de todo el mundo.
Este mercado, que surgió a finales de
la década de 1950 y que ha tenido desde entonces un crecimiento
espectacular, vende y compra dólares y otras divisas fuera del
mercado de divisas del país emisor, por ejemplo, se opera con
cuentas en francos franceses situadas en cualquier país que no sea
Francia.
Poco después de que el Reino Unido entrara en la II Guerra
Mundial, John Maynard Keynes publicó Cómo pagar la guerra, 1940,
en el que proponía que una parte de todos los salarios fuera
invertida en bonos del gobierno. En 1942 recibió el título de barón
Keynes de Tilton y, dos años más tarde, dirigió la delegación
británica que asistió a la Conferencia Monetaria y Financiera de las
Naciones Unidas, más conocida por el nombre de Conferencia de
Bretton Woods. Presentó en este foro el que fue denominado
Plan Keynes, que promovía la institución de un organismo
financiero internacional al que debían estar sujetos los distintos
bancos centrales nacionales y que podría conceder créditos
internacionales. Estas propuestas tuvieron una inmediata repercusión
y, aunque no se materializaron exactamente según el modelo de
Keynes, se
tradujeron en la fundación del Banco Internacional para la Reconstrucción y el
Desarrollo, BIRD y el Fondo Monetario Internacional, FMI.
2.2. LA BANCA EN EUROPA OCCIDENTAL
Los principales bancos centrales de la Unión Europea son el Banco de
Francia, el Bundesbank de Alemania y el Banco de Italia. Entre
los principales bancos comerciales se destacan los alemanes Deutsche
Bank A.G., Dresdner Bank A.G. y
el Commerzbank A.G., y en Francia el nacionalizado Banque
Nationale de París, Crédit Lyonnais y la Société Générale.Hay
diferencias estructurales importantes que distinguen al
sistema bancario europeo del de los demás
países industrializados. Las principales se deben al tipo de
propiedad, a la profundidad
del sistema financiero y a la concentración del sector.
Una de las características diferenciales del sistema bancario europeo, sobre todo
en los países latinos, se debe al papel ejercido por el Estado.
Todas las instituciones bancarias de Estados Unidos,
Canadá e Inglaterra están en manos privadas. Sin embargo,
en Francia e Italia el gobierno posee los principales bancos, o la
mayor parte de sus acciones. El papel de los gobiernos en el sistema
bancario es pues muy importante y, a menudo, controvertido.El banco
francés Crédit Lyonnais sufrió numerosas críticas a principios de la
década de 1990 porque
el gobierno cubrió sus enormes pérdidas. Los bancos europeos pueden llevar a
cabo actividades prohibidas en otros lugares, como es el poseer
acciones de otras empresas. Los bancos comerciales de Europa
tienden a orientar sus actividades, sobre todo hacia los negocios y
suelen limitar sus préstamos a largo plazo, otorgando por lo
general préstamos a corto plazo. Los créditos a largo plazo
suelen concederlos las filiales de los bancos. La proporción de
depósitos que controlan los principales bancos comerciales europeos
es muy elevada. Esto se debe a que no hay
limitaciones para establecer sucursales, lo que favorece la existencia
de amplias redes bancarias en todos los países europeos.
La inexistencia de una
tradición antitrusts explica el alto grado de concentración del sector.
El Bundesbank alemán se ha convertido en el principal banco central
de la Unión Europea, debido al éxito que ha tenido a la hora de
controlar la inflación y a la fortaleza de la economía alemana.
Sus estatutos le permiten una
enorme autonomía e independencia del gobierno alemán. Existía en su
momento un amplio consenso en considerarlo como base y modelo para
la creación del Banco Central Europeo en caso de que se llevara a
cabo la Unión Económica y Monetaria.
Sin embargo, el propio Bundesbank
parecía ser bastante reacio al proyecto, puesto que temía la pérdida
de soberanía y de control sobre la inflación.
2.3. LA BANCA EN SUIZA
Suiza está reconocida en el mundo entero como un centro del
sistema bancario internacional debido a su neutralidad política, su
estabilidad financiera y su tradición de confidencialidad, que
proviene de una ley dictada en 1934 que permitía a los
bancosno proporcionardatos sobre sus clientes sin el
consentimiento expreso de éstos. La banca privada es una de
las principales fuentes de recursos del país. La semiprivada Banca
Nacional de Suiza, el banco central, es propiedad de los cantones, otros
bancos y accionistas privados.
2.4. LA BANCA EN ESPAÑA
La creación del sistema bancario español ha estado muy
determinada por los problemas financieros del Estado a lo largo de los
siglos XVIII y XIX. Los graves problemas financieros de la Hacienda
española llevaron a la creación, a raíz de la reforma de Lerena de
1785, del Banco Nacional de San Carlos, cuya misión principal
consistía en amortizar la enorme deuda pública de la Hacienda. A lo
largo
del siglo XVIII se creó un gran número de bancos con facultad de emisión de
moneda para financiar los crecientes déficit. Todo ello condujo
a frecuentes devaluaciones y enormes inflaciones incontroladas,
por lo que los bancos quebraban o debían fusionarse. El
Banco de San Carlos desapareció en 1829, convirtiéndose en el
Banco de San Fernando, también con facultad para emitir
moneda, en Madrid. En 1844 se crearon el Banco de Isabel II y el de
Barcelona, ambos también con el privilegio de emisión de moneda. El
Banco de Isabel II y el
de San Fernando se fusionaron en 1847 con el nombre de Nuevo Banco Español
de San Fernando.Se le concedió el monopolio de emisión en toda
España, excepto en Barcelona y Cádiz, la sucursal del Banco de Isabel
II en Cádiz pasó a denominarse Banco de Cádiz, conservando en
exclusiva el derecho de emisión en dicha provincia.
En 1856 se proclamó la Ley de Bancos de Emisión, con funciones de
financiación a corto plazo. El Nuevo Banco Español de San Fernando
fue rebautizado, esta vez con el nombre de Banco de España, con un
monopolio de emisión para todo el Estado que debía durar 25 años.
Sin embargo, en 1874, mediante decreto ley, se
le concedió el monopolio de emisión indefinido, violando la anterior legislación.
Podemos decir que, desde entonces, el Banco de España ha sido el
único banco emisor, cumpliendo todas las funciones de un banco
central, es decir, banco de bancos, banco emisor, banco del Estado y
controlador del sistema bancario. En
rigor, el Banco de España sólo emite los billetes, siendo el Tesoro Público
el emisor
de monedas, que distribuye el Banco de España.
Con la reforma de 1989 se dotó al Banco de España de total
autonomía con respecto al gobierno: Del todo independiente de éste
se encarga del diseño y aplicación de la política monetaria, con el
objetivo primordial de controlar el
crecimiento de la inflación, ya sea mediante el control de los tipos
de interés o mediante el control de la cantidad de dinero en
circulación, billetes,
monedas y dinero bancario. Por otra parte, el sistema bancario español
también ha sufrido un fuerte proceso de concentración a lo largo de la
década de 1980, con las fusiones
del Banco de Bilbao y el Banco de Vizcaya, Banco Bilbao Vizcaya,
BBV, y la del Banco Central y el Banco Hispanoamericano, creándose el
Banco Central Hispano, BCH. Con la intervención en 1993
de Banesto, la concentración del sector aumentó aún más al ser
adquirido este último por el Banco Santander que se convirtió en el
banco más poderoso del país.
2.5. LA BANCA EN JAPÓN
Al ser uno de los países más ricos del mundo, el sistema bancario
japonés ejerce gran influencia sobre la economía mundial. El Banco de
Japón es el banco central que controla todo el sistema bancario,
aunque tiene una menor autonomía del gobierno japonés que la
mayoría de los bancos centrales de los países industrializados.
En Japón, además del banco central, existen una serie de bancos
y otras instituciones financieras que dependen del gobierno y que se encargan de
financiar distintas actividades económicas de especial relevancia, como
el comercio exterior, la construcción de viviendas o el sector
agropecuario. Algunos bancos privados, como el Dai-Ichi Kangyo, el
mayor banco del mundo, están muy unidos
al gobierno japonés debido a las inversiones que éste realiza en aquéllos; el Banco
de Tokyo está especializado en el cambio de moneda extranjera. Ciertos
bancos comerciales, como el Mitsubishi, el Banco Mitsu y el Banco
Sumitomo son reliquias
del poderío comercial prebélico de los conglomeradosindustriales,
los denominados zaibatsu, y todavía están muy vinculados
a las empresas e instituciones financieras que los crearon.
2.6. LA BANCA EN LOS ESTADOS UNIDOS
El sistema bancario de Estados Unidos difiere de forma radical de
otros sistemas bancarios como pueda ser el francés, el inglés, el
alemán o el español, que se caracterizan por la gran concentración
del sector en manos de unos pocos grandes bancos. Antes existían
restricciones geográficas a la expansión de los bancos,
prohibiéndoseles traspasar las fronteras de su estado e incluso de un
condado con
el fin de proteger a los pequeños bancos de la competencia.
Debido a esta
política, la red de bancos comerciales estadounidenses está integrada por
más de
12.000 bancos. En los últimos años casi todos los estados, y el
gobierno federal, han flexibilizado las normas reguladoras de los
bancos, en especial en lo que respecta a las fusiones y
adquisiciones. Muchos bancos han crecido
comprando otros bancos de su propio estado y, también, de otros
estados. Los grandes bancos mueven la
mayor parte del negocio. Menos del 5% de los bancos de Estados
Unidos acumulan más del 40% de los depósitos; el 85% de los
bancos poseen menos de la quinta parte de todos los depósitos. El
sistema de la Reserva
Federal, que se compone de 12 bancos y 25 distritos, es el banco
central, banquero del gobierno y vigilante del sector bancario nacional.
El sistema bancario estadounidense se caracteriza por la existencia de
numerosas instituciones de ahorro que pretenden suplir la histórica
negligencia de los bancos estadounidenses hacia las necesidades de los
clientes no industriales.
2.7. LA BANCA EN LATINOAMÉRICA
Cada uno de los países latinoamericanos posee su propio banco
central, pero lo más relevante en cuanto al sistema bancario de
Latinoamérica son los bancos supranacionales que los distintos países
han creado con el fin de ayudarse entre sí para defenderse de la
gran banca internacional. Así, destacan el
Banco Centroamericano de Integración Económica, creado
en 1961 con sede en Tegucigalpa, Honduras, y que integra a
Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras y Nicaragua,
países constituyentes del Mercado Común
Centroamericano; concede créditos a largo plazo con bajos tipos de
interés para financiar proyectos que favorezcan la integración
económica de los países miembros, y el Banco Interamericano
de Desarrollo BID, creado en 1957 por Estados Unidos y la
mayoría de los países latinoamericanos, con sede en Washington.
De este banco surgió el Instituto para la Integración de
América Latina, así como la Corporación Interamericana de Inversiones.
2.8. LA BANCA EN LOS PAÍSES EN VÍAS DE DESARROLLO
El sistema económico nacional de cada país en vías de desarrollo
determina la naturaleza de su sistema bancario. En los países
capitalistas prevalece un sistema bancario privado; en los países
socialistas, por ejemplo, Egipto o Sudán, se han nacionalizado todos
los bancos. Otros países han tomado como modelo el sistema europeo;
por ejemplo, en Perú, o en Kenya, coexisten bancos públicos y privados.
En muchos países, el sistema bancario sigue el modelo creado durante
la época colonial, con bancos propiedad de los países colonizadores
como en Zambia o Camerún, en los que esta estructura se mantuvo a
pesar de la descolonización. En otros, como en Nigeria o Arabia Saudí,
la aparición del nacionalismo llevó a que se obligara por ley a que los
bancos pasaran a ser propiedad de la población local.
Los bancos de los países en vías de desarrollo son muy parecidos
a los de los países industrializados. Los bancos comerciales aceptan
y transfieren depósitos y conceden préstamos, sobre todo a corto
plazo. Otros intermediarios
financieros, por lo general bancos públicos para el desarrollo
económico, conceden préstamos
a largo plazo; se suele utilizar a los bancos para financiar los gastos
públicos. El sistema bancario también puede desempeñar un importante
papel para financiar
las exportaciones.
En los países más pobres sigue existiendo un arcaico sistema no
monetario, por lo que el sistema bancario debe favorecer el uso de un
sistema monetario y bancario entre la población.
2.9 LA BANCA CENTRAL
Es la institución que emite y administra la moneda legal y ejerce
la función de banquero de bancos. Además, controla los sistemas
monetario, el
dinero, crediticio, las tasas de interés, y cambiario, la tasa de cambio,
del país. Son sus principales funciones:
Actuar como banco del Estado.
Controlar la emisión de moneda.
Recibir consignaciones y otorgar préstamos a los bancos comerciales y al
Gobierno.
Manejar la política monetaria, control de la inflación, y financiera del país, y
Efectuar las transferencias de divisas con los demás países del
mundo, entre otras funciones.
La principal institución financiera en una economía de mercado es el banco
central. Los bancos centrales suelen depender y ser propiedad de los
estados, pero incluso
en los países en que dependen de bancos privados, como en Estados Unidos o
Italia, los objetivos del banco central favorecen el interés nacional.
Las monedas y los billetes que circulan como moneda nacional suelen
representar los pasivos del banco central.
Hay gran controversia en torno a la capacidad del banco central para
controlar la oferta monetaria y, a través de ésta, el ritmo de
crecimiento de la economía. Algunos economistas piensan que el
control monetario puede ser muy útil a corto plazo y debe utilizarse
para afectar al nivel de actividad económica. No obstante, otros
afirman que la política monetaria discrecional no debe utilizarse
porque, a largo plazo, los bancos centrales son incapaces de controlar
la economía.
Otros economistas piensan que el impacto a corto plazo del control
monetario no es tan poderoso, pero que las autoridades monetarias
pueden lograr reducir los excesos
de inflación y aminorar los efectos de las depresiones económicas.Una nueva
escuela de economistas sostiene que la política monetaria no puede
utilizarse de manera sistemática para afectar al nivel de actividad
económica. Sí hay consenso respecto a la creencia de que la acción
del banco central es incapaz de resolver determinados problemas
provenientes de la oferta, como podría ser el caso de una escasez de
combustible.
2.9. LA BANCA INTERNACIONAL
El crecimiento del comercio internacional durante las pasadas
décadas ha evolucionado de la mano del crecimiento
de una banca multinacional.
Tradicionalmente, los bancos han financiado el comercio internacional,
pero en los últimos años lo destacable es la creación de filiales y
sucursales con localización física en otros países, así como el
crecimiento de los préstamos y prestamistas a escala internacional.
Por ejemplo, de los 8 bancos estadounidenses que
tenían oficinas en otros países en 1960, se pasa en 1987, a 153 bancos
estadounidenses con un total de 902 filiales en el extranjero. De la
misma manera, en 1973 había menos de 90 bancos extranjeros en
Estados Unidos, mientras en 1987, 266 bancos extranjeros se repartían
664 oficinas en Estados Unidos. La mayoría eran bancos industriales o
de negocios, pero algunos se han lanzado al mercado de la banca
comercial.
El crecimiento del mercado de eurobonos ha obligado a los
principales bancos mundiales a abrir sucursales en todo el mundo.
El sistema bancario
mundial desempeñó un papel crucial a la hora de reutilizar los
denominados petrodólares provenientes de los superávit de los
países exportadores de petróleo y de los déficit de los países
importadores. Esta actividad, que ayudó a realizar acuerdos
financieros internacionales, se ha revelado como contraproducente,
porque los países que acudieron a esta financiación tienen graves
problemas para devolver
estos préstamos, llegando a lo que se ha denominado el problema
de la deuda externa.
2.10. LA BANCA EN COLOMBIA
Podemos definir la historia de las instituciones financieras de
Colombia en seis etapas:
Primera etapa: Hasta el año 1923.
Segunda etapa: De 1923 a 1931.
Tercera etapa: De septiembre de 1931 a 1951.
Cuarta etapa: De 1951 a 1963.
Quinta etapa: Del 1° de noviembre de 1963 hasta el año 1991.
Sexta etapa: A partir del año 1991.
2.11.1. Primera Etapa: Hasta el año
1923. En 1821 el Congreso de Cúcuta consagró en la
constitución de ese año la facultad del Congreso Nacional para crear
un Banco Nacional que se encargará de la emisión de billetes.
En 1836 Santander promueve unificar el peso, valor tipo y
denominación del patrón monetario que se cambió por el nombre de
Granadino.
El origen de la banca en el país data de 1839 cuando se estableció en
Colombia la primera institución bancaria. La
compañía “Giros y Descuentos”, sin duda
el primer establecimiento bancario en la historia del país, recibió
ahorros del público
a cambio del reconocimiento de una rentabilidad, para lo cual invirtió esos
recursos en tierras y préstamos a empresas. Este hecho marcó la
aplicación criolla del experimento de John Law.
Su gestor Judas Tadeo Landinez, comerciante y político boyacense, logró
que el acelerado incremento de las captaciones de esta empresa
especulativa, lo llevara
a dedicarse a adquirir las mayores haciendas de la Nación, minas de Carbón y sal,
la naciente industria manufacturera, la
exportación tabacalera, financiado en todos los casos por los
papeles por él emitidos, que en poco tiempo invadieron la circulación
monetaria generando una inflación que disminuyó el consumo,
subió
los precios y frenó la producción. Ante el ahogo desarrollado por
la presión inflacionaria los acreedores del imperio de Landinez exigen el
pago o devolución de
sus ahorros en metálico, pero la iliquidez de un patrimonio tan
discutiblemente formado señala la pauta para la desconfianza, el
pánico y la lógica bancarrota de Landinez con un pasivo que superaba
los dos millones de pesos y activos que solo llegaban al medio millón.
En 1844 se prohíbe el negocio de la exportación de las monedas de oro
y plata como mercancías.
La administración Mosquera
En septiembre de 1845 se creó en Bogotá la primera “Caja de Ahorros”.
En 1847 se propuso la creación del Banco de la Nueva Granada pero
nunca se dio inicio a tal proyecto debido al capital exigido para su
creación, diez millones de reales. La Ley 27 dio curso en Colombia a
monedas de otros países principalmente francesas y Belgas; además
se dispuso recoger la macuquina o moneda de cruz, que se llamó así,
posiblemente por no ser sino pedazos de plata sellados, nombre
derivado del árabe Mahcuc que significa comprobado.
En este mismo año durante el primer gobierno del General Mosquera
se expidió una Ley por la cual se autorizaba la constitución de un Banco
Nacional de carácter semi-oficial. Empero, la iniciativa no se llevó a
cabo como consecuencia de las continuas guerras civiles y cambios
de gobierno que hacia que las emisiones
estuvieran sujetas a necesidades de efectivo de los gobernantes para
sufragar los gastos de las guerras.Esto originó casos de inflación hasta
del 10.000% con lo cual se beneficiaban los deudores y arruinaban los
prestamistas. De otro lado se estableció el Real de Plata como
unidad Monetaria y permite de nuevo la exportación del oro.
A partir de este período se inicia el periodo llamado de la lucha entre
el oro y la plata año en el cual el bimetalismo fue eliminado por el
Congreso; además se crearon
dos tipos de billetes unos oro y otros plata, introduciendo el
papel moneda.
En 1854 algunos comerciantes de la provincia de Antioquia
crearon la casa “Restrepo y Compañía”, la cual tenía como
función financiar operaciones comerciales y mineras, funcionó como
Banco hasta 1915 por la muerte de algunos
de sus socios.
En 1855 se expidió la “ Ley orgánica de bancos de emisión, descuento y depósito”
pero no hubo creación de banco alguno.
En 1859 se estableció en la ciudad de Antioquia la firma “Botero, Arango
e Hijos”, con el carácter de Banco y la facultad de emitir billetes, funcionó
hasta 1898.
En 1860 surge el papel moneda de curso forzoso, que significa
el curso legal aplicable a la moneda inconvertible, o sea
moneda de curso legal que no es canjeable por metálico, no
pudiendo el portador del billete exigir el canje de su dinero por otro
que sirva de base al sistema.
En 1864 se pensó entregar el derecho de emitir billetes a ciudadanos
ingleses, para que crearan un banco nacional, pero tales ciudadanos no
aceptaron debido a
las cláusulas del contrato. La Ley 14 cierra el periodo fugaz del papel moneda.
En 1865 se expidió licencia de funcionamiento con amparo en la Ley
35 que estableció algunos privilegios para los establecimientos bancarios,
materializando
de esta manera el intento del Gobierno durante los años siguientes a la
tragedia de Landinez, en que se permitió sistemáticamente la
fundación de Bancos Privados, que ante la desconfianza manifiesta por
el público hacia los captadores de ahorro y sus entidades organizadas
nunca lograron institucionalizarse, con excepción de dos casas
comerciales antioqueñas "Restrepo y Compañía" y "Botero Arango e
Hijos" que por su escasa incidencia sobre la evolución monetaria y
financiera no requiere mayor mención; se estableció en Bogotá el
primer banco que con carácter de tal existió en país: Sucursal del
“Banco de Londres, México y Suramérica”, el cual cerró en 1867. El
Banco de los Estados Unidos de Colombia y el Banco de la Nueva
Granada duraron escasos dos años debido a que querían ser
monopolistas, razón por la cual desaparecieron.
Esta ley que ampliaba las facultades conferidas al ejecutivo por la Ley
27 de 1864 dispuso: Contratos de concesión para los futuros bancos
hasta por veinte años, con las exenciones y derechos y bajo las
condiciones establecidas en la ley; emitir billetes al portador admisibles
como dinero en pago de los impuestos y derechos nacionales; no
mantener en circulación un valor en billetes al portador superior al
doble del metálico mantenido en caja; el poder
ejecutivo podía cerciorarse siempre que lo estimara conveniente por
medio de un comisionado, de que los bancos mantienen en
caja una cantidad propia en metálico igual a la mitad de los billetes que
haya en circulación; toda controversia financiera que pueda suscitarse
respecto de los derechos y obligaciones de los bancos o sucursales
sea decidida únicamente por los tribunales y juzgados de la unión o
de los estados, según fuera el caso, con arreglo a las leyes del país
y sin intervención de ningún poder o autoridad extranjera; convertir
en dinero al portador en el acto en que éste lo solicite, siendo en
las horas de despacho, los billetes que estén en
circulación siempre que se presenten en la oficina que los emitió.
En 1866 se autorizó al gobierno para constituir el Banco de los Estados Unidos de
Colombia, con características de banco de emisión y banquero de estado, pero no
se llevó a cabo debido a otros problemas que enfrentaban los
colombianos por la época.
En 1867 se inició el proyecto de creación y con apoyo oficial abrió operaciones el 2
de enero de 1871 el “Banco de Bogotá” con un capital inicial de
$500.000, inicialmente con facultades para la emisión de billetes. Este
mismo año se declara
la libre amonedación.
En 1871 el Congreso reacciona contra el caos monetario y expide la Ley
79 que restringe la libre acuñación de moneda metálica y establece el
peso oro.
Por esta época, 1873, se fundaron otros varios establecimientos
cuya vida fue más o menos efímera.
En 1875 se funda el Banco de Colombia, luego el Banco de Antioquia, el Banco
Minero y el Banco Agrícola, en Medellín.
El “Banco de Santander” y el “Banco Prendario de Soto”, en Bucaramanga.
El “Banco del Cauca” en Popayán.
El “Banco de Bolívar” en Cartagena.
En 1877 el “Banco Popular” en Bogotá, que subsistió hasta 1886 año
en que fue clausurado por la mala ventura de no haber escogido
un cajero digno de confianza.
En 1878 un grupo de antioqueños fundó el “Banco Colombiano de Guatemal” en
Medellín, que subsistió hasta bien entrado ya el siglo XX.
La Ley 39 de junio de 1880, facultó al Poder
Ejecutivo, Rafael Nuñez, para establecer
una institución bancaria de carácter mixto que actuara como su
banquero y promoviera el crédito público, más como los particulares no
aportaron dinero, quedó convertida en organismo oficial. La función
de banquero consistía
en prestar al Gobierno los servicios de consignación de los fondos
públicos o de Tesorería, crédito, colaboración en la contratación de
préstamos internos y externos y la administración de los títulos de
deuda pública. También había sido encargado de la emisión de
billetes. El 1° de enero de 1881 estipulaba
que los billetes del “Banco Nacional” continuarán siendo moneda legal
de la República, de forzoso recibo en el pago de todas las rentas
particulares, subsistiendo la prohibición de
estipular cualquier otra especie de moneda en los contratos de
contado o a plazo, es decir, se estableció el curso forzoso.
Los billetes del banco debían ser aceptados por toda la banca privada,pero el
Banco Nacional sí podía negarse a recibir billetes emitidos por la banca privada si
en algún momento si veía comprometida su situación financiera.
Por tal razón, la banca privada se
negó a aceptar tales condiciones. Con esta negativa, el gobierno
decidió mantener la emisión compartida de dinero, señalando que
ambas partes debían aceptar el dinero emitido por el otro. Aún así, la
banca privada se negó. Rafael Nuñez declaró que los bancos que no
admitieran el dinero emitido por el Banco Nacional deberían ser
liquidados. A pesar de tal medida, el sector privado fue más
resistente y utilizando todas sus armas políticas impidió la
aplicación de la ley. Además durante ese proceso se agudizó la crisis
política del país. Al final, desconceptuado ante la opinión pública, el
Banco Nacional pasó a ser parte del Ministerio del Tesoro,
en una sección denominada
sección liquidadora.
La Ley 24 de 1887 consagró formalmente el dogma de los doce
millones, por el cual se limitaba a esa suma las emisiones del Banco
Nacional. Rafael Nuñez en
calidad de presidente de la república y con gran visión financiera
prometió que durante su presidencia él no emitiría más de $12
´000.000 al mercado. Nuñez realizó ese
cálculo multiplicando por tres los gastos públicos. El
sistema era óptimo pues después de un período de movimientos de la
industria y del mercado
el dinero que se había emitido se valorizaría.
Al comprobar una comisión investigadora que se había emitido moneda
en forma ilegal, por más de nueve millones de pesos, fue dictada la
Ley 70 de 1894, la cual ordenó la liquidación del Banco Nacional.
En 1883 se fundó el “Banco de Crédito Territorial Hipotecario”, más a
pesar del éxito que tuvo, hubo de liquidarse a causa de que el
gobierno cerró el establecimiento porque el banco no quiso hacerle un
préstamo.
El 20 de enero de 1884 abrió operaciones en Popayán el “Banco del Estado”.
En 1885 fue creado en Bogotá el “Banco Internacional”.
En 1887 se fundó en Bogotá el “Banco de Exportadores”.
En 1888 en Rionegro Antioquia, comenzó a funcionar el “Banco de Oriente”.
En 1897 en Salamina Caldas se fundó el “Banco de Salamina”.
El manejo monetario durante la guerra de los mil días puede
condensarse en los decretos 479 y 520 de 1899 mediante los cuales el
gobierno autoriza a la Junta de Emisión para colocar a su disposición el
dinero que fuera necesario para atender el
restablecimiento del Orden Público. El manejo monetario seguía así
sujeto a las empresas bélicas.
En 1901 fue creado el “Banco del Comercio” en Bogotá, adquirido por el “Banco
de Bogotá en 1991.
En 1903 fue creado el “Banco Republicano” en Medellín.
En 1903 el “Nuevo Banco de Boyacá” en Tunja.
En 1904 lo fue el “Banco de Barranquilla”.
Por Decreto 47 de 1905 dictado por Rafaél Reyes, se autorizó la
fundación de un Banco con facultades de conversión y amortización del
papel moneda. El Gobierno celebró un contrato con un grupo de
ciudadanos para la fundación del “Banco Central de Colombia”, que
mediante contrato con el gobierno efectuaría la conversión de los
billetes del antiguo Banco Nacional a razón de un peso oro por cien
pesos de papel y tendría además el privilegio exclusivo por 30
años, para emitir billetes bancarios. La Ley 68 de 1908
declaró resueltos los contratos que el gobierno había celebrado con el
banco y derogó los privilegios a la entidad por haber realizado
emisiones en exceso.A partir de entonces funcionó como institución
típicamente privada.
El Gobierno del General Rafael Reyes se caracteriza por la búsqueda constante de
la estabilidad en las finanzas y en la moneda del país. Mediante la ley 59 de 1905
expedida por la Asamblea Nacional Constituyente se establece la equivalencia del
10.000 x 100 de la moneda legal oro en que deben llevarse las cuentas
sobre el papel emitido por el Gobierno.
La Ley 24 de 1905 fomentaba el establecimiento de entidades bancarias dedicadas
al crédito hipotecario.Al amparo de ellas se crearon el “Banco Hipotecario de
Bogotá”, el “Banco Hipotecario del Pacífico”, el “Banco Comercial Hipotecario de
la Mutualidad de Bucaramanga” y el “Banco Hipotecario de Colombia”.
El 8 de junio de 1905 se constituye en Bogotá un banco destinado a
realizar sus operaciones en Medellín. Don Félix Correa junto con
algunos antioqueños recientemente quebrados en la llamada
bancarrota antioqueña de 1904, funda el Banco de Sucre que poco a
poco llega a ser una institución de crédito clave para el desarrollo de la
economía antioqueña.
El congreso de 1909 expide la Ley 69 por medio de la cual se crea
la Junta de Conversión encargada de realizar la conversión del papel
moneda en oro y de mantener el cambio en el exterior según el
sistema de 10.000 por 100 pesos.
En 1912 se fundó el “Banco Alemán Antioqueño y se convirtió en 1942 en el
“Banco Comercial Antioqueño”.
Durante la administración de Don Marco Fidel Suárez se funda en 1919
el “Banco López” con un capital de dos millones de pesos y solo un
año más tarde está a punto de quebrar en la crisis de 1920, pero es
rescatado por diversos bancos extranjeros que acudieron a su ayuda.
Este auge bancario del período 1915–1920 nutrido por los éxitos del
precio del café llega a su fin con extremada rapidez al desaparecer la
causa del fenómeno.
La primera Guerra Mundial trajo a Colombia graves dificultades
económicas y financieras que no mejoraron con el advenimiento de la
paz. Las perspectivas de
las entidades bancarias durante las dos primeras décadas del siglo XX no eran
halagüeñas por el desorden monetario existente: Se emitía dinero sin
control y las reservas de los bancos estaban dispersas. Además se carecía
de un sistema formal
de garantías y respaldo gubernamental para los bancos.
La tendencia predominante en 1922, recomendada por la Conferencia
Económica Internacional de Génova, era el retorno al patrón del oro
y la fundación de los Bancos Centrales de Emisión.
2.11.2. Segunda Etapa: De 1923 a 1931. Los bancos han sido la base
de la estructura del sistema financiero a través de toda la historia de
este sector; pues en la banca tuvo su origen la actividad financiera.
Los primeros
bancos, como hemos visto, se constituyeron con capital foráneo y
hasta 1923, mediante
la Ley 45 se expidió un marco legal para regular el funcionamiento y la
creación de establecimientos financieros y en especial los bancos
comerciales.
En Colombia habíamos dado un paso adelante en el camino al
capitalismo y retrocedido dos en el de la dependencia. Por muchos
años seríamos semi-colonia con una independencia política formal y
una dependencia económica y política real, de Inglaterra.
Durante la tercera década del siglo XIX afluyeron los empréstitos
ingleses a Colombia, más por la incapacidad de pago de nuestro país,
temporalmente no se volvieron a repetir. Vinieron luego las
inversiones de otro tipo sobre todo en los ferrocarriles y en las minas,
e inclusive a finales del siglo se
contrataron otros empréstitos, pero ellos no tuvieron la magnitud de los
efectuados en los principios
del siglo ni fueron en la cuantía en que se presentaron a otros países americanos
como Argentina, Brasil, etc.
En el siglo XX hay un cambio en la dependencia colombiana.
Estados
Unidos suplanta a Inglaterra e inicia su penetración sobre Colombia,
directamente con el robo de Panamá en 1903, e indirectamente a
través de las inversiones y de los empréstitos.
Como indemnización por el robo de Panamá, Colombia recibió la
suma de US$25’000.000, así: US$10’000.000 en 1923,
US$5’000.000 en 1924, US$5’000.000en 1925
yUS$5’000.000 en 1926; además el
crédito norteamericano creció enormemente. En total se
recibieron US$197’807.740 entre
1923 y 1928.
Por causa de los empréstitos el presupuesto nacional se pudo equilibrar y se inició
un período de auge sin precedentes en las obras públicas. El país
gastaba desordenadamente lo que obtenía en crédito, hasta que la
crisis vino a romper el ritmo artificial de inversión.
“Aquél ingreso extraordinario de 25 millones de dólares estimuló
los apetitos regionales. Lo indicado hubiera sido
concentrar esos recursos en unos pocos objetivos básicos para el
desarrollo del país, en vez de iniciar de
manera simultánea mucha obras públicas, que no pudieron concluirse,
y de algunas de
las cuales forzoso fue prescindir en el futuro, porque no se justificaban ni
técnica
ni económicamente” , Abél Cruz Santos – Economía y Hacienda Pública.
La indemnización de US$25’000.000 por el robo de Panamá no vino sola. A más
de las concesiones petroleras que Colombia tuvo que hacer con el
objeto de garantizar el destino de esta suma y el de los
empréstitos que se estaban haciendo, Estados Unidos presionó al
Gobierno colombiano para que solicitara una misión norteamericana que
lo asesorara en cuestiones de organización económica.
El 7 de agosto de 1922 tiene lugar la posesión de Pedro Nel
Ospina como Presidente de la República, quien se fija como
objetivo a corto plazo la organización monetaria y bancaria. Él
mismo habría sufrido la desgracia de las bancarrotas ypor ello
una de las principales acciones
gubernamentales emprendidas sería la Reforma Financiera y
Monetaria.
La Ley 60 de 1922 autorizó al poder ejecutivo, General Pedro Nel
Ospina, Presidente y Enrique Olaya Herrera, Ministro
Plenipotenciario de Colombia en Estados Unidos, para contratar hasta
cinco expertos norteamericanos en materia fiscal, administrativa y
bancaria, la cual contribuiría a sanear el
clima de inversiones y para que asesoraran al Gobierno en la
preparación de proyectos para
la reorganización pública.
Esta Misión la integraban: Como jefe de ella, el ilustre profesor de la Universidad
de Princeton, doctor Edwin Walter Kemmerer, hombre de ciencia y hombre
práctico, que ha adquirido una reputación universal, especialmente por
los éxitos que ha alcanzado en distintos países de circulación monetaria
averiada; Howard M. Jefferson, banquero y alto funcionario de las
Reservas Federales de los Estados Unidos, Fred Rogers Fairchild,
economista y profesor de finanzas públicas, y Thomas Russell Lill,
experto en contabilidad y presupuesto y actuó en la misión como su
secretario.
Por iniciativa de Kemmerer y sus asesores, fueron dictadas las siguientes leyes:
Ley 20 del 4 de julio de 1923 “Orgánica del papel sellado y timbre nacional”.
Ley 25 del 11 de julio de 1923 “Orgánica del Banco de La República”. Hoy Ley
31 de 1992 “Orgánica del Banco de La República” ajustándola a la nueva
Constitución de 1991.
Ley 31 del 17 de julio de 1923 “Por la cual se fija el número de nomenclatura
de los ministerios”.
Ley 34 del 18 de julio de 1923 “Sobre formación y fuerza
restrictiva del presupuesto nacional”.
Ley 36 del 19 de julio de 1923 “Sobre administración y recaudación
de rentas nacionales”.
Ley 42 del 19 de julio de 1923 “Sobre organización de la contabilidad
nacional y creación del departamento de contraloría”.Hoy Ley 42
del 26 de enero de
1993 “Sobre la Organización del Sistema de Control Fiscal Financiero y los
Organismos que lo ejercen” ajustándola a la nueva Constitución de 1991.
Ley 45 del 19 de julio de 1923 “Sobre establecimientos bancarios”, se creó la
Superintendencia Bancaria.
Ley 109 del 12 de diciembre de 1923 “Por la cual se crea el
departamento de provisiones y se dictan otras disposiciones”.
Es de anotarse que el articulado del proyecto preparado por la Misión
Kemmerer fue acogido en su integridad y se convirtió en la Ley 45 de
1923, la cual modificó sustancialmente la Ley 51 de 1917 que
había creado, en su artículo
8° dependiente del Ministerio del Tesoro, entonces, una sección
denominada Inspección de Circulación para, entre otras facultades:
"e) Ejecutar la vigilancia e inspección de los bancos y demás
sociedades de crédito, a fin de que haga efectivo el cumplimiento
de las leyes a que están sometidos".
La Exposición de Motivos de la Ley 45 de 1923 indicaba expresamente el objeto
del proyecto que se presentaba: Se pretendía una ley bancaria que asegurara una
"supervigilancia eficaz y enérgica de los negocios bancarios en la República":
"La misión juzga que debe revisarse la Ley Bancaria actual, a fin de
corregir estos defectos, y en tal virtud, presenta, con esta exposición,
un proyecto de Ley con el título de "Ley sobre establecimientos
bancarios", que tiene por objeto lograr aquellos resultados. Entre
otras cosas, tal proyecto establece una supervigilancia eficaz y
enérgica de los negocios bancarios en la República. Para este efecto,
se crea en el Ministerio del Tesoro un departamento que se
llamará "Sección Bancaria", y se amplían y extienden las facultades
de los bancos, por medio de secciones especiales autorizadas para
ejercer determinadas funciones (…)”
El artículo 192 de la Ley 45 de julio 19 de 1923, "sobre
establecimientos bancarios", establecía:
"Créase dependiente del Gobierno una Sección Bancaria encargada de la ejecución
de las leyes que se relacionen con los bancos comerciales, hipotecarios, el Banco
de la República y todos los demás establecimientos que hagan negocios bancarios
en Colombia. El Jefe de dicha sección se llamará Superintendente
Bancario, será colombiano, y tendrá la supervigilancia de todos
aquellos establecimientos bancarios, y ejercerá todas las facultades y
cumplirá todas las obligaciones que se
le confieran e impongan por la ley. (…)."
Como se observa en el texto legal, la vigilancia correspondía a la
ejecución de las leyes relacionadas con bancos comerciales, hipotecarios,
el Banco de la República
y todos los demás establecimientos que realicen negocios bancarios.
La Superintendencia Bancaria de Colombia nace entonces a la vida
jurídica por virtud de lo establecido en el citado artículo 19 de la Ley 45
de 1923, Ley que fue dada en la ciudad de Bogotá el 16 de julio de
1923, y que entró a regir noventa días después de su promulgación,
artículo 140, y tuvo como misión la
de reglamentar los establecimientos bancarios y supervigilarlos.
Hasta la expedición de la Ley las operaciones bancarias se ejercían en
Colombia en forma deficiente, con criterio utilitarista,
que tomaba sólo en cuenta la conveniencia
particular del Banco, la misión norteamericana precisó los siguientes
defectos en la ley bancaria vigente en ese momento en el país,
según indica expresamente la Exposición de Motivos
de la Ley 45 de 1923:
"1. Las facultades concedidas a los bancos son demasiado amplias, pues incluyen
los siguientes derechos: (…). Podían por ejemplo comprar y poseer
acciones de toda clase de empresas, organizar industrias,
contratar la administración de servicios
públicos, actuar como intermediarios en la emisión de bonos,
acciones, cédulas, etc.
2. La actual supervigilancia bancaria es defectuosa por las siguientes
razones: (…), haciendo referencia a algunos aspectos relativos al personal
de la Entidad y a
las facultades de que están investidos. El control del Estado en
la industria bancaria era prácticamente nulo.
3. Las estadísticas bancarias disponibles en la actualidad no son adecuadas
para su objeto. (…). Defectuosa y tardía la presentación de los balances.
4. La mayor parte de los bancos no mantienen sus activos en condición de
pronta realización, por las siguientes razones: (…). Los activos carecían
de liquidez.
5. Hay muchas trabas para los negocios bancarios, y entre ellas, las más
notorias son las siguientes: (…). No existía restricción para los
préstamos, anarquía en
el tipo de interés, garantías y plazos.
6. Disposiciones inadecuadas respecto al capital que deben tener
los bancos.". Disposiciones inadecuadas sobre el capital y reservas de
los bancos, entre otros aspectos.
La reforma bancaria estableció regulaciones importantes en cuanto a
capital, reservas, encajes, liquidez, monto de los préstamos, tasas de
interés, etc.
Cuando se presentó la quiebra del “Banco López”, la firma más
importante de la época, por falta de liquidez para atender las
obligaciones inmediatas, ya se había expedido la Ley 25 del 11 de julio
de 1923 “Orgánica del Banco de La República”.
El 16 de julio los depositantes exigieron la devolución de los depósitos de cuenta
corriente y el pánico amenazaba extenderse a los demás bancos de
la ciudad. Ante tal emergencia el gobierno aceleró la fundación del Banco
de La República y
se expidió el Decreto 1031 del 16 de julio, por el cual se designaba
su comité organizador. El mismo día el gobierno puso
a disposición de este comité
$5’000.000 como aporte de la Nación para suscribir acciones. El
Banco de La República adquirió en $750.000 el edificio del “Banco
López” y con este dinero éste pudo atender sus obligaciones. Se
dispuso que su Junta Directiva estaría integrada por tres
representantes del gobierno, cuatro de los bancos nacionales, dos de
los bancos extranjeros y uno de los accionistas particulares. La
institución tenía entre otras funciones la del privilegio de emisión, la de
convertibilidad de los
billetes, de centralización de las reservas de oro, del depositario de los
fondos públicos, de agente fiscal del gobierno.
En su condición de Banco Central de emisión a él corresponde en
buena parte la provisión de numerario, así como la regulación y
control de la circulación monetaria. El medio circulante antes
de su fundación puede decirse que era heterogéneo y rígido,
pues se hallaba compuesto en su mayor parte de papel
moneda y de varios signos fiduciarios emitidos por el Estado y por
los Bancos particulares. La misión norteamericana dispuso las
cosas de manera que el antiguo papel moneda y las demás
ediciones fiduciarias diversas públicas y privadas, fueran
amortizadas y sustituidas por billetes del Banco de La República. Quiso
con esto eliminar la vieja masa de numerario sin
elasticidad, reemplazándola por otra elástica, como son los
billetes del banco.
La reforma bancaria estableció regulaciones importantes en cuanto a centralizar
las reservas de oro en Banco de La República como consecuencia de la unificación
del privilegio de emisión, evitándose así su atomización y también para
ejercitar un control más eficaz sobre la moneda.
Vemos entonces que es hasta 1923 con la Ley 45, producto de
las recomendaciones del profesor Kemmerer, que se reorganizó
la banca y se creó un organismo de control y vigilancia denominado
Superintendencia Bancaria. Esta
situación tuvo como consecuencia la desaparición de más del 70%
de los establecimientos bancarios existentes y fue el precio que la banca
pagó por entrar
a la era moderna de la banca colombiana.
Fueron muchos años de restricciones e intervenciones del
gobierno en el crecimiento y modernización del sector. La
denominada colombianización de la banca, que limitaba la
participación de capitales extranjeros en el sistema financiero
según los entendidos, afectó negativamente el progreso de la actividad
bancaria.
Asimismo, el freno a la iniciativa privada que el gobierno provocó al convertirse en
el principal banquero, desembocó en un inevitable programa de
privatización de la casi totalidad de los bancos en donde el gobierno
tenia participación mayoritaria, con la finalidad de responder a las
estrategias de modernización y apertura económicas.
El balance de la misión Kemmerer y sus colaboradores muestra
un avance extraordinario en lo respectivo a la intervención del
Estado en las actividades financieras y crediticias.
De otra parte,la misión dentro del contexto mundial tendría unas
implicaciones que rebasarían el ámbito de la consultoría técnica
porque a través de ella se
conciliarían el interés de los inversionistas norteamericanos para
extender sus negocios y créditos a Colombia y la aspiración local
de contar con recursos foráneos y con mercados externos para la
colocación de valores.
La presencia Kemmerer garantizabaal gobierno norteamericano
que la indemnización por Panamá sería recibida por un
sistema ordenado de finanzas privadas y públicas.
Así Kemmerer representaba no sólo un aval ante los centros
financieros internacionales sino que actuaba como carta de garantía
interna ante buena parte
del sector privado Colombiano, en el sentido de que la organización financiera
establecida a partir del Banco de la República se hacía en
beneficio directo del Estado y de los banqueros, por el incierto
pasado especulativo que algunos sectores económicos temían que se
volviera a presentar.
El 30 de junio de 1924 se creó el “Banco Hipotecario”.
Por aquella época, 1924, se crearon el “Banco de Antioquia”, el “Banco
Social del Tolima” adquirido por el “Banco de Bogotá” en 1927, el
“Banco del Huila”, adquirido por el “Banco de Bogotá” a finales de 1925
y el “Banco de Pamplona”.
En 1925 se inició el movimiento de concentración de las empresas
bancarias, del cual emergieron unas cuantas principales con
ramificaciones en todo el país y al lado de unos pocos bancos locales.
Por esta época se establece la convertibilidad a oro y se implanta el
control de cambios.
En 1928 a raíz de la recesión económica mundial de 1928 bajan las
reservas de oro de 64’000.000 a 13’000.000.
En 1930, se dio la segunda Misión Kemmerer. En este período se
establece el peso como moneda obligatoria para todas las
transacciones. Se
incluye oficialmente al Ministro de Hacienda en la Junta Directiva del
Banco, así como a representantes de la Federación Nacional de
Cafeteros y de las cámaras de comercio.
En 1930 se adoptó un sistema de banca especializada, donde
sobresalían tres tipos de entidades: La banca comercial, la banca
agraria e industrial y la banca hipotecaria.
2.11.3. Tercera Etapa: De
septiembre de 1931 a 1951. En 1931
se expide el Decreto 1683, primer Estatuto Cambiario se regula el
cambio de moneda nacional a extranjera. Todo pago al exterior debe ser
aprobado por el Banco de La República. Se suspende la convertibilidad
del billete en metal y el libre comercio
del oro, reduciendo así el respaldo del billete.
A raíz de la crisis económica internacional, se establece el control de
cambios y el monopolio del manejo del oro por el Banco. El Banco empieza
entonces a manejar
las reservas internacionales, función que actualmente cumple. Se le da
al Banco la administración de las Salinas para que, anticipando estos
ingresos, financie al gobierno.
Entre 1931 (Decreto 1638) y 1938 se desmonta el patrón oro y las
instituciones en Colombia y el mundo vacilan entre volver a él o
sepultarlo definitivamente, reduciendo con ello paulatinamente el
respaldo, o encaje, en oro de los billetes
en circulación.
En 1931 se crea la Caja de Crédito Agrario, Industrial y Minero, entidad que por
un tiempo tuvo la mayor cartera bancaria colombiana debido a que tenía presencia
en gran parte del territorio nacional, pero de a poco ha ido perdiendo
terreno. Su capital pertenece al Gobierno, al Banco de la República y a la
Federación Nacional
de Cafeteros,su junta la presidía el ministro de Agricultura. Llegó a brindar
además de los servicios financieros, una red de
almacenes, “Agropuntos” para ventas de abonos,semillas,
herramientas y elementos agrícolas en general, a
precios que en ocasiones le generan pérdidas pues debe mantener los
servicios de beneficio al sector.
Entre 1939 y 1945 suben nuevamente las reservas de oro.
En 1950 la Misión Grove validó las propuestas que se venían haciendo
para que el Banco Central tuviera un papel activo en acelerar el
desarrollo económico encauzando crédito hacia ciertas
actividades productivas. A raíz de
las recomendaciones de esta misión se facultó a la Junta
Directiva para fijar créditos
de cupo ordinario, especial o de fomento, con intereses subsidiados, y créditos
de emergencia. Esta reforma facultó también al Banco para fijar y variar las tasas
de interés y de descuento, y para señalar y modificar el encaje legal de los bancos.
En 1950 es creado en Banco Popular, de economía mixta, vinculado al Ministerio
de Hacienda. Carecía en su momento de ánimo de lucro. Fue
fundador y propietario de la Corporación Financiera Popular. En la
caída del régimen del general Rojas Pinilla afrontó una gran crisis, de
la cual salió avante debido a que
el gobierno decidió reducir el presupuesto nacional en un 10 % para recapitalizar
la institución. Parte sustancial de los depósitos oficiales debían ser manejados por
este banco, lo cual le permitió que aumentara su cartera y atraer mayor número
de clientes.
En 1950 es creado mediante Decreto 2.586 el Instituto Colombiano de Créito
Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior - ICETEX.
2.11.4. Cuarta Etapa: De 1951 a 1963. En 1951 el Decreto Legislativo
756 le otorga al Banco de La República atribuciones para diseñar
políticas en materia monetaria, crediticia y de cambios, facultades para
regular la moneda y el crédito. Se reorientan las políticas monetarias y
crediticias y se dan facultades a la Junta Directiva del Banco de La
República para intervenir en la dirección de la misma. Esta es la
etapa de la orientación deliberada de la política monetaria y
crediticia del país por parte de la Junta Directiva del Banco de la
República se le otorgó los instrumentos necesarios para este fin, como
la facultad de fijar créditos
de cupo ordinario, especial o de fomento y créditos de emergencia; también la
facultó para fijar y variar las tasas de interés y de descuento,
para señalar
y modificar el encaje legal de los bancos y se le otorgó favor del Banco
por 20 años más el derecho de emisión.
En 1953 es creado el Banco Cafetero para servir especialmente a los
cafeteros, los cuales venían experimentando un auge en su economía.
Vinculado al Ministerio de Agricultura, pertenecía al Fondo Nacional del
Café. Se constituyó en el banquero
natural de la Federación Nacional de Cafeteros, la cual por su
medio irrigaba fondos para la compra de cosechas. En las zonas
cafeteras hacía préstamos para conservación y mejora de cafetales,
así como para la recolección y para la diversificación de cultivos en
zonas propicias.
En 1956 es creado el Banco Ganadero para constituirlo en el
punto de apoyo fundamental para el desarrollo de la ganadería. La
mayoría de los ganaderos del país fueron sus socios debido a un
acuerdo como sustitución a los impuestos respectivos. Por
disposición legal un importante porcentaje de su cartera debía
dedicarse a préstamos para fomento ganadero.
En 1957 el Banco de La República obtuvo poder para establecer
controles a las importaciones y a las operaciones de giro al exterior.
En 1957, Decreto 336, se crean las Corporaciones Financieras como resultado de
un esfuerzo combinado entre la ANDI, Asociación Nacional de
Industriales, y la Asociación Bancaria de Colombia, para lograr el
establecimiento de instituciones crediticias que pudieran canalizar
recursos internos y externos hacia la financiación
del sector industrial, con aportes de capital y operaciones a largo plazo y
además sirviera para promover, crear, transformar y organizar empresas.
El Decreto 605
de 1958 reglamentó su funcionamiento y fijó una serie de limitantes para el
otorgamiento del crédito. El Decreto Ley 2369 de 1960 reestructuró su
radio de acción y más acorde con su objeto social.
El Decreto 1961 de 1960 crea las sociedades de capitalización.
2.11.5. Quinta Etapa: Del 1° de noviembre de 1963 hasta el año 1991.
La Ley 21 de 1963 crea la Junta Monetaria, su organización y sus
funciones las determinó el Decreto 2206, que le otorga facultades
amplias en la regulación monetaria, crediticia y cambiaria ejercida
hasta entonces por la Junta Directiva del Banco de La República.
Puesto que la responsabilidad de la organización, regulación y
operación del sistema monetario del país le corresponde al Estado, se
le quiso devolver a éste el manejo de las políticas monetaria, cambiaria
y crediticia creando entonces la Junta Monetaria que asumió la
dirección de estas políticas, dejando al Banco de
la República, encabezado por una Junta Directiva semiprivada, la
ejecución de éstas.
Esta Junta la integraban los ministros de Hacienda, Agricultura y
Fomento, hoy Desarrollo Económico,
el jefe del Departamento Nacional de Planeación y el Gerente del
Banco de la República y, desde 1976, el Director del Instituto
Colombiano de Comercio Exterior INCOMEX. El
Secretario Económico de la
Presidencia de la República y el Superintendente Bancario asistían con voz
pero sin voto. Se nombraban, además, dos asesores técnicos.
En 1966 se expide el segundo Estatuto Cambiario, Decreto 2867, el
cuál fue la base de la Ley 444 de 1967, en la que se le dieron distintas
funciones a la Junta Monetaria, entre las más importantes se tienen: La
regulación de los mercados de cambios al exterior, elaborar
presupuesto de ingresos e ingresos de divisas, intervención en el
cambio fluctuante, certificado de cambio, entre otras.
La intervención en el cambio fluctuante se estableció al día siguiente de la ruptura
de las relaciones que el país tenía con el Fondo Monetario
Internacional; se
consolidó como la pieza maestra del régimen de cambios
internacionales y de comercio exterior en Colombia, siendo éste uno
de los más notables anticipos en
el mundo al régimen de cambio, el cual vino a sustituir el régimen del
patrón oro incorporado al sistema de Bretton Woods, sistema adoptado
por todos los países industriales.
El Fondo Monetario Internacional siempre hacía préstamos con la
condición de una devaluación masiva que multiplicara el poder de
compra de los inversionistas de capital extranjero en Colombia,
particularmente del capital de sus socios, quienes eran los extranjeros
que habían comenzado a operar en el país a raíz de la misión
Kemmerer. Los Bancos extranjeros, en vista de esta perspectiva
ofrecida por el
Fondo Monetario Internacional empezaron a tomar posiciones en
la Banca colombiana; el 16 de febrero de 1967 se conoció que el
Chase Maniatan Bank había adquirido el 46% de las acciones del Banco
de Comercio.
En 1966 se produce la bancarrota del Banco Bananero del Magdalena, al igual que
la del Banco Comercial de Barranquilla.
La puesta en marcha de un nuevo plan de desarrollo "Las cuatro
estrategias" tuvo como su más importante realización la creación de
las corporaciones de ahorro y vivienda estatuidas por el Decreto 678
de 1972. El mencionado plan acogió al sector de la construcción
como líder para el desarrollo del país en virtud de la alta utilización de
la mano de obra no calificada, la baja exigencia de capacidad
instalada y sobre todo, los grandes beneficios sociales que lleva
consigo la construcción de vivienda. La creación de estos
establecimientos se justifica por la estrechez financiera que
durante muchos años se venía presentando
en instituciones como el Banco Central Hipotecario y el
Instituto de Crédito Territorial, encargados de la dotación de vivienda
hasta ese momento, lo que había llevado a una parálisis casi total de la
actividad. Uno de los principales objetivos propuestos era aumentar la
captación del ahorro privado y canalizarlo hacia la construcción para
evitar que la financiación fuese realizada mediante Gasto
Público y endeudamiento externo con la consiguiente emisión y costo
inflacionario.
Se estableció el sistema de valor constante para los ahorros lo mismo que
para los préstamos destinados a la construcción, de acuerdo a la
reglamentación contenida
en los Decretos 677 y 1229 de 1972. Este sistema resultaba
indispensable para lograr el objetivo de canalizar el ahorro en la
cantidad necesaria para satisfacer la inmensa demanda de
vivienda, puesto que se requería una
rentabilidad suficientemente atractiva para inducir al público
a efectuar su ahorro en activos financieros y no en bienes suntuarios.
Lo anterior da pie a concluir que la mejor forma para lograr el objetivo
sería crear un sistema que protegiera al ahorrador del proceso
inflacionario y que además le diera rentabilidad real positiva.
De esta manera se suponía que el poder adquisitivo del ahorro se
mantenía constante y además se reconocía un interés sobre el valor
nominal del UPAC en el momento de la liquidación, lo cual
representaba el estímulo o el premio al ahorrador por haber
postergado su consumo.
En 1973 se dio la Nacionalización del Banco de la República. Con esta
medida el Gobierno adquirió todas las acciones del Banco, dejando sólo
una por cada banco accionista. A partir de esta fecha el Banco
es patrimonio de todos los colombianos.
El Decreto 399 de 1975 autoriza a las corporaciones financieras para
emitir certificados de depósito a término y otorgar préstamos hasta de
tres años para
financiar la venta de bienes de consumo durable y la
comercialización de productos, invertir en títulos de crédito hasta
en un 90% de los recursos captados, emitir y negociar títulos
emitidos por terceros, es decir se convierte a
las corporaciones financieras en banca paralela a los bancos comerciales.
Con la llamada colombianización de la banca,el gobierno nacional al
expedir la Ley 55 de 1975, eliminó la libertad que hasta ese entonces
tenían las entidades extranjeras de funcionar como sucursales sin
necesidad de establecerse como filiales o subsidiarias. A partir de
ese año se les obligó a convertirse en bancos mixtos con una
participación mayoritaria de capital colombiano y que además, esa
participación mayoritaria se transfiriera en la dirección y
administración de la institución. Como consecuencia de la crisis de la
década de los ochenta y ante la falta de capital colombiano para
reactivar el sector bancario, el gobierno autorizó
al capital extranjero a aumentar su participación mediante Ley 24 de
1989, en la cual se permite la inversión foránea, con
algunas restricciones, en el sector financiero colombiano.
En 1979 con el Decreto 1970 surgen las compañías de financiamiento
comercial en nuestro medio como fruto de la serie de normas para
frenar la proliferación del mercado extrabancario; surgió entonces
esta modalidad de intermediario financiero cuya función principal
consiste en captar ahorro a término y dedicarlo a
financiaciones a corto y mediano plazo para facilitar la comercialización de
bienes y servicios y realizar operaciones de arrendamiento financiero o
leasing.
En 1980, con los Decretos 2461 y 3277 redefinieron el objetivo y acomodaron a
las corporaciones financieras como verdaderos bancos de inversión.
En 1987 se expidió el Decreto 2041, el cual amplió considerablemente
la capacidad de realizar operaciones.
A finales de los años 80 empezaron a surgir críticas a la estructura del
Banco de La República, pues las decisiones de la Junta Monetaria, al
estar conformada por miembros del Gobierno, tenían un sesgo
inflacionario. Esto condujo a la propuesta de contar con un
banco central independiente del gobierno.
El Decreto 2059 de 1981 crea las compañías especializadas en compra-
venta de cartera o factoring.
El Decreto 1839 de junio 22 de 1982 autoriza la creación de
compañías de autofinanciamiento y las somete, sin sentido
alguno, a la vigilancia de la Superintendencia
de la Sociedades. Dichas sociedades podrían prestar a
cada socio hasta 10 veces el patrimonio conjunto de los socios, sin
relación alguna con
el capital propio de la autofinanciera, con lo cual la posibilidad de endeudamiento
de un socio viene a ser infinitamente mayor estableciendo una capacidad
de pasivo sin precedente en la historia financiera del país.
En 1990, el Senador de la República Pablo Victoria, ante la
negativa e imposibilidad del Banco de La República de cambiarle por
oro un billete de
$5.000,°° amparado en la leyenda en los billetes por aquella época “El Banco de
La República pagará al portador la suma cinco mil pesos oro”,
presentó un
proyecto en el sentido de suprimir tal leyenda, reforma que se dio en
1992.
2.11.6. Sexta Etapa: A partir del año 1991. Con la
reforma Constitucional de 1991, se introdujeron
reformas radicales al Banco de la República y al manejo de la
política económica del país. Se estableció que
la principal función del Banco es reducir la inflación y mantenerla a
niveles bajos. Se definió que el mejor arreglo institucional para lograr
este fin es un banco central independiente, por ende se le otorga
nuevamente las facultades al Banco de La República.
Entre las principales modificaciones que se introdujeron están las siguientes:
Se eliminó la Junta Monetaria y se transfirió a la Junta Directiva la responsabilidad
de definir la política monetaria, cambiaria y crediticia. El Banco
ejecuta las políticas dictadas por su Junta, y además mantiene sus
funciones tradicionales de
controlar la inflación, ser emisor de la
moneda, administrador de las reservas internacionales,
banquero de los bancos y coordinador del sistema
de pagos, prestamista de última instancia del sistema financiero,
agente fiscal del gobierno e investigador de la economía nacional.
La Junta Directiva del Banco de la República quedó conformada por
siete miembros: El ministro de Hacienda; cinco miembros permanentes,
nombrados por
el Presidente de la República por cuatro años, dos de los cuales pueden ser
relevados cada cuatro años y por último, el Gerente General del
Banco, que es nombrado por los miembros de la Junta Directiva.
Se prohibió establecer cupos de crédito y otorgar garantías a favor de particulares.
El Banco sólo puede otorgar créditos a los intermediarios
financieros cuando tengan problemas temporales de liquidez. Al
gobierno sólo lo puede hacer en ocasiones excepcionales y por una
decisión unánime de la Junta.
La Junta Directiva del Banco debe rendir un informe semestral al Congreso de la
República con el fin de rendir cuentas sobre su actividad.
Si la Misión Kemmerer consideraba que el cuerpo de vigilancia del
sector, en ese entonces no contaba con "la autoridad necesaria"
para cumplir su cometido de supervigilancia, hoy el panorama ha
cambiado diametralmente. En esta última
reforma la Superintendencia Bancaria ha sido investida de nuevas
facultades, de diverso talante.
El numeral 24 del artículo 189 de la Constitución Política de
Colombia establece que corresponde al Presidente de la República,
como jefe de gobierno y suprema autoridad administrativa, "Ejercer, de
acuerdo con la ley, la inspección, vigilancia y control sobre las personas
que realicen actividades financiera, bursátil aseguradora
y cualquier otra relacionada con el manejo,aprovechamiento o inversión de
recursos captados del público. (…)".
La Sección Bancaria, dependiente del Gobierno,
según la Ley 45 de 1923,
ha mutado su naturaleza:
"La Superintendencia Bancaria es un organismo de carácter
técnico, adscrito al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, con
personería jurídica, autonomía administrativa y financiera y patrimonio
propio, mediante el cual el Presidente de
la República ejerce la inspección, vigilancia y control sobre las
personas que realicen la actividad financiera y aseguradora, (…)”
La mencionada Ley 795, por la cual se ajustan algunas normas del
Estatuto Orgánico del Sistema Financiero y se dictan otras disposiciones,
si bien no tiene el carácter de reforma integral a la normatividad
vigente para el genéricamente
denominado “sector financiero”, sí presenta el interés de
corresponder a una reforma que el legislador consideró pertinente y
apropiada en el año 2003, año de celebración del octogésimo
aniversario de la Superintendencia Bancaria de Colombia.
En esta perspectiva, cabe detenerse en su Exposición de Motivos, y en particular
en algunos de sus apartes, aquellos que con precisión presentan,
como en su momento lo hizo la Exposición de Motivos de la Ley
45 de 1923, el objeto del proyecto de ley que se presentaba a
consideración del Congreso de la República. Veamos:
"El proyecto de ley busca consolidar las principales modificaciones
al régimen financiero introducidas por la Ley 510 de 1999, efectuando
un arreglo normativo derivado de las recientes experiencias en
materia de manejo de entidades financieras en crisis. (…)”.
"En términos generales, mediante la Ley 510 de 1999 se buscó
modernizar la regulación vigente a fin de colocarla al nivel de las
exigencias de los mercados financieros y hacerla concordante con los
estándares internacionales de regulación
y supervisión bancaria, dando especial énfasis al desarrollo de mecanismos que
permitieran una detección temprana de las entidades en dificultades y la resolución
de entidades en crisis acudiendo a mecanismos flexibles y
operativos, que contribuyeran a reducir la posibilidad de ocurrencia de
riesgo sistémico. (…)”.
"En síntesis, con el proyecto que el Gobierno somete a
consideración del Honorable Congreso de la República, se busca ajustar
la regulación vigente, dando especial énfasis al desarrollo de
mecanismos ya creados en la legislación o mediante la introducción
de nuevos instrumentos que permitan el cumplimiento de
los objetivos de los institutos de salvamento y protección de la
confianza del público en las instituciones financieras. (…)”.
De esa reforma resaltamos entonces tres elementos: a) La
consolidación y fortalecimiento de los cambios introducidos por la
Ley 510 de 1999; b) la necesidad de acercar y acoplar la
legislación colombiana al nivel de exigencia vigente en los
mercados internacionales en materia de regulación y supervisión
bancaria; c) el énfasis en el establecimiento de mecanismos de
detección temprana de situaciones de crisis de las vigiladas, en el
marco de los instrumentos previstos en la ley como institutos de
salvamento y protección de la confianza del público en éstas.
Así las cosas, evidentemente la reforma que introduce la Ley 795 de 2003 difiere
de manera radical de la lograda por la Ley 45 de 1923: no
solamente no es integral ni innovadora sino que la estructura formal
tanto de la Exposición de
Motivos como de la propia Ley 795 es fragmentada y relaciona y
enuncia los puntos, autónomos e independientes los unos de los otros,
que determinaron el interés legislativo del momento.
Después de más de 70 años de constantes reformas
circunstanciales y con la nueva normatividad, la banca adquiere
un nuevo perfil convirtiéndose en un sector ágil y dinámico capaz de
responder a las nuevas condiciones del mercado financiero nacional y
mundial. Es desde la década de los noventa cuando en Colombia
se dan las condiciones para la adopción de la multibanca o banca
universal cuya estructura desde ese entonces fomenta las alianzas
estratégicas, fusiones, absorciones y conversiones de este tipo de
entidades.