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PROYECTO EDUCATIVO
CEIP MENÉNDEZ PIDAL - MADRID
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ÍNDICE
I- PRELIMINARES
II- CARACTERÍTICAS DEL CENTRO: ENTORNO-FAMILIAS-ALUMNADO
III- RASGOS DE IDENTIDAD DE NUESTRO CENTRO
1. TIPO DE CENTRO ESCOLAR
2. PLURALISMO Y VALORES DEMOCRÁTICOS
3. COEDUCACIÓN
4. LÍNEA METODOLÓGICA
5. ORGANIGRAMA
IV- OBJETIVOS
V- REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERIOR
TÍTULO PRELIMINAR:
CAPÍTULO I:GENERALIDADES
FINES
MARCO LEGAL
ÁMBITO DE APICACIÓN
TÍTULO I: ESTRUCTURA ORGANIZATIVA DEL CENTRO
CAPÍTULO I: ÓRGANOS EJECUTIVOS
El equipo directivo
Directora
Jefe de Estudios
Secretaria
CAPÍTULO II: ÓRGANOS COLEGIADOS DE GOBIERNO
Consejo Escolar
Claustro de profesores
Normas de funcionamiento de los órganos colegiados
CAPITULO III: ÓRGANOS Y CAUCES DE COORDINACIÓN DOCENTE
Equipos de Ciclo
Coordinadores de Ciclo
Equipos de Nivel.
Comisión de Coordinación Pedagógica.
Tutorías
Maestros sin tutoría
Asignación de ciclos, cursos, áreas y actividades docentes
CAPÍTULO IV: RELACIONES DEL CENTRO
Asociación De Madres Y Padres De Alumnos
Relaciones Del Centro Con Los Institutos Adscritos
Relaciones Del Centro Con las Escuelas Infantiles del Barrio.
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Relaciones Del Centro Con El Ayuntamiento Y La CAM
Comunicación del centro con las familias.
Entrevistas con el profesorado.
Reuniones generales de padres y madres.
Entrevistas con el Equipo Directivo.
TITULO II: REGULACIÓN DE LA CONVIVENCIA: PLAN DE CONVIVENCIA
CAPÍTULO I: GENERALIDADES
Principios del Plan de Convivencia del Centro
Criterios del Plan de Convivencia
Fines
Características del centro.
CAPÍTULO II: PREVENCIÓN DE CONFLICTOS.
Actividades del centro para la mejora de la convivencia.
Actividades del tutor/profesorado para la mejora de la convivencia.
CAPITULO III: DERECHOS Y DEBERES DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA.
Respeto a los derechos y deberes
Profesorado
Alumnado
Padres
Personal no docente.
CAPÍTULO IV: NORMAS DE CONVIVENCIA
Principios de las normas de convivencia
SECCIÓN I
Normas de organización y funcionamiento básico del centro
Apartado I: Organización de la atención educativa
De carácter general
Relación de respeto entre los distintos miembros de la Comunidad Educativa
Faltas de asistencia y puntualidad de alumnos
Ausencias y retrasos del profesorado
Sobre el desplazamiento de los alumnos dentro del recinto escolar
Patios
En el aula
Material escolar
Uso del teléfono, fotocopiadora e impresora
Inventario
Instalaciones
Regulación de las recogidas de alumnos a la salida.
Evaluación de los alumnos
Documentación del Centro
Toma de imágenes
Casos de separación o divorcio.
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Servicios mínimos
Actividades complementarias al currículum.
Actividades extraescolares
Apartado II: Funcionamiento del Servicio de Comedor
General sobre Comedor Escolar
Pagos y devoluciones de Comedor Escolar
Normas de convivencia del servicio de Comedor Escolar
Apartado III: Aspectos sanitarios
Salud e higiene
Sobre los accidentes ocurridos en el desarrollo de la actividad educativa
Administración de medicamentos.
Celebraciones
Evacuación del Centro en situaciones de emergencia.
SECCIÓN II
Normas de conducta
En las aulas:
Pasillos y servicios
Patio
En clase de Educación Física.
Comedor
Cualquier dependencia del centro
CAPÍTULO V: TIPIFICACIÓN DE FALTAS DE DISCIPLINA Y SANCIONES
Ámbito de aplicación
Faltas de disciplina. Clasificación.
Clasificación de las faltas de disciplina, sanciones y órganos competentes para la
adopción de sanciones
Inasistencia a las clases
Criterios para la adopción de sanciones
Circunstancias atenuantes y agravantes.
Responsabilidad y reparación de los daños
CAPÍTULO VI: PROCEDIMIENTO SANCIONADOR
SECCIÓN I
Procedimiento ordinario
Ámbito de aplicación del procedimiento ordinario
Tramitación del procedimiento ordinario
SECCIÓN II
Procedimiento especial
Ámbito de aplicación del procedimiento especial
Fases del procedimiento especial: Incoación, instrucción y resolución de
expediente.
Citaciones y notificaciones
Plazos de prescripción
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CAPÍTULO VII: DETECCIÓN E INTERVENCIÓN EN CASO DE ACOSO
ESCOLAR
Protocolo a seguir en caso de detectar situaciones conflictivas.
Valoración por parte del equipo docente y del equipo directivo.
Pautas de intervención.
Líneas de intervención.
Plan de intervención.
Intervención del tutor dentro del aula con el niño /víctima.
Intervención del tutor dentro del aula con los niños protagonistas del
conflicto.
Intervención del tutor dentro del aula con el grupo clase.
Intervención de la Directora con el resto de profesores.
Intervención familiar, con el tutor y con apoyo de la orientadora del
centro preferentemente.
Fases del Plan de Intervención.
VI- ANEXOS
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I. PRELIMINARES
El Colegio de Educación Infantil y Primaria Menéndez Pidal es un Centro Educativo complejo,
tanto en su organización como en su funcionamiento, por su carácter propio de Centro Preferente de
alumnado con Trastornos del Espectro Autista (TEA, con un doble proyecto) y por la diversidad del
alumnado, y por tanto, de respuesta educativa global e individualizada que será necesario dar.
Es por ello que el Proyecto Educativo está adaptado a las características del Centro atendiendo a
la diversidad de su alumnado con unas normas de funcionamiento conocidas por todos para conseguir los
fines educativos que nos proponemos.
II. CARACTERÍSTICAS DEL CENTRO: ENTORNO – FAMILIAS - ALUMNADO
El CEIP Menéndez Pidal, con 227 alumnos en la actualidad, se encuentra situado en un barrio de
Madrid, Moratalaz. Con cerca de 50 años, es un colegio de tradición familiar en la zona; muchos de
nuestros alumnos son hijos e incluso nietos de antiguos alumnos.
Con línea 1 tanto en Educación Infantil como en E. Primaria, las aulas están al máximo de su
ratio e incluso por encima en muchos cursos.
Es el único centro de la zona que no es bilingüe, por lo que está teniendo demanda de familias
que proceden de otras provincias sin programa bilingüe, de familias que han encontrado dificultades de
aprendizaje con el bilingüismo en otros colegios de la zona, o de familias que simplemente optan por la
oferta educativa del centro como no bilingüe con Plan de Estudios con modificación horaria, ampliación
del horario de Inglés y Plástica en Inglés en toda la etapa de Primaria.
El poder adquisitivo de las familias es medio, medio- bajo y bajo. Hay familias dependientes de la
ayuda social del Ayuntamiento, de becas y ayudas de la Comunidad, de la Iglesia, de Organizaciones
humanitarias (Cáritas, Cruz Roja,…) familias incluso con los dos progenitores en situación de desempleo.
Muchos alumnos están becados: comedor y libros.
El nivel de formación en general de los padres es de estudios primarios, existe también población
de mayor nivel cultural y sólo una minoría posee titulación superior.
La situación laboral de las familias, de gran exigencia horaria en muchos casos, conlleva la
demanda de distintos servicios complementarios al centro: acogida matinal, servicio de comedor y
actividades extraescolares de tarde, algunas de la AMPA y otras gratuitas subvencionadas por la JMD de
Moratalaz. Hay alumnos que están en el centro desde las 7:30 h. de la mañana hasta las 6:15h. de la tarde.
El perfil del modelo familiar es muy diverso: al tradicional se une familias monoparentales,
padres separados, en conflicto por la custodia de los hijos, de clase social desfavorecida, familias
desarraigadas, varias familias compartiendo vivienda, abuelos o bisabuelos a cargo de sus nietos…
La multiculturalidad del alumnado es otra característica del centro: alumnos inmigrantes, o ya
nacidos en España pero hijos de inmigrantes de distintas nacionalidades, dándose en un mismo grupo
hasta ocho nacionalidades distintas. Su integración social en el centro siempre ha sido satisfactoria, pero
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no a nivel curricular en algunos casos, por desconocimiento del idioma o su incorporación tardía al
sistema educativo español.
Por razones de tipo intelectual, madurativo, emocional o social, el alumnado también es muy
diverso atendiendo a su nivel de competencia curricular.
III. RASGOS DE IDENTIDAD DE NUESTRO CENTRO
1. TIPO DE CENTRO ESCOLAR
Nuestro centro es un Centro Público de Educación Infantil y Primaria y de escolarización
preferente de alumnos con Trastornos del Espectro Autista (TEA), implicado y comprometido en dar una
educación de calidad adaptada a las necesidades y capacidades de cada uno de nuestros alumnos.
Centro con Plan de Estudios para la organización del Centro: Con modificación horaria en
algunas áreas ampliando la dedicación a Lengua Castellana y al área de Lengua extranjera Inglés, según
Resolución, de 22 de junio de 2015 de la Dirección General de Infantil y Primaria, incorporando este
curso una nueva modificación para poder impartir Plástica en Inglés de 1º a 6º de Primaria, autorizados
según Resolución de 28 de febrero de 2018 de la Dirección General de Infantil y Primaria.
Centro no bilingüe. Daremos la mejor respuesta a nuestro alumnado con los medios de que
disponemos y con las mejoras incluidas en el Plan de Estudios de organización de Centro, impartiendo
inglés desde 3 años de E. Infantil, sesión diaria de Inglés desde 3º de Primaria y Plástica en Inglés en toda
Primaria.
Centro con “Jornada Continua” desde el curso 2016-2017 con horario de 9:00 a 14:00 horas,
para la mejora del rendimiento y la convivencia.
Uso de uniforme y chándal institucional según se recoge en el RRI del PE, como símbolo de
unidad, identidad y pertenencia al Menéndez Pidal.
El Plan de Atención a la Diversidad del centro pretende dar respuesta a las necesidades de
todos los alumnos según sus características y situación familiar, social, emocional e intelectual,
facilitando su integración en el grupo y el máximo desarrollo de sus propias capacidades.
Centro de Escolarización Preferente de alumnos con TEA (Trastornos del Espectro Autista)
creándose un aula de recursos desde el curso 2007-2008 para la atención a alumnos del proyecto, y desde
el curso 2010-2011 con la creación de una segunda aula. Se atiende a un total de 10 alumnos según esta
modalidad educativa lo que ha supuesto la adopción por parte del centro de una serie de medidas y
actuaciones para poderse dar la inclusión del doble proyecto preferente en la vida del centro y la
integración de sus alumnos en las aulas ordinarias. Contamos con los recursos personales según
documento marco legal para cada aula: dos profesoras de Pedagogía Terapeútica y dos Integradoras
Sociales; y sus correspondientes recursos materiales.
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Colegio familiar: cooperación entorno-familia-escuela, propiciando la participación de los
distintos sectores de la Comunidad Educativa mediante una relación fluida y constante para alcanzar,
uniendo fuerzas, los mismos fines.
2. PLURALISMO Y VALORES DEMOCRÁTICOS
Es un centro público, basado en el pluralismo, la libertad ideológica y religiosa. Aconfesional,
respetuoso hacia todas las creencias de profesores y alumnos. Renunciando a todo tipo de
adoctrinamiento y sectarismo, respetando la evolución del alumno y su singularidad propias, y
estimulando en él los valores de una sociedad democrática: solidaridad, respeto a los demás y actitud de
diálogo.
Deseamos que el alumno aprenda a vivir con el resto de compañeros, sean del nivel social que
sean. Que digan no ante cualquier violencia y que compartan sus actividades de estudio y recreativas con
los demás.
Daremos una formación ética, moral y cívica basada en los derechos humanos. La educación y la
convivencia se desarrollarán en un marco de tolerancia y respeto a la libertad de cada cual, a su
personalidad y convicciones, a su procedencia, que no podrán ser perturbadas por ningún tipo de coacción
ni por la obligación de asumir ideologías o creencias determinadas.
Promocionaremos aquellas actitudes y aptitudes que fijan los fundamentos de la convivencia
pacífica en y para la Comunidad Educativa:
- Pluralismo
- Libertad
- No adoctrinamiento
- Rechazo al dogmatismo
- Respeto a los derechos humanos
- Compromiso con el conjunto de valores democráticos
- Responsabilidad
- Diálogo y tolerancia
- Participación activa en la vida social y cultural
- Solidaridad y comprensión con otras culturas
- Integración y promoción social
- Respeto de los derechos y libertades fundamentales
- Socialización
3. COEDUCACIÓN
El centro practica una educación para la igualdad, sin discriminaciones por razón de sexo,
trabajando en la superación de las diferencias de roles entre hombre y mujer, cuidando la elección de los
libros de texto, lecturas complementarias, agrupamientos para el trabajo escolar y las propuestas de
orientación escolar.
4. LÍNEA METODOLÓGICA
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Entendemos la educación en sentido integral, no sólo la transmisión de información y la
adquisición de conocimientos en cada área, sino una formación cultural, artística, natural y socio-
emocional. Consideramos al niño protagonista de su aprendizaje y de nuestro proyecto dotándole de
aquellas competencias que se ajusten a sus necesidades.
El estilo educativo que planteamos se basa en unos principios metodológicos, adoptados, como
equipo docente coordinado, de forma global, en aras de una acción individualizadora y de atención a la
diversidad, basándose en el trabajo individual del alumno junto al aprendizaje a través de la observación
directa, el descubrimiento, los aprendizajes significativos, el trabajo en equipo, el desarrollo de un espíritu
crítico, de la creatividad,… que propicie una educación integral en conocimientos, competencias básicas
y valores de los alumnos en todos los ámbitos, en su vida personal, familiar y social.
Se busca el equilibrio entre un estilo docente basado en agrupamientos de alumnos por tutorías
permanentes a lo largo del curso, basándose en el trabajo individual del alumno, a la vez que fomentando
el trabajo en equipo; apoyándose cada vez menos en el libro de texto convencional, para dar paso cada
vez más al uso de nuevas tecnologías (pizarra digital, aula virtual, recursos informáticos,..). Motivaremos
el aprendizaje a través del descubrimiento, la creatividad del alumno, la observación directa, los
aprendizajes significativos y la sociabilización a través del diálogo y el consenso entre todos.
Procuraremos que no haya desconexión entre la teoría y la práctica, entre trabajo y estudio.
Se potenciará la coordinación docente entre los profesores del centro, de etapa, de ciclo y de un
mismo nivel, y la colaboración y trabajo en equipo de los distintos profesionales que intervienen en un
mismo grupo de alumnos o con un alumno en concreto, con la participación y compromiso de las
familias. Queremos buscar una armonía entre las distintas líneas metodológicas de los profesores en aras
de conseguir el beneficio de los alumnos.
Buscaremos un equilibrio entre la actividad y la iniciativa frente a la búsqueda de conocimientos;
desarrollar el espíritu crítico; admitir la diversidad de ritmos evolutivos y de capacidades intelectuales de
los alumnos. Tendremos en cuenta el desarrollo psicológico del alumno en la programación por niveles y
ciclos.
Intentaremos que nuestra acción educadora dé una respuesta adecuada a las necesidades
específicas de cada alumno mediante una acción individualizadora y de atención a la diversidad.
Adaptaremos el entorno, los espacios y recursos de trabajo a las necesidades singulares de cada alumno.
Buscaremos en nuestra acción docente la adecuación necesaria de los recursos personales,
materiales y espaciales para la integración de los alumnos con Trastornos del Espectro Autista (TEA)
como se recogen en el diseño curricular y en la programación de aula, y lograr la inclusión del Proyecto
de Centro Preferente de alumnos con TEA y la integración de su alumnado a la vida del centro.
La labor educativa necesita del orden y la disciplina que no serán entendidos como mera
consecuencia de la coerción, sino que se conseguirán por el respeto mutuo, el diálogo, la reflexión, la
colaboración y la solidaridad, para lograr un buen clima de trabajo en el centro con una buena
convivencia.
Será objetivo preferente el conseguir la integración del Centro en el barrio con el fin de lograr la
inserción de los alumnos en el entorno social en que viven.
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Basaremos nuestra actuación docente en los principios de la escuela activa, fomentando en el
alumno una actitud curiosa, crítica e investigadora, basada en la comunicación y el trabajo como punto de
partida para la adquisición de unos aprendizajes y valores:
- El niño debe ser protagonista de su propio aprendizaje.
- Aprendizajes funcionales: aprender a aprender.
- Globalización. Contenidos interrelacionados.
- Enseñanza individualizada, respetando las diferencias individuales.
- Considerar la evaluación como un recurso didáctico para encauzar el proceso educativo: evaluación
inicial, formativa y sumativa. Autoevaluación.
- Utilización del trabajo en grupo.
- Atención a la diversidad. Trato personalizado que se adecue al ritmo evolutivo, a las capacidades y
singularidad propias de cada alumno.
- Actividades de diálogo y debate que conduzcan a la reflexión colectiva.
- Propuestas de lectura que fomenten la formación de valores humanos.
- Organización de actividades complementarias y extraescolares.
5. ORGANIGRAMA DEL CENTRO
ESTRUCTURA ORGANIZATIVA DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA DEL CENTRO
CONSEJO ESCOLAR
A.M.P.A.
DIRECTORA.............................CLAUSTRO DE PROFESORES
Jefe de Estudios Secretaria
Equipos de Ciclo Tutorías Comisión de Coordinación Pedagógica
EOEP
Personal no docente
Comisión Económica
Comisión de Convivencia
Comisión de Comedor
Comisión Permanente
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IV. OBJETIVOS DEL PROYECTO EDUCATIVO
- Favorecer la comunicación entre los miembros de la Comunidad Educativa.
- Proporcionar a todos los alumnos/as las mismas oportunidades.
- Conseguir la implantación y observación del R.R.I.
- Mantener una comunicación fluida y sistemática con las familias.
- Potenciar un régimen de coeducación en el que no se produzca discriminación alguna por razón
de sexo.
- Incorporar en las programaciones didácticas objetivos y contenidos relacionados con el entorno
próximo a los alumnos.
- Proporcionar a los alumnos instrumentos de análisis científico y fomentar la capacidad de
observación, de crítica y de adquisición de hábitos de trabajo intelectual.
- Potenciar una enseñanza activa en la que se desarrollen la iniciativa y la creatividad.
- Desarrollar un plan de acción tutorial que proporcione a los alumnos:
- Conocimiento de sí mismo.
- Conocimiento del mundo físico y social del entorno.
- Conseguir que cada alumno se conozca a sí mismo:
- intereses
- autoconcepto
- situación académica
- autoestima
para obtener unas relaciones satisfactorias consigo mismo y con las personas que le rodean.
- Determinar módulos horarios específicos para la acción tutorial grupal e individual.
- Saber utilizar los diferentes medios de expresión para comunicar sus opiniones, sentimientos y
deseos.
- Saber emplear métodos de estudio y trabajo que faciliten la recogida de información, selección de
datos y resolución de problemas con autonomía.
- Sensibilizar a los alumnos hacia cuestiones cívicas, culturales y artísticas.
- Desarrollar aptitudes y hábitos de cooperación mediante el trabajo en equipo.
- Lograr la continuidad y coherencia de las dos etapas del sistema educativo: Educación Infantil y
Educación Primaria, con las que cuenta el Centro.
- Conseguir la incorporación de los alumnos con Trastornos del Espectro Autista al currículo de
Educación Primaria de la manera más normalizada posible.
- Establecer las condiciones objetivas para la evaluación del progreso de los alumnos/as.
- Establecer relaciones sistemáticas de coordinación y colaboración con los institutos de la zona.
OBJETIVOS DEL PROYECTO EDUCATIVO EN RELACIÓN A LOS PLANES Y
PROYECTOS DEL CENTRO
1. Redefinir el Plan de Mejora de Resultados añadiendo a las medidas ya existentes las propuestas
en el Proyecto Propio de organización de Centro.
2. Impulsar el Plan de Fomento de la Lectura, insistiendo en su importancia como herramienta
vehicular para todas las áreas, como fuente de información y entretenimiento.
3. Revisar y actualizar los Planes y Proyectos del Centro, favoreciendo su conocimiento para
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considerarlos referente de toda la intervención educativa.
4. Actualizar el Doble Proyecto de Centro Preferente de alumnos con Trastornos del Espectro
Autista (TEA) favoreciendo su inclusión, mejorando las estructuras organizativas y la
coordinación entre los distintos profesionales que intervienen, y el continuo contacto con las
familias.
5. Potenciar la utilización del aula de recursos del Proyecto Preferente para acciones encaminadas a
alumnos pertenecientes o no al proyecto.
6. Utilizar de forma sistemática las TIC como apoyo curricular preferentemente en las áreas de
instrumentales básicas, con la ampliación de recursos y actualización metodológica, impulsando
la formación del profesorado en este campo.
7. Potenciar la mejora de la competencia lingüística de los alumnos en lengua extranjera inglés
adaptándola al marco común europeo.
8. Fomentar la convivencia en el centro creando un clima escolar que fomente el estudio y el
desarrollo de cuantas actuaciones propicien una formación integral de nuestro alumnado, en
conocimientos, competencias básicas y valores.
9. Coordinar la elaboración y realización de las pruebas de evaluación inicial y de seguimiento de
las instrumentales básicas, fomentando la autonomía del alumno en la lectura y comprensión de
enunciados.
10. Impulsar la evaluación como instrumento valioso para valorar el proceso de aprendizaje de los
alumnos, de enseñanza del profesor y del Proyecto de centro y Dirección, de una forma más
sistemática y medible con indicadores de logro que facilite el análisis de resultados e impulse la
mejora.
11. Insistir en la importancia y necesidad del apoyo de las familias buscando su compromiso y
complementariedad en la labor educativa.
12. Realizar actividades de mejora y difusión de nuestro Proyecto Educativo en el entorno.
13. Coordinar, promover y orientar actividades en el comedor escolar para seguir convirtiendo este
espacio en un momento educativo.
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Aprobado en Consejo Escolar el 4 de MARZO de 2016
Última actualización en Consejo Escolar el 29 de OCTUBRE de 2019
V - REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERIOR
INTRODUCCIÓN
Para conseguir los objetivos marcados en el PE, aplicar los principios metodológicos propuestos,
fomentar en nuestros alumnos los valores propios de una sociedad democrática, hemos de colaborar y
trabajar uniendo nuestros esfuerzos toda la Comunidad Educativa. La única forma de lograr que este
trabajo sea eficaz y no se desperdicien esfuerzos es dotar al centro de la necesaria estructura organizativa,
y esto se formaliza en el Reglamento de Régimen Interior.
TÍTULO PRELIMINAR:
CAPÍTULO I:
Generalidades
Artículo 1
Fines:
- Dotar al centro de marcos de referencia para su organización y funcionamiento.
- Establecer el marco que facilite las relaciones, decisiones y el funcionamiento en general.
- Facilitar la toma de decisiones.
- Estructurar, definir y repartir responsabilidades.
- Establecer los mecanismos de participación de todos los miembros de la Comunidad
Educativa.
Artículo 2
Marco legal:
Este Reglamento de Régimen Interior será de aplicación dentro del marco normativo establecido
con los principios consignados por:
- Constitución Española
- Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo
- Ley Orgánica del Derecho a la Educación (LODE)
- Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (LOE)
- Real Decreto 82/1996, de 26 de enero, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de las
Escuelas de Educación Infantil y de los colegios de Educación Primaria.
- Orden de 29 de junio de 1994, por la que se aprueban las instrucciones que regulan la
organización y funcionamiento de las Escuelas de Educación Infantil y de los colegios de
Educación Primaria modificada por la Orden de 29 de febrero de 1996 .
- Real Decreto 732/1995, de 5 de mayo, por el que se establecen los derechos y deberes de los
alumnos, y las normas de convivencia en los centros.
- Decreto 15/2007, de 19 de abril, por el que se establece el marco regulador de la convivencia
en los centros docentes de la Comunidad de Madrid.
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- Ley 2/2010, de 15 de junio, de Autoridad del Profesor.
- Ley 8/2013, de 9 de diciembre, Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa
(LOMCE)
Artículo 3
Ámbito de aplicación:
Este reglamento será de aplicación a la Comunidad Educativa que constituye el Colegio Público
de Educación Infantil y Primaria “Menéndez Pidal”, sito en la C/ Encomienda de Palacios, 85, 28030
Madrid.Tiene carácter de obligatoriedad para todos sus miembros.
TÍTULO I:
ESTRUCTURA ORGANIZATIVA DEL CENTRO
CAPÍTULO I:
Órganos ejecutivos
Artículo 4
El equipo directivo.
El equipo directivo es el órgano ejecutivo de gobierno de los centros públicos y está integrado por
el director/a, el jefe/a de estudios y el secretario/a y trabajarán de forma coordinada en el desempeño de
sus funciones.
Artículo 5
La directora
La directora del centro remitirá al Director Provincial la relación de los maestros propuestos para
ocupar los cargos de Jefe de Estudios y Secretaria designados por la directora.
La directora, como representante de la Comunidad Educativa del Centro, cumplirá y hará cumplir
las normas legales, velará por el correcto funcionamiento de los órganos colegiados de gobierno,
especialmente en cuanto se refiere al ámbito de sus competencias, clarificando cualquier duda sobre las
mismas y coordinando las acciones propias de dichos órganos. Asimismo, será coordinadora pedagógica
del Centro promoviendo la formación del profesorado, la innovación educativa e impulsando planes para
la consecución de los objetivos del Proyecto Educativo.
5.1.- Su elección y nombramiento seguirá la normativa vigente en cada momento.
5.2.- Competencias:
(Artículo 81 Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa, que
modifica el Artículo 132 de la Ley Orgánica de Educación 2/2006 de 3 de mayo, que queda redactado
como sigue)
Son competencias del director:
a) Ostentar la representación del centro, representar a la Administración educativa en el mismo y hacerle
llegar a ésta los planteamientos, aspiraciones y necesidades de la comunidad educativa.
b) Dirigir y coordinar todas las actividades del centro, sin perjuicio de las competencias atribuidas al
Claustro del profesorado y al Consejo Escolar.
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c) Ejercer la dirección pedagógica, promover la innovación educativa e impulsar planes para la
consecución de los objetivos del proyecto educativo del centro.
d) Garantizar el cumplimiento de las leyes y demás disposiciones vigentes.
e) Ejercer la jefatura de todo el personal adscrito al centro.
f) Favorecer la convivencia en el centro, garantizar la mediación en la resolución de los conflictos e
imponer las medidas disciplinarias que correspondan a los alumnos y alumnas, en cumplimiento de la
normativa vigente, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Consejo Escolar en el artículo 127 de la
Ley Orgánica de Educación. A tal fin, se promoverá la agilización de los procedimientos para la
resolución de los conflictos en los centros.
g) Impulsar la colaboración con las familias, con instituciones y con organismos que faciliten la relación
del centro con el entorno, y fomentar un clima escolar que favorezca el estudio y el desarrollo de cuantas
actuaciones propicien una formación integral en conocimientos y valores de los alumnos y alumnas.
h) Impulsar las evaluaciones internas del centro y colaborar en las evaluaciones externas y en la
evaluación del profesorado.
i) Convocar y presidir los actos académicos y las sesiones del Consejo Escolar y del Claustro del
profesorado del centro y ejecutar los acuerdos adoptados, en el ámbito de sus competencias.
j) Realizar las contrataciones de obras, servicios y suministros, así como autorizar los gastos de acuerdo
con el presupuesto del centro, ordenar los pagos y visar las certificaciones y documentos oficiales del
centro, todo ello de acuerdo con lo que establezcan las Administraciones educativas.
k) Proponer a la Administración educativa el nombramiento y cese de los miembros del equipo directivo,
previa información al Claustro del profesorado y al Consejo Escolar del centro.
l) Aprobar los proyectos y las normas a los que se refiere el capítulo II del título V de la presente Ley
Orgánica. m) Aprobar la programación general anual del centro, sin perjuicio de las competencias del
Claustro del profesorado, en relación con la planificación y organización docente.
n) Decidir sobre la admisión de alumnos y alumnas, con sujeción a lo establecido en esta Ley Orgánica y
disposiciones que la desarrollen.
ñ) Aprobar la obtención de recursos complementarios de acuerdo con lo establecido en el artículo 122.3.
o) Fijar las directrices para la colaboración, con fines educativos y culturales, con las Administraciones
locales, con otros centros, entidades y organismos.
p) Cualesquiera otras que le sean encomendadas por la Administración educativa.
q) Otras competencias recogidas en el art. 31 del ROC que no se opongan a las anteriores.
5.3.- La dirección del centro tendrá un horario de atención a los padres que se hará pública en las
instrucciones que se darán a las familias cada principio de curso.
5.4.- En caso de ausencia o enfermedad del director, se hará cargo provisionalmente de sus funciones el
jefe de estudios.
Artículo 6
El jefe de estudios.
6.1.- Su elección y nombramiento seguirá la normativa recogida en el Real Decreto 82/1996 de 26 de
Enero.
6.2.- Competencias:
(Art. 34 del citado R.D.)
a) Ejercer, por delegación del director y bajo su autoridad, la jefatura del personal docente en todo lo
relativo al régimen académico.
b) Sustituir al director en caso de ausencia o enfermedad.
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c) Coordinar las actividades de carácter académico, de orientación y complementarias de maestros y
alumnos en relación con el proyecto educativo, los proyectos curriculares de etapa y la programación
general anual y, además, velar por su ejecución.
d) Elaborar en relación con los restantes órganos unipersonales, los horarios académicos de los alumnos y
maestros de acuerdo con los criterios aprobados por el claustro y con el horario general incluido en la
programación general anual, así como velar por su estricto cumplimiento.
e) Coordinar las tareas de los equipos de ciclo.
f) Coordinar y dirigir la acción de los tutores y, en su caso, del maestro orientador de centro, conforme al
plan de acción tutorial.
g) Coordinar, con la colaboración del representante del claustro en el centro de profesores y recursos, las
actividades de perfeccionamiento del profesorado, así como planificar y organizar las actividades de
formación de profesores realizadas en el centro.
h) Organizar los actos académicos.
i) Fomentar la participación de los distintos sectores de la comunidad escolar, especialmente en lo que se
refiere al alumnado, facilitando y orientando su organización.
j) Participar en la elaboración de la propuesta de proyecto educativo y de la programación general anual,
junto con al resto del equipo directivo.
k) Favorecer la convivencia en el centro y garantizar el procedimiento para imponer las correcciones que
correspondan, de acuerdo con las disposiciones vigentes, lo establecido en el reglamento de régimen
interior y los criterios fijados por el consejo escolar.
l) Organizar la atención y cuidado de los alumnos en los periodos de recreo y en otras actividades no
lectivas.
m) Cualquier otra función que le pueda ser encomendada por el director del centro dentro del ámbito de
su competencia.
6.3.- En caso de ausencia o enfermedad del jefe de estudios se hará cargo de sus funciones
provisionalmente el profesor que designe el director, que informará de su decisión al consejo escolar.
Artículo 7
La secretaria.
7.1.- Su elección y nombramiento seguirá la normativa recogida en el Real Decreto 82/1996 de 26 de
Enero.
7.2.- Competencias:
(Art. 35 del citado R.D.)
a) Ordenar el régimen administrativo del centro, de conformidad con las directrices del director.
b) Actuar como secretario de los órganos colegiados de gobierno del centro, levantar acta de las sesiones
y dar fe de los acuerdos con el visto bueno del director.
c) Custodiar los libros y archivos del centro.
d) Expedir las certificaciones que soliciten las autoridades y los interesados.
e) realizar el inventario general del centro y mantenerlo actualizado.
f) Custodiar y disponer la utilización de los medios informáticos, audiovisuales y del resto del material
didáctico.
g) Ejercer, por delegación del director y bajo su autoridad, la jefatura del personal de administración y de
servicios adscrito al centro.
h) Elaborar el anteproyecto de presupuesto del centro.
i) Ordenar el régimen económico del centro de conformidad con las instrucciones del director, realizar la
contabilidad y rendir cuentas ante las autoridades correspondientes.
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j) Participar en la elaboración de la propuesta del proyecto educativo y de la programación general anual,
junto con el resto del equipo directivo.
k) Velar por el mantenimiento material del centro en todos sus aspectos, de acuerdo con las indicaciones
del director.
l) Cualquier otra función que le encomiende el director dentro de su ámbito de competencia.
7.3.- Igualmente en caso de ausencia o enfermedad del secretario se hará cargo de sus funciones el
profesor que designe el director, dando cuenta del hecho al consejo escolar.
CAPÍTULO II:
Órganos colegiados de gobierno
Artículo 8
Consejo Escolar.
8.1.- Es el órgano de participación de los diferentes miembros de la comunidad educativa.
En nuestro Centro, el consejo Escolar está formado por:
a) El director/a del centro que será su presidente.
b) El jefe/a de estudios.
c) Cinco maestros elegidos por el claustro.
d) Cinco representantes de los padres de alumnos. Uno de ellos designado por el A.M.P.A. del centro.
e) Un representante del personal de administración y servicios.
f) Un concejal o representante del Ayuntamiento.
g) El secretario, que actuará como secretario del Consejo, con voz, pero sin voto.
8.2.- Competencias:
(Artículo 80 Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa, que
modifica el Artículo 127 de la Ley Orgánica de Educación 2/2006 de 3 de mayo, que queda redactado
como sigue)
El Consejo Escolar del centro tendrá las siguientes competencias:
a) Evaluar los proyectos y las normas a los que se refiere el capítulo II del título V de la presente Ley
orgánica.
b) Evaluar la programación general anual del centro, sin perjuicio de las competencias del Claustro del
profesorado, en relación con la planificación y organización docente.
c) Conocer las candidaturas a la dirección y los proyectos de dirección presentados por los candidatos.
d) Participar en la selección del director del centro, en los términos que la presente Ley Orgánica
establece. Ser informado del nombramiento y cese de los demás miembros del equipo directivo. En su
caso, previo acuerdo de sus miembros, adoptado por mayoría de dos tercios, proponer la revocación del
nombramiento del director.
e) Informar sobre la admisión de alumnos y alumnas, con sujeción a lo establecido en esta Ley Orgánica y
disposiciones que la desarrollen.
f) Conocer la resolución de conflictos disciplinarios y velar por que se atengan a la normativa vigente.
Cuando las medidas disciplinarias adoptadas por el director correspondan a conductas del alumnado que
perjudiquen gravemente la convivencia del centro, el Consejo Escolar, a instancia de padres, madres o
tutores legales, podrá revisar la decisión adoptada y proponer, en su caso, las medidas oportunas.
g) Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro, la igualdad entre hombres y
mujeres, la igualdad de trato y la no discriminación por las causas a que se refiere el artículo 84.3 de la
presente Ley Orgánica, la resolución pacífica de conflictos, y la prevención de la violencia de género.
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h) Promover la conservación y renovación de las instalaciones y del equipo escolar e informar la
obtención de recursos complementarios, de acuerdo con lo establecido en el artículo 122.3.
i) Informar las directrices para la colaboración, con fines educativos y culturales, con las
Administraciones locales, con otros centros, entidades y organismos.
j) Analizar y valorar el funcionamiento general del centro, la evolución del rendimiento escolar y los
resultados de las evaluaciones internas y externas en las que participe el centro.
k) Elaborar propuestas e informes, a iniciativa propia o a petición de la Administración competente, sobre
el funcionamiento del centro y la mejora de la calidad de la gestión, así como sobre aquellos otros
aspectos relacionados con la calidad de la misma.
l) Cualesquiera otras que le sean atribuidas por la Administración educativa.
m) Otras competencias recogidas en el art. 21 del ROC que no se opongan a las anteriores.
8.3.- Dentro del Consejo Escolar se constituirán las siguientes comisiones:
· Comisión Económica. Formada por el directora/a, el secretario/a, el jefe/a de estudios, un padre/madre,
un maestro/a, y se encargará de informar la gestión económica del centro antes de ser aprobadas por el
Consejo Escolar. Sus componentes podrán ser renovados a principios de cada curso escolar.
· Comisión de Convivencia. Estará formada por el director/a, el jefe/a de estudios, el secretario/a, un
padre/madre, un maestro/a.
Esta Comisión tendrá las siguientes competencias:
a) Promover que las actuaciones en el centro favorezcan la convivencia, el respeto, la tolerancia, el
ejercicio efectivo de derechos y el cumplimiento de deberes, así como proponer al Consejo Escolar las
medidas que considere oportunas para mejorar la convivencia en el centro.
b) Proponer el contenido de las medidas a incluir en el Plan de Convivencia del centro.
c) Impulsar entre los miembros de la comunidad educativa el conocimiento y la observancia de las
Normas de Conducta.
d) Evaluar periódicamente la situación de convivencia en el centro y los resultados de aplicación de las
Normas de Conducta.
e) Informar de sus actuaciones al Claustro de Profesores y al Consejo Escolar del centro.
f) Mediar en los conflictos que puedan plantearse.
g) Colaborar en la elaboración de un informe final sobre la convivencia en el centro que se incluirá en la
memoria anual.
La Comisión de Convivencia se reunirá cuando sea necesario.
· Comisión de Comedor. Formada por el director/a, el secretario/a, el jefe/a de estudios, un padre/madre,
un maestro/a. Se ceñirá a la normativa específica de comedores escolares.
Se podrá constituir cualquier otra comisión, temporal o permanente, que se considere oportuna en el seno
del consejo y que contribuyan a la mejora de la gestión del centro, siempre en el ámbito de sus
competencias. Para constituir una comisión se deberá contar con la aprobación de al menos 2/3 de los
miembros del Consejo Escolar.
8.4.- El Consejo Escolar se reunirá, como mínimo una vez al trimestre y siempre que lo convoque el
director o lo solicite, al menos, un tercio de sus miembros. En todo caso, será preceptiva, además una
reunión a principio de curso y otra al final del mismo. Las reuniones ordinarias del Consejo Escolar serán
convocadas por el Director con una antelación mínima de una semana, enviando a sus miembros el orden
del día y la documentación que, en su caso, vaya a ser sometida a debate. Podrán realizarse convocatorias
extraordinarias cuando la naturaleza de los asuntos que hayan de tratarse así lo aconseje. En este caso, la
convocatoria deberá hacerse con una antelación mínima de cuarenta y ocho horas. Las reuniones del
Consejo Escolar se celebrarán en el día y con el horario que posibiliten la existencia de todos sus
miembros.
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Artículo 9
Claustro de profesores.
9.1.- Es el órgano propio de participación de los maestros en el centro, y tiene la responsabilidad de
planificar, coordinar, informar y en su caso decidir sobre todos los aspectos educativos del mismo. Será
presidido por el director y estará integrado por la totalidad de los profesores que presten servicio en el
centro.
9.2.- Competencias:
(Art. 129 de la L.O.E)
a) Formular al equipo directivo y al Consejo Escolar propuestas para la elaboración de los proyectos del
centro y de la programación general anual.
b) Aprobar y evaluar la concreción del currículo y todos los aspectos educativos de los proyectos y de la
programación general anual.
c) Fijar los criterios referentes a la orientación, tutoría, evaluación y recuperación de los alumnos.
d) Promover iniciativas en el ámbito de la experimentación y de la investigación pedagógica y en la
formación del profesorado del centro.
e) Elegir sus representantes en el Consejo Escolar del centro y participar en la selección del director en
los términos establecidos por la presente Ley.
f) Conocer las candidaturas a la dirección y los proyectos de dirección presentados por los candidatos.
g) Analizar y valorar el funcionamiento general del centro, la evolución del rendimiento escolar y los
resultados de las evaluaciones internas y externas en las que participe el centro.
h) Informar las normas de organización y funcionamiento del centro.
i) Conocer la resolución de conflictos disciplinarios y la imposición de sanciones y velar por que éstas se
atengan a la normativa vigente.
j) Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro.
k) Cualesquiera otras que le sean atribuidas por la Administración educativa o por las respectivas normas
de organización y funcionamiento.
l) Otras competencias recogidas en el art. 24 del ROC que no se opongan a las anteriores.
Artículo 10
Normas de funcionamiento de los órganos colegiados
a) El Claustro de Profesores está integrado por la totalidad de los profesores del Centro. Está presidido
por la directora.
b) La asistencia a las sesiones del Claustro será obligatoria para todos sus miembros.
c) Las votaciones serán a mano alzada si no hay inconveniente por parte de los presentes y de forma
secreta si lo hubiera.
d) El Claustro de Profesores y el Consejo Escolar realizarán sus funciones en el marco de las
competencias que les atribuye la legislación vigente como órganos colegiados de gobierno del Centro.
La directora velará para que las reuniones de ambos órganos tengan lugar en horario que permita la
asistencia de todos sus miembros.
e) El Claustro y el Consejo Escolar se reunirán una vez al trimestre y siempre que lo convoque su
presidente, o lo solicite, al menos, un tercio de sus miembros. En todo caso será preceptiva una
reunión al principio y otra al final del curso.
f) El quorum para dar por válida una reunión de Claustro o de Consejo Escolar será la mayoría absoluta
de sus componentes, en primera convocatoria o, en su defecto, con los presentes en segunda
convocatoria.
g) No podrá ser objeto de acuerdo ningún asunto que no figure en el orden del día, salvo que estén
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presentes todos los miembros del órgano colegiado y sea declarada la urgencia con el voto favorable
de la mayoría.
h) Los acuerdos serán tomados por mayoría absoluta de los asistentes y dirimirá el empate el voto final
de calidad de la Presidenta.
i) De cada sesión la secretaría levantará acta que contendrá la indicación de las circunstancias de lugar y
tiempo en que se ha celebrado, los puntos principales de deliberación, la forma y el resultado de la
votación y el contenido de los acuerdos.
j) Las actas serán firmadas por la Secretaría con el visto bueno de la Presidenta y se aprobarán en la
siguiente sesión ordinaria.
k) Los miembros de la reunión podrán hacer constar en acta su voto contrario al acuerdo adoptado y los
motivos que lo justifiquen.
l) En caso de ausencia o enfermedad de la Presidenta será sustituida por el Jefe de Estudios, y la
Secretaria por otro miembro del órgano colegiado.
m) Al comienzo de la reunión deberá señalarse el tiempo de duración del acto. En caso de superar el
tiempo indicado, se aplazará la sesión, señalándose fecha y hora para continuarla.
n) Se establecerá un turno de palabra con un tiempo determinado.
CAPITULO III
Órganos y cauces de coordinación docente
Articulo 11
Equipos de Ciclo
11.1.- Los Equipos de ciclo, que agruparán a todos los maestros que impartan docencia en él, son los
órganos básicos encargados de organizar y desarrollar, bajo la supervisión de la Jefatura de Estudios, las
enseñanzas propias del Ciclo.
Se establecen tres ciclos: Educación Infantil, Ciclo de primero/segundo/tercero y Ciclo de
cuarto/quinto/sexto.
11.2.- Competencias:
a) Formular propuestas al equipo directivo y al claustro, relativas a la elaboración del proyecto educativo
y la programación general anual.
b) Formular propuestas a la Comisión de Coordinación Pedagógica relativas a la elaboración de las
concreciones curriculares de etapa.
c) Mantener actualizada la metodología didáctica.
d) Organizar y realizar actividades complementarias y extraescolares.
e) Coordinar la enseñanza en el correspondiente ciclo de acuerdo con la concreción curricular y con la
programación general anual del Centro.
f) Cualquier otra función que les encomiende el Jefe de Estudios o la Comisión de Coordinación
Pedagógica en el ámbito de su competencia.
11.3.- Se reunirán al menos una vez cada quince días, estableciendo para ello un día fijo a la semana.
Dichas reuniones serán de obligada asistencia para todos sus miembros. Un resumen de lo tratado en estas
reuniones será recogido en las actas correspondientes que serán redactadas por el coordinador de ciclo.
11.4.- A final de curso los equipos de ciclo evaluarán las actividades realizadas y los resultados obtenidos,
información que será tenida en cuenta en la elaboración de la Memoria anual del centro.
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Artículo 12
Coordinadores de Ciclo
12.1.- Cada uno de los Equipos de Ciclo estará dirigido por un coordinador. Éstos desempeñarán su cargo
durante dos años académicos (prorrogable a cuatro a criterio de la Directora) y serán designados por el
director, oído el equipo de ciclo. Los coordinadores de ciclo deberán ser maestros que impartan docencia
en el ciclo y preferentemente con destino definitivo y con horario completo en el centro.
12.2.- Competencias:
a) Participar en la elaboración de la Concreción Curricular de Etapa y elevar a la C.C.P. las propuestas
formuladas a este respecto por el Equipo de Ciclo.
b) Coordinar las funciones de tutoría de los alumnos del ciclo.
c) Coordinar la enseñanza en el correspondiente ciclo de acuerdo con la Concreción Curricular de Etapa.
d) Convocar, moderar y presidir las reuniones de los Equipos de Ciclo correspondientes.
e) Levantar acta de las reuniones de ciclo.
f) Informar a los profesores de sus ciclos respectivos, de los acuerdos de la Comisión de Coordinación
Pedagógica y del Equipo de Ciclo que dirijan que puedan afectarles.
g) Dar cuenta a la Comisión de Coordinación Pedagógica de la actividad de sus Equipos de Ciclo.
h) Cuantas otras funciones puedan serles encomendadas por el Jefe de Estudios o el Director en el ámbito
de su competencia, especialmente las relativas a refuerzo educativo, adaptación curricular y actividades
complementarias.
12.3.- Una vez cubiertas las necesidades del centro y en función de la disponibilidad horaria del conjunto
de la plantilla, los coordinadores de ciclo podrán disponer de una hora semanal por cada tres grupos de
alumnos del ciclo o fracción, para realizar sus tareas.
Artículo 13
Equipos de Nivel.
13.1.- Los equipos de nivel estarán formados por todos los maestros que imparten docencia en ese nivel.
13.2.- Competencias:
a) Elaborar la programación de aula, respetando la libertad docente.
b) Organizar y realizar las actividades complementarias.
c) Organizar, revisar y evaluar el propio nivel educativo, y elevar las conclusiones al correspondiente
equipo de ciclo.
d) Cualquier otra función que les encomiende el Jefe/a de Estudios o la Comisión de Coordinación
Pedagógica en el ámbito de su competencia.
13.3.- Las reuniones de nivel tendrán una periodicidad quincenal, estableciendo para ello un día fijo a la
semana.
Artículo 14
Comisión de Coordinación Pedagógica.
14.1.- Estará integrado por el Director, que será su presidente, el Jefe de Estudios, los coordinadores de
ciclo, el coordinador/a T.I.C. y un miembro del Equipo de Orientación Educativa y Psicopedagógica,
actuando de secretario el profesor de menor edad. Al ser un centro de 9 unidades las reuniones de la CCP
se convierten en reuniones de Claustro de Profesores.
14.2.- Competencias:
a) Establecer las directrices generales para la elaboración y revisión de las concreciones curriculares de
etapa.
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b) Coordinar la elaboración y revisión, así como responsabilizarse de la redacción de las Concreciones
Curriculares de Etapa y su posible modificación.
c) Elaborar la propuesta de organización de la orientación educativa y del plan de acción tutorial.
d) Elaborar la propuesta de criterios y procedimientos previstos para realizar las adaptaciones curriculares
adecuadas a los alumnos con necesidades educativas especiales.
f) Velar por el cumplimiento y posterior evaluación de las Concreciones Curriculares de Etapa.
g) Proponer al Claustro la planificación general de las sesiones de evaluación y calificación, de acuerdo
con la Jefatura de Estudios.
h) Proponer al Claustro de profesores el plan para evaluar las Concreciones Curriculares de cada etapa,
los aspectos docentes del Proyecto Educativo y la Programación General Anual, la evolución del
aprendizaje y el proceso de enseñanza.
i) Fomentar la evaluación de todas las actividades y proyectos del centro, colaborar con las evaluaciones
que se lleven a cabo a iniciativa de los órganos de gobierno de la Administración educativa e impulsar
Planes de Mejora en caso de que se estime necesario, como resultado de dichas evaluaciones.
j) Organizar la planificación y seguimiento de las actividades complementarias conjuntas para todo el
centro.
La Comisión de Coordinación Pedagógica se reunirá con una periodicidad mensual, normalmente el
primer lunes del mes, salvo excepción según calendario entregado por Jefatura de Estudios a principio de
curso.
Artículo 15
Tutorías.
15.1.- Los tutores son profesores del Centro responsables de orientar y supervisar la formación de un
grupo de alumnos del Centro; formará parte de la función docente.
Cada grupo tendrá asignado un maestro tutor que será designado por la Directora a propuesta del Jefe de
Estudios y previa consulta con el Claustro, que podrá estar hasta tres cursos, completando ciclo 1º, 2º, y
3º ó 4º, 5º y 6º. Se promoverá la estabilidad del profesorado como profesor tutor durante tres cursos al
elegir tutoría.
Principios que presiden la acción tutorial y su organización:
De acuerdo con los principios metodológicos en los que se basa el estilo educativo del Centro, una
formación individual, personalizada, que propicie una educación integral de los alumnos en todos los
ámbitos de su vida personal, familiar y social, se considerará la función tutorial como parte esencial de
todo el proceso educativo y tendrá los siguientes objetivos:
- Enseñar a ser persona
- Enseñar a convivir.
- Enseñar a pensar.
- El desarrollo de sus competencias.
15.2.- Competencias:
a) Participar en el desarrollo del Plan de Acción Tutorial y en las actividades de orientación, bajo la
coordinación de la jefatura de estudios. Para ello podrá contar con la colaboración del equipo de
orientación educativa y psicopedagógica.
b) Coordinar el proceso de evaluación de los alumnos y adoptar la decisión que proceda acerca de la
promoción, siguiendo los criterios establecidos por el ciclo y Claustro, previa audiencia de los
padres o tutores legales.
c) Colaborar con el equipo de orientación educativa y psicopedagógica en los términos que
establezca la jefatura de estudios.
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d) Realizar una información periódica del resultado de las evaluaciones y elaborar los informes
administrativos reglamentarios referentes a los alumnos de su grupo.
e) Coordinar con los demás profesores del grupo la coherencia de la programación y de la práctica
docente con la concreción curricular y la programación anual del centro.
f) Atender a las dificultades de aprendizaje de los alumnos para proceder a la adecuación personal
del currículum.
g) Facilitar la integración de los alumnos en el grupo y fomentar su participación en las actividades
del centro.
h) Encauzar los problemas e inquietudes de los alumnos.
i) Orientar y asesorar a los alumnos sobre sus posibilidades educativas.
j) Informar a los padres, maestros y alumnos del grupo de todo aquello que les concierna en relación
con las actividades docentes y el rendimiento académico.
k) Facilitar la cooperación educativa entre los maestros y padres de alumnos.
l) Atender y vigilar a los alumnos en periodos de recreo y en otras actividades no lectivas
m) Implicar a los padres y madres en actividades de apoyo al aprendizaje y orientación de sus hijos.
n) Favorecer en el alumno su autoconocimiento, aceptación y autoestima.
o) Fomentar en el grupo de alumnos el desarrollo de actitudes participativas en su entorno
sociocultural y natural.
p) Organizar y programar actividades complementarias para la clase.
q) Controlar la asistencia y valorar la justificación de las faltas de sus alumnos.
r) Comunicar a Jefatura de Estudios los casos reiterados de asistencia injustificada.
s) Acompañar a su grupo, cuando le corresponda, en las entradas y salidas.
t) Corregir en los alumnos los comportamientos que sean contrarios a las normas de convivencia.
u) Cuantas otras funciones les sean atribuidas por este Reglamento o puedan serles encomendadas
por el Jefe de Estudios o el Director en el ámbito de su competencia.
v) Se contemplarán:
. Las entrevistas personales con los alumnos.
. Los encuentros formativos con el grupo de alumnos.
. Las entrevistas periódicas con las familias.
. Las reuniones con otros tutores para:
- Programar actividades y celebraciones.
- Analizar situaciones.
- Evaluar el Plan de Acción Tutorial.
. Las reuniones con la Jefatura de Estudios para esos mismos fines.
15.3.- Los maestros tutores dispondrán de una hora semanal de su horario complementario para atender a
los padres de los alumnos.
Artículo 16
Maestros sin Tutoría.
Los maestros sin tutoría, con carácter general, tendrán las mismas competencias y responsabilidades que
los tutores cuando estén con cada grupo. Ello supone:
a) Asistir a las reuniones de ciclo.
b) Participar en la elaboración de las Concreciones Curriculares y P.G.A.
c) Coordinarse con los tutores/as en la planificación del proceso de enseñanza y aprendizaje general
acordado.
d) Realizar entrevistas a las familias cuando lo estime necesario una de las partes.
e) Acompañar al grupo que le corresponda en las entradas y salidas.
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f) Realizar con la mayor agilidad el cambio de clase de forma que queden garantizadas la continuidad y
coordinación de las diferentes actividades y responsabilidades.
g) Participar en las reuniones generales de ciclo que se mantienen con las familias.
h) Atender y cuidar al alumnado en los períodos de recreo y otras actividades programadas por el centro.
j) Velar por el buen uso y conservación del material de su área.
k) Planificarán la actividad educativa correspondiente a su área.
Artículo 17
Asignación de ciclos, cursos, áreas y actividades docentes
17.1.- La asignación de ciclos, cursos, áreas y actividades docentes se realizará atendiendo a los
siguientes criterios:
a) La permanencia de un maestro con el mismo grupo de alumnos durante un máximo de tres cursos (1º,
2º y 3º ó 4º, 5º y 6º), excepto por causas que lo impidan (profesores interinos) o cuando existan razones
suficientes que justifiquen obviar este criterio, el director dispondrá la asignación de otro maestro/a.
b) La especialidad del puesto de trabajo al que están adscritos los diferentes maestros.
c) Otras especialidades para los que los maestros/as estén habilitados.
17.2.- Respetando los criterios descritos, la Directora, a propuesta del Jefe de Estudios, asignará los
grupos de alumnos y tutorías teniendo en cuenta por prelación:
a) Criterios organizativos generales para el centro fijados por el Equipo Directivo a partir de propuestas
de mejora de la Memoria del curso anterior.
b) Acuerdos alcanzados por los maestros en la primera reunión del claustro del curso.
c) Si no se produce el acuerdo citado, la Directora asignará los grupos por el siguiente orden:
a. Miembros del Equipo Directivo, que deberán impartir docencia preferentemente en el último ciclo de la
Ed. Primaria.
b. Maestros definitivos, dando preferencia a la antigüedad en el centro, contada desde la toma de posesión
en el mismo.
c. Maestros provisionales dando preferencia a la antigüedad en el centro.
d. Maestros interinos.
17.3.- Al Jefe de Estudios, Secretaria y Directora se les asignará tutorías en último lugar, por este orden y
sólo si es estrictamente necesario.
17.4.- La tutoría de cada grupo recaerá preferentemente en el maestro que tenga mayor horario semanal
con dicho grupo.
17.5.- Los maestros sin tutoría formarán parte del Equipo de Ciclo en el que impartan más horas de
docencia, teniendo en cuenta que los tres ciclos estén equilibrados en cuanto al número de profesores.
CAPÍTULO IV
Relaciones Del Centro
Artículo 18.
Asociación De Madres Y Padres De Alumnos
Existe una única asociación que presentará anualmente su programa de actividades al Consejo
Escolar.
18.1.- Las Asociaciones de Madres y Padres de Alumnos (AMPA) se configuran como cauces básicos de
representación y participación de los padres, madres y tutores.
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18.2.- En el centro existe una Asociación de Madres y Padres de alumnos, lo que les permite participar,
hacer propuestas, colaborar y estar informados en lo referente a la vida del centro. Podrán existir tantas
A.M.P.A.S como promuevan los padres.
18.3.- El A.M.P.A. organiza y gestiona con la supervisión del Consejo Escolar, unas actividades
extraescolares voluntarias para los alumnos, que se realizan fuera del horario de clase.
18.4.- Los fines que guían el funcionamiento de la asociación son:
a) Asistir a los padres o tutores legales en todo aquello que concierne a la educación de sus hijos.
b) Colaborar en las actividades educativas de los centros.
c) Promover y asistir a los padres en su derecho a intervenir en el control y gestión del centro a través del
Consejo Escolar.
Según se regula en el art. 55 del R.D. 82/1996 las asociaciones de padres de alumnos podrán:
a) Elevar al Consejo Escolar propuestas para la elaboración del proyecto educativo y de la programación
general anual.
b) Informar al Consejo Escolar de aquellos aspectos de la marcha del centro que consideren oportuno.
c) Informar a los padres de su actividad.
d) Recibir información del consejo escolar sobre los temas tratados en el mismo, así como recibir el orden
del día de dicho consejo antes de su realización, con el objeto de poder elaborar propuestas.
e) Elaborar informes para el consejo escolar a iniciativa propia o a petición de éste.
f) Elaborar propuestas de modificación del Reglamento de Régimen Interior.
g) Formular propuestas para la realización de actividades complementarias.
h) Conocer los resultados académicos y la valoración que de los mismos realice el consejo escolar.
i) Recibir un ejemplar del proyecto educativo y de sus modificaciones.
j) Recibir información sobre los libros de texto y los materiales didácticos adoptados por el centro.
k) Fomentar la colaboración entre los padres y maestros del centro para el buen funcionamiento del
mismo.
l) Utilizar las instalaciones del centro en los términos que establezca el Consejo Escolar.
18.5.- Podrán ser miembros de las AMPA del Centro los padres o tutores legales de alumnos matriculados
en el mismo.
18.6.- En todo caso, la utilización de los locales del Centro requerirá la previa comunicación y solicitud
por parte de la Junta Directiva del AMPA al Director del Centro. El Director del Centro podrá rechazar tal
utilización mediante escrito motivado cuando hubiera circunstancias relacionadas con el desarrollo de la
vida escolar o con el cuidado de dichas instalaciones que así lo aconsejen.
18.7.- Las AMPA serán responsables de las acciones derivadas de la realización de sus actividades, así
como del abono de los gastos que estas ocasionen.
Artículo 19
Relaciones Del Centro Con Los Institutos Adscritos
Objetivos:
a) Lograr la coordinación entre los Centros con el fin de evitar que los alumnos de Primaria sufran un
cambio brusco al pasar a la Educación Secundaria Obligatoria.
b) Lograr la continuidad en cuanto al diseño de objetivos, contenidos y criterios de evaluación en las
distintas áreas.
c) Establecer un cauce de participación y diálogo entre los diferentes Claustros.
d) Las relaciones directas se establecerán a través de los Equipos Directivos.
e) Que los alumnos tengan un conocimiento más amplio de las actividades que se desarrollan en el
nivel de Educación Secundaria, para ello se propondrán las siguientes actividades:
- visitar las instalaciones de los institutos
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- Dar a conocer el horario del Centro.
- Conocer el Reglamento de Convivencia.
- Estar informados de los contenidos de los programas del primer curso.
Artículo 20
Relaciones Del Centro Con las Escuelas Infantiles del Barrio.
Se llevan a cabo distintas actuaciones de colaboración y difusión del centro en relación con las Escuelas
Infantiles
- Realizar actividades para los alumnos de las Escuelas Infantiles: cuentos, sencillas
representaciones, canciones,…
- Organizar visitas a eventos del centro adaptadas a la edad de los niños de las Escuelas Infantiles
pudiendo ser acompañados por sus padres.
- Acudir a la invitación de las Escuelas Infantiles antes del periodo de admisión para dar a conocer
el centro a las familias de los niños que terminan el primer ciclo de Educación Infantil.
- Distribuir por las Escuelas Infantiles del barrio trípticos informativos del centro publicitando las
fechas de las jornadas de puertas abiertas de difusión del centro.
Artículo 21
Relaciones Del Centro Con El Ayuntamiento Y La CAM
Estas se realizarán en los siguientes ámbitos de actuación:
a) Actividades Complementarias y Extraescolares.
Objetivos:
Participar en distintos proyectos, programas y concursos que complementen la formación de los
alumnos.
Subvencionar en parte o todo la realización de actividades y/o desplazamiento.
Solicitar su participación proporcionándonos material didáctico y complementario para el desarrollo
de las mismas.
b) Asistencia social.
Objetivos:
Combatir el absentismo escolar en los casos que lo requiera el Centro.
Solucionar en lo posible la deficiencia en la calidad de vida de los alumnos en una situación social
desfavorecida.
Atención a los alumnos/as con situación familiar de riesgo.
Subvención del coste del servicio de comedor mediante la concesión de ayudas económicas a las
familias con necesidad de ellas.
c) Mantenimiento de los edificios que componen el Centro.
Objetivos:
Mejorar la estética de los edificios.
Evitar el peligro de accidentes en el Centro.
Mejorar el aprovechamiento de las dependencias del mismo.
Petición de obras y arreglos que requieren gran cantidad de recursos económicos siempre que se
necesiten.
Artículo 22
27
Comunicación del centro con las familias.
- La comunicación de la familia con el tutor y/o con los profesores que imparten clase a un alumno,
es un cauce de participación de los padres muy importante y que influye positivamente en la formación de
sus hijos. Es una forma de intercambiar información y opiniones en ambas direcciones: padres-profesores
y viceversa. Permite establecer líneas de actuación comunes para que exista una coordinación familia-
escuela.
- Se podrá concertar una entrevista tanto a petición de las familias como del centro (tutor, profesor
del equipo docente o claustro, equipo directivo, Comisión de Convivencia, Consejo Escolar). En todos
los casos, para evitar esperas o demoras, la entrevista deberá concertarse con antelación.
- Las familias (en Primaria y de alumnos con TEA) solicitarán cita mediante agenda escolar del
alumno, en su apartado correspondiente; en Infantil directamente al tutor.
- Podrán solicitar cita con profesores especialistas del alumno, mediante las mismas vías
establecidas.
- En las reuniones generales o individuales de los padres con los maestros, los alumnos estarán bajo
la responsabilidad de sus padres o familiares, y se procurará siempre que se pueda, no permanecer en las
aulas o presentes en la reunión (salvo que se considere oportuno). Por ello, se ruega no acudir a las
reuniones o entrevistas acompañados por sus hijos.
- En el caso de entrevistas con el EOEP, éste será quien cite a los padres o tutores legales de los
alumnos.
- Podrán solicitar justificante de asistencia a entrevista o cita al centro; las familias que lo precisen
solicitarán hoja de justificación al centro en Secretaría, será firmada por la persona del centro que se ha
citado con ellos, y sellada en Secretaría.
- Ante cualquier incidencia acaecida a un alumno y que haga necesaria su comunicación a las
familias, el centro llamará a los padres o tutores legales del alumno: primero a la madre; si no se la
localiza, se llamará al padre, y después a otros teléfonos de contacto que nos hayan facilitado las familias.
Si existe algún impedimento legal para llevar a cabo este protocolo, las familias tienen la obligación de
informar por escrito al Centro y entregar una copia de cualquier decisión personal o judicial al respecto
que será archivada en secretaría, e informado el tutor/profesor.
22.1.- Entrevistas con el profesorado.
Se destinará una hora semanal para las entrevistas de los padres con los tutores/profesores que
serán los jueves de 12:30 a 13:30 horas, siendo obligatorio solicitar cita previa para evitar esperas o
demoras. Se deberá respetar este horario pudiéndose modificar sólo cuando sea imprescindible; en todo
caso, las obligaciones con los alumnos tienen carácter preferente.
Todas las familias deberán ser entrevistadas por los tutores al menos una vez al año. De estas
reuniones se levantará acta y quedará constancia en el registro de reuniones individuales con las familias.
Contenido de las reuniones individuales:
- Nivel del alumno y su evolución en el curso.
- Actividades realizadas.
- Calificaciones obtenidas.
- Criterios que se aplican al alumno para evaluarlo
- Criterios de promoción e información a la familia en caso de prever una NO promoción del
alumno, tan pronto se valore esta circunstancia.
- Medidas adoptadas con el alumno en relación a apoyo ordinario o específico tras las sesiones
de evaluación (inicial y/o trimestral)
- Pautas concretas comunes que permitan la recuperación y mejora de los aprendizajes.
28
En los momentos de entrada y salida del centro los profesores se encargarán de atender a los
alumnos y no de atender a las familias; cualquier asunto deberá ser tratado en la hora de reunión o por
escrito.
22.2.- Reuniones generales de padres y madres.
En cada curso escolar deben realizarse, como mínimo, tres reuniones colectivas con las familias
de sus alumnos. Una en cada trimestre. En todas ellas se debe rellenar una hoja de control de asistencia
de los padres (acta).
Serán acordadas en reunión de CCP y convocadas por el Equipo Directivo. Se procurará no
convocar dos reuniones en el mismo día con el fin de facilitar la máxima asistencia de padres (en el caso
de tener más de un hijo matriculado en el centro)
En ningún caso en estas reuniones colectivas se abordará información o casos concretos relativos
a un alumno, deberán ser tratados en reunión individual con los padres.
- La primera reunión general de curso será convocada por el Equipo Directivo siendo de carácter
institucional y colectivo por ciclos, y presentada por la Directora; en ella estarán presentes tanto
los tutores como profesores especialistas que imparten clase en el curso del alumno, tratando los
siguientes puntos:
Presentación del Equipo Docente: Equipo Directivo, maestros tutores y profesores
especialistas de las distintas áreas.
Normas generales de organización y funcionamiento del curso: horario del centro y de
atención a las familias, calendario lectivo, periodos vacacionales, servicio de comedor,
normas generales de convivencia. Se les hace entrega de toda esta información por escrito
(tríptico del colegio).
Ya en cada aula: información sobre la programación y aspectos generales sobre objetivos,
contenidos, metodología y evaluación (interna y externa), criterios de calificación y
promoción.
No se entregarán a las familias las pruebas de evaluación realizadas en el centro; se
informará de los resultados de las mismas a través de la agenda escolar. Estarán a su
disposición para ser consultadas siempre que lo soliciten y en su caso hacer la aclaración
o reclamación oportuna.
- La segunda reunión colectiva se convocará al comienzo del segundo trimestre informando de los
resultados obtenidos a nivel global por el grupo, el desarrollo del proceso de aprendizaje y el
clima de convivencia del grupo.
- La tercera reunión colectiva se hará a final del tercer trimestre haciendo balance del curso, de
resultados internos y externos, orientando a las familias sobre el trabajo del periodo de vacaciones
de gran importancia para el curso siguiente.
22.3.- Entrevistas con el Equipo Directivo.
- Los padres de los alumnos podrán mantener entrevistas con los componentes del equipo directivo dentro
del horario que a principio de curso se destine para ello.
Previamente se deberá solicitar la cita correspondiente.
- El procedimiento a seguir por las familias ante cualquier aclaración o reclamación hacia un profesor
deberá ser el siguiente: profesor implicado - tutor del alumno - Jefatura de Estudios - Dirección.
- Asimismo el equipo directivo podrá reunirse con la directiva del A.M.P.A cuando se considere
necesario.
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TITULO II
REGULACIÓN DE LA CONVIVENCIA:
ANTEPROYECTO PLAN DE CONVIVENCIA
CAPÍTULO I
Generalidades
Artículo 23
Principios del Plan de Convivencia del Centro
Este Plan de Convivencia y las normas en él recogidas, se establecen con la intención de
potenciar una actitud positiva y favorable por parte de todos los miembros de la Comunidad Educativa del
CEIP Menéndez Pidal, y en prevención de posibles conflictos.
Una buena convivencia es la base para la obtención de mejores resultados educativos, del mismo
modo las buenas relaciones entre los miembros de la Comunidad Educativa son fundamentales para
conseguir mayores avances en la calidad de la enseñanza.
La convivencia se establece sobre el respeto: respeto a los derechos y deberes de cada cual y las
normas de convivencia se convierten en las reglas de juego que todos tenemos que respetar.
Entendemos que la existencia de unas normas favorece la convivencia de todo colectivo,
propiciando que exista un orden y organización interna que sea garantía del máximo de libertad para cada
uno de sus miembros.
Artículo 24
Criterios del Plan de Convivencia
Los criterios en los que se basa la convivencia en el centro son los siguientes:
a) El respeto mutuo entre todos los miembros de la Comunidad Educativa, así como a las
instalaciones del centro.
b) El cumplimiento de deberes para el ejercicio de los derechos de cada uno.
c) La unidad de criterios entre toda la Comunidad Educativa, de modo que siempre se actúe en la
misma línea tanto el colegio como las familias.
d) Intervención coordinada de los Equipos Docentes y el Equipo de Orientación para mejorar la
convivencia y el proceso educativo del alumnado.
e) El diálogo abierto, cordial y amistoso, y en un tono que nos permita a todos expresar nuestra
opinión libremente.
f) El fomento de conductas de responsabilidad y de respeto.
g) Contar con normas que sean claras, concisas y concretas.
Artículo 25
Fines
1.- Promover el respeto por los derechos y deberes de todos los componentes de la Comunidad Educativa,
garantizando su protección y defensa.
2.- Lograr en el centro un clima de mutuo respeto que favorezca el desarrollo del proceso de enseñanza
aprendizaje.
3.- Transmitir valores que favorecen la libertad personal, la responsabilidad, la ciudadanía democrática,
la solidaridad, la tolerancia, la igualdad, el respeto y la justicia, factores básicos de la convivencia.
30
4.- Fomentar la práctica de la mediación escolar como medio en la resolución de conflictos.
5.- Establecer medidas y actuaciones de carácter preventivo, y practicar el diálogo, el debate, la
escucha,… como medios para educar para la convivencia.
6.- Promover la efectiva igualdad de derechos, el rechazo a todo tipo de discriminación y el respeto a la
diferencia.
Artículo 26
Características del centro.
26.1.- El edificio.
El CEIP Menéndez Pidal es un colegio pequeño lo que favorece crear un ambiente cercano y familiar.
Cuenta sólo con un pequeño patio para todo el alumnado por lo que se organizan dos turnos de recreo
diferenciados: para infantil y primaria.
26.2.- Diversidad de alumnado. Es un centro pequeño de 9 unidades (220 alumnos) de Educación
Infantil y Primaria, de integración y de escolarización preferente de alumnos con Trastornos del Espectro
Autista (2 aulas TEA), no bilingüe con ampliación horaria en el área de Lengua Castellana e Inglés, con
un porcentaje elevado de alumnos inmigrantes de distintas nacionalidades e incluso alumnos con
desconocimiento absoluto del idioma, existiendo movilidad de alumnado durante todo el curso, uniéndose
al grupo alumnos nuevos en cualquier momento.
La convivencia en general es buena; coexisten en cada aula dos grupos diferenciados: alumnos que
evolucionan bien con muy buenos resultados y buen comportamiento con el respaldo y la implicación de
sus familias, que conviven, comprenden y colaboran con las necesidades y circunstancias de otros
alumnos con una serie de carencias (intelectuales, familiares, sociales, económicas) y con distintas
características que dificultan el aprendizaje (límites, falta de material, problemas de conducta, escaso
apoyo familiar).
26.3.- El Equipo Docente. La plantilla del centro es en su mayoría estable lo que está permitiendo lograr
la implicación de todos y dar continuidad al Proyecto Educativo, excepto en las aulas de los alumnos
TEA, más necesario si cabe por las características del alumnado y la especialización precisa del personal
de estas aulas.
La convivencia entre los miembros del equipo docente que ya viene trabajando y conociéndose desde
hace tiempo es buena.
26.4.- Las familias. Familias de dos grupos al igual que el alumnado: familias implicadas y que
complementan la labor del centro con sus hijos (acuden a reuniones, aportan libros y material,
seguimiento de sus hijos en estudio y tareas, con límites y respeto a las normas de conducta del centro,
puntualidad, asistencia,…) junto a familias que por diversas causas (laborales, sociales, culturales,
económicas) no se implican en absoluto con la labor del centro, con el estudio, falta de respeto a las
normas del centro, en horarios, no acudir a entrevistas, retraso en recogidas, ni siquiera con atención
básica (absentismo, higiene, alimentación).
26.5.- Jornada continua. Desde el curso 2016-2017 el centro funciona con horario lectivo con jornada
continua, de 9:00 a 14:00 horas. Dicho horario mejora notablemente la convivencia en el centro y
rentabiliza los tiempos de las sesiones de clase, al no tener que resolver conflictos del tiempo de recreo de
comedor, afectando en ocasiones a la sesión de clase de la tarde del grupo o del Jefe de Estudios/
Dirección. El horario de comedor es de14.00 a 16:00 horas. Algunos alumnos van a comer a casa,
especialmente los mayores. Los que hacen uso del servicio de comedor pueden ser recogidos si la familia
así lo desea a las 15:15 horas, o irse solos los alumnos de 5º y 6º, o repetidores de 4º, debidamente
autorizados por sus padres. Los conflictos de comedor son resueltos como norma general en tiempo de
comedor entre los alumnos de comedor.
31
CAPÍTULO II
Prevención de conflictos.
Artículo 27
Actividades del centro para la mejora de la convivencia.
- Debate y discusión por parte del Claustro de profesores a principio de curso sobre el Plan de
convivencia y las normas de conducta.
- En la primera reunión general de padres se les informará de las normas de conducta del centro, faltas
y posibles sanciones (recogidas en la agenda que se entrega gratuitamente a todos los alumnos
matriculados), así como de la necesidad de trabajar en sintonía para evitar conflictos y dar solución
rápida a los que puedan surgir.
- Vigilancia efectiva de los recreos, tanto a media mañana como en el comedor, asignando una
posición estratégica y organizando un turno de responsables en el “programa de juegos de patio”.
- Prevención de conflictos tratando de desarrollar en los alumnos la capacidad de comprender a los
demás, de acercarse y ponerse en el lugar del otro, y ver los motivos que le llevan a actuar así.
- Se tratará cualquier incidencia puntual que altere la convivencia del centro.
- Cursos para los alumnos de cara al IES, charlas de ciber-acoso o peligros de las redes, charlas de NO
a la violencia de género, escuela de padres a las familias,…, o cualquier tema que pueda interesar en
relación a la convivencia.
- Celebración del día de la Paz y del día de la Diferencia, diseñando actividades específicas sobre el
tema, procurando mantener ese espíritu todo el curso.
- Realización de actividades culturales o deportivas con alumnos de distintos grupos, e incluso
pudiendo participar también las familias (patinaje desde 3º de Primaria, Fiesta de Navidad, Cabalgata
de Reyes, Carnaval, partido de fútbol, fiesta del agua o actividad de piscina).
- Participación en actividades complementarias de ocio teniendo como fin favorecer la convivencia
(viaje fin de curso de 6º, excursión de centro finales de mayo, comida o cena del profesorado y
personal).
- Se fomentará una actitud colaboradora y participativa de todo el personal que habitualmente se
encuentra en el centro (profesorado, integradoras sociales, monitores de comedor, conserjes,
monitores y madres de extraescolares,…) en la resolución de conflictos intentando buscar soluciones
siempre educativas.
- Los alumnos deben estar siempre en presencia de un adulto a cargo para evitar posibles riesgos o
conflictos.
- Ante cualquier incidencia que altere la convivencia se actuará de forma rápida, según el siguiente
protocolo de intervención y la gravedad del caso, por este orden: profesor implicado, tutor, jefe de
estudios, intervención de la directora, informar e implicar a la familia y, si así lo requiere, intervenir
la Comisión de Convivencia del Consejo Escolar.
- Sobre cualquier incidente de importancia o especial repercusión se informará al tutor y Equipo
Directivo.
Artículo 28
Actividades del tutor/profesorado para la mejora de la convivencia.
- A principio de curso empleo de un tiempo en el aula con los alumnos, para conocer las normas de
convivencia que figuran en la agenda y su significado.
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- Elaboración de forma participativa unas normas de aula, adaptadas a las edades de los diferentes
ciclos y etapas educativas.
- Se analizará en tutoría la marcha de la convivencia de la clase, y se reflexionará sobre las causas y
consecuencias de las incidencias o conflictos acaecidos; se buscarán y propondrán soluciones entre
todos a los problemas planteados.
- El tutor registrará aquellos incidentes reseñables para hacer un seguimiento de los mismos valorando
su evolución y solución.
- El profesor utilizará el refuerzo positivo.
- Se resaltarán las conductas positivas, valorando los beneficios individuales y colectivos que éstas
producen, en lugar de las negativas.
- El profesor llevará a cabo de forma privada e individualmente las llamadas de atención respecto a las
conductas problemáticas, siempre que sea posible.
- Se actuará inmediatamente ante los problemas de conducta siguiendo, según la gravedad del caso, el
orden establecido en el protocolo de intervención.
CAPITULO III
Derechos y deberes de la Comunidad Educativa.
Artículo 29
Respeto a los derechos y deberes
Todos los miembros de la Comunidad Escolar del Colegio de Educación Infantil y Primaria
Menéndez Pidal tienen los mismos derechos y deberes, sin más distinciones que las derivadas del
estamento al que pertenezcan.
Los órganos de gobierno del Centro, en el ámbito de sus respectivas competencias, velarán por el
correcto ejercicio de los derechos y deberes y garantizarán su efectividad de acuerdo con las normas
contenidas en la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio reguladora del derecho a la educación, en el RD
732/1995, de 5 de mayo, y en el presente Reglamento.
Artículo 30
Profesorado
Los profesores del CEIP “Menéndez Pidal”, como funcionarios civiles del Estado, tendrán todos
los deberes y derechos que la legislación vigente les otorga.
30.1.- Derechos del Profesorado.
Los profesores tienen derecho a:
a) Libertad de cátedra: A ejercer funciones de docencia e investigación haciendo uso de los métodos
que consideren más adecuados, dentro de las orientaciones pedagógicas, planes y programas
aprobados. En este sentido tienen garantizada la libertad de cátedra, y teniendo en cuenta, en su caso,
el Proyecto Educativo del Centro.
b) A que se respete su integridad y dignidad personal y a recibir un trato respetuoso por parte de todos
los miembros de la Comunidad Educativa.
c) A ejercer la autoridad y exigir a los alumnos un comportamiento cívico y el respeto a las personas e
instalaciones, así como el cumplimiento de las demás normas de convivencia establecidas en el
presente reglamento.
d) Libertad de reunión.
e) A ser oídos por los órganos unipersonales o colegiados, sobre aquellos temas que les afecten
33
directamente o cuyas decisiones deban cumplir.
f) A manifestar sus opiniones, sugerencias, o reclamaciones ante los órganos colegiados o
unipersonales.
g) A participar activamente en el desarrollo de la actividad escolar.
h) A participar en los trabajos de los equipos didácticos colaborando con los demás profesores para
lograr una acción armónica del Centro en su labor formativa.
i) A impartir la docencia a un grupo de alumnos.
j) A exigir a los alumnos una asistencia regular y puntual a clase.
k) A recibir información sobre aquellos asuntos que puedan afectarles.
l) A elegir sus representantes en el Consejo Escolar del centro y ser informados por ellos de los asuntos
desarrollados o tratados en el seno del mismo.
m) A organizar actividades complementarias y dirigidas, bien a nivel de Centro bien a nivel particular,
ateniéndose a las normas establecidas en el presente reglamento.
n) A elegir y ser elegido para los órganos unipersonales y colegiados de gobierno previstos en la
legislación vigente.
o) A elegir y usar el material didáctico, individual y colectivo, de que disponga el Centro y el material
fungible necesario para impartir con eficacia la docencia.
p) A ejercer las labores sindicales, sin prejuicio de la marcha normal del Centro.
q) A exigir a los alumnos una asistencia regular y puntual a clase.
r) A recibir información sobre aquellos asuntos que puedan afectarles.
s) A elegir sus representantes en el Consejo Escolar del centro y ser informados por ellos de los
asuntos desarrollados o tratados en el seno del mismo.
t) Convocar reuniones de Claustro siempre que lo soliciten, al menos, un tercio de los mismos.
u) Convocar a los padres o tutores legales de los alumnos para tratar temas relacionados con la
educación de sus hijos, actividad escolar...
v) Participar en el funcionamiento y gestión del centro, a través de los cauces establecidos para ello.
w) Evaluar y calificar a sus alumnos de acuerdo con los criterios establecidos por el equipo docente en
los documentos correspondientes.
x) Todos aquellos derechos laborales reconocidos por legislación básica de la Función Pública.
30.2.- Deberes del Profesorado
Los profesores tienen los siguientes deberes:
a) Respetar la conciencia y opiniones políticas, religiosas y morales de todos los miembros de la
Comunidad Educativa.
b) Asistir con puntualidad a clase, claustro y demás reuniones convocadas oficialmente.
c) Programar y preparar el trabajo escolar.
d) Colaborar en el diseño y desarrollo de la P.G.A.
e) Ejercer la docencia y evaluar a sus alumnos de acuerdo con la Concreción Curricular, la
Programación General Anual y demás disposiciones vigentes.
f) Realizar las actividades no lectivas que figuren en su horario personal.
g) Cumplir los acuerdos que apruebe el Claustro y el Consejo Escolar en los aspectos que le
competen y colaborar en el funcionamiento del centro.
h) Informar a la Jefatura de Estudios de las reuniones que se celebren en el centro y de las
actividades complementarias que se realicen.
i) Tomar parte en la vigilancia de recreos, entradas y salidas.
j) Mantener con las familias y alumnos un clima de colaboración y respeto.
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k) Velar por el respeto a los derechos y deberes de toda la comunidad Educativa recogidos en este
reglamento.
l) Aplicar las disposiciones en materia de enseñanza, cooperando con las Autoridades educativas
para conseguir la mayor eficacia, en interés de los alumnos y de la sociedad.
m) Comunicar a la Dirección o Jefatura de Estudios, sus ausencias o retrasos al centro, lo antes
posible, siendo necesario rellenar el impreso correspondiente y presentar justificante.
n) Realizar las funciones que la directora les asigne a aquellos que tengan horas disponibles, dentro
del campo de la docencia y de acuerdo con el Reglamento de Organización de Centros.
o) Dirigir la formación integral y armónica de los alumnos.
p) Utilizar de forma racional los métodos que considere más útiles, aceptables y científicos para
conseguir los objetivos del Centro.
q) Tener actualizados los documentos oficiales del Centro dentro de los plazos previstos.
r) Conocer las faltas de asistencia de sus alumnos /as y las causas que las motiven.
s) Ayudar y corregir, cuando sea necesario, a los alumnos que incumplan las normas, aunque no
sean de su tutoría.
t) Atender las quejas, reclamaciones o sugerencias de sus alumnos/as y de los padres y madres.
u) Participar en los órganos colegiados para los que han sido elegidos, en la forma prevista en la
legislación vigente y en las normas del presente Reglamento.
v) Mantener relación con las familias de sus alumnos/as informándoles de la evolución del proceso
educativo de sus hijos.
w) Potenciar la formación y el asesoramiento necesario para la atención de alumnos con Trastornos
del Espectro Autista.
x) Y todas aquellas actividades que fueran establecidas por los organismos superiores de la
administración (Reglamento de régimen disciplinario de la Administración del Estado. Real
Decreto 33/ 1986, de 10 de enero, B.O.E. 17 de enero)
Artículo 31
Alumnado
Los Alumnos/as del CEIP “Menéndez Pidal” tendrán los derechos y deberes establecidos en el
Real Decreto 732/ 1995, de 5 de mayo.
31.1.- Derechos de los alumnos.
Los alumnos tienen los siguientes derechos.
a) A recibir una formación que asegure el pleno desarrollo de su personalidad.
b) A las mismas oportunidades educativas: no discriminación por razón de nacimiento, raza, sexo, nivel
social y económico, convicciones religiosas y políticas, discapacidades físicas o psíquicas, etc...
c) Al establecimiento de medidas compensatorias que garanticen la igualdad real.
d) A que su rendimiento escolar sea evaluado con objetividad. Los padres y tutores legales de los
alumnos/as podrán reclamar contra las calificaciones derivadas del proceso de evaluación continua.
Lo harán ante la directora del Centro, dentro de los cinco días siguientes al de la entrega de las notas.
e) Asignación de especialistas al Centro por la Comunidad de Madrid.
f) A recibir orientación escolar.
g) A que su actividad académica se realice en las debidas condiciones de seguridad e higiene.
h) A que se respete su libertad de conciencia, convicciones religiosas morales o ideológicas, así como
su intimidad en lo que respecta a dichas creencias.
i) A que se respete su dignidad personal y su integridad física o moral.
j) A utilizar las instalaciones del Centro de forma correcta y velando por su conservación.
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k) A fomentar la integración de alumnos con Trastornos del Espectro Autista de la manera más
normalizada posible.
l) A desarrollar planes de actuación para la sensibilización del resto de los alumnos sobre las
características y formas de comunicación de los alumnos con TEA.
31.2.- Deberes de los alumnos
Los alumnos tienen el deber de:
a) Respetar la autoridad del profesor y la dignidad y funciones de los profesores y de cuantas personas
forman la Comunidad Educativa, así como las normas generales de convivencia.
b) Asistir regularmente y con puntualidad a las actividades docentes del Centro, justificando
debidamente ante el tutor sus ausencias y retrasos.
c) Cumplir y respetar los horarios aprobados para el desarrollo de las actividades del Centro.
d) Respetar el ejercicio del derecho al estudio de sus compañeros.
e) Seguir las orientaciones del profesorado respecto de su aprendizaje y mostrarle el debido respeto y
consideración.
f) Respetar las libertades de conciencia y las convicciones religiosas y morales, así como la dignidad,
integridad e intimidad de todos los miembros de la Comunidad Educativa.
g) No discriminación por razón de nacimiento, sexo, raza, etc.
h) Respetar el proyecto educativo del Centro.
i) Cuidar y utilizar correctamente los bienes muebles y las instalaciones del Centro.
j) Respetar las pertenencias de los demás.
k) Mantener una actitud correcta en clase, no permitiéndose el uso de móviles, otros dispositivos
electrónicos o cualquier objeto que pueda distraer al propio alumno o a sus compañeros.
l) Estudiar, atender en clase y realizar las tareas encomendadas por los profesores, tanto en el colegio
como en casa.
m) Cuidar y utilizar correctamente los recursos y las instalaciones del centro y respetar las pertenencias
de lo demás miembros de la Comunidad Educativa.
n) Acudir siempre limpios al colegio.
o) Aportar el material necesario para su trabajo diario.
p) Participar en las actividades programadas por el centro.
q) Respetar el clima de silencio necesario para trabajar en clase, respetando el derecho al estudio de sus
compañeros.
r) Colaborar en mantener limpias las instalaciones del centro.
s) Aportar el debido justificante en las ausencias, retrasos o salidas de clase.
t) Entregar a sus padres o tutores legales toda notificación o documentación que provenga del centro y
esté dirigida a ellos.
u) Cumplir y respetar las normas de convivencia del Centro aprobadas en este reglamento.
Artículo 32
Padres
32.1.- Derechos de los padres.
Los padres y madres de alumnos tendrán derecho a:
a) Defender su derecho como padre/madre a elegir la educación de sus hijos/as.
b) Elegir y ser elegido en el Consejo Escolar.
c) Participar en las actividades complementarias y extraescolares aprobadas por el Consejo Escolar.
d) Proponer, a través del Consejo Escolar, las posibles modificaciones al presente Reglamento.
36
e) Celebrar reuniones en los locales del Centro, cuando tengan por objeto los fines que les sean
propios y siempre que no interfieran en las actividades docentes.
f) Derecho a estar informados de cuantas novedades e incidencias se produzcan en el Centro y
puedan afectar a la Comunidad Educativa, en parte o en su totalidad.
g) Conocer la programación de las actividades escolares de sus hijos.
h) Fomentar la participación en las asociaciones que se creen en el Centro.
i) Desarrollar planes de asesoramiento y formación para las familias de alumnos con Trastornos del
Espectro Autista. A que sus hijos reciban una formación conforme a los fines establecidos en la
Constitución y demás disposiciones legales.
j) Que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias
convicciones, siempre que el centro disponga de profesorado para ello.
k) Ser escuchados por los profesores y la dirección del centro en todos aquellos asuntos escolares
relacionados con sus hijos.
l) Reclamar contra las calificaciones de sus hijos derivadas del proceso de evaluación continua,
mediante los procedimientos legales establecidos al efecto.
m) Elegir a sus representantes en el Consejo Escolar del centro.
n) Entrevistarse periódicamente con los profesores de sus hijos o pupilos, de acuerdo con el horario
previsto para este fin.
32.2.- Deberes de los padres.
Los padres y madres tienen los siguientes deberes:
a) Atender a las citaciones del Centro.
b) Facilitar información relativa a sus hijos cuando les sea solicitada por el profesor tutor o la
dirección del Centro, siempre que se refiera a la actividad educativa del alumno.
c) Informar a la dirección de cualquier enfermedad infectocontagiosa que tengan o hayan tenido sus
hijos.
d) Vigilar y controlar las actividades escolares de sus hijos, así como su conducta.
e) Facilitar y colaborar en el cumplimiento de los deberes de sus hijos respecto al Centro:
puntualidad, urbanidad, estudios, aseo, etc.
f) Justificar la no realización de las actividades propias del área de Educación Física de sus hijos por
enfermedad o lesión, mediante certificación médica.
g) Vigilar el aseo personal de sus hijos.
h) Los padres y madres se abstendrán de entrar en el recinto escolar en horario lectivo y solicitarán
con antelación suficiente, por medio de sus hijos, entrevista con el tutor.
i) Fomentar en sus hijos el respeto al colegio y a toda la Comunidad Educativa.
j) Colaborar con los profesores en la educación de sus hijos y en las actividades programadas desde
la escuela.
k) Asistir y participar en las reuniones que sean convocadas por los profesores o la Dirección del
Centro y las entrevistas solicitadas por los mismos, presentándose cuando sea requerido.
l) Interesarse por el rendimiento escolar de sus hijos y demás asuntos relacionados con su
educación.
m) Justificar por escrito las ausencias.
n) Firmar los informes de evaluación así como las notificaciones que sean enviadas por el
profesorado.
o) Facilitar un número de teléfono para contactar en caso de urgencia.
p) Colaborar con el profesorado estimulando a sus hijos al cumplimiento de este Reglamento y a la
participación en la vida escolar.
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Artículo 33
Personal no docente.
Forman parte del personal no docente todas aquellas personas que realicen funciones en el Centro
como administrativa, conserjes, limpiadores y personal del servicio de comedor.
El personal no docente adscrito al Centro estará bajo las órdenes de la directora y tendrá derecho
de participación en la actividad del Centro según la legislación vigente.
33.1. Derechos del personal no docente
El personal no docente tendrá los siguientes derechos:
a) Los que establezca el Estatuto de los Trabajadores y la legislación básica de la Función Pública.
b) Derecho a participar en la gestión del centro a través de su representante en el Consejo Escolar.
c) Derecho a ser respetados por los distintos sectores de la Comunidad Educativa.
d) Hacer cuantas sugerencias o reclamaciones considere oportunas en el ámbito de sus competencias ante
la Dirección del Centro.
33.2. Deberes del personal no docente
El personal no docente tendrá los siguientes deberes:
a) Los que dimanen de la legislación laboral respectiva.
b) Informar a la dirección de cuantas deficiencias se observen en la estructura e instalaciones del colegio,
así como de las reparaciones y revisiones efectuadas.
c) Colaborar en el cumplimiento del presente reglamento dentro de su propio ámbito.
33.3. Funciones de los conserjes:
a) Vigilancia de las personas que entran y salen del Centro
b) Abrir las puertas del Centro con puntualidad.
c) Cinco minutos después del comienzo de las clases cerrarán las puertas no permitiendo la entrada
de alumnos, ni de personas ajenas al Centro, sin autorización expresa de la directora.
d) Durante las horas de clase, no permitirá la salida del recinto escolar a ningún alumno si no es
recogido por sus padres o por una persona mayor de edad debidamente autorizada.
e) Recoger la correspondencia para su entrega inmediata a Dirección.
f) Recibir y depositar en las dependencias del Centro el mobiliario y material destinado al mismo.
g) No permitirá la retirada de mobiliario o material sin conocimiento de la Directora.
h) Poner en conocimiento inmediato de la Directora toda incidencia ocurrida durante o fuera del
horario lectivo.
i) No interferir en la labor docente de los profesores.
j) Otras actividades recogidas en los convenios respectivos.
CAPÍTULO IV
Normas de Convivencia
Artículo 34
Principios de las normas de convivencia
Para que exista un buen clima de convivencia en el Centro se hace necesario:
a) La concienciación de la necesidad de asumir las normas de convivencia todos los sectores de la
comunidad educativa para favorecer una buena convivencia.
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b) Que la comunidad educativa esté informada sobre las normas de organización y funcionamiento
del centro, y sobre las normas de conducta.
c) Que toda medida o sanción que se adopte responda a criterios pedagógicos y sea lo más inmediata
posible para dar rápida solución y erradicar los posibles conflictos.
SECCIÓN I
Normas de organización y funcionamiento básico del centro
Apartado I: Organización de la atención educativa
Artículo 35
De carácter general
35.1.- El comportamiento del alumno dentro del recinto escolar es competencia de todos los miembros de
la Comunidad Educativa, así como intervenir en su corrección.
35.2.- El calendario escolar y el horario lectivo del centro se darán a conocer a toda la Comunidad
Educativa a través del tríptico del CEIP Menéndez Pidal que se entrega a inicio de curso. Será publicado
en la página web del Centro. Incluirá los horarios de atención al público de Dirección, Jefatura de
Estudios y Secretaría, y de atención a padres; periodos vacacionales y días no lectivos. Conviene
conservarlo y consultarlo.
35.3.- Actualmente el horario del centro es el siguiente:
En los meses de Junio y Septiembre:
Sesiones lectivas de 9.00 a 13.00 horas.
Horario de comedor de 13.00 a 15.00 horas
Ampliación de horario: de 7.30 a 9.00 horas y de 15.00 a 16.00 horas
En los meses de Octubre a Mayo (jornada continua):
Sesión de mañana de 9.00 a 14.00 horas
Horario de comedor de 14.00 a 16.00 horas
Ampliación de horario de mañana (JMD): de 7.30 a 9.00 horas
Actividades extraescolares: de 16.00 a 18.30 horas.
35.4.- Los padres deberán rellenar y devolver al tutor la ficha de actualización de datos del alumno que se
les entregará a principio de cada curso. El tutor conservará copia y entregará el original para su archivo en
secretaría. Dicha ficha será cumplimentada por los padres de los nuevos alumnos en el momento de
formalizar la matrícula y secretaría hará llegar copia al tutor en el momento de incorporarse el alumno al
aula.
35.5.- Los alumnos de tres años se incorporarán conforme al calendario que se establezca en el currículo
de Educación Infantil para su adaptación al centro, del que se informará a los padres en una reunión
previa. Realizarán un período de adaptación, de forma que el proceso de incorporación de los niños al
centro sea el más adecuado e idóneo a las necesidades del niño y la familia. Se trata de que la adaptación
sea corta, suave y agradable, por lo que además de hacer un horario más reducido, los primeros días
debemos procurar que:
- La asistencia del niño sea continuada.
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- La despedida sea breve y no se haga a escondidas y con engaños.
- La buena coordinación entre familia y escuela, aunque es necesaria a lo largo de todo el
curso, es imprescindible en este período.
35.6.- Chándal y uniforme institucional
Todos los alumnos del colegio deben venir siempre con el uniforme escolar y el chándal completos
como símbolo de identidad y pertenencia al CEIP Menéndez Pidal.
No deben descuidar ningún día esta norma del colegio aprobada en el Reglamento de Régimen
Interno. En salidas complementarias, en función del tipo de actividad a realizar, se les recomendará previamente al
entregar la circular de autorización para participar en la misma la indumentaria a llevar ese día (uniforme
o chándal).
La obligatoriedad del uso de uniforme, babi (en infantil) y chándal del colegio será efectiva a partir del
curso 2016-2017 para todos los alumnos del CEIP Menéndez Pidal (excepto 6º, curso 2016-2017 para los
que será voluntario). A partir del curso 2017-2018 será efectiva para TODOS LOS ALUMNOS DE PRIMARIA.
35.6.1.- Uso del chándal: Los alumnos del CEIP Menéndez Pidal, tienen la obligación de traer el chándal institucional aprobado por el Consejo Escolar para sus clases de Educación Física y en los meses de
septiembre y junio que NO utilizarán uniforme. Los alumnos de 3, 4 y 5 años de Educación Infantil lo
traerán para su comodidad todos los días.
El chándal estará compuesto de las siguientes prendas: o Chaqueta con el logo del colegio (roja, franja blanca y azul marino) de encargo a través del
Ampa.
o Camiseta de color rojo con el logo (borde cuello marino y listas en blanco y marino en brazo). o Pantalón largo azul marino (con listas en rojo y blanco de encargo a través del Ampa).
o Polo blanco con el logo del colegio, de manga corta o larga (con raya roja y negra en el cuello de
encargo a través del Ampa) o En verano opcional pantalón corto azul marino de algodón (con listas en rojo y blanco de encargo
a través del Ampa).
o Calcetines blancos.
o Calzado deportivo. 35.6.2.- Uso del uniforme: De octubre a mayo los alumnos del CEIP Menéndez Pidal deberán traer
obligatoriamente el uniforme completo aprobado por el Consejo Escolar, con la excepción de los alumnos
de Educación Infantil 3 años que podrán traer solamente el chándal. Además, los alumnos de Educación Infantil deberán traer obligatoria y diariamente el “babi” de rayas
rojas que ha sido elegido por el Consejo Escolar.
El uniforme se compone de las siguientes prendas:
o Chicas o Falda básica de tablas azul marino (o pantalón de uniforme azul marino).
o Polo blanco de manga corta/larga con el logo del colegio (con rayas roja y negra en el
cuello, de encargo a través del Ampa). o Jersey básico de pico de color rojo con el logo del colegio.
o Calcetines azul marino o negro) o leotardos en invierno.
o Calzado (negro o azul marino).
o Chicos o Pantalón básico largo color azul marino (en verano se permite pantalón corto).
o Polo blanco de manga corta/larga con el logo del colegio (con rayas roja y negra en el
cuello, de encargo a través del Ampa). o Jersey básico de pico de color rojo con el logo del colegio.
o Calcetines azul marino o negro.
o Calzado (negro o azul marino).
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35.6.3.- Comunes:
o La chaqueta del chándal con el logo del colegio tendrá que ser la aprobada por el Consejo Escolar
y encargada a través del Ampa,
o El jersey de pico rojo se podrá comprar donde se desee, aunque habrá que fijarle el logo termoadhesivo del colegio que pueden adquirir en el Ampa.
o El pantalón y la falda del uniforme están confeccionados sobre el modelo básico de colegial azul
marino, por lo que las familias podrán adquirirlos donde deseen.
o (En Educación Infantil: los alumnos de 3, 4 y 5 años no tienen la obligación de venir con uniforme aunque sí deberán utilizar todos los días el CHÁNDAL con zapatillas deportivas (con
velcro preferentemente) y BABI de rayas/cuadros rojas y blancas. En 4 y 5 años podrán utilizar el
uniforme voluntariamente.) o La ropa debe ir marcada con el nombre para evitar pérdidas.
o Todas las prendas que se cuelguen en perchas (abrigos, chaquetas…) deben llevar una cinta de 15
a 20 cm para ponerlas en las perchas y evitar que caigan al suelo. o En el mes de mayo se le entregará una circular para formalizar la petición de las prendas que
necesitan para encargarlas a fábrica y poder ser recogidas los primeros días de septiembre.
35.7.- Las familias de nuevo ingreso podrán conocer las dependencias del centro en las jornadas que se
marquen como días de “puertas abiertas”.
35.8.- Es responsabilidad de los padres mantener sus datos actualizados en la Secretaría del Centro y
especialmente el número de teléfono en el que puedan ser localizados de forma inmediata. Cualquier dato
modificado en secretaría deberá ser comunicado al tutor.
35.9.- Los alumnos de Educación Infantil deberán traer diariamente el baby que ha sido elegido por el
Consejo Escolar (rayas/cuadros blancas y rojas).
35.10.- Las puertas del Centro se abrirán con puntualidad y se cerrarán 5 minutos después de la hora de
entrada. El alumno que llegue tarde o que provenga de una consulta médica, deberá ser acompañado de
un adulto que justifique su retraso, firmando y registrándose en conserjería. De acudir el alumno solo al
centro, se le acompañará a Jefatura de estudios, se pondrá en comunicación con las familias recordándoles
esta norma.
35.11.- El resto de la jornada escolar el Centro permanecerá cerrado. Los alumnos no podrán abandonar el
recinto escolar. Es labor de los padres inculcarles desde pequeños tal circunstancia.
35.12.- Los padres, o personas que deseen acceder al centro, deberán hacerlo por la puerta principal,
llamando al timbre, siempre que los conserjes conozcan y les permitan su entrada: día de atención a
padres, horario de secretaría, entrevista concertada, citación a la familia,…
35.13.- No se permitirá el acceso al recinto escolar de personal ajeno a éste, siendo responsabilidad de los
conserjes su control e información a la Dirección del Centro, que autorizará o denegará su entrada; por tanto, el resto de personal del Centro se abstendrá de dar paso a personas sin el control o conocimiento de
los Conserjes, y en su caso de Dirección.
35.14.- Salvo casos urgentes, justificados y autorizados por Dirección, ningún padre, tutor legal o persona
en quien deleguen, acompañará a sus hijos dentro del edificio escolar en las entradas al colegio.
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35.15.- Durante las horas lectivas no se permitirá la entrada de los padres a las aulas excepto si el tutor así
lo considera, siempre por causa justificada y previa autorización del Jefe de Estudios.
35.16.- El control de las puertas del Centro es competencia de los Conserjes dentro de su horario laboral.
En su ausencia, será responsabilidad de la Dirección del Centro.
35.17.- Se asistirá con puntualidad a las distintas actividades y convocatorias.
35.18.- El Centro tendrá un horario establecido por el Claustro de Profesores para la visita de padres o
tutores: jueves de 14:00 a 15:00 horas. Fuera de este horario, salvo casos excepcionales previo acuerdo
con el profesor tutor, no se recibirán visitas ni se permitirá la presencia de padres u otras personas ajenas
al Centro en las dependencias donde se estén desarrollando actividades educativas.
35.19.- Sólo se permite la salida del alumno del recinto escolar durante las horas lectivas, de comedor o
de actividades extraescolares cuando sea solicitado por escrito por el padre o tutor y recogido por persona,
mayor de edad autorizada, esperando en conserjería y firmando en el registro de salidas del centro.
35.20.- Una vez finalizadas las tareas escolares no se permitirá la permanencia de alumnos en pasillos,
aulas, patio u otras dependencias a no ser que estén acompañados por algún profesor o miembro del
A.M.P.A. en el desarrollo de actividades extraescolares.
Artículo 36
Relación de respeto entre los distintos miembros de la Comunidad Educativa
36.1 Se fomentará en todo momento una actitud solidaria y de colaboración entre los distintos
miembros de la Comunidad Educativa del CEIP Menéndez Pidal, además siendo centro preferente de escolarización de alumnos con TEA.
36.2 Se evitarán gritos, carreras o cualquier otra acción que pudiera perturbar el orden y el silencio
(tono de voz moderado) necesario para crear un clima adecuado que favorezca realizar las actividades escolares.
36.3 Es deseable una actitud de respeto mutuo y colaboración entre los distintos miembros de la Comunidad Educativa, especialmente entre padres, profesores y alumnos, tanto en el centro, como fuera
del mismo.
36.4 La tolerancia ante la diversidad ha de prevalecer en las relaciones con todos los compañeros sin distinción ni discriminación alguna por razón de sexo, raza, creencias religiosas, aspecto físico y otras
características personales. Sería deseable que siguieran respetando a sus compañeros y al resto de la
Comunidad Educativa fuera del recinto escolar, lo que se inculcará siempre desde el centro y muy especialmente por parte de los tutores.
36.5 Al dirigirse al personal del centro, docente y no docente, deberá hacerse con la debida educación y cortesía, que facilite un ambiente de respeto y trabajo.
36.6 Cuidar nuestro vocabulario y expresiones evitando las insolencias, las malas contestaciones, los
insultos y todo lo que pueda herir los sentimientos o la dignidad de los demás.
36.7 Al dirigirse los alumnos al personal no docente (personal de administración y servicios, personal
de cocina y comedor, monitores de actividades extraescolares…), lo harán con la debida corrección, cumpliendo además sus indicaciones, ya que dicho personal siempre actúa según instrucciones del Equipo
Directivo.
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36.8 Si es necesaria la interrupción de una clase para formalizar algún aviso, se enseñará el modo en el
que se debe entrar, preferiblemente al principio de curso, por parte de los tutores: llamar a la puerta,
acercarse al profesor encargado del aula y que éste haga llegar la comunicación concreta a quien corresponda.
36.9 Todos los miembros de la Comunidad Educativa cumplirán, al asistir al Centro, las normas elementales de higiene y decoro en su aspecto externo que deberán recordarse cuando sea necesario.
36.10 No está permitido el uso de móviles, cámaras fotográficas, otros dispositivos electrónicos o
cualquier objeto que pueda distraer al propio alumno o a sus compañeros. El aparato será retirado por el profesor debiendo venir sus padres a recogerlo al día siguiente.
36.11 Todos los miembros de la Comunidad Educativa tienen la obligación de conocer y cumplir el presente Reglamento de Régimen Interior, y por tanto, colaborar en el desarrollo del mismo consiguiendo
unas adecuadas relaciones en los distintos momentos y ámbitos que recoge.
Artículo 37
Faltas de asistencia y puntualidad de alumnos
37.1. Cada tutor recibirá de Jefatura de Estudios al comenzar mes un listado del grupo para recoger las
faltas de asistencia y retrasos de los alumnos así como las justificaciones, utilizando los símbolos a pie de página; dicho listado será devuelto al finalizar el mes debidamente firmado.
37.2. La asistencia a clase será constante y regular.
37.3. En Educación Primaria las faltas de asistencia y/o puntualidad serán justificadas directamente por los padres al tutor en el momento de su incorporación a clase, o con antelación si es una falta prevista.
Siempre se hará por escrito (nota o en agenda). En caso de retraso por consulta médica serán justificadas
por escrito por los padres, de no expedirse justificante médico.
37.4. Cuando las ausencias a clase o retrasos reiterados no se consideren justificadas se pondrá en marcha el protocolo de absentismo, notificadas a los organismos competentes para que tomen sus
medidas.
37.5. Los justificantes, custodiados por el tutor, serán destruidos a final de curso. 37.6. El tutor pondrá en conocimiento de los padres o tutores legales las faltas de asistencia y de
puntualidad sin justificar de los alumnos, y perseguirá los posibles casos de absentismo.
37.7. Si el alumno continuara faltando injustificadamente después de hablar el tutor con la familia, intervendrá Jefatura de Estudios avisando a la familia de la “obligación que tienen los padres de traer a
sus hijos al colegio, y el derecho de sus hijos a la educación”. Les informará que de continuar así deberá
comunicarlo a la autoridad competente, abriendo protocolo de absentismo, con lo que tal circunstancia
podría suponer para cada familia. 37.8. En el caso de producirse un retraso se procederá de la siguiente manera:
Cuando su fila ya haya subido, deberá esperar a que suban todas las filas.
Las puertas de acceso al centro se cerrarán 5 minutos después del comienzo de la jornada escolar.
Los alumnos que provengan de una consulta médica y lo justifiquen documentalmente; para ello
deberá entrar el padre, madre o acompañante a firmar en el registro de entradas al centro, justificando el motivo del retraso. El conserje acompañará al alumno al aula si éste es de Educación
Infantil. Si es un alumno de Educación Primaria le permitirá entrar a su aula.
Los alumnos que lleguen tarde cuando ya se hayan cerrado las puertas de acceso al centro deberán
hacerlo por la puerta principal, donde serán atendidos por los conserjes, siguiendo el protocolo anterior según el caso.
En retrasos reiterados, la persona que acompaña al alumno se presentará ante Jefatura de Estudios
para justificar los motivos.
Los alumnos que reiteradamente lleguen tarde recuperarán ese tiempo en el recreo.
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Artículo 38
Ausencias y retrasos del profesorado
38.1 Cuando un profesor conozca que va a faltar o retrasarse justificadamente, lo comunicará a
Dirección.
38.2 Si faltara sin haberlo comunicado con antelación, deberá comunicarlo al Jefe de Estudios lo antes posible vía telefónica.
38.3 Las sustituciones por baja médica o cualquier otro permiso de larga duración deberán ser
comunicadas por el interesado a la Administración lo antes posible, y por el Equipo Directivo, para ser
cubiertas. Los profesores deberán presentar su baja médica a la Administración en el plazo de 3 días. Entre tanto el Jefe de Estudios organizará esas sustituciones para atender a los alumnos de la mejor
manera posible.
38.4 El Jefe de Estudios se encargará de organizar las sustituciones a las ausencias esporádicas de los profesores con los maestros que tengan horas, procurando respetar la realización de los apoyos directos a
alumnos, estableciendo los siguientes criterios de sustitución:
a. Profesor tutor. b. Profesor del mismo nivel
c. Profesor del mismo ciclo
d. Cualquier profesor que conozca al grupo de alumnos.
e. Profesores PT, compensatoria o AL. f. Equipo Directivo.
g. Si faltara el profesor de Religión/Valores, se hará cargo de toda la clase el profesor
encargado de los alumnos que no cursen enseñanzas de Valores/Religión.
38.5 Para poder atender adecuadamente a los alumnos de las aulas de recursos del Doble Proyecto en
caso de ausencia de alguno de los profesionales asignados directamente a estas aulas se contemplan las
siguientes situaciones y actuaciones: - Ausencia del profesor PT de una de las aulas del Doble Proyecto:
o Sustituye el PT general del centro.
- Ausencia de los dos profesores de las aulas del Doble Proyecto:
o Se derivan los alumnos al aula de referencia según características de cada niño, y el PT del centro más una integradora estarán en el aula de recursos con los niños con más
dificultades.
- Ausencia de una de las dos Integradoras Sociales:
o Si es en horario lectivo: se enviará de apoyo al profesor disponible según cuadrante de sustitución.
o Si es en horario de comedor: el Equipo Directivo primero informará a la
coordinadora de comedor para hacer una reorganización de las monitoras.
o En caso de ausentarse las dos integradoras se solicitará más apoyo a la empresa de comedor para ese día.
38.6 Queda a criterio del Equipo Directivo (Jefatura de Estudios) conocedor de las necesidades del centro en su conjunto y en relación a las ausencias habidas, arbitrar las sustituciones y personal necesario
38.7 El profesor en el momento de incorporarse después de una ausencia o retraso deberá pasar por
Jefatura de Estudios para comunicar su entrada y detener el proceso de sustituciones. 38.8 Al incorporarse después de una ausencia, el profesor deberá entregar en Jefatura de Estudios el
correspondiente documento oficial justificante antes de 3 días. Si no realiza este trámite se le comunicará
por escrito esta circunstancia para subsanarla; de no ser así, el Jefe de Estudios tiene la obligación de
comunicarlo a la Administración para devenir los haberes correspondientes. 38.9 Se entregará al personal habitual del centro, según necesidad, una copia de llaves el centro hará
entrega de un nuevo juego de llaves por una única vez más.
38.10 En caso de incapacidad temporal prolongada deberá entregarla al centro para su sustituto. Así mismo, deberá devolverla al terminar su nombramiento en el centro.
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Artículo 39
Sobre el desplazamiento de los alumnos dentro del recinto escolar
39.1 Las entradas y salidas de los alumnos estarán indicadas por un toque de sirena.
39.2 Es necesaria la puntualidad del profesorado en las entradas a clase, en los cambios del
profesorado, después del recreo de mañana y de comedor. 39.3 La entrada a clase se realizará ordenadamente en fila acompañados por el tutor o profesor
especialista que corresponda según horario del grupo, recordándoles que “en la fila ya no se juega”.
39.4 Los profesores supervisarán las entradas y salidas:
a) Al sonar la sirena a las horas de inicio de la jornada escolar, todos los profesores recogerán a los alumnos y subirán a sus respectivas aulas.
b) Ante la ausencia o retraso de un profesor, otro profesor de su ciclo recogerá la fila de este
compañero hasta la subida a su aula. Dicho profesor se encargará de comunicar al Jefe de Estudios la ausencia del compañero correspondiente para tramitar las sustituciones.
c) Subirán primero a las aulas los alumnos de menor a mayor edad.
d) Todos los alumnos subirán y bajarán las escaleras en filas siendo labor del profesorado mantener el orden en las mismas.
39.5 Cada grupo de la primera planta deberá utilizar la escalera asignada para subir o bajar, haciéndolo
en fila de forma ordenada por su derecha, permitiéndose así la subida o bajada de otro grupo o personas al
mismo tiempo. 39.6 Se cederá el paso a otras personas, en particular a educadores y padres, y también a los alumnos
más pequeños o con discapacidad.
39.7 En caso de que un alumno tenga algún tipo de lesión (esguince) podrá entrar por la puerta principal del colegio minutos antes de que entre el resto de alumnado, evitando algún percance
innecesario, acompañado por un familiar o adulto responsable hasta unirse a su grupo clase. Igualmente
podrá hacer al terminar la jornada escolar. Tal circunstancia debe ser comunicada por la familia y
conocida por Dirección, Conserjes y Tutor. 39.8 Los alumnos con TEA que así lo precisen serán recogidos en la puerta del centro asignada a cada
grupo, y acompañados o ayudados por el personal específico encargado; también en los desplazamientos
por el centro y en las entregas a la salida. 39.9 Los profesores evitarán que los alumnos se queden solos en las aulas y/o en los servicios.
39.10 Los alumnos no podrán salir del aula sin permiso del profesor.
39.11 Los alumnos no deben permanecer solos en los pasillos durante las horas de clase. 39.12 Los profesores especialistas acompañarán a los alumnos en sus desplazamientos.
39.13 Los profesores al terminar la actividad escolar les acompañarán a la salida y procederán a su
entrega (ver regulación de salidas).
39.14 Los alumnos deben abandonar el Centro al término de las actividades lectivas del día siempre y cuando no realicen en el mismo actividades extraescolares. No está permitido volver a subir a las aulas
sin autorización ni quedarse en el patio.
39.15 Los alumnos de Educación Primaria son menores, por consiguiente están bajo el cuidado y supervisión de sus padres en las salidas del Centro, quienes deberán acudir puntualmente a recogerlos.
39.16 Los alumnos que deseen esperar a sus hermanos o amigos, nunca lo harán en los pasillos o
puertas de las clases. Lo harán a la salida del colegio. 39.17 Siempre que el padre/madre o responsable en quien delegue por escrito, recoja al alumno-a antes
de finalizar la jornada escolar, firmará en el Registro de Salidas y esperará en conserjería al alumno que
será avisado por el conserje.
39.18 Los horarios comunes deberán ser respetados no saliendo al patio u otras dependencias en horas distintas a las adjudicadas.
Artículo 40
Patios
40.1 Se establecen dos turnos de recreo:
Infantil de 10:30 a 11:00 horas
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Primaria de 11:00 a 11:30 horas
40.2 Los profesores acudirán con puntualidad el día que les corresponda vigilancia de recreo según el
turno asignado aprobado en la PGA de cada curso.
40.3 A cada turno de recreo estará asignada una de las integradoras sociales, quien en colaboración con algún profesor, fomentará la realización de todo tipo de juegos en grupo (programa de juegos de
patio)
40.4 Antes de salir al patio los alumnos utilizarán los aseos de su planta; se intentará conseguir una actuación responsable de los alumnos/as en los aseos.
40.5 Los profesores acompañarán a los alumnos hasta el patio de recreo, esperando brevemente hasta
incorporarse algún profesor del turno de vigilancia, de manera que no se queden solos en el patio.
40.6 Los alumnos se desplazarán en fila sin correr hasta la llegada al patio o a clase al finalizar el recreo, evitando aglomeraciones en los pasillos, empujones…que puedan provocar caídas.
40.7 Los alumnos respetarán los turnos de utilización de canastas, porterías y triciclos, no pudiendo
hacer uso si no les corresponde según el turno asignado. 40.8 El material de los juegos de patio será el proporcionado por el colegio, no pudiendo traer pelotas
ni balones de casa.
40.9 Los triciclos y material de patio adaptado a los alumnos de Infantil no podrá ser cogido ni utilizado por los alumnos de Primaria.
40.10 No están permitidos juegos violentos, así como el uso de balones duros, peonzas, boomerangs,
patines,…o cualquier otro objeto que pudiera crear situaciones de riesgo para los alumnos.
40.11 En caso de conflicto, se comunicará a un profesor vigilante del patio para evitarlo o resolverlo. 40.12 La acción tutorial reforzará las conductas positivas y corregirá las actitudes negativas también en
las horas de recreo.
40.13 Se utilizarán las papeleras. Los batidos, zumos, deberán consumirlos antes de bajar a la zona de juegos tirando el envase a la papelera, evitando que los alumnos y el patio se manchen de líquidos.
40.14 No está permitido comer pipas, chicles o cualquier producto que por sus características afecte a
la limpieza del patio.
40.15 Durante el tiempo de recreo, no se permitirá a los alumnos hacer uso de los aseos (los habrán podido utilizar antes de bajar al patio); si fuera estrictamente necesario, podrían hacerlo con el permiso
del profesor vigilante que esté en la puerta de acceso al edificio, bajo su supervisión.
40.16 Por motivos de seguridad no se permitirá a los alumnos recoger objetos a través de la valla; si fuera necesario entregar algo a un alumno una vez iniciada la jornada escolar, deberán llamar al timbre,
ser atendido por un conserje quien lo pondrá en conocimiento de la Dirección quien resolverá.
40.17 Durante las horas de recreo todos los alumnos deberán permanecer en el patio. Cuando sea necesaria la permanencia de algún alumno en el aula deberá estar acompañado por un profesor o
integrador social en el caso de niños con TGD.
40.18 Salvo casos excepcionales y sólo acompañados por un tutor/profesor, no podrán subir a las aulas
durante el recreo. 40.19 Los días con climatología adversa (lluvia, nieve o muy fríos, sobre todo para infantil),
a. Dirección valorará si se sale o no al patio una vez valorados los posibles riesgos.
b. En caso de no salir al patio, no sonará la sirena. c. Los alumnos/as permanecerán en las aulas acompañados por un profesor, tutor,
especialista o miembro del Equipo Directivo, que desarrollará las actividades lúdicas que
considere oportuno. d. Los días de lluvia los alumnos de Infantil podrán utilizar un gimnasio si éste no se está
utilizando (según cuadro de utilización de gimnasios que deberá estar colocado en lugar
visible para su consulta), garantizando entre los profesores del ciclo que los alumnos no
se queden solos en ningún momento y se cumpla con la vigilancia según ratio para Infantil.
40.20 Cuando habiendo salido al recreo comenzara a llover, tocará la sirena para hacer filas. Los profesores deberán acudir a recoger a los alumnos acompañándoles a sus aulas donde estarán el tiempo
restante de recreo.
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40.21 Si la lluvia cesara, Dirección valorará si en función del tiempo restante de recreo y las
condiciones del patio, se puede salir al recreo; sonaría la sirena reanudándose los turnos de vigilancia de
profesorado establecidos. 40.22 Los padres no pueden acceder a los patios en la hora del recreo. Si necesitan recoger a un alumno,
deberán pasar por conserjería esperando allí.
40.23 Los alumnos, una vez suene la sirena para hacer fila, no podrán continuar jugando a la pelota ni jugar en la fila.
40.24 Los profesores recogerán en el patio a los alumnos a los que vayan a impartir clase a
continuación.
Artículo 41
En el aula
41.1 La organización de la clase es competencia del profesor que tendrá en cuenta este reglamento y
las instrucciones del Equipo Directivo.
41.2 Los alumnos siempre tendrán que estar acompañados por un profesor. Los cambios de profesor se realizarán con la mayor brevedad posible y puntualidad, e incluso acordando (a principio de curso) un
orden en caso de coincidencia de varios profesores a realizar el cambio que afecte a los mismos grupos,
priorizando la atención a los de menor edad.
41.3 Los alumnos deberán permanecer en el aula con la debida corrección en los intervalos de profesor a profesor.
41.4 Dentro del aula se mantendrá el debido comportamiento para el normal desarrollo de las clases, lo
que incluye mantener el ambiente de estudio y de seguimiento de las clases e indicaciones del profesor, estando en silencio cuando así se requiera.
41.5 Los alumnos están obligados a estudiar y realizar las tareas que el profesor encomiende. En caso
de imposibilidad, los padres o tutores lo justificarán al tutor mediante la agenda.
41.6 Establecer situaciones de comunicación y diálogo, escuchando sin interrumpir cuando alguien está hablando.
41.7 Los cambios de actividad o clase se realizarán con rapidez y manteniendo el orden.
41.8 El aula, lugar de trabajo y convivencia, deberá presentar un aspecto ordenado y limpio que permita el uso agradable de la misma. Se procurará que la decoración dañe lo menos posible las paredes
utilizando los corchos.
41.9 El alumno recogerá y mantendrá ordenado su material y pertenencias. Las cajoneras deberán estar siempre ordenadas.
41.10 Las mesas y las sillas deberán cuidarse sin pintar en ellas, pegar adhesivo, pegatinas o producir
cortes con tijeras o material punzante.
41.11 Una vez en clase, no se podrá abandonar ésta sin el permiso del profesor. 41.12 Durante las horas de clase, los alumnos utilizarán los aseos situados en su pasillo (el que
corresponda a su sexo), siempre con el permiso del profesor. Se evitarán las continuas idas y venidas, por
lo que se procurará utilizarlos antes de bajar al recreo, y en cursos inferiores, después. Queda a criterio del profesor del grupo permitir a un alumno ir al servicio en otro momento si lo considera oportuno.
41.13 Queda prohibido asomarse por las ventanas, gritar, arrojar papeles u otros objeto, al igual que
deteriorar cualquier estancia o material del centro que deberá permanecer limpia y reponer si fuera el caso.
Artículo 42
Material escolar
42.1 Todos los miembros de la Comunidad Escolar colaborarán en el cuidado y conservación en buen estado del edificio, instalaciones, mobiliario y material del colegio.
42.2 Es obligatorio acudir a clase con el material necesario para el adecuado desarrollo de las
actividades de clase; es responsabilidad de la familia que así sea.
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42.3 Aquellos alumnos que reiteradamente acudan al centro sin el material de estudio necesario, desde
tutoría se insistirá a la familia; de no corregirse esta situación se comunicará a Dirección quien lo pondrá
en conocimiento de Servicios Sociales y EOEP. 42.4 Respetar las cosas de los demás; no coger lo que es de otro sin permiso, ni producir
voluntariamente deterioro tanto en el material propio como en el ajeno.
42.5 La pérdida por negligencia o el deterioro por el mal uso del material escolar que el centro proporcionara a algún alumno en calidad de préstamo, tendrá como consecuencia que no se le vuelva a
conceder esta ayuda y la no devolución de la fianza que se entregó al recibir dicho material; también
perderá el derecho al préstamo si presenta un absentismo del 20% sin justificar.
42.6 No está permitido a los alumnos traer al colegio material no escolar que pueda distraerles o distraer a los demás, así como objetos peligrosos (cortantes o punzantes, broches, pendientes), sustancias
tóxicas o materiales que las contengan (spray, mecheros, tabaco), dinero y objetos de valor (aparatos
electrónicos) siendo responsabilidad de los padres que no los traigan al Centro. 42.7 El centro no es responsable del uso indebido de las pertenencias personales de los alumnos y/o su
pérdida: ropa, material, objetos, juguetes,… En Educación Infantil el centro colaborará especialmente
para enseñarles en este aspecto. 42.8 Todos los objetos o prendas perdidas se dejarán enfrente de conserjería, a la entrada al comedor
escolar pudiendo recuperarse allí; por ello, han de estar debidamente marcados.
42.9 Cada aula tendrá un lugar para colocar los objetos perdidos encontrados en ella.
42.10 Las actividades de Educación Física deberán realizarse con el chándal del colegio, y calcetines y calzado deportivo; es conveniente traer un neceser para aseo personal.
42.11 Cualquier compra de material que se realice en nombre del centro deberá acompañarse de la
correspondiente factura con los datos del mismo. 42.12 La adquisición de material escolar a los profesores del centro debe hacerse previa solicitud y
autorización del Equipo Directivo. El coordinador centralizará las necesidades de cada ciclo y pasará
listado a Secretaría para gestionar el pedido.
Artículo 43
Uso del teléfono, fotocopiadora e impresora
43.1 El teléfono se utilizará únicamente para llamadas relacionadas con el trabajo desempeñado en el
centro: llamadas a otros centros, a familias del centro, a editoriales, a proveedores de material educativo
para el centro, a empresas de actividades complementarias, a empresas de transporte o a organismos de la Administración.
43.2 Al responder al teléfono siempre nos identificaremos como CEIP Menéndez Pidal de Madrid.
43.3 La fotocopiadora e impresoras se utilizarán exclusivamente para uso escolar. A cada profesor en
función del grupo, nivel y las áreas que imparta se le asignará una clave personal y un número de fotocopias mensual a realizar. De necesitar puntualmente ampliación de fotocopias lo solicitará y
justificará a Dirección quien podrá permitir dicha ampliación.
43.4 Los conserjes entregarán mensualmente a Dirección el registro total e individual de fotocopias realizadas, quien supervisará un uso adecuado.
Artículo 44
Inventarios
Los tutores y maestros especialistas deben entregar el inventario de sus aulas, en soporte informático,
actualizado al 30 de septiembre y al 30 de junio.
Artículo 45
Instalaciones
45.1 El colegio merece el respeto y cuidado de todos los que lo utilicen, tanto de sus instalaciones como de sus materiales. Los miembros de la Comunidad Educativa deberán hacer buen uso de unas y
otros, quedando obligado a su reparación, reposición o pago de lo deteriorado aquel que haga mal uso del
mismo o deliberadamente cause un daño.
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45.2 Todo desperfecto o incidente que se observe en las instalaciones del colegio se pondrá en
conocimiento de conserjería quien tomará las medidas oportunas e informará a Dirección.
45.3 Cada instalación deberá ser utilizada para el uso propio para el que esté destinada. Cualquier otro uso deberá estar autorizado por Dirección.
45.4 No se colocarán objetos ni en pasillos, escaleras, hall,.., que dificulten el paso, especialmente en
vías de evacuación. 45.5 Se mantendrán limpios los lugares frecuentados. No se arrojarán papeles, objetos ni desperdicios
en ninguna dependencia del colegio; se utilizarán las papeleras.
45.6 Si se ensuciara en exceso alguna estancia del centro por la actividad que se ha estado realizando,
se colaborará en su limpieza al finalizar ésta. 45.7 Solo se comerá en los lugares destinados al efecto y en los tiempos previstos a este fin, cuidando
echar los envoltorios a las papeleras.
45.8 Se utilizarán correctamente los servicios y con limpieza. 45.9 Todos adoptaremos medidas de ahorro (luces, agua, grifos, calefacción,…) como concienciación
medioambiental, tratando de inculcar a los alumnos el consumo responsable de los recursos del planeta.
45.10 Se creará el Consejo de colaboración de alumnos de Primaria para el cuidado de los espacios del colegio (pasillos, servicios, aulas, patio, comedor, biblioteca, huerto,…) fomentando su participación y
responsabilidad.
45.11 Una vez finalizada la jornada lectiva cada profesor cerrará su aula que deberá quedar en
razonables condiciones después de todo un día de trabajo en ella. Es labor del tutor inculcar a los alumnos el cuidado del aula, colaborando todos en su revisión al finalizar el día.
45.12 Las instalaciones del centro podrán utilizarse para acogida de mañana desde las 7:30 horas y a
partir de las 16:00 horas para actividades extraescolares previa petición y autorización de la Dirección del Centro. La persona física o jurídica organizadora será la responsable de su buen uso y cuidado.
45.13 En aplicación de la Ley 5/2002, de 27 de junio, sobre drogodependencias y otros trastornos
adictivos, no se permitirá fumar en todo el recinto escolar.
45.14 Para otros usos de las instalaciones fuera del horario lectivo será necesaria previa información la autorización de la Directora del Centro, y en su caso, de la JMD de Moratalaz.
Artículo 46
Regulación de las recogidas de alumnos a la salida.
46.1 Con el deseo de mejorar las salidas y recogidas del Centro respetaremos las siguientes normas, elaboradas por el Equipo Directivo, informadas al Claustro de Profesores y al Consejo Escolar.
46.2 Serán puestas en conocimiento de las familias con la anticipación adecuada y son de obligado
cumplimiento desde el día 1 de Marzo del 2011; son las siguientes:
46.3 Al finalizar la jornada lectiva, los profesores acompañarán al grupo-clase hasta la puerta asignada a cada curso.
46.4 Los alumnos/as esperarán su turno hasta ser nombrados por el profesor para poder salir; se hará
de forma ordenada. Las familias no deberán aprovechar este momento para hacer comentarios, preguntas al profesor; para ello existe la agenda o el día de atención a padres.
46.5 Serán entregados directamente al padre/madre/tutor legal, los alumnos/as desde Educación
Infantil 3 años hasta los de 4º Educación Primaria. 46.6 También podrán ser recogidos por otra u otras personas adultas debidamente autorizadas por los
padres. Dicha circunstancia o posteriores modificaciones, deberá ponerse en conocimiento del tutor/a y
de secretaria incluyéndolo en el archivo creado a tal fin.
Se rellenará una autorización al incorporarse al Centro y a principio de curso al inicio de cada
ciclo, que será guardada por el tutor y una copia en Secretaría (según modelo)
Para otras eventualidades podrán autorizar a otro adulto a recoger a su hijo/a de lo que deberá de
ser informado el tutor/a mediante la agenda, haciendo constar el nombre y DNI de la persona
autorizada, fecha y firma.
Favoreciendo una estabilidad en las recogidas, las familias evitarán en lo posible un amplio
número de personas autorizadas.
49
En ningún caso se entregará un menor a otro menor, salvo aquellos casos que las familias
autoricen debidamente por escrito en Secretaria a hermanos mayores de 16 años. 46.7 A partir de 5º de Primaria y alumnos/as de 4º de Primaria que hayan repetido en algún curso
anterior, podrán abandonar el Centro a las horas de salida con la debida comunicación familiar (según modelo)
46.8 En caso de retraso de la familia por algún imprevisto, ésta deberá ponerse en contacto con el
Centro avisando y justificando tal circunstancia. - Si es un retraso reiterado se tomarán las medidas administrativas oportunas.
- Si no se hubiese comunicado el retraso al Centro, pasados 10 min, éste será acompañado a
Jefatura de Estudios donde se hará una única llamada a la familia; de no poder contactar con ella
a los 20 min se avisará al Agente tutor (Policía Local). - Se establecerá un “sistema de guardias” rotatorio formado cada día por un miembro del Equipo
Directivo y el profesor tutor o especialista que realizando la entrega, no hubieran recogido a
algún alumno de ese grupo. 46.9 Aquellas familias con circunstancias particulares derivadas de acuerdos por separación o
divorcio, en cuanto a custodia y régimen de visitas, deberán informar al Centro, presentando en Secretaría
previa información al tutor/a el documento legal que así lo demuestre. 46.10 Todas las normas anteriores deberán ser contempladas de igual forma para los alumnos que hacen
uso del comedor o de alguna actividad extraescolar.
46.11 Para abandonar el Centro en horario lectivo (enfermedad, cita médica,….) serán recogidos por el
padre/madre/tutor o persona en que se delegue (en este caso con autorización por escrito), registrándose el hecho en Conserjería.
46.12 Todas las familias serán informadas de estas normas para su cumplimiento. Y deberán devolver al
Centro el resguardo de informado debidamente firmado. 46.13 El Equipo Directivo con la colaboración del profesorado y del personal no docente, velarán por el
cumplimiento de estas normas.
Artículo 47
Evaluación de los alumnos
47.1 Las Juntas de Evaluación se realizarán por niveles, estando presentes en las mismas el Jefe de Estudios o Directora y todos los profesores convocados que imparten clase en ese nivel.
47.2 Antes de la junta de evaluación el tutor/a habrá recabado la información de los diferentes
maestros especialistas de su grupo. 47.3 El Tutor levantará acta de cada Junta de evaluación y recogerá las notas. A partir del normal
funcionamiento del programa RAÍCES y habiendo recibido la credencial correspondiente entregada por
Dirección, será el profesor/tutor quien cumplimentará las calificaciones de su área y sus alumnos.
47.4 Las actas serán firmadas por cada tutor quien se encargará de que sean firmadas por todos los especialistas que intervienen en su grupo; posteriormente las entregará a Secretaría para ser firmadas por
la Directora y archivadas.
47.5 Los boletines de información a las familias de Ed. Infantil serán los que han aprobado en ese ciclo. A estos boletines cada maestro/a podrá adjuntar la información que considere oportuna.
47.6 En Ed. Primaria, los boletines de notas serán los que aparecen en el programa RAÍCES y serán
facilitados a los tutores/as por el Jefe de Estudios. A estos boletines cada maestro/a podrá adjuntar la información que considere oportuna.
47.7 Los resguardos de haber recibido los boletines deben ser devueltos a los tutores debidamente
firmados por los padres o tutores legales del alumno. En caso de no hacerlo no se entregará otro boletín
hasta que no se entregue el anterior resguardo. Los tutores custodiarán estos resguardos hasta final de curso e incluirán en el expediente del alumno fotocopia del boletín final de evaluación.
47.8 La nota de Educación Artística se compone de dos apartados: Educación Musical y Educación
Plástica y Visual. La nota de Educación Artística será una media entre los dos apartados especificándose si hay suspensa alguna de las partes.
50
47.9 Un alumno que falte a más de un 25% de las sesiones de una asignatura o área de conocimiento
de un trimestre perderá su derecho a la evaluación continua en ese trimestre y se le realizará un único
examen o prueba que será lo que marque su nota en ese trimestre. 47.10 Los informes de Pedagogía Terapéutica, Audición y Lenguaje, Educación Compensatoria y
Fisioterapia serán realizados por los respectivos especialistas, adjuntados al expediente de cada alumno/a
y entregada una copia al tutor/a para que lo entregue a los padres o tutores legales. 47.11 Las fechas de entrega de boletines a las familias serán establecida por Jefatura de Estudios
acordado en sesión de la CCP.
47.12 El boletín correspondiente a la Evaluación final se entregará en mano, de manera individual, a la
familia de cada alumno, debiendo personarse ésta en el centro. Se establecerá un calendario por parte de Jefatura de Estudios para esta entrega.
Artículo 48
Documentación del Centro
48.1 El Proyecto Educativo está a disposición de todas las familias del Centro, y de aquellas que se interesen por él en el periodo de admisión de alumnos; podrá ser consultado en Secretaría previa petición
de cita.
48.2 Cualquier circular que se distribuya en nombre del colegio deberá llevar el visto bueno del
Equipo Directivo, con membrete y sello del centro. 48.3 Cualquier actividad que se realice en el centro fuera de las habituales deberá ser comunicada a las
familias por escrito. Dicha actividad deberá llevar el visto bueno del Equipo Directivo.
48.4 Cada tutoría tendrán una carpeta del grupo en el primer cajón de la mesa con los siguientes documentos: listado de alumnos y teléfonos, fichas de los alumnos con las personas autorizadas a recoger
al alumno, las fichas con alergias y enfermedades de sus alumnos, alumnos de comedor, listados de
alumnos de actividades extraescolares, las autorizaciones para las salidas al entorno, para tomar imágenes
(con fines educativos en el entorno escolar), y para las excursiones; otros datos de interés sobre el grupo o incidencias reseñables.
48.5 Dicha carpeta será entregada en secretaría a 30 de junio y actualizada a principio de cada curso
entregándosela al tutor nuevo del grupo.
Artículo 49
Toma de imágenes
49.1 Las familias autorizarán al inicio de curso para la toma de imágenes y grabaciones con fines
educativos en el ámbito escolar del CEIP Menéndez Pidal, custodiada en secretaría pasando listado a carpeta del grupo.
49.2 En cualquier momento del curso la familia podrá modificar o retirar dicha autorización,
comunicándolo en secretaría, quien informará al tutor para introducir los cambios en la carpeta del grupo.
Artículo 50
Casos de separación o divorcio.
50.1 En casos de separación o divorcio, o cualquier otra situación que conlleve la pérdida de derechos de
alguno de los cónyuges en relación a la custodia o patria potestad, deberán comunicarlo al centro y hacer
llegar copia cotejada con original de la sentencia a la Directora.
- La copia se custodiará en los archivos de secretaría.
- Dirección lo comunicará a la parte contraria para que pueda realizar las alegaciones
pertinentes. - De la situación final se informará a ambas partes y en su caso a tutor, profesores
especialistas que entreguen al alumno, coordinadora de comedor si procede y a los
conserjes que atienden las puertas, habrá un listado a tal fin en conserjería.
51
- Se manejará dicha información con estricta confidencialidad.
50.2 En casos de solamente tener la patria potestad compartida ambas partes tienen derecho a solicitar
información sobre el proceso educativo del alumno, de lo que habrá que informar al cónyuge que tenga la custodia.
Artículo 51
Servicios mínimos
51.1 En caso de jornada de huelga la Dirección del centro, garantizará los servicios mínimos que determine en cada caso la Administración; que por lo general estarán compuestos por:
La Directora, como responsable de personal y representante de la Administración Educativa, garante del
cumplimiento de las leyes.
51.2 Jefe de Estudios, o en su defecto, el Secretario, como colaborador de la Directora en las tareas que garanticen la convivencia y la organización de los profesores y grupos, al objeto de realizar las
actividades que tuvieran que desarrollar los alumnos, en ausencia de los profesores que estén ejerciendo
su derecho a la huelga. 51.3 Para la atención específica de los alumnos con necesidades educativas especiales y niños con
TEA, profesores e integradores sociales según determine la Administración.
Artículo 52
Actividades complementarias al currículum.
52.1 Se considerarán actividades complementarias las programadas y realizadas por el profesorado del Centro que impliquen o no salida del recinto escolar, realizadas dentro del horario lectivo o ampliado, en
caso de estancias en albergues, granja escuela, viaje fin de curso, inmersión lingüística,…, que
complementen la formación académica y en valores de los alumnos/as favoreciendo su desarrollo personal y acercando la escuela a la realidad cultural y social a la que pertenece.
52.2 Serán programadas por el Claustro de Profesores, incluidas en la PGA y aprobadas por el Consejo
Escolar.
52.3 También podrán realizarse otras actividades complementarias fijadas con posterioridad, previo consenso en el ciclo, información en la CCP del mes que se vaya a realizar y autorización de la Dirección;
en aquellas que sean fuera del centro también deberán contar con la autorización de la Comisión
Permanente del Consejo Escolar por lo que deberán comunicarse con la suficiente antelación. 52.4 Serán supervisadas y coordinadas por el Jefe de Estudios.
52.5 Son de obligada asistencia debiendo justificar la familia el motivo de la ausencia del alumno.
52.6 A principio de curso (o cuando se incorporen al Centro) se le entregará a las familias una autorización para “salidas al entorno próximo” que servirá para todo el curso; deberán ser custodiadas por
los tutores. Se informará a las familias con antelación a la realización de la salida.
52.7 Para el resto de actividades complementarias, que requieran salida del centro con transporte y/o
tengan coste económico, los alumnos/as deberán traer autorización debidamente firmada por sus padres o tutores legales. En el caso de que no la traigan se quedarán en el Centro.
52.8 Los alumnos que no realicen alguna actividad complementaria podrán acudir al centro
permaneciendo en un grupo lo más próximo al nivel que cursa. 52.9 Si un alumno, habiendo abonado el precio de una actividad complementaria, no pudiera asistir
por motivos justificados, tendrá derecho a la devolución del precio de la misma menos la parte
correspondiente al autobús o reserva si la hubiera. 52.10 En las actividades cada tutor será responsable de sus alumnos con los que permanecerá en todo
momento.
52.11 Dependiendo de la actividad el Jefe de Estudios podrá designar un acompañante: un profesor y/o
un Integrador Social en el caso de alumnos con TEA. 52.12 Se valorará la especial dificultad o peligro que puedan conllevar algunas actividades (en
particular de Educación Infantil) con el fin de que sean acompañados por el máximo número de
52
profesores o adultos; en este sentido previo consenso del profesorado del ciclo que realice la salida y de
Dirección, se podrá solicitar la colaboración de los padres y madres.
52.13 Cuando la realización de alguna actividad complementaria implique la necesidad de llevar comida o material determinado, se comunicará oportunamente a las familias.
52.14 El Jefe de Estudios comunicará a la coordinadora de comedor las actividades que afecten a este
horario, con alguna modificación o retraso, o por la necesidad de preparar pic-nic para los alumnos que hagan uso de este servicio, a los que se les entregará en una bolsa a primera hora del día de la actividad.
52.15 Las actividades complementarias son parte de la labor educativa y del trabajo del aula, por lo que
el comportamiento que seguirá el alumnado durante la realización de las mismas será el mismo que el que
se deba tener en el colegio. 52.16 Criterios para la selección de actividades complementarias:
- Que tenga relación con el currículum de alguna de las áreas.
- Que tenga un carácter lúdico formativo, les resulte novedoso y saque de la rutina. - Que favorezca la convivencia en el grupo, así como la adquisición de hábitos de
comportamiento social en ambientes poco frecuentes para los alumnos.
- Que no tenga un alto coste económico. - Que asista preferiblemente más del 75% del grupo.
Artículo 53
Actividades extraescolares
53.1 Se consideran Actividades Extraescolares las realizadas exclusivamente fuera del horario lectivo, organizadas y programadas por el AMPA, Ayuntamiento, Consejería de Educación, otros organismos de
las Administraciones Públicas, etc.
53.2 Estas actividades tienen carácter voluntario, estarán incluidas en la PGA y serán evaluadas por el Consejo Escolar.
53.3 La entidad organizadora se responsabilizará de coordinar dichas actividades y de vigilar el
tránsito de personas por los espacios destinados para estos fines, así como de la apertura y cierre del
acceso al colegio si son durante días no lectivos. 53.4 En el caso de las actividades organizadas por el AMPA, éste certificará que el personal encargado
de las actividades es ajeno a la plantilla del Centro, comprometiéndose a entregar la documentación en la
que constará de forma fehaciente que la contratación se ha realizado entre este personal y la Asociación como único empresario. El AMPA ha de tener un seguro de responsabilidad civil que cubra sus
actividades. En caso de que no lo tenga deberá hacer una declaración escrita haciéndose responsable. En
el caso de que fuesen aprobadas en esas condiciones, se informará al Consejo Escolar y tendrá que constar en acta su aprobación.
53.5 Las actividades extraescolares propuestas por el AMPA, serán diferentes a las solicitadas por el
centro de carácter gratuito y se realizarán con un mínimo de 8 y un máximo de 15 alumnos.
53.6 Podrán realizarse actividades antes de la jornada lectiva, “Los primeros del cole” de 7:30 a 9:00 de la mañana y de 16:00h en adelante.
53.7 Los responsables de las actividades extraescolares se harán cargo de los alumnos de cada
actividad hasta que llegue el monitor para acceder al aula correspondiente (a la salida de las clases en el caso de los alumnos de Ed. Infantil, y en el punto de encuentro/fila de cada actividad en el caso de los
alumnos de Ed. Primaria) y les entregarán a sus familias una vez finalizada la actividad.
53.8 Cuando algún monitor/a falte a la actividad, éste deberá comunicarlo al coordinador de la
actividad o al AMPA, según corresponda, para que los alumnos queden debidamente atendidos. En todo caso, quien note la ausencia de algún monitor debe comunicarlo a la Dirección, al coordinador de la
actividad o al AMPA, quienes tomarán las medidas oportunas.
53.9 Los alumnos/as que participen en estas actividades deberán incorporarse a las mismas y ser recogidos puntualmente por sus padres o adulto en quien deleguen no pudiendo permanecer en las
dependencias del colegio fuera del horario de la actividad. La impuntualidad reiterada e injustificada, dará
lugar a la baja en estas actividades durante todo el curso escolar.
53
53.10 Los monitores velarán por el buen uso y cuidado de las instalaciones en las que se desarrolle la
actividad, así como del mobiliario y equipamiento.
53.11 En las actividades extraescolares no se podrá hacer uso del material del Centro. En casos excepcionales se solicitará su utilización a la Dirección del Centro quien podrá o no autorizarlo.
53.12 En los casos de deterioro o roturas que se deban a negligencia o mal uso, la persona física o
jurídica responsable de la actividad, correrá con los gastos de arreglo y/o reposición. 53.13 En los casos de accidente, enfermedad o cualquier otra incidencia, el responsable de la actividad
lo comunicará primero al coordinador que será quien tome las medidas necesarias, quien informe a los
padres y quien lo pondrá en conocimiento de la Dirección del Centro.
53.14 Los alumnos inscritos a una actividad no podrán cambiarse a lo largo del curso sin justificación por parte de las familias y previo conocimiento del Equipo Directivo.
Apartado II: Funcionamiento del Servicio de Comedor
Artículo 54
General sobre Comedor Escolar
54.1 El Servicio de comedor es un servicio complementario que el colegio ofrece con carácter
voluntario exclusivamente a profesores, alumnos, y personal de administración y servicios de este Centro. 54.2 Como servicio complementario escolar tiene carácter educativo, por lo que es imprescindible
mantener unas normas de comportamiento y de respeto al resto de comensales.
54.3 El servicio de comedor durará desde el primer día lectivo del mes de septiembre hasta el último día lectivo del mes de junio.
54.4 La empresa de restauración que preste sus servicios dispondrá de un menú de régimen para
atender a aquellos alumnos que, mediante el correspondiente certificado o informe médico, acrediten la
imposibilidad de ingerir determinados alimentos de acuerdo con la Orden4212/2006 de 26 de julio, BOCM nº 195 jueves 17 de agosto de 2006.
54.5 Al comienzo de cada mes se entregará a cada alumno la relación de menús correspondiente a cada
mes. Habrá un menú en la puerta principal del colegio y del comedor, y en la página web. 54.6 Todos los temas relacionados con el comedor (dietas, altas, bajas,…) deberán comunicarlo
siempre en la Secretaría del centro y no a través de tutores, monitores…
54.7 Los alumnos que sufran algún tipo de alergia o intolerancia a determinados alimentos deberán traer un certificado médico donde se especifique dicha alergia.
54.8 Se permitirá adaptar el menú para alumnos de otras creencias siempre que esto no suponga un
trastorno para la empresa de comedor.
54.9 Se adaptarán los espacios, recursos materiales y personales para favorecer la integración de alumnos con Trastornos Generales del Desarrollo (TGD), como se recoge en el Proyecto (programa de
comedor).
54.10 El Jefe de Estudios comunicará con la suficiente antelación a la Coordinadora de Comedor las actividades complementarias que impliquen un retraso en la incorporación al comedor (sirviéndose la
comida cuando lleguen los alumnos), o aquellas en las que se coma fuera del colegio (entregando a
primera hora de la mañana una bolsa de picnic a los comensales). 54.11 La Dirección del Centro velará por el cumplimiento de la normativa vigente en materia de
comedores escolares y dará traslado de cualquier anomalía a los responsables de la empresa de comedor y
si fuera necesario a la Unidad de Servicios Educativos correspondiente.
54.12 El Consejo Escolar evaluará el funcionamiento de este servicio al finalizar el curso.
Artículo 55
Pagos y devoluciones de Comedor Escolar
55.1 El mes de septiembre se pagará por adelantado.
55.2 Para alumnos fijos se extenderán 8 recibos (de octubre a mayo, ambos meses incluidos) cuyo
importe corresponderá al total prorrateado: importe del menú, multiplicado por la totalidad de días
54
lectivos y el resultado, dividido entre las ocho mensualidades. El mes de junio estará ya incluido por lo
que no se extenderá mensualidad este mes.
55.3 Las familias conservarán los recibos del banco que acredite el pago de este servicio, por si fuera solicitado por secretaría por algún motivo.
55.4 Los pagos se realizarán al principio de cada mes mediante domiciliación bancaria, ingreso en la
cuenta bancaria del centro por adelantado, o en caja entre los días 1 y 10 de cada mes. 55.5 El impago de las mensualidades dará lugar a la baja del Servicio de Comedor quedando en
obligación de pagar la deuda.
55.6 Si algún alumno usuario habitual de comedor, no fuera a utilizar el servicio, la familia debe
comunicarlo por escrito a la Secretaría del Centro. 55.7 Tanto las altas como las bajas se notificarán obligatoriamente en secretaría. Las faltas de
asistencia se reembolsarán a partir del 5º día de falta y será el 50% de la cuota establecida (lo que
corresponde solo a la comida). Será necesario comunicarlo por escrito con antelación para proceder a la devolución oportuna.
Artículo 56
Normas de convivencia del servicio de Comedor Escolar:
56.1 Además de las normas dadas a nivel general los alumnos deberán atender a las siguientes indicaciones:
- Los lugares de permanencia en el Centro durante la hora de comedor serán los patios de recreo, los gimnasios y la biblioteca.
- Los días de lluvia los alumnos utilizarán espacios habilitados para tal fin (gimnasios, biblioteca, aula de usos múltiples, ocasionalmente un aula con pizarra digital en planta
baja)
- Si se encuentra un alumno en un lugar del Centro que no esté permitido será sancionado.
- Los alumnos deberán respetar el material y las instalaciones que utilicen.
- Los alumnos deberán seguir en todo momento las indicaciones de los monitores.
- La falta de respeto o desobediencia se conceptuará como falta grave.
- Antes de pasar al comedor deberán lavarse las manos con líquido desinfectante que les
entregarán a la puerta.
- La entrada al comedor será en silencio, procurando evitar ruidos innecesarios al sentarse y al utilizar los cubiertos.
- Ningún alumno se levantará de la mesa sin permiso de los cuidadores.
- Para pedir pan u otro alimento se levantará la mano y se esperará a que se le atienda.
- Será recogido inmediatamente cualquier alimento que caiga al suelo depositándolo en un lado de la mesa. No se permitirá sacar pan o restos de comida del comedor.
- La postura para comer debe ser adecuada; espalda derecha, manos sobre la mesa, masticar con la boca cerrada, no hablar mientras se tiene comida en la boca, pedir las cosas por
favor. 56.2 Al ser el comedor un servicio voluntario no se permitirá la permanencia en él a los alumnos que
incumplan las normas.
56.3 Las sanciones por faltas cometidas en el servicio de comedor serán adoptadas en horario de comedor.
56.4 Ante el incumplimiento de alguna de las normas en el periodo de comedor, las cuidadoras o la
coordinadora iniciará el proceso anotando por escrito la falta cometida (constará nombre, curso, fecha y
falta cometida) y comunicando este parte al Jefe de Estudios, que lo valorará e informará en caso necesario a su Tutor y a su familia.
Artículo 57
Motivos de expulsión del servicio
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57.1 Será motivo de expulsión temporal del comedor cualquier comportamiento contrario a las normas
incluidas en el presente reglamento.
57.2 Será motivo de expulsión definitiva la acumulación de dos expulsiones temporales o cualquier comportamiento que suponga una falta muy grave según el presente reglamento.
57.3 El impago de dos mensualidades supone la baja automática del alumno en el Comedor Escolar.
Apartado III: Aspectos sanitarios
Artículo 58
Salud e higiene
58.1 Todos los miembros de la Comunidad Educativa, cumplirán al asistir al centro, las normas elementales de higiene y cuidado en su aspecto externo.
58.2 Los padres de los alumnos de 3 años de Educación Infantil deberán firmar la autorización que se
les entregará desde tutoría, autorizando a que la persona encargada de los cambios lo haga. Deberán dejar en el aula en una bolsa ropa limpia para ser cambiado. Aquellas familias que no entreguen dicha
autorización serán llamadas por teléfono para acudir al centro y recoger al alumno para cambiarle con
ropa limpia.
58.3 Los padres cuidarán que sus hijos acudan al centro correctamente aseados y vestidos. Ropa y calzado deberán estar limpios y acorde a la estación del año y actividad a realizar.
58.4 Se aconseja a todos los miembros de la Comunidad Educativa con síntomas de enfermedad NO
acudan al colegio con el fin de facilitar su recuperación y evitar posibles contagios. 58.5 Las familias tienen la responsabilidad de mantener a sus hijos sin “pediculosis (piojos)”. El día
que se descubra su aparición lo comunicarán al tutor, o bien éste a las familias. Al día siguiente las
familias deberán traer a sus hijos completamente desinsectados. Podrán seguir las instrucciones que
figuran en circular entregada al respecto a principio de curso y que también estará publicada en la web del colegio.
58.6 El Centro, sin perjuicio a la privacidad, tiene la obligación de comunicar a las autoridades
competentes las circunstancias que pudieran indicar abandono, malos tratos o cualquier otra circunstancia que indicara el incumplimiento de las leyes de protección del menor (falta injustificada de asistencia,
falta de aseo, síntomas de desnutrición, golpes, moraduras, depresión, impuntualidad a la entrada o
salida reiteradamente) 58.7 En caso de acudir el menor con indicadores de malos tratos (golpes, quemaduras,…), se avisará al
012 para expedir parte de lesiones, al agente tutor, y a los padres del alumno.
Artículo 59
Sobre los accidentes ocurridos en el desarrollo de la actividad educativa
59.1 Cualquier accidente o indisposición será comunicado al tutor y según la gravedad también al Equipo Directivo.
59.2 En caso de indisposición de algún alumno se informará telefónicamente a la familia, quien vendrá
a recogerlo si fuera preciso, o personalmente a la hora de la entrega. 59.3 En caso de accidente de algún alumno será atendido convenientemente. En casos de poca
importancia (pequeñas heridas, caídas,…) con el botiquín del centro siendo conveniente informar a la
familia al terminar la jornada escolar; en casos de mayor importancia se avisará inmediatamente a la
familia, trasladándolo ésta a un centro médico si lo considera necesario. Los gastos por desplazamiento se incluirán en el presupuesto del centro.
59.4 Cuando un accidente revista cierta gravedad se avisará inmediatamente a la familia y se llamará al
Servicio de Emergencias al 112 para prestarle atención sanitaria de emergencia en tanto se persona la familia; si no se pudiera contactar con la familia y fuera necesario su traslado urgentemente a un centro
hospitalario, el alumno será acompañado por el profesor tutor o algún miembro del Equipo Directivo. Se
informará a los Agentes Tutores quienes colaborarán con el centro en la localización de la familia.
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59.5 Cuando un accidente revista cierta gravedad, se procederá a cumplimentar el parte de accidente
pormenorizando lugar, hora, y actividad que estaba realizando.
59.6 En los casos que no vienen recogidos en este Reglamento, se actuará con la “diligencia de un buen padre/madre de familia”.
Artículo 60
Administración de medicamentos.
60.1 De manera general no se podrá suministrar medicamentos a los alumnos del centro. En caso
necesario, podrá venir el padre/madre o persona autorizada a administrar la medicación al alumno. 60.2 En situaciones excepcionales en los que la administración de un medicamento sea urgente para
evitar riesgos mayores, la familia adjuntará un informe del médico indicando la necesidad
obligatoria de administrar un medicamento específico determinando en que situaciones; adjuntará
también autorización expresa por parte de la familia al CEIP Menéndez Pidal.
- Se traerá el medicamento al centro que será custodiado en el botiquín específico para tal
fin en el acceso a Secretaría.
- Se pondrá tal circunstancia en conocimiento de todas las personas que intervienen en la atención del alumno en el centro (tutor, especialistas, coordinadora comedor, Equipo
Directivo).
- En caso de tener que administrar algún medicamento por la vía urgente, se procederá informando telefónicamente a la familia de la situación, y posterior administración del
medicamento.
- A final de curso la familia retirará el medicamento volviendo a traer uno nuevo al inicio de curso.
- La familia deberá renovar el medicamento a principio de curso, y recordar la fecha
de caducidad del envase entregado al centro (mes) en caso de una nueva renovación
durante el curso.
- Comunicará al colegio la retirada del medicamento cuando ya no sea necesario.
Artículo 61
Celebraciones
En casos de celebraciones de cumpleaños o de fiestas de centro, la familia autorizará al inicio de cada
curso para que sus hijos puedan tomar alimentos o bebidas en las mismas, siempre que sean productos envasados, prestando especial atención a alergias.
Artículo 62
Evacuación del Centro en situaciones de emergencia.
62.1 Remitimos al Plan de Evacuación en situaciones de Emergencia, que será revisado en sesión de
Claustro extraordinario a principio de cada curso para su conocimiento por parte de todo el profesorado.
Se hará entrega a los profesionales de una ficha de valoración que será entregada a Dirección con
posterioridad el simulacro. 62.2 Cada profesor informará a sus alumnos de cómo actuar en caso de evacuación del centro.
62.3 En el primer trimestre se realizará un simulacro de evacuación, valorando su ejecución e
informando del mismo a la Administración. Recogida de fichas de valoración. 62.4 Se realizará un simulacro también en horario de comedor, previa información a los alumnos por
parte de la coordinadora del proceder en este caso.
SECCIÓN II
Normas de conducta
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Artículo 63
Los alumnos deben respetar las siguientes normas de conducta:
63.1 En las aulas:
a) Asistir a clase con puntualidad.
b) Aportar el material necesario para cada actividad. c) Respetar el clima de silencio necesario para trabajar en clase. No molestar ni interrumpir la clase
y pedir la palabra para intervenir.
d) Prestar atención a las explicaciones y realizar los trabajos escolares, tanto en clase como en casa.
e) No salir del aula en los intercambio s de clase. f) No asomarse a las ventanas ni tirar objetos desde ellas.
g) Comportarse correctamente en ausencia del profesor, sin gritos, peleas, carreras…
h) Usar las papeleras y mantener la clase limpia y ordenada. i) Durante el recreo no se pondrá permanecer en las aulas o pasillos sin la supervisión de un
profesor.
j) No comer ni beber durante la clase (chicle, pipas…) k) No podrán traer teléfonos móviles, reproductores MP·, aparatos electrónicos, cámaras de fotos…,
o cualquier objeto que pueda distraer al alumno o a sus compañeros.
l) No podrán traer ningún juguete ni objeto peligroso (peonzas, petardos,…)
m) Sentarse de manera adecuada. n) Respetar y cuidar el material del centro con especial cuidado de los ordenadores, pizarras
digitales, equipos de sonido, auriculares.
o) Respetar a los compañeros y profesores : no pelearse, ni insultar, no utilizar palabras soeces o malsonantes, no hacer actos ni gestos obscenos.
63.2 Pasillos y servicios:
a) Pasar con orden respetando personas y trabajos expuestos (no correr, gritar, pelear, empujar por las escaleras,…)
b) Respetar las instalaciones de los servicios y usarlas adecuadamente.
c) Utilizarán los servicios antes y después del recreo. d) Para ir al servicio se contará con el permiso del profesor.
63.3 Patio: a) Respetar a los compañeros: no pelearse, no molestar a los pequeños, no insultar, no utilizar
palabras soeces o mal sonantes, no hacer gestos ni actos obscenos,…
b) Respetar el turno de utilización de balones y canchas.
c) Durante el recreo los alumnos no podrán entrar al edificio sin permiso. d) Los alumnos colaborarán en mantener limpio el patio. No arrojarán papeles, zumos…, utilizando
las papeleras.
e) NO hablar ni aceptar objetos, dulces, comida…, a través de la valla. f) Evitar juegos violentos o peligrosos. No trepar por la valla, ni colgarse de canastas ni porterías.
g) Respetar las instalaciones, y el patio infantil de uso hasta 1º de Primaria.
h) No interferir en juegos ni actividades que estén realizando los demás. i) Solo utilizar los balones facilitados desde el colegio: de goma espuma para fútbol y pelota para
baloncesto (sin dar patadas).
63.4 En clase de Educación Física. a) Es imprescindible el chándal, zapatillas de deporte y neceser de aseo.
b) Seguir las instrucciones del profesorado, y no utilizar patio o gimnasio sin la vigilancia de un
profesor, evitando posibles accidentes: no colgarse de las espalderas, cuerdas, canastas, porterías, aparatos.
63.5 Comedor.
58
a) Los alumnos deben cuidar y utilizar debidamente los bienes muebles y las instalaciones del
centro.
b) Respetar y obedecer a monitoras y personas encargadas de este servicio. c) Mantendrán una actitud respetuosa con sus compañeros, con comportamientos adecuados.
d) Permanecer en el comedor, patio o lugar indicado por su cuidadora, no pudiendo quedarse en las
aulas, pasillo u otras dependencias del centro. e) Deberán lavarse las manos antes de comer.
f) Formarán una fila y entrarán en silencio.
g) Se sentarán correctamente en la mesa.
h) Utilizarán bien los cubiertos. i) Se limpiarán la boca antes de beber.
j) No hablarán con la boca llena.
k) No tirarán comida al suelo ni a sus compañeros. l) Durante la comida hablarán bajo, sin gritar.
m) Levantarán la mano cuando necesiten pedir algo a la monitora.
n) No se levantarán de la mesa sin autorización. o) Las entradas y salidas se efectuarán de modo organizado siguiendo las indicaciones de las monitoras.
63.6 Cualquier dependencia del centro.
a) En la biblioteca, aula de música, aula de ordenadores..., los alumnos deberán entrar y salir con orden, aportar el material necesario (ej. flauta) y dejar todo recogido.
b) Los alumnos deberán cuidar y utilizar correctamente las instalaciones, el mobiliario y el material del
centro y respetar las pertenencias de los otros miembros de la Comunidad Educativa (material de E.F., ordenadores y sus accesorios -auriculares, micrófonos-…)
c) Los alumnos deberán tratar con respeto a cualquier miembro de la Comunidad Educativa, incluidos
especialmente sus propios compañeros: no pelearse, no insultar, no utilizar palabras soeces o mal
sonantes, no hacer gestos ni actos obscenos. d) Los alumnos obedecerán siempre las instrucciones de cualquier profesor aunque éste no les dé clase.
e) Los alumnos que causen daños de forma intencionada o por negligencia a las instalaciones del centro
o su material se harán cargo del coste económico de su reparación o reposición. En caso de sustracción deberán restituir lo sustraído. En todo caso los padres o representantes legales serán los
responsables civiles.
f) Los alumnos acudirán al centro con vestimenta adecuada y correcta para la actividad que se vaya a realizar. No se permite vestir gorras, sombreros o similares dentro de las aulas, ni prendas que
cubran la cabeza o la cara. Tampoco se permite permanecer con el torso desnudo.
CAPÍTULO V
Tipificación de faltas de disciplina y sanciones
Establecemos las siguientes faltas de disciplina y posibles sanciones a tenor de lo dispuesto en el DECRETO
15/2007, de 19 de abril, por el que se establece el marco regulador de la convivencia en los centros docentes de la Comunidad de Madrid.
Artículo 64
Ámbito de aplicación
64.1 Para garantizar el cumplimiento del Plan de Convivencia, se corregirán los actos contrarios a las normas
establecidas en este Reglamento de Régimen Interior que realicen los alumnos en el recinto escolar, o durante la realización de actividades complementarias y extraescolares y servicios educativos
complementarios, así como los actos realizados fuera del recinto escolar cuando tengan su origen o estén
directamente relacionados con la actividad escolar o afecte a los miembros de la comunidad educativa.
59
64.2 En caso de comisión de actos que pudieran ser constitutivos de delito o falta penal, los Profesores y el
Equipo Directivo tienen la obligación y el deber de poner los hechos en conocimiento de los Cuerpos de
Seguridad correspondientes del Ministerio Fiscal.
Artículo 65
Faltas de disciplina. Clasificación.
Se consideran faltas de disciplina aquellas conductas que infrinjan las normas de convivencia del centro. Las
faltas se clasifican en leves, graves y muy graves.
Artículo 66
Clasificación de las faltas de disciplina, sanciones y órganos competentes para la adopción de sanciones
60
FALTAS
Faltas leves
Cualquier infracción a las normas de conducta
establecidas en el Plan de Convivencia, cuando, por
su entidad, no llegara a tener la
consideración de falta grave ni de muy grave.
Se corregirán de forma inmediata, de acuerdo con lo
dispuesto en este reglamento.
Faltas graves
a. Faltas reiteradas de puntualidad o de
asistencia a clase que, a juicio del tutor,
no estén justificadas.
b. Conductas que impidan o dificulten
a otros compañeros el derecho o el
cumplimiento del deber del estudio.
c. Actos de incorrección, desconsideración o insultos
verbales o gestuales hacia algún
compañero.
d. Utilización de “motes”, sobrenombres o
expresiones ofensivas con intención de herir a
sus compañeros.
SANCIONES
a. Amonestación verbal o por escrito.
b. Expulsión de la sesión de clase
con comparecencia inmediata
ante el Jefe de Estudios o el Director.
c. Privación del tiempo de recreo u otra
medida similar de aplicación inmediata.
d. Permanencia en el centro después de la
jornada escolar.
e. Retirada del teléfono móvil o del aparato o
dispositivo electrónico utilizado hasta la finalización
de la jornada.
f. Realización de tareas o actividades de
carácter académico.
g. Pedir perdón a las personas afectadas
y contribuir a la reparación del daño moral
causado.
a. Expulsión de la sesión de clase con
comparecencia inmediata ante el Jefe de
Estudios o el Director.
b. Privación del tiempo de recreo o cualquier
otra medida similar de aplicación inmediata.
c. Permanencia en el centro después de la
jornada escolar.
d. Realización de tareas que contribuyan al
mejor desarrollo de las actividades del centro o, si
procede, dirigidas a reparar los daños
causados o a mejorar el entorno ambiental del centro.
e. Pedir perdón a las personas afectadas y contribuir a
ÓRGANO COMPETENTE
Profesores del alumno,
dando cuenta al tutor y al
Jefe de Estudios.
Tutor del grupo,
dando cuenta al
Jefe de Estudios.
Cualquier Profesor del centro,
dando cuenta al tutor del grupo
y al Jefe de Estudios.
Profesores del alumno(a, b, c, d, e y f).
Tutor del alumno (a, b, c, d, e y f).
Jefe de Estudios y
Directora oído el tutor (h).
Directora, oído el tutor (i, j y k).
61
e. Actos graves de indisciplina e incorrección
que incidan en el normal desarrollo del servicio de
comedor: escupir, jugar con la comida …
f. Actos de incorrección o desconsideración
hacia profesores, monitores de comedor, auxiliares de
conversación, conserjes u otros
miembros de la comunidad escolar.
g. Actos de indisciplina o que perturben el desarrollo
normal de las actividades del centro.
h. Daños causados o sustracción en
las instalaciones o el material del centro de
forma intencionada o por uso indebido.
i. Daños causados o sustracción en los bienes
o pertenencias de compañeros de clase
o colegio.
j. Daños causados o sustracción en los bienes
y pertenencias del profesorado u otros
miembros de la comunidad educativa.
k. Inculpar falsamente a un compañero/a
de una falta que no ha cometido.
l. Incitación o estímulo a la comisión de una
falta contraria a las Normas de Conducta.
m. Cualquier otra incorrección de igual
gravedad que altere el normal desarrollo de la
actividad escolar que no constituya falta muy grave,
según este reglamento.
Faltas muy graves
a. Actos graves de indisciplina,
desconsideración, insultos, faltas de respeto o
la reparación del daño moral
causado.
f. Realización de tareas o actividades de
carácter académico.
g. Realización de actividades o tareas encaminadas a
reflexionar sobre las normas de
conducta del presente reglamento.
h. Prohibición temporal de participar en actividades
extraescolares o complementarias
del centro, por un periodo máximo de un mes.
i. Cambio de turno de comedor.
j. Expulsión de determinadas clases por un
plazo máximo de 6 días lectivos.
k. Expulsión del servicio de comedor por un plazo
máximo de 6 días lectivos.
l. Expulsión del centro por un plazo máximo
de 6 días lectivos.
Con el fin de no interrumpir el proceso educativo,
cuando se apliquen las sanciones previstas en las
letras j), k) y l) durante
el tiempo que dure la sanción, el alumno
realizará las tareas o actividades que determine
el profesorado que le imparte clase.
a. Realización de tareas en el centro fuera del horario
lectivo, que podrán contribuir al mejor
desarrollo de las actividades del centro o, si procede,
Directora del centro
62
actitudes desafiantes hacia los profesores y demás
personal del centro.
b. Uso de la violencia, agresiones físicas u ofensas
graves hacia el profesorado, monitores/as, auxiliares,
conserjes y demás
personal del centro.
c. Acoso físico y moral a compañeros.
d. Uso de violencia, agresiones, ofensas graves
y actos que atenten gravemente contra la intimidad o
buenas costumbres sociales, contra
los compañeros.
e. Discriminación, vejaciones o humillaciones
a cualquier miembro de la comunidad
educativa, por razón de nacimiento, raza, sexo,
religión, orientación sexual, opinión u otra condición
circunstancia personal social.
f. Grabación, publicidad o difusión, a través de
cualquier medio o soporte, de agresiones o
humillaciones cometidas.
g. Daños graves causados intencionadamente o por
uso indebido en las instalaciones,
materiales y documentos del centro.
h. Daños graves causados intencionadamente
o por uso indebido en las pertenencias de
compañeros de clase o colegio.
i. Daños graves causados intencionadamente
o por uso indebido en las pertenencias de
profesores y otros miembros de la
comunidad educativa.
j. Suplantación de personalidad y falsificación
o sustracción de documentos académicos.
dirigidas a reparar los daños causados.
b. Pedir perdón a las personas afectadas y contribuir a
la reparación del daño moral
causado.
c. Realización de tareas o actividades de
carácter académico.
d. Realización de actividades o tareas encaminadas a
reflexionar sobre las normas de
conducta del presente reglamento.
e. Permanencia en el centro después de la
jornada escolar.
f. Prohibición temporal de participar en actividades
extraescolares o complementarias
del centro, por un periodo máximo de tres
meses.
g. Cambio de grupo del alumno.
h. Cambio de turno de comedor.
i. Expulsión de determinas clases por un
periodo superior a 6 días e inferior a 2 semanas.
j. Expulsión definitiva del servicio de comedor.
k. Expulsión del centro por un periodo superior
a 6 días lectivos e inferior a un mes.
l. Cambio de centro.
m. Expulsión definitiva del centro.
Con el fin de no interrumpir el proceso educativo,
cuando se apliquen las sanciones
f), i) y k): el alumno realizará las tareas y
actividades que determine el profesorado que
le imparte clase.
63
k. Sustracción o robo de materiales del centro.
l. Sustracción o robo de pertenencias de compañeros
de la clase o colegio.
m. Sustracción o robo de pertenencias de profesores o
demás miembros de la comunidad educativa.
n. Uso, incitación al mismo o introducción en
el centro de objetos o sustancias perjudiciales para la
salud o peligrosas para la integridad personal de los
miembros de la comunidad
educativa.
o. Perturbación grave del normal desarrollo de las
actividades del centro y, en general,
cualquier incumplimiento grave de las
normas de conducta.
p. Reiteración, en el mismo trimestre, de dos
o más faltas graves.
q. Acumulación de dos faltas graves que hayan
supuesto la expulsión temporal del servicio de
comedor.
r. Incumplimiento de la sanción impuesta por
la comisión de una falta grave.
Sanciones l) y m): se aplicarán cuando la gravedad de
los hechos cometidos y la
presencia del alumno que los cometa
en el centro supongan menoscabo de los
derechos o la dignidad para otros miembros
de la comunidad educativa; asimismo, en caso
de agresión física, amenazas o insultos graves
a un profesor.
Sanción l): La Consejería de Educación
realizará el cambio de centro, garantizándole
un puesto escolar en otro centro público o
sostenido con fondos públicos, con los
servicios complementarios que sean necesarios. El
Director del centro elevará petición
razonada ante el Director de Área Territorial,
quien tramitará esta propuesta en el plazo máximo de
5 días hábiles. El alumno que sea cambiado de centro
realizará las actividades y
tareas que se determinen, y que se
desarrollarán en la forma en que se articule
conjuntamente por los equipos directivos de
los dos centros afectados.
64
Artículo 67
Inasistencia a las clases
La sanción por inasistencia injustificada a clase será impuesta por el Profesor tutor o el Jefe de Estudios.
Si las faltas de asistencia de un alumno superan el 25% del total de las horas por materia y curso, éste
perderá el derecho a la evaluación continua. En esos casos al alumno/a se le evaluará según los
resultados obtenidos en pruebas globales finales.
Artículo 68
Criterios para la adopción de sanciones
En la adopción de sanciones y medidas provisionales, se deberán tener en cuenta los siguientes criterios
generales:
a) La imposición de sanciones tendrá finalidad y carácter educativo, y procurará la mejora de la
convivencia en el centro.
b) Se deberán tener en cuenta, con carácter prioritario, los derechos de la mayoría de los miembros de la
comunidad educativa y de los de las víctimas de actos antisociales, de agresiones o de acoso.
c) No se podrá privar a ningún alumno de su derecho a la educación obligatoria.
d) No se podrán imponer correcciones contrarias a la integridad física y la dignidad personal del
alumno.
e) Se valorarán la edad, situación y circunstancias personales, familiares y sociales del alumno, y demás
factores que pudieran haber incidido en la aparición de conductas o actos contrarios a las normas
establecidas.
f) Se deberán tener en cuenta las secuelas psicológicas y sociales de los agredidos, así como la alarma o
repercusión social creada por las conductas sancionables.
g) Las sanciones deberán ser proporcionales a la naturaleza y gravedad de las faltas cometidas, y
deberán contribuir a la mejora del clima de convivencia en el centro.
Artículo 69
Circunstancias atenuantes y agravantes.
Para la graduación de las sanciones se apreciarán las circunstancias atenuantes o agravantes que
concurran en el incumplimiento de las normas de conducta.
Circunstancias atenuantes Circunstancias agravantes
a) Arrepentimiento espontáneo.
b) Ausencia de intencionalidad.
c) Reparación inmediata del
daño causado.
a) Premeditación y reiteración.
b) Uso de la violencia, actitudes amenazadoras, desafiantes o
irrespetuosas, menosprecio continuado y acoso dentro o fuera del
centro.
c) Causar daño, injuria u ofensa a compañeros de menor edad o recién
incorporados al centro.
d) Conductas que atenten contra el derecho a no ser discriminado por
razón de nacimiento, raza, sexo, convicciones políticas, morales o
religiosas, así como por parecer discapacidad física o psíquica, o por
cualquier otra condición personal o circunstancial social.
e) Actos realizados en grupo que atenten contra los derechos de
cualquier miembro de la comunidad educativa.
65
Artículo 70
Responsabilidad y reparación de los daños
70.1.- Los alumnos quedan obligados a reparar los daños que causen individual o colectivamente, de
forma intencionada o por negligencia, a las instalaciones, los materiales del centro y a las pertenencias
de otros miembros de la comunidad educativa, o a hacerse cargo del coste económico de su reparación;
deberán restituir, en su caso, lo sustraído. Los padres o representantes legales asumirán la
responsabilidad civil que les corresponda en los términos previstos por la Ley. La reparación económica
no eximirá de la sanción.
70.2.- Cuando se incurra en conductas tipificadas como agresión física o moral a sus compañeros o
demás miembros de la comunidad educativa, se deberá reparar el daño moral causado mediante la
presentación de excusas y el reconocimiento de la responsabilidad en los actos, en público o en privado,
según corresponda por la naturaleza de los hechos y lo que determine el órgano competente para
imponer la corrección.
CAPÍTULO VI
Procedimiento sancionador
Sección I
Procedimiento ordinario
Artículo 71
Ámbito de aplicación del procedimiento ordinario
Se aplicará con carácter general respecto de las faltas leves, así como a las graves cuando, por resultar
evidentes la autoría y los hechos cometidos, sea innecesario el esclarecimiento de los mismos; y en
faltas muy graves en caso de ser flagrante la falta y, por tanto, resulten evidentes la autoría y los hechos
cometidos, siendo innecesario el esclarecimiento de los mismos y la realización de los actos de
instrucción previstos en el procedimiento especial. Si quien vaya a imponer la sanción considera que es
de aplicación alguna de las sanciones i y j correspondientes a faltas muy graves, se abstendrá de
resolver, debiendo remitir el asunto a la Directora, para la tramitación del procedimiento especial.
Artículo 72
Tramitación del procedimiento ordinario
72.1 Las faltas leves cuyos hechos y autoría resulten evidentes podrán ser sancionadas de forma
inmediata por el Profesor, quien comunicará al tutor y al Jefe de Estudios la sanción impuesta.
72.2 Cuando sea necesaria la obtención de información que permita una correcta valoración de los
hechos y de las consecuencias de los mismos, no será de aplicación lo previsto en el apartado anterior.
En este caso, el tutor, recibida la comunicación de la falta, oirá al alumno y a cuantas personas se
considere necesario e impondrá la sanción correspondiente de manera inmediata. No obstante, el tutor
propondrá la sanción al Jefe de Estudios o al Director en los casos en que el órgano competente para
imponer la sanción propuesta sea alguno de éstos.
72.3 En cualquier caso, deberá respetarse el derecho de audiencia del alumno, en su caso, de sus
representantes legales, con carácter previo a la adopción de la sanción.
72.4 La duración total del procedimiento desde su inicio no podrá exceder 7 días naturales. Se deberá
dejar constancia escrita de la sanción, haciendo constar los hechos y fundamentos que la sustentan.
66
Sección II
Procedimiento especial
Artículo 73
Ámbito de aplicación del procedimiento especial
Con carácter general, se seguirá en caso de las faltas muy graves, sin perjuicio de lo dispuesto en el
artículo 80 del presente reglamento.
Artículo 74
Fases del procedimiento especial: Incoación, instrucción y resolución de expediente.
FASE PROCEDIMIENTO PLAZO
Incoación de
expediente y
adopción de
medidas
provisionales
La Directora incoará el expediente por iniciativa propia
o a propuesta del profesorado, y designará como
instructor a un Profesor del centro.
Como medida provisional, y comunicándolo al Consejo
Escolar, podrá decidir la suspensión de asistencia al
centro, o a determinadas actividades o clases, por un
período no superior a 5 días lectivos, plazo ampliable,
excepcionalmente, hasta la finalización del expediente.
2 días lectivos
desde que se
tuvo
conocimiento
de la comisión
de la falta.
Instrucción La incoación del expediente y el nombramiento del
Instructor se comunicarán al alumno y a sus padres o
representantes legales.
El Instructor iniciará las actuaciones conducentes al
esclarecimiento de los hechos y notificará al alumno, y a
sus padres o representantes legales, el pliego de cargos,
en el que se expondrá con precisión y claridad los
hechos imputados, así como las sanciones que se podrían
imponer.
4 días lectivos
desde que se le
designó
En el escrito de alegaciones los padres o tutores del
alumno/a podrán proponer la prueba que consideren
oportuna.
2 días lectivos
Concluida la instrucción del expediente, el instructor
formulará la propuesta de resolución, que deberá
contener los hechos o conductas que se imputan al
alumno, la calificación de los mismos, las circunstancias
atenuantes o agravantes, si las hubiere, y la sanción que
se propone.
2 días lectivos
El Instructor dará audiencia al alumno y a sus padres o
representantes legales, para comunicarles la propuesta de
resolución y estos tendrán un plazo para alegar cuanto
estimen oportuno en su defensa. En caso de conformidad
y renuncia al plazo, ésta deberá formalizarse por escrito.
2 días lectivos
Resolución El Instructor elevará a la Directora el expediente
completo, incluyendo la propuesta de resolución y las
Máximo: 14
días lectivos
67
alegaciones.
La Directora adoptará la resolución y notificará la
misma. La resolución, suficientemente motivada,
contendrá los hechos o conductas que se imputan al
alumno; las circunstancias atenuantes o agravantes, si las
hubiere; los fundamentos jurídicos de la sanción
impuesta; el contenido de la misma, su fecha de efecto,
el órgano ante el que cabe interponer reclamación y el
plazo para ello.
desde el inicio
del
procedimiento
Reclamaciones Las sanciones podrán ser objeto de reclamación por el
alumno o sus padres o representantes legales, ante la
Directora de Área Territorial correspondiente. Contra la
resolución dictada por la Directora del Área Territorial,
cabrá recurso de alzada.
2 días lectivos
Artículo 75
Citaciones y notificaciones
75.1 Todas las citaciones a los padres de los alumnos se realizarán por cualquier medio de
Comunicación inmediata que permita dejar constancia fehaciente de haberse realizado y de su fecha.
Para recibir la notificación de las resoluciones, los interesados deberán comparecer en persona y dejar
constancia por escrito de ello.
75.2 En el procedimiento sancionador, la incomparecencia sin causa justificada de los padres o
representantes legales o bien la negativa a recibir comunicaciones o notificaciones, no impedirá la
continuación del procedimiento y la adopción de la sanción.
75.3 La resolución adoptada por el órgano competente será notificada al alumno y, en su caso, a sus
padres o representantes legales, así como al Consejo Escolar, al Claustro de Profesores del centro y a la
Inspección de Educación de la Dirección de Área Territorial correspondiente.
Artículo 76
Plazos de prescripción
Las faltas y sus sanciones prescribirán en los siguientes plazos.
Faltas Sanciones
- Faltas leves: tres meses
- Faltas graves: seis meses.
- Faltas muy graves: doce meses.
(A contar desde la fecha en que los hechos se
hayan producido)
- Impuestas sobre faltas leves y graves: seis
meses.
- Impuestas sobre faltas muy graves: doce
meses.
(A contar desde la fecha en que se hubiera
comunicado al interesado.
Los periodos de vacaciones se excluyen de los plazos.
68
CAPÍTULO VII
Detección e intervención en caso de acoso escolar
Artículo 77
Protocolo a seguir en caso de detectar situaciones conflictivas.
77.1.- Valoración por parte del equipo docente y del Equipo Directivo. Valorar e investigar la realidad del caso. Preguntar a todas las partes implicadas. Observar sus acciones
y reacciones.
77.2.- Pautas de intervención.
- Hablar con el niño que sospechamos ha sufrido las agresiones de sus compañeros; ser muy cuidadosos
con el tono empleado, para no hacerle víctima una segunda vez.
- No culpar al niño de la situación; es básico responsabilizar de la violencia a aquellos que la ejercen y no a la víctima.
- Identificar quién es el líder que protagoniza el conflicto.
- Las pautas de intervención son competencia del tutor de clase dado que es el mejor conoce el contexto para poder intervenir.
- En las reuniones del tutor con la familia hay que dejar muy claro que no se van a tolerar más
agresiones y que se tiene la colaboración y el compromiso de la Dirección del centro para seguir conjuntamente un plan de intervención.
77.3.- Líneas de intervención.
Tienen dos vertientes: intervención escolar e intervención familiar: o Dentro de la intervención escolar hay que distinguir el trabajo dentro del aula, que recaerá sobre
el tutor y de la intervención del resto de profesores que recaerá sobre la Dirección. Habrá que
contar con la colaboración del profesorado para implementar medidas disuasorias que eviten otros posibles acosos.
o El trabajo en el aula debe incluir el trabajo con los niños protagonistas y con el grupo clase.
o Todo plan de intervención ha de incidir en tres aspectos al mismo tiempo: sobre el niño/víctima,
sobre los que ejercen la violencia y sobre el grupo clase, y ello a través de acciones coordinadas desde el profesorado, las familias y la Dirección del centro.
o El grupo clase que presencia las actitudes intimidantes y agresivas se siente también
atemorizado. o Dentro de la intervención familiar, ha de incluirse el trabajo tanto con la familia del
niño/víctima, con las familias de los niños protagonistas del conflicto, como con la familia del
líder.
77.4.- Plan de intervención.
77.4.1.- Intervención del tutor dentro del aula con el niño /víctima.
- Protección: Siempre bajo supervisión de un adulto, no dejarle solo en el patio, ni en ningún momento en otro lugar del centro, en algunos casos se encomendará esta función a un grupo de alumnos de
confianza. El tiempo máximo de aplicación puede durar hasta 3 meses, según decisión del tutor.
- Observación: por parte del tutor y de los profesores del niño. Observar su situación y sus relaciones en el aula, en el recreo y en el recreo de comedor. Anotar todas las observaciones.
- Aceptación: Hay que ayudar al menor a aceptar su situación, no ocultarlo, evitar la negación y la auto-
inculpación que siente el niño víctima. El tutor transmitirá al niño víctima el mensaje de que no tiene la culpa por ser agredido o intimidado, ni por necesitar protección.
- Reconocimiento: Se tomarán medidas que aumenten la autoestima del niño/víctima a través de la
valoración de su imagen, de sus aptitudes positivas, darle responsabilidades especiales en clase o en el
centro, sonreírle y otras muestras de afecto.
77.4.2.- Intervención del tutor dentro del aula con los niños protagonistas del conflicto.
- Control: El tutor transmitirá el mensaje claro de que no se va a permitir más estas situaciones y
explicar las medidas correctoras y sus consecuencias si ello continúa. Se actuará como una falta grave.
69
- Observación: Por parte del tutor y de los profesores de los niños. Observar sus actuaciones y sus
relaciones en el aula, en el recreo y en el recreo de comedor. Anotar todas las observaciones.
- Detección: Hay que saber distinguir quién es el líder y quiénes son los que los secundan.
- Responsabilidad: Reconocer lo que se ha hecho y potenciar la responsabilidad de las propias actuaciones, que van desde pedir perdón a niño víctima hasta acciones concretas de forma individual de
reflexión (por ejemplo describir lo bueno del niño/víctima, decir las cosas que hace bien,…) Estas
actuaciones estarán bajo supervisión del tutor con el respaldo del Equipo Directivo. - Disgregación: Romper la unidad del grupo, inclusión de alguno de sus miembros en otros grupos
(diferente mesa/clase, mesa de comedor, diferente actividad, comunicándoselo a la familia).
77.4.3.- Intervención del tutor dentro del aula con el grupo clase. - Reacción: potenciar la capacidad de reaccionar frente al grupo acosador, ya sea a través de la denuncia
pública en la tutoría, o privada con algún profesor o a través de notas escritas dirigidas al tutor o en un
buzón destinado a ello.
- Convivencia. Hacer un fomento especial de los valores de la convivencia ya que éstos han sido destruidos, a través de debates, exposiciones, trabajos o escritos, dependiendo del nivel, sobre ética,
respeto, aceptación del otro, justicia, educación.
77.4.4.- Intervención de la Directora con el resto de profesores.
- Medidas preventivas:
Trabajar las normas del centro.
Mejorar las relaciones en el aula. Promover el conocimiento, la sensibilización y la reflexión sobre el maltrato entre los miembros de la
comunidad educativa.
Creación de sistemas de detección inmediata del maltrato haciendo una vigilancia activa de recreos o poner un buzón.
Reflexionar sobre la diferencia entre pedir ayuda, ser un chivato o ser solidario y tener un papel activo
en la defensa de la justicia.
- Medidas disuasorias: A través de un buzón de clase,…
- Medidas de protección excepcional y temporal hacia el niño víctima: comprender su estado
irritable e irritante a veces.
77.4.5.- Intervención familiar, con el tutor y con apoyo del orientador del centro preferentemente.
A) Con los padres del niño/víctima. Ha de ser de colaboración y basada en dos premisas: por un lado
contener la angustia del niño y de los padres, y por otro ayudar a las familias a no sentirse culpables de la situación.
B) Con los padres del líder: la intervención ha de ir dirigida a no justificar actos de su hijo que no lo
son, al reconocimiento de que tiene un problema que debe resolver, basándose en las premisas de no
permitir ni consentir más agresiones por parte de su hijo y, en los casos más graves, en la necesidad del mismo de recibir atención terapéutica especializada externa a la escuela si es necesario.
C) Con los padres de los niños protagonistas del conflicto: La intervención hay que dirigirla hacia el
reconocimiento de la necesidad de sus hijos de aprendizaje de otras formas de relacionarse, para lo que es básico que colaboren en pedir perdón a la víctima, estas familias deberán ayudar a sus hijos no
permitiéndoles más agresiones mediante el auto-control de la violencia, a través del fomento de la
autoestima y del desarrollo de un criterio propio, aprender a decir NO, que les proteja del sometimiento
grupal y les facilite la inclusión en el grupo clase de forma individual.
77.5.- Fases del Plan de Intervención.
PRIMERA FASE: Recepción de la denuncia ya sea por iniciativa de las familias, del menor o de otros compañeros.
SEGUNDA FASE: Incluye las primeras actuaciones, que se centran en la protección del niño/víctima y
en cortar de raíz cualquier manifestación violenta. TERCERA FASE: Es la intervención con los protagonistas a través del diseño de un plan de
intervención especial para cada caso.
CUARTA FASE: Evaluación que incluye, además de la evolución del caso, los mecanismos preventivos
del centro que sirvan para evitar nuevos conflictos.
70
NORMAS FINALES
Primera.- Del presente Reglamento se entregará una copia a cada uno de los miembros del Consejo
Escolar, a cada coordinador de ciclo del centro, a la AMPA y habrá una copia a disposición de Inspección.
Segunda.- Este Reglamento entrará en vigor una vez aprobado por el Consejo Escolar. Cualquier modificación del mismo necesitará también la aprobación del Consejo Escolar.