LA CONTRALORÍAVS ^ . - GENERAL DE LA REPÚBLICA
Procedimiento AdministrativoSancionador - PAS
Deberes del Estado
Artículo 44° Constitución Política del Perú
• Son deberes primordiales del Estado: defender la soberanía nacional; garantizar la plena vigencia de los derechos humanos, proteger a la población de las amenazas contra su seguridad; y proteger el bienestar general que se fundamenta en la justicia y en desarrollo integral y equilibrado de la Nación (...)
Deberes del Estado
Rol de la Administración Pública
• (...) la administración pública no es importante per se sino en tanto instrumento o presupuesto necesario para asegurar el acceso de los ciudadanos, en condiciones de igualdad, a las prestaciones públicas y garantizar, a través de dichas prestaciones, la viabilidad del ejercicio de los derechos fundamentales de todos: salud, seguridad, vivienda, trabajo, acceso a la justicia, entre otros.
• ASUA BATARRITA, Adela. "La tutela penal del correcto funcionamiento de la ad ministración. Cuestiones político criminales, criterios de interpretación y delimitación respecto de la potestad disciplinaria", en: Delitos contra la Administración Pública, Instituto Vasco de Administración Pública, Bilbao, 1997, p. 18 y ss
Función Pública
WFunción Pública k iActividad temporal o permanente, remunerada u honoraria, realizada por una persona en nombre o al servicio de las entidades de la Administración Pública, en cualquiera de sus niveles jerárquicos.
Funcionario k u d i i c o
Responsabilidad de Funcionarios 4Todo funcionario o servidor que ejerza funciones en nombre o al servicio del Estado.
No importa el nivel jerárquico, régimen jurídico, laboral o de contratación. Sea nombrado, contratado, designado, de confianza o electo.
ALos funcionarios y servidores públicos son responsables civil, penal oadministrativamente por el incumplimiento de las normas legales y administrativas en el ejercicio del servicio público
V
> Convención Interamericana contra la Corrupción
> Artículo 2 de la Ley del Código de Ética de la Función Pública - Ley N° 27815
> Convención Interamericana contra la Corrupción
> Novena Disposición Final Ley N° 27785: Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República
> Código de Ética de la Función Pública Ley N° 27815
> Reglamento Ley de Bases de la Carrera Administrativa - D.S. N° 005-90-PCM
> Constitución, Art. 39 y 41> Ley Marco del Empleo Público N° 28175,
Art. 19> Decreto Legislativo N° 276 , Art. 25°
R e s p o n s a b il id a d en l a fu n ció n p ú b l ic a
Actividad
Atribución y fin (en nombre del Estado y al servicio de la Nación)
Exteriorización de las funciones del Estado a
través de diversos órganos
Funcionario o servidor V Genera la obligación depúblico asume r
responder - Rendirresponsabilidad Cuentas
L -
Temporal o permanente
Retribuida o ad honorem
Por actos de gestión
Por recursos públicos
DEFINICIÓN
Responsabilidad
Consecuencia de las acciones u omisiones imputables a los agentes públicos, incurridas en el ejercicio de sus funciones, que infraccionan algún precepto que guía su gestión.
La expresión surge del latín responderé, que significa "estar obligado”.
IDENTIFICACIÓN Y DETERMINACIÓN DE RESPONSABILIDADES POR LA C G R
R e s p o n s a b il id a d A dm in istrativa F u n c io n a l NOVENA DISPOSICIÓN FINAL - LEY N° 27785
Respo nsabilidad A dm inistrativa Fu n cio n al
• Es aquella en la que incurren los servidores y funcionarios: por haber contravenido el ordenamiento jurídico administrativo y las normas internas de la entidad a la que pertenecen, se encuentre vigente o extinguido el vínculo laboral o contractual al momento de su identificación durante el desarrollo de la acción de control
• Incurren también en responsabilidad administrativa funcional los servidores y funcionarios públicos que en el ejercicio de sus funciones, desarrollaron una gestión deficiente, para cuya configuración se requiere la existencia, previa a la asunción de la función pública que corresponda o durante el desempeño de la misma, de mecanismos objetivos o indicadores de medición de eficiencia
Potestad Sa n c io n a d o r a de la Co n tr a lo r ia G en era l de la Repú blica
D e t e r m in a c ió n d e R e s p o n s a b il id a d e s p o r l a C G R
la CORRUPCION: PRINCIPAL PROBLEMA DEL ESTADO Y QUE IMPIDE LOGRAREL DESARROLLO
VI Encuesta Nacional sobre percepciones de la corrupción en el país 2010 practicada por Ipsos Apoyo - PROETICA
¿Cuál le parece el principal problema que enfrenta el Estado y que le impide lograr el desarrollo del país?
J2002 12003 i* 2004 -12006 2008 >12010
%
Corrupción D elincuencia Desem pleo C o n su m o de Pobreza Inflacióndrogas
Base: 5900 adultos
P er c epc ió n de la C o r r u pc ió n
P ro eticD
v ii e n c u e s t a n a c io n a l s o b r e p e r c e p c io n e s d e l a c o r r u p c ió n
EN EL PERÚ 2012
¿Cuáles son los tres principales problemas del país en la actualidad?(Con tarjeta)
p̂rincipales menciones -Medición comparativa-
2002 « 2003 " 2004 «2006 " 2008 «2010 "2 0 1 2
7 5 7ñ 73
Delincuencia Corrupción Desempleo Consumo dedrogas
Pobreza
Base: 5914 adultos Fioraentaje significativam ente menor 1 m ayor al año pasado
Defin icio n es
CorrupciónConvención Interamericana contra la corrupción
• Requerimiento o aceptación, directa o indirecta, de cualquier beneficio personal o para terceros, a cambio de la realización u omisión de actos funcionales.
• La realización de cualquier acto u omisión en ejercicio de funciones, con el fin de obtener ilícitamente beneficios personales o para terceros.
• El aprovechamiento doloso u ocultación de bienes provenientes de los actos anteriores.
r e c o m e n d a c io n e s pa ra la s a n c ió n a d m in is t r a t iv a
De las recomendaciones para deslinde de responsabilidad administrativa emitidas en la última década...sólo el 23% han tenido algún tipo de sanción.
(Periodo 2001-2010)
r e c o m e n d a c io n e s pa ra la s a n c ió n a d m in is t r a t iv a
• Diferentes regímenes laborales y de contratación en la administración pública y la ausencia de un procedimiento uniforme para el deslinde de responsabilidades por la coexistencia de regímenes de contratación de personal que cuentan con esquemas sancionadores propios.
• Ausencia de homogeneidad en el tratamiento de la responsabilidad administrativo funcional.
• Falta de procedimientos que permitan procesar y sancionar a determinadas autoridades y funcionarios públicos.
• La propia entidad la encargada de sancionar, permite por dolo o negligencia por los casos que prescriban, que se aminoren las sanciones o que simplemente las personas sean absueltas de responsabilidad.
• Ausencia de proporcionalidad entre las sanciones impuestas y la gravedad de las infracciones identificadas, afecta la labor de control y la lucha contra la corrupción generando la percepción de impunidad en el desempeño de la función pública.
Defin icio n es
Constitución - Art. 82
• La Contraloría ... Supervisa la legalidad de la ejecución del Presupuesto del Estado, de las operaciones de la deuda pública y de los actos de las instituciones sujetas a control
Control GubernamentalArt. 6° Ley N° 27785
• Es la supervisión, vigilancia y verificación de los actos y resultados de la gestión pública, en términos de eficiencia, eficacia, transparencia y economía en el uso de los recursos públicos, , asícomo, cumplimiento de normas legales y lineamientos de políticay planes de acción.
Co n stru yen do la Estrategia
Nuevo Enfoque de Control
Nueva EstructuraCultura
L - /WuHBBsk HHBHfH H H H H Organizacional
Gestión del Conocimiento
T( M o d e r n iz a c ió n
DEL SNC i
Desconcentración y Descentralización
AlianzasEstratégicas
Gestión por Resultados
Gestión de Recursos Humanos Gestión de Proyectos Gestión de Tecnologías
Clima Laboral Reingeniería de Procesos Nueva Imagen
ASEGURANDO LA GENERACION DE VALOR PARA LA SOCIEDAD
ciud
ad
an
os
Factores en la lucha co n tra u
17
P o t e s t a d A dm in istrativa S a n c io n a d o r a
Concepto
• (...) atribución propia de la administración que se traduce en la posibilidad jurídica de la imposición de sanciones a particulares y aún a los funcionarios que infringen sus disposiciones, o a sus servidores que, en el ejercicio de sus funciones, transgreden sus mandatos o desconocen sus prohibiciones.
• Ossa Arbelaez, Jaime, Derecho administrativo sancionador. Hacia una teoría general y una aproximación para su autonomía, Colombia, Legis, 2000, p. 126.
F inalidades
FINALIDADES
PREVENCIÓN: Disuadir la comisión de actos irregulares.REPRESIÓN: Otorgar una respuesta adecuada y proporcional al acto irregular.
A
Lograr un alto nivel de confianza en la ciudadanía.
v
Reorganizar e integrar el SNC y la normativa que lo soporta.
Implantar el nuevo enfoque de control con una definición clara
de los productos y servicios brindados.
/
m a r c o n o r m a t i v o
Ley 29622
ReglamentoDecreto Supremo N° 023-2011-PCM
"\
Directiva N° 008-2011-CG/GDES
Reglamento del Tribunal Superior de Responsabilidades Administrativas
R.C. N° 224-2013-CG
Vigencia: hechos sucedidos a partir del 6.ABR.2011
>
V igen cia de la Norm a
A
A Hechos anteriores:r Titular de la entidad procesa y sanciona segúnrégimen de funcionario o1 servidor público
1
6.Abr. 2011
A partir de vigencia de la Ley 29622
Contraloría procesa y sanciona infracciones graves o muy graves,
derivadas de los Informes de Control
ESQUEMA ACTUAL DE RESPONSABILIDADES Y SANCIONES
Identificación de responsabilidades
Sistem a Nacional de Control
Realiza el control
Obtiene evidencias
Órganos Sancionadores
i
1
i
ResponsabilidadPenal
1
11
Informes i de Control 1
1
ResponsabilidadCivil
M inisterioPúblico
Poder Judicial
Poder Judicial
CGRResponsabilidad Graves y Muy gravesAdm inistrativa ►
Funcional Titu lar de entidadOtras Faltas
22
m a r c o n o r m a t iv o - c o m p e t e n c ia de la c g r
Competenciamaterial
Competenciapersonal
■Procesamiento y sanción de la Responsabilidad Administrativa Funcional, por infracciones graves o muy graves, derivadas de
■los Informes de Control emitidos por los órganos del Sistema Nacional de Control.
Excepción:Las infracciones leves u otras no señaladas en la normativa son de competencia del titular de la entidad.
Para servidores y funcionarios públicos conforme a la definición básica de la Ley N° 27785, con prescindencia del vínculo laboral, contractual, estatutario, administrativo y civil.
Excepción:Autoridades elegidas por voto popular, titulares de organismos constitucionales autónomos y autoridades con prerrogativa de antejuicio.
MARCO NORMATIVO
r -------------------------------------- :-------------------------------------------------------------------------------------------------nAMBITO DE PROTECCIONCumplimiento de las normas de los sistemas administrativos de carácter transversal a la administración pública.Ejemplo: Presupuesto, Personal, Logística.
L __________________________________________________________________________
INDEPENDENCIA DE RESPONSABILIDADESLa Responsabilidad Administrativa Funcional es independiente de la responsabilidad penal y civil
Fundamento:
Ley N° 27785, art. 49°
Ley N° 27444, art. 243°
Decreto Legislativo N° 276, art. 25
Acuerdo Plenario N° 1-2007/ESV-22
STC 9851-2006-AA, 3363-2004-AA, 2405-2006HC, 10192-2006-HC-----------------------------------------------------------------------------------------------------------
MARCO NORMATIVO - GARANTÍAS
DEFENSA
TAXATIVIDADNorma: cierta, previa; y
descripción estricta del hecho
PRESCRIPCIÓN
OBJETIVIDAD
PROPORCIONALIDADIdoneidad, necesidad y
razonabilidad
25
MARCO NORMATIVO - PRINCIPIOS GENERALES DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO
Imparcialidad
Presunción de licitud
Transparencia Celeridad
Causalidad
Tipicidad
Non bis in idem Irretroactividad
Impulso de oficio
Prohibición de reformatio in peius
Conducta procedimental
MARCO NORMATIVO - PRINCIPIOS GENERALES DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO
Verdadmaterial
7 A
Los administrados gozan de todos los derechos y garantías inherentes al debido procedimiento que comprende, entre otros, el derecho de defensa, el derecho a presentar escritos y descargos, así como, los derechos para ofrecer y producir pruebas, ser asesorado por abogado y obtener una decisión motivada y fundada en derecho.
Los órganos que participan en el procedimiento sancionador verifican razonablemente los hechos que sirven de motivo a sus decisiones, para lo cual, adicionalmente al Informe de Control y cuando sea necesario, adoptan las medidas pertinentes, aun cuando no hubieran sido propuestas por los administrados.
Razona-bilidad
Legalidad
Las decisiones deben ser proporcionales entre el interés público y los medios a emplear y cautelar la equivalencia entre la medida impuesta, la perturbación generada en el ejercicio de la función pública y la gravedad del hecho. La comisión de la conducta no debe ser más ventajosa que cumplir las normas infringidas o asumir la sanción.
La potestad sancionadora conferida a la Contraloría General, comprende la determinación de las infracciones graves o muy graves por responsabilidad administrativa funcional derivadas de los Informes de Control y la imposición de las sanciones establecidas en la Ley y especificadas en el Reglamento.
27
Fases e Instancias
FASES DEL PAS
INFORME DE CONTROL //
Primera Instancia - CGR Segunda Instancia
r i r -------------------------------------------- '
Fase Instructora Fase SancionadoraPlazo: 180 días prorrogables 30 días. Se suspenden por
por 60 días actuacionescomplementarias
L j L j
Imparcialidad - Prescripción
Plazo de prescripción de la potestad sancionadora: 4 años Plazo de caducidad del procedimiento: 2 años
Tribunal Superior de
Responsabilidades10 días
29
PROCESO - FASE INSTRUCTIVA
I INFORME DE CONTROL
Recepción • Evaluación • Disposición • Actuación de • Existencia deVerificación del Informe: de inhibición pruebas infracción yrequisitos competencia de las propuesta deformales material, entidades sanción
hechos • Elaboración y • Inexistencia deacreditados y comunicación infracción ygeneran de cargos archivo delconvicción • Recepción de procedimientorazonable descargos
• Ejecución deindagacionesprevias
Presunción de Licitud - intimación - Debido proceso - Derecho de defensa - Verdad Material -Transparencia
PROCESO - FASE SANCIONADORA - PRIMERA INSTANCIA
PROPUESTA DE SANCIÓN
EVALUACION DE PROPUESTA DE SANCIÓN RECEPCIÓN DE APELACIÓN
Actuaciones complementarias Estimación de suficiencia de sanción propuesta
Imposición de sanción Declarando no haber mérito para imponer sanción
CalificaciónConcesión
Debido proceso - Derecho de defensa - Razonabilidad ► 31
PROCESO
APELACION
- SEGUNDA INSTANCIA
REVISIÓN DE RESOLUCIÓN IMPUGNADA
Evaluación resolución impugnada Actuaciones complementarias
ConfirmaciónModificaciónRevocaciónAnulación
Debido proceso - Derecho de defensa - Razonabilidad ► 32
MARCO NORMATIVO - INFRACCIONES Y SANCIONES
InfraccionesArt. 46° Ley N° 29622
Art. 6° al 10° Reglamento - D.S. N° 23-2011-PCM
Escala de sancionesArtículo 15 del Reglamento - D.S. N° 023-2011-PCM
Por incumplimiento de disposiciones legales e internas
Por trasgresión de principios, deberes y prohibiciones éticas
Faltas Graves
Suspensión 30 a 360 días
Inhabilitación no menor de uno ni mayor de dos años
Faltas Muy graves
Inhabilitación no menor de dos ni mayor de cinco años
Por realizar actos persiguiendo finalidades prohibidas
Por desempeño funcional negligente o para fines distintos al interés público
Legalidad y Tipicidad 33
C r it e r io s d e Im po sició n d e la S a n ció n - E x im en t es y At e n u a n t e s
r = 1CRITERIOSIMPOSICIÓN
Circunstancias en que fue cometida la infracciónGrado de participaciónConcurrencia dediversasinfraccionesEfectosGravedad
IncapacidadmentalCaso fortuito o fuerza mayor Ejercicio de deber legal, funcional o cargoAusencia de consecuencia perjudicial Ordencompetente, con expresa oposición escrita
Subsanación voluntaria (anterior el inicio del PAS)Actuación en favor deintereses superiores
Razonabilidad y Proporcionalidad
Por
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- Ar
t. 6
INFRACCIONES Y SANCIONES
Comité Especial simuló concurso público, incluyendo postores que no participaron. Expediente contiene cartas de presentación, declaraciones juradas y propuestas económicas falsas. Falta de postores generó un sobreprecio de S/. 500 000.00
g) Contratar bienes, servicios u obras sin proceso de selección, simulando su realización o de forma fraudulenta, cuando la normativa prevea su obligatoria realización, dando lugar a la generación de perjuicio al Estado, excepto en los casos en que los montos de la contratación correspondan a una adjudicación de menor cuantía. Esta infracción es considerada como grave. Si el perjuicio es económico o se ha generado grave afectación al servicio público, la infracción es muy grave.
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Funcionarios aprueban y convocan concurso público para cubrir diversas plazas en ola entidad. No se desarrollaron los perfiles técnicamente. Efecto se contrató personal sin calificación para la labor a desempeñar.
a) Incumplir las normas que regulan el acceso a la función pública, o, en general, el acceso a las entidades y órganos que, bajo cualquier denominación, forman parte del Estado, incluyendo aquellas que conforman la actividad empresarial del Estado y las Fuerzas Armadas y Policía Nacional del Perú, sea en beneficio propio o de terceros. Esta infracción es considerada como grave.
Legalidad y Taxatividad (Tipicidad) 35
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t. 7
INFRACCIONES Y SANCIONES
Director del área de Logística otorga conformidad del servicio y ejerciendo funciones que no le competen realiza el pago a empresa de limpieza.
e) Ejercer funciones que no le han sido asignadas, o que corresponden a cargo diferente, en procura de obtener un beneficio personal o para terceros, en los procedimientos en que participe con ocasión de su función o cargo. Esta infracción es considerada como muy grave.
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Funcionarios sustentaron con boletas de venta falsas pagos por servicios no recibidos por S/. 140 400,00.
c) Elaborar, usar o presentar un documento falso o adulterado que sea necesario para probar un derecho, obligación o hecho en los procedimientos en que participe con ocasión de su función o cargo, ocasionando perjuicio al Estado. Esta infracción es considerada como grave. Si el perjuicio es económico o se ha generado grave afectación al servicio público, la infracción es muy grave.
Legalidad y Taxatividad (Tipicidad) 36
Por
real
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as -
Artíc
ulo
8INFRACCIONES Y SANCIONES
Jefe de personal designa en cargo de confianza a cuñado, señalando que es única persona en la localidad que tiene la especialidad requerida.
c) Incumplir las disposiciones que prohiben el ejercicio de la facultad de nombramiento o contratación de personal o de acceso a la función pública, en casos de nepotismo. Esta infracción es considerada como muy grave.
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T3 3
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Funcionario dispuso adquisición de 10 lotes de medicinas por un valor de S/. 853 540.00 con fecha de vencimiento próxima y no se distribuyeron.
a) Deteriorar o destruir los bienes destinados al cumplimiento de los fines de la entidad, por su uso inapropiado o distinto al interés público, atribuible a la falta de la debida diligencia en su mantenimiento, conservación u oportuna distribución. Esta infracción es considerada como grave. Si los bienes se encontraban destinados a programas, finalidades sociales o salud pública, la infracción es muy grave.
Legalidad y Taxatividad (Tipicidad) 37
ASPECTOS RELEVANTES
r ^
Prevalenciapotestad
sancionadora
• El inicio del PAS impide deslinde de responsabilidades por los mismo hechos por el titular de la entidad.
• Se comunica a la entidad en que ocurrieron los hechos al inicio o con la decisión de realizar indagaciones previas. Titular informa sobre acciones adoptadas.
• El impedimento puede determinarse durante el proceso de control.
MedidaPreventiva
• Separación del cargo durante el procedimiento• Implica no ejercer labores vinculadas, ni ocupar cargos de
dirección, administración o ejecutivos.• Es otorgada por el Órgano Sancionador a pedido del órgano
Instructor.• Se ejecuta desde su notificación.
Resoluciones que imponen sanción
L A
• Las resoluciones firmes: cumplimiento obligatorio y ejecución inmediata, se inscriben en el Registro Nacional de Sanciones de Destitución y Despido.
• Procede acción contenciosa administrativa sin suspender ejecución.
• El Tribunal Superior emite precedentes de observancia obligatoria.
MUCHAS GRACIAS