Protocolo de coordinación institucional sobre protección de menores. Torreblanca.
Centro de saludUnidad de trabajo socialEquipo de protección de menoresEquipo de plan de barrios
Sevilla 2003
Normativas sobre Derechos del Menor
• España suscribe los acuerdos internacionales en la Convención sobre los Derechos del Niño” Año 1989
• Desarrollo en Normativa estatal : Ley Orgánica 1/1996
Normativa Comunitaria Andaluza
Ley 1/1998 de los derechos y la atención al menor
“Los poderes públicos de Andalucía otorgarán la protección y asistencia necesarias a la familia para que pueda asumir plenamente sus responsabilidades como grupo y medio natural para el adecuado crecimiento y bienestar de los menores”
Ley 1/1998 . Desarrollo Decreto 282/2002
“Las Administraciones Públicas de Andalucía actuarán de forma coordinadas en aras a garantizar el adecuado ejercicio de los derechos de los menores”
ZBS Torreblanca• Barrio en las afueras de Sevilla • Zona con Necesidad de Transformación
Social (ZNTS)• Población 20.898 habitantes:• Zona predominio de familias normalizadas: - Torreblanca la Vieja: 7.900 habitantes - Las Lumbreras: 2.600 habitantes• Zona predominio de familias en riesgo
exclusión social y excluidos : - Torreblanca la Nueva: 9.600 habitantes - Dos asentamientos de 60 y 80 chabolas:
798 habitantes
Hogares en Torreblanca
4550
702
979normalizadosvulnerablesexcluidos
Torreblanca 2003
• Centro de Salud propone trabajo conjunto
• Equipo Plan de Barrios asume la coordinación para elaborar un protocolo de actuación entre:
- Centro de Salud - Servicios Sociales - Servicio de Protección de
Menores
Protocolo: Procedimiento actuación
• Fichas: intercambio información• Derivaciones formales entre
instituciones• Reuniones: discusión,
coordinación intervención y seguimiento
Pediatra y/o TS hacen ficha
Riesgo leve
Ficha a reuniónNotificación UTS
Notificación SPM
Ficha a reunión
Notificación SPM
FAX y/o Fiscalía
Ficha a reunión
Personal CS detecta situación riesgo y/o maltrato
Riesgo grave Riesgo moderado
Intervención en CScon apoyo UTS
Notificación SPM
Ficha informativa
• Se rellena al detectar el caso en Centro Salud: Pediatras y/o TS ó en Unidad Trabajo Social
• En el Centro de Salud está informatizada pero no en Diraya
• Trabajamos en red Pediatras y Trabajadora social.
Reuniones
• Mensuales• Las convoca Unidad Trabajo
Social (UTS)• Días antes se decide casos a
tratar y personal que debe asistir • Se edita un acta de la reunión
Fichas
Clasificación Riesgo
Se decide intervención
ReuniónSeguimiento
Fortalezas• Es un buen instrumento para compartir
información entre las distintas instituciones.
• Se unifican criterios de actuación con la familia y se potencian actuaciones.
• Facilita el intercambio de datos entre el personal del CS que trabaja en distintos programas
• Mejora la gestión de las consultas, especialmente las de urgencias
Debilidades• Falta grave de recursos humanos en las tres
instituciones implicadas.
• No están incluidos los asentamientos de chabolas por pertenecer al Ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra
• Hay niños con riesgo/maltrato moderado/grave con atención insuficiente.
• Hay niños con riesgo/maltrato moderado en lista de espera varios meses para ser atendidos por UTS
• Desaliento del personal después de tres años de
trabajo sin recursos suficientes
Debilidades en CS• En el CS de Torreblanca la gestión es similar
a cualquier otro CS sin tener en cuenta que es una ZBTS.
• Muy deficiente el trabajo de prevención y la atención de los casos de riesgo/maltrato leves (objetivo del CS según protocolo).
• Muchas familias tienen dificultades para solicitar la tarjeta sanitaria y alta en la SS, retrasando la atención al niño de riesgo
• Dificultad grave de acceso a la historia familiar en Diraya
Maltrato Institucional
Se entiende por maltrato institucional cualquier legislación, procedimiento, actuación u omisión procedente de los poderes públicos o bien derivada de la actuación individual del profesional que comporta abuso, negligencia, detrimento de la salud, la seguridad, el estado emocional, el bienestar físico, la correcta maduración o que viole los derechos básicos de la infancia.