M R l t i d l Si t d Marco Regulatorio del Sistema de AcreditaciónPrograma de Apoyo a Servicios de Salud pilotos
Hugo Ocampo G.Jefe Subdepto. de Coordinación Legal y
Registro de PrestadoresIntendencia de PrestadoresSuperintendencia de Salud p25 de noviembre de 2011
Script
1. Reforma a la Salud y la Política de Estado en Calidad en Saluden Calidad en Salud
2 Los Sistemas de Evaluación de la Calidad2. Los Sistemas de Evaluación de la Calidad
3 El Sistema de Acreditación de 3. El Sistema de Acreditación de Prestadores Institucionales de Salud
4. Situación actual de la Acreditación
5. Desafíos al 2013
Reforma a la Salud y la Política deE t d C lid d S l dEstado en Calidad en Salud
OBJETIVOS REFORMA
Mejoramiento de Equidad y Calidad en Salud
OBJETIVOS REFORMA
NUEVA INSTITUCIONALIDAD
Sistema de Salud Garantista
ÍPOLÍTICA DE ESTADO EN CALIDAD ASISTENCIAL EN
SALUD
Sistemas de Evaluación y Aseguramiento de la Calidad
Asistencial
de Evaluación…de EvaluaciónEstándares Estatales y C úComunes (públicos/ privados)
Medición Imparcial
Promoción del Mejoramiento Promoción del Mejoramiento Continuo de Procesos
y de AseguramientoS id d S it i ( t l d
…y de AseguramientoSeguridad Sanitaria (control de riesgos en procesos clínicos: riesgos en procesos clínicos:
“eventos adversos”)
Seguridad Jurídica: gsistema de rango legal;derechos exigibles;derechos exigibles;control institucional y social.
…todo ello para:que las personas puedan hacer
i ibl exigible un mínimo común explícito de un mínimo común explícito de
seguridaden la asistencia sanitaria:
la GES de Calidad
La Garantía Explícita de Calidad:Ley Nº 19.966, Artículo 4°, letra b):
Otorgamiento de las prestaciones d l d ti dde salud garantizadaspor un
PrestadorIndividualp
prestador registradooo
acreditado,Prestador
Institucional
en la forma y condiciones que determineel decreto AUGE.
TRANSPARENCIATRANSPARENCIACONTROL CIUDADANOCONTROL CIUDADANO
ACCOUNTABILITY
Condiciones de Seguridad de
la Atención en los la Atención en los establecimientos
GARANTIA DE CALIDADEN SALUD
Competencias de los profesionales para la
AtenciónDe Salud
Los Sistemas de Evaluación de la Calidad Asistencial
1) Registros de Prestadores IndividualesIndividuales
2) Certificación de Especialidades y 2) Certificación de Especialidades y Subespecialidades de los Prestadores Individuales de SaludPrestadores Individuales de Salud
3) Acreditación de Prestadores 3) Acreditación de Prestadores Institucionales de Salud (hospitales, clínicas laboratorios etc ) clínicas, laboratorios, etc.)
NORMATIVAS: Orden Jerárquico
C P EC.P.ELEY
REGLAMENTOS MINSAL
CIRCULARES
DECRETOS CIRCULARES
INSTRUCCIONESSuper.
de Salud
RESOLUCIONES
1) El Sistema de 1) El Sistema de Registros Registros de los de los Prestadores Individualesde Salud
Art. 121 No.6, D.F.L. No.1/2005 MINSALD S 16/2007 MINSAL - ReglamentoD.S. 16/2007 MINSAL - Reglamento
Reglamento de Registros sobre PrestadoresIndividuales de Salud (DS 16/2007 MINSAL):Prestadores que se encuentran habilitados por el título profesionalrespectivo para ejercer legalmente en el país:
1) Médicos Cirujanos;2) Dentistas o Cirujanos Dentistas;3) Enfermeros;
Abril 20093) Enfermeros;4) Matrones;5) Tecnólogos Médicos;) ól J li 20106) Psicólogos;
7) Kinesiólogos;8) Farmacéuticos y Químico Farmacéuticos;
Julio 2010
8) Farmacéuticos y Químico Farmacéuticos;9) Bioquímicos;10) Nutricionistas;11) Fonoaudiólogos;11) Fonoaudiólogos;12) Terapeutas Ocupacionales;13) Los profesionales auxiliares señalados
Julio 2011
en el inciso segundo del artículo 112del Código Sanitario.
Estadísticas: al 31 de octubre de 2011
Títulos y bili iHabilitaciones
de Profesionales y 133.348yTécnicos de la SaludEspecialidades y SubespecialidadesSubespecialidadesMédicas y Od t ló i
19.392Odontológicas
2) Sistema de 2) Sistema de Certificación de Certificación de Especialidades y Especialidades y Subespecialidades de Subespecialidades de los Prestadores os es ado esIndividuales de SaludArt. 4, No.13, D.F.L. No.1/2005 MINSALD S 57/2007 MINSAL - ReglamentoD.S. 57/2007 MINSAL Reglamento
Régimen PermanenteDOS VÍAS DE CERTIFICACIÓNDOS VÍAS DE CERTIFICACIÓN:
1ª VÍA DE CERTIFICACIÓN1ª VÍA DE CERTIFICACIÓN:Por “Entidades Certificadoras” autorizadas por el Ministerio de Salud (entidades públicas o privadas, nacionales e internacionales que cumplan los requisitos reglamentarios).
2ª VÍA DE CERTIFICACIÓN:Por las universidades respecto de sus alumnos quePor las universidades, respecto de sus alumnos quehayan cumplido con un programa deespecialización acreditado según normas de Leyespecialización acreditado según normas de Leyde Acreditación Universitaria.
Régimen Transitorionoviembre 2008 – noviembre 2015noviembre 2008 noviembre 2015Hasta por 7 años, a partir del 06/11/2008, se
reconocerán como certificadas: requisitos:
1°) Una de las especialidades y subespecialidades
i d l Si tincorporadas al Sistema
2°) Encontrarse en alguna de 5 situaciones:
1. Titulo universitario de especialista
2. Certificado CONACEM o CONACEO
3. Convenio de especialista en MLE de FONASA
4. Constancia de desempeño de Director S.S.
3°) Solicitar su inscripción en la Superintendencia.
3) Sistema de 3) Sistema de Ac editación Acreditación de Prestadores Institucionales de Institucionales de SaludSaludArt. 4, No. 12, D.F.L. No.1/2005 MINSALD.S. No. 15/2007 MINSAL - Reglamento
Marco Legal :Normas Principales: Definición de Acreditación
“Proceso periódico de evaluación respecto del
cumplimiento de los cumplimiento de los estándares mínimos, de estándares mínimos, de
acuerdo al tipo de establecimiento y a la
complejidad de las complejidad de las prestaciones”prestaciones
(Art. 4°, N° 12, DFL N°1, 2005, MINSAL)
Marco Legal :Normas Principales: Definición de Estándares
“Es función del Ministerio d S l d t bl l de Salud establecer los estándares mínimos con el objetivo de garantizar
que las prestaciones que las prestaciones que las prestaciones que las prestaciones alcancen la calidad alcancen la calidad requerida para la requerida para la seguridad de los seguridad de los seguridad de los seguridad de los
usuariosusuarios”(Art. 4°, N° 11, DFL N°1, 2005, MINSAL)
Marco Legal :9 Estándares de Acreditación
Estándares Generales para:vigentes HOY
Estándares Generales para:- Prestadores Institucionales de
Atención Cerrada 20092009- Prestadores Institucionales de
Atención Abierta- Laboratorios Clínicos- Imagenología 20102010- Centros de Diálisis- Esterilización- Atención Psiquiátrica Cerrada- Radioterapia 20112011- Quimioterapia
Marco Reglamentario• Reglamento del Sistema de
Acreditación D S N° 15/2007 del MINSALAcreditación ‐ D.S. N° 15/2007 del MINSAL(D.O. 3/07/2007)
• Estándares Generales de Atención• Estándares Generales de AtenciónCerrada y Abierta ‐ Decreto N° 18/2009MINSAL (D O 19/03/2009)MINSAL (D.O. 19/03/2009)
• Circulares Regulatorias oInterpretativas de Intendencia deInterpretativas de Intendencia dePrestadores
I.-) Reglamentos:Nivel REGLAMENTARIO : MINSAL
1) DS 15/2007, Sistema de Acreditación (julio 2007)2) DS 57/2007, Sistema de Certificación (nov. 2008)3) DS 16/2007 Sistema de Registros (feb 2009)3) DS 16/2007, Sistema de Registros (feb. 2009)
II.-) Decretos de Estándares:)1) Dcto. Ex. 18/2009: Estándares Generales de Atención Cerrada y
Abierta (marzo 2009)2) D t E 33/2010 E t G l P i iát i C d ( 2010)2) Dcto. Ex. 33/2010: Est. Gral. Psiquiátrica Cerrada (marzo 2010)3) Dcto. Ex. 34/2010: Est. Gral. Centros de Diálisis (marzo 2010)4) Dcto. Ex. 35/2010: Est. Gral. Esterilización (marzo 2010)4) Dcto. Ex. 35/2010: Est. Gral. Esterilización (marzo 2010)5) Dcto. Ex. 36/2010: Est. Gral. Imagenología (marzo 2010)6) Dcto. Ex. 37/2010: Est. Gral. Laboratorios Clínicos (marzo 2010)7) Dcto. Ex. 346/11: Est. Gral. Quimioterapia (nov. 2011)8) Dcto. Ex. 347/11: Est. Gral. Radioterapia (nov. 2011)
III.-) Otros Decretos: Decreto Ex. 118/10: Clasificación de Laboratorios y Servicios de Imagenología para efectos arancelarios (abril 2011)
CIRCULARES IPA ) Ci l O á i bli t iA.-) Circulares Orgánicas: obligatoriasIP N° 1/2007: Procedimiento Autorización de
E tid d A dit d ( /07)Entidades Acreditadoras (nov/07)IP N° 7/2009: Sobre el Informe de Acreditación (dic/09)IP N° 9/ 2010 S b t id í i f t d IP N° 9/ 2010: Sobre contenidos mínimos y formatos de
los Informes de Autoevaluación (sept./10)IP Int N° 4/2010: Proced de Interpretación (oct/10)IP Int. N° 4/2010: Proced. de Interpretación (oct/10)
B.-) Circulares Interpretativas: obligatorias) p gCirculares IP Nos. 8/10; N°11, 12, 15 y 16 de 2011;
Fines varios: informativos, C.-)Oficios Circulares:1) IP N° 1/10: Sobre modificación de Estándar Gral. At. Cerrada
,instrucciones, recomendaciones
2) IP N° 2/10: Recomendaciones para Constatación en Terreno
INTERPRETACIÓN Oficial d l N d l Si t d l E tá d
vinculante para las
de las Normas del Sistema y de los Estándares
vinculante para las Entidades Acreditadoras
• FACULTAD EXCLUSIVA DE LA INTENDENCIA DE PRESTADORESINTENDENCIA DE PRESTADORES
• ANTE DUDAS: RESPUESTA OFICIAL DE IPRESPUESTA OFICIAL DE IP
INTERPRETACIÓN Oficial (Ci l I t IP N°4/2010)
Procedimiento:
(Circular Interna IP N°4/2010)
- Procedimiento:- Por Consultas de Entidades Acreditadoras,
prestadores personas:prestadores, personas:Pronunciamientos/Oficios/Resoluciones
- De Oficio: Circulares IPDe Oficio: Circulares IP
- Comité Asesor para Interpretación de Normas del Sistema de Acreditación:- IP- Departamento de Calidad MINSAL- Instituto de Salud Pública
“ i ió i i i ”Materias Interpretadas:
– “Autorización sanitaria vigente”
–Características del Consentimiento Informado
– Evaluación Preanestésica
–Notificación oportuna de exámenes diagnósticos
–RRHH: forma de constatar habilitación legal deRRHH: forma de constatar habilitación legal de profesionales, de los Técnicos Paramédicos y de las especialidades médicas u odontológicaslas especialidades médicas u odontológicas
– Forma de evaluar los Elementos Medibles
– Servicios de Apoyo Diagnóstico – Terapéutico
Ficha Clínica única e individual– Ficha Clínica única e individual
– (Biopsias)
1) D.S. N° 15/2007 del MINSAL: Reglamentodel Sistema de Acreditación
Título II: “De los estándares de calidad”
Reacreditación:Reacreditación:Cada 3 años contados desdeCada 3 años contados desdela obtención de la anterior.(Se prorroga hasta los 5 años, si sesolicita oportunamente)solicita oportunamente)
1) D.S. N° 15/2007 del MINSAL: Reglamentodel Sistema de Acreditación
Título III: “De las Entidades Acreditadoras”“De las Entidades Acreditadoras”
Personas jurídicas Personas jurídicas constituidas legalmente, t i d t f t autorizadas para este efecto
por la Intendencia de pPrestadores.
SEREMIS de Salud:Acreditadoras supletoriasp
1) D.S. N° 15/2007 del MINSAL:Reglamento del Sistema de Reglamento del Sistema de Acreditación Título III:
“D l E tid d A dit d ”“De las Entidades Acreditadoras”
Dichas Entidades Acreditadoras deben justificar la Dichas Entidades Acreditadoras deben justificar la posesión de las competencias técnicas pertinentes
a las actividades de acreditación para las que solicitan autorizaciónsolicitan autorización
• Director Técnico: profesional universitario con formación enDirector Técnico: profesional universitario con formación ensalud pública o gestión y administración de servicios de salud, oexperiencia de al menos tres años en estas áreas.E i d E l d f l dó• Equipo de Evaluadores: profesionales universitarios idóneos ysuficientes, con capacitación comprobada en evaluación de la calidaden salud.en salud.
• Infraestructura física adecuada.
Deberes PrincipalesPrincipales
d l de las Entidades
AcreditadorasAcreditadoras
i) Capacidad Evaluadora:) pIdoneidad y Suficiencia
) ió d id d l d idó1) Mantención de capacidad evaluadora idónea y suficiente
2) Mantener cumplimiento los requisitos de autorizaciónautorización
3) Información oportuna a la IP de todo cambio relevante: “tan pronto ocurran” (Art. 15, inciso
final Reglamento)g )
4) Integridad de la Evaluación (aunque prestador no cumpla Características Obligatorias)cumpla Características Obligatorias)
ii) Deber de comportamiento:ii) Deber de comportamiento:Imparcial y racional
Artículo 23.‐ En las evaluaciones que la tid d dit d f tú d tentidad acreditadora efectúe durante y con motivo del procedimiento decon motivo del procedimiento de
acreditación empleará siempre criterios objetivos, no discriminatorios e
imparcialesimparciales,
comúnmente aceptados ycomúnmente aceptados y científicamente fundados.
ii) Imparcialidad: El Conflicto de InterésArtículo 24.‐ Asimismo, tanto la entidad acreditadora como sus
evaluadores deberán evitar encontrarse en situaciones de conflicto de intereses con los prestadores institucionales que les corresponda
l l i id l d bid bj i id d (CAUSAL evaluar que les impidan la debida objetividad. (CAUSAL GENÉRICA)
Se entenderá especialmenteSe entenderá especialmente,
a) ser dueños, socios, directores, administradores o representantes de prestadores institucionales de salud que se encuentren ubicados enprestadores institucionales de salud que se encuentren ubicados en la misma región que el prestador al que van a evaluar, proporcionarle a dichos prestadores servicios profesionales, comerciales o laborales p p ,a cualquier título, o tener alguna de esas condiciones sus cónyuges, hijos, adoptados o parientes hasta el tercer grado de consanguinidad
d d f d d ly segundo de afinidad inclusive.
b) Haber prestado, en los últimos doce meses, asesoría en materias de lid d l d dit ió d j i tcalidad en salud, acreditación o programas de mejoramiento
continuo de la calidad, a los prestadores que les corresponda evaluar.
iii) Disponibilidad Fiscalizatoria) p
Permanentemente a disposición de la IP:
a) Antecedentes organizativos de la EAa) Antecedentes organizativos de la EA
b) Cartera de servicios de asesoría
c) Expediente Individual del prestador evaluado o en evaluación
iv) Protección de los derechos del prestador
Principio de actuación de la EA y sus evaluadores: sólo esPrincipio de actuación de la EA y sus evaluadores: sólo es público el resultado positivo del procedimiento, en el resto rige el principio de CONFIDENCIALIDADresto rige el principio de CONFIDENCIALIDAD
“Artículo 26.‐ Todos los funcionarios públicos y losempleados y directivos de las entidades acreditadorasempleados y directivos de las entidades acreditadorasdeberán guardar la más estricta confidencialidad sobrelos datos antecedentes o materias de que tomenlos datos, antecedentes o materias de que tomenconocimiento a causa o con ocasión de acreditacionesde prestadores institucionales de salud conforme a lasde prestadores institucionales de salud, conforme a lasnormas que rigen el secreto profesional y el secretoestadístico y demás leyes sobre la materia ”estadístico y demás leyes sobre la materia.(RESPONSABILIDAD CIVIL Y PENAL)
v) Sujeción Normativa y Actuación Formal
a) Estricta sujeción a las normas del Sistema
b) Actuación oportuna (dentro de los plazos normativos)
c) Según las formalidades prescritas
=> NULIDAD Y RESPONSABILIDADES=> NULIDAD Y RESPONSABILIDADES
1) D.S. N° 15/2007 del MINSAL:Reglamento del Sistema de AcreditaciónReglamento del Sistema de Acreditación
Título IV: “Del Proceso de Acreditación”“Del Proceso de Acreditación”
Artículo 22.- En el proceso de Artículo 22. En el proceso de evaluación, la entidad
acreditadora contrastará las condiciones del las condiciones del prestador con los p
estándares aplicables para determinar si los c mpledeterminar si los cumple.
1) D.S. N° 15/2007 del MINSAL:Reglamento del Sistema de Reglamento del Sistema de Acreditación Título IV:
“Del Proceso de Acreditación”Del Proceso de Acreditación
REQUISITOS:REQUISITOS:
1)AUTORIZACIÓN 1)AUTORIZACIÓN SANITARIA VIGENTESANITARIA VIGENTE
2) INFORME )AUTOEVALUACIÓN
1) D.S. N° 15/2007 del MINSAL:Reglamento del Sistema de Acreditación
Título IV: “Del Proceso de Acreditación”: REQUISITOS:
1) AUTORIZACIÓN SANITARIA 1) AUTORIZACIÓN SANITARIA VIGENTE: REGLA GENERAL
REGLAMENTO HOSPITALES Y HOSPITALES Y CLÍNICAS (DS 161/82 MINSAL)( )
REGLAMENTO SALAS DEREGLAMENTO SALAS DEPROCEDIMIENTOS YPABELLONES DE CIRUGÍAPABELLONES DE CIRUGÍAMENOR (DS 283/97 MINSAL)
1) D.S. N° 15/2007 del MINSAL:Reglamento del Sistema de Acreditación
REGLA ESPECIAL PARA ESTABLECIMIENTOS del ESTABLECIMIENTOS del SECTOR PÚBLICO EN FUNCIONES AL 08/02/2006:FUNCIONES AL 08/02/2006:NO NECESITAN NUEVA
ÓAUTORIZACIÓN
ÓAL SOLICITAR ACREDITACIÓN DEBEN DEMOSTRARCUMPLIMIENTO DE REQUISITOS REGLAMENTARIOS: Instructivo MINSAL
2) D.S. N° 15/2007 del MINSAL:Proceso de Autoevaluación:
“Proceso periódico y documentado“Proceso periódico y documentadode evaluación de las actividades demejoría continua de la calidad de lamejoría continua de la calidad de laatención en salud, que realiza lamisma entidad que pretendemisma entidad que pretendeacreditarse y que involucra laglobalidad de los procesos deg prelevancia clínica de la instituciónconsiderando, entre otros procesos
íti ll lcríticos, aquellos por los quepostula a ser acreditado.”
2) INFORME DE AUTOEVALUACIÓNAUTOEVALUACIÓN
Circular IP N° 9, de 03/09/2010: “Imparte Instrucciones sobre “Imparte Instrucciones sobre
los Contenidos Mínimos y F t d l I fFormatos de los Informes
de Autoevaluación” de Autoevaluación
El Proceso de AcreditaciónESQUEMA GENERALESQUEMA GENERAL
Etapa Solicitud y Designación
Etapa Evaluación
EtapaInforme
P
NoP INF
OBS.
A$ Evaluac.
V
NO
A C O
$
FORM
DI $DT
RF
X
VACRA.C.O.M
Ehasta90
díasS
SUBETAPA SOLICITUD DE ACREDITACIÓN
Acogey
Ordena
SOLI-CITUD
designac.aleatoria
A SORTEO
CITUDAUT INF
RechazaAUT.SANI
INF.AU
uOrdena
lNITARIA
TOEV.
comple-tar
RIA EV.
SUBETAPA DESIGNACIÓN DE ENTIDAD
5Orden
dedías
AEntidadAcepta
Pago50%
Pago50% Notif
AC Acepta Aran-
cel
CT
Rechaza 15dí
A
FiscSilencio
días
Fisc
ETAPA DE EVALUACIÓN
IP
Fija FijaEvaluación
FijaDía
I i i
Fija Día
TérmInicio Térm.
90 hasta90díaspara
hasta 30 para
Inicio días
ETAPA INFORME
I EvalúaPLAN
Con OBS.
NF
PLAN
FO NO
ACRREG.Pago O
RACR
PRES-TDS
50%
MACR
Con OBS.TDS.
ACRE6 MESES
E ACR DITADOS5
días
1) D.S. N° 15/2007 del MINSAL:Reglamento del Sistema de Reglamento del Sistema de
Acreditación
Título V: “De los Aranceles”De los Aranceles
Atención Alt C l jid dEstándar AtenciónAbierta
Alta Complejidad
Mediana Complejidad
EstándarGeneral
AtenciónCerrada Baja Complejidad
EstándaresEspecíficos
Montos Arancelarios:I.‐Estándares generales:
ió dA. Atención Cerrada:a) Alta Complejidad: 120 UTM
b) M di C l jid d 100 UTMb) Mediana Complejidad: 100 UTM
c) Baja Complejidad: 60 UTM
B. Atención Abierta:a) Alta Complejidad: 100 UTMb) Mediana Complejidad: 80 UTMc) Baja complejidad: 40 UTM
II.‐Estándares específicos: A. Atención Cerrada: 20 UTM por cada 6 estándares o fracción B At ió Abi t 10 UTM d 6 tá d f ióB. Atención Abierta: 10 UTM por cada 6 estándares o fracción
Recargo por distancia: 20 UTM por distancia superior a 450 kilómetros
1) D.S. N° 15/2007 del MINSAL:
Título VI: “De la Fiscalización”
Competencia fiscalizadora general: general:
Intendencia de Prestadores
Competencia fiscalizadora deCompetencia fiscalizadora delaboratorios y asimilados:
Instituto de Salud PúblicaInstituto de Salud Pública(Convenio SdS-ISP: enero 2011)
2) Decretos que Aprueban los “Estándares”
DESAGREGACIÓN DESAGREGACIÓN NORMATIVA
ÁÁmbitosC tComponentes
C t í tiCaracterísticasHechos MediblesHechos Medibles
ESTRUCTURA DE LOS MANUALES
Los Ámbitos de los Estándares1) Respeto a la dignidad del paciente2) Gestión de la calidad2) Gestión de la calidad3) Gestión clínica.4) Acceso, oportunidad y continuidad de la
atención5) Competencias del recurso humano6) Registros6) Registros7) Seguridad del equipamiento8) Seg ridad de las instalaciones8) Seguridad de las instalaciones9) Servicios de apoyo
ESTRUCTURA DE LOS MANUALES
I Contenido y Estructura del ManualI.- Contenido y Estructura del ManualII.- Instrucciones y Criterios a emplear
l E tid d A dit dpor las Entidades AcreditadorasIII.- Reglas de Decisión
ÁIV.- Ámbitos, Componentes y Características
V.- Glosario y AbreviaturasAnexo: Las Pautas de Cotejoj
Contenidos Normativos de los Manuales sobre el Informe
I Contenido y Estructura del Manual
Manuales sobre el Informe
I.- Contenido y Estructura del Manual1. Consideraciones Generales: “El Estándar General para los Prestadores Institucionales de
Atención Cerrada, cuyos contenidos normativos se encuentran en este Manual, desagrega sus exigencias y requisitos en ámbitos, componentes, características y verificadores. La forma en que han sido trabajados tales contenidos permite facilitar la comprensión de los objetivos que en cada caso persigue la evaluación.”
Contenidos Normativos de los Manuales sobre el Informe
II.- Instrucciones y Criterios a emplear por
Manuales sobre el Informe
las Entidades Acreditadoras
1. Instrucciones generales:“La determinación del cumplimiento de una característica se pbasa en la verificación de los elementos medibles durante la visita a terreno. Esta demostración puede realizarse a través de revisión de documentos o mediante la observación de procesos en terreno, según esté t bl id t M l N t blestablecido en este Manual. No son aceptables como
evidencia las descripciones verbales, declaraciones de cumplimiento u otros fundamentos no comprobablescumplimiento u otros fundamentos no comprobables.
Contenidos Normativos de los Manuales sobre el Informe
II.- Instrucciones y Criterios a emplear por las Entidades
Manuales sobre el Informe
Acreditadoras
2. Interpretación de las normas del Manual: “Las Entidades Acreditadoras y cada uno de sus evaluadores, podrán solicitar, en cualquier momento, a la Intendencia de Prestadores de la S i t d i d S l d l l ió d l i d lSuperintendencia de Salud, la aclaración de cualquier norma del Manual que a su juicio requiera de una interpretación para su debida aplicación a un determinado proceso de acreditación Las Entidadesaplicación a un determinado proceso de acreditación. Las Entidades Acreditadoras deberán proceder de esta manera cuando tengan dudas acerca de la forma de interpretar las normas reglamentariasp gque rigen el procedimiento de acreditación y las normas del presente Manual, cada vez que ello resulte decisivo para la adopción de sussusdecisionesdecisiones..”
Contenidos Normativos de los
III - Reglas de Decisión
Contenidos Normativos de los Manuales sobre el Informe
III.- Reglas de Decisión“5. El Informe de la Entidad Acreditadora, además de cumplir
todos los requisitos señalados en el Reglamento del Sistematodos los requisitos señalados en el Reglamento del Sistema de Acreditación para Prestadores Institucionales de Salud, según el caso detallará y fundamentará la forma en que sesegún el caso, detallará y fundamentará la forma en que se han dado por cumplidas cada una de las características y la forma en que se ha dado cumplimiento a las reglas decisión q p gprecedentes. La Intendencia de Prestadores, mediante circulares de general aplicación, establecerá el formato obligatorio en que tales informes deberán ser emitidos por las Entidades Acreditadoras.”(Circular IP N°7, de 16 de
diciembre de 2009)
Contenidos Normativos de los M l b l I f
III - Reglas de Decisión
Manuales sobre el Informe
III.- Reglas de Decisión“6. En el caso que el prestador se encuentre en situación de ser
acreditado con observaciones según lo previsto en el Artículo 28acreditado con observaciones, según lo previsto en el Artículo 28 del Reglamento del Sistema de Acreditación, la Entidad Acreditadora aprobará o rechazará el Plan de Corrección a que se refiere dicha norma, tomando siempre en consideración que dicho Plan priorice el cumplimiento de las características que le faltaren
t dit ió l d ñ l l i lpara retener su acreditación en el orden que señalen las circulares que la Intendencia de Prestadores de la Superintendencia de Salud hubiere dictado al efecto y que se encontraren vigentes a la fechahubiere dictado al efecto y que se encontraren vigentes a la fecha de elaboración del informe por parte de la Entidad Acreditadora, normativa que la Entidad señalará en su informe.”
ESTRUCTURA DE LOS MANUALES
3. Reglas de Decisión:1° Características Obligatorias:
- Atención Cerrada: 30 caracts. (exc.: Cerrada Baja Complejidad: 12 carcts.)
- Atención Abierta: 12 caracts.- Laborats. Clínicos: 8 caracts.- C. de Diálisis: 9 caracts.
ESTRUCTURA DE LOS MANUALES
3. Reglas de Decisión (cont.):
2° Umbrales progresivos:- Para Acreditar directamente:
- Primera Acreditación: 50% del total de caracts. aplicables Laboratorios Clínicos,
- Segunda Acreditación: 70%- Tercera Acreditación: 95%
Imagenología, Diálisis,
Esterilización, Q i i i
- Para Acreditar con Observaciones:
Quimioterapia, Radioterapia
- Primera Acreditación: Caracts. Obligats.- Segunda Acreditación: 50%g %- Tercera Acreditación: 70%
Contenidos Normativos de los Contenidos Normativos de los Manuales sobre el Informe
V.- Glosario y Abreviaturas:
D fi i i bli t i Definiciones obligatorias para las Entidades Acreditadoras
Contenidos Normativos de los Contenidos Normativos de los Manuales sobre el Informe
Anexo: Las Pautas de Cotejo
C ti i t d ió t Contiene introducción y notas a pie de página plenamente p p g p
obligatorias
Gracias.Gracias.