Al u m n o :
C a r l o s O c t a v i o P é r e z
Ag u i l a r
M a t e r i a :
P o l í t i c a F o r e s t a l
S e m e s t r e :
9 °
P r o f e s o r :
D r. J o s é C r u z d e L e ó n
LEY GENERAL DE
DESARROLLO FORESTAL
SUSTENTABLE
Introducción
La política forestal es un conocimiento básico para
el Ing. en Tecnología de la Madera, por ese motivo,
el presente trabajo brinda un panorama general de
los principales puntos mas de importancia de la
LGDFS.
Objetivo del trabajo
El presente trabajo tiene por objetivo dar a
conocer los principales punto que debe
conocer y tomar en cuenta un Ing. En Tecnología
de la Madera
Estructura de la LGDFS
LGDFS
Titulo 1° Titulo 2° Titulo 3° Titulo 4° Titulo 5° Titulo 6° Titulo 7° Titulo 8°
2 Cap.
Art
1-7
4 Cap.
Art
8-28
2 Cap.
Art
29-57
4 Cap.
Art
58-116
7 Cap.
Art
117-136
4 Cap.
Art
137-148
2 Cap.
Art
149-157
7 Cap.
Art
158-171
Servicio Nacional Forestal contará con los siguientes
grupos de trabajo:
a. Inspección y vigilancia forestal
b. Protección de incendios forestales
c. Gestión administrativa y descentralización
forestal
d. Sistemas de información
e. Comercio y fomento económico
El Ejecutivo Federal, deberá observar los siguientes
principios rectores:
Lograr que el aprovechamiento sustentable de los
ecosistemas forestales
Dar atención integral
Crear mecanismos económicos para compensar,
apoyar o estimular a los propietarios de los recursos
forestales
Vigilar que la capacidad de transformación de la
industria forestal sea congruente con el volumen
autorizado
Garantizar el cuidado, preservación y
aprovechamiento sustentable de los recursos
forestales
Son instrumentos de política nacional
I. La Planeación del Desarrollo Forestal
II. El Sistema Nacional de Información Forestal
III. El Inventario Nacional Forestal y de Suelos
IV. La Zonificación Forestal
V. El Registro Forestal Nacional
VI. Las Normas Oficiales Mexicanas en materia Forestal
VII. Estudio Satelital anual, del Índice de Cobertura Forestal
TIT III, CAP 2, ART 35.
TITULO CUARTO
DEL MANEJO Y APROVECHAMIENTO SUSTENTABLE DE LOS RECURSOS
FORESTALES
CAPITULO I.
De las Autorizaciones para el Aprovechamiento de los Recursos Forestales
ARTICULO 58.
Corresponderá a la Secretaría otorgar las siguientes autorizaciones:
I. Cambio de uso de suelo
II. Aprovechamiento de recursos
III. Establecimiento de plantaciones forestales
comerciales
IV. Colecta y usos de los recursos genéticos
TITULO CUARTO
DEL MANEJO Y APROVECHAMIENTO SUSTENTABLE DE LOS RECURSOS FORESTALES
CAPITULO II.
Del Aprovechamiento y Uso de los Recursos Forestales
Articulo 73.
Del Aprovechamiento de los Recursos Forestales Maderables
Se requiere autorización de la Secretaría para el
aprovechamiento de recursos forestales maderables
en terrenos forestales
La Secretaría deberá resolver las solicitudes de
autorización de aprovechamiento dentro de los
treinta días hábiles
Articulo 85.
De las Plantaciones Forestales Comerciales
Queda prohibido el establecimiento de plantaciones en
sustitución de la vegetación nativa salvo en los
siguientes casos:
1. Cuando se compruebe mediante estudios específicos
que no se pone en riesgo la biodiversidad
2. Cuando se demuestre mediante estudios específicos
que la vegetación nativa tenga poco valor comercial
TITULO CUARTO
DEL MANEJO Y APROVECHAMIENTO
SUSTENTABLE DE LOS RECURSOS
FORESTALES
CAPITULO IV.
Del transporte, Almacenamiento y Transformación
de las Materias Primas Forestales
Articulo 115
Quienes realicen el transporte de las materias primas
forestales, sus productos y subproductos deberán
acreditar su legal procedencia
TITULO V
De las medidas de conservación forestal
CAPITULO III.
De la Prevención, Combate y Control de Incendios
Forestales
La Comisión coordinará las acciones de prevención,
combate y control especializado de incendios forestales
La autoridad municipal deberá atender el combate y control
de incendios, en el caso de que los mismos superen su
capacidad operativa de respuesta, acudirá a la instancia
estatal.
TITULO OCTAVO
DE LOS MEDIOS DE CONTROL, VIGILANCIA Y
SANCION FORESTALES
CAPITULO V.
De las Infracciones
Articulo 163
Realizar en terrenos forestales cualquier tipo de obras
distintas a las actividades forestales.
Obstaculizar al personal autorizado para la realización de
visitas de inspección.
Llevar a cabo el aprovechamiento de recursos forestales.
Establecer plantaciones forestales comerciales en
sustitución de la vegetación nativa
Establecer cultivos agrícolas o realizar labores de
pastoreo en terrenos forestales
Por el incumplimiento en las autorizaciones de los
programas de manejo forestal
Cambiar de uso de suelo
No realizar guardarrayas de protección contra el
fuego
Realizar las quemas agropecuarias en forma inconsciente
que propicie la propagación del fuego a terrenos forestales
Extraer suelo forestal
Transportar, almacenar, transformar o poseer materias
primas forestales, sin contar con la documentación
Prestar servicios técnicos forestales sin haber obtenido
previamente la autorización
CAPITULO VI.
De las Sanciones
Las infracciones establecidas en esta ley, serán
sancionadas administrativamente por la Secretaría
Amonestación
Imposición de multa
Suspensión temporal
Revocación de la autorización
Decomiso de las materias primas forestales
Clausura temporal o definitiva de las instalaciones, maquinaria y equipos de los centros de transformación
Multas
De 40 a 1,000 ($1,980-$49,500) veces de salario
mínimo a quien cometa las infracciones señaladas
en las fracciones V, VI, VIII, XII, XV, XVI, XVIII, XX y
XXIV del artículo 163
De 100 a 20,000 ($4,950-$99,000) veces de salario
mínimo a quien cometa las infracciones señaladas
en las fracciones I, II, III, IV, VII, IX, X, XI, XIII, XIV,
XVII, XIX, XXI, XXII, XXIII del artículo 163
Conclusiones
Es de fundamental importancia que un Ing. Tec Mad conozca la normatividad por la que esta regido el sector forestal y sus derivados para poder estar siempre bajo la ley y no entrar en conflictos legales.
Semarnat
http://www.semarnat.gob.mx/leyesynormas/Pages/leyesdelsectorfederal.aspx
Servicio de administración tributaria
http://www.sat.gob.mx/sitio_internet/asistencia_contribuyente/informacion_frecuente/salarios_minimos/