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Gaceta Municipal
Órgano Oficial
H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE
ATIZAPÁN DE ZARAGOZA 2016-2018
31 de julio de 2018 Número 182 Año 03
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PRESENTACIÓN EL H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA, ESTADO DE MÉXICO, 2016-2018, EN CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 124 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MÉXICO; 31 FRACCIONES I Y XXXVI Y 48 FRACCIÓN III DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE MÉXICO, HA TENIDO A BIEN PUBLICAR LA PRESENTE GACETA MUNICIPAL, COMO ÓRGANO OFICIAL INFORMATIVO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA, QUE DA CUENTA DE LOS ACUERDOS TOMADOS POR EL AYUNTAMIENTO EN SESIONES DEL H. CABILDO, ASÍ COMO DE LOS REGLAMENTOS, CIRCULARES Y DEMÁS DISPOSICIONES JURÍDICAS Y ADMINISTRATIVAS DE OBSERVANCIA GENERAL, DENTRO DEL TERRITORIO MUNICIPAL.
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CONTENIDO ACUERDOS DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA, ESTADO DE MÉXICO, PERÍODO DE GOBIERNO DOS MIL DIECISÉIS – DOS MIL DIECIOCHO, TOMADOS EN LA OCTOGÉSIMA TERCERA SESIÓN ORDINARIA DE CABILDO, DÉCIMA QUINTA ABIERTA, DE FECHA TREINTA DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO. 1.- PROPUESTA DE DISPENSA DE LECTURA Y APROBACIÓN EN SU CASO DEL ACTA LEVANTADA CON MOTIVO DE LA OCTOGÉSIMA SEGUNDA SESIÓN ORDINARIA DE CABILDO DE FECHA 21 DE JUNIO DEL AÑO 2018 Y DEL ACTA LEVANTADA CON MOTIVO DE LA TRIGÉSIMA SEXTA SESIÓN EXTRAORDINARIA DE CABILDO DE FECHA 25 DE JUNIO DEL AÑO 2018, DE LA ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL 2016-2018. (PÁGINAS 8-8)
2.- INFORME DEL SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO EN TÉRMINOS DE LO QUE DISPONE LA FRACCIÓN III DEL ARTÍCULO 91 DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE MÉXICO. (PÁGINAS 9-10)
3.- INFORME TRIMESTRAL DE COMISIONES EDILICIAS, EN CUMPLIMIENTO AL ARTÍCULO 66 DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE MÉXICO. (PÁGINAS 11-11)
4.- INTERVENCIÓN DE LOS CIUDADANOS QUE SE REGISTRARON PARA PARTICIPAR EN LA SESIÓN ORDINARIA DE CABILDO, DÉCIMA QUINTA ABIERTA DE LA ADMINISTRACIÓN DE GOBIERNO MUNICIPAL 2016-2018, EN CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 28 DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE MÉXICO. (PÁGINAS 12-12) 5.- ACUERDO POR EL QUE EL HONORABLE AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA, ESTADO DE MÉXICO, ENVÍA A LA COMISIÓN EDILICIA DE REGLAMENTACIÓN, PARA ESTUDIO, ANÁLISIS Y DICTAMINACIÓN, LA SOLICITUD PRESENTADA POR LA DIRECCIÓN DE MEDIO AMBIENTE, PARA QUE SE AUTORICE LA PROPUESTA DE REFORMA AL REGLAMENTO ORGÁNICO MUNICIPAL. (EXPEDIENTE SHA/077/CABILDO/2018). (PÁGINAS 13-13)
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6.- ACUERDO POR EL QUE EL HONORABLE AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA, ESTADO DE MÉXICO, ENVÍA A LA COMISIÓN EDILICIA DE PATRIMONIO MUNICIPAL, PARA ESTUDIO, ANÁLISIS Y DICTAMINACIÓN, LA SOLICITUD PRESENTADA POR EL C. CARLOS TREJO ESTRADA, SUBDIRECTOR DE PATRIMONIO MUNICIPAL, PARA QUE SE AUTORICE LA BAJA CONTABLE Y PATRIMONIAL POR ROBO DE UNA CÁMARA FOTOGRÁFICA DE LA MARCA KANON, MODELO A2500, CON NÚMERO DE SERIE 712061001132, NUMERO DE INVENTARIO ATI 0 100 H00 31110, Y CON NÚMERO DE CONSTANCIA DE RECEPCIÓN DE DENUNCIA CON FOLIO 827465, DE FECHA 29 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2016. (EXPEDIENTE SHA/078/CABILDO/2018). (PÁGINAS 13-14) 7.- ACUERDO POR EL QUE EL HONORABLE AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA, ESTADO DE MÉXICO, ENVÍA A LA COMISIÓN EDILICIA DE HACIENDA, PARA ESTUDIO, ANÁLISIS Y DICTAMINACIÓN, LA SOLICITUD PRESENTADA POR EL C. EDGAR RAINIER PALACIOS LANDEROS, DIRECTOR DE CULTURA ARTE Y RECREACIÓN, PARA QUE SE AUTORICE UN DICTAMEN DE RECONDUCCIÓN Y ACTUALIZACIÓN PROGRAMÁTICA-PRESUPUESTAL. (EXPEDIENTE SHA/079/CABILDO/2018). (PÁGINAS 15-15) 8.- ACUERDO POR EL QUE EL HONORABLE AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA, ESTADO DE MÉXICO, ENVÍA A LA COMISIÓN EDILICIA DE GOBERNACIÓN, PARA ESTUDIO, ANÁLISIS Y DICTAMINACIÓN, LA SOLICITUD PRESENTADA POR EL C. LUIS GERARDO SALDAÑA VEGA, REPRESENTANTE LEGAL DE LA PROPIETARIA LUGEMIED, S DE R.L. DE C.V., PARA QUE SE AUTORICE UNA LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO PARA LA VENTA DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS MAYORES A DOCE GRADOS EN ALIMENTOS, PARA EL ESTABLECIMIENTO DENOMINADO PACIFICO ARBOLEDAS, UBICADO EN CALZADA DE LOS JINETES, LOTE 1-A, MANZANA 32, PRIMER NIVEL, COLONIA LAS ARBOLEDAS, ATIZAPÁN DE ZARAGOZA, ESTADO DE MÉXICO, C.P. 52959. (EXPEDIENTE SHA/080/CABILDO/2018). (PÁGINAS 16-16) 9.- ACUERDO POR EL QUE EL HONORABLE AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA, ESTADO DE MÉXICO, ENVÍA A LA COMISIÓN EDILICIA DE GOBERNACIÓN, PARA ESTUDIO, ANÁLISIS Y DICTAMINACIÓN, LA SOLICITUD PRESENTADA POR EL C. JORGE FEDERICO MEDELLÍN RUBIERA, PARA QUE SE AUTORICE UNA LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO PARA LA VENTA DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS MAYORES A DOCE GRADOS, PARA EL ESTABLECIMIENTO DENOMINADO MARISQUERÍA, UBICADO EN BLVD. IGNACIO ZARAGOZA NÚMERO 130, INTERIOR 1, COLONIA LOMAS DE TEPALCAPA, ATIZAPÁN
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DE ZARAGOZA, ESTADO DE MÉXICO, C.P. 52959. (EXPEDIENTE SHA/081/CABILDO/2018). (PÁGINAS 17-17) 10.- ACUERDO POR EL QUE EL HONORABLE AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA, ESTADO DE MÉXICO, ENVÍA A LA COMISIÓN EDILICIA DE GOBERNACIÓN, PARA ESTUDIO, ANÁLISIS Y DICTAMINACIÓN, LA SOLICITUD PRESENTADA POR EL C. JUAN PABLO RODRÍGUEZ TREJO, PARA QUE SE AUTORICE LA VENTA DE VINOS Y LICORES, ACOMPAÑADO DE ALIMENTOS, PARA EL ESTABLECIMIENTO DENOMINADO LA VIBRA LIVE, UBICADO EN LOCAL COMERCIAL NÚMERO 5-A, AVENIDA 2 DE ABRIL NÚMERO 60, ESQUINA CALLEJÓN DE ITURBIDE, COLONIA ATIZAPÁN CENTRO, ATIZAPÁN DE ZARAGOZA, ESTADO DE MÉXICO. (EXPEDIENTE SHA/082/CABILDO/2018). (PÁGINAS 18-18) 11.- ACUERDO POR EL QUE EL HONORABLE AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA, ESTADO DE MÉXICO, ENVÍA A LA COMISIÓN EDILICIA DE GOBERNACIÓN, PARA ESTUDIO, ANÁLISIS Y DICTAMINACIÓN, LA SOLICITUD PRESENTADA POR EL C. EDUARDO COLE ESTRADA, PARA QUE SE AUTORICE LA VENTA DE VINOS Y LICORES, ACOMPAÑADO DE ALIMENTOS, PARA EL ESTABLECIMIENTO DENOMINADO MÁXIMO ROCK, UBICADO EN LOCAL COMERCIAL NÚMERO 1-A, AVENIDA 2 DE ABRIL NÚMERO 60, ESQUINA CALLEJÓN DE ITURBIDE, COLONIA ATIZAPÁN CENTRO, ATIZAPÁN DE ZARAGOZA, ESTADO DE MÉXICO. (EXPEDIENTE SHA/083/CABILDO/2018). (PÁGINAS 19-19) 12.- ACUERDO POR EL QUE EL HONORABLE AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA, ESTADO DE MÉXICO, ENVÍA A LA COMISIÓN EDILICIA DE HACIENDA, PARA ESTUDIO, ANÁLISIS Y DICTAMINACIÓN, LA SOLICITUD PRESENTADA POR EL C. CARLOS MANUEL RODRÍGUEZ DELGADO, DIRECTOR DE PROTECCIÓN CIVIL Y BOMBEROS, PARA QUE SE AUTORICEN LOS BONOS PARA EL PERSONAL OPERATIVO QUE INTEGRA DICHA DIRECCIÓN, CON MOTIVO DEL DÍA NACIONAL DE BOMBEROS, QUE SE LLEVARA A CABO EL DÍA 22 DE AGOSTO DEL AÑO EN CURSO. (EXPEDIENTE SHA/084/CABILDO/2018). (PÁGINAS 20-20) 13.- ACUERDO POR EL QUE EL HONORABLE AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA, ESTADO DE MÉXICO, ENVÍA A LA COMISIÓN EDILICIA DE HACIENDA, PARA ESTUDIO, ANÁLISIS Y DICTAMINACIÓN, LA SOLICITUD PRESENTADA POR EL ING. JACOBO NICOLAS ORTIZ GUITART, DIRECTOR DE INFRAESTRUCTURA Y OBRAS PÚBLICAS, PARA QUE SE AUTORICEN 5 FORMATOS DE DICTAMEN DE RECONDUCCIÓN. (EXPEDIENTE SHA/085/CABILDO/2018). (PÁGINAS 21-21)
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14.- ACUERDO POR EL QUE EL HONORABLE AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA, ESTADO DE MÉXICO, ENVÍA A LA COMISIÓN EDILICIA DE GOBERNACIÓN, PARA ESTUDIO, ANÁLISIS Y DICTAMINACIÓN, LA SOLICITUD PRESENTADA POR LA C. MAILI JANA JIMÉNEZ ALMAGUER, REPRESENTANTE LEGAL DE LA C. GABRIELA IVON GARCÍA YÁÑEZ, PARA QUE SE AUTORICE LA VENTA DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS MAYORES A DOCE GRADOS EN ALIMENTOS, PARA EL ESTABLECIMIENTO DENOMINADO LA PATRONA, UBICADO EN BOULEVARD ADOLFO LÓPEZ MATEOS, MZ. 32, LT 22, FRACCIONAMIENTO JARDINES DE ATIZAPÁN, ATIZAPÁN DE ZARAGOZA, ESTADO DE MÉXICO. (EXPEDIENTE SHA/086/CABILDO/2018). (PÁGINAS 21-22) 15.- DICTAMEN QUE EMITE LA COMISIÓN EDILICIA DE PATRIMONIO MUNICIPAL, RELATIVO AL ESTUDIO, ANÁLISIS Y DICTAMINACIÓN, DE LA SOLICITUD PRESENTADA POR EL C. CARLOS TREJO ESTRADA, SUBDIRECTOR DE PATRIMONIO MUNICIPAL, PARA QUE SE AUTORICE LA SOLICITUD DEL DR. FELIPE MARTÍNEZ ANCONA, POR EL CUAL SOLICITA EL COMODATO DE LAS ÁREAS QUE SE DESCRIBEN EN EL OFICIO S.H.A./P.M./B.I./1385/2018, PARA INSTALAR EL MUSEO ECOLÓGICO TURÍSTICO INFANTIL ALBATROS, EN EL CENTRO CULTURAL LUIS NISHIZAWA, UBICADO EN EL FRACCIONAMIENTO DENOMINADO BOSQUE ESMERALDA. (EXPEDIENTE SHA/032/CABILDO/2018). (PÁGINAS 23-33) 16.- DICTAMEN QUE EMITE LAS COMISIÓN EDILICIA DE GOBERNACIÓN, RELATIVO AL ESTUDIO, ANÁLISIS Y DICTAMINACIÓN, DE LA SOLICITUD PRESENTADA POR C. DAVID SERRANO RIVAS, PARA QUE SE AUTORICE LA AMPLIACIÓN DE GIRO DE JARDÍN DE FIESTAS INFANTILES SIN CONSUMO DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS, A JARDÍN DE EVENTOS SOCIALES CON CONSUMO DE BEBIDAS MAYORES A 12 GRADOS. (EXPEDIENTE SHA/044/CABILDO/2018). (PÁGINAS 33-42) 17.- DICTAMEN QUE EMITE LA COMISIÓN EDILICIA DE GOBERNACIÓN, RELATIVO AL ESTUDIO, ANÁLISIS Y DICTAMINACIÓN, DE LA SOLICITUD PRESENTADA POR EL C. LAURO EDUARDO CARRILLO PADILLA, REPRESENTANTE LEGAL DE OPERADORA GASTRONÓMICA HOWDY, S.A., DE C.V., PARA QUE SE AUTORICE LA VENTA DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS EN BOTELLA CERRADA Y AL COPEO PARA EL RESTAURANTE UBICADO EN AV. RUIZ CORTINES N° 247, MZ. 1, LT. 32, LOCAL 1, COLONIA LAS MARGARITAS, ATIZAPÁN DE ZARAGOZA, ESTADO DE MÉXICO, C.P. 52977, CON NOMBRE COMERCIAL HOWDY Y´ALL. (EXPEDIENTE SHA/049/CABILDO/2018). (PÁGINAS 42-51) 18.- DICTAMEN QUE EMITEN DE MANERA CONJUNTA LAS COMISIONES EDILICIAS DE PATRIMONIO MUNICIPAL Y HACIENDA, RELATIVO AL ESTUDIO, ANÁLISIS Y DICTAMINACIÓN, DE LA SOLICITUD PRESENTADA
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POR EL MTRO. ARTURO MILLÁN OLIVARES, CONTRALOR MUNICIPAL, PARA QUE SE AUTORICE LA BAJA POR OBSOLESCENCIA DE UNA ARMA TIPO RIFLE, MARCA SIG SAUER, CALIBRE 5.56 MM, MODELO SIG556, MATRÍCULA 44A003643, CON NÚMERO DE INVENTARIO ATI 0 Q00 33159. (EXPEDIENTE SHA/034/CABILDO/2018). (PÁGINAS 51-61) 19.- DICTAMEN QUE EMITE LA COMISIÓN EDILICIA DE DESARROLLO URBANO Y OBRA PÚBLICA, RELATIVO AL ESTUDIO, ANÁLISIS Y DICTAMINACIÓN, DE LA SOLICITUD PRESENTADA POR LA LIC. CLAUDIA MARÍA GUTIÉRREZ LORENZO LAUCES, DIRECTORA DE DESARROLLO URBANO, PARA QUE SE AUTORICE LA CERTIFICACIÓN DE VÍAS PÚBLICAS EXISTENTES DEL LOTE 04, MANZANA 192, ZONA 01, DEL EX EJIDO DE SANTIAGO TEPALPACA III. (EXPEDIENTE SHA/011/CABILDO/2018). (PÁGINAS 62-65) 20.- DICTAMEN QUE EMITE LA COMISIÓN EDILICIA DE DESARROLLO URBANO Y OBRA PÚBLICA, RELATIVO AL ESTUDIO, ANÁLISIS Y DICTAMINACIÓN, DE LA SOLICITUD PRESENTADA POR LA LIC. CLAUDIA MARÍA GUTIÉRREZ LORENZO LAUCES, DIRECTORA DE DESARROLLO URBANO, PARA QUE SE AUTORICE LA CERTIFICACIÓN DE VÍAS PÚBLICAS EXISTENTES DEL LOTE RESULTANTE 06, DEL ÁREA REMANENTE MANZANA 107, ZONA 01, DEL EX EJIDO DE ATIZAPÁN IV. (EXPEDIENTE SHA/012/CABILDO/2018). (PÁGINAS 66-69) 21.- DICTAMEN QUE EMITE LA COMISIÓN EDILICIA DE DESARROLLO URBANO Y OBRA PÚBLICA, RELATIVO AL ESTUDIO, ANÁLISIS Y DICTAMINACIÓN, DE LA SOLICITUD PRESENTADA POR LA LIC. CLAUDIA MARÍA GUTIÉRREZ LORENZO LAUCES, DIRECTORA DE DESARROLLO URBANO, PARA QUE SE AUTORICE LA CERTIFICACIÓN DE VÍAS PÚBLICAS EXISTENTES DE LOS LOTES 01 AL 04, 57 AL 66 Y 75 AL 88, MANZANA 100, ZONA 01, DEL EX EJIDO DE SAN MATEO TECOLOAPAN II. (EXPEDIENTE SHA/013/CABILDO/2018). (PÁGINAS 70-73) 22.- DICTAMEN QUE EMITE LA COMISIÓN EDILICIA DE DESARROLLO URBANO Y OBRA PÚBLICA, RELATIVO AL ESTUDIO, ANÁLISIS Y DICTAMINACIÓN, DE LA SOLICITUD PRESENTADA POR LA LIC. CLAUDIA MARÍA GUTIÉRREZ LORENZO LAUCES, DIRECTORA DE DESARROLLO URBANO, PARA QUE SE AUTORICE LA CERTIFICACIÓN DE VÍAS PÚBLICAS EXISTENTES DEL LOTE 13, MANZANA 06, ZONA 09, DEL EX EJIDO DE ATIZAPÁN III. (EXPEDIENTE SHA/014/CABILDO/2018). (PÁGINAS 74-77) 23.- DICTAMEN QUE EMITE LA COMISIÓN EDILICIA DE DESARROLLO URBANO Y OBRA PÚBLICA, RELATIVO AL ESTUDIO, ANÁLISIS Y DICTAMINACIÓN, DE LA SOLICITUD PRESENTADA POR LA LIC. CLAUDIA MARÍA GUTIÉRREZ LORENZO LAUCES, DIRECTORA DE DESARROLLO URBANO, PARA QUE SE AUTORICE LA CERTIFICACIÓN DE VÍAS PÚBLICAS
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EXISTENTES DEL LOTE 14, MANZANA 52, ZONA 04, DEL EX EJIDO DE ATIZAPÁN I. (EXPEDIENTE SHA/015/CABILDO/2018). (PÁGINAS 78-81) 24.- DICTAMEN QUE EMITE LA COMISIÓN EDILICIA DE DESARROLLO URBANO Y OBRA PÚBLICA, RELATIVO AL ESTUDIO, ANÁLISIS Y DICTAMINACIÓN, DE LA SOLICITUD PRESENTADA POR LA LIC. CLAUDIA MARÍA GUTIÉRREZ LORENZO LAUCES, DIRECTORA DE DESARROLLO URBANO, PARA QUE SE AUTORICE LA CERTIFICACIÓN DE VÍAS PÚBLICAS EXISTENTES DE LOS LOTES 01 AL 28, MANZANA 173, ZONA 01, DEL EX EJIDO DE SANTIAGO TEPALCAPA III. (EXPEDIENTE SHA/016/CABILDO/2018). (PÁGINAS 82-85) 25.- DICTAMEN QUE EMITE LA COMISIÓN EDILICIA DE DESARROLLO URBANO Y OBRA PÚBLICA, RELATIVO AL ESTUDIO, ANÁLISIS Y DICTAMINACIÓN, DE LA SOLICITUD PRESENTADA POR LA LIC. CLAUDIA MARÍA GUTIÉRREZ LORENZO LAUCES, DIRECTORA DE DESARROLLO URBANO, PARA QUE SE AUTORICE LA CERTIFICACIÓN DE VÍAS PÚBLICAS EXISTENTES DEL LOTE 27, MANZANA 13, ZONA 02, DEL EX EJIDO DE ATIZAPÁN II. (EXPEDIENTE SHA/023/CABILDO/2018). (PÁGINAS 86-89) 26.- DICTAMEN QUE EMITE LA COMISIÓN EDILICIA DE DESARROLLO URBANO Y OBRA PÚBLICA, RELATIVO AL ESTUDIO, ANÁLISIS Y DICTAMINACIÓN, DE LA SOLICITUD PRESENTADA POR LA LIC. CLAUDIA MARÍA GUTIÉRREZ LORENZO LAUCES, DIRECTORA DE DESARROLLO URBANO, PARA QUE SE AUTORICE LA CERTIFICACIÓN DE VÍAS PÚBLICAS EXISTENTES, COLINDANTES DE LOS LOTES 01 Y 02 Y RESULTANTE 02A DE LA MANZANA 223, ZONA 01 DEL EX EJIDO SANTIAGO TEPALCAPA III. (EXPEDIENTE SHA/028/CABILDO/2018). (PÁGINAS 90-93) 27.- DICTAMEN QUE EMITE LA COMISIÓN EDILICIA DE DESARROLLO URBANO Y OBRA PÚBLICA, RELATIVO AL ESTUDIO, ANÁLISIS Y DICTAMINACIÓN, DE LA SOLICITUD PRESENTADA POR LA LIC. CLAUDIA MARÍA GUTIÉRREZ LORENZO LAUCES, DIRECTORA DE DESARROLLO URBANO, PARA QUE SE AUTORICE LA CERTIFICACIÓN DE VÍAS PÚBLICAS EXISTENTES, COLINDANTES CON EL LOTE 01 Y RESULTANTES: 01, 01ª Y 01B DE LA MANZANA 11, ZONA 02 DEL EX EJIDO SANTIAGO TEPALCAPA IV. (EXPEDIENTE SHA/038/CABILDO/2018). (PÁGINAS 94-97) 28.- DICTAMEN QUE EMITE LA COMISIÓN EDILICIA DE LA AGENDA 20-30, RELATIVO AL ESTUDIO, ANÁLISIS Y DICTAMINACIÓN, DE LA SOLICITUD PRESENTADA POR EL C. CARLOS JESÚS LEYVA MORA, SÍNDICO MUNICIPAL, PARA QUE SE AUTORICE LA INTEGRACIÓN DEL CONSEJO MUNICIPAL PARA EL CUMPLIMIENTO DE LA REFERIDA AGENDA 20-30. (EXPEDIENTE SHA/068/CABILDO/2018). (PÁGINAS 98-112) 29.- DICTAMEN QUE EMITE LA COMISIÓN EDILICIA DE REGLAMENTACIÓN, RELATIVO AL ESTUDIO, ANÁLISIS Y
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DICTAMINACIÓN, DE LA SOLICITUD PRESENTADA POR EL MTRO. LEOPOLDO CORONA AGUILAR, SEGUNDO REGIDOR, PARA QUE SE AUTORICE LA SOLICITUD DE CORRECCIÓN DE LOS NUMERALES DEL ORDENAMIENTO DE OBSERVANCIA GENERAL ARTÍCULOS 85 Y 86 DEL REGLAMENTO DEL INSTITUTO DE CULTURA FÍSICA Y DEPORTE. (EXPEDIENTE SHA/074/CABILDO/2018). (PÁGINAS 113-118) PROPUESTA DE DISPENSA DE LECTURA Y APROBACIÓN EN SU CASO DEL ACTA LEVANTADA CON MOTIVO DE LA OCTOGÉSIMA SEGUNDA SESIÓN ORDINARIA DE CABILDO DE FECHA 21 DE JUNIO DEL AÑO 2018 Y DEL ACTA LEVANTADA CON MOTIVO DE LA TRIGÉSIMA SEXTA SESIÓN EXTRAORDINARIA DE CABILDO DE FECHA 25 DE JUNIO DEL AÑO 2018, DE LA ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL 2016-2018.
Se aprueba por unanimidad de votos a favor el Acta levantada con motivo de la
Octogésima Segunda Sesión Ordinaria de Cabildo de la Administración Municipal
2016 – 2018, de fecha 21 de junio del año 2018.
C. ANA MARÍA BALDERAS TREJO
PRESIDENTA MUNICIPAL CONSTITUCIONAL RÚBRICA
LIC. FRANCISCO ESPINOSA DE LOS MONTEROS ÁLVAREZ DEL CASTILLO
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SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO RÚBRICA
Se aprueba por unanimidad de votos a favor el Acta levantada con motivo de la
Trigésima Sexta Sesión Extraordinaria de Cabildo de la Administración Municipal
2016 – 2018, de fecha 25 de junio del año 2018.
C. ANA MARÍA BALDERAS TREJO
PRESIDENTA MUNICIPAL CONSTITUCIONAL RÚBRICA
LIC. FRANCISCO ESPINOSA DE LOS MONTEROS ÁLVAREZ DEL CASTILLO
SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO RÚBRICA
INFORME DEL SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO EN TÉRMINOS DE LO QUE DISPONE LA FRACCIÓN III DEL ARTÍCULO 91 DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE MÉXICO.
DURANTE EL MES DE JUNIO SE TURNARON 14 EXPEDIENTES:
• COMISIÓN EDILICIA DE GOBERNACIÓN: 5 EXPEDIENTES.
• COMISIÓN EDILICIA DE PATRIMONIO MUNICIPAL: 3
EXPEDIENTES.
• COMISIÓN EDILICIA DE REGLAMENTACIÓN: 2
EXPEDIENTES.
• COMISIÓN EDILICIA DE LA AGENDA 20-30: 1 EXPEDIENTE.
• COMISIÓN EDILICIA DE HACIENDA: 3 EXPEDIENTES.
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DURANTE EL MES DE JUNIO SE RESOLVIERON 7 EXPEDIENTES:
• COMISIÓN EDILICIA DE PATRIMONIO MUNICIPAL EN
CONJUNTO CON LA COMISIÓN EDILCIA DE HACIENDA: 3
EXPEDIENTES.
• COMISIÓN EDILICIA DE REGLAMENTACIÓN EN CONJUNTO
CON LAS COMISIONES EDILICIAS DE GOBERNACIÓN Y
HACIENDA: 1 EXPEDIENTE.
• COMISIÓN EDILICIA DE PATRIMONIO MUNICIPAL: 1
EXPEDIENTE.
• COMISIÓN EDILICIA DE HACIENDA: 2 EXPEDIENTES.
QUEDAN PENDIENTES DE DICTAMINAR 59 EXPEDIENTES:
• COMISIÓN DE GOBERNACIÓN: 12 EXPEDIENTES. (UNO DE
ELLOS COMPARTIDO CON LA COMISIÓN EDILICIA DE PATRIMONIO MUNICIPAL).
• COMISIÓN DE PLANEACIÓN PARA EL DESARROLLO: 1 EXPEDIENTE.
• COMISIÓN DE DESARROLLO URBANO Y OBRA PÚBLICA: 11
EXPEDIENTES.
• COMISIÓN DE REGLAMENTACIÓN: 9 EXPEDIENTES. (UNO DE ELLOS COMPARTIDO CON COMISIÓN EDILICIA DE HACIENDA).
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• COMISIÓN DE PATRIMONIO MUNICIPAL: 10 EXPEDIENTES. (DOS DE ELLOS COMPARTIDO CON COMISIÓN EDILICIA DE HACIENDA)
• COMISIÓN DE HACIENDA: 12 EXPEDIENTES. (SEIS DE ELLOS COMPARTIDO CON COMISIÓN EDILICIA DE PATRIMONIO MUNICIPAL)
• COMISIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS: 2 EXPEDIENTE
• COMISIÓN DE DESARROLLO SOCIAL: 1 EXPEDIENTE
• COMISIÓN DE LA AGENDA 20-30: 1 EXPEDIENTE
C. ANA MARÍA BALDERAS TREJO PRESIDENTA MUNICIPAL CONSTITUCIONAL
RÚBRICA
LIC. FRANCISCO ESPINOSA DE LOS MONTEROS ÁLVAREZ DEL CASTILLO
SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO RÚBRICA
INFORME TRIMESTRAL DE COMISIONES EDILICIAS, EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 66 DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE MÉXICO.
• Comisión Edilicia de Gobernación.
• Comisión Edilicia de Seguridad Pública y Tránsito.
• Comisión Edilicia de Protección Civil.
• Comisión Edilicia de Planeación para el Desarrollo.
• Comisión Edilicia de S.A.P.A.S.A.
• Comisión Edilicia de Desarrollo Urbano y Obra Pública.
• Comisión Edilicia D.I.F.
• Comisión Edilicia de Reglamentación.
• Comisión Edilicia de Servicios Públicos.
• Comisión Edilicia de Desarrollo Económico.
• Comisión Edilicia de Desarrollo Social.
• Comisión Edilicia de Población.
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• Comisión Edilicia de Hacienda.
• Comisión Edilicia de Patrimonio Municipal.
• Comisión Edilicia de Empleo y Capacitación del Personal
• Comisión Edilicia de Prevención de la Violencia y la Delincuencia.
• Comisión Edilicia de Preservación y Restauración del Medio Ambiente.
• Comisión Edilicia de Asuntos Metropolitanos.
• Comisión Edilicia de Participación Ciudadana.
• Comisión Edilicia de Cultura, Arte y Recreación.
• Comisión Edilicia de Relaciones Internacionales.
• Comisión Edilicia de Juventud.
C. ANA MARÍA BALDERAS TREJO
PRESIDENTA MUNICIPAL CONSTITUCIONAL RÚBRICA
LIC. FRANCISCO ESPINOSA DE LOS MONTEROS ÁLVAREZ DEL CASTILLO
SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO RÚBRICA
INTERVENCIÓN DE LOS CIUDADANOS QUE SE REGISTRARON PARA PARTICIPAR EN LA SESIÓN ORDINARIA DE CABILDO, DÉCIMA QUINTA ABIERTA DE LA ADMINISTRACIÓN DE GOBIERNO MUNICIPAL 2016-2018, EN CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 28 DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE MÉXICO. En el desahogo de este punto, el Lic. Francisco Espinosa de los Monteros Álvarez
del Castillo, Secretario del H. Ayuntamiento, manifestó: En relación a la
intervención de los ciudadanos que se registraron para participar en la Sesión
Ordinaria de Cabildo, Décima Quinta Abierta de la Administración de Gobierno
Municipal 2016 - 2018, en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 28 de la Ley
Orgánica Municipal del Estado de México; está Secretaría da cuenta que una vez
emitida la convocatoria respectiva y publicada en la Gaceta Municipal número
180, el día 11 de junio del año 2018, publicada asimismo en los estrados del
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Palacio Municipal, en la página oficial del Municipio y en los lugares de mayor
afluencia de vecinos en el territorio Municipal, incluyendo la Cabecera Municipal y
los pueblos de Calacoaya y San Mateo Tecoloapan, no hubo registro alguno, lo
que se informa y hace constar para los efectos legales a que haya lugar.
C. ANA MARÍA BALDERAS TREJO
PRESIDENTA MUNICIPAL CONSTITUCIONAL RÚBRICA
LIC. FRANCISCO ESPINOSA DE LOS MONTEROS ÁLVAREZ DEL CASTILLO
SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO RÚBRICA
Acuerdo por el que el Honorable Ayuntamiento Constitucional de Atizapán de Zaragoza, Estado de México, envía a la Comisión Edilicia de Reglamentación, para estudio, análisis y dictaminación, la solicitud presentada por la Dirección de Medio Ambiente, para que se autorice la propuesta de reforma al Reglamento Orgánico Municipal. (Expediente SHA/077/CABILDO/2018). Aprobado por unanimidad de votos a favor.
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ÚNICO.- Se aprueba turnar a la Comisión Edilicia de Reglamentación, para estudio, análisis y dictaminación, la solicitud presentada por la Dirección de Medio
Ambiente, para que se autorice la propuesta de reforma al Reglamento Orgánico
Municipal. (Expediente SHA/077/CABILDO/2018).
C. ANA MARÍA BALDERAS TREJO PRESIDENTA MUNICIPAL CONSTITUCIONAL
RÚBRICA
LIC. FRANCISCO ESPINOSA DE LOS MONTEROS ÁLVAREZ DEL CASTILLO
SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO RÚBRICA
Acuerdo por el que el Honorable Ayuntamiento Constitucional de Atizapán de Zaragoza, Estado de México, envía a la Comisión Edilicia de Patrimonio Municipal, para estudio, análisis y dictaminación, la solicitud presentada por el C. Carlos Trejo Estrada, Subdirector de Patrimonio Municipal, para que se autorice la baja contable y patrimonial por robo de una cámara fotográfica de la marca KANON, modelo A2500, con número de serie 712061001132, numero de inventario ATI 0 100 H00 31110, y con número de constancia de recepción de denuncia con folio 827465, de fecha 29 de septiembre del año 2016. (Expediente SHA/078/CABILDO/2018).
Aprobado por unanimidad de votos a favor.
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- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -A C U E R D O - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
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ÚNICO.- Se aprueba turnar a la Comisión Edilicia de Patrimonio Municipal, para estudio, análisis y dictaminación, la solicitud presentada por el C. Carlos Trejo
Estrada, Subdirector de Patrimonio Municipal, para que se autorice la baja
contable y patrimonial por robo de una cámara fotográfica de la marca KANON,
modelo A2500, con número de serie 712061001132, numero de inventario ATI 0
100 H00 31110, y con número de constancia de recepción de denuncia con folio
827465, de fecha 29 de septiembre del año 2016. (Expediente SHA/078/CABILDO/2018).
C. ANA MARÍA BALDERAS TREJO
PRESIDENTA MUNICIPAL CONSTITUCIONAL RÚBRICA
LIC. FRANCISCO ESPINOSA DE LOS MONTEROS ÁLVAREZ DEL CASTILLO
SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO RÚBRICA
Acuerdo por el que el Honorable Ayuntamiento Constitucional de Atizapán de Zaragoza, Estado de México, envía a la Comisión Edilicia de Hacienda, para estudio, análisis y dictaminación, la solicitud presentada por el C. Edgar Rainier Palacios Landeros, Director de Cultura Arte y Recreación, para que se autorice un Dictamen de Reconducción y Actualización Programática-Presupuestal. (Expediente SHA/079/CABILDO/2018).
Aprobado por unanimidad de votos a favor.
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ÚNICO.- Se aprueba turnar a la Comisión Edilicia de Hacienda, para estudio,
análisis y dictaminación, la solicitud presentada por el C. Edgar Rainier Palacios
Landeros, Director de Cultura Arte y Recreación, para que se autorice un
Dictamen de Reconducción y Actualización Programática-Presupuestal.
(Expediente SHA/079/CABILDO/2018).
C. ANA MARÍA BALDERAS TREJO
PRESIDENTA MUNICIPAL CONSTITUCIONAL RÚBRICA
LIC. FRANCISCO ESPINOSA DE LOS MONTEROS ÁLVAREZ DEL CASTILLO
SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO RÚBRICA
Acuerdo por el que el Honorable Ayuntamiento Constitucional de Atizapán de Zaragoza, Estado de México, envía a la Comisión Edilicia de Gobernación, para estudio, análisis y dictaminación, la solicitud presentada por el C. Luis Gerardo Saldaña Vega, representante legal de la propietaria LUGEMIED, S DE R.L. DE C.V., para que se autorice una licencia de funcionamiento para la venta de bebidas alcohólicas mayores a doce grados en alimentos, para el establecimiento denominado PACIFICO ARBOLEDAS, ubicado en Calzada de los Jinetes, Lote 1-A, Manzana 32, Primer Nivel, Colonia las Arboledas, Atizapán de Zaragoza, Estado de México, C.P. 52959. (Expediente SHA/080/CABILDO/2018). Aprobado por unanimidad de votos a favor.
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ÚNICO.- Se aprueba turnar a la Comisión Edilicia de Gobernación, para estudio,
análisis y dictaminación, la solicitud presentada por el C. Luis Gerardo Saldaña
Vega, representante legal de la propietaria LUGEMIED, S DE R.L. DE C.V., para
que se autorice una licencia de funcionamiento para la venta de bebidas
alcohólicas mayores a doce grados en alimentos, para el establecimiento
denominado PACIFICO ARBOLEDAS, ubicado en Calzada de los Jinetes, Lote 1-
A, Manzana 32, Primer Nivel, Colonia las Arboledas, Atizapán de Zaragoza,
Estado de México, C.P. 52959. (Expediente SHA/080/CABILDO/2018).
C. ANA MARÍA BALDERAS TREJO
PRESIDENTA MUNICIPAL CONSTITUCIONAL RÚBRICA
LIC. FRANCISCO ESPINOSA DE LOS MONTEROS ÁLVAREZ DEL CASTILLO
SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO RÚBRICA
Acuerdo por el que el Honorable Ayuntamiento Constitucional de Atizapán de Zaragoza, Estado de México, envía a la Comisión Edilicia de Gobernación, para estudio, análisis y dictaminación, la solicitud presentada por el C. Jorge Federico Medellín Rubiera, para que se autorice una licencia de funcionamiento para la venta de bebidas alcohólicas mayores a doce grados, para el establecimiento denominado Marisquería, ubicado en Blvd. Ignacio Zaragoza número 130, Interior 1, Colonia Lomas de Tepalcapa, Atizapán de Zaragoza, Estado de México, C.P. 52959. (Expediente SHA/081/CABILDO/2018).
Aprobado por unanimidad de votos a favor.
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ÚNICO.- Se aprueba turnar a la Comisión Edilicia de Gobernación, para estudio,
análisis y dictaminación, la solicitud presentada por el C. Jorge Federico Medellín
Rubiera, para que se autorice una licencia de funcionamiento para la venta de
bebidas alcohólicas mayores a doce grados, para el establecimiento denominado
Marisquería, ubicado en Blvd. Ignacio Zaragoza número 130, Interior 1, Colonia
Lomas de Tepalcapa, Atizapán de Zaragoza, Estado de México, C.P. 52959.
(Expediente SHA/081/CABILDO/2018).
C. ANA MARÍA BALDERAS TREJO PRESIDENTA MUNICIPAL CONSTITUCIONAL
RÚBRICA
LIC. FRANCISCO ESPINOSA DE LOS MONTEROS ÁLVAREZ DEL CASTILLO
SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO RÚBRICA
Acuerdo por el que el Honorable Ayuntamiento Constitucional de Atizapán de Zaragoza, Estado de México, envía a la Comisión Edilicia de Gobernación, para estudio, análisis y dictaminación, la solicitud presentada por el C. Juan Pablo Rodríguez Trejo, para que se autorice la venta de vinos y licores, acompañado de alimentos, para el establecimiento denominado La Vibra Live, ubicado en Local Comercial número 5-A, Avenida 2 de Abril número 60, Esquina Callejón de Iturbide, Colonia Atizapán Centro, Atizapán de Zaragoza, Estado de México. (Expediente SHA/082/CABILDO/2018).
Aprobado por unanimidad de votos a favor.
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ÚNICO.- Se aprueba turnar a la Comisión Edilicia de Gobernación, para estudio,
análisis y dictaminación, la solicitud presentada por el C. Juan Pablo Rodríguez
Trejo, para que se autorice la venta de vinos y licores, acompañado de alimentos,
para el establecimiento denominado La Vibra Live, ubicado en Local Comercial
número 5-A, Avenida 2 de Abril número 60, Esquina Callejón de Iturbide, Colonia
Atizapán Centro, Atizapán de Zaragoza, Estado de México. (Expediente SHA/082/CABILDO/2018).
C. ANA MARÍA BALDERAS TREJO PRESIDENTA MUNICIPAL CONSTITUCIONAL
RÚBRICA
LIC. FRANCISCO ESPINOSA DE LOS MONTEROS ÁLVAREZ DEL CASTILLO
SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO RÚBRICA
Acuerdo por el que el Honorable Ayuntamiento Constitucional de Atizapán de Zaragoza, Estado de México, envía a la Comisión Edilicia de Gobernación, para estudio, análisis y dictaminación, la solicitud presentada por el C. Eduardo Cole Estrada, para que se autorice la venta de vinos y licores, acompañado de alimentos, para el establecimiento denominado Máximo Rock, ubicado en Local Comercial número 1-A, Avenida 2 de Abril número 60, Esquina Callejón de Iturbide, Colonia Atizapán Centro, Atizapán de Zaragoza, Estado de México. (Expediente SHA/083/CABILDO/2018).
Aprobado por unanimidad de votos a favor.
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ÚNICO.- Se aprueba turnar a la Comisión Edilicia de Gobernación, para estudio, análisis y dictaminación, la solicitud presentada por el C. Eduardo
Cole Estrada, para que se autorice la venta de vinos y licores, acompañado
de alimentos, para el establecimiento denominado Máximo Rock, ubicado
en Local Comercial número 1-A, Avenida 2 de Abril número 60, Esquina
Callejón de Iturbide, Colonia Atizapán Centro, Atizapán de Zaragoza,
Estado de México. (Expediente SHA/083/CABILDO/2018).
C. ANA MARÍA BALDERAS TREJO PRESIDENTA MUNICIPAL CONSTITUCIONAL
RÚBRICA
LIC. FRANCISCO ESPINOSA DE LOS MONTEROS ÁLVAREZ DEL CASTILLO
SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO RÚBRICA
Acuerdo por el que el Honorable Ayuntamiento Constitucional de Atizapán de Zaragoza, Estado de México, envía a la Comisión Edilicia de Hacienda, para estudio, análisis y dictaminación, la solicitud presentada por el C. Carlos Manuel Rodríguez Delgado, Director de Protección Civil y Bomberos, para que se autoricen los bonos para el personal operativo que integra dicha Dirección, con motivo del día Nacional de Bomberos, que se llevara a cabo el día 22 de agosto del año en curso. (Expediente SHA/084/CABILDO/2018).
Aprobado por unanimidad de votos a favor.
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ÚNICO.- Se aprueba turnar a la Comisión Edilicias de Hacienda, para estudio, análisis y dictaminación, la solicitud presentada por el C. Carlos
Manuel Rodríguez Delgado, Director de Protección Civil y Bomberos, para
que se autoricen los bonos para el personal operativo que integra dicha
Dirección, con motivo del día Nacional de Bomberos, que se llevara a cabo
el día 22 de agosto del año en curso. (Expediente SHA/084/CABILDO/2018).
C. ANA MARÍA BALDERAS TREJO PRESIDENTA MUNICIPAL CONSTITUCIONAL
RÚBRICA
LIC. FRANCISCO ESPINOSA DE LOS MONTEROS ÁLVAREZ DEL CASTILLO
SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO RÚBRICA
Acuerdo por el que el Honorable Ayuntamiento Constitucional de Atizapán de Zaragoza, Estado de México, envía a la Comisión Edilicia de Hacienda, para estudio, análisis y dictaminación, la solicitud presentada por el Ing. Jacobo Nicolas Ortiz Guitart, Director de Infraestructura y Obras Públicas, para que se autoricen 5 formatos de Dictamen de Reconducción. (Expediente SHA/085/CABILDO/2018).
Aprobado por unanimidad de votos a favor.
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ÚNICO.- Se aprueba turnar a la Comisión Edilicia de Hacienda, para estudio, análisis y dictaminación, la solicitud presentada por el Ing. Jacobo
Nicolas Ortiz Guitart, Director de Infraestructura y Obras Públicas, para que
se autoricen 5 formatos de Dictamen de Reconducción. (Expediente SHA/085/CABILDO/2018).
C. ANA MARÍA BALDERAS TREJO PRESIDENTA MUNICIPAL CONSTITUCIONAL
RÚBRICA
LIC. FRANCISCO ESPINOSA DE LOS MONTEROS ÁLVAREZ DEL CASTILLO
SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO RÚBRICA
Acuerdo por el que el Honorable Ayuntamiento Constitucional de Atizapán de Zaragoza, Estado de México, envía a la Comisión Edilicia de Gobernación, para estudio, análisis y dictaminación, la solicitud presentada por la C. Maili Jana Jiménez Almaguer, representante legal de la C. Gabriela Ivon García Yáñez, para que se autorice la venta de bebidas alcohólicas mayores a doce grados en alimentos, para el establecimiento denominado LA PATRONA, ubicado en Boulevard Adolfo López Mateos, Mz. 32, Lt 22, Fraccionamiento Jardines de Atizapán, Atizapán de Zaragoza, Estado de México. (Expediente SHA/086/CABILDO/2018).
Aprobado por unanimidad de votos a favor.
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ÚNICO.- Se aprueba turnar a la Comisión Edilicia de Gobernación, para estudio, análisis y dictaminación, la solicitud presentada por la C. Maili Jana
Jiménez Almaguer, representante legal de la C. Gabriela Ivon García
Yáñez, para que se autorice la venta de bebidas alcohólicas mayores a
doce grados en alimentos, para el establecimiento denominado LA
PATRONA, ubicado en Boulevard Adolfo López Mateos, Mz. 32, Lt 22,
Fraccionamiento Jardines de Atizapán, Atizapán de Zaragoza, Estado de
México. (Expediente SHA/086/CABILDO/2018).
C. ANA MARÍA BALDERAS TREJO PRESIDENTA MUNICIPAL CONSTITUCIONAL
RÚBRICA
LIC. FRANCISCO ESPINOSA DE LOS MONTEROS ÁLVAREZ DEL CASTILLO
SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO RÚBRICA
Dictamen que emite la Comisión Edilicia de Patrimonio Municipal, relativo al estudio, análisis y dictaminación, de la solicitud presentada por el C. Carlos Trejo Estrada, Subdirector de Patrimonio Municipal, para que se autorice la solicitud del Dr. Felipe Martínez Ancona, por el cual solicita el comodato de las áreas que se describen en el oficio S.H.A./P.M./B.I./1385/2018, para instalar el Museo Ecológico Turístico infantil ALBATROS, en el Centro Cultural Luis Nishizawa, ubicado en el Fraccionamiento denominado Bosque Esmeralda. (Expediente SHA/032/CABILDO/2018).
COMISIÓN EDILICIA DE PATRIMONIO MUNICIPAL EN CONJUNTO CON LA COMISIÓN EDILICIA DE HACIENDA
ADMINISTRACIÓN DE GOBIERNO 2016-2018
24
EXPEDIENTE: SHA/032/CABILDO/2018. Relativo al estudio, análisis y dictaminación de la solicitud presentada por el C. Carlos Trejo Estrada, Subdirector de Patrimonio Municipal, para que se autorice la solicitud del Dr. Felipe Martínez Ancona, por el cual solicita el comodato de las áreas que se describen en el oficio S.H.A./P.M./B.I./1385/2018, para instalar el Museo Ecológico Turístico infantil "ALBATROS" en el Centro Cultural Luis Nishizawa, ubicado en el Fraccionamiento denominado Bosque Esmeralda, lo anterior con fundamento
en los por los Artículos 115, fracción II de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos; 112, 113, 122 y 123 de la Constitución Política del Estado
Libre y Soberano de México; 1, 2, 3, 27, 31 fracciones XV, XVI, XXVIII, 52, 53 fracciones VII y XVII, 64 fracción I y 66 de la Ley Orgánica Municipal del Estado
de México; 1, 5, 55, 57 párrafos primero y segundo, 58, 63 fracción XIV, así como de conformidad con lo establecido en el Artículo 73 del Reglamento de
Cabildo del H. Ayuntamiento de Atizapán de Zaragoza, Estado de México, al tenor
de lo siguiente:
ANTECEDENTES
PRIMERO.- En la primera sesión solemne de Cabildo celebrada en fecha 1° de enero del año 2016 en el punto número seis quedó conformada la Comisión
Edilicia de Patrimonio Municipal, por los siguientes integrantes:
Integrantes
Cargo
C. Carlos Jesús Leyva Mora Síndico Municipal
Presidente
C. María Luisa Gudiño Aguilar Octava Regidora
Secretaria
C. María Inés Saucedo Reséndiz Quinta Regidora
Vocal
C. Elia Briceño Mendoza Séptima Regidora
Vocal
25
En fecha 09 de abril del año 2018 se llevó a cabo la Septuagésima
Cuarta Sesión Ordinaria de Cabildo en donde se nombró a la C. Cinthya
Vanessa Vargas Luna como Octava Regidora Suplente.
SEGUNDO.- En la Primera Sesión Solemne de Cabildo celebrada el día 1° de enero del año 2016 en el punto número Seis quedó conformada la Comisión Edilicia de Hacienda, por los siguientes integrantes:
Integrantes
Cargo
C. Carlos Jesús Leyva Mora Síndico Municipal
Presidente
Lic. Carlos Alberto Rayo Sánchez Noveno Regidor
Secretario
C. María Inés Saucedo Reséndiz Quinta Regidora
Vocal
C. David Ávalos González Cuarto Regidor
Vocal
Mtro. Leopoldo Corona Aguilar Segundo Regidor
Vocal
TERCERO.- Que la Comisión Edilicia de Patrimonio Municipal en
conjunto con la Comisión Edilicia de Hacienda son legalmente
competentes para conocer y resolver en sus términos la solicitud con
número de expediente SHA/032/CABILDO/2018.
TERCERA.- Que previa convocatoria quienes integramos la Comisión
Edilicia de Patrimonio Municipal nos reunimos en pleno a las 13:00 hrs, el
día 16 de mayo del 2018 en la Sala de juntas de la Secretaría, a fin de que
en el ámbito de sus atribuciones, se elabore el dictamen respectivo, cada
integrante expuso sus sugerencias y comentarios al respecto, una vez
hecho el estudio, análisis y dictaminación correspondiente, la Comisión
C. Antonio Pacheco Villeda Décimo Primer Regidor
Vocal
26
consideró procedente la solicitud antes mencionada, con base a las
consideraciones de hecho y derecho que a continuación se expone.
CONSIDERACIONES DE HECHO
I.- Con fecha 02 de abril del año 2018, por medio del oficio número S.H.A./TUR/COM./032/2018, emitido por la Secretaría del H. Ayuntamiento fue turnado a la Comisión Edilicia de Patrimonio Municipal para dar cumplimiento a lo acordado en el punto 6.6., de la Septuagésima Tercera Sesión Ordinaria de Cabildo, celebrada el día 23 de marzo del año 2018, la
solicitud presentada por el C. Carlos Trejo Estrada, Subdirector de Patrimonio Municipal, para que se autorice la solicitud del Dr. Felipe Martínez Ancona, por el cual solicita el comodato de las áreas que se describen en el oficio S.H.A./P.M./B.I./1385/2018, para instalar el Museo Ecológico Turístico infantil "ALBATROS" en el Centro Cultural Luis Nishizawa, ubicado en el Fraccionamiento denominado Bosque Esmeralda, por lo que sometemos a consideración de los integrantes del H. Cabildo, el dictamen relativo, el cual se funda y motiva en las consideraciones de hecho y de derecho que se desarrollan más adelante.
II.- Posteriormente el C. Carlos Jesús Leyva Mora, Síndico Municipal y Presidente de la Comisión Edilicia de Patrimonio Municipal en conjunto con la Comisión Edilicia de Hacienda, una vez analizadas todas las constancias anexas al Expediente número SHA/032/CABILDO/2018, procedió a llevar a cabo la Convocatoria a los miembros de las Comisiones, para realizar el estudio, análisis y dictaminación del Expediente mencionado.
III.- Con fecha 15 de mayo del año 2018 el C. Carlos Jesús Leyva Mora, en su carácter de Presidente de las Comisiones Edilicias multicitadas, convocó a los miembros a la Primera Sesión Extraordinario de trabajo para el día 16 de mayo del 2018, en punto de las 13:00 horas; a la C. Cinthya
27
Vanessa Vargas Luna, Octava Regidora Suplente y Secretaria de la Comisión Edilicia de Patrimonio Municipal, mediante Oficio SM/CJ/966/2018; C. Elia Briceño Mendoza, Séptima Regidora y Vocal de la Comisión Edilicia de Patrimonio Municipal, con Oficio SM/CJ/967/2018; C. María Inés Saucedo Reséndiz, Quinta Regidora, Vocal de la Comisión Edilicia de Patrimonio Municipal y Vocal de la Comisión Edilicia de Hacienda, con Oficio SM/CJ/968/2018; C. Antonio Pacheco Villeda, Décimo Primer Regidor y Vocal de la Comisión Edilicia de Patrimonio Municipal, con Oficio SM/CJ/969/2018; Lic. Carlos Alberto Rayo Sánchez, Noveno Regidor y Secretario de la Comisión Edilicia de Hacienda, mediante Oficio SM/CJ/970/2018; C. David Ávalos González, Cuarto Regidor y Vocal de la Comisión Edilicia de Hacienda, con Oficio SM/CJ/971/2018; Mtro. Leopoldo Corona Aguilar, Segundo Regidor y Vocal de la Comisión Edilicia de Hacienda, con Oficio SM/CJ/972/2018 en donde se planteó a los Integrantes de las Comisiones el asunto en cuestión y cada Integrante expuso sus comentarios y puntos de vista.
IV.- Con fecha 16 de mayo del año 2018, reunidos en Pleno los Integrantes de las Comisiones denegaron la presente solicitud, tomándose los siguientes:
V.- Elementos que formaron convicción en la Comisión para emitir su
dictamen en el sentido propuesto:
a).- Es facultad del H. Ayuntamiento de Atizapán de Zaragoza, dictaminar
las propuestas que se formulen, en cuanto a la uso de los bienes inmuebles que
forman parte de su Patrimonio Municipal.
b).- La Comisión Edilicia de Patrimonio Municipal, tiene dentro de sus
atribuciones el elaborar los dictámenes relacionados con los Bienes Inmuebles
propiedad del H. Ayuntamiento de Atizapán de Zaragoza, Estado de México.
28
c).- Se anexa en el expediente oficio emitida por el Dr. Felipe Martínez
Ancona dirigido a la C. Ana María Balderas Trejo, Presidenta Municipal
Constitucional en donde solicita como Persona Física con Actividad Empresarial
en Comodato algunas zonas del Centro Cultural Luis Nishisawa que se
encuentran en desuso, asimismo se menciona que dicho proyecto es de Índole
Social ya que se trata del primer Museo Turístico Ecológico Infantil en todo el
mundo, donde se le enseñará la niñez en general la riqueza cultural, gastronómica
y turística que poseemos.
Para tal efecto se forma un "caricatour" llevando a los pequeños de la
mano, enseñándoles de forma divertida mediante juegos, obras originales, videos,
realidad aumentada, página de internet, etc.
d).- En fecha 14 de marzo del año 2018 el C. Carlos Trejo Estrada,
Subdirector de Patrimonio Municipal remitió un oficio al Lic. Francisco Espinosa de
los Monteros Álvarez del Castillo, Secretario del H. Ayuntamiento, en donde envió
la solicitud del Dr. Felipe Martínez Ancona, por el cual solicita el comodato de las
áreas que a continuación se describen, ello con la finalidad de instalar el Museo
Ecológico Turístico Infantil, "ALBATROS" en el Centro Cultural Luis Nishizawa,
ubicado en el Fraccionamiento Denominado Bosque Esmeralda:
Planta Baja 1. Sala de exposición
2. Sala de proyección
3. Área de promoción
Planta Alta 4. Escaleras principales (en su parcialidad)
5. Andador (acceso al lobby en su parcialidad)
6. Área de promoción
7. Terraza (frente al lobby)
8. Lobby de la Sala Enrique Bátez Campbell
29
9. Sala Enrique Bátiz Campbell
Asimismo se menciona que en el caso de la Sala de Proyección y Sala
Enrique Bátiz Campbell, deberá de haber una buena coordinación con el Director
de Arte y Cultura, el cual debe dar la autorización respectiva para utilizarlas esto
con la finalidad de que no se entorpezca las actividades entre ambos.
e).- Se anexa en el expediente Proyecto del Museo Ecológico Turístico
Infantil Albatros, comprendido en el proyecto del museo emeeneeme (Museo del
niño mexiquense).
f).- Se anexa en el expediente imágenes sobre la instalación de la sala del
Museo, instalación de pantallas, de los pasillos y paredes.
g).- Se anexa en el expediente identificación oficial expedida por el Instituto
Nacional Electoral así como Cedula de Identificación Fiscal como persona física
del Dr. Felipe Martínez Ancona.
h).- Después del estudio y análisis realizado por la Comisión se determina
denegar el Comodato de las áreas del inmueble Propiedad Municipal solicitadas
por el requirente, en virtud de que se pretende cobrar una cuota económica, sin
embargo como se trata de una a Propiedad Municipal, es el H. Ayuntamiento el
único facultado para cobrar numerario por concepto de uso, goce o disfrute de
Áreas Municipales, con las excepciones que marca la ley, sin embargo se deja la
invitación al requirente para que se coordine con el área competente a efecto de
estudiar dicho proyecto, toda vez que se requeriría cambiar la reglamentación
vigente.
CONSIDERACIONES DE DERECHO
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
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Artículo 115. Los estados adoptarán, para su régimen interior, la forma de
gobierno republicano, representativo, democrático, laico y popular, teniendo como
base de su división territorial y de su organización política y administrativa, el
municipio libre, conforme a las bases siguientes:
Fracción II. Los municipios estarán investidos de personalidad jurídica y
manejarán su patrimonio conforme a la ley.
Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México Artículo 122. Los ayuntamientos de los municipios tienen las atribuciones
que establecen la Constitución Federal, esta Constitución, y demás disposiciones
legales aplicables.
Artículo 123. Los ayuntamientos, en el ámbito de su competencia,
desempeñarán facultades normativas, para el régimen de gobierno y
administración del Municipio, así como funciones de inspección, concernientes al
cumplimiento de las disposiciones de observancia general aplicables.
Ley Orgánica Municipal del Estado de México Artículo 31. Son atribuciones de los ayuntamientos:
Fracción XV. Aprobar en sesión de cabildo los movimientos registrados en
el libro especial de bienes muebles e inmuebles.
Fracción XVI. Acordar el destino o uso de los bienes inmuebles
municipales;
Fracción XXVIII Enajenar y dar en arrendamiento, usufructo o comodato
los bienes del municipio, previa autorización, en su caso, de la Legislatura del
31
Estado;
Artículo 52. Los síndicos municipales tendrán a su cargo la procuración y
defensa de los derechos e intereses del municipio, en especial los de carácter
patrimonial y la función de contraloría interna, la que, en su caso, ejercerán
conjuntamente con el órgano de control y evaluación que al efecto establezcan los
ayuntamientos.
Artículo 53. Los síndicos tendrán las siguientes atribuciones:
Fracción VII. Intervenir en la formulación del inventario general de los
bienes muebles e inmuebles propiedad del municipio, haciendo que se inscriban
en el libro especial, con expresión de sus valores y de todas las características de
identificación, así como el uso y destino de los mismos;
Fracción XVII. Las demás que les señalen las disposiciones aplicables.
Artículo 64. Los ayuntamientos, para el eficaz desempeño de sus
funciones públicas, podrán auxiliarse por:
Fracción I. Comisiones del ayuntamiento
Artículo 66. Las comisiones del ayuntamiento serán responsables de
estudiar, examinar y proponer a éste los acuerdos, acciones o normas tendientes
a mejorar la administración pública municipal, así como de vigilar e informar sobre
los asuntos a su cargo y sobre el cumplimiento de las disposiciones y acuerdos
que dicte el cabildo.
Reglamento de Cabildo del H. Ayuntamiento de Atizapán de Zaragoza
32
Artículo 63. Son Comisiones permanentes las siguientes:
Fracción XIV. Patrimonio Municipal.
Artículo 73.- Del sentido de la resolución, el Presidente o el Secretario de
la Comisión elaborará un dictamen que deberá ser revisado, y en su caso firmado
por todos los integrantes de la Comisión; cuando algún integrante se niegue a
firmar, se hará constar esta circunstancia y se presentará el dictamen sin su firma;
quien haya votado en contra o se haya abstenido de votar, podrá hacerlo constar
con su firma en el cuerpo del dictamen o bien presentar un voto particular al
respecto.
Por lo anteriormente expuesto y fundado, la Comisión Edilicia de Patrimonio Municipal en conjunto con la Comisión Edilicia de Hacienda, tiene a bien someter a consideración del Cabildo los siguientes:
PUNTOS DE ACUERDO
PRIMERO.- Se determina denegar la solicitud presentada por el C. Carlos Trejo Estrada, Subdirector de Patrimonio Municipal, para que se autorice la solicitud del Dr. Felipe Martínez Ancona, por el cual solicita el comodato de las áreas que se describen en el oficio S.H.A./P.M./B.I./1385/2018, para instalar el Museo Ecológico Turístico infantil "ALBATROS" en el Centro Cultural Luis Nishizawa, ubicado en el Fraccionamiento denominado Bosque Esmeralda. SEGUNDO.- Se instruye al Secretario del H. Ayuntamiento a efecto de notificar el
presente acuerdo al peticionario.
33
TERCERO.- Se instruye al Secretario del H. Ayuntamiento para que proceda a la
Publicación del presente acuerdo en la Gaceta Municipal.
CUARTO.- Descárguese el presente asunto de la lista de pendientes turnados a
la Comisión Edilicia de Patrimonio Municipal.
Aprobado por unanimidad de votos a favor, - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
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PRIMERO.- Se determina denegar la solicitud presentada por el C. Carlos Trejo
Estrada, Subdirector de Patrimonio Municipal, para que se autorice la solicitud del
Dr. Felipe Martínez Ancona, por el cual solicita el comodato de las áreas que se
describen en el oficio S.H.A./P.M./B.I./1385/2018, para instalar el Museo Ecológico
Turístico infantil "ALBATROS" en el Centro Cultural Luis Nishizawa, ubicado en el
Fraccionamiento denominado Bosque Esmeralda.
SEGUNDO.- Se instruye al Secretario del H. Ayuntamiento a efecto de notificar el
presente acuerdo al peticionario.
TERCERO.- Se instruye al Secretario del H. Ayuntamiento para que proceda a la
Publicación del presente acuerdo en la Gaceta Municipal.
CUARTO.- Descárguese el presente asunto de la lista de pendientes turnados a
la Comisión Edilicia de Patrimonio Municipal.
C. ANA MARÍA BALDERAS TREJO
PRESIDENTA MUNICIPAL CONSTITUCIONAL RÚBRICA
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LIC. FRANCISCO ESPINOSA DE LOS MONTEROS ÁLVAREZ DEL CASTILLO
SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO RÚBRICA
Dictamen que emite las Comisión Edilicia de Gobernación, relativo al estudio, análisis y dictaminación, de la solicitud presentada por C. David Serrano Rivas, para que se autorice la ampliación de giro de jardín de fiestas infantiles sin consumo de bebidas alcohólicas, a jardín de eventos sociales con consumo de bebidas mayores a 12 grados. (Expediente SHA/044/CABILDO/2018).
DICTAMENDELACOMISIONEDILICIADEGOBERNACIONADMINISTRACIÓN DE GOBIERNO 2016 - 2018
EXPEDIENTE SHA/044/CABILDO/2018 A la Comisión Edilicia de Gobernación, conformada por los C.C. María Inés Saucedo Reséndiz, Presidenta Municipal por Ministerio de Ley y Presidenta de la Comisión Edilicia; Elia Briceño Mendoza, Séptima Regidora y Secretaría de la Comisión Edilicia; Carlos Jesús Leyva Mora, Síndico Municipal y Vocal de la Comisión Edilicia; Mariana Chávez Reyes, Quinta Regidora y Vocal de la Comisión Edilicia; y Fernando Danel Villarreal, Décimo Segundo Regidor y Vocal de la Comisión Edilicia, en fecha 19 de abril del año 2018, le fue turnado por la Secretaria del H. Ayuntamiento para estudio, análisis y dictaminación, el expediente SHA/044/CABILDO/2018, conformado con motivo de la solicitud presentada por el C. David Serrano Rivas, para que se autorice la ampliación de giro de Jardín de Fiestas Infantiles sin consumo de bebidas alcohólicas, a jardín de Eventos Sociales con Consumo de bebidas Alcohólicas de más de 12 grados, Ubicado en Avenida Ruiz Cortines no. 247 Mz. 1 Lt. 32 Colonia Lomas de Atizapán Segunda Sección (Las Margaritas), Atizapán de Zaragoza”. Por lo que con fundamento en los Artículo 115 fracciones I y II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 112, 113, 116, 122 y 123 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; 31 fracción I, XI, XXV Bis, 48 fracciones II, VI Bis, VII y XVI Bis, 64 fracción I, 66 y 69 fracción I inciso a) de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México; 1, 4 Fracción VIII y 5 fracción VI de la Ley de Competitividad y Ordenamiento Comercial del Estado de México; 2.30 y 2.38 fracción VIII del Código Administrativo del Estado de México; 1 y 27 del Bando Municipal vigente; así como los Artículos 1, 2, 4, 7, 17, 81 y 83 del Reglamento Municipal del Comercio, la Industria, la Prestación de Servicios, Espectáculos, Anuncios y Vía Pública de Atizapán de Zaragoza en vigor, sometemos a la consideración de los integrantes del Honorable Cabildo en Pleno, el dictamen mediante el cual se resuelve dicha solicitud;
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propuesta que se fundamenta en las consideraciones de hecho y de derecho que a continuación se exponen:
CONSIDERACIONES DE HECHO PRIMERA.- Que el Honorable Ayuntamiento Constitucional de Atizapán de Zaragoza, Estado de México, por acuerdo tomado en su Primera Sesión Solemne de Cabildo de fecha 1º de enero del año 2016, en términos de lo dispuesto por el artículo 65 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México, aprobó la propuesta de la Ciudadana Ana María Balderas Trejo, Presidenta Municipal Constitucional y conformó las Comisiones Edilicias para el período de Gobierno 2016-2018; y entre ellas, se encuentra la Comisión Edilicia de Gobernación con los siguientes integrantes:
Presidenta C. Ana María Balderas Trejo.- Presidenta Municipal Secretaria C. Elia Briceño Mendoza.- Séptima Regidora Vocal C. Carlos Jesús Leyva Mora.- Síndico Municipal Vocal C. María Inés Saucedo Reséndiz. -Quinta Regidora Vocal C. Fernando Danel Villarreal.- Décimo Segundo Regidor
SEGUNDA.- Que la Comisión Edilicia de Gobernación, legalmente conformada por Acuerdo de Cabildo de fecha 1º de enero del año 2016, en el marco de la celebración de la Primera Sesión Solemne de Cabildo de la Administración Municipal 2016- 2018, es competente para conocer y resolver en sus términos de la solicitud presentada por el C. David Serrano Rivas, para que se autorice la ampliación de giro de Jardín de Fiestas Infantiles sin consumo de bebidas alcohólicas, a jardín de Eventos Sociales con Consumo de bebidas Alcohólicas de más de 12 grados, Ubicado en Avenida Ruiz Cortines no. 247 Mz. 1 Lt. 32 Colonia Lomas de Atizapán Segunda Sección (Las Margaritas), Atizapán de Zaragoza”, en virtud de por Acuerdo de Cabildo de fecha 18 de abril del año 2018, tomado en la Septuagésima Quinta Sesión Ordinaria de Cabildo , le fue turnado para su estudio, análisis y dictaminación el expediente SHA/044/CABILDO/2018, en términos de lo establecido en el Artículo 7 del Reglamento Municipal del Comercio, la Industria, la Prestación de Servicios, Espectáculos, Anuncios y Vía Pública de Atizapán de Zaragoza en vigor. TERCERA.- Que obra en el expediente SHA/044/CABILDO/2018, original de la solicitud presentada a través de la Oficialía Común de Partes del H. Ayuntamiento Constitucional de Atizapán de Zaragoza con fecha 24 de abril del 2018 y con número de folio 47101 de la OCP, la solicitud presentada por el C. David Serrano Rivas, para que se autorice la ampliación de giro de Jardín de Fiestas Infantiles sin consumo de bebidas alcohólicas, a jardín de Eventos Sociales con Consumo de bebidas Alcohólicas de más de 12 grados, Ubicado en Avenida Ruiz Cortines no. 247 Mz. 1 Lt. 32 Colonia Lomas de Atizapán Segunda Sección (Las Margaritas), Atizapán de Zaragoza”. CUARTA.- Que el Lic. Francisco Espinosa de los Monteros Álvarez del Castillo , Secretario del H. Ayuntamiento Constitucional de Atizapán de Zaragoza, Estado de México, en cumplimiento al Acuerdo de Cabildo de fecha 18 de abril del año 2018, tomado en la Septuagésima Quinta Sesión Ordinaria de Cabildo, por oficio de esa misma fecha identificado como S.H.A./TUR./COM./044/2018, turnó a la C. Elia Briceño
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Mendoza, Séptima Regidora y Secretaria de la Comisión Edilicia de Gobernación el expediente SHA/044/CABILDO/2018, adjuntando copia de lo siguiente:
DATOS DEL ESTABLECIMIENTO DENOMINACIÓN: JARDIN DE EVENTOS INFANTILES SERRANO RIVAS DAVID GIRO COMERCIAL: JARDIN DE FIESTAS INFANTILES SIN CONSUMO DE BEBIDAS ALCOHOLICAS. ACTIVIDAD PREPONDERANTE: JARDIN DE FIESTAS INFANTILES SIN CONSUMO DE BEBIDAS ALCOHOLICAS. HORARIO: DOMINGO, LUNES, MARTES, MIÉRCOLES, JUEVES, VIERNES, SÁBADO. DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN LOS ARTÍCULOS 51 Y 56 DE LA LEY DE COMPETITIVIDAD Y ORDENAMIENTO COMERCIAL DEL ESTADO DE MÉXICO. II. SOLICITUD INGRESADA POR OCP CON NÚMERO DE FOLIO 47101 III.- USO DE SUELO UBICADO EN AV. RUIZ CORTINES NO. 247 , MANZANA 1 LOTE 32 LOCAL 11, COLONIA LAS MARGARITAS (LOMAS DE ATIZAPÁN). IV.- LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO CON FOLIO 0009091 A NOMBRE DE SERRANO RIVAS DAVID NOMBRE COMERCIAL JARDIN DE EVENTOS INFANTILES. V.- VISTO BUENO DE LA DIRECCIÓN DE PROTECCIÓN CIVIL Y BOMBEROS, FIRMADO POR EL C. CARLOS MANUEL RODRÍGUEZ DELGADO, TITULAR DE DICHA DEPENDENCIA MUNICIPAL, REFERENTE AL GIRO DENOMINADO “SERRANO RIVAS DAVID NOMBRE COMERCIAL JARDIN DE EVENTOS INFANTILES”, UBICADO EN AV. RUIZ CORTINES NO. 247, MANZANA 1 LOTE 32 LOCAL 11, COLONIA LAS MARGARITAS (LOMAS DE ATIZAPÁN). V.- CREDENCIAL DE ELECTOR EXPEDIDA POR EL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL A NOMBRE DE SERRANO RIVAS DAVID QUINTA.- QUE FUNCIONARA DE LA MANERA SIGUIENTE:
a) El horario de funcionamiento es de conformidad a lo establecido por los artículos 51 y 56 de la Ley de Competitividad y Ordenamiento Comercial del Estado de México.
b) Cuenta con hasta 12 mesas. c) Da empleo 2 trabajadores de forma permanente y hasta 20 eventuales d) Cuenta con 3 baños. e) Cuenta con 100 cajones de estacionamiento. (los de la plaza) f) Cuenta con aviso de funcionamiento emitido por la Jurisdicción de Regulación
Sanitaria. g) Cuenta con Dictamen de Viabilidad emitido por la Dirección de Protección Civil,
Ecología y Bomberos.
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h) Que en términos del artículo 78 fracción III de la Ley de Competitividad y Ordenamiento Comercial del Estado de México, se encuentra acreditado el cumplimiento de las condiciones de higiene y seguridad sanitarias.
i) Que en términos del artículo 78 fracción IV de la Ley de Competitividad y Ordenamiento Comercial del Estado de México, se encuentra acreditada la instalación de aislantes de sonido que garantizan el no generar ruido en el medio ambiente o contaminación que afecte la salud de los usuarios, dependientes y personal expuesto. Que los niveles de ruido se encuentran dentro del rango permitido.
j) Que en términos del artículo 78 fracción VII de la Ley de Competitividad y Ordenamiento Comercial del Estado de México, se encuentra acreditada con la evidencia documental y fotográfica necesaria, el cumplimiento de la Ley General para el Control del Tabaco y su Reglamento.
SEXTA.- Que previa convocatoria, quienes integramos la Comisión Edilicia de Gobernación nos reunimos en pleno el día 24 de mayo del año 2018 y realizamos de manera conjunta una visita de inspección con la autorización correspondiente, al local del Salon de Fiestas Infantiles Ubicado en Avenida Ruiz Cortines no. 247 Mz. 1 Lt. 32 Colonia Lomas de Atizapán Segunda Sección (Las Margaritas), Atizapán de Zaragoza”, constatando que se trata de un inmueble que no causa afectaciones a terceros, cuenta con vigilancia privada y con la infraestructura necesaria para otorgar el servicio de Salon de Eventos Sociales con Consumo de bebidas alcohólicas mayores a 12 grados. SÉPTIMA.- Que previa convocatoria, quienes integramos la Comisión Edilicia de Gobernación nos reunimos de nueva cuenta en pleno, el día 5 de junio de 2018, con la finalidad de que en el ámbito de nuestras atribuciones, cada uno expusiera sus ideas y comentarios respecto de la solicitud presentada por el C. David Serrano Rivas, para que se autorice la ampliación de giro de Jardín de Fiestas Infantiles sin consumo de bebidas alcohólicas, a jardín de Eventos Sociales con Consumo de bebidas Alcohólicas de más de 12 grados en los Alimentos, Ubicado en Avenida Ruiz Cortines no. 247 Mz. 1 Lt. 32 Colonia Lomas de Atizapán Segunda Sección (Las Margaritas), Atizapán de Zaragoza”. Recomendando que los empleados tengan su residencia de preferencia en Atizapán de Zaragoza, así como que la Seguridad Privada del lugar permanezca en todo momento.
CONSIDERACIONES DE DERECHO
PRIMERA.- Que el artículo 115 fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece que los estados adoptarán, para su régimen interior, la forma de gobierno republicano, representativo, democrático, laico y popular, teniendo como base de su división territorial y de su organización política y administrativa, el municipio libre, conforme a las bases siguientes: “Cada Municipio será gobernado por un Ayuntamiento de elección popular directa, integrado por un Presidente Municipal y el número de regidores y síndicos que la ley determine. La competencia que esta Constitución otorga al gobierno municipal se ejercerá por el Ayuntamiento de manera exclusiva y no habrá autoridad intermedia alguna entre éste y el gobierno del Estado.”
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SEGUNDA.- Que el Ayuntamiento tiene la facultad de emitir disposiciones administrativas de carácter general, en base a lo dispuesto por el artículo 115 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que señala:
“Los ayuntamientos tendrán facultades para aprobar, de acuerdo a las leyes en materia municipal los reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia general dentro de sus respectivas jurisdicciones, que organicen la administración pública municipal, regulen las materias, los procedimientos, funciones y servicios públicos de su competencia y aseguren la participación ciudadana y vecinal.”
TERCERA.- La Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México en su artículo 123 establece que los Ayuntamientos, en el ámbito de su competencia, desempeñarán facultades normativas, para el régimen de gobierno y administración del Municipio, así como funciones de inspección, concernientes al cumplimiento de las disposiciones de observancia general aplicables. CUARTA.- La Ley Orgánica Municipal vigente en la entidad, establece en su artículo primero que el municipio libre es la base de la división territorial y de la organización política del Estado, investido de personalidad jurídica propia, integrado por una comunidad establecida en un territorio, con un gobierno autónomo en su régimen interior y en la administración de su hacienda pública, en términos del artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. QUINTA- La citada Ley Orgánica Municipal del Estado de México, establece en su artículo 31 fracciones I y XXV Bis, lo siguiente: Artículo 31.- Son atribuciones de los ayuntamientos:
I. Expedir y reformar el Bando Municipal, así como los reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia general dentro del territorio del municipio, que sean necesarios para su organización, prestación de los sevicios públicos y, en general, para el cumplimiento de sus atribuciones;
XXV Bis. Participar en la prevención y atención a las adicciones, en términos de lo dispuesto en la Sección Cuarta del Capítulo Quinto del Título Tercero del Libro Segundo del Código Administrativo del Estado de México. Con el objeto de combatir el alcoholismo, los Ayuntamientos y las autoridades estatales, en el ámbito de sus respectivas competencias, no autorizarán la instalación de establecimientos dedicados a la venta de bebidas alcohólicas en envase cerrado o por copeo, que se ubique en un radio no menor de 500 metros de centros escolares, instalaciones deportivas o centros de salud; para lo cual, las autoridades realizarán las inscripciones correspondientes en los planes municipales de desarrollo urbano. SEXTA- Que la Ley de Competitividad y Ordenamiento Comercial del Estado de México, en sus artículos 1, 4 fracción VIII y 5 fracción VI establece lo siguiente: Artículo 1. Las disposiciones contenidas en esta ley son de orden público e interés general y tienen por objeto regular la apertura y el funcionamiento de las unidades económicas para fortalecer la competitividad y el ordenamiento comercial. Así como
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promover acciones tendentes a estimular a aquellos emprendedores que se domicilien y tributen dentro del territorio del Estado de México. Lo relativo al fomento, atracción de la inversión productiva nacional y extranjera e instalación de empresas y parques industriales en la Entidad se regulará en términos de lo dispuesto en la Ley de Fomento Económico para el Estado de México. Artículo 4. Son autoridades encargadas de la aplicación de esta Ley las siguientes: I. ... II. ... III. ... IV. ... V. … VI. ... VII. ... VIII. Ayuntamientos. Artículo 5. Corresponde a las autoridades, en el ámbito de su competencia, lo siguiente: II. … III. … IV. … V. Implementar mecanismos y programas especiales para la apertura rápida de unidades económicas. SÉPTIMA- Que el Reglamento Municipal, del Comercio, la Industria, la Prestación de Servicios, Espectáculos, Anuncios y Vía Pública de Atizapán de Zaragoza, en sus artículos 1, 2, 4, 7, 17, 81 y 83 establecen: Artículo 1.- Las disposiciones del presente reglamento son de orden público, interés general y observancia en todo el territorio municipal de Atizapán de Zaragoza. Artículo 2.- El presente ordenamiento tiene por objeto:
I. Regular e inspeccionar la actividad comercial, de prestación de servicios e industrial en Establecimientos Comerciales, Puestos Fijos, Semifijos, Ambulantes, Vía Pública, Áreas de Uso Común, así como los Mercados Públicos Municipales y Privados;
II. Regular e inspeccionar el correcto desarrollo de los espectáculos públicos, y III. Regular e inspeccionar el uso, instalación, explotación, colocación y
distribución de anuncios o cualquier elemento publicitario en Áreas de Uso Común, vía pública, así como en áreas privadas que sean visibles desde la vía pública.
Artículo 4.- Corresponde la aplicación del presente ordenamiento a:
I. El Honorable Ayuntamiento de Atizapán de Zaragoza; II. La Tesorería Municipal; III. La Subdirección de Normatividad; y IV. Las demás dependencias y órganos de la Administración Pública Municipal en el
ámbito de su competencia.
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Artículo 7.- La Tesorería Municipal, a través de la Subdirección de Normatividad, expedirá con previa autorización del Honorable Cabildo, y cumpliendo con los requisitos señalados en el presente Reglamento, la Licencia de Funcionamiento, para la apertura de giros tales como:
I. Bares; II. Video bares; III. Cantinas; IV. Centros de Espectáculos Nocturnos; V. Cabarets; VI. Discotecas; VII. Cafés cantantes; VIII. Centros botaneros; IX. Restaurantes bar; X. Billares con servicio de bebidas alcohólicas mayores de 12° GL.
Para el caso de la autorización de venta de bebidas alcohólicas en salas cinematográficas, también se requerirá de la aprobación del H. Ayuntamiento y cumplir con los requisitos que al efecto establece el presente ordenamiento. Artículo 17.- Para la expedición de la Licencia de Funcionamiento de establecimientos comerciales, industriales y prestadores de servicios, será necesario presentar solicitud a la que se acompañarán:
I. Licencia de Uso de Suelo y/o Cédula Informativa de Zonificación; ésta última únicamente para giros de servicios y productos básicos;
II. Documento que acredite la propiedad o posesión del inmueble; III. Acta constitutiva debidamente inscrita en el Registro Público de la Propiedad y el
Comercio y/o el Instituto de la Función Registral del Estado de México en el caso de personas jurídico-colectivas;
IV. Visto bueno de la Dirección de Protección Civil y Bomberos del Municipio cuando se trate de giros de alto impacto;
V. Autorización del Honorable Cabildo, en los giros que establece el Artículo 7 del presente Reglamento;
VI. Autorización expedida por la Secretaría de Gobernación en la cual se permita llevar a cabo la actividad de que se trate, cuando el solicitante sea extranjero;
VII. El Formato R-2 únicamente para personas jurídico colectivas; VIII. Pago del derecho de la expedición por apertura o revalidación de la Licencia de
Funcionamiento por servicios prestados por autoridad administrativa, conforme al Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Artículo 81.- La Tesorería Municipal podrá autorizar los giros con venta de bebidas alcohólicas al copeo, en botella o envase cerrado, previo pago de derechos, conforme a lo establecido en las disposiciones fiscales aplicables, y cumpliendo los siguientes requisitos:
I. Dictamen de factibilidad, emitido por la Secretaría de Salud a través del Consejo Rector de Impacto Sanitario.
II. Dictamen de Viabilidad de mediano o alto riesgo, emitido por la Secretaría de Seguridad Ciudadana, a través de la Dirección General de Protección Civil.
III. Contar con un aparato que mida el nivel de alcohol de sus clientes, de acuerdo a la Norma Oficial Mexicana, para el caso de establecimientos que suministren bebidas alcohólicas abiertas o al copeo.
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Artículo 82.- En ningún caso podrán venderse bebidas alcohólicas en envase cerrado, en tianguis, puestos fijos, puestos semifijos o ambulantes. Así mismo queda prohibida su venta en carpas y circos. Artículo 83.- Las licencias de funcionamiento, para la venta de bebidas alcohólicas, que se expidan a restaurantes, únicamente faculta a su titular a vender bebidas alcohólicas con alimentos. OCTAVA.- La integración del presente dictamen, tiene su fundamento en el ejercicio de las atribuciones conferidas a las Comisiones Edilicias del Ayuntamiento por el artículo 66 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México, así como en los artículos 4 y 7 del Reglamento Municipal, del Comercio, la Industria, la Prestación de Servicios, Espectáculos, Anuncios y Vía Pública de Atizapán de Zaragoza y en cumplimiento del Acuerdo de Cabildo de fecha 18 de abril del año 2018, por el que se determinó turnar a la Comisión Edilicia de Gobernación, para estudio, análisis y dictaminación, el expediente SHA/044/CABILDO/2018, conformado con motivo de la solicitud presentada por C. David Serrano Rivas, para que se autorice la ampliación de giro de Jardín de Fiestas Infantiles sin consumo de bebidas alcohólicas, a jardín de Eventos Sociales con Consumo de bebidas Alcohólicas de más de 12 grados, Ubicado en Avenida Ruiz Cortines no. 247 Mz. 1 Lt. 32 Colonia Lomas de Atizapán Segunda Sección (Las Margaritas), Atizapán de Zaragoza. Con base a los antecedentes, consideraciones de hecho y de derecho que han quedado descritos, la Comisión Edilicia de Gobernación, tiene a bien proponer los siguientes:
PUNTOS DE ACUERDO
PRIMERO.- El H. Ayuntamiento Constitucional de Atizapán de Zaragoza, Estado de México, otorga autorización para la ampliación de Giro de Jardín de Fiestas Infantiles sin consumo de bebidas alcohólicas A JARDÍN DE EVENTOS SOCIALES CON CONSUMO DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS DE MÁS DE 12 GRADOS, Ubicado en Avenida Ruiz Cortines no. 247 Mz. 1 Lt. 32 Colonia Lomas de Atizapán Segunda Sección (Las Margaritas), Atizapán de Zaragoza”, en respuesta a la solicitud presentada por el C. C. David Serrano Rivas. SEGUNDO.- A través de la Secretaría del H. Ayuntamiento, notifíquese a la Tesorería Municipal para que por su conducto informe a la Subdirección de Normatividad la resolución del presente asunto, para los efectos legales a que haya lugar. TERCERO.- A través de la Secretaría del H. Ayuntamiento, notifíquese al C. David Serrano Rivas, la resolución del presente asunto para los efectos legales a que haya lugar. CUARTO.- Descárguese el presente dictamen de la lista de asuntos turnados a la Comisión Edilicia de Gobernación””.
Aprobado por unanimidad de votos a favor.
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PRIMERO.- El H. Ayuntamiento Constitucional de Atizapán de Zaragoza, Estado
de México, otorga autorización para el cambio de Giro de Jardín de Fiestas
Infantiles sin consumo de bebidas alcohólicas A JARDÍN DE EVENTOS
SOCIALES CON CONSUMO DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS DE MÁS DE 12
GRADOS, Ubicado en Avenida Ruiz Cortines no. 247 Mz. 1 Lt. 32 Colonia Lomas
de Atizapán Segunda Sección (Las Margaritas), Atizapán de Zaragoza”, en
respuesta a la solicitud presentada por el C. C. David Serrano Rivas.
SEGUNDO.- A través de la Secretaría del H. Ayuntamiento, notifíquese a la
Tesorería Municipal para que por su conducto informe a la Subdirección de
Normatividad la resolución del presente asunto, para los efectos legales a que
haya lugar.
TERCERO.- A través de la Secretaría del H. Ayuntamiento, notifíquese al C. David
Serrano Rivas, la resolución del presente asunto para los efectos legales a que
haya lugar.
CUARTO.- Descárguese el presente dictamen de la lista de asuntos turnados a la
Comisión Edilicia de Gobernación.
C. ANA MARÍA BALDERAS TREJO
PRESIDENTA MUNICIPAL CONSTITUCIONAL RÚBRICA
LIC. FRANCISCO ESPINOSA DE LOS MONTEROS ÁLVAREZ DEL CASTILLO
SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO RÚBRICA
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Dictamen que emite la Comisión Edilicia de Gobernación, relativo al estudio, análisis y dictaminación, de la solicitud presentada por el C. Lauro Eduardo Carrillo Padilla, representante legal de Operadora Gastronómica Howdy, S.A., de C.V., para que se autorice la venta de bebidas alcohólicas en botella cerrada y al copeo para el restaurante ubicado en Av. Ruiz Cortines N° 247, Mz. 1, Lt. 32, Local 1, Colonia Las Margaritas, Atizapán de Zaragoza, Estado de México, C.P. 52977, con nombre comercial HOWDY Y´ALL. (Expediente SHA/049/CABILDO/2018).
EDILICIADEGOBERNACIONADMINISTRACIÓN DE GOBIERNO 2016 - 2018
EXPEDIENTE SHA/049/CABILDO/2018
A la Comisión Edilicia de Gobernación, conformada por los C.C. María Inés Saucedo Resendiz, Presidenta Municipal por Ministerio de Ley y Presidenta de la Comisión Edilicia; Elia Briceño Mendoza, Séptima Regidora y Secretaría de la Comisión Edilicia; Carlos Jesús Leyva Mora, Síndico Municipal y Vocal de la Comisión Edilicia; Mariana Chávez Reyes, Quinta Regidora y Vocal de la Comisión Edilicia; y Fernando Danel Villarreal, Décimo Segundo Regidor y Vocal de la Comisión Edilicia, en fecha 9 de mayo del año 2018, le fue turnado por la Secretaria del H. Ayuntamiento para estudio, análisis y dictaminación, el expediente SHA/049/CABILDO/2018, conformado con motivo de la solicitud presentada por el C. Lauro Eduardo Carrillo Padilla, representante legal de Operadora Gastronómica Howdy S.A. de C.V., para que se autorice la venta de bebidas alcoholicas en botella cerrada y al copeo de más de 12 grados en el restaurante ubicado en Av. Ruiz Cortines N° 247, Mz. 1 Lt. 32 Local 1, colonia Las Margaritas Atizapán de Zaragoza, Estado de México, con nombre comercial “HOWDY Y´ALL”. Por lo que con fundamento en los Artículo 115 fracciones I y II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 112, 113, 116, 122 y 123 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; 31 fracción I, XI, XXV Bis, 48 fracciones II, VI Bis, VII y XVI Bis, 64 fracción I, 66 y 69 fracción I inciso a) de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México; 1, 4 Fracción VIII y 5 fracción VI de la Ley de Competitividad y Ordenamiento Comercial del Estado de México; 2.30 y 2.38 fracción VIII del Código Administrativo del Estado de México; 1 y 27 del Bando Municipal vigente; así como los Artículos 1, 2, 4, 7, 17, 81 y 83 del Reglamento Municipal del Comercio, la Industria, la Prestación de Servicios, Espectáculos, Anuncios y Vía Pública de Atizapán de Zaragoza en vigor, sometemos a la consideración de los integrantes del Honorable Cabildo en Pleno, el dictamen mediante el cual se resuelve dicha solicitud; propuesta que se fundamenta en las consideraciones de hecho y de derecho que a continuación se exponen:
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CONSIDERACIONES DE HECHO
PRIMERA.- Que el Honorable Ayuntamiento Constitucional de Atizapán de Zaragoza, Estado de México, por acuerdo tomado en su Primera Sesión Solemne de Cabildo de fecha 1º de enero del año 2016, en términos de lo dispuesto por el artículo 65 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México, aprobó la propuesta de la Ciudadana Ana María Balderas Trejo, Presidenta Municipal Constitucional y conformó las Comisiones Edilicias para el período de Gobierno 2016-2018; y entre ellas, se encuentra la Comisión Edilicia de Gobernación con los siguientes integrantes:
Presidenta C. Ana María Balderas Trejo.- Presidenta Municipal Secretaria C. Elia Briceño Mendoza.- Séptima Regidora Vocal C. Carlos Jesús Leyva Mora.- Síndico Municipal Vocal C. María Inés Saucedo Reséndiz. -Quinta Regidora Vocal C. Fernando Danel Villarreal.- Décimo Segundo Regidor
SEGUNDA.- Que la Comisión Edilicia de Gobernación, legalmente conformada por Acuerdo de Cabildo de fecha 1º de enero del año 2016, en el marco de la celebración de la Primera Sesión Solemne de Cabildo de la Administración Municipal 2016- 2018, es competente para conocer y resolver en sus términos de la solicitud presentada por el C. Lauro Eduardo Carrillo Padilla, representante legal de Operadora Gastronómica Howdy S.A. de C.V., para que se autorice la venta de bebidas alcohólicas en botella cerrada y al copeo de más de 12 grados en el restaurante ubicado en Av. Ruiz Cortines N° 247, Mz. 1 Lt. 32 Local 1, colonia Las Margaritas Atizapán de Zaragoza, Estado de México, con nombre comercial “HOWDY Y´ALL”, en virtud de por Acuerdo de Cabildo de fecha 9 de mayo del año 2018, tomado en la Septuagésima Séptima Sesión Ordinaria de Cabildo , le fue turnado para su estudio, análisis y dictaminación el expediente SHA/049/CABILDO/2018, en términos de lo establecido en el Artículo 7 del Reglamento Municipal del Comercio, la Industria, la Prestación de Servicios, Espectáculos, Anuncios y Vía Pública de Atizapán de Zaragoza en vigor. TERCERA.- Que obra en el expediente SHA/049/CABILDO/2018, original de la solicitud presentada a través de la Oficialía Común de Partes del H. Ayuntamiento Constitucional de Atizapán de Zaragoza con fecha 24 de abril del 2018 y con número de folio 47623 de la OCP, la solicitud presentada por el C. Lauro Eduardo Carrillo Padilla, representante legal de Operadora Gastronómica Howdy S.A. de C.V., para que se autorice la venta de bebidas alcoholicas en botella cerrada y al copeo de más de 12 grados en el restaurante ubicado en Av. Ruiz Cortines N° 247, Mz. 1 Lt. 32 Local 1, colonia Las Margaritas Atizapán de Zaragoza, Estado de México, con nombre comercial “HOWDY Y´ALL”. CUARTA.- Que el Lic. Francisco Espinosa de los Monteros Álvarez del Castillo , Secretario del H. Ayuntamiento Constitucional de Atizapán de Zaragoza, Estado de México, en cumplimiento al Acuerdo de Cabildo de fecha 9 de mayo del año 2018, tomado en la Septuagésima Séptima Sesión Ordinaria de Cabildo, por oficio de esa misma fecha identificado como S.H.A./TUR./COM./049/2018, turnó a la C. Elia Briceño Mendoza, Séptima Regidora y Secretaria de la Comisión Edilicia de Gobernación el expediente SHA/049/CABILDO/2018, adjuntando copia de lo siguiente:
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I.- Dictamen Único de Factibilidad 02-2004-CEF-2018, emitido por la Secretaria Técnica de la Comisión Estatal de Factibilidad del Estado de México.
DATOS DEL ESTABLECIMIENTO
DENOMINACIÓN: OPERADORA GASTRONÓMICA HOWDY S.A. DE C.V/ HOWDY Y´ALL GIRO COMERCIAL: RESTAURANTE BAR CON VENTA DE BEBIDAS ALCOHOLICAS MAYORES A 12 GRADOS ACTIVIDAD PREPONDERANTE: RESTAURANTE CON VENTA DE BEBIDAS ALCOHOLICAS DE MAS DE 12 GRADOS. HORARIO: DOMINGO, LUNES, MARTES, MIÉRCOLES, JUEVES, VIERNES, SÁBADO. DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN LOS ARTÍCULOS 51 Y 56 DE LA LEY DE COMPETITIVIDAD Y ORDENAMIENTO COMERCIAL DEL ESTADO DE MÉXICO. II. SOLICITUD INGRESADA POR OCP CON NÚMERO DE FOLIO 47623 III.- USO DE SUELO DDU-LUS-2544-2013 UBICADO EN AV. RUIZ CORTINES, MANZANA 1 LOTE 32 LOCAL 11, COLONIA LAS MARGARITAS (LOMAS DE ATIZAPÁN). IV.- LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO CON FOLIO 000981 A NOMBRE DE OPERADORA GASTRONÓMICA HOWDY S.A. DE C.V/ HOWDY Y´ALL V.- VISTO BUENO DE LA DIRECCIÓN DE PROTECCIÓN CIVIL Y BOMBEROS, FIRMADO POR EL C. CARLOS MANUEL RODRÍGUEZ DELGADO, TITULAR DE DICHA DEPENDENCIA MUNICIPAL, REFERENTE AL GIRO DENOMINADO “OPERADORA GASTRONÓMICA HOWDY S.A. DE C.V/ HOWDY Y´ALL”, UBICADO EN AV. RUIZ CORTINES, MANZANA 1 LOTE 32 LOCAL 1 , COLONIA LAS MARGARITAS (LOMAS DE ATIZAPÁN) EN ESTE MUNICIPIO. V.- CREDENCIAL DE ELECTOR EXPEDIDA POR EL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL A NOMBRE DE LAURO EDUARDO CARRILLO PADILLA. QUINTA.- QUE FUNCIONARA DE LA MANERA SIGUIENTE:
k) El horario de funcionamiento es de conformidad a lo establecido por los artículos 51 y 56 de la Ley de Competitividad y Ordenamiento Comercial del Estado de México.
l) Cuenta con 9 mesas. m) Da empleo 7 trabajadores. n) Cuenta con 2 baños y 3 más de la plaza o) Cuenta con 150 cajones de estacionamiento. (los de la plaza) p) Cuenta con aviso de funcionamiento emitido por la Jurisdicción de Regulación
Sanitaria. q) Cuenta con Dictamen de Viabilidad emitido por la Dirección de Protección Civil,
Ecología y Bomberos. r) Que en términos del artículo 78 fracción III de la Ley de Competitividad y
Ordenamiento Comercial del Estado de México, se encuentra acreditado el cumplimiento de las condiciones de higiene y seguridad sanitarias.
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s) Que en términos del artículo 78 fracción IV de la Ley de Competitividad y Ordenamiento Comercial del Estado de México, se encuentra acreditada la instalación de aislantes de sonido que garantizan el no generar ruido en el medio ambiente o contaminación que afecte la salud de los usuarios, dependientes y personal expuesto. Que los niveles de ruido se encuentran dentro del rango permitido.
t) Que en términos del artículo 78 fracción VII de la Ley de Competitividad y Ordenamiento Comercial del Estado de México, se encuentra acreditada con la evidencia documental y fotográfica necesaria, el cumplimiento de la Ley General para el Control del Tabaco y su Reglamento.
SEXTA.- Que previa convocatoria, quienes integramos la Comisión Edilicia de Gobernación nos reunimos en pleno el día 24 de mayo del año 2018 y realizamos de manera conjunta una visita de inspección con la autorización correspondiente, al local del negocio denominado “HOWDY Y´ALL” ubicado en Av. Ruiz Cortines N° 247, Mz. 1 Lt. 32 Local 1, colonia Las Margaritas Atizapán de Zaragoza, Estado de México, constatando que se trata de un inmueble que no causa afectaciones a terceros, cuenta con vigilancia privada y con la infraestructura necesaria para otorgar el servicio de Restaurant Bar con venta de bebidas alcohólicas mayores a 12 grados. SÉPTIMA.- Que previa convocatoria, quienes integramos la Comisión Edilicia de Gobernación nos reunimos de nueva cuenta en pleno, el día 5 de junio de 2018, con la finalidad de que en el ámbito de nuestras atribuciones, cada uno expusiera sus ideas y comentarios respecto de la solicitud presentada por el C. Lauro Eduardo Carrillo Padilla, representante legal de Operadora Gastronómica Howdy S.A. de C.V., para que se autorice la venta de bebidas alcoholicas en botella cerrada y al copeo de más de 12 grados en el restaurante ubicado en Av. Ruiz Cortines N° 247, Mz. 1 Lt. 32 Local 1, colonia Las Margaritas Atizapán de Zaragoza, Estado de México, con nombre comercial “HOWDY Y´ALL”. Recomendando que los empleados tengan su residencia de preferencia en Atizapán de Zaragoza, así como que la Seguridad Privada del lugar permanezca en todo momento.
CONSIDERACIONES DE DERECHO
PRIMERA.- Que el artículo 115 fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece que los estados adoptarán, para su régimen interior, la forma de gobierno republicano, representativo, democrático, laico y popular, teniendo como base de su división territorial y de su organización política y administrativa, el municipio libre, conforme a las bases siguientes: “Cada Municipio será gobernado por un Ayuntamiento de elección popular directa, integrado por un Presidente Municipal y el número de regidores y síndicos que la ley determine. La competencia que esta Constitución otorga al gobierno municipal se ejercerá por el Ayuntamiento de manera exclusiva y no habrá autoridad intermedia alguna entre éste y el gobierno del Estado.” SEGUNDA.- Que el Ayuntamiento tiene la facultad de emitir disposiciones administrativas de carácter general, en base a lo dispuesto por el artículo 115 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que señala:
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“Los ayuntamientos tendrán facultades para aprobar, de acuerdo a las leyes en materia municipal los reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia general dentro de sus respectivas jurisdicciones, que organicen la administración pública municipal, regulen las materias, los procedimientos, funciones y servicios públicos de su competencia y aseguren la participación ciudadana y vecinal.”
TERCERA.- La Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México en su artículo 123 establece que los Ayuntamientos, en el ámbito de su competencia, desempeñarán facultades normativas, para el régimen de gobierno y administración del Municipio, así como funciones de inspección, concernientes al cumplimiento de las disposiciones de observancia general aplicables. CUARTA.- La Ley Orgánica Municipal vigente en la entidad, establece en su artículo primero que el municipio libre es la base de la división territorial y de la organización política del Estado, investido de personalidad jurídica propia, integrado por una comunidad establecida en un territorio, con un gobierno autónomo en su régimen interior y en la administración de su hacienda pública, en términos del artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. QUINTA- La citada Ley Orgánica Municipal del Estado de México, establece en su artículo 31 fracciones I y XXV Bis, lo siguiente: Artículo 31.- Son atribuciones de los ayuntamientos:
II. Expedir y reformar el Bando Municipal, así como los reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia general dentro del territorio del municipio, que sean necesarios para su organización, prestación de los sevicios públicos y, en general, para el cumplimiento de sus atribuciones;
XXV Bis. Participar en la prevención y atención a las adicciones, en términos de lo dispuesto en la Sección Cuarta del Capítulo Quinto del Título Tercero del Libro Segundo del Código Administrativo del Estado de México. Con el objeto de combatir el alcoholismo, los Ayuntamientos y las autoridades estatales, en el ámbito de sus respectivas competencias, no autorizarán la instalación de establecimientos dedicados a la venta de bebidas alcohólicas en envase cerrado o por copeo, que se ubique en un radio no menor de 500 metros de centros escolares, instalaciones deportivas o centros de salud; para lo cual, las autoridades realizarán las inscripciones correspondientes en los planes municipales de desarrollo urbano. SEXTA- Que la Ley de Competitividad y Ordenamiento Comercial del Estado de México, en sus artículos 1, 4 fracción VIII y 5 fracción VI establece lo siguiente: Artículo 1. Las disposiciones contenidas en esta ley son de orden público e interés general y tienen por objeto regular la apertura y el funcionamiento de las unidades económicas para fortalecer la competitividad y el ordenamiento comercial. Así como promover acciones tendentes a estimular a aquellos emprendedores que se domicilien y tributen dentro del territorio del Estado de México. Lo relativo al fomento, atracción de la inversión productiva nacional y extranjera e instalación de empresas y parques industriales en la Entidad se regulará en términos de lo dispuesto en la Ley de
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Fomento Económico para el Estado de México. Artículo 4. Son autoridades encargadas de la aplicación de esta Ley las siguientes: I. ... II. ... III. ... IV. ... V. … VI. ... VII. ... VIII. Ayuntamientos. Artículo 5. Corresponde a las autoridades, en el ámbito de su competencia, lo siguiente: II. … III. … IV. … V. Implementar mecanismos y programas especiales para la apertura rápida de unidades económicas. SÉPTIMA- Que el Reglamento Municipal, del Comercio, la Industria, la Prestación de Servicios, Espectáculos, Anuncios y Vía Pública de Atizapán de Zaragoza, en sus artículos 1, 2, 4, 7, 17, 81 y 83 establecen: Artículo 1.- Las disposiciones del presente reglamento son de orden público, interés general y observancia en todo el territorio municipal de Atizapán de Zaragoza. Artículo 2.- El presente ordenamiento tiene por objeto:
IV. Regular e inspeccionar la actividad comercial, de prestación de servicios e industrial en Establecimientos Comerciales, Puestos Fijos, Semifijos, Ambulantes, Vía Pública, Áreas de Uso Común, así como los Mercados Públicos Municipales y Privados;
V. Regular e inspeccionar el correcto desarrollo de los espectáculos públicos, y VI. Regular e inspeccionar el uso, instalación, explotación, colocación y
distribución de anuncios o cualquier elemento publicitario en Áreas de Uso Común, vía pública, así como en áreas privadas que sean visibles desde la vía pública.
Artículo 4.- Corresponde la aplicación del presente ordenamiento a:
V. El Honorable Ayuntamiento de Atizapán de Zaragoza; VI. La Tesorería Municipal; VII. La Subdirección de Normatividad; y VIII. Las demás dependencias y órganos de la Administración Pública Municipal en el
ámbito de su competencia. Artículo 7.- La Tesorería Municipal, a través de la Subdirección de Normatividad, expedirá con previa autorización del Honorable Cabildo, y cumpliendo con los requisitos señalados en el presente Reglamento, la Licencia de Funcionamiento, para la apertura de giros tales como:
XI. Bares;
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XII. Video bares; XIII. Cantinas; XIV. Centros de Espectáculos Nocturnos; XV. Cabarets; XVI. Discotecas; XVII. Cafés cantantes; XVIII. Centros botaneros; XIX. Restaurantes bar; XX. Billares con servicio de bebidas alcohólicas mayores de 12° GL.
Para el caso de la autorización de venta de bebidas alcohólicas en salas cinematográficas, también se requerirá de la aprobación del H. Ayuntamiento y cumplir con los requisitos que al efecto establece el presente ordenamiento. Artículo 17.- Para la expedición de la Licencia de Funcionamiento de establecimientos comerciales, industriales y prestadores de servicios, será necesario presentar solicitud a la que se acompañarán:
IX. Licencia de Uso de Suelo y/o Cédula Informativa de Zonificación; ésta última únicamente para giros de servicios y productos básicos;
X. Documento que acredite la propiedad o posesión del inmueble; XI. Acta constitutiva debidamente inscrita en el Registro Público de la Propiedad y el
Comercio y/o el Instituto de la Función Registral del Estado de México en el caso de personas jurídico-colectivas;
XII. Visto bueno de la Dirección de Protección Civil y Bomberos del Municipio cuando se trate de giros de alto impacto;
XIII. Autorización del Honorable Cabildo, en los giros que establece el Artículo 7 del presente Reglamento;
XIV. Autorización expedida por la Secretaría de Gobernación en la cual se permita llevar a cabo la actividad de que se trate, cuando el solicitante sea extranjero;
XV. El Formato R-2 únicamente para personas jurídico colectivas; XVI. Pago del derecho de la expedición por apertura o revalidación de la Licencia de
Funcionamiento por servicios prestados por autoridad administrativa, conforme al Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Artículo 81.- La Tesorería Municipal podrá autorizar los giros con venta de bebidas alcohólicas al copeo, en botella o envase cerrado, previo pago de derechos, conforme a lo establecido en las disposiciones fiscales aplicables, y cumpliendo los siguientes requisitos:
IV. Dictamen de factibilidad, emitido por la Secretaría de Salud a través del Consejo Rector de Impacto Sanitario.
V. Dictamen de Viabilidad de mediano o alto riesgo, emitido por la Secretaría de Seguridad Ciudadana, a través de la Dirección General de Protección Civil.
VI. Contar con un aparato que mida el nivel de alcohol de sus clientes, de acuerdo a la Norma Oficial Mexicana, para el caso de establecimientos que vendan o suministren bebidas alcohólicas abiertas o al copeo.
Artículo 82.- En ningún caso podrán venderse bebidas alcohólicas en envase cerrado, en tianguis, puestos fijos, puestos semifijos o ambulantes. Así mismo queda prohibida su venta en carpas y circos.
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Artículo 83.- Las licencias de funcionamiento, para la venta de bebidas alcohólicas, que se expidan a restaurantes, únicamente faculta a su titular a vender bebidas alcohólicas con alimentos. OCTAVA.- La integración del presente dictamen, tiene su fundamento en el ejercicio de las atribuciones conferidas a las Comisiones Edilicias del Ayuntamiento por el artículo 66 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México, así como en los artículos 4 y 7 del Reglamento Municipal, del Comercio, la Industria, la Prestación de Servicios, Espectáculos, Anuncios y Vía Pública de Atizapán de Zaragoza y en cumplimiento del Acuerdo de Cabildo de fecha 23 de marzo del año 2018, por el que se determinó turnar a la Comisión Edilicia de Gobernación, para estudio, análisis y dictaminación, el expediente SHA/049/CABILDO/2018, conformado con motivo de la solicitud presentada por C. Lauro Eduardo Carrillo Padilla, representante legal de Operadora Gastronómica Howdy S.A. de C.V., para que se autorice la venta de bebidas alcohólicas en botella cerrada y al copeo de más de 12 grados en el restaurante ubicado en Av. Ruiz Cortines N° 247, Mz. 1 Lt. 32 Local 1, colonia Las Margaritas Atizapán de Zaragoza, Estado de México, con nombre comercial “HOWDY Y´ALL”. Con base a los antecedentes, consideraciones de hecho y de derecho que han quedado descritos, la Comisión Edilicia de Gobernación, tiene a bien proponer los siguientes:
PUNTOS DE ACUERDO
PRIMERO.- El H. Ayuntamiento Constitucional de Atizapán de Zaragoza, Estado de México, otorga autorización o anuencia para Licencia de Funcionamiento del Restaurante con venta de bebidas alcohólicas mayores a 12 grados al establecimiento denominado “HOWDY Y´ALL”, ubicado en Av. Ruiz Cortines N° 247, Mz. 1 Lt. 32 Local 1, colonia Las Margaritas Atizapán de Zaragoza, Estado de México,en respuesta a la solicitud presentada por el C. Lauro Eduardo Carrillo Padilla, representante legal de Operadora Gastronómica Howdy S.A. de C.V. SEGUNDO.- A través de la Secretaría del H. Ayuntamiento, notifíquese a la Tesorería Municipal para que por su conducto informe a la Subdirección de Normatividad la resolución del presente asunto, para los efectos legales a que haya lugar. TERCERO.- A través de la Secretaría del H. Ayuntamiento, notifíquese al C. Lauro Eduardo Carrillo Padilla, la resolución del presente asunto para los efectos legales a que haya lugar. CUARTO.- Descárguese el presente dictamen de la lista de asuntos turnados a la Comisión Edilicia de Gobernación””.
Aprobado por unanimidad de votos a favor.
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PRIMERO.- El H. Ayuntamiento Constitucional de Atizapán de Zaragoza, Estado de México, otorga autorización o anuencia para Licencia de Funcionamiento del Restaurante con venta de bebidas alcohólicas mayores a 12 grados al establecimiento denominado “HOWDY Y´ALL”, ubicado en Av. Ruiz Cortines N° 247, Mz. 1 Lt. 32 Local 1, colonia Las Margaritas Atizapán de Zaragoza, Estado de México,en respuesta a la solicitud presentada por el C. Lauro Eduardo Carrillo Padilla, representante legal de Operadora Gastronómica Howdy S.A. de C.V. SEGUNDO.- A través de la Secretaría del H. Ayuntamiento, notifíquese a la Tesorería Municipal para que por su conducto informe a la Subdirección de Normatividad la resolución del presente asunto, para los efectos legales a que haya lugar. TERCERO.- A través de la Secretaría del H. Ayuntamiento, notifíquese al C. Lauro Eduardo Carrillo Padilla, la resolución del presente asunto para los efectos legales a que haya lugar. CUARTO.- Descárguese el presente dictamen de la lista de asuntos turnados a la Comisión Edilicia de Gobernación.
C. ANA MARÍA BALDERAS TREJO PRESIDENTA MUNICIPAL CONSTITUCIONAL
RÚBRICA
LIC. FRANCISCO ESPINOSA DE LOS MONTEROS ÁLVAREZ DEL CASTILLO
SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO RÚBRICA
Dictamen que emiten de manera conjunta las Comisiones Edilicias de Patrimonio Municipal y Hacienda, relativo al estudio, análisis y
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dictaminación, de la solicitud presentada por el Mtro. Arturo Millán Olivares, Contralor Municipal, para que se autorice la baja por obsolescencia de una arma tipo rifle, marca SIG SAUER, calibre 5.56 mm, modelo SIG556, matrícula 44A003643, con número de inventario ATI 0 Q00 33159. (Expediente SHA/034/CABILDO/2018).
COMISIÓN EDILICIA DE PATRIMONIO MUNICIPAL EN CONJUNTO CON LA COMISIÓN EDILICIA DE HACIENDA
ADMINISTRACIÓN DE GOBIERNO 2016-2018 EXPEDIENTE: SHA/034/CABILDO/2018
Relativo al estudio, análisis y dictaminación, de la solicitud presentada por el Mtro. Arturo Millán Olivares, Contralor Municipal, para que se autorice la baja por obsolescencia de un arma tipo rifle, marca SIG SAUER, calibre 5.56 mm, modelo SIG556, matrícula, 44A003643, con número de inventario ATI 0 Q00 33159, con fundamento en los artículos 115, fracción II de la Constitución Política
de los Estados Unidos Mexicanos; 112, 113, 122 y 123 de la Constitución Política
del Estado Libre y Soberano de México; 1, 2, 3, 27, 31 fracción XV, 52, 53 fracciones VII y XVII, 64 fracción I y 66 de la Ley Orgánica Municipal del Estado
de México; 1, 5, 55, 57 párrafos primero y segundo, 58, 63 fracción XIV, así como por el numeral dispuesto en el punto Sexagésimo Sexto, de los Bienes Muebles por Obsolescencia, Sección Tercera, Capitulo XXI, de los Requisitos para dar de Baja los Bienes Muebles de los Lineamientos para el Registro y Control del Inventario y la Conciliación y Desincorporación de Bienes Muebles e Inmuebles para las Entidades Fiscalizables Municipales del Estado de México, publicado en la Gaceta de Gobierno del Estado Número 9,
de fecha 11 de julio del año 2013 de conformidad con lo establecido en el Artículo 73 del Reglamento de Cabildo del H. Ayuntamiento de Atizapán de Zaragoza, Estado de México, al tenor del siguiente Orden:
ANTECEDENTES
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PRIMERO.- En la primera sesión solemne de Cabildo celebrada en fecha 1° de enero del año 2016 en el punto número seis quedó conformada la Comisión
Edilicia de Patrimonio Municipal, por los siguientes integrantes:
En fecha 09 de abril del año 2018 se llevó a cabo la Septuagésima Cuarta Sesión
de la Comisión Ordinaria de Cabildo en donde se nombró a la C. Cinthya Vanessa Vargas Luna como Octava Regidora Suplente.
SEGUNDO.- En la Primera Sesión Solemne de Cabildo celebrada el día 1° de enero del año 2016 en el punto número Seis quedó conformada la Comisión Edilicia de Hacienda, por los siguientes integrantes:
Integrantes
Cargo
C. Carlos Jesús Leyva Mora Síndico Municipal
Presidente
Lic. Carlos Alberto Rayo Sánchez Noveno Regidor
Secretario
C. María Inés Saucedo Reséndiz Quinta Regidora
Vocal
C. David Ávalos González Cuarto Regidor
Vocal
Mtro. Leopoldo Corona Aguilar Segundo Regidor
Vocal
Integrantes
Cargo
C. Carlos Jesús Leyva Mora Síndico Municipal
Presidente
C. María Luisa Gudiño Aguilar Octava Regidora
Secretaria
C. María Inés Saucedo Reséndiz Quinta Regidora
Vocal
C. Elia Briceño Mendoza Séptima Regidora
Vocal
C. Antonio Pacheco Villeda Décimo Primer Regidor
Vocal
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TERCERO.- Que la Comisión Edilicia de Patrimonio Municipal en
conjunto con la Comisión Edilicia de Hacienda son legalmente
competentes para conocer y resolver en sus términos, la solicitud
presentada por el Mtro. Arturo Millán Olivares, Contralor Municipal, para
que se autorice la baja por obsolescencia de un arma tipo rifle, marca SIG
SAUER, calibre 5.56 mm, modelo SIG556, matrícula, 44A003643, con número
de inventario ATI 0 Q00 33159.
CUARTO.- Que previa convocatoria quienes integramos la Comisión
Edilicia de Patrimonio Municipal y la Comisión Edilicia de Hacienda nos reunimos en pleno a las 13:00 hrs, el día 26 de abril del 2018 en la sala de Cabildo de este H. Ayuntamiento, a fin de que en el ámbito de sus atribuciones se elabore el dictamen respectivo, cada integrante expuso sus sugerencias y comentarios al respecto, una vez hecho el estudio y análisis correspondiente, las Comisiones consideraron procedente solicitud multicitada con base a las consideraciones de hecho y derecho que a continuación se exponen.
CONSIDERACIONES DE HECHO
I.- Con fecha 02 de abril del 2018, por medio del oficio número
S.H.A./TUR./COM./034/2018, emitido por la Secretaría del H. Ayuntamiento,
fue turnado a la Comisión Edilicia de Patrimonio Municipal en conjunto con
la Comisión Edilicia de Hacienda a efecto de dar cumplimiento a lo
acordado en el punto 6.8., de la Septuagésima Tercera Sesión Ordinaria de
Cabildo celebrada el día 23 de marzo del 2018, para su estudio, análisis y
dictaminación de la solicitud presentada por el Mtro. Arturo Millán Olivares,
Contralor Municipal, para que se autorice la baja por obsolescencia de un
arma tipo rifle, marca SIG SAUER, calibre 5.56 mm, modelo SIG556,
matrícula, 44A003643, con número de inventario ATI 0 Q00 33159.
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II.- Posteriormente el C. Carlos Jesús Leyva Mora, Síndico Municipal, Presidente de la Comisión Edilicia de Patrimonio Municipal y Presidente de la Comisión Edilicia de Hacienda, una vez analizadas todas las constancias anexas al Expediente número SHA/034/CABILDO/2018, se procedió a realizar la Convocatoria a los miembros de las Comisiones en mención, para llevar a cabo el estudio, análisis y dictaminación del Expediente antes referido.
III.- Con fecha 24 de abril del 2018, el C. Carlos Jesús Leyva Mora, en su carácter de Presidente de las Comisiones Edilicias multicitadas, convocó a los miembros a la Segunda Sesión de trabajo para el día 26 de abril del 2018, en punto de las 13:00 horas; a la C. Cinthya Vanessa Vargas Luna, Octava Regidora Suplente y Secretaria de la Comisión Edilicia de Patrimonio Municipal, mediante Oficio SM/CJ/836/2018; C. Elia Briceño Mendoza, Séptima Regidora y Vocal de la Comisión Edilicia de Patrimonio Municipal, con Oficio SM/CJ/837/2018; C. María Inés Saucedo Reséndiz, Quinta Regidora, Vocal de la Comisión Edilicia de Patrimonio Municipal y Vocal de la Comisión Edilicia de Hacienda, con Oficio SM/CJ/833/2018; C. Antonio Pacheco Villeda, Décimo Primer Regidor y Vocal de la Comisión Edilicia de Patrimonio Municipal, con Oficio SM/CJ/838/2018; Lic. Carlos Alberto Rayo Sánchez, Noveno Regidor y Secretario de la Comisión Edilicia de Hacienda, mediante Oficio SM/CJ/832/2018; C. David Ávalos González, Cuarto Regidor y Vocal de la Comisión Edilicia de Hacienda, con Oficio SM/CJ/834/2018; Mtro. Leopoldo Corona Aguilar, Segundo Regidor y Vocal de la Comisión Edilicia de Hacienda, con Oficio SM/CJ/835/2018 en donde se planteó a los Integrantes de las Comisiones el asunto en cuestión y cada Integrante expuso sus comentarios y puntos de vista. IV.- Con fecha 26 de abril del 2018, reunidos en Pleno los Integrantes de las Comisiones aprobaron el presente Dictamen para que se autorice la baja por obsolescencia de un arma tipo rifle, marca SIG SAUER, calibre 5.56 mm,
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modelo SIG556, matrícula, 44A003643, con número de inventario ATI 0 Q00 33159, tomándose los siguientes:
1..-Elementos que formaron convicción:
a).- Es facultad del H. Ayuntamiento de Atizapán de Zaragoza, dictaminar
las propuestas que se formulen, en cuanto a la desincorporación de los bienes
muebles que forman parte de su Patrimonio.
b).- La Comisión Edilicia de Patrimonio Municipal, tiene dentro de sus
atribuciones para elaborar los dictámenes relacionados con los bienes Muebles
Propiedad del H. Ayuntamiento de Atizapán de Zaragoza, Estado de México.
c).- En cumplimiento de la fracción I del Sexagésimo Sexto, de los bienes
muebles por Obsolescencia, Sección Tercera, Capitulo XXI, de los Requisitos para
dar de Baja los Bienes Muebles de los Lineamientos para el Registro y Control del
Inventario y la Conciliación y Desincorporación de Bienes Muebles e Inmuebles
para las Entidades Fiscalizables Municipales del Estado de México, publicado en
la Gaceta de Gobierno del Estado Número 9, de fecha 11 de julio del año 2013, se
anexa en el expediente Oficio emitido por la Georgina A. Ramos Vargas, Jefa del
Departamento de Control de Equipo Policial, dirigido al entonces C. Gabino
Gutiérrez Chávez, Comisario de la Dirección de Seguridad Pública y Tránsito
Municipal de Atizapán de Zaragoza, en donde de acuerdo al dictamen no. 202
EH3102/DCEP/031/2015, realizado por el personal de el Deposito General de
dicha Institución se comunica la baja de dicho bien mueble.
d).- En cumplimiento de la fracción II del Sexagésimos Sexto, de los
bienes muebles por Obsolescencia, Sección Tercera, Capitulo XXI, de los
Requisitos para dar de Baja los Bienes Muebles de los Lineamientos para el
Registro y Control del Inventario y la Conciliación y Desincorporación de Bienes
Muebles e Inmuebles para las Entidades Fiscalizables Municipales del Estado de
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México, publicado en la Gaceta de Gobierno del Estado Número 9, de fecha 11 de
julio del año 2013, se anexa en el expediente Acta Administrativa firmada por el
Comité de Bienes Muebles e Inmuebles celebrada el día 27 de febrero del año
2018 en donde se avaló que los bienes son susceptibles de destrucción.
e).- En cumplimiento de la fracción III del Sexagésimos Sexto, de los
bienes muebles por Obsolescencia, Sección Tercera, Capitulo XXI, de los
Requisitos para dar de Baja los Bienes Muebles de los Lineamientos para el
Registro y Control del Inventario y la Conciliación y Desincorporación de Bienes
Muebles e Inmuebles para las Entidades Fiscalizables Municipales del Estado de
México, publicado en la Gaceta de Gobierno del Estado Número 9, de fecha 11 de
julio del año 2013, se anexa en el expediente fotografías así como las siguientes
características de dicho Rifle:
TIPO/ARMA MARCA CALIBRE MODELO MATRÍCULA FOLIO RESGUARDO
RIFLE SIG SAUER 5.56 MM. SIG556 44A003643 D 25059 S/R
Con un costo de $21,709.18 (veintiún mil setecientos nueve pesos 18/100 m.n.)
f).- Por lo anterior, esta Comisión determina autorizar la baja por obsolescencia de
un arma tipo rifle, marca SIG SAUER, calibre 5.56 mm, modelo SIG556, matrícula,
44A003643, con número de inventario ATI 0 Q00 33159 toda vez que se cumplen
con los requisitos establecidos por la ley.
CONSIDERACIONES DERECHO
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Artículo 115. Los estados adoptarán, para su régimen interior, la forma de
gobierno republicano, representativo, democrático, laico y popular, teniendo como
base de su división territorial y de su organización política y administrativa, el
municipio libre, conforme a las bases siguientes:
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Fracción II. Los municipios estarán investidos de personalidad jurídica y
manejarán su patrimonio conforme a la ley.
Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México
Artículo 122. Los ayuntamientos de los municipios tienen las atribuciones
que establecen la Constitución Federal, esta Constitución, y demás disposiciones
legales aplicables.
Artículo 123. Los ayuntamientos, en el ámbito de su competencia,
desempeñarán facultades normativas, para el régimen de gobierno y
administración del Municipio, así como funciones de inspección, concernientes al
cumplimiento de las disposiciones de observancia general aplicables.
Ley Orgánica Municipal del Estado de México
Artículo 31. Son atribuciones de los ayuntamientos:
Fracción XV. Aprobar en sesión de cabildo los movimientos registrados en
el libro especial de bienes muebles e inmuebles.
Artículo 52. Los síndicos municipales tendrán a su cargo la procuración y
defensa de los derechos e intereses del municipio, en especial los de carácter
patrimonial y la función de contraloría interna, la que, en su caso, ejercerán
conjuntamente con el órgano de control y evaluación que al efecto establezcan los
ayuntamientos.
Artículo 53. Los síndicos tendrán las siguientes atribuciones:
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Fracción VII. Intervenir en la formulación del inventario general de los
bienes muebles e inmuebles propiedad del municipio, haciendo que se inscriban
en el libro especial, con expresión de sus valores y de todas las características de
identificación, así como el uso y destino de los mismos;
Fracción XVII. Las demás que les señalen las disposiciones aplicables.
Artículo 64. Los ayuntamientos, para el eficaz desempeño de sus
funciones públicas, podrán auxiliarse por:
Fracción I. Comisiones del ayuntamiento
Artículo 66. Las comisiones del ayuntamiento serán responsables de
estudiar, examinar y proponer a éste los acuerdos, acciones o normas tendientes
a mejorar la administración pública municipal, así como de vigilar e informar sobre
los asuntos a su cargo y sobre el cumplimiento de las disposiciones y acuerdos
que dicte el cabildo.
Reglamento de Cabildo del H. Ayuntamiento de Atizapán de Zaragoza
Artículo 63. Son Comisiones permanentes las siguientes:
Fracción XIV. Patrimonio Municipal.
Lineamientos para el Registro y Control del Inventario y Desincorporación de
Bienes Muebles e Inmuebles para las Entidades Fiscalizables Municipales del Estado de México
De conformidad en lo dispuesto en el numeral Sexagésimos Sexto, de los
bienes muebles por Obsolescencia, Sección Tercera, Capitulo XXI, de los
Requisitos para dar de Baja los Bienes Muebles de los Lineamientos para el
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Registro y Control del Inventario y la Conciliación y Desincorporación de Bienes Muebles e Inmuebles para las Entidades Fiscalizables Municipales del Estado de México, publicado en la Gaceta de Gobierno del Estado Número 9, de fecha 11 de julio del año 2013.
Por lo anteriormente expuesto y fundado, la Comisión Edilicia de Patrimonio
Municipal en conjunto con la Comisión Edilicia de Hacienda tiene a bien someter
a consideración del Cabildo los siguientes:
PUNTO DE ACUERDO
PRIMERO.- Se autoriza la solicitud presentada por el Mtro. Arturo Millán Olivares, Contralor Municipal, para que se autorice la baja por obsolescencia de un arma tipo rifle, marca SIG SAUER, calibre 5.56 mm, modelo SIG556, matrícula, 44A003643, con número de inventario ATI 0 Q00 33159. SEGUNDO.- Se instruye al Secretario del H. Ayuntamiento para que por conducto de la Subdirección de Patrimonio Municipal, realice la inscripción correspondiente en el Libro Especial de Bienes Muebles, respecto de la baja patrimonial y proceda a realizar la actualización en el inventario general de Bienes Muebles. De igual manera, gire oficio a la Tesorería Municipal para realizar la baja contable en términos del Manual Único de Contabilidad Gubernamental para las Dependencias y Entidades Públicas del Gobierno y Municipios del Estado de México, afectando la cuenta de resultados de ejercicios anteriores. TERCERO.- Se instruye al Secretario del H. Ayuntamiento para que por medio del área correspondiente verifique que se cumplan los requisitos mencionados en el Sexagésimo Sexto, Sección Tercera de los Bienes Muebles por Obsolescencia, Capitulo XXI de los Lineamientos para el Registro y Control del Inventario y la Conciliación y Desincorporación de
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Bienes Muebles e Inmuebles para las Entidades Fiscalizables Municipales del Estado de México, publicado en la Gaceta de Gobierno del Estado Número 9, de fecha 11 de julio del año 2013. CUARTO. Se instruye al Secretario del H. Ayuntamiento para que proceda a la
Publicación del presente acuerdo en la Gaceta Municipal.
QUINTO.- Descárguese el presente asunto de la lista de pendientes turnados a la Comisión Edilicia de Patrimonio Municipal.
Aprobado por unanimidad de votos a favor.
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PRIMERO.- Se autoriza la solicitud presentada por el Mtro. Arturo Millán Olivares, Contralor Municipal, para que se autorice la baja por obsolescencia de un arma tipo rifle, marca SIG SAUER, calibre 5.56 mm, modelo SIG556, matrícula, 44A003643, con número de inventario ATI 0 Q00 33159. SEGUNDO.- Se instruye al Secretario del H. Ayuntamiento para que por conducto de la Subdirección de Patrimonio Municipal, realice la inscripción correspondiente en el Libro Especial de Bienes Muebles, respecto de la baja patrimonial y proceda a realizar la actualización en el inventario general de Bienes Muebles. De igual manera, gire oficio a la Tesorería Municipal para realizar la baja contable en términos del Manual Único de Contabilidad Gubernamental para las Dependencias y Entidades Públicas del Gobierno y Municipios del Estado de México, afectando la cuenta de resultados de ejercicios anteriores. TERCERO.- Se instruye al Secretario del H. Ayuntamiento para que por medio del área correspondiente verifique que se cumplan los requisitos mencionados en el Sexagésimo Sexto, Sección Tercera de los Bienes Muebles por Obsolescencia, Capitulo XXI de los Lineamientos para el
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Registro y Control del Inventario y la Conciliación y Desincorporación de Bienes Muebles e Inmuebles para las Entidades Fiscalizables Municipales del Estado de México, publicado en la Gaceta de Gobierno del Estado Número 9, de fecha 11 de julio del año 2013. CUARTO.- Se instruye al Secretario del H. Ayuntamiento para que proceda a la Publicación del presente acuerdo en la Gaceta Municipal. QUINTO.- Descárguese el presente asunto de la lista de pendientes turnados a la Comisión Edilicia de Patrimonio Municipal.
C. ANA MARÍA BALDERAS TREJO PRESIDENTA MUNICIPAL CONSTITUCIONAL
RÚBRICA
LIC. FRANCISCO ESPINOSA DE LOS MONTEROS ÁLVAREZ DEL CASTILLO
SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO RÚBRICA
Dictamen que emite la Comisión Edilicia de Desarrollo Urbano y Obra Pública, relativo al estudio, análisis y dictaminación, de la solicitud presentada por la Lic. Claudia María Gutiérrez Lorenzo Lauces, Directora de Desarrollo Urbano, para que se autorice la certificación de vías públicas existentes del lote 04, manzana 192, zona 01, del Ex Ejido de Santiago Tepalpaca III. (Expediente SHA/011/CABILDO/2018).
DICTAMEN
COMISIÓN EDILICIA DE DESARROLLO URBANO Y OBRA PÚBLICA
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EN LA CIUDAD LÓPEZ MATEOS, CABECERA MUNICIPAL DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA, SIENDO LAS 11:00 HORAS DEL DÍA 03 DE MAYO DEL 2018, REUNIDOS EN LA SALA DE JUNTAS DE LA DIRECCIÓN DE GOBIERNO DEL AYUNTAMIENTO DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA, ESTADO DE MÉXICO, SITA EN EL PALACIO MUNICIPAL DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA, MÉXICO, ESTANDO PRESENTES LOS CC. LIC. CARLOS ALBERTO RAYO SANCHEZ, NOVENO REGIDOR Y PRESIDENTE DE LA COMISIÓN DE DESARROLLO URBANO Y OBRA PÚBLICA; C. ELIA BRICEÑO MENDOZA, SÉPTIMA REGIDORA Y VOCAL DE LA COMISIÓN; C. DAVID ÁVALOS GONZÁLEZ, CUARTO REGIDOR Y VOCAL DE LA COMISIÓN; LIC. ANTONIO PACHECO VILLEDA, DECIMO PRIMER REGIDOR Y VOCAL DE LA COMISIÓN; SE PROCEDIÓ A DAR INICIO A LA SESIÓN DE LA COMISIÓN DE DESARROLLO URBANO Y OBRA PÚBLICA, PARA LLEVAR A CABO EL ANALISIS Y DICTAMINACIÓN DEL EXPEDIENTE SHA/11/CABILDO/2018 DE CONFORMIDAD CON LAS CONSIDERACIONES SIGUIENTES
CONSIDERANDO
I.- Mediante Oficio S.H.A./TUR/COM/11/2018, recibido el 13 de febrero del 2018, el Secretario del Ayuntamiento hace llegar a esta comisión el expediente SHA/11/CABILDO/2018 para su estudio y análisis. II.- En el oficio antes señalado se acompañó copia del oficio DDU/STT/99/2018 de fecha 24 de enero del año en curso signado por la Directora de Desarrollo Urbano, a efecto de que emita acuerdo favorable para la Certificación a las vías públicas existentes, del lote 04 manzana 192, zona 01, del ex-ejido de Santiago Tepalcapa III. (Expediente SHA/11/CABILDO/2018) III.- A ese expediente se anexó la siguiente documentación:
A) Oficio 1.8.15.1/1361/2017, emitido por el INSUS, de fecha 30 de octubre del 2017. B) Propuesta del Plano de relotificación 1/2 y 2/2. C) Dictamen de Liberación de Riesgos con número de oficio
DPCYB/SPC/CRNYA/GIR/3818/2016, emitido por la Dirección de Protección Civil Municipal de fecha 05 de diciembre del 2016.
D) Oficio de la Secretaría del Ayuntamiento número SHA/4701/2016, de fecha 29 de septiembre del 2016.
E) Sección del plano autorizado por el Gobierno del Estado de México. F) Sección del plano E-2 de Estructura Urbana y Usos de Suelo, integrante del Plan
Municipal de Desarrollo Urbano vigente a la fecha.
V.- De la documentación que obra en el expediente que fuera turnado a la Comisión Edilicia de Desarrollo Urbano y Obra Pública se desprende que la delegación del Instituto Nacional del Suelo Sustentable (INSUS), verificó en su oportunidad las modificaciones
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antes mencionadas, llegando a la conclusión de que resulta procedente consolidar dicho trámite, promoviendo las autorizaciones administrativas necesarias con relación a dicha petición, la Dirección de Desarrollo Urbano y los integrantes de la Comisión Edilicia de Desarrollo Urbano y Obra Pública, previa convocatoria, llevaron a cabo la visita correspondiente al lote en comento el día 25 de abril del año 2018, encontrando que se trata de un predio totalmente consolidado. V.- El Ayuntamiento cuenta con las facultades para conocer y resolver el presente asunto derivado de los artículos artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece que los estados adoptarán, para su régimen interior, la forma de gobierno republicano, representativo, popular, teniendo como base de su división territorial y de su organización política y administrativa, el municipio libre conforme a las bases siguientes: Los incisos d) y e) de la fracción V del artículo en cita disponen que los municipios, en los términos de las leyes federales y estatales, estarán facultados para autorizar, controlar y vigilar la utilización del suelo, en el ámbito de su competencia, en sus jurisdicciones territoriales, así como para intervenir en la regularización de la tenencia de la tierra urbana. Asimismo, el artículo 31 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México, previene en su fracción XXIV que es atribución del Ayuntamiento participar en la creación y administración de sus reservas territoriales y ecológicas; convenir con otras autoridades el control y vigilancia sobre la utilización del suelo en sus jurisdicciones territoriales; intervenir en la regularización de la tenencia de la tierra urbana; otorgar licencias y permisos para construcciones privadas; planificar y regular de manera conjunta y coordinada el desarrollo de las localidades conurbadas. Finalmente, el artículo 5.10 en sus fracciones XVII Y XVIII del Libro Quinto Del Código Administrativo del Estado de México, establece que los municipios tendrán entre sus atribuciones, las de establecer medidas y ejecutar acciones para evitar asentamientos humanos incorporación al desarrollo urbano. VI.- Que previa convocatoria, quienes integramos la Comisión Edilicia de Desarrollo Urbano y Obra Pública, nos reunimos en pleno el día 03 de mayo de 2018, a fin de que en el ámbito de sus atribuciones, cada integrante expusieran sus sugerencias y comentarios al respecto, y una vez hecha la revisión, análisis y estudio correspondiente, la Comisión consideró procedente autorizar se emita acuerdo favorable respecto a la Certificación de las vías públicas existentes, del lote 04 manzana 192, zona 01, del ex-ejido de Santiago Tepalcapa III. (Expediente SHA/11/CABILDO/2018). EN ATENCIÓN A LO ANTERIOR LA COMISIÓN EDILICIA DE DESARROLLO URBANO
Y OBRA PÚBLICA DETERMINA LOS SIGUIENTES:
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PUNTOS DE ACUERDO PRIMERO.- SE ACUERDA EMITIR ACUERDO FAVORABLE A LA CERTIFICACIÓN DE LAS VÍAS PÚBLICAS EXISTENTES, DEL LOTE 04 MANZANA 192, ZONA 01, DEL EX-EJIDO DE SANTIAGO TEPALCAPA III. (EXPEDIENTE SHA/11/CABILDO/2018) SEGUNDO.- A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA DEL H. AYUNTAMIENTO, NOTIFÍQUESE A LA DIRECCIÓN DE DESARROLLO URBANO Y AL INSTITUTO NACIONAL DEL SUELO SUSTENTABLE (INSUS) EN EL ESTADO DE MÉXICO, LA AUTORIZACIÓN DEL PRESENTE ASUNTO PARA LOS EFECTOS LEGALES A QUE HAYA LUGAR. TERCERO.- INSTRÚYASE A LA DIRECCIÓN DE DESARROLLO URBANO, A EFECTO DE QUE SOLICITE POR ESCRITO AL DELEGADO FEDERAL DEL INSTITUTO NACIONAL DEL SUELO SUSTENTABLE (INSUS) EN EL ESTADO DE MÉXICO, EL PLANO OFICIAL DEL LOTE REFERIDO, CON LA FINALIDAD DE QUE LA PRESIDENTA MUNICIPAL CONSTITUCIONAL, EL SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO Y LA DIRECTORA DE DESARROLLO URBANO, SE ENCUENTREN EN POSIBILIDAD DE FIRMAR EL MISMO. CUARTO.- DESCÁRGUESE EL PRESENTE DICTAMEN DE LA LISTA DE ASUNTOS TURNADOS A LA COMISIÓN EDILICIA DE DESARROLLO URBANO Y OBRA PÚBLICA.
Aprobado por unanimidad de votos a favor.
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PRIMERO.- SE ACUERDA EMITIR ACUERDO FAVORABLE A LA CERTIFICACIÓN DE LAS VÍAS PÚBLICAS EXISTENTES, DEL LOTE 04 MANZANA 192, ZONA 01, DEL EX-EJIDO DE SANTIAGO TEPALCAPA III. (EXPEDIENTE SHA/11/CABILDO/2018). SEGUNDO.- A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA DEL H. AYUNTAMIENTO, NOTIFÍQUESE A LA DIRECCIÓN DE DESARROLLO URBANO Y AL INSTITUTO NACIONAL DEL SUELO SUSTENTABLE (INSUS) EN EL ESTADO DE MÉXICO,
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LA AUTORIZACIÓN DEL PRESENTE ASUNTO PARA LOS EFECTOS LEGALES A QUE HAYA LUGAR. TERCERO.- INSTRÚYASE A LA DIRECCIÓN DE DESARROLLO URBANO, A EFECTO DE QUE SOLICITE POR ESCRITO AL DELEGADO FEDERAL DEL INSTITUTO NACIONAL DEL SUELO SUSTENTABLE (INSUS) EN EL ESTADO DE MÉXICO, EL PLANO OFICIAL DEL LOTE REFERIDO, CON LA FINALIDAD DE QUE LA PRESIDENTA MUNICIPAL CONSTITUCIONAL, EL SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO Y LA DIRECTORA DE DESARROLLO URBANO, SE ENCUENTREN EN POSIBILIDAD DE FIRMAR EL MISMO CUARTO.- DESCÁRGUESE EL PRESENTE DICTAMEN DE LA LISTA DE ASUNTOS TURNADOS A LA COMISIÓN EDILICIA DE DESARROLLO URBANO Y OBRA PÚBLICA.
C. ANA MARÍA BALDERAS TREJO PRESIDENTA MUNICIPAL CONSTITUCIONAL
RÚBRICA
LIC. FRANCISCO ESPINOSA DE LOS MONTEROS ÁLVAREZ DEL CASTILLO
SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO RÚBRICA
Dictamen que emite la Comisión Edilicia de Desarrollo Urbano y Obra Pública, relativo al estudio, análisis y dictaminación, de la solicitud presentada por la Lic. Claudia María Gutiérrez Lorenzo Lauces, Directora de Desarrollo Urbano, para que se autorice la certificación de vías públicas existentes del lote resultante 06, del Área Remanente manzana 107, zona 01, del Ex Ejido de Atizapán IV. (Expediente SHA/012/CABILDO/2018).
DICTAMEN
COMISIÓN EDILICIA DE DESARROLLO URBANO Y OBRA PÚBLICA EN LA CIUDAD LÓPEZ MATEOS, CABECERA MUNICIPAL DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA, SIENDO LAS 11:00 HORAS DEL DÍA 3 DE MAYO DEL 2018, REUNIDOS
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EN LA SALA DE JUNTAS DE LA DIRECCIÓN DE GOBIERNO DEL AYUNTAMIENTO DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA, ESTADO DE MÉXICO, EN EL PALACIO MUNICIPAL DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA, MÉXICO, ESTANDO PRESENTES LOS CC. LIC. CARLOS ALBERTO RAYO SANCHEZ, NOVENO REGIDOR Y PRESIDENTE DE LA COMISIÓN DE DESARROLLO URBANO Y OBRA PÚBLICA; C. ELIA BRICEÑO MENDOZA, SÉPTIMA REGIDORA Y VOCAL DE LA COMISIÓN; C. DAVID ÁVALOS GONZÁLEZ, CUARTO REGIDOR Y VOCAL DE LA COMISIÓN; LIC. ANTONIO PACHECO VILLEDA, DECIMO PRIMER REGIDOR Y VOCAL DE LA COMISIÓN; SE PROCEDIÓ A DAR INICIO A LA SESIÓN DE LA COMISIÓN DE DESARROLLO URBANO Y OBRA PÚBLICA, PARA LLEVAR A CABO EL ANALISIS Y DICTAMINACIÓN DEL EXPEDIENTE SHA/12/CABILDO/2018 DE CONFORMIDAD CON LAS CONSIDERACIONES SIGUIENTES
CONSIDERANDO
I.- Mediante Oficio S.H.A./TUR/COM/12/2018, recibido el 10 de febrero del 2018, el Secretario del Ayuntamiento hace llegar a esta comisión el expediente SHA/12/CABILDO/2018 para su estudio y análisis. II.- En el oficio antes señalado se acompañó copia del oficio DDU/STT/100/2018 de fecha 24 de enero del año en curso signado por la Directora de Desarrollo Urbano, a efecto de que emita acuerdo favorable para la Certificación de las vías públicas existentes, del lote resultante 06, del área remanente de la manzana 107, zona 01, del ex-ejido de Atizapán IV. (Expediente SHA/12/CABILDO/2018) III.- A ese expediente se anexó la siguiente documentación:
A) Oficio 1.8.15.1/1360/2017, emitido por el INSUS, de fecha 30 de octubre del 2017. B) Propuesta del Plano de relotificación 1/2 y 2/2. C) Dictamen de Liberación de Riesgos con número de oficio
DPCYB/SPC/CRNYA/GIR/3813/2018, emitido por la Dirección de Protección Civil Municipal de fecha 05 de diciembre del 2018.
D) Oficio de la Secretaría del Ayuntamiento número SHA/4627/2016, de fecha 29 de septiembre del 2016.
E) Sección del plano autorizado por el Gobierno del Estado de México. F) Sección del plano E-2 de Estructura Urbana y Usos de Suelo, integrante del Plan
Municipal de Desarrollo Urbano vigente a la fecha.
IV.- De la documentación que obra en el expediente que fuera turnado a la Comisión Edilicia de Desarrollo Urbano y Obra Pública se desprende que la delegación del Instituto Nacional del Suelo Sustentable (INSUS), verificó en su oportunidad las modificaciones antes mencionadas, llegando a la conclusión de que resulta procedente consolidar dicho trámite, promoviendo las autorizaciones administrativas necesarias con relación a dicha
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petición, la Dirección de Desarrollo Urbano y los integrantes de la Comisión Edilicia de Desarrollo Urbano y Obra Pública, previa convocatoria, llevaron a cabo la visita correspondiente al lote en comento el día 25 de abril del año 2018, encontrando que se trata de un predio totalmente consolidado. V.- El Ayuntamiento cuenta con las facultades para conocer y resolver el presente asunto derivado de los artículos artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece que los estados adoptarán, para su régimen interior, la forma de gobierno republicano, representativo, popular, teniendo como base de su división territorial y de su organización política y administrativa, el municipio libre conforme a las bases siguientes: Los incisos d) y e) de la fracción V del artículo en cita disponen que los municipios, en los términos de las leyes federales y estatales, estarán facultados para autorizar, controlar y vigilar la utilización del suelo, en el ámbito de su competencia, en sus jurisdicciones territoriales, así como para intervenir en la regularización de la tenencia de la tierra urbana. Asimismo, el artículo 31 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México, previene en su fracción XXIV que es atribución del Ayuntamiento participar en la creación y administración de sus reservas territoriales y ecológicas; convenir con otras autoridades el control y vigilancia sobre la utilización del suelo en sus jurisdicciones territoriales; intervenir en la regularización de la tenencia de la tierra urbana; otorgar licencias y permisos para construcciones privadas; planificar y regular de manera conjunta y coordinada el desarrollo de las localidades conurbadas. Finalmente, el artículo 5.10 en sus fracciones XVII Y XVIII del Libro Quinto Del Código Administrativo del Estado de México, establece que los municipios tendrán entre sus atribuciones, las de establecer medidas y ejecutar acciones para evitar asentamientos humanos incorporación al desarrollo urbano. VI.- Que previa convocatoria, quienes integramos la Comisión Edilicia de Desarrollo Urbano y Obra Pública, nos reunimos en pleno el día 3 de mayo de 2018, a fin de que en el ámbito de sus atribuciones, cada integrante expusieran sus sugerencias y comentarios al respecto, y una vez hecha la revisión, análisis y estudio correspondiente, la Comisión consideró procedente autorizar se emita acuerdo favorable respecto a la Certificación de las vías públicas existentes, del lote resultante 06, del área remanente de la manzana 107, zona 01, del ex-ejido de Atizapán 01. (Expediente SHA/12/CABILDO/2018). EN ATENCIÓN A LO ANTERIOR LA COMISIÓN EDILICIA DE DESARROLLO URBANO
Y OBRA PÚBLICA DETERMINA LOS SIGUIENTES:
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PUNTOS DE ACUERDO PRIMERO.- SE EMITE ACUERDO FAVORABLE A LA CERTIFICACIÓN DE LAS VÍAS PÚBLICAS EXISTENTES, DEL LOTE RESULTANTE 06, DEL ÁREA REMANENTE DE LA MANZANA 107, ZONA 01, DEL EX-EJIDO DE ATIZAPÁN IV. (EXPEDIENTE SHA/12/CABILDO/2018) SEGUNDO.- A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA DEL H. AYUNTAMIENTO, NOTIFÍQUESE A LA DIRECCIÓN DE DESARROLLO URBANO Y AL INSTITUTO NACIONAL DEL SUELO SUSTENTABLE (INSUS) EN EL ESTADO DE MÉXICO, LA AUTORIZACIÓN DEL PRESENTE ASUNTO PARA LOS EFECTOS LEGALES A QUE HAYA LUGAR. TERCERO.- INSTRÚYASE A LA DIRECCIÓN DE DESARROLLO URBANO, A EFECTO DE QUE SOLICITE POR ESCRITO AL DELEGADO FEDERAL DEL INSTITUTO NACIONAL DEL SUELO SUSTENTABLE (INSUS) EN EL ESTADO DE MÉXICO, EL PLANO OFICIAL DEL LOTE REFERIDO, CON LA FINALIDAD DE QUE LA PRESIDENTA MUNICIPAL CONSTITUCIONAL, EL SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO Y LA DIRECTORA DE DESARROLLO URBANO, SE ENCUENTREN EN POSIBILIDAD DE FIRMAR EL MISMO. CUARTO.- DESCÁRGUESE EL PRESENTE DICTAMEN DE LA LISTA DE ASUNTOS TURNADOS A LA COMISIÓN EDILICIA DE DESARROLLO URBANO Y OBRA PÚBLICA. Aprobado por unanimidad de votos a favor.
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PRIMERO.- SE EMITE ACUERDO FAVORABLE A LA CERTIFICACIÓN DE LAS VÍAS PÚBLICAS EXISTENTES, DEL LOTE RESULTANTE 06, DEL ÁREA REMANENTE DE LA MANZANA 107, ZONA 01, DEL EX-EJIDO DE ATIZAPÁN IV. (EXPEDIENTE SHA/12/CABILDO/2018). SEGUNDO.- A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA DEL H. AYUNTAMIENTO, NOTIFÍQUESE A LA DIRECCIÓN DE DESARROLLO URBANO Y AL INSTITUTO NACIONAL DEL SUELO SUSTENTABLE (INSUS) EN EL ESTADO DE MÉXICO,
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LA AUTORIZACIÓN DEL PRESENTE ASUNTO PARA LOS EFECTOS LEGALES A QUE HAYA LUGAR. TERCERO.- INSTRÚYASE A LA DIRECCIÓN DE DESARROLLO URBANO, A EFECTO DE QUE SOLICITE POR ESCRITO AL DELEGADO FEDERAL DEL INSTITUTO NACIONAL DEL SUELO SUSTENTABLE (INSUS) EN EL ESTADO DE MÉXICO, EL PLANO OFICIAL DEL LOTE REFERIDO, CON LA FINALIDAD DE QUE LA PRESIDENTA MUNICIPAL CONSTITUCIONAL, EL SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO Y LA DIRECTORA DE DESARROLLO URBANO, SE ENCUENTREN EN POSIBILIDAD DE FIRMAR EL MISMO. CUARTO.- DESCÁRGUESE EL PRESENTE DICTAMEN DE LA LISTA DE ASUNTOS TURNADOS A LA COMISIÓN EDILICIA DE DESARROLLO URBANO Y OBRA PÚBLICA.
C. ANA MARÍA BALDERAS TREJO PRESIDENTA MUNICIPAL CONSTITUCIONAL
RÚBRICA
LIC. FRANCISCO ESPINOSA DE LOS MONTEROS ÁLVAREZ DEL CASTILLO
SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO RÚBRICA
Dictamen que emite la Comisión Edilicia de Desarrollo Urbano y Obra Pública, relativo al estudio, análisis y dictaminación, de la solicitud presentada por la Lic. Claudia María Gutiérrez Lorenzo Lauces, Directora de Desarrollo Urbano, para que se autorice la certificación de vías públicas existentes de los lotes 01 al 04, 57 al 66 y 75 al 88, manzana 100, zona 01, del Ex Ejido de San Mateo Tecoloapan II. (Expediente SHA/013/CABILDO/2018).
DICTAMEN COMISIÓN EDILICIA DE DESARROLLO URBANO Y OBRA PÚBLICA
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EN LA CIUDAD LÓPEZ MATEOS, CABECERA MUNICIPAL DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA, SIENDO LAS 11:00 HORAS DEL DÍA 03 DE MAYO DEL 2018, REUNIDOS EN LA SALA DE JUNTAS DE LA DIRECCIÓN DE GOBIERNO DEL AYUNTAMIENTO DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA, ESTADO DE MÉXICO, EN EL PALACIO MUNICIPAL DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA, MÉXICO, ESTANDO PRESENTES LOS CC. LIC. CARLOS ALBERTO RAYO SANCHEZ, NOVENO REGIDOR Y PRESIDENTE DE LA COMISIÓN DE DESARROLLO URBANO Y OBRA PÚBLICA; C. ELIA BRICEÑO MENDOZA, SÉPTIMA REGIDORA Y VOCAL DE LA COMISIÓN; C. DAVID ÁVALOS GONZÁLEZ, CUARTO REGIDOR Y VOCAL DE LA COMISIÓN; LIC. ANTONIO PACHECO VILLEDA, DECIMO PRIMER REGIDOR Y VOCAL DE LA COMISIÓN; SE PROCEDIÓ A DAR INICIO A LA SESIÓN DE LA COMISIÓN DE DESARROLLO URBANO Y OBRA PÚBLICA, PARA LLEVAR A CABO EL ANALISIS Y DICTAMINACIÓN DEL EXPEDIENTE SHA/13/CABILDO/2018 DE CONFORMIDAD CON LAS CONSIDERACIONES SIGUIENTES
CONSIDERANDO
I.- Mediante Oficio S.H.A./TUR/COM/13/2018, recibido el 10 de febrero del 2018, el Secretario del Ayuntamiento hace llegar a esta comisión el expediente SHA/13/CABILDO/2018 para su estudio y análisis. II.- En el oficio antes señalado se acompañó copia del oficio DDU/STT/96/2018 de fecha 24 de enero del año en curso signado por la Directora de Desarrollo Urbano, a efecto de que emita acuerdo favorable para la Certificación de las vías públicas existentes, de los lotes 01 al 04, 57 al 66 y 75 al 88, manzana 100, zona 01, del Ex ejido de San Mateo Tecoloapan II. (Expediente SHA/13/CABILDO/2018) III.- A ese expediente se anexó la siguiente documentación:
A) Oficio 1.8.15.1/1018/2017, emitido por el INSUS, de fecha 13 de julio del 2017. B) Propuesta del Plano de relotificación 1/2 y 2/2. C) Dictamen de Liberación de Riesgos con número de oficio
DPCYB/SPC/CRNYA/GIR/3406/2017, emitido por la Dirección de Protección Civil Municipal de fecha 27 de octubre del 2017.
D) Oficio de la Secretaría del Ayuntamiento número SHA/PM/BI/4735/2017, de fecha 04 de septiembre del 2017.
E) Sección del plano autorizado por el Gobierno del Estado de México. F) Sección del plano E-2 de Estructura Urbana y Usos de Suelo, integrante del Plan
Municipal de Desarrollo Urbano vigente a la fecha. IV.- De la documentación que obra en el expediente que fuera turnado a la Comisión Edilicia de Desarrollo Urbano y Obra Pública se desprende que la delegación del Instituto Nacional del Suelo Sustentable (INSUS), verificó en su oportunidad las modificaciones antes mencionadas, llegando a la conclusión de que resulta procedente consolidar dicho
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trámite, promoviendo las autorizaciones administrativas necesarias con relación a dicha petición, la Dirección de Desarrollo Urbano y los integrantes de la Comisión Edilicia de Desarrollo Urbano y Obra Pública, previa convocatoria, llevaron a cabo la visita correspondiente al lote en comento el día 25 de abril del año 2018, encontrando que se trata de un predio totalmente consolidado. V.- El Ayuntamiento cuenta con las facultades para conocer y resolver el presente asunto derivado de los artículos artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece que los estados adoptarán, para su régimen interior, la forma de gobierno republicano, representativo, popular, teniendo como base de su división territorial y de su organización política y administrativa, el municipio libre conforme a las bases siguientes: Los incisos d) y e) de la fracción V del artículo en cita disponen que los municipios, en los términos de las leyes federales y estatales, estarán facultados para autorizar, controlar y vigilar la utilización del suelo, en el ámbito de su competencia, en sus jurisdicciones territoriales, así como para intervenir en la regularización de la tenencia de la tierra urbana. Asimismo, el artículo 31 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México, previene en su fracción XXIV que es atribución del Ayuntamiento participar en la creación y administración de sus reservas territoriales y ecológicas; convenir con otras autoridades el control y vigilancia sobre la utilización del suelo en sus jurisdicciones territoriales; intervenir en la regularización de la tenencia de la tierra urbana; otorgar licencias y permisos para construcciones privadas; planificar y regular de manera conjunta y coordinada el desarrollo de las localidades conurbadas. Finalmente, el artículo 5.10 en sus fracciones XVII Y XVIII del Libro Quinto Del Código Administrativo del Estado de México, establece que los municipios tendrán entre sus atribuciones, las de establecer medidas y ejecutar acciones para evitar asentamientos humanos incorporación al desarrollo urbano. VI.- Que previa convocatoria, quienes integramos la Comisión Edilicia de Desarrollo Urbano y Obra Pública, nos reunimos en pleno el día 3 de mayo de 2018, a fin de que en el ámbito de sus atribuciones, cada integrante expusieran sus sugerencias y comentarios al respecto, y una vez hecha la revisión, análisis y estudio correspondiente, la Comisión consideró procedente autorizar se emita acuerdo favorable respecto a la Certificación de las vías públicas existentes, de los lotes 01 al 04, 57 al 66 y 75 al 88, manzana 100, zona 01, del Ex ejido de San Mateo Tecoloapan II. (Expediente SHA/13/CABILDO/2018). EN ATENCIÓN A LO ANTERIOR LA COMISIÓN EDILICIA DE DESARROLLO URBANO
Y OBRA PÚBLICA DETERMINA LOS SIGUIENTES:
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PUNTOS DE ACUERDO
PRIMERO.- SE EMITE ACUERDO FAVORABLE A LA CERTIFICACIÓN DE LAS VÍAS PÚBLICAS EXISTENTES, DE LOS LOTES 01 AL 04, 57 AL 66 Y 75 AL 88, MANZANA 100, ZONA 01, DEL EX EJIDO DE SAN MATEO TECOLOAPAN II. (EXPEDIENTE SHA/13/CABILDO/2018). SEGUNDO.- A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA DEL H. AYUNTAMIENTO, NOTIFÍQUESE A LA DIRECCIÓN DE DESARROLLO URBANO Y AL INSTITUTO NACIONAL DEL SUELO SUSTENTABLE (INSUS) EN EL ESTADO DE MÉXICO, LA AUTORIZACIÓN DEL PRESENTE ASUNTO PARA LOS EFECTOS LEGALES A QUE HAYA LUGAR. TERCERO.- INSTRÚYASE A LA DIRECCIÓN DE DESARROLLO URBANO, A EFECTO DE QUE SOLICITE POR ESCRITO AL DELEGADO FEDERAL DEL INSTITUTO NACIONAL DEL SUELO SUSTENTABLE (INSUS) EN EL ESTADO DE MÉXICO, EL PLANO OFICIAL DE LOS LOTES REFERIDOS, CON LA FINALIDAD DE QUE LA PRESIDENTA MUNICIPAL CONSTITUCIONAL, EL SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO Y LA DIRECTORA DE DESARROLLO URBANO, SE ENCUENTREN EN POSIBILIDAD DE FIRMAR EL MISMO. CUARTO.- DESCÁRGUESE EL PRESENTE DICTAMEN DE LA LISTA DE ASUNTOS TURNADOS A LA COMISIÓN EDILICIA DE DESARROLLO URBANO Y OBRA PÚBLICA.
Aprobado por unanimidad de votos a favor.
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PRIMERO.- SE EMITE ACUERDO FAVORABLE A LA CERTIFICACIÓN DE LAS VÍAS PÚBLICAS EXISTENTES, DE LOS LOTES 01 AL 04, 57 AL 66 Y 75 AL 88, MANZANA 100, ZONA 01, DEL EX EJIDO DE SAN MATEO TECOLOAPAN II. (EXPEDIENTE SHA/13/CABILDO/2018).
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SEGUNDO.- A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA DEL H. AYUNTAMIENTO, NOTIFÍQUESE A LA DIRECCIÓN DE DESARROLLO URBANO Y AL INSTITUTO NACIONAL DEL SUELO SUSTENTABLE (INSUS) EN EL ESTADO DE MÉXICO, LA AUTORIZACIÓN DEL PRESENTE ASUNTO PARA LOS EFECTOS LEGALES A QUE HAYA LUGAR. TERCERO.- INSTRÚYASE A LA DIRECCIÓN DE DESARROLLO URBANO, A EFECTO DE QUE SOLICITE POR ESCRITO AL DELEGADO FEDERAL DEL INSTITUTO NACIONAL DEL SUELO SUSTENTABLE (INSUS) EN EL ESTADO DE MÉXICO, EL PLANO OFICIAL DE LOS LOTES REFERIDOS, CON LA FINALIDAD DE QUE LA PRESIDENTA MUNICIPAL CONSTITUCIONAL, EL SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO Y LA DIRECTORA DE DESARROLLO URBANO, SE ENCUENTREN EN POSIBILIDAD DE FIRMAR EL MISMO. CUARTO.- DESCÁRGUESE EL PRESENTE DICTAMEN DE LA LISTA DE ASUNTOS TURNADOS A LA COMISIÓN EDILICIA DE DESARROLLO URBANO Y OBRA PÚBLICA.
C. ANA MARÍA BALDERAS TREJO PRESIDENTA MUNICIPAL CONSTITUCIONAL
RÚBRICA
LIC. FRANCISCO ESPINOSA DE LOS MONTEROS ÁLVAREZ DEL CASTILLO
SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO RÚBRICA
Dictamen que emite la Comisión Edilicia de Desarrollo Urbano y Obra Pública, relativo al estudio, análisis y dictaminación, de la solicitud presentada por la Lic. Claudia María Gutiérrez Lorenzo Lauces, Directora de Desarrollo Urbano, para que se autorice la certificación de vías públicas existentes del lote 13, manzana 06, zona 09, del Ex Ejido de Atizapán III. (Expediente SHA/014/CABILDO/2018).
DICTAMEN
COMISIÓN EDILICIA DE DESARROLLO URBANO Y OBRA PÚBLICA EN LA CIUDAD LÓPEZ MATEOS, CABECERA MUNICIPAL DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA, SIENDO LAS 11:00 HORAS DEL DÍA 03 DE MAYO DE 2018, REUNIDOS
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EN LA SALA DE JUNTAS DE LA DIRECCIÓN DE GOBIERNO DEL AYUNTAMIENTO DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA, ESTADO DE MÉXICO, EN EL PALACIO MUNICIPAL DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA, MÉXICO, ESTANDO PRESENTES LOS CC. LIC. CARLOS ALBERTO RAYO SANCHEZ, NOVENO REGIDOR Y PRESIDENTE DE LA COMISIÓN DE DESARROLLO URBANO Y OBRA PÚBLICA; C. ELIA BRICEÑO MENDOZA, SÉPTIMA REGIDORA Y VOCAL DE LA COMISIÓN; C. DAVID ÁVALOS GONZÁLEZ, CUARTO REGIDOR Y VOCAL DE LA COMISIÓN; LIC. ANTONIO PACHECO VILLEDA, DECIMO PRIMER REGIDOR Y VOCAL DE LA COMISIÓN; SE PROCEDIÓ A DAR INICIO A LA SESIÓN DE LA COMISIÓN DE DESARROLLO URBANO Y OBRA PÚBLICA, PARA LLEVAR A CABO EL ANALISIS Y DICTAMINACIÓN DEL EXPEDIENTE SHA/14/CABILDO/2018 DE CONFORMIDAD CON LAS CONSIDERACIONES SIGUIENTES
CONSIDERANDO
I.- Mediante Oficio S.H.A./TUR/COM/14/2018, recibido el 10 de febrero del 2018, el Secretario del Ayuntamiento hace llegar a esta comisión el expediente SHA/14/CABILDO/2018 para su estudio y análisis. II.- En el oficio antes señalado se acompañó copia del oficio DDU/STT/98/2018 de fecha 24 de enero del año en curso signado por la Directora de Desarrollo Urbano, a efecto de que emita acuerdo favorable para la Certificación de las vías públicas existentes, del lote 13, manzana 06, zona 09, del Ex ejido Atizapán III. (Expediente SHA/14/CABILDO/2018) III.- A ese expediente se anexó la siguiente documentación:
A) Oficio 1.8.15.1/1358/2017, emitido por el INSUS, de fecha 30 de octubre del 2017. B) Propuesta del Plano de relotificación 1/2 y 2/2. C) Dictamen de Liberación de Riesgos con número de oficio
DPCYB/SPC/CRNYA/GIR/3406/2017, emitido por la Dirección de Protección Civil Municipal de fecha 27 de octubre del 2017.
D) Oficio de la Secretaría del Ayuntamiento número SHA/PM/BI/4691/2017, de fecha 24 de agosto del 2017.
E) Sección del plano autorizado por el Gobierno del Estado de México. F) Sección del plano E-2 de Estructura Urbana y Usos de Suelo, integrante del Plan
Municipal de Desarrollo Urbano vigente a la fecha.
IV.- De la documentación que obra en el expediente que fuera turnado a la Comisión Edilicia de Desarrollo Urbano y Obra Pública se desprende que la delegación del Instituto Nacional del Suelo Sustentable (INSUS), verificó en su oportunidad las modificaciones antes mencionadas, llegando a la conclusión de que resulta procedente consolidar dicho trámite, promoviendo las autorizaciones administrativas necesarias con relación a dicha petición, la Dirección de Desarrollo Urbano y los integrantes de la Comisión Edilicia de
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Desarrollo Urbano y Obra Pública, previa convocatoria, llevaron a cabo la visita correspondiente al lote en comento el día 25 de abril del año 2018, encontrando que se trata de un predio totalmente consolidado. V.- El Ayuntamiento cuenta con las facultades para conocer y resolver el presente asunto derivado de los artículos artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece que los estados adoptarán, para su régimen interior, la forma de gobierno republicano, representativo, popular, teniendo como base de su división territorial y de su organización política y administrativa, el municipio libre conforme a las bases siguientes: Los incisos d) y e) de la fracción V del artículo en cita disponen que los municipios, en los términos de las leyes federales y estatales, estarán facultados para autorizar, controlar y vigilar la utilización del suelo, en el ámbito de su competencia, en sus jurisdicciones territoriales, así como para intervenir en la regularización de la tenencia de la tierra urbana. Asimismo, el artículo 31 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México, previene en su fracción XXIV que es atribución del Ayuntamiento participar en la creación y administración de sus reservas territoriales y ecológicas; convenir con otras autoridades el control y vigilancia sobre la utilización del suelo en sus jurisdicciones territoriales; intervenir en la regularización de la tenencia de la tierra urbana; otorgar licencias y permisos para construcciones privadas; planificar y regular de manera conjunta y coordinada el desarrollo de las localidades conurbadas. Finalmente, el artículo 5.10 en sus fracciones XVII Y XVIII del Libro Quinto Del Código Administrativo del Estado de México, establece que los municipios tendrán entre sus atribuciones, las de establecer medidas y ejecutar acciones para evitar asentamientos humanos incorporación al desarrollo urbano. VI.- Que previa convocatoria, quienes integramos la Comisión Edilicia de Desarrollo Urbano y Obra Pública, nos reunimos en pleno el día 03 de mayo de 2018, a fin de que en el ámbito de sus atribuciones, cada integrante expusieran sus sugerencias y comentarios al respecto, y una vez hecha la revisión, análisis y estudio correspondiente, la Comisión consideró procedente autorizar se emita acuerdo favorable respecto a la Certificación de las vías públicas existentes, del lote 13, manzana 06, zona 09, del Ex ejido Atizapán III. (Expediente SHA/14/CABILDO/2018).
EN ATENCIÓN A LO ANTERIOR LA COMISIÓN EDILICIA DE DESARROLLO URBANO
Y OBRA PÚBLICA DETERMINA LOS SIGUIENTES:
PUNTOS DE ACUERDO
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PRIMERO.- SE EMITE ACUERDO FAVORABLE A LA CERTIFICACIÓN DE LAS VÍAS PÚBLICAS EXISTENTES, DEL LOTE 13, MANZANA 06, ZONA 09, DEL EX EJIDO ATIZAPÁN III. (EXPEDIENTE SHA/14/CABILDO/2018) SEGUNDO.- A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA DEL H. AYUNTAMIENTO, NOTIFÍQUESE A LA DIRECCIÓN DE DESARROLLO URBANO Y AL INSTITUTO NACIONAL DEL SUELO SUSTENTABLE (INSUS) EN EL ESTADO DE MÉXICO, LA AUTORIZACIÓN DEL PRESENTE ASUNTO PARA LOS EFECTOS LEGALES A QUE HAYA LUGAR. TERCERO.- INSTRÚYASE A LA DIRECCIÓN DE DESARROLLO URBANO, A EFECTO DE QUE SOLICITE POR ESCRITO AL DELEGADO FEDERAL DEL INSTITUTO NACIONAL DEL SUELO SUSTENTABLE (INSUS) EN EL ESTADO DE MÉXICO, EL PLANO OFICIAL DEL LOTE REFERIDO, CON LA FINALIDAD DE QUE LA PRESIDENTA MUNICIPAL CONSTITUCIONAL, EL SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO Y LA DIRECTORA DE DESARROLLO URBANO, SE ENCUENTREN EN POSIBILIDAD DE FIRMAR EL MISMO. CUARTO.- DESCÁRGUESE EL PRESENTE DICTAMEN DE LA LISTA DE ASUNTOS TURNADOS A LA COMISIÓN EDILICIA DE DESARROLLO URBANO Y OBRA PÚBLICA. Aprobado por unanimidad de votos a favor. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
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-
PRIMERO.- SE EMITE ACUERDO FAVORABLE A LA CERTIFICACIÓN DE LAS
VÍAS PÚBLICAS EXISTENTES, DEL LOTE 13, MANZANA 06, ZONA 09, DEL EX
EJIDO ATIZAPÁN III. (EXPEDIENTE SHA/14/CABILDO/2018).
SEGUNDO.- A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA DEL H. AYUNTAMIENTO,
NOTIFÍQUESE A LA DIRECCIÓN DE DESARROLLO URBANO Y AL INSTITUTO
NACIONAL DEL SUELO SUSTENTABLE (INSUS) EN EL ESTADO DE MÉXICO,
78
LA AUTORIZACIÓN DEL PRESENTE ASUNTO PARA LOS EFECTOS LEGALES
A QUE HAYA LUGAR.
TERCERO.- INSTRÚYASE A LA DIRECCIÓN DE DESARROLLO URBANO, A
EFECTO DE QUE SOLICITE POR ESCRITO AL DELEGADO FEDERAL DEL
INSTITUTO NACIONAL DEL SUELO SUSTENTABLE (INSUS) EN EL ESTADO
DE MÉXICO, EL PLANO OFICIAL DEL LOTE REFERIDO, CON LA FINALIDAD
DE QUE LA PRESIDENTA MUNICIPAL CONSTITUCIONAL, EL SECRETARIO
DEL H. AYUNTAMIENTO Y LA DIRECTORA DE DESARROLLO URBANO, SE
ENCUENTREN EN POSIBILIDAD DE FIRMAR EL MISMO.
CUARTO.- DESCÁRGUESE EL PRESENTE DICTAMEN DE LA LISTA DE
ASUNTOS TURNADOS A LA COMISIÓN EDILICIA DE DESARROLLO URBANO
Y OBRA PÚBLICA.
C. ANA MARÍA BALDERAS TREJO
PRESIDENTA MUNICIPAL CONSTITUCIONAL RÚBRICA
LIC. FRANCISCO ESPINOSA DE LOS MONTEROS ÁLVAREZ DEL CASTILLO
SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO RÚBRICA
Dictamen que emite la Comisión Edilicia de Desarrollo Urbano y Obra Pública, relativo al estudio, análisis y dictaminación, de la solicitud presentada por la Lic. Claudia María Gutiérrez Lorenzo Lauces, Directora de Desarrollo Urbano, para que se autorice la certificación de vías públicas existentes del lote 14, manzana 52, zona 04, del Ex Ejido de Atizapán I. (Expediente SHA/015/CABILDO/2018).
DICTAMEN COMISIÓN EDILICIA DE DESARROLLO URBANO Y OBRA PÚBLICA
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EN LA CIUDAD LÓPEZ MATEOS, CABECERA MUNICIPAL DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA, SIENDO LAS 11:00 HORAS DEL DÍA 03 DE MAYO DEL 2018, REUNIDOS EN LA SALA DE JUNTAS DE LA DIRECCIÓN DE GOBIERNO DEL AYUNTAMIENTO DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA, ESTADO DE MÉXICO, EN EL PALACIO MUNICIPAL DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA, MÉXICO, ESTANDO PRESENTES LOS CC. LIC. CARLOS ALBERTO RAYO SANCHEZ, NOVENO REGIDOR Y PRESIDENTE DE LA COMISIÓN DE DESARROLLO URBANO Y OBRA PÚBLICA; C. ELIA BRICEÑO MENDOZA, SÉPTIMA REGIDORA Y VOCAL DE LA COMISIÓN; C. DAVID ÁVALOS GONZÁLEZ, CUARTO REGIDOR Y VOCAL DE LA COMISIÓN; LIC. ANTONIO PACHECO VILLEDA, DECIMO PRIMER REGIDOR Y VOCAL DE LA COMISIÓN; SE PROCEDIÓ A DAR INICIO A LA SESIÓN DE LA COMISIÓN DE DESARROLLO URBANO Y OBRA PÚBLICA, PARA LLEVAR A CABO EL ANALISIS Y DICTAMINACIÓN DEL EXPEDIENTE SHA/15/CABILDO/2018 DE CONFORMIDAD CON LAS CONSIDERACIONES SIGUIENTES
CONSIDERANDO
I.- Mediante Oficio S.H.A./TUR/COM/15/2018, recibido el 10 de febrero del 2018, el Secretario del Ayuntamiento hace llegar a esta comisión el expediente SHA/15/CABILDO/2018 para su estudio y análisis. II.- En el oficio antes señalado se acompañó copia del oficio DDU/STT/103/2018 de fecha 24 de enero del año en curso signado por la Directora de Desarrollo Urbano, a efecto de que emita acuerdo favorable para la Certificación de las vías públicas existentes, del lote 14, manzana 52, zona 04, del Ex ejido Atizapán I. (Expediente SHA/15/CABILDO/2018) III.- A ese expediente se anexó la siguiente documentación:
A) Oficio 1.8.15.1/1363/2017, emitido por el INSUS, de fecha 30 de octubre del 2017. B) Propuesta del Plano de relotificación 1/2 y 2/2. C) Dictamen de Liberación de Riesgos con número de oficio
DPCYB/SPC/CRNYA/GIR/3807/2016, emitido por la Dirección de Protección Civil Municipal de fecha 05 de diciembre del 2016.
D) Oficio de la Secretaría del Ayuntamiento número SHA/3413/2016, de fecha 11 de julio del 2016.
E) Sección del plano autorizado por el Gobierno del Estado de México. F) Sección del plano E-2 de Estructura Urbana y Usos de Suelo, integrante del Plan
Municipal de Desarrollo Urbano vigente a la fecha.
IV.- De la documentación que obra en el expediente que fuera turnado a la Comisión Edilicia de Desarrollo Urbano y Obra Pública se desprende que la delegación del Instituto Nacional del Suelo Sustentable (INSUS), verificó en su oportunidad las modificaciones antes mencionadas, llegando a la conclusión de que resulta procedente consolidar dicho trámite, promoviendo las autorizaciones administrativas necesarias con relación a dicha
80
petición, la Dirección de Desarrollo Urbano y los integrantes de la Comisión Edilicia de Desarrollo Urbano y Obra Pública, previa convocatoria, llevaron a cabo la visita correspondiente al lote en comento el día 25 de abril del año 2018, encontrando que se trata de un predio totalmente consolidado. V.- El Ayuntamiento cuenta con las facultades para conocer y resolver el presente asunto derivado de los artículos artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece que los estados adoptarán, para su régimen interior, la forma de gobierno republicano, representativo, popular, teniendo como base de su división territorial y de su organización política y administrativa, el municipio libre conforme a las bases siguientes: Los incisos d) y e) de la fracción V del artículo en cita disponen que los municipios, en los términos de las leyes federales y estatales, estarán facultados para autorizar, controlar y vigilar la utilización del suelo, en el ámbito de su competencia, en sus jurisdicciones territoriales, así como para intervenir en la regularización de la tenencia de la tierra urbana. Asimismo, el artículo 31 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México, previene en su fracción XXIV que es atribución del Ayuntamiento participar en la creación y administración de sus reservas territoriales y ecológicas; convenir con otras autoridades el control y vigilancia sobre la utilización del suelo en sus jurisdicciones territoriales; intervenir en la regularización de la tenencia de la tierra urbana; otorgar licencias y permisos para construcciones privadas; planificar y regular de manera conjunta y coordinada el desarrollo de las localidades conurbadas. Finalmente, el artículo 5.10 en sus fracciones XVII Y XVIII del Libro Quinto Del Código Administrativo del Estado de México, establece que los municipios tendrán entre sus atribuciones, las de establecer medidas y ejecutar acciones para evitar asentamientos humanos incorporación al desarrollo urbano. VI.- Que previa convocatoria, quienes integramos la Comisión Edilicia de Desarrollo Urbano y Obra Pública, nos reunimos en pleno el día 03 de mayo de 2018, a fin de que en el ámbito de sus atribuciones, cada integrante expusieran sus sugerencias y comentarios al respecto, y una vez hecha la revisión, análisis y estudio correspondiente, la Comisión consideró procedente autorizar se emita acuerdo favorable respecto a la Certificación de las vías públicas existentes, del lote 14, manzana 52, zona 04, del Ex ejido Atizapán I. (Expediente SHA/15/CABILDO/2018).
EN ATENCIÓN A LO ANTERIOR LA COMISIÓN EDILICIA DE DESARROLLO URBANO
Y OBRA PÚBLICA DETERMINA LOS SIGUIENTES:
81
PUNTOS DE ACUERDO
PRIMERO.- SE EMITE ACUERDO FAVORABLE A LA CERTIFICACIÓN DE LAS VÍAS PÚBLICAS EXISTENTES, DEL LOTE 14, MANZANA 52, ZONA 04, DEL EX EJIDO ATIZAPÁN I. (EXPEDIENTE SHA/15/CABILDO/2018). SEGUNDO.- A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA DEL H. AYUNTAMIENTO, NOTIFÍQUESE A LA DIRECCIÓN DE DESARROLLO URBANO Y AL INSTITUTO NACIONAL DEL SUELO SUSTENTABLE (INSUS) EN EL ESTADO DE MÉXICO, LA AUTORIZACIÓN DEL PRESENTE ASUNTO PARA LOS EFECTOS LEGALES A QUE HAYA LUGAR. TERCERO.- INSTRÚYASE A LA DIRECCIÓN DE DESARROLLO URBANO, A EFECTO DE QUE SOLICITE POR ESCRITO AL DELEGADO FEDERAL DEL INSTITUTO NACIONAL DEL SUELO SUSTENTABLE (INSUS) EN EL ESTADO DE MÉXICO, EL PLANO OFICIAL DEL LOTE REFERIDO, CON LA FINALIDAD DE QUE LA PRESIDENTA MUNICIPAL CONSTITUCIONAL, EL SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO Y LA DIRECTORA DE DESARROLLO URBANO, SE ENCUENTREN EN POSIBILIDAD DE FIRMAR EL MISMO. CUARTO.- DESCÁRGUESE EL PRESENTE DICTAMEN DE LA LISTA DE ASUNTOS TURNADOS A LA COMISIÓN EDILICIA DE DESARROLLO URBANO Y OBRA PÚBLICA. Aprobado por unanimidad de votos a favor.
- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
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PRIMERO.- SE EMITE ACUERDO FAVORABLE A LA CERTIFICACIÓN DE LAS
VÍAS PÚBLICAS EXISTENTES, DEL LOTE 14, MANZANA 52, ZONA 04, DEL EX
EJIDO ATIZAPÁN I. (EXPEDIENTE SHA/15/CABILDO/2018).
82
SEGUNDO.- A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA DEL H. AYUNTAMIENTO,
NOTIFÍQUESE A LA DIRECCIÓN DE DESARROLLO URBANO Y AL INSTITUTO
NACIONAL DEL SUELO SUSTENTABLE (INSUS) EN EL ESTADO DE MÉXICO,
LA AUTORIZACIÓN DEL PRESENTE ASUNTO PARA LOS EFECTOS LEGALES
A QUE HAYA LUGAR.
TERCERO.- INSTRÚYASE A LA DIRECCIÓN DE DESARROLLO URBANO, A
EFECTO DE QUE SOLICITE POR ESCRITO AL DELEGADO FEDERAL DEL
INSTITUTO NACIONAL DEL SUELO SUSTENTABLE (INSUS) EN EL ESTADO
DE MÉXICO, EL PLANO OFICIAL DEL LOTE REFERIDO, CON LA FINALIDAD
DE QUE LA PRESIDENTA MUNICIPAL CONSTITUCIONAL, EL SECRETARIO
DEL H. AYUNTAMIENTO Y LA DIRECTORA DE DESARROLLO URBANO, SE
ENCUENTREN EN POSIBILIDAD DE FIRMAR EL MISMO.
CUARTO.- DESCÁRGUESE EL PRESENTE DICTAMEN DE LA LISTA DE
ASUNTOS TURNADOS A LA COMISIÓN EDILICIA DE DESARROLLO URBANO
Y OBRA PÚBLICA.
C. ANA MARÍA BALDERAS TREJO PRESIDENTA MUNICIPAL CONSTITUCIONAL
RÚBRICA
LIC. FRANCISCO ESPINOSA DE LOS MONTEROS ÁLVAREZ DEL CASTILLO
SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO RÚBRICA
Dictamen que emite la Comisión Edilicia de Desarrollo Urbano y Obra Pública, relativo al estudio, análisis y dictaminación, de la solicitud presentada por la Lic. Claudia María Gutiérrez Lorenzo Lauces, Directora de Desarrollo Urbano, para que se autorice la certificación de vías públicas existentes de los lotes 01 al 28, manzana 173, zona 01, del Ex Ejido de Santiago Tepalcapa III. (Expediente SHA/016/CABILDO/2018).
83
DICTAMEN COMISIÓN EDILICIA DE DESARROLLO URBANO Y OBRA PÚBLICA
EN LA CIUDAD LÓPEZ MATEOS, CABECERA MUNICIPAL DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA, SIENDO LAS 11:00 HORAS DEL DÍA 03 DE MAYO DE 2018, REUNIDOS EN LA SALA DE JUNTAS DE LA DIRECCIÓN DE GOBIERNO DEL AYUNTAMIENTO DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA, ESTADO DE MÉXICO, EN EL PALACIO MUNICIPAL DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA, MÉXICO, ESTANDO PRESENTES LOS CC. LIC. CARLOS ALBERTO RAYO SANCHEZ, NOVENO REGIDOR Y PRESIDENTE DE LA COMISIÓN DE DESARROLLO URBANO Y OBRA PÚBLICA; C. ELIA BRICEÑO MENDOZA, SÉPTIMA REGIDORA Y VOCAL DE LA COMISIÓN; C. DAVID ÁVALOS GONZÁLEZ, CUARTO REGIDOR Y VOCAL DE LA COMISIÓN; LIC. ANTONIO PACHECO VILLEDA, DECIMO PRIMER REGIDOR Y VOCAL DE LA COMISIÓN; SE PROCEDIÓ A DAR INICIO A LA SESIÓN DE LA COMISIÓN DE DESARROLLO URBANO Y OBRA PÚBLICA, PARA LLEVAR A CABO EL ANALISIS Y DICTAMINACIÓN DEL EXPEDIENTE SHA/16/CABILDO/2018 DE CONFORMIDAD CON LAS CONSIDERACIONES SIGUIENTES
CONSIDERANDO
I.- Mediante Oficio S.H.A./TUR/COM/16/2018, recibido el 10 de febrero del 2018, el Secretario del Ayuntamiento hace llegar a esta comisión el expediente SHA/16/CABILDO/2018 para su estudio y análisis. II.- En el oficio antes señalado se acompañó copia del oficio DDU/STT/104/2018 de fecha 24 de enero del año en curso signado por la Directora de Desarrollo Urbano, a efecto de que emita acuerdo favorable para la Certificación de las vías públicas existentes, de los lotes 01 al 28, manzana 173, zona 01, del Ex ejido Santiago Tepalcapa III. (Expediente SHA/16/CABILDO/2018). III.- A ese expediente se anexó la siguiente documentación:
A) Oficio 1.8.15.1/1364/2017, emitido por el INSUS, de fecha 30 de octubre del 2017.
B) Propuesta del Plano de relotificación 1/2 y 2/2. C) Dictamen de Liberación de Riesgos con número de oficio
DPCYB/SPC/CRNYA/GIR/3817/2016, emitido por la Dirección de Protección Civil Municipal de fecha 05 de diciembre del 2016.
D) Oficio de la Secretaría del Ayuntamiento número SHA/3803/2016, de fecha 08 de agosto del 2016.
E) Sección del plano autorizado por el Gobierno del Estado de México. F) Sección del plano E-2 de Estructura Urbana y Usos de Suelo, integrante del Plan
Municipal de Desarrollo Urbano vigente a la fecha.
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IV.- De la documentación que obra en el expediente que fuera turnado a la Comisión Edilicia de Desarrollo Urbano y Obra Pública se desprende que la delegación del Instituto Nacional del Suelo Sustentable (INSUS), verificó en su oportunidad las modificaciones antes mencionadas, llegando a la conclusión de que resulta procedente consolidar dicho trámite, promoviendo las autorizaciones administrativas necesarias con relación a dicha petición, la Dirección de Desarrollo Urbano y los integrantes de la Comisión Edilicia de Desarrollo Urbano y Obra Pública, previa convocatoria, llevaron a cabo la visita correspondiente al lote en comento el día 25 de abril del año 2018, encontrando que se trata de un predio totalmente consolidado. V.- El Ayuntamiento cuenta con las facultades para conocer y resolver el presente asunto derivado de los artículos artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece que los estados adoptarán, para su régimen interior, la forma de gobierno republicano, representativo, popular, teniendo como base de su división territorial y de su organización política y administrativa, el municipio libre conforme a las bases siguientes: Los incisos d) y e) de la fracción V del artículo en cita disponen que los municipios, en los términos de las leyes federales y estatales, estarán facultados para autorizar, controlar y vigilar la utilización del suelo, en el ámbito de su competencia, en sus jurisdicciones territoriales, así como para intervenir en la regularización de la tenencia de la tierra urbana. Asimismo, el artículo 31 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México, previene en su fracción XXIV que es atribución del Ayuntamiento participar en la creación y administración de sus reservas territoriales y ecológicas; convenir con otras autoridades el control y vigilancia sobre la utilización del suelo en sus jurisdicciones territoriales; intervenir en la regularización de la tenencia de la tierra urbana; otorgar licencias y permisos para construcciones privadas; planificar y regular de manera conjunta y coordinada el desarrollo de las localidades conurbadas. Finalmente, el artículo 5.10 en sus fracciones XVII Y XVIII del Libro Quinto Del Código Administrativo del Estado de México, establece que los municipios tendrán entre sus atribuciones, las de establecer medidas y ejecutar acciones para evitar asentamientos humanos incorporación al desarrollo urbano. VI.- Que previa convocatoria, quienes integramos la Comisión Edilicia de Desarrollo Urbano y Obra Pública, nos reunimos en pleno el día 03 de mayo de 2018, a fin de que en el ámbito de sus atribuciones, cada integrante expusieran sus sugerencias y comentarios al respecto, y una vez hecha la revisión, análisis y estudio correspondiente, la Comisión consideró procedente autorizar se emita acuerdo favorable respecto a la Certificación de las vías públicas existentes, de los lotes 01 al 28, manzana 173, zona 01, del Exejido Santiago Tepalcapa III. (Expediente SHA/16/CABILDO/2018).
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EN ATENCIÓN A LO ANTERIOR LA COMISIÓN EDILICIA DE DESARROLLO URBANO
Y OBRA PÚBLICA DETERMINA LOS SIGUIENTES:
PUNTOS DE ACUERDO
PRIMERO.- SE EMITE ACUERDO FAVORABLE A LA CERTIFICACIÓN DE LAS VÍAS PÚBLICAS EXISTENTES, DE LOS LOTES 01 AL 28, MANZANA 173, ZONA 01, DEL EX EJIDO SANTIAGO TEPALCAPA III. (EXPEDIENTE SHA/16/CABILDO/2018). SEGUNDO.- A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA DEL H. AYUNTAMIENTO, NOTIFÍQUESE A LA DIRECCIÓN DE DESARROLLO URBANO Y AL INSTITUTO NACIONAL DEL SUELO SUSTENTABLE (INSUS) EN EL ESTADO DE MÉXICO, LA AUTORIZACIÓN DEL PRESENTE ASUNTO PARA LOS EFECTOS LEGALES A QUE HAYA LUGAR. TERCERO.- INSTRÚYASE A LA DIRECCIÓN DE DESARROLLO URBANO, A EFECTO DE QUE SOLICITE POR ESCRITO AL DELEGADO FEDERAL DEL INSTITUTO NACIONAL DEL SUELO SUSTENTABLE (INSUS) EN EL ESTADO DE MÉXICO, EL PLANO OFICIAL DEL LOTE REFERIDO, CON LA FINALIDAD DE QUE LA PRESIDENTA MUNICIPAL CONSTITUCIONAL, EL SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO Y LA DIRECTORA DE DESARROLLO URBANO, SE ENCUENTREN EN POSIBILIDAD DE FIRMAR EL MISMO. CUARTO.- DESCÁRGUESE EL PRESENTE DICTAMEN DE LA LISTA DE ASUNTOS TURNADOS A LA COMISIÓN EDILICIA DE DESARROLLO URBANO Y OBRA PÚBLICA. Aprobado por unanimidad de votos a favor.
- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
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PRIMERO.- SE EMITE ACUERDO FAVORABLE A LA CERTIFICACIÓN DE LAS VÍAS PÚBLICAS EXISTENTES, DE LOS LOTES 01 AL 28, MANZANA 173, ZONA
86
01, DEL EX EJIDO SANTIAGO TEPALCAPA III. (EXPEDIENTE SHA/16/CABILDO/2018). SEGUNDO.- A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA DEL H. AYUNTAMIENTO, NOTIFÍQUESE A LA DIRECCIÓN DE DESARROLLO URBANO Y AL INSTITUTO NACIONAL DEL SUELO SUSTENTABLE (INSUS) EN EL ESTADO DE MÉXICO, LA AUTORIZACIÓN DEL PRESENTE ASUNTO PARA LOS EFECTOS LEGALES A QUE HAYA LUGAR. TERCERO.- INSTRÚYASE A LA DIRECCIÓN DE DESARROLLO URBANO, A EFECTO DE QUE SOLICITE POR ESCRITO AL DELEGADO FEDERAL DEL INSTITUTO NACIONAL DEL SUELO SUSTENTABLE (INSUS) EN EL ESTADO DE MÉXICO, EL PLANO OFICIAL DEL LOTE REFERIDO, CON LA FINALIDAD DE QUE LA PRESIDENTA MUNICIPAL CONSTITUCIONAL, EL SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO Y LA DIRECTORA DE DESARROLLO URBANO, SE ENCUENTREN EN POSIBILIDAD DE FIRMAR EL MISMO. CUARTO.- DESCÁRGUESE EL PRESENTE DICTAMEN DE LA LISTA DE ASUNTOS TURNADOS A LA COMISIÓN EDILICIA DE DESARROLLO URBANO Y OBRA PÚBLICA.
C. ANA MARÍA BALDERAS TREJO PRESIDENTA MUNICIPAL CONSTITUCIONAL
RÚBRICA
LIC. FRANCISCO ESPINOSA DE LOS MONTEROS ÁLVAREZ DEL CASTILLO
SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO RÚBRICA
Dictamen que emite la Comisión Edilicia de Desarrollo Urbano y Obra Pública, relativo al estudio, análisis y dictaminación, de la solicitud presentada por la Lic. Claudia María Gutiérrez Lorenzo Lauces, Directora de Desarrollo Urbano, para que se autorice la certificación de vías públicas existentes del lote 27, manzana 13, zona 02, del Ex Ejido de Atizapán II. (Expediente SHA/023/CABILDO/2018).
87
DICTAMEN COMISIÓN EDILICIA DE DESARROLLO URBANO Y OBRA PÚBLICA
EN LA CIUDAD LÓPEZ MATEOS, CABECERA MUNICIPAL DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA, SIENDO LAS 11:00 HORAS DEL DÍA 3 DE MAYO DEL 2018, REUNIDOS EN LA SALA DE JUNTAS DE LA DIRECCIÓN DE GOBIERNO DEL AYUNTAMIENTO DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA, ESTADO DE MÉXICO, EN EL PALACIO MUNICIPAL DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA, MÉXICO, ESTANDO PRESENTES LOS CC. LIC. CARLOS ALBERTO RAYO SANCHEZ, NOVENO REGIDOR Y PRESIDENTE DE LA COMISIÓN DE DESARROLLO URBANO Y OBRA PÚBLICA; C. ELIA BRICEÑO MENDOZA, SÉPTIMA REGIDORA Y VOCAL DE LA COMISIÓN; C. DAVID ÁVALOS GONZÁLEZ, CUARTO REGIDOR Y VOCAL DE LA COMISIÓN; LIC. ANTONIO PACHECO VILLEDA, DECIMO PRIMER REGIDOR Y VOCAL DE LA COMISIÓN; SE PROCEDIÓ A DAR INICIO A LA SESIÓN DE LA COMISIÓN DE DESARROLLO URBANO Y OBRA PÚBLICA, PARA LLEVAR A CABO EL ANALISIS Y DICTAMINACIÓN DEL EXPEDIENTE SHA/023/CABILDO/2018 DE CONFORMIDAD CON LAS CONSIDERACIONES SIGUIENTES
CONSIDERANDO
I.- Mediante Oficio S.H.A./TUR/COM/023/2018, recibido el 05 de marzo del 2018, el Secretario del Ayuntamiento hace llegar a esta comisión el expediente SHA/023/CABILDO/2018 para su estudio y análisis. II.- En el oficio antes señalado se acompañó copia del oficio DDU/STT/102/2018 de fecha 09 de febrero del año en curso signado por la Directora de Desarrollo Urbano, a efecto de que emita acuerdo favorable para la Certificación de las vías públicas existentes del lote 27 manzana 13, zona 02 del ex-ejido de ATIZAPÁN II. (Expediente SHA/023/CABILDO/2018). III.- A ese expediente se anexó la siguiente documentación:
A) Oficio 1.8.15.1/1367/2017, emitido por el INSUS en el Estado de México, de fecha 30 de octubre del 2017.
B) Propuesta del Plano de relotificación 1/2 y 2/2. C) Dictamen de Liberación de Riesgos con número de oficio
DPCYB/SPC/CRNYA/GIR/3798/2016, emitido por la Dirección de Protección Civil Municipal de fecha 5 de diciembre del 2016.
D) Oficio de la Secretaría del Ayuntamiento número SHA/5976/2016 de fecha 30 de noviembre del 2016.
E) Sección del plano autorizado por el Gobierno del Estado de México. F) Sección del plano E-2 de Estructura Urbana y Usos de Suelo, integrante del Plan
Municipal de Desarrollo Urbano vigente a la fecha.
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IV.- De la documentación que obra en el expediente que fuera turnado a la Comisión Edilicia de Desarrollo Urbano y Obra Pública se desprende que la delegación del Instituto Nacional del Suelo Sustentable (INSUS), verificó en su oportunidad las modificaciones antes mencionadas, llegando a la conclusión de que resulta procedente consolidar dicho trámite, promoviendo las autorizaciones administrativas necesarias con relación a dicha petición, la Dirección de Desarrollo Urbano y los integrantes de la Comisión Edilicia de Desarrollo Urbano y Obra Pública, previa convocatoria, llevaron a cabo la visita correspondiente al lote en comento el día 25 de abril del año 2018, encontrando que se trata de un predio totalmente consolidado. V.- El Ayuntamiento cuenta con las facultades para conocer y resolver el presente asunto derivado de los artículos artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece que los estados adoptarán, para su régimen interior, la forma de gobierno republicano, representativo, popular, teniendo como base de su división territorial y de su organización política y administrativa, el municipio libre conforme a las bases siguientes: Los incisos d) y e) de la fracción V del artículo en cita disponen que los municipios, en los términos de las leyes federales y estatales, estarán facultados para autorizar, controlar y vigilar la utilización del suelo, en el ámbito de su competencia, en sus jurisdicciones territoriales, así como para intervenir en la regularización de la tenencia de la tierra urbana. Asimismo, el artículo 31 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México, previene en su fracción XXIV que es atribución del Ayuntamiento participar en la creación y administración de sus reservas territoriales y ecológicas; convenir con otras autoridades el control y vigilancia sobre la utilización del suelo en sus jurisdicciones territoriales; intervenir en la regularización de la tenencia de la tierra urbana; otorgar licencias y permisos para construcciones privadas; planificar y regular de manera conjunta y coordinada el desarrollo de las localidades conurbadas. Finalmente, el artículo 5.10 en sus fracciones XVII Y XVIII del Libro Quinto Del Código Administrativo del Estado de México, establece que los municipios tendrán entre sus atribuciones, las de establecer medidas y ejecutar acciones para evitar asentamientos humanos incorporación al desarrollo urbano. VI.- Que previa convocatoria, quienes integramos la Comisión Edilicia de Desarrollo Urbano y Obra Pública, nos reunimos en pleno el día 3 de mayo del 2018, a fin de que en el ámbito de sus atribuciones, cada integrante expusieran sus sugerencias y comentarios al respecto, y una vez hecha la revisión, análisis y estudio correspondiente, la Comisión consideró procedente autorizar se emita acuerdo favorable respecto a la Certificación de las vías públicas existentes del lote 27 manzana 13, zona 02 del ex-ejido de ATIZAPÁN II. (Expediente SHA/023/CABILDO/2018)
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EN ATENCIÓN A LO ANTERIOR LA COMISIÓN EDILICIA DE DESARROLLO URBANO
Y OBRA PÚBLICA DETERMINA LOS SIGUIENTES:
PUNTOS DE ACUERDO PRIMERO.- SE EMITE ACUERDO FAVORABLE A LA CERTIFICACIÓN DE LAS VÍAS PÚBLICAS EXISTENTES DEL LOTE 27 MANZANA 13, ZONA 02 DEL EX-EJIDO DE ATIZAPÁN II. (EXPEDIENTE SHA/023/CABILDO/2018). SEGUNDO.- A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA DEL H. AYUNTAMIENTO, NOTIFÍQUESE A LA DIRECCIÓN DE DESARROLLO URBANO Y AL INSTITUTO NACIONAL DEL SUELO SUSTENTABLE (INSUS) EN EL ESTADO DE MÉXICO, LA AUTORIZACIÓN DEL PRESENTE ASUNTO PARA LOS EFECTOS LEGALES A QUE HAYA LUGAR. TERCERO.- INSTRÚYASE A LA DIRECCIÓN DE DESARROLLO URBANO, A EFECTO DE QUE SOLICITE POR ESCRITO AL DELEGADO FEDERAL DEL INSTITUTO NACIONAL DEL SUELO SUSTENTABLE (INSUS) EN EL ESTADO DE MÉXICO, EL PLANO OFICIAL DEL LOTE REFERIDO, CON LA FINALIDAD DE QUE LA PRESIDENTA MUNICIPAL CONSTITUCIONAL, EL SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO Y LA DIRECTORA DE DESARROLLO URBANO, SE ENCUENTREN EN POSIBILIDAD DE FIRMAR EL MISMO. CUARTO.- DESCÁRGUESE EL PRESENTE DICTAMEN DE LA LISTA DE ASUNTOS TURNADOS A LA COMISIÓN EDILICIA DE DESARROLLO URBANO Y OBRA PÚBLICA.
Aprobado por unanimidad de votos a favor.
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PRIMERO.- SE EMITE ACUERDO FAVORABLE A LA CERTIFICACIÓN DE LAS
VÍAS PÚBLICAS EXISTENTES DEL LOTE 27 MANZANA 13, ZONA 02 DEL EX-
EJIDO DE ATIZAPÁN II. (EXPEDIENTE SHA/023/CABILDO/2018).
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SEGUNDO.- A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA DEL H. AYUNTAMIENTO,
NOTIFÍQUESE A LA DIRECCIÓN DE DESARROLLO URBANO Y AL INSTITUTO
NACIONAL DEL SUELO SUSTENTABLE (INSUS) EN EL ESTADO DE MÉXICO,
LA AUTORIZACIÓN DEL PRESENTE ASUNTO PARA LOS EFECTOS LEGALES
A QUE HAYA LUGAR.
TERCERO.- INSTRÚYASE A LA DIRECCIÓN DE DESARROLLO URBANO, A
EFECTO DE QUE SOLICITE POR ESCRITO AL DELEGADO FEDERAL DEL
INSTITUTO NACIONAL DEL SUELO SUSTENTABLE (INSUS) EN EL ESTADO
DE MÉXICO, EL PLANO OFICIAL DEL LOTE REFERIDO, CON LA FINALIDAD
DE QUE LA PRESIDENTA MUNICIPAL CONSTITUCIONAL, EL SECRETARIO
DEL H. AYUNTAMIENTO Y LA DIRECTORA DE DESARROLLO URBANO, SE
ENCUENTREN EN POSIBILIDAD DE FIRMAR EL MISMO.
CUARTO.- DESCÁRGUESE EL PRESENTE DICTAMEN DE LA LISTA DE
ASUNTOS TURNADOS A LA COMISIÓN EDILICIA DE DESARROLLO URBANO
Y OBRA PÚBLICA.
C. ANA MARÍA BALDERAS TREJO PRESIDENTA MUNICIPAL CONSTITUCIONAL
RÚBRICA
LIC. FRANCISCO ESPINOSA DE LOS MONTEROS ÁLVAREZ DEL CASTILLO
SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO RÚBRICA
Dictamen que emite la Comisión Edilicia de Desarrollo Urbano y Obra Pública, relativo al estudio, análisis y dictaminación, de la solicitud presentada por la Lic. Claudia María Gutiérrez Lorenzo Lauces, Directora de Desarrollo Urbano, para que se autorice la certificación de vías públicas existentes, colindantes de los lotes 01 y 02 y resultante 02A de la manzana 223, zona 01 del Ex Ejido Santiago Tepalcapa III. (Expediente SHA/028/CABILDO/2018).
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DICTAMEN
COMISIÓN EDILICIA DE DESARROLLO URBANO Y OBRA PÚBLICA EN LA CIUDAD LÓPEZ MATEOS, CABECERA MUNICIPAL DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA, SIENDO LAS 11:00 HORAS DEL DÍA 03 DE MAYO DEL 2018, REUNIDOS EN LA SALA DE JUNTAS DE LA DIRECCIÓN DE GOBIERNO DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA, ESTADO DE MÉXICO, EN EL PALACIO MUNICIPAL DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA, MÉXICO, ESTANDO PRESENTES LOS CC. LIC. CARLOS ALBERTO RAYO SANCHEZ, NOVENO REGIDOR Y PRESIDENTE DE LA COMISIÓN DE DESARROLLO URBANO Y OBRA PÚBLICA; C. ELIA BRICEÑO MENDOZA, SÉPTIMA REGIDORA Y VOCAL DE LA COMISIÓN; C. DAVID ÁVALOS GONZÁLEZ, CUARTO REGIDOR Y VOCAL DE LA COMISIÓN; LIC. ANTONIO PACHECO VILLEDA, DECIMO PRIMER REGIDOR Y VOCAL DE LA COMISIÓN; SE PROCEDIÓ A DAR INICIO A LA SESIÓN DE LA COMISIÓN DE DESARROLLO URBANO Y OBRA PÚBLICA, PARA LLEVAR A CABO EL ANALISIS Y DICTAMINACIÓN DEL EXPEDIENTE SHA/028/CABILDO/2018 DE CONFORMIDAD CON LAS CONSIDERACIONES SIGUIENTES
CONSIDERANDO
I.- Mediante Oficio S.H.A./TUR/COM/028/2018, recibido el 26 de marzo del 2018, el Secretario del Ayuntamiento hace llegar a esta comisión el expediente SHA/028/CABILDO/2018 para su estudio y análisis. II.- En el oficio antes señalado se acompañó copia del oficio DDU/STT/631/2018 de fecha 27 de febrero del año en curso signado por la Directora de Desarrollo Urbano, a efecto de que emita acuerdo favorable para la Certificación de las vías públicas existentes colindantes con los lotes 01 y 02 y resultante 02A de la manzana 223, zona 01 del ex-ejido de Santiago Tepalcapa III. (Expediente SHA/028/CABILDO/2018) III.- A ese expediente se anexó la siguiente documentación:
A) Oficio 1.8.15.1/1371/2017, emitido por el INSUS, de fecha 30 de octubre del 2017. B) Propuesta del Plano de relotificación 1/2 y 2/2. C) Dictamen de Liberación de Riesgos con número de oficio
DPCYB/SPC/CRNYA/338/2018, emitido por la Dirección de Protección Civil Municipal de fecha 14 de febrero del 2018.
D) Oficio de la Secretaría del Ayuntamiento número SHA/3413/2016. E) Sección del plano autorizado por el Gobierno del Estado de México. F) Sección del plano E-2 de Estructura Urbana y Usos de Suelo, integrante del Plan
Municipal de Desarrollo Urbano vigente a la fecha, en el que se observa que el
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uso de suelo que le corresponde es H.200.B, es decir Habitacional densidad media con comercio de productos y servicios básicos hasta 30.00 m2.
IV.- De la documentación que obra en el expediente que fuera turnado a la Comisión Edilicia de Desarrollo Urbano y Obra Pública se desprende que la delegación del Instituto Nacional del Suelo Sustentable (INSUS), verificó en su oportunidad las modificaciones antes mencionadas, llegando a la conclusión de que resulta procedente consolidar dicho trámite, promoviendo las autorizaciones administrativas necesarias con relación a dicha petición, la Dirección de Desarrollo Urbano y los integrantes de la Comisión Edilicia de Desarrollo Urbano y Obra Pública, previa convocatoria, llevaron a cabo la visita correspondiente al lote en comento el día 25 de abril del año 2018, encontrando que se trata de un predio totalmente consolidado. V.- El Ayuntamiento cuenta con las facultades para conocer y resolver el presente asunto derivado de los artículos artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece que los estados adoptarán, para su régimen interior, la forma de gobierno republicano, representativo, popular, teniendo como base de su división territorial y de su organización política y administrativa, el municipio libre conforme a las bases siguientes: Los incisos d) y e) de la fracción V del artículo en cita disponen que los municipios, en los términos de las leyes federales y estatales, estarán facultados para autorizar, controlar y vigilar la utilización del suelo, en el ámbito de su competencia, en sus jurisdicciones territoriales, así como para intervenir en la regularización de la tenencia de la tierra urbana. Asimismo, el artículo 31 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México, previene en su fracción XXIV que es atribución del Ayuntamiento participar en la creación y administración de sus reservas territoriales y ecológicas; convenir con otras autoridades el control y vigilancia sobre la utilización del suelo en sus jurisdicciones territoriales; intervenir en la regularización de la tenencia de la tierra urbana; otorgar licencias y permisos para construcciones privadas; planificar y regular de manera conjunta y coordinada el desarrollo de las localidades conurbadas. Finalmente, el artículo 5.10 en sus fracciones XVII Y XVIII del Libro Quinto Del Código Administrativo del Estado de México, establece que los municipios tendrán entre sus atribuciones, las de establecer medidas y ejecutar acciones para evitar asentamientos humanos incorporación al desarrollo urbano. VI.- Que previa convocatoria, quienes integramos la Comisión Edilicia de Desarrollo Urbano y Obra Pública, nos reunimos en pleno el día 03 de mayo de 2018, a fin de que en el ámbito de sus atribuciones, cada integrante expusieran sus sugerencias y comentarios al respecto, y una vez hecha la revisión, análisis y estudio correspondiente, la Comisión consideró procedente autorizar se emita acuerdo favorable respecto a la Certificación
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de las vías públicas existentes colindantes con los lotes 01 y 02 y resultante 02A de la manzana 223, zona 01 del ex-ejido de Santiago Tepalcapa III. (Expediente SHA/028/CABILDO/2018). EN ATENCIÓN A LO ANTERIOR LA COMISIÓN EDILICIA DE DESARROLLO URBANO
Y OBRA PÚBLICA DETERMINA LOS SIGUIENTES:
PUNTOS DE ACUERDO PRIMERO.- SE EMITE ACUERDO FAVORABLE A LA CERTIFICACIÓN DE LAS VÍAS PÚBLICAS EXISTENTES COLINDANTES CON LOS LOTES 01 Y 02 Y RESULTANTE 02A DE LA MANZANA 223, ZONA 01 DEL EX-EJIDO DE SANTIAGO TEPALCAPA III. (EXPEDIENTE SHA/028/CABILDO/2018). SEGUNDO.- A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA DEL H. AYUNTAMIENTO, NOTIFÍQUESE A LA DIRECCIÓN DE DESARROLLO URBANO Y AL INSTITUTO NACIONAL DEL SUELO SUSTENTABLE (INSUS) EN EL ESTADO DE MÉXICO, LA AUTORIZACIÓN DEL PRESENTE ASUNTO PARA LOS EFECTOS LEGALES A QUE HAYA LUGAR. TERCERO.- INSTRÚYASE A LA DIRECCIÓN DE DESARROLLO URBANO, A EFECTO DE QUE SOLICITE POR ESCRITO AL DELEGADO FEDERAL DEL INSTITUTO NACIONAL DEL SUELO SUSTENTABLE (INSUS) EN EL ESTADO DE MÉXICO, EL PLANO OFICIAL DEL LOTE REFERIDO, CON LA FINALIDAD DE QUE LA PRESIDENTA MUNICIPAL CONSTITUCIONAL, EL SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO Y LA DIRECTORA DE DESARROLLO URBANO, SE ENCUENTREN EN POSIBILIDAD DE FIRMAR EL MISMO. CUARTO.- DESCÁRGUESE EL PRESENTE DICTAMEN DE LA LISTA DE ASUNTOS TURNADOS A LA COMISIÓN EDILICIA DE DESARROLLO URBANO Y OBRA PÚBLICA.
Aprobado por unanimidad de votos a favor.
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PRIMERO.- SE EMITE ACUERDO FAVORABLE A LA CERTIFICACIÓN DE LAS VÍAS PÚBLICAS EXISTENTES COLINDANTES CON LOS LOTES 01 Y 02 Y
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RESULTANTE 02A DE LA MANZANA 223, ZONA 01 DEL EX-EJIDO DE SANTIAGO TEPALCAPA III. (EXPEDIENTE SHA/028/CABILDO/2018). SEGUNDO.- A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA DEL H. AYUNTAMIENTO, NOTIFÍQUESE A LA DIRECCIÓN DE DESARROLLO URBANO Y AL INSTITUTO NACIONAL DEL SUELO SUSTENTABLE (INSUS) EN EL ESTADO DE MÉXICO, LA AUTORIZACIÓN DEL PRESENTE ASUNTO PARA LOS EFECTOS LEGALES A QUE HAYA LUGAR. TERCERO.- INSTRÚYASE A LA DIRECCIÓN DE DESARROLLO URBANO, A EFECTO DE QUE SOLICITE POR ESCRITO AL DELEGADO FEDERAL DEL INSTITUTO NACIONAL DEL SUELO SUSTENTABLE (INSUS) EN EL ESTADO DE MÉXICO, EL PLANO OFICIAL DEL LOTE REFERIDO, CON LA FINALIDAD DE QUE LA PRESIDENTA MUNICIPAL CONSTITUCIONAL, EL SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO Y LA DIRECTORA DE DESARROLLO URBANO, SE ENCUENTREN EN POSIBILIDAD DE FIRMAR EL MISMO. CUARTO.- DESCÁRGUESE EL PRESENTE DICTAMEN DE LA LISTA DE ASUNTOS TURNADOS A LA COMISIÓN EDILICIA DE DESARROLLO URBANO Y OBRA PÚBLICA.
C. ANA MARÍA BALDERAS TREJO PRESIDENTA MUNICIPAL CONSTITUCIONAL
RÚBRICA
LIC. FRANCISCO ESPINOSA DE LOS MONTEROS ÁLVAREZ DEL CASTILLO
SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO RÚBRICA
Dictamen que emite la Comisión Edilicia de Desarrollo Urbano y Obra Pública, relativo al estudio, análisis y dictaminación, de la solicitud presentada por la Lic. Claudia María Gutiérrez Lorenzo Lauces, Directora de Desarrollo Urbano, para que se autorice la certificación de vías públicas existentes, colindantes con el lote 01 y resultantes: 01, 01ª y 01B de la manzana 11, zona 02 del Ex Ejido Santiago Tepalcapa IV. (Expediente SHA/038/CABILDO/2018).
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DICTAMEN COMISIÓN EDILICIA DE DESARROLLO URBANO Y OBRA PÚBLICA
EN LA CIUDAD LÓPEZ MATEOS, CABECERA MUNICIPAL DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA, SIENDO LAS 11:00 HORAS DEL DÍA 03 DE MAYO DE 2018, REUNIDOS EN LA SALA DE JUNTAS DE LA DIRECCIÓN DE GOBIERNO DEL AYUNTAMIENTO DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA, ESTADO DE MÉXICO, EN EL PALACIO MUNICIPAL DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA, MÉXICO, ESTANDO PRESENTES LOS CC. LIC. CARLOS ALBERTO RAYO SANCHEZ, NOVENO REGIDOR Y PRESIDENTE DE LA COMISIÓN DE DESARROLLO URBANO Y OBRA PÚBLICA; C. ELIA BRICEÑO MENDOZA, SÉPTIMA REGIDORA Y VOCAL DE LA COMISIÓN; C. DAVID ÁVALOS GONZÁLEZ, CUARTO REGIDOR Y VOCAL DE LA COMISIÓN; LIC. ANTONIO PACHECO VILLEDA, DECIMO PRIMER REGIDOR Y VOCAL DE LA COMISIÓN; SE PROCEDIÓ A DAR INICIO A LA SESIÓN DE LA COMISIÓN DE DESARROLLO URBANO Y OBRA PÚBLICA, PARA LLEVAR A CABO EL ANALISIS Y DICTAMINACIÓN DEL EXPEDIENTE SHA/038/CABILDO/2018 DE CONFORMIDAD CON LAS CONSIDERACIONES SIGUIENTES
CONSIDERANDO
I.- Mediante Oficio S.H.A./TUR/COM/038/2018, recibido el 10 de abril del 2018, el Secretario del Ayuntamiento hace llegar a esta comisión el expediente SHA/038/CABILDO/2018 para su estudio y análisis. II.- En el oficio antes señalado se acompañó copia del oficio DDU/STT/632/2018 de fecha 21 de marzo del año en curso signado por la Directora de Desarrollo Urbano, a efecto de que emita acuerdo favorable para la Certificación de las vías públicas existentes colindantes con el lote 01 resultante: 01, 01A, y 01B de la manzana 11, zona 02 del ex-ejido de Santiago Tepalcapa IV. (Expediente SHA/038/CABILDO/2018). III.- A ese expediente se anexó la siguiente documentación:
A) Oficio 1.8.15.1/1370/2017, emitido por el INSUS, de fecha 30 de octubre del 2017. B) Propuesta del Plano de relotificación 1/2 y 2/2. C) Dictamen de Liberación de Riesgos con número de oficio
DPCYB/SPC/CRNYA/337/2018, emitido por la Dirección de Protección Civil Municipal de fecha 14 de febrero del 2018.
D) Oficio de la Secretaría del Ayuntamiento número SHA/4139/2016, de fecha 22 de agosto del 2016.
E) Sección del plano autorizado por el Gobierno del Estado de México. F) Sección del plano E-2 de Estructura Urbana y Usos de Suelo, integrante del Plan
Municipal de Desarrollo Urbano vigente a la fecha, en el que se observa que el
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uso de suelo que le corresponde es CRU.666.A, es decir Corredor Urbano de Intensidad Media.
IV.- De la documentación que obra en el expediente que fuera turnado a la Comisión Edilicia de Desarrollo Urbano y Obra Pública se desprende que la delegación del Instituto Nacional del Suelo Sustentable (INSUS), verificó en su oportunidad las modificaciones antes mencionadas, llegando a la conclusión de que resulta procedente consolidar dicho trámite, promoviendo las autorizaciones administrativas necesarias con relación a dicha petición, la Dirección de Desarrollo Urbano y los integrantes de la Comisión Edilicia de Desarrollo Urbano y Obra Pública, previa convocatoria, llevaron a cabo la visita correspondiente al lote en comento el día 25 de abril del año 2018, encontrando que se trata de un predio totalmente consolidado. V.- El Ayuntamiento cuenta con las facultades para conocer y resolver el presente asunto derivado de los artículos artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece que los estados adoptarán, para su régimen interior, la forma de gobierno republicano, representativo, popular, teniendo como base de su división territorial y de su organización política y administrativa, el municipio libre conforme a las bases siguientes: Los incisos d) y e) de la fracción V del artículo en cita disponen que los municipios, en los términos de las leyes federales y estatales, estarán facultados para autorizar, controlar y vigilar la utilización del suelo, en el ámbito de su competencia, en sus jurisdicciones territoriales, así como para intervenir en la regularización de la tenencia de la tierra urbana. Asimismo, el artículo 31 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México, previene en su fracción XXIV que es atribución del Ayuntamiento participar en la creación y administración de sus reservas territoriales y ecológicas; convenir con otras autoridades el control y vigilancia sobre la utilización del suelo en sus jurisdicciones territoriales; intervenir en la regularización de la tenencia de la tierra urbana; otorgar licencias y permisos para construcciones privadas; planificar y regular de manera conjunta y coordinada el desarrollo de las localidades conurbadas. Finalmente, el artículo 5.10 en sus fracciones XVII Y XVIII del Libro Quinto Del Código Administrativo del Estado de México, establece que los municipios tendrán entre sus atribuciones, las de establecer medidas y ejecutar acciones para evitar asentamientos humanos incorporación al desarrollo urbano. VI.- Que previa convocatoria, quienes integramos la Comisión Edilicia de Desarrollo Urbano y Obra Pública, nos reunimos en pleno el día 3 de mayo de 2018, a fin de que en el ámbito de sus atribuciones, cada integrante expusieran sus sugerencias y comentarios al respecto, y una vez hecha la revisión, análisis y estudio correspondiente, la Comisión consideró procedente autorizar se emita acuerdo favorable respecto a la Certificación
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de las vías públicas existentes colindantes con el lote 01 resultante: 01, 01A, y 01B de la manzana 11, zona 02 del ex-ejido de Santiago Tepalcapa IV. (Expediente SHA/038/CABILDO/2018). EN ATENCIÓN A LO ANTERIOR LA COMISIÓN EDILICIA DE DESARROLLO URBANO
Y OBRA PÚBLICA DETERMINA LOS SIGUIENTES:
PUNTOS DE ACUERDO PRIMERO.- SE EMITE ACUERDO FAVORABLE A LA CERTIFICACIÓN DE LAS VÍAS PÚBLICAS EXISTENTES COLINDANTES CON EL LOTE 01 RESULTANTE: 01, 01A, Y 01B DE LA MANZANA 11, ZONA 02 DEL EX-EJIDO DE SANTIAGO TEPALCAPA IV. (EXPEDIENTE SHA/038/CABILDO/2018). SEGUNDO.- A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA DEL H. AYUNTAMIENTO, NOTIFÍQUESE A LA DIRECCIÓN DE DESARROLLO URBANO Y AL INSTITUTO NACIONAL DEL SUELO SUSTENTABLE (INSUS) EN EL ESTADO DE MÉXICO, LA AUTORIZACIÓN DEL PRESENTE ASUNTO PARA LOS EFECTOS LEGALES A QUE HAYA LUGAR. TERCERO.- INSTRÚYASE A LA DIRECCIÓN DE DESARROLLO URBANO, A EFECTO DE QUE SOLICITE POR ESCRITO AL DELEGADO FEDERAL DEL INSTITUTO NACIONAL DEL SUELO SUSTENTABLE (INSUS) EN EL ESTADO DE MÉXICO, EL PLANO OFICIAL DEL LOTE REFERIDO, CON LA FINALIDAD DE QUE LA PRESIDENTA MUNICIPAL CONSTITUCIONAL, EL SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO Y LA DIRECTORA DE DESARROLLO URBANO, SE ENCUENTREN EN POSIBILIDAD DE FIRMAR EL MISMO. CUARTO.- DESCÁRGUESE EL PRESENTE DICTAMEN DE LA LISTA DE ASUNTOS TURNADOS A LA COMISIÓN EDILICIA DE DESARROLLO URBANO Y OBRA PÚBLICA.
Aprobado por unanimidad de votos a favor.
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PRIMERO.- SE EMITE ACUERDO FAVORABLE A LA CERTIFICACIÓN DE LAS VÍAS PÚBLICAS EXISTENTES COLINDANTES CON EL LOTE 01 RESULTANTE: 01, 01A, Y 01B DE LA MANZANA 11, ZONA 02 DEL EX-EJIDO DE SANTIAGO TEPALCAPA IV. (EXPEDIENTE SHA/038/CABILDO/2018). SEGUNDO.- A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA DEL H. AYUNTAMIENTO, NOTIFÍQUESE A LA DIRECCIÓN DE DESARROLLO URBANO Y AL INSTITUTO NACIONAL DEL SUELO SUSTENTABLE (INSUS) EN EL ESTADO DE MÉXICO, LA AUTORIZACIÓN DEL PRESENTE ASUNTO PARA LOS EFECTOS LEGALES A QUE HAYA LUGAR. TERCERO.- INSTRÚYASE A LA DIRECCIÓN DE DESARROLLO URBANO, A EFECTO DE QUE SOLICITE POR ESCRITO AL DELEGADO FEDERAL DEL INSTITUTO NACIONAL DEL SUELO SUSTENTABLE (INSUS) EN EL ESTADO DE MÉXICO, EL PLANO OFICIAL DEL LOTE REFERIDO, CON LA FINALIDAD DE QUE LA PRESIDENTA MUNICIPAL CONSTITUCIONAL, EL SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO Y LA DIRECTORA DE DESARROLLO URBANO, SE ENCUENTREN EN POSIBILIDAD DE FIRMAR EL MISMO. CUARTO.- DESCÁRGUESE EL PRESENTE DICTAMEN DE LA LISTA DE ASUNTOS TURNADOS A LA COMISIÓN EDILICIA DE DESARROLLO URBANO Y OBRA PÚBLICA.
C. ANA MARÍA BALDERAS TREJO PRESIDENTA MUNICIPAL CONSTITUCIONAL
RÚBRICA
LIC. FRANCISCO ESPINOSA DE LOS MONTEROS ÁLVAREZ DEL CASTILLO
SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO RÚBRICA
7.14.- Dictamen que emite la Comisión Edilicia de la Agenda 20-30, relativo al estudio, análisis y dictaminación, de la solicitud presentada por el C. Carlos Jesús Leyva Mora, Síndico Municipal, para que se autorice la integración del Consejo Municipal para el cumplimiento de la referida Agenda 20-30. (Expediente SHA/068/CABILDO/2018).
COMISIÓN EDILICIA DE LA AGENDA 20-30 PARA EL DESARROLLO
99
SOSTENIBLE DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA, ESTADO DE MÉXICO. ADMINISTRACIÓN DE GOBIERNO 2016-2018
EXPEDIENTE: SHA/068/CABILDO/2018 Relativo al estudio, análisis y dictaminación, de la solicitud presentada por el C. Carlos Jesús Leyva Mora, Síndico Municipal, para que autorice la integración del Consejo Municipal para el cumplimiento de la referida Agenda 20-30, con fundamento a lo dispuesto por los Artículos 112, 113, 116 primer párrafo, 122 primer párrafo, y 123 de la Constitución Política de Estados Libre y Soberano de México; 3, 27 primer párrafo, 30 Bis primer párrafo, 31 fracciones I y XXXIX, 64 fracción I, 66 y 164 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México; 5, 55, 57, párrafos primero y segundo, 58, 63 fracción XIII y 73 del Reglamento de Cabildo del H. Ayuntamiento de Atizapán de
Zaragoza, Estado de México, al tenor de lo siguiente:
ANTECEDENTES
PRIMERO.- En la Septuagésima Quinta Sesión Ordinaria de Cabildo celebrada el
día 18 de abril del año 2018, en el punto 4.1 quedó conformada la Comisión Edilicia de la Agenda 20-30 para el Desarrollo Sostenible de Atizapán de Zaragoza, Estado De México, por los siguientes integrantes:
Integrantes
Cargo
C. Ana María Balderas Trejo Presidenta Municipal Constitucional
Presidente
C. Carlos Jesús Leyva Mora Síndico Municipal
Secretario
C. Elia Briceño Mendoza Séptima Regidora
Vocal
C. Fernando Danel Villarreal Décimo Segundo Regidor
Vocal
C. María Inés Saucedo Reséndiz Quinta Regidora
Vocal
100
En fecha 23 de mayo del año 2018 la C. Ana María Balderas Trejo,
Presidenta Municipal Constitucional solicitó una licencia temporal en la
Septuagésima Novena Sesión Ordinaria y Décima Cuarta Sesión Abierta de
Cabildo, de la misma forma se nombró a la, C. María Inés Saucedo
Reséndiz como Presidenta Municipal Constitucional por Ministerio de Ley y
a la C. Mariana Chávez Reyes, Quinta Regidora Suplente.
SEGUNDO.- Que la Comisión Edilicia de de la Agenda 20-30 para el
Desarrollo Sostenible de Atizapán de Zaragoza, Estado De México,
legalmente conformada por acuerdo de Cabildo de fecha 18 de abril del
año 2018, en el punto 4.1, es competente para conocer y resolver en sus
términos, la solicitud presentada por el C. Carlos Jesús Leyva Mora, Síndico
Municipal, para que autorice la integración del Consejo Municipal para el
cumplimiento de la referida Agenda 20-30, turnado por el punto 4.2. de la
Octogésima Primera Sesión Ordinaria de Cabildo de fecha 12 de junio del
año 2018, con número de expediente SHA/068/CABILDO/2018.
TERCERO.- Que previa convocatoria quienes integramos la Comisión
Edilicia de Hacienda nos reunimos en pleno a las 11:00 horas, el día 17 de
marzo del año 2018 en la sala de juntas de esta Sindicatura Municipal, a fin
de que en el ámbito de sus atribuciones se elabore el dictamen respectivo,
cada integrante expuso sus sugerencias y comentarios al respecto, una
vez hecho el estudio y análisis correspondiente, la Comisión consideró
improcedente la solicitud presentada por el C. Carlos Jesús Leyva Mora,
Síndico Municipal, para que autorice la integración del Consejo Municipal
para el cumplimiento de la referida Agenda 20-30, con base a las
consideraciones de hecho y derecho que a continuación se exponen.
CONSIDERACIONES DE HECHO
101
I.- Con fecha 13 junio del año 2018, por medio del oficio número S.H.A./TUR./COM./068/2018, emitido por la Secretaría del H. Ayuntamiento, fue turnado a la Comisión Edilicia de la Agenda 20-30 para el Desarrollo Sostenible de Atizapán de Zaragoza, Estado De México, a efecto de dar cumplimiento a lo acordado en el punto 4.2., de la Octogésima Primera Sesión Ordinaria de Cabildo celebrada el día 12 de junio del año 2018, para su estudio, análisis y dictaminación de la solicitud presentada por el C. Carlos Jesús Leyva Mora, Síndico Municipal, para que autorice la integración del Consejo Municipal para el cumplimiento de la referida Agenda 20-30.
II. Posteriormente el C. Carlos Jesús Leyva Mora, Síndico Municipal y
Secretario de la Comisión Edilicia de la Agenda 20-30 para el Desarrollo Sostenible de Atizapán de Zaragoza, Estado De México, una vez analizadas las constancias anexas al Expediente número SHA/068/CABILDO/2018, se procedió llevar a cabo la Convocatoria a los miembros de la Comisión, para realizar el estudio, análisis y dictaminación del expediente mencionado.
III. Con fecha 13 de marzo del 2018 el C. Carlos Jesús Leyva Mora, en
su carácter de Secretario de la Comisión Edilicia de la Agenda 20-30 para
el Desarrollo Sostenible de Atizapán de Zaragoza, Estado De México,
convocó a los miembros de dicha Comisión, a la Segunda Sesión Ordinaria
de trabajo para el día 17 de marzo del 2018, en punto de las 11:00 horas; al
CC. María Inés Saucedo Reséndiz, Presidenta Municipal Constitucional
Suplente y Presidenta de la Comisión, mediante Oficio SM/CJ/966/2018; C.
Elia Briseño Mendoza, Séptima Regidora y Vocal de la Comisión, mediante
Oficio SM/CJ/966/2018; C. Fernando Danel Villareal, Décimo Segundo
Regidor y Vocal de la Comisión, mediante Oficio SM/CJ/966/2018; C.
Mariana Chávez Reyes, Quinta Regidora Suplente y Vocal de la Comisión,
mediante Oficio SM/CJ/966/2018; en donde se planteó a los Integrantes de
la Comisión el asunto en cuestión y cada Integrante expuso sus
comentarios y puntos de vista.
102
V. Con fecha 17 de marzo del 2018, reunidos en Pleno los
Integrantes de la Comisión Edilicia de la Agenda 20-30 para el Desarrollo Sostenible de Atizapán de Zaragoza, Estado De México, consideraron procedente la solicitud del expediente SHA/068/CABILDO/2018 de acuerdo a lo siguiente.
1..-Elementos que formaron convicción:
a).- Es facultad de la Comisión Edilicia de Edilicia de la Agenda 20-30
para el Desarrollo Sostenible de Atizapán de Zaragoza, Estado De México,
proponer al pleno la procedencia o no procedencia de la presente
solicitud.
b).- En fecha 04 de junio del año 2018, el C. Carlos Jesús Leyva
Mora, Síndico Municipal solicitó al Lic. Francisco Espinosa de los Monteros, Secretario del H. Ayuntamiento enviar a la Comisión en mención la solicitud para la Creación e Integración del Consejo Municipal para el cumplimiento de la referida Agenta 20-30.
c).- Entre los fines esenciales del Municipio de Atizapán de
Zaragoza, se encuentran los de respetar y salvaguardar los derechos humanos y sus garantías conforme a lo establecido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Constitución del Estado Libre y Soberano de México, Los Tratados Internacionales suscritos por el Estado Mexicano y las leyes federales y estatales que de ellas emanan; así como mantener un gobierno accesible, de resultados y de atención a la ciudadanía; e implementar en la Administración Pública Municipal un modelo de gestión orientada a la obtención de mejores resultados y a una eficaz y eficiente prestación de servicios; y garantizar que la actuación de las y los servidores públicos municipales se ajuste a los principios de eficiencia, economía, imparcialidad, honradez, transparencia, y rendición de cuentas.
103
La presente propuesta obedece al documento titulado "Transformar
Nuestro Mundo: la Agenda 20-30 para el Desarrollo Sostenible", el cual fue aprobado por ciento noventa y tres Estados miembros de las Naciones Unidas en el año dos mil quince; en dicho documento se fijan diecisiete objetivos, tales como: Poner fin a la pobreza en todas sus formas y en todo el mundo; Poner fin al hambre, lograr la seguridad alimentaria y la mejora de la nutrición y promover la agricultura sostenible; Garantizar una vida sana y promover el bienestar de todos a todas las edades; Garantizar una educación inclusiva y equitativa d calidad y promover oportunidades de aprendizaje permanente para todos; Lograr la igualdad de género y empoderar a todas las mujeres y las niñas; Garantizar la disponibilidad y la gestión sostenible del agua y el saneamiento para todos; Garantizar el acceso a una energía asequible, fiable, sostenible y moderna para todos, Promover el crecimiento económico sostenible, inclusivo y sostenible, el empleo pleno y productivo y el trabajo decente para todos; Construir infraestructuras resilientes, promover la industrialización inclusiva y sostenible y fomentar la innovación; Reducir la desigualdad en los países y entre ellos; Lograr que las ciudades y los asentamientos humanos sean inclusivos, seguros, resilientes y sostenibles; Garantizar modalidades de consumo y producción sostenibles; Adoptar medidas urgentes para combatir el cambio climático y sus efectos; Conservar y utilizar sosteniblemente los océanos, los mares y los recursos marinos para el desarrollo sostenible; Proteger, restablecer y promover el uso sostenible de los ecosistemas terrestres, gestionar sosteniblemente los bosques, luchar contra la desertificación, detener e invertir la degradación de las tierras y detener la pérdida de biodiversidad,; Promover sociedades pacificas e inclusivas para el desarrollo sostenible, facilitar el acceso a la justicia para todos y construir a todos los niveles instituciones eficaces e inclusivas que rindan cuentas; y fortalecer los medios de implementación y revitalizar la Alianza Mundial para el Desarrollo Sostenible.
104
En el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018 en una de sus cinco metas denominada México Incluyente propone enfocar la acción del Estado en garantizar el ejercicio d los derechos sociales y cerrar las brechas de desigualdad que aun afecta; y el objetivo es que el país se integra por una sociedad con equidad, cohesión social e igualdad efectiva; es decir, hacer efectivo el ejercicio de los derechos sociales a través del acceso a servicios básicos, agua potable, drenaje, saneamiento, electricidad, seguridad social, educación, alimentación y vivienda digna. En este sentido, se proponen políticas sociales que giran en torno al ciudadano, ubicándolo como un agente de cambio, protagonista de su propia superación a través de su organización y participación activa.
En este contexto, México comprometido en el ámbito multilateral
ha impulsado temas estratégicos de beneficio global y compatibles con el interés nacional, tal es el caso que en fecha veintiséis de abril del dos mil diecisiete se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se crea el Consejo Nacional de la Agenda 20-30 para el Desarrollo Sostenible como una instancia de vinculación del Ejecutivo Federal con los gobiernos locales, el sector privado, la sociedad civil y la academia; y que coordinara las acciones para el diseño, la ejecución y la evaluación de estrategias, políticas, programas y acciones para el cumplimiento de la agenda 20-30.
En consecuencia, en fecha veintinueve de noviembre del año
dos mil diecisiete se publicó en la Gaceta del Gobierno del Estado de México el Decreto por el que se crea el Conejo Estatal de la Agenda 20-30 para el Desarrollo Sostenible como un órgano colegiado de carácter permanente que facilite la vinculación el Ejecutivo Estatal con el Gobierno Federal, los gobiernos municipales, la sociedad civil, el sector privado y la academia; cuya finalidad es coordinar las acciones necesarias para l formulación, ejecución, evaluación, control y
105
seguimiento de estrategias y programas que propicien la consecución de los objetivos y meas de la Agenda 20-30.
Después del estudio y análisis correspondiente a la Comisión determina la CREACIÓN DE INTEGRACIÓN DEL CONSEJO MUNICIPAL PARA EL CUMPLIMIENTO D LA AGENDA 20-30 DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA, ESTADO DE MÉXICO, a fin de coordinar las acciones para el diseño, la ejecución y la evaluación de estrategias, políticas, programas y acciones para el cumplimiento de la referida Agenda 20-30, quedando de la siguiente manera:
CONSEJO MUNICIPAL PARA EL CUMPLIMIENTO DE LA AGENDA 20-30 DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA, ESTADO DE MÉXICO.
Cargo en el Consejo Titulares
Presidente Presidente Municipal Constitucional del
Municipio de Atizapán de Zaragoza,
Estado de México.
Secretario Técnico Secretario del H. Ayuntamiento
Vocal Director de Obras Públicas
Vocal Director (a) del Organismo SAPASA
Vocal Director de Medio Ambiente
Vocal Director de Desarrollo Social
Vocal Director de Desarrollo Económico
Vocal Tesorero Municipal
Vocal Director (a) del Sistema Municipal DIF
Vocal Coordinador de Planeación Estratégica
Invitado 2 Representantes de la Sociedad Civil
Invitado 2 Representantes del Sector
Académico
Invitado 2 Representantes del Sector
Empresarial
106
CONSIDERACIONES DE DERECHO
Los artículos 1 párrafos primero, segundo y tercero, 25, 115 fracciones I y II de la
Constitución Policita de los Estados Unidos Mexicanos; dispone que en los
Estados Unidos Mexicanos todas las personas gozaran de los derechos humanos
reconocidos en esta constitución y en los tratados internacionales e los que el
Estado de México sea parte, así como de las garantías para su protección, cuyo
ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo las
condiciones que esta constitución establece. Las normas relativas a los derechos
humanos se interpretaran favoreciendo a todo tiempo a las personas la protección
más amplia. Todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la
obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de
conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y
progresividad, en consecuencia el estado deberá prevenir, investigar, sancionar y
reparar las violaciones a los derechos humanos, en los términos que se
establezca la ley; que corresponda al estado la rectoría del desarrollo nacional
para garantizar que este sea integral y sustentable, que fortalezca la soberanía de
la nación y su régimen democrático y que, mediante la competitividad, el fomento
dl crecimiento económico y el empleo y una más justa distribución del ingreso y la
riqueza, permita el pleno ejercicio de la libertad y la dignidad los individuos, grupos
y clases sociales, cuya seguridad protege esta Constitución. La competitividad se
entenderá como el conjunto de condiciones necesarias para generar un mayor
crecimiento económico, promoviendo la inversión y la generación de empleo, el
Estado velara por la estabilidad de las finanzas públicas y el estado financiero para coadyuvar condiciones favorables para el crecimiento económico y el empleo. El Plan Nacional de Desarrollo y los Planes Estatales y Municipales deberán observar dicho principio; y que los Estados adoptaran para su régimen interior, la forma de gobierno republicano, representativo, democrático, laico y popular, teniendo como base de su división territorial y de su organización política y administrativas, el Municipio Libre; que cada municipio será gobernado por un ayuntamiento de elección directa,
107
integrado por un presidente municipal y el número de regidores y síndicos que la ley determine; que los municipios estarán investidos de personalidad jurídica y manejan su patrimonio conforme a la ley.
Los artículos 112, 113, 116, 122 primer párrafo, 123 y 128 fracciones I, II, XII y XIV de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, Establecen que la base de la división territorial y de la organización política y administrativa del Estado, es el municipio libre. Las Facultades que la Constitución de la República y el presente ordenamiento otorgan al gobierno municipal se ejercerá por el ayuntamiento de manera exclusiva y no habrá autoridad intermedia alguna entre este y el gobierno del Estado; que cada Municipio será gobernado por un ayuntamiento con la competencia que le Otorga la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la presente
Constitución y las leyes que de ellas emanen; que los ayuntamientos serán
asamblea deliberante y tendrán autoridad y competencia propias en los asuntos
que se sometan a su decisión, pero la ejecución de esta corresponderá
exclusivamente a los presidentes municipales; que los ayuntamientos de los
municipios tienen las atribuciones que establece la Constitución Federal, esta
Constitución, y demás disposiciones legales aplicables; que los ayuntamientos, en
el ámbito de su competencia, desempeñaran facultades normativas, para el
régimen de gobierno y administración del Municipio, así como funciones de
inspección, concernientes al cumplimiento de las disposiciones de observancia
general aplicables; que dentro de las atribuciones de los presidentes municipales,
están entre otras las de presidir las sesiones de sus ayuntamientos, ejecutar las
decisiones de los ayuntamientos e informar su cumplimiento, expedir los acuerdos
necesarios para el cumplimiento de las determinaciones del Ayuntamiento; y de
las demás que les señale la presente Constitución, la Ley Orgánica respectiva y
otros ordenamientos legales.
Los artículos 3, 27 primer párrafo, 30 Bis de la Ley Orgánica Municipal del Estado
de México indican que los Municipios del Estado regularán su funcionamiento de
conformidad con lo que establece esta Ley, los Bandos municipales, reglamentos
108
y demás disposiciones legales aplicables, así mismo que el ayuntamiento es un
órgano deliberante, que deberá resolver colegiadamente los asuntos de su
competencia; que el Ayuntamiento, para atender y en su caso resolver los asuntos
de su competencia, funcionara en Pleno y mediante Comisiones. Asimismo, en el
ejercicio de sus atribuciones se apegara a su Reglamento Interior, el cual deberá
aprobarse en términos del artículo 27 de la presente Ley. El Reglamento Interior
del Ayuntamiento y las demás disposiciones reglamentarias municipales deberán
ajustarse a los siguientes criterios: a) Flexibilidad y Adaptabilidad.- Se debe prever
la posibilidad de que el Reglamento se adapte a las condiciones sociopolíticas,
culturales, e históricas del municipio, para resolver de manera pronta y expedita
los requerimientos de la comunidad. b) Claridad.- Para su correcta y eficiente
aplicación, el Reglamento debe ser claro y preciso, omitiendo toda ambigüedad en
su lenguaje. c) Simplificación.- Debe ser conciso, atendiendo únicamente al tema
que trate su materia. d) Justificación Jurídica.- La reglamentación municipal
solamente debe referirse a las materias permitidas por la Constitución Política de
los Estados Unidos Mexicanos, la Constitución Política del Estado Libre y
Soberano de México y las leyes Federales y Estatales que de ellas emanen;
asimismo, en sus artículos 31 fracciones I, XI, y XXXIX; y 49, indican que dentro
de las atribuciones del Ayuntamiento se encuentran la de expedir y reformar el
Bando Municipal, reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de
observancia general dentro del territorio del municipio, que sean necesarios para
su organización, prestación de los servicios públicos y, en general, para el
cumplimiento de sus atribuciones; designar de entre sus miembros a los
integrantes de las comisiones del ayuntamiento; y promover en la esfera de su
competencia lo necesario para el mejor desempeño de sus funciones; que para el
cumplimiento de sus funciones, el presidente municipal se auxiliara de los demás
integrantes del ayuntamiento, así como de los órganos administrativos y
comisiones que esta Ley establezca; ahora bien, entre las atribuciones de los
regidores, está la de participar responsablemente en las comisiones conferidas por
el ayuntamiento y aquellas que el designe en forma concreta el presidente
municipal, Así mismo, la fracción I del artículo 64 prevé que los ayuntamientos,
109
para le eficaz desempeño de sus funciones públicas, podrán auxiliarse por
Comisiones del Ayuntamiento; el artículo 65 prevé que los integrantes de las
comisiones del ayuntamiento serán nombrados por este, de entre sus miembros, a
propuesta del presidente municipal, que las comisiones se conformaran de forma
plural y proporcional, teniendo en cuenta el número de sus integrantes y la
importancia de los ramos encomendados a las mismas; en su integración se
deberá tomar en consideración el conocimiento, profesión, vocación y experiencia
de los integrantes del ayuntamiento; el artículo 69 fracción II determina que serán
comisiones transitorias, aquellas que se designen para la atención de problemas
especiales o situaciones emergentes o eventuales de diferente índole y quedarán
integradas por los miembros que determine el ayuntamiento, coordinadas por el
responsable del área competente.
Los artículos 26, 27, 28 y 29 del Bando Municipal de Atizapán de Zaragoza,
Estado de México, prevén que el gobierno del Municipio está depositado en un
cuerpo colegiado denominado Ayuntamiento, y la ejecución de sus acuerdos
corresponderá a la Presidenta Municipal; que para el cumplimiento de sus
funciones se auxiliará de las demás personas que integran el Ayuntamiento, en la
forma siguiente: El Síndico y las y los Regidores; La Presidenta Municipal tiene la
representación jurídica del Municipio, del Ayuntamiento y de las dependencias que
conforman la Administración Pública Municipal; La Presidenta Municipal podrá
expedir acuerdos y ejecutar las acciones necesarias para el buen funcionamiento
de la Administración Pública Municipal, recabando la Autorización del
Ayuntamiento, cuando proceda, en términos de ley; que la Administración Pública
Municipal contará con las siguientes dependencias: Secretaría del Ayuntamiento,
Tesorería Municipal, Contraloría Municipal, Oficina de la Presidencia; Dirección de
Gobierno, Dirección Jurídica Consultiva, Dirección de Administración y Desarrollo
de Personal, Dirección de Comunicación Institucional, Dirección de Seguridad
Pública y Tránsito Municipal; Dirección de Servicios al Autotransporte, Dirección
de Infraestructura y Obras Públicas, Dirección de Desarrollo Urbano, Dirección de
Protección Civil y Bomberos, Dirección de Servicios Públicos, Dirección de
Desarrollo Social, Dirección de Desarrollo Económico y Asuntos Metropolitanos,
110
Dirección de Medio Ambiente, Dirección de Cultura, Arte y Recreación, Instituto de
la Mujer, Instituto de la Juventud, Instituto de Cultura Física y Deporte, las
atribuciones de las dependencias serán las que determinen en las disposiciones
legales y reglamentos aplicables; que son Entidades de la Administración Pública
Municipal los siguientes: Sistema Municipal para el Desarrollo Integral de la
Familia de Atizapán de Zaragoza, Estado de México. Organismo Público
Descentralizado Municipal S.A.P.A.S.A., Organismo Autónomo Defensoría
Municipal de Derechos Humanos.
Por lo anterior expuesto y fundado la Comisión Edilicia de la Agenda 20-30 para el Desarrollo Sostenible de Atizapán de Zaragoza, Estado De México, tiene a bien someter a consideración de Cabildo los siguientes:
PUNTOS DE ACUERDO
PRIMERO.- Se aprueba la Creación e Integración del Consejo
Municipal para el Cumplimiento de la Agenda 20-30 de Atizapán de Zaragoza, Estado de México, para quedar de la siguiente manera:
CONSEJO MUNICIPAL PARA EL CUMPLIMIENTO DE LA AGENDA 20-30 DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA, ESTADO DE MÉXICO.
Cargo en el Consejo Titulares
Presidente Presidente Municipal Constitucional del
Municipio de Atizapán de Zaragoza,
Estado de México.
Secretario Técnico Secretario del H. Ayuntamiento
Vocal Director de Obras Públicas
Vocal Director (a) del Organismo SAPASA
Vocal Director de Medio Ambiente
Vocal Director de Desarrollo Social
Vocal Director de Desarrollo Económico
111
SEGUNDO.- Se instruye al Secretario del H. Ayuntamiento a efecto que se realicen las acciones necesarias para incluir al Consejo Municipal como Órgano Auxiliar del Ayuntamiento en el Bando Municipal del municipio de Atizapán de Zaragoza, Estado de México. TERCERO.- Se instruye al Secretario del H. Ayuntamiento a efecto que se efectúen las acciones para la expedición del Reglamento Interior del Consejo Municipal para el Cumplimiento de la Agenda 20-30 de Atizapán de Zaragoza, Estado México. CUARTO.- Se instruye al Secretario del H. Ayuntamiento para que proceda a la Publicación del presente acuerdo en la Gaceta Municipal. QUINTO.- Descárguese el presente asunto de la lista de pendientes turnados a la Comisión Edilicia de la Agenda 20-30 para el Desarrollo Sostenible de Atizapán de Zaragoza, Estado De México.
Aprobado por unanimidad de votos a favor.
- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - A C U E R D O S- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
Vocal Tesorero Municipal
Vocal Director (a) del Sistema Municipal DIF
Vocal Coordinador de Planeación Estratégica
Invitado 2 Representantes de la Sociedad Civil
Invitado 2 Representantes del Sector
Académico
Invitado 2 Representantes del Sector
Empresarial
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PRIMERO.- Se aprueba la Creación e Integración del Consejo Municipal para el Cumplimiento de la Agenda 20-30 de Atizapán de Zaragoza, Estado de México, para quedar de la siguiente manera:
CONSEJO MUNICIPAL PARA EL CUMPLIMIENTO DE LA AGENDA 20-30 DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA, ESTADO DE MÉXICO.
SEGUNDO.- Se instruye al Secretario del H. Ayuntamiento a efecto que se realicen las acciones necesarias para incluir al Consejo Municipal como Órgano Auxiliar del Ayuntamiento en el Bando Municipal del municipio de Atizapán de Zaragoza, Estado de México.
Cargo en el Consejo Titulares
Presidente Presidente Municipal Constitucional del
Municipio de Atizapán de Zaragoza,
Estado de México.
Secretario Técnico Secretario del H. Ayuntamiento
Vocal Director de Obras Públicas
Vocal Director (a) del Organismo SAPASA
Vocal Director de Medio Ambiente
Vocal Director de Desarrollo Social
Vocal Director de Desarrollo Económico
Vocal Tesorero Municipal
Vocal Director (a) del Sistema Municipal DIF
Vocal Coordinador de Planeación Estratégica
Invitado 2 Representantes de la Sociedad Civil
Invitado 2 Representantes del Sector
Académico
Invitado 2 Representantes del Sector
Empresarial
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TERCERO.- Se instruye al Secretario del H. Ayuntamiento a efecto que se efectúen las acciones para la expedición del Reglamento Interior del Consejo Municipal para el Cumplimiento de la Agenda 20-30 de Atizapán de Zaragoza, Estado México. CUARTO.- Se instruye al Secretario del H. Ayuntamiento para que proceda a la Publicación del presente acuerdo en la Gaceta Municipal. QUINTO.- Descárguese el presente asunto de la lista de pendientes turnados a la Comisión Edilicia de la Agenda 20-30 para el Desarrollo Sostenible de Atizapán de Zaragoza, Estado De México.
C. ANA MARÍA BALDERAS TREJO PRESIDENTA MUNICIPAL CONSTITUCIONAL
RÚBRICA
LIC. FRANCISCO ESPINOSA DE LOS MONTEROS ÁLVAREZ DEL CASTILLO
SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO RÚBRICA
7.15.- Dictamen que emite la Comisión Edilicia de Reglamentación, relativo al estudio, análisis y dictaminación, de la solicitud presentada por el Mtro. Leopoldo Corona Aguilar, Segundo Regidor, para que se autorice la solicitud de corrección de los numerales del ordenamiento de observancia general artículos 85 y 86 del Reglamento del Instituto de Cultura Física y Deporte. (Expediente SHA/074/CABILDO/2018).
DICTAMEN QUE PRESENTA LA COMISIÓN EDILICIA DE REGLAMENTACIÓN RELATIVO AL ESTUDIO, ANÁLISIS Y DICTAMINACIÓN DE LA SOLICITUD PRESENTADA POR EL MTRO. LEOPOLDO CORONA AGUILAR, PARA QUE SE AUTORICE LA SOLICITUD DE CORRECCIÓN DE LOS NUMERALES DEL ORDENAMIENTO DE OBSERVANCIA GENERAL ARTÍCULOS 85 Y 86 DEL
114
REGLAMENTO DEL INSTITUTO DE CULTURA FÍSICA Y DEPORTE (EXPEDIENTE SHA/074/CABILDO/2018). A la Comisión Edilicia de Reglamentación integrada por los CC. Leopoldo Corona Aguilar, Segundo Regidor y Presidente de la Comisión, Francisco Rodolfo Solorza Luna, Sexto Regidor y Secretario de la Comisión, Rosalba Navarrete Cerón Tercera Regidora y Vocal de la Comisión, Carlos Jesús Leyva Mora Síndico Municipal y Vocal de la Comisión, Jorge Luis Portillo Salgado Décimo Tercer Regidor y Vocal de la Comisión, le fue turnado durante la Trigésima Sexta Sesión Extraordinaria de Cabildo celebrada el 25 de Junio del año 2018, el expediente número SHA/074/CABILDO/2018 relativo al estudio análisis y dictaminación de la solicitud presentada por el Mtro. Leopoldo Corona Aguilar para que se autorice la solicitud de corrección de los numerales del ordenamiento de observancia general artículos 85 y 86 del Reglamento del Instituto de Cultura Física y Deporte. Por lo que con fundamento en lo dispuesto por los artículo 115 fracciones I y II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 112, 113, 116, 123 y 124 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; 1, 2, 15, 30 bis párrafo tercero incisos a), b) c) y d), 31 fracción I, 55 fracción IV, 64 fracción I, 66, 69 fracción I inciso r), 164 y 165 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México y 72 del Reglamento de Cabildo del Honorable Ayuntamiento de Atizapán de Zaragoza; somete a la consideración de los integrantes del Honorable Cabildo, el siguiente Dictamen de Comisión, al tenor de los siguientes
A N T E C E D E N T E S
PRIMERO.- Que el Honorable Ayuntamiento Constitucional de Atizapán de Zaragoza, Estado de México por acuerdo Cabildo de fecha 01 de enero del año 2016, aprobó la propuesta de la C. Ana María Balderas Trejo, Presidenta Municipal Constitucional y conformó las Comisiones para el periodo de gobierno 2016-2018, estando entre ellas la denominada Comisión Edilicia de Reglamentación, con los siguiente integrantes: Mtro. Leopoldo Corona Aguilar. Segundo Regidor y Presidente de la Comisión. C. Francisco Rodolfo Solorza Luna Sexto Regidor y Secretario de la Comisión. C. Rosalba Navarrete Cerón Tercer Regidor y Vocal de la Comisión. C. Carlos Jesús Leyva Mora Síndico Municipal y Vocal de la Comisión. Lic. Jorge Luis Portillo Salgado Décimo Tercer Regidor y Vocal de la Comisión. SEGUNDO.- Que con fecha 26 de junio del año 2018, para dar cumplimiento a la instrucción del H. Ayuntamiento tomada en el punto 4.2 de la Trigésima Sexta Sesión Extraordinaria de Cabildo Administración Municipal 2016-2018, el Secretario del Ayuntamiento, Lic. Francisco Espinosa de los Monteros Álvarez del Castillo, remitió mediante oficio Número S.H.A./TUR./COM./074/2018 al Mtro.
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Leopoldo Corona Aguilar, Segundo Regidor y Presidente de la Comisión de Reglamentación, para Estudio, análisis y dictaminación la solicitud presentada por el mismo para que se autorice la solicitud de corrección de los numerales del ordenamiento de observancia general artículos 85 y 86 del Reglamento del Instituto de Cultura Física y Deporte. (EXPEDIENTE SHA/074/CABILDO/2018). TERCERO.- Que en términos de lo dispuesto por el artículo 27 de la Ley Orgánica Municipal vigente en la entidad, los Ayuntamientos como órganos deliberantes, deberán resolver colegiadamente los asuntos de su competencia. CUARTO.- Que en término del artículo 30 bis de la citada Ley Orgánica Municipal, el Ayuntamiento para atender en su caso resolver los asuntos de su competencia, funcionará en Pleno y mediante Comisiones. Los Reglamentos Municipales deberán ajustarse a los siguientes criterios: Flexibilidad y Adaptabilidad.- Se debe prever la posibilidad de que el Reglamento se adapte a las condiciones sociopolíticas, culturales e históricas del municipio, para resolver de manera pronta y expedita los requerimientos de la comunidad. Claridad.- Para su correcta y eficiente aplicación, el Reglamento debe ser claro y preciso omitiendo toda ambigüedad en su lenguaje. Simplificación.- Debe ser conciso, atendiendo únicamente al tema que trate de su materia. Justificación Jurídica.- La reglamentación municipal solamente debe referirse a las materia permitidas por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México y las Leyes Federales y Estatales que de ellas emanen. QUINTO.- Que previa convocatoria quienes integramos la Comisión de Reglamentación, el día 4 de Julio de 2018, nos reunimos en la Sala de Juntas de la Secretaría del H. Ayuntamiento, con la intención de proceder al estudio análisis y dictaminación del expediente que nos fue turnado para tal efecto. SEXTO.- Que la Comisión de Reglamentación es competente para conocer y resolver en sus términos, el expediente número SHA/074/CABILDO/2018.
CONSIDERACIONES DE HECHO
PRIMERA.- Que el régimen constitucional contempla al Municipio como la base de la división territorial y de la organización política y administrativa de los Estados de la Federación. El municipio es la sociedad política primordial y la expresión institucional del Estado de México más inmediata a la población. SEGUNDA.- Que se cuenta con un ordenamiento normativo que establece las bases para la organización y funcionamientos de la autoridad legalmente constituida como Ayuntamiento, en los términos de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México.
116
TERCERA.- Que el Reglamento del Instituto de Cultura Física y Deporte del Municipio de Atizapán de Zaragoza vigente fue aprobado por la presente administración en su Sexagésima Cuarta Sesión Ordinaria de Cabildo de fecha trece de noviembre del año dos mil diecisiete y publicada en la Gaceta Municipal número 148 Año 02 del 13 de noviembre de 2017. CUARTA.- Que se constató que era pertinente realizar la corrección de los artículos 85 y 86 del Reglamento del Instituto de Cultura Física y Deporte para que la referencia establecida en los mismos sea la correcta.
CONSIDERACIONES DE DERECHO
PRIMERA.- El Ayuntamiento tiene la facultad de emitir disposiciones administrativas de carácter general en base a lo dispuesto por el artículo 115 fracción II párrafo segundo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicano que señala: “Los Ayuntamientos tendrán facultades para aprobar de acuerdo a las leyes en materia municipal los reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia general dentro de sus respectivas jurisdicciones que organicen la administración pública municipal, regulen las materias, los procedimientos funciones y servicios públicos de su competencia y aseguren la participación ciudadana y vecinal” SEGUNDA.- La Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México en su artículo 123 establece que los Ayuntamientos en el ámbito de su competencia desempeñaran, facultades normativas para el régimen de gobierno y administración del Municipio, así como funciones de inspección, concerniente al cumplimiento de las disposiciones de observancia general aplicables. TERCERA.- La Ley Orgánica Municipal vigente en la entidad establece en su artículo primero que el Municipio Libre es la base de la división territorial y de la organización política del Estado investido de personalidad jurídica propia, integrado por una comunidad establecida en un territorio, con un gobierno autónomo en su régimen interior y en la administración de la hacienda pública, en términos del Artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y en su artículo 32 fracción I señala que son atribuciones de los Ayuntamientos, expedir y reformar reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia general dentro del territorio del Municipio, que sean necesarios para su organización, prestación de los servicios públicos y en general para el cumplimiento de sus atribuciones. CUARTA.- La integración del presente dictamen, tiene su fundamento en el ejercicio de las atribuciones conferidas a las Comisiones Edilicias del Ayuntamiento por el artículo 66 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México.
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Así, por lo anteriormente expuesto y fundado, la Comisión de Reglamentación, tiene a bien proponer los siguientes:
PUNTOS DE ACUERDO PRIMERO.- Se aprueba la corrección de los numerales del ordenamiento de observancia general artículos 85 y 86 del Reglamento del Instituto de Cultura Física y Deporte del Municipio de Atizapán de Zaragoza aprobado en la Sexagésima Cuarta Sesión Ordinaria de Cabildo de Fecha trece de noviembre del año dos mil diecisiete publicado en la Gaceta Municipal Número 148 Año 02 de fecha 13 de noviembre de 2017, en términos del documento que como anexo y parte integrante del presente Dictamen corre agregado como si a la letra se insertase. SEGUNDO.- Se publique la corrección del Reglamento del Instituto de Cultura Física y Deporte en la Gaceta Municipal. TERCERO.- Se instruye al Secretario del H. Ayuntamiento para los efectos de que, proceda a dar de baja el expediente en el que se actúa de los asuntos pendientes de la Comisión de Reglamentación Aprobado por unanimidad en lo general y en lo particular de manera nominal.
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PRIMERO.- Se aprueba la corrección de los numerales del ordenamiento de
observancia general artículos 85 y 86 del Reglamento del Instituto de Cultura
Física y Deporte del Municipio de Atizapán de Zaragoza aprobado en la
Sexagésima Cuarta Sesión Ordinaria de Cabildo de Fecha trece de noviembre del
año dos mil diecisiete publicado en la Gaceta Municipal Número 148 Año 02 de
fecha 13 de noviembre de 2017, en términos del documento que como anexo y
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parte integrante del presente Dictamen corre agregado como si a la letra se
insertase.
SEGUNDO.- Se publique la corrección del Reglamento del Instituto de Cultura
Física y Deporte en la Gaceta Municipal.
TERCERO.- Se instruye al Secretario del H. Ayuntamiento para los efectos de
que, proceda a dar de baja el expediente en el que se actúa de los asuntos
pendientes de la Comisión de Reglamentación.
ANEXO DICE DEBE DECIR ARTÍCULO 85.- El pago de la cuota de recuperación por el uso y aprovechamiento de cualquier instalación deportiva municipal, será el determinado en el artículo 88 del presente ordenamiento
ARTÍCULO 85.- El pago de la cuota de recuperación por el uso y aprovechamiento de cualquier instalación deportiva municipal, será el determinado en el artículo 87 del presente ordenamiento
ARTÍCULO 86.- La Tesorería del Municipio de Atizapán de Zaragoza, será la responsable de la recaudación de las cuotas establecidas en el tabulador de cuotas de recuperación contenidas en el artículo 88 de este mismo ordenamiento, previa orden de pago expedida por la Coordinación Administrativa del Instituto la cual deberá ser cubierta en su totalidad en las cajas de la Tesorería Municipal.
ARTÍCULO 86.- La Tesorería del Municipio de Atizapán de Zaragoza, será la responsable de la recaudación de las cuotas establecidas en el tabulador de cuotas de recuperación contenidas en el artículo 87 de este mismo ordenamiento, previa orden de pago expedida por la Coordinación Administrativa del Instituto la cual deberá ser cubierta en su totalidad en las cajas de la Tesorería Municipal.
C. ANA MARÍA BALDERAS TREJO PRESIDENTA MUNICIPAL CONSTITUCIONAL
RÚBRICA
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LIC. FRANCISCO ESPINOSA DE LOS MONTEROS ÁLVAREZ DEL CASTILLO
SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO RÚBRICA
INTEGRANTES DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA 2016-2018
C. ANA MARÍA BALDERAS TREJO PRESIDENTA MUNICIPAL CONSTITUCIONAL C. CARLOS JESÚS LEYVA MORA SÍNDICO MUNICIPAL C. BÁRBARA IVETTE RODRÍGUEZ TIJERINA PRIMER REGIDOR C. P. LEOPOLDO CORONA AGUILAR
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SEGUNDO REGIDOR C. ROSALBA NAVARRETE CERÓN TERCER REGIDOR C. DAVID AVALOS GONZÁLEZ CUARTO REGIDOR C. MARÍA INÉS SAUCEDO RESÉNDIZ QUINTO REGIDOR C. FRANCISCO RODOLFO SOLORZA LUNA SEXTO REGIDOR C. ELIA BRICEÑO MENDOZA SÉPTIMO REGIDOR C. MARÍA LUISA GUDIÑO AGUILAR OCTAVO REGIDOR C. CARLOS ALBERTO RAYO SÁNCHEZ NOVENO REGIDOR C. MARÍA ELVIRA REYES SANTILLÁN DÉCIMO REGIDOR C. ANTONIO PACHECO VILLEDA DÉCIMO PRIMER REGIDOR C. FERNANDO DANEL VILLARREAL DÉCIMO SEGUNDO REGIDOR C. JORGE LUIS PORTILLO SALGADO DÉCIMO TERCER REGIDOR