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CDIGO DE ETICA PROFESIONALArtculo 22. En las sociedades de profesionales solo podrn suscribir o refrendar los informes y estados financieros quienes poseen ttulo profesional de Contador Pblico otorgado por una universidad peruana o del extranjero revalidado conforme a ley y debidamente colegiado e inscrita la sociedad en el registro correspondiente del Colegio en que ejerza habitualmente la profesin.COMENTARIO Del ttulo uno El Cdigo regula el ejercicio profesional del Contador Pblico Colegiado tanto en formaindependiente como en relacin de dependencia, sindole aplicable a cualquiera que seala forma que adopte su actividad profesional y/o la forma o naturaleza de la retribucinque perciba, en forma obligatoria. Asimismo, norman las relaciones profesionales delContador Pblico Colegiado con sus colegas de profesin.En el ejercicio profesional, el Contador Pblico Colegiado actuar con probidad y buenafe, manteniendo el honor, dignidad y capacidad profesional, observando las normas delCdigo de tica en todos sus actos.El Contador Pblico Colegiado que acte tanto en funcin independiente como enrelacin de dependencia, asumir responsabilidad profesional en relacin a sus informes,dictmenes, declaraciones juradas, etc., que estn refrendados por l.El Contador Pblico Colegiado tiene la obligacin de guardar el secreto profesional yde no revelar por ningn motivo los hechos, datos o circunstancias de los que tengaconocimiento en el ejercicio de su profesin, excepto aquella informacin requerida porlas autoridades jurisdiccionales competentes por mandato de la Ley.ARTICULOREFRENDAR.- Legalizar un documento por medio de la firma de una persona autorizada:SOCIEDAD.- Conjunto de personas que conviven y se relacionan dentro de un mismo espacio y mbito culturalDCALOGO DEL CONTADOR: Amar la Contadura Pblica sobre todas las otras profesiones No firmar con su matrcula en vano Bendecir el 1 de marzo da del contador Honrar a profesores y compaeros por sus experiencias compartidas Evolucionar a las empresas No aceptar contratos impuros No evadir impuestos pero si eludirlos No juzgar a los colegas o auxiliares Utilizar el sentido comn No codiciar los clientes ajenos.

Referencia: Colegio De Contadores Pblicos