CAUSAS Y MECANISMOS PARA LA EVASION DE LOS IMPUESTOS DE IVA Y
RENTA EN COLOMBIA
HANSLER SILVA VARGAS
VALERIA VALENCIA VALLEJO
UNIVERSIDAD COOPERATIVA DE COLOMBIA
FACULTAD DE CIENCIAS ADMINISTRATIVAS, ECONÓMICAS Y CONTABLES
PROGRAMA DE CONTADURÍA PÚBLICA
SANTIAGO DE CALI, 2021
CAUSAS Y MECANISMOS PARA LA EVASION DE LOS IMPUESTOS DE IVA Y
RENTA EN COLOMBIA
HANSLER SILVA VARGAS
VALERIA VALENCIA VALLEJO
Trabajo de grado presentado como requisito para optar al título de Contadores Públicos
John Jairo Bonilla Aldana
Sandra Yannina López
Asesores de Trabajo de Grado
Grupo de Investigación CACE
Línea de investigación Contabilidad Sociedad y ambiente
Modalidad Práctica social, empresarial y solidaria
UNIVERSIDAD COOPERATIVA DE COLOMBIA
FACULTAD DE CIENCIAS ADMINISTRATIVAS, ECONÓMICAS Y CONTABLES
PROGRAMA DE CONTADURÍA PÚBLICA
SANTIAGO DE CALI, 2021
CONTENIDO
RESUMEN ............................................................................................................................ 1
INTRODUCCIÓN ................................................................................................................ 2
1. DESCRIPCIÓN DEL PROBLEMA ................................................................................. 4
2. OBJETIVOS ...................................................................................................................... 7
OBJETIVO GENERAL
OBEJTIVOS ESPECÍFICOS
3. JUSTIFICACIÓN .............................................................................................................. 8
4.MARCO REFERENCIAL ................................................................................................. 9
MARCO CONCEPTUAL
MARCO LEGAL
5. METODOLOGÍA ........................................................................................................... 21
6. LIMITACIONES ........................................................................................................... 22
7. RESULTADOS .............................................................................................................. 23
8. CONCLUSIONES .......................................................................................................... 30
9.RECOMENDACIONES .................................................................................................. 32
REFERENCIAS .................................................................................................................. 33
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RESUMEN
La evasión fiscal en Colombia es uno de los temas con más importancia en el País,
problemática que viene desde hace años atrás, la finalidad del presente trabajo es identificar
las diferentes causas que existen por los que los contribuyentes optan por no cumplir con sus
obligaciones fiscales, además de los diferentes tipos de evasión los cuales gracias a los vacíos
jurídicos en las leyes tributarias permiten la elusión de los impuestos, sumado a esto el papel
fundamental que juega la profesión del Contador Público para que estos desfalcos al Estado
sean llevados a cabo por medio de la figura de la evasión. En la actualidad, la Unidad
Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) es la
encargada de administrar y controlar las obligaciones tributarias, aduaneras, cambiarias, los
derechos de explotación y gastos de administración sobre los juegos de suerte y azar desde su
fusión con la Dirección de Impuestos Nacional (DIN) en el año 1993 mediante el Decreto
2117 de 1992 (DIAN, 2015) en Colombia. Desde entonces, esta institución gubernamental, se
ha dedicado a prestar sus servicios a la ciudadanía colombiana, ya sea que se desempeñen
como personas naturales o jurídicas, para así garantizar el control del cumplimiento de las
obligaciones de los contribuyentes, y a su vez, asegurar un adecuado recaudamiento de los
tributos del país, los cuales constituyen los ingresos más importantes para el desarrollo de la
Nación y poder evitar la evasión y alusión de impuestos por parte de los contribuyentes.
El Estado pretende al crear herramientas como los nuevos modelos de Fiscalización, el
concientizar, orientar, acercar, y fiscalizar a los ciudadanos que tienen la obligación de
declarar y pagar impuestos como el impuesto a la Renta y al Valor agregado (IVA), conforme
a lo establecido en las leyes tributarias y su importancia en que sea cumplida esta obligación,
y que no se vea afectada la recaudación de dichos ingresos tan relevantes para el país,
procurando minimizar la evasión fiscal en Colombia. Es por esto, que la DIAN, creó la
iniciativa de Núcleos de Apoyo Contable y Fiscal (NAF), para facilitar y propiciar un
adecuado uso de su plataforma y servicios para los ciudadanos, además de otras tantas
estrategias incluso tecnológicas para combatir la evasión.
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INTRUDUCCIÓN
La investigación consiste en abordar la problemática existente en Colombia, acerca de
la evasión de impuestos de IVA y renta, la cual afecta considerablemente el buen
funcionamiento de las políticas públicas de la nación, el déficit fiscal, entre otras. Por ello, se
explorará las principales causas por las cuales los contribuyentes optan por realizar esta
práctica, incluyendo los mecanismos utilizados por los mismos para defraudar al estado en el
no cumplimiento de las obligaciones fiscales, teniendo como base el artículo López (2019)
publicado en la república se dice que:
“Al analizar el recaudo total que logró la Dian, el costo de la evasión podría llegar
a $365 billones para el año 2019, con forme a cálculos citados por la última Comisión de
Expertos estimaron que la evasión se acerca a 3% del PIB (casi $30 billones), mientras
que el Fondo Monetario Internacional dice que solo la tasa de evasión del IVA estaría
alrededor de 40% del total que se recauda ($14 billones). Sin embargo, los estimativos
oficiales dicen que está alrededor de 23% del recaudo total de este impuesto”
Esto nos da una claridad de la magnitud del problema, esta información la sustenta
Según lo dicho por el que para esa época era el director de la Dian, el señor Santiago
Rojas: “La evasión de impuestos de renta e IVA representan más o menos $40 billones
anuales, mientras que Asobancaria ha calculado que la evasión en el impuesto de renta
llega a 3% del PIB (casi $30 billones), de los cuales la evasión de las empresas
representaba 2,3% del PIB y la de personas naturales, 0,7% del PIB” (López, 2019)
Esta problemática de evasión de impuestos no solo se destaca por la afectación que
conlleva a nivel de políticas públicas y su funcionamiento y cómo esto influye en el deterioro
a nivel fiscal, sino también, se resalta el rol que cumple el ciudadano colombiano en promover
y fomentar la evasión de impuestos por medio de la ideación y búsqueda de diferentes formas
que logren evadirlos. Ante esto, el Estado ha implementado diferentes herramientas o
iniciativas a nivel tecnológico y pedagógico con el fin de concientizar a los ciudadanos de la
importancia de la tributación; no obstante, esta labor por parte del gobierno ha sido compleja
de modo en que los ciudadanos a raíz del desconocimiento e ideas poco adecuadas acerca de
la tributación han ido interiorizando las prácticas de evasión (Cabrera et al., 2008).
Por lo anterior, para ahondar en dicha problemática es necesario conocer las causas
que la influyen en la misma, tales como la inestabilidad en la norma tributaria, la falta de
transparencia y honestidad de los contribuyentes, e incluso la falta de cultura en la
3
contribución, son factores que inducen a continuar con este flagelo de la evasión. Así mismo,
es importante reconocer que la profesión que se encuentra más ligada y con mayor capacidad
de abordar temas tributarios, contables y fiscales, es la contaduría pública, cuyos
profesionales juegan un papel importante desde la ética profesional, e influir a combatir la
evasión de impuestos (Cabrera et al., 2008).
El interés es profundizar en la problemática social y económica de evasión de
impuestos, explorando los motivos por los que los contribuyentes deciden practicar
actividades de evasión y cómo logran llevar a cabo este habito; por lo cual el conocer el actuar
del estado frente a la evasión y además la importancia del papel que tienen también los
contadores públicos, permite plantear a futuro nuevas estrategias que minimicen la evasión de
impuestos.
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1. DESCRIPCION DEL PROBLEMA
La evasión tributaria es una problemática existente desde hace muchos años, pero cada
año que pasa los contribuyentes miran la forma de seguir evadiendo sus obligaciones fiscales,
causando daño tanto en lo social, económico, ambiental y contable; por lo cual crear
consciencia en el impacto que ocasiona la evasión en los aspectos anteriormente
mencionados, puede favorecer a la disminución y posible erradicación de estas prácticas. Para
ello, es importante preguntarse acerca del porcentaje de evasión que tienen los contribuyentes
en Colombia, teniendo en cuenta los motivos y efectos que abarcan esta problemática de la
evasión tributaria.
Por ello, el medir la evasión es fundamental debido a que se conocen cuáles son los
sectores que están dejando de recibir recursos y de esta forma se pueden tomar medidas a
través de los planes de fiscalización y realizar ajustes a los mismos, ya que lo que no se mide
no se controla y no permite generar una mejora continua (Espitia y Suarez, 2017).
Por lo siguiente se debe conocer la responsabilidad que tienen los contadores públicos
sobre la evasión tributaria. Ya que son los encargados de llevar con fidelidad las
responsabilidades tributarias, aparte que deben dar fe pública ante la sociedad por ejercer esta
profesión. Una mala práctica laboral ejercida con dolo hace que los contribuyentes
comiencen a plasmarlo en su diario vivir y haciendo que cada año busquen la forma de
reducir sus obligaciones fiscales con fraudes (evadiendo estos impuestos).
Esto hace que futuros contadores tengan que cometer estas evasiones cuando el
contribuyente se lo pide, en ambos casos el Contador está faltando a la ética y moral de la
profesión. Siendo estas unas de las principales causas de que se presente la evasión tributaria,
amonestación, causando suspensión como por ejemplo los casos de los contadores
presentados a continuación:
“ESGAR ARISMENDI RODRÍGUEZ TORRECILLAS que vulnera la ética
profesional se cometió como falta GRAVE a título de DOLO, como consecuencia del actuar
del Contador Público ESGAR ARISMENDI RODRÍGUEZ TORRECILLAS, quien actuó
como Revisor Fiscal del contribuyente INVERSIONES ASSURE S. A., y en tal virtud,
quebrantó los preceptos legales previstos en los artículos 26, 37.1, 37.4, 37.6, 37.10 de la Ley
43 de 1990, como quiera que firmó declaraciones tributarias del contribuyente
INVERSIONES ASSURE S. A. entre el 13 de junio de 2018 y el 09 de mayo de 2019,
encontrándose sancionado por parte de la Junta Central de Contadores para ejercer la
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profesión contable en doce (12) meses entre el 30 de mayo de 2018 y el 30 de mayo de 2019
(JUNTA CENTRAL DE CONTADORES).
Otro caso, que traemos a colación es el de la profesional “EDNA FERNANDA
TERÁN BARRERA que vulnera la ética profesional por parte de la contadora pública EDNA
FERNANDA TERÁN BARRERA , puede ser catalogada como GRAVE dada la presunta
violación de las normas de ética profesional, esto teniendo en cuenta las modalidades y
circunstancias en las que al parecer se cometió la falta y la gravedad de los hechos ya que
actuaba como Contadora, y aprovechándose de su conocimiento y de la confianza depositada
por la empresa usuaria de sus servicios, realizó constantes transferencias de sumas de dinero a
una cuenta a su nombre, y a título de DOLO, al contar con el conocimiento y la capacidad
profesional, sabía el detrimento que ocasionaba a la sociedad al apoderarse de manera
irregular de las sumas de dinero que no le correspondían, conducta que queda en evidencia, al
aceptar los cargos endilgados en materia penal y por la cual fue condenado por el Juzgado
Diecisiete Penal del circuito con funciones de conocimiento de Cali - Valle del Cauca,
conducta con la cual incurrió en la causal establecida en el numeral 1 del artículo 26 de la ley
43 de 1990, lo que demuestra el posible incumplimiento y vulneración de los artículos 37
(numerales 4, 6 y 10), 45, 65 y 70 de la Ley 43 de 1990. (JUNTA CENTRAL DE
CONTADORES)
Esta problemática hace que el estado colombiano luche a diario debido a la falta de
compromiso del contador público y de los contribuyentes, ya que el propósito de los
impuestos es financiar los bienes y servicios públicos del estado de modo que la principal
fuente de ingresos del gobierno provenga de ellos. El impuesto tiene muchas funciones
diferentes. En otras palabras, el gobierno puede estabilizarse de alguna manera a través de
cambios estructurales en la reforma tributaria y la economía colombiana podrá salir o
disminuir su déficit fiscal.
Como refiere Cabrera et al., (2021) que dice: La evasión tributaria es una problemática
social que afecta el desarrollo de los países. Esto sucede porque se trunca el objetivo principal
de los impuestos, a saber, financiar el gasto público, entendido como el total de gastos
realizados por el sector público para la adquisición de bienes y servicios, prestación de
subsidios y transferencias.
Es un error que el contribuyente piense que al causar este delito (evasión), el estado
colombiano o para ser más precisos las entidades públicas encargadas de hacer estos recaudos
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no se vayan a dar cuenta de la evasión cometida -Dian- , y crea que va a quedarse con los
recursos que le debió entregar al Estado, generando las siguientes sanciones o suspensión
como por ejemplo fue el caso de la compañía: - BUSINESS OUTSOURCING SOLUTIONS
COLOMBIA LTDA el comportamiento que vulnera la ética profesional por parte de la
sociedad de contadores BUSINESS OUTSOURCING SOLUTIONS COLOMBIA LTDA,
puede ser catalogada como GRAVE, dada la violación de las normas de ética profesional,
esto, teniendo en cuenta, que, a pesar los requerimientos realizados por la representante legal
de la compañía HARRIS INTERNATIONAL INC ”HARRIS”., la investigada omitió la
entrega de la información que estaba en su poder., y a título de DOLO, ya que la calidad que
ostenta el contador exige que el ejercicio profesional sea desarrollado dentro de los estándares
éticos preestablecidos por la normatividad vigente, en tanto la sociedad de contadores como
empresa especializada no hizo efectiva la entrega de la información contable, por lo tanto se
evidencia la falta de responsabilidad y diligencia por parte de la sociedad, lo que envuelve
violación a las disposiciones contempladas en los artículos 37 ( 4, 6 y 10) y 45 de la Ley 43 de
1990 (JUNTA CENTRAL DE CONTADORES).
FORMULACION DEL PROBLEMA
¿Cuáles son las causas y mecanismos usados por los contribuyentes que llevan a cabo la
evasión de los impuestos de Iva y Renta en Colombia, y qué herramientas tiene el Estado para
combatir esta problemática?
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2. OBJETIVOS
2.1 OBJETIVO GENERAL
Analizar las causas por las cuales se genera la evasión de los impuestos de Iva y Renta en
Colombia, los mecanismos usados por los contribuyentes y las herramientas creadas por el
Estado para controlar la evasión.
2.2 OBJETIVOS ESPECÍFICOS
1. Identificar las principales causas por las que los contribuyentes practican la evasión
del impuesto de Iva y Renta, y los diferentes mecanismos utilizados para la evasión de
estos.
2. Reconocer las herramientas creadas por el Estado para evitar la evasión de impuestos
de renta e Iva por parte de los contribuyentes.
3. Analizar el papel de Contador Público frente a la evasión de impuestos, y generar
estado de conciencia en los diferentes procesos relacionados con la cultura de la
contribución.
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JUSTIFICACIÓN
La investigación pretende conocer en gran parte la problemática que tiene el estado
colombiano por las evasiones tributarias ejercidas por los contadores y contribuyentes, por
ello, se debe palpar y llegar a fondo, el por qué esta práctica se sigue presentando a través de
los años. Buscando desde la profundidad y lo superficial de cuáles son las causas o motivos
que hace que el contribuyente y el contador realicen estas maniobras evasivas, ya que esto
afecta el desarrollo ciudadano y al país por la disminución de ingresos al Estado. La intención
es profundizar en el conocimiento de esta situación que lleva el país por años; porque la
mayor parte de recaudo proviene de estos impuestos, si no se lleva a cabo la solución de este
problema el desarrollo del país y de nuestra región será mucho más demorado porque para
llegar a ello se necesita primero salir del déficit fiscal obtenido por la falta de recaudo.
Todo esto afectaría a la sociedad y al estado, ya que la mayor parte del recaudo de
Colombia proviene de los impuestos, consideramos que el estado colombiano debería buscar
otra forma más de recaudo que no fuera solamente los impuestos Por eso es de gran
importancia comprender de una manera más clara el manejo de tributación en el país, para así
poder identificar las causas por las que los contadores y contribuyentes generan estas
evasiones en su declaración de impuestos y los medios que usan para lograr este fin. Este
análisis puede a futuro crear conciencia y compromiso a futuros contadores y por medio de
ellos pueden enseñar o educar a los contribuyentes en el pago oportuno de los tributos.
Es de importancia para la universidad realizar este documento el cual aporta a los
procesos de formación desde la formación profesional e investigativa del futuro del sistema
tributario en el territorio colombiano, sirve a los estudiantes con el autoaprendizaje, el estudio
y el conocimiento de este tema, además se cuenta con el apoyo de la Dian y la creación de los
Núcleos de apoyo contables y fiscal-NAF, en convenio con la Universidad, se promueve el
acercamiento de los estudiantes a la cultura de la contribución, y se concientiza por medio de
esta herramienta a la ciudadanía, de la importancia para el Estado y para la sociedad misma, la
generación del pago de los impuestos.
Lo que es relevante para los próximos contadores que de repente no tienen una
comprensión profunda del tema y pueden usar este trabajo investigativo para examinar un
problema que se ha presentado durante muchos años, logrando así que estos reconozcan la
gravedad del problema.
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4 MARCO REFERENCIAL
4.1 Antecedentes de la Investigación
Los impuestos son los tributos por excelencia, su pago al estado no genera ninguna
contraprestación para el contribuyente, simplemente, hay que pagarlo sin esperar nada a
cambio. Son impuestos las prestaciones en dinero o en especie, exigidas por el Estado en
virtud del poder de gobierno, a quienes se hallen en las situaciones consideradas por la ley
como hechos imponibles. El impuesto, se fundamenta en la soberanía de la nación, justificado
por la necesidad de atender requerimientos de interés social y es, sin duda, el más importante
de los tributos que percibe el Estado para el desarrollo de sus fines (Carvajal et al., 2020).
Estos impuestos en los gobiernos se consideran como el ingreso más importante para
el Estado, ya que mediante la recaudación de los mismos, se obtienen recursos para la
ejecución de proyectos sociales, de educación, de salud y demás políticas de desarrollo
establecidas por los gobiernos vigentes, por esto, la evasión de impuestos en Colombia es una
problemática que consta desde muchos años atrás, según una investigación publicada por la
DIAN “el tamaño del Estado en Colombia ha crecido considerablemente durante los últimos
quince años. El gasto público consolidado aumentó de 21.2% del PIB en 1990 a 33.7% del
PIB en 2003, mientras que los gastos totales del gobierno central se elevaron de 11% del PIB
en 1990 a 21% en 2004. Dada la necesidad de recursos fiscales para atender el mayor gasto, el
Congreso y los sucesivos gobiernos han aprobado más de diez reformas tributarias de
importancia desde 1990” (DIAN, 2005) , Logrando con estas reformas que más personas tanto
naturales y jurídicas estén obligadas a tributar ya sea por renta o sean responsables del
impuesto de Iva, para poder que así haya una recaudación más alta de recursos y poder suplir
las necesidades del Estado Colombiano, pero al mismo tiempo estos contribuyentes optan por
la vía de la evasión de impuestos.
Cabe resaltar la importancia del recaudo fiscal por medio de los impuestos que pagan
los contribuyentes en el país, ya que estos componen la mayor parte del presupuesto General
de la Nación, con el cual se ejecutan las diferentes políticas nacionales de la mano con el plan
nacional de desarrollo, estos ingresos con base en lo que dicta el principio de planeación del
artículo 5 de la Ley 179 de 1994: “Deben guardar concordancia con los contenidos del Plan
Nacional de Desarrollo y Plan Nacional de Inversiones”. Estos planes son presentados por el
presidente de la República ante el congreso, incluyen todos los temas políticos, económicos,
sociales y de seguridad que contribuyen con el crecimiento y desarrollo del país. Estos se
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definen como: “… prestaciones en dinero o especie que el estado exige en ejercicio de su
poder de imperio con objeto de obtener recursos para el cumplimiento de sus fines.” (Garza,
2008, citado por Pinto y Tibambre, 2019), si esta recaudación no se lleva a cabo como el
Estado lo prevé se verán afectados diferentes sectores públicos, por el flagelo de la evasión
fiscal.
Tabla 1.
Reformas tributarias en los últimos 20 años en Colombia
REFORMA O
LEY CARACTERÍSTICAS
Ley 633 de 2000
Esta reforma se creó en un momento de crisis económica. Trajo el gra-
vamen a los movimientos financieros con una tarifa de 3×1000. Se
gravó además el transporte aéreo internacional.
Ley 788 de 2002
Esta reafirmó la sobretasa de 10% de renta para 2003 y de 5% para
2004. Se aplicó una tarifa de 20% sobre la telefonía celular y una am-
pliación en la base de IVA.
Ley 863 de 2003
Para tener más ingresos se reglamentó la ampliación de la base gravable
del impuesto a la renta. Se creó el impuesto al patrimonio y se pasó del
3×1000 al 4×1000.
Ley 1111 de 2006
Algunos bienes pasaron a 16% del IVA. Planteaba reducir la tarifa única
sobre la renta gravable para las sociedades anónimas, sociedades limita-
das, incluidas las entidades extranjeras, en 2006 al 35%, para el 2007 del
34% y para el 2008 y siguientes del 33%
Ley 1370 de 2009
En el impuesto al patrimonio la tarifa aumentó a 2,4%, para ingresos
mayores a $3.000 millones y a 4,8% para más de $5.000 millones.
Ley 1430 de 2010
Esta reforma tributaria dio paso a la eliminación de la deducción en
renta por inversión, así como a la sobretasa de 20% al consumo de ener-
gía eléctrica al sector industrial.
Ley 1607 de 2012
En este articulado se creó el Impuesto sobre la Renta para la Equidad, el
impuesto a las ganancias ocasionales, y algunos servicios fueron grava-
dos con tarifas del 5%.
Ley 1607 de 2013
Esta reforma trajo consigo la creación del Impuesto mínimo alternativo
(Iman) y el impuesto mínimo alternativo simple (Imas), los cuales eran
nuevos sistemas del impuesto de renta.
Ley 1607 de 2014
En esta reforma se mantuvo la tarifa de 4×1.000 hasta 2018, para iniciar
desmonte gradual desde 2019. Se creó el impuesto a la riqueza.
Ley 1809 de 2016
Esta ley impuso el aumento del IVA de 16% a 19%, como lo conoce-
mos. Además, se reglamentaron las penas de prisión de entre cuatro y
nueve años por evasión.
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Ley de Financia-
miento de 2018
La ley propuso una reducción gradual del impuesto de renta a 30% en
2020, y un descuento total del IVA por la adquisición de bienes de capi-
tal.
Ley de Crecimiento
de 2019
Tiene como base el texto anterior, pero tras declararse inexequible, esta
incluyó devolución del IVA para hogares vulnerables, tres días sin IVA
al año y reducción en aportes de pensionados.
Ley de inversión
social de 2021
Esta ley aumentó en cinco puntos de la tarifa del impuesto sobre la renta
aplicable a personas jurídicas. Bajo esta nueva Ley, a partir del año
2022 la tarifa general del impuestos de renta para personas jurídicas au-
mentará del 30% a un 35%., adicional derogatoria del parágrafo 1 del ar-
tículo 115 del Estatuto Tributario, lo que implica que, de manera indefi-
nida, se podrá descontar del impuesto de renta únicamente el 50% del
ICA pagado; (ii) se vuelve a incluir un impuesto de normalización tribu-
taria para el año 2022 a una tarifa del 17%; y (iii) se modifica el régimen
simple de tributación en el sentido de ampliar el tope máximo de ingre-
sos para ingresar a este régimen a 100.000 UVT.
Fuente: ASOBANCARIA, s.f.
Sin duda alguna la estructura tributaria de Colombia se distingue no sólo por
expedir tantas reformas tributarias si no, en su mayoría por las tarifas altas en los
impuestos, poca recaudación de estos, a esto sumado la evasión y elusión, y por si fuera
poco la inestabilidad jurídica. Esta estructura conlleva a alteraciones macroeconómicas,
provocando no sólo los efectos negativos directos por el aumento en las tarifas, si no el
hecho de no lograr el recaudo necesario de los recursos suficientes para lograr reducir el
déficit fiscal, el cual al país ocasiona desequilibrios macroeconómicos documentados de
manera ardua en la literatura especializada en estos temas fiscales (Cabrera et al., 2008).
Como es bien sabido, el objetivo primordial del Estado Colombiano en materia
tributaria es conseguir de manera efectiva la recaudación de todos aquellos ciudadanos que
dentro del marco legal están obligados a declarar y pagar impuestos, para lograr este
cumplimiento implica contar con un sistema de administración tributario claro y eficiente.
Por lo anterior se creó la Ley 223 de 1995, la cual le confió a la DIAN una labor
importante, en esta ley se dictó lo siguiente... “Artículo 157. Programas de capacitación: La
Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales desarrollará una tarea pedagógica enfocada a
colegios y universidades para crear en el país una cultura tributaria a fin de educar al
ciudadano en el deber constitucional de contribuir a las cargas públicas.”, naciendo así “la
Cultura de la Contribución”. Esto con el fin de promover mediante estrategias pedagógicas la
concientización, conocimiento y fortalecimiento de las obligaciones fiscales desde los
estudiantes en la escuela. Ya en el año 2016 se implementa la iniciativa de responsabilidad
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social mediante los Núcleos de apoyo Contable y Fiscal – NAF-, esta estrategia va dirigida a
los estudiantes y docentes de educación superior, los cuales, mediante capacitación previa de
funcionarios de la DIAN, brindan apoyo sin ánimo de lucro a la población sobre temas
tributarios y aduaneros, orientación básica de los diferentes servicios de puntos físicos y en
línea ofrecidos por la DIAN a personas naturales y jurídicas que así lo requieran. Estas
herramientas usadas por el estado tienen como fin principal acercar a las personas al
conocimiento de la tributación e intentar mitigar el flagelo de la evasión de impuestos en
Colombia.
4.2 Teoría de la Evasión
La evasión tributaria es el conjunto de acciones u omisiones orientadas a reducir
parcial o totalmente el monto de impuestos que legalmente le corresponde aportar a un
contribuyente. Estas prácticas van desde el ocultamiento total del sujeto del tributo, que trata
de hacerse invisible ante la administración tributaria, hasta la falsificación de información que
sirve de base para determinar la contribución (Mahecha y Lasso, 2007).
Por ello se tiene como objetivo analizar y comprender mejor las medidas de fraude
fiscal, qué causas genera este tipo de fraude y por qué las empresas están ejecutando cada día
de forma natural la evasión fiscal.
El impuesto IVA a lo largo de los años ha generado preocupación a la sociedad y al
estado no sólo por el monto del impuesto a pagar, sino también por la evasión fiscal y el mal
uso de estos recursos.
Ya que el recaudo de este impuesto es el más importante de la nación (Colombia).
Siendo el impuesto indirecto principal, generando una mayor estabilidad económica del
estado basado en la carga impositiva que se establece sobre los terceros. Por este motivo, es
de gran importancia contar con algunos aspectos que nos permitan averiguar cuál es el
problema mayor de hacer estas prácticas de evasión. Aunque no es un tema fácil de resolver,
ya que se ha llevado décadas con este estudio cuya naturaleza es la ocultación, es importante
asumir el desafío. Por eso, se genera la necesidad de entender y dar a entender cuál es la
importancia de evitar la evasión de los impuestos.
Para ello hay que permitirles a los ciudadanos de forma más clara y abierta de poder
abarcar estos temas fiscales. Aparte de que hoy en día es más fácil tener esta información que
en años pasados, por ello cabe recalcar que este tema de la evasión de impuesto IVA es un
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tema de absoluta importancia ya que no es un tema político, más bien es un tema social. Como
contribuyentes debemos de comprender la importancia que tiene el estado de recaudar estos tributos
fiscales que se generan.
Por medio de la DIAN se crean sanciones a aplicar a los contribuyentes para debilitar
las malas prácticas de las declaraciones de impuesto, debido al incumplimiento del pago en la
fecha pactada, generando un riesgo empresarial o personal, y posiblemente incentivan a la
creación de nuevas reformas tributaria para ajustar el déficit. Aparte en crear conciencia los
ciudadanos de no cometer más estos actos de evasión para mejorar el recaudo y fortalecer la
tributación directa en las empresas y evitar nuevas reformas.
El presente trabajo se enfoca de manera general al estudio o investigación del
impuesto al valor agregado como también el impuesto a las ganancias tomándolos como base
de la tributación, ya que se considera que son los impuestos con más repercusión en las
recaudaciones fiscales, y son los impuestos con mayor evasión en Colombia, tal como lo
indica un artículo publicado por el El País (2012), donde indica que:
“Aunque el recaudo de impuestos en Colombia se ha duplicado -al pasar de $43,5
billones en 2005 a $86 billones en 2011- todavía los niveles de evasión y elusión siguen
siendo de los más altos de América Latina. Ni siquiera las últimas 16 reformas tributarias han
logrado frenar esos índices que hoy rondan el 25% en promedio. Es decir que por cada $100
en impuestos el fisco deja de recibir $25.El director de la Dian, Juan Ricardo Ortega,
reconoce que la evasión en renta e IVA suma $20 billones anuales”
4.3 Impuesto Al Valor Agregado
El Impuesto sobre el Valor Agregado (IVA), es el tributo que está obligado a
desembolsar todos los ciudadanos, debido a que el mismo está intrínseco en la mayoría de las
actividades consumo, bienes y servicios. Ahora bien, una de las definiciones puntuales con
respecto al IVA, proviene del estudio de Hoyos (2014), considerándolo como un impuesto
relevante desde distintas ópticas, siendo la primera el “constituir una singular fuente de
recaudos para los Estados”), segundo, “evita y controla la evasión, tercero, “canaliza
información importante para el Estado sobre las actividades económicas, y la situación de los
contribuyentes y finalmente, “si obedece a estándares internacionales, debe servir por igual al
recaudo y el mantenimiento de las condiciones de competencia entre productos y servicios.
(Berdejo y Villasmil, 2019)
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El impuesto al valor agregado (IVA) es un impuesto indirecto que grava los bienes y
servicios. En otras palabras, este impuesto lo paga el consumidor final. Para comprender y
analizar plenamente su significado e importancia, es necesario analizar sus características. El
impuesto sobre las ventas de bienes y servicios:
• Bienes: El Iva de los bienes se calcula como un porcentaje del valor de un bien, por lo que
debe ser pagado por el consumidor en el momento de la compra de bienes.
• Servicios: El Iva de los servicios es un impuesto sobre el costo de la mano de obra.
• Impuesto Indirecto: son impuestos indirectos y no se gravan directamente a las personas. Es
decir, se le cobrará por la compra y venta de bienes y servicios, así como otros tipos de
comercio. Este es un impuesto regresivo. Los impuestos se cobran por igual para todos. Es
decir, independientemente de la capacidad financiera del individuo (ambos pagan el mismo
impuesto, independientemente del nivel de ingresos del contribuyente). Mayor impacto en las
personas de bajos ingresos.
• Características del Impuesto IVA:
Tabla 2.
Impuestos al valor agregado IVA
IMPUESTO AL VALOR AGREGADO IVA
Hecho generador Sujeto pasivo Sujeto activo
Este impuesto nace en el mo-
mento en el cual se vende un
producto, bien o servicio
siempre y cuando estén gra-
vados, aquí se genera la obli-
gación de cobrar el IVA por
la venta
El sujeto pasivo es el que
está obligado a vender el
bien, servicio o producto
gravado, por medio de
una factura debe cobrarlo
al comprador, y luego li-
quidarlo y pagarlo a la
DIAN
El sujeto activo es el
que está en la facultad
de exigir el pago del im-
puesto por parte del su-
jeto pasivo, en este caso
es el Estado, por medio
de la DIAN
CLASIFICACION
Bienes gravados Bienes exentos Bienes excluidos
15
Son todos aquellos productos
en los cuales al venderse se
debe aplicar la tarifa del Iva
según corresponda, ya sea a
la tarifa general del 19%, o
del 5%. En el artículo 485 al
488 del ET, se puede encon-
trar la lista de todos los bie-
nes gravados. Los obligados
a declarar este impuesto son
quienes lo producen, lo dis-
tribuyen y los comercializan
Un bien exento es un bien
gravado, cuya tarifa del
IVA es del 0%. En base a
esto se entiende que un
bien exento no genera
IVA al momento de la
venta, sin embargo, afecta
en la producción, pues,
aunque la tarifa de IVA
sea del 0%, se debe pre-
sentar en la declaración de
impuestos a responsabili-
dad de los productores.
Un bien excluido no es
gravable, pues no causa
impuesto sobre la venta,
por lo que no existe un
responsable por el IVA,
por lo que son bienes
que no requieren presen-
tar declaración de im-
puestos
Fuente: Elaboración propia
En otras palabras, el impuesto solo se aplica a la diferencia entre el precio de venta de la
empresa y el precio de compra de la otra empresa, el precio de venta final y el total. A una
fracción del costo.
4.4 El Impuesto A La Renta
Según el Art. 5. El impuesto sobre la renta y sus complementarios constituyen un solo
impuesto: El impuesto sobre la renta y complementarios se considera como un solo tributo y
comprende:
1. Para las personas naturales, sucesiones ilíquidas, y bienes destinados a fines
especiales en virtud de donaciones o asignaciones modales contemplados en el artículo 11, los
que se liquidan con base en la renta, en las ganancias ocasionales, en el Patrimonio y en la
transferencia de rentas y ganancias ocasionales al exterior.
2. Para los demás contribuyentes, los que se liquidan con base en la renta, en las
ganancias ocasionales y en la transferencia al exterior de rentas y ganancias ocasionales, así
como sobre las utilidades comerciales en el caso de sucursales de sociedades y entidades
extranjeras.
De lo anterior podemos deducir que El impuesto a la renta es aquel que grava todos
los ingresos percibidos por el contribuyente durante todo un año gravable y que estos están
sujetos a incremento del patrimonio en el momento de su percepción.
El impuesto de renta y complementarios se considera un impuesto de orden nacional,
como un solo tributo y se clasifica en tres elementos: a) Impuesto sobre la renta gravable. Su
aplicación se realiza con una tarifa sobre la base gravable trifas que están fijadas en el artículo
16
240 del estatuto tributario, tarifas que fueron modificadas por la ley 2155 de 2021, la base
gravable se obtiene de la suma de todos los ingresos ordinarios y extraordinarios susceptibles
de producir un incremento neto del patrimonio y que no estén expresamente exceptuados. De
estos ingresos se deben exceptuar las rebajas y descuentos, así como los costos y deducciones
imputables a tales ingresos. b) Impuesto sobre ganancias ocasionales, los cuales como su
propio nombre lo dice, son todos aquellos ingresos que percibe la persona natural o jurídica
de manera esporádica, ósea que no ocurre regularmente y que no tiene relación directa con su
actividad económica, un ejemplo de este tipo de ingresos son los resultantes de herencias,
legados y donaciones, ganancias por loterías, rifas, apuestas; este impuesto se rige por lo
dispuesto en los artículos 300 al 310 del Estatuto Tributario. c) Impuesto de remesas, son
aquellas que por medio de transferencias al exterior de ganancias ocasionales y de los
ingresos con origen en el país por compañías con inversión del exterior, así como por la
adquisición de ingresos por medio de sucursales de entidades extranjeras, éstas se entienden
como remesadas al exterior.
Cabe aclarar que por disposición de la Constitución Política de Colombia, todos los
ciudadanos del territorio colombiano están en el deber de contribuir con los gastos del estado,
y por ende, toda persona natural o jurídica están en la obligación de tributar; esa es la regla
general; claro está que los contribuyentes que están obligados por ley a tributar por medio del
impuesto de renta están divididos en tres regímenes, el régimen ordinario, el régimen simple
de tributación, y el régimen especial, los cuales cada uno de estos están amparados por leyes
tributarias separadas.
En el régimen ordinario los contribuyentes se clasifican en aquellos que, si están
obligados a presentar su declaración de renta y otros que no, si no cumplen con ciertas
condiciones estipuladas en las leyes, se consideran como no declarantes.
El régimen especial es una distinción al régimen ordinario, y está regido expresamente
por el artículo 19 del estatuto tributario, el cual dispone contiene los contribuyentes que
pertenecen a este régimen, cabe resaltar que sigue siendo responsable del impuesto de renta,
sólo que tiene disposiciones especiales con respecto a los otros dos regímenes.
Por último, el Régimen Simple de Tributación (RST) que es un tributo que se declara
anualmente y debe pagarse con anticipos bimestrales mediante los sistemas electrónicos de la
DIAN, este empezó a regir desde el año 2019 y al que pueden acceder de forma voluntaria, las
personas naturales como personas jurídicas que cumplan con los requisitos específicos
17
amparados, las tarifas y bases están establecidas para este régimen como también las fechas
para ingresar y para salir del mismo, el propósito fundamental del RST, es simplificar la
manera de tributar de los contribuyentes, ya que en este se unifica el recaudo de varios
impuestos como el Ica, impuesto al consumo, y anticipa el impuesto de renta por medio de
anticipos bimestrales, tratamiento parecido que ocurre con la retención en la fuente del
régimen ordinario, además de reducir las cargas formales y sustanciales que tienen los
contribuyentes colombianos, ayuda a fomentar la formalidad y posibilitar el cumplimiento de
las obligaciones tributarias.
4.5 Núcleos de Apoyo Contable y Fiscal NAF
Las NAF nacen en Colombia como una propuesta de responsabilidad social, por
medio de la cual la DIAN en convenio con las entidades de educación superior, según
resolución 0047 del 10 de Junio de 2.016, “Que en desarrollo de sus competencias, la U.A.E.
Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN, puede realizar y/o suscribir convenios
con entidades públicas o privadas, nacionales o internacionales, orientadas a fortalecer
alianzas estratégicas para combatir la evasión, el contrabando y la morosidad tributaria,
aduanera y cambiaria” esta alianza busca por medio de una capacitación previa a los
estudiantes y profesores realizar estrategias de acompañamiento en temas tributarios y
fiscales, además de brindar orientación básica en servicios prestados por la entidad, creándose
espacios permanentes para que la comunidad se acerque y reciba la mayor información
posible, en esta misma resolución en el artículo 04 se relacionan los beneficios de esta
herramienta, utilizada por la Dian para concientizar a la población de la importancia de la
tributación en Colombia (Resolución 0047, 2016).
De igual manera esta estrategia de sensibilización en temas tributarios permite que los
contribuyentes y comunidad en general conozcan los diferentes servicios ofrecidos por la
DIAN, como los presentó la Universidad Cooperativa de Colombia (s.f) a continuación:
• Orientación en trámites de inscripción, actualización y cancelación del Registro Único
Tributario – RUT
• Declaración y pago del impuesto de Renta (Orientación y acompañamiento en la utilización
del Programa Ayuda Renta).
• Orientación básica sobre el trámite de facturación y nomina electrónica (Numeración)
• Orientación sobre actividades económicas y responsabilidades de declarantes y contribuyentes
de impuestos nacionales.
18
• Servicios en Línea (agendamiento, consultas de autogestión como información exógena,
habilitación y restablecimiento de la cuenta de usuario, entre otros)
• Firma Electrónica (IFE).
• Orientación sobre responsabilidades de impuesto del Régimen Simple de Tributación (RST)
• Orientación sobre responsabilidades de impuesto al valor agregado IVA.
• Orientación sobre responsabilidades en tema de retención en la fuente.
MARCO LEGAL
Para llevar a cabo el presente estudio, se tuvo como base las siguientes, leyes, artículos y
decretos de la normatividad de Colombia:
• Artículo 95 de la Constitución Política de Colombia: “Toda persona está
obligada a cumplir la Constitución y las leyes. Son deberes de la persona y del
ciudadano numeral 9 - Contribuir al financiamiento de los gastos e inversiones del
Estado dentro de conceptos de justicia y equidad” (Constitución Política de
Colombia, 1991)
• Ley 145 de 1960: “ Reglamentado parcialmente por el Decreto 768 de
1978, Adicionado por la Ley 43 de 1990, Por la cual se reglamenta el ejercicio de la
profesión de Contador público.” (Congreso de la República de Colombia, 1960)
• Decreto 624 de 30 de marzo 1989: "Por el cual se expide el Estatuto Tributario de
los Impuestos Administrados por la Dirección General de Impuestos Nacionales"
• Artículo 2 del Estatuto Tributario (ET): Que son los contribuyentes. Estatuto
Tributario,
• Artículo 5 del ET: “El impuesto sobre la renta y sus complementarios constituyen
un solo impuesto” -
• Artículo 240 del ET: tarifas del impuesto de renta
• Artículo 771-5 ET: “Medios de pago para efectos de la aceptación de costos,
deducciones, pasivos e impuestos descontables”
• Artículo 420 Estatuto tributario: “Hechos sobre los que recae el impuesto al
Valor Agregado IVA”
19
• Decreto 2117 de 1992: “La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales asumirá
las funciones de estadística y doctrina respecto de los impuestos territoriales que
correspondían a la Dirección General de Apoyo Fiscal, dependencia del Ministerio
de Hacienda y Crédito Público, creada por el Decreto - ley 1642 de 1991 y
modificada por la Ley 6º de 1992”
• Ley 633 de 2000 artículo 1º.: “Por la cual se expiden normas en materia tributa-
ria, creación del Gravamen a los Movimientos Financieros.” - Ley 633 de 2000
• Ley 788 de 2002: “Por la cual se expiden normas en materia tributaria y penal
del orden nacional y territorial”
• Ley 863 de 2003: “Por la cual se establecen normas tributarias, aduaneras, fisca-
les y de control para estimular el crecimiento económico y el saneamiento de las
finanzas públicas”
• Ley 1111 de 2006 : “Por la cual se modifica el estatuto tributario de los impues-
tos administrados por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.”
• Ley 1370 de 2009: “Por la cual se adiciona parcialmente el estatuto tributario
cambios en el impuesto al patrimonio”
• Ley 1430 de 2010: “Por medio de la cual se dictan normas tributarias de control
y para la competitividad.”
• Ley 1607 de 2012: “Modifíquese el artículo 6° del Estatuto Tributario”
• Ley 1809 de 2016: “Por medio de la cual se adiciona un parágrafo al artículo
102 de la ley 50 de 1990 sobre las formas en las que un trabajador podrá retirar
las sumas abonadas por concepto de cesantías”
• Ley de Financiamiento de 2018: “por la cual se expiden normas de financia-
miento para el restablecimiento del equilibrio del presupuesto general”
• Ley de Crecimiento de 2019. “Por medio de la cual se adoptan normas para la
promoción del crecimiento económico, el empleo, la inversión, el fortaleci-
miento de las finanzas públicas y la progresividad, equidad y eficiencia del sis-
tema tributario, de acuerdo con los objetivos que sobre la materia impulsaron la
Ley 1943 de 2018 y se dictan otras disposiciones” (DIAN, 2019)
• Ley de Inversión social de 2021: “ La presente ley tiene por objeto adoptar un
conjunto de medidas de política fiscal que operan de forma articulada, en mate-
ria de gasto, austeridad y eficiencia del Estado, lucha contra la evasión, ingreso y
sostenibilidad fiscal, orientadas a dar continuidad y fortalecer el gasto social, así
20
como a contribuir a la reactivación económica, a la generación de empleo y a la
estabilidad fiscal del país, con el propósito de proteger a la población más vulne-
rable contra el aumento de la pobreza, preservar el tejido empresarial y afianzar
la credibilidad de las finanzas públicas. Adicionalmente, se adoptan las medidas
presupuestales correspondientes para su adecuada implementación”
21
5. METODOLOGÍA
5.1 MÉTODO DE INVESTIGACIÓN
El método utilizado para la realización de esta investigación es el método documental
el cual podemos intentar una nueva definición de la investigación documental, “como una
serie de métodos y técnicas de búsqueda, procesamiento y almacenamiento de la información
contenida en los documentos, en primera instancia, y la presentación sistemática, coherente y
suficientemente argumentada de nueva información en un documento científico, en segunda
instancia” (Tancara, 1993). De este modo, no debe entenderse ni agotarse la investigación
documental como la simple búsqueda de documentos relativos a un tema, es el método
deductivo, ya que bajo la premisa de un tema general como es la evasión de los impuestos de
Renta e Iva en Colombia podemos deducir bajo diferentes estudios llevados a cabo
anteriormente y artículos presentados por conocedores del tema, identificar las causas y los
mecanismos que usan las personas o empresas para lograr la evasión, pudiendo reconocer que
el realizar esta práctica por los contribuyentes ya sean personas naturales o jurídicas conlleva a
efectos negativos para el Estado, y para los profesionales contables, ya que es la profesión que
más se ve envuelta en escándalos de Evasión y Elusión de impuestos (Tancara, 1993).
5.2 FUENTES DE INFORMACION
Una de las referencias principales tomadas para llevar a cabo esta investigación, es lo
dispuesto en la constitución política de Colombia, reformas tributarias, otras referencias
tomadas para este trabajo de investigación de tipo documental fueron publicaciones de revistas,
artículos, página de la Dirección de impuestos y Aduanas Nacionales DIAN, leyes sobre las
reformas tributarias como: Ley de Financiamiento, Ley de Inversión social, Estatuto Tributario
y demás páginas web, es importante reconocer el nacimiento de los tributos en Colombia.
22
6. LIMITACIONES
Las limitaciones que se obtuvieron al realizar la presente investigación, para recolectar
la información necesaria, fue que a raíz de la pandemia del COVID 19, se dificultó la
interacción de manera presencial con personas para poder hondar sobre temas tributarios, se
pretendía conocer cuan informados estaban las personas de la importancia de tributar y saber
si en algún momento habían hecho maniobras para evadir impuestos, para así poder reconocer
de manera directa las causas y los mecanismos que usan para la evasión, también por esta
poca intercomunicación, no permitió a través de los núcleos de apoyo contable y fiscal NAF a
los que como estudiantes de la universidad hacemos parte, el poder dar a conocer los
servicios prestados por la Dian, e intentar acercar a las personas a la cultura de la
contribución.
23
7. RESULTADOS
7.1 CAUSAS POR LAS CUALES LOS CONTRIBUYENTES EN COLOMBIA
EVADEN IMPUESTOS
Como toda causa tiene un efecto, la evasión tributaria genera sus propias
consecuencias representadas en diversas formas, alguno de estos efectos son: competencia
desleal entre evasores y la entidad económica que genera el pago, bajo recaudo de los
ingresos tributarios del país lo cual termina siendo un problema para el contribuyente ya que
la medida del estado para recuperar lo que se deja de percibir por culpa de la evasión,
maximiza la carga tributaria y genera nuevas formas de recaudo para cubrir el déficit del país,
presentando problemas para los bolsillos de los colombianos.
Esta investigación nos lleva a identificar las principales causas de evasión fiscal como
socioculturales, técnicas, etc. Dentro de cada uno de ellos se encuentran varios generadores
que se detallan a continuación:
a) ALTOS IMPUESTOS
A raíz de las altas tarifas que están establecidas por la norma tributaria, el
contribuyente se siente desmotivado por estos costos monetarios los cuales debe asumir, esto
conlleva debido a la complejidad y variabilidad de la normativa que lo obliga a recurrir a un
asesor, lo que aumenta la carga tributaria. Incluso hay casos en los que la rentabilidad de la
empresa no justifica el pago de este asesoramiento, lo que lleva al contribuyente a optar por
permanecer en el anonimato y así eludir todas las obligaciones fiscales.
b) VARIABILIDAD CONSTANTE DE LAS LEYES TRIBUTARIAS
Los impuestos deben respetar la teoría de la capacidad imponible, es decir, deben
recaer sobre la renta, el consumo y los activos, pero la administración tributaria determina
situaciones en las que no se respeta este principio, violando los principios de equidad e
igualdad. La equidad implica que para quienes tienen la misma capacidad de pago, el
impuesto debe bajar de manera justa, y la igualdad que para los contribuyentes que se
encuentran en las mismas condiciones se aplica la misma situación tributaria. La falta de
certeza jurídica que existe en nuestro país, con sus constantes cambios, provoca que el
contribuyente se sienta incómodo con el impuesto que favorece el incumplimiento.
24
c) FALTA DE TRANSPARENCIA Y CONOCIMIENTO
En nuestro país no hay mucha claridad de las leyes que integran el sistema tributario,
ya que de por si todo recae a las personas más vulnerables y a la hora de impartir estas nuevas
normas se puede analizar que lo hace poco transparente. La administración tributaria debería
poder corregir estos problemas haciendo que este conjunto de reglas realmente funcione como
un sistema. Además, es esta misma administración la que se encarga de aplicar el sistema,
que, como ya se ha comentado, carece de sencillez, lo que lo hace inflexible.
d) COMPROMISO SOCIAL
Vivir en una sociedad poco organizada significa el incumplimiento de deberes y
obligaciones por parte de todos los que la integran. La falta de la educación y la falta de
conciencia ha llevado al ciudadano a abandonar su responsabilidad tributaria, El
comportamiento reprochable de los ciudadanos se debe en gran parte a la ineficiencia del
estado, lo que ha llevado a que los evasores fiscales sean vistos como más inteligentes y, a su
vez, reconocidos como modelos a seguir para la sociedad, en este aspecto de puede tener en
cuenta al profesional en contaduría pública, quien es el encargado de asesorar y guiar al
contribuyente para que actué bajo la norma, lamentablemente, hay profesionales que ayudan
al contribuyente a evadir. Por ello la falta de conciencia tiene múltiples causas, algunas de las
cuales pueden ser:
o Solidaridad
o Historia económica
o Idiosincrasia del pueblo
o Falta de ética profesional
o Educación
e) FALTA DE CLARIDAD DEL DESTINO DEL GASTO PÚBLICO
Para salir de estos comportamientos es necesario educar al ciudadano, fortaleciendo
los valores sociales que lo lleven a recordar la importancia de vivir en sociedad, ya que hay
necesidades que no se pueden satisfacer individualmente. Un buen comienzo para la
administración tributaria sería recompensar a quienes se esfuerzan por cumplir con sus
obligaciones de manera oportuna y correcta.
25
f) INEFICIENCIA EN EL ESTADO
Los contribuyentes se ven tentados a evadir porque los controles administrativos
son ineficaces, lo que a su vez actúa como un desestabilizador social para quienes cumplen
con sus obligaciones y pagan sus impuestos. Es necesario que los esfuerzos de la
administración se orienten para que quienes evaden sientan el peligro de ser descubiertos e
impongan estrictos controles y castigos a quienes practican estas prácticas (Peña et al., 2016).
MECANISMOS USADOS POR LOS CONTRIBUYENTES PARA EVADIR
Es importante además de conocer las causas que llevan a que los contribuyentes
decidan no cumplir con la obligación de tributar, conocer las diferentes maneras que usan para
poder evadir, para así mismo el estado realice estrategias para disminuir y controlar la
evasión, por lo cual se conocerán los mecanismos más utilizados:
a) DOBLE CONTABILIDAD
Como lo dice Saletti et al. (2020) citado por Garces et al. (2020) “La doble
contabilidad o fraude similar, suponen la existencia de una contabilidad para engañar a
terceros, que pueda estar regularmente llevada, es decir acomodada formalmente a los
requisitos legales, pero que, no obstante, resulta ineficaz, por ocultar las operaciones
verdaderas. La contabilidad irregular por su lado también es ineficaz, por no ajustarse a las
formalidades legales, así refleje operaciones verdaderas”.
Este mecanismo permite al contador llevar una contabilidad que se puede dar a
conocer a los entes requeridos y otra que no se puede, por ende, la información que no se da a
conocer es la que evade lo recaudado y lo que por derecho le pertenece al estado colombiano,
haciendo que una parte de la contabilizado este por encima y que la otra parte este por debajo.
b) LA COMPRA Y VENTA DE FACTURAS:
Este mecanismo es utilizado para reducir el valor real a pagar al estado colombiano
por medio del IVA, aun que al hacer esto le reduce un gran porcentaje al impuesto IVA le
aumento el impuesto a la retención a la fuente. Este método funciona de la siguiente manera:
un tercero se encargar de ofrecerle a los contribuyentes unas facturas a un precio o un
porcentaje al valor de la factura, la cual le permitirá bajar el valor a pagar al Estado por el
recaudo del IVA. Este acto permite fingir el acto de comercialización o servicio, por parte de
las empresas falsas legalmente constituida que emite la factura, es decir me emite una factura
por prestación de servicio y no hay ninguna obra o labor por dicha empresa si no solo la
26
factura. Al obtener este documento la empresa que compró esta factura realiza la acusación de
dicha factura para obtener un IVA descontable que le permitirá la reducción al pago futuro de
su impuesto.
Para el caso de las personas naturales, también suelen omitir ingresos en su
declaración de renta, no reportan su realidad financiera, además de inventar gastos y costos
que no tienen soporte real, con esto reducen la renta gravada, generando menos impuesto a
pagar, o que dé en cero o saldos a favor las declaraciones.
c) COMPRA DE MERCANCÍA SIN FACTURA LEGAL
Este mecanismo está entre los tres métodos más utilizado para evadir la obligación de
pagar el impuesto IVA, su modus operandi es muy fácil; el vendedor y el comprador llegan a
un acuerdo donde se le vende un producto bien o servicio sin facturar, es decir, la empresa x
que vende televisores arregla con la empresa z, para venderle este bien un poco más
económico pero se lo vende sin factura la cual permite al vendedor evadir el impuesto
generado de IVA por la venta, que debería pagar en su respectiva declaración, aquí el
comprador se ve beneficiado a la hora de pagar, porque es un valor más bajo del que hubiera
pagado si le cobraban el Iva, de igual manera al no emitir factura la empresa que vende, está
realizando una disminución del ingreso, ya que al no expedir factura, ese ingreso no se
reconoce, y al hacer esto, el impuesto de renta claramente se va a ver disminuido por omisión.
d) PARAÍSOS FISCALES
Antes de hablar sobre este mecanismo, es importante reconocer el significado de un
paraíso fiscal, que según, según la definición más concisa ofrecida por la Organización para la
Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), es un instrumento de competencia fiscal
perjudicial, pero es más concreta y más precisa la definición que ofrecen los profesionales de
la Hacienda Pública Española: son territorios de baja o nula tributación que, mediante normas
específicas internas, garantizan la opacidad de las transacciones, con la ausencia absoluta de
registros, formalidades y controles (El informe, 2013). En Colombia este método es uno de
los más utilizados por los grandes empresarios, artistas gobernadores etc. ya que la carga
impositiva de dichos países ejemplo Panamá son menor que otros en este caso Colombia. Esto
les permite a estas personas ingresar sus fortunas, y evadir sus obligaciones como lo informa
Priestnall et al. (2020) citado por Bohórquez y Ortiz (2020), las empresas o personas que
necesitan evadir el tributo buscaron un país cerca de la operación original y utilizaron el
paraíso fiscal, con las ventajas de no tributar y el secreto bancario
27
e) USO DE EFECTIVO
Según un artículo de Morales (2018) publicado en El Tiempo, el Banco de la República, en el
país circulaban 61,1 billones de pesos en efectivo que se constituyen en otro foco de la
evasión, ya que, si el dinero que reciben los contribuyentes por concepto de ingresos por su
actividad económica no es filtrado por las entidades bancarias, permite que no haya rastros de
los mismos conllevando al ocultamiento de la realidad económica de las personas.
7.2 HERRAMIENTAS CREADAS POR EL ESTADO PARA CONTROLAR LA
EVASION DE IMPUESTOS
Para el Estado es de vital importancia crear estrategias que logren apaciguar el déficit fiscal
que presenta el país, por ello en el transcurso de los años vemos como se cambian las normas
tributarias para lograr una mayor tributación y mejorar el recaudo de impuestos de los
ciudadanos. Por esto podemos ver las siguientes herramientas pensadas para lograr en gran
medida la evasión de impuestos en el país.
a) LA BANCARIZACIÓN
El 11 de enero del 2018 el Congreso de la República aprobó la Ley de Bancarización,
norma que incorpora cambios sustanciales en la ley para la lucha contra la evasión y la
formalización de la economía y a la vez regula el Impuesto a las Transacciones Financieras
(ITF) (Zavala, 2018). La bancarización es un concepto que se contempla en el Artículo
771-5 del estatuto tributario colombiano, el cual significa “medios de pago para efectos de
la aceptación de costos, deducciones, pasivos e impuestos descontables”. Con la
implementación de este modelo, el estado pretende una inclusión social de las empresas,
para lograr controlar el ingreso fiscal de los costos, deducciones, pasivos e impuestos
descontables, los pagos de las transacciones deben ser realizadas por medios bancarios o
financieros, ya sea por consignaciones, transferencias etc., es por esto decir que se debe
tener información clara sobre el tema, sobre todo para aquellas personas naturales y
jurídicas que tienen la obligación formal del impuesto de renta y complementarios, así
como los responsables del IVA, pues son los principales obligados a cumplir con esta
disposición.
b) FACTURACIÓN ELECTRÓNICA
El gobierno bajo el Decreto 2242 de 2015, el Decreto 1349 de 2016 y la Reforma Tributaria
(Ley 819 de 2016) permitirán que la factura electrónica sea implementada en todo el país,
28
además de que será obligatoria a partir del primero de enero del año 2019. Durante los
periodos fiscales de los años 2017 y 2018 los contribuyentes que están obligados por las leyes
tributarias a expedir factura electrónica serán caracterizados bajo un criterio por sectores, con
base en el al alto riesgo de evasión identificado en el mismo y del menor esfuerzo para su
implementación (García, 2018). Esto con fin de obtener más control sobre los ingresos
generados por las personas naturales obligadas a facturar y las personas jurídicas, así la Dian
podrá conocer en tiempo real, las ventas realizadas, y así poder contribuir en la NO evasión de
los impuestos tanto de renta como de IVA.
c) NÓMINA ELECTRÓNICA
Al igual que la implementación de la FE, bajo la Mediante la Resolución número 13 emitida
por la DIAN el 11 de febrero de 2021, se incorpora dentro del sistema de factura electrónica
la funcionalidad del documento soporte de pago de nómina; en esta resolución también se
establecen los lineamientos de implementación, así como la creación de grupos según el
número de empleados. Las fechas de habilitación en el sistema informático electrónico
nómina electrónica inician el 31 de mayo y las fechas máximas para iniciar con la generación
y transmisión del documento de soporte de pago de nómina electrónica y de las notas de
ajuste van desde el 1 de julio hasta el 1 de diciembre de 2021, según el grupo (Resolución 13,
2021).
d) CULTURA DE LA CONTRIBUCIÓN
A raíz del artículo 157 de la Ley 223 de 1995 el cual le asigna a la Dian una labor de gran
importancia para la concientización y formación del ciudadano, este siendo el eje fundamental
en la sostenibilidad y el crecimiento de la Nación a partir de su contribución. -estableció -
Artículo 157. Programas de capacitación: la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
desarrollará una tarea pedagógica dirigida a escuelas y colegios para crear en el país una
cultura tributaria a fin de educar al ciudadano en el deber constitucional de contribuir a las
cargas públicas, gracias a esta postura la DIAN crea la Coordinación de la cultura de la
contribución cuya finalidad es trabajar para lograr cambios en los ciudadanos a la hora de
declarar y pagar impuestos, por medio de herramientas pedagógicas dirigidas a los
contribuyentes. Una de las estrategias importantes creadas, son los Núcleos de Apoyo
Contable y Fiscal, esta herramienta está dirigida a los estudiantes y maestros de las
instituciones universitarias, quienes son capacitados previamente para dar a conocer los
servicios prestados por la DIAN, brindar asesoría contable y fiscal, y así permitir un
29
acercamiento de la tributación a las personas, y la importancia para la nación de los
impuestos.
Todas estas herramientas que el Estado de la mano con la DIAN ha creado, busca como fin
principal enfrentar el flagelo de la evasión y alusión de los impuestos, que tanto afecta al país.
7.3 ANÁLISIS DEL PAPEL DEL CONTADOR PÚBLICO FRENTE A LA
EVASIÓN DE IMPUESTOS Y GENERAR ESTADO DE CONCIENCA EN LOS
DIFERENTES PROCESO RELACIONADOS CON LA CULTURA DE LA
CONTRIBUCIÓN.
El concepto de contador público Según la ley 43 de 1990 en su artículo primero dice:
“Se entiende por Contador Público la persona natural que, mediante la inscripción que
acredite su competencia profesional en los términos de la presente Ley, está facultada para dar
fe pública de hechos propios del ámbito de su profesión, dictaminar sobre estados financieros,
y realizar las demás actividades relacionadas con la ciencia contable en general”
(Departamento Administrativo de función pública, 2020). Con esto podemos valer la
importancia que tienen los contadores públicos, ya que sobre ellos recaen responsabilidades
fiscales, penales administrativas y por supuesto tributarias, las cuales si no son cumplidas
estrictamente están en riesgo de ser penalizados por los entes reguladores, las faltas del
contador también recae en consecuencia a la sociedad, el contador es la figura que más
conoce las leyes tributarias y su correcta aplicación, por ende son buscados por los
contribuyentes que necesitan y quieren actuar en contra de ellas, para evadir impuestos.
Es aquí donde vemos que en muchas ocasiones falla la ética del profesional, porque se
prestan para el desfalco al Estado por el uso indebido de las normas fiscales. Conllevando a la
mala reputación, desprestigio y credibilidad del contador frente a la sociedad, además de
pérdida de la tarjeta profesional en caso de que sean descubiertos por la Dian, y sancionados
por la junta central de contadores. Por eso es imprescindible sensibilizar y crear conciencia no
solo a la comunidad de la importancia de cumplir con las obligaciones tributarias, si no
también darle valor a la profesión desde los actos mismos del profesional que ejerce la
contaduría pública. Ya el contador debe cambiar la visión de que es el poseedor de libros o de
las simples tareas repetitivas como registrar, sino que hoy en día nuestra función tiene una
misión y visión más analítica, de revisión y de control, la cual nos lleva a ser profesionales
íntegros y de gran importancia para las empresas, el Estado y para la sociedad en general.
30
8. CONCLUSIONES
Con esta investigación realizada, se logra abarcar y conocer la problemática cuya
situación no es desconocida por los ciudadanos y el estado en general, la evasión de
impuestos, los cuales son recaudados y posteriormente invertidos en el gasto público y las
diferentes cargas presupuestales de los departamentos, ciudades, corregimientos, etc.
Se puede deducir que nuestro sistema tributario tiene muchas falencias, debido a lo
inestable de la administración ocasionado por la cantidad de reformas y cambios de leyes que
varían en lapsos cortos de tiempo, provocando confusiones a las personas y conllevando a que
nuestros sistema sea cada vez más ineficiente, sumado a las tarifas altas en los impuestos, la
carga impositiva y la falta de cultura de la contribución que hay en el país, estas son unas de
las causas principales por las que hoy en día los contribuyentes siguen evadiendo los
impuestos.
A raíz de todas las causas estudiadas en el transcurso de la investigación, se logró
determinar los mecanismos que los contribuyentes usan para poder evadir, por ejemplo, para
no pagar el impuesto de IVA usan compra de facturas que no son reales, omisión de ingresos
por no facturar las ventas realizadas, con esto vemos que aunque el estado reproche y condene
con multas y sanciones a los evasores, los contribuyentes buscan maneras para poder evitar el
pago de los impuestos, aun así arriesgándose y entendiendo la responsabilidad que acarrea la
evasión, a pesar de los esfuerzos que el estado hace por medio de la Dian para contrarrestar
este fenómeno, creando estrategias para controlar y tener más acceso a la información de las
empresas y personas naturales, como el reporte de la información exógena, la implementación
de la factura y nomina electrónica, entre otras más, añadiendo que también trabajan en la
concientización y sensibilización de las personas intentado que la manera de actuar y de
pensar cambie por medio de la cultura de la contribución y la aparición de las NAF, los
contribuyentes optan por seguir haciendo lo indebido.
Identificamos que hay un actor también influyente en esta problemática y es la
profesión contable, debemos entender el rol tan fundamental que tenemos los contadores y
futuros contadores, nosotros al ser conocedores de las normas tributarias y fiscales, debemos
reconocer y aprender a trabajar bajo el código de ética, evitar caer en el pedido de los
contribuyentes evasores, y ser justos y condescendientes con la responsabilidad que el estado
nos ha concedido, y es dar Fe Publica, de la información tanto que presentamos de empresas
como la que entregamos a las personas que requieren asesorías contables, desde nosotros es
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imprescindible trabajar de la mano con el estado, para lograr concientizar a la población que
la evasión de impuestos es desfalcar al estado y consigo mismo a cada ciudadano del país, con
esta alianza contadores y estado se podría disminuir el flagelo de la evasión de impuestos en
Colombia.
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9. RECOMENDACIONES
Como resultado del estudio realizado acerca de las principales causas y mecanismos
usados por los contribuyentes en Colombia para evadir impuestos tales como el de IVA y
renta, se darán a conocer las siguientes recomendaciones que, desde el ámbito académico y
profesional, y con base al desarrollo de esta investigación, permitirán reconocer la
importancia de conocer esta problemática que afecta al país.
• Trabajar en la concientización desde el gremio de contadores públicos hacia los
empresarios contribuyentes, ya que desde la práctica de nuestra profesión podemos ser
actores influyentes tanto positiva como negativamente en la evasión de impuestos, si
actuamos bajo la ética profesional y cambiando la percepción que tienen las personas
sobre que los contadores son los que saben cómo se debe evadir, podemos contribuir
de la mano con Estado para disminuir el flagelo de la evasión fiscal.
• Es importante que el Estado mejore sus canales de comunicación con respecto a los
servicios que ofrece a pesar de que las plataformas virtuales posibilitan esto, aún hay
muy poco conocimiento de las herramientas propuestas por la Dian para los trámites,
además de que la tecnología en el país es ineficiente ya que no logra cobertura en
ciertos lugares del país.
• Como herramienta para las empresas y personas naturales es implementar la
Planeación tributaria ya que esto permite que se pueda visionar y prever la carga
impositiva por medio de estrategias para ahorro de impuestos gracias a las alternativas
que ofrece la ley, y así evitar en gran medida la evasión fiscal.
• Promover más el acercamiento de los núcleos de apoyo y contable fiscal a más
instituciones universitarias para así poder lograr mayor capacitación a más estudiantes
para que se conozcan las NAF, y poder mediante la pedagogía la concientización a la
población de la importancia de la tributación en Colombia.
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