No.
ORIONCategoria Cuantía Radicado judicial Clase proceso Demandado Demandante Tema Pretensión
Situación -
estado
actual
Probabilidad
de pérdidaDespacho Judicial Etapa Actuación
39 En Contra $6.000.000.000,002500023260002
0010270601
Acción de Reparación
Directa
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
CONSTRUCCIONES
TEUSACA E
INVERSIONES
RASCOVSKY
PTAR
OJO, SE GANO LA PRIMERA INSTANCIA Que se declare
responsable a la CAR por los perjuicios sufridos derivados del
hecho de no haber podido adelantar y llevar hasta su culminación
el proyecto de parcelación campestre Altos de Teusacá ubicado
en La Calera. L
Activo Baja
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA -
SECCIÓN TERCERA -
SUBSECCIÓN A
Etapa - Fallo de
Segunda Instancia
136 En Contra $0,002500023410002
0160098000Acción Popular
ACUEDUCTO EL PEÑON
S.A. ESP,
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
ANGEL ENRIQUE
GODOY TRIANAVERTIMIENTOS
omisiòn de la CAR en la contaminación por vertimientos del
acueducto el peñon en Girardot sobre el río Bogotá
APELACION CONTRA LA PROVIDENCIA DEL 14 DE ABRIL DE
2004 PROFERIDA POR EL TRIBUNAL ADTIVO DE
CUNDINAMARCA.
SE DECLARO NULIDAD VUELVE A INICIAR EL
Activo Media
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA -
SECCIÓN PRIMERA -
SUBSECCIÓN B
Etapa - Probatoria
143 En Contra $0,002500023150002
0010047902Acción Popular
CAR, E.E.E.B., E.A.A.B.,
MINAMBIENTE Y
OTROS 23
GUSTAVO MOYA
ANGEL, MIGUEL ANGEL
CHÁVEZ, DR. CUERVO,
HUMBERTO GONZÁLEZ
Y OTRO (90479)
RÍO BOGOTÁContaminación del río Bogotá en la cuenca alta y media, así como
del Embalse del Muña
Activo en
ORIONAlta
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA -
SECCIÓN CUARTA -
SUBSECCIÓN A
Etapa - Fallo de
Segunda Instancia
243 En Contra $0,001100131050172
0080061800Ordinario Laboral
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
MARÍA LEONOR AVILA
SUÁREZ
LABORALES
TRABAJADORES
OFICIALES
1) Se ordene a la CAR reconocer la parte de salario en especie
devengada por el trabajador Uriel Poveda Segura
2) Se ordene a la CAR tener en cuanta para todos los efectos
salariales y prestacionales cancelados o or cancelar
correspondientes al extrabajador Uriel Poveda Segura (Q.E.P.D.)
la parte de salario en especie que ha sido determinada paricial
mente en la suma $200.000 mensuales
3) Como consecuencia de lo anterior se ordene a la accionada
proceder al reconocimiento y pago de esta parte del salario,
dejado de cancelar al señor Uriel Poveda Segura (Q.E.P.D.)
4) Se ordene a la accionada proceder a la reliquidación y pago de
los montos que correspondiera por concepto de primas de
servicios, vacaciones, prima de vacaciones, quinquenio,
bonificación por servicios prestados, horas extras, festivos y
dominicales, cesantias e intereses de las mismas, indemnización
por seguro de vida y demás acreencias laborales de carácter
legal, extralegal y/o convencional que resultaren de la aplicación
del salario real que correspondía al causante, a favor de mis
poderdantes.
Activo Media
JUZGADO 17 LABORAL
DEL CIRCUITO DE
BOGOTÁ
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
275 En Contra $321.111.500,001500123310002
0010130901
Acción de Reparación
Directa
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
INVERSIONES
SANTILLANALAGUNA DE FUQUENE
La Car es responsable por los daños ocacionados por las
inundaciones de la laguna de fuqueneActivo Media
CONSEJO DE ESTADO -
SALA CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVA -
SECCIÓN TERCERA
Etapa - Apelación
Sentencia
330 En Contra $0,002500023150002
0050066201Acción Popular
DEPARTAMENTO
ADMINISTRATIVO DEL
MEDIO AMBIENTE -
DAMA, CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, MINISTERIO DE
AMBIENTE Y
DESARROLLO
SOSTENIBLE - MADS
SONIA ANDREA
RAMIREZ LAMYCERROS ORIENTALES
RECUPERACIÓN RECURSOS NATURALESDE LOS CERROS
ORIENTALES, suspension resolución 463 de 2.005 de
minambiente. EN EL CONSEJO DE ESTADO TIENE EL SIGUIENTE
NUMERO 11001031500020050111500.
APELACION DE LA SENTENCIA DE CERROS ORIENTALES
Activo en
ORIONAlta
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA -
SECCIÓN SEGUNDA -
SUBSECCIÓN B
Etapa - Fallo de
Segunda Instancia
358 En Contra $72.000.000.000,002500023240002
0050029301
Acción de Nulidad y
Restablecimiento del
derecho
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
EMPACOR S.A.PERMISOS Y
LICENCIAS
PIDE DECLARAR NULAS LA RESOLUCIÓN 1163 DE 2004
PROFERIDA POR LA CAR, MEDIANTE LA CUAL RESOLVIÓ: ART.
1ERO. ADOPTAR EL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL Y PLAN
DE MANEJO AMBIENTAL ELABORADOS POR EL IDEA - UNIV. NAL
DE COLOMBIA PARA LA CAR, SOBRE LA RECUPERACI
se ordene a la CAR que a título de restablecimiento del derecho ,
a pagar al demandante la totalidad de la indemnización por
perjuicios directos e indirectos de daño emergente y lucro
cesante que se le hayan causado; así mismo a pagar la
indexación de las sumas que resulten.
Activo Alta
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA -
SECCIÓN PRIMERA -
SUBSECCIÓN A
Etapa - Liquidación de
Costas y Agencias en
Derecho
No.
ORIONCategoria Cuantía Radicado judicial Clase proceso Demandado Demandante Tema Pretensión
Situación -
estado
actual
Probabilidad
de pérdidaDespacho Judicial Etapa Actuación
360 En Contra $11.215.234.200,002500023150002
0040256302Accion de Grupo
CAR, ALCALDIA
MUNICIPAL DE
ZIPAQUIRA Y OTROS
LILIANA CEDEÑO Y
OTROSURBANIZACIONES
QUE SE DECLARE SOLIDARIAMENTE A LAS DEMANDADAS
RESPONSABLES AL HABER PERMITIDO LA CONSTRUCCION DE
LA URBANIZACION BOSQUE DE SILECIA EN UN PREDIO QUE
REA MINAS DE CARBON Y SE ENCUENTRA LLENO DE
SOCAVONES QUE DEBILITAN LA COMPACTACION DEL
TERRENO, LA CAR EM
Se condene a las demandadas a pagar a cada uno de los
poderantes el perjuicio moral causado
Activo Baja
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA
Etapa - Fallo de
Segunda Instancia
366 En Contra $2.950.868.000,001100133310052
0110009600Accion de Grupo
MAVDT - MINISTERIO
DE AMBIENTE,
VIVIENDA Y
DESARROLLO
TERRITORIAL,
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
MIGUEL ANGEL
CHAVESRÍO BOGOTÁ
DAÑO MATERIAL Y MORAL CAUSADO A CONSECUENCIA DE LA
CONTAMINACIÓN AMBIENTAL POR LOS VERTIMIENTOS
DIRECTOS EFECTUADOS POR EL SISTEMA DE BOMBEO DE LAS
AGUAS NEGRAS DEL RÍO BOGOTÁ CLASIFICADAS COMO CLASE
C. SOBRE EL MUNICIPIO DE SIBATE POR EL EMBALSE DEL
MUÑA
Pago de perjuicios a la población de Sibaté por la contaminación
del embalse del Muña.
Activo Baja
JUZGADO 5
ADMINISTRATIVO DEL
CIRCUITO DE BOGOTÁ
Etapa - Probatoria
369 En Contra $134.348.648.028,002500023240002
0010103002
Acción de Nulidad y
Restablecimiento del
derecho
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
EMPRESA DE
ACUEDUCTO,
ALCANTARILLADO Y
ASEO DE BOGOTA -
EAB
RÍO BOGOTÁ
solicita que se declare la nulidad de la resolución 656 del 19 de
abril de 2000, y de la resolución 574 del 11 de abril de 2001 QUE
IMPUSIERON UNA MULTA A LA EAAB POR TOMAR AGUA SIN
PERMISO O CONCESION DE PARTE DE LA CAR. ELLO DEL RIO
BOGOTA.
Activo MediaCONSEJO DE ESTADO -
SECRETARIA GENERAL
Etapa - Apelación
Sentencia
386 En Contra $7.377.170,00 2014-00049 Ordinario Laboral
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
LUIS JORGE DÍAZ
LABORALES
TRABAJADORES
OFICIALES
Pide aplicación CONVENCIÓN COLECTIVA.. Activo AltaJuzgado 1 Laboral Del
Circuito De ZipaquiráEtapa - Juzgamiento
387 En Contra $7.377.170,002589931050012
0050018301Ordinario Laboral
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
JORGE ENRIQUE
ANGEL CARVAJAL
LABORALES -
DESPIDOSInvoca la CONVENCIÓN COLECTIVA, Activo Baja
Juzgado Laboral del
Circuito de Zipaquira
Etapa - Fallo de
Segunda Instancia
412 En Contra $400.000.000,002500023260002
0050118701
Acción de Reparación
Directa
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
MISAELIA BARRERA DE
MOLANOPTAR
QUE SE DECLARE ADMINISTRATIVA Y
EXTRACONTRACTUALMENTE RESPONSABLE AL MUNICIPIO DE
MACHETA Y A LA CAR , POR LOS DAÑOS Y PERJUICIOS DE LAS
PISCINAS O LAGUNAS DE OXIDACIÓN DEL MUNICIPIO DE
MACHETA.
Activo Alta
CONSEJO DE ESTADO -
SALA CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVA -
SECCIÓN TERCERA
Etapa - Alegatos de
Primera Instancia
441 En Contra $8.857.259.437,001100103260002
0010005001
Acción de Nulidad y
Restablecimiento del
derecho
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
CONSTRUCTORA PALO
ALTO Y CIA S. EN C.MINERÍA
ACCION DE NULIAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO
CONTRA EL ACTO ADMINISTRATIVO NRO 311 DEL 27 DE
FEBRERO DE 20014 EXPEDIDO POR LA CAR.
CAR NULIDAD ACTO 311 DEL 27 DE FEBRERO DE 2001,sobre
minerìa, de propiedad del señor Ricardo Vanegas
Activo Alta
CONSEJO DE ESTADO -
SALA CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVA -
SECCIÓN TERCERA
Etapa - Sentencia de
Única Instancia
447 En Contra $3.057.192,001500133310002
0030050701
Acción de Nulidad y
Restablecimiento del
derecho
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
NANCY HERLINDA
AVILA RODRIGUEZ
REESTRUCTURACIÓN
2002
DEMANDA LABORAL POR RESTRUCTURACIÓN CUANTIA POR
ESTABLECERActivo Media
CONSEJO DE ESTADO -
SECRETARIA GENERALEtapa - Probatoria
448 En Contra $3.344.520,001500023310002
0030059901
Acción de Nulidad y
Restablecimiento del
derecho
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
DIEGO BRAVO
MARTINEZ
REESTRUCTURACIÓN
2002
DEMANDA LABORAL POR RESTRUCTURACION CUANTIA POR
ESTABLECERActivo Media
Juzgado 14
Administrativo Del
Circuito Tunja
Etapa - Fallo de
Segunda Instancia
451 En Contra $1.874.620,001500123330002
0030060501
Acción de Nulidad y
Restablecimiento del
derecho
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
JAIME EDUARDO
FLECHAS
REESTRUCTURACIÓN
2002
DEMANDA LABORAL POR RESTRUCTURACION -CUANTIA POR
ESTABLECERActivo Baja
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
BOYACA
Etapa - Recursos
Extraordinarios
497 En Contra $25.000.000,001100131050042
0050101000Ordinario Laboral
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
ANA BEATRIZ
WILCHES DE ACOSTA
LABORALES
TRABAJADORES
OFICIALES
INVOCA CONVENCIÓN COLECTIVA Activo Alta
JUZGADO 4 LABORAL DE
DESCONGESTIÓN DEL
CIRCUITO DE BOGOTÁ
Etapa - Juzgamiento
No.
ORIONCategoria Cuantía Radicado judicial Clase proceso Demandado Demandante Tema Pretensión
Situación -
estado
actual
Probabilidad
de pérdidaDespacho Judicial Etapa Actuación
501 En Contra $3.000.000,001100131050082
0050102600Ordinario Laboral
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
ANA LUISA DIAZ
LABORALES
TRABAJADORES
OFICIALES
1) Que se declare que la única beneficiaria del causante Julio
Enrique Avendaño, es su cónyugue supérstite la señora Ana
Luisa Diaz
2) Que se declare de la Corporación Autónoma Regional de
Cundinamarca CAR, está obligada a pagarle a mi representada,
Ana Luisa Diaz, el 50% de la pensión de la diferencia de la
pensión que le correspondió al causante Julio Enrique Avendaño,
con relación a lo cancelado por el Seguro Social, derecho que le
asiste en su calidad de cónyuge.
Activo Media
JUZGADO 8 LABORAL
DEL CIRCUITO DE
BOGOTÁ
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
533 En Contra $0,002500023150002
0060020901Acción Popular
ALCALDÍA MAYOR DE
BOGOTÁ, D.C., JARDÍN
BOTÁNICO DE
BOGOTÁ,
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR Y OTROS
JOSE ANTONIO SELMA
DURAN Y OTROSSERVICIOS PÚBLICOS
SE PIDE QUE LA EMPRESA DE ACUEDUCTO Y ALCALTARILLADO
DE BOGOTÁ CONSTRUYA LAS OBRAS NECESARIAS PARA EL
MANEJO DE LAS AGUAS LLUVIAS Y ESCORRENTÍAS
PROVENIENTES DE LOS BARRIOS SERREZUELA, LOMITAS Y LA
CAPILLA DE LA FINCA MATUCANA Y DE LA VIA EL GUAVIO,
Activo Alta
JUZGADO 39
ADMINISTRATIVO DEL
CIRCUITO DE BOGOTÁ
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
568 En Contra $161.618.260.736,002500023240002
0050147601
Acción de Nulidad y
Restablecimiento del
derecho
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
EMGESA S.A E.S.P EMBASE DEL MUÑA
QUE SE DECLARE LA NULIDAD DE LOS ARTICULOS 5 7 DE LA
RESOLUCION 1189 EXPEDIDA POR LA CAR , EN CUANTO NO
DECIDIO REPONER LA RESOLUCION 506 DE 2005, POR SER
VIOLATORIOS DE LOS ARTICULOS 6,19-58-83-84-121-334 DE LA
CONSTITUION POLITICA., EL ARTICULO 16 DE LA
Activo Baja
CONSEJO DE ESTADO -
SALA CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVA -
SECCIÓN PRIMERA
Etapa - Alegatos de
Segunda Instancia
582 En Contra $17.144.300.000,002500023240002
0060083301
Acción de Nulidad y
Restablecimiento del
derecho
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
EMGESA S.A E.S.P EMBASE DEL MUÑA
QUE SE ANULEN LOS ARTS, 1, 2, 3, 4 DE LA RES. 1188 DEL 8
DE JULIO DE 2005 Y EL Art. 2 de la res. 849 del 27 de febrero
de 2005, por medio de las cuales se impusieron acciones, se
establecieron obligaciones , monitoreos, e informes a partir de la
eje
Activo BajaCONSEJO DE ESTADO -
SECRETARIA GENERAL
Etapa - Alegatos de
Primera Instancia
586 En Contra $1.000.000.000,002500023240002
0060036401
Acción de Nulidad y
Restablecimiento del
derecho
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
EDUARDO MARCELINO
CASTRO PEREZRESIDUOS SOLIDOS
QUE SE DECLARE LANULIDAD DE LA RESOLUCION 408 DEL 09
DE MARZO DE 2005, EPEDIDA POR LADIRECTORA DE LA CAR,
POR LA CUAL SE OTORGA UNA LICENCIA AMBIENTALA RELLENO
SANITARIO DE GIRARDOT
Activo Baja
CONSEJO DE ESTADO -
SALA CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVA -
SECCIÓN PRIMERA
Etapa - Alegatos de
Segunda Instancia
592 En Contra $0,001100131050072
0060032702Ordinario Laboral
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
JAIRO HELY AVILA
SUAREZ
LABORALES -
DESPIDOSInvoca la Convención Colectiva Activo Baja
TRIBUNAL SUPERIOR DE
BOGOTA - SALA
LABORAL
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
594 En Contra $0,001100131050092
0060002201Ordinario Laboral
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
MARIA SARA COY
ÁVILA
RELIQUIDACION
PENSIONAL
FALLO CONDENATORIO
Invoca la CONVENCIÓN COLECTIVA
1) Se servirá su despacho ordena la reliquidación del monto de la
mesada pensional otorgada al señor Rafael Epigmenio Moncada
Rodriguez (Q.E.P.D.), teniendo en cuanta para tal efecto todos y
cada uno de los montos devengados por el entonces trabajador
durante el ultimo año de la relación laboral que sostuvo con su
representada
2) Se servirá su despacho ordenar el pago inmediato de las
sumas correspondientes a auxilio por muerte.
3) Se ordene al despacho ordenar el pago de las sumas
correspondientes a seguro por muerte o compensación dineraria
por muerte
Activo Alta
JUZGADO 9 LABORAL
DEL CIRCUITO DE
BOGOTÁ
Etapa - Liquidación de
Costas y Agencias en
Derecho
595 En Contra $73.771.700,001100131050042
0060088601Ordinario Laboral
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
CARLOS PAEZ TORRES
LABORALES
TRABAJADORES
OFICIALES
Invoca la Convención Colectiva Activo Baja
JUZGADO 4 LABORAL
DEL CIRCUITO DE
BOGOTÁ
Etapa - Liquidación de
Costas y Agencias en
Derecho
No.
ORIONCategoria Cuantía Radicado judicial Clase proceso Demandado Demandante Tema Pretensión
Situación -
estado
actual
Probabilidad
de pérdidaDespacho Judicial Etapa Actuación
598 En Contra $7.638.000.000,002500023260002
0060086903
Acción de Reparación
Directa
MAVDT - MINISTERIO
DE AMBIENTE,
VIVIENDA Y
DESARROLLO
TERRITORIAL,
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, DEPARTAMENTO
DE CUNDINAMARCA,
MUNICIPIO DE
MADRID
MIGUEL ANTONIO
CASTRO Y OTROSPTAR
QUE SE DECLARE A LA NACION COLOMBIANA, MINISTERIO DE
AMBIENTE VIVIENDA Y DESARROLLO TERRIRTORIAL A LA CAR ,
AL DPTO DE CUNDINAMARCA Y AL MUNICIPIO DE MADRID
CUNDINAMARCAADMINISTRATIVA Y CONTRACTUALMENTE
RESPONSABLES POR LOS DAÑOS Y PERJUICIOS M ORALES , M
Activo BajaCONSEJO DE ESTADO -
SECRETARIA GENERAL
Etapa - Fallo de
Segunda Instancia
609 En Contra $0,002500023260002
0060173702
Acción de Nulidad y
Restablecimiento del
derecho
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
CONSTRUCTORA PALO
ALTO Y CIA S. EN C.MINERÍA
QUE SE DECLARE LA NULIDAD DE LOS ACTOS
ADMINISTRATIVOS RESOLUCIONES NRO 1650 DEL 31 DE
DICIEMBRE DE 2004, Y 2012 DE DEL8 DE NOVIEMBRE DE 2005
EMOTIDAS POR LA CAR,POR LASS CUALES SE SE DECLARA
ILEGAL E INJUSTIFICANTE LAIMPROCEDENCIA DE UN PLAN DE
MANEJO
Activo Media
CONSEJO DE ESTADO -
SALA CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVA -
SECCIÓN TERCERA
Etapa - Alegatos de
Segunda Instancia
644 En Contra $47.415.259.606,002500023240002
0050089001
Acción de Nulidad y
Restablecimiento del
derecho
MAVDT - MINISTERIO
DE AMBIENTE,
VIVIENDA Y
DESARROLLO
TERRITORIAL,
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
JORGE ALBERTO URIBE
BERNATE, DIANA
GOMEZ KOPP, ANGELA
GOMEZ KOPP, MILENA
GOMEZ KOPP
CERROS ORIENTALES
1) Que se declare la nulidad de la totalidad de la Resolución No
0463 del 14 de Abril de 2005 del Ministerio de Ambiente Vivienda
y Desarrollo Territorial, publicada en el Diario Oficial No 45.880
del día 156 de abril de 2005, 'por medio de la cual se redelimitra
la Reserva Forestal protectora Bosque Oriental de Bogotá se
adopta su zonificación reglamentación de usos y se establecen
las determinaciones para el ordenamiento y manejo de los Cerros
Orientales de Bogotá
2) Que se decalre la nulidad de la totalidad de la Resolución no
0519 del 22 de Abril de 2005 del Ministerio de Ambiente Vivienda
y Desarrollo Territorial, por medio de la cual se aclaró el Articulo
1 de la Resolución 0463 del 14 de Abril de 2005 expedida por el
mino Ministerio.
3) Como consecuencia de la declaratoria señalada en las
pretensiones primera y segunda se restablezca en el derecho a
mis representadas, permitiendo expresamente el desarrollo
urbanistico de los predios de su propiedad denominados "Alpes
de la Suiza", "Castilla la Vieja" y "Altos de Belgravia", conforme a
las normas urbanisticas contendidas en el Decreto Distrital 1015
del 22 de Noviembre de 2000, expedido por el Alcalde Mayor de
Bogotá, por el cual se asigna el tratameinto Especial de
Presentación denominados Tequendama A, La suiza A y Plaermo
A, ubicada en Area Suburbana de Preservación del Sistema
Orografico en la Localidad No 01 de Usaquen para cuyos efectos
la vigencia de los derechos consagrados en el citado acto
administrativo sera la establecida el en numeral 4 del articulo 515
decreto distrital 619 del 2000.
4) Se condene a la demandada el pago de lo perjuicios
economicos que se pureben dentro del proceso
5) Se condene a la entidad demandada al pago de lo intereses
comerciales moratorios establecidos en el articulo 177 del código
Activo Media
CONSEJO DE ESTADO -
SALA CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVA -
SECCIÓN PRIMERA
Etapa - Alegatos de
Primera Instancia
651 En Contra $400.000.000,001100131030212
0060019300
Ordinario de
Pertenencia
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
VICTOR JULIO
SABOGAL MORACERROS ORIENTALES
QUE SE DECLARE QUE EL SEÑOR VICTOR JULIO SABOGAL
ADQUIRIO EL DOMINIO REAL PERPETUO Y EXCLUSIVO POR
PRESCRIPCION A ADQUISITIVA DE DOMINIO DEL INMUEBLE
DENOMINADO EL VERJON ALTO.
Activo BajaJUZGADO 45 CIVIL DEL
CIRCUITO DE BOGOTA
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
No.
ORIONCategoria Cuantía Radicado judicial Clase proceso Demandado Demandante Tema Pretensión
Situación -
estado
actual
Probabilidad
de pérdidaDespacho Judicial Etapa Actuación
662 En Contra $679.084.000,002500023260002
0070023701
Acción de Reparación
DirectaCAR Y OTROS
YOLIMA DIAZ CLARO Y
OTROSCERROS ORIENTALES
1) Declarar administrativa civil y patrimonialmente responsables
a las entidades publicas demandadas: Nación - Ministerio de
Ambiente Vivienda y Desarrollo Teritorial, Ministerio de
Agricultura de Desarrollo Rural, a la Superintendencia de
Notariado y Registro y a la Corporación Autónoma Regional de
Cundinamarca - CAR según se pruebe en el proceso, del
desequilibrio frente a las cargas publicas que has de manera
especial a los demandantes en el uso, como disfrute y disposición
de derecho de dominio
2) El desequilibrio generado a los demandantes respecto a las
cargas publicas generado con ocasión de los actos
administrativos de creación de la Reserva Forestal de los Cerros
Orientales
Activo MediaCONSEJO DE ESTADO -
SECRETARIA GENERAL
Etapa - Apelación
Sentencia
665 En Contra $23.600.000.000,002500023260002
0070029401
Acción de Reparación
Directa
MAVDT - MINISTERIO
DE AMBIENTE,
VIVIENDA Y
DESARROLLO
TERRITORIAL,
MINISTERIO DE
AGRICULTURA Y
DESARROLLO RURAL,
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, ALCALDÍA MAYOR
DE BOGOTÁ, D.C.
BOSQUES DE SANTA
ANA EN LIQUIDACIONCERROS ORIENTALES
1) Que se declare que La Nación - Ministerio de Ambiente y
Vivienda y Desarrollo Territorial - MAVDT, y de Agricultura, así
como el Distrito Capital de Bogotá y la Corporación Autónoma
Regional de Cundinamarca CAR, son patrimonial y
administrativamente responsables de la totalidad de los daños y
perjuicios ocasionados a los demandantes, respectivaemnte por
causa de la declaratoria de la zona de Reserva Forestal
Protectora Bosque Oriental de Bogotá y su inscripción en los
Folios de Matricula Inmobiliaria Nos 50N-797033, 50N-543372,
50N543374, correspondientes a predios de su propiedad.
2) Que como consecuencia de la anterior declaración, se condene
solidariamente a las entidades demandadas, a pagar a favor de
los demandantes la totalidad actualizada o indexada de los daños
y perjuicios materiales o patrimoniales que resulten probados en
este proceso, por concepto de daño emergente y lucro cesante,
por causa de la ocupación permanente de los predios en virtud
de la inscripción en los Folios de Matricula Inmobiliaria Nos 50N-
797033, 50N-543372, 50N-543374, de la declaratoria de la zona
de Reserva Forestal Bosque Oriental de Bogotá.
Activo Media
CONSEJO DE ESTADO -
SALA CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVA -
SECCIÓN TERCERA
Etapa - Apelación
Sentencia
676 En Contra $27.439.436.000,002500023260002
0070021902
Acción de Reparación
Directa
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
REINHARD KLING
BAUER Y OTROSCERROS ORIENTALES
1) Declarar Administrativa, Civil y Patrimonialmente responsables
a las entidades publicas demandadas: Nación - Ministerio de
Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, Ministerio Agricultura
y Desarrollo Rural y Superintendencia de Notariado Y registro y a
la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca CAR según
se pruebe en el proceso del desequilibrio frente a las cargas
publicas que afectan a los demandantes en el uso, disfrute y
disposición de derecho de domino y propiedad de que son
titulares inscritos ocasionadas por las actuaciones administrativas
de realinderameinto, inscripción registral y plan de manejo de la
Reserva Forestal de los Cerros Orientales de Bogotá
Activo Baja
CONSEJO DE ESTADO -
SALA CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVA -
SECCIÓN TERCERA
Etapa - Alegatos de
Segunda Instancia
698 En Contra $588.000.000,002500023260002
0070021001
Acción de Reparación
Directa
MAVDT - MINISTERIO
DE AMBIENTE,
VIVIENDA Y
DESARROLLO
TERRITORIAL,
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, ALCALDÍA MAYOR
DE BOGOTÁ, D.C.
JORGE ALBERTO URIBE
BERNATECERROS ORIENTALES
Parcelacion "la Floresta" la cual hace parte del la reserva forestal
de los cerros orientales de Bogotá-Activo Media
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA - SALA
DESCONGESTIÓN
Etapa - Probatoria
No.
ORIONCategoria Cuantía Radicado judicial Clase proceso Demandado Demandante Tema Pretensión
Situación -
estado
actual
Probabilidad
de pérdidaDespacho Judicial Etapa Actuación
700 En Contra $40.292.418.367,002500023260002
0070021301
Acción de Reparación
Directa
MAVDT - MINISTERIO
DE AMBIENTE,
VIVIENDA Y
DESARROLLO
TERRITORIAL,
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, ALCALDÍA MAYOR
DE BOGOTÁ, D.C.
SHERBONE S.A. CERROS ORIENTALES
1) Que se declare responsable a la La Nación - Ministerio de
Ambiente Vivienda y Desarrollo Territorial, por el daño especial
ocasionado a los demandantes con la expedición de las
Resoluciones no 0463 del 14 de Abril de 2005 y no 0519 del 22
de Abril de 2005, por la imposibilidad del desarrollo urbanistico
del predio denominado "Palermo A" identificado con el folio de
matricula inmobiliaria No 50N-20038233, conforme a las normas
urbanisticas contenidas en el decreto distrital 1015 del 10 de
noviembre de 2000.
2) Como consecuencia se condene a la La Nación - Ministerio de
Ambiente Vivienda y Desarrollo Territorial a pagar a los
demandantes la indemnización por los perjuicios ocasionados que
se prueben en el proceso.
3) Que condene a la entidad demandada a las costas y agencias
Activo Media
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA -
SECCIÓN TERCERA -
SUBSECCIÓN C
Etapa - Probatoria
702 En Contra $568.997.000,002500023260002
0070021401
Acción de Reparación
Directa
MAVDT - MINISTERIO
DE AMBIENTE,
VIVIENDA Y
DESARROLLO
TERRITORIAL,
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, ALCALDÍA MAYOR
DE BOGOTÁ, D.C.
GIMENA PATRICIA
LEMAITRE SOLEIMAN
Y OTROS
CERROS ORIENTALES
1) Que se declare responsable a La Nación - Ministerio de
Ambiente Vivienda y Desarrollo Territorial del daño antijuridico
ocasionado los demandantes con la expedición de la Resolución
No 463 del 14 de abril de 2005 y No 519 del 22 de abril de 2005
por la imposibilidad del desarrollo por construcción del lote con
matricula No 50N-303189.
2) Se declare responsable al Distrito Capital Alcaldia Mayor de
Bogotá por el daño ocasionado a los demandantes por la
violación de la confianza legitima derivada de la expedición del
decreto distrital 190 del 22 de junio de 2004
Activo Media
CONSEJO DE ESTADO -
SALA CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVA -
SECCIÓN TERCERA
Etapa - Recurso de
Suplica
709 En Contra $7.451.375.000,002500023260002
0070042901
Acción de Reparación
Directa
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
GERARDO TORRES
MEDINAINUNDACIONES
QUE SE DECLARE QUE LA CAR ES ADMINISTRATIVAMENTE
RESPONSABLE DE LOS DAÑOS Y PERJUICIOS MATERIALES E
INMATERIALES CAUDSADOS AL SEÑOR GERARDO TORRES
MEDINA CON OCASIÓN DE LA INUNDACION DE LAS FINCAS
KARIMAGUA Y SAN JOSE DURANTE LA OLA INVERNAL QUE
SACUDIO A
Activo Media
CONSEJO DE ESTADO -
SALA CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVA -
SECCIÓN TERCERA
Etapa - Alegatos de
Segunda Instancia
714 En Contra $3.726.904,001100133310102
0070029801
Acción de Nulidad y
Restablecimiento del
derecho
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
MONICA XIMENA
SAAVEDRA VARGAS
LABORALES -
DESPIDOS
Que se declare nulidad de la resolucion 109 de 8 de febrero de
2007.Activo Media
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA - SALA
DESCONGESTIÓN
Etapa - Fallo de
Segunda Instancia
729 En Contra $7.377.170,001100131050052
0070093601Ordinario Laboral
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
JOSE ANTONIO DIAZ
PUERTO
LABORALES -
DESPIDOS
QUE SE DECLARE Y CONDENE A LAS ENTIDADES EMPRESA DE
ENERGIA ELECTRICA DE BOGOTA S.A. E.S.P. Y CAR QUE EL
DEMANDANTE TIENE DERECHO AL RECONOCIMIENTO Y PAGO
DEL A PENSIÓN DE JUBILACIÓN DE CARÁCTER LEGAL, COMO LO
ESTABLECE LA LEY 33 DE 1985 A PARTIR DEL 13
Por tratarse de una prestación periódica, estima el demandante
que la cuantía de lo adeudado por la Empresa Demandada, es
una suma mayor a los 10 salarios mínimos.
Activo Media
JUZGADO 5 LABORAL
DEL CIRCUITO DE
BOGOTÁ
Etapa - Fallo de
Segunda Instancia
756 En Contra $1.048.331.985,002500023260002
0070068801
Acción de Reparación
Directa
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
ALFONSO RODRIGUEZ
CAMARGO Y OTROSINUNDACIONES
INUNDACION EN LA PROPIEDAD DEL DTE DEBIDO A FALTA DE
MANTENIMIENTO, CONSTRUCCION DE JARRILLONES Y
CANALIZACION ADECUADA QUE PRODUJO EL NO
FUNCIONAMIENTO Y OBSTRUCCION PARCIAL DE LA QUEBRADA
LA CULEBRERA Y DEL CANAL DE DESAGUE INTERNO QUE SE
NIVELO Y TAPON
PERJUICIOS MORALES
Activo Alta
CONSEJO DE ESTADO -
SALA CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVA -
SECCIÓN TERCERA
Etapa - Apelación Auto
759 En Contra $12.648.165,001100131050102
0080033100Ordinario Laboral
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
PEDRO ANTONIO
FAJARDO ROJAS
LABORALES
TRABAJADORES
OFICIALES
SE ORDENE A LA CAR, LA RELIQUIDACION DE LA PENSIÓN
ADJUDICADA AL ACCIONANTE, TENIENDO EN CUENTA LOS
FACTORES SALARIALES EN UN 80% DE LOS FACTORES
SALARIALES DEL QUINQUENIO, VACACIONES Y PRIMA DE
NAVIDAD
Activo Media
JUZGADO 10 LABORAL
DEL CIRCUITO DE
BOGOTÁ
Etapa - Notificaciones
771 En Contra $0,002500023150002
0060187901Acción Popular CAR Y OTROS
VICTOR SANCHEZ
CRUZ Y OTRA
PERMISOS Y
LICENCIAS
NO SACRIFICAR NINGUN ANIMAL DESTINADO A REPOSICION
DE PARENTALES O A REPOBLACION(5% DE LA POBLACION
NETA),. GARANTIZAR QUE TODOS Y CADA UNO DE ESTOS
ANIMALES SE UTILICEN EN REPOBLACION, PARA RESTAURAR
EQUILIBRIO ECOLOGICO, ORDENAR A QUIEN CORRESPONDA
ADEL
Activo Baja
JUZGADO 12
ADMINISTRATIVO DEL
CIRCUITO DE BOGOTÁ
Etapa - Alegatos de
Primera Instancia
No.
ORIONCategoria Cuantía Radicado judicial Clase proceso Demandado Demandante Tema Pretensión
Situación -
estado
actual
Probabilidad
de pérdidaDespacho Judicial Etapa Actuación
795 Iniciado $0,00 120519 - 03 PenalMUNICIPIO DE
CUCUNUBA
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
PENAL VARIOS
DELITO CONTRA LA ADMINISTRACION PUBLICA / PECULADO
POR APLICACIÓN OFICIAL DIFERENTE, RELACIONADO CON EL
CONVENIO C.A.R. No. 372 DE 1997 SOBRE LA PTAR. MUNICIPIO
DE CUCUNUBA. ( SEGUNDA INSTANCIA )
Activo BajaFiscalia 3 Seccional
CundinamarcaEtapa - Investigación
829 Iniciado $0,002500023260002
0040020201Acción Contractual
BOGOTÁ DISTRITO
CAPITAL,
DEPARTAMENTO
ADMINISTRATIVO DEL
MEDIO AMBIENTE -
DAMA, SECRETARIA DE
HACIENDA DISTRITAL,
EMPRESA DE
ACUEDUCTO,
ALCANTARILLADO Y
ASEO DE BOGOTA -
EAB
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
PTAR
SE SOLICITA LA LIQUIDACIÓN DEL CONVENIO 250 DE 1997, Y
SE SOLICITA SE DECLARE LA PROPIEDAD DE LA PTAR EL
SALITRE A FAVOR DE LA CAR.
Activo Media
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA -
SECCIÓN TERCERA -
SUBSECCIÓN B
Etapa - Probatoria
831 Iniciado $0,001100160000492
0050327700Penal CORCARIBE S.A.
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
PENAL VARIOS
LOS PROCEDERES REALIZADOS POR CORCARIBE S.A. PODRÍAN
CONSTITUIR ALGUNA O ALGUNAS DE LAS SIGUIENTES
CONDUCTAS PUNIBLES: HURTO AGRAVADO POR LA
CONFIANZA, ESTAFA, FALSEDAD EN DOCUMENTO PRIVADO,
ABUSO DE CONFIANZA E, INCLUSIVE, CAPTACIÓN MASIVA Y
HABITUAL,
Activo AltaTRIBUNAL SUPERIOR DE
BOGOTA - SALA PENALEtapa - Investigación
880 Iniciado $3.547.000,001100133310342
0060004100Ejecutivo
CAROLINA CUBILLOS
CABRERA
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
CONTRACTUAL
SE SOLICITA LIBRAR MANDAMIENTO DE PAGO A FAVOR DE LA
CORPORACIÓN Y EN CONTRA DE LA SEÑORA CAROLINA
CUBILLOS CABRERA REPRESENTADOS EN LAS RESOLUCIONES
No. 635 DEL 28 DE ABRIL DE 2005 Y 1896 DEL 18 DE OCTUBRE
DE 2005.
Activo Alta
JUZGADO 34
ADMINISTRATIVO DEL
CIRCUITO DE BOGOTÁ
Etapa - Juzgamiento
888 Iniciado $80.000.000,00 2007-00084 Ordinario Civil
LUCY ARIZA QUITIAN
Y MARCO TULIO
QUITIAN
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
PREDIOS
SOLICITO SE SIRVA OFICIAR A LA OFICINA DE REGISTRO DE
INSTRUMENTOS PUBLICOS DEL CIRCUITO DE ZIPAQUIRA CON
EL OBJETO DE INSCRIBIR LA DEMANDA EN EL FOLIO DE
MATRICULA INMOBILIARIA No. 176-19850, LO ANTERIOR PARA
DAR CUMPLIMIENTO A LO ESTABLECIDO EN EL ARTIC
Activo MediaTRIBUNAL SUPERIOR DE
BOGOTA - SALA CIVILEtapa - Juzgamiento
909 Iniciado $0,001100160000142
0060129200Penal
VICTOR JULIO
SABOGAL MORA
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
RECURSOS
NATURALES, FAUNA
FLORA
QUE LOS PRESUNTOS DELITOS QUE ESTAN OCASIONANDO LOS
GRAVES DAÑOS ECOLOGICOS AL PREDIO DE PROPIEDAD DE LA
ENTIDAD OCASIOANDO LOS GRAVES DAÑOS ECOLOGICOS AL
PREDIO DE PROPIEDAD DE LA ENTIDAD PUBLICA QUE
REPRESENTO Y CONSECUENTEMENTE AL DESRECHO
CONSTITUCION
Activo Media
Fiscalia 4 Unidad
Nacional del Medio
Ambiente
Etapa - Recursos
Extraordinarios
911 Iniciado $177.639.663,001100133310352
0080008501Acción de Repetición
DARIO LONDOÑO
GOMEZ
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
ACCIÓN REPETICIÓN
QUE EL ACTOR SE DECLARE RESPONSABLE AL EXPEDIR LA
RESOLUCION NO. 1345 DE 15 DE NOV DE 2002, SE ORDENE A
PAGAR A LA CAR LA CUANTIA
Activo Media
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA -
SECCIÓN TERCERA -
SUBSECCIÓN A
Etapa - Alegatos de
Primera Instancia
917 Iniciado $108.712.252,002500023260002
0080031701Acción de Repetición
DARIO LONDOÑO
GOMEZ
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
REESTRUCTURACIÓN
2002
REESTRUCTURACION 2002 DE MARIO HUMBERTO DE JESUS
RODRIGUEZ PALACINOActivo Baja
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA -
SECCIÓN TERCERA -
SUBSECCIÓN A
Etapa - Fallo de
Segunda Instancia
918 Iniciado $100.000.000,002500023260002
0090050200Acción de Repetición
DARIO LONDOÑO
GOMEZ
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
REESTRUCTURACIÓN
2002REINTEGRO DE LA CUANTIA TERESA FAGUA TORRES Activo Baja
CONSEJO DE ESTADO -
SALA CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVA -
SECCIÓN TERCERA
Etapa - Alegatos de
Segunda Instancia
930Tercero
involucrado$0,00
2500023150002
0040031201Acción Popular MUNICIPIO DE TENA
PROCURADURÍA
JUDICIAL AGRARÍAURBANIZACIONES
Que se ordene la suspensión de la construcción de la
urbanización Sueños del Castillo y se prohiba continuar con la
misma hasta tanto se corrijan las fallas geológicas que tiene el
terreno.
Activo en
ORIONAlta
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA -
SECCIÓN TERCERA -
SUBSECCIÓN A
Etapa - Probatoria
No.
ORIONCategoria Cuantía Radicado judicial Clase proceso Demandado Demandante Tema Pretensión
Situación -
estado
actual
Probabilidad
de pérdidaDespacho Judicial Etapa Actuación
952Tercero
involucrado$0,00
2500023150002
0040099201Acción Popular
PROTECHO,
INSTITUTO DE
DESARROLLO URBANO -
IDU, ALCALDÍA LOCAL
DE KENNEDY,
URBANIZACION
CASTILLA
PER OLOF RODOLFO
ELSIN SABINOHUMEDALES Humedales el Burro, Las Vaca y el techo
Activo en
ORIONMedia
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA -
SECCIÓN SEGUNDA -
SUBSECCIÓN B
Etapa - Fallo de
Segunda Instancia
985Tercero
involucrado$0,00
2500023150002
0040248801Acción Popular
ALCALDÍA MAYOR DE
BOGOTÁ,
DEPARTAMENTO DE
PLANEACIÓN
DISTRITAL,
COMPENSAR Y OTROS
FUNDACIÓN DE
INTEGRACIÓN SOCIAL
DE CUNDINAMARCA Y
BOGOTÁ - FINSOCIAL.
CERROS ORIENTALES
PROTEGER EL MEDIO AMBIENTE, SUSPENDER LA LICENCIA DE
CONSTRUCCIÓN Y LAS OBRAS QUE SE LLEVAN A CABO PARA LA
CONSTRUCCIÓN DE 2,703 UNIDADES DE VIVIENDA DE INTERÉS
SOCIAL EN RESERVA FORESTAL DE LA DENOMINADA "FINCA EL
YUSTE" CERRO QUE CONFORMA PARTE DE LA BA
Activo en
ORIONBaja
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA -
SECCIÓN CUARTA -
SUBSECCIÓN B
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
1081Tercero
involucrado$0,00 2007-00168 Acción Popular MUNICIPIO DE COTA
PROCURADURÍA
DELEGADA AMBIENTALP.O.T.
AL GOCE DE UN AMBIENTE SANO DE CONFORMIDAD CON LO
ESTABLECIDO EN LA CONSTITUCIÓN LA LEY Y LAS
DISPOCISIONES REGLAMENTARIAS LA EXISTENCIA DEL
EQUILIBRIO ECOLOGICO Y EL MANEJO Y APROBECHAMIENTO
RACIONAL DE LOS RECURSOS NATURALES PARA GASRANTIZAR
SU DESARRO
Activo en
ORIONBaja
Juzgado 2 Administrativo
De Descongestión De
Facatativa
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
1082 En Contra $9.016.978.000,002526933317022
0060043002Accion de Grupo
INSTITUTO NACIONAL
DE VIAS - INVIAS,
MUNICIPIO DE
VILLETA,
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
LUIS ALFREDO
AVENDAÑO SIERRA Y
OTROS
PERMISOS Y
LICENCIAS
QUE SE DECLARE SOLIDARIAMENTE RESPONSABLE AL
MUNICIPIO DE VILLETA, Y A LA NACIÓN, MINISTERIO DE
TRANSPORTE, INVIAS DE LOS DAÑOS Y PERJUICIOS
MATERIALES OCASIONADOS A TERRENOS, VIVIENDAS,
MEJORAS Y CONSTRUCCIONES DE ORNATO, SEGURIDAD Y
RECREACIÓN UBICADOS
Activo Baja
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA - SALA
DESCONGESTIÓN
Etapa - Fallo de
Segunda Instancia
1119Tercero
involucrado$0,00
7300133310052
0100043300Acción Popular
EDGAR GONZALEZ
VARGAS
PAULINO GOMEZ
FUENTES Y JORGE
ALEXANDER LINAARES
ORTIZ
MINERÍA TRITURADORA DE PIEDRA LOS GUIJARROS Activo MediaJuzgado 5 Administrativo
del Circuito de Ibague
Etapa - Pacto de
Cumplimiento
1125Tercero
involucrado$0,00
1100133310392
0080002503Acción Popular
ALCALDIA MUNICIPAL
DE SOACHALUCELLY DIEZ BERNAL MINERÍA
DECLARAR A LA CAR Y A LA ALCALDIA DE SOACHA OMISIVAS
DEBEN REALIZAR ACCIONES TENDIENTES A CONTRARESTAR EL
DAÑO CONTINGENTE Y AMBIENTAL CAUSADO MEDIANTE LA
EXPLOTACION DE MATERIALES DE CONSTRUCCION POR PARTE
DE INVERCORT. LTDA.
Activo Alta
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA -
SECCIÓN PRIMERA -
SUBSECCIÓN A
Etapa - Fallo de
Segunda Instancia
1127Tercero
involucrado$0,00
1100133310292
0080032002Acción Popular
MUNICIPIO DE LA
CALERA, MINISTERIO
DE AMBIENTE Y
DESARROLLO
SOSTENIBLE - MADS
RICARDO BOTERO
VILLEGASCERROS ORIENTALES
CESACION DE TODA OBRA O ACTIVIDAD DE CONSTRUCCION
DE LA CARRETERA QUE UNE A LAS VEREDAS DE MARQUEZ EN
LA CALERA CON LA DE TORCA EN BOGOTA EN ESPECIAL
INTERVENCIONES QUE AMENACEN O PONGAN EN PELIGRO LAS
FUENTES HIDRICAS Y BOSQUES
Activo en
ORIONMedia
CONSEJO DE ESTADO -
SECRETARIA GENERAL
Etapa - Fallo de
Segunda Instancia
1151 Iniciado $116.033.190,002500023260002
0080041301Acción de Repetición
DARIO RAFAEL
LONDOÑO GOMEZ
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
REESTRUCTURACIÓN
2002
Esta cuantía es derivada de la condena impuesta contra la CAR
para dar cumplimiento a la sentencia del Tribunal Administrativo
de Cundinamarca Seccion Segunda Subsección B dictada el 8 de
febrero de 2007
Activo Alta
CONSEJO DE ESTADO -
SALA CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVA -
SECCIÓN TERCERA
Etapa - Alegatos de
Primera Instancia
1157Tercero
involucrado$0,00
2500023250002
0030112302Acción de Tutela
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA -
SECCION SEGUNDA
LUIS ANTONIO
ASCENCIODEBIDO PROCESO
Los derechos fundamentales que se consideran violentados son:
- El debido proceso.
- El relativo al acceso material y no meramente formal a la
administración de justicia.
- A la igualdad en la modalidad relacionada con la igualdad en la
aplicación de la ley.
- A la confianza legitima en la aplicación de la ley.
- Desconocimiento de los derechos laborales de los servidores
inscritos en carrera administrativa.
Activo Alta
CORTE
CONSTITUCIONAL
SECRETARIA GENERAL
Etapa - Alegatos de
Segunda Instancia
1176 Iniciado $844.976.032,002500023260002
0080043901Ejecutivo
CONSORCIO
INGENIERIA DE AGUAS
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
CONTRACTUALQue se declare responsable al accionado por el incumplimiento
del contrato 753 del 30 de diciemebre de 2005Activo Media
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA -
SECCIÓN PRIMERA -
SUBSECCIÓN C
Etapa - Probatoria
No.
ORIONCategoria Cuantía Radicado judicial Clase proceso Demandado Demandante Tema Pretensión
Situación -
estado
actual
Probabilidad
de pérdidaDespacho Judicial Etapa Actuación
1178 En Contra $0,002500023150002
0060176101Acción Popular
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
SANDRA MILENA
GÓMEZ ROBAYOMINERÍA Este proceso no tiene cuantía por ser una Acción Popular.
Activo en
ORIONMedia
Juzgado Administrativo
de Zipaquira
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
1223 En Contra $2.154.011.656,002500023260002
0080047201
Acción de Reparación
Directa
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
JAIRO ELIECER
BERNAL VERACURTIEMBRES
Equivalente a perjuicio material en su modalidad de daño
emergente
Perjuicios materiales correspondientes al lucro cesante
Perjuicios morales
Activo Media
CONSEJO DE ESTADO -
SALA CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVA -
SECCIÓN TERCERA
Etapa - Fallo de
Segunda Instancia
1233 En Contra $10.000.000.000,001100103240002
0070019500
Acción de Nulidad y
Restablecimiento del
derecho
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
REINHARD KLING
BAUERCERROS ORIENTALES
1) Se declare que la Resolución 076 de 1977 que aprueba y en su
texto incorpora el Acuerdo 30 de 30 de septiembre de 1976 del
INDERENA, y el propio Acuerdo 30 de 30 de septiembre de 1976
del INDERENA, son nulos porque no alinderan ni determinan en
forma cierta por sus linderos, limites y predios contenidos, la
zona o área de Reserva Forestal Protectora Bosque Oriental de
Bogotá.
2) Se declare que la zona reservada pro la Resolución 076 de
1977 que aprueba y en su texto incorpora el Acuerdo 30 de 30 de
septiembre de 1976 del INDERENA, así como la señala pro propio
Acuerdo 30 de 30 de septiembre de 1976 del INDERENA, no
existe por indeterminación georeferencia de sus linderos y/o de
los predios afectado por los mismos y/o del plano catastral que la
especifica y determina catastral y/o predialmente los predios no
han sido inscritos debidamente en los folios de matricula
inmobiliarias respectivos.
Activo Media
CONSEJO DE ESTADO -
SALA CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVA -
SECCIÓN PRIMERA
Etapa - Probatoria
1245 En Contra $100.000.000,001100131050202
0080076001Ordinario Laboral
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
AIDA LUZ DEL CARMEN
INFANTE LEAL, HUGO
EDUARDO VARGAS
CARÁCTER LABORAL
1) Que se declare que el señor Vargas Infante tenía un contrato
laboral con la empres SMG
2) Que se declare que la empresa SMG no había vinculado al
señor Vargas infante, al sistema de riesgos profesionales.
3) Que se declare qeu como consecuancia de lo anterior mis
pordendanes tienen derecho al pago de la pensión de
sobreviviente por riesgos profesionales
4) Que como consecuencia de las anteriores manifestaciones se
declare que SMG S.A. se encuentra obligada al pago de la
mencionada pensión
5) Que se declare la solidaridad de la CAR respecto de las
condenas impuestas
Activo Baja
JUZGADO 20 LABORAL
DEL CIRCUITO DE
BOGOTÁ
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
1254 En Contra $0,002526933317022
0090005201Acción Popular
LUIS HUERTAS
LOZANO COMPAÑIA DE
ESTUDIOS E
INTERVENTORIAS S.A.,
ALCALDIA MUNICIPAL
DE VILLETA,
GOBERNACION DE
CUNDINAMARCA,
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR Y OTROS
PROCURADOR
JUDICIAL 85
ADMINISTRATIVO I
VÍAS
Que se ordene a la CAR a adelantar las medidas técnicas, de
intervención y administrativas que permitan la protección de la
fuentes naturales de agua en el sector de la quebrada Cune, del
municipio de Villeta y que resultaron afectados por la
intervención de la vía Bogotá a Medellin por parte de INVIAS
Activo en
ORIONAlta
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA - SALA
DESCONGESTIÓN
Etapa - Fallo de
Segunda Instancia
1255 Iniciado $100.000.000,002500023260002
0090016401Acción de Repetición
DARIO RAFAEL
LONDOÑO GOMEZ
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
ACCIÓN REPETICIÓN
Que se declare que el señor Dario Rafael Londoño Gomez actuó
de forma dolosa o al menos gravemente culposa al proferir la
Resolución No 0940 del 19 de agosto de 2003, en virtud de la
cual declaró insubsitente el monbramiento de la señora Luz
Angela Cañon Sanchez, como consecuencia de lo anteiror es
solidariamente responsable de la consdena que le fue impuesto a
la CAR dediante la sentencia de fecha 18 de noviembre de 2005
Activo AltaCONSEJO DE ESTADO -
SECRETARIA GENERAL
Etapa - Alegatos de
Segunda Instancia
No.
ORIONCategoria Cuantía Radicado judicial Clase proceso Demandado Demandante Tema Pretensión
Situación -
estado
actual
Probabilidad
de pérdidaDespacho Judicial Etapa Actuación
1258 En Contra $3.147.520.800,002500023150002
0060102100Accion de Grupo
FONDO NACIONAL DEL
AHORRO - FNA,
MUNICIPIO DE
SOACHA, ALCALDIA
MUNICIPAL DE
SOACHA,
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, EMPRESA DE
ACUEDUCTO,
ALCANTARILLADO Y
ASEO DE BOGOTA -
EAB, OFICINA DE
PLANEACIÓN DE
SOACHA
Maria Cristina
Rodriguez España y
Otros
PREDIOS
Que se declare solidariamente responsable a las aqui
demandadas al permitir la construcción y venta de inmuebles en
la urbanización San Mateo - Sector Junin de Soacha,
Que se condene a las Demandadas a pagar a cada uno de los 24
Demandantes el perjuicio moral causado de acuerdo a la tasación
que su honorable despacho haga del mismo, solicitando en todo
caso, que los valorado so sea inferior a los 100 SMMLV para cada
uno de los aqui demandantes
SMMLV para el año 2006 fecha en al que se admitió la demanda
408.000 x 100 = 40'800,000 x 24 = 979200000
Activo Baja
JUZGADO 6
ADMINISTRATIVO DE
DESCONGESTIÓN DEL
CIRCUITO DE BOGOTÁ
Etapa - Alegatos de
Primera Instancia
1264 En Contra $0,001500133310022
0080021500Acción Popular
MUNICIPIO DE SAN
MIGUEL DE SEMA,
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, DEPARTAMENTO
DE BOYACA,
SECRETARIA DE SALUD
DE BOYACA
ADRIANA PAOLA
GÁMEZ TORRES
CONTAMINACIÓN AIRE-
SUELO
Ordenar a la parte demanda efectuar la gestión integral de los
residuos hospitalarios y similares que comprende la
desactivación, tratamiento y disposición final en no menos de dos
meses después de proferirse fallo.
Activo AltaJuzgado 2 Administrativo
Del Circuito De Tunja
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
1268 En Contra $0,001100133310362
0090008000Acción Popular
Distrito Capital, CAR y
otros
Luis Orlando Delgadillo
Ayala e Ingri Fabiola
Diaz Herrera
CONTAMINACIÓN AIRE-
SUELO
Se deje sin valor la Resolución No. 3089 del 10 de noviembre de
1994 promulgada por la Corporación Autonoma Regional de
Cundinamarca CAR.
Ordenar a la CAR abstenerse de realizar cualquier conducta que
continue con la vulneración de los derechos e intereses colectivos
protegidos por la ley 472 de 1998 y se le ordene llevar a cabo las
obras y actividades necesarias para proteger el Río Bogotá y la
Quebrada Torca.
Activo Media
JUZGADO 36
ADMINISTRATIVO DEL
CIRCUITO DE BOGOTÁ
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
1271 En Contra $7.377.170,001100131050042
0080075000Ordinario Laboral
MINISTERIO DE
HACIENDA Y CREDITO
PUBLICO, COLFONDOS
S.A. PENSIONES Y
CESANTÍAS,
INSTITUTO DEL
SEGURO SOCIAL - ISS,
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
FABIO POLANIA
FIERROCARÁCTER LABORAL 10 SMMLV Activo Baja
JUZGADO 4 LABORAL
DEL CIRCUITO DE
BOGOTÁ
Etapa - Liquidación de
Costas y Agencias en
Derecho
1282 Iniciado $159.519.666,002500023260002
0090085902Acción de Repetición
DARIO RAFAEL
LONDOÑO GOMEZ,
CLAUDIA HELENA
LÓPEZ CALVO
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
ACCIÓN REPETICIÓN
Acción de Repetición contra Dario Rafael Londoño Gomez y
Claudia Helena López Calvo, Sentencia proceso Luis Orlando
Pacheco Vega, proceso 11001333103120090013200 Sección
Tercera Juzgado 31 Administrativo del Circuito de Bogotá
Activo Media
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA - SALA
DESCONGESTIÓN
Etapa - Alegatos de
Segunda Instancia
1284 En Contra $0,002500023150002
0090068101Acción de Tutela
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
EMPRESA DE
ACUEDUCTO,
ALCANTARILLADO Y
ASEO DE BOGOTA -
EAB
SERVICIOS PÚBLICOS
1- Adopte como medida provicional la suspensión de la medidas
adoptadas mediante Resolución No. OPSC No 00026 del 8 de
mayo de 2009 proferida por la CAR
"...2) Suspesión inmediata de la captación de aguas del río
Bogotá, cuyo punto de captación se encuentra ubicado en la
bocatoma denominadas Norte Antigua, Norte nueva y bocatoma
Sur (municipio de Tocancipá)
3) Suspensión inmediata de la captación de aguas del río
Teusacá, cuyo punto de captación se encuentra ubicado en el
Embalse de Aposentos (municipio de Sopó)."
2 - Tutelar los derechos a la EAAB al Debido proceso y al derecho
de defensa
Activo en
ORIONBaja
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA -
SECCIÓN CUARTA -
SUBSECCIÓN B
Etapa - Fallo de
Segunda Instancia
No.
ORIONCategoria Cuantía Radicado judicial Clase proceso Demandado Demandante Tema Pretensión
Situación -
estado
actual
Probabilidad
de pérdidaDespacho Judicial Etapa Actuación
1289 En Contra $20.000.000,001100131050012
0090013001Ordinario Laboral
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
OBDULIO VARGAS
FAJARDO
RELIQUIDACION
PENSIONAL
Se ordene la reliquidación inmediata de la mesada pensional del
accionante, teniendo en cuenta, incluir, todas y cada una de las
sumas devengadas y/o causadas por el trabajador, con la
liquidación definitiva del contrato de trabajo inclusive, durante el
último año de la relación laboral.
Activo Media
CORTE SUPREMA DE
JUSTICIA - SALA DE
CASACIÓN LABORAL
Etapa - Recursos
Extraordinarios
1293 En Contra $0,002530733310012
0090017200Acción Popular
MUNICIPIO DE
FUSAGASUGA,
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, COMPAÑIA EL
RECREO DE
INVERSIONES LTDA
CLIMACO PINILLA
POVEDA, FABIO
HERNANDEZ CUBILLOS
PERMISOS Y
LICENCIAS
Se ordene a la accionada abstenerse de otorgar licencia alguna
de Construcción, en dicha urbanización, mientras no se ejecute
las medidas conducentes, para que se garanticen la protección
de los derechos e intereses colectivos vulnerados, en el
desarrollo de la urbanización "El Recreo"
Activo Baja
Juzgado 1 Administrativo
De Descongestión Del
Circuito De Girardot
Etapa - Notificaciones
1295 Iniciado $200.000,001100131050162
0070082200Ejecutivo ROBERTO BUSTOS
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
LABORALES
TRABAJADORES
OFICIALES
Hacer efectivo el cobro de las costas a que fue condenada a
pagar la parte demandante, en el proceso Ordinario radicado con
el No 2001-0419, donde el demandante fue el Señor Roberto
Bustos, contra la Corporación Autónoma Regional de
Cundinamarca CAR
Activo Media
JUZGADO 16 LABORAL
DEL CIRCUITO DE
BOGOTÁ
Etapa - Juzgamiento
1300 En Contra $0,001100133310212
0090011101Acción Popular
INSTITUTO
COLOMBIANO DE
GEOLOGIA Y MINERIA -
INGEOMINAS,
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, MUNICIPIO DE
SUBACHOQUE,
COMPAÑIA MINERA
DON TOMAS LTDA
Santiago José Zuleta
Jaramillo y otros
PERMISOS Y
LICENCIAS
Se ordene el cierre permanente de la mina de carbón Providencia
de propiedad de la compañia minera Don Toma Ltda por cunato
no adecua sus instalaciones a una explotación minera sostenible
Se ordene a la CAR revocar la licencia ambiental otrogada y
tomar las medias administrativas para defender los recursos
naturales y en particular el recurso hidrológico del nacimiento del
Río Subachoque
Activo en
ORIONMedia
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA
Etapa - Fallo de
Segunda Instancia
1302 En Contra $1.569.182.145,002500023260002
0090011101Acción Contractual
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, SOCIEDAD
HIDROECECTRIC DE
COLOMBIA LTDA,
SOCIEDAD G & G
CONSTRUCTORES Y
CIA LTDA
CONSORCIO
INGENIERIA DE AGUASCONTRACTUAL
REFORMA DE LA DEMANDA. Obtener la declaratoria de nulidad
de la resolución No 3485 del 28 de diciembre de 2006, proferida
por la CAR mediante la cual se liquida en forma unilareral el
contrato de obra estatal No 753 del 30 diciembre de 2005,
celebrado por el Consorcio Ingenieria de Aguas integrado por las
Sociedades Hidroecectric de Colombia Ltda - Sociedad G & G
Constructores y Cia Ltda y de la Resolución No 0288 mediante la
cual niega el recurso de apelación interpuesto contra la primera y
que confirmo en todas sus partes, así como el resarcimiento de
los perjuicios presuntamente ocasionados.
Activo Media
CONSEJO DE ESTADO -
SALA CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVA -
SECCIÓN TERCERA
Etapa - Fallo de
Segunda Instancia
1311Tercero
involucrado$0,00
1100133310372
0090011501Acción Popular
ALCALDIA LOCAL DE
CIUDAD BOLIVAR
FERNANDO MORENO
AMAYA
PERMISOS Y
LICENCIAS
Ordenar con el fin de evitar un perjuicio irremediable y
salvaguardar los derechos colectivos afectados, las siguientes
medidas:
1) Ordenar a la Alcaldia Menor de Ciudad Bolivar, hacer efectivas
las Resoluciones de cierre expedidas por el DAMA, hoy Secretaria
Distrital de ambiente.
2) Ordenar a la Alcaldia Menor de Ciudad Boliva, se haga efectiva
la implementación del Plan de Reconstrucción Morfológica y
Ambiental (PRMA) en los cerros donde se ha desarrollado la
extracción minera por parte de los propietarios de las canteras
Industrial y minera La Quebrada, Arenera Las Tolvas, Trituradora
Silva y Baez y Cantera Limas.
3) Ordenar con cargo al fondo para la defensa de los derechos e
intereses colectivos los estudios necesarios para establecer la
naturaleza del daño y las medidas urgentes a tomar para
mitigarlo.
Activo Baja
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA -
SECCIÓN PRIMERA -
SUBSECCIÓN A
Etapa - Fallo de
Segunda Instancia
1356Tercero
involucrado$0,00
1100160000492
01011768Penal
ARQUIMEDES ROMERO
MORENODE OFICIO
PENAL
CONTAMINACIÓN
Se investigue la contaminación al recurso suelo en los cerros de
la calera al depositar Basuras y escombros por los sindicadosActivo Baja
Fiscalia 249 Seccional de
BogotáEtapa - Imputación
No.
ORIONCategoria Cuantía Radicado judicial Clase proceso Demandado Demandante Tema Pretensión
Situación -
estado
actual
Probabilidad
de pérdidaDespacho Judicial Etapa Actuación
1370 Iniciado $433.700,001100131050042
0070073300Ejecutivo
EDGAR ALFONSO
GARCÍA PACHÓN
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
CARÁCTER LABORAL
PROCESO EJECUTIVO PARA EL COBRO DE LAS COSTAS
PROCESALES QUE SE EXIGEN COMO CONSECUENCIA DEL
PROCESO ORDINARIO LABORAL A FAVOR DE LA CAR LIBRA
MANDAMIENTO EJECUTIVO . ESTADO 27-09-07 DEMANDADO:
EDGAR ALFONSO GARCIA CUANTÕA: $ 433.000 AUTO QUE
LIBRA MANDAMIENTO DE PAGO - 25 DE SEPTIEMBRE DE 2007
AUTO QUE DESIGANA CURADOR ADLITEM Y FIJA HONORARIOS -
25 FR NOVIEMBRE DE 2008 EL CURADOR CONTESTA LA
DEMANDA EL 31 DE OCTUBRE DE 2008
Activo Media
JUZGADO 4 LABORAL
DEL CIRCUITO DE
BOGOTÁ
Etapa - Juzgamiento
1371 Iniciado $0,002537760006642
0078062002Penal
BYRON LOPEZ,
ARQUIMEDES ROMERO
MORENO, JOSE
VICENTE JUNCA
RINCON, CARLOS
ALBERTO RODRIGUEZ
MUÑOZ
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
RECURSOS
NATURALES, FAUNA
FLORA
Se investigue la contaminación al recurso suelo en los cerror de
la calera al depositar basuras y escombros por los sindicatosActivo Baja
TRIBUNAL SUPERIOR DE
BOGOTA - SALA PENAL
Etapa - Apelación
Sentencia
1374 En Contra $0,002500023150002
0050144202Acción Popular
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
JOSE ARMANDO
CHIGUASUQUE DAZA
PERMISOS Y
LICENCIAS
Conforme a lo ordenado en el Auto del 17 de Julio de 2009, se le
informa que se llevara a cabo diligencia de Inspección judicial
con acompañamiento Técnico solicitado por el Distrito Capital y la
Secretaria de Habitad del distrito por lo que se debe comparecer
el día viernes 28 de agosto de 2009 a las 9 de la mañana
Activo en
ORIONBaja
JUZGADO 38
ADMINISTRATIVO DEL
CIRCUITO DE BOGOTÁ
Etapa - Fallo de
Segunda Instancia
1401 En Contra $0,001100133310062
0090014000Acción Popular
SEMINARIO
CONCILIAR DE
BOGOTA, MAVDT -
MINISTERIO DE
AMBIENTE, VIVIENDA
Y DESARROLLO
TERRITORIAL,
MINISTERIO DE
CULTURA Y OTROS
JUAN CARLOS CONDE
VARGAS
PERMISOS Y
LICENCIAS
Construcción de aproximadamente 26.000 mts2 distribuidos en
tres edificios de siete pisos cada uno, en el denominado
Seminario Mayor de Bogotá propiedad del Seminario Conciliar de
Bogotá , y actuamente declarado como Reserva Forestal, de una
parte, y de otra parte, declarado como bien de Interés Cultural
Activo Media
JUZGADO 6
ADMINISTRATIVO DEL
CIRCUITO DE BOGOTÁ
Etapa - Alegatos de
Primera Instancia
1408 En Contra $13.000.000,001100131050172
0080057300Ejecutivo
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
DIOSELINA VIUDA DE
RODRIGUEZCARÁCTER LABORAL
reconocer y pagar a la demandante, la compensacion por muerte
del pensionadoActivo Baja
JUZGADO 17 LABORAL
DEL CIRCUITO DE
BOGOTÁ
Etapa - Liquidación de
Costas y Agencias en
Derecho
1419 Iniciado $0,002589960041920
098031700Penal
PEDRO PABLO
ALARCON ALARCON
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
RECURSOS
NATURALES, FAUNA
FLORA
Penal Contaminación Activo MediaFiscalia 1 Seccional de
Zipaquira
Etapa - Indagación
Preliminar
1425 En Contra $0,001100131030242
0130041000Acción Popular
POLLO FIESTA S.A.,
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, SECRETARIA DE
SALUD, SECRETARIA
DISTRITAL DE
AMBIENTE, ALCALDIA
LOCAL DE SUBA,
ALCALDÍA MAYOR DE
BOGOTÁ, D.C.
CONJUNTO
RESIDENCIAL CAMINO
DE ARRAYANES
PERMISOS Y
LICENCIAS
1)...
2)...
3) Ordénese a la Corporación Autónoma Regional de
Cundinamarca - La Calera decida el recurso de apelación que
actualmente se surte dentro del improrrogable término de 48
horas siguientes a la ejecutoria de la sentencia, lo anterior como
consecuencia de la vulneración de los derechos colectivos al gose
de un ambiente sano conforme a lo previsto en la Constitución, la
Ley y las disponibilidades reglamentadas (Literal a del artículo 4
de la Ley 472 de 1998), salubridad públicada (Literal G del
artículo 4 de la Ley 472 de 1998), la realización de
construcciones, edificaciones y desarrollos urbanos respetando
las disposiciones jurídicas, de manera ordenada y dando
prevalencia al beneficio administrativa (Literal b del artículo 4 de
la Ley 472 de 1998).
4)...
Activo MediaJUZGADO 24 CIVIL DEL
CIRCUITO DE BOGOTÁ
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
1427 Iniciado $433.700,001100131050152
0080025000Ejecutivo
JOSE MARTINEZ
SUAREZ
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
CARÁCTER LABORAL
FUNDAMENTA EN ACUERDOS CONVENCIONALES LIBRAR
MANDAMIENTO DE PAGO A FAVOR DE LA CAR Y EN CONTRA
DEL DEMANDADO SIN DEMANDA. FUNDAMENTA EN ACUERDOS
CONVENCIONALES LIBRAR MANDAMIENTO DE PAGO A FAVOR
DE LA CAR Y EN CONTRA DEL DEMANDADO SIN DEMANDA.
FUNDAMENTA EN ACUERDOS CONVENCIONALES LIBRAR
MANDAMIENTO DE PAGO A FAVOR DE LA CAR Y EN CONTRA
DEL DEMANDADO
Activo Baja
TRIBUNAL SUPERIOR DE
BOGOTA - SALA
LABORAL
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
No.
ORIONCategoria Cuantía Radicado judicial Clase proceso Demandado Demandante Tema Pretensión
Situación -
estado
actual
Probabilidad
de pérdidaDespacho Judicial Etapa Actuación
1428 Iniciado $0,002575460003822
0098007500Penal
RECICLAJE
EXCEDENTES E
INCINERACIONES
INDUSTRIALES - REII
S.A.S.
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
PENAL - FALSEDAD
DOCUMENTO
Se investiguen las irregularidades que ocurrieron en la
presentación de los informes que anualmente tenia que
presentar la sociedad REII S.A. ante la CAR en cumplimiento de
la Licencia Ambiental No 1323 del 12 de Noviembre de 2003, los
cuales parece fueron falseados
Activo BajaFiscalia 1 Seccional de
Soacha
Etapa - Indagación
Preliminar
1441 Iniciado $1.700.000,001100131050042
0030051600Ejecutivo
ANA BERTILDA LOPEZ
DE RODRIGUEZ
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
COBRO COACTIVO
Se libre mandamiento ejecutivo a favor de la Corporación y en
contra de la señora Ana Bertilda Lopez de Rodriguez, para que
este de cumplimiento a la obligación de pagar las costas que
fueron liquidadas mediante Auto del 27 de enero de 2009, dentro
del proceso Ordinario Laboral que se tramito en el Juzgado 4
Laboral del Circuito. El valor de las costas es de $1.700.000
Activo Media
JUZGADO 4 LABORAL
DEL CIRCUITO DE
BOGOTÁ
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
1452 En Contra $1.996.333.525,001100133310412
0090013900Accion de Grupo
ALCALDIA MUNICIPAL
DE SOACHA,
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
Maria Liliana Velez
Echeverri y otros
PERMISOS Y
LICENCIAS
1) Condenar Al Municipio de Soacha, Cundinamarca a cancelar a
cada uno de los accionantes, los daños y perjuicios de indole
material y moral y de la vida en relación sufridos por ellos a
consecuencia del indebido funcionamiento de la administración
municipal, en la humanidad de cada uno de los accionantes y de
sus correspondientes hijos por sus representantes legales.
2) Condenar al municipio de Soacha, Cundinamarca a reubicar en
un lugar que reúna todos los requisitos urbanísticos,
ambientales, recreacionales, de salud y de convivencia legales,
que no vayan en contravia a las creencias, costumbres y
comportamiento sociales de los accionantes.
3) Señalar los requisitos que deben cumplir los beneficiarios que
no han estado presentes en esta acción, a fin de que puedan
reclamar la indemnización correspondiente.
Daños Materiales
Daños morales
Activo Baja
JUZGADO 41
ADMINISTRATIVO DEL
CIRCUITO DE BOGOTÁ
SECCIÓN CUARTA
Etapa - Fallo de
Segunda Instancia
1455 Iniciado $0,001100103240002
0100006900
Acción de Nulidad
Simple
MAVDT - MINISTERIO
DE AMBIENTE,
VIVIENDA Y
DESARROLLO
TERRITORIAL
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
COMPETENCIAS
1) Que se declare nula la Resolución No 700 de 15 de abril de
2009 proferida por el Ministerio de Ambiente, vivienda y
Desarrollo Territorial por desconocer violación del articulo 29 de
la Constitución Politica, lo dispuesto en el numeral 7 del articulo
150 de la Carta Politica, en el articulo 23 de la Ley 99 de 1993,
por violación de normas constitucionales y legales vigentes y por
vulnerar los principios de autonomia de la Corporaciones
Autónomas Regionales.
2) Que se ordene al Ministerio demandado no reproducir ni total
ni parcialmente la decisión enjuiciada, en virtud de lo dispuesto
en el numeral 11 del articulo 76 del código Contencioso
Administrativo
Activo Baja
CONSEJO DE ESTADO -
SALA CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVA -
SECCIÓN PRIMERA
Etapa - Probatoria
1508 En Contra $0,001100133310132
0100000301Acción Popular
DARIO OSPINA,
ALCALDIA LOCAL DE
SUBA, CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, SECRETARIA
DISTRITAL DE
MOVILIDAD Y OTROS
GIMNASIO LA
MONTAÑA
PERMISOS Y
LICENCIAS
Declarativas
1) Infracción a las normas urbanísticas e incumplimiento de las
decisiones de la CAR.
3) que se declare el incumplimiento del ordenamiento jurídico, en
especial de las normas urbanísticas y de las decisiones de la CAR.
Condena
2) Que se ordene a la CAR a que haga cumplir sus Resoluciones
44 y 45 de 2009, en las cuales impuso la medida preventiva de
suspensión de actividades de disposición de materiales y
escombros.
3) Que se ordene a la CAR a continuar las investigaciones
administrativas iniciadas y sancionar a los particulares que
realizan disposiciones y vertimientos en los predios objeto de
esta acción
Activo en
ORIONAlta
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA
Etapa - Fallo de
Segunda Instancia
1516 En Contra $0,001100103260002
0090012600
Acción de Nulidad
Simple
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
Edgar Osmin Castillo
Ramirez, Nestor
Hernan Pinzon
Delgado, Blanca Nely
montaño Fique, Maria
del pilar Forero Forero
oscar Ivan Gomez
Robayo y otros
RESIDUOS SOLIDOS
Decretar la Nulidad de las Resoluciones 2504 del 16 de octubre
de 2007 y 1304 del 24 de junio de 2008 de La Corporación
Autónoma Regional de Cundinamarca CAR, mediante las cuales
se otorgó una licencia ambiental de relleno sanitario regional
denominado "Praderas de Checua"
Acumulado Baja
CONSEJO DE ESTADO -
SALA CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVA -
SECCIÓN PRIMERA
Etapa - Probatoria
No.
ORIONCategoria Cuantía Radicado judicial Clase proceso Demandado Demandante Tema Pretensión
Situación -
estado
actual
Probabilidad
de pérdidaDespacho Judicial Etapa Actuación
1525 En Contra $36.885.850.000,001100133310302
0100002301Accion de Grupo
OFICINA NACIONAL
PARA LA ATENCION DE
DESASTRES,
MUNICIPIO DE
FUSAGASUGA,
INSTITUTO
COLOMBIANO DE
GEOLOGIA Y MINERIA -
INGEOMINAS Y OTROS
CONJUNTO CERRADO
BRISAS DEL BOSQUE URBANIZACIONES
Las demandadas son administrativamente responsables de
manera solidaria de los daños y perjuicios de todo orden,
causado y futuros, ocasionados a los integrantes del Conjunto
Cerrado Brisas del Bosque y demás zonas aledañas de la vereda
Cucharal Bajo del municipio de Fusagasuga a titulo de falla del
servicio y/o régimen de responsabilidad que se encuentre
probado en contra de la administración nacional departamental y
local encargados de ejercer el control, la vigilancia y autorización
para desarrollar proyectos de construcción sobre los terrenos
donde se edificó éste conjunto residencial, los mismos que
previamente habían sido declarados Zonas de Alto Riesgo por
parte de la administración local.
perjuicios materiales
Activo Baja
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA -
SECCIÓN PRIMERA -
SUBSECCIÓN A
Etapa - Liquidación de
Costas y Agencias en
Derecho
1541 En Contra $0,001100103240002
0090060800
Acción de Nulidad y
Restablecimiento del
derecho
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
ALIANZA FIDUCIARIA
S.A.CERROS ORIENTALES
1) Declarar la nulidad de la resolución No 043 del 14 de mayo de
2008, expedida por la Jefe de Oficina Bgotá La Calera de la CAR,
que declaró la pérdida de fuerza ejecutoria de la resolución No
1791 del 21 e septiembre de 1995 por medio de la cual se
ootrogó a la firma Fiduciaria Tequendama, hoy Alianza Fiduciaria
S.A., licencia ambiental ordinaria, para el proyecto de contrucción
habitaciónal denominado Santo Domingo Alto, hoy Cerro verde,
ubicado en la carrera 3 Este a la altura de la calle 71 del bogotá
D.C.
2) Declarar la nulidad de la resolución No 096 del 11 de junio de
2009, espedida por la Jefe de Oficina Bogota La Calera de la CAR
mediante la cual no se repone la resolución 043 de l 14 de mayo
de 2008.
3) A titulo de restablecimiento del derecho: como consecuencia
de la nulidad de las resoluciones demandadas se le ordene a la
CAR, mantener la vigencia de la resolución No 1791 del 21 de
septiembre de 1995, que le otorgó a la firma Fiduciaria, para el
proyecto de construcción habitacional denominado Santo
Domingo Alto hoy Cerro verde, ubicado en la carrera 3 Este a la
altura de la calle 71 de Bogotá D.C.
Activo Baja
CONSEJO DE ESTADO -
SALA CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVA -
SECCIÓN PRIMERA
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
1542 En Contra $0,001100103240002
0090045600
Acción de Nulidad
Simple
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
ANTONIO QUIÑONES
MONTEALEGRE
PERMISOS Y
LICENCIAS
1) Que son nulos los siguientes actos adminisrativos, por haber
sido expedidos con violación a las normas nacionales en que
deberian fundarse.
a) Resolución No 2504 de 26 de octubre de 2007. "Por la cual se
otroga una Licencia Ambiental y se toman otras determinaciones"
emanada de la Subdirección Juriica de la CAR.
b) Resolución No 1304 de 24 de Junio de 2008 #Por la cual se
resuelve unos recursos de reposició, una solicitud de revocatoria
directa y se toman otras determinaciones#, emanadas por la
Subdirección Juridica de la CAR.
2) Que se decrete la suspensión provicional de la resoluciones
Ns. 2504 de 26 de octubre de 2007 y 1304 de 24 de junio de
2008, por la manifiesta infracción del Decreto 1713 articulo 88
numerales 1 y 2; articulos 49 y 79 de la Constitución Politica y
articulo 8 de la Ley 134 de 1994, como se demuestra con la
simple conforntación de la inspección ocular realizada por el
inspector de Policia de Nemocón, de las normas superiores
flagrantes violadas y de los mapas, planchas y aerofotografias
del IGAG.
Activo Baja
CONSEJO DE ESTADO -
SALA CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVA -
SECCIÓN PRIMERA
Etapa - Contestación
Demanda
No.
ORIONCategoria Cuantía Radicado judicial Clase proceso Demandado Demandante Tema Pretensión
Situación -
estado
actual
Probabilidad
de pérdidaDespacho Judicial Etapa Actuación
1554 En Contra $0,002530733310012
0090057202Acción Popular
OFICINA DE
PLANEACION
MUNICIPAL DE
SILVANIA,
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, INSTITUTO
NACIONAL DE VIAS -
INVIAS, MUNICIPIO DE
SILVANIA, ALCALDIA
MUNICIPAL DE
SILVANIA
MARIA CECILIA
PATIÑO DE BAQUERO,
SILVERIO BAQUERO,
MAGDALENA
VALENZUELA,
ABDONINA SANCHEZ
DE SANCHEZ, JOSE
SABOGAL.
VÍAS
Ordenar a las entidades demandadas
1) Ejecutar, actividades de análisis, seguimiento, prevención y
control de Desastres.
2) ordenar a las entidades demandas brindar asesoria y
colaboración a la comunidad de Silvania, especialmente en el
sector donde residen los demandantes en aspectos relacionados
con el medio ambiente.
3) Ordenar al Municipio de Silvania para que adelante por parte
del Comité Local de Prevención y Atención de Desastres-.
CLOPAD- Las medidas y acciones pertinentes, entre las cuales se
recomienda el monitoreo permanente del fenómeno, en especial
sobre los casos particulares recomendados por la Corporación
Autónoma Regional del Sumapáz en informe técnico que se
anexa en fotocopia informal, firmado por el señor Jairo Jaramillo
y Nestor Ruiz, en su calidad de profesional especializado y
coordinador técnico.
Activo Media
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA -
SECCIÓN PRIMERA -
SUBSECCIÓN B
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
1555 Iniciado $0,001100160000492
0100188900Penal JULIO GONZALEZ
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
PENAL - FALSEDAD
DOCUMENTO
Se realice la investigación del delito cometido contra la
Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca CAR, al haber
falsificado el logo que representa a la CAR, para otorgar una
autorización y suscribirla cuando el señor Julio Gonzalez no tiene
ningún vinculo laboral con la Corporación, con el único objeto de
cometer presuntas conductas delictivas.
Activo MediaFiscalia 161 Seccional de
Bogotá
Etapa - Indagación
Preliminar
1556 En Contra $0,001100133310222
0070064002Acción Popular
ALCALDÍA MAYOR DE
BOGOTÁ, D.C.,
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, ACUALCOS,
EMPRESA DE
ACUEDUCTO,
ALCANTARILLADO Y
ASEO DE BOGOTA -
EAB Y OTROS
GABRIEL VANEGAS
TORRES
POTABILIDAD DEL
AGUA -
ALCANTARILLADO
1) Ordena a la entidad demandada ejecutar las acciones y actos
tendientes a solucionar dicho problema, y especificamente la
prestación eficiente y efectiva del servició público domiciliario de
alcantarillado y saneamiento básico en el barrio San Isidro
(Patios( Km 6 Via Bogotá - La Calera.
2) Se reconozca en caso de ser condenado la entidad demandada
lo ordenado por los articulo 39 y 40 de la ley
Activo en
ORIONAlta
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA -
SECCIÓN PRIMERA -
SUBSECCIÓN A
Etapa - Fallo de
Segunda Instancia
1560 En Contra $1.200.000.000,002500023260002
0090102301
Acción de Reparación
Directa
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
CONSTRUCTORA PALO
ALTO Y CIA S. EN C.MINERÍA
Que se declare responsable a la Corporación Autónoma Regional
de Cundinamarca CAR y a su exdirector Dario Londoño Gomez
civil y administrativamente responsables de los daños sufridos
por mi mandante, Ricardo Vanegas Sierra como persona natural
y a la sociedad Constructora Palo Alto y Cia S en C., de la cual es
su representante legal, por los perjuicios de orden material y
moral, como resultado de la denuncia penal formulada por el
director de la CAR para aquel momento el señor Dario Londoño
Gomez, que hizo que Ricardo Vanegas Sierra en sus condiciones
enunciadas fuera procesado por la Dirección Seccional de Fiscalia
de Cundinamarca Unidad Delitor Contra La Administración Publica
de Justicia y otros del Distrito Judicial de Cundinamarca Fiscalia
Sexta Seccional Radicación 4964-06, por los delitos de
Explotación ilicita de yaciemiento minero y otros minerales y
daño en los recursos naturales, del que luego de 5 años fue
declarado absuelto por no haber existido el delito por el que fue
procesado.
Activo Media
CONSEJO DE ESTADO -
SALA CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVA -
SECCIÓN TERCERA
Etapa - Fallo de
Segunda Instancia
No.
ORIONCategoria Cuantía Radicado judicial Clase proceso Demandado Demandante Tema Pretensión
Situación -
estado
actual
Probabilidad
de pérdidaDespacho Judicial Etapa Actuación
1583 Iniciado $0,001100131030292
0100033300Expropiación
JESUS ADONAI OCHOA
FORERO, JOSE
BERNARDO PARDO
RESTREPO
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
PREDIOS
Que se decrete, por causa de utilidad pública e interés social, a
favor de la CAR, la expropiación de los lotes de terreno que se
segregan del predio de mayor extensión denominado "Lote A"
Ubicados en la zona rural de la localidad de Bosa - Bogotá D.C.,
de propiedad de los señores Jesus Adonai Ochoa Forero y Jose
Bernardo Pardo Restrepo.
2) Que en el auto admisorio de la demanda se ordene la entrega
anticipada de los inmuebles cuya expropiación se pretende, una
vez mi representanda acredite haber consignado a órdenes del
Juzgado, una suma equivalente al 50% del avalúo practicado
para los efectos de la enajenación voluntaria.
3) Que la sentencia por medio de la cual se decrete la
expropiación, contenga igualmente la cancelación de cualquier
gravamen, embrago o inscripción que recaiga sobre los bienes
anteriormente descritos.
4) Que se ordene a la Oficina de Registro de Instrumentos
Públicos de Bogotá D.C. - Zona Sur, el registro de la sentencia de
expropiación en un nuevo folio de Matricula Inmobiliaria, a favor
de la CAR.
Activo BajaJUZGADO 29 CIVIL DEL
CIRCUITO DE BOGOTÁEtapa - Avaluo
1584 Iniciado $0,001100131030032
0100036500Expropiación
JESUS ADONAI OCHOA
FORERO
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
PREDIOS
1) Que se decrete, por causa de utilidad pública e interés social,
a favor de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca
CAR, la expropiación de los tres lotes que se segregarn del presi
o de mator extensión denominado "Nuevo Lote No. 1", ubicado
en la vereda San Bernardino de la localidad de Bosa, Bogotá, de
propiedad del señor Jesus Adonai Ochoa Forero.
2) Que en auto admisorio de la demanda se ordene la entrega
anticipada de los inmuebles cuya expropiación se pretende, una
vez mi representada acredite haber consignado a írdenes del
Juzgado, una suma equivalente al 50% del avaluo practicado
para los efectos de la enajenación voluntaria.
3) Que la sentencia por medio de la cual se decrete la
expropiación, contenga igualmente la cancelación de cualquier
gravamen, embargo o inscripción que recaiga sobre los bienes
anteriormente descritos.
4) Que se ordene a la Oficina de Registro de Instrumentos
Públicos de Bogotá D.C. - Zona Sur, el registro de la sentencia de
expropiación en un nuevo folio de Matricula Inmobiliaria, a favor
de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca CAR
Activo BajaJUZGADO 3 CIVIL DEL
CIRCUITO DE BOGOTÁEtapa - Avaluo
No.
ORIONCategoria Cuantía Radicado judicial Clase proceso Demandado Demandante Tema Pretensión
Situación -
estado
actual
Probabilidad
de pérdidaDespacho Judicial Etapa Actuación
1605 Iniciado $407.613.314,002500023360002
0170026400Acción de Repetición
DARIO RAFAEL
LONDOÑO GOMEZ,
ANGELA MARIA TOBON
URIBE
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
ACCIÓN REPETICIÓN
1) Que se declare que los señores Dario Rafael Londoño Gómez y
Angela Maria Tobon Uribem son civil y administrativamente
responsables por su comportamiento doloso y gravemente
culposo, al haber desvinculado de su cargo al señor Jose
Guillermo Ulloa Castillo, con falsa motivación, desviación de
poder y estralimitación en el ejercicio de sus funciones, al
haberle exigido la presentación de su renuncia.
2) Que como consecuencia de la anterior declaración se condene
a los señores Dario Rafael Londoño Gómez y Angela Maria Tobon
Uribem, a pagar a la Corporación Autónoma Regional de
Cundinamarca la CAR, la suma de cuatrocientos siete millones
seiscientos trece mil trecientos catorce pesos ($407.613.314)
M/CTE., valor que efectuó la Corporación, en cumplimiento de la
orden judicial inmpuesta mediante la sentencia del Juzgado
Octavo Administrativo de Bogotá, dictada el veintinueve (29) de
agosto de dos mil siete (2007).
3) Solicito así mismo que la sentenica que ponga fin al proceso,
sea de aquellas que reúnan los requisitos exigidos por los
artículos 68 del C.C.A. y 488 del C.P.C., es decir, que en ella
conste una obligación clara, expresa y actualmente exigible, con
el fin de que preste mérito ejecutivo.
4) Que se ordenen el pago de los intereses previstos en el
articulo 77 del C.C.A.
5) Que el monto de la condena qeu se profiere en contra de los
señores Dario Rafael Londoño Gómez y Angela Maria Tobon
Uribem, sea actualizada hasta el momento del pago efectivo, de
conformidad con lo dispuesto por el artículo 178 del Código
Contencioso Administrativo.
6) Que se condene en costas a los demandados.
Activo Alta
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA
Etapa - Notificaciones
1607 Iniciado $0,002589960004192
0108010800Penal
LORENZO LOZANO,
ALFREDO DÍAZ, JAIRO
BOLAÑOS, RUTILO
SANCHEZ, JAVIER
SANCHEZ, CIRO
SÁNCHEZ, RUBÉN
QUIROGA GARNICA,
LEONOR QUIROGA
GARNICA, ALFONSO
QUIROGA GARNICA,
INDETERMINADOS
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
PENAL - FALSEDAD
DOCUMENTO
Falsedad material de documento público agravado por el uso,
explotación ilícita de yacimiento minero y uso de documento
público falso.
Activo MediaFiscalia 2 Seccional de
Zipaquira
Etapa - Indagación
Preliminar
1610 Iniciado $0,002575460003822
0100002700Penal POR DETERMINAR
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
PENAL - FALSEDAD
DOCUMENTOFalsedad material de documento público agravada por el uso Activo Baja
Fiscalia 4 Seccional de
Soacha
Etapa - Indagación
Preliminar
1625 Iniciado $0,00 2010-00163Ordinario de
Pertenencia
BANCO DE LA
REPUBLICA,
INDETERMINADOS
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
PREDIOS
Mediante fallo que cause ejecutoria se declare qeu la
demandante ha adquirido por vía de prescripción adquisitiva d
edominio, el predio "Las Trampas Lote 4" ubicado en el Municipio
de Cogua del Departamento de Cundinamarca, identificado con
Matricula Inmobiliaria 176-19568, de la oficina de Registro de
Instrumentos Públicos de Zipaquirá, Cundinamaca, y se ordene la
inscripción en el respectivo registro.
Activo MediaJuzgado 2 Civil Del
Circuito De ZipaquiráEtapa - Juzgamiento
No.
ORIONCategoria Cuantía Radicado judicial Clase proceso Demandado Demandante Tema Pretensión
Situación -
estado
actual
Probabilidad
de pérdidaDespacho Judicial Etapa Actuación
1627 En Contra $30.000.000,001100131050122
0100032001Ordinario Laboral
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
CLEMENTINA PARRA
DE RODRIGUEZ
RELIQUIDACION
PENSIONAL
1) Se condene a la accionada a la re liquidación para aumento
del monto de la mesada pensional que en su momento le fuera
otorgada por La CAR al señor Eulogio Rodriguez Rodriguez
(Q.E.P.D.), quien en vida se identificaba con CC No 1'031.034, y
que luego ha sido asutituida a la señora Clementina Parra de
Rodriguez, incluyendo para determinar el monto real, todos y
cada uno de los devengos, retribuciones, y demás sumas
causadas, insolutas o canceladas al entonces trabajador en el
último año, o en los últimos diez años de la relación laboral,
según la situación o norma que le resulte de mayor favorabilidad.
2) Se ordene a favor de mi representada, el reconocimiento y
pago del auxilio funerario causado con el lamentable
fallecimiento del pensionado de la CAR, señor Eulogio Rodriguez
Rodriguez (Q.E.P.D.).
3) Se ordene el reconociemiento y pago de las sumas
correspondientes a seguro por muerte y/o compensación
dineraria de origen concencional, causadas con el fallecimiento
del señor Eulogio Rodriguez Rodriguez (Q.E.P.D.), en suma
representativa o equivalente a 47 meses del monto de la mesada
que el causante percibía del ISS y de la CAR por pensión
compartida.
4) Se ordene el pago de las sumas solicitadas en el numeral
anterior, teniendo en cuenta para la determinación del
correspondiente monto que, la mesada pensional del causante,
esta compuesta por dos caudales por trtarse de pensión
compartida; la suma de esos montos constituye la mesada
pensional a partir de la cual se han de determinar las sumas que
constituyen los derechos consolidados y reclamados por mi
Activo Baja
CORTE SUPREMA DE
JUSTICIA - SALA DE
CASACIÓN LABORAL
Etapa - Recursos
Extraordinarios
1631 En Contra $9.527.574,001100133350112
0160008302Ejecutivo
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
JAIME JARAMILLO
CAICEDO
LABORALES -
DESPIDOS
1) Que se declare la nulidad parcial de la Resolución No. 2269 del
30 de septiembre de 2009, en cuanto negó el reintegro al
demandante.
2) Que se ordene a la CAR que proceda a reintegrar al
demandante al empleo de Auxiliar Administrtivo Grado 20 o a
otro de igual o similar categoria, atendiendo a la escala salarial y
a las equivalencias establecidas en las normas nacionales que
regentan la materia.
3) Que para todos los efectos legales se declare que no existió
solución de continuidad, entre el 30 de septeimbre de 2009 y la
fecha en que se haga efectivo el reintegro del demandante al
cargo de Auxiliar Administrativo Grado 20 a al de Técnico
Administrativo 3124 Grado 12, por ser este similar o equivalente,
o a otro de igual o similar categoría.
4) Que a titulo de restablecimiento del derecho se condene a la
CAR a pagar todos lo salarios, prestaciones sociales y
emolumentos inherentes al salario, dejados de percibir por el
demandante entre el 1 de octubre de 2009 y la fecha en que se
haga efectivo el reintegro en el cargo de Auxiliar Administrativo
Grado 20 o al Técnico Administrativo 3124 Grado 12.
5) Que se ordene reliquidar la sentencia, por el periodo
comprendido entre el 16 de nopviembre de 2002 y el 30 de
septiembre de 2009, y se ordene pagar al demandante la
diferencia que surja a su favor, por concepto de salarios y
prestaciones sociales, teniendo en cuenta que la sentencia se
liquidó como Auxiliar Administrativo Grado 20 por cuanto, si no
existía el cargo, debió reincorporarse y liquidarse en el cargo de
Técnico Administrativo 3124 Grado 12, que tiene un salario
superior
Activo Media
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA -
SECCIÓN SEGUNDA -
SUBSECCIÓN A
Etapa - Alegatos de
Segunda Instancia
No.
ORIONCategoria Cuantía Radicado judicial Clase proceso Demandado Demandante Tema Pretensión
Situación -
estado
actual
Probabilidad
de pérdidaDespacho Judicial Etapa Actuación
1647Tercero
involucrado$0,00
2500023150002
0100234401Acción de Tutela
MINISTERIO DE
TRANSPORTE,
INSTITUTO NACIONAL
DE VIAS - INVIAS,
CONCESIÓN SABANA
DE OCCIDENTE S.A.,
INSTITUTO NACIONAL
DE CONCESIONES -
INCO
JORGE ARTURO
PUENTES LONDOÑO,
INVERSIONES Y
CONSTRUCCIONES
SUMAPAZ LTDA
VÍAS
1) Se tutela el derecho a la tranquilidad y a la seguridad, a la
Vida, ante la eventualidad permanente de morir aplastado, a la
propiedad privada de mi familia, la mía propia y la de los vecinos
colindantes, como a la vida de los trabajadores máxime que nos
encontramos a 200 mts del peaje y hay mucha afluencia de
personas, vehículo de todo tipo.
2) Se tutele el derecho a un Ambiente Sano y Tranquilo, sin que
continúe el miedo permanente y en las actuales circunstancias
insuperable y en permanente temor a morir aplastados por un
eventual deslizamiento de la montaña. Y que los vehículos no
caigan porque no existen muros adecuado de contención o
protección. Como hoy se demuestra fehacientemente en las
afirmaciones plasmadas, como de la misma documentación
plasmada en los hechos y anexada a este escrito.
Activo Baja
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA -
SECCIÓN TERCERA -
SUBSECCIÓN C
Etapa - Fallo de
Segunda Instancia
1649 En Contra $0,002500023240002
0100059301Acción Popular
ONG LIDERES EN
ACCIÓN CON
PROSPECTIVA SOCIAL,
MUNICIPIO DE
SOACHA, ALCALDIA
LOCAL DE BOSA,
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, CONTRALORIA
MUNICIPAL DE
SOACHA
EULALIO RAMIREZ
BRANDESPACIO PÚBLICO
1) Que se delcare responsable a la Alcaldía Municipal de Soacha
por haber suscrito los contratos 931 de 2008 y 512 de 2009 con
la firma Líderes en Acción para la adecuanción geomorfológica
mediante la disposición final de materiales de excavación y
descapote en el predio Potrro Grande del Municipio de Soacha,
sin haber tenido en cuenta las recomendaciones que la
Corporación Autónoma Regional de Cundinamrca CAR y la
Alcaldía Mayor de Bogotá le hicieran a través de oficios,
comunicados, estudios y Decreto 203 de 2003 que le notificó
debidamente; generando con ello desastres a través de
inundaciones que han perjudicado notoriamente a la comunidad
adyacente del predio Potrero Grande.
2) Que se declare responsable a la Alcaldia Municipal de Soacha
y la ONG Lideres en Acción por haber roto la existencia del
equilibiro ecologico y el manejo y aprovechameinto racional de
los recursos naturales para garantizar su desarrollo sostenible, su
conservación, restauración o sustitución. La conservación de las
especies aminales y vegetales, la protección de áreas de especial
importancia ecológica, de los ecosistemas situados en las zonas
fronterizas, así como los demás intereses de la comunidad
relacionados con la preservación y restauración del medio
ambiente, en el sector de Potrero Grande, por haber permitido el
proceso de relleno y disposición final de escombros dejando
parte del humedal La Tibanica y Potrero Grande.
Activo Alta
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA -
SECCIÓN PRIMERA -
SUBSECCIÓN A
Etapa - Apelación
Sentencia
No.
ORIONCategoria Cuantía Radicado judicial Clase proceso Demandado Demandante Tema Pretensión
Situación -
estado
actual
Probabilidad
de pérdidaDespacho Judicial Etapa Actuación
1652 Iniciado $0,00 2010-00279 Expropiación
NELSON GARRIDO
BELTRAN, FRANCISCO
JAVIER DE ERLOZA
AJAMIL, SOCIEDAD C.I.
JALRA INVERSIONES
S.A.
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
PREDIOS
1) Que se declare, por causa de utilidad publica, a favor de la
Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca CAR, quien es
representante legal su Director General. Dr. Edgar Alfonso
Bejarano, la expropiación del predio denominado 'Lote de
Terreno No 2 El Papiro II, ubicado en la zona urbana del
Municipio de Soacha, Cundinamarca, identificado con el folio de
matricula inmobiliaria No 050S-40386086, del cual la Corporación
necesita adquirir un área parcial de 1.632,05 mt2, equivalente al
1.90% del área del predio de mayor extensión, inmueble que
para efectos del registro se denominará CAR A 39 y se encuentra
comprendido dentro de los sigueintes linderos especiales,
tomados del plano predial elaborado por Avles Ingenieria
Inmobiliaria Ltda, y son:
2) Que la sentencia pro medio de la cual se decrete la
expropiación contenga igualmente la cancelación de cualquier
gravamen, embargo o inscripción que recaiga sobre el bien
anteriormente descrito.
3) Que en el auto admisorio de la demanda se ordene la entrega
anticipada del inmueble cuya expropiación se pretende, una vez
mi representada acredite haber consignado a órdenes del
Juzgado, una suma equivalente al 50% como mínimo del avalúo
practicado para los efectos de la enajenación voluntaria.
4) Que se ordene a la Oficina de Registro de Instrumentos
Públicos de Bogotá D.C. - Zona Sur, el registro de la sentencia de
expropiación en un nuevo folio de matrícula inmobiliaria, a favor
de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca CAR
Activo BajaJuzgado 1 Civil del
Circuito de SoachaEtapa - Avaluo
1655 En Contra $37.378.688.750,002500023240002
0100020201
Acción de Nulidad y
Restablecimiento del
derecho
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
EMGESA S.A E.S.P EMBASE DEL MUÑA
1) Se declare la nulidad del articulo segundo de la Resolución
1318 de 2007, ratificadas mediante Resolución 2000 en el
sentido del exigir a Emgesa S.A. E.S.P. (i) efectuar otro estudió
más de calidad de aire a elaborarse con fundamento en los
términos de referencia suministrados por la CAR mediante Auto
174 del 07 de julio de 2006 e (ii) implementar un Plan de
Contingencia ante una eventual suspensión del bombeo de las
aguas del Río Bogotá al Embalse del Muña que no ha de ocurrir.
2) Que como consecuencia de la declaración anterior y a titulo de
restablecimiento de derecho, se le reconozca a Emgesa el valor
correspondiente respecto de los perjuicios patrimoniales y
extrapatrimoniales que los mencionados actos administrativos le
causaron. La cuantia del proceso asciende a una suma superior a
los trece millones de dolares
3) Que la car adopte de manera directa las decisiones tendientes
a modificar la Resolución 506 de 2005 y sus actos administrativos
modificados, en cuanto no reflejan la realidad jurídica, técnica y
ambiental actual.
4) Que se declare que la CAR no puede indiscriminadamente
ordenar a Emgesa asumir costos de acciones u obras respecto de
las cuales no existe amparo legal para que la CAR las ordene,
mucho menos con cargo al presupuesto de Emgesa.
Activo Baja
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA - SALA
DESCONGESTIÓN
Etapa - Probatoria
1669 Iniciado $0,001100103240002
0100046600
Acción de Nulidad
Simple
MAVDT - MINISTERIO
DE AMBIENTE,
VIVIENDA Y
DESARROLLO
TERRITORIAL
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
COMPETENCIAS
Que se declare nulo los artículos 8, 12, 18, 23, 15, 16, 18, 23,
25, 26, 27, 29, 30, 31, 33, 34, 35, 36, 37, 38, 40, 42, 44, 45, 46,
47, 48, 49 y parágrafo 3 e inciso final del articulo 51 del Decreto
2820 de 05 de agosto de 2010, por considerar que varias de sus
disposiciones violan de forma flagrante de los artículos 53, 56 y
58 de la Ley 99 de 1993, así como numerales 1 y 7 del art. 150
de la Constitución, entre otros
Activo Baja
CONSEJO DE ESTADO -
SALA CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVA -
SECCIÓN PRIMERA
Etapa - Fallo de
Segunda Instancia
No.
ORIONCategoria Cuantía Radicado judicial Clase proceso Demandado Demandante Tema Pretensión
Situación -
estado
actual
Probabilidad
de pérdidaDespacho Judicial Etapa Actuación
1682 Iniciado $98.471.741,001100133360382
0150032500Acción de Repetición
DARIO RAFAEL
LONDOÑO GOMEZ
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
ACCIÓN REPETICIÓN
1) Se declare que el señor Darío Rafael Londoño Gómez, es civil
y administrativamente responsable al actuar con culpa grave o
dolo al expedir la resolución No. 1344 del 15 de noviembre de
2002 en el sentido de no reincorporar a la nueva planta de
personal de la CAR a la señoria Elizabeth Cabanzo Quintero,
identificada con la cédula de ciudadania No 51.945.820 de
Bogotá
2) Que como consecuencia de la anterior declaración, se ordene
al doctor Darío Rafael Londoño Gómez a pagar a la Corporación
Autónoma Regional de Cundinamarca CAR, la suma de
$98.471.741, derivada de la condena impuesta a la Corporación
Autónoma Regional de Cundinamarca CAR para dar
cumplimientoa la sentencia del Tribunal Administrativo de
Cundinamarca Sección Segunda Subsección A dictada el 22 de
octubre de 2009
3) Que el monto de la condena que se profiere contra el
demandado Darío Rafael Londoño Gómez, sea actualizado e
indexado desde el momento en que la Corporación Autónoma
Regional de Cundinamarca CAR hizo el pago correspondiente
hasta cuando el demandado cumpla la Sentencia que se profiera
como consecuencia del presente proceso, conforme al índice de
Precios al Consumidor (IPC) certificado por el DANE
4) Que se declare que las condenas líquidas de dinero contenidas
en la sentencia, devengarán intereses moratorios a partir de la
ejecutoria de las sentencias
5) Que se condene en contas a la parte demandada
Activo Media
JUZGADO 38
ADMINISTRATIVO DEL
CIRCUITO DE BOGOTÁ
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
1688 En Contra $0,001100131030212
0100021700
Acción de
cumplimiento
SECRETARIA
DISTRITAL DE
PLANEACIÓN, MAVDT -
MINISTERIO DE
AMBIENTE, VIVIENDA
Y DESARROLLO
TERRITORIAL,
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
CONSTRUCTORA
SOCIAL CARIBEÑA
LTDA
CERROS ORIENTALES
Se de cumplimiento a los articulos 1, 2, 3, 4 y 5 del Acuerdo 105
de 1959, Decreto 2811 de 1974 artículo 4, 42, 47 209, 335 y 340;
ley 9 de 1989 acrticulo 37, ley 388 de 1997 articulos 48 y 122, y
ley 1021 de 2006 articulo 13 acuerdo 105 de 1959 y en
consecuencia se ordene a las demandadas procede a cancelar la
compensación económica a la que tiene derecho mi poderdante,
suma que debían tener presupuestada y apropiada antes de
imponer la afectación al inmueble de su propiedad
Activo Media
JUZGADO 20 CIVIL DE
DESCONGESTIÓN DEL
CIRCUITO DE BOGOTÁ
Etapa - Probatoria
1692 Iniciado $0,00 2010-00336 Expropiación
SOCIEDAD
CURTIEMBRES BALBOA
S.A.
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
PREDIOS
1) Que se decrete a favor de la Corporación Autónoma Regional
de Cundinamarca CAR, de quien es representante legal su
Director General, Dr. Edgar Alfonso Bejarano, por causa de
utilidad pública e interés social, la expropiación parcial de los
derechos de propiedad de la sociedad Curtiembres Balboa S.A.
con Nit 800021810-1, representada legalmente por el señor
Alvaro Quintero Cuervo o por quien haga sus veces, sobre el
predio ubicado en la calle 26 Nro 11-99 Sur de la zona urbana del
municipio de Soacha, identificado con el folio de matrícula
inmobiliaria 050S-204530, del cual la Corporación requiere un
área oarcial de 392,47 metros cuadrados, equivalente al 22.56%
del área total del predio de myor extensión el cual fue adquirido
mediante escritura pública de compraventa 4550 otorgada en la
Notaría 29 del círculo Notarial de Santafe de Bogotá el 16 de
mayo de 1996.
2) Que la sentencia por medio de la cual se decrete la
expropiación contenga igualmente la cancelación de cualquier
gravamen, embargo o inscripción que recaiga sobre el bien
anteriormente descrito.
3) Que se ordene el registro de la sentencia de expropiación en
el folio de Matricula Inmobiliaria No 50S-204530 de la Oficina de
Registro de Instrumentos Pública de bogotá - zona Sur, junto con
el acta de entrega, a efecto de que sirva de título de dominio a
favor de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca
CAR, e igualmente se disponga a favor de mi mandante la
apertura del nuevo folio de matricula inmobiliaria al bien
Activo BajaJuzgado 1 Civil del
Circuito de SoachaEtapa - Avaluo
No.
ORIONCategoria Cuantía Radicado judicial Clase proceso Demandado Demandante Tema Pretensión
Situación -
estado
actual
Probabilidad
de pérdidaDespacho Judicial Etapa Actuación
1693 Iniciado $0,00 2010-00314 ExpropiaciónJUAN FONSECA
RODRIGUEZ
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
PREDIOS
1) Que se decrete por causa de utilidad pública e interés social, a
favor de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca
CAR, de quien es representante legal su Director General, Dr,
Edgar Alfonso Bejarano, la expropiación parcial de los derechos d
propiedad del señor Juan Fonseca Rodriguez, sobre el predio
conocido como 'Papeles Finos' ubicado en la zona urbana del
minicipio de Soacha, identificado con el folio de matricual
inmobiliaria 50s-199702, del cual la Corporación necesita un área
parcial de 5562,09 metros cuadrados, equivalente al 16.64% del
área total del predio de mayor extensión, que para efectos de
Registro y Catastro se denomina CAR A 37, el cual fue adquirido
mediante escritura pública de compraventa 1905 otorgada en la
Notaria 1 del circuito Notarial de Soacha el 2 de diciembre de
1994.
2) Que la sentencia por medio de la cual s decrete la
expropiación contenga igualmente la cancelación de cualquier
gravamen, embargo o inscripción que recaiga sobre el bien
anteriormente descrito.
3) Que se ordene el registro de la sentnecia de expropiación en
el folio de Matricula Inmobiliaria No. 50S-199702 de la Oficina de
Registro de Instrumentos Públicos de Bogotá zona Sur, junto con
el acta d entrega, a efecto de que sirva de titulo de dominio a
favor de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca
CAR, e igualmente se disponga a favor de mi mandante la
apertura del nuevo folio de matricula inmobiliaria al bien
expropiado
Activo BajaJuzgado 2 Civil del
Circuito de SoachaEtapa - Avaluo
1698 Iniciado $0,001100103240002
0100049900
Acción de Nulidad
Simple
MAVDT - MINISTERIO
DE AMBIENTE,
VIVIENDA Y
DESARROLLO
TERRITORIAL
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
COMPETENCIAS
Que se declare la Nulidad del Decreto Reglamentario 2372
proferido el 1 de julio de 2010 por el señor Presidente de la
República, 'Por el cual se reglamenta el Decreto Ley 2811 de
1974, la Ley 99 de 1993, la Ley 165 de 1994 y el Decreto Ley 216
de 2003, en relación con el Sistema Nacional de Áreas
Protegidas, las categorías de manejo que lo conforman y se
dictan otras disposiciones'
Activo Media
CONSEJO DE ESTADO -
SALA CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVA -
SECCIÓN PRIMERA
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
1704 Iniciado $0,002500023240002
0100063801
Acción de Nulidad
Simple
MUNICIPIO DE
NEMOCON
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
P.O.T.
1) Que se declare la nulidad del Acuerdo No 26 de diciembre 23
de 2009, proferida por el Concejo Municipal de Nemocón "Por el
cual se adopta la actuación y ajustes de los contenidos del
Acuerdo municipal 029 de diciembre 10 del 2000, se
complementan y establecen los instrumentos para la gestión de
un desarrollo urbano y rural integral, ordenado y equitativo de la
zonas de expansión y conservación en el municipio de Nemocón
Activo Baja
CONSEJO DE ESTADO -
SALA CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVA -
SECCIÓN PRIMERA
Etapa - Apelación
Sentencia
No.
ORIONCategoria Cuantía Radicado judicial Clase proceso Demandado Demandante Tema Pretensión
Situación -
estado
actual
Probabilidad
de pérdidaDespacho Judicial Etapa Actuación
1710 Iniciado $0,00 2010-00368 Expropiación
BLANCA CECILIA
OCHOA DE ULLOA,
JULIO ADONAY OCHOA
GONZALEZ
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
PREDIOS
1) Que se decrete a favor de la Corporación Autónoma Regional
de Cundinamrca CAR, de quien es representante legal su Director
General, Dr. Edgar Alfonso Bejarano, por causa de utilidad
publica e interés social, la expropiación parcial de los derechos de
propiedad de Julio Adonay Ochoa Gonzalez y Blanca Cecilia
Ochoa de Ulloa, sobre el predio denominado Los Cerrirtos,
ubicado en la vereda Bosatama del Municipio de Soacha
Cundinamarca, identificado con el folio de matrícula inmobiliaria
050S-511962, del cual la Corporación requiere un área parcial de
5065,22 metros cuadrados, equivalente al 0,53% de área total
del predio de mayor extensión, el cual fue adquirido según
consta en la escritura pública 4449 otorgada el 23 de diciembre
de 2008 en la Notaría Segunda del Circulo Notarial de Bogotá, en
la liquidación de la sucesión de María Elena Gonzalez de Ochoa.
2) Que la sentencia por medio de la cual se decrete la
expropiación contenga igualmente la cancelación de cualquier
gravamen, embargo o inscripción que recaiga sobre el bien
anteriormente descrito.
3) Que se ordene el registro de la sentencia de expropiación en
el folio de Matrícula Inmobiliaria No 50S-511962 de la Oficina de
Registros de Instrumentos Públicos de Bogotá - Zona Sur, junto
con el acta de entrega, a efecto de que sirva de título de dominio
a favor de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca
CAR, e igualmente se disponga a favor de mi mandante la
apertura del nuevo folio de matrícula inmobiliaria al bien
expropiado
Activo BajaJuzgado 1 Civil del
Circuito de SoachaEtapa - Avaluo
1713 En Contra $0,002500023150002
0100294001Acción Popular
MUNICIPIO DE
CARMEN DE CARUPA,
MUNICIPIO DE
FUQUENE, MUNICIPIO
DE UBATE, INSTITUTO
GEOGRAFICO AGUSTIN
CODAZZI - IGAC,
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR Y OTROS
JORGE HUMBERTO
GONZÁLEA
VILLANUEVA, MIGUEL
ANGEL CHAVES
GARCÍA
VERTIMIENTOS
1) Se ordene alinderar y amojonar en el término de 6 meses,
contados a partir de la ejecutora del correspondiente fallo, la
zona de ronda del Río Ubaté desde su nacimiento hasta la
desembocadura a la laguna de Fúneque y se ordene inscribir la
determinación en los predios que resulten afectados ante la
Oficina de Registro de Instrumentos Públicos, dando particular
importancia al valor recreativo a las rondas de ríos y se
determine el ancho de la misma, de conformidad a los
establecido en la Ley (Ley 99 de 1993; Decreto 2811 de 1974 y
demás normas aplicables); así mismo se determine la zona de
amortiguación contigua al mismo zona de manejo y preservación
ambiental que abarcará toda la zona de influencia del Río Ubate
desde su nacimiento hasta la desembocadura a la laguna de
Fuquene y se ordene instala vallas, avisos, señales, leyendas,
que de manera clara informen sobre su localización, limites e
importancia a toda la comunidad de la zona de influencia.
2) Se ordene la recuperación del espacio público - Zona de la
ronda del Río Ubaté, como bien inalienable e imprescriptible del
Estado, indebidamente ocupado por las construcciones de los
Establecimientos, Educativos del Departamentos de
Cundinamarca que se lleguen a establecer y/o por la ocupación
indebida de los particulares que en el curso de la acción se
identifiquen y claramente se determinen
Activo Baja
CONSEJO DE ESTADO -
SALA CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVA -
SECCIÓN PRIMERA
Etapa - Alegatos de
Segunda Instancia
1715 Iniciado $496.900,001100131050112
0100054200Ejecutivo
ALVARO HERNAN
ROMERO MURCIA
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
CARÁCTER LABORAL
Solicito señor juez, librar mandamiento ejecutivo a favor de la
CAR y en contra del Señor Alvaro Hernan Romero Murcia, para
que éste de cumplimiento a la obligación de pagar las costas que
fueron liquidadas mediante los siguientes Autos: 1 - Auto de
fecha 3 de agosto de 2009 y 11 de Agosto de 2009, proferido por
su Despacho por la suma de $496.900, más los intereses legales
desde el momento en que profiere el mandamiento de pago
Activo Media
JUZGADO 11 LABORAL
DEL CIRCUITO DE
BOGOTÁ
Etapa - Alegatos de
Primera Instancia
No.
ORIONCategoria Cuantía Radicado judicial Clase proceso Demandado Demandante Tema Pretensión
Situación -
estado
actual
Probabilidad
de pérdidaDespacho Judicial Etapa Actuación
1716Tercero
involucrado$0,00
2530733310012
0100044601Acción Popular
MUNICIPIO DE
GIRARDOT,
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
VIRGILIO BARCO
CALVO
RECURSOS
NATURALES, FAUNA
FLORA
proteger los derechos colectivos a un ambiente sano
1) Se ordene mediante sentencia a la Oficina de Planeación
Municipal del Municipio de Girardot, el inmediato cerdo o
protección de este nacedero de agua natural El Higueron
2) Se ordene que el limite de construcción sea de mas de
cincuenta metros o lo que indique el ente correspondiente del
cuidado de estas fuentes hídricas, para respetar este nacedero
de agua y cumplir con los limites que ordena la Ley, para un
buen mantenimiento del medio ambiente, y para que la
comunidad pueda disfrutar de un medio ambiente sano
Activo en
ORIONBaja
Juzgado 3 Administrativo
De Descongestión Del
Circuito De Girardot
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
1724 En Contra $0,002500023240002
0130000801Acción Popular
CONSTRUCTORA
MAZUERA VILLEGAS Y
CIA. S.A., MUNICIPIO
DE SOACHA,
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, ALIANZA
FIDUCIARIA S.A.
LUIS ALFREDO
LOZANO ALGARHUMEDALES
1) Amparar el derecho colectivo al uso y goce del espacio público
humedal de maipore
2) Condenar al municipio de Soacha, representado legalmente
por el Señor Alcalde Municipal, un plazo de 8 días hábiles a
efectos de proceder a la restitución a su estado natural, del
humedal Maipore y ordenar las obras de adecuación pertinentes.
Activo AltaCONSEJO DE ESTADO -
SECRETARIA GENERAL
Etapa - Fallo de
Segunda Instancia
1730 Iniciado $352.233.244,002500023260002
0100092201Acción de Repetición
DARIO RAFAEL
LONDOÑO GOMEZ,
CLAUDIA HELENA
LÓPEZ CALVO
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
ACCIÓN REPETICIÓN
1) Que se declare solidariamente responsable a Dario Rafael
Londoño Gomez y Claudia Helena Lopez Calvo, de los perjuicios
ocasionados a la Corporación Autónoma Regional de
Cundinamarca CAR por la condena emitida por el Consejo de
Estado Sección Segunda, por concepto del reintegro y pago de la
condena a favor del señor Omar Augusto Celis Gonzalez.
2) Que se condene solidariamente a Dario Rafael Londoño
Gomez y Claudia Helena Lopez Calvo, al pago de la suma de
$352.233.244 a favor de l Corporación Autónoma Regional de
Cundinamarca CAR
3) Que se condene solidariamente a Dario Rafael Londoño
Gomez y Claudia Helena Lopez Calvo, al pago de los intereses a
favor de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca
desde la ejecutoria de la sentencia que ponga fin al presente
hasta el dia del pago
Activo MediaCONSEJO DE ESTADO -
SECRETARIA GENERAL
Etapa - Alegatos de
Segunda Instancia
1733 Iniciado $0,00 2010-00371 ExpropiaciónPRIM SOCIEDAD
ANONIMA S.A.
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
PREDIOS
1) Que se decrete a favor de la CAR, de quien es representante
legal su Director General Dr. Edgar Alfonso Bejarano por causa
de utilidad pública e interés social, la expropiación parcial de los
derechos de propiedad de Prim Sociades Anonima S.A.
representada legalmente por el señor Pedro Ricardo Mora Vargas
o, sobre el predio denominado El Carretón ubicado en la vereda
Bosatama del Municipio de Soacha - Cundinamarca, identificado
con el folio de matricula inmobiliaria 050S-1205838, del cual la
Corporación requiere un área parcial de 13712,81 metros
cuadrados equivalente al 6,19% del área total del predio de
mayor extensión
2) Que la sentencia pro medio de la cual se decrete la
expropiación contenga igualmente la cancelación de cualquier
gravamen, embargo o inscripción que recaiga sobre el bien
anteriormente descrito
3) Que se ordene el registro de la sentencia de expropiación en
el folio de Matricula Inmobiliaria No 50S-1205838 de la Oficina de
Registro de instrumentos Públicos de Bogotá Zona Sur, junto con
el acta de entrega, a efecto de que sirva de título de dominio a
favor de la CAR, e igualmente se disponga a favor de mi
mandante la apertura del nuevo folio de matricula inmobiliaria al
bien expropiado
Activo BajaJuzgado 2 Civil del
Circuito de SoachaEtapa - Avaluo
No.
ORIONCategoria Cuantía Radicado judicial Clase proceso Demandado Demandante Tema Pretensión
Situación -
estado
actual
Probabilidad
de pérdidaDespacho Judicial Etapa Actuación
1734 Iniciado $0,00 2010-00403 ExpropiaciónPRIM SOCIEDAD
ANONIMA S.A.
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
PREDIOS
1) Que se decrete a favor de la CAR, de quien es representante
legal su Director General Dr. Edgar Alfonso Bejarano por causa
de utilidad pública e interés social, la expropiación parcial de los
derechos de propiedad de Prim Sociades Anonima S.A.
representada legalmente por el señor Pedro Ricardo Mora Vargas
o, sobre el predio denominado San Patricio ubicado en la vereda
Bosatama del Municipio de Soacha - Cundinamarca, identificado
con el folio de matricula inmobiliaria 050S-1205839, del cual la
Corporación requiere un área parcial de 17.133,72 metros
cuadrados equivalente al 7.74% del área total del predio de
mayor extensión
2) Que la sentencia pro medio de la cual se decrete la
expropiación contenga igualmente la cancelación de cualquier
gravamen, embargo o inscripción que recaiga sobre el bien
anteriormente descrito
3) Que se ordene el registro de la sentencia de expropiación en
el folio de Matricula Inmobiliaria No 50S-1205839 de la Oficina de
Registro de instrumentos Públicos de Bogotá Zona Sur, junto con
el acta de entrega, a efecto de que sirva de título de dominio a
favor de la CAR, e igualmente se disponga a favor de mi
mandante la apertura del nuevo folio de matricula inmobiliaria al
bien expropiado
Activo BajaJuzgado 1 Civil del
Circuito de SoachaEtapa - Avaluo
1735 Iniciado $0,00 2010-00402 ExpropiaciónPRIM SOCIEDAD
ANONIMA S.A.
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
PREDIOS
1) Que se decrete a favor de la CAR, de quien es representante
legal su Director General Dr. Edgar Alfonso Bejarano por causa
de utilidad pública e interés social, la expropiación parcial de los
derechos de propiedad de Prim Sociades Anonima S.A.
representada legalmente por el señor Pedro Ricardo Mora Vargas
o, sobre el predio denominado La Montaña ubicado en la vereda
Bosatama del Municipio de Soacha - Cundinamarca, identificado
con el folio de matricula inmobiliaria 050S-1205840, del cual la
Corporación requiere un área parcial de 21.216,38 metros
cuadrados equivalente al 9,58% del área total del predio de
mayor extensión
2) Que la sentencia pro medio de la cual se decrete la
expropiación contenga igualmente la cancelación de cualquier
gravamen, embargo o inscripción que recaiga sobre el bien
anteriormente descrito
3) Que se ordene el registro de la sentencia de expropiación en
el folio de Matricula Inmobiliaria No 50S-1205840 de la Oficina de
Registro de instrumentos Públicos de Bogotá Zona Sur, junto con
el acta de entrega, a efecto de que sirva de título de dominio a
favor de la CAR, e igualmente se disponga a favor de mi
mandante la apertura del nuevo folio de matricula inmobiliaria al
bien expropiado
Activo BajaJuzgado 1 Civil del
Circuito de SoachaEtapa - Avaluo
1737 Iniciado $1.452.837.179,002500023260002
0100093801Ejecutivo
SEGUROS DEL ESTADO
S.A.
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
CONTRACTUAL
Librar mandamiento de pago en favor de la CAR y en contra de la
demandada Seguros del Estado S.A. par que esta de
cumplimiento a lo ordenado mediante Resoluciones Nos 1165 y
3287 de 2009, en el sentido de proceder a efectuar el pafo de las
sumas establecidas en los mencionados actos administrativos
junto con los intereses respectivos hasta su pago efectivo.
Activo Media
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA -
SECCIÓN TERCERA -
SUBSECCIÓN A
Etapa - Probatoria
No.
ORIONCategoria Cuantía Radicado judicial Clase proceso Demandado Demandante Tema Pretensión
Situación -
estado
actual
Probabilidad
de pérdidaDespacho Judicial Etapa Actuación
1751 Iniciado $545.291.000,00 2011-00022Ordinario de
Pertenencia
BANCO DE LA
REPUBLICA,
INDETERMINADOS
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
PREDIOS
1) Previos de trámites de un proceso ordinario de mayor cuantía
reglamentado en el libro 3 Sección primera Titulo XXI Capitulo I,
II y III. Artículos 398 a 414 del Código de Procedimiento Civil,
sírvase dictar sentencia definitiva que haga tránsito o casa
Juzgada, declare a nombre de la Corporación Autónoma Regional
de Cundinamarca CAR, el dominio pleno y absoluto del predio
"Lote de Terreno Hotel Escuela" La Vereda El Tablón, del
Municipio de Cogua, del Departamento de Cundinamarca,
identificado con Matricula inmobiliaria No 176-94399, de la
oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Zipaquirá,
Cundinamarca, con todas sus mejoras, anexidades,
dependencias, servidumbres, usos y costumbres, cuyos linderos
se describen en el numeral tercero de los hechos, por haberlo
adquirido por prescripción extraordinaria adquisitiva de dominio
de 20 años
2) Que como consecuencia de la declaración anterior y una vez
ejecutoriada la sentencia, se ordene la inscripción de dicho fallo
en el folio de Matricula Inmobiliaria No 176-94399 y ordenar abrir
el correspondiente folio de Matricula Inmobiliaria en la Oficina de
Instrumentos Públicos de Zipaquirá (C/marca) con el nombre de
"Lote de Terreno Hotel Escuela"
Activo MediaJuzgado 2 Civil Del
Circuito De ZipaquiráEtapa - Juzgamiento
1756 En Contra $50.000.000,001100131050112
0100037701Ordinario Laboral
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
JOSE RAFAEL PACHON
LONDOÑO
LABORALES -
DESPIDOS
1) Se ordene a la accionada al pafo del sexto quinquenio
devengaso por el actor, por haber laborado más de 28 años al
servicio de la CAR, conforme lo establece el parágrafo 4 del
artículo 31 de la Convención Colectiva de la CAR.
2) Se ordene el pago de las sumas adeudadas por cocepto de
auxilio de almuerzo consagrado en el articulo 27 de la
Convención Colectiva a la CAR
3) Se ordene el pago de la bonificación por servicios prestados,
en suma anual equivalente al 65% del salario, de conformidad
con lo establecido en el artículo 34 de la convención colectiva de
la CAR
4) Se condene a la accionada al pago de la indemnización por
despido injusto del actor, en los términos establecidos por el
artículo 19 de la convención colectiva de la CAR
5) Se ordene la inmediata reliquidación de las prestaciones
definitivas y pago de saldos insolutos al trabajador, teniendo en
cuanta para determinar su monto todas y cada una de las sumas
devengadas por el actor en el ultimo año de la relación laboral,
con las en el presente libelo deprecadas, inclusive
6) Una vez incluidos todos los factores salariales y determinado
el promedio del ultimo año o aquel que resultate de mayor
favorabilidad al actor, se proceda a la reliquidación para aumento
de la mesada pensional otorgada a mi poderdante mediante
resolución No 0869 del 23 de julio de 2003, otrogado una taza de
remplazo del 80% del salario premedio tal como lo dispone el
artículo 79 de la convención colectiva de la CAR
Activo Baja
CORTE SUPREMA DE
JUSTICIA - SALA DE
CASACIÓN LABORAL
Etapa - Fallo de
Segunda Instancia
No.
ORIONCategoria Cuantía Radicado judicial Clase proceso Demandado Demandante Tema Pretensión
Situación -
estado
actual
Probabilidad
de pérdidaDespacho Judicial Etapa Actuación
1760 En Contra $0,001100103240002
0100025000
Acción de Nulidad
Simple
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
CONSTRUCTORA PALO
ALTO Y CIA S. EN C.
PERMISOS Y
LICENCIAS
1) Que se declare la nulidad del acto administrativo Resolución
CAR No 112 del 25 de junio de 2009, emitida por la Corporación
Autónoma Regional de Cundinamarca CAR, mediante la cual la
jefe de la Oficina de Bogotá D.C. la Calera de la Corporación
Autónoma Regional de Cundinamarca CAR Myriam Amparo
Andrade Hernandez, otorgó un contrato de explotación minera,
en un areas de reserva forestal nacional violentando la
construcción y la Ley y como si lo anterior fuera poco en el
mismo acto administrativo autorizó un botadelo-relleno en el
nacedero de la quebrada La Aguanica..Lo anterior par permitir la
continuidad del enriquecimiento ilicito de un particular
Con la expedidicón de la Resolución demandada se lesionó el
patrimonio publico ambiental y del suelo además de poner en
riesgo la vida de dos mil niños del colegio Claustro Moderlo.
2) Que como consecuancia de la declaración que antecede, si a
ella se accede, y con base al peritazgo que previamente se vá a
solicitar para que realice el Instituto de Estudión Ambientales de
la Universidad Nacional Sede Bogotá D.C. sobre los daños
realizados sobre la Reserva Forestal y su remediación, que se
decrete el correpondiente Restablecimiento del Derecho,
consistente en ordenar a costa de la Corporación Autónoma
Regional de Cundinamarca CAR que en forma inmediata recupere
física edafoligica y ambientalmente los daños comeridos sobre
patrimonio público ambiental y del subsuelo existentes dentro del
área de la Reserva Forestal Protectora Bosques Oriental de
Bogotá
3) Que como consecuencia de la declaración que antecede si a
ellla se accede, y estado probada la culpa del director de la CAR
Edgar Alfonso Bejarano Mendez como superior jerárquico y de la
señora Myriam Amparo Andrade Hernandez, ex jefe de la Oficina
Bogotá la Celara de la Corporación Autónoma Regional de
Cundinamarca CAR, y en aplicación en lo ordenado en la Ley 678
de 201, Ley de Repetición que se ordene en el fallo la inmediata
demanda de repetición en contra de los mencionados
funcionarios
Activo Baja
CONSEJO DE ESTADO -
SALA CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVA -
SECCIÓN PRIMERA
Etapa - Probatoria
1761 En Contra $0,002500023240002
0110054601Acción Popular
XTREME RECREATION
PERILLA E.U - XRP EU,
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, ALCALDIA
MUNICIPAL DE CAJICA
MONICA APARICIO
SMITH
PERMISOS Y
LICENCIAS
1) Que se protejan los derechos solectivos al goce de un
ambiente sano, la existencia del equilibrio ecológico y el manejo
y aprovechameinto racional de los recursos naturales para
garantizar su desarrollo sostenible, su conservación, restauración
o sustitución; la protección del espacio y los bienes de uso
público, y la moralidad administrativa
2) Que se condene a los accionados a volver los predios a su
estado anterior y en especial antes del inicio de la actividad de
construcción, operación, mantenimiento y funcionamiento del
Kartodrómo
3) Que se salvaguarden los derechos colectivos amenazados y
vulnerados, descritos anteriormente, mediante la adopción de
medidas que permitan su protección inmediata y efectiva.
4) Que se declara a la empresa Xtreme Recreation Perilla EU -
Sigla XPR EU, la Corporación Autónoma Regional de
Cundinamarca CAR y la Alcaldía Municipal de Cajica, y demás que
pudiesen ser vinculados en el proceso, como transgresores de los
derechos colectivos antes señalados
5) Que si el Juzgado lo considera pertinente se compulsen copias
a las autoridades de control y judiciales que considere
competentes para conocer del asunto
Activo en
ORIONBaja
CONSEJO DE ESTADO -
SALA CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVA -
SECCIÓN PRIMERA
Etapa - Fallo de
Segunda Instancia
No.
ORIONCategoria Cuantía Radicado judicial Clase proceso Demandado Demandante Tema Pretensión
Situación -
estado
actual
Probabilidad
de pérdidaDespacho Judicial Etapa Actuación
1767 Iniciado $0,001100131030362
0110002500Expropiación
JOSE JOAQUIN
PIÑEROS, HILDA
IDALID DIAZ DE
MOLINA, JORGE
MOLINA TORRES
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
PREDIOS
1) Que se decrete a favor de la CAR, de quien es representante
legal su Director General Dr. Edgar Alfonso Bejarano por causa
de utilidad pública e interés social, la expropiación parcial de los
derechos de propiedad de Jose Joaquin Piñeros, Jorge Molina
Torres e Hilda Idalid Diaz de Molina, sobre el predio denominado
Santa Hlelena William, ubicado en la calle 17 Noro 133-21 de la
zona urbana de la localidad de Fontibon, de Bogotá D.C. con el
folio de matricula inmobiliaria 50C-1263060 y cedula catastral FB
R 3959, del cual la Corporación requiere un área parcial de
4440,49 metros cuadrados equivalente al 12% del área total del
predio de mayor extensión
2) Que la sentencia por medio de la cual se decrete la
expropiación contenga igualmente la cancelación de cualquier
gravamen, embargo o inscripción que recaiga sobre el bien
anteriormente descrito
3) Que se ordene el registro de la sentencia de expropiación en
el folio de Matricula Inmobiliaria No 50C-1263060 de la Oficina
de Registro de instrumentos Públicos de Bogotá Zona Centro,
junto con el acta de entrega, a efecto de que sirva de título de
dominio a favor de la CAR, e igualmente se disponga a favor de
mi mandante la apertura del nuevo folio de matricula inmobiliaria
al bien expropiado
Activo BajaJUZGADO 36 CIVIL DEL
CIRCUITO DE BOGOTÁEtapa - Avaluo
1770Tercero
involucrado$0,00 2010-00445 Acción Popular
JULIO CESAR
BOHORQUEZMANUEL RODRIGUEZ ESPACIO PÚBLICO
1) Ques e declare que las personas naturales o juridicas que
adelantan la explitación y estracción de mateioles en las Canteras
"Buena Vista"; "La Sunuba"; "Los Tianjacá"; "Lomas de Resaca";
"El Cura o Santa Maria del Norte"; "La Fortuna"; "Las Lomitas";
"Los Alpes"; "Agregados G y S"; "El placer" en desarrollo de sus
actividades amenazan con vulnerar y/o vulnerar los derechos
colectivos a la existencia del equilibrio ecológico y el manejo y
aprovechamiento racional de los recursos naturales para
garantizar su desarrollo sostenible, su conservación, restauración
o sustitución, el goce del espacio público y la utilización y
defensa de los bienes de uso público y la seguridad y prevención
de desastres previsibles técnicamente.
2) Que como de la anteriro delcaración el Señor Juez adopte
todas las medidas que considere para que las personas que
adelantan la esplotación de las canteras arriba listadas cesen de
manera inmediata todas aquellas actividades que amenazan o
vulneran los derechos colectivos a la existencia del equilibrio
ecológico y el manejo y aprovechamiento racional de los recursos
naturales para garantizar su desarrollo sostenible, su
conservación, restauración o sustitución, el goce del espacio
público y la utilización y defensa de los bienes de uso público y la
seguridad y prevención de desastres previsibles técnicamente, En
suma, que se tomen todas las acciones orientadas a garantizar la
defensa y protección de los derechos e intereses colectivos aquí
identificados y que sean eficaces para evitar los daños
contingentes futuros y para hacer cesar el peligro, la amenaza, la
vulneración o agravio a los derechos colectivos en cita
Activo MediaJuzgado 1 Civil Del
Circuito De Zipaquirá
Etapa - Pacto de
Cumplimiento
No.
ORIONCategoria Cuantía Radicado judicial Clase proceso Demandado Demandante Tema Pretensión
Situación -
estado
actual
Probabilidad
de pérdidaDespacho Judicial Etapa Actuación
1774 Iniciado $0,00 2011-00028 ExpropiaciónSOCIEDAD
PARTICIPACIONES S.A.
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
PREDIOS
1) Que se decrete a favor de la CAR, de quien es representante
legal su Director General Dr. Edgar Alfonso Bejarano por causa
de utilidad pública e interés social, la expropiación parcial de los
derechos de propiedad de La Sociedad Participaciones S.A.
representada Legalmente por Eduardo Navas Sanz de Santamaria
o por quien haga sus veces, sobre el predio demonicado El
Corralito, ubicado en la vereda Bosatama del municipio de soacha-
Cundinamarca identificado con el folio de matrícula inmobiliaria
050S-662368 y cédula catastral 00-01-0003-0005-000, del cual la
Corporación requiere un área parcial de 18.188,59 metros
cuadrados equivalente al 17% del área total del predio de mayor
extensión
2) Que la sentencia por medio de la cual se decrete la
expropiación contenga igualmente la cancelación de cualquier
gravamen, embargo o inscripción que recaiga sobre el bien
anteriormente descrito
3) Que se ordene el registro de la sentencia de expropiación en
el folio de Matricula Inmobiliaria No 050S-662368 de la Oficina de
Registro de instrumentos Públicos de Bogotá Zona Sur, junto con
el acta de entrega, a efecto de que sirva de título de dominio a
favor de la CAR, e igualmente se disponga a favor de mi
mandante la apertura del nuevo folio de matricula inmobiliaria al
bien expropiado
Activo BajaJuzgado 1 Civil del
Circuito de SoachaEtapa - Avaluo
1775 Iniciado $0,00 2011-00026 Expropiación
JOSE ANTONIO DE
JESUS LLOREDA
LONDOÑO
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
PREDIOS
1) Que se decrete a favor de la CAR, de quien es representante
legal su Director General Dr. Edgar Alfonso Bejarano por causa
de utilidad pública e interés social, la expropiación parcial de los
derechos de propiedad de José Antonio de Jesús LLoreda
Londoño, sobre el predio denominado Ogamora Dos, ubicado en
la vereda Bosatama del municipio de soacha-Cundinamarca
identificado con el folio de matrícula inmobiliaria 050S-1212235 y
cédula catastral 00-01-0003-0002-000, del cual la Corporación
requiere un área parcial de 16.94% metros cuadrados
equivalente al 17% del área total del predio de mayor extensión
2) Que la sentencia por medio de la cual se decrete la
expropiación contenga igualmente la cancelación de cualquier
gravamen, embargo o inscripción que recaiga sobre el bien
anteriormente descrito
3) Que se ordene el registro de la sentencia de expropiación en
el folio de Matricula Inmobiliaria No 050S-1212235 de la Oficina
de Registro de instrumentos Públicos de Bogotá Zona Sur, junto
con el acta de entrega, a efecto de que sirva de título de dominio
a favor de la CAR, e igualmente se disponga a favor de mi
mandante la apertura del nuevo folio de matricula inmobiliaria al
bien expropiado
Activo BajaJuzgado 1 Civil del
Circuito de SoachaEtapa - Avaluo
1776 Iniciado $0,00 2011-00027 ExpropiaciónMARIA ISABEL
LLOREDA DE ESCOBAR
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
PREDIOS
1) Que se decrete a favor de la CAR, de quien es representante
legal su Director General Dr. Edgar Alfonso Bejarano por causa
de utilidad pública e interés social, la expropiación parcial de los
derechos de propiedad de Maria Isabel LLoreda de Escobar,
sobre el predio demonicado Ogamora Cuatro, ubicado en la
vereda Bosatama del municipio de soacha-Cundinamarca
identificado con el folio de matrícula inmobiliaria 050S-1212237 y
cédula catastral 00-01-0002-0005-000, del cual la Corporación
requiere un área parcial de 12.643,33 metros cuadrados
equivalente al 6.94% del área total del predio de mayor
extensión
2) Que la sentencia por medio de la cual se decrete la
expropiación contenga igualmente la cancelación de cualquier
gravamen, embargo o inscripción que recaiga sobre el bien
anteriormente descrito
3) Que se ordene el registro de la sentencia de expropiación en
el folio de Matricula Inmobiliaria No 050S-1212237 de la Oficina
de Registro de instrumentos Públicos de Bogotá Zona Sur, junto
con el acta de entrega, a efecto de que sirva de título de dominio
a favor de la CAR, e igualmente se disponga a favor de mi
mandante la apertura del nuevo folio de matricula inmobiliaria al
Activo BajaJuzgado 2 Civil del
Circuito de SoachaEtapa - Avaluo
No.
ORIONCategoria Cuantía Radicado judicial Clase proceso Demandado Demandante Tema Pretensión
Situación -
estado
actual
Probabilidad
de pérdidaDespacho Judicial Etapa Actuación
1777 Iniciado $0,00 2011-00026 Expropiación
DIANA MARIA DE
JESUS LLOREDA
LONDOÑO
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, SOCIEDAD
QUISUTUAMA S.A.,
SOCIEDAD ESBICA S.A.
PREDIOS
1) Que se decrete a favor de la CAR, de quien es representante
legal su Director General Dr. Edgar Alfonso Bejarano por causa
de utilidad pública e interés social, la expropiación parcial de los
derechos de propiedad de Diana Maria de Jesús Lloreda Londoño,
Lasociedas Quisuatama S.A. Representada Legalmente por SylVia
Elena Ortiz de Lloreda o por quien haga sus veces, y la
Sociendad Esbica S.A. Representada Legalmente por Guillermo
Alfredo Escobar Reyes o por quien haga sus veces, sobre el
predio denominado Ogamora Uno, ubicado en la vereda
Bosatama del municipio de soacha-Cundinamarca identificado
con el folio de matrícula inmobiliaria 050S-1219177 y cédula
catastral 00-01-0003-0002-000, del cual la Corporación requiere
un área parcial de 183.032,39 metros cuadrados equivalente al
100% del área total del predio de mayor extensión
2) Que la sentencia por medio de la cual se decrete la
expropiación contenga igualmente la cancelación de cualquier
gravamen, embargo o inscripción que recaiga sobre el bien
anteriormente descrito
3) Que se ordene el registro de la sentencia de expropiación en
el folio de Matricula Inmobiliaria No 050S-1219177 de la Oficina
de Registro de instrumentos Públicos de Bogotá Zona Sur, junto
con el acta de entrega, a efecto de que sirva de título de dominio
a favor de la CAR, e igualmente se disponga a favor de mi
mandante la apertura del nuevo folio de matricula inmobiliaria al
bien expropiado
Activo BajaJuzgado 2 Civil del
Circuito de SoachaEtapa - Avaluo
1778 Iniciado $0,00 2011-00029 Expropiación
DIANA MARIA DE
JESUS LLOREDA
LONDOÑO
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, SOCIEDAD
QUISUTUAMA S.A.,
SOCIEDAD ESBICA S.A.
PREDIOS
1) Que se decrete a favor de la CAR, de quien es representante
legal su Director General Dr. Edgar Alfonso Bejarano por causa
de utilidad pública e interés social, la expropiación parcial de los
derechos de propiedad de Diana Maria de Jesús Lloreda Londoño,
Lasociedas Quisuatama S.A. Representada Legalmente por SylVia
Elena Ortiz de Lloreda o por quien haga sus veces, y la
Sociendad Esbica S.A. Representada Legalmente por Guillermo
Alfredo Escobar Reyes o por quien haga sus veces, sobre el
predio denominado Ogamora Tres, ubicado en la vereda
Bosatama del municipio de soacha-Cundinamarca identificado
con el folio de matrícula inmobiliaria 050S-1212236 y cédula
catastral 00-01-0003-0002-000, del cual la Corporación requiere
un área parcial de 9.328,42 metros cuadrados equivalente al
5.12% del área total del predio de mayor extensión
2) Que la sentencia por medio de la cual se decrete la
expropiación contenga igualmente la cancelación de cualquier
gravamen, embargo o inscripción que recaiga sobre el bien
anteriormente descrito
3) Que se ordene el registro de la sentencia de expropiación en
el folio de Matricula Inmobiliaria No 050S-1212236 de la Oficina
de Registro de instrumentos Públicos de Bogotá Zona Sur, junto
con el acta de entrega, a efecto de que sirva de título de dominio
a favor de la CAR, e igualmente se disponga a favor de mi
mandante la apertura del nuevo folio de matricula inmobiliaria al
bien expropiado
Activo BajaJuzgado 1 Civil del
Circuito de SoachaEtapa - Avaluo
No.
ORIONCategoria Cuantía Radicado judicial Clase proceso Demandado Demandante Tema Pretensión
Situación -
estado
actual
Probabilidad
de pérdidaDespacho Judicial Etapa Actuación
1779 Iniciado $0,00 2011-00027 ExpropiaciónDELIA MARIA TORRES
DE BRIGARD
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
PREDIOS
1) Que se decrete a favor de la CAR, de quien es representante
legal su Director General Dr. Edgar Alfonso Bejarano por causa
de utilidad pública e interés social, la expropiación parcial de los
derechos de propiedad de Delia Maria Torres de Brigard, sobre el
predio denominado LoteA -La Arboleda-, ubicado en la vereda
Bosatama del municipio de soacha-Cundinamarca identificado
con el folio de matrícula inmobiliaria 050S-1032081 y cédula
catastral 000100020100000, del cual la Corporación requiere un
área parcial de 12.417,18 metros cuadrados equivalente al
9,81% del área total del predio de mayor extensión
2) Que la sentencia por medio de la cual se decrete la
expropiación contenga igualmente la cancelación de cualquier
gravamen, embargo o inscripción que recaiga sobre el bien
anteriormente descrito
3) Que se ordene el registro de la sentencia de expropiación en
el folio de Matricula Inmobiliaria No 050S-1032081 de la Oficina
de Registro de instrumentos Públicos de Bogotá Zona Sur, junto
con el acta de entrega, a efecto de que sirva de título de dominio
a favor de la CAR, e igualmente se disponga a favor de mi
mandante la apertura del nuevo folio de matricula inmobiliaria al
bien expropiado
Activo BajaJuzgado 1 Civil del
Circuito de SoachaEtapa - Avaluo
1780 Iniciado $0,00 2011-00028 ExpropiaciónCARMEN ALICIA
TORRES PUYANA
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
PREDIOS
1) Que se decrete a favor de la CAR, de quien es representante
legal su Director General Dr. Edgar Alfonso Bejarano por causa
de utilidad pública e interés social, la expropiación parcial de los
derechos de propiedad de Carmen Alicia Torres Puyana, sobre el
predio denominado El Carreton, ubicado en la vereda Bosatama
del municipio de soacha-Cundinamarca identificado con el folio
de matrícula inmobiliaria 050S-1032083 y cédula catastral
000100020100000 del cual la Corporación requiere un área
parcial de 23.351,33 metros cuadrados equivalente al 10.06% del
área total del predio de mayor extensión
2) Que la sentencia por medio de la cual se decrete la
expropiación contenga igualmente la cancelación de cualquier
gravamen, embargo o inscripción que recaiga sobre el bien
anteriormente descrito
3) Que se ordene el registro de la sentencia de expropiación en
el folio de Matricula Inmobiliaria No 050S-1032083 de la Oficina
de Registro de instrumentos Públicos de Bogotá Zona Sur, junto
con el acta de entrega, a efecto de que sirva de título de dominio
a favor de la CAR, e igualmente se disponga a favor de mi
mandante la apertura del nuevo folio de matricula inmobiliaria al
bien expropiado
Activo BajaJuzgado 2 Civil del
Circuito de SoachaEtapa - Avaluo
1783Tercero
involucrado$0,00
1100160000492
00907298Penal
GERARDO TORRES
MEDINADE OFICIO PENAL VARIOS Proteccion a los recursos naturales y el medio ambiente Activo Media
Fiscalia 205 Seccional de
Bogotá
Etapa - Audiencia
Inicial
1784Tercero
involucrado$0,00
2584331030012
0110001101Acción Popular
PABLO ENRIQUE
GOMEZ MONTAÑO
ISABEL MURCIA VIUDA
PIMENTEL
PERMISOS Y
LICENCIAS
1) Se ordene al accionado en el término prudencial establecidas
en la Ley 472 de 1998 y como obligaciones de hacer atender las
recomendaciones efectuadas por la CAR
2) Se ordene al accionado el pago de la indemnización por los
perjuicios causados, los cuales se determinarán parcialmente en
la forma establecida en la Ley 472 de 1998
3) Se conmine al demandado bajo pena de multa y la prestación
de las garantías o cauciones correspondientes para que en el
futuro se abstenga de reincidir en las actuaciones o acto que
vulneran los derechos colectivos
Activo en
ORIONAlta
Juzgado 1 Civil del
Circuito de Ubate
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
No.
ORIONCategoria Cuantía Radicado judicial Clase proceso Demandado Demandante Tema Pretensión
Situación -
estado
actual
Probabilidad
de pérdidaDespacho Judicial Etapa Actuación
1787 Iniciado $257.500.000,001100133310282
0120016500Acción de Repetición
DARIO RAFAEL
LONDOÑO GOMEZ,
CLAUDIA HELENA
LÓPEZ CALVO
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
ACCIÓN REPETICIÓN
Que se declaren solidariamente responsables a Dario Rafael
Londoño Gomez y Claudia helena Lopez calvo, de los perjuicios
ocasionado a la Corporación Autónoma Regional de
Cundinamarca CAR por la condena emitida por el Tribunal
Administrativos de Cundinamarca Sección Segunda, por concepro
del reintegro y pago de la condena a favor del señor Cesar
Augusto Puentes Vargas.
2) Que se condene solidariamente a Dario Rafael Londoño
Gomez y Claudia helena Lopez calvo, al pago de la suma de
114.196.167 a favor de la Corporación Autónoma Regional de
Cundinamarca CAR (Esta suma corresponde al capital pagado sin
intereses)
Que se condene solidariamente a Dario Rafael Londoño Gomez y
Claudia helena Lopez calvo, al pago de lo intereses a favor de la
Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca desde la
ejecutoria de la sentencia que ponga fin al presente proceso
Activo Media
JUZGADO 18
ADMINISTRATIVO DE
DESCONGESTIÓN DEL
CIRCUITO DE BOGOTÁ
SECCIÓN SEGUNDA
Etapa - Notificaciones
1791 Iniciado $0,00 2011-00193 Expropiación
PROVINCIA DE
NUESTRA SEÑORA DE
LA GRACIA DE
COLOMBIA
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
PREDIOS
1) Que se decrete a favor de la CAR, de quien es representante
legal su Director General Dr. Edgar Alfonso Bejarano por causa
de utilidad pública e interés social, la expropiación parcial de los
derechos de propiedad de La Provincia de Nuestra Señora de la
Gracia de Colombia Representada por el Reverendo Padre Argiro
de Jesús Escobar Giraldo en su carácter de prior provincial o por
quien haga sus veces, sobre el predio ubicado en la vereda San
Francisco del Municipio de Mosquera - Cundinamarca,
identificado con el folio de matrícula inmobiliaria 050C-1579711 y
cédula catastral 00-00-0004-0016-00000, del cual la Corporación
requiere un área de 2.362,71 metros cuadrados, equivalente al
1,44% del área total del predio de mayor extensión
2) Que la sentencia por medio de la cual se decrete la
expropiación contenga igualmente la cancelación de cualquier
gravamen, embargo o inscripción que recaiga sobre el bien
anteriormente descrito
3) Que se ordene el registro de la sentencia de expropiación en
el folio de Matricula Inmobiliaria No 050C-1579711 de la Oficina
de Registro de instrumentos Públicos de Bogotá Zona Centro,
junto con el acta de entrega, a efecto de que sirva de título de
dominio a favor de la CAR, e igualmente se disponga a favor de
mi mandante la apertura del nuevo folio de matricula inmobiliaria
al bien expropiado
Activo BajaJuzgado Civil del Circuito
de FunzaEtapa - Avaluo
1797 Iniciado $0,001517660001132
2010071200Penal EN AVERIGUACIÓN
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
PENAL - FALSEDAD
DOCUMENTO
Falsedad en documento publico- se trata sobre las boletas del
parque Juan Pablo Segundo.
.
Activo MediaFiscalia 25 Seccional de
ChiquinquiraEtapa - Probatoria
1798 Iniciado $0,001100160000492
0080732200Penal
RICARDO VANEGAS
SIERRA
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
MINERÍA Proteccion a los recursos naturales y el medio ambiente Activo Media
JUZGADO 68 PENAL
MUNICIPAL DE
GARANTIAS DE BOGOTA
Etapa - Probatoria
1806 Iniciado $58.356.480.240,002500023240002
0110015001
Acción de Nulidad y
Restablecimiento del
derecho
SECRETARIA DE
HACIENDA DISTRITAL
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
7,5% PREDIAL
1) Se declare la nulidad de la resolución 323 de 13 de agosto de
2010 por medio de la cual la Secretaria Distrital de Hacienda
determinó la exístencia de un crédito a favor del Distrito Capital y
le ordenó a la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca
CAR, el reintegro o devolución de la suma de $58.356.480.240
por considerar que esta suma corresponde a los mayores valores
girados por concepto del impuesto predial de las vigencias 2005 a
2009 (Imputables a interese y sanciones)
2) se declare la nulidad de la resolución 438 del 29 d octubre de
2010, acto este expedido por la Secretaria Distrital de Hacienda,
por medio del cual se confirmó el contenido de la resolución 323
de 2010, expedida por esa misma entidad.
Activo MediaCONSEJO DE ESTADO -
SECRETARIA GENERAL
Etapa - Alegatos de
Segunda Instancia
No.
ORIONCategoria Cuantía Radicado judicial Clase proceso Demandado Demandante Tema Pretensión
Situación -
estado
actual
Probabilidad
de pérdidaDespacho Judicial Etapa Actuación
1823 Iniciado $0,00 2011-00429 Expropiación
Herederos de Marco
Tulio Suret Gonzalez,
Carlos Julio Suret
Sánchez y Marco Tulio
Suret Peña
representado
legalmente por Carlos
Julio Suret Sanchez y
Sully Yineth Peña
Urueña
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
PREDIOS
1) Que se decrete a favor de la CAR, de quien es representante
legal su Director General Dr. Edgar Alfonso Bejarano por causa
de utilidad pública e interés social, la expropiación parcial de los
derechos de propiedad de los herederos de Marco Tulio Suret
Gonzalez, Carlos Julio Suret Sánchez y Marco Tulio Suret Peña
representado legalmente por Carlos Julio Suret Sanchez y Sully
Yineth Peña Urueña, sobre el predio denominado Los Cristales,
ubicado en la vereda San Francisco del Municipio de Mosquera -
Cundinamarca, identificadocon el folio de matrícula inmobiliaria
050C-283156 y cédula catastral 00-0-0004-0013-000, del cual la
Corporación requiere un área parcial de 2505,61 metros
cuadrados, equivalente al 16,22% del área total del predio de
mayor extensión.
2) Que la sentencia por medio de la cual se decrete la
expropiación contenga igualmente la cancelación de cualquier
gravamen, embargo o inscripción que recaiga sobre el bien
anteriormente descrito
3) Que se ordene el registro de la sentencia de expropiación en
el folio de Matricula Inmobiliaria No 050C-283156 de la Oficina
de Registro de instrumentos Públicos de Bogotá Zona Sur, junto
con el acta de entrega, a efecto de que sirva de título de dominio
a favor de la CAR, e igualmente se disponga a favor de mi
mandante la apertura del nuevo folio de matricula inmobiliaria al
bien expropiado
Activo BajaJuzgado Civil del Circuito
de Funza
Etapa - Contestación
Demanda
1824 En Contra $0,002589933310012
0100031801Acción Popular
CORPOGUAVIO, LUIS
EDUARDO GUTIERREZ,
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, JAIRO ANDRÉS
GUTIERREZ ROBAYO,
ROCIO GUTIERREZ
ROBAYO
PROCURADURÍA
AMBIENTAL Y AGRARIA
PERMISOS Y
LICENCIAS
1) Condenar a la autoridad ambiental demandada a adelantar las
obras y acciones necesaria para restablecer el equilibrio
ecosistémico de inmediato en la región, mediante las acciones
de gestión tendientes a dar solución al creciente deterioro de los
páramos que circundan la zona de Guaca y La Calera
2) Compeler a la autoridades competentes a nivel ambiental y
municipal, para que lleven a cabo un efecto control y vigilancia
de la gestión necesaria para prevenir y mitigar los impactos
ambientales que produce la agricultura insostenible de tubérculo
en la zona fundamentalmente.
3) Que el señor Luis Eduardo Gutierrez erradique todas aquellas
plantaciones en la zona que amenacen el equilibrio ecositémico
de la región.
4) que la autoridad ambiental coordine y ejecute todas las
actividades de revegetación de especies nativas y endémicas,
tendiente a lograr una eficiencia ecológica y na calidad
ecosistémica adecuada
Activo en
ORIONBaja
Juzgado Administrativo
De Descongestion Del
Circuito De Zipaquirá
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
1825 Iniciado $267.827.695,00 2011-00371 Acción de Repetición
DARIO RAFAEL
LONDOÑO GOMEZ,
CLAUDIA HELENA
LÓPEZ CALVO
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
ACCIÓN REPETICIÓN
1) Se declare que los señores Dario Rafael Londoño Gómez y
Claudia Elena López Clavo y administrativamente responsables al
actuar con culpa grave o dolo al expedir las resoluciones No 1344
y 1345 del 15 de noviembre de 2002 en el sentido de no
reincorporar a la nueva planta de personal de la CAR a la señora
Nydia Marisol Garcia Garnica.
2) Que como consecuencia de la anterior declaración, se ordene
al doctor Dario Rafael Londoño Gómez y Claudia Elena López
Clavo a pagar solidariamente a la CAR, la suma de $267.827.695,
derivada de la condena impuesta a la CAR para dar cumplimiento
a la sentencia del Tribunal Administrativo de Cundinamarca
Sección Segunda - Subsección A dictada el 4 de marzo de 2009,
la cual quedó ejecutoriada el 18 de noviembre de 2009
Activo Alta
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA -
SECCIÓN TERCERA -
SUBSECCIÓN C
Etapa - Fallo de
Segunda Instancia
No.
ORIONCategoria Cuantía Radicado judicial Clase proceso Demandado Demandante Tema Pretensión
Situación -
estado
actual
Probabilidad
de pérdidaDespacho Judicial Etapa Actuación
1826 Iniciado $500.000,001100131050082
0110024800Ejecutivo
AMADEO AREVALO
HERNANDEZ
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
CARÁCTER LABORAL
1) Librar mandamiento ejecutivo de pago a favor de la CAR y en
conrra del señor Amadeo Arévalo Hernández, por las siguinetes
sumas de dinero.
Por la suma de $500.000 más los intereses legales y moratorios,
desde el momento en que se profiere el mandamiento ejecutivo
hasta cuando se verifique el pago, correspondiente a las costas y
agencias en derecho fijadas y aprobadas por el Juzgado 8 Laboral
del Circuito de Bogotá, mediante Auto del 21 de enero de 2011,
notificado por estado el 24 de enero de 2011, dentro del proceso
ordinario laboral No 2003-0573, a cargo del señor Amadeo
Arévalo Hernández en su condición de demandante dentro de
dicho proceso
Activo Media
JUZGADO 8 LABORAL
DEL CIRCUITO DE
BOGOTÁ
Etapa - Juzgamiento
1836 Iniciado $0,00 2011-00447 ExpropiaciónMAURICIO
ARISTISABAL ROJAS
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
PREDIOS
1) Que se decrete a favor de la CAR, de quien es representante
legal su Director General Dr. Edgar Alfonso Bejarano por causa
de utilidad pública e interés social, la expropiación parcial de los
derechos de propiedad de Mauricio Aristiszabal Rojas, sobre el
predio denominado La Hacienda, ubicado en la vereda Florida del
Municipio de Funsa - Cundinamarca, identificadocon el folio de
matrícula inmobiliaria 050C-1424667 y cédula catastral 00-00-
0006-0215-000, del cual la Corporación requiere un área parcial
de 5844,75 metros cuadrados, equivalente al 100% del área total
del predio de mayor extensión.
2) Que la sentencia por medio de la cual se decrete la
expropiación contenga igualmente la cancelación de cualquier
gravamen, embargo o inscripción que recaiga sobre el bien
anteriormente descrito
3) Que se ordene el registro de la sentencia de expropiación en
el folio de Matricula Inmobiliaria No 050C-1424667 de la Oficina
de Registro de instrumentos Públicos de Bogotá Zona Centro,
junto con el acta de entrega, a efecto de que sirva de título de
dominio a favor de la CAR, e igualmente se disponga a favor de
mi mandante la apertura del nuevo folio de matricula inmobiliaria
al bien expropiado
Activo BajaJuzgado Civil del Circuito
de FunzaEtapa - Avaluo
1840 En Contra $0,002500023240002
0100071601Acción Popular
INSTITUTO
COLOMBIANO DE
DESARROLLO RURAL -
INCODER,
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, SECRETARIA
DISTRITAL DE
AMBIENTE, AGENCIA
PRESIDENCIAL PARA
LA ACCIÓN SOCIAL Y
LA COOPERACIÓN
INTERNACIONAL
HUMBERTO BARRAGAN
TORRES
CONTAMINACIÓN AIRE-
SUELO
1) Que se declare que el INCODER y el Ministerio de Agricultura y
Desarrollo Rural, han defraudado ciolado los intereses y derechos
colectivos enunciados en la demanda, por la falta de planeación,
porlos constantes errores o ausencias logísticas, administrativas y
de supervisión, por haber sido negligentes en lo que respecta a
la potección consecación de los recursos naturales, por defraudar
los legítimos derechos de los recursos naturales para la
protección de los arboles que protegen en recurso hídrico que
abastece el acueducto de pajonales, por desgastar sus propios
recursos y las demás entidades públicas que han asistido al
llamado reslizado por los errores cometidos por la demandada en
relación con la ejecución del programa de reforma agraria que
adelanta ejecuta en los predios Jalisco, Mi Mazatlán 1, Mi
Matazatlán 2, Mi Matazatlám 3, localizados en el Municipío de
Pacho Cundinamarca, Vereda ramada.
2) Que de acuerdo conla pretensión anterior, se ordene que las
entidades demandadasen forma inmedianta realicen bajo el
acompañamiento de las autoridades ambientales respectivas y el
municipio de Pacho Cundinamarca lo siguiente: los estudios
técnicos al detalle necesarios para evidenciar la real situación
ambiental y social
Activo Alta
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA -
SECCIÓN PRIMERA -
SUBSECCIÓN A
Etapa - Fallo de
Segunda Instancia
No.
ORIONCategoria Cuantía Radicado judicial Clase proceso Demandado Demandante Tema Pretensión
Situación -
estado
actual
Probabilidad
de pérdidaDespacho Judicial Etapa Actuación
1842 En Contra $0,002500023240002
0120028300Acción Popular
ALCALDIA LOCAL DE
FONTIBON,
CONSTRUCTORA
BOLIVAR,
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, EMPRESA DE
ACUEDUCTO,
ALCANTARILLADO Y
ASEO DE BOGOTA -
EAB
FUNDACIÓN PARA LA
PROMOCIÓN Y
DEFENSA DE LOS
DERECHOS E
INTERESES
COLECTIVOS
RÍO BOGOTÁ
1) Ques e ordene a la autoridad ambiental competente Secretaria
Distrital de Amviente y/o CAR la realización de inversiones
necesarias que permitan eliminar toda influencia malsan y moleta
a la salud e intimidad de los pobladores del Conjunto Residencial
Sabana Grande 6, tales medidas podrían incluir la construcción
deun jarillo en la margen derecha del río Bogotá a fin de impedir
que el agua regrese al punto de inundación y para mitigar los
olores ofensivos provenientes del río Bogotá, especialmente en
épocas secas del año, se disponga la construcción de cercas
vivas.
2) Que se ordene al Distrito Capital - Alcaldía Mayor de Bogotá -
Secretaria de Gobierno - Fondo de Prevención y Atención
Emergencias - Alcaldía Local de Fontibón - acometer de manera
inmediata , coordinada y armónica las medidas técnicamente
exigibles, jurídicas y presupuestalmente viables, a fin de precaver
la ocurrencia de un desastre en el sitio donde está construido el
Conjunto Residencial Sabana Grande 6.
3) Que se ordene a la EAAB ESP y a la CAR dragar el río Bogotá y
realizar tares de demalezamiento del mismo para mejorar la
cpacidad hidráulica de este cuerpo de agua precaviéndose así un
nuevo desbordamiento
Activo Media
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA -
SECCIÓN PRIMERA -
SUBSECCIÓN B
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
1855 Iniciado $0,00 2011-00544 ExpropiaciónMARIA CELINA
SANCHEZ DE PINILLA
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
PREDIOS
1) Que se decrete a favor de la CAR, de quien es representante
legal su Director General Dr. Edgar Alfonso Bejarano por causa
de utilidad pública e interés social, la expropiación parcial de los
derechos de propiedad de Maria celina Sánchez de Pinilla, sobre
el predio denominado La Mara, ubicado en la vereda La Florida
del Municipio de Funsa - Cundinamarca, identificadocon el folio
de matrícula inmobiliaria 050C-623488 y cédula catastral 00-00-
0006-0177-000, del cual la Corporación requiere un área parcial
de 36734.86 metros cuadrados, equivalente al 15.20% del área
total del predio de mayor extensión.
2) Que la sentencia por medio de la cual se decrete la
expropiación contenga igualmente la cancelación de cualquier
gravamen, embargo o inscripción que recaiga sobre el bien
anteriormente descrito
3) Que se ordene el registro de la sentencia de expropiación en
el folio de Matricula Inmobiliaria No 050C-623488 de la Oficina
de Registro de instrumentos Públicos de Bogotá Zona Centro,
junto con el acta de entrega, a efecto de que sirva de título de
dominio a favor de la CAR, e igualmente se disponga a favor de
mi mandante la apertura del nuevo folio de matricula inmobiliaria
al bien expropiado
Activo BajaJuzgado Civil del Circuito
de FunzaEtapa - Avaluo
1863 En Contra $0,002500023240002
0100074101Acción Popular
Presidencia de la
República, CAR y otros
JOSE JOAQUIN GARCIA
GARCIA, IRMA
CONSUELO RAMIREZ
TAPIERO, SANTIAGO
LIMA SEQUEA, DARIO
CRISALES RONDÓN,
FILEMON MORENO
BECERRA, HUGO
AGUIRRE PÁEZ
DESLIZAMIENTOS
Que se ordene a la CAR en asocio con la demás Autoridades del
Orden Municipal, Departamental y Nacional realizar los trabajos
tendientes a la recuperación del lugar del deslizamiento para
prevenir que sea nuevamente ocupada por personas incautas o
personas de mala fe que quiera estafar a las múltiples personas
necesitadas de vivienda y que desconozcan los antecedentes del
lugar
Activo Media
CONSEJO DE ESTADO -
SALA CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVA -
SECCIÓN PRIMERA
Etapa - Alegatos de
Segunda Instancia
No.
ORIONCategoria Cuantía Radicado judicial Clase proceso Demandado Demandante Tema Pretensión
Situación -
estado
actual
Probabilidad
de pérdidaDespacho Judicial Etapa Actuación
1867 Iniciado $0,00 2011-00142 Expropiación
RAFAEL PUYANA
MICHELSEN, MARIA
VICTORIA PUYANA DE
WILLIAMSOM, DELIA
MARIA TORRES DE
BRIGARD, LUISA
TORRES DE TRIANA,
CARMEN ALICIA
TORRES PUYANA
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
PREDIOS
1) Que se decrete a favor de la CAR, de quien es representante
legal su Director General Dr. Edgar Alfonso Bejarano por causa
de utilidad pública e interés social, la expropiación parcial de los
derechos de propiedad de Rafael Puyana Michelsen, Maria
Victoria Puyana de Williamsom, Delia Maria Torres, Luisa Torres
de Triana y Carmen Alicia Torres Puyana, sobre el predio
denominado Lote No 8 "La Chucua Vargas", ubicado en la vereda
Bosatama del Municipio de Soacha - Cundinamarca,
identificadocon el folio de matrícula inmobiliaria 050C-550773 y
cédula catastral 00-01-0002-0064-000, del cual la Corporación
requiere un área parcial de 10510,58 metros cuadrados,
equivalente al 43.5% del área total del predio de mayor
extensión.
2) Que la sentencia por medio de la cual se decrete la
expropiación contenga igualmente la cancelación de cualquier
gravamen, embargo o inscripción que recaiga sobre el bien
anteriormente descrito
3) Que se ordene el registro de la sentencia de expropiación en
el folio de Matricula Inmobiliaria No 050C-550773 de la Oficina
de Registro de instrumentos Públicos de Bogotá Zona Centro,
junto con el acta de entrega, a efecto de que sirva de título de
dominio a favor de la CAR, e igualmente se disponga a favor de
mi mandante la apertura del nuevo folio de matricula inmobiliaria
Activo BajaJuzgado 1 Civil del
Circuito de SoachaEtapa - Avaluo
1869 En Contra $0,002500023240002
0110028101Acción Popular
MAVDT - MINISTERIO
DE AMBIENTE,
VIVIENDA Y
DESARROLLO
TERRITORIAL,
ALCALDIA LOCAL DE
SUBA, CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
MARIA DUVALIVE
SÁNCHEZ DIAZ
CONTAMINACIÓN AIRE-
SUELO
1) Que se ordene el cierre de los botaderos ilegales de
escombros y residuos sólidos que existen en la vereda los
chorrillos de la localidad de Suba.
2) Que se adopten las medidas necesarias para que no se
vuelvan a presentar las acciones y omisiones que dan origen a la
presente demanda
3) Que se restrinja el paso de vehículos de carga pesada en
horas de entrada y salida de las rutas escolares del sector, con el
fin de brindar mayor seguridad y un aire más limpio a las horas
de mayor congestión vehicular
4) Que se ordene a la Secretaria de Movilidad, para que disponga
en el menor tiempo posible, una campaña de señalización y
mejor adecuación de la malla vial del lugar
5) Que se declaren responsables al Ministerio del Ambiente
Vivienda y Desarrollo Territorial, a la CAR, a la Alcaldía Local de
Suba por negligencia u omisión del deber de conservar, proteger,
y hacer cumplir la Constitución Nacional y las Leyes pertinentes
al ambiente sano y demás derechos afines
Activo Media
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA -
SECCIÓN PRIMERA -
SUBSECCIÓN A
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
1877 En Contra $0,002500023240002
0110057301Acción Popular
ALCALDIA MUNICIPAL
DE SOACHA,
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
LUIS FERNANDO
LOPEZ PERALTAINUNDACIONES
1) Que la Alcaldia de Soacha, es responsable por su conducta
omisiva de la compleja situación que vive actualmente la
comunidad del barrio llano grande de este municipio
2) Que los problemas de salubridad pública, deterioro del medio
ambiente, abandono de los recursos hídricos, causando grave
afectación a la fuente de agua que representa Soacha,
encontrandose hoy día en las condiciones más deplorables, es
responsabilidad exclusiva de las dependencias de la
administración municipal que cuenta con la competencia para
intervenir y dar solución ágil y eficaz
3) De igual manera se debe comprometer a la CAR quien de
acuerdo a la preceptiva legal en el máximo ente rector, vigilante
de la protección del medio ambiente en el municipio, suprema
autoridad ambiental que realmente pareciera no existir pues su
intervención ha sido prácticamente nula en la situación que no
ocupa
4) Se concede la acción popular y se protegen los derechos
colectivos con que contamos todos los ciudadanos, como es
disfrutar de un cotidianidad armoniosa y al goce de un ambiente
sano
Activo en
ORIONAlta
CONSEJO DE ESTADO -
SECRETARIA GENERAL
Etapa - Fallo de
Segunda Instancia
No.
ORIONCategoria Cuantía Radicado judicial Clase proceso Demandado Demandante Tema Pretensión
Situación -
estado
actual
Probabilidad
de pérdidaDespacho Judicial Etapa Actuación
1884 Iniciado $0,00 2011-00149 ExpropiaciónALIANZA FIDUCIARIA
S.A.
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
PREDIOS
1) Que se decrete a favor de la CAR, de quien es representante
legal su Director General Dr. Edgar Alfonso Bejarano por causa
de utilidad pública e interés social, la expropiación parcial de los
derechos de propiedad de Alianza Fiduciaria S.A. como vocera y
administradora del patrimonio autónomo denominado Lote No 2
"La Chucua", ubicado en la vereda Sosatam del municiío de
Soacha - Cundinamarca, identificadocon el folio de matrícula
inmobiliaria 050C-550780 y cédula catastral 00-01-0002-0102-
000, del cual la Corporación requiere un área parcial de
11,583.04 metros cuadrados, equivalente al 2,51% del área total
del predio de mayor extensión.
2) Que la sentencia por medio de la cual se decrete la
expropiación contenga igualmente la cancelación de cualquier
gravamen, embargo o inscripción que recaiga sobre el bien
anteriormente descrito
3) Que se ordene el registro de la sentencia de expropiación en
el folio de Matricula Inmobiliaria No 050C-550780 de la Oficina
de Registro de instrumentos Públicos de Bogotá Zona Sur, junto
con el acta de entrega, a efecto de que sirva de título de dominio
a favor de la CAR, e igualmente se disponga a favor de mi
mandante la apertura del nuevo folio de matricula inmobiliaria al
bien expropiado
Activo BajaJuzgado 1 Civil del
Circuito de SoachaEtapa - Avaluo
1886 En Contra $7.000.000,001100133310352
0080007201Acción Contractual
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, CORPOCHIVOR -
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CHIVOR,
CORPOBOYACA -
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE BOYACA
UNIVERSIDAD
NACIONAL DE
COLOMBIA
CONTRACTUAL
1Que se declare que las demandadas incumplieron el convenio
interadministrativode cooperación técnica suscrito el 9 de
diciembre del 2003, al no realizar el pago de los $7.000.000 que
fueron facultados por la demandante el 10 de julio de 2006.
2) Que consecuencialmente se condene a las demandadas a
pagarle a la demandfante la suma correspondiente a los
$7.000.000 a que hace referencia la factura del 10 de julio de
2006 o lo que se demuestre en el proceso
3) Que consecuencialmente se condene a las demandadas a
pagarle a la demandante la indemnización de los perjuicios
derivados del incumplimiento del contrato, estimados en un suma
igual al valor no pagado, $7.000.000 o lo que se demuestre en el
proceso
Activo Media
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA - SALA
DESCONGESTIÓN
Etapa - Notificaciones
1888 Iniciado $0,00 2011-00159 Expropiación
ANDRES CUERVO
CASABIANCA, ISABEL
CUERVO CASABIANCA
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
PREDIOS
1) Que se decrete a favor de la CAR, de quien es representante
legal su Director General Dr. Edgar Alfonso Bejarano por causa
de utilidad pública e interés social, la expropiación parcial de los
derechos de propiedad de Andres Cuervo Casabianca e Isabel
Cuervo Casabianca, y de sevidumbre de gasoducto y tránsito con
ocupación permanente que aparece inscritas a favor de GAS
Natural S.A. representada legalmente por Margarita Lucia Castro
Norman o por quien haga sus veces, sobre el predio denominado
Lote 2 Hacienda Tequendama, ubicado parte en la vereda Canoas
del Municipio de Soacha y parte en la vereda Chusacá del
municipio de Sibaté, identificadocon el folio de matrícula
inmobiliaria 50S-958210 y cédula catastral 00-01-0001-0001-000
(soacha) y 00-00-003-0003-000 (sibate), del cual la Corporación
requiere un área parcial de 131,742.86 metros cuadrados,
equivalente al 23,25% del área total del predio de mayor
extensión.
2) Que la sentencia por medio de la cual se decrete la
expropiación contenga igualmente la cancelación de cualquier
gravamen, embargo o inscripción que recaiga sobre el bien
anteriormente descrito
3) Que se ordene el registro de la sentencia de expropiación en
el folio de Matricula Inmobiliaria No 50S-958210 de la Oficina de
Registro de instrumentos Públicos de Bogotá Zona Sur, junto con
el acta de entrega, a efecto de que sirva de título de dominio a
favor de la CAR, e igualmente se disponga a favor de mi
mandante la apertura del nuevo folio de matricula inmobiliaria al
Activo BajaJuzgado 1 Civil del
Circuito de SoachaEtapa - Avaluo
No.
ORIONCategoria Cuantía Radicado judicial Clase proceso Demandado Demandante Tema Pretensión
Situación -
estado
actual
Probabilidad
de pérdidaDespacho Judicial Etapa Actuación
1890 En Contra $30.000.000,001100131050112
0100050301Ordinario Laboral
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
FLOR MARIA PINILLA
DE MERCHAN
RELIQUIDACION
PENSIONAL
1) Se ordene a la accionada a la re liquidación par aumento del
monto de la mesada pensional que en su momento le fuera
otorgada por la CAR al señor Luis Alfredo Merchan Rodriguez
(Q.E.P.D.), y que ahora le ha sido sustituida a mi poderdante,
incluyendo pardeterminar el monto real, todos y cada uno de lo
devengos, retribuciones y demás suma causada, insolutas o
canceladas al entonces trabajador en el último año, o en los
últimos 10 años de la relación laboral, según la situación norma
que le resulte de mayor favorabilidad a la demandante
2) Se ordene, a favor de mi representada, el reconocimiento y
pago del auxilio y pensionado de la CAR, señor Luis Alfredo
Merchan Rodriguez (Q.E.P.D.)
3) Se orden el renocimiento y pago de las sumas correspondiente
a seguro por muerte y/o compensación dineraria de origen
convencional causadas con el fallecimientos del señor Luis
Alfredo Merchan Rodriguez (Q.E.P.D.), en suma representativa o
equivalente a 47 meses del monto de la mesada que el causante
percibía del ISS y de la CAR por pensión compartida
Activo Alta
CORTE SUPREMA DE
JUSTICIA - SALA DE
CASACIÓN LABORAL
Etapa - Recursos
Extraordinarios
1892Tercero
involucrado$0,00
2517560003902
0098029500Penal
JAVIER VARGAS
MORENO
JUZGADO PROMISCUO
MUNICIPAL DE COTA
PENAL
CONTAMINACIÓNContaminación del medio ambiente Activo Media
Juzgado 1 Penal del
Circuito de Funza
Etapa - Reparación
Integral
1894 En Contra $20.000.000,001100131050092
0100077802Ordinario Laboral
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
PEDRO MARTIN
PERALTA ORTIZCARÁCTER LABORAL
1) Se delcare que el señor Pedro Martin Peralta Ortiz para el día
31 del mes de marzo de 2000, fecha de retiro de la entidad oficial
CAR, cumplio al servició del Estado Colombiano un tiempo
ininterrumpido de 21 años 11 meses y 19 días
2) Se declare que por cumplimiento de los requisitos de tiempo
laborado y edad en materia pensional, el señor Pedro Peralta es
beneficiario del régimen de transición de que trata el articulo 36
de la ley 100 de 1993 y en consecuencia en esta materia es
destinatario de los preceptos que con anterioridad y de manera
favorable le regían el acceso al status de pensionado por
jubilación.
Activo Baja
CORTE SUPREMA DE
JUSTICIA - SALA DE
CASACIÓN LABORAL
Etapa - Fallo de
Segunda Instancia
1898 Iniciado $0,001100131030212
0110035000Expropiación
FIDUCIARIA
CORFICOLOMBIANA
S.A.
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
PREDIOS
1) Que se decrete a favor de la CAR, de quien es representante
legal su Director General Dr. Edgar Alfonso Bejarano por causa
de utilidad pública e interés social, la expropiación parcial de los
derechos de propiedad de La Sosiedad Fiduciaria del Valle S.A.
hoy Fiduciaria Corficolombiana S.A., representada legalmente por
la señora Johana Maribel Gil Villegas o por quien haga sus veces,
sobre el predio 'Hacienda Maranta' ubicado en la carrera 122 Nro
63A 35 de la localidad de Engativá, identificado con el folio de
matrícula inmobiliaria 050C-1084051 y cédula catastral 00-5662-
01-02-000-00000 ó EG 179, del cual la Corporación requiere un
área parcial de 27,052.88 metros cuadrados, equivalente al
3,98% del área total del predio de mayor extensión.
2) Que la sentencia por medio de la cual se decrete la
expropiación contenga igualmente la cancelación de cualquier
gravamen, embargo o inscripción que recaiga sobre el bien
anteriormente descrito
3) Que se ordene el registro de la sentencia de expropiación en
el folio de Matricula Inmobiliaria No 050C-1084051 de la Oficina
de Registro de instrumentos Públicos de Bogotá Zona Centro,
junto con el acta de entrega, a efecto de que sirva de título de
dominio a favor de la CAR, e igualmente se disponga a favor de
mi mandante la apertura del nuevo folio de matricula inmobiliaria
al bien expropiado
Activo BajaJUZGADO 21 CIVIL DEL
CIRCUITO DE BOGOTÁEtapa - Avaluo
No.
ORIONCategoria Cuantía Radicado judicial Clase proceso Demandado Demandante Tema Pretensión
Situación -
estado
actual
Probabilidad
de pérdidaDespacho Judicial Etapa Actuación
1899 En Contra $0,002500023240002
0110032101Acción Popular
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, MUNICIPIO DE LA
CALERA
JUANA VALENTINA
MICAN G, JUAN
SEBASTIAN SIERRA,
JULIANA CASTRO
LONDOÑO, FEDERICO
NARANJO MESA,
GUILLERMO AVILA
ROZO, JORGE ABEL
VANEGAS BELTRAN,
JAIME AROCHA,
GONZALO PAEZ
BELTRAN, GONZALO
RAUL GOMEZ, JORGE
GUEVARA MORENO
P.O.T.
1) Se declare la violación o amenaza de los derechos
referenciados en el acápite de derechos colectivos amenazados
y/o vulnerados de la presente demanda, en general referidos al
derecho al medio ambiente sano
2) Ordenar a la autoridad o al particular en ejercicio de funciones
administrativas que adopte las medidas necesarias de protección
de derecho o interés colectivo amenazado o violado
3) Se declare la nulidad por inconstitucionalidad en la vulneración
de derechos colectivos del POT del Municipio de La Calera en lo
que se refiere a los articulos 24, 25, 33, 85, 86, 90, 91 122, 123
y artículo 132
4) En subsidio, se deje sin efectos juridicos el POT del Municipio
de La Calera, en lo que se refiere a lo artículos 24, 25, 33, 85,
86, 90, 91, 122, 123, 132
5) En consecuencia, dejen de surtir efectos juridicos todos
aquellos actos relacionado a dichas disposiciones del POT del
Municipio de la Calera, tales como licencias ambientales
6) Ordenar a la entidad demandada, CAR o a quie corresponda
que elabore, desarrolle y emita el Estudio del Estado Actual de
Páramos y el Plan de Manejo Ambiental del Municipio de la
Calera, para establecer de este modo los limetes de las zonas de
páramo y subpáramo y los usos a los que se pueden destinar
éstas de acuerdo a criterios técnicos ambientales, con base en la
Resolución 0769 de 2002 y normas sobre la materia
Activo MediaCONSEJO DE ESTADO -
SECRETARIA GENERAL
Etapa - Alegatos de
Segunda Instancia
1904 En Contra $22.131.510,001100131050022
0110006100Ordinario Laboral
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
MARIA ISMENIA PARRA
DE VILLAMIL
RELIQUIDACION
PENSIONAL
1) se condene a la accionada a la re liquidación para aumento del
monto de la mesada pensional que en su momento le fuera
otorgada por la CAR al señor Miguel Antonio Villamil (Q.E.P.D.), y
que ahora le ha sido sustituida a mi poderdante, incluyendo para
determinar el monto real, todos y cada uno de los devengos,
retribuciones, y demás sumas causadas, insolutas o canceladas
al entonces trabajador en el último año, o en los últimos diez
años de la relacilón laboral, segun la situación o norma que le
resulte de mayor favorabilidad.
2) Se ordene a favor de mí representada, el reconocimiento y
pgo del auxilio funerario de orden convencional, causado con el
lamentable fallecimiento d su querido consorte y pensionado de
la CAR.
3) Se ordene, a favor de mí representada, el reconocimiento y
pago del auxilio funerario de orden convencional, causado con el
lamentable fallecimiento de su querido consorte y pensionado de
la CAR
Activo Media
JUZGADO 2 LABORAL
DEL CIRCUITO DE
BOGOTÁ
Etapa - Juzgamiento
1921 En Contra $8.604.500.000,002500023260002
0110026201
Acción de Reparación
Directa
MINISTERIO DE
TRANSPORTE,
INSTITUTO NACIONAL
DE VIAS - INVIAS,
INSTITUTO NACIONAL
DE CONCESIONES -
INCO, CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, CONCESIÓN
SABANA DE
OCCIDENTE S.A.
LUIS ALFONSO
HERNANDEZ RAMIREZINUNDACIONES
1) La Nación - Minsterio de Transporte, El Instituto Naconal de
Vías "INVIAS", El Instituto Nacional de onseciones "INCO", La
Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca CAR, la
Concesión Sabana de Occidente S.A. y demás Entes de derecho
público o privado que resulten comprometidas, o sean llamadas
en garantía, son solidaria y administrativamente responsables de
los daños y perjuicios materiales, morales y futuros así como del
lucro cesante casusados al señor Luis Alfonso Hernandez
Ramirez, consistentes en la destrucción con pérdida toal de la
finca "El Pangola" con la casa de habitación y sus anexidades, de
su propiedad, en razón de la fuerza de las aguas indebidamente
conducidas por las cunetas de la Vía Variente La Vega - Villeta a
la quebrada La Altamira y al Río Villeta, las cuales en su recorrido
forman avalancha y chocan contra el predio rural aludido
infiltrándolo, agrietandolo y desestabilizando su terreno hasta su
deslizamiento en masa y su destrucción total, tal y como en
efecto y resultado así ocurrió
2) Condenar a los demandados como reparación de los daños
perjuicios de orden material y de orden moral, objetivos,
subjetivos y objetivados, actuales y futuros, el daño emergente y
el lucro cesante, a pagar al actor la suma de $8.340.500.000
Activo Media
CONSEJO DE ESTADO -
SALA CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVA -
SECCIÓN TERCERA
Etapa - Apelación
Sentencia
No.
ORIONCategoria Cuantía Radicado judicial Clase proceso Demandado Demandante Tema Pretensión
Situación -
estado
actual
Probabilidad
de pérdidaDespacho Judicial Etapa Actuación
1922 En Contra $3.000.000.000,002500023260002
0100035701Acción Contractual
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
PLANEAMIENTO Y
GESTION DE
PROYECTOS - PGP
S.A., SOLUCIONES
INTEGRALES S.A.,
SELFINVER BANCA DE
INVERSION LTDA,
CONSULTORIA Y
DICECCION DE
PROYECTOS - CYDEP
LTDA.
DEBIDO PROCESO
Que se declare que con la expedición de la Resolución no 1165
del 10 de junio de 2009, la CAR "por la cual se declara un
incumplimiento, se da por terminado el contrato de consultoria
No 0464 de 2008 y se declara la ocurrencia del siniestro por
incumplimiento y calidad", y la CAR incurrió en vía de hecho y
vulneró los derechos fundamentales al debido proceso, a la
defensa y audiencia, y al acceso a la administración de justicia de
las sociedades Planeación y Gestión de Proyectos S.A. PGP
(Colombia), Selfinver Banca de inversión Ltda. (Colombia),
Consultoria y Dirección de Proyecots Cydep Ltda (Colombia) y
Soluciones Integrales S.A. (Chile), integrantes del Consorcio
Regionales Río Bogotá, contratista en el contrato 0464 del 17 de
julio de 2008, por las razones de hecho y de derecho que se
consignan en este escrito
2) Que como consecuencia de la declaración, se declare que la
Resolución No 1165 del 10 de junio de 2009 proferida pro la CAR
"Por la cual se declara un incumplimiento, se da por terminado el
contrato de consultoria no 0464 de 2008 y se declara la
ocurrencia del siniestro por incumplimiento y calidad", no existe
por haber sido expedidas con falta absoluta de competencia del
funcionario emisor y por lo mismo, ser producto de una vía de
hecho
Activo Media
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA -
SECCIÓN TERCERA -
SUBSECCIÓN B
Etapa - Probatoria
1949 Iniciado $0,00 2011-00850 Expropiación
INVERSIONES
COMERCIALES
TABARES ARANCO Y
CIA S. EN C.
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
PREDIOS
1) Que se decrete a favor de la CAR, de quien es representante
legal su Director General Dr. Edgar Alfonso Bejarano por causa
de utilidad pública e interés social, la expropiación parcial de los
derechos de propiedad de Inversiones Comerciales de Tabares
Arango y CIA S en C. representada legalmente por Adriana María
Tabares Arango, sobre el presio El Paraiso, ubicado en la vereda
La Florida del Municipio de Funza Cundinamarca, identificado con
el folio de matrícula inmobiliaria 50C-13571 y cédula catastral 00-
00-0006-0194-000, del cual la Corporación requiere un área
parcial de 12,669.67 metros cuadrados, equivalente al 22,29%
del área total del predio de mayor extensión.
2) Que la sentencia por medio de la cual se decrete la
expropiación contenga igualmente la cancelación de cualquier
gravamen, embargo o inscripción que recaiga sobre el bien
anteriormente descrito
3) Que se ordene el registro de la sentencia de expropiación en
el folio de Matricula Inmobiliaria No 50C-13571 de la Oficina de
Registro de instrumentos Públicos de Bogotá Zona Centro, junto
con el acta de entrega, a efecto de que sirva de título de dominio
a favor de la CAR, e igualmente se disponga a favor de mi
mandante la apertura del nuevo folio de matricula inmobiliaria al
bien expropiado
Activo BajaJuzgado Civil del Circuito
de FunzaEtapa - Avaluo
1950 Iniciado $0,00 2011-00844 Expropiación
PABLO ANTONIO
CAÑON ROJAS, BELÉN
RINCON CAÑON
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
PREDIOS
1) Que se decrete a favor de la CAR, de quien es representante
legal su Director General Dr. Edgar Alfonso Bejarano por causa
de utilidad pública e interés social, la expropiación parcial de los
derechos de propiedad de Pablo Antonio Cañon Rojas y Belén
Rincón de Cañon, sobre el predio Islandia, ubicado en la vereda
La Florida del Municipio de Funza Cundinamarca, identificado con
el folio de matrícula inmobiliaria 050C-1239740 y cédula catastral
00-00-0006-0144-000, del cual la Corporación requiere un área
parcial de 14,390.47 metros cuadrados, equivalente al 31,71%
del área total del predio de mayor extensión.
2) Que la sentencia por medio de la cual se decrete la
expropiación contenga igualmente la cancelación de cualquier
gravamen, embargo o inscripción que recaiga sobre el bien
anteriormente descrito
3) Que se ordene el registro de la sentencia de expropiación en
el folio de Matricula Inmobiliaria No 050C-1239740 de la Oficina
de Registro de instrumentos Públicos de Bogotá Zona Centro,
junto con el acta de entrega, a efecto de que sirva de título de
dominio a favor de la CAR, e igualmente se disponga a favor de
mi mandante la apertura del nuevo folio de matricula inmobiliaria
al bien expropiado
Activo BajaJuzgado Civil del Circuito
de FunzaEtapa - Avaluo
No.
ORIONCategoria Cuantía Radicado judicial Clase proceso Demandado Demandante Tema Pretensión
Situación -
estado
actual
Probabilidad
de pérdidaDespacho Judicial Etapa Actuación
1951 Iniciado $0,00 2011-00845 ExpropiaciónMANUEL ANTONIO
QUINTERO MORALES
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
PREDIOS
1) Que se decrete a favor de la CAR, de quien es representante
legal su Director General Dr. Edgar Alfonso Bejarano por causa
de utilidad pública e interés social, la expropiación parcial de los
derechos de propiedad de Manuel Antonio Quintero Morales.
sobre el predio demoninado Lote 1 milanda II, ubicado en la
zona rural, vereda Parcelas del Municipio de Cota Cundinamarca,
identificado con el folio de matrícula inmobiliaria 50N-50060694 y
cédula catastral 00-00-0007-0079-0000, del cual la Corporación
requiere un área parcial de 8530.59 metros cuadrados,
equivalente al 4,63% del área total del predio de mayor
extensión.
2) Que la sentencia por medio de la cual se decrete la
expropiación contenga igualmente la cancelación de cualquier
gravamen, embargo o inscripción que recaiga sobre el bien
anteriormente descrito
3) Que se ordene el registro de la sentencia de expropiación en
el folio de Matricula Inmobiliaria No 50N-20060694 de la Oficina
de Registro de instrumentos Públicos de Bogotá Zona Centro,
junto con el acta de entrega, a efecto de que sirva de título de
dominio a favor de la CAR, e igualmente se disponga a favor de
mi mandante la apertura del nuevo folio de matricula inmobiliaria
al bien expropiado
Activo BajaJuzgado Civil del Circuito
de FunzaEtapa - Avaluo
1965 En Contra $400.000.000,002500023260002
0110040103
Acción de Reparación
Directa
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
MIGUEL ANGEL
HERNANDEZ NIETO
ACTIVIDAD
PORCÍCOLA
Me permito solicitar su intervención para que proceda de
conformidad y darme soluciones a la actual problemática
generada por la construcción y futuro funcionamiento de
marraneras ubicadas junto a mi residencia, pues con ellas se me
está causando perjuicios graves e irremediables mi salud, la de
mi familia y a mi propiedad, entrando a responder su
administración por cualquier eventualidad o in suceso
1) La CAR es administrativamente responsable de los perjuicios
materiales, morales, la salud y el desplazamiento forzado
causado a Miguel Angel Hernandez Nieto y su núcleo familiar con
ocasión de la omisión de pronunciarse con respecto del derecho
de petición. radicado 20091102177 del 20 de febrero de 2009, al
omitir intervenir como es su deber y lo solicitado a los trabajos
de construcción d elas marranera de propiedad del Señor Octavio
Roa Bravo ubicado en la vereda Zaragoza del Municipio de San
Antonio del Tequendama donde se ocasionaron graves deterioros
al medio ambiente a la cuenca del río Bogotá y al bien
denominado el Consuelo propiedad de mi poderdante colindante
con las marraneras construidas
Activo Media
CONSEJO DE ESTADO -
SALA CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVA -
SECCIÓN TERCERA
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
1971 En Contra $0,002500023240002
0100065601Acción Popular
MINISTERIO DE
AGRICULTURA Y
DESARROLLO RURAL,
INSTITUTO
COLOMBIANO DE
DESARROLLO RURAL -
INCODER, INSTITUTO
COLOMBIANO DE LA
REFORMA AGRARIA -
INCORA Y OTROS
CLIMACO PINILLA
POVEDA, FABIO
HERNANDEZ CUBILLOS
PERMISOS Y
LICENCIAS
1) Ordenar en forma inmediata la protección de os dercho e
intereses colectivos descritos en la demanda y los demás
derechos e intereses colectivos que se configuren.
2) Ordenar la demolición del muro en tierra y todas las obras
construidas para el embalse para garantizar en el futuro que no
ocurra una catástrofe previsible de insospechables
consecuencias, con perdida de vidas humanas y materiales,
además de cuidar perjuicios en el medio ambiente, al ecosistema,
en una zona de especial protección ambiental y volver las cosas a
sus estado anterior.
Activo Alta
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA
Etapa - Alegatos de
Primera Instancia
No.
ORIONCategoria Cuantía Radicado judicial Clase proceso Demandado Demandante Tema Pretensión
Situación -
estado
actual
Probabilidad
de pérdidaDespacho Judicial Etapa Actuación
1973 En Contra $30.000.000,001100131050012
0100021201Ordinario Laboral
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
JOSÉ EPIGMENIO
SOTELO POVEDACARÁCTER LABORAL
1) Se declare que entre las partes existió contrato de trabajo e
término indefinido
2) Que la relación laboral se rigió durante toso el tiempo de
duración por las disposiciones de la Convención Colectiva de
trabajo, suscrita por la CAR y su Sindicato
3) Que mi poderdante sirvió al Estado por al menos 20 años
4) Que se ultimo patrón fue la CAR
5) Que mi poderdante es persona que ha superado los 55 años
de edad
6) Que mi porderdante reúne a cabalidad los los requisitos de
tiempo de trabajo y edad requerida para que la accionada le
otorgue la pensión de jubilación
7) Que corresponde a la CAR reconocer, otorgar y asumir el pago
de la pensión de jubilación correspondiente a mi poderdante
8) Que como consecuencia de lo anterior se condene a la
accionada a reconocer a favor de Jose Epigmenio Sotelo Poveda
de manera inmediata la pensión de jubilación a que tiene
derecho por tiempo laborado y edad cumplida.
Activo Media
CORTE SUPREMA DE
JUSTICIA - SALA DE
CASACIÓN LABORAL
Etapa - Alegatos de
Segunda Instancia
1987 Iniciado $0,00 2011-01013 Expropiación
CARLOS ENRIQUE
GARCIA ALDANA, JUAN
FRANCISCO GARCIA
ALDANA, CODENSA
S.A.,
TRANSPORTADORA DE
GAS INTERNACIONAL
S.A. T.G.I.
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
PREDIOS
1) Que se decrete a favor de la CAR, de quien es representante
legal su Director General Dr. Edgar Alfonso Bejarano por causa
de utilidad pública e interés social, la expropiación parcial de los
derechos de propiedad de Carlos Enrique y Juan Francisco Garcia
Aldana como titulares del derecho de propiedad, sobre la finca El
Rozo, El Diezmo y El Limón B ubicado en la Vereda El Rozo del
Municipio de Cota Cundinamarca, identificado con el folio de
matrícula inmobiliaria 50N-761097 y cédula catastral 00-00-0003-
0100-0000, del cual la Corporación requiere un área parcial de
59403,57 metros cuadrados, equivalente al 21,93% del área total
del predio de mayor extensión.
2) Que la sentencia por medio de la cual se decrete la
expropiación contenga igualmente la cancelación de cualquier
gravamen, embargo o inscripción que recaiga sobre el bien
anteriormente descrito
3) Que se ordene el registro de la sentencia de expropiación en
el folio de Matricula Inmobiliaria No 50N-761097 de la Oficina de
Registro de instrumentos Públicos de Bogotá Zona Norte, junto
con el acta de entrega, a efecto de que sirva de título de dominio
a favor de la CAR, e igualmente se disponga a favor de mi
mandante la apertura del nuevo folio de matricula inmobiliaria al
bien expropiado
Activo BajaJuzgado Civil del Circuito
de FunzaEtapa - Avaluo
1988 Iniciado $0,00 2011-01012 ExpropiaciónTORRES E HIJOS
ASOCIADOS S EN C.
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
PREDIOS
1) Que se decrete a favor de la CAR, de quien es representante
legal su Director General Dr. Edgar Alfonso Bejarano por causa
de utilidad pública e interés social, la expropiación parcial de los
derechos de propiedad de Torres e hijos Asociados S. en C.
representada legalmente por Carlos Emiro Lopez Cruz, sobre el
predio San nicolas Lote 3, ubicado en la vereda Siberia zona
rural del Municipio de Cota Cundinamarca, identificado con el
folio de matrícula inmobiliaria 50N-543617 y cédula catastral 00-
00-0004-0191-000, del cual la Corporación requiere un área
parcial de 2866.11 metros cuadrados, equivalente al 6,17% del
área total del predio de mayor extensión.
2) Que la sentencia por medio de la cual se decrete la
expropiación contenga igualmente la cancelación de cualquier
gravamen, embargo o inscripción que recaiga sobre el bien
anteriormente descrito
3) Que se ordene el registro de la sentencia de expropiación en
el folio de Matricula Inmobiliaria No 50N-543617 de la Oficina de
Registro de instrumentos Públicos de Bogotá Zona Norte, junto
con el acta de entrega, a efecto de que sirva de título de dominio
a favor de la CAR, e igualmente se disponga a favor de mi
mandante la apertura del nuevo folio de matricula inmobiliaria al
bien expropiado
Activo BajaJuzgado Civil del Circuito
de FunzaEtapa - Avaluo
No.
ORIONCategoria Cuantía Radicado judicial Clase proceso Demandado Demandante Tema Pretensión
Situación -
estado
actual
Probabilidad
de pérdidaDespacho Judicial Etapa Actuación
1989 Iniciado $0,00 2011-01008 Expropiación SOCIEDAD ICATA S.A.
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
PREDIOS
1) Que se decrete a favor de la CAR, de quien es representante
legal su Director General Dr. Edgar Alfonso Bejarano por causa
de utilidad pública e interés social, la expropiación parcial de los
derechos de propiedad de la Sociedad Iscata S.A. representada
legalmente por Sylvia Pradilla de Torres o por quien haga sus
veces sobre el predio rural denominado Lote No 1 denominado
iscata sur, ubicada en la zona de Siberia zona rural del Municipio
de Cota Cundinamarca, identificado con el folio de matrícula
inmobiliaria 50N-1142412 y cédula catastral 00-00-0004-11193-
000, del cual la Corporación requiere un área parcial de 60861.62
metros cuadrados, equivalente al 27.24% del área total del
predio de mayor extensión.
2) Que la sentencia por medio de la cual se decrete la
expropiación contenga igualmente la cancelación de cualquier
gravamen, embargo o inscripción que recaiga sobre el bien
anteriormente descrito
3) Que se ordene el registro de la sentencia de expropiación en
el folio de Matricula Inmobiliaria No 50N-1142412 de la Oficina
de Registro de instrumentos Públicos de Bogotá Zona Norte,
junto con el acta de entrega, a efecto de que sirva de título de
dominio a favor de la CAR, e igualmente se disponga a favor de
mi mandante la apertura del nuevo folio de matricula inmobiliaria
al bien expropiado
Activo BajaJuzgado Civil del Circuito
de FunzaEtapa - Avaluo
1993 Iniciado $0,001100160000492
0111635600Penal EN AVERIGUACIÓN
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
PENAL VARIOS
Se formule imputación por los delitos de fraude procesal y estafa
a las personas que aparezcan, ya sea, como determinadores,
autores o cómplices del ilícitoActivo Media
Fiscalia 79 Seccional de
Bogotá
Etapa - Indagación
Preliminar
1997 Iniciado $0,00 2011-01080 Expropiación
CENTRAL
COOPERATIVA DE
SERVICIOS
FUNERARIOS -
COOPSERFUN
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
PREDIOS
1) Que se decrete a favor de la CAR, de quien es representante
legal su Director General Dr. Edgar Alfonso Bejarano por causa
de utilidad pública e interés social, la expropiación parcial de los
derechos de propiedad de Central Cooperativa de Serivicios
Funerario Coopserfun representada legalmente por Gerardo Mora
Navas o por quien haga sus veces sobre el predio rural
denominado El Arca II, ubicada en la zona de Siberia zona rural
del Municipio de Cota Cundinamarca, identificado con el folio de
matrícula inmobiliaria 50N-20546860 y cédula catastral 00-00-
0004-0104-000, del cual la Corporación requiere un área parcial
de 6310.90 metros cuadrados, equivalente al 11,27% del área
total del predio de mayor extensión.
2) Que la sentencia por medio de la cual se decrete la
expropiación contenga igualmente la cancelación de cualquier
gravamen, embargo o inscripción que recaiga sobre el bien
anteriormente descrito
3) Que se ordene el registro de la sentencia de expropiación en
el folio de Matricula Inmobiliaria No 50N-20546860 de la Oficina
de Registro de instrumentos Públicos de Bogotá Zona Norte,
junto con el acta de entrega, a efecto de que sirva de título de
dominio a favor de la CAR, e igualmente se disponga a favor de
mi mandante la apertura del nuevo folio de matricula inmobiliaria
al bien expropiado
Activo BajaJuzgado Civil del Circuito
de FunzaEtapa - Avaluo
No.
ORIONCategoria Cuantía Radicado judicial Clase proceso Demandado Demandante Tema Pretensión
Situación -
estado
actual
Probabilidad
de pérdidaDespacho Judicial Etapa Actuación
2003 En Contra $0,002500023240002
0120011801Acción Popular
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, ALCALDIA
MUNICIPAL DE
SOACHA
JAIRO HERNANDO
CASTAÑEDA MONROY
PERMISOS Y
LICENCIAS
1) Que se declare la amenza o puesta en peligro y en
consecuancia la vulneración de los dercho colectivos de
conformidad con los artículos 1, 2 y 4 de la ley 472 de 1998
particularmente por la inminente amenaza de remoción en masa
dictaminada por autoridad ambiental
2) Que de conformidad con los informes técnicos por la CAR, se
conmine a la Alcaldía Municipal para que en condición de
autoridad competente, y encargada del funcionamiento
supervisión y ejecución de las obras de adecuación, conmine a la
empresa a realizar y terminar en debida forma las obras
complementarias a la adecauación del terreno y que actualmente
son causa de la amenaza del fenómeno de remoción en masa
3) Que a cargo de la Administración Municipal se adopten las
medidas policivas que con efectividad hagan cumplir lo dispuesto
en resolución de la CAR - OPSOA 0546 del 4 de septiembre y
auto 420 del 18 de noviembre de 2008 y en consecuencia se
brinde una real coordinación en la protección de derechos
ambientales colectivos
Activo en
ORIONMedia
CONSEJO DE ESTADO -
SECRETARIA GENERAL
Etapa - Fallo de
Segunda Instancia
2011Tercero
involucrado$0,00
1100160000002
01300586Penal
GERONIMO CORTES,
MARGARITA CORTES
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
PENAL VARIOS Explotacion ilicita de yacimiento minero y otros materiales Activo BajaFiscalia 51 Seccional de
Bogotá Eje tematico
Etapa - Indagación
Preliminar
2012Tercero
involucrado$0,00
1100160000201
011921Penal
ESPERANZA RUBIO,
LISANDRO MORALES
MOLINA
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
PENAL VARIOS Explotacion ilicita de yacimiento minero y otros materiales Activo BajaFiscalia 249 Seccional de
Bogotá
Etapa - Indagación
Preliminar
2020 En Contra $11.959.500.000,002500023240002
0100020102
Acción de Nulidad y
Restablecimiento del
derecho
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
INGENIERIA DE
CARBONES
COQUISABLES DE
COLOMBIA -
INCARCOQUE LTDA.
PERMISOS Y
LICENCIAS
1) Declara la nulidad del acto administrativo OPUB 183 de 10 de
marzo de 2008, expedido por la CAR Oficina Provincial Ubaté,
mediante el cual "Declara iniciado el trámite administrativo
ambiental de solicitud de premiso de licencia ambiental a nombre
de la sociedad INCARCOQUE LTDA"
2) Declarar la nulidad de la resolución No 748 del 24 de abril de
2009, expedida por la CAR con la cual "Niega la licencia
ambiental a la sociedad INCARCOQUE LTDA"
3) Declarase la nulidad de la resolución no 2581 de 27 de octubre
de 2009 expedida por la CAR con la cual se resuelve el recurso
de reposición "Confirmando en todas sus partes la resolución No
748 de 24 de abirl de 2009 de esta corporación"
3) Como consecuencia de lo anterior a titulo de restablecimiento
del derecho se ordene a la CAR continuar con el trámite
administrativo de adopción de Plan de Manejo Ambiental a la
sociedad INCARCOQUE LTDA
4) Que se ordene a la demandada a cancelar a la sociedad
INCARCOQUE LTDA en razón de lucro secante dejado de percibir
dede el año de 2008
Activo Baja
CONSEJO DE ESTADO -
SALA CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVA -
SECCIÓN PRIMERA
Etapa - Alegatos de
Segunda Instancia
2037 Iniciado $0,001100103260002
0120000200
Acción de Nulidad y
Restablecimiento del
derecho
CONTRALORIA
GENERAL DE LA
REPUBLICA
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
COMPETENCIAS
1) Que se declare la nulidad de los articulo 2, 3, y 5 de la
Resolución Ordinaria 0022 del 31 de agosto de 2011, por la cual
se ejerce control a una Urgencia Manifiesta declarada por la CAR
proferida por la Contraloria Delegada para el Sector de Medio
Ambiente
2) Que se declare la Nulidad de los artículos 1 y 2 (este ultimo
solo en cuanto confirmo los articulos 2, 3 y 5 de la Resolución
022 fr 2011), de la Resolución Ordinaria 0030 proferida el 2 de
noviembre de 2011, por la Contraloria Delegada para el Sector
Medio Ambiente. por la cual se resuelve el recurso de reposición
interpuesto por la CAR contra la Resolución Ordinaria No 022 del
31 de agoto de 2001
Activo Media
CONSEJO DE ESTADO -
SALA CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVA -
SECCIÓN TERCERA
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
2039 Iniciado $0,001100160000492
0111788900Penal
EN AVERIGUACIÓN,
JULIO GONZALEZ
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
PENAL VARIOS
Solicito muy atentamente se sirva dar inicio la indagación y en
aplicación de lo ordenado en lo artículos 286 y 287 del C. de P.
Penal, se formule imputación por los delitos de fraude procesal y
estafa las personas que aparezcan ya sea como determinadores,
autores o complices del ilicito
Acumulado MediaFiscalia General De La
Nación
Etapa - Indagación
Preliminar
No.
ORIONCategoria Cuantía Radicado judicial Clase proceso Demandado Demandante Tema Pretensión
Situación -
estado
actual
Probabilidad
de pérdidaDespacho Judicial Etapa Actuación
2043Tercero
involucrado$0,00
1100160000492
01013533Penal
JORGE ENRIQUE
BELTRAN LOPEZDE OFICIO
PENAL
CONTAMINACIÓNContaminación ambiental, daño en los recursos naturales Activo Baja
Fiscalia 249 Seccional de
Bogotá
Etapa - Indagación
Preliminar
2046 En Contra $0,002500023240002
0110061201Acción Popular
MINISTERIO DE
AMBIENTE Y
DESARROLLO
SOSTENIBLE - MADS,
INSTITUTO NACIONAL
DE VIAS - INVIAS,
INSTITUTO NACIONAL
DE CONCESIONES -
INCO, CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR Y OTROS
COOPERATIVA
MULTIACTIVA
EMPRESARIAL -
COOVITEL
VÍAS
Ordenar a la sociedad Consesión Autopista Bogotá GirardotS.A. y
a la Constructora Carlos Collins S.A. cesar la ocupación,
explotación y obras de modificación del cauce del río Sumapaz a
la altura de la vereda Malachi.
Ordenar a la sociedad Consesión Autopista Bogotá GirardotS.A. y
a la Constructora Carlos Collins S.A. Que en un término
prudencial, fijado por esa Honorable Corporación realicen todas
las obras que se requieran para mantener el cauce natural del río
SUmapaza a la altura de la vereda Malachi y adoptar las medidas
necesarias para recuperar los ecosistemas y recursos naturales
afectados las conductas relacionadas en le acápite de los hechos.
Ordenar a la entidades públicas aquí demandadas, dentro de su
correspondiente ámbito de competencia, adoptar las medidas
que se requieran para asegurar la protección de los derechos
colectivos aquí demandados y asegurar el cumplimiento de la
sentencia
Activo en
ORIONBaja
CONSEJO DE ESTADO -
SECRETARIA GENERAL
Etapa - Fallo de
Segunda Instancia
2049Tercero
involucrado$0,00
1100160000492
0101192800Penal
JUAN CARLOS
CARRILLO BEDOYADE OFICIO
PENAL
CONTAMINACIÓN
Explotación ilicita de yacimiento minero - Daño en los recursos
naturalesActivo Baja
Fiscalia General De La
Nación
Etapa - Audiencia
Inicial
2050Tercero
involucrado$0,00
1100160000282
0080200800Penal
LUIS ANTONIO VEGA
OCHOADE OFICIO
PENAL
CONTAMINACIÓNExplotación ilícita de yacimiento minero Activo Media
Fiscalia General De La
Nación
Etapa - Reparación
Integral
2055Tercero
involucrado$0,00
2530733317012
0100021701Acción Popular
Municipio de Ricaute y
otro
SERGIO HERNANDO
SANTOS MOSQUERAMINERÍA
Detener el daño ecológico ocasionado por la Empresa SAP
AGREGADOS S.A.
1) Por desviar el cauce normal del Rio Magdalena por medio de
un Eppolón evitando la entrada de agua de un brazo del Rio
Magdalena que entrada en el sector de la Isla del Amor
Detener urgentemente todo tipo de excavación com maquina
pesada dentro del Río Magdalena ya que se está provocando
aumento de profundidad del Río Magdalena y la misma
aumentando su cauce provocando al mismo tiempo Erosión ya
que están desapareciendo las fincas aledañas a la rivera del Río
Magdalena pro culpa de esta clase de excavación llevándose
cultivos de plátano, limón, naranjoas y otros perjudicando a los
propietarios de las fincas de descanso y a los pequeños
cultivadores del sector.
3) Recuperar l aFauna y Flora perdida por parte de esta mega
Activo en
ORIONBaja
CONSEJO DE ESTADO -
SECRETARIA GENERAL
Etapa - Fallo de
Segunda Instancia
2066 En Contra $652.000.000,002500023240002
0110066401
Acción de Nulidad y
Restablecimiento del
derecho
INSTITUTO DE
DESARROLLO URBANO -
IDU, CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
ANTONIO MARÍA
ZULUAGA
BETANCOURT
PREDIOS
1) Que es nula la resolución 2050 del 2 de mayo de 2011
mediante la cual se ordena la expropiación por vía administrativa
a favor del IDU de la zona de terreno ubicado en la AC 60 Sur
No 19 B-45 de la ciudad de Bogotá con cedula catastral 60 S 20 B
1, CHIP AAA0022CEBR y matricula inmobiliaria 50S-539220 y 50S-
499859.
2) Que igualmante son nulas las resoluciones 2521 de 18 de
Agosto de 2010 y 2495 del 24 de mayo de 2011 expedidas por la
Directora Tecnica del IDU.
Activo Media
CONSEJO DE ESTADO -
SALA CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVA -
SECCIÓN PRIMERA
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
No.
ORIONCategoria Cuantía Radicado judicial Clase proceso Demandado Demandante Tema Pretensión
Situación -
estado
actual
Probabilidad
de pérdidaDespacho Judicial Etapa Actuación
2070 Iniciado $26.941.986,002500023410002
0170027000Acción de Repetición
DARIO RAFAEL
LONDOÑO GOMEZ
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
ACCIÓN REPETICIÓN
1) Que se declare que el señor Dario Rafael londoño Gómez es
civil y administrativamente responsable por su comportamiento
doloso y gravemente culposo, al haber proferido las Resoluciones
No. 1344 y 1345 de 15 de nobiembre de 2002 en cuanto no
incorporó en la nueva planta de personal al Señor Gladys Adriana
Espinosa Montenegro en el cargo de profesional Especializado
3010, grado 16
2) Que como consecuencia de la anterior declaración se condene
al señor Dario Rafael londoño Gómez a pagar a la Corporación
Autónoma Regional de Cundinamarca CAR, la suma de
$26.941.986, valor que canceló la Corporación, en cumplimiento
de la orden judicial impuesta mediante la sentencia del Juzgado 6
Administrativo de Descongestión del Circuito de Bogotá,
calendada el 23 de diciembre de 2009, que fue confirmada por el
Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Segunda,
Subsección C, proferida el 2 de diciembre de 2010
3) Solicito así mismo que la sentencia que pongo fin al proceso,
sea de aquellas que reúnan los requisitos exigidos por los
artículos 68 del C.C.A. y 488 del C.P.C., es decir, que en ella
conste una obligación clara, expresa y actualmente exigible, con
el fin de que preste mérito ejecutivo.
4) Que el monto de la condena que se profiera en contra del
señor Dario Rafael Londoño Gómez, sea actualizada hasta el
momento del pago efectivo, de conformidad con lo dispuesto por
el articulo 178 del C.C.A.
5) Que se ordene el pago de los intereses previstos en el atículo
77 del C.C.A.
Activo Alta
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA -
SECCIÓN TERCERA -
SUBSECCIÓN A
Etapa - Contestación
Demanda
2080 Iniciado $26.752.080,002500023260002
0120071101Acción de Repetición
DARIO RAFAEL
LONDOÑO GOMEZ,
RICARDO FELIPE
HERRERA CARRILLO,
ANGELA MARIA TOBON
URIBE
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
ACCIÓN REPETICIÓN
1) Que se declare solidariamente responsables a Dario Rafael
Londoño Gomez, Ricardo Felipe Herrera Carrillo y Angela Maria
Tobon Uribe de los perjuicios ocasionado a la CAR por la condena
emitida por el Consejo de Estado Sección Segunda, por concepto
del pago de la condena a favor del señor Pablo Emilio Barrera
Rubiano.
2) Que se condene solidariamente a Dario Rafael Londoño
Gomez, Ricardo Felipe Herrera Carrillo y Angela Maria Tobon
Uribe al pado de la suma de $26.752.080, suma esta imputable
al pago ordenado por las sentencias del Tribunal Administrativo
de Cundinamarca Sección Segunda del 1 d enoviembre de 2007 y
de segunda instancia del Consejo de Estado Sección Segunda
Subsección A del 24 de junio de 2010
Activo Media
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA -
SECCIÓN TERCERA -
SUBSECCIÓN B
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
2085 En Contra $0,002500023240002
0120069301Acción Popular
MUNICIPIO DE
VILLETA,
DEPARTAMENTO DE
CUNDINAMARCA,
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
DANIEL ALFREDO
AVILA GUTIERREZ
PERMISOS Y
LICENCIAS
1) Se declare que el Municipio de Villeta, la Gobernación
deCundinamarca y la CAR, no han garantizado un manejo
oportuno y eficiente de todos los recursos humanos, técnicos,
administrativos y económicos que sean indispensables para la
prevención y atención en lo relacionado con la puesta en peligro
de un desastre a causa de la corriente del río Villeta sobre los
habitantes dl Municpio de Villeta Cundinamarca, la infraestructura
víal, los bienes inmuebles y en la red de alcantarillado ubicados
en la calle 1, entre calles 6 y 8, del barrio Alfonso López.
2) Que de acurdo con la pretensión anterior se orden al Municpio
de Villeta, la Gobernación de Cundinamarca y la CAR, que en el
menor tiempo posible, se realicen las actuaciones y obras
tendientes a cesar de forma efectiva la puesta en peligro de los
habitnates de municpio de Villeta Cundinamarca, la
infraestructura víal, los bienes inmuebles y la redd de
alcantarillado ubicados en el calle 1 antre carreras 6 y 8 a causa
de la ersión lateral y socavación de fondo de la banca de vía y
posible inundación generados por la corriente del río Villeta
Activo en
ORIONBaja
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA
Etapa - Fallo de
Segunda Instancia
2091 Iniciado $0,001100160000492
0120358100Penal
EN AVERIGUACIÓN,
ANGEL MARIA PAEZ
LOPEZ, ANGEL MARIA
PAEZ LOPEZ
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
PENAL
CONTAMINACIÓN
Se sirva dar inicio a la indagación y en aplicación de lo ordenado
en los artículos 286 y 287 del C de P Penal se formule imputación
las personas que aparezcan ya sea como determinadores autores
o cómplices del ilícito
Activo BajaFiscalia 249 Seccional de
BogotáEtapa - Investigación
No.
ORIONCategoria Cuantía Radicado judicial Clase proceso Demandado Demandante Tema Pretensión
Situación -
estado
actual
Probabilidad
de pérdidaDespacho Judicial Etapa Actuación
2116 En Contra $17.672.137.947,002500023240002
0120034400
Acción de Nulidad y
Restablecimiento del
derecho
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
INCOMINAGRO S.A. DEBIDO PROCESO
1) Declarar que la CAR reconoció que dentro de la actuación
administrativa contenida en el expediente 8009-76130872 se
produjo silencio administrativo negativo tal y la misma autoridad
lo expresa en la Resolución No 2794 de 3 de noviembre de 2011
al confirmar el acto ficto y por tanto hubo omisión en dar
respuesta a la petición ydicha omisión resulta la causa con nexo
causal con el daño.
2) Declarar sobre el recurso d ereposición radicado el 26 de julio
de 2011 con radicado 20111111624 se produjo silencio
administrativo negativo, lo cual reconoce la CAR y lo expresa en
la Resolución no 2794 de 3 de noviembre de 2011 en la parte
considerativa para llegar a la conclusión de que aún así las
autoridades pueden resolver en cualquier tiempo y por tanto que
hubo omisión en dar respuesta al recurso y dicha omisión resulta
la causa con nexo causal con el daño.
3) Declara que como consecuancia de la omisión de la CAR en
dar respuesta a la petición y recurso de Incominagro S.A. existe
nexo causal con el daño económico que se solicita indemnizar
como restablecimiento del derecho.
4) Declarar nulo el acto administrativo que se conforma de dos
actos factos negativos (silencios administrativos negativos) el
primero sobre la petición inicial, el segundo sobre el recurso
presentado y no contestado en tiempo junto con la Resolución
No 2794 de 3 de noviembre de 2011
Activo Baja
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA -
SECCIÓN PRIMERA -
SUBSECCIÓN B
Etapa - Probatoria
2121Tercero
involucrado$0,00
1100160000492
01011932Penal
JHON JAIRO SEGURA
PACHONDE OFICIO
PENAL
CONTAMINACIÓNProteccion a los recursos naturales y el medio ambiente Activo Media
Fiscalia 249 Seccional de
Bogotá
Etapa - Audiencia
Inicial
2122Tercero
involucrado$0,00
1100160000492
01010005Penal
HUGO HENRY NIÑO
GUEVARADE OFICIO
PENAL
CONTAMINACIÓNProteccion a los recursos naturales y el medio ambiente Activo Baja
Fiscalia 249 Seccional de
BogotáEtapa - Imputación
2123 En Contra $0,002500023240002
0130001500Acción Popular
BOGOTÁ DISTRITO
CAPITAL, ALCALDIA
LOCAL DE CIUDAD
BOLIVAR, SECRETARIA
DISTRITAL DEL MEDIO
AMBIENTE,
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, ENRIQUE
ARÉVALO, JUSTO
GUILLERMO ARÉVALO,
CARMENZA ARÉVALO,
FANNY ARÉVALO
LUIS PARMENIO
SANCHEZ PEREZ
PERMISOS Y
LICENCIAS
1) Que se declare la violación de los derechos colectivos al goce
de un ambiente sano, así como a la seguridad y salubridad
públicas de los habitantes de la comunidad residente en la
Vereda Quiba Baja sector la Regadera jurisdicción de la localidad
de Cuidad Bolivar
2) Que se declare que los señores Enrique Justo, Guillermo
Arevalo y otros que realizan la práctica de quemas a cielo
abierto, ejercen una actividad que implica amenaza y vulneración
del derecho Constitucional colectivo a gozar de un ambiente
sano, por parte de los habitantes de la Vereda.
3) Que como consecuencia de lo anterior se ordene por parte de
sus Despacho suspender de forma inmediata la quemas de
materiales reciclables y demás desechos sólidos que se vienen
realizando a cielo abierto.
4) Que en el término más breve posible se ejecuten las labores
de limpieza en los terrenos utilizados parta las quemas, retirando
la totalidad de los escombros que subsisten como consecuancia
de estas prácticas contaminantes del medio ambiente.
5) Que se declare responsable por omisión en el cumplimiento de
sus funciones y competencias a la Alcaldía Local de Ciudad
Bolibar, Alcaldía Mayor de Bogotá y demás entidades encargadas
de la protección, conservación e integridad del medio ambiente;
así como a los particulares
6) Se ordene a las autoridades demandadas realizar las
actuaciones que sean necesarias para la inmediata restitución,
readecuación y reforestación de la zona afectada
Activo Alta
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
No.
ORIONCategoria Cuantía Radicado judicial Clase proceso Demandado Demandante Tema Pretensión
Situación -
estado
actual
Probabilidad
de pérdidaDespacho Judicial Etapa Actuación
2129 Iniciado $0,00 2012-00109 ExpropiaciónSOCIEDAD ANDRES
BERMUDEZ Y CIA SCA
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
PREDIOS
1) Que se decrete a favor de la CAR, de quien es representante
legal su Director General Dr. Edgar Alfonso Bejarano por causa
de utilidad pública e interés social, la expropiación parcial de los
derechos de propiedad de La Sociedad Andres Bermudez y CIA
SCA representada legalmente por Mauricio Bermudez Puyana o
por quien haga sus veces, sobre el predio denominado Predio
Numero Uno (1) ubicado en la Vereda Bosatama del Municipio de
Soacha Cundinamarca, identificado con el folio de matrícula
inmobliaria 50S-861938 y cédula catastral antes 00-01-0002-
0332-000 y actualmente 00-00-0014-0083-000, del cual la
Corporación requiere un área de 5.210,80 metros cuadrados,
equivalente al 0,53% del área total del predio.
2) Que la sentencia por medio de la cual se decrete la
expropiación contenga igualmente la cancelación de cualquier
gravamen, embargo o inscripción que recaiga sobre el bien
anteriormente descrito
3) Que se ordene el registro de la sentencia de expropiación en
el folio de Matricula Inmobiliaria No 50S-861938 de la Oficina de
Registro de instrumentos Públicos de Bogotá Zona Sur, junto con
el acta de entrega, a efecto de que sirva de título de dominio a
favor de la CAR, e igualmente se disponga a favor de mi
mandante la apertura del nuevo folio de matricula inmobiliaria al
bien expropiado
Activo BajaJuzgado 1 Civil del
Circuito de SoachaEtapa - Avaluo
2130 Iniciado $0,00 2012-00108 ExpropiaciónMARTHA HELENA
TRIVIÑO GUTIERREZ
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
PREDIOS
1) Que se decrete a favor de la CAR, de quien es representante
legal su Director General Dr. Edgar Alfonso Bejarano por causa
de utilidad pública e interés social, la expropiación parcial de los
derechos de propiedad de Martha Helena Triviño Gutierrez, sobre
el predio denominado Lote 1 La Manga ubicado en la vereda
Bosatama del Municipio de Soacha Cundinamarca, identificado
con el folio de matrícula inmobliaria 50S-40416302 y cédula
catastral antes 00-01-0003-0027-000 y actualmente 00-00-0014-
0028-000, del cual la Corporación requiere un área de 12.164,71
metros cuadrados, equivalente al 9,05% del área total del predio.
2) Que la sentencia por medio de la cual se decrete la
expropiación contenga igualmente la cancelación de cualquier
gravamen, embargo o inscripción que recaiga sobre el bien
anteriormente descrito
3) Que se ordene el registro de la sentencia de expropiación en
el folio de Matricula Inmobiliaria No 50S-40416302 de la Oficina
de Registro de instrumentos Públicos de Bogotá Zona Sur, junto
con el acta de entrega, a efecto de que sirva de título de dominio
a favor de la CAR, e igualmente se disponga a favor de mi
mandante la apertura del nuevo folio de matricula inmobiliaria al
bien expropiado
Activo BajaJuzgado 1 Civil del
Circuito de SoachaEtapa - Avaluo
2135 En Contra $1.460.000.000,002500023260002
0110069001Acción Contractual
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
SEGUROS DEL ESTADO
S.A.CONTRACTUAL
Que se declaren nulas las resoluciones 1165 del 10 de junio de
2009 y 3287 del 22 de diciembre del mismo año, por medio de
las cuales se declaro por parte de la CAR, el incumplimiento del
contrato de Consultoria no 0464 de 2008 y la ocurrencia del
siniestro de incumplimiento y calidad haciendo efectiva la Poliza
No 21-44-101017553 expedida por Seguros del Estado S.A.
Activo Media
CONSEJO DE ESTADO -
SALA CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVA -
SECCIÓN TERCERA
Etapa - Alegatos de
Primera Instancia
2145 Iniciado $493.810.921,002500023260002
0120093401Acción de Repetición
DARIO RAFAEL
LONDOÑO GOMEZ
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
ACCIÓN REPETICIÓN
1) Que se declare responsable a Dario Rafael Londoño Gómez,
de los perjuicios ocasionados a la CAR por la condena emitida por
el Consejo de Estado, Sección Segunda, Subsección A, dictada el
25 de noviembre de 2010, por concepto del reintegro y pago de
la condena a favor del señor Carlos Eduardo Mantilla Florez.
2) Que se le condene al señor Dario Rafael Londoño Gómez a
reembolsar a la CAR la suma económica efectivamente pagada
por esta Corporación al señor Carlos Eduardo Mantilla Florez
como consecuencia de la orden judicial impartida por el Consejo
de Estado, Sección Segunda, Subsección A, dictada el 25 de
noviembre de 2010.
3) Que en virtud de lo anterior el señor Dario Rafael Londoño
Gómez efectúe el pago de la suma de $493.810.921 a favor de la
CAR
Activo Alta
CONSEJO DE ESTADO -
SALA CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVA -
SECCIÓN TERCERA
Etapa - Alegatos de
Segunda Instancia
No.
ORIONCategoria Cuantía Radicado judicial Clase proceso Demandado Demandante Tema Pretensión
Situación -
estado
actual
Probabilidad
de pérdidaDespacho Judicial Etapa Actuación
2146 En Contra $0,002589933317012
0100001200Acción Popular
GOBERNACION DE
CUNDINAMARCA,
EMPRESAS PÚBLICAS
DE CUNDINAMARCA,
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, MUNICIPIO DE
YACOPI
FANNY LUCIA BELTRAN
ARIASVERTIMIENTOS
1) Que se declare la violación y vulneración de nuestros derechos
constitucionales y colectivos, y se ordene a la entidad o autoridad
competente que se proteja el derecho colectivo al acceso a una
infraestructura de servicios que garantice el goce de un ambiente
sano, la defensa de los bienes de uso publico, la seguridad y
salubridad publica, el acceso a los servicios públicos y a que su
prestación sea eficiente y oportuna, los cuales se encuentran
consagrados en los numerales a), d), g), j), i) del art 4, ley 472
de 1998.
De acuerdo a la presentación anterior, se ordene a los entes
territoriales como son La Gobernación de Cundinamarca y
Municipio de Yacopi, la construcción inmediata del canal de
aguas residuales y aguas negras y construcción de muros de
contención que cumpla con las condiciones tecnicas y se adapte
a las necesidades de la comunidad del municipio de Yacopi, para
que se proteja el derecho a la vida, la salud y a gozar de un
ambiente sano.
3) Que se tomen todos los correctivos necesarios para timigar el
impacto ambiental producido por la erosión continua en los
alrededores de los predios afectados, para que cese el peligro
inminente sobre el derecho a la vida, la salud, a un ambiente
Activo en
ORIONMedia
Juzgado Administrativo
De Descongestion Del
Circuito De Zipaquirá
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
2150 En Contra $48.000.000.000,001100133310302
0120022800Accion de Grupo
Distrito Capital,
Sociedad Norco S.A.,
Sociedad inversiones
industriales y
Comerciales Carsona
Ltda y Pedri Gomez y
Cia S.A., EAAB, CAR
Sara Maria Villalobos
CardonaINUNDACIONES
1) Se declare que los demandantes han sufrido pejuicio
económicos materiales, morales y de detrimento de las
condiciones de calidad de vida como consecuancia de las
inundaciones sufridas en la Agrupación los Condominios III
Urbanización Tierra Buena Supermanzana 5, ubicado en la Cra 95
A No 34-39 Sur de Bogotá
2) Se declare que las entidades demandadas son responsables de
los perjuicios ocasionados por autorizar y ejecutar la edificación
Agrupación los Condominios III Urbanización Tierra Buena
Supermanzana 5 en terrenos historicamente inundables y sin
adoptar soluciones técnicas necesarias.
3) Se ordene a lso demandado pagar los perjuicios ocasionados
al grupo de demandante por daño emergente, daño moral y
detrimento en la condiciones de vida
Acumulado Alta
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
2156 En Contra $0,002589933317012
0110009000Acción Popular
MUNICIPIO DE
ZIPAQUIRA,
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, EEMPRESA DE
ACUEDUCTO,
ALCANTARILLADO Y
ASEO DE ZIPAQUIRA
JOSE MIGUEL REY
PARRAVERTIMIENTOS
1) Que se declare que las entidades demandadas al no tomar las
medidas del caso, frente a la problemática de contaminación que
se presenta en la Quebrada el Molino-Susaguá, esta´poniendo en
peligro la salud de los habitantes del Barrio San Gabriel
Que de acuerdo con la pretensión anterior, se ordene a las
entidades demandadas inicien las gestiones correspondientes,
tendientes a la descontaminación del cauce de la Quebrada
Molino - Susaguá
Activo en
ORIONMedia
Juzgado Administrativo
De Descongestion Del
Circuito De Zipaquirá
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
2157 Iniciado $515.014.754,002500023260002
0120105701Acción de Repetición
DARIO RAFAEL
LONDOÑO GOMEZ,
ANGELA MARIA TOBON
URIBE, RICARDO
FELIPE HERRERA
CARRILLO
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
ACCIÓN REPETICIÓN
1) Que se declare solidariamente responsables a Dario Rafael
Londoño Gomez, Ricardo Felipe Herrera Carrillo y Angela Maria
Tobon Uribe de los perjuicios ocasionado a la CAR por la condena
emitida por el Consejo de Estado Sección Segunda, por concepto
del pago de la condena a favor de la señora Nuris isabel Peña de
Bernal
2) Que se condene solidariamente a Dario Rafael Londoño
Gomez, Ricardo Felipe Herrera Carrillo y Angela Maria Tobon
Uribe al pado de la suma de $515.014.754, suma esta imputable
al pago ordenado por las sentencias del Tribunal Administrativo
de Cundinamarca Sección Segunda del 12 de julio de 2007 y de
segunda instancia del Consejo de Estado Sección Segunda
Subsección A del 19 de mayo de 2011
Activo Media
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA -
SECCIÓN TERCERA -
SUBSECCIÓN A
Etapa - Alegatos de
Segunda Instancia
No.
ORIONCategoria Cuantía Radicado judicial Clase proceso Demandado Demandante Tema Pretensión
Situación -
estado
actual
Probabilidad
de pérdidaDespacho Judicial Etapa Actuación
2159 En Contra $30.000.000,001100131050302
0120033201Ordinario Laboral
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
HERLINDA TELLEZ DE
RONCANCIO
RELIQUIDACION
PENSIONAL
1) Se condene a la accionada a la reliquidación para aumento del
monto de la mesada pensional que en su momento le fuera
atorgoda por la CAR al señor Carlos Julio Roncancio Coca
(Q.E.P.D.), y que ahora le ha sido sustituida a mi poderdante,
incluyendo para determinar el monto real, todos y cada uno de
los devengos, retribuciones y demás sumas causadas, insolutas o
canceladas al entonces trabajador en el último año, o en los
últimos diez años de la relación laboral, según la sistitución o
norma que le resulte de mayor favorabilidad.
2) Se ordene, a favor de mi representada, el reconocimiento y
pago del auxilio funerario causado con el lamentable
fallecimiento de su querido consorte y pensionado de la CAR.
3) Se ordene el reconocimiento y pago de las sumas
correspondientes a seguro por muerte y/o compensación
dineraria de origen convencional, causadas con el fallecimiento
del señor Carlos Julio Roncancio Coca (Q.E.P.D.), en suma
representativa o equivalente a 47 meses del monto de la mesada
que el causante percibía del ISS y de la CAR por pensión
compartida
Activo Media
CORTE SUPREMA DE
JUSTICIA - SECRETARIA
GENERAL
Etapa - Recursos
Extraordinarios
2162 En Contra $0,002500023240002
0160000100Acción Popular
CONCESIONARIA
DEVISAC, MUNICIPIO
DE TENA,
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, INSTITUTO DE
INFRAESTRUCTURAS Y
CONCESIONES DE
CUNDINAMARCA -
ICCU
MYRIAM ADRIANA
ARDILA RODRIGUEZDESLIZAMIENTOS
1) Manejo de las aguas, solución canalizar las aguas con tuberia
desde el punto de descote de la vía en concepción por DEVISAB
Bogotá La mesa, Km77, más 800 aproximadamente
(Alcantarillado aguas lluvia)
2) Manejo técnico del talud, monitoreo permanente por
Planeación en conjunto con INGEOMINAS, evaluará el tipo de
maquinaria para programar actividades.
Activo Media
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA -
SECCIÓN PRIMERA -
SUBSECCIÓN B
Etapa - Contestación
Demanda
2166 En Contra $30.000.000,001100131050312
0150079700Ordinario Laboral
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
OLMAN ENRIQUE
ALVAREZ
RELIQUIDACION
PENSIONAL
1) Se condene a la accionad a la reliquidación para aumento del
monto de la mesada pensional que en su momento le fuera
otorgada al señor José Olimpo Rodriguez Riaño (Q.E.P.D.), y que
ahora le ha sido sustituida a los demandantes, incluyendo para
determinar el monto real, todos y cada uno de los devengos,
retribuciones, y demás sumas causadas, insolutas o canceladas
al entonces trabajador en el último año, o pluralidad de años de
la relación laboral, segúnla situación o norma que les resulte de
mayor favorabilidad.
2) Se ordene, a favor de mis representados, el reconocimiento y
pago del auxilio funeraio causado con el lamentablemente
fallecimiento de su querido padre y pensionado de la CAR
Activo Media
JUZGADO 31 LABORAL
DEL CIRCUITO DE
BOGOTA
Etapa - Juzgamiento
No.
ORIONCategoria Cuantía Radicado judicial Clase proceso Demandado Demandante Tema Pretensión
Situación -
estado
actual
Probabilidad
de pérdidaDespacho Judicial Etapa Actuación
2168 Iniciado $0,00 2012-00177 ExpropiaciónSOCIEDAD MEPRED
S.A.
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
PREDIOS
1) Que se decrete a favor de la CAR, de quien es representante
legal su Director General Dr. Edgar Alfonso Bejarano por causa
de utilidad pública e interés social, la expropiación parcial de los
derechos de propiedad de La Sociedad Meprerd S.A.
representada legalmente por Carlos Alberto Cortazar García opor
quien haga sus veces, sobre el predio denominado Lote 1 La
Manga, ubicado en la Vereda Bosatama del Municipio de Soacha-
Cundinamarca identificado con el folio de Matricula Inmobiliaria
50S-253958 y cédula catastral antes 00-01-0001-0007-000 y
actualmente 00-00-001-00109-000,. del cual la Corporación
requiere un área de 26.010,57 metros cuadrados, equivalente al
100% del área total del predio.
2) Que la sentencia por medio de la cual se decrete la
expropiación contenga igualmente la cancelación del gravamen
hipotecario de cualquier gravamen, embargado o inscripción que
recaiga sobre el bien anteriormente descrito.
3) Que se ordene el registro de la sentencia de expropiación en
el folio de Matricula Inmobiliaria No 50C-253958 de la Oficina de
Registro de instrumentos Públicos de Bogotá Zona Sur, junto con
el acta de entrega, a efecto de que sirva de título de dominio a
favor de la CAR, e igualmente se disponga a favor de mi
mandante la apertura del nuevo folio de matricula inmobiliaria al
bien expropiado
Activo BajaJuzgado 2 Civil del
Circuito de SoachaEtapa - Avaluo
2171 Iniciado $0,00 2012-00186 Expropiación
DOUGLAS ALEXANDER
MEDINA GRANADOS,
JUDITH GRANADOS
ROMERO
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
PREDIOS
1) Que se decrete a favor de la CAR, de quien es representante
legal su Director General Dr. Edgar Alfonso Bejarano por causa
de utilidad pública e interés social, la expropiación parcial de los
derechos de propiedad de Douglas Alexander Medina Granados y
Judith Granados Romero, sobre el predio denominado Lote 3
ubicada en la Vereda Bosatama del Municipio de Soacha-
Cundinamarca, identificado con el folio de matrícula inmobiliaria
50S-40416304 y cédula catastral 00-01-0003-0087-000, de cual
la Corporación requiere un área parcial de 53.069,97 metros
cuadrados, equivalentes al 93.10% del área total del predio.
2) Que la sentencia por medio de la cual se decrete la
expropiación contenga igualmente la cancelación gravamen,
embargo o inscripción que recaiga sobre el bien anteriormente
descrito.
3) Que se ordene el registro de la sentencia de expropiación en
el folio de Matricula Inmobiliaria No 50S-40416304 de la Oficina
de Registro de instrumentos Públicos de Bogotá Zona Sur, junto
con el acta de entrega, a efecto de que sirva de título de dominio
a favor de la CAR, e igualmente se disponga a favor de mi
mandante la apertura del nuevo folio de matricula inmobiliaria al
bien expropiado
Activo BajaJuzgado 2 Civil del
Circuito de SoachaEtapa - Avaluo
2172 Iniciado $0,00 2012-00187 Expropiación
SALVADOR MEDINA
GALINDO, JUDITH
GRANADOS ROMERO
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
PREDIOS
1) Que se decrete a favor de la CAR, de quien es representante
legal su Director General Dr. Edgar Alfonso Bejarano por causa
de utilidad pública e interés social, la expropiación parcial de los
derechos de propiedad de Salvador Medina Galindo y Judith
Granados Romero, sobre el predio denominado Lote 1 ubicada en
la Vereda Bosatama del Municipio de Soacha-Cundinamarca,
identificado con el folio de matrícula inmobiliaria 50S-40509083 y
cédula catastral 00-01-0003-0029-000, de cual la Corporación
requiere un área parcial de 11.257,09 metros cuadrados,
equivalentes al 11,98% del área total del predio.
2) Que la sentencia por medio de la cual se decrete la
expropiación contenga igualmente la cancelación gravamen,
embargo o inscripción que recaiga sobre el bien anteriormente
descrito.
3) Que se ordene el registro de la sentencia de expropiación en
el folio de Matricula Inmobiliaria No 50S-40509083 de la Oficina
de Registro de instrumentos Públicos de Bogotá Zona Sur, junto
con el acta de entrega, a efecto de que sirva de título de dominio
a favor de la CAR, e igualmente se disponga a favor de mi
mandante la apertura del nuevo folio de matricula inmobiliaria al
bien expropiado
Activo BajaJuzgado 2 Civil del
Circuito de SoachaEtapa - Avaluo
No.
ORIONCategoria Cuantía Radicado judicial Clase proceso Demandado Demandante Tema Pretensión
Situación -
estado
actual
Probabilidad
de pérdidaDespacho Judicial Etapa Actuación
2173 Iniciado $0,00 2012-00188-01 Expropiación
SOCIEDAD
INMOBILIARIA LTDA -
HOY INVERSIONES
SAMUDIO CABRERA Y
CIA S EN C
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
PREDIOS
1) Que se decrete a favor de la CAR, de quien es representante
legal su Director General Dr. Edgar Alfonso Bejarano por causa
de utilidad pública e interés social, la expropiación parcial de los
derechos de propiedad de La Sociedad Inversiones Samudio
Cabrera SAS, antes Sociedad Inmobiliaria Sam LTDA.
representada legalmente por Maria Teresa Samudio de GUHL,
sobre el predio denominado hacienda Chucuavita o La Floresta
ubicada en la Vereda Bosatama del Municipio de Soacha-
Cundinamarca, identificado con el folio de matrícula inmobiliaria
50S-69779 y cédula catastral 00-00-0014-0029-000, antes 00-01-
0003-0028-000, del cual la Corporación requiere un área parcial
de 124.183,14 metros cuadrados, equivalentes al 29.85% del
área total del predio.
2) Que la sentencia por medio de la cual se decrete la
expropiación contenga igualmente la cancelación gravamen,
embargo o inscripción que recaiga sobre el bien anteriormente
descrito.
3) Que se ordene el registro de la sentencia de expropiación en
el folio de Matricula Inmobiliaria No 50S-69779 de la Oficina de
Registro de instrumentos Públicos de Bogotá Zona Sur, junto con
el acta de entrega, a efecto de que sirva de título de dominio a
favor de la CAR, e igualmente se disponga a favor de mi
mandante la apertura del nuevo folio de matricula inmobiliaria al
bien expropiado
Activo BajaJuzgado 1 Civil del
Circuito de SoachaEtapa - Avaluo
2176 En Contra $840.000.000,001100133310342
0120006000
Acción de Reparación
Directa
EMPRESA DE
ACUEDUCTO,
ALCANTARILLADO Y
ASEO DE BOGOTA -
EAB, MUNICIPIO DE
SOACHA,
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
ADRIANA VELEZ
GONZALEZ, ONG
LIDERES EN ACCIÓN
CON PROSPECTIVA
SOCIAL
CONTRACTUAL
1) Que las demandadas son administrativa y civilmente
responsables de la totalidad de los perjuicios materiales y
morales causados a la ONG Lideres en Acción con Prospectiva
Social por las acciones y omisiones que condujeron al cierre y
suspensión inmediata de la adecuación cronológicamente
mediante la disposición final de materiales de excavación
geomorfológica mediante la disposición final de materiales de
excavación del municipio de Soacha-CundinAmarca y la
consiguiente paralización del contrato 512 de mayo 18 de 2009
que la entidad actora tenía celebrado con el municipio de Soacha.
2) Que como consecuancia detal reconociemiento, las demandas
deberán pagar, en forma solidaria, a la entidad demandante la
indemnización por daños y perjuicios materiales, incluidos el
daño emergente y el lucro cesante, en la cuantía que se
demuestre en el proceso o que resulte de la liquidación posterior
de la sentencia genérica desde el día 12 de marzo del año 2010
hasta el día 18 de mayo del año 2011, los cuales estimo como
mínimo en el valor de 1.500 salarios mínimos mensuales actuales
o sea la suma de $840.000.000
Activo Media
JUZGADO 65
ADMINISTRATIVO DEL
CIRCUITO DE BOGOTÁ
Etapa - Notificaciones
2178 Iniciado $0,002500023420002
0140282600
Acción de Nulidad y
Restablecimiento del
derecho
FRANCISCO FERNEY
SANCHEZ
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
LESIVIDAD
1) Que se declare la nulidad del articulo primero de la Resolución
1525 del 15 de junio de 2011, en cuanto nombró en periodo de
prueba al señor Francisco Ferney Sanchez, para desempeñar el
empleo de Técnico Administrativo, Código 3124, Grado 14 ,
ubicado en Bogotá la Calera.
2) Que se declare la nulidad del articulo segundo de la
Resolución 1525 del 15 de junio de 2011
3) Que se declare la nulidad del articulo tercero de la Resolución
1525 del 15 de junio de 2011
4) Que a titulo de restablecimiento del derecho se ordene la
desvinculación o el retiro del señor Francisco Ferney Sanchez de
la CAR en donde ocupa el cargo de Técnico Administrativo,
Código 3124, Grado 14, perteneciente a la planta global de
empleados públicos de la CAR, ubicado en la Oficina Bogotá La
Calera
5) Que a titulo de restablecimiento del derecho se ordene el
nombrameinto en período de prueba de la señora Blanca Nubia
Campos Colorado, para desempeñar el empleo de Técnico
Administrativo, Código 3124, Grado 14, perteneciente a la planta
global de empleados públicos de la CAR, ubicado en la Oficina
Activo MediaCONSEJO DE ESTADO -
SECRETARIA GENERAL
Etapa - Contestación
Demanda
No.
ORIONCategoria Cuantía Radicado judicial Clase proceso Demandado Demandante Tema Pretensión
Situación -
estado
actual
Probabilidad
de pérdidaDespacho Judicial Etapa Actuación
2182 En Contra $30.000.000,001100131050132
0120051101Ordinario Laboral
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
MARIA LEONOR RIAÑO
CASTAÑEDA
RELIQUIDACION
PENSIONAL
1) Se condene a la accionada a la re liquidación para aumento
del monto de la mesada pensional otrogada por la CAR al señor
Bonifacion Riaño Cardenas (Q.E.P.D.), incluyendo para
determinar el monto real de la vital prestación, todos y cada uno
de los devengos, retribuciones, y demás semas causadas,
insolutas o canceladas al entonces trabajador en el último año, o
pluralidad de años de la relación laboral, según la situación o
norma que resulte de mayor favorabilidad.
2) Se condene al pago de las mesadas causadas y no cobradas
por el causante.
3) Se ordene al reconociemiento y pago del auxilio funerario de
orden convencional causado con el lamentable fallecimiento del
pensionado de la CAR
4) Se condene al reconocimiento y pago del seguro por muerte o
compensación dineraria causada con el lamentalbe fallecimiento
del pensionado de la CAR.
5) Se decrete el pago del seguro de vida o compensación
dineraria, en suma igual a 78 meses de la integridad de los
montos que constituyen la pensión disfrutada por causante.
Activo en
ORIONBaja
CORTE SUPREMA DE
JUSTICIA - SECRETARIA
GENERAL
Etapa - Recursos
Extraordinarios
2183 En Contra $0,002500023240002
0120084200Acción Popular
MAVDT - MINISTERIO
DE AMBIENTE,
VIVIENDA Y
DESARROLLO
TERRITORIAL,
EMPRESA DE
ACUEDUCTO,
ALCANTARILLADO Y
ASEO DE BOGOTA -
EAB, ALCALDÍA MAYOR
DE BOGOTÁ, D.C.,
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
EDILBERTO BERNAL MINERÍA
1) Ordenándoles al Ministerio del Medio Ambiwente reoriente las
Politicas de Destrucción de la Explotación Minera, en los cerros
como ocurre en la actualidad en los cerros de la quebrada limas
2) Una inspección judicial a los sitios de hechos en referencia
como es de la carrera 19 D por Calle 70 Sur del barrio los Sauces
de C. Bolivar hasta la carrera 21 por Calle 63 Sur del barrio
Candelaria la Nueva 1 y 2 Etapa.
3) Ministerio del Medio Ambiente, CAR, Alcaldías Municipal y
Entidades Institucionales, utilicen los recursos de la Nación,
Municipios, con el fin de dar cumplimiento a las disposiciones
legales y se fijen a partir de este momento metas inmediatas que
demuestren que se está cumpliendo con las leyes dispuestas y
garanticen la descontaminación
4) Ordenar al D.C. un comité para que se acorde una medida que
solucione la problematica de explotación minera, deslizamientos
de remoción en masa, la prevención de desastres prevesibles
técnicamente pro no tomar las medidas de la adecuación
hidráulica para evitar el riego antes y no después.
Activo Media
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA -
SECCIÓN PRIMERA -
SUBSECCIÓN A
Etapa - Probatoria
2184 En Contra $0,002500023410002
0130035800Acción Popular
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, MUNICIPIO DE
CUCUNUBA,
MUNICIPIO DE
LENGUAZAQUE,
MUNICIPIO DE UBATE
MARIO ORTIZ
HERRAN, JUAN
MANUEL ROBAYO
RODRIGUEZ, JAIRO
FERNANDO ROBAYO
RODRIGUEZ, JOSE
ALEJANDRO BARRETO
ROA, MARTIN
BARBOSA GIRALDO
DISTRITO DE RIEGO
FUQUENE - CUCUNUBA
1) Que se ordene la protección inmediata de los derechos
colectivos al goce de un ambiente sano, la existencia del
equilibrio ecológico y manejo y aprovechameinto racional de los
recursos naturales, y a la seguridad y prevención de desastres
previsibles técnicamente, derechos que han sido vulnerados pro
la CAR el municipio de CUcunibá, el Municipio de Leguazaque y el
Municipio de Ubaté como consecuancia del incumplimiento de
varias de las obligaciones de manejo ambiental a su cargo, en
particular, de aquellas relacionadas con la administración,
operación y mantenimiento del distrito de riego y drenaje de la
Laguna de Fúquene - Cucunubá y con la prevención y atención
de desastres causados por riesgos inminentes previsibles
técnicamente.
2) Que en consecuencia, se le ordene a la CAR, al municipio de
Cucunubá, al municipio de Lenguazaque y al municipio de Ubaté
que adopten las medidas necesarias para mitigar los efectos
producidos como consecuencia del desbordamiento de los ríos
Lenguazaque, Susa y ubaté sobre los predios ubicados e la zona
y para evitar que e adelante ocurran eventos de esta naturaleza.
Activo Media
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA -
SECCIÓN PRIMERA -
SUBSECCIÓN A
Etapa - Probatoria
2196 En Contra $0,00 2012-00073 Querella
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
SIN DEFINIR PREDIOS
Queja ciudadana presentada a este Despacho, donde nos
informan que presuntamente se adelantan obras en el predio
donde funciona el laboratorio de la CAR Barrio la Soledad el cual
está causando problemas a los vecinos
Activo Baja
Alcaldia Locar de
Teusaquillo Asesoria de
Obras
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
No.
ORIONCategoria Cuantía Radicado judicial Clase proceso Demandado Demandante Tema Pretensión
Situación -
estado
actual
Probabilidad
de pérdidaDespacho Judicial Etapa Actuación
2197 En Contra $5.438.016.000,001100133340062
0120002101Accion de Grupo
CONSTRUCTORA
NEMESIS S.A.,
ALCALDÍA MAYOR DE
BOGOTÁ, D.C.,
ALCALDIA LOCAL DE
BOSA, CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, EMPRESA DE
ACUEDUCTO,
ALCANTARILLADO Y
ASEO DE BOGOTA -
EAB
ANA DIOBANA RIVERA
GARCIAINUNDACIONES
1) Que se declare solidariamente responsable a las aquó
demandadas por la violación de derechos individuales a la
vivienda digna y al patrimonio propiedad privada y colectivos
previstos en los literales A, B, G, L, M y N del artículo 4 de la Ley
472 de 1998, como consecuanci de las acciones, omisiones y
falla en el servicio que provocaron daños y perjuicios a los
demandante por la inuncación presentada el pasado mes de
diciembre de 2011, en la urbanización la Alameda del Río.
Por los perjuicios morales
Activo Media
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA
Etapa - Contestación
Demanda
2199 En Contra $0,002526933317022
0090047701Acción Popular
INSTITUTO
COLOMBIANO
AGROPECUARIO - ICA,
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, ESCUELA
NACIONAL DE
CARABINEROS
BRILLIT MADYURY
BOLAÑOS S.P.O.T.
1) Declarar responsables a la CAR Sabana de occidente, El
instituto Colombiano ICA - Seccional Corpoica Tibaitata, Policía
Nacional de Colombia, Escuela Nacional de carabineros
solidariamente, por la violación de los derechos colectivos
invocados por Brillit Madyori Bolaños Sarmiento y en
consecuencia, disponer la protección de los derechos
constitucionales colectivos tales como el goce a una ambiente
sano a la diversidad e integridad del ambiente, a la conservación
de áreas de especial importancia ecológica y a la planificación en
el manejo y aprovechamiento de los recursos naturales,
consagrados en los artículos 79 y 80 de la Constitución política de
Colombia, de igual manera, a la defensa del patrimonio público,
la defensa del patrimonio cultural de la Nación, al equilibrio
ecológico y al aprovechamiento racional de los recursos
naturales, a la moralidad administrativa, el derecho a la
seguridad y prevención de desadtres previsibles técnicamente.
2) Que de acuerdo con la pretensión anterior se ordene a la
Policia Nación de Colombia - Escuela Nacional de Carabineros,
cesar en forma inmediata, a las actividades que realiza, con
relación al aprovechameinto forestal en el predio denominado
Hacienda Las Margaritas, hasta tanto no se tomen las medidas
necesarias tendientes a suprimir los impactos negaivos al medio
ambiente, la afectación de flora y fauna, el impacto negativo
paisajistico y por ende, los derecho constitucionales colectivos
en el numeral anterior.
3) Ordenar a la CAR, ICA adoptar el Plan de Manejo Ambiental de
Manejo integrado de los recursos naturales renovables del Cerro
Mancilla, jurisdicción del municipio de Facatativá, concretamente
en la Hacienda Las Margaritas, propiedad de las Escuela Nacional
de Carabineros.
4) Ordenar a la CAR, ICA realizar el alcance del plan de manejo
ambiental, a fin de que tomen las medidas de conservación y
protección de los recursos naturales renovables previstas en el
Plan de Manejo Ambiental, en desarrollo de los cual podrá
restringir o modificar las prácticas de su aprovechamiento; así
mismo, podrá establecer controles o limites a las actividades que
se realicen en esta área.
Activo en
ORIONBaja
Juzgado 2 Administrativo
De Descongestión De
Facatativa
Etapa - Fallo de
Segunda Instancia
No.
ORIONCategoria Cuantía Radicado judicial Clase proceso Demandado Demandante Tema Pretensión
Situación -
estado
actual
Probabilidad
de pérdidaDespacho Judicial Etapa Actuación
2200 En Contra $3.849.130.926,001100133310282
0120016600Accion de Grupo
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, MUNICIPIO DE
UBATE, MUNICIPIO DE
LENGUAZAQUE,
MUNICIPIO DE
CUCUNUBA,
MUNICIPIO DE
SUTATAUSA Y OTROS
JAIRO FERNANDO
ROBAYO RODRIGUEZ,
JOSE ALEJANDRO
BARRETO ROA, JUAN
MANUEL ROBAYO
RODRIGUEZ, ANITA
HERRAN GOETZ,
DANIEL ORTIZ
HERRAN,
AGROINDUSTRIAL LAS
MERCEDES SA -
AGROMERCEDES SA,
INVERSIONES
HERRAGO SA Y OTROS
INUNDACIONES
1) La CAR, el municipio de Ubaté, el Municipio de Lenguazaque,
el municpio de Cucunubá, el municipio de Sutatausa, el munipio
de Fúquene, el municipio de Guacheta, el municpio de Susa, el
municpio de Simijaca, el municpio de Chiquinquirá, el municpio
de Saboya, el municpio de San Miguel de Sena y el municpio de
Ráquira son solidariamente responsables por los daños
materiales y morales que sufrieron los demandantes, y todas
aquellas personas que hacen parte del grupo al que se refiere el
acápite primero de esta demanda, como consecuancia de los
desbordameintos de los ríos Suta, Ubáte y Lenguazaque que
ocurrieron durante el segundo semestre del año 2010, el año
2011 y el primer semestre del año 2012 dentro del área del
denominado Distrito de Riego y Drenaje de Fúquene Cucunubá y
la consiguiente inundación de los predios de los que son
propietarios, arrendatarios o explitadores y en los que desarrollan
sus actividades económicas principales.
2) Que como consecuencia de la anterior declaración se condene
a las autoridades demandas al reconocimiento y pago de las
indemnizacionea que que haya lugar por concepto de los
perjuicios materiales (daño emergente y lucro cesante) y morales
que sufrieron todas las personas indiciadas en la pretensión
anterior.
Activo Media
JUZGADO 28
ADMINISTRATIVO DEL
CIRCUITO DE BOGOTÁ
SECCIÓN SEGUNDA
Etapa - Probatoria
2209 En Contra $30.000.000,00 2012-00490 Ordinario Laboral
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
ARISTIDES MOLANO
ZEA
RELIQUIDACION
PENSIONAL
1) Se ordene a la re liquidación inmedita para aumento de la
mesada pensional de mi representado, teniendo en cuenta,
incluir, todas y cada una de las sumas devengadas y/o causadas
por el trabajador, con la liquidación definitiva del contrato de
trabajo inclusive, durante el último año de la relación laboral o
durante los últimos año de ésta, según la situación o disposición
que le resulte de mayor favorabilidad.
2) Se condene al reajuste para aumento del procentaje del
ingreso otorgado como mesada pensional.
3) Se ordene también el reajuste de las mesadas adicionales
4) Se conceda la indexación de la primera mesada y todas y cada
una de las sumas que se llegare a reconocer.
5) Que una vez, aplicados correctamente los factores que
determinen el monto real de la mesada pensional, se ordene el
pago de las sumas resultantes a favor de mi poderdante, con
retroactividad a la fecha en que se causó el derecho.
6) Se ordene el pago de la indemnización moratoria por omisión
y retardo en el reconocimiento y pago de los derechos y
prestaciones de mi poderdante, a razón de un día del monto de
la pensión actualizado por cada día de mora en el pago.
7) Se ordene el pago de todas y cada una de las sumas
solicitadas con los correspondientes intereses corrientes y de
mora, liquidados a la tasa más alta permitida.
8) Se ordene el pago de la sanción por la mora en el
reconocimeinto en forma de la vital prestación pensional.
Activo Media
CORTE SUPREMA DE
JUSTICIA - SALA DE
CASACIÓN LABORAL
Etapa - Recursos
Extraordinarios
No.
ORIONCategoria Cuantía Radicado judicial Clase proceso Demandado Demandante Tema Pretensión
Situación -
estado
actual
Probabilidad
de pérdidaDespacho Judicial Etapa Actuación
2210 En Contra $0,002500023240002
0120087501Acción Popular
EMPRESA AVICOLA
UVE S.A., ALCALDIA
MUNICIPAL DE LA
VEGA, CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
MARTHA MIREYA
MORENO PARDO
CONTAMINACIÓN AIRE-
SUELO
1) Declarar que la explotación agropecuaria en industrial
adelantada por la empresa UVE S.A., en la granja YOLOMBÓ,
ubicada en el sector de Santa Clara, vereda San Juan, del
municipio de La Vega, Cundinamarca vulnera los derechos
colectivos a el goce de un ambiente sano, de conformidad con lo
establecido en la constitución, la Ley y las disposiciones
reglamentaria y a la seguridad y salubridad publicas, de la
comunidad que habita el sector de Santa Clara y los demás
vecinos de dicho sector.
2) Como consecuencia ordenar a la accionada empresa Uve S.A.,
que en un término no mayor a 3 meses, a partir de la ejecutoria
de esta decisión, cese de la actividad de explotación avícola que
adelanta en el predio YOLOMBÓ, y desmonte en su totalidad la
actividad industrial que allí desarrolla. Lo que incluye la toma de
las medidas necesarias para reparar las condiciones del medio
ambiente afectado, una vez desmontada la industria.
3) ordenar la creación de un comité de seguimiento vajo la
dirección de la CAR, Oficina Povincial Gualivá, en el que participe
la Procuraduria Delegada para Asuntos Ambientales, la Alcaldía
Municipal de La Vega, la Defensoria del Pueblo, el Personero
Municipal y la oficina de planeación del mismo municipio, que
encargue de verificar el cumplimiento de la sentencia
Activo en
ORIONMedia
CONSEJO DE ESTADO -
SECRETARIA GENERAL
Etapa - Fallo de
Segunda Instancia
2214 En Contra $0,001100103240002
0100033500
Acción de Nulidad
Simple
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
FLAVIO GONZALEZ
USAQUEN, JOSE
JOAQUIN PACHON
PACHON, JUAN
NEPOMUCENO
RODRIGUEZ, AMADEO
GONZALEZ GONZALES,
JOSE ANTONIO
BALLEN NIETO
RESERVA FORESTAL
Que se declare la nulidad del Acuerdo no 022 de agosto 18 de
2009 de la junta directiva de la CAR, "Por el cual se declara como
reserva forestal protectora y distrito de manejo integrado (DMI)
al páramo de Guargua y Laguna Verde y se adoptan otras
determinaciones"
Activo Media
CONSEJO DE ESTADO -
SALA CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVA -
SECCIÓN PRIMERA
Etapa - Alegatos de
Primera Instancia
2217 Iniciado $0,00 2012-00226 Penal
INVERSIONES Y
CONSTRUCCIONES
TORO SAS - INVERCOT
SAS, CARLOS ARTURO
TORO CADAVID
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
MINERÍA
Explotación ilicita de Yacimiento Minero
Me permito ponerlos en conocimiento de la autoridad penal, a
efectos de que investigue las conductas y comportamientos que
viene asumiendo el representante legal y/o propietario de la
Firma Invercot Ltda, en terrenos ubicados en le Municipio de
Soacha, atentatorios a la normatividad Penal consagrada en el
Titulo XI de LOSC Delitos contra los Recursos Naturales, Capitulo
Único Articulos 331, 332 y 33 del Código Penal.
Activo MediaFiscalia General De La
Nación
Etapa - Indagación
Preliminar
2220 En Contra $30.000.000,00 2012-00517 Ordinario Laboral
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
ELBA ADALIA CORREA
DE SANCHEZ
RELIQUIDACION
PENSIONAL
1) Se condene a la reliquidación para aumento del monto de la
mesada pensiona que en su momento le fuera otorgada por la
CAR al señor Diego Rafael Sanchez Poveda (Q.E.P.D.), y que
ahora le ha sido sustituida mi poderdante.
2) Que para determinar el monto real de la pensión se tengan en
cuenta todos y cada uno de los devengos, rebribuciones, y
demás sumas causadas, insolutas o canceladas al entonces
trabajador en el último año, o pluralidad de años de la relación
laboral.
3) En aplicación de principio de favorabilidad ycitación más
favorable se tengan en cuenta todos y cada uno de los devengos
del causante en el último año o últimos años de la relación
laboral.
4) Se ordene, a favor de mí representada, el reconocimiento y
pago del auxilio funerario causado con el lamentable
fallecimiento de su querido consorte y pensionado de la CAR
5) Se ordene el reconocimiento y pago de las sumas
correspondiente a seguro por muerte y/o compensación
deneraria, causadas con el fallecimeinto del señor Diego Rafael
Sanchez Poveda (Q.E.P.D.), en suma representativa o
equivalente a 78 meses del monto total de la mesada pensional
del causante.
Activo Media
CORTE SUPREMA DE
JUSTICIA - SALA DE
CASACIÓN LABORAL
Etapa - Recursos
Extraordinarios
No.
ORIONCategoria Cuantía Radicado judicial Clase proceso Demandado Demandante Tema Pretensión
Situación -
estado
actual
Probabilidad
de pérdidaDespacho Judicial Etapa Actuación
2228 En Contra $30.000.000,001100131050122
0170007700Ordinario Laboral
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
JOSE AURELIO LEMUS
RODRÍGUEZ
RELIQUIDACION
PENSIONAL
1) Se ordene a la re liquidación inmediata para aumento de la
mesada pensiona de mi representado, teniendo en cuenta,
incluir, todas y cada una de las sumas devengadas y/o causadas
por el trabajador, con la liquidación definitiva del contrato de
trabajo inclusive, durante el último año de la relación laboral o
durante los últimos años de ésta, según la situación o disposición
que le resulte de mayor favorabilidad.
2) Se condene al reajuste para aumento del porcentaje del
ingreso otrogado como mesada pensional.
3) Se ordene el reajuste de las mesada adicionales.
4) Se conceda la indexación de la primera mesada y todas y cada
una de la sumas que se llegare a reconocer.
5) Que una vez, aplicados correctamente los factores que
determinen el monto real de la mesada pensional, se orden el
pago de las sumas resultantes a favor de mi poderdante, con
retroactividad a la fecha en que se causó el derecho.
6) Se orden el pago de l indemnización moratoria por omisión y
retardo en el reconocimiento y pago de los derecho y
prestaciones de mi poderdante, a razón de un día del monto de
la pensión actualizado por cada día de mora en el pago.
Activo Media
JUZGADO 12 LABORAL
DEL CIRCUITO DE
BOGOTÁ
Etapa - Juzgamiento
2237 En Contra $82.637.333,002500023250002
0120005600
Acción de Nulidad y
Restablecimiento del
derecho
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
ADRIANA MARIA
RODRIGUEZ GUZMANCARÁCTER LABORAL
1) Que se declare que es nula la resolución No 1534 de fecha 15
de junio de 2011 que se expidió por parte de la CAR en
cumplimiento de la sentenica proferida al día 30 de abril de
2010por el Juzgado 6 Administrativo de Descongestión del
Circuito Judicial de Bogotá y confirmada por el Honorable
Tribunal Administrativo de Cundinamarca mediante providencia
de fecha 17 de febrero del año 2011 donde pispuso no reintegrar
a la Dra. Adriana Maria Rodriguez Guzman al desconocer lo
ordenado por las sentencia aludidas
2) Que se declare que es nula la Resolución No 1798 de fecha 18
de julio de 2011 expedida por el Director General de la CAR por
medio de la cual se resuelve un recurso de reposición interpuesto
contra la resolución no 15 de fecha 15 de junio de 2011
3) Que como consecuencia de las declaraciones a que se
contraen las pretensiones anteriores y a título de
restablecimiento del derecho, se condene a la CAR a reintegrar a
la Dra. Adriana Maria Rodriguez Guzman al cargo de categoría y
funciones al de profesional especializado código 2028 grado de la
CAR del que injustificamente no fue reintegrada y/o a uno de
igual o superior categoria, así como a condenarla al pago de
todos los salarios dejados de percibir, incluyendo para el efecto
los sueldos, primas de todo orden, subsidios, bonificaciones,
horas extras, aumentos de suelldos que se presenten durante el
tramite del procesos, subsidios familiares y demás emolumentos
que dejo de percibir, etc y desde el día 9 de diciembre de 2009 y
hasta el día en que se dé cumplimiento al fallo de la jurisdicción
contenciosa administrativa que disponga su reintegro.
Activo Media
CONSEJO DE ESTADO -
SALA CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVA -
SECCIÓN SEGUNDA -
SUBSECCIÓN A
Etapa - Apelación
Sentencia
2238 Iniciado $0,001100160000492
0160590200Penal SIN DEFINIR
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
PENAL - FALSEDAD
DOCUMENTO
Presunta falsedad materia e ideologíca en documento público
emitidos supestamente por esta CorporaciónActivo Baja
Fiscalia General De La
Nación
Etapa - Indagación
Preliminar
No.
ORIONCategoria Cuantía Radicado judicial Clase proceso Demandado Demandante Tema Pretensión
Situación -
estado
actual
Probabilidad
de pérdidaDespacho Judicial Etapa Actuación
2245 Iniciado $6.881.355.070,002500023360002
0120057100
Acción de Reparación
Directa
INSTITUTO DE
DESARROLLO URBANO -
IDU
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
PREDIOS
Se declare responsable al IDU de la reparación patromonial que
debe hacer a la CAR a causa del daño antijuridico causado por la
ocupación permanente de una parte de terreno de menor
extensión que hace parte del terreno de mayor extensión
denominado el Tunal distinguido con el folio de matricula
inmobiliaria 50S-499859 y al que correspnde el registro catastral
número 58 s 19 5 (U/5313) de propiedad de la CAR
La parte de terreno de menor extensión ocupada para la
construcción de la insercción vial de la Avenida Villavicencio con
Avenida Boyacá junto con las orejas y conectantes viales y que
es motivo de la presente acción, tienen una extensión de
ocupación de 36495,2 metros cuadrados
Activo Media
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA -
SECCIÓN TERCERA -
SUBSECCIÓN A
Etapa - Probatoria
2248 En Contra $35.447.314,001100131050162
0120057501Ordinario Laboral
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
JOSÉ GUILLERMO
HERNANDEZ ZABALA
RELIQUIDACION
PENSIONAL
1) Se condone al pago de las diferencias de la mesadas
pensionales ordinarias y adicionales resultantes del reajuste y
reliquidación de la pensión de jubilación con el 80% del promedio
del sueldo devengado durante el último año de servicio.
2) Se condene al pago de las diferencias de las mesdas
pensionales ordinarias y adicionales resultantes del reajuste y
reliquidación de la pensión de jubilación con todos los factores
salariales enunciados en las declarativas.
3) Se condene al pago indexado de la primera mesada de su
pensión de jubilación desde la fecha en que adquirió el status
pensional hasta cuando se verifique la inclusión en nomina del
nuevo valor que por esta acciónse llegaré a reconocer
debidamente indexada
4) Se condene al pago de los intereses moratorios sobre las
sumas adeudadas por reajuste y reliquidación de las mesadas
pensiónlaes ordinarias y adicionales, en los términos del art. 141
de la Ley 100 de 1993
5) Se condene de manera subsidiaria a la indexación de todas las
dierencias de las mesadas pensiónales ordinarias y adicionales
Activo Media
CORTE SUPREMA DE
JUSTICIA - SALA DE
CASACIÓN LABORAL
Etapa - Fallo de
Segunda Instancia
2256 Iniciado $1.300.000.000,001100131030072
0130002700Reivindicatorio
ANTONIO MARÍA
ZULUAGA
BETANCOURT
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
PREDIOS
Que pertenece en dominio pleno y absoluto a la CAR con
domicilio principal en la ciudad de Bogotá, el predio donde hoy
funciona un parqueadero en la ciudad de Bogotá ubicado en la
Calle 60 A sur No 19 B 45 con un área aproximada de 28.337,59
m2
Que como consecuencia de la anterior declaración del dominio en
favor de la CAR condénese al demandado señor ANtonio María
Zuluaga Betancourt mayor de edad, domiciliado y residente en la
Calle 60 A sur No 19 B - 45, y a toda persona que se encuentre
dentro del inmueble, a restituir, una vez ejecutoriada esta
sentencia, en favor d ela CAR el inmueble donde hoy dia
funciona un parqueadero
4) Que el demandado señor Antonio María Zuluaga Betancourt
pagará a la demandante CAR, seis días despues de ejecutoriada
la sentencia, el valor de los frutos naturales o civiles percividos
del inmueble antes determinado, y no solo los percibidos, sino
los que el dueño hubiere podido percibir, con mediana
inteligencia y cuidado, a justa tasación de peritos, desde el día 27
de septiembre de 1996 hasta el momento de la entrega del
Activo BajaJUZGADO 47 CIVIL DEL
CIRCUITO DE BOGOTAEtapa - Avaluo
2266Tercero
involucrado$0,00
2589933310012
0100012500Acción Popular
MUNICIPIO DE
CUCUNUBA
ALEXANDER ANTONIO
PABÓN CAMACHO
PERMISOS Y
LICENCIAS
Ordenar a los demandados a realizar mantenimiento a los
tanques de agua
Activo en
ORIONMedia
Juzgado 1 Administrativo
Del Circuito De Zipaquira
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
2276 En Contra $12.217.341.600,001100133317122
0120018800Accion de Grupo
MINISTERIO DE
TRANSPORTE,
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, MINISTERIO DE
AMBIENTE Y
DESARROLLO
SOSTENIBLE - MADS Y
OTROS
JOSE ABRAHAN
CARDOZO ZUÑIGAVÍAS
Indemnizaciónes de perjuicios ocasionados con el desarrollo de
las obras y el proyecto total de la construcción de la Autopista
Doble Clasada Bogotá - Girardot a las personas accionantes en
esta Acción de Gerupo
Activo Media
JUZGADO 54
ADMINISTRATIVO DEL
CIRCUITO DE BOGOTÁ
Etapa - Probatoria
No.
ORIONCategoria Cuantía Radicado judicial Clase proceso Demandado Demandante Tema Pretensión
Situación -
estado
actual
Probabilidad
de pérdidaDespacho Judicial Etapa Actuación
2281 Iniciado $399.128.893,001100103260002
0130000600Acción de Repetición
DARIO RAFAEL
LONDOÑO GOMEZ
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
ACCIÓN REPETICIÓN
1) Que se declare que el señor Dario Rafael Londoño Gomez es
civil y administrativamente responsable por su comportameinto
doloso y gravemente culposo al haber desvinculado de su cargo a
la señora Beatriz Venegas Venegas, con violación de la mormas
legales y constitucionales.
2) Que como consecuancia de la anterior declaración se condene
al señor Dario Rafael Londoño Gomez a pagar a la CAR la suma
de $399.128.893 mcte a favor de la doctora Beatriz Venegas
Venegas, valor que canceló la Corporación en cumplimiento de la
orden judicial impuesta mediante la sentencia del Tribunal
Administrativo de CUndinamarca Sección Segunda Subsección D,
la cual quedo ejecutoriada el 14 de dicembre de 2011.
3) Solicito así mismo que la setnenci que ponga fin al proceso,
sea de aquellas que reúnan los requisitos exigidos por los
artículos 99 del Código de Pro9cesameinto Administrativo y de lo
COntencioso Administrativo Ley 1437 del 2011, es decir que en
ella conste una obligación clara, expresa y actualmente exigible,
con en fin de que preste mérito ejecutivo.
4) Que el monto de lacondena que se profiera en contra del
señor Dario Rafael Londoño Gomez sea actualizada hasta el
momento del pago efectivo, de conformidad Código de
procedimiento Administrativo de lo Contencioso Administrativo y
demás normas concordantes
Activo Alta
CONSEJO DE ESTADO -
SALA CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVA -
SECCIÓN TERCERA
Etapa - Fallo de
Segunda Instancia
2283 En Contra $874.000.000,002500023410002
0120023400Accion de Grupo
COOPERATIVA DE
VIVIENDA DE INTERES
SOCIAL - BRISAS DEL
TEQUENDAMA,
ALCALDIA MUNICIPAL
DE VIOTA,
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
CARLOS HUMBERTO
CARDENAS ESPITIAINUNDACIONES
REFORMADE LA DEMANDA 1) Condenar solidariamente a la
accionadas a pagar al grupo accionante la indemnización
colectiva que corresponde a los perjuicios materiales causados a
todos y cada uno de los integrantes del grupo actor. La
indemnización toal e integra debe ser equivalente a la sumatoria
ponderada de las indemnizaciones individuales.
2) Señalar los requisitos que deben cumplir los beneficiarios que
no han estado presentes en esta acción, a fin de que puedan
reclamar la indemnización correspondiente
Activo Media
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA -
SECCIÓN PRIMERA -
SUBSECCIÓN A
Etapa - Audiencia de
Conciliación
2287 Iniciado $166.115.585,001100103260002
0130001100Acción de Repetición
GLORIA LUCIA
ALVAREZ PINZON,
LILIAN ALEXANDRA
HURTADO BUITRAGO
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
ACCIÓN REPETICIÓN
1) Que se declare responsable a las Doctoras Gloria Lucia Alvarez
Pinzon y Liliana Alexandra Hurtado Buitrago, identificadas con
cédula de ciudadanía No. 51.796.816 de Bogotá y 52.031.168 de
Bogotá respectivamante de los perjuicios ocasionados a la CAR
por la condena emitida por el Tribunal Admiistrativo de
Cundinamarca, Sección Segunda Subsección F, dictada el 7 de
octubre de 2011, por concepto del reintegro y pago de la
condena a favor del Señor Jose Martin Ramos Nariño
2) Que se le condene a las señoras Gloria Lucia Alvares Pinzon y
Liliana Alexandra Hurtado Buitrago, a rembolsar a la CAR la suma
económica efectivamente pagada por esta Corporación al señor
Jose Martin Ramos Nariño como consecuencia de la orden
judicial impartida por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca
Sección Segunda Subsección F, dictada el 7 de octubre de 2011
3) Que en virtud de lo anterior se ordene a las señoras Gloria
Lucia Alvarez Pinzon y Lilian Alexandra Hurtado Buitrago efectue
el pago de la suma de $166.115.585 a favor de la CAR
Activo Media
CONSEJO DE ESTADO -
SALA CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVA -
SECCIÓN TERCERA
Etapa - Alegatos de
Segunda Instancia
No.
ORIONCategoria Cuantía Radicado judicial Clase proceso Demandado Demandante Tema Pretensión
Situación -
estado
actual
Probabilidad
de pérdidaDespacho Judicial Etapa Actuación
2288 En Contra $786.367.785.642,002500023410002
0120034900Accion de Grupo
MINISTERIO DE
AMBIENTE Y
DESARROLLO
SOSTENIBLE - MADS,
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, EMGESA S.A
E.S.P, ALCALDÍA
MAYOR DE BOGOTÁ Y
OTROS
MARIA ISABEL
DELGADILLO GARCIAINUNDACIONES
1) Que se declare que el Grupo Accioantes de las localidades de
Bosa y Kennedy en Bogotá, sufrio entre los días 6 y 15 de
diciembre de 2011 una inundación, no de aguas lluvias, sino de
aguas servidas o negras que se devolvieron por la red de
alcantarillado; aguas putrefactas que causaron al grupo accionate
graves perjuicios materiales e inmateriales.
16) Que se declare que la CAR no ha realizado de manera
adecuada el dragado, la ampliación del lecho del río Bogotá y la
elevación de los jariillones para aumentar la capacidad de
transporte de aguas del río Bogotá y prevenir con tales obras el
riesgo de inundación en las zonas que fueron afectadas con la
inundación
Activo Media
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
2296Tercero
involucrado$0,00
1100160990342
0120006600Penal
JORGE ENRIQUE
AMAYA GARZON, LUIS
ALBERTO AMAYA
GARZON, REINALDO
AMAYA GARZON,
JAIME TOCANCIPA
MATIZ, OVIDIO
CASTILLO GUTIERREZ
DE OFICIO MINERÍA Explotación Ilicita de Yacimiento Minero Activo BajaFiscalia General De La
Nación
Etapa - Audiencia
Inicial
2299 En Contra $368.858.500,002526933330012
0120015600
Acción de Reparación
Directa
ALCALDIA MUNICIPAL
DE VILLETA,
DEPARTAMENTO DE
CUNDINAMARCA,
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
SINAI GIL
MONTENEGRODESLIZAMIENTOS
1) Que se declare administrativa y patrimonialmente responsable
a la ALCALDIA MUNICIPAL DE VILLETA-CUNDINAMARCA,
CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DE CUNDINAMARCA y EL
DEPARTAMENTO DE CUNDINAMARCA, por los daños y perjuicios
morales y materiales irrogados a la señora SINAI GIL
MONTENEGRO - C.C. 20’108.658, como consecuencia de los
hechos acaecidos el día 15 de Agosto de 2010 a las 7:00 A.M., en
el barrio Villa María, del Municipio de Villeta – Cundinamarca,
donde por hechos imputables a los Demandados, hubo
deslizamientos de tierra sobre la quebrada Cune, causando
graves perjuicios a los habitantes, e inmueble ubicado en la
carrera 5ª CON CALLE 9ª, lote Nº 04, manzana Nº 10, barrio
Villa María de Villeta - C/marca., de propiedad del Accionante,
según se desprende de la Matrícula inmobiliaria Nº 156-71044 de
la Oficina de Registro de II.PP. de Facatativá-C/marca.,
configurándose falla en el servicio de la administración.
2) Que como consecuencia de la anterior declaración la
ALCALDIA MUNICIPAL DE VILLETA-CUNDINAMARCA,
CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DE CUNDINAMARCA y EL
DEPARTAMENTO DE CUNDINAMARCA, sean condenados a pagar
los perjuicios causados a favor de los accionantes
PERJUICIOS MATERIALES $100.000.000
PERJUICIOS MORALES 500 SMMLV (515.000 para la epoca que
ocurrieron los echos)
Activo BajaJuzgado 1 Administrativo
del Circuito de Facatativa
Etapa - Liquidación de
Costas y Agencias en
Derecho
No.
ORIONCategoria Cuantía Radicado judicial Clase proceso Demandado Demandante Tema Pretensión
Situación -
estado
actual
Probabilidad
de pérdidaDespacho Judicial Etapa Actuación
2302 En Contra $1.452.803.800,002526933330012
0120015400
Acción de Reparación
Directa
ALCALDIA MUNICIPAL
DE VILLETA,
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, DEPARTAMENTO
DE CUNDINAMARCA
LUZ ANGELA OSORIO
OLAYA, LINA PAOLA
OSORIO OLAYA, RUTH
OLAYA DE OSORIO,
JORGE ALEJANDRO
CAMARGO OLAYA
DESLIZAMIENTOS
1) Que se declare administrativa y patrimonialmente responsable
a la ALCALDIA MUNICIPAL DE VILLETA-CUNDINAMARCA,
CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DE CUNDINAMARCA y EL
DEPARTAMENTO DE CUNDINAMARCA por los daños y perjuicios,
morales y materiales irrogados a los señores LUZ ANGELA
OSORIO OLAYA – C.C.Nº 52’654.340, LINA PAOLA OSORIO
OLAYA – C.C.Nº 52’655.528, JORGE ALEJANDRO CAMARGO
OLAYA C.C.Nº 80’277.531 y RUTH OLAYA DE OSORIO C.C.
20’696.423, como consecuencia de los hechos acaecidos el día 15
de Agosto de 2010 a las 7:00 A.M., en el barrio Villa María, del
Municipio de Villeta – Cundinamarca, donde por hechos
imputables a los Demandados, hubo deslizamientos de tierra
sobre la quebrada Cune, causando graves perjuicios a los
habitantes, e inmueble ubicado en la carrera 5ª Nº 10-15, barrio
Villa María de Villeta.C/marca., de propiedad de los Accionantes,
según se desprende de la Matrícula inmobiliaria Nº 156-71072 de
la Oficina de Registro de II.PP. de Facatativá-C/marca.,
configurándose falla en el servicio de la administración.
2) Que como consecuencia de la anterior declaración la
ALCALDIA MUNICIPAL DE VILLETA-CUNDINAMARCA,
CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DE CUNDINAMARCA y EL
DEPARTAMENTO DE CUNDINAMARCA, sean condenados a pagar
los perjuicios causados a favor de los accionantes.
PERJUICIOS MATERIALES $420’000.000
PERJUICIOS MORALES
Activo BajaJuzgado 1 Administrativo
del Circuito de Facatativa
Etapa - Liquidación de
Costas y Agencias en
Derecho
2304 En Contra $14.468.183.384,002500023260002
0120103800
Acción de Reparación
Directa
MINISTERIO DE
TRANSPORTE,
INSTITUTO NACIONAL
DE VIAS - INVIAS,
INSTITUTO NACIONAL
DE CONCESIONES -
INCO, CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR Y OTROS
GALVIS BELTRAN Y CIA
SASINUNDACIONES
1) Declarar patrimonialmente responsable en forma solidaria y
extracontractual a los demandados por los daños antijuridicos
ocasionado a la Sociedad Glavis Beltran y CIA SAS en virtud de la
inundación sufrida sobre el inmueble de su propiedad
denominado predio Maderos de matricula inmobiliaria No 50N-
20479501 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de
Bogotá D.C. y cedula catastral No 00-00-0001-0655-000, sobre el
cual se desarrollaba las obras de urbanismo para la construcción
de 12 Bodegas y 12 locales comerciales.
2) Como consecuancia de la anterio declaración se condene a las
deamandadas al pago de los daño y perjuicios a favor de la
demandante ocasionados en virtud de inundación sufrida sobre el
inmueble denominado predio Maderos
Activo Media
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA - SALA
DESCONGESTIÓN
Etapa - Probatoria
2308 En Contra $30.000.000,001100131050112
0160002500Ordinario Laboral
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
LILIA INES ROMERO
MARTINEZ
RELIQUIDACION
PENSIONAL
1) Se condene a la reliquidación para aumento del monto de la
mesada pensional que en su momento le fuera otorgada por la
CAR al señor Alfonso Gomez Lancheros (Q.E.P.D.) y que ahora le
ha sido sustituida a mi poderdante, incluyendo para determinar el
monto real, todos y cada uno de los devengos, retribuciones, y
demás sumas causadas, insolutas o canceladas al entonces
trabajador en el último año o pluralidad de años de la relación
laboral, según la situación o norma que le resulte de mayor
favorabilidad.
2) Se ordene el pago de las mesadas causadas en vida del
causante y que éste no cobró y no hizo efectivas.
3) Se ordene a favor de mi representada el reconocimiento y
pago del auxilio funerario causado con el lamentable fallecimento
de su querido consorte y pensionado.
4) Se ordene el reconocimiento ypago de las sumas
correspondientes a seguro por muerte y/o compensación
dineraria, causadas con el fallecimiento del señor ALfonso Gomez
Lancheros (Q.E.P.D.), en suma representativa o equivalente a 78
meses del monto de la mesada pensional que el causante
percibía del ISS y de la CAR por pensión compartida
Activo Media
JUZGADO 11 LABORAL
DEL CIRCUITO DE
BOGOTÁ
Etapa - Fallo de
Segunda Instancia
No.
ORIONCategoria Cuantía Radicado judicial Clase proceso Demandado Demandante Tema Pretensión
Situación -
estado
actual
Probabilidad
de pérdidaDespacho Judicial Etapa Actuación
2316 En Contra $0,002500022130002
0130005800Acción de Tutela
ALCALDIA MUNICIPAL
DE FUSAGASUGA,
FABIPOLLO LTDA,
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, OFICINA DE
PLANEACION DE
FUSAGASUGA,
SECRETARIA DE SALUD
DEL MUNICIPIO DE
FUSAGASUGA
MYRIAM ESTELLA
AVILA BAQUERO
CONTAMINACIÓN AIRE-
SUELO
1) Con fundamento y en base a los hechos aquí señalados
solicito al señor Magistrato disponer y ordenar a los tutelados
que inicien acciones contundentes e inmediatas, tendientes a
amparar los Derechos Constitucionales Fundamentales a un
medio ambiente sano, ligado intimamente a los derecho a la
vida, la salud y la integridad fisica consagrados en los arts 11,
49, 79 de la Constitución Politica de Colombia, como mecanismo
definitivo para evitar un perjuicio irremediable a mi hija, mientras
se da cumplimiento a los ordenado por el Consejo de Estado, que
dio un plazo perentorio de 4 años a la Procesadora de pollo
Fabipollo LTDA, para reubicar sus instalaciones.
2) Se respeten los derechos fundamentales constitucionales a
que tiene derecho mi hija a disfrutar de un ambiente sano ligado
intimanete a los derechos a la vida, la salud y la integridad fisica,
ya que la salud de ella y la mía han desmejorado, renitis, dolor
de cabeza, gastritis, además los daños y perjuicios ya que no
tenemos ventilación en dos curatos que los sellé para haber si
mitiga esos olores nauseabundos, lo cual no lo conseguí y dañe
las ventanas.
3) Para garantizar los mencionados derechos conculcados de mi
hija y de mi familia en general, solicito al señor Juez de tutela se
tomen medidad inmediatas que pongan fin a la vulneración de
derechos aquí señalada en detalle en la descripción de loshechos,
mientras la Empresa Fabipollo Ltda cumple con la orden de
reubicación del Honorable Consejo de Estado
4) Que debido a la respuesta de la CAR de Fusagasuga según
resultados del operativo se apliquen las sanciones según la ley
1333 de 2009 y que en este caso sea con inmediatez, debido a
que mi hija está convulsionando muy seguido
Activo Alta
TRIBUNAL SUPERIOR
DEL DISTRITO JUDICIAL
DE CUNDINAMARCA -
SALA CIVIL - FAMILIA
Etapa - Fallo de
Segunda Instancia
2320 En Contra $0,001100103240002
0120012800
Acción de Nulidad
Simple
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
ASOCIACION PARA EL
DESARROLLO
INTEGRAL DE LA ZONA
DE INFLUENCIA DE LA
VÍA SUBA COTA -
ASODESCO
RESERVA FORESTAL
Que con arreglo a las normas y tramites establecidos en los
articulos 152 y 154 del Acuerdo 011 del 19 de julio de 2011
espedido por el Consejo Directivo de la CAR
Activo Baja
CONSEJO DE ESTADO -
SALA CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVA -
SECCIÓN PRIMERA
Etapa - Probatoria
2321 En Contra $632.193.365,002500023410002
0130061400
Acción de Nulidad y
Restablecimiento del
derecho
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
HOLCIM COLOMBIA
S.A.
MEDIDAS
PREVENTIVAS
Que como consecuencia de lo anterior y a titulo de
restablecimiento del derecho se condene a la CAR alevantar la
medida preventiva contenida en al Resolucion 2392 del
10/10/2012
Que se declare la nulidad de la Resoución 2392 del 10 de octubre
de 2012 "Por la cual se interpone unas medidas preventivas y se
toman otras determinaciones"
Condenar a la CAR a pagar integralmente todos los daños y
perjuicios economicos causados a Holcim Colombia a titulo de
lucro cesante como consecuencia de los perjuicios concretos
causados
Activo Media
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA -
SECCIÓN PRIMERA -
SUBSECCIÓN A
Etapa - Recursos
Extraordinarios
2324 En Contra $30.000.000,001100131050282
0120040300Ordinario Laboral
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
MARIA ROSANA ROJAS
DE ALVARADO
RELIQUIDACION
PENSIONAL
Se condene a la reliquidaciòn para aumento de la mesada
pensional que en su momento le fuera otorgada por la CAR al
señor Campo Elias Alvarado Castellanos, la cual ha sido
sustituida a la accionante.
Activo Media
JUZGADO 28 LABORAL
DEL CIRCUITO DE
BOGOTA
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
2326 En Contra $52.566.436,002500023420002
0130150700
Acción de Nulidad y
Restablecimiento del
derecho
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
HUGO HERNANDO
GARCIA MARTINEZ
RELIQUIDACION
PENSIONAL
Que se declare la Nulidad parcial de la resolucion No 1834 de
Diciembre 19 de 2002 expedida por la CAR, mediante la cual se
reconoce pension de jubilacion a favor del demandante
Activo Alta
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA -
SECCIÓN SEGUNDA -
SUBSECCIÓN A
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
2328Tercero
involucrado$12.000.000.000,00
2500023240002
0050089901
Acción de Nulidad y
Restablecimiento del
derecho
MAVDT - MINISTERIO
DE AMBIENTE,
VIVIENDA Y
DESARROLLO
TERRITORIAL
CONJUNTO
RESIDENCIAL
CAMPESTRE BOSQUES
DE TORCA
RECURSOS
NATURALES, FAUNA
FLORA
que se declare nulo el articulo 1 de la resolucion 463 de 2005 del
Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, en
cuanto describe equivocadamente el limite del àrea de reserva
forestal Bosque Oriental de Bogotà
Activo Media
CONSEJO DE ESTADO -
SALA CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVA -
SECCIÓN PRIMERA
Etapa - Alegatos de
Segunda Instancia
No.
ORIONCategoria Cuantía Radicado judicial Clase proceso Demandado Demandante Tema Pretensión
Situación -
estado
actual
Probabilidad
de pérdidaDespacho Judicial Etapa Actuación
2331 En Contra $100.998.710.000,002500023410002
0130022100Accion de Grupo
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
YENNIFER HERRERA
MESA Y OTROSINUNDACIONES
Daños Morales: Solicitan que se declare la responsabilidad por os
daños y perjuicios ocasionados a la comunidad del sector de
TIERRA BUENA Y BOSA
Daño emergente para las 423 familias afectadas por las
inundaciones
lucro cesante por los daños de los inmuebles
Activo Media
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA -
SECCIÓN PRIMERA -
SUBSECCIÓN B
Etapa - Contestación
Demanda
2333 Iniciado $441.729.635,001100103260002
0130004300Acción de Repetición
DARIO RAFAEL
LONDOÑO GOMEZ
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
ACCIÓN REPETICIÓN
Se ordene pagar a favor de la Corporación la suma que la
Entidad tuvo que pagar al señor Fernando Fajardo, en
cumplimiento de la sentencia del Consejo de Estado, entidad que
ordeno el apgo de sus emolumentos y el reintegro del
funcionario
Activo Alta
CONSEJO DE ESTADO -
SALA CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVA -
SECCIÓN TERCERA
Etapa - Audiencia
Inicial
2341 En Contra $10.825.000.000,002500023360002
0130024100
Acción de Reparación
Directa
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
ALECO DE LA SABANA
S.A.INUNDACIONES
Que se declare que la Nación — CORPORACION AUTONOMA
REGIONAL SABANA OCCIDENTE (CAR) es responsable de los
perjuicios materiales y morales causados a las demandantes por
i) omisión y subsecuente falla en el servicio de dragado del no
Bogotá, ii) omisión en la realización oportuna obras de defensa
contra inundaciones y mantenimiento de los jarillones del no
Bogotá existentes en su jurisdicción a la altura de la vereda San
Francisco del municipio de Mosquera, Cundinamarca y iii) por
omisión al permitir la alteración y elevación del jarillón de la
ribera oriental del rio que protege a los barrios de la ciudad de
Bogotá D.C
Activo Media
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
2344 En Contra $0,002500023410002
0120065400Acción Popular
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
CONJUNTO
RESIDENCIAL
BOSQUES DEL
CENTENARIO
PERMISOS Y
LICENCIAS
ejercer el control correspondiente sobre las obras pendientes de
ejecucion , estableciendo criterios de calidad , requisitos legales y
tecnicos, asi como de seguridad para los habitantes el conjunto
demandante.
Activo Media
CONSEJO DE ESTADO -
SALA CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVA -
SECCIÓN PRIMERA
Etapa - Fallo de
Segunda Instancia
2351 En Contra $30.000.000,001100131050212
0120075100Ordinario Laboral
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
ANA GILMA ESPINEL RELIQUIDACION
PENSIONAL
Se condene a la reliquidacion para aumento del monto de la
mesada pensional que en su momento le fuera otorgada por la
CAR al señor CARLOS JULIO RODRIGUEZ, que le ha sido
sustituida a la accionante
Activo Media
JUZGADO 21 LABORAL
DEL CIRCUITO DE
BOGOTA
Etapa - Contestación
Demanda
2352 Iniciado $0,00 2013-00113 ExpropiaciónHERNANDO CARRIOZA
PARDO
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
ESPACIO PÚBLICO
Que se declare a favor de la CAR, por causa de utilidad publica e
interes social , la EXPROPIACION PARCIAL de los derechos de
propiedad que tienen los herederos indeterminados y
determinados de quien se determine propietario del predio
ubicado en la vereda BOSTANA del municipio de Soacha.
Activo BajaJuzgado 2 Civil del
Circuito de SoachaEtapa - Avaluo
2353 En Contra $16.223.281.200,002500023260002
0120088000
Acción de Reparación
Directa
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
INMOBILIARIA
FINANCIERA S.A.INUNDACIONES
Se condene al pago de los daños y perjuicios a favor del
accionante, ocacionados en virtud de la inundacion sufrida sobre
el inmueble denominado el CONDOR.
Activo Media
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA - SALA
DESCONGESTIÓN
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
2354 Iniciado $258.215.012,001100103260002
0130005400Acción de Repetición
ANA MILENA
CORREDOR CARVAJAL
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
ACCIÓN REPETICIÓN
que se declare responsable a Ana Milena Corredor Carvajal, de
los perjuicios ocacionados a la CAR, por la condena emitida por el
juzgado 16 Administrativo de Bogotà, dictada el 8 de julio de
2009, por concepto de reintegro y pago de la condena a favor del
señor ABELINO NUMPAQUE PEDRAZA
Activo Alta
CONSEJO DE ESTADO -
SALA CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVA -
SECCIÓN TERCERA
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
2355 En Contra $0,002500023410002
0120070400Acción Popular
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
HERMANN GUSTAVO
GARRIDO PRADA ESPACIO PÚBLICO
Se ordene a la CAR junto con las demas entidades a realizar
conjuntamente un programa de recuperacion de la ronde del RIO
FUCHA y de la zona adyacente al conjunto residencial CAMPIÑA
DEL RESTREPO NUEVA GENERACION, en el que se adelanten
todas las actuaciones tendientes a recuperar el espacio publico
de la zona
Activo Baja
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA -
SECCIÓN PRIMERA -
SUBSECCIÓN A
Etapa - Probatoria
2361 En Contra $0,002528933330012
0130007600Acción Popular
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
ASOCIACION DE
USUARIOS DE LA
SUBCUENCA DEL RIO
BAHAMON
POTABILIDAD DEL
AGUA -
ALCANTARILLADO
Se amparen los derechos colectivos al medio ambiente sano,
equilibrio ecológico, salubridad y defensa del patrimonio público,
ocasionados por la construcción de un invernadero para el cultivo
comercial de follajes, el incremento de zonas de cultivo, la tala de
bosques para el pastoreo, invadiéndose el lecho del río y
amenazándose la calidad del agua para el consumo humano.
Activo MediaJuzgado Administrativo
de Facatativa
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
2370 En Contra $30.000.000,001100131050092
0130002200Ordinario Laboral
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
ADONAI GOMEZ ROJAS RELIQUIDACION
PENSIONAL
Se condene a la CAR a la re liquidacion para aumento del monto
de la mesada pensional que en su momento le fuera otorgada
por la CAR al señor Aristides Rojas Arevalo.
Activo Media
JUZGADO 9 LABORAL
DEL CIRCUITO DE
BOGOTÁ
Etapa - Contestación
Demanda
No.
ORIONCategoria Cuantía Radicado judicial Clase proceso Demandado Demandante Tema Pretensión
Situación -
estado
actual
Probabilidad
de pérdidaDespacho Judicial Etapa Actuación
2371 En Contra $0,002500023410002
0130220201Acción Popular
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
JAVIER D’ANELLO
ANTOLINEZESPACIO PÚBLICO
Se declare que la vía que da acceso de la localidad de suba a la
Autopista Medellín y que cruza por la Planta de Tratamiento del
Salitre Fase I, fue construida en zona de manejo y preservación
ambiental del río Bogotá.
Activo Baja
CONSEJO DE ESTADO -
SALA CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVA -
SECCIÓN PRIMERA
Etapa - Fallo de
Segunda Instancia
2377 Iniciado $0,001517660001132
01300174Penal
PEDRO IGNACIO
MATALLANA, OMAR
ORLANDO MATALLANA,
EDUARDO BUITRAGO
VARELA, SANTOS
CAICEDO, DANILO
MATALLANA
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
CONTAMINACIÓN AIRE-
SUELOIlícito aprovechamiento de los recursos naturales Activo Baja
Fiscalia 24 Seccional de
Chiquinquira
Etapa - Indagación
Preliminar
2378 Iniciado $0,001517660001132
201300206Penal
RUBEN ALVARADO
MURCIA, NEILA
NOHEMI PERALTA
ALVARADO
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
CONTAMINACIÓN AIRE-
SUELOIlícito aprovechamiento de los recursos naturales Activo Baja
Fiscalia 24 Seccional de
Chiquinquira
Etapa - Indagación
Preliminar
2379 Iniciado $0,00 2013-00032 Penal
POR DETERMINAR,
LUIS DANIEL ARVALO
CALDERON
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
CONTAMINACIÓN AIRE-
SUELODaño en los recursos naturales Activo Baja
Fiscalia 24 Seccional de
Chiquinquira
Etapa - Indagación
Preliminar
2380 Iniciado $0,001517660001132
201200532Penal
GLORIA ISABEL
ABELLO DE ALBORNOZ
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
CONTAMINACIÓN AIRE-
SUELODaño en los recursos naturales Activo Baja
Fiscalia 24 Seccional de
Chiquinquira
Etapa - Indagación
Preliminar
2390 Iniciado $0,001517660001132
01300198Penal
ALFREDO MARTINEZ,
MIGUEL ANGEL
MARTINEZ, ANA LUCIA
DE MARTINEZ
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
CONTAMINACIÓN AIRE-
SUELODaño en los recursos naturales Activo Baja
Fiscalia 24 Seccional de
Chiquinquira
Etapa - Indagación
Preliminar
2392 Iniciado $0,002500023360002
0130072501Acción Contractual
SERVICIO GEOLOGICO
COLOMBIANO - SGC,
AGENCIA NACIONAL
DE MINERIA - ANM
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
CONTRACTUAL Declarar nulidad absoluta del contrato de concesión No CJSE-01 Activo Media
CONSEJO DE ESTADO -
SALA CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVA -
SECCIÓN TERCERA
Etapa - Alegatos de
Primera Instancia
2397 Iniciado $0,002500023360002
0130071701Acción Contractual
SERVICIO GEOLOGICO
COLOMBIANO - SGC,
AGENCIA NACIONAL
DE MINERIA - ANM
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
CONTRACTUAL
Que se declare la nulidad absoluta del contrato de concesión No
DG2-121 para la exploración y explotación de un yacimiento de
carbón, celebrado entre Ingeominas y Evidalia Garnica Olaya y
Marco Tulio Muñoz
Activo AltaCONSEJO DE ESTADO -
SECRETARIA GENERAL
Etapa - Audiencia
Inicial
2398 Iniciado $0,002500023360002
0130071601Acción Contractual
SERVICIO GEOLOGICO
COLOMBIANO - SGC,
AGENCIA NACIONAL
DE MINERIA - ANM
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
CONTRACTUAL
Que se declare la nulidad absoluta del contrato de concesión No
AIT-147 para la exploración y explotación de un yacimiento de
carbón, celebrado entre Ingeominas y la Sociedad ladrillera
Santafé S.A.
Activo MediaCONSEJO DE ESTADO -
SECRETARIA GENERAL
Etapa - Apelación
Sentencia
2404 En Contra $6.415.423.479,002500023260002
0120095400
Acción de Reparación
Directa
MINISTERIO DE
TRANSPORTE,
INSTITUTO NACIONAL
DE VIAS - INVIAS,
INSTITUTO NACIONAL
DE CONCESIONES -
INCO, CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR Y OTROS
JUMAJAD S.A. INUNDACIONESPago de los perjuicios ocacionados a titulo de daño emergente y
lucro cesanteActivo Media
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA
Etapa - Probatoria
2414 Iniciado $0,002500023360002
0130088401Acción Contractual
SERVICIO GEOLOGICO
COLOMBIANO - SGC,
AGENCIA NACIONAL
DE MINERIA - ANM
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
CONTRACTUAL
Que se declare la nulidad absoluta del contrato de concesión No
HBOO-01 para la exploración y explotación de un yacimiento de
carbón, celebrado entre Ingeominas y Carboneras El Carmen
Ltda y otros
Activo Media
CONSEJO DE ESTADO -
SALA CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVA -
SECCIÓN TERCERA
Etapa - Alegatos de
Segunda Instancia
No.
ORIONCategoria Cuantía Radicado judicial Clase proceso Demandado Demandante Tema Pretensión
Situación -
estado
actual
Probabilidad
de pérdidaDespacho Judicial Etapa Actuación
2417 Iniciado $0,002500023360002
0130088601Acción Contractual
SERVICIO GEOLOGICO
COLOMBIANO - SGC,
AGENCIA NACIONAL
DE MINERIA - ANM
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
CONTRACTUAL
Que se declare la nulidad absoluta del contrato de concesión No
HESK-01 para la exploración y explotación de un yacimiento de
carbón, celebrado entre Ingeominas y el señor Jorge Enrique
Torres Gonzalez
Activo Media
CONSEJO DE ESTADO -
SALA CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVA -
SECCIÓN TERCERA
Etapa - Alegatos de
Segunda Instancia
2419 Iniciado $539.261.944,002500023360002
0130153300Acción de Repetición
DARIO RAFAEL
LONDOÑO GOMEZ
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
CARÁCTER LABORAL
se declare que el señor Dario Rafael Londoño Gomez, es
responsable de actuar con culpa grave o dolo al expedir la
resolucion 1345 en el sentido de no incorporar a la nueva planta
de personal a la señora Alba Amanda Vargas Cabra
Activo Alta
CONSEJO DE ESTADO -
SALA CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVA -
SECCIÓN TERCERA
Etapa - Fallo de
Segunda Instancia
2421 En Contra $30.000.000,001100131050112
0130026401Ordinario Laboral
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
ARACELLY ALARCON
DE VEGA
RELIQUIDACION
PENSIONAL
Ordene a la accionada la re-liquidacion para aumento del monto
de la mesada pensional que en su momento le fuera otrogada al
señor Juan Manuel Vega (Q.E.P.D.) y oredene el pago de la
primera mesada pensional
Activo Baja
CORTE SUPREMA DE
JUSTICIA - SECRETARIA
GENERAL
Etapa - Recursos
Extraordinarios
2423 En Contra $1.156.668.000,001100133310382
0090005400Accion de Grupo
ALCALDIA MUNICIPAL
DE SOACHA, EMPRESA
DE ACUEDUCTO,
ALCANTARILLADO Y
ASEO DE BOGOTA -
EAB, CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
JORGE SAMUEL
VALBUENA SANCHEZURBANIZACIONES
se condene a las demandadas a reconocer a los poderantes los
daños y perjuicios causadosActivo Media
CONSEJO DE ESTADO -
SALA CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVA -
SECCIÓN TERCERA
Etapa - Fallo de
Segunda Instancia
2431Tercero
involucrado$0,00
1100160990342
0138005600Penal
EDISSON RODRIGUEZ
BUITRAGODE OFICIO
PENAL
CONTAMINACIÓNProtección de los recursos naturales y el medio ambiente Activo Baja
Fiscalia 3 Unidad
Nacional del Medio
Ambiente
Etapa - Audiencia
Inicial
2434Tercero
involucrado$0,00
1100160990002
0130023300Penal
MARCO EMILIO LEON
MANZANARESDE OFICIO MINERÍA Proteccion de los recursos naturales y el medio ambiente Activo Baja
Fiscalia 2 Unidad
Nacional del Medio
Ambiente
Etapa - Juicio Oral
2435Tercero
involucrado$0,00
1100160990342
0130002500Penal
GABRIEL CORTAZAR,
CARLOS CORTAZARDE OFICIO CERROS ORIENTALES Proteccion de los recursos naturales y el medio ambiente Activo Baja
Fiscalia 1 Unidad
Nacional del Medio
Ambiente
Etapa - Juicio Oral
2436 En Contra $100.000.000,001100133360322
0130022700
Acción de Reparación
Directa
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, DEPARTAMENTO
ADMINISTRATIVO DE
LA PRESIDENCIA DE LA
REPUBLICA
DON GELLVER DE
CORREA LUGOINUNDACIONES Indemnización Economica Activo Media
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA
Etapa - Probatoria
2439 En Contra $28.425.324,001100133350242
0120026600
Acción de Nulidad y
Restablecimiento del
derecho
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
GLORIA IMELDA CARO
CASTILLO
LABORALES -
DESPIDOS
Indemnizacion monetaria equivalente a los sueldos dejados de
percibir desde la fecha de su irregular desvinculacionActivo Media
JUZGADO 24
ADMINISTRATIVO DEL
CIRCUITO DE BOGOTÁ
Etapa - Probatoria
2442 Iniciado $0,002500023360002
0130125301Acción Contractual
SERVICIO GEOLOGICO
COLOMBIANO - SGC,
AGENCIA NACIONAL
DE MINERIA - ANM
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
CONTRACTUAL
Que se declare la nulidad absoluta del contrato de concesión No
HEBK-01 para la exploración y explotación de un yacimiento de
carbón, celebrado entre Ingeominas y el señor Jorge Enrique
Torres Gonzalez
Activo AltaCONSEJO DE ESTADO -
SECRETARIA GENERAL
Etapa - Apelación
Sentencia
2443 Iniciado $0,002500023360002
0130125401Acción Contractual
SERVICIO GEOLOGICO
COLOMBIANO - SGC,
AGENCIA NACIONAL
DE MINERIA - ANM
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
CONTRACTUAL
Que se declare la nulidad absoluta del contrato de concesión No
HDXD-01 para la exploración y explotación de un yacimiento de
carbón, celebrado entre Ingeominas y la Sociedad Inversiones
Olaya Rincon y Cia Ltda
Activo MediaCONSEJO DE ESTADO -
SECRETARIA GENERAL
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
2444 Iniciado $0,002500023360002
0130125501Acción Contractual
SERVICIO GEOLOGICO
COLOMBIANO - SGC,
AGENCIA NACIONAL
DE MINERIA - ANM
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
CONTRACTUAL
Que se declare la nulidad absoluta del contrato de concesión No
FDT-096 para la exploración y explotación de un yacimiento de
carbón, celebrado entre Ingeominas y la sociedad colminas S.A.
Activo Alta
CONSEJO DE ESTADO -
SALA CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVA -
SECCIÓN TERCERA
Etapa - Audiencia
Inicial
2446 Iniciado $0,002500023360002
0130125701Acción Contractual
SERVICIO GEOLOGICO
COLOMBIANO - SGC,
AGENCIA NACIONAL
DE MINERIA - ANM
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
CONTRACTUAL
Que se declare la nulidad absoluta del contrato de concesión No
GEMG-03 para la exploración y explotación de un yacimiento de
material de construccion - Grava, celebrado entre Ingeominas y
la sociedad de Gravas y Arenas del Carmen de Carupa S.A.
Activo Alta
CONSEJO DE ESTADO -
SALA CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVA -
SECCIÓN TERCERA
Etapa - Probatoria
No.
ORIONCategoria Cuantía Radicado judicial Clase proceso Demandado Demandante Tema Pretensión
Situación -
estado
actual
Probabilidad
de pérdidaDespacho Judicial Etapa Actuación
2447 Iniciado $0,002500023360002
0130125801Acción Contractual
SERVICIO GEOLOGICO
COLOMBIANO - SGC,
AGENCIA NACIONAL
DE MINERIA - ANM
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
CONTRACTUAL
Que se declare la nulidad absoluta del contrato de concesión No
GEGO-02 para la exploración y explotación de un yacimiento de
gravas, arena, celebrado entre Ingeominas y la sociedad
Agregados el triangulo
Activo Baja
CONSEJO DE ESTADO -
SALA CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVA -
SECCIÓN TERCERA
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
2448 Iniciado $0,002500023360002
0130125901Acción Contractual
SERVICIO GEOLOGICO
COLOMBIANO - SGC,
AGENCIA NACIONAL
DE MINERIA - ANM
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
CONTRACTUAL
Que se declare la nulidad absoluta del contrato de concesión No
HCII-16 para la exploración y explotación de un yacimiento de
carbón, celebrado entre Ingeominas y la sociedad Carbones
Nechi SAS
Activo Media
CONSEJO DE ESTADO -
SALA CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVA -
SECCIÓN TERCERA
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
2449 Iniciado $0,002500023360002
0130126001Acción Contractual
SERVICIO GEOLOGICO
COLOMBIANO - SGC,
AGENCIA NACIONAL
DE MINERIA - ANM
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
CONTRACTUAL
Que se declare la nulidad absoluta del contrato de concesión No
HGEI-24 para la exploración y explotación de un yacimiento de
carbón, celebrado entre Ingeominas y la Empresa Carbonera de
los Andes
Activo BajaCONSEJO DE ESTADO -
SECRETARIA GENERAL
Etapa - Apelación
Sentencia
2461 En Contra $539.884.800,002500023410002
0130012601
Acción de Nulidad y
Restablecimiento del
derecho
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
EMPRESA DE
ACUEDUCTO,
ALCANTARILLADO Y
ASEO DE BOGOTA -
EAB
VERTIMIENTOS
Que se declare la nulidad de los articulos cuarto y quinto de la
resolución No 3431 del 15/12/2011 expedida por la CAR
Que se declare la nulidad de la Resolucion No 1189 de 3/5/2012
expedida por la CAR
Que se declare la nulidad de la Resolucion No 2408 del
12/10/2012 emitida por la CAR
Que el distrito Capital por conducto de la EAAB no esta obligado
a pagar la multa impuesta por la CAR en la resolución No 3431
Activo BajaCONSEJO DE ESTADO -
SECRETARIA GENERAL
Etapa - Fallo de
Segunda Instancia
2465 En Contra $4.598.000,002589933330022
0130025201
Acción de Nulidad y
Restablecimiento del
derecho
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
BLANCA NUBIA
CAMPOS COLORADO
LABORALES
TRABAJADORES
OFICIALES
se condene a la CAR a la reincorporacion y reinstalacion en el
cargo Tecnico Administrativo cogido 3124 grado 14 - numero de
empleo 32736, desde el 17 de mayo de 2011
Activo Alta
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA -
SECCIÓN SEGUNDA -
SUBSECCIÓN B
Etapa - Juzgamiento
2472 En Contra $350.000.000,002500023360002
0130061600
Acción de Reparación
Directa
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, DEPARTAMENTO
DE CUNDINAMARCA,
CONCESIÓN SABANA
DE OCCIDENTE S.A.
ALFONSO BERNAL
TORO, CECILIA
LEGUIZAMON DE
BERNAL
INUNDACIONES
Declarar administrativa y extracontractualmente responsables a
la Concesion Sabana de Occidente, Gobernacion de
Cundinamarca y a la CAR de los perjuicios causados a los
demandantes con motivo de relaizar un jarillon con tierra y
sobrantes
Activo Baja
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA -
SECCIÓN TERCERA -
SUBSECCIÓN A
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
2473 En Contra $764.211.514,001100133360372
0130006300
Acción de Reparación
Directa
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, SEGUROS
PREVISORA S.A.,
HARKEN DE COLOMBIA
LIMITED, GRUPO
CALDERON &
CALDERON LTDA,
BIOCOMBUSTIBLES
S.A., TRANSPORTES
GAYCO SAS Y OTROS
MARIA CUSTODIA
CALDERON
CASTIBLANCO,
HUMBERTO CALDERON
CASTIBLANCO, MARIA
RAQUEL
CASTIBLANCO, ROSA
ELVIRA CALDERON
CASTIBLANCO Y
OTROS
RESIDUOS
PELIGROSOS
Declarar como responsables administrativos, extra-
contractualmente a los demandados por los perjuicios materiales,
morales y fisiologicos o ludicos causados a los bienes de los
demandantes, por falla y falta del servicio con ocasion al
derramamiento de hidrocarburos (petroleo), en el inmueble de
proi¿piedad de los demandantes ocurrido el 5 de diciembre de
2010
Activo Media
JUZGADO 37
ADMINISTRATIVO DEL
CIRCUITO DE BOGOTÁ
Etapa - Excepciones
2474Tercero
involucrado$0,00
1100160990342
0130001800Penal
WILLIAM GARZON
RAMIREZ, JUAN
CAMILO GARCIA
CIFUENTES, MARIA
ROSA LEON MOYANO
DE OFICIOCONTAMINACIÓN AIRE-
SUELOProteger los recursos naturales y el medio ambiente Activo Baja
Juzgado 1 Penal del
Circuito de Soacha
Etapa - Apelación
Sentencia
2475Tercero
involucrado$0,00
1100160000492
0070966000Penal
ALBA TULIA PEÑARETE
MURCIADE OFICIO MINERÍA Protección de los recursos naturales y el medio ambiente Activo Media
Fiscalia 205 Seccional de
Bogotá
Etapa - Indagación
Preliminar
2481 Iniciado $0,001100160005020
1319526Penal
BERNARDA MORA
SAAVEDRA
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
PENAL - FALSEDAD
DOCUMENTO
Que se declare que la Resolucion No 005838 del 28/11/2012
perteneciente al expediente 35838 es un documento falso
teniendo en cuenta que dicho expediente pertenece al señor
DIEGO MIGUEL PEDRAZA y no a la Señora BERNARDA MORA
SAAVEDRA,con base en eso se de cumplimiento al articulo 287
del codigo penal
Activo MediaFiscalia Seccional
Choconta
Etapa - Indagación
Preliminar
No.
ORIONCategoria Cuantía Radicado judicial Clase proceso Demandado Demandante Tema Pretensión
Situación -
estado
actual
Probabilidad
de pérdidaDespacho Judicial Etapa Actuación
2486 En Contra $0,001100103240002
0120022900
Acción de Nulidad
Simple
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
JUAN PABLO
MERIZALDE PORTILLA,
MAGDA MILE SALCEDO
JIMENEZ
RESERVA FORESTALQue se declare la nulidad integral del acuerdo No 11 expedido
por el consejo directivo de la CARActivo Media
CONSEJO DE ESTADO -
SALA CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVA -
SECCIÓN PRIMERA
Etapa - Contestación
Demanda
2490 Iniciado $0,001100103260002
0150007900Acción Contractual
SERVICIO GEOLOGICO
COLOMBIANO - SGC,
AGENCIA NACIONAL
DE MINERIA - ANM
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
CONTRACTUAL
Que se declare la nulidad absoluta del contrato de concesión
minera No FJXF-03 Suscrito entre INGEOMINAS y la Sociedad
Bienes y comercio S.A., para la exploración y explotación de
materiales de construcción ubicado en la reserva Bosque Oriental
de Bogota, Área de Reserva Forestal Protectora de Bosque
Oriental de Bogota
Activo Alta
CONSEJO DE ESTADO -
SALA CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVA -
SECCIÓN TERCERA
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
2491 Iniciado $0,002500023360002
0130153501Acción Contractual
SERVICIO GEOLOGICO
COLOMBIANO - SGC,
AGENCIA NACIONAL
DE MINERIA - ANM
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
CONTRACTUAL
Que se declare la nulidad absoluta del contrato de concesión
minera No GAXC-01 Suscrito entre INGEOMINAS y la Sociedad
Proyectos y construcciones Macheta Tellez- PROCOMAT LTDA- y
otros, para la exploración y explotación de materiales de
construcción ubicado en la reserva Bosque Oriental de Bogota,
Área de Reserva Forestal Protectora de Bosque Oriental de
Bogota
Activo Media
CONSEJO DE ESTADO -
SALA CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVA -
SECCIÓN TERCERA
Etapa - Alegatos de
Segunda Instancia
2492 Iniciado $0,002500023360002
0130153601Acción Contractual
SERVICIO GEOLOGICO
COLOMBIANO - SGC,
AGENCIA NACIONAL
DE MINERIA - ANM
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
CONTRACTUAL
Que se declare la nulidad absoluta del contrato de concesión
minera No FJWO-02 Suscrito entre INGEOMINAS y la Sociedad
PIEDRAS Y DERIVADOS S.A., para la exploración y explotación
de materiales de construcción ubicado en la reserva Bosque
Oriental de Bogota, Área de Reserva Forestal Protectora de
Bosque Oriental de Bogota
Activo Media
CONSEJO DE ESTADO -
SALA CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVA -
SECCIÓN TERCERA
Etapa - Apelación
Sentencia
2493 Iniciado $0,002500023360002
0130153701Acción Contractual
SERVICIO GEOLOGICO
COLOMBIANO - SGC,
AGENCIA NACIONAL
DE MINERIA - ANM
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
CONTRACTUAL
Que se declare la nulidad absoluta del contrato de concesión
minera No HCF-101 Suscrito entre INGEOMINAS y el señor JPSE
MARIA LOZADA GUTIERREZ, para la exploración y explotación de
materiales de construcción ubicado en la reserva Bosque Oriental
de Bogota, Área de Reserva Forestal Protectora de Bosque
Oriental de Bogota
Activo Media
CONSEJO DE ESTADO -
SALA CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVA -
SECCIÓN TERCERA
Etapa - Apelación
Sentencia
2494 Iniciado $0,001100103260002
0150007701Acción Contractual
SERVICIO GEOLOGICO
COLOMBIANO - SGC,
AGENCIA NACIONAL
DE MINERIA - ANM
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
CONTRACTUAL
Que se declare la nulidad absoluta del contrato de concesión
minera No GALG-13 Suscrito entre INGEOMINAS y la Sociedad
CORPORACION INMOBILIARIA EL CERRO LTDA., para la
exploración y explotación de materiales de construcción ubicado
en la reserva Bosque Oriental de Bogota, Área de Reserva
Forestal Protectora de Bosque Oriental de Bogota
Activo Alta
CONSEJO DE ESTADO -
SALA CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVA -
SECCIÓN TERCERA
Etapa - Contestación
Demanda
2495 Iniciado $0,001100103260002
0160009400Acción Contractual
SERVICIO GEOLOGICO
COLOMBIANO - SGC,
AGENCIA NACIONAL
DE MINERIA - ANM
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
CONTRACTUAL
Que se declare la nulidad absoluta del contrato de concesión
minera No FJXD-03 Suscrito entre INGEOMINAS y la Sociedad
BIENES Y COMERCIO S.A., para la exploración y explotación de
materiales de construcción ubicado en la reserva Bosque Oriental
de Bogota, Área de Reserva Forestal Protectora de Bosque
Oriental de Bogota
Activo Media
CONSEJO DE ESTADO -
SALA CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVA -
SECCIÓN TERCERA
Etapa - Audiencia
Inicial
2497 En Contra $22.131.510,001100131050102
0130049701Ordinario Laboral
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, INSTITUTO DEL
SEGURO SOCIAL - ISS
JOSE FRANCISCO
ZABALA HINCAPIE
RELIQUIDACION
PENSIONAL
Se condene a la CAR a la reliquidacion para aumento de la
mesada pensionalActivo Alta
CORTE SUPREMA DE
JUSTICIA - SALA DE
CASACIÓN LABORAL
Etapa - Fallo de
Segunda Instancia
2499 Iniciado $0,002500023360002
0130155101Acción Contractual
SERVICIO GEOLOGICO
COLOMBIANO - SGC,
AGENCIA NACIONAL
DE MINERIA - ANM
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
CONTRACTUAL
Que se declare la nulidad absoluta del contrato de concesión
minera No FLM-122 Suscrito entre INGEOMINAS y MARIO
MANUEL MENDOZA NEGRETE, para la exploración y explotación
de materiales de construcción ubicado en la Reserva Forestal
Protectora Cerro Quinini
Activo Media
CONSEJO DE ESTADO -
SALA CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVA -
SECCIÓN TERCERA
Etapa - Apelación
Sentencia
2500 Iniciado $0,002500023360002
0130155200Acción Contractual
SERVICIO GEOLOGICO
COLOMBIANO - SGC,
AGENCIA NACIONAL
DE MINERIA - ANM
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
CONTRACTUAL
Que se declare la nulidad absoluta del contrato de concesión
minera No HBR-111 Suscrito entre INGEOMINAS y NENARCEL
HUESO DE AGUILAR, para la exploración y explotación de
material de hierro ubicado en la Reserva Forestal Protectora
Pantano Redondo y nacimiento del rio susagua en el municipio
de Zipaquira
Activo Media
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA -
SECCIÓN TERCERA -
SUBSECCIÓN B
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
2501 Iniciado $0,002500023360002
0130155301Acción Contractual
SERVICIO GEOLOGICO
COLOMBIANO - SGC,
AGENCIA NACIONAL
DE MINERIA - ANM
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
CONTRACTUAL
Que se declare la nulidad absoluta del contrato de concesión
minera No GDQ-151 Suscrito entre INGEOMINAS y ARISTIDES
AREVALO FORERO Y OTROS, para la exploración y explotación
de carbon ubicado en la Reserva Forestal Protectora Cerro
Quinini
Activo Media
CONSEJO DE ESTADO -
SALA CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVA -
SECCIÓN TERCERA
Etapa - Apelación
Sentencia
No.
ORIONCategoria Cuantía Radicado judicial Clase proceso Demandado Demandante Tema Pretensión
Situación -
estado
actual
Probabilidad
de pérdidaDespacho Judicial Etapa Actuación
2504 En Contra $22.131.510,001100131050122
0130038600Ordinario Laboral
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, INSTITUTO DEL
SEGURO SOCIAL - ISS,
ADMINISTRADORA
COLOMBIANA DE
PENSIONES -
COLPENSIONES
CARLOS JULIO AVILA
ROJAS
RELIQUIDACION
PENSIONAL
Se declare que en la determinacion del monto de la mesada que
por jubilacion, la CAR otorgo al actor, omitio tener en cuenta
devengos, ingresos y prebendas y acreencias efectivamente
causadas durante el ultimo año o pluralidad de años de la
relacion laboral
Activo Media
CORTE SUPREMA DE
JUSTICIA - SALA DE
CASACIÓN LABORAL
Etapa - Recursos
Extraordinarios
2505 En Contra $30.000.000,001100131050122
0130039300Ordinario Laboral
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
FLOR ANGELA PORRAS
DURAN
RELIQUIDACION
PENSIONAL
se condene a la accionada a la reliquidacion para aumento de la
mesada pensional que en su momento le fue otorgada al señor
Misael Porras Ballesteros (Q.E.P.D.)
Activo Media
JUZGADO 12 LABORAL
DEL CIRCUITO DE
BOGOTÁ
Etapa - Recursos
Extraordinarios
2507 Iniciado $0,002500023360002
0130158001Acción Contractual
SERVICIO GEOLOGICO
COLOMBIANO - SGC,
AGENCIA NACIONAL
DE MINERIA - ANM
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
CONTRACTUAL
Que se declare la nulidad absoluta del contrato de concesión
minera No ICQ-083715 Suscrito entre INGEOMINAS y PEDRO
ARAQUE PINZON, para la exploración y explotación de carbon
ubicado en la Reserva Forestal Protectora Laguna del Cacique de
Guatavita y Cuchilla de Peña Blanca
Activo Baja
CONSEJO DE ESTADO -
SALA CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVA -
SECCIÓN TERCERA
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
2508 Iniciado $0,002500023360002
0130158101Acción Contractual
SERVICIO GEOLOGICO
COLOMBIANO - SGC,
AGENCIA NACIONAL
DE MINERIA - ANM
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
CONTRACTUAL
Que se declare la nulidad absoluta del contrato de concesión
minera No HIB-08521 Suscrito entre INGEOMINAS y NENARCEL
HUESO DE AGUILAR, para la exploración y explotación de hierro
ubicado en la Reserva Forestal Protectora Pantano Redondo y
nacimiento del rio susagua
Activo Baja
CONSEJO DE ESTADO -
SALA CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVA -
SECCIÓN TERCERA
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
2509 Iniciado $0,002500023360002
0130158201Acción Contractual
SERVICIO GEOLOGICO
COLOMBIANO - SGC,
AGENCIA NACIONAL
DE MINERIA - ANM
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
CONTRACTUAL
Que se declare la nulidad absoluta del contrato de concesión
minera No IK9-5281 Suscrito entre INGEOMINAS y SEGUNDO
NORBERTO TORRES RIAÑO Y OTRO, para la exploración y
explotación de carbon ubicado en la Reserva Forestal Protectora
Pantano Redondo y nacimiento del Rio Susagua
Activo Baja
CONSEJO DE ESTADO -
SALA CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVA -
SECCIÓN TERCERA
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
2510 En Contra $430.012.703,002500023410002
0130094501
Acción de Nulidad y
Restablecimiento del
derecho
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
PROCESADORA
AMBIENTAL LTDAVERTIMIENTOS
Que se declare la nulidad de la Resolucion 2340 de 2011 "Niega
permiso de vertimientos" expedida por la CAR
Que se declare la nulidad de la Resolucion 2537 de 2012
"resuelve recurso de reposicion" expedida por la CAR
Que como consecuencia de las declaraciones anteriores y a titulo
de restablecimiento del derecho, se conceda permiso de
vertimientos solicitado en el año 2009
Se condene a la CAR a pagar a la sociedad Procesadora
Ambiental Ltda. la cuantia como consecuencia de los perjuicios
causados de mi representada
Activo BajaCONSEJO DE ESTADO -
SECRETARIA GENERAL
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
2511 En Contra $0,002500023410002
0130091100
Acción de Nulidad y
Restablecimiento del
derecho
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
CONDOMINIO
CAMPESTRE EL PEÑON
CONCESIONES DE
AGUAS
Se declare la nulidad parcial de la resolucion 1382 proferida por
la SJUR, mediante la cual decidio sobre la concesion de aguas
superficiales del rio bogota
Que se decrete que son nulos los articulos 1,2, paragrafo, 3 y 4
de la resolucion 1382
Que se declare la nulidad de la resolucion 2625 proferida por la
SJUR mediante la cual resuelve recurso de reposicion
Se declare la nulidad de la resolucion 311 proferida por la SJUR,
por la cual resuleve recurso de reposicion
A titulo de restablecimiento del derecho se condene a la CAR a
pagar al condominio Campestre El Peñon todas y cada una de las
sumas que por daño emergente sean probadas
Activo Baja
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA -
SECCIÓN PRIMERA -
SUBSECCIÓN A
Etapa - Fallo de
Segunda Instancia
2513 En Contra $417.460.914,00 2013-00835Acción de Reparación
Directa
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, MINISTERIO DE
AMBIENTE Y
DESARROLLO
SOSTENIBLE - MADS,
MINISTERIO DE
TRANSPORTE Y OTROS
COOPERATIVA
MULTIACTIVA
EMPRESARIAL -
COOVITEL
INUNDACIONES
Que se declare que los accionados son responsables
solidariamente, administrativa y patrimonialmente de los
prejuicios morales y materiales causados a la cooperativa
multiactiva empresarial - Coovitel, quien tubo que soportar los
daños ocasionados en inmueble ocasionado por las inundaciones
causadas por la desviación del rio Sumapaz
como consecuensia se condene a los accionados a pagar una
indemnizacion por los daños causados
Activo Baja
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA -
SECCIÓN TERCERA -
SUBSECCIÓN A
Etapa - Apelación
Sentencia
No.
ORIONCategoria Cuantía Radicado judicial Clase proceso Demandado Demandante Tema Pretensión
Situación -
estado
actual
Probabilidad
de pérdidaDespacho Judicial Etapa Actuación
2515 En Contra $50.000.000.000,002500023410002
0130059200Accion de Grupo
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, ALCALDIA
MUNICIPAL DE CHIA,
EMPRESA DE
SERVICIOS PUBLICOS
DE CHIA - EMSERCHIA
ESP
MUSTAFA HERMANOS
& CIA S. EN C., CLUB
SAN JACINTO
INUNDACIONES
Declare que la CAR es responsable patrimonialmente de los
perjuicios materiales y morales causados a todos los integrantes
de la accion de grupo
Condene a la CAR a pagar a las personas que integran el grupo,
el valor de los perjuicios que les hubiere ocasionado la CAR
Activo Media
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA -
SECCIÓN PRIMERA -
SUBSECCIÓN A
Etapa - Probatoria
2517 En Contra $2.222.742.172.500,002500023410002
0130075000Accion de Grupo
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, MINISTERIO DE
AMBIENTE Y
DESARROLLO
SOSTENIBLE - MADS,
SUPERINTENDENCIA
DE SERVICIOS
PUBLICOS
DOMICILIARIOS Y
OTROS
JUAN REISER LIMA
ARARAT, WHENDY
KATHERINE
VELASQUEZ
HERNANDEZ, LUZ
ELENA ESTRADA,
EDGAR FERNANDO
CASTAÑEDA CASTILLO,
PATRICIA LORENA
SIERRA OVALLE, LUZ
MIRELLA TORRES
BAQUERO Y OTROS
INUNDACIONES
Que se declare a las accionadas como responsables de la
inundacion por reflujo de las laminas de agua
Una reparacion colectiva de los daños individuales consistente en
la reubicacion de todos los habitantes, las condiciones de la
reubuicacion deberan ser concertadas con la comunidad afectada
una indemnizacion individual en dinero efectivo, debidamente
actualizada, que incluya la reparacion al perjuicio causado a la
capacidad de goce y a la vida de relacion y otros.
Acumulado Media
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA
Etapa - Contestación
Demanda
2520 En Contra $1.701.004.750,001100133360362
0130017001
Acción de Reparación
Directa
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, ALCALDIA
MUNICIPAL DE LA
VEGA
GUILLERMO PINZON
DELGADO, LUZ
MYRIAM PINEDA DE
PINZON, VICTOR
HUGO CASAS
CASTAÑEDA, LUZ
DARY MORA
CIFUENTES, JUAN
ANTONIO BARRAGAN
LINARES, ANDRES
FELIPE CHAVEZ
BARRAGAN Y OTROS
DESLIZAMIENTOS
Compensación económica por los daños causados a los
accionentes
Compensación económica por los daños causados a los predios
de los accionentes
Activo Media
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
2521 Iniciado $0,002500023360002
0130164200Acción Contractual
SERVICIO GEOLOGICO
COLOMBIANO - SGC,
AGENCIA NACIONAL
DE MINERIA - ANM
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
CONTRACTUAL
Que se declare la nulidad absoluta del contrato de concesión
minera No GC8-09P Suscrito entre INGEOMINAS y CARLOS
ALBERTO MUÑOZ CARVAJAL, para la exploración y explotación
de carbón ubicado en la Reserva Hidrica Laguna de Suesca
Activo Media
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA -
SECCIÓN TERCERA -
SUBSECCIÓN B
Etapa - Alegatos de
Primera Instancia
2522 Iniciado $0,002500023360002
0130164100Acción Contractual
SERVICIO GEOLOGICO
COLOMBIANO - SGC,
AGENCIA NACIONAL
DE MINERIA - ANM
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
CONTRACTUAL
Que se declare la nulidad absoluta del contrato de concesión
minera No GD8-14A Suscrito entre INGEOMINAS y DUAGA LTDA,
para la exploración y explotación de Carbón ubicado en la
Reserva Forestal Protectora Cuenca Hidrográfica del Rio San
Francisco
Activo Media
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA -
SECCIÓN TERCERA -
SUBSECCIÓN B
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
2524 Iniciado $0,002500023360002
0130163901Acción Contractual
SERVICIO GEOLOGICO
COLOMBIANO - SGC,
AGENCIA NACIONAL
DE MINERIA - ANM
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
CONTRACTUAL
Que se declare la nulidad absoluta del contrato de concesión
minera No GAL-110 Suscrito entre INGEOMINAS y JAMES
ALVARO VALDIRI REYES, para la exploración y explotación de
materiales de carbon ubicado en la Reserva Forestal Protectora
Quebradas Paramillo y Queceros
Activo Media
CONSEJO DE ESTADO -
SALA CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVA -
SECCIÓN TERCERA
Etapa - Alegatos de
Segunda Instancia
2527 Iniciado $0,002500023360002
0130163601Acción Contractual
SERVICIO GEOLOGICO
COLOMBIANO - SGC,
AGENCIA NACIONAL
DE MINERIA - ANM
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
CONTRACTUAL
Que se declare la nulidad absoluta del contrato de concesión
minera No IIH-14251 Suscrito entre INGEOMINAS y MAURICIO
RODRIGUEZ SOLER, para la exploración y explotación de
materiales de contruccion ubicado en la Reserva Forestal
Protectora Peñas de Aserradero
Activo Media
CONSEJO DE ESTADO -
SALA CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVA -
SECCIÓN TERCERA
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
No.
ORIONCategoria Cuantía Radicado judicial Clase proceso Demandado Demandante Tema Pretensión
Situación -
estado
actual
Probabilidad
de pérdidaDespacho Judicial Etapa Actuación
2529 En Contra $0,002500023410002
0130175400Acción Popular
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, MUNICIPIO DE LA
VEGA, MARY PATRICIA
ROJAS CORREAL, AURA
STELLA ROJAS
CORREAL, MARY
GAITAN ACOSTA, ANA
CONSUELO GAITAN
CORREAL, ELMA
ALEJANDRA GAITAN
CORREAL
LEYDA JIMENA
QUIÑONES CORTAZARRESIDUOS SOLIDOS
Declarese a los demandados responsables po los daños a los
derechos colectivos de un desarrollo urbano de manera ordenada
Ordenese al municipio de la vega y a la CAR, determinar los
predios aptos para la disposicion de escombros y maeriales de
excabacion del municipio de la vega
Activo Alta
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA -
SECCIÓN PRIMERA -
SUBSECCIÓN B
Etapa - Probatoria
2530 En Contra $2.213.151.000,002500023410002
0130057801Accion de Grupo
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, MUNICIPIO DE
UTICA, GOBERNACION
DE CUNDINAMARCA
MAXOLAN CASALLAS
SAENZINUNDACIONES
Que se declare administrativamente responsables a la Alcaldia
municipal de Utica, a la gobernacion de cundinamarca y a la CAR,
de los perjuicios morales causados a mis poderantes y a las
personas que intregran el grupo demandante por el daño
ocasionado por parte de las accionadas consistente en la
negligencia y omision por no haber realizado los trabajos de
mitigacion del riesgo y dragado de la quebrada La Negra
Activo MediaCONSEJO DE ESTADO -
SECRETARIA GENERAL
Etapa - Alegatos de
Segunda Instancia
2539 En Contra $22.131.510,001100131050062
0130044001Ordinario Laboral
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, INSTITUTO DEL
SEGURO SOCIAL - ISS,
ADMINISTRADORA
COLOMBIANA DE
PENSIONES -
COLPENSIONES
LEOVIGILDO ROMERO
MARTINEZ
RELIQUIDACION
PENSIONAL
Se declare que en la determinacion del monto de la mesada
pensional que la CAR otorgo al actor omitio tener en cuenta
devengos, ingresos, prebendas y acreencias
Activo Media
CORTE SUPREMA DE
JUSTICIA - SALA DE
CASACIÓN LABORAL
Etapa - Recursos
Extraordinarios
2540 En Contra $22.131.510,001100131050262
0130020400Ordinario Laboral
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
ABELARDO CORREA
CRUZCARÁCTER LABORAL
Que se condene a la CAR a reconocer el pago de la pensión
convencional de jubilación a favor del poderanteActivo Media
JUZGADO 26 LABORAL
DEL CIRCUITO DE
BOGOTÁ
Etapa - Fallo de
Segunda Instancia
2542 En Contra $0,00 2013-02134 Acción Popular
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, MUNICIPIO DE
GUATAQUI,
MINISTERIO DE MINAS
Y ENERGIA,
MINISTERIO DE
AMBIENTE Y
DESARROLLO
SOSTENIBLE - MADS Y
OTROS
GUILLERMO LEON
LAGUNA ORTIZMINERÍA
Declarar que los accionados en acción por omisión han vulnerado
y están vulnerando los derechos colectivos a la conservación y
preservación del medio ambiente, la fauna y la flora
Activo Media
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA -
SECCIÓN PRIMERA -
SUBSECCIÓN C
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
2546 Iniciado $0,002589933330012
0130050701
Acción de Nulidad
SimpleMUNICIPIO DE CHIA
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
P.O.T.
suspensión provisional de los artículos 213 y 214 del acuerdo 17
de 2000 proferido por el concejo del municipio de chia, pues
aparece prima facie la violación de las normas
Activo Media
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA -
SECCIÓN PRIMERA -
SUBSECCIÓN A
Etapa - Alegatos de
Segunda Instancia
2547 Iniciado $0,002500023360002
0130178200Acción Contractual
SERVICIO GEOLOGICO
COLOMBIANO - SGC,
AGENCIA NACIONAL
DE MINERIA - ANM
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
CONTRACTUAL
Que se declare la nulidad absoluta del contrato de concesión
minera No HAN-082 Suscrito entre INGEOMINAS y CARLOS
BARRETO Y OTRO, para la exploración y explotación de
materiales de construcción ubicado en la Reserva Forestal
Protectora Sector Salto de Tequendama Cerro Manjui
Activo Baja
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
2549 Iniciado $0,002500023360002
0130179101Acción Contractual
SERVICIO GEOLOGICO
COLOMBIANO - SGC,
AGENCIA NACIONAL
DE MINERIA - ANM
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
CONTRACTUAL
Que se declare la nulidad absoluta del contrato de concesión
minera No HEM-131 Suscrito entre INGEOMINAS y HECTOR
LOPEZ PARRA, para la exploración y explotación de materiales de
construcción ubicado en la Reserva Forestal Protectora Sector
Salto de Tequendama Cerro Manjui
Activo Media
CONSEJO DE ESTADO -
SALA CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVA -
SECCIÓN TERCERA
Etapa - Alegatos de
Segunda Instancia
No.
ORIONCategoria Cuantía Radicado judicial Clase proceso Demandado Demandante Tema Pretensión
Situación -
estado
actual
Probabilidad
de pérdidaDespacho Judicial Etapa Actuación
2550 Iniciado $0,002500023360002
0130179201Acción Contractual
SERVICIO GEOLOGICO
COLOMBIANO - SGC,
AGENCIA NACIONAL
DE MINERIA - ANM
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
CONTRACTUAL
Que se declare la nulidad absoluta del contrato de concesión
minera No HJ9-08581 Suscrito entre INGEOMINAS y TERESA
DUARTE ESPITIA Y OTRO, para la exploración y explotación de
materiales de construcción ubicado en la Reserva Forestal
Protectora Sector Salto de Tequendama Cerro Manjui
Activo Media
CONSEJO DE ESTADO -
SALA CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVA -
SECCIÓN TERCERA
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
2551 Iniciado $0,002500023360002
0130179300Acción Contractual
SERVICIO GEOLOGICO
COLOMBIANO - SGC,
AGENCIA NACIONAL
DE MINERIA - ANM
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
CONTRACTUAL
Que se declare la nulidad absoluta del contrato de concesión
minera No GKT-08211X Suscrito entre INGEOMINAS y WILLIAM
M ONTOYA BERMUDEZ Y OTRO, para la exploración y
explotación de materiales de construcción ubicado en la Reserva
Forestal Protectora Sector Salto de Tequendama Cerro Manjui
Activo Media
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA
Etapa - Contestación
Demanda
2552 Iniciado $0,002500023360002
0130179401Acción Contractual
SERVICIO GEOLOGICO
COLOMBIANO - SGC,
AGENCIA NACIONAL
DE MINERIA - ANM
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
CONTRACTUAL
Que se declare la nulidad absoluta del contrato de concesión
minera No IK9-16053 Suscrito entre INGEOMINAS y CONCRETOS
ARGOS S.A., para la exploración y explotación de materiales de
construcción ubicado en la Reserva Forestal Protectora Sector
Salto de Tequendama Cerro Manjui
Activo Media
CONSEJO DE ESTADO -
SALA CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVA -
SECCIÓN TERCERA
Etapa - Alegatos de
Segunda Instancia
2553 Iniciado $0,002500023360002
0130179500Acción Contractual
SERVICIO GEOLOGICO
COLOMBIANO - SGC,
AGENCIA NACIONAL
DE MINERIA - ANM
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
CONTRACTUAL
Que se declare la nulidad absoluta del contrato de concesión
minera No HFD-081 Suscrito entre INGEOMINAS y UNION
TEMPORAL MANTENIMIENTO 2005, para la exploración y
explotación de materiales de construcción ubicado en la Reserva
Forestal Protectora Sector Salto de Tequendama Cerro Manjui
Activo Baja
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
2554 Iniciado $0,002500023360002
0130179601Acción Contractual
SERVICIO GEOLOGICO
COLOMBIANO - SGC,
AGENCIA NACIONAL
DE MINERIA - ANM
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
CONTRACTUAL
Que se declare la nulidad absoluta del contrato de concesión
minera No IK9-16071 Suscrito entre INGEOMINAS y CONCRETOS
ARGOS S.A., para la exploración y explotación de materiales de
construcción ubicado en la Reserva Forestal Protectora Sector
Salto de Tequendama Cerro Manjui
Activo Media
CONSEJO DE ESTADO -
SALA CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVA -
SECCIÓN TERCERA
Etapa - Alegatos de
Segunda Instancia
2555 Iniciado $0,002500023360002
0130179000Acción Contractual
SERVICIO GEOLOGICO
COLOMBIANO - SGC,
AGENCIA NACIONAL
DE MINERIA - ANM
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
CONTRACTUAL
Que se declare la nulidad absoluta del contrato de concesión
minera No GC8-09G Suscrito entre INGEOMINAS y JAMES
ALVARO VALDIRI REYES, para la exploración y explotación de
materiales de carbon ubicado en la Reserva Forestal Protectora
Nacimiento Del Rio Subachoque y Pantano de Arce
Activo Baja
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
2556 Iniciado $0,002500023360002
0130178901Acción Contractual
SERVICIO GEOLOGICO
COLOMBIANO - SGC,
AGENCIA NACIONAL
DE MINERIA - ANM
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
CONTRACTUAL
Que se declare la nulidad absoluta del contrato de concesión
minera No DG3-091 Suscrito entre INGEOMINAS y COMPAÑIA
MINERA DON TOMAS LTDA, para la exploración y explotación de
materiales de carbon ubicado en la Reserva Forestal Protectora
Nacimiento Del Rio Subachoque y Pantano de Arce
Activo Baja
CONSEJO DE ESTADO -
SALA CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVA -
SECCIÓN TERCERA
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
2557 Iniciado $0,002500023360002
0130178801Acción Contractual
SERVICIO GEOLOGICO
COLOMBIANO - SGC,
AGENCIA NACIONAL
DE MINERIA - ANM
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
CONTRACTUAL
Que se declare la nulidad absoluta del contrato de concesión
minera No HBOO-02 Suscrito entre INGEOMINAS y CARBONERAS
TERRANOVA LTDA, para la exploración y explotación de
materiales de carbon ubicado en la Reserva Forestal Protectora
Nacimiento Del Rio Subachoque y Pantano de Arce
Activo BajaCONSEJO DE ESTADO -
SECRETARIA GENERAL
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
2558 Iniciado $0,002500023360002
0130178601Acción Contractual
SERVICIO GEOLOGICO
COLOMBIANO - SGC,
AGENCIA NACIONAL
DE MINERIA - ANM
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
CONTRACTUAL
Que se declare la nulidad absoluta del contrato de concesión
minera No GC8-09F Suscrito entre INGEOMINAS y JAMES
ALVARO VALDIRI REYES, para la exploración y explotación de
materiales de carbon ubicado en la Reserva Forestal Protectora
Nacimiento Del Rio Subachoque y Pantano de Arce
Activo BajaCONSEJO DE ESTADO -
SECRETARIA GENERAL
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
2559 Iniciado $0,002500023360002
0130178501Acción Contractual
SERVICIO GEOLOGICO
COLOMBIANO - SGC,
AGENCIA NACIONAL
DE MINERIA - ANM
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
CONTRACTUAL
Que se declare la nulidad absoluta del contrato de concesión
minera No FL2-151 Suscrito entre INGEOMINAS y JAIME
GILBERTO ALVARADO GOMEZ, para la exploración y explotación
de materiales de carbon ubicado en la Reserva Forestal
Protectora Nacimiento Del Rio Subachoque y Pantano de Arce
Activo Media
CONSEJO DE ESTADO -
SALA CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVA -
SECCIÓN TERCERA
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
2560 Iniciado $0,002500023360002
0130178400Acción Contractual
SERVICIO GEOLOGICO
COLOMBIANO - SGC,
AGENCIA NACIONAL
DE MINERIA - ANM
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
CONTRACTUAL
Que se declare la nulidad absoluta del contrato de concesión
minera No HDI-091 Suscrito entre INGEOMINAS y COMPAÑIA
MINERA DON TOMAS LTDA, para la exploración y explotación de
materiales de carbon ubicado en la Reserva Forestal Protectora
Nacimiento Del Rio Subachoque y Pantano de Arce
Activo Baja
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA
Etapa - Fallo de
Segunda Instancia
No.
ORIONCategoria Cuantía Radicado judicial Clase proceso Demandado Demandante Tema Pretensión
Situación -
estado
actual
Probabilidad
de pérdidaDespacho Judicial Etapa Actuación
2561 Iniciado $442.869.849,001100103260002
0130016500Acción de Repetición
GLORIA LUCIA
ALVAREZ PINZON,
LILIAN ALEXANDRA
HURTADO BUITRAGO
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
LABORALES -
DESPIDOS
Que se declare a las accionadas como responsables civil y
administrativamente por su comportamiento doloso y/o
gravemente culposo,al proferir el acto administrativo mediante el
cual declara insubsistente el nombramiento del señor Juan Carlos
Salamanca Ospina con desviación de poder, por cuanto no se
fundamento en razones del buen servicio, sino que se expidió
vulnerándose los derechos al señor noguera
Activo Alta
CONSEJO DE ESTADO -
SALA CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVA -
SECCIÓN TERCERA
Etapa - Juzgamiento
2562 Iniciado $260.337.146,001100103260002
0130016400Acción de Repetición
GLORIA LUCIA
ALVAREZ PINZON,
LILIAN ALEXANDRA
HURTADO BUITRAGO
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
LABORALES -
DESPIDOS
Que se declare a las accionadas como responsables civil y
administrativamente por su comportamiento doloso y/o
gravemente culposo, al desvincular del cargo a la señora Ana
Edith Rodriguez Hernandez mediante un acto administrativo
proferido con falsa motivación, hecho que dio origen a la
condena impuesta contra la CAR en sentencia del TAC
Activo Alta
CONSEJO DE ESTADO -
SALA CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVA -
SECCIÓN TERCERA
Etapa - Juzgamiento
2563 En Contra $22.131.510,001100131050362
0160011300Ordinario Laboral
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, INSTITUTO DEL
SEGURO SOCIAL - ISS
GABRIEL FAUSTINO
AVILA GARCIA
RELIQUIDACION
PENSIONAL
Se declare que en la determinación del monto de la mesada que
por jubilación, la accionada omitió tener en cuenta devengos,
ingresos y acreencias efectivamente causadas durante el ultimo
año.
Activo Media
TRIBUNAL SUPERIOR DE
BOGOTA - SALA
LABORAL - ORAL
Etapa - Fallo de
Segunda Instancia
2566 Iniciado $356.445.000,002500023370002
0130138801
Acción de Nulidad y
Restablecimiento del
derecho
DIRECCION DE
IMPUESTOS Y
ADUANAS NACIONALES
- DIAN
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
DEBIDO PROCESO
Que se declare la nulidad, por violación de la constitución política
y de la ley la Resolución No 312412012000075 del 26/06/2012
por medio de la cual la DIAN sanciono a la CAR, imponiendole
una multa por no suministrar información exogena de la
declaración de renta del año gravable 2009
Activo Media
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA
Etapa - Apelación
Sentencia
2572 En Contra $11.790.000,001100131050312
0130062400Ordinario Laboral
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR,
ADMINISTRADORA
COLOMBIANA DE
PENSIONES -
COLPENSIONES
ROSA ELVIRA
GUERREROCARÁCTER LABORAL
Se declare que la accionante tiene derecho a la sustitución de la
mesada pensional que venia disfrutando el señor Claudio Dario
Alba onseca (Q.E.P.D.), por tener la calidad de conyuge y
compañera permanente
Activo Media
CORTE SUPREMA DE
JUSTICIA - SALA DE
CASACIÓN LABORAL
Etapa - Recursos
Extraordinarios
2583 En Contra $683.287.750,001100133360372
0130031900
Acción de Reparación
Directa
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
MARIO ENRIQUE
CASTIBLANCO
ESPITIA, LUCILA
AREVALO MONTAÑO,
AMANDA
CASTIBLANCO
AREVALO, CARLOS
MARIO CASTIBLANCO
AREVALO Y OTROS
INUNDACIONES
Que se decrete la responsabilidad administrativa de la CAR por
los graves perjuicios materiales e inmateriales sufridos por los
demandantes, por la falla del servicio con su omision
Por perjuicios Materiales
Por Daños Morales
Activo Baja
JUZGADO 37
ADMINISTRATIVO DEL
CIRCUITO DE BOGOTÁ
SECCION TERCERA
Etapa - Liquidación de
Costas y Agencias en
Derecho
2584 En Contra $22.131.510,001100131050072
0160061300Ordinario Laboral
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, INSTITUTO DEL
SEGURO SOCIAL - ISS
JOSE SAUL SOLER
REYES
RELIQUIDACION
PENSIONAL
Que se declare que en la determinación de la mesada pensional
que la CAR otorgo al actor, omitió tener en cuenta devengos,
ingresos, prebendas y acreencias efectivamente causadas
durante el ultimo año
Activo Baja
JUZGADO 7 LABORAL
DEL CIRCUITO DE
BOGOTÁ
Etapa - Liquidación de
Costas y Agencias en
Derecho
2586 En Contra $22.131.510,001100131050292
0130061601Ordinario Laboral
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR,
ADMINISTRADORA
COLOMBIANA DE
PENSIONES -
COLPENSIONES
PABLO EMILIO RUIZRELIQUIDACION
PENSIONAL
Se declare que en la determinación del monto de la mesada
pensional que la CAR le otorgo al actor, omitió tener en cuenta
devengos, ingresos, prebendas y acreencias efectivamente
causadas por el servicio personal de actor durante el ultimo año
de la relación laboral
Activo Baja
CORTE SUPREMA DE
JUSTICIA - SALA DE
CASACIÓN LABORAL
Etapa - Recursos
Extraordinarios
2587 Iniciado $0,00 2013-00329 Expropiación
PRODUCTOS DE
CONCRETO S.A. hoy
CIEMCO PRODUCTOS
CONCRETOS S.A.S.,
BANCO HELM BANK,
INDETERMINADOS
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
PREDIOS
Que se decrete a favor de la CAR, por causa de utilidad publica e
interés social, la expropiacion parcial de los derechos de la
propiedad de la sociedad CIEMCO PRODUCTOS CONCRETOS,
sobre el predio denominado san carlos hoy san camilo ubicado
en el municipio de soacha
Activo BajaJuzgado 2 Civil del
Circuito de SoachaEtapa - Avaluo
No.
ORIONCategoria Cuantía Radicado judicial Clase proceso Demandado Demandante Tema Pretensión
Situación -
estado
actual
Probabilidad
de pérdidaDespacho Judicial Etapa Actuación
2590 En Contra $40.556.542,002500023420002
0130499100
Acción de Nulidad y
Restablecimiento del
derecho
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
JOSE GUILLERMO
ULLOA CASTILLO
RELIQUIDACION
PENSIONAL
Que se declare la nulidad de la Resolución No 383 del
04/07/2008, expedida por la CAR y como consecuencia se
ordene que mediante nuevo acto administrativo reliquide,
actualice y se ordene pagar las diferencias resultantes de las
mesadas pensionales ordinarias que fuera reconocidas
Activo Media
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA -
SECCIÓN SEGUNDA -
SUBSECCIÓN C
Etapa - Contestación
Demanda
2592 En Contra $22.131.510,001100131050192
0130050100Ordinario Laboral
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, INSTITUTO DEL
SEGURO SOCIAL - ISS,
ADMINISTRADORA
COLOMBIANA DE
PENSIONES -
COLPENSIONES
JOSE VICENTE DE
ANTONIO COBOS
RELIQUIDACION
PENSIONAL
Se declare que en la determinación del monto de la mesada por
jubilación la accionada omitió tener en cuenta devengos,
ingresos, prebendas y acreencias efectivamente causadas
durante el ultimo año
Activo Media
JUZGADO 19 LABORAL
DEL CIRCUITO DE
BOGOTÁ
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
2599 Iniciado $0,002589960004192
01300228Penal
EN AVERIGUACIÓN,
ANGEL MARIA PAEZ
LOPEZ
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
HUMEDALES Proteccion de los recursos naturales y el medio ambiente Activo BajaFiscalia General De La
Nación
Etapa - Indagación
Preliminar
2601 En Contra $3.029.752.293,002500023360002
0130137900
Acción de Reparación
Directa
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, MUNICIPIO DE
ARBELAEZ
HARVEY ALEJANDRO
VALLEJO, HARVEY
HORACIO VALLEJO
NARANJO, LUISA
FERNANDA VALLEJO
BENAVIDES, LUZ
STELLA BENAVIDES
ALVARADO
DESLIZAMIENTOSque los demandados indemnicen a favor de los demandantes el
pago en dinero por los daños materiales causadosActivo Media
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA -
SECCIÓN TERCERA -
SUBSECCIÓN B
Etapa - Probatoria
2603 En Contra $71.500.000,00 2013-00050Acción de Reparación
Directa
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, GOBERNACION
DE CUNDINAMARCA,
CONCESIÓN SABANA
DE OCCIDENTE S.A.
PEDRO PEÑA MORENO,
DIEGO FERNANDO
VICTORIA RUEDA,
PEDRO IGNACIO
GARZON AYALA,
HECTOR RODRIGO
ALBA AGUDELO,
NESTOR ALMANZA
HERNANDEZ, RAFAEL
QUIÑONES
RODRIGUEZ, JORGE
IGNACIO LOPEZ
GUTIERREZ
DESLIZAMIENTOS
Declarar responsable a la Concesión Sabana de occidente, de los
perjuicios causados a los demandantes con motivo de realizar un
jarillon con tierra y sobrantes de probable algún derrumbe
favoreciendo de esta forma los terrenos del ejercito nacional
Declarar responsable a la CAR toda vez que con su negligencia y
omisión a pesar de conocer de tiempo atrás la problemática en el
sector que termino en una avalancha del rió villeta
Activo Media
JUZGADO 35
ADMINISTRATIVO DEL
CIRCUITO DE BOGOTÁ
SECCIÓN TERCERA
Etapa - Audiencia
Inicial
2605 En Contra $25.190.166.191,002500023370002
0130120700
Acción de Nulidad y
Restablecimiento del
derecho
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
SECRETARIA DE
HACIENDA DISTRITALSERVICIOS PÚBLICOS La nulidad de la Resolucion No. 277 del 25/02/2013 Activo Media
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA -
SECCIÓN CUARTA -
SUBSECCIÓN A
Etapa - Alegatos de
Primera Instancia
2606 Iniciado $0,00 2014-00001 ExpropiaciónLEONOR ACOSTA DE
RODRIGUEZ
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
PREDIOS
Que se decrete a favor de la CAR por causa de utilidad publica e
interés social, la expropiacion parcial de los derechos de
propiedad que tienen los accionados
Activo BajaJuzgado Civil del Circuito
de FunzaEtapa - Avaluo
2607 Iniciado $0,001100160000492
0131261700Penal
LUIS ARMANDO
SUAREZ RODRIGUEZ
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
PENAL - FALSEDAD
DOCUMENTO
Que se inicie la investigación sobre la falsedad sobre los
documentos presentados por el contratistaActivo Media
Fiscalia 85 Seccional de
Bogota
Etapa - Indagación
Preliminar
2608 En Contra $22.131.510,001100131050272
0170006100Ordinario Laboral
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, INSTITUTO DEL
SEGURO SOCIAL - ISS
LUIS ALFREDO PEÑA
CORTES
RELIQUIDACION
PENSIONAL
Que se declare que en la determinación del monto de la mesada
pensional que la CAR otorgo al actor, omitió los devengos,
ingresos, prebendas y demás acreencias causadas durante el
ultimo año.
Activo Media
JUZGADO 27 LABORAL
DEL CIRCUITO DE
BOGOTA
Etapa - Juzgamiento
No.
ORIONCategoria Cuantía Radicado judicial Clase proceso Demandado Demandante Tema Pretensión
Situación -
estado
actual
Probabilidad
de pérdidaDespacho Judicial Etapa Actuación
2610 En Contra $60.616.858.753,002500023360002
0130181601
Acción de Reparación
Directa
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
GLORIA IRMA DE
ANGULO DE ARIAS,
ANDRES EDUARDO
ARIAS DE ANGULO,
GLORIA VICTORIA
ARIAS DE ANGULO,
DAVID ALBERTO ARIAS
DE ANGULO,
FERNANDO ERNESTO
ARIAS DE ANGULO,
CARLOS ROLANDO
ARIA TORREALBA
RESERVA FORESTALQue se condene a la CAR a reconocer y pagar a los demandantes
el valor de todos los perjuicios patrimoniales surtidosActivo Media
CONSEJO DE ESTADO -
SALA CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVA -
SECCIÓN TERCERA
Etapa - Alegatos de
Segunda Instancia
2613 En Contra $22.131.510,001100131050322
0130054502Ordinario Laboral
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, INSTITUTO DEL
SEGURO SOCIAL - ISS,
ADMINISTRADORA
COLOMBIANA DE
PENSIONES -
COLPENSIONES
DAMASO RODRIGUEZ
PEÑA
RELIQUIDACION
PENSIONAL
que se declare que en la determinación del monto de la mesada
pensional que la car otorgo al actor omitió tener en cuenta
devengos, ingresos, prebendas y acreencias causadas
Activo Media
JUZGADO 32 LABORAL
DEL CIRCUITO DE
BOGOTÁ
Etapa - Fallo de
Segunda Instancia
2618 En Contra $30.000.000,001100131050052
0130032901Ordinario Laboral
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
RODOLFO ELIAS
RODRIGUEZ BERNAL
RELIQUIDACION
PENSIONAL
Se condene a la reliquidacion inmediata para aumento de la
mesada pensional del accionante, teniendo en cuenta incluir
todas y cada una de las sumas devengadas y/o causadas por el
trabajador
Activo Media
CORTE SUPREMA DE
JUSTICIA - SALA DE
CASACIÓN LABORAL
Etapa - Recursos
Extraordinarios
2619 En Contra $22.131.510,001100131050052
0130055401Ordinario Laboral
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, INSTITUTO DEL
SEGURO SOCIAL - ISS
LUIS ALFONSO PAEZ
SUAREZ
RELIQUIDACION
PENSIONAL
Que se declare que en la determinación del monto de la mesada
pensional que la CAR otorgo al actor, omitió tener en cuenta
devengos, ingresos, prebendas y acreencias efectivamente
causadas por el actor
Activo Baja
CORTE SUPREMA DE
JUSTICIA - SALA DE
CASACIÓN LABORAL
Etapa - Recursos
Extraordinarios
2620 En Contra $14.400.000.000,002500023240002
0120040600
Acción de Nulidad y
Restablecimiento del
derecho
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, MINISTERIO DE
AMBIENTE Y
DESARROLLO
SOSTENIBLE - MADS
INVERSIONES Y
CONSTRUCCIONES
TORO SAS - INVERCOT
SAS
MEDIDAS
PREVENTIVAS
declarar nulas las resoluciones No 594 de 2009, 1384 de 2011,
2212 de 2011Activo Baja
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA - SALA
DESCONGESTIÓN
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
2633 En Contra $17.436.730,001100133350142
0130013701
Acción de Nulidad y
Restablecimiento del
derecho
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
LUIS JOSE MOLINA
GARZON
RELIQUIDACION
PENSIONAL
Que se declare la nulidad parcial de la resoluciones 2058 del
28/12/2001 y la 0801 del 24/06/2002 expedidas por la CAR,
mediante las cuales reconocen pension de jubilacion a favor del
demandante
Ordenese a la CAR, que mediante nuevo acto administrativo
reliquide, actualice y se ordene pagar las diferencias resultantes
de las mesadas pensionales ordinarias y adicionales
Activo en
ORIONMedia
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA
Etapa - Fallo de
Segunda Instancia
2644Tercero
involucrado$100.000.000,00 2011-00309
Ordinario de
PertenenciaFLORIAN DIAZ VARGAS
LUZ MARINA PEÑA
PACHONPREDIOS
Declarar que los demandantes han adquirido por prescripción
extraordinaria adquisitiva de dominio, los inmuebles rurales
ubicados en la vereda de Tudela, hoy casablanca del municipio
de Carmen de carupa
Activo MediaJuzgado 1 Civil del
Circuito de UbateEtapa - Notificaciones
2645 En Contra $20.000.000,001100131050102
0140001100Ordinario Laboral
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR,
ADMINISTRADORA
COLOMBIANA DE
PENSIONES -
COLPENSIONES
ARGEMIRO ROJAS
JIMENEZ
RELIQUIDACION
PENSIONAL
Que se declare que en la determinación del monto de la mesada
pensional que la CAR otorgo al actor, omitió tener en cuenta
devengos, ingresos, prebendas y acreencias efectivamente
causadas por el actor
Activo Media
CORTE SUPREMA DE
JUSTICIA - SALA DE
CASACIÓN LABORAL
Etapa - Recursos
Extraordinarios
2647 En Contra $22.131.510,001100131050112
0140000301Ordinario Laboral
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
PEDRO ANTONIO
FAJARDO ROJAS
RELIQUIDACION
PENSIONAL
Que se declare que en la determinación del monto de la mesada
pensional que la CAR otorgo al actor, omitió tener en cuenta
devengos, ingresos, prebendas y acreencias efectivamente
causadas por el actor
Activo Media
CORTE SUPREMA DE
JUSTICIA - SALA DE
CASACIÓN LABORAL
Etapa - Recursos
Extraordinarios
No.
ORIONCategoria Cuantía Radicado judicial Clase proceso Demandado Demandante Tema Pretensión
Situación -
estado
actual
Probabilidad
de pérdidaDespacho Judicial Etapa Actuación
2649 En Contra $8.048.000.000,002500023260002
0120092100
Acción de Reparación
Directa
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, MINISTERIO DE
TRANSPORTE,
INSTITUTO NACIONAL
DE VIAS - INVIAS Y
OTROS
GRUPO EMPRESAREAL
LOS CAOBOS S. A.INUNDACIONES
Declarar patrimonialmente responsable, en forma solidaria y
extracontractual, al Ministerio de Transporte, INVIAS,INCO,CAR,
Municipio de Tenjo, Concesión de la Sabana de Occidente, Grupo
Giuleti S.A., por los daños antijuridicos ocasionado a la Sociedad
Grupo Empresarial Los Caobos S.A., en virtud de la inundación
sufrida sore el inmueble de sus propiedad denominado, predio
Maderos, de matricula inmobiliaria No 50N-20479501 de de la
Oficina de Registro de Instrumentos Publicos de Bogotá D.C. y
dédula catastral No 00-00-0001-0655-000
2) Como consecuencia de la anterior declaración se condene a
los demandados al pago de los daños y perjuicios a favor de la
sociedad Grupo Empresarial Los Caobos S.A. ocasionados en
virtud de inundación sufrida sobre el inmueble de su propiedad
denominado predio Maderos
Activo Media
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA -
SECCIÓN TERCERA -
SUBSECCIÓN B
Etapa - Contestación
Demanda
2650 En Contra $22.131.510,001100131050312
0140000801Ordinario Laboral
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
ANDRES RODRIGUEZ
HURTADO
RELIQUIDACION
PENSIONAL
Que se declare que en la determinación del monto de la mesada
pensional que la CAR otorgo al actor, omitió tener en cuenta
devengos, ingresos, prebendas y acreencias efectivamente
causadas por el actor
Activo Baja
CORTE SUPREMA DE
JUSTICIA - SALA DE
CASACIÓN LABORAL
Etapa - Recursos
Extraordinarios
2651 En Contra $22.131.510,001100133420512
0160036800
Acción de Nulidad y
Restablecimiento del
derecho
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, INSTITUTO DEL
SEGURO SOCIAL - ISS,
ADMINISTRADORA
COLOMBIANA DE
PENSIONES -
COLPENSIONES
VENANCIO BELLO
GONZALEZ
RELIQUIDACION
PENSIONAL
Que se declare que en la determinación del monto de la mesada
pensional que la CAR otorgo al actor, omitió tener en cuenta
devengos, ingresos, prebendas y acreencias efectivamente
causadas por el actor
Activo Alta
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA -
SECCIÓN SEGUNDA -
SUBSECCIÓN A
Etapa - Apelación
Sentencia
2667 En Contra $22.131.510,001100131050052
0140001902Ordinario Laboral
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR,
ADMINISTRADORA
COLOMBIANA DE
PENSIONES -
COLPENSIONES
EDGAR SUAREZ
SIERRA
RELIQUIDACION
PENSIONAL
Que se declare que en la determinación del monto de la mesada
pensional que la CAR otorgo al actor, omitió tener en cuenta
devengos, ingresos, prebendas y acreencias efectivamente
causadas por el actor
Activo Media
TRIBUNAL SUPERIOR DE
BOGOTA - SALA
LABORAL
Etapa - Fallo de
Segunda Instancia
2668 En Contra $18.520.000.000,002500023410002
0130018500Accion de Grupo
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, ALCALDIA
MUNICIPAL DE
SOACHA, OFICINA DE
PLANEACIÓN DE
SOACHA Y OTROS
SERGIO HORACIO
MIRANDA, JOSE FABIO
GABRIEL GARZON
GONZALEZ, HERLY
ROCIO ACERO
FRANCO, LUIS
ALBERTO CARDENAS
MORENO, JOSE
UBALDO ROJAS,
SUSANA CASTILLO DE
MALAGON Y OTROS
DESLIZAMIENTOS
Declarar solidariamente responsables a los demandados, por los
perjuicios causados a los habitantes, dueños de establecimientos
comerciales e industriales de los barrios ubicados en la comuna 4
denominada altos de cazuca del municipio de soacha a raiz del
deslizamiento de los terrenos
Condenese a los demandados a pagar a titulo de indemnización
de perjuicios materiales y de alteracion de las condiciones de
existencia
Activo Media
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA -
SECCIÓN PRIMERA -
SUBSECCIÓN B
Etapa - Probatoria
2670 En Contra $22.131.510,001100131050122
0140000601Ordinario Laboral
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
RUBEN DARIO
RODRIGUEZ
RELIQUIDACION
PENSIONAL
Se sirvan reliquidar para aumentar el monto de la pension que en
su momento le fuera otorgada a la señora Ana Gilma Ruiz
(Q.E.P.D.)
Se reajusten y paguen tambien las sumas correspondientes a
mesadas adicionales
Activo Baja
CORTE SUPREMA DE
JUSTICIA - SALA DE
CASACIÓN LABORAL
Etapa - Fallo de
Segunda Instancia
2671 Iniciado $0,001100160000502
01414496Penal EN AVERIGUACIÓN
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
PENAL
CONTAMINACIÓNProteccion de los recursos naturales y el medio ambiente Activo Media
Fiscalia 8 Especializada
de BogotaEtapa - Probatoria
2673Tercero
involucrado$0,00
1100160990342
0138006400Penal
FREDY ALVAREZ
PERDOMODE OFICIO
RECURSOS
NATURALES, FAUNA
FLORA
Proteger los recursos naturales y el medio ambiente Activo Media
Fiscalia 2 Unidad
Nacional del Medio
Ambiente
Etapa - Reparación
Integral
No.
ORIONCategoria Cuantía Radicado judicial Clase proceso Demandado Demandante Tema Pretensión
Situación -
estado
actual
Probabilidad
de pérdidaDespacho Judicial Etapa Actuación
2677 En Contra $110.657.550,00 2017-00381 Ordinario Laboral
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
JAIRO PIRAQUIVE
LOPEZCARÁCTER LABORAL
condenar a la CAr a cancelar al demandado las prestaciones
legales indexadasActivo Baja
Juzgado 1 Laboral Del
Circuito De ZipaquiráEtapa - Notificaciones
2680 Iniciado $0,00 2014-00100 QuerellaJOSE DEL CARMEN
FERNANDEZ JIMENEZ
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
PREDIOS
Se ordene la restitución de la ronda del Rio Bogotá, como
consecuencia de la ocupación que realiza el demandado, al
realizar la actividad de curtidos de pieles y retire los bienes que
utiliza en el desarrollo de la misma actividad
Activo BajaALCALDIA MUNICIPAL
DE VILLAPINZÓN
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
2681 Iniciado $0,00 2014-02681 QuerellaGORGONIO CASALLAS
CUFIÑO
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
PREDIOS
Se ordene la restitución de la ronda del Rio Bogotá, como
consecuencia de la ocupación que realizo el demandado, con la
industria denominada la esmeralda y demás bienes que utilizo en
el desarrollo de la actividad de curtido de cuero
Activo MediaALCALDIA MUNICIPAL
DE VILLAPINZÓN
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
2682 Iniciado $0,00 2014-00091 QuerellaANA TULIA GIL DE
ROMERO
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
PREDIOS
Se ordene la restitución de la ronda del Rio Bogotá, como
consecuencia de la ocupación que realizo el demandado, con la
actividad de curtido de piel y retire los bienes que utilizo en el
desarrollo de la misma actividad
Activo MediaALCALDIA MUNICIPAL
DE VILLAPINZÓN
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
2683 Iniciado $0,00 2014-00097 Querella MAURICIO LOPEZ RICO
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
PREDIOS
Se ordene la restitución de la ronda del Rio Bogotá, como
consecuencia de la ocupación que realizo el demandado, con los
escombros y demás bienes que utilizo en el desarrollo de la
actividad de curtido de cuero en el predio
Activo MediaALCALDIA MUNICIPAL
DE VILLAPINZÓN
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
2684 Iniciado $0,00 2014-00099 QuerellaELSA BERNAL
RODRIGUEZ
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
PREDIOS
Se ordene la restitución de la ronda del Rio Bogotá, como
consecuencia de la ocupación que realizo el demandado, con los
materiales y utensilios y demás bienes que utilizo en el desarrollo
de la actividad de curtido de piel de su industria
Activo MediaALCALDIA MUNICIPAL
DE VILLAPINZÓN
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
2685 Iniciado $0,00 2014-00104 QuerellaFABIO FERNANDEZ
LOPEZ
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
PREDIOS
Se ordene la restitución de la ronda del Rio Bogotá, como
consecuencia de la ocupación que realizo el demandado, al
realizar la actividad de curtido de pieles y retire los bienes que
utilizo en el desarrollo de la misma actividad
Activo MediaALCALDIA MUNICIPAL
DE VILLAPINZÓN
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
2686 Iniciado $0,00 2014-00101 QuerellaCRISANTO RODRIGUEZ
RIAÑO
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
PREDIOS
Se ordene la restitución de la ronda del Rio Bogotá, como
consecuencia de la ocupación que realizo el demandado, se retire
los bienes que utilizo en el desarrollo de la actividad de curtido
de cuero
Activo MediaALCALDIA MUNICIPAL
DE VILLAPINZÓN
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
2687 Iniciado $0,00 2014-00102 QuerellaGUSTAVO FERNANDEZ
FERNANDEZ
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
PREDIOS
Se ordene la restitución de la ronda del Rio Bogotá, como
consecuencia de la ocupación que realizo el demandado, al
realizar la actividad de curtido de pieles y retire los bienes que
utiliza en el desarrollo de la misma actividad en el predio
Activo MediaALCALDIA MUNICIPAL
DE VILLAPINZÓN
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
2688 Iniciado $0,00 2014-00103 QuerellaANTONIO EDILBERTO
CONTRERAS LOPEZ
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
PREDIOS
Se ordene la restitución de la ronda del Rio Bogotá, como
consecuencia de la ocupación que realizo el demandado, al
realizar la actividad de curtido de pieles y retire los bienes que
utiliza en el desarrollo de la misma actividad en el predio
Activo MediaALCALDIA MUNICIPAL
DE VILLAPINZÓN
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
2689 Iniciado $0,00 093 QuerellaJOSE DEL CARMEN
FERNANDEZ DIMATE
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
PREDIOS
Se ordene la restitución de la ronda del Rio Bogotá, como
consecuencia de la ocupación que realizo el demandado, se retire
los bienes que utilizo en el desarrollo de la actividad de curtido
de cuero en el predio
Activo MediaALCALDIA MUNICIPAL
DE VILLAPINZÓN
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
2690 Iniciado $0,00 2014 -94 QuerellaGONZALO FERNANDEZ
RODRIGUEZ
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
PREDIOS
Se ordene la restitución de la ronda del Rio Bogotá, como
consecuencia de la ocupación que realizo el demandado, al
realizar la actividad de curtido de piel y retire los bienes que
utiliza en el desarrollo de la misma actividad
Activo MediaALCALDIA MUNICIPAL
DE VILLAPINZÓN
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
2691 Iniciado $0,00 2014-00095 QuerellaEPIFANIO LOPEZ
LOPEZ
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
PREDIOS
Se ordene la restitución de la ronda del Rio Bogotá, como
consecuencia de la ocupación que realizo el demandado, al
realizar la actividad de curtido de piel y retire los bienes que
utiliza en el desarrollo de la misma actividad
Activo BajaALCALDIA MUNICIPAL
DE VILLAPINZÓN
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
No.
ORIONCategoria Cuantía Radicado judicial Clase proceso Demandado Demandante Tema Pretensión
Situación -
estado
actual
Probabilidad
de pérdidaDespacho Judicial Etapa Actuación
2692 Iniciado $0,00 2014-096 Querella LUIS ALBERTO FARFAN
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
PREDIOS
Se ordene la restitución de la ronda del Rio Bogotá, como
consecuencia de la ocupación que realizo el demandado, al
realizar la actividad de curtido de piel y retire los bienes que
utiliza en el desarrollo de la misma actividad
Activo MediaALCALDIA MUNICIPAL
DE VILLAPINZÓN
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
2693 Iniciado $0,00 2014-00078 QuerellaFLAMINIO GOMEZ
BARRERO
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
PREDIOS
Se ordene la restitución de la ronda del Rio Bogotá, como
consecuencia de la ocupación que realizo el demandado, al
realizar la actividad de curtido de piel y retire los bienes que
utiliza en el desarrollo de la misma actividad
Activo BajaALCALDIA MUNICIPAL
DE VILLAPINZÓN
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
2696 En Contra $30.000.000,001100131050262
0140007501Ordinario Laboral
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR,
ADMINISTRADORA
COLOMBIANA DE
PENSIONES -
COLPENSIONES
JOSE CLODOMIRO
SUAREZ
RELIQUIDACION
PENSIONAL
Que se declare que en la determinación del monto de la mesada
pensional que la CAR otorgo al actor, omitió tener en cuenta
devengos, ingresos, prebendas y acreencias efectivamente
causadas por el actor
Activo Baja
JUZGADO 26 LABORAL
DEL CIRCUITO DE
BOGOTÁ
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
2697 En Contra $12.937.207.990,002500023370002
0130157403
Acción de Nulidad y
Restablecimiento del
derecho
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
SECRETARIA DE
HACIENDA DISTRITALTASAS RETRIBUTIVAS
Declarar la nulidad de la resolución 797 del 22/05/2013 expedida
por la CAR
Se declare que la SDH, no se encuentra obligada a pagar la suma
contenida en el articulo 1 y 2 de la resolucion 797
Activo Media
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA -
SECCIÓN CUARTA -
SUBSECCIÓN A
Etapa - Alegatos de
Segunda Instancia
2701 En Contra $774.471.727,001100133360332
0130047900
Acción de Reparación
Directa
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, MUNICIPIO DE
COTA
ALFONSO HERNANDO
RODRIGUEZ CAMARGOINUNDACIONES
Que se condene a los demandados por los daños morales y
materiales, causados a los demandantes, con ocasion del
agenamiento ocurrido en el inmueble, debido a la falta de
amntenimiento de jarillones y canalizacion adecuada que produjo
las inundaciones en el 2011 y 2012 por ell rio Chucu y de la
quebrada la Culebrera
daños materiales causados por las inundaciones y lucro cesante
Activo Media
JUZGADO 33
ADMINISTRATIVO DEL
CIRCUITO DE BOGOTÁ
SECCIÓN TERCERA
Etapa - Alegatos de
Primera Instancia
2703 En Contra $22.131.510,001100131050032
0130087602Ordinario Laboral
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR,
ADMINISTRADORA
COLOMBIANA DE
PENSIONES -
COLPENSIONES
EDUARDO RODRIGUEZ
SOTELO
RELIQUIDACION
PENSIONAL
decretar la inmediata re liquidación para aumento del monto de
la mesad pensional otorgada por la CARActivo Media
TRIBUNAL SUPERIOR DE
BOGOTA - SALA
LABORAL
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
2707 En Contra $30.000.000,001100131050262
0140008701Ordinario Laboral
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
ANA ISABEL
CASTELLANOS DE
PADILLA
RELIQUIDACION
PENSIONAL
Que se declare que en la determinación del monto de la mesada
pensional que la CAR otorgo al actor, omitió tener en cuenta
devengos, ingresos, prebendas y acreencias efectivamente
causadas por el actor
Activo Media
CORTE SUPREMA DE
JUSTICIA - SALA DE
CASACIÓN LABORAL
Etapa - Recursos
Extraordinarios
2708 En Contra $22.131.510,001100131050192
0130050301Ordinario Laboral
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, INSTITUTO DEL
SEGURO SOCIAL - ISS,
ADMINISTRADORA
COLOMBIANA DE
PENSIONES -
COLPENSIONES
JOSE ALVARO
RODRIGUEZ MURCIA
RELIQUIDACION
PENSIONAL
Que se declare que en la determinación del monto de la mesada
pensional que la CAR otorgo al actor, omitió tener en cuenta
devengos, ingresos, prebendas y acreencias efectivamente
causadas por el actor
Activo Media
TRIBUNAL SUPERIOR DE
BOGOTA - SALA
LABORAL
Etapa - Fallo de
Segunda Instancia
No.
ORIONCategoria Cuantía Radicado judicial Clase proceso Demandado Demandante Tema Pretensión
Situación -
estado
actual
Probabilidad
de pérdidaDespacho Judicial Etapa Actuación
2709 En Contra $0,002500023410002
0140064300Acción Popular
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR,
SUPERINTENDENCIA
DE NOTARIADO Y
REGISTRO - SNR,
OFICINA DE REGISTRO
DE INSTRUMENTOS
PUBLICOS DE UBATE Y
OTROS
YERLYN VALENCIA
JIMENEZÁREAS PROTEGIDAS
Declarese responsables del detrimento al patrimonio publico y los
daños ecologicos, ambientales y socioeconomicos causados con
la ocupacion de la ZRFP y DMI paramo de guargua y Laguna
Verde a los demandados
Activo Media
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
2713 En Contra $22.131.510,001100131050132
0140013501Ordinario Laboral
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, INSTITUTO DEL
SEGURO SOCIAL - ISS,
ADMINISTRADORA
COLOMBIANA DE
PENSIONES -
COLPENSIONES
ALFREDO GUIO
MOYANO
RELIQUIDACION
PENSIONAL
Que se declare que en la determinación del monto de la mesada
pensional que la CAR otorgo al actor, omitió tener en cuenta
devengos, ingresos, prebendas y acreencias efectivamente
causadas por el actor
Activo Media
CORTE SUPREMA DE
JUSTICIA - SALA DE
CASACIÓN LABORAL
Etapa - Fallo de
Segunda Instancia
2715 En Contra $0,00 2014-00528 Acción Popular
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, ALCALDIA
MUNICIPAL DE
TOCAIMA,
PERSONERIA
MUNICIPAL DE
TOCAIMA,
PROCURADOR
PROVINCIAL DE
GIRARDOT, JUNTA DE
ACCION COMUNAL DEL
BARRIO OBRERO,
GILBERTO RODRIGUEZ
ANATILDE REYES
REYES, ANA MARVIN
MEJIA
VÍAS
Que se declare la responsabilidad de las accionadas, respecto de
la amenaza o violación de los derechos colectivos al goce de un
ambiente sano
Que se imparta la orden de desbloquear la Carrera 17 que se
desprende de la via tocaima - jerusalen, denominda vía los
panches y que no se vuelva a impedir el paso y libre movilidad
por esta vía de los habitantes del barrio Tarragona
Que se ordena la demolición de la construcción ilegal que se esta
realizando en el cerro ubicado al lado sur oriental del barrio
Tarragona, el cual es considerado zona de reserva forestal
Activo Baja
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA -
SECCIÓN PRIMERA -
SUBSECCIÓN B
Etapa - Apelación
Sentencia
2716 Iniciado $0,001100160000502
01414496Penal INDETERMINADOS
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
PENAL - FALSEDAD
DOCUMENTOFalsedad en documento publico Activo Media
Fiscalia General De La
Nación
Etapa - Indagación
Preliminar
2718 En Contra $1.173.940.000,002500023360002
0140025600
Acción de Reparación
Directa
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
MARIA LILIANA NIÑO
TORRESDESLIZAMIENTOS
Que se declare que la CAR es responsable por la degradación
ambiental del cerro de la conejera y la perdida o destrucción total
de la casa de habitación y de otras construcciones aledañas
Activo Media
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA
Etapa - Alegatos de
Primera Instancia
2722 Iniciado $0,002575460003822
01400039Penal EN AVERIGUACIÓN
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
PENAL VARIOS Proteccion de los recursos naturales y el medio ambiente Activo BajaFiscalia 4 Seccional de
Soacha
Etapa - Indagación
Preliminar
2723 En Contra $82.053.272,002500023420002
0130103601
Acción de Nulidad y
Restablecimiento del
derecho
INSTITUTO DEL
SEGURO SOCIAL - ISS,
ADMINISTRADORA
COLOMBIANA DE
PENSIONES -
COLPENSIONES,
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
JAIRO ALBERTO
GÓMEZ BELTRÁN
RELIQUIDACION
PENSIONAL
Declarar la nulidad parcial de la resolución No 030602 de 2005,
expedida por el ISS mediante la cual se reconoce pensión de
vejez a favor del demandante
se ordene al ISS y/o COLPENSIONES, que mediante nuevo acto
administrativo reliquide, actualice, pague diferencias resultantes
dejadas de percibir y continué pagando la pension
Activo Alta
CONSEJO DE ESTADO -
SALA CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVA -
SECCIÓN SEGUNDA -
SUBSECCIÓN A
Etapa - Fallo de
Segunda Instancia
No.
ORIONCategoria Cuantía Radicado judicial Clase proceso Demandado Demandante Tema Pretensión
Situación -
estado
actual
Probabilidad
de pérdidaDespacho Judicial Etapa Actuación
2725 En Contra $22.131.510,001500133330152
0160002100
Acción de Nulidad y
Restablecimiento del
derecho
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, INSTITUTO DEL
SEGURO SOCIAL - ISS
APULEYO COY AVILARELIQUIDACION
PENSIONAL
Que se declare que en la determinación del monto de la mesada
pensional que la CAR otorgo al actor, omitió tener en cuenta
devengos, ingresos, prebendas y acreencias efectivamente
causadas por el actor
Activo Media
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
BOYACA
Etapa - Alegatos de
Primera Instancia
2734 En Contra $22.131.510,001100131050332
0130042100Ordinario Laboral
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, INSTITUTO DEL
SEGURO SOCIAL - ISS
LUIS ENRIQUE DIAZ
HERNANDEZ
RELIQUIDACION
PENSIONAL
Que se declare que en la determinación del monto de la mesada
pensional que la CAR otorgo al actor, omitió tener en cuenta
devengos, ingresos, prebendas y acreencias efectivamente
causadas por el actor
Activo Baja
JUZGADO 33 LABORAL
DEL CIRCUITO DE
BOGOTA
Etapa - Liquidación de
Costas y Agencias en
Derecho
2735 En Contra $20.000.000,001100131050022
0140009601Ordinario Laboral
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR,
ADMINISTRADORA
COLOMBIANA DE
PENSIONES -
COLPENSIONES
CARLOS ALBERTO
VIVAS PUCHIGAYCARÁCTER LABORAL
Se condene a la CAR al reconocimiento y pago de la pensión de
jubilacionActivo Media
CORTE SUPREMA DE
JUSTICIA - SALA DE
CASACIÓN LABORAL
Etapa - Fallo de
Segunda Instancia
2736 En Contra $20.683.620,001100131050022
0140000400Ordinario Laboral
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
SEGUNDO CAMPO
ELIAS ALVARADO
ROJAS
LABORALES
TRABAJADORES
OFICIALES
Ordene a la CAR al reconocimiento y pago del auxilio funebre con
orden convencional y legalAcumulado Media
JUZGADO 2 LABORAL
DEL CIRCUITO DE
BOGOTÁ
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
2737 En Contra $678.152.000,002500023360002
0140011900
Acción de Reparación
Directa
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
ROBERTO WILLS
OBREGON WILCO Y
CIA SAS
INUNDACIONESCondenar a la CAR como reparación del daño ocasionado a pagar
a los actores los perjuicios de orden material y moralActivo Baja
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA
Etapa - Sentencia de
Única Instancia
2750 En Contra $137.003.587.654,002500023410002
0130194700Accion de Grupo
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
ALBERTO SOSA
PORRAS, PAMELA
SALAZAR DUQUE,
CLEMENCIA SANINT
SALAZAR, SERGIO
NAVARRO GOMEZ,
CONGREGACION DE
RELIGIOSOS
TERCIARIOS
CAPUCHINOS
DOLORES SEMINARIO
FRAY LUIS AMIGO Y
OTROS
RESERVA FORESTAL
Se reconozcan como perjuicios ocasionados a cada uno de loa
accionantes, el valor correspondiente según la liquidación
presentada, ordenar a la CAR a pagar la totalidad de los
perjuicios reconocidos
Activo Baja
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA -
SECCIÓN PRIMERA -
SUBSECCIÓN B
Etapa - Alegatos de
Primera Instancia
2751 En Contra $20.000.000,001100131050232
0140009003Ordinario Laboral
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
JOSE PATROCINIO
ROSAS
RELIQUIDACION
PENSIONAL
Que se declare que en la determinación del monto de la mesada
pensional que la CAR otorgo al actor, omitió tener en cuenta
devengos, ingresos, prebendas y acreencias efectivamente
causadas por el actor
Activo Media
TRIBUNAL SUPERIOR DE
BOGOTA - SALA
LABORAL
Etapa - Fallo de
Segunda Instancia
2758Tercero
involucrado$0,00
2551360003942
0148002500Penal
ANA SOFIA CHAVEZ
PORRASDE OFICIO PENAL VARIOS Protección al recurso hidrico Activo Media
Fiscalia Local de Pacho
Cundinamarca
Etapa - Indagación
Preliminar
2760 En Contra $22.131.510,001100131050192
0140001501Ordinario Laboral
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
MARCO LINO AVILARELIQUIDACION
PENSIONAL
Que se declare que en la determinación del monto de la mesada
pensional que la CAR otorgo al actor, omitió tener en cuenta
devengos, ingresos, prebendas y acreencias efectivamente
causadas por el actor
Activo Media
TRIBUNAL SUPERIOR DE
BOGOTA - SALA
LABORAL
Etapa - Apelación
Sentencia
2774Tercero
involucrado$0,00
1100160007062
0088011300Penal
EUGENIO CASTAÑEDA
GONZALEZ, ERISINDIO
EDUARDO CHIQUIZA
BALLESTEROS
DE OFICIO MINERÍA Proteccion a los recursos naturales y el medio ambiente Activo Baja
JUZGADO PENAL DEL
CIRCUITO CON
FUNCIONES DE
CONOCIMIENTO DE
UBATE
Etapa - Reparación
Integral
No.
ORIONCategoria Cuantía Radicado judicial Clase proceso Demandado Demandante Tema Pretensión
Situación -
estado
actual
Probabilidad
de pérdidaDespacho Judicial Etapa Actuación
2775 Iniciado $176.241.856,001100133367152
0140015800Acción de Repetición
EDGAR ALFONSO
BEJARANO MENDEZ,
ROSA STELLA ROJAS
BAQUERO
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
ACCIÓN REPETICIÓN
Que se declare a las accionadas administrativa y
patrimonialmente responsables por su comportamiento
gravemente culposo, al haber declarado insubsistente el
nombramiento del cargo de profesional universitario 2444 Grado
8 de la planta global de empleados de la CAR que ocupada la
señora Diana Maritza Olaya Rios, con violación de la Constitución
política y de ley
Se ordene a los accionados a pagar a favor de la CAR el valor
que esta entidad pago en cumplimiento del respectivo fallo de
condena
Activo Media
JUZGADO 14
ADMINISTRATIVO DE
DESCONGESTIÓN DEL
CIRCUITO DE BOGOTÁ
Etapa - Notificaciones
2777 Iniciado $0,00 058 Querella BLANCA LILIA PRIETO
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
PREDIOS Restitución por invasión a espacio publico Activo BajaALCALDIA MUNICIPAL
DE VILLAPINZÓN
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
2778 Iniciado $0,00 063 QuerellaPEDRO ANTONIO
PARRA GUAUQUE
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
PREDIOS Restitución por invasión a espacio publico Activo MediaALCALDIA MUNICIPAL
DE VILLAPINZÓN
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
2779 Iniciado $0,00 021 QuerellaLEONILDE CASALLAS
DE LIZARAZO
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
PREDIOS Restitución Ronda Rio Bogotá Activo BajaALCALDIA MUNICIPAL
DE VILLAPINZÓN
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
2780 Iniciado $0,00 022 QuerellaDIOVICELDO BERNAL
CONTRERAS
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
CURTIEMBRESCumplimiento de las disposiciones del EOT respecto a la
infraestructura de la industria de curtiembresActivo Media
ALCALDIA MUNICIPAL
DE VILLAPINZÓN
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
2781 Iniciado $0,00 075 QuerellaALMEIRO FERNANDEZ
LIZARAZO
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
PREDIOS Restitución por invasión a espacio publico Activo MediaALCALDIA MUNICIPAL
DE VILLAPINZÓN
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
2782 Iniciado $0,00 079 QuerellaHERNANDO GARZON
BARRERO
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
PREDIOS Restitución por invasión a espacio publico Activo MediaALCALDIA MUNICIPAL
DE VILLAPINZÓN
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
2783 Iniciado $0,00 076 QuerellaANICETO BERNAL
CONTRERAS
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
PREDIOS Restitución por invasión a espacio publico Activo MediaALCALDIA MUNICIPAL
DE VILLAPINZÓN
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
2784 Iniciado $0,00 077 QuerellaELIECER BERNAL
CONTRERAS
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
PREDIOS Restitución por invasión a espacio publico Activo BajaALCALDIA MUNICIPAL
DE VILLAPINZÓN
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
2785 Iniciado $0,00 080 QuerellaALICIA BERNAL
CONTRERAS
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
PREDIOS Restitución por invasión a espacio publico Activo BajaALCALDIA MUNICIPAL
DE VILLAPINZÓN
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
2786 Iniciado $0,00 092 Querella
CARLOS ARNULFO
CONTRERAS LOPEZ,
FLORINDO RUIZ LOPEZ
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
PREDIOS Restitución por invasión a espacio publico Activo BajaALCALDIA MUNICIPAL
DE VILLAPINZÓN
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
2787 Iniciado $0,00 090 QuerellaROSENDO EVELIO
LOPEZ CASTRO
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
PREDIOS Restitución por invasión a espacio publico Activo BajaALCALDIA MUNICIPAL
DE VILLAPINZÓN
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
No.
ORIONCategoria Cuantía Radicado judicial Clase proceso Demandado Demandante Tema Pretensión
Situación -
estado
actual
Probabilidad
de pérdidaDespacho Judicial Etapa Actuación
2789 En Contra $22.131.510,001100131050242
0140025402Ordinario Laboral
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR,
ADMINISTRADORA
COLOMBIANA DE
PENSIONES -
COLPENSIONES
GLORIA MIREYA
RODRIGUEZ DE
GARZON
RELIQUIDACION
PENSIONAL
Que se condene a la accionada a la reliquidacion para aumento
de la mesada pensional que en su momento le fuera otorgada
por la CAR
Activo Media
TRIBUNAL SUPERIOR DE
BOGOTA - SALA
LABORAL
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
2790 En Contra $30.000.000,001100131050222
0130083900Ordinario Laboral
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
MARIA ELSA GOMEZ
DE ALARCON
RELIQUIDACION
PENSIONAL
Que se condene a la accionada a la reliquidacion para aumento
de la mesada pensional que en su momento le fuera otorgada
por la CAR
Activo Media
JUZGADO 22 LABORAL
DEL CIRCUITO DE
BOGOTA
Etapa - Audiencia de
Conciliación
2791 En Contra $30.000.000,001100131050072
0140038400Ordinario Laboral
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, INSTITUTO DEL
SEGURO SOCIAL - ISS,
ADMINISTRADORA
COLOMBIANA DE
PENSIONES -
COLPENSIONES
ANA MATILDE
VILLAMIL POVEDA
RELIQUIDACION
PENSIONAL
Que se declare que en la determinación del monto de la mesada
pensional que la CAR otorgo al actor, omitió tener en cuenta
devengos, ingresos, prebendas y acreencias efectivamente
causadas por el actor
Activo Media
JUZGADO 7 LABORAL
DEL CIRCUITO DE
BOGOTÁ
Etapa - Recursos
Extraordinarios
2797 En Contra $0,001100133340062
0140001700Acción Popular
CAJA COLOMBIANA DE
SUBSIDIO FAMILIAR -
COLSUBSIDIO,
ALCALDIA MUNICIPAL
DE SOACHA,
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, EMPRESA DE
ACUEDUCTO,
ALCANTARILLADO Y
ASEO DE BOGOTA -
EAB
PERSONERIA
MUNICIPAL DE
SOACHA
SERVICIOS PÚBLICOS
Se declare a las entidades demandadas responsables de la
violación de los derechos e intereses colectivos en los que tiene
que ver con la moralidad administrativa, adecuada acción
urbanística, seguridad y salubridad publica
Activo Media
JUZGADO 6
ADMINISTRATIVO DEL
CIRCUITO DE BOGOTÁ
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
2798 En Contra $22.131.510,00 2014-00406 Ordinario Laboral
ADMINISTRADORA
COLOMBIANA DE
PENSIONES -
COLPENSIONES,
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
NUBIA CORTES PAEZ
LABORALES
TRABAJADORES
OFICIALES
Se declare que la actora corresponde la pensión de sobreviviente
que en la modalidad compartida percibía el causante de la CAR y
el ISS, y que en su favor se estructura con el lamentable
fallecimiento de su consorte
Ordenar a las accionadas a reconocer y pagar a la actora la
pensión de sobreviviente en la proporción que de ella percibía el
causante
Activo Media
TRIBUNAL SUPERIOR DE
BOGOTA - SALA
LABORAL - ORAL
Etapa - Probatoria
2800 Iniciado $160.612.836,001100103260002
0140012100Acción de Repetición
GLORIA LUCIA
ALVAREZ PINZON,
LILIAN ALEXANDRA
HURTADO BUITRAGO
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
ACCIÓN REPETICIÓN
Que se declare a las accionadas administrativa y
patrimonialmente responsables por los perjuicios ocasionados a
la CAR por lla condena emitida por el TAC sección segunda, por
concepto del reintegro y pago de condena a favor del señor
Samuel Castillo Berrio
Activo Media
CONSEJO DE ESTADO -
SALA CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVA -
SECCIÓN TERCERA
Etapa - Fallo de
Segunda Instancia
2802 Iniciado $0,00 109 Querella
EMERAMO BARRERO
PARRA, GLADYS
BARRERO PARRA,
EDGAR BARRERO
PARRA, JOSE MANUEL
BARRERO PARRA
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
PENAL VARIOS
Que se ordene la restitución de la ronda de la quebrada quincha,
afluente del rio bogota
Recuperar la ronda de la quebrada Quincha, afluente del rio
bogota. municipio villapinzon
Activo BajaALCALDIA MUNICIPAL
DE VILLAPINZÓN
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
2804 En Contra $30.000.000,001100131050262
0140024701Ordinario Laboral
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
ANA ISABEL CASALLAS
AYALA
RELIQUIDACION
PENSIONAL
Que se condene a la accionada a la reliquidacion para aumento
de la mesada pensional que en su momento le fuera otorgada
por la CAR
Activo Media
CORTE SUPREMA DE
JUSTICIA - SALA DE
CASACIÓN LABORAL
Etapa - Recursos
Extraordinarios
No.
ORIONCategoria Cuantía Radicado judicial Clase proceso Demandado Demandante Tema Pretensión
Situación -
estado
actual
Probabilidad
de pérdidaDespacho Judicial Etapa Actuación
2806 En Contra $22.131.510,001100131050092
0140027201Ordinario Laboral
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR,
ADMINISTRADORA
COLOMBIANA DE
PENSIONES -
COLPENSIONES
SEGUNDO SOTELORELIQUIDACION
PENSIONAL
Que se declare que en la determinación del monto de la mesada
pensional que la CAR otorgo al actor, omitió tener en cuenta
devengos, ingresos, prebendas y acreencias efectivamente
causadas por el actor
Activo Baja
CORTE SUPREMA DE
JUSTICIA - SALA DE
CASACIÓN LABORAL
Etapa - Recursos
Extraordinarios
2807 En Contra $30.000.000,001100131050092
0140022500Ordinario Laboral
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
MARIA DELFA INES
PEÑA RONCANCIO
RELIQUIDACION
PENSIONAL
Que se condene a la accionada a la reliquidacion para aumento
de la mesada pensional que en su momento le fuera otorgada
por la CAR
Activo Media
JUZGADO 9 LABORAL
DEL CIRCUITO DE
BOGOTÁ
Etapa - Contestación
Demanda
2810 En Contra $0,001100103150002
0020100803Acción de Tutela
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, FISCALIA
GENERAL DE LA
NACION,
PROCURADURIA
GENERAL DE LA
NACIÓN,
CONTRALORIA
GENERAL DE LA
REPUBLICA,
DEFENSORIA DEL
PUEBLO
CARLOS ALBERTO
MANTILLA GUTIERREZMINERÍA
Ordene a las accionadas que en un termino de 48 horas exijan al
ministerio de minas y energía y a la agencia nacional minera que
ordene de inmediato y sin dilación ninguna y en un plazo máximo
de 48 horas el inmediato desalojo sin pago o compensación
alguna de los simuladores mineros y simuladores concesionarios
del ineficaz i fraudulento contrato de concesión No 16569 de
1993
Activo Baja
CONSEJO DE ESTADO -
SALA CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVA -
SECCIÓN SEGUNDA -
SUBSECCIÓN B
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
2811 Iniciado $0,00 38404 Querella
IMPORTADORA DE
CEREALES DE
COLOMBIA LTDA -
IMCECO LTDA
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
PREDIOS
Se ordene la restitución de la Ronda del Rio Soacha, bien de uso
publico como consecuencia de la ocupación que realiza la
accionada
Activo BajaALCALDÍA MUNICIPAL
DE SOACHAEtapa - Probatoria
2817 Iniciado $803.228.577,001100103260002
0140013101Acción de Repetición
DARIO RAFAEL
LONDOÑO GOMEZ
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
ACCIÓN REPETICIÓN
Que se declare al accionado administrativa y patrimonialmente
responsable por los perjuicios ocasionados a la CAR por lla
condena emitida por el TAC sección segunda, por concepto del
reintegro y pago de condena a favor del señor Alvaro Fernan
Castellanos Echeverria
Activo MediaCONSEJO DE ESTADO -
SECRETARIA GENERAL
Etapa - Contestación
Demanda
2825 En Contra $1.182.894.709,002500023410002
0140008702
Acción de Nulidad y
Restablecimiento del
derecho
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
INVERSIONES GREEN
PARK S.A.S., GERMAN
OSORIO Y CIA S.A.S.,
ACCION SOCIEDAD
FIDUCIARIA S.A.
MEDIDAS
PREVENTIVAS
Se revoque por nulidad la Resolución No 119 del 27/06/2013, así
como el auto OBDC No 440 del 30/08/2013, proferidas por la
CAR Mediante la cual se impuso medida preventiva
Condenar a la CAR a pagar a la accionante por concepto de
daños y perjuicios (Daño Emergente) sufridos como consecuencia
de la medida preventiva
Condenar a la CAR a pagar a la accionante por concepto de
daños y perjuicios (Lucro Cesante) sufridos como consecuencia
de la medida preventiva
Activo MediaCONSEJO DE ESTADO -
SECRETARIA GENERAL
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
2828 En Contra $5.000.000.000,002500023410002
0140080901
Acción de Nulidad y
Restablecimiento del
derecho
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
RECUPERACION DE
METALES S.A.
PERMISOS Y
LICENCIAS
Que se declare la nulidad de la resolución 1740 a través de la
cual la CAR negó el permiso de emisiones atmosfericas
Ordenar a la CAR a conceder el permiso de emisiones
atmosféricas a la accionante
Ordenar a la CAR a reconocer y pagar a la accionante la
indemnización por los perjuicios materiales y morales
ocasionados, debidamente indexados y los intereses que
correspondan
Activo Media
CONSEJO DE ESTADO -
SALA CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVA -
SECCIÓN PRIMERA
Etapa - Alegatos de
Segunda Instancia
No.
ORIONCategoria Cuantía Radicado judicial Clase proceso Demandado Demandante Tema Pretensión
Situación -
estado
actual
Probabilidad
de pérdidaDespacho Judicial Etapa Actuación
2834 En Contra $0,001100133360372
0140011400Acción Popular
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, MUNICIPIO DE
GRANADA,
GOBERNACION DE
CUNDINAMARCA,
EMPRESAS PÚBLICAS
DE CUNDINAMARCA,
ASOCIACION DE
USUARIOS DEL
ACUEDUCTO DE LA
VEREDA SAN
REIMUNDO
LUIS ERNESTO LOPEZ
POTABILIDAD DEL
AGUA -
ALCANTARILLADO
Que se declare la responsabilidad de la demandada respecto de
la amenaza o violación del derecho colectivo al goce de un
ambiente sano
Que se imparta una orden de terminación y ejecución de la
infraestructura de alcantarillado para las aguas negras de la
comunidad san benito
Activo Baja
JUZGADO 37
ADMINISTRATIVO DEL
CIRCUITO DE BOGOTÁ
SECCION TERCERA
Etapa - Fallo de
Segunda Instancia
2838 Iniciado $227.718.490,001100103260002
0140016000Acción de Repetición
DARIO RAFAEL
LONDOÑO GOMEZ
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
ACCIÓN REPETICIÓN
Que se declare responsable al accionado de los perjuicios
ocasionados a la CAR por la condena proferida el 17/01/2011 por
el Juzgado 11 Administrativo de descongestion de bogota, por el
concepto de pago de la condena a favor de la señora Luz Angela
Noguera
Que se condene al accionado a reembolsar a la CAR la suma
económica efectivamente pagada por la corporacion
Activo Alta
CONSEJO DE ESTADO -
SALA CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVA -
SECCIÓN TERCERA
Etapa - Alegatos de
Primera Instancia
2843 En Contra $22.131.510,001100131050072
0140058801Ordinario Laboral
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR,
ADMINISTRADORA
COLOMBIANA DE
PENSIONES -
COLPENSIONES
RAUL MERCHANRELIQUIDACION
PENSIONAL
Que se declare que en la determinación del monto de la mesada
pensional que la CAR otorgo al actor, omitió tener en cuenta
devengos, ingresos, prebendas y acreencias efectivamente
causadas por el actor
Activo Media
CORTE SUPREMA DE
JUSTICIA - SALA DE
CASACIÓN LABORAL
Etapa - Fallo de
Segunda Instancia
2848 En Contra $30.000.000,001100131050152
0140010103Ordinario Laboral
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR,
ADMINISTRADORA
COLOMBIANA DE
PENSIONES -
COLPENSIONES
MARTA BUSTOS
PERALTA
RELIQUIDACION
PENSIONAL
Se ordene a la accionada a la reliquidacion para aumento del
monto de la mesada pensional otorgada por la CAR al señor
Alejandrino Casa Joya (Q.E.P.D.) incluyendo para determinar el
monto real de la vital prestacion todos y cada uno de los
devengos, retribuciones, y demas sumas causadas, insolutas o
canceladas al entonces trabajador en el ultimo año, o pluralidad
de años de la relacion laboral, segun la situacion o norma que
resulte de mayor favorabilidad.
Activo Media
CORTE SUPREMA DE
JUSTICIA - SALA DE
CASACIÓN LABORAL
Etapa - Recursos
Extraordinarios
2855 Iniciado $0,002551360003932
01400128Penal
HUMBERTO BARRAGAN
TORRES
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
PENAL VARIOS Proteccion a los recursos naturales y el medio ambiente Activo BajaFiscalia Local de Pacho
CundinamarcaEtapa - Probatoria
2866 Iniciado $357.642.759,001100103260002
0150000300Acción de Repetición
GLORIA LUCIA
ALVAREZ PINZON
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
ACCIÓN REPETICIÓN
Que se declare a la accionada administrativa y patrimonialmente
responsable por los perjuicios ocasionados a la CAR por lla
condena emitida por el Consejo de Estado - seccion segunda -
subseccion B, por concepto del reintegro y pago de condena a
favor de la señora Maria Cristina Toro Suarez
Activo MediaCONSEJO DE ESTADO -
SECRETARIA GENERAL
Etapa - Contestación
Demanda
2891 En Contra $0,002500023410002
0150003200Acción Popular
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, ALCALDÍA MAYOR
DE BOGOTÁ, D.C.,
ALCALDIA LOCAL DE
SUBA, SECRETARIA
DISTRITAL DEL MEDIO
AMBIENTE Y OTROS
RICARDO MARIA
CAÑON PRIETO
PERMISOS Y
LICENCIAS
Ordenar de manera inmediata se deje sin efectos la licencia de
construcción No 14-2-0663, otorgada por la Curaduria Urbana
No. 2 para la construcción del proyecto Urbanización Fontanar
del río A-1 Etapa 3
Activo Media
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA -
SECCIÓN PRIMERA -
SUBSECCIÓN A
Etapa - Audiencia de
Tramite
No.
ORIONCategoria Cuantía Radicado judicial Clase proceso Demandado Demandante Tema Pretensión
Situación -
estado
actual
Probabilidad
de pérdidaDespacho Judicial Etapa Actuación
2892 En Contra $124.141.786.650,002500023360002
0140046400
Acción de Reparación
Directa
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, MINISTERIO DE
AMBIENTE Y
DESARROLLO
SOSTENIBLE - MADS,
BOGOTÁ DISTRITO
CAPITAL
INVERSIONES
CHARRASCAL S.A.PREDIOS
Que se condene solidariamente o proporcionalmente segun lo
encuentre demostrado el tribunal a los accionados, por concepto
de daño emergente causado a la demandante
Activo Media
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA -
SECCIÓN TERCERA -
SUBSECCIÓN A
Etapa - Probatoria
2894 En Contra $30.000.000,001100131050142
0150088000Ordinario Laboral
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
ANA BERTILDE
ROMERO MARTINEZ
RELIQUIDACION
PENSIONAL
Que se declare que en la determinación del monto de la mesada
pensional la CAR omitió tener en cuenta devengos, ingresos,
prebendas y acreencias
Activo Media
JUZGADO 14 LABORAL
DEL CIRCUITO DE
BOGOTÁ
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
2896 En Contra $0,002500023410002
0150023100Acción Popular
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, OMAR CERON
BARRERA
CIRO ALBERTO
MUNEVAR PULIDO,
FERNANDO BELLO
VILLARRAGA, GLORIA
NATTY CUERVO
MUÑOZ, LUIS
ERNESTO BELLO
VILLARRAGA, JHON
JAIRO BELLO
MARQUEZ, CARLOS
ALVERO GALVEZ
FRANCO, MARLEN
MARQUEZ DE BELLO,
CLAUDIA PATRICIA
LLERENA DE LA
MINERÍA
se ordene a la CAR la inmediata suspensión de las resoluciones
532 de 2012 y 975 de 2012
Que se ordene a la CAR emitir orden de suspensión de la
actividad minera por parte del señor Omar Ceron Barrera
Activo Media
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA -
SECCIÓN PRIMERA -
SUBSECCIÓN B
Etapa - Probatoria
2898 En Contra $0,002500023410002
0150033700Acción Popular
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, SECRETARIA DE
SALUD DE
CUNDINAMARCA,
AGRICENSE LTDA.
EDGAR CAMILO
GUTIERREZ
RODRIGUEZ
CONTAMINACIÓN AIRE-
SUELO
Se ordene a Agrisence que detenga la vulneracion de los
derechos colectivos, mediante el cese inmediato de su
funcionamiento
se ordene a la CAR, que tome las medidas pertinentes para
detener la vulneracion de los derechos colectivos al ambiente
sano y a la salubridad publica.
Activo en
ORIONAlta
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA -
SECCIÓN PRIMERA -
SUBSECCIÓN A
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
2900 En Contra $22.131.510,001100131050112
0140036101Ordinario Laboral
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
JOSE VICENTE
WILCHES CAMARGO
RELIQUIDACION
PENSIONAL
Que se declare que en la determinación del monto de la mesada
pensional la CAR omitió tener en cuenta devengos, ingresos,
prebendas y acreencias
Activo Media
CORTE SUPREMA DE
JUSTICIA - SALA DE
CASACIÓN LABORAL
Etapa - Fallo de
Segunda Instancia
2903Tercero
involucrado$0,00
1100160000342
0120013500Penal
JUAN CARLOS
RONDON CANODE OFICIO
CONTAMINACIÓN AIRE-
SUELOProteger los recursos naturales y el medio ambiente Activo Baja
JUZGADO 18 PENAL DEL
CIRCUITO CON
FUNCIONES DE
CONOCIMIENTO DE
BOGOTA
Etapa - Reparación
Integral
2904Tercero
involucrado$0,00
2575461080022
0108108300Penal
MARIA MERCEDES
CHIGUAZUQUE GILDE OFICIO
PENAL
CONTAMINACIÓNProteccion de los recursos naturales y el medio ambiente Activo Media
Fiscalia 35 Seccional
Especializada
Etapa - Apelación
Sentencia
2909 En Contra $0,002500023410002
0150077300Acción Popular
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, SOCIEDAD
RODRIGUEZ FRANCO Y
CIA S EN C,
ORGANIZACIÓN DE
COMERCIO ONLY
INVERSIONES Y
ASESORIAS URBANAS
S.A.S
MEDIDAS
PREVENTIVAS
Ordenar a los demandados Restituir el cauce del rio a su estado
anterior a la construcción de los espolones o espigonesActivo Media
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA -
SECCIÓN PRIMERA -
SUBSECCIÓN A
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
2910Tercero
involucrado$0,00
1100160990342
0138002100Penal
EDUARDO GONZALEZ
MEDINADE OFICIO VERTIMIENTOS Proteccion de los recursos naturales y el medio ambiente Activo Media
Juzgado 1 Penal del
Circuito de Choconta
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
No.
ORIONCategoria Cuantía Radicado judicial Clase proceso Demandado Demandante Tema Pretensión
Situación -
estado
actual
Probabilidad
de pérdidaDespacho Judicial Etapa Actuación
2915 En Contra $76.787.970,001100140030672
0140051100
Verbal Sumario
Cancelación Y
Reposición de titulo
Valor
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, BANCO AGRARIO
DE COLOMBIA
JAIRO HELY AVILA
SUAREZ
REPOSICIÓN DE
TITULO VALOR
Se ordene al Banco que cancele, suprima o anule el titulo valor
cheque No. 0000960, girado por la CAR
Se ordene a la Entidad bancaria la expedición de un nuevo titulo
valor de igual valor y caracteristicas al anterior para ser pagado
al suscrito
Activo MediaJUZGADO 75 CIVIL
MUNICIPAL DE BOGOTAEtapa - Juzgamiento
2918 En Contra $6.160.000.000,002500023410002
0150003100Accion de Grupo
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, MINISTERIO DE
AMBIENTE Y
DESARROLLO
SOSTENIBLE - MADS,
MUNICIPIO DE
SOACHA
BERTHA ISABEL
MARTIN MORENO,
JOSE AGUSTIN
OSORIO GALAN,
AMPARO VEGA
QUIÑONEZ, ALFENIS
VALBUENA SALGADO,
ANSELMO RICO,
MARIA ALCIRA
CASTELLANOS
ALVAREZ, LUZ DARY
VARGAS RAMIREZ Y
OTROS
HUMEDALES
Las demandadas repararan integralmente a los demandantes, la
entidad y el monto de los perjuicios patrimoniales y no
patrimoniales, causados y futuros, inclusive aquellos derivados
de la violacion de los derechos
Activo Media
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA -
SECCIÓN PRIMERA -
SUBSECCIÓN A
Etapa - Probatoria
2957 En Contra $2.895.856.583,002500023370002
0140014800
Acción de Nulidad y
Restablecimiento del
derecho
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
MUNICIPIO DE
SOACHATASAS RETRIBUTIVAS
Declarar la nulidad del acto administrativo por el cual niega la
devolución del dinero que el accionante pago a la CAR por
supuesto sujeto pasivo
Se ordene la devolución de lo pagado y se repare el daño
ocasionado a la entidad demandante
Activo Media
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA -
SECCIÓN CUARTA -
SUBSECCIÓN A
Etapa - Alegatos de
Segunda Instancia
3008 En Contra $0,002500023410002
0150018803Acción Popular
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, MINISTERIO DE
AMBIENTE Y
DESARROLLO
SOSTENIBLE - MADS,
ALIANZA FIDUCIARIA
S.A.,
SUPERINTENDENCIA
DE NOTARIADO Y
REGISTRO - SNR
CORPORACIÓN FORO
CIUDADANOÁREAS PROTEGIDAS
Ordenar la suspensión inmediata de las construcción que se
adelanta en la llamada terraza 3 del conjunto residencial cerro de
los Alpes
Se ordene la demolición de lo construido volviendo las cosas a su
estado anterior al proceso de intervención Ilegal
Activo AltaCONSEJO DE ESTADO -
SECRETARIA GENERAL
Etapa - Fallo de
Segunda Instancia
3017 En Contra $22.131.510,001100131050242
0170008700Ordinario Laboral
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
GRATINIANO BUSTOS
MENDEZ
RELIQUIDACION
PENSIONAL
Que se declare que en la determinación del monto de la mesada
pensional por invalidez la CAR omitió tener en cuenta devengos,
ingresos, prebendas y acreencias
Activo Media
JUZGADO 24 LABORAL
DEL CIRCUITO DE
BOGOTÁ
Etapa - Juzgamiento
3022 En Contra $22.131.510,00 2015-00211 Ordinario Laboral
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR,
ADMINISTRADORA
COLOMBIANA DE
PENSIONES -
COLPENSIONES
EVELIO DE JESUS
ROJAS AVILA
RELIQUIDACION
PENSIONAL
Que se declare que en la determinación del monto de la mesada
pensional que la CAR otorgo al actor, omitió tener en cuenta
devengos, ingresos, prebendas y acreencias efectivamente
causadas por el actor
Activo Media
TRIBUNAL SUPERIOR DE
BOGOTA - SALA
LABORAL - ORAL
Etapa - Fallo de
Segunda Instancia
3024 En Contra $31.655.342,001100133370402
0140024700
Acción de Reparación
Directa
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
MASAM S.A., FLORES
DE SERREZUELA S.A.TASAS POR USO
Declarar la nulidad total de los actos administrativos por los
cuales se dejo en firme el cobro de las facturas emitidas por
concepto del financiamiento de los costos de administración,
operación y mantenimiento del distrito de Riego y drenaje la
ramada
Ordene a la CAR la restitución e las sumas pagadas por los
accionantes
Activo Baja
JUZGADO 40
ADMINISTRATIVO DEL
CIRCUITO DE BOGOTÁ
Etapa - Fallo de
Segunda Instancia
3025 Iniciado $0,00 259 QuerellaLEOVIGILDO LIZARAZO
FARFAN
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
ESPACIO PÚBLICO Restitución por ocupación de espacio publico Activo BajaALCALDIA MUNICIPAL
DE VILLAPINZÓN
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
3026 Iniciado $0,00 249 QuerellaISAIAS LIZARAZO
VELOSA
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
ESPACIO PÚBLICO Restitución por ocupación de espacio publico Activo BajaALCALDIA MUNICIPAL
DE VILLAPINZÓN
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
No.
ORIONCategoria Cuantía Radicado judicial Clase proceso Demandado Demandante Tema Pretensión
Situación -
estado
actual
Probabilidad
de pérdidaDespacho Judicial Etapa Actuación
3028 En Contra $21.169.323.066,002500023370002
0140116300
Acción de Nulidad y
Restablecimiento del
derecho
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
SECRETARIA DE
HACIENDA DISTRITALTASAS RETRIBUTIVAS
Declarar la nulidad de la resolución No 507 del 5 de marzo de
2014 expedida por la CAR
Se declare que la Secretaria Distrital de Hacienda no se
encuentra obligada a pagar los dineros contenidos en el articulo
primero de la resolucion
Activo Media
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA -
SECCIÓN CUARTA -
SUBSECCIÓN B
Etapa - Contestación
Demanda
3030 En Contra $0,00 2015-00047 Acción de Tutela
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, PERSONERÍA
MUNICIPAL DE
ANOLAIMA
PARROQUIA NUESTRA
SEÑORA DEL
PERPETUO SOCORRO
DEBIDO PROCESO
Se levante la orden de suspensión y se ordene a la entidad
competente hacer visitas de seguimiento y control a los
procedimientos adelantados en el cementerio la florida
Activo MediaJuzgado Promiscuo
Municipal de Anolaima
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
3033 En Contra $0,002500023410002
0120007700Acción Popular
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
MUNICIPIO DE
SOACHATASAS RETRIBUTIVAS
Ordenar al demandado ejecutar las acciones tendientes a evitar
el daño contingente y hace cesar la vulneraación o agravio sobre
los derechos e intereses colectivos, declarando la ilegalidad del
cobro de la tasa retributiva que realizo al municipio de soacha y
revocandolo
Activo Media
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA -
SECCIÓN PRIMERA -
SUBSECCIÓN A
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
3038 En Contra $30.000.000,001100131050282
0150010400Ordinario Laboral
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
NUBIA CORTES PAEZRELIQUIDACION
PENSIONAL
Que se declare que en la determinación del monto de la mesada
pensional que la CAR otorgo al actor, omitió tener en cuenta
devengos, ingresos, prebendas y acreencias efectivamente
causadas por el actor
Activo Media
JUZGADO 28 LABORAL
DEL CIRCUITO DE
BOGOTA
Etapa - Fallo de
Segunda Instancia
3040 Iniciado $0,00 075 QuerellaALMEIRO FERNANDEZ
LIZARAZO
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
ESPACIO PÚBLICO Restitución por ocupación de espacio publico Activo BajaALCALDIA MUNICIPAL
DE VILLAPINZÓN
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
3080 En Contra $22.131.510,001100131050212
0140027303Ordinario Laboral
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR,
ADMINISTRADORA
COLOMBIANA DE
PENSIONES -
COLPENSIONES
JOSÉ FIDELO SÁNCHEZ
BASTOS
RELIQUIDACION
PENSIONAL
Que se declare que en la determinación del monto de la mesada
pensional la CAR omitió tener en cuenta devengos, ingresos,
prebendas y acreencias
Activo Media
TRIBUNAL SUPERIOR DE
BOGOTA - SALA
LABORAL
Etapa - Apelación
Sentencia
3081 En Contra $100.000.000,001100131050212
0140027700Ordinario Laboral
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR,
ADMINISTRADORA
COLOMBIANA DE
PENSIONES -
COLPENSIONES
SANDRA PATRICIA
CAIMITO MONAGA
RELIQUIDACION
PENSIONAL
Que se declare que en la determinación del monto de la mesada
pensional la CAR omitió tener en cuenta devengos, ingresos,
prebendas y acreencias
Acumulado Media
CORTE SUPREMA DE
JUSTICIA - SALA DE
CASACIÓN LABORAL
Etapa - Recursos
Extraordinarios
3088 Iniciado $0,00 2015-00125 Expropiación
COMPAÑIA AGRICOLA
TIBAQUE S.A. EN
LIQUIDACION
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
PREDIOS
Que se decrete a favor de la CAR la expropiación del predio
deniminado Canoas el cual hacen parte 2 predios denominados
Lotes Numero 1 "Playa Blanca" y lote Numero 2 "la Isla"
Que en el auto admisorio de la demanda se ordene la entrega
anticipada del inmueble cuya expropiación se pretende
Activo BajaJuzgado 1 Civil del
Circuito de SoachaEtapa - Avaluo
3089 Iniciado $0,002584360038420
1500098Penal EN AVERIGUACIÓN
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
RECURSOS
NATURALES, FAUNA
FLORA
Se inicie la investigación penal contra las personas que de
acuerdo a la pruebas aportadas y a las que su despacho
considere procedente determine como responsables
Activo MediaFiscalia Seccional de
Ubate
Etapa - Indagación
Preliminar
3091 Iniciado $0,002584360038420
1500096Penal EN AVERIGUACIÓN
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
TALA
INDISCRIMINADA
Se inicie la investigación penal contra las personas que de
acuerdo a la pruebas aportadas y a las que su despacho
considere procedente determine como responsables
Activo MediaFiscalia Seccional de
Ubate
Etapa - Indagación
Preliminar
No.
ORIONCategoria Cuantía Radicado judicial Clase proceso Demandado Demandante Tema Pretensión
Situación -
estado
actual
Probabilidad
de pérdidaDespacho Judicial Etapa Actuación
3092 En Contra $0,002530760004002
0148013300Penal
JOSE GREGORIO
ESPEJO JIMENEZ,
MARTHA MIREYA
MENDEZ HEREDIA,
CARMEN LUCIA
SANCHEZ
AVELLANEDA,
MARCELA ABELLO
TOVAR, SANDRA
LILIANA RODRIGUEZ
ZEA, CARLOS ANDRES
GUARNIZO PIZZA
SOCIEDAD CAMELOT
MILENIO RC EN CPENAL VARIOS Prevaricato por Accion, falsedad ideologica, fraude procesal Activo Baja
Fiscalia General De La
Nación
Etapa - Indagación
Preliminar
3093 Iniciado $0,002575460006552
0150205900Penal
LUIS ERNESTO BARON
CRUZ
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
PENAL VARIOS
ordenar al Cuerpo técnico de policia judicial - CTI, adelante las
pesquisas necesarias en toda la zona de la cantera y en aledañas
y logren a al mayor brevedad la captura
Activo BajaFiscalia 3 local de
Soacha
Etapa - Indagación
Preliminar
3095 En Contra $0,002500023410002
0150055600Acción Popular
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, MUNICIPIO DE LA
CALERA, MINISTERIO
DE MINAS Y ENERGIA,
PROLUB
COMBUSTIBLES Y
LURICANTES S.A.
MARIA PAULA ANGEL
ARANGO, PABLO
ERNESTO MEDRANO
MORENO
PERMISOS Y
LICENCIAS
Ordenar a la sociedad PROLUB COMBUSTIBLES Y LUBRICANTES
S.A. abstenerse de poner en operación la estación de servicio El
manantial, ubicada en el predio el leño
Activo Media
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA -
SECCIÓN PRIMERA -
SUBSECCIÓN A
Etapa - Probatoria
3096 En Contra $22.131.510,001100131050122
0140009700Ordinario Laboral
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR,
ADMINISTRADORA
COLOMBIANA DE
PENSIONES -
COLPENSIONES
LUIS ANTONIO
BARROS ARREDONDO
RELIQUIDACION
PENSIONAL
Que se declare que en la determinación del monto de la mesada
pensional la CAR omitió tener en cuenta devengos, ingresos,
prebendas y acreencias
Activo Media
JUZGADO 12 LABORAL
DEL CIRCUITO DE
BOGOTÁ
Etapa - Audiencia de
Tramite
3097 En Contra $0,002500011020002
0150035700Acción de Tutela
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, SECRETARIA DE
INFRAESTRUCTURA Y
OBRAS PUBLICAS,
MUNICIPIO DE COTA
CONSUELO BUITRAGO
CALONGEINUNDACIONES
Ordenar al municipio de cota que brinden una solución definitiva
a la situación o sus correcciones y adopte mecanismos que eviten
que las aguas tanto de frente como la parte posterior de la casa
sean desviadas en forma conveniente para nuestro bienestar
Activo Alta
CONSEJO SUPERIOR DE
LA JUDICATURA - SALA
DISCIPLINARIA
Etapa - Contestación
Demanda
3101 En Contra $22.131.510,001100131050212
0150021901Ordinario Laboral
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR,
ADMINISTRADORA
COLOMBIANA DE
PENSIONES -
COLPENSIONES
JUAN HELY MARTINEZ
CASTELLANOS
RELIQUIDACION
PENSIONAL
La CAR al determinar el monto de la mesada no tubo en cuenta
todos los devengos, ingresos y acreencias causadas por el actorActivo Media
TRIBUNAL SUPERIOR DE
BOGOTA - SALA
LABORAL
Etapa - Fallo de
Segunda Instancia
3102 En Contra $22.131.510,001100131050272
0140049901Ordinario Laboral
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR,
ADMINISTRADORA
COLOMBIANA DE
PENSIONES -
COLPENSIONES
CARLOS JULIO LUIS
LAITON
RELIQUIDACION
PENSIONAL
Que se declare que en la determinación del monto de la mesada
pensional que la CAR otorgo al actor, omitió tener en cuenta
devengos, ingresos, prebendas y acreencias efectivamente
causadas por el actor
Activo Media
TRIBUNAL SUPERIOR DE
BOGOTA - SALA
LABORAL
Etapa - Apelación Auto
No.
ORIONCategoria Cuantía Radicado judicial Clase proceso Demandado Demandante Tema Pretensión
Situación -
estado
actual
Probabilidad
de pérdidaDespacho Judicial Etapa Actuación
3103 En Contra $500.000.000,002500023360002
0150082100
Acción de Reparación
Directa
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, MINISTERIO DE
AMBIENTE Y
DESARROLLO
SOSTENIBLE - MADS
MARIA CRISTINA
IGNACIA LAZARA
ECHEVERRI URIBE,
PEDRO ECHEVERRI
URIBE, ENRIQUE
ECHEVERRI URIBE,
EMMA PILAR IGNACIA
LAZARA ECHEVERRI
URIBE
RESERVA FORESTAL
Que se declare a los demandados responsables por todos los
daños ocasionados por la afectación por causa de categorías
ambientales al haberse declarado en reserva forestal
Que se condene a los accionados a pagar solidariamente a los
accionantes a titulo de indemnización en la modalidad de daño
emergente y Lucro Cesante
Activo Media
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA -
SECCIÓN TERCERA -
SUBSECCIÓN A
Etapa - Audiencia
Inicial
3108 Iniciado $0,00 Querella
HECTOR MANUEL
ROMERO BARRERO,
JOSE FERNANDO
ROMERO BARRERO
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
PREDIOS
Se ordene la restitución de la ronda del rio bogota, como
consecuencia de la ocupación que realizaron los querellados, al
realizar la actividad de curtido de pieles y retire los bienes que
utilizo en el desarrollo de la misma actividad
Activo BajaALCALDIA MUNICIPAL
DE VILLAPINZÓN
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
3109Tercero
involucrado$0,00
1100160000232
0131242100Penal
ROBERTO CAMARGO
LOPEZ, DILMAR JAVIER
CAMARGO PEDRAZA,
ESTEBAN ALONSO
LEGUISAMON,
ROBERTO CAMARGO
LOPEZ
DE OFICIOTALA
INDISCRIMINADAProteccion de los recursos naturales y el medio ambiente Activo Baja
JUZGADO 50 PENAL DEL
CIRCUITO DE
CONOCIMIENTO DE
BOGOTA
Etapa - Sentencia de
Única Instancia
3120 En Contra $24.600.000.000,002500023360002
0140152200
Acción de Reparación
Directa
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, BOGOTÁ
DISTRITO CAPITAL
RODRIGUEZ
QUINTANA E HIJOS
LTDA
RESERVA FORESTAL
Se declare a los accionados responsables de los perjuicios de
orden amterial, daño emergente y lucro cesante derivados de la
afectación por la declaratoria de la reserva forestal Thomas Van
Der Hammen
lucro Cesante
Activo Media
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
3124 En Contra $0,002589933330012
0150026600Acción Popular
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, MUNICIPIO DE
PACHO
MANUEL GUERRERO,
NELSON VEGA, HENRY
ROA
EMERGENCIA POR
DESLIZAMIENTO
Ordenar a los demandados realizar los estudios técnicos,
consistentes en mediciones geológicas que permitan medir de
forma tecnica y real el o los movimientos de remoción o fallas
geológicas en situ.
Activo Media
Juzgado 1 Administrativo
Oral Del Circuito De
Zipaquira
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
3125 En Contra $0,002589933330012
0150027800Acción Popular
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, MUNICIPIO DE
SOPÓ, EMPRESA DE
SERVICIOS PUBLICOS
DE SOPO -
EMSERSOPO
PERSONERIA
MUNICIPAL DE SOPÓVERTIMIENTOS
Ordenar a los demandados realizar todas las acciones necesarias
de conducción para el adecuado tratamiento de las aguas
residuales en el sector Niño de la Vereda Pueblo Viejo del
Municipio de Sopo
Activo en
ORIONMedia
Juzgado 1 Administrativo
Oral Del Circuito De
Zipaquira
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
3127 Iniciado $0,00 098 QuerellaGORGONIO CASALLAS
CUFIÑO
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
PREDIOS
Se ordene la restitución de la ronda del Rio Bogotá, como
consecuencia de la ocupación que realiza el accionado, en el
predio denominado LA VEGA y curtiembre LA ESMERALDA
Activo BajaALCALDIA MUNICIPAL
DE VILLAPINZÓN
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
3140Tercero
involucrado$0,00
1100160000002
0150119000Penal
INVERSIONES Y
CONSTRUCCIONES
TORO SAS - INVERCOT
SAS, CARLOS ARTURO
TORO CADAVID
DE OFICIO MINERÍA Proteccion a los recursos naturales y el medio ambiente Activo MediaFiscalia 61 Especializada
Eje Tematica de BogotaEtapa - Probatoria
No.
ORIONCategoria Cuantía Radicado judicial Clase proceso Demandado Demandante Tema Pretensión
Situación -
estado
actual
Probabilidad
de pérdidaDespacho Judicial Etapa Actuación
3141 En Contra $2.448.530.000,002500023410002
0150045600Accion de Grupo
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, ETERNIT
COLOMBIA S.A.,
ASOCIACION
COLOMBIANA DE
FIBRAS -
ASCOLFIBRAS,
INCOLBEST S.A. Y
OTROS
ANA CECILIA NIÑO
ROBLES, SOFIA
BAUTISTA CATITILLO,
DANIEL JOSE PINEDA
GONZALES, GERMAN
MORENO CASTILLO,
EDGAR MORENO
CASTILLO, AMELIA
SEGURA ESPEJO,
HAMMELL FRANCISCO
SOSA SEGURA Y
OTROS
RECURSOS
NATURALES, FAUNA
FLORA
INTERNACIONALMENTE INSTITUCIONES COMO LA AGENCIA
INTERNACIONAL PARA LA INVESTIGACIÓN DEL CÁNCER, EL
PROGRAMA DE LAS NACIONES UNIDADES PARA EL MEDIO
AMBIENTE, LA FAO, LA OIT Y LA OMS SE HAN PRONUNCIADO
EN REPETIDAS OCASIONES ENUNCIANDO QUE EL ASBESTO O
AMIANTO ELEMENTO UTILIZADO EN LA INDUSTRIA DE LA
CONSTRUCCIÓN, AUTOMOTRIZ Y TEXTIL, TIENEN EFECTOS
FIBRÓGENOS Y CARCINÓGENOS PARA EL HOMBRE. 2. LA
EXPOSICIÓN AL ASBESTO O AMIANTO ES CONSIDERADO COMO
LA
CAUSA DIRECTA DE ENFERMEDADES COMO LA FIBROSIS
PULMONAR O ASBESTOSIS Y LA MESOTELIOMA PLEURAL. 3. EL
USO DE ASBESTO O AMIANTO EN COLOMBIA NO TIENE
NINGUNA RESTRICCIÓN, YA QUE LA ENTIDAD DEMANDADA HA
OMITIDO SANCIONAR UNA LEY QUE DE MANERA PRECISA
PROHÍBA SU USO, PRODUCCIÓN Y COMERCIALIZACIÓN, SEGÚN
LOS LINEAMIENTOS INTERNACIONALES. 4. EN EL MUNICIPIO
DE SIBATÉ FUE CONSTRUIDO CON MATERIALES DE
FIBROCEMENTO EL CUAL CONTIENE ASBESTO VARIAS
EDIFICACIONES Y
ESCENARIOS DEPORTIVOS. 5. LOS DEMANDANTES HAN
ESTADO EN CONTINUO CONTACTO CON ESTE MATERIAL, EL
CUAL LES PROVOCÓ MESOTELIOMA PLEURAL. 6. DEBIDO A LA
FALLA EN EL SERVICIO POR LA NO REGULACIÓN DEL ASBESTO
O AMINIANTO SE LE GENERÓ PERJUICIOS DE CARÁCTER
PATRIMONIAL Y EXTRAPATRIMONIAL A LOS DEMANDANTES
Activo Media
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA -
SECCIÓN PRIMERA -
SUBSECCIÓN A
Etapa - Probatoria
3152 Iniciado $0,002551360000393
201500058Penal JAIME BUSTOS TRIANA
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
RECURSOS
NATURALES, FAUNA
FLORA
Se inicie la investigación penal contra las personas que de
acuerdo a la pruebas aportadas y a las que su despacho
considere procedente determine como responsables
Activo MediaFiscalia Local de Pacho
Cundinamarca
Etapa - Indagación
Preliminar
3153 Iniciado $0,002551360000039
3201500056Penal
GABRIEL ALFONSO
PINILLA UMAÑA
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
RECURSOS
NATURALES, FAUNA
FLORA
Se inicie la investigación penal contra las personas que de
acuerdo a la pruebas aportadas y a las que su despacho
considere procedente determine como responsables
Activo MediaFiscalia Local de Pacho
Cundinamarca
Etapa - Indagación
Preliminar
3154 Iniciado $0,002551360000393
201500057Penal NORBERTO GONZALEZ
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
RECURSOS
NATURALES, FAUNA
FLORA
Se inicie la investigación penal contra las personas que de
acuerdo a la pruebas aportadas y a las que su despacho
considere procedente determine como responsables
Activo MediaFiscalia Local de Pacho
Cundinamarca
Etapa - Indagación
Preliminar
3156 Iniciado $0,002518360003742
01500236Penal
MOISES MARTINEZ
MARTINEZ
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
RECURSOS
NATURALES, FAUNA
FLORA
Se inicie la investigación penal contra las personas que de
acuerdo a la pruebas aportadas y a las que su despacho
considere procedente determine como responsables
Activo MediaFiscalia Local de
Choconta
Etapa - Indagación
Preliminar
3160 En Contra $0,00 2015-00322 Acción de Tutela
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, EMPRESA
PROMOTORA Y
CONTRUCTORA DE
AVANZADA LTDA -
EPYCA LTDA Y OTROS
MEYER ZULIMANN
PALOMINO MARTINVERTIMIENTOS
Ordenar a EPYCA LTDA resolver de inmediato y de manera
transitoria el vertimiento de aguas residuales del conjunto Santa
Maria del Campo de manera adecuada como lo regula la ley
Activo BajaJuzgado Promiscuo
Municipal de Cota
Etapa - Recursos
Extraordinarios
3163 En Contra $22.131.510,001100131050292
0140031100Ordinario Laboral
ADMINISTRADORA
COLOMBIANA DE
PENSIONES -
COLPENSIONES,
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
GUILLERMO BUSTOS
PERALTA
RELIQUIDACION
PENSIONAL
Que se declare que en la determinación del monto de la mesada
pensional que la CAR otorgo al actor, omitió tener en cuenta
devengos, ingresos, prebendas y acreencias efectivamente
causadas por el actor
Activo Media
JUZGADO 29 LABORAL
DEL CIRCUITO DE
BOGOTÁ
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
No.
ORIONCategoria Cuantía Radicado judicial Clase proceso Demandado Demandante Tema Pretensión
Situación -
estado
actual
Probabilidad
de pérdidaDespacho Judicial Etapa Actuación
3164 En Contra $19.330.500,00 2015-00459 Ordinario Laboral
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR,
ADMINISTRADORA
COLOMBIANA DE
PENSIONES -
COLPENSIONES
MANUEL PEREZ
MURCIA
RELIQUIDACION
PENSIONAL
Que se declare que en la determinación del monto de la mesada
pensional que la CAR otorgo al actor, omitió tener en cuenta
devengos, ingresos, prebendas y acreencias efectivamente
causadas por el actor
Activo Media
TRIBUNAL SUPERIOR DE
BOGOTA - SALA
LABORAL - ORAL
Etapa - Fallo de
Segunda Instancia
3167 En Contra $500.000.000,002500023360002
0150073601
Acción de Reparación
Directa
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, MINISTERIO DE
AMBIENTE Y
DESARROLLO
SOSTENIBLE - MADS
JAIME URIBE Y
HERMANAS LTDARESERVA FORESTAL
Que se declare a los demandados responsables por todos los
daños ocasionados por la afectación por causa de categorías
ambientales al haberse declarado la reserva forestal productora
del Norte de Bogota "Thomas Van Der Hammen"
Que se condene a los accionados a pagar por los perjuicios
ocasionados a mi representado
Activo Media
CONSEJO DE ESTADO -
SALA CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVA -
SECCIÓN TERCERA
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
3168 En Contra $431.997.774,001100133360372
0140008600
Acción de Reparación
Directa
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR,
SUPERINTENDENCIA
DE SERVICIOS
PUBLICOS
DOMICILIARIOS,
EMPRESA DE
ACUEDUCTO,
ALCANTARILLADO Y
ASEO DE BOGOTA -
EAB
SOCIEDAD EDUCATIVA
GONVELS LTDA.
POTABILIDAD DEL
AGUA -
ALCANTARILLADO
Que los demandados sean declarados administrativamente
responsables de los daños de tipo material en la modalidad de
daño emergente, los perjuicios de tipo inmateriales a saber
perjuicios morales
Se condene a los demandados a pagar a titulo de indemnización
por concepto de daño material en su modalidad de daño
emergente
Se condene a los demandados a pagar a titulo de indemnización
por concepto de Perjuicios Inmateriales en su modalidad de
Perjuicios morales
Se condene a los demandados a pagar a titulo de indemnización
por concepto de Perjuicios Inmateriales en su modalidad de
alteración grave de las condiciones de existencia
Activo Media
JUZGADO 59
ADMINISTRATIVO DEL
CIRCUITO DE BOGOTÁ
Etapa - Probatoria
3186 En Contra $30.000.000,001100131050102
0170031400Ejecutivo
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR,
ADMINISTRADORA
COLOMBIANA DE
PENSIONES -
COLPENSIONES
ARACELIA SIERRA DE
SALINAS
RELIQUIDACION
PENSIONAL
Se condene a la accionada a la re liquidación para aumento del
monto de la mesada pensional que en su momento le fuera
otorgada por La CAR al señor esposo Saul Salina Castro
(Q.E.P.D.) y que ahora le ha sido sustituida a mi poderdante
Activo Media
TRIBUNAL SUPERIOR DE
BOGOTA - SALA
LABORAL
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
3187 En Contra $0,001500123330002
0150045600Acción Popular
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, AGENCIA
NACIONAL DE
MINERIA - ANM,
WILSON IVAN CORTES
SAAVEDRA, SERVICIO
GEOLOGICO
COLOMBIANO - SGC
DEFENSORIA DEL
PUEBLO REGIONAL
BOYACA, TANIA
VICTORIA OROZCO
BECERRA
MINERÍA
Se declare que los demandados, han vulnerado los derechos e
intereses colectivos al medio ambiente y desarrollo sostenible del
municipio de Caldas - Boyaca, asi como los derechos e intereses
colectivos al patrimonio historico y cultural del mismo
Activo Baja
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
BOYACA
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
3200 En Contra $1.184.950.000,001100103260002
0100005000
Acción de Reparación
Directa
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
SOCIEDAD SUCESORES
PEDRO PABLO ROZO
GUAQUETA E HIJOS Y
CIA LTDA
MEDIDAS
PREVENTIVAS
Que se revoque la Resolución 1170 de 10 de junio de 2009
expedida por el jefe de la Oficina Provincial Sabana Norte, por
cuanto con ella se lesionan derechos tutelados por la ley,
especialmente el derecho al trabajo.
Que se reparen los perjuicios casados por la suspensión de la
actividad, por concepto de lucro cesante dejado de percibir desde
el cierre de la cantera
Daño emergente consistente en el valor que mi representada
pago desde la fecha de cierre de la cantera, por adquisición de la
arena para no incurrir en incumplimiento de contratos
Activo Media
CONSEJO DE ESTADO -
SALA CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVA -
SECCIÓN TERCERA
Etapa - Alegatos de
Primera Instancia
No.
ORIONCategoria Cuantía Radicado judicial Clase proceso Demandado Demandante Tema Pretensión
Situación -
estado
actual
Probabilidad
de pérdidaDespacho Judicial Etapa Actuación
3201 En Contra $0,002500023410002
0150140600Acción Popular
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, MINISTERIO DE
AMBIENTE Y
DESARROLLO
SOSTENIBLE - MADS,
MUNICIPIO DE
MADRID, MUNICIPIO
DE BOJACÁ,
MUNICIPIO DE
MOSQUERA
JUAN ESTEBAN
BERMUDEZ ARCHILAHUMEDALES
Se ordene a los demandados adoptar medidas necesarias para
terminar definitivamente con al afectación que se viene
ejecutando sobre la laguna la Herrera y su entorno natural,
debido a la explotacion de la misma, sus montañas y espacios
naturales cercanos
Activo Baja
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA -
SECCIÓN PRIMERA -
SUBSECCIÓN B
Etapa - Contestación
Demanda
3204 En Contra $500.000.000,002500023360002
0150096100
Acción de Reparación
Directa
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, MINISTERIO DE
AMBIENTE Y
DESARROLLO
SOSTENIBLE - MADS
CAMILO PIEDRAHITA
URIBERESERVA FORESTAL
Que se declare a los demandados responsables por todos los
daños ocasionados por la afectación por causa de categorías
ambientales al haberse declarado en reserva forestal
Que se condene a los accionados a pagar por los perjuicios
ocasionados a mi representado por motivo de daño emergente y
lucro cesante
Activo Media
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA -
SECCIÓN TERCERA -
SUBSECCIÓN B
Etapa - Contestación
Demanda
3206 En Contra $0,00 2015-00316Acción de Nulidad
Simple
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
CARLOS ANDRES
BONILLA GOMEZRESERVA FORESTAL Que se declare la nulidad parcial del Acuerdo CAR 021 de 2014 Activo Media
CONSEJO DE ESTADO -
SALA CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVA -
SECCIÓN PRIMERA
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
3211 Iniciado $0,00 PenalBLANCA AZUCENA
GARZON
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
RECURSOS
NATURALES, FAUNA
FLORA
Se inicie la investigación penal contra las personas que de
acuerdo a la pruebas aportadas y a las que su despacho
considere procedente determine como responsables
Activo Media Fiscalia Local de la PalmaEtapa - Indagación
Preliminar
3215 En Contra $28.744.920.930,002500023360002
0150081200
Acción de Reparación
Directa
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
MEJIA & FLOREZ & CIA
S.A.S., JUAN RICARDO
MEJIA OTERO, FLORES
DE LAS MERCEDES
C.S.A., ADRIANA
MONTES RODRIGUEZ,
CAMILO MONTES
RODRIGUEZ,
FEDERICO
FORNAGUERA
ESPINOSA Y OTROS
RESERVA FORESTAL
Que se declare que la CAR causo el rompimiento de las cargas
publicas de los convocantes por razón de la declaratoria de la
Reserva forestal (Acuerdo 11 de 12011)
Que la CAR se encuentra obligada a pagar a los convocantes a
titulo de daño emergente Y lucro Cesante
Activo Media
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA -
SECCIÓN TERCERA -
SUBSECCIÓN A
Etapa - Apelación Auto
3216 En Contra $496.614.973,002500023360002
0150047300Acción Contractual
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
JULIO CESAR ANTONIO
RODAS MONSALVECONTRACTUAL
Que se declare que el acta bilateral de liquidación del contrato
040 de 2002 del 22/1172012, produjo efectos parciales y no
definitivos entre las partes
Se ordene a la CAR al reconocimiento y pago de una suma
adicional a la suma reconocida como comisión de éxito por dicha
entidad en el acta bilateral de liquidación del contrato
Activo Media
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA -
SECCIÓN TERCERA -
SUBSECCIÓN B
Etapa - Alegatos de
Segunda Instancia
3217 Iniciado $0,001100131030222
0150040000Expropiación
LEONARDO SALAZAR
SOTO, HEREDEROS
INDETERMINADOS DE
ANA CONSUELO SOTO
DE SALAZAR
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
PREDIOS
Se decrete a favor de la CAR, por causa de utilidad publica y de
interés social, la expropiación parcial del predio denominado
"Lote 3 Puente San Francisco" matricula 50N-20459320
Activo BajaJUZGADO 22 CIVIL DEL
CIRCUITO DE BOGOTÁEtapa - Notificaciones
3225 Iniciado $0,002526933330012
0150061900
Acción de Nulidad
Simple
MUNICIPIO DE
FACATATIVA, CONSEJO
MUNICIPAL DE
FACATATIVA
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
P.O.T.
Que se declare la nulidad de los articulos 8 y 9 del Acuerdo 015
del 31/07/2014 expedido por el consejo municipal de Facatativa
Que se declare la nulidad del Acuedo 019 del 09/05/2014
expedido por la empresa de aguas de facatativa
Activo Media
Juzgado Unico
Administrativo Del
Circuito De Facatativa
Etapa - Alegatos de
Primera Instancia
3226 En Contra $20.000.000,001100131050332
0150019600Ordinario Laboral
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR,
ADMINISTRADORA
COLOMBIANA DE
PENSIONES -
COLPENSIONES
HUMBERTO LAVALLE
CIFUENTESCARÁCTER LABORAL
SE ORDENE A LA ACCIONADA RECONOCER LA PENSIÓN DE
JUBILACIÓN DE ORDEN CONVENCIONAL A QUE TIENE DERECHO
POR HABER CUMPLIDO CON 20 AÑOS DE SERVICIO AL ESTADO
Y TENER 55 AÑOS DE EDAD
Activo Media
JUZGADO 33 LABORAL
DEL CIRCUITO DE
BOGOTA
Etapa - Probatoria
No.
ORIONCategoria Cuantía Radicado judicial Clase proceso Demandado Demandante Tema Pretensión
Situación -
estado
actual
Probabilidad
de pérdidaDespacho Judicial Etapa Actuación
3227 En Contra $30.000.000,001100131050332
0150019702Ordinario Laboral
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
EFIGENIA ORTEGON
DE CASAS
RELIQUIDACION
PENSIONAL
Que se declare que en la determinación del monto de la mesada
pensional que la CAR otorgo al actor, omitió tener en cuenta
devengos, ingresos, prebendas y acreencias efectivamente
causadas por el actor
Activo Alta
TRIBUNAL SUPERIOR DE
BOGOTA - SALA
LABORAL
Etapa - Apelación
Sentencia
3228 En Contra $0,002530733330012
0150048400Acción de Tutela
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, ALCALDIA
MUNICIPAL DE
RICAURTE
GONZALO BAUTISTA
NAVARRETE
DERECHOS DE
PETICIÓN
ordenar a la CAR, expedir la resolución mediante la cual se
permite concesión de aguas del nacedero la esperanza o
manifestar ante la alcaldía de ricaurte si se requiere de dicho
documento o no
Activo MediaJuzgado 1 Administrativo
Oral de Girardot
Etapa - Fallo de
Segunda Instancia
3239 En Contra $500.000.000,002500023360002
0150074600
Acción de Reparación
Directa
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, MINISTERIO DE
AMBIENTE Y
DESARROLLO
SOSTENIBLE - MADS
INVERSIONES LANDU
S.A.RESERVA FORESTAL
Que se declare a los demandados responsables por todos los
daños ocasionados por la afectación por causa de categorías
ambientales al haberse declarado en reserva forestal
Que se condene a los accionados a pagar por los perjuicios
ocasionados a mi representado
Activo Media
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA -
SECCIÓN TERCERA -
SUBSECCIÓN B
Etapa - Contestación
Demanda
3242 En Contra $22.131.510,001100131050292
0150043801Ordinario Laboral
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
ALBA MARIA
GONZALEZ CASAS
RELIQUIDACION
PENSIONAL
Que se declare que en la determinación del monto de la mesada
pensional que la CAR otorgo al actor, omitió tener en cuenta
devengos, ingresos, prebendas y acreencias efectivamente
causadas por el actor
Activo Media
TRIBUNAL SUPERIOR DE
BOGOTA - SALA
LABORAL
Etapa - Fallo de
Segunda Instancia
3244 En Contra $350.000.000,002500023360002
0150158400
Acción de Reparación
Directa
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, PRESIDENCIA DE
LA REPUBLICA,
MINISTERIO DE
AMBIENTE Y
DESARROLLO
SOSTENIBLE - MADS
CARLOS ALFREDO
BARON GUTIERREZ,
JUAN CARLOS
ESCOBAR OTALORA
RESERVA FORESTAL
Que se declare a los accionados responsables por el daño
especial ocacionado por la afectación por causa de categorias
ambientales al haberse declarado reserva forestal, daños
materiales
Activo Baja
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA -
SECCIÓN TERCERA -
SUBSECCIÓN A
Etapa - Probatoria
3245 Iniciado $0,001100161081122
01501997Penal EN AVERIGUACIÓN
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
PENAL - FALSEDAD
DOCUMENTOFalsedad material en documento publico Activo Media
Fiscalia General De La
Nación
Etapa - Indagación
Preliminar
3248 Iniciado $0,001100133340012
0150036200
Acción de Nulidad
Simple
MUNICIPIO DE
GRANADA
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
P.O.T.
Que se declare la nulidad del acuerdo 7 de 2011, "por el cual se
adopta el esquema de ordenamiento Territorial del municipio de
Granada Cundinamarca,proferido por el Consejo Municipal de
Granada"
Activo Baja
JUZGADO 1
ADMINISTRATIVO DEL
CIRCUITO DE BOGOTÁ
SECCIÓN PRIMERA
Etapa - Alegatos de
Primera Instancia
3249 En Contra $81.791.925.800,002500023410002
0150081700
Acción de Nulidad y
Restablecimiento del
derecho
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
MEJIA & FLOREZ & CIA
S.A.S., JUAN RICARDO
MEJIA OTERO,
INDUAGRICOLA S.A.S.,
AGRICOLA LAS
MERCEDES S.A.,
FLORES DE LAS
MERCEDES C.S.A.,
ADRIANA MONTES
RODRIGUEZ Y OTROS
RESERVA FORESTAL
Declarar la nulidad del Acuerdo No 021 de 23/09/2014 expedido
por la CAR
que a titulo de restablecimiento del derecho la CAR debe pagar a
la accionante
Activo Media
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA -
SECCIÓN PRIMERA -
SUBSECCIÓN A
Etapa - Apelación Auto
3250 Iniciado $0,001100160004920
151530100Penal
PEDRO ENRIQUE
PALACIOS ROBERTO
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
PENAL VARIOS Fraude Procesal, Prevaricato y Otros Activo BajaFiscalia 157 Seccional de
la Unidad de Fe Publica
Etapa - Indagación
Preliminar
3252 En Contra $1.695.361.188,002500023360002
0150202001
Acción de Reparación
Directa
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
ARQUIDIOCESIS DE
BOGOTA, PILAR
UMAÑA DE PARDO,
HELENA UMAÑA DE
HUERTAS,
INVERSIONES SAN
MANUEL S.A.S.
PREDIOS
Que la CAR acepte su responsabilidad extracontractual de los
daños y perjuicios ocasionados a las convocantes por la
ocupación permanente a causa de las obras y trabajos publicos
Que la CAR deberá reconocer y pagar a los demandantes, los
perjuicios materiales
Activo Alta
CONSEJO DE ESTADO -
SALA CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVA -
SECCIÓN TERCERA
Etapa - Apelación
Sentencia
No.
ORIONCategoria Cuantía Radicado judicial Clase proceso Demandado Demandante Tema Pretensión
Situación -
estado
actual
Probabilidad
de pérdidaDespacho Judicial Etapa Actuación
3254 En Contra $0,002500023410002
0160073600Acción Popular
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, MUNICIPIO DE
SOPÓ, ANDINA DE
FORESTALES Y
MINERALES LTDA -
ANFORA EN
LIQUIDACION Y
OTROS
PERSONERIA
MUNICIPAL DE SOPÓMINERÍA
Declarar que los demandados por acción y omisión del
ciumplimiento de sus funciones y deberes, han violado los
derechos colectivos al medio ambiente sano, a la salubridad
publica y a la seguridad y prevension de desastres
Se ordene a la Alcaldía Municipal de Sopo realizar el
procedimiento de expropiación por vía administrativa de los
predios en los cuales se ubica la cantera el pedregal
Activo Alta
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
3258 En Contra $5.626.175.000,002500023360002
0150103900
Acción de Reparación
Directa
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
OMAR CERON
BARRERA
MEDIDAS
PREVENTIVAS
La CAR es administrativamente responsable de los perjuicios
materiales y morales causados al demandante con ocasión de la
resolución 1934 de 2012 expedida por la CAR
Condenar en consecuencia a la CAR a pagar a la parte actora o a
quien represente sus derechos, como reparación o indemnización
del daño ocacionado
Por perjuicios morales
Activo Baja
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA -
SECCIÓN TERCERA -
SUBSECCIÓN A
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
3261 En Contra $48.000.000,001100133340052
0130012700
Acción de Nulidad y
Restablecimiento del
derecho
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
ALFONSO CORTES
BALLEN
PERMISOS Y
LICENCIAS
Que se declare la nulidad de las resoluciones No 609 de 2012,
por la cual se negó al accionante la imposición del plan de
manejo ambiental para la explotación de materiales de
construcción, y la 245 de 2013, por la cual se resolvió el recurso
de reposición contra la anterior providencia, confirmandola,
ambas expedidas por la CAR
Activo Media
JUZGADO 5
ADMINISTRATIVO DEL
CIRCUITO DE BOGOTÁ
SECCION PRIMERA
Etapa - Probatoria
3262 En Contra $1.824.447.911,002500023270002
0150052501
Acción de Nulidad y
Restablecimiento del
derecho
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
EMPRESA DE
ACUEDUCTO,
ALCANTARILLADO Y
ASEO DE BOGOTA -
EAB
TASAS RETRIBUTIVAS
Declarar la nulidad de la Resolución No 746 del 04/04/2014
expedida por la CAR
Que se declare la nulidad de la factura TRET 3564 de 2013 Tasas
Retributivas, expedida el 30/04/2013 TASAS RETRIBUTIVAS,
emitido por la CAR
Que a titulo de restablecimiento del derecho, se disponga que la
EAB, no debe cancelar a la entidad convocada la suma a que se
refiere tanto el oficio No 20142101938 del 22/01/2014, como el
acto administrativo objeto de esta convocatoria, sino el valor que
resulte de aplicar de manera correcta la norma que rige el tema
Activo Alta
CONSEJO DE ESTADO -
SALA CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVA -
SECCIÓN PRIMERA
Etapa - Apelación
Sentencia
3269Tercero
involucrado$0,00
2551361080142
0150081900Penal
ABEL FRANCISCO
VALBUENA BARRIOSDE OFICIO MINERÍA Proteccion a los recursos naturales y el medio ambiente Activo Baja Fiscalia Seccional Pacho
Etapa - Apelación
Sentencia
3270 Iniciado $0,002584360003842
01500254Penal EN AVERIGUACIÓN
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
MINERÍA
Se inicie la investigación penal contra las personas que de
acuerdo a la pruebas aportadas y a las que su despacho
considere procedente determine como responsables
Activo MediaFiscalia Seccional de
Ubate
Etapa - Indagación
Preliminar
3271 En Contra $500.000.000,002500023360002
0150102601
Acción de Reparación
Directa
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
SANDRA MARTINEZ
URIBERESERVA FORESTAL
Que se declare a los demandados responsables por todos los
daños ocasionados por la afectación por causa de categorías
ambientales al haberse declarado en reserva forestal
Que se condene a los accionados a pagar por los perjuicios
ocasionados a mi representado
Activo Media
CONSEJO DE ESTADO -
SALA CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVA -
SECCIÓN TERCERA
Etapa - Contestación
Demanda
3272 Iniciado $0,001100160000492
01517810Penal
UNION TEMPORAL
CENTRO DE COMPUTO
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
PENAL - FALSEDAD
DOCUMENTOFalsedad en documento privado Activo Media
Fiscalia General De La
Nación
Etapa - Indagación
Preliminar
3279Tercero
involucrado$0,00
1100103280002
0150002200
Acción de Nulidad
por
Inconstitucionalidad
GOBIERNO NACIONALFRANCISCO JAVIER
MUÑOZ1% MORALIDAD
Que se declaren nulas las expresiones de los artículos 2 literal b
del decreto 1523 de 2003 y el articulo 15 (parcial) del decreto
3770 de 2003
Se ordene a las autoridades que profirieron dichos artículos a
fijar un nuevo ordenamiento acorde a la desición proferida por la
H. Corte Constitucional en la sentencia 576/2014
Activo Media
CONSEJO DE ESTADO -
SALA CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVA -
SECCIÓN QUINTA
Etapa - Probatoria
3280Tercero
involucrado$0,00 2012-80107 Penal
ISMAEL PEÑUELA
GARZONDE OFICIO PENAL VARIOS Protección a los Recursos Naturales y el Medio Ambiente Activo Baja
Juzgado Penal del
Circuito con funciones de
Garantias de Guatavita
Etapa - Fallo de
Segunda Instancia
No.
ORIONCategoria Cuantía Radicado judicial Clase proceso Demandado Demandante Tema Pretensión
Situación -
estado
actual
Probabilidad
de pérdidaDespacho Judicial Etapa Actuación
3282 En Contra $145.518.775,002526933330012
0140104900Ejecutivo
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
EFRAIN FERNANDO
PAVA RAMIREZ
LABORALES -
DESPIDOS
Se ordene a la CAR , dentro del termino de 5 días, proceda a
reintegrar al demandante en un cargo similar o de superior
jerarquía a aquel que estaba nombrado al monento de su retiro
Se ordene a pagar al accionante en el termino de 5 dias lo que
corresponde a la liquidación de los salarios y prestaciones
dejados de devengar entre el 01/02/2006 y hasta el 30/09/2014
Activo Alta
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA -
SECCIÓN SEGUNDA -
SUBSECCIÓN A
Etapa - Apelación
Sentencia
3286Tercero
involucrado$0,00 2015-01203 Penal
INGRIT MOLLER
BUSTOSDE OFICIO
PENAL
CONTAMINACIÓNProtección a los Recursos Naturales y al Medio Ambiente Activo Media
Fiscalia 51 Seccional de
Bogotá Eje tematicoEtapa - Probatoria
3291 En Contra $694.391.398,00 2015-01891Acción de Reparación
Directa
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, MUNICIPIO DE
FUNZA, IGNACIO
GOMEZ IHM SAS,
CONSORCIO INTER
PTAR
KRESKY
ENVIRONMENTAL S.A.SPTAR
Que se ordene a los demandados a pagar a la demandante por el
daño ermergente
Que se ordene a los demandados a pagar solidariamente por
concepto de lucro sesante
Activo Media
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA -
SECCIÓN TERCERA -
SUBSECCIÓN A
Etapa - Audiencia
Inicial
3292 En Contra $0,002500023410002
0150018900Accion de Grupo
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, COMPAÑIA DE
TRANAJOS URBANOS
S.A. - C.T.U.,
ALCALDIA MUNICIPAL
DE CHIA, MINISTERIO
DE AMBIENTE Y
DESARROLLO
SOSTENIBLE - MADS
CONDOMINIO
CAMPESTRE BOSQUES
DE CEDROS P.H.,
CONJUNTO
RESIDENCIAL
CAMPESTRE PORTAL
DE FUSCA P.H.
MINERÍA
Se declare solidaria y atrimonialmente responsables a la sociedad
Compañía de Trabajos Urbanos S.A. como consecuencia de los
daños ambientales producto de su actividad comercial ejecutada
en la vereda fusca y a los otros accionados por la omisión
administrativa en la que oincurrieron
Activo Baja
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA -
SECCIÓN PRIMERA -
SUBSECCIÓN B
Etapa - Audiencia de
Conciliación
3296 Iniciado $664.360.410,002500023360002
0150268200Acción de Repetición
MERARDO RIVERA
MOSQUERA,
CLEMENTE MARTINEZ
ARAQUE
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
ACCIÓN REPETICIÓN
Los accioandos son civil y administrativamente responsables al
actuar con culpa grave, del daño antijuridico causado e impuesto
a la CAR con ocacion de la muerte del señor Uriel Poveda Segura
en los hechos ocurridos en el año 1999 en el parque piedras de
Tunja
Que como consecuencia, se oredene a los accionados a pagar
solidariamente a la CAR la suma derivada de la condena
impuesta
Activo Alta
CONSEJO DE ESTADO -
SALA CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVA -
SECCIÓN TERCERA
Etapa - Apelación Auto
3299 En Contra $22.131.510,001100131050062
0150067401Ordinario Laboral
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR,
ADMINISTRADORA
COLOMBIANA DE
PENSIONES -
COLPENSIONES
EDILBERTO MARTÍNEZ
OBANDO
RELIQUIDACION
PENSIONAL
Que se declare que en la determinación del monto de la mesada,
que por jubilación la CAR otorgo a mi poderdante, la accionada
omitió tener en cuenta devengos, ingresos, prebendas y
acreencias efectivamente causadas por el servicio personal del
actor durante el ultimo año
Activo Media
TRIBUNAL SUPERIOR DE
BOGOTA - SALA
LABORAL
Etapa - Fallo de
Segunda Instancia
3303 En Contra $41.193.466,00 2015-00112Defensa de Cobro
Coactivo
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
GOBERNACION DE
CUNDINAMARCACOBRO COACTIVO Mandamiento de pago Activo Media
GOBERNACION DE
CUNDINAMARCAEtapa - Excepciones
3306Tercero
involucrado$0,00
1100160000232
0150517100Penal
PEDRO ANDRES
CASTRO AVILA,
GUILLERMO
GUTIERREZ RAMIREZ
DE OFICIOPENAL
CONTAMINACIÓNProtección a los recursos naturales y al medio ambiente Activo Media
Fiscalia 205 Seccional de
Bogotá
Etapa - Audiencia
Inicial
3309Tercero
involucrado$0,00
1517660001132
0130040400Penal
JOSE HERNAN SIERRA
BUITRAGODE OFICIO
PENAL
CONTAMINACIÓNProteccion a los recursos naturales y el medio ambiente Activo Media
Fiscalia 24 Seccional de
Chiquinquira
Etapa - Indagación
Preliminar
No.
ORIONCategoria Cuantía Radicado judicial Clase proceso Demandado Demandante Tema Pretensión
Situación -
estado
actual
Probabilidad
de pérdidaDespacho Judicial Etapa Actuación
3313 En Contra $0,00 2015-00109 Acción de Tutela
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, ALCALDIA
MUNICIPAL DE BOJACA
RAUL OCTAVIO
CASTIBLANCO
GONZALEZ, SABRISKY
POINT S.A. E.S.P.
RESIDUOS SOLIDOS
Que se ordene a la Alcaldia de Bojaca cesar de inmediato su
conducta omisiva y proceder acorde con la ley y las decisiones de
las autoridades ambientles
Ordenar a la Alcandia de Bojaca proceder de inmediato al cierre
de los lotes, vecinos del antiguo botadero de basura de
mondoñedo en los cuales se esta realizando ilegalmente la
disposición final de residuos sólidos y disponer la vigilancia
permanente de tales sitios para que cese la invasión de los
terrenos de propiedad de la sociedad que represento
Activo BajaJuzgado Promiscuo
Municipal de Bojaca
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
3317 En Contra $23.318.185.950,002500023360002
0150287301
Acción de Reparación
Directa
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
INVERSIONES
AGROPECUARIAS
JARAMILLO MEJIA Y
CIA S.A. - INAJAME
RESERVA FORESTAL
Que se declare que la CAR con la expedición del Acuerdo 021 de
2014, es responsable del perjuicio al accionante, derivado del
rompimiento del equilibrio ante las cargas publicas,
correspondiente a la disminución del valor comercial de los
inmuebles que conforman parte de la finca las Mercedes
Se condene a la CAR a pagar a favor del accionante por los
daños causado
Activo Media
CONSEJO DE ESTADO -
SALA CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVA -
SECCIÓN TERCERA
Etapa - Alegatos de
Segunda Instancia
3319 En Contra $39.836.000.000,002500023360002
0150287200
Acción de Reparación
Directa
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
FLORES SAGARO S.A. RESERVA FORESTAL
Que se condene a la CAR al reconocimiento y pago a favor del
accionante, ya que con la expedición del Acuerdo 021 de 2014,
se ordeno la terminación de la actividad de floricultura realizada
por dicha sociedad en los predios de la Finca las Mercedes
Activo Media
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA
Etapa - Alegatos de
Primera Instancia
3320 En Contra $0,002526933330012
0150091900Acción Popular
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, MUNICIPIO DE
MADRID
FERMIN SANABRIA
PEÑA, JAVIER ALONSO
AUX SANAMARIA
PERMISOS Y
LICENCIAS
Ordenar a quien corresponda suspender de forma inmediata la
obra publica que se ejecuta y proceda a coordinar las actividades
que permitan conjurar en forma definitiva la indebida Destinación
de Dineros Publicos
Ejecutar los trabajos tendientes a recuperar y devolver a su
estado normal la franja hidria que nos ocupa en su totalidad
Activo Media
Juzgado Unico
Administrativo Del
Circuito De Facatativa
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
3323 En Contra $0,002500023410002
0150245200Acción Popular
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, MINISTERIO DE
SALUD Y PROTECCIÓN
SOCIAL, MINISTERIO
DE AMBIENTE Y
DESARROLLO
SOSTENIBLE - MADS,
GOBERNACION DE
CUNDINAMARCA,
MUNICIPIO DE SIBATÉ,
ETERNIT COLOMBIA
S.A.
GLADYS AURORA
SANDOVAL
CONTAMINACIÓN AIRE-
SUELO
Se ordene a las demandadas que de inmediato realicen un
estudio de calidad del aire en el municipio de Sibate, para
determinar la presencia de partículas de asbesto o de agentes
cancerígenos asociados al asbesto y que inmediatamente adopte
las medidas que sean el caso
Se ordene a las demandadas que de inmediato realicen un
analisis de impacto negativo que pueda estar produciendo el
Botadero-Relleno de desechos de Asbesto en Sibate, dado que
ahora existe allí una cancha de futbol
Activo Media
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA -
SECCIÓN PRIMERA -
SUBSECCIÓN A
Etapa - Alegatos de
Primera Instancia
3330 En Contra $22.062.528,00 2015-00265 Ordinario Laboral
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
HECTOR DAVID
TRIANA PINZON
RELIQUIDACION
PENSIONAL
Que se declare que el accionante tiene derecho a la pensión de
jubilación por haber reunido los requisitos legales de tiempo de
servicio y edad para acceder al disfrute de dicha prestación a
partir del mes de diciembre de 2007
Que se ordene a la CAR, liquidar y pagar al accionante la pension
de jubilación a que tiene derecho por haber reunido los
requisitos legales
Activo MediaJuzgado 1 Civil del
Circuito de Villeta
Etapa - Contestación
Demanda
3336 En Contra $0,001100133340022
0150000800Acción Popular
ALCALDÍA MAYOR DE
BOGOTÁ, D.C.
MARCELA MONROY
TORRES, LUIS FELIPE
VERGARA CABAL ,
CAMILO CARDONA
CASIS, TOMAS
HENRIQUEZ
CONTENTO, LAURA
MATIZ MONROY
PREDIOS
Que se declare que la Alcaldía Mayor ha vulnerado y continúan
vulnerando derechos de interés colectivos relacionados con le
goce del espacio publico y la utilización de la defensa del
patrimonio publico
Que se declare que al no adquirir la alcaldía del Distrito Capital
de Bogota los predios y darles la utilización de zona verde de uso
publico, se ha violado y continua violando por parte del Distrito
Capital
Activo Media
JUZGADO 2
ADMINISTRATIVO DEL
CIRCUITO DE BOGOTÁ
Etapa - Probatoria
3338Tercero
involucrado$0,00
2537760006642
0088012200Penal
JOSE GUILLERMO
JIMENEZ GALVISDE OFICIO PENAL VARIOS Protección a los Recursos Naturales y al Medio Ambiente Activo Baja
Fiscalia General De La
NaciónEtapa - Imputación
3339Tercero
involucrado$0,00
1100160000492
0101144400Penal
GILDARDO
RODRIGUEZ VARGASDE OFICIO MINERÍA Protección a los recursos naturales y el medio ambiente Activo Baja
Fiscalia General De La
Nación
Etapa - Indagación
Preliminar
No.
ORIONCategoria Cuantía Radicado judicial Clase proceso Demandado Demandante Tema Pretensión
Situación -
estado
actual
Probabilidad
de pérdidaDespacho Judicial Etapa Actuación
3340Tercero
involucrado$0,00
1100160000492
0101176900Penal
INGRIT MOLLER
BUSTOS, MARCO
TULIO PAEZ BELLO,
ARMANDO
GIEDELMAN,
ANGELICA JIMENEZ
MEZA
DE OFICIO MINERÍA Protección a los recursos Naturales y el medio ambiente Activo MediaFiscalia General De La
Nación
Etapa - Indagación
Preliminar
3341Tercero
involucrado$0,00
1100160000492
0101192300Penal JOSE CABALLERO DE OFICIO MINERÍA Protección a los recursos Naturales y el medio ambiente Activo Baja
Fiscalia General De La
Nación
Etapa - Indagación
Preliminar
3342Tercero
involucrado$0,00
1100160000492
0090581700Penal
PARQUE MINERO
INDUSTRIAL DE
TUNJUELO,
CONCRETOS BOGOTA -
CEMEX, FUNDACIÓN
SAN ANTONIO
DE OFICIO MINERÍA Protección a los recursos Naturales y el medio ambiente Activo BajaFiscalia General De La
Nación
Etapa - Indagación
Preliminar
3343Tercero
involucrado$0,00
1100160000492
0101176300Penal
BAYRON LOPEZ,
CARLOS ALBERTO
RODRIGUEZ
DE OFICIO MINERÍA Protección a los recursos Naturales y el medio ambiente Activo BajaFiscalia General De La
Nación
Etapa - Indagación
Preliminar
3344Tercero
involucrado$0,00
1100160000492
01011771Penal
JAVIER OTALVARO
COTES CUBIDES,
INGRID MOLLER
BUSTOS, ANGELICA
JIMENEZ MEZA,
ARMANDO GIEDELMAN
DE OFICIO MINERÍA Protección a los recursos Naturales y el medio ambiente Activo BajaFiscalia General De La
Nación
Etapa - Indagación
Preliminar
3345Tercero
involucrado$0,00
1100160000492
01011773Penal JAIME VILLA ROZO DE OFICIO MINERÍA Protección a los recursos Naturales y el medio ambiente Activo Baja
Fiscalia General De La
Nación
Etapa - Indagación
Preliminar
3348 En Contra $0,002526933400032
0160014700Acción Popular
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, MUNICIPIO DE
FACATATIVA, EMPRESA
DE AGUAS DE
FACATATIVA, AMARILO
S.A.S.
LUIS FERNANDO
MORALES CASALLAS,
ROBERTO ANGEL
CONDE, VEEDURIA
CIUDADANA DE
FACATATIVA
ESPACIO PÚBLICO
Ordenar la Restitución de la microcuenca mancilla que hace parte
integral del espacio publico y las quebradas la Guapucha ademas
los daños ambientales ocasionados por la intervención de la
microcuenca
Activo MediaJuzgado 3 Administrativo
del Circuito de Facatativa
Etapa - Pacto de
Cumplimiento
3352 Iniciado $935.749.595,002500023370002
0160088700
Acción de Nulidad y
Restablecimiento del
derecho
MUNICIPIO DE TAUSA
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
COBRO COACTIVO
Que se declare la nulidad de la Resolución 216 de 2015, por
medio de la cual se negaron las excepciones propuestas en
contra del mandamiento ejecutivo
Que se declare la nulidad de la Resolución 301 de 2015, por la
cual se resolvió negativamente el recurso de reposición
formulado contra el auto que negó Excepciones dentro del
proceso jurisdicción coactiva instaurado por el Municipio de
Tausa contra la CAR
Que a titulo de restablecimiento del derecho se declare que no
existe un crédito a favor del municipio de Tausa
Activo Media
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA
Etapa - Contestación
Demanda
3360 En Contra $20.683.620,001100131050112
0160000900Ordinario Laboral
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR,
ADMINISTRADORA
COLOMBIANA DE
PENSIONES -
COLPENSIONES
BELARMINO SANCHEZ
OLIVEROS
RELIQUIDACION
PENSIONAL
Que se declare que en la determinación del monto de la mesada
pensional que la CAR otorgo al actor, omitió tener en cuenta
devengos, ingresos, prebendas y acreencias efectivamente
causadas por el actor
Activo Alta
JUZGADO 11 LABORAL
DEL CIRCUITO DE
BOGOTÁ
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
3363 En Contra $0,00 2016 Querella
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
SANDRA JOHANA
BRICEÑO
CASTIBLANCO
RESIDUOS SOLIDOS
Ordenar a la CAR cesar todo acto perturbatorio a la posesión
sobre el lote de terreno denominado el Dolar
Que se ordene a la CAR para que se abstenga de seguir
realizando actos perturbatorios como son de votar sedimentación
de la laguna de Fuquene en el lote de terreno denominado el
Dolar
Activo MediaALCALDIA MUNICIPAL
DE FUQUENE
Etapa - Apelación
Sentencia
3364Tercero
involucrado$0,00
1100103240002
0140047500
Acción de Nulidad y
Restablecimiento del
derecho
MINISTERIO DE
AMBIENTE Y
DESARROLLO
SOSTENIBLE - MADS
INVERSIONES
MONDOÑEDO SASRESERVA FORESTAL
Que se declare parcialmente Nulo el acto administrativo
contenido en la Resolución No 138 de 2014, expedida por el
MADS, mediante la cual realindero la RFPP Cuenca Alta del Rio
Bogota
Activo Media
CONSEJO DE ESTADO -
SALA CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVA -
SECCIÓN PRIMERA
Etapa - Contestación
Demanda
No.
ORIONCategoria Cuantía Radicado judicial Clase proceso Demandado Demandante Tema Pretensión
Situación -
estado
actual
Probabilidad
de pérdidaDespacho Judicial Etapa Actuación
3367Tercero
involucrado$0,00
1100160000152
0070362400Penal
ALCIBIADES PULIDO
PULIDO, JAVIER
MOLANO MOLINA
DE OFICIOPENAL
CONTAMINACIÓNProtección a los Recursos Naturales y el Medio Ambiente
Activo en
ORIONMedia
Juzgado 81 Penal
Municipal Con Funcion
de Control de Garantias
Etapa - Probatoria
3368 Iniciado $0,002575431030012
0160012500Expropiación
MARIA DEL PILAR
UMAÑA PARDO,
HELENA UMAÑA DE
HUERTAS,
ARQUIDIOCESIS DE
BOGOTA, BANCO DE
BOGOTA
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
PREDIOS
Se decrete a favor de la CAR, por causa de utilidad publica y de
interés social, la expropiación parcial de los derechos de
propiedad del predio denominado "hacienda La Macarena"
matricula 051-2786.
Predio Denominado CAR A-29
Activo BajaJuzgado 2 Civil del
Circuito de SoachaEtapa - Notificaciones
3369Tercero
involucrado$0,00
1100160990342
0130011800Penal
LADRILLERA SUPERIOR
S.A.DE OFICIO
PENAL
CONTAMINACIÓNProtección a los recursos naturales y el medio ambiente Activo Baja
Fiscalia 35 Especializada
Eje Tematico
Etapa - Indagación
Preliminar
3370Tercero
involucrado$0,00
1100160990342
01500086Penal CERROS BAGAZAL DE OFICIO
PENAL
CONTAMINACIÓNProtección a los Recursos Naturales y el Medio Ambiente Activo Media
Fiscalia 365 Seccional
Delegada Ante Jueces
Penales
Etapa - Imputación
3372Tercero
involucrado$0,00
2518360003752
0108011700Penal PEDRO PRIETO PRIETO DE OFICIO VERTIMIENTOS Protección a los Recursos Naturales y el Medio Ambiente Activo Media
Juzgado 1 Penal del
Circuito de Choconta
Etapa - Reparación
Integral
3376 En Contra $1.291.055.500,001100133430652
0160013100
Acción de Reparación
Directa
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, MINISTERIO DE
AMBIENTE Y
DESARROLLO
SOSTENIBLE - MADS,
MINISTERIO DE
JUSTICIA Y DEL
DERECHO, CONGRESO
DE LA REPUBLICA,
MUNICIPIO DE CHIA,
MINISTERIO DE
GOBIERNO
NORBERTO CASTILLO
PRIETO, MARIA
ANGELICA CASTILLO
GUEVARA, YULY
ANDREA CASTILLO
GUEVARA
PREDIOS
Que los accionados reconozcan que son patrimonial,
administrativa, extracontractualmente y solidariamente
responsables de los perjuicios de tipo materiales e inmateriales a
saber: Daño Emergente y Lucro Cesante consolidado y futuro
Como consecuencia del reconocimiento anterior, procedan las
entidades convocadas a pagar por concepto de daño moral
Como consecuencia del reconocimiento anterior, procedan las
entidades convocadas a pagar por concepto de perjuicios morales
Como consecuencia del reconocimiento anterior, procedan las
entidades convocadas a pagar por concepto de alteración grave a
las condiciones de existencia
Como consecuencia del reconocimiento anterior, procedan las
entidades convocadas a pagar por concepto de daño Emergente
Como consecuencia del reconocimiento anterior, procedan las
entidades convocadas a pagar por concepto de Lucro Cesante
Consolidado
Activo Baja
JUZGADO 65
ADMINISTRATIVO DEL
CIRCUITO DE BOGOTÁ
Etapa - Notificaciones
3382Tercero
involucrado$30.335.976,00
2532640890012
0140007700
Ordinario de
PertenenciaINDETERMINADOS
OMAR FERNANDO
RODRIGUEZ RAMOS,
MARTIN ANTONIO
RODRIGUEZ RAMOS,
MIGUEL ANGEL
RODRIGUEZ RAMOS,
ALVARO RODRIGUEZ
RAMOS, LUZ MARINA
RODRIGUEZ RAMOS Y
OTROS
PREDIOS
Que se declare que los accionantes en su calidad de hijos
legítimos, como herederos y poseedores de Inocencio Rodriguez
Rodriguez y Maria Elisa Ramos de Rodriguez (Q.E.P.D.), han
adquirido por via prescripción extraordinaria adquisitiva de
dominio el inmueble
Activo BajaJuzgado Promiscuo
Municipal de Guatavita
Etapa - Liquidación de
Costas y Agencias en
Derecho
3383Tercero
involucrado$0,00
1100160000232
0121248600Penal
JHON JAIRO RIVERA
SAUREZDE OFICIO
PENAL
CONTAMINACIÓNProtección a los recursos naturales y el medio ambiente Activo Baja
JUZGADO 1 PENAL DEL
CIRCUITO DE BOGOTÁ
Etapa - Audiencia
Inicial
3384Tercero
involucrado$0,00
1100160004920
1311986Penal
ALEXANDRE DE
KLUGUENAUDE OFICIO MINERÍA Protección a los Recursos Naturales y el Medio Ambiente Activo Baja
Fiscalia 78 Especializada
Eje Tematico
Etapa - Audiencia de
Tramite
No.
ORIONCategoria Cuantía Radicado judicial Clase proceso Demandado Demandante Tema Pretensión
Situación -
estado
actual
Probabilidad
de pérdidaDespacho Judicial Etapa Actuación
3388 En Contra $0,002500023240002
0110087800Acción Popular
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, ALCALDIA
MUNICIPAL DE
MADRID, MAVDT -
MINISTERIO DE
AMBIENTE, VIVIENDA
Y DESARROLLO
TERRITORIAL, FONDO
NACIONAL DE
REGALIAS, UNION
TEMPORAL
COLECTORES
HABITANTES DEL
BARRIO SAN PEDROVÍAS
Ordenar la revisión del contrato de esta obra por parte de las
entidades encargadas y que se determinen responsabilidades y
restablezcan a su normalidad los derechos vulnerados
Activo Baja
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA -
SECCIÓN PRIMERA -
SUBSECCIÓN B
Etapa - Notificaciones
3395Tercero
involucrado$0,00
1100133350102
0150076100Acción Popular
ALCALDÍA MAYOR DE
BOGOTÁ, D.C.
MARIA XIMENA
VALDES LUNAVÍAS
Que se ordene a la accionada tomar las medidas preventivas que
sean necesarias para proteger el derecho fundamental a la vida
de los habitantes, y niños estudiantes del colegio El Manzano,
como consecuencia del permanente y acelerado deterioro que
viene sufriendo el puente vehicular y peatonal que pasa por la
quebrada Carrizal, en la vía la calera - choachi
Activo Baja
JUZGADO 10
ADMINISTRATIVO DEL
CIRCUITO DE BOGOTÁ
SECCIÓN SEGUNDA
Etapa - Contestación
Demanda
3399 Iniciado $0,00 2016 Penal EN AVERIGUACIÓN
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
PENAL - FALSEDAD
DOCUMENTOFalsedad en documento publico Activo Media
Fiscalia General De La
Nación
Etapa - Indagación
Preliminar
3400 Iniciado $0,00 2016-10502 Penal EN AVERIGUACIÓN
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
PENAL
CONTAMINACIÓNProtección a los Recursos Naturales y el Medio Ambiente Activo Media
Fiscalia General De La
Nación
Etapa - Indagación
Preliminar
3401 Iniciado $0,00 2016 PenalGONZALO SANTIAGO
GUERRERO
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
PENAL
CONTAMINACIÓNProtección a los Recursos Naturales y el Medio Ambiente Activo Baja
Fiscalia General De La
Nación
Etapa - Indagación
Preliminar
3402 En Contra $0,002589931030022
0160010300Acción Popular
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, CONSTRUCTORA
BELLAREA LTDA.
ANDRES HUMBERTO
VELASQUEZ ALVAREZ
PERMISOS Y
LICENCIAS
ordenar a la sociedad Constructora Bellarea Ltda, cumplir con la
obligación de hacer efectivas las garantías otorgadas, accediendo
a la ejecución de las obras requeridas para evitar el daño
ocasionado por la vulnerario de los derechos colectivos que se
protegen por medio de la acción popular
Activo MediaJuzgado 2 Civil Del
Circuito De Zipaquirá
Etapa - Pacto de
Cumplimiento
3403 Iniciado $0,001100160000492
01611047Penal ISCATA S.A.
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
PENAL
CONTAMINACIÓNProtección a los Recursos Naturales y el Medio Ambiente Activo Media
Fiscalia General De La
Nación
Etapa - Indagación
Preliminar
3404 Iniciado $0,001100164000049
201610894Penal
DANIEL ANGEL
GONZALEZ PIÑEROS,
LUIS ALBERTO
GONZALEZ DELGADO
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
PENAL
CONTAMINACIÓNProtección a los Recursos Naturales y el Medio Ambiente Activo Media
Fiscalia General De La
NaciónEtapa - Probatoria
3405 Iniciado $0,00 2016 Penal EN AVERIGUACIÓN
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
PENAL
CONTAMINACIÓNProtección a los Recursos Naturales y el Medio Ambiente Activo Baja
Fiscalia General De La
Nación
Etapa - Indagación
Preliminar
3406 Iniciado $0,001100161020712
0160168200Penal
ARMANDO VANEGAS
GARZON
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
RESIDUOS SOLIDOS Protección a los Recursos Naturales y el Medio Ambiente Activo BajaFiscalia General De La
Nación
Etapa - Indagación
Preliminar
No.
ORIONCategoria Cuantía Radicado judicial Clase proceso Demandado Demandante Tema Pretensión
Situación -
estado
actual
Probabilidad
de pérdidaDespacho Judicial Etapa Actuación
3407 En Contra $2.000.000.000,002500023410002
0150100800
Acción de Nulidad y
Restablecimiento del
derecho
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
INVERSIONES LANDU
S.A., CAMILO
PIEDRAHITA URIBE,
SANDRA MARTINEZ
URIBE, JAIME URIBE Y
HERMANAS LTDA,
ENRIQUE ECHEVERRI
URIBE, EMMA PILAR
IGNACIA LAZARA
ECHEVERRI URIBE,
PEDRO ECHEVERRI
URIBE
RESERVA FORESTAL
Se revoque o derogue el Acuerdo 21 del 23/09/2014 en los
articulos 3, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14 y 15
Que se pague a los demandantes por perjuicios material en la
modalidad de año emergente
Activo Media
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA -
SECCIÓN PRIMERA -
SUBSECCIÓN A
Etapa - Excepciones
3411 Iniciado $0,002526960003892
01600379Penal
JAIME MANUEL
ROMERO CUBILLOS
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
MINERÍA Protección a los Recursos Naturales y el Medio Ambiente Activo MediaFiscalia General De La
NaciónEtapa - Probatoria
3412 Iniciado $0,002528660003762
01600446Penal
COMPAÑIA MINERA
DON TOMAS LTDA
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
MINERÍA Protección a los Recursos Naturales y el Medio Ambiente Activo MediaFiscalia General De La
NaciónEtapa - Probatoria
3413 Iniciado $0,002526960003892
01600380Penal EN AVERIGUACIÓN
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
MINERÍA Protección a los Recursos Naturales y el Medio Ambiente Activo MediaFiscalia General De La
NaciónEtapa - Probatoria
3414 Iniciado $0,002528660003772
01600447Penal
LUIS MIGUEL BELTRAN
PEREZ
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
MINERÍA Protección a los Recursos Naturales y el Medio Ambiente Activo MediaFiscalia General De La
Nación
Etapa - Indagación
Preliminar
3415 Iniciado $0,002526960003892
01600378Penal
JOSE MIGUEL RUIZ
GARCIA
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
MINERÍA Protección a los Recursos Naturales y el Medio Ambiente Activo MediaFiscalia General De La
NaciónEtapa - Probatoria
3416 Iniciado $0,002528660990742
01600404Penal
SOCIEDAD
CONIGRAVAS S.A.
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
MINERÍA Protección a los Recursos Naturales y el Medio Ambiente Activo MediaFiscalia General De La
NaciónEtapa - Probatoria
3417 Iniciado $0,002528660003772
01600444Penal
VICENTE MARTINEZ
GONZALEZ
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
MINERÍA Protección a los Recursos Naturales y el Medio Ambiente Activo BajaFiscalia General De La
Nación
Etapa - Indagación
Preliminar
3418 Iniciado $0,002526960003892
01600377Penal
CARLOS CHAVEZ
CAMACHO
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
MINERÍA Protección a los Recursos Naturales y el Medio Ambiente Activo MediaFiscalia General De La
NaciónEtapa - Probatoria
3419 Iniciado $0,00 PenalERNESTO ACOSTA
SALINAS
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
TALA
INDISCRIMINADAProtección a los Recursos Naturales y el Medio Ambiente Activo Media
Fiscalia 2 Seccional de la
Mesa
Etapa - Indagación
Preliminar
3420 Iniciado $0,00 Penal
VICTOR HUGO
FAJARDO CASTILLO,
ABRAHAM VILLEGAS
HERNANDEZ
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
PENAL VARIOS Protección a los Recursos Naturales y el Medio Ambiente Activo MediaFiscalia 2 Seccional de la
Mesa
Etapa - Indagación
Preliminar
3421 Iniciado $0,00 PenalRAUL ENRIQUE
VILLAMIL
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
PENAL VARIOS Protección a los Recursos Naturales y el Medio Ambiente Activo MediaFiscalia 2 Seccional de la
Mesa
Etapa - Indagación
Preliminar
No.
ORIONCategoria Cuantía Radicado judicial Clase proceso Demandado Demandante Tema Pretensión
Situación -
estado
actual
Probabilidad
de pérdidaDespacho Judicial Etapa Actuación
3422 Iniciado $0,00 PenalRICARDO RODRIGUEZ
DONADO
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
VERTIMIENTOS Protección a los Recursos Naturales y el Medio Ambiente Activo MediaFiscalia 2 Seccional de la
Mesa
Etapa - Indagación
Preliminar
3423 Iniciado $0,00 Penal CAMILO RUIZ ESPEJO
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
MINERÍA Protección a los Recursos Naturales y el Medio Ambiente Activo MediaFiscalia 2 Seccional de la
Mesa
Etapa - Indagación
Preliminar
3424 Iniciado $0,00 PenalJOSE ANTONIO ALIRIO
REY ANGEL
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
TALA
INDISCRIMINADAProtección a los Recursos Naturales y el Medio Ambiente Activo Media
Fiscalia 2 Seccional de la
Mesa
Etapa - Indagación
Preliminar
3425 En Contra $0,002526933400022
0160015700Acción Popular
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, ALCALDIA
MUNICIPAL DE CAJICA,
GESTION ORGANICA
GEO SAS. ESP.
DORIS MARGARITA
BELTRANRESIDUOS SOLIDOS
Que se declare que el relleno sanitario que opera en la finca Las
Mercedes, no puede funcionar en ese predio, por atentar
indebidamente el medio ambiente y no ser esta una dedicación
que de corresponda con el sector
Activo Media
Juzgado 2 administrativo
Oral del Circuito de
Zipaquira
Etapa - Pacto de
Cumplimiento
3428 Iniciado $0,001100161020712
0160177300Penal
DANIEL GONZALO
HERRERA
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
TALA
INDISCRIMINADAProtección a los Recursos Naturales y el Medio Ambiente Activo Media
Fiscalia General De La
Nación
Etapa - Indagación
Preliminar
3429 Iniciado $0,001100161020712
0160177000Penal
DANIEL GONZALO
HERRERA
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
ÁREAS PROTEGIDAS Protección a los Recursos Naturales y el Medio Ambiente Activo BajaFiscalia General De La
Nación
Etapa - Indagación
Preliminar
3430 Iniciado $0,001100161020712
0160177200Penal
DANIEL GONZALO
HERRERA
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
ÁREAS PROTEGIDAS Protección a los Recursos Naturales y el Medio Ambiente Activo BajaFiscalia General De La
Nación
Etapa - Indagación
Preliminar
3431 Iniciado $0,001100131030082
0160017400Expropiación
SALOMON FINVARB
MISHAAN
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
PREDIOS
Se decrete a favor de la CAR, por causa de utilidad publica y de
interés social, la expropiación parcial de los derechos de
propiedad del predio denominado "LA UNION" matricula 50S-
132915. Predio Denominado CAR B-46
Activo BajaJUZGADO 8 CIVIL DEL
CIRCUITO DE BOGOTÁEtapa - Avaluo
3435 Iniciado $0,00 19891 Penal JHON FREDY GARCIA
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
RECURSOS
NATURALES, FAUNA
FLORA
Protección a los Recursos Naturales y el Medio Ambiente Activo MediaFiscalia General De La
Nación
Etapa - Indagación
Preliminar
3436 Iniciado $0,00 19890 PenalERALDO LEONEL REY
ALEJO
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
ACTIVIDAD
PORCÍCOLAProtección a los Recursos Naturales y el Medio Ambiente Activo Media
Fiscalia General De La
Nación
Etapa - Indagación
Preliminar
3437 Iniciado $0,00 19889 PenalLUIS JAVIER LOPEZ
FRANCO
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
ACTIVIDAD
PORCÍCOLAProtección a los Recursos Naturales y el Medio Ambiente Activo Media
Fiscalia General De La
Nación
Etapa - Indagación
Preliminar
3438 Iniciado $0,00 19888 PenalHENRY AUGUSTO
PULIDO BERNAL
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
RECURSOS
NATURALES, FAUNA
FLORA
Protección a los Recursos Naturales y el Medio Ambiente Activo MediaFiscalia General De La
Nación
Etapa - Indagación
Preliminar
3439 Iniciado $0,001500160001332
01601573Penal
EN AVERIGUACIÓN,
HIDRORAQUIRA E.S.P.
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
CONTAMINACIÓN AIRE-
SUELOProtección a los Recursos Naturales y el Medio Ambiente Activo Media
Fiscalia General De La
Nación
Etapa - Indagación
Preliminar
No.
ORIONCategoria Cuantía Radicado judicial Clase proceso Demandado Demandante Tema Pretensión
Situación -
estado
actual
Probabilidad
de pérdidaDespacho Judicial Etapa Actuación
3442 Iniciado $0,001100160000492
01613716Penal EN AVERIGUACIÓN
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
PENAL - FALSEDAD
DOCUMENTOFalsedad ideológica en documento publico Activo Media
Fiscalia General De La
Nación
Etapa - Indagación
Preliminar
3443 Iniciado $0,001100160000502
01614485Penal
CARLOS ADOLFO
BELTRAN, CARLOS
IVAN MUÑOZ ROJAS
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
RESIDUOS SOLIDOS Protección a los Recursos Naturales y el Medio Ambiente Activo MediaFiscalia General De La
Nación
Etapa - Indagación
Preliminar
3444 En Contra $177.664.407,002529031030022
0150044201Ordinario Laboral
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, MINISTERIO DE
DEFENSA NACIONAL,
DEFENSA CIVIL
COLOMBIANA
MIGUEL ALBERTO DIAZ
BEJARANOCARÁCTER LABORAL
Se condene a la CAR y a los otros demandados a pagar al
demandanteActivo Baja
TRIBUNAL SUPERIOR
DEL DISTRITO JUDICIAL
DE CUNDINAMARCA -
SALA CIVIL
Etapa - Fallo de
Segunda Instancia
3445 Iniciado $0,002528660003772
01600351Penal
GILBERTO LOPEZ
SANTAMATIA E HIJOS -
GLOSHI SCS.
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
RESIDUOS SOLIDOS Protección a los Recursos Naturales y el Medio Ambiente Activo MediaFiscalia General De La
Nación
Etapa - Indagación
Preliminar
3446 Iniciado $0,002539460003992
01600043Penal EN AVERIGUACIÓN
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
MINERÍA Protección a los Recursos Naturales y el Medio Ambiente Activo MediaFiscalia General De La
Nación
Etapa - Indagación
Preliminar
3450 En Contra $104.351.435,002589933330022
0160017702
Acción de Nulidad y
Restablecimiento del
derecho
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
TERESA RICO DE
MORELLI
MEDIDAS
PREVENTIVAS
Que se declare la nulidad de la Resolución 3275 de 2014 Por la
cual se decide un tramite Sancionatorio proferida por la CAR
Que se Declare la nulidad de la Resolución 40 de 2016 proferida
por la CAR
Que la CAR Reconozca y pague a la accionante por concepto de
perjuicios morales que ha sufrido y que esta sufriendo
Perjuicios Morales por la confirmación de la imposición de una
sanción pecunaria en contra de la accionante
Activo Media
Juzgado 2 administrativo
Oral del Circuito de
Zipaquira
Etapa - Apelación Auto
3453 Iniciado $0,001100160000492
0161273900Penal
EN AVERIGUACIÓN,
MARCELA PERDOMO
HERRERA
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
PENAL - FALSEDAD
DOCUMENTOFalsedad en documento publico Activo Media
Fiscalia General De La
Nación
Etapa - Indagación
Preliminar
3454 En Contra $0,002549140890012
0160005000Acción de Tutela
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, SECRETARIA DE
PLANEACION Y
DESARROLLO
MUNICIPAL DE
NOCAIMA
JORGE ENRIQUE
FIGUEROA BARRERAPREDIOS
Se ordene realizar la respectiva visita de inspección y evaluación
Técnica, por parte de la Secretaria de Planeacion a la vivienda
Calle 2 No 11-21 Barrio san joaquin - Nocaima, cuya construcción
esta regida por la Licencia de construcción Resolución 024 de
2010
Activo BajaJuzgados Promiscuo
Municipal de Nocaima
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
3455Tercero
involucrado$0,00
2500023410002
0180047100
Acción de Nulidad y
Restablecimiento del
derecho
MINISTERIO DE
AMBIENTE Y
DESARROLLO
SOSTENIBLE - MADS
ALTOS DE TEUSACA
S.A., FORESTAL
ANDINA S.A., SINKA
S.A., AGRUPACIÓN
BOSQUE RESIDENCIAL
ALTOS DE TEUSACA -
PROPIEDAD
HORIZONTAL, KATYA
RASCOVSKY RAMIREZ,
SIMON JAIME
RASCOVSKY RAMIREZ,
NATASHA RASCOVSKY
RAMIREZ
RESERVA FORESTAL
Que se declare la nulidad parcial del articulo primero
concretamente en la definición del sector numero 15 de la
resolución 138 de 2014, por cuanto dicho apartado desconoció
las normas nacionales en los cuales debió fundarse
a titulo de Restablecimiento del derecho, se ordene al
demandado, que con acto administrativo posterior reconozca los
derechos adquiridos y las situaciones jurídicas consolidadas en
favor de los demandantes
Activo Baja
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA
Etapa - Contestación
Demanda
No.
ORIONCategoria Cuantía Radicado judicial Clase proceso Demandado Demandante Tema Pretensión
Situación -
estado
actual
Probabilidad
de pérdidaDespacho Judicial Etapa Actuación
3456 En Contra $0,002500023410002
0160103000Acción Popular
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, MINISTERIO DE
MINAS Y ENERGIA,
AUTORIDAD NACIONAL
DE LICENCIAS
AMBIENTALES - ANLA
LINA PAOLA ROBLES
TRIANA
PERMISOS Y
LICENCIAS
Que la parte demandada realice un estudio de alternativas en el
cual contemplen una opción distinta para ubicar la subestacion
de Energia
Que las demandadas dentro del proyecto Norte UPME-03-2010
subestaciones Chivos II - Norte 230 KV y lineas de transmisión
asociadas contemplen la posibilidad de ejecutar dicho proyecto
por otro tramo diferente que genere menor afectación y que USO
DE SUELO sea acorde a la actividad
Activo Baja
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA -
SECCIÓN PRIMERA -
SUBSECCIÓN B
Etapa - Probatoria
3458 En Contra $114.326.269,002500023370002
0150168700
Acción de Nulidad y
Restablecimiento del
derecho
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
EMPRESA DE
SERVICIOS PUBLICOS
DE CHIA - EMSERCHIA
ESP
TASAS RETRIBUTIVAS
Que se declare la nulidad de la Resolución 2406 del 24 de
octubre de 2014
Se ordene a la CAR, perseguir el pago por estos conceptos, por
los medios legales que existen, incluso la liquidación, a la
deudora HYDROS CHIA S en CA, por los periodos en los que
presto el servicio dicha empresa y evite el cobro a la empresa
Emserchia ESP. por conceptos posteriores al 22 de abril de 2013
Activo Media
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA -
SECCIÓN CUARTA -
SUBSECCIÓN A
Etapa - Alegatos de
Primera Instancia
3459 En Contra $1.591.949.286,002500023360002
0150178800
Acción de Reparación
Directa
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, MINISTERIO DE
MINAS Y ENERGIA
SOCIEDAD DE
ARENEROS MONTOYA
LTDA
CONCESIONES DE
AGUAS
Que se declare patrimonialmente responsable a los demandados
por los daños causados a la demandante
Condenar a los demandados al pago de una indemnizacion, por
concepto de daño patrimonial en su modalidad de daño
emergente y lucro cesante que le fueren causado
Activo Media
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA -
SECCIÓN TERCERA -
SUBSECCIÓN A
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
3461 Iniciado $0,001100161020712
0160193900Penal
JESUS EDUARDO
PARRA ROZO
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
RESIDUOS
PELIGROSOSProtección a losRrecursos Naturales y Medio Ambiente Activo Baja
Fiscalia General De La
Nación
Etapa - Indagación
Preliminar
3462 Iniciado $0,001100161020712
0160194000Penal
CARLOS JULIO
PARRAGA VASQUEZ
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
VERTIMIENTOS Protección a los Recursos Narturales y el Medio Ambiente Activo MediaFiscalia General De La
Nación
Etapa - Indagación
Preliminar
3463 Iniciado $0,001100161020712
0160194100Penal
ALBERTO JOSE
MERLANO ALCOCER
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
RESIDUOS SOLIDOS Protección a losRrecursos Naturales y Medio Ambiente Activo BajaFiscalia General De La
Nación
Etapa - Indagación
Preliminar
3464 Iniciado $0,002589960004192
0160032100Penal EN AVERIGUACIÓN
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
PENAL - FALSEDAD
DOCUMENTOFalsedad Ideologia en documento Publico Activo Media
Fiscalia General De La
Nación
Etapa - Indagación
Preliminar
3469Tercero
involucrado$0,00
2530760004002
0140036600Penal
URIEL GUTIERREZ
ENCISODE OFICIO
PENAL
CONTAMINACIÓNProtección a los Recursos Narturales y el Medio Ambiente Activo Media
Fiscalia 3 Seccional de
GirardotEtapa - Investigación
3470 Iniciado $0,002530761080112
01480854Penal
DILDAR CARVAJAL
BERMUDEZ
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
PENAL
CONTAMINACIÓNProtección a los Recursos Narturales y el Medio Ambiente Activo Media
Fiscalia General De La
NaciónEtapa - Investigación
3471 En Contra $0,001100133350072
0150046901Acción Popular
MUNICIPIO DE SAN
ANTONIO DEL
TEQUENDAMA,
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
CLIMACO PINILLA
POVEDA
CONTAMINACIÓN AIRE-
SUELO
Ordenar el cierre definitivo de la explotación porcina, por cuanto
se encuentra generando graves y negativas afectaciones a los
derechos e intereses colectivos
Activo Baja
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA -
SECCIÓN PRIMERA -
SUBSECCIÓN A
Etapa - Probatoria
3476 Iniciado $0,00
1100160000492
016138440
Penal EN AVERIGUACIÓN
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
PENAL VARIOS Destrucción, supresión u ocultamiento de documento Publico Activo Baja
Fiscalia 119 Unidad de
Delitos Contra la Fe
Pública y el Patrimonio
Economico
Etapa - Indagación
Preliminar
No.
ORIONCategoria Cuantía Radicado judicial Clase proceso Demandado Demandante Tema Pretensión
Situación -
estado
actual
Probabilidad
de pérdidaDespacho Judicial Etapa Actuación
3477 En Contra $0,002526933400022
0160036300Acción Popular
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
GLORIA INES LARROTA
CRUZ
CONTAMINACIÓN AIRE-
SUELO
Ordenar a la CAR el cierre definitivo de la porcicola ubicada en el
predio el Reposo, localizado en la vereda san antonio del
municipio de Bojaca causante del daño ambiental que perjudica a
los habitantes de la vereda y usuarios del acueducto
Activo Alta
Juzgado 2 Administrativo
Oral del Circuito de
Facatativa
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
3481 Iniciado $0,001100160993420
1600059Penal
CARLOS ALFREDO
ROCHA CORREA
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
RECURSOS
NATURALES, FAUNA
FLORA
Ilicito aprovechamiento de los recursos narutales Activo MediaFiscalia General De La
Nación
Etapa - Indagación
Preliminar
3485 En Contra $0,001100133430612
0160042100Acción Popular
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, MANUFACTURAS
SILICEAS SAS.
DAVID GARZON
GOMEZ
CONTAMINACIÓN AIRE-
SUELO
Se ordene a la sociedad Manufacturas siliceas la inmediata
cesación de todas las actividades de fabricación de sustancias y
productos quimicos
Se ordene a la CAR realizar todas las gestiones o actuaciones
administrativas tendientes a la imposición de medidas
preventivas e investigaciones sancionatorias a la sociedad
manufacturas siliceas necesarias para detener la vulneración de
todos los derechos e intereses colectivos incoados en la presente
acción popular
Activo Alta
JUZGADO 61
ADMINISTRATIVO DEL
CIRCUITO DE BOGOTÁ
Etapa - Contestación
Demanda
3486 En Contra $20.683.620,001100133350202
0150094900
Acción de Nulidad y
Restablecimiento del
derecho
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
HUGO ALFONSO
BELTRAN LEON
RELIQUIDACION
PENSIONAL
Que se declare que en la determinación del monto de la mesada
pensional que la CAR otorgo al actor, omitió tener en cuenta
devengos, ingresos, prebendas y acreencias efectivamente
causadas por el actor
Activo Baja
JUZGADO 20
ADMINISTRATIVO DEL
CIRCUITO DE BOGOTÁ
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
3487Tercero
involucrado$0,00
1100160990342
0130010300Penal
CARMEN OLINDA
MIRANDA DE
GONZALEZ
DE OFICIO
RECURSOS
NATURALES, FAUNA
FLORA
Protección a los Recursos Naturales y el Medio Ambiente Activo Media
JUZGADO 18 PENAL
MUNICIPAL CON
FUNCION DE CONTROL
DE GARANTIAS DE
BOGOTA
Etapa - Reparación
Integral
3488 En Contra $0,002500023410002
0160002800Acción Popular
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, AGENCIA
NACIONAL DE
MINERIA - ANM
SECRETARIA
DISTRITAL DE
AMBIENTE, WILDER
ANDREY TELLEZ
GONZALEZ, LEIDY
CONSTANZA MORENO
FONSECA
PERMISOS Y
LICENCIAS
Se ordene a la CAR revocar la licencia ambiental ordinaria
concedida a través de la resolución 0434 de 1996 en la
alinderación descrita en el contrato de concesión minera No
15558
Activo Media
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA -
SECCIÓN PRIMERA -
SUBSECCIÓN B
Etapa - Contestación
Demanda
3489Tercero
involucrado$0,00
1100160000002
0130152800Penal
ELKIN EDUARDO
SOTELO MAYORGA,
PATRICIO RAMIREZ
RODRIGUEZ
DE OFICIO MINERÍA Protección a los Recursos Naturales y el Medio Ambiente Activo Media
JUZGADO 1 PENAL DEL
CIRCUITO CON
FUNCIÓN DE
CONOCIMIENTO DE
SOACHA
Etapa - Indagación
Preliminar
3490 Iniciado $0,001100160000492
0161274100Penal
EN AVERIGUACIÓN,
FRANCISCO JAVIER
RODRIGUEZ LUQUE
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
PENAL - FALSEDAD
DOCUMENTOFalsedad en Documento Publico Activo Media
Fiscalia 167 Unidad de
Delitos Contra la Fe
Pública y el Patrimonio
Economico
Etapa - Indagación
Preliminar
3495 Iniciado $0,001100160000492
0160128700Penal
VICTOR JULIO
SABOGAL MORA
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
PENAL VARIOS Protección a los Recursos Naturales y el Medio Ambiente Activo MediaFiscalia General De La
Nación
Etapa - Indagación
Preliminar
3498 En Contra $0,002526933400022
0160042100Acción Popular
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, MUNICIPIO DE
VILLETA
ASOCIACION DE
SUSCRIPTORES DEL
SERVICIO DE
ACUEDUCTO LA
MASATA
MEDIDAS
PREVENTIVAS
Que los accionados de manera inmediata tomen los correctivos
de sellamiento o,los que en derecho corresponda contra los
lavaderos privados ubicados en la vereda chorrillo
Activo Media
Juzgado 2 Administrativo
Oral del Circuito de
Facatativa
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
No.
ORIONCategoria Cuantía Radicado judicial Clase proceso Demandado Demandante Tema Pretensión
Situación -
estado
actual
Probabilidad
de pérdidaDespacho Judicial Etapa Actuación
3499 En Contra $0,001100133430582
0160012700Acción Popular
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, ALCALDIA
MUNICIPAL DE
SOACHA, EMPRESA DE
ACUEDUCTO,
ALCANTARILLADO Y
ASEO DE BOGOTA -
EAB, CURADURIA
URBANA No. 2
MARIA AUDELINA
RODRIGUEZ POVEDA,
EFRAIN SALAMANCA
MORA, ERNESTO
MURILLO, MARIA DEL
CARMEN PARRAGA
POTABILIDAD DEL
AGUA -
ALCANTARILLADO
Se ordene a las entidades demandadas adelantar todas la
diligencias necesarias para que en un termino perentorio se
garantice a la comunidad el restablecimiento de los derechos
vulnerados
Que se ordene a la accionada y las demás entidades que llegaren
a ser involucradas, a la mayor brevedad posible que garanticen la
correcta y debida prestación de los servicios publicos
Activo Media
JUZGADO 58
ADMINISTRATIVO DEL
CIRCUITO DE BOGOTÁ
Etapa - Alegatos de
Primera Instancia
3500 En Contra $20.000.000,001100131050392
0160020300Ordinario Laboral
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR,
ADMINISTRADORA
COLOMBIANA DE
PENSIONES -
COLPENSIONES
NIEVES ARIZA
QUITIAN, MARIA
ANTONIA HERNANDEZ
RELIQUIDACION
PENSIONAL
Se ordene a colpensiones incluir a las accionantes en la nomina
de pensionados y ordenar le pago de las mesadas causadas
desde el fallecimiento del señor Carlos Suancha (Q.E.P.D.), hasta
la fecha
Se ordene a la CAR incluir a las accionantes en la nomina de
pensionados y ordenar le pago de las mesadas causadas desde el
fallecimiento del señor Carlos Suancha (Q.E.P.D.), hasta la fecha
Activo Media
JUZGADO 39 LABORAL
DEL CIRCUITO DE
BOGOTA
Etapa - Probatoria
3501 Iniciado $0,00 27308 Penal EN AVERIGUACIÓN
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
PENAL - FALSEDAD
DOCUMENTOFalsedad en Documento Publico Activo Media
Fiscalia General De La
Nación
Etapa - Indagación
Preliminar
3502 Iniciado $0,00 27309 Penal EN AVERIGUACIÓN
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
PENAL VARIOS Protección a los Recursos naturales y el Medio Ambiente Activo BajaFiscalia General De La
NaciónEtapa - Probatoria
3504 En Contra $0,002526933330012
0160012100Acción Popular
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, EMPRESA DE
ACUEDUCTO,
ALCANTARILLADO Y
ASEO DE BOGOTA -
EAB
MARIA ISABEL LEON
RAMOS
CONTAMINACIÓN AIRE-
SUELO
ordenar a los demandados ejecutar las acciones tendientes a
evitar el daño contingente y hacer cesar el peligro, la amenaza,
la vulneración o agravio sobre los derechos e intereses colectivos
Activo MediaJuzgado 1 Administrativo
del Circuito de Facatativa
Etapa - Pacto de
Cumplimiento
3506 En Contra $30.000.000,001100131050172
0160021201Ordinario Laboral
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR,
ADMINISTRADORA
COLOMBIANA DE
PENSIONES -
COLPENSIONES
MARIA ELVIA
BUITRAGO ORTIZ
RELIQUIDACION
PENSIONAL
Se declare que la accionada omitió incluir en la liquidación del
monto de la mesada pensional que en su momento fuere
otorgada al señor Antonio Maria Ortiz Ortiz (QEPD) ahora
sustituida a su consorte devengos y areencias causads por el
entonces trabajador y efectivamente reconocidas por la entidad
Activo Media
TRIBUNAL SUPERIOR DE
BOGOTA - SALA
LABORAL
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
3507 En Contra $0,001100133420502
0160013901Ejecutivo
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
PEDRO AUGUSTO
MORALES GRANADOSCARÁCTER LABORAL
Que se libre mandamiento ejecutivo de pago, para el
cumplimiento del numeral 4 de la sentencia y al efecto la CAR
reconocerá y pagara a Pedro Augusto Morales Granados los
sueldo y prestaciones dejados de devengar desde cuando fue
Retirado del servicio
Activo Media
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA
Etapa - Alegatos de
Primera Instancia
3509 En Contra $0,002530740030022
0160039100Acción de Tutela
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
ORLANDO SILVA
SANABRIARUIDOS
Ordenar a la CAR que se levante los hechos impuestos al equipo
de sonido desde hace mas de dos añosActivo Alta
Juzgado 2 Civil Municipal
De Girardot
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
3514 En Contra $0,00 2016-00393 Acción de Tutela
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
JOSE EVER TRIANA
PEÑA
DERECHOS DE
PETICIÓN
Ordenar a la CAR dar respuesta al derecho de petición
presentado el dia 19 de agosto de 2016 con radicado
20161127608 allegado de manera fisica
Activo BajaJuzgado 7 penal
Municipal de Villavicencio
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
No.
ORIONCategoria Cuantía Radicado judicial Clase proceso Demandado Demandante Tema Pretensión
Situación -
estado
actual
Probabilidad
de pérdidaDespacho Judicial Etapa Actuación
3515 En Contra $146.913.835.219,002500023360002
0160098600
Acción de Reparación
Directa
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, INSTITUTO
NACIONAL DE
RECURSOS NATURALES
RENOVABLES Y DEL
AMBIENTE - INDERENA
Y OTROS
MARIA MARLENE
RAMIREZ ESCOBAR,
JOSE ALFREDO
JARAMILLO MATIZ,
INGRID VALENCIA
LLINAS, EIMY RINCON
GOMEZ, ALBA TULIA
PEÑARETE MURCIA,
HERNAN CANO
SALAZAR, CARLOS
ALBERTO MANTILLA
GUTIERREZ
RESERVA FORESTAL
Se declare que los demandados son administrativamente
responsables de los perjuicios materiales y morales causados a
los accionantes, por el daño causado consecuencia de las
limitaciones ambientales, declaraciones, recategorización,
realinderamiento y reafectaciones, de reserva forestal Cuenca
Alta Del Rio Bogota
Se condene a los demandados a pagar a los accionantes, en
proporción directa a sus bienes y derechos, como reparación del
daño especial y antijuridico, los perjuicios de orden material y
moral
Activo Media
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA -
SECCIÓN TERCERA -
SUBSECCIÓN B
Etapa - Apelación Auto
3516 En Contra $484.429.250,001100133360352
0150081000
Acción de Reparación
Directa
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, FIRMA F.C.C.
CONSTRUCCIONES
S.A. - SUCURSAL
COLOMBIA, TOPO
DRAW S.A.S.,
CONSORCIO
ALICACHIN
AURORA CANTOR
MEDINA, GINNA
MARCELA GRANADO
CANTOR, SARA SOFIA
SOPHIA REYES
GRANADA
CONTRACTUAL
Declarar solidaria de responsabilidad administrativa de las
convocadas por el daño ocasionado a las convocantes, como
consecuencia de la muerte del señor Oscar Granada Mora,
ejerciendo sus funciones como topografo para TOPO-DRAW
S.A.S., quien sufrió un accidente en una balsa que se volteo
Por Lucro Cesante consolidado
Activo Media
JUZGADO 35
ADMINISTRATIVO DEL
CIRCUITO DE BOGOTÁ
SECCIÓN TERCERA
Etapa - Audiencia
Inicial
3517 En Contra $500.000.000,002500023360002
0160050400
Acción de Reparación
Directa
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, MUNICIPIO DE
VILLETA, CONCESIÓN
SABANA DE
OCCIDENTE S.A.,
INSTITUTO NACIONAL
DE VIAS - INVIAS,
MINISTERIO DE
TRANSPORTE
GERMAN RAMIREZ
ANZOLADESLIZAMIENTOS
Que los demandados son administrativamente responsables de
los perjuicios materiales causados al bien inmueble, daños
originados por el hecho de no haber realizado los trabajos de
encauzamiento del rio villeta con espolones
Que ante la conducta omisiva por parte de los accionados, deben
ser conminadas a pagar a favor del accionante, los perjuicios del
orden material y moral
Activo Media
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA -
SECCIÓN TERCERA -
SUBSECCIÓN A
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
3518 En Contra $0,002587531040012
0160002100Acción de Tutela
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, ALCALDIA
MUNICIPAL DE
NOCAIMA
RAFAEL ANTONIO
LAVERDE RAMIREZDEBIDO PROCESO
Revocar las Resoluciones No 200-33-224-2016 y 210-28-01-03-
2016 de la alcaldía de Nocaima y la inspección de policia de
Nocaima respectivamente
Activo BajaJuzgado Penal del
Circuito de Villeta
Etapa - Fallo de
Segunda Instancia
3520 Iniciado $0,001100160000502
01621616Penal EN AVERIGUACIÓN
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
PENAL - FALSEDAD
DOCUMENTOFalsedad Ideologia en documento Publico Activo Baja
Fiscalia General De La
Nación
Etapa - Indagación
Preliminar
3523 Iniciado $0,002518360003752
1600205Penal EN AVERIGUACIÓN
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
VERTIMIENTOS Protección a los Recursos Naturales y el Medio Ambiente Activo MediaFiscalia General De La
Nación
Etapa - Indagación
Preliminar
3524 En Contra $107.538.882,001100133360372
0150089100
Acción de Reparación
Directa
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
GERMAN ENRIQUE
CORREA SENIOR,
EDUARDO CORREA
SENIOR, CORREA
SENIOR S.A.S.,
ALARCON CORREA Y
CIAS. S. EN C.S. -
ALCOR, CLAD CORREA
Y CIA S.A.S.
PREDIOS
Se realice el reajuste del monto pagado por la conpraventa del
predio, de conformidad con el avaluo comercial actualizado sobre
el predio
Activo Baja
JUZGADO 37
ADMINISTRATIVO DEL
CIRCUITO DE BOGOTÁ
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
No.
ORIONCategoria Cuantía Radicado judicial Clase proceso Demandado Demandante Tema Pretensión
Situación -
estado
actual
Probabilidad
de pérdidaDespacho Judicial Etapa Actuación
3525 En Contra $429.631.459,002526933400022
0160027700Ejecutivo
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
ALEJANDRO JIMENEZ
GOMEZCARÁCTER LABORAL
librar mandamiento de pago en contra de la CAR y en
consecuencia ordenarle que pague en el termino de 5 dias las
sumas por concepto de salarios y prestaciones causados entre el
01/09/2005 y 28/5/2014
Se condene a la demandada a pagar las sumas por intereses
moratorios causados sobre las sumas debidas desde la fecha en
la que la sentencia cobro su ejecutoria 28/05/2014
Activo Alta
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA -
SECCIÓN SEGUNDA -
SUBSECCIÓN A
Etapa - Apelación
Sentencia
3528 En Contra $1.342.148.100,001100133360372
0160017400
Acción de Reparación
Directa
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, MINISTERIO DE
AMBIENTE Y
DESARROLLO
SOSTENIBLE - MADS
INVERSIONES CASA
BRAVA S.A.S.
MEDIDAS
PREVENTIVAS
Los demandados son responsables por los perjuicios materiales
y morales ocasionados al accionante, perjuicios que se causaron
al ordenar la suspensión de actividades en el lugar donde
funciona el establecimiento
Condenar a los demandados a pagar al accionante por daño
emergente
Activo Media
JUZGADO 37
ADMINISTRATIVO DEL
CIRCUITO DE BOGOTÁ
SECCION TERCERA
Etapa - Audiencia
Inicial
3536 En Contra $0,002500023410002
0160182200Acción Popular
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, MAVDT -
MINISTERIO DE
AMBIENTE, VIVIENDA
Y DESARROLLO
TERRITORIAL,
AUTORIDAD NACIONAL
DE LICENCIAS
AMBIENTALES - ANLA,
MUNICIPIO DE
BOJACÁ, SABRISKY
POINT S.A. E.S.P.
PROCURADURIA 25
JUDICIAL II
AMBIENTAL Y AGRARIA
RESIDUOS SOLIDOS
Que la ANLA adelante las actividades necesarias y pertinentes
para dejar de vulnerar los derechos
Que el MAVDT sea condenado por conductas dilatorias u
omisivas frente al cierre definitivo del botadero a cielo abierto
Mondoñedo, por ser la entidad competente en su momento en
virtud de la faculta selectiva y discrecional para el seguimiento y
control ambiental de cierre, clausura y restauración del botadero
antiguo mondoñedo
Que la CAR sea condenada por haber adelantado conductas
dilatorias en cuanto al cierre definitivo del botadero a cielo
abierto Mondoñedo, las cuales son violatorias de los derechos
colectivos conculcados, habiendo tenido el ministerio que ejercer
su facultad de avocar el tema por la mora en el tramite
Activo Media
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA -
SECCIÓN PRIMERA -
SUBSECCIÓN A
Etapa - Contestación
Demanda
3538 En Contra $0,001517631030012
0160016500Acción de Tutela
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, COMITÉ LOCAL
PARA LA PREVENCIÓN
Y ATENCIÓN DE
DESASTRES - CLOPAD
CESAR HERNANDO
VARGAS RUIZ, ANA
JULIA RUIZ DE
VARGAS
DERECHOS DE
PETICIÓN
Que se de respuesta clara y precisa a la petición hecha por mi al
CLOPAD regional buenavista, Boyaca y a la CARActivo Baja
Juzgado 1 Civil del
Circuito de Chiquinquira
Etapa - Fallo de
Segunda Instancia
3539Tercero
involucrado$0,00
2589933340032
0160003800Acción Popular
MUNICIPIO DE
GACHANCIPA
PERSONERIA
MUNICIPAL DE
GACHANCIPA
PERMISOS Y
LICENCIAS
Se ordene al Municipio de Gachancipa la recuperación del Parque
San Antonio del barrio las mercedes del Municipio de Gachancipa,
para que se cumpla con su destinación principal dentro del POT
para ser zona recreativa de forma pasiva y activa
Se ordene al Municipio de Gachancipa desarrollar actividades de
reforestación y conservación de especies nativas, así como
recuperación de nacimiento hídrico que según lo establecido por
acuerdos municipales existía en el mencionado Parque San
Antonio
Activo BajaJuzgado 3 Administrativo
del Circuito de Zipaquira
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
3544 En Contra $0,002530733400022
0160051300Acción Popular
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, ALCALDIA
MUNICIPAL DE
TOCAIMA
ASOCIACION DE
VIVIENDA DE INTERES
SOCIAL SAN MARTIN
INUNDACIONES
Que se ordene al municipio de Tocaima realizar las obras de
infraestructura pertinentes que eviten los desbordamientos del
Canal Valencia a la altura de la Asociación de vivienda de interés
social San Martin, que permitan cesar los daños y prevenir
posibles desastres estructurales por inundaciones
Activo MediaJuzgado 2 Administrativo
de GirardotEtapa - Probatoria
3549 En Contra $271.836.200,001100133430602
0160059900
Acción de Reparación
Directa
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
GLORIA LUCIA
ALVAREZ PINZON
CONCILIACIÓN
ECONÓMICA
Que la CAR es administrativa y patrimonialmente responsable de
todos los daños y perjuicios materiales e inmateriales, sufridos
por la accionante y sus hijos menores de edad
Perjuicios Materiales
Perjuicios Morales
Daño a la salud y condiciones de existencia y vida de relación
Activo Media
JUZGADO 60
ADMINISTRATIVO DEL
CIRCUITO DE BOGOTÁ
Etapa - Apelación
Sentencia
No.
ORIONCategoria Cuantía Radicado judicial Clase proceso Demandado Demandante Tema Pretensión
Situación -
estado
actual
Probabilidad
de pérdidaDespacho Judicial Etapa Actuación
3551 En Contra $134.541.336,002500023370002
0160147900
Acción de Nulidad y
Restablecimiento del
derecho
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
MUNICIPIO DE
GACHANCIPATASAS POR USO
Que se declaren nulos los siguientes actos administrativos, por
falta de legalidad y falta de motivación para la liquidación y el
eventual pago de la tasa retributiva ambiental a cargo de la
demandante (Factura de Venta No TRET 004273)
Se ordene a la CAR a abstenerse de cobrar al Municipio de
Gachancipa, por concepto de tasa retributiva ambiental por
cargas vertidas en 2014 en presentación del servicio publico de
alcantarillado en el área urbana de Gachancipa
Activo Media
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA -
SECCIÓN CUARTA -
SUBSECCIÓN A
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
3558 En Contra $0,001500123330002
0160062400Acción Popular
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, MUNICIPIO DE
CHIQUINQUIRA,
EMPRESA DE
SERVICIOS PÚBLICOS
DE CHIQUINQUIRA -
EMPOCHIQUINQUIRA
JORGE ENRIQUE
LANCHEROS
DELGADILLO, JESUS
ALBERTO GOMEZ
MARTINEZ, MARTIN
RAMIRO CORTES
RODRIGUEZ, URIEL
PARRA CORTES,
MAURICIO CARO
MORENO, YEIN
YAQUELINE FORERO
LAGUNA DE FUQUENE
Se ordene a las administraciones de las entidades publicas y
privadas relacionadas con el manejo hidráulico de la cuenca de la
laguna de fuquene, dispongan de forma inmediata, lo necesario
para propeder por la recuperación y mantenimiento de la laguna
de fuquene y su área de influencia
Activo Media
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
BOYACA
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
3561 En Contra $20.000.000,001100131050022
0150109000Ordinario Laboral
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR,
ADMINISTRADORA
COLOMBIANA DE
PENSIONES -
COLPENSIONES
JOSE MARTINEZ
SUAREZ
RELIQUIDACION
PENSIONAL
Que se declare que en la determinación del monto de la mesada
pensional que la CAR otorgo al actor, omitió tener en cuenta
devengos, ingresos, prebendas y acreencias efectivamente
causadas por el actor
Activo Media
JUZGADO 2 LABORAL
DEL CIRCUITO DE
BOGOTÁ
Etapa - Audiencia de
Tramite
3562 En Contra $0,002500023410002
0160156700Acción Popular
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, ALCALDIA
MUNICIPAL DE
MOSQUERA, ALCALDIA
MUNICIPAL DE FUNZA,
CONSTRUCTORA AKILA
CONJUNTO
RESIDENCIAL
LABRANTI RESERVADO
3
VERTIMIENTOS
Se de irrestricto cumplimiento al fallo y consideraciones de
primera instancia en sentencia del dia 25 de febrero de 2016
proferida por el TAC dentro del expediente 2016-00825
Ordenar si no se acredita que se ha hecho, de manera urgente la
toma de muestas al vallado o caño adyacente por parte de la
universidad o entidad idonea, a fin de determinar el nivel,
procedencia y tipo de contaminación que presenta
Activo Baja
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA -
SECCIÓN PRIMERA -
SUBSECCIÓN B
Etapa - Audiencia de
Conciliación
3564Tercero
involucrado$0,00
1100460000502
0160371200Penal
DIEGO LONDOÑO
ARANGO
JOSE LUIS FONSECA
ZARATE
PENAL
CONTAMINACIÓNProtección a los Recursos Naturales y el Medio Ambiente Activo Media
Fiscalia 2 Seccional de
Facatativa
Etapa - Indagación
Preliminar
3569 Iniciado $0,001100160000502
01629779Penal EN AVERIGUACIÓN
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
PENAL - FALSEDAD
DOCUMENTOFalsedad en Documento Publico Activo Media
Fiscalia General De La
Nación
Etapa - Indagación
Preliminar
3572Tercero
involucrado$0,00
2530761000002
0160000700Penal
JOSE YOVANI GAONA
SANCHEZDE OFICIO PENAL VARIOS Protección a los Recursos Naturales y el Medio Ambiente Activo Media
Juzgado 2 Penal del
Circuito del EspinalEtapa - Juicio Oral
3576 En Contra $20.683.620,001100131050372
0160039900Ordinario Laboral
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
ELSA ELISA AVILA
FORERO
RELIQUIDACION
PENSIONAL
Que se declare que en la determinación del monto de la mesada
pensional que la CAR otorgo al actor, omitió tener en cuenta
devengos, ingresos, prebendas y acreencias efectivamente
causadas por el actor
Activo Alta
JUZGADO 37 LABORAL
DEL CIRCUITO DE
BOGOTA
Etapa - Audiencia
Inicial
3578 En Contra $0,002500023410002
0160148900Acción Popular
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, AUTORIDAD
NACIONAL DE
LICENCIAS
AMBIENTALES - ANLA,
EMPRESA DE ENERGIA
DE BOGOTA S.A. E.S.P -
EEB Y OTROS
JOSE ARTURO TORRES
CONDEDEBIDO PROCESO
Que se declare nulo el auto No 1437 de 2015 en donde la ANLA
elige y aprueba la alternativa No 1 propuesta en el DAA por la
EEB como la de menor afectación desde el punto de vista
ambiental, porque no cumplió con el debido proceso de la
consulta previa
Activo Media
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA -
SECCIÓN PRIMERA -
SUBSECCIÓN A
Etapa - Pacto de
Cumplimiento
No.
ORIONCategoria Cuantía Radicado judicial Clase proceso Demandado Demandante Tema Pretensión
Situación -
estado
actual
Probabilidad
de pérdidaDespacho Judicial Etapa Actuación
3579Tercero
involucrado$0,00
1100160000152
0100044500Penal
VILMA RIAÑO, JUAN
MANUEL DAZA
PUENTES, ROGELIO
DAZA PUENTES
DE OFICIOCONTAMINACIÓN AIRE-
SUELOProtección a los Recursos Naturales y el Medio Ambiente Activo Baja
Fiscalia General De La
NaciónEtapa - Acusación
3580 Iniciado $0,001100160000232
0161629200Penal
JUAN NEPOMUCENO
HERNANDEZ
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
MINERÍA Protección a los Recursos Naturales y el Medio Ambiente Activo MediaFiscalia General De La
Nación
Etapa - Indagación
Preliminar
3581 Iniciado $0,001100160000232
0161629000Penal
HOLMAN BERNARDO
CUERVO MENDEZ,
ISMAEL SEGURA
SIERRA, JOSE
ALFREDO PIRANEQUE
JIMENEZ
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
MINERÍA Protección a los Recursos Naturales y el Medio Ambiente Activo BajaFiscalia General De La
Nación
Etapa - Indagación
Preliminar
3582 En Contra $0,00 2016-00110 Acción de Tutela
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, ASOCIACION DE
USUARIOS DEL
ACUEDUCTO VEREDAL
DE PEKIN ALTO
SEGUNDO SECTOR
MARIA DEL CARMEN
VAZQUEZSERVICIOS PÚBLICOS
Ordenar a la Asociación De Usuarios Del Acueducto Veredal De
Pekin Alto Segundo Sector y a sus directivas para que en un
termino perentorio se me acepte como asociado con todos los
derechos
Activo Media
JUZGADO 2 PENAL
MUNICIPAL DE
FUSAGASUGÁ
Etapa - Contestación
Demanda
3583 En Contra $0,001100133340052
0160033500
Acción de Nulidad y
Restablecimiento del
derecho
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
MINAS DE CARBON
SANTUARIO SAS.
PERMISOS Y
LICENCIAS
Declarar Nula la Resolución 2264 de 2013, expedida por la CAR
por el cual se niega la Licencia Ambiental solicitada por el
accionante
Declarar nula la resolución No 611 de 2016, por la cual se decide
recurso de reposición en contra de la resolución No 2264 de 2013
Activo Media
JUZGADO 5
ADMINISTRATIVO DEL
CIRCUITO DE BOGOTÁ
Etapa - Probatoria
3586Tercero
involucrado$0,00
1100160000152
0140647300Penal
FANNY AREVALO
NOVOA, JOSE ALONSO
REYES MONTAÑO,
VICTORIANO VARELA
QUIROGA
DE OFICIOCONTAMINACIÓN AIRE-
SUELOProtección a los Recursos Naturales y el Medio Ambiente Activo Baja
Fiscalia General De La
Nación
Etapa - Audiencia
Inicial
3587Tercero
involucrado$0,00
1100460000502
0130512700Penal
ALEJANDRO CASTRO
PARADADE OFICIO
RECURSOS
NATURALES, FAUNA
FLORA
Protección a los Recursos Naturales y el Medio Ambiente Activo Media
Juzgado 20 Penal
Municipal de Control de
Garantias de Bogota
Etapa - Probatoria
3588 Iniciado $0,00 41800 Penal EN AVERIGUACIÓN
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
PENAL VARIOS Protección a los Recursos Naturales y el Medio Ambiente Activo MediaFiscalia General De La
Nación
Etapa - Indagación
Preliminar
3591 En Contra $0,002577240890012
0170000900Acción de Tutela
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, ALCALDIA
MUNICIPAL DE
SUESCA, OFICINA DE
PLANEACION DEL
MUNICIPIO DE SUESCA
MARIA ISABEL CORREAPERMISOS Y
LICENCIAS
Se ordene a la Oficina de Planeación del Municipio de Suesca se
le otorgue al accionante licencia de construcción solicitada en
consonancia con las licencias que sobre el mismo terreno ya
autorizo a los demás propietarios
Activo BajaJuzgado Promiscuo
Municipal de Suesca
Etapa - Fallo de
Segunda Instancia
3593 En Contra $0,002577240890012
0170001100Acción de Tutela
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, ALCALDIA
MUNICIPAL DE
SUESCA, OFICINA DE
PLANEACION DEL
MUNICIPIO DE SUESCA
JESUS ALFREDO
CASTILLO VELASQUEZ
PERMISOS Y
LICENCIAS
Se ordene a la Oficina de Planeación del Municipio de Suesca se
le otorgue al accionante licencia de construcción solicitada en
consonancia con las licencias que sobre el mismo terreno ya
autorizo a los demás propietarios
Activo BajaJuzgado Promiscuo
Municipal de Suesca
Etapa - Fallo de
Segunda Instancia
No.
ORIONCategoria Cuantía Radicado judicial Clase proceso Demandado Demandante Tema Pretensión
Situación -
estado
actual
Probabilidad
de pérdidaDespacho Judicial Etapa Actuación
3595 Iniciado $0,00 1051 Penal EN AVERIGUACIÓN
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
PENAL VARIOS Hurto de armamento Activo BajaFiscalia General De La
Nación
Etapa - Indagación
Preliminar
3599 En Contra $0,001100140710102
0170001000Acción de Tutela
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
JOSE MANUEL DIAZ
SOTO
DERECHOS DE
PETICIÓN
Ordenar a la CAR dar contestación inmediata a las peticiones
elevadas por el suscrito, así como ordenar que se haga entrega
de la información y documentación requerida
Activo Baja
CORTE
CONSTITUCIONAL
SECRETARIA GENERAL
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
3604Tercero
involucrado$0,00 D-11640
Acción de
inconstitucionalidadLEY 1225 DE 2008
ANDRES FELIPE
BERDUGO BELEÑOPARQUES
Declarar la inconstitucionalidad de la ley 1225 de 2008, debido a
que es portadora de una omisión legislativaActivo Media
CORTE
CONSTITUCIONAL
SECRETARIA GENERAL
Etapa - Contestación
Demanda
3612 En Contra $0,00 2017-0077 Acción de Tutela
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
SANDRA MILENA
SIERRA RINCON
RELIQUIDACION
PENSIONAL
Ordenar a la CAR que en un termino no mayor a 48 horas se
proceda a efectuar el pago de las mesadas pensionales con
regularidad, efectuar la correspondiente afiliación al sistema de
seguridad social integral en salud y efectuar los pagos
Activo Baja
CORTE
CONSTITUCIONAL
SECRETARIA GENERAL
Etapa - Fallo de
Segunda Instancia
3615 En Contra $1.105.419.814,002500023370002
0160147300
Acción de Nulidad y
Restablecimiento del
derecho
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
EMPRESA DE
ACUEDUCTO,
ALCANTARILLADO Y
ASEO DE BOGOTA -
EAB
TASAS RETRIBUTIVAS
Que se declare la nulidad del oficio con radicado 20152135805
del 04/11/2015 relacionado con la Factura TRET 4307 Tasas
Retributivas emitido por la CAR
Que se declare la nulidad de la Resolución No 0479 de 2016
emitida por la CAR, relacionado con la factura TRET 4307, por
concepto de Tasa Retributiva del municipio de soacha, del
periodo comprendido entre el 1 de enero de 2014 al 32 de
diciembre de 2014 expedida por la CAR
Como consecuencia y a titulo de restablecimiento del derecho, se
disponga que la EAB, no debe cancelar a la entidad convocada la
suma a que se refiere el acto administrativo objeto de esta
convocatoria
Activo Baja
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA -
SECCIÓN CUARTA -
SUBSECCIÓN B
Etapa - Contestación
Demanda
3617Tercero
involucrado$0,00 2016-00046
Restitución de
Tierras
OFICINA DE REGISTRO
DE INSTRUMENTOS
PUBLICOS DE
GUADUAS
JOSE GILBERTO
MEDINA OTALVARO,
CESARFINA ARELLANO
PREDIOSRestitución del predio denominado PARCELA 30 ubicado en la
vereda Chipauta del Municipio de GuaduasActivo Baja
Juzgado Civil del Circuito
Especializado en
Restitución de Tierras de
Cundinamarca
Etapa - Notificaciones
3619 En Contra $0,002526933330022
0170001100Acción Popular
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, MUNICIPIO DE
FACATATIVA, EMPRESA
DE AGUAS DE
FACATATIVA
NESTOR JULIO
FERNANDEZ, LUIS
HENRRY SALAMANCA,
GLADYS TOVAR
VARGAS, ANA ELVIA
MORALES ZAMUDIO,
JOSE RAUL SIERRA
MORALES
ÁREAS PROTEGIDAS
Ordenar a la CAR revocar las licencias de urbanismo y
construcción concedidas para intervenir el predio mencionado
donde se adelantan el proyecto de vivienda monte claro
Se ordene a la CAR para que expida los actos administrativos de
sanción y prevención por los daños causados por el municipio de
facatativa y la firma Triada SAS, como función legal en la defensa
del patrimonio ambiental, igual para que impida todo tipo de
intervención dentro del espacio publico en el predio parque
estadio
Activo Media
Juzgado 2 Administrativo
Oral del Circuito de
Facatativa
Etapa - Incidente de
Nulidad
3620 En Contra $0,002500023410002
0170005300Acción Popular
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, ALCALDIA
MUNICIPAL DE
FACATATIVA, INDALPE
LTDA
DEFENSORIA DEL
PUEBLOVERTIMIENTOS
Ordenar a la empresa INDALPE LTDA que en un termino no
mayor a tres meses a partir de la ejecutoria de esta decisión,
cese la actividad industria y/o Agroindustrial que adelanta en la
vereda la Tribuna y desmonte las actividad desarrollada, lo que
incluye la toma de medidas necesarias para reparar las
condiciones de medio ambiente afectado, una vez se desmonte
dicha industria
Activo Baja
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA -
SECCIÓN PRIMERA -
SUBSECCIÓN B
Etapa - Probatoria
3621 En Contra $22.131.510,001100131050222
0160008400Ordinario Laboral
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
OBDULIO VARGAS
FAJARDO
RELIQUIDACION
PENSIONAL
Se declare nulo la resolución No 559 de 2015 por medio de la
cual se da por terminado el reconocimiento de la pensión de
jubilación que venia disfrutando el demandante
Como consecuencia de lo anterior se ordene la inmediata
restitución del pago de la mesada pensional que a cargo de la
entidad corresponde
Activo Media
JUZGADO 22 LABORAL
DEL CIRCUITO DE
BOGOTA
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
No.
ORIONCategoria Cuantía Radicado judicial Clase proceso Demandado Demandante Tema Pretensión
Situación -
estado
actual
Probabilidad
de pérdidaDespacho Judicial Etapa Actuación
3623 En Contra $55.097.545.969,002500023360002
0160157400
Acción de Reparación
Directa
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
FLORES DE LOS ANDES
S.A.S.RESERVA FORESTAL
Se declare que, como consecuencia de la expedición del Acuerdo
21 de 2014 y las restricciones al uso del suelo impuestas en
virtud de dicho acto administrativo el convocante es victima de
un daño antijurídico por concepto de desvalorización de los
bienes inmuebles que componen la Finca Andes
Se condene a la CAR al pago de la desvalorización de los
inmuebles que componen la finca Andes
Se condene a la CAR al pago del daño antijuridico derivado del
traslado a una nueva ubicación para poder continuar en
condiciones similares con su cultivo de flores.
Se condene a la CAR al pago del daño antijuridico derivado del
cierre del cultivo de flores de la Finca Andes
Se condene a la CAR al pago del lucro cesante que dejara de
percibir el convocante
Se condene a la CAR al pago de las indemnizaciones laborales
por despido sin justa causa que tendrá que asumir la convocante
Activo Media
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA -
SECCIÓN TERCERA -
SUBSECCIÓN C
Etapa - Contestación
Demanda
3626 En Contra $0,002589933330012
0170003800Acción de Tutela
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
PARQUE INDUSTRIAL
TIBITOC PH
DERECHOS DE
PETICIÓN
Se ordene al accionado, que dentro de las 48 horas siguientes a
la notificación de la sentencia produzca la respuesta o acto
pretermitido
Activo Baja
Juzgado 1 Administrativo
Oral Del Circuito De
Zipaquira
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
3629Tercero
involucrado$0,00
2543060006602
0150803600Penal
JUAN ESTEBAN
RODRIGUEZ GIL,
ALEXANDER GIL
LAGOS, GERARDO GIL
MONTAÑA
DE OFICIORESIDUOS
PELIGROSOSContaminación ambiental por residuos peligrosos Activo Media
Juzgado 1 Penal del
Circuito de FunzaEtapa - Probatoria
3634 En Contra $0,002526933330012
0170001500Acción Popular
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, MUNICIPIO DE
MOSQUERA,
MANUFACTURAS
SILICEAS SAS.
JORGE ANTONIO
GONZALEZ TOBITORUIDOS
Que se ordene a la Empresa manufacturas Siliceas cesar de
forma inmediata sus actividades industriales que generan el
insoportable ruido con el cual esta vulnerando mis derechos
Que se ordene a la CAR y a la Alcaldía de Mosquera tomar todas
las medidas necesarias a fin de garantizar el cese definitivo del
ruido producido por la empresa Manufacturas Siliceas
Activo MediaJuzgado 1 Administrativo
del Circuito de Facatativa
Etapa - Contestación
Demanda
3638 En Contra $0,002500022130002
0170007900Acción de Tutela
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, AGENCIA
NACIONAL DE
HIDROCARBUROS,
AUTORIDAD NACIONAL
DE LICENCIAS
AMBIENTALES - ANLA,
MINISTERIO DE MINAS
Y ENERGIA
CRISTHIAN CAMILO
CRUZ BARBOSA,
MARIA LUCILLA
RONCANCIO DE
SANTAMARIA, JULIO
CESAR CRUZ LOPEZ,
ORLANDO GIL
PEDRAZA, MARIA
AURORA MORENO DE
TRIANA, JUAN DE
JESUS SANTAMARIA
PERMISOS Y
LICENCIAS
Que se ordene a las accionadas, dar cumplimiento al principio de
precaución consagrado en el articulo 1 de la ley 99 de 1993,
ordenándose la suspensión del contrato CQR 33 suscrito, entre la
Agencia Nacional de Hidrocarburos y la empresa ALANGE
ENERGY CORPORATION para evitar los riesgos ambientales,
sociales, económicos y técnicos, frente a la explotación de
hidrocarburos en las 18.768,52 hectáreas de terreno en la que
inminente causara contaminación de las cuencas hidrícas que se
encuentran en los municipios de arbelaez, fusagasuga, pandi san
bernardo e icononzo
Activo Baja
CORTE
CONSTITUCIONAL
SECRETARIA GENERAL
Etapa - Fallo de
Segunda Instancia
3642Tercero
involucrado$0,00
2518360003752
0160023300Penal
JOSE DEL CARMEN
MUÑOZ PEÑADE OFICIO
PENAL
CONTAMINACIÓNDaño a los recursos naturales renovables y nacederos de agua Activo Media
Fiscalia 2 Seccional de
Choconta
Etapa - Indagación
Preliminar
3643Tercero
involucrado$0,00
2518360003752
0160019400Penal JAIRO LOPEZ MORALES DE OFICIO
RECURSOS
NATURALES, FAUNA
FLORA
Daño a los recursos naturales renovables Activo MediaFiscalia Seccional
Choconta
Etapa - Indagación
Preliminar
3655Tercero
involucrado$0,00
2574340890012
0170005000Acción de Tutela
ALCALDIA MUNICIPAL
DE SILVANIA,
PERSONERIA
MUNICIPAL DE
SILVANIA,
COMANDANTE DE
POLICIA DE SILVANIA
EFRAIN MORALES
GUEVARARUIDOS
Se de por terminada la contaminación auditiva y ambiental
generada por le ruido que genera este negocio ubicado en la
calle 9 No 6-34
Activo BajaJuzgado Promiscuo
Municipal de Silvania
Etapa - Contestación
Demanda
3660Tercero
involucrado$0,00
2574340890012
0170005500Acción de Tutela JOSE AGUSTIN ARIAS
MARLENY BELTRAN
FLORIANOPREDIOS
Se ordene al accionado rellenar el lago ubicado en su predio de
forma inmediata, realizando todo lo que se requiera para evitar
cualquier tipo de filtración de agua hacia nuestro hogar
Activo MediaJuzgado Promiscuo
Municipal de Silvania
Etapa - Fallo de
Segunda Instancia
No.
ORIONCategoria Cuantía Radicado judicial Clase proceso Demandado Demandante Tema Pretensión
Situación -
estado
actual
Probabilidad
de pérdidaDespacho Judicial Etapa Actuación
3664Tercero
involucrado$0,00
2526960006912
0160064300Penal
MAURICIO FERRERIRA
SANCHEZDE OFICIO
PENAL
CONTAMINACIÓNEntrega de vehículo automotor Activo Media
Fiscalia General De La
Nación
Etapa - Indagación
Preliminar
3665Tercero
involucrado$0,00
2575461080022
0168095000Penal
LUIS ARCANGEL
GUTIERREZ VARGAS,
ALFONSO SIERRA
NAVAS, RAUL
ANTONIO GUTIERREZ
VARGAS, LUIS
GERARDO GUTIERREZ
GONZALEZ, OSCAR
ORIGUA CASTRO
DE OFICIO MINERÍADaño en los Recursos naturales y Explotación Ilícita de
Yacimiento MineroActivo Media
Juzgado 1 Penal del
Circuito de SoachaEtapa - Probatoria
3668Tercero
involucrado$0,00
1100160990342
0130039200Penal
LUIS NORBERTO
ARBOLEDA ARBOLEDADE OFICIO
PENAL
CONTAMINACIÓNDaño a los Recursos Naturales, contaminación Ambiental Activo Media
Juzgado 81 Penal
Municipal Con Funcion
de Control de Garantias
Etapa - Probatoria
3676Tercero
involucrado$0,00
2526933330012
0170006001Acción Popular
MUNICIPIO DE
VILLETA
MARIA STELLA
SACHICA ALVAREZ
PERMISOS Y
LICENCIAS
Que se declare que con la expedición de las Resoluciones 130,
148 y 270 de 2016, la Alcaldia Municipal de Villeta, ha vulnerado
los derechos colectivos a gozar de un ambiente sano de
conformidad con lo establecido en la Constitución
QSe ordene a la Sociedad Ecociudad Colombia SAS suspension
inmediata de la construcción del proyecto Bosques de Payande
en la Vereda Naranjal del municipio de Vilelta
Activo MediaJuzgado 1 Administrativo
del Circuito de Facatativa
Etapa - Audiencia de
Conciliación
3677 En Contra $0,001100131030242
0170024700Acción de Tutela
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
MARTHA LUZ VASQUEZ
PALMA
MEDIDAS
PREVENTIVAS
Revocar la Resolución No 135 de 2006, al ser contrario a la Ley
Que por medio de providencia de igual categoría se Revoque la
Resolución en cuestión y declare su despacho que legalmente no
existe causal para imponerle sanción o multa por afectación a los
recursos naturales
Activo Baja
CORTE
CONSTITUCIONAL
SECRETARIA GENERAL
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
3681Tercero
involucrado$0,00
2529060003972
0118004900Penal
FRIDRIECHEL
EMANUEL BIRCSHEL
GUERICKE
DE OFICIO MINERÍAContaminación Ambiental y Explotación Ilícita de Yacimiento
Minero y otros materialesActivo Media
Fiscalia 1 Seccional de
FusagasugaEtapa - Juzgamiento
3683 En Contra $0,002500023410002
0170067900Acción de Tutela
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, XTREME
RECREATION PERILLA
E.U - XRP EU
PEDRO JULIO
CAMARGORUIDOS
Sancionar a la Empresa y a la CAR por su incumplimiento en sus
deberes imponiendo las medidas necesarias para que
desaparezca la vulneración, incluso ordenándose el cierre
definitivo del establecimiento
Activo Media
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA -
SECCIÓN PRIMERA -
SUBSECCIÓN A
Etapa - Contestación
Demanda
3685Tercero
involucrado$0,00
1100140030542
0170034200Acción de Tutela CODENSA S.A.
MARTHA LUCIA
PORTILLA RODRIGUEZESPACIO PÚBLICO
Ordenar a Codensa SA, que proceda dentro del termino que se
disponga, a realizar todas las intervenciones necesarias y que se
requieran para disponer del árbol (Pino) para salvaguardar o
precaver cualquier afectación de mis derechos y los de mis
familiares
Activo BajaJUZGADO 54 CIVIL
MUNICIPAL DE BOGOTA
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
3688 En Contra $0,00 2017-00099 Acción de Tutela
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, ALCALDIA
MUNICIPAL DE VIOTA
EMPERATRIZ DUQUE
MORENOINUNDACIONES
Ordenar a la Alcaldía Municipal de Viota, abstenerse de ordenar o
practicar el desalojo a vivienda de algún familiar de la suscritaActivo Baja
Juzgado Promiscuo
Municipal de Viota
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
3691Tercero
involucrado$0,00 2017-00054 Acción de Tutela
EMPRESA DE
ACUEDUCTO,
ALCANTARILLADO Y
ASEO DE BOGOTA -
EAB
FLORES DE LOS ANDES
S.A.S.SERVICIOS PÚBLICOS
Se ordene a la EAB que conecte el predio donde actualmente
funciona la Sociedad flores de los Andes SAS al Interceptor
Sanitario Rio Bogota Torca-Salitre y que adopte una medida
provisional para abastecer el predio de agua potable por el medio
que ella considere idóneo mientras se llega a una solución
permanente
Activo Baja
JUZGADO 16 PENAL
MUNICIPAL CON
FUNCIÓN DE CONTROL
DE GARANTÍAS
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
3692 Iniciado $0,002532060003852
01700047Penal
ALFONSO PARADA
MARTINEZ
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
SALVOCONDUCTOS -
MADERASAbuso de confianza Activo Media
Fiscalia Locarl de
Guaduas
Etapa - Indagación
Preliminar
No.
ORIONCategoria Cuantía Radicado judicial Clase proceso Demandado Demandante Tema Pretensión
Situación -
estado
actual
Probabilidad
de pérdidaDespacho Judicial Etapa Actuación
3693 En Contra $0,001100133420522
0170020101Acción Popular
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, ALCALDÍA MAYOR
DE BOGOTÁ, D.C.,
UNIDAD
ADMINISTRATIVA
ESPECIAL DE LOS
SERVICIOS PUBLICOS -
UAESP, CENTRO DE
GERENCIAMIENTO DE
RESIDUOS DOÑA
JUANA S.A. E.S.P.
INTI RAUL ASPRILLA
REYESRESIDUOS SOLIDOS
Ordenar a los accionados ejecutar eficaz y coordinadamente las
acciones que los organismos de control han requerido para
solucionar la problemática que actualmente aqueja a las
comunidades aledañas al RSDJ, tendientes a evitar el daño
contingente, y hacer cesar el peligro, la amenaza, la vulneración
o agravio que hoy padecen sobre sus derechos e intereses
colectivos, esto debido a las fallas en el cumplimiento del
reglamento técnico y operativo del relleno
Ordenar a todas las accionadas inicien en el menor tiempo
posible todas las actividades necesarias para establecer y
concretar alternativas que constituyan una solución definitiva al
problema generado por el RSDJ
Activo Alta
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA
Etapa - Pacto de
Cumplimiento
3694 En Contra $868.966.480,001100133430632
0170003800
Acción de Reparación
Directa
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, EMPRESA DE
LICORES DE
CUNDINAMARCA,
EMPRESA
INMOBILIARIA
CUNDINAMARQUEZA Y
OTROS
FIDEL ANTONIO
GARZON ALFONSO,
MARIA DEL CARMEN
ALARCON VARGAS,
NELSON ADRIANO
GARZON VARGAS,
GLADYS EDITH
GARZON VARGAS,
FIDEL ANDRES
GARZON VARGAS,
DOLLYS MARIA
CUESTA CAMACHO
DESLIZAMIENTOS
Condenar a los accionados, a pagar a los accionantes a la fecha
de ejecutoria de la apobacion de la conciliación si la hubiere, por
perjuicios morales
Condenar a los accionados, a pagar al convocante, en su
condicion de propietario del predio por perjuicios materiales en la
modalidad de daño emergente
Condenar a los accionados, a pagar al convocante, en su
condicion de propietario del predio por perjuicios materiales en la
modalidad de Lucro Cesante
Condenar a los accionados, a pagar al convocante, en su
condición de propietario del predio el valor de la desvalorización
del terreno incluyendo la construcción del predio de propiedad
del convocante, por perjuicios materiales en la modalidad de
Activo Baja
JUZGADO 63
ADMINISTRATIVO DEL
CIRCUITO DE BOGOTÁ
Etapa - Contestación
Demanda
3702 En Contra $0,001100133420572
0160068601Acción Popular
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
ASOCIACION DE
SUSCRIPTORES DEL
ACUEDUCTO LA
COLONIA
PERMISOS Y
LICENCIAS
Ordenar a la CAR expedir de manera inmediata la Resolución de
Ampliación del caudal, solicitada mediante radicado 13161100686
del 89 de marzo de 2016, por el accionante, requisito necesario
para que nos sea instalada la Planta Compacta de tratamiento de
aguas, la cual nos fue asignada por la Empresa Publica de
Cundinamarca
Activo Baja
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA -
SECCIÓN PRIMERA -
SUBSECCIÓN A
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
3704Tercero
involucrado$0,00
1100103150002
0170115300Acción de Tutela
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA -
SECCIÓN TERCERA
JORGE ARTURO
PUENTES LONDOÑODEBIDO PROCESO
Se revoque y deje sin efecto la decisión de Mayo 23 de 2016 que
declaro que con una indebida valoración de las pruebas -
vulnerando el debido proceso entre otros; como hecho superado
en auto del TAC sección tercera Sub sección B,como y la decisión
del Consejo de Estado, como el auto de Junio 30 de 2016 en la
acción de tutela 2010-02344-04 que rechazo las respectivas
apelaciones interpuestas y la providencia del Septiembre 27 de
2016 del Consejo de estado Sección Cuarta
Activo Baja
CONSEJO DE ESTADO -
SALA CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVA -
SECCIÓN CUARTA
Etapa - Fallo de
Segunda Instancia
3705 En Contra $0,002530740030012
0170025700Acción de Tutela
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, CAOBA VIP BAR,
KZ VALLEDUPAR,
OKLAHOMA CLUB VIP,
SAN ANDRES BAR,
FARRA Y SON, WING
BAR, LA ESQUINA BAR,
MONAS BAR, SAN
CHOCOANO
JUNTA DE ACCION
COMUNAL BARRIO
SUCRE
RUIDOS
Ordenar a los dueños, propietarios y/o representantes legales de
los establecimientos de comercio - bares, que en un plazo no
mayor a un mes siguientes a la notificación del fallo, adecuen sus
instalaciones para que cumplan con los dispuesto en el articulo
87 de la Ley 1801 de 2016, las norma referentes a los niveles de
intensidad auditiva, es decir insonorizacion de los bares
Activo BajaJuzgado 1 civil Municipal
de Girardot
Etapa - Incidente de
Desacato
3710 En Contra $0,00 2017-00068 Acción de Tutela
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
JOSE JULIAN
BETANCUR MONTOYA,
JOSE BETANCUR G.
SAS
DERECHOS DE
PETICIÓN
Ordenar a la CAR que realice la contestación del derecho de
petición de fondo e indique de manera clara y precisa la
cartografía de los predios solicitados en el derecho de petición
radicado bajo el numero 20161138050 de 2016
Activo BajaJUZGADO 9 PENAL DEL
CIRCUITO DE BOGOTÁ
Etapa - Apelación
Sentencia
3711Tercero
involucrado$0,00 2017-00056 Acción de Tutela
OFICINA DE
DESARROLLO E
INFRAESTRUCTURA
MUNICIPAL
WILLIAM BUITRAGO
MORADESLIZAMIENTOS
Ordenar al accionado la reubicación lo mas pronto posible para
mi núcleo familiarActivo Baja
Juzgado 2 Penal
Municipal De Girardot
Etapa - Fallo de
Segunda Instancia
No.
ORIONCategoria Cuantía Radicado judicial Clase proceso Demandado Demandante Tema Pretensión
Situación -
estado
actual
Probabilidad
de pérdidaDespacho Judicial Etapa Actuación
3714 En Contra $30.000.000,001100131050212
0170004400Ordinario Laboral
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
JAIME RAMOS
RODRIGUEZ
RELIQUIDACION
PENSIONAL
Que se condene a las accionadas a la reliquidación para el
aumento del monto de la mesada pensional que en su momento
le fuera otorgada al señor Sr. Luis Felipe Ramos Gomez (QEPD),
padre del accionante
Activo Media
JUZGADO 21 LABORAL
DEL CIRCUITO DE
BOGOTA
Etapa - Contestación
Demanda
3716 En Contra $832.080.630,001100133430602
0170004100
Acción de Reparación
Directa
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, EMPRESA DE
LICORES DE
CUNDINAMARCA,
EMPRESA
INMOBILIARIA
CUNDINAMARQUEZA Y
OTROS
LEOVIGILDO
BUITRAGO ALDANA,
CLER MARIA
MARTINEZ DE
BUITRAGO, NELSON
BUITRAGO MARTINEZ,
LUIS FERNANDO
BUITRAGO MARTINEZ
DESLIZAMIENTOS
Declarar administrativamente y extra contractualmente
responsables las empresas accionadas, de la totalidad de los
daños y perjuicios morales, vida en relación, causados a los
convocantes que en el deslizamiento de tierra
Condenar a los accionados apagar a los convocantes por
perjuicios morales
Por perjuicios materiales en la modalidad de daño emergente
Por perjuicios materiales en la modalidad de Lucro Cesante
Por perjuicios materiales en la modalidad de daño emergente
Activo Media
JUZGADO 60
ADMINISTRATIVO DEL
CIRCUITO DE BOGOTÁ
Etapa - Contestación
Demanda
3720Tercero
involucrado$0,00
2582361013822
0178000900Penal
JOSE FERNANDO
INFNATE CASTAÑEDA,
JAIRO ALEXANDER
GARCIA REYES
DE OFICIO
RECURSOS
NATURALES, FAUNA
FLORA
Ilícito aprovechamiento de los Recursos Naturales Activo MediaJuzgado Promiscuo del
circuito de PachoEtapa - Probatoria
3721Tercero
involucrado$0,00
2551361080142
0178003900Penal
OVIDIO FERNANDEZ,
JEISON CHAVEZ RUIZ,
EFRAIN USAQUEN
DE OFICIOTALA
INDISCRIMINADAIlícito aprovechamiento de los Recursos Naturales Activo Media
Juzgado Promiscuo del
circuito de Pacho
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
3722 En Contra $0,00 2017-00403 Acción de Tutela
ALCALDIA MUNICIPAL
DE COTA,
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, SECRETARIA DE
PLANEACION
CARLOS FRANCISCO
GONZALEZ DUARTECONTRACTUAL
Se ordene a la Alcaldía Municipal de Cota la suspensión
inmediata del contrato numero 507 de 2017, que se encuentra
en ejecución actualmente
Activo BajaJuzgado Promiscuo
Municipal de Cota
Etapa - Fallo de
Segunda Instancia
3724 En Contra $0,002526933330032
0170001400Acción Popular
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, MUNICIPIO DE
FACATATIVA, EMPRESA
DE AGUAS DE
FACATATIVA
JOHANA PADILLA
RIAÑO, JOSE MARIO
PADILLA PACHON,
NICOLAS BELLO
ZAMUDIO, JOSE
MANUEL GAITAN, JUAN
CARLOS BERNAL, JOSE
CAMILO MUÑOZ,
JAIRO CASTILLO
JIMENEZ, PEDRO
MANUEL BOLIVAR
SANTANA
PERMISOS Y
LICENCIAS
Se ordene al municipio de Facatativa revocar la licencia de
urbanismo y construcción concedida para intervenir el predio
mencionado donde se adelanta el proyecto de vivienda altillos del
chico II
Se ordene al alcalde del municipio de facatativa y a la CAR, para
que de forma inmediata adelante las acciones y diligencia
necesarias conducentes a recuperar y restituir, debidamente
reconstruidos, mantenidos, reparados y habilitados de acuerdo
con las características establecidas en el POT
Activo BajaJuzgado 3 Administrativo
del Circuito de Facatativa
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
3725 Iniciado $0,00 18474 Penal EN AVERIGUACIÓN
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
PENAL - FALSEDAD
DOCUMENTOFalsedad material en documento publico Activo Baja
Fiscalia General De La
Nación
Etapa - Indagación
Preliminar
3729Tercero
involucrado$0,00
2589960004192
0170021100Penal
LUIS TOBIAS
QUIROGA, LUIS
ORLANDO NAVARRO
VAQUERO
MARIA JUDITH
SARMIENTO DE
GOMEZ
PENAL - FALSEDAD
DOCUMENTOEstafa y Falsedad ideologica en documento publico Activo Media
Fiscalia 3 Seccional de
Facatativa
Etapa - Indagación
Preliminar
3730 En Contra $0,002530731840022
0170021500Acción de Tutela
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
NAIR SABOGAL
CASTRO
DERECHOS DE
PETICIÓN
Ordenar a la CAR, que se pronuncie de fondo y de manera
congruente respecto al derecho de petición de solicitud de
audiencia publica con numero de radicación 03171101268
Activo BajaJuzgado 2 Promiscuo de
Familia de Girardot
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
3733Tercero
involucrado$0,00
8800131070012
0170003500Acción de Tutela
COMISION NACIONAL
DEL SERVICIO CIVIL -
CNSC
LUIS ALBERTO
GUERRA VARGASDEBIDO PROCESO
Que la CNSC-SIMO reciba, acepte y evalué el documento que
certifica un sexto periodo o semestre académico aprobado en el
Doctorado en Ciencias del Mar
Que la CNSC-SIMO reciba, acepte y evalué el documento
actualizado que certifica un periodo o semestre académico
aprobado en la especialización en Gobierno y Gerencia Publica
Activo Baja
Juzgado Unico Penal del
Circuito Especializado de
San Andres Isla
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
No.
ORIONCategoria Cuantía Radicado judicial Clase proceso Demandado Demandante Tema Pretensión
Situación -
estado
actual
Probabilidad
de pérdidaDespacho Judicial Etapa Actuación
3739 En Contra $47.980.830,001100133370422
0170005100
Acción de Reparación
Directa
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
INVERSIONES
AGROPECUARIAS
CARTAGENA S.A.
TASAS POR USO
Declarar la nulidad de las facturas CAR DRFC 021998, vigencias
2010 y 2011 por concepto de tasas respecto del uso del Distrito
de riego y Drenaje Fuquene-Cucunuba y la factura 28072,
vigencias 2012, 2013 y 2014 por concepto de tasas respecto del
uso del Distrito de riego y Drenaje Fuquene-Cucunuba
Activo Media
JUZGADO 42
ADMINISTRATIVO DEL
CIRCUITO DE BOGOTÁ
SECCIÓN CUARTA
Etapa - Alegatos de
Primera Instancia
3746 En Contra $88.186.928.033,00 2017Conciliación
prejudicial
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, AGUAS DEL
TEQUENDAMA SA.
ESP., MUNICIPIO DE
ANAPOIMA
GERMAN EDURDO
ZAMORA DUQUE, ANA
MARIA BOTERO
VELASQUEZ,
TECTONIS
DEVELOPMENT
CORPORATION INC
VERTIMIENTOS
Que se declare que los convocados, estan obligados a la
Reparación Directa del señor German Eduardo Zamora, en su
condición de titular del derecho de dominio de uno de los lotes
afectados y ademas como parte integrante del contrato de
cuentas de participación dispuesto para el desarrollo del proyecto
agro industrial denominado "Cultivo, industrialización y
exportación de cítricos (lima tahiti, limon pajarito y mandarina
tangelo) y mango tomy"
Que se declare que los convocados, estan obligados a la
Reparación Directa de Ana Maria Botero Velasquez, en su
condición de parte integrante del contrato de cuentas de
participación dispuesto para el desarrollo del proyecto agro
industrial denominado "Cultivo, industrialización y exportación de
cítricos (lima tahiti, limon pajarito y mandarina tangelo) y mango
tomy"
Que se declare que los convocados, están obligados a la
Reparación Directa de la sociedad extranjera Tectonis
Development Corporation INC, en su condición de titular del
derecho de dominio de uno de los lotes afectados y ademas
como parte integrante del contrato de cuentas de participación
dispuesto para el desarrollo del proyecto agro industrial
denominado "Cultivo, industrialización y exportación de cítricos
(lima tahiti, limon pajarito y mandarina tangelo) y mango tomy"
Por concepto de daño emergente
Por concepto de Lucro Cesante
Por concepto de daños inmateriales
Activo MediaPROCURADURIA
GENERAL DE LA NACION
Etapa - Audiencia de
Conciliación
3748 En Contra $0,002538631030012
0170014100Acción de Tutela
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, MUNICIPIO DE LA
MESA, INSTITUTO
NACIONAL DE
VIGILANCIA DE
MEDICAMENTOS Y
ALIMENTOS - INVIMA,
POLICIA NACIONAL DE
COLOMBIA,
SECRETARIA DE SALUD
ESTHER JULIA CASTROMEDIDAS
PREVENTIVAS
Se oficie a la CAR para que indique que acciones administrativas
y disciplinarias han realizado en el municipio de la mesa para
cerrar y sancionar a los mataderos clandestinos que contaminan
las fuentes hidricas en esta región
Activo en
ORIONBaja
Juzgado 1 Civil del
Circuito de La Mesa
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
3749 En Contra $0,002500023420002
0170375200Acción de Tutela
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, DEPARTAMENTO
NACIONAL DE
PLANEACION - DNP,
MINISTERIO DE
AMBIENTE Y
DESARROLLO
SOSTENIBLE - MADS,
ALCALDIA MUNICIPAL
DE GACHANCIPA
HERNAN DE JESUS LEE
CAMPOS
DERECHOS DE
PETICIÓN
Se ordene a la autoridad accionada que se considere
competente, para que en el termino de 48 horas proceda a
resolver de forma oportuna y eficaz el derecho de petición
presentado a las diferentes autoridades con el fin que en la
respuesta se disponga levantar la afectación que pasa sobre el
predio
Activo Alta
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA -
SECCIÓN SEGUNDA -
SUBSECCIÓN F
Etapa - Recursos
Extraordinarios
No.
ORIONCategoria Cuantía Radicado judicial Clase proceso Demandado Demandante Tema Pretensión
Situación -
estado
actual
Probabilidad
de pérdidaDespacho Judicial Etapa Actuación
3758 En Contra $0,002500022040002
0170037600Acción de Tutela
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
MARCO FIDEL OCHOA
LOPEZDEBIDO PROCESO
Ordenar a la CAR que dentro del termino de las 48 horas
siguientes a la notificación de la sentencia produzca una
respuesta de fondo a la solicitud elevada por los firmantes de
una audiencia publica ambiental
Ordenar a al CAR la celebración de una audiencia publica
ambiental donde se garantice la participación ciudadana de los
habitantes del municipio a los cuales les asiste conocer los
aspectos del proyecto extractivo de que trata el contrato de
Concesión minera GF2-081 cuyo titular tiene la Sociedad Silices
de Sibate SAS
Activo Baja
CORTE
CONSTITUCIONAL
SECRETARIA GENERAL
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
3759Tercero
involucrado$0,00
2529060013752
0160000500Penal
JULIO CESAR PEREZ
NARIÑODE OFICIO RESIDUOS SOLIDOS Delito contra los recursos naturales y el medio ambiente Activo Media
Fiscalia 1 Seccional de
Fusagasuga
Etapa - Reparación
Integral
3761Tercero
involucrado$0,00
2587560006982
0170009400Penal
EN AVERIGUACIÓN,
GUILLERMO ENRIQUE
MENESES ANZOLA
DE OFICIO
RECURSOS
NATURALES, FAUNA
FLORA
Explotación ilícita de yacimiento minero Activo MediaFiscalia Seccional de
Villeta
Etapa - Indagación
Preliminar
3763 En Contra $0,001100103150002
0170175500Acción de Tutela
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA -
SECCION SEGUNDA,
ALCALDIA LOCAL DE
CHAPINERO,
PERSONERÍA DE
BOGOTA, SECRETARIA
DISTRITAL DE
AMBIENTE
INVERSIONES NUBE
BLANCA SASDEBIDO PROCESO
Se declare que las decisiones proferidas por el H.M. Dr Cesar
palomino Cortes del TAC sección segunda y plasmadas en los
autos 26 de abril de 2016 y 13 de mayo del año 2016, dentro del
radicado 2005-00662, en los cuales se autorizo el ingreso y
permanencia al predio ubicado en la calle 76 No 2 este-60 Lote
7a El tuno, el Bagazal.
Activo Media
CONSEJO DE ESTADO -
SALA CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVA -
SECCIÓN PRIMERA
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
3765 En Contra $0,001100103150002
0170179000Acción de Tutela
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA -
SECCIÓN PRIMERA,
MINISTERIO DE
HACIENDA,
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR Y OTROS
ASOCIACION
COLOMBIANA DE
INGENIEROS DE
PETROLEOS - ACIPET
DEBIDO PROCESO
Se decrete la nulidad Absoluta del Fallo del 17 de mayo de 2017
en la radicación 2017-00255 de la alcaldía municipal de pasca
Se ordene al MADS, al Ministerio del Interior, a la Unidad de
Parques Nacionales Naturales y otros, como cuerpo técnico
consultivo del Gobierno Nacional para todas las cuestiones y
problemas relacionados con la aplicación de la Ingeniería de
Petróleos al desarrollo del País
Activo Baja
CONSEJO DE ESTADO -
SALA CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVA -
SECCIÓN QUINTA
Etapa - Fallo de
Segunda Instancia
3766 En Contra $147.543.400,001100133430612
0170011700
Acción de Reparación
Directa
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, EMPRESA DE
LICORES DE
CUNDINAMARCA,
EMPRESA
INMOBILIARIA
CUNDINAMARQUEZA Y
OTROS
JONATHAN HERNANDO
GARCIA GARCIAINUNDACIONES
Declarar administrativamente y extra contractualmente
responsables las empresas accionadas, de la totalidad de los
daños y perjuicios morales, vida en relación, causados a los
convocantes que en el deslizamiento de tierra
Condenar a los accionados apagar a los convocantes por
perjuicios morales
Activo Media
JUZGADO 61
ADMINISTRATIVO DEL
CIRCUITO DE BOGOTÁ
Etapa - Notificaciones
3768Tercero
involucrado$0,00
2551361080142
0178016300Penal
SAUL HERNANDEZ
PEÑA, ALVARO
ANDRES LEON COBOS
DE OFICIOPERMISOS Y
LICENCIASIlicito aprovechamiento de los recursos naturales Activo Media
Juzgado Promiscuo del
circuito de PachoEtapa - Probatoria
3771 En Contra $0,002500022040002
0170041700Acción de Tutela
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, PROCURADURIA
JUDICIAL 22
AMBIENTAL Y AGRARIA
BLANCA IRENE
HERNANDEZ BELTRANDEBIDO PROCESO
Ordenar a la CAR que se pronuncie sobre la queja instaurada por
la suscrita ante esta entidad en contra del señor Jimmy
Hernandez de fecha 4 de agosto de 2017
Activo Baja
TRIBUNAL SUPERIOR
DEL DISTRITO JUDICIAL
DE CUNDINAMARCA -
SALA PENAL
Etapa - Fallo de
Segunda Instancia
No.
ORIONCategoria Cuantía Radicado judicial Clase proceso Demandado Demandante Tema Pretensión
Situación -
estado
actual
Probabilidad
de pérdidaDespacho Judicial Etapa Actuación
3772 En Contra $147.543.400,001100133340022
0170004300
Acción de Nulidad y
Restablecimiento del
derecho
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
ANDREA INES TORO
MOLANO
PERMISOS Y
LICENCIAS
Declarece la Nulidad del articulo 1 dela Resolución No 550 de
2005, proferida por la CAR
Declarece la nulidad de los artículos 1 y 6 de la resolución No
3180 de 2011, expedida por la CAR, que en su orden modifico el
articulo 1 de la Resolución 550 de 2005, en el sentido de reducir
de 2.50 litros por segundo a 0.96 litros por segundo la concesión
de aguas subterraneas otorgada a la accionante
Por Daños y Perjuicios a los solicitantes
Activo Media
JUZGADO 2
ADMINISTRATIVO DEL
CIRCUITO DE BOGOTÁ
Etapa - Excepciones
3774 En Contra $0,001100133350292
0170028900Acción de Tutela
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
RECICLAJE
EXCEDENTES E
INCINERACIONES
INDUSTRIALES - REII
S.A.S.
DERECHOS DE
PETICIÓN
Se ordene a la CAR resolver de manera inmediata y en todo su
contenido, la petición que ha elevado el accionanteActivo Baja
JUZGADO 29
ADMINISTRATIVO DEL
CIRCUITO DE BOGOTÁ
SECCIÓN SEGUNDA
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
3775 En Contra $0,002530733330022
0170028600Acción Popular
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, MUNICIPIO DE
SILVANIA, MARIA
MARLOBE REAL DE
ROJAS
PROCURADURIA 27
JUDICIAL II
AMBIENTAL Y AGRARIA
PERMISOS Y
LICENCIAS
Se ordene a la Alcaldía Municipal de Silvania, la protección
efectiva de los derechos colectivos vulnerados, con carácter
definitivo, esto es considerado que a la fecha las licencias de
urbanismo 2748 y de construcción 2748-1 de 2015, no se
encuentran vigencias, se abstenga de otorgar prorroga a las
mismas o conceder unas nuevas, en caso de que así lo solicitare
el responsable del proyecto urbanístico denominado Conjunto
residencial campestre multifamiliar el mirador real o los
propietarios de los lotes de las manzanas A, B y C, si a la fecha
los hay
Activo MediaJuzgado 2 Administrativo
de GirardotEtapa - Notificaciones
3778 En Contra $0,00 2017-00050 Acción de Tutela
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
HENRY ALEXANDER
ALDANA
RECURSOS
NATURALES, FAUNA
FLORA
Ordenar a la CAR que en el termino de 48 horas autorice e
imponga las sanciones correspondientes, tal como lo dispone la
Ley 1333 de 2009, a los infractores y presuntos responsables del
hecho generador que ocasiono los daños en la quema de bosque
nativo, perdida de cultivos frutales, muerte de especies avicolas y
peces en mi propiedad Finca la Falconera, Señores Raul Carrillo y
German león
Activo MediaJuzgado Pormiscuo
Municipal de Vianí
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
3781 En Contra $0,002589933330032
0170018100Acción Popular
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, MUNICIPIO DE
ZIPAQUIRA, EEMPRESA
DE ACUEDUCTO,
ALCANTARILLADO Y
ASEO DE ZIPAQUIRA
HERNAN ROBERTO
MEDINA ACOSTAÁREAS PROTEGIDAS
La restitución de la ronda de protección de la quebrada de aguas
negras el almoladero sobre la cual se encuentra levantado el
deposito de materiales de demolición
Se suspenda toda afectación a la ronda de protección de la
quebrada el amoladero con el din de que se restituya su ronda y
se recuperen los recursos naturales afectados de su ecosistema
Activo MediaJuzgado 3 Administrativo
del Circuito de Zipaquira
Etapa - Pacto de
Cumplimiento
3783 En Contra $3.800.000,001100131050172
0170002900Ejecutivo
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
BLANCA LIDIA PEÑA
DE PEREIRACARÁCTER LABORAL
Mandamiento de pago, por la suma de $3.800.000 a razón de
costas del proceso ordinario laboral en primera instanciaActivo Media
JUZGADO 17 LABORAL
DEL CIRCUITO DE
BOGOTÁ
Etapa - Probatoria
3784Tercero
involucrado$0,00
2530760003942
0150038000Penal
ORLANDO MARTINEZ
ORTIZDE OFICIO MINERÍA Explotación Ilicita de Yacimiento Minero Activo Media
Fiscalia 2 Seccional de
GirardotEtapa - Investigación
3785Tercero
involucrado$0,00 D-12285
Acción de
inconstitucionalidad
LEY 1774 DE 2016,
ARTICULO 10
DIANA YISELLE
TORRES, MILTON
SUAREZ GONZALEZ
RECURSOS
NATURALES, FAUNA
FLORA
Declarar la inconstitucionalidad de la ley 1774 de 2016 Activo Baja
CORTE
CONSTITUCIONAL
SECRETARIA GENERAL
Etapa - Notificaciones
3786 En Contra $0,002500023360002
0170176700Acción de Tutela
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
MARTHA LILIANA
BALLESTAS BLOOM,
PEDRO ALFONSO
CADENA VILLALOBOS,
KATERINE CARDENAS
MONTAÑA, MARIA
ESPERANZA
CASTIBLANCO
MEDIDAS
PREVENTIVAS
Se ordene la aplicación de la resolcución DRBC No 0423 de 2016
de la CAR y de la resolución No 151 de 2017 emanada por la
CAR, mediante la cual se confirma la anterior y como
consecuencia de lo anterior se suspenda la orden de demolición
de la edificación ubicada en el Bambu - lote 11 sector del Bagazal
- bogota, de propiedad de la Sociedad Comercializadora KAYSSER
CK SAS.
Activo Baja
CORTE
CONSTITUCIONAL
SECRETARIA GENERAL
Etapa - Recursos
Extraordinarios
3787 En Contra $0,002500022040002
0170046500Acción de Tutela
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
REYES HORTUA
VILLALOBOS
MEDIDAS
PREVENTIVAS
Que se ordene a la CAR, para que conceda el Recurso de
apelación No 1887 de 2017 y Resolución 0419 de 2017Activo Baja
TRIBUNAL SUPERIOR
DEL DISTRITO JUDICIAL
DE CUNDINAMARCA -
SALA PENAL
Etapa - Recursos
Extraordinarios
No.
ORIONCategoria Cuantía Radicado judicial Clase proceso Demandado Demandante Tema Pretensión
Situación -
estado
actual
Probabilidad
de pérdidaDespacho Judicial Etapa Actuación
3794Tercero
involucrado$0,00 2017-00120 Acción de Tutela
AGUAS DEL NORTE
ESP
MARIA NOHORA
VANEGAS GARCIASERVICIOS PÚBLICOS
Se ordene a la accionada que de manera inmediata la empresa
agua del norte, realice lo correspondiente para la debida
prestación del servicio de agua potable en el predio ubicado en la
avenida Novilleros "praderos del mirador" casa No 32
Activo Baja
JUZGADO 2 PENAL
MUNICIPAL DE
FUSAGASUGÁ
Etapa - Contestación
Demanda
3796Tercero
involucrado$0,00
1100160000002
0170124000Penal
JORGE ENRIQUE
FORERO GUERRERO,
MARCOLINO
VELASQUEZ AREVALO,
MIGUEL ANTONIO
AREVALO MORENO,
ULPIANO BARRIGA
CONTRERAS, GERMAN
ALBERTO BARRIGA
CONTRERAS, JOSE
MANUEL CASTRO
GOMEZ
DE OFICIO
RECURSOS
NATURALES, FAUNA
FLORA
Invasión de Áreas de especial importancia ecológica, explotación
ilícita de yacimiento minero y otros materiales y daño en los
recursos naturales
Activo MediaJuzgado 1 Penal del
Circuito de Choconta
Etapa - Reparación
Integral
3799 En Contra $40.000.000,00 2017Conciliación
prejudicial
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
MARCO EMILIO LEON
MANZANARESDEBIDO PROCESO
Que como consecuencia de la nulidad solicitada a titulo de
restablecimiento del derecho ordene a la CAR a pagar al
convocante, los daños y perjuicios que se le irrogaron como
consecuencia del acto administrativo objeto de inconformidad
Activo MediaPROCURADURIA
GENERAL DE LA NACIONEtapa - Notificaciones
3801Tercero
involucrado$0,00
1100103150002
0170253800Acción de Tutela
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA -
SECCIÓN CUARTA
RECICLAJE
EXCEDENTES E
INCINERACIONES
INDUSTRIALES - REII
S.A.S.
DEBIDO PROCESO
Dejar sin valor y sin efectos jurídicos el auto de 31 de julio de
2017 expedido por el H. Tribunal administrativo de Cundinamarca
Sección cuarta Subseccion B, ordenando dar cumplimiento al fallo
de tutela calendado el 9 de febrero de 2017
Ordenar al H. Tribunal administrativo de Cundinamarca Sección
cuarta Subseccion B, que proceda a decidir sobre el fondo del
incidente de desacato promovido por el accionante
Activo Baja
CONSEJO DE ESTADO -
SALA CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVA -
SECCIÓN QUINTA
Etapa - Fallo de
Segunda Instancia
3802 En Contra $0,001500123330002
0170051300Acción Popular
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, CORPOCHIVOR -
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CHIVOR,
CORPOBOYACA -
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE BOYACA
CARLOS JULIO
CASTILLO DUARTEMINERÍA
Solicitar la suspensión de cada una de las resoluciones que
cobijaron las Licencias Ambientales emitidas por Corpoboyaca,
expedidas para la ejecución de proyectos de minería en la vereda
pijaos
Que se declare a las corporaciones ambientales por la omisión de
sus funciones como entes ambientales
Activo Media
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
BOYACA
Etapa - Notificaciones
3803 En Contra $0,001100131030362
0170066200Acción de Tutela
AGENCIA NACIONAL
DE MINERIA - ANM,
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, INSTITUTO
COLOMBIANO DE
GEOLOGIA Y MINERIA -
INGEOMINAS,
MINISTERIO DEL
MEDIO AMBIENTE,
MINISTERIO DE MINAS
Y ENERGIA
MARCO EMILIO
FORERO GUERRERO,
MARCO AURELIO PEÑA
GOMEZ
MINERÍA
Ordene al funcionario pertinente agilizar los tramites atinentes a
la obtención de la integración de áreas requerida por la ley para
ser presentadas ante el ministerio de medio ambiente (CAR)
Zipaquira
Activo BajaJUZGADO 36 CIVIL DEL
CIRCUITO DE BOGOTÁ
Etapa - Recursos
Extraordinarios
No.
ORIONCategoria Cuantía Radicado judicial Clase proceso Demandado Demandante Tema Pretensión
Situación -
estado
actual
Probabilidad
de pérdidaDespacho Judicial Etapa Actuación
3805 En Contra $0,001500123330002
0170032500Acción Popular
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, AGENCIA
NACIONAL DE
MINERIA - ANM,
CORPOBOYACA -
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE BOYACA,
MINISTERIO DE MINAS
Y ENERGIA
CRISTIAN EDUARDO
TOBARIA GARCIA,
GLADYS CAROLINA
TORRES BERNAL
MINERÍA
Se ordene al Ministerio de Minas y Energía y a la Agencia
Nacional de Minería la suspensión de los actos que autorizan las
operaciones de explotación y exploración minera de recursos
naturales no renovables en la zona delimitada Páramo de
Rabanal
Se ordene a Corpoboyaca, suspender definitivamente los efectos
de la expedición de las licencias y de la aprobación del plan de
manejo ambiental en su caso
Activo Media
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
BOYACA
Etapa - Contestación
Demanda
3812 En Contra $0,002500023410002
0170168800Acción de Tutela
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
LUIS ALFONSO
GONZALEZ CORREDOR
DERECHOS DE
PETICIÓN
Ordenar a la CAR que en el termino de 48 horas, procedan a
contestar de forma completa los derechos de petición
presentados el 25 de agosto de 2017
Activo Alta
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA -
SECCIÓN PRIMERA -
SUBSECCIÓN B
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
3813 En Contra $0,002500022130002
0170046800Acción de Tutela
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, ALCALDIA
MUNICIPAL DE LA
CALERA, EMPRESA DE
SERVICIOS PUBLICOS
DE LA CALERA -
ESPUCAL, SECRETARIA
DE AMBIENTE DE LA
CALERA
ALEXANDER PEREZ
BORBON, ECO
RECICLAJE LA CALERA
SAS
CONTAMINACIÓN AIRE-
SUELO
Ordenar a los accionados, en un termino no mayor a 48 horas, se
sirva ordenar la reubicación y no se vulneren mas nuestros
derechos ya que estamos bajo amenaza de ser desalojados a la
fuerza y el material que tenemos en el centro de acopio que es
mas de 2 toneladas, seria echado a la basura si no lo hemos
sacado de allí
Activo Baja
TRIBUNAL SUPERIOR
DEL DISTRITO JUDICIAL
DE CUNDINAMARCA -
SALA CIVIL - FAMILIA
Etapa - Recursos
Extraordinarios
3814 En Contra $0,00 2017-00214 Acción de Tutela
ALCALDIA MUNICIPAL
DE CHOCONTA,
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
OSCAR HERNANDO
MURILLO GARCIA
PERMISOS Y
LICENCIAS
Se ordene a la Alcaldía de choconta el cumplimiento de los
preceptos legales y proceda al otorgamiento inmediato del
permiso de conexión del predio al alcantarillado del municipio de
choconta
Activo BajaJuzgado Promiscuo de
Familia de Choconta
Etapa - Fallo de
Segunda Instancia
3815 En Contra $0,001100133430582
0170007201Acción Popular
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, JOSE ELIAS
YAÑEZ PAEZ
GONZALO ALONZO
GONZALEZ HERERA,
LEONOR PARDO
RODRIGUEZ, DIEGO
ALEJANDRO MENDEZ
PERILLA, GUSTAVO
PAEZ SANGUINO,
FREDY ALEXANDER
DIAZ
PERMISOS Y
LICENCIAS
Se tomen las medidas necesarias con el fin de evitar un daño
contingente, y se suspenda de manera urgente, la Licencia
ambiental otorgada por la CAR mediante Resolución 626 de 2009
Activo Media
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA -
SECCIÓN PRIMERA -
SUBSECCIÓN A
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
3816 En Contra $0,001500123330002
0170076600Acción Popular
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, MUNICIPIO DE
CHIQUINQUIRA,
EMPRESA DE
SERVICIOS PÚBLICOS
DE CHIQUINQUIRA -
EMPOCHIQUINQUIRA
PROCURADURIA 32
JUDICIAL I AMBIENTAL
Y AGRARIA
POTABILIDAD DEL
AGUA -
ALCANTARILLADO
Se construya de manera inmediata el sistema de alcantarillado
sanitario que cumpla con las condiciones del reglamento Tecnico
del Sector de Agua Potable y Saneamiento Basico - RAS
Se realice por parte de los demandados jornadas de
sensibilización dirigidas a la comunidad ubicada en la ronda del
rio Quindion, en procura de la no realización de vertimientos y
disposición de residuos que afecten el transito de la fuente
hidrica y altere sus condiciones fisicoquimicas
Activo Media
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
BOYACA
Etapa - Pacto de
Cumplimiento
No.
ORIONCategoria Cuantía Radicado judicial Clase proceso Demandado Demandante Tema Pretensión
Situación -
estado
actual
Probabilidad
de pérdidaDespacho Judicial Etapa Actuación
3817 En Contra $0,002500023410002
0170095700Acción Popular
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, MINISTERIO DE
AMBIENTE Y
DESARROLLO
SOSTENIBLE - MADS,
ALCALDÍA MAYOR DE
BOGOTÁ, D.C.
MARCO FIDEL
RAMIREZ ANTONIORESERVA FORESTAL
Se declare que la CAR ha tenido la omisión administrativa para
cumplir el plan de manejo ambiental y el componente estratégico
de la Reserva Thomas Van Der hammen en beneficio de los
derechos colectivos, la existencia del equilibrio ecológico y el
manejo y aprovechamiento racional de los recursos naturales
para garantizar su desarrollo sostenible, su conservación,
restauración o sustitución
Activo Media
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA -
SECCIÓN PRIMERA -
SUBSECCIÓN A
Etapa - Contestación
Demanda
3818 En Contra $0,002500023410002
0170156700Acción Popular
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, GOBERNACION
DE CUNDINAMARCA,
ALCALDIA MUNICIPAL
DE RICAURTE, UNIDAD
NACIONAL PARA LA
GESTION DEL RIESGO
DE DESASTRES
LUZ MARY CARDENAS
VELANDIA, JESUS
MARIA VELEZ
CASTRILLON, JUAN
PABLO MENDOZA
RAMIRO, MARTHA LUZ
TORRES FORERO,
ANDREA SALCEDO
SANINT, EDGAR
KASSIN NESSIM Y
OTROS
URBANIZACIONES
Se den las ordenes correspondientes a los organismos que se
demandan para que en ejercicio de sus funciones realicen los
estudios y las obras necesarias, para que no se siga produciendo
la erosión, no se sigan inundando las casas o se sigan cayendo
los arboles que arrastra el rio, y se analice igualmente y se de la
orden a los organismos competentes, para que no se abran las
compuertas de manera intempestiva, en la represa de betania, ya
que esta es una de las razones por las cuales de inunda el
magdalena y no permite que entre el rio sumapaz en fin, se
realicen todas las obras que técnicamente, resuelven el problema
y cese la violación de los derechos amenazados
Activo Media
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA -
SECCIÓN PRIMERA -
SUBSECCIÓN A
Etapa - Notificaciones
3819 En Contra $0,002500023410002
0170173300Acción de Tutela
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
RAFAEL MATIZ
GERENA
DERECHOS DE
PETICIÓN
Ordenar a la CAR para que en el termino de 48 horas proceda a
dar resolución al derecho de petición no atendido como lo
establece la Ley
Activo Baja
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA -
SECCIÓN PRIMERA -
SUBSECCIÓN A
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
3820 En Contra $0,002575440030022
0170004100Acción de Tutela
MUNICIPIO DE
SOACHA, EMPRESA DE
ACUEDUCTO,
ALCANTARILLADO Y
ASEO DE BOGOTA -
EAB, SECRETARIA DE
GOBIERNO,
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, INSPECCIÓN 4
MUNICIPAL DE
POLICIA DE SOACHA
JUAN FERNANDO
SAMUDIO VERGARA,
ANDRES FERNANDO
VACA, DIANA
CAROLINA AGUDELO
VERA, JORGE
ERNESTO ARIAS
ROJAS, LILIAM
GUEVARA CELY, LINA
PAOLA RINCON
FIGUEREDO, MANUEL
EDY FLOREZ SEGURA,
NORA LUCI VALIENTE
MENDEZ, SOCIEDAD
PREFLEX SA.
SERVICIOS PÚBLICOS
Se le ordene a la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de
Bogota a efectuar de manera inmediata el destaponamiento del
alcantarillado y la realización de todas las obras necesarias para
el normal y eficiente funcionamiento del servicio de alcantarillado
en el área de afectación del predio en el que trabajan los
accionantes
Activo MediaJuzgado 2 Civil Municipal
de Soacha
Etapa - Contestación
Demanda
3821 En Contra $30.000.000,001100131050142
0160070700Ordinario Laboral
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR,
ADMINISTRADORA
COLOMBIANA DE
PENSIONES -
COLPENSIONES
FLOR ANGELA BENITEZ
DE ROMERO, LEIDY
PAOLA ROMERO
BENITEZ
RELIQUIDACION
PENSIONAL
Se condene a las accionadas a la reliquidación para aumento de
la mesada pensional que en su momento le fuera otorgada al
señor esposo Leovigildo Romero Martinez (QEPD) y que ahora le
ha sido sustituida a la accionante
Activo Media
JUZGADO 14 LABORAL
DEL CIRCUITO DE
BOGOTÁ
Etapa - Audiencia de
Conciliación
3822Tercero
involucrado$0,00 2017-00402 Acción de Tutela
ALCALDIA MUNICIPAL
DE CHIA
CECILIA QUINTERO
FORERORUIDOS
Que se le ordene a la Alcaldia Municipal, de Chia, no realizar o
permitir que se realicen futuros eventos públicos masivos en la
plazoleta de la manzana institucional en el barrio Osorio, ni
permitir que otras personas o entidades lo realicen, por cuanto
perturban o afecten mi tranquilidad, por el ruido excesivo y que
como consecuencia bloquean las vías publicas afectando mi libre
movilidad como residente del sector
Activo BajaJuzgado 2 Penal
Municipal de Chia
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
3823Tercero
involucrado$0,00
2528631030012
0170084500Acción Popular DESPROING SAS
CONDOMINIO PALO
ALTOURBANIZACIONES
Que se ordene al accionado efectuar y corregir las deficiencias
constructivas, tanto de diseño como de materiales con sus
terminados necesarios de acuerdo a especificaciones técnicas
recomendadas para que cumplan con sus funciones normal y
necesaria para lo cual fueron hechas
Activo MediaJuzgado Civil del Circuito
de Funza
Etapa - Contestación
Demanda
No.
ORIONCategoria Cuantía Radicado judicial Clase proceso Demandado Demandante Tema Pretensión
Situación -
estado
actual
Probabilidad
de pérdidaDespacho Judicial Etapa Actuación
3824 En Contra $0,002500023420002
0170554900Acción de Tutela
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, ALCALDIA
MUNICIPAL DE
NOCAIMA, EMPRESA
DE SERVICIOS
PUBLICOS DEL
GUALIVA -
EMSERGUALIVA
GONZALO MARTINEZ
ROMEROPTAR
Que en un termino no mayor a 48 horas se ordene a las
entidades accionadas iniciar la demolición de la planta de
tratamiento de aguas residuales PTAR, teniendo en cuenta que
nunca ha funcionado y a demás no cumple con los
requerimientos legales para su ubicación y funcionamiento desde
hace mas de 7 años
Activo Baja
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA -
SECCIÓN SEGUNDA -
SUBSECCIÓN A
Etapa - Fallo de
Segunda Instancia
3826 En Contra $0,002564540890012
0170022200Acción de Tutela
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, ALCALDIA
MUNICIPAL DE SAN
ANTONIO DEL
TEQUENDAMA,
GRANJA BUENOS
AIRES
MERCEDES TURRIAGO
CHAVARRO,
HERMENCIA
TURRIAGO CHAVARRO,
MARIA IRENE
TURRIAGO CHAVARRO,
JOSE ISIDRO
TURRIAGO CHAVARRO,
ANA ELVIRA
TURRIAGO CHAVARRO,
BLANCA LILIA
TURRIAGO CHAVARRO
Y OTROS
CONTAMINACIÓN AIRE-
SUELO
Se nos tutele el derecho que se nos entregue una reparación
concreta a los daños en nuestra finca de acuerdo a la humedad y
ambiental dentro del orden técnico visto que nuestra actividad es
cultivar y así, no se puede realizar nuestro trabajo e igual de
acuerdo a los olores fétidos y putrefactos son la cantidad de
insectos que a la fecha ahí
Activo Baja
Juzgado Promiscuo
Municipal San Antonio
del Tequendama
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
3827 En Contra $22.131.510,001100131050152
0150101400Ordinario Laboral
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR,
ADMINISTRADORA
COLOMBIANA DE
PENSIONES -
COLPENSIONES
ALVARO ENRIQUE
RAMIREZ AVILA
RELIQUIDACION
PENSIONAL
Que se declare que en la determinación del monto de la mesada,
que por la jubilación la CAR otorgo a mi poderdante, la accionada
omitió tener en cuenta devengos, ingresos, prebendas y
acreeecias efectivamente causadas por el servicio personal del
actor durante el ultimo año o pluralidad de años de la relación
laboral
Activo Media
JUZGADO 15 LABORAL
DEL CIRCUITO DE
BOGOTÁ
Etapa - Audiencia de
Conciliación
3828 En Contra $70.000.000.000,002500023360002
0160199600
Acción de Reparación
Directa
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
HECTOR HORACIO
VARGAS, CARLOS
JULIO TRIANA
MORENO
DEBIDO PROCESO
Se declare a la CAR responsable de los perjuicios morales y
materiales causados a los convocantes por hechos y omisiones
Que se condene a la CAR a pagar a los demandantes por
concepto de los daños y perjuicios materiales, sufridos con
motivo de la demanda de Nulidad Absoluta del contrato de
concesión E.K. 5-161.
Activo Baja
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA -
SECCIÓN TERCERA -
SUBSECCIÓN C
Etapa - Contestación
Demanda
3830 En Contra $0,002530740030012
0170060300Acción de Tutela
ALCALDIA MUNICIPAL
DE GIRARDOT,
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
DELIO RODRIGUEZ,
MARY FLOR TORRESURBANIZACIONES
ordenar a la alcaldía Municipal de Girardot, dentro del proceso de
restitución y protección de cuencas y rondas del rio contra Mary
Flor Torres y otros, dejar sin valor ni efecto la sentencia de fecha
31 de agosto de 2017 y 23 de octubre de 2017 por violación al
debido proceso, derecho de defensa, acceso a la administración
de justicia
Ordenar al mencionado despacho, se sirva ordenar la reubicación
de las personas demandadas siendo poseedoras de Buena Fe
dentro de un termino de 15 dias
Declarar se respete el statu quo, ya declarado por otro juez,
hasta tanto no exista la orden de reubicación
Activo AltaJuzgado 1 civil Municipal
de Girardot
Etapa - Fallo de
Segunda Instancia
3831 En Contra $0,002500022040002
0170056200Acción de Tutela
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, GOBERNACION
DE CUNDINAMARCA,
INSTITUTO DE
INFRAESTRUCTURAS Y
CONCESIONES DE
CUNDINAMARCA -
ICCU, CONSORCIO DEL
DESARROLLO VIAL DE
LA SABANA - DEVISAB
MARIA DEL CARMEN
GARCIA ROMEROINUNDACIONES
Se ordene a las entidades accionadas y vinculadas tomar en el
menor tiempo posible las medidas necesarias para evitar que las
aguas de escorrentía proveniente del kilometro 77 aprox de la vía
mosquera - la mesa sigan generando daños en el predio de la
accionante y demás predios vecinos afectados por esta situación
Activo Baja
TRIBUNAL SUPERIOR
DEL DISTRITO JUDICIAL
DE CUNDINAMARCA -
SALA PENAL
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
No.
ORIONCategoria Cuantía Radicado judicial Clase proceso Demandado Demandante Tema Pretensión
Situación -
estado
actual
Probabilidad
de pérdidaDespacho Judicial Etapa Actuación
3832 En Contra $0,00 2017-00084 Acción de Tutela
SECRETARIA DE SALUD
DE FACATATIVA,
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
INDUSTRIA NACIONAL
DE AGROPECUARIA -
INAGRO SA.
MEDIDAS
PREVENTIVAS
Se ordene a la Secretaria de Salud municipal de facatativa, que
en el termino de 48 horas siguientes a la notificación de la
providencia que le ordene levantar la medida impuesta mediante
la resolución No 947 de 2017, procediendo a realizar la apertura
de la empresa
Activo Media
JUZGADO 1 PENAL
MUNICIPAL DE
FACATATIVA
Etapa - Recursos
Extraordinarios
3833 En Contra $0,002549140890012
0170010200Acción de Tutela
CODENSA S.A.,
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, ALCALDIA
MUNICIPAL DE
NOCAIMA,
PERSONERIA
MUNICIPAL DE
NOCAIMA
ADAN CRUZPERMISOS Y
LICENCIAS
Ordenar a quien corresponda retirar las cuerdas del servicio de
energía de manera temporal mientras la comunidad tala el árbol
que ya de encuentra seco
Sírvase en consecuencia señora Juez, ordenar a la empresa
Codensa, disponer la suspensión del servicio de energía de
manera temporal, de manera inmediata para evitar una tragedia
en el sector del barrio pesebre
Activo BajaJuzgados Promiscuo
Municipal de Nocaima
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
3835 En Contra $637.000.000,001100133340042
0160024501
Acción de Nulidad y
Restablecimiento del
derecho
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
CARLOS ARTURO
TORO CADAVIDDEBIDO PROCESO
Que la CAR declare la nulidad de las resoluciones 1496 de 2015,
088 de 2016
Que la CAR a titulo de restablecimiento del derecho proceda a
cancelar, todas las sumas de dinero que a titulo de daño
emergente le ha infringido al convocante.
lucro cesante: al no haber percibido el dinero por la venta de los
materiales de construcción extraídos y beneficiados en el titulo
minero GKH-081
Activo Baja
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA -
SECCIÓN PRIMERA -
SUBSECCIÓN A
Etapa - Notificaciones
3836Tercero
involucrado$0,00 2017-00141 Acción de Tutela
AGUAS DEL NORTE
ESP
CLARISA GAMEZ
PRIETOSERVICIOS PÚBLICOS
Se ordene a la accionada que una vez realizada la visita por parte
de esa entidad, sea instalado el servicio publico esencial (servicio
de Agua)
Activo Baja
JUZGADO 2 PENAL
MUNICIPAL DE
FUSAGASUGÁ
Etapa - Contestación
Demanda
3837 En Contra $295.156.035,002500023410002
0170080600
Acción de Nulidad y
Restablecimiento del
derecho
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
AGROPECUARIA IBERO
ANDINA SADEBIDO PROCESO
Se declare el restablecimiento del derecho a favor de la
accionante y que se revoque las decisiones de las resoluciones
No 2055 de 2016 y la Resolución 3615 de 2014 emanadas por la
CAR que imponen una multa desconociendo los derechos
fundamentales y legales de la accionante
Se ordene a la CAR revocar las Resoluciones No 3615 de 2014 y
la Resolución 2055 de 2016, las cuales no se adjuntan a la
normativa jurídica colombiana y desconoce los derechos de una
persona jurídica
Activo Media
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA -
SECCIÓN PRIMERA -
SUBSECCIÓN A
Etapa - Contestación
Demanda
3839 En Contra $13.431.216.000,002500023360002
0170148600
Acción de Reparación
Directa
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
ANIBAL TORRES RIOS,
SERGIO YAMID
TORRES TAFUR,
HADER ANIBAL
TORRES CUERVO,
MARCO ANTONIO
GOMEZ RODRIGUEZ
PREDIOS
Que se declare que la CAR ha ocupado de manera arbitraria,
unilateral e ilegal el predio ubicado en la Avenida Calle 80 No 119-
60, de propiedad de los convocantes, desconociendo los
derechos que como propietarios tienen sobre dicho predio
Activo Media
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA -
SECCIÓN TERCERA -
SUBSECCIÓN C
Etapa - Contestación
Demanda
3840 En Contra $0,001100122050002
0170265901Acción de Tutela
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, SECRETARIA
DISTRITAL DE
AMBIENTE,
MINISTERIO DEL
MEDIO AMBIENTE,
COMPAÑIA NACIONAL
DE SEBOS LTDA -
CONALSEBOS
LEIDY YESENIA
ANGULO PARDO
CONTAMINACIÓN AIRE-
SUELO
Ordenar a los accionados que de forma inmediata preste las
medidas de protección necesarias de forma constante para que
cese la vulneración de los derechos vulnerados a la comunidad
de isla del sol, islita y madelena
Ordenar la suspensión de las actividades realizadas por
CONALSEBOS, hasta tanto garanticen que con su actividad no
vulneren los derecho fundamentales de los barrios vecinos
Activo Baja
TRIBUNAL SUPERIOR DE
BOGOTA - SALA
LABORAL
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
No.
ORIONCategoria Cuantía Radicado judicial Clase proceso Demandado Demandante Tema Pretensión
Situación -
estado
actual
Probabilidad
de pérdidaDespacho Judicial Etapa Actuación
3844 En Contra $0,002529042030012
0170077100Acción de Tutela
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, ALCALDIA
MUNICIPAL DE
FUSAGASUGA, BAR LA
CAVA, PERSONERIA
MUNICIPAL DE
FUSAGASUGA
ARISTOBULO BERNAL
PUENTES, SARA MARIA
VELASQUEZ NOVOA,
ISMAEL ESPINOSA
SUAREZ, ANALEYDA
ACOSTA SAENZ,
OSCAR ARMANDO
GARCIA MARTINEZ,
ANA MARGARITA
SANTAFE CALDERON Y
OTROS
RUIDOSSe ordene el sellamiento definitivo del Bar LA CAVA ubicado en la
Calle 22 No 6-12 local 6 de la ciudad de fusagasugaActivo Media
Juzgado 1 Civil del
Circuito de FusagasugaEtapa - Notificaciones
3848 En Contra $0,002500023410002
0170107000Acción Popular
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, AGENCIA
NACIONAL DE
MINERIA - ANM
CARLOS ALBERTO
MANTILLA GUTIERREZMINERÍA
Que se declare que para efectos de protección, mantenimiento,
desarrollo, conservación, de los derechos colectivos señalados en
la demanda, no tienen efecto jurídico alguno, y nunca han
tenido, ni tienen, efecto jurídico o fuerza ejecutoria alguna; que
son, y siempre han sido, siempre, ineficaces, inoponibles, sin
fuerza obligatoria, inejecutables, inejercitables, e inaplicables, y
sin ningún efecto jurídico, para las áreas, zonas, terrenos, y
trayectos, de las reservas forestales nacionales, de interés
ecológico nacional, protegidas y priorizadas, denominadas -
Cuenca alta del rio Bogotá y Bosque oriental de Bogotá – con
comunicación inmediata entregada para ser cumplida dentro de
las 48 horas siguientes a la fecha del fallo a la primera autoridad
de las demandadas - excluidos de las actividades mineras y en el
texto de los siguientes actos, contratos, títulos mineros, y
sentencia judicial, fraudulentos, inmorales, montados
secuentemente y escaladamente, de manera manifiestamente
criminal y contraria a la normatividad constitucional, ambiental, y
minera; y más aún, en contra de tratados internacionales
suscritos por Colombia que amparan las áreas protegidas,
proferidos ilícitamente en beneficio particular de una estructura
delictiva y de sus líderes y socios gestores; quienes con la
complicidad, el encubrimiento, y el favorecimiento de las
entidades demandadas, promovieron, financiaron; se
aprovecharon y aprovechan económicamente; se beneficiaron y
se benefician económicamente; de los daños graves e
irreparables, lesivos, ejecutados; con ocupación ilícita; con el uso
de la superficie suelos, aguas, y recursos naturales de esas áreas
protegidas; con carreteras ilegales; con cerramiento ilegal; con el
uso ilegal de las aguas de uso público y acuíferos; con la
urbanización ilegal de esas áreas protegidas, en ejercicio ilícito de
servidumbres mineras prohibidas en esas áreas protegidas, a
sabiendas, que obraban dolosa, e intencionalmente, contra los
derechos e intereses colectivos de los colombianos, atrás
nombrados, en contra del interés general, y de los determinantes
ambientales y componentes naturales, que sirvieron para la
calificación de reservas forestales, y de los terrenos protegidos,
desafiantemente afectados con minería ilícita
Activo Baja
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA -
SECCIÓN PRIMERA -
SUBSECCIÓN A
Etapa - Contestación
Demanda
3849Tercero
involucrado$0,00
1100160990342
0130027100Penal HENRY PRIETO PRIETO DE OFICIO VERTIMIENTOS Protección a los Recursos Naturales y el Medio Ambiente Activo Media
Juzgado 1 Penal del
Circuito de Choconta
Etapa - Reparación
Integral
3850Tercero
involucrado$0,00
1100160990342
0130034200Penal
VICTOR MANUEL
COTRERAS CASALLASDE OFICIO VERTIMIENTOS Protección a los Recursos Naturales y el Medio Ambiente Activo Media
Juzgado 1 Penal del
Circuito de Choconta
Etapa - Reparación
Integral
3853Tercero
involucrado$0,00
1100160990342
0170003200Penal
LUIS DANIEL ARVALO
CALDERON, YUDHIE
JIMENA RIVERA
CEDIEL, JOSE
ANTONIO PACHON
CHAVEZ, OSCAR
EDUARDO BELLO
CONTRERAS
DE OFICIO MINERÍA Protección a los Recursos Naturales y el Medio Ambiente Activo Media
JUZGADO PENAL DEL
CIRCUITO CON
FUNCIONES DE
CONOCIMIENTO DE
UBATE
Etapa - Probatoria
No.
ORIONCategoria Cuantía Radicado judicial Clase proceso Demandado Demandante Tema Pretensión
Situación -
estado
actual
Probabilidad
de pérdidaDespacho Judicial Etapa Actuación
3854 En Contra $0,001100140030522
0170141700Acción de Tutela
ALCALDÍA MAYOR DE
BOGOTÁ, D.C.,
UNIDAD
ADMINISTRATIVA
ESPECIAL DE LOS
SERVICIOS PUBLICOS -
UAESP, CENTRO DE
GERENCIAMIENTO DE
RESIDUOS DOÑA
JUANA S.A. E.S.P. Y
OTROS
COMUNIDAD RURAL
DE LA LOCALIDAD DE
CIUDAD BOLIVAR DE
BOGOTA
RESIDUOS SOLIDOS
ordenar la intervención de los organismos de control para que
actúen, según sus facultades y competencias constitucionales y
legales, con respecto a las entidades accionadas
ordenar a la Fiscalia General de la Nación y a la Defensoria del
pueblo actuar, según sus facultades constitucionales y legales,
para que cese la vulneración de los derechos por parte de las
accionadas, atendiendo lo manifestado en el contenido de la
acción constitucional y se determinen responsables por sus
acciones u omisiones en el mal manejo de la operación del
Relleno Sanitario Doña Juana
Activo BajaJUZGADO 52 CIVIL
MUNICIPAL DE BOGOTA
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
3855Tercero
involucrado$0,00
1100122030002
0170353600Acción de Tutela
PROCURADURIA
GENERAL DE LA
NACIÓN
WILSON ALBERTO
ORTIZ
DERECHOS DE
PETICIÓN
1.TUTELAR Y AMPARAR, los derechos fundamentales al
DERECHO DE PETICIÓN, que formulé por escrito el 18-10-2017,
con radicado E-2017-741499, ante el PROCURADOR GENERAL DE
LA NACIÓN- Dr. FERNANDO CARRILLO, y que a la fecha no he
obtenido respuesta de fondo, y que busca verificar el actuar de
las autoridades, y se conmine por este ente a que ejerzan sus
funciones de control, y sancionatorias, buscando la protección de
áreas naturales, ante la construcción sin licencia en el
MUNICIPIO DE ARBELAEZ, de 92 viviendas de recreo, en un área
de uso agropecuario, y que de seguir realizándose se está
violando el uso del suelo en la zona, pero no hay autoridad
municipal, departamental, ni nacional, que coloque freno a estos
constructores piratas, que afectan y cambian por vías de hecho el
uso del suelo ante la complacencia y mirada de las autoridades
municipales, y la falta de actuación oportuna de los entes de
control como la procuraduría.
Activo BajaTRIBUNAL SUPERIOR DE
BOGOTA - SALA CIVIL
Etapa - Fallo de
Segunda Instancia
3856 En Contra $0,00 2017-02303 Acción de Tutela
COMISION NACIONAL
DEL SERVICIO CIVIL -
CNSC, CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, AUTORIDAD
NACIONAL DE
LICENCIAS
AMBIENTALES - ANLA,
UNIVERSIDAD
MANUELA BELTRAN
ABELARDO CASTRO
BOHORQUEZDEBIDO PROCESO
Sírvase señor juez ordenar a la CNSC y a la universidad Manuela
Beltran o a quien considere competente, que revoque la decisión
de no admision en el concurso publico de méritos para el empleo
41194, código 2028, denominación 344, profesional especializado
mediante inscripción 60726593
Activo Media
JUZGADO 42 PENAL DEL
CIRCUITO CON
FUNCION DE
CONOCIMEINTO DE
BOGOTA
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
3857 En Contra $0,002500023410002
0170197700Acción Popular
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
CLIMACO PINILLA
POVEDA
PERMISOS Y
LICENCIAS
Ordenar a la CAR suspender la licencia ambiental No 1000 del 25
de junio de 2013Activo Alta
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA -
SECCIÓN PRIMERA -
SUBSECCIÓN B
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
3858 En Contra $0,001100131090322
0170021100Acción de Tutela
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, INSTITUTO
GEOGRAFICO AGUSTIN
CODAZZI - IGAC
JASMIN PATRICIA
PUENTES
DERECHOS DE
PETICIÓN
Se ordene a los accionados contestar inmediatamente los
respectivos derechos de petición que se presentaron ante ellos el
dia 2 de noviembre de 2017
Activo Media
JUZGADO 32 PENAL DEL
CIRCUITO CON
FUNCIONES DE
CONOCIMIENTO DE
BOGOTA
Etapa - Contestación
Demanda
3859 En Contra $0,001100131870242
0170028500Acción de Tutela
COMISION NACIONAL
DEL SERVICIO CIVIL -
CNSC, UNIVERSIDAD
MANUELA BELTRAN,
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
EVANGELINA SIERRA
CASASDEBIDO PROCESO
Ordenar que en un termino no mayor a 48 horas se admita mi
inscripción al cargo de técnico administrativo Código Opec 40166,
código empleo 3124 grado 16 y consecuentemente se me admita
al examen escrito
Activo Media
JUZGADO 24 DE
EJECUCION DE PENAS Y
MEDIDAS DE
SEGURIDAD DE BOGOTA
Etapa - Contestación
Demanda
No.
ORIONCategoria Cuantía Radicado judicial Clase proceso Demandado Demandante Tema Pretensión
Situación -
estado
actual
Probabilidad
de pérdidaDespacho Judicial Etapa Actuación
3860 En Contra $0,008100131070012
0170020100Acción de Tutela
COMISION NACIONAL
DEL SERVICIO CIVIL -
CNSC, CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, UNIVERSIDAD
MANUELA BELTRAN
EDGAR ALBERTO
URIBE VILLAMIZARDEBIDO PROCESO
Se ordene a la entidad accionada Comisión Nacional de Servicio
Civil y Universidad Manuela Beltran o a quien corresponda, para
que dentro del termino que señale su señoría, proceda a efectuar
los tramites administrativos tendientes a dar validez al titulo de
pregrado allegado en la convocatoria a través del SIMO y la
certificación expedida por la Universidad Francisco de Paula
Santander, en consecuencia se de aplicabilidad a los mecanismos
necesarios para quedar admitido
Activo Baja
Juzgado Penal del
Circuito Especializado de
Arauca
Etapa - Notificaciones
3861 En Contra $0,00 2018-00001 Acción de Tutela
COMISION NACIONAL
DEL SERVICIO CIVIL -
CNSC, UNIVERSIDAD
MANUELA BELTRAN,
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
EDGAR ALBERTO
URIBE VILLAMIZARDEBIDO PROCESO
Se ordene a la entidad accionada Comisión Nacional de Servicio
Civil y Universidad Manuela Beltran o a quien corresponda, para
que dentro del termino que señale su señoría, proceda a efectuar
los tramites administrativos tendientes a dar validez al titulo de
pregrado allegado en la convocatoria a través del SIMO y la
certificación expedida por la Universidad Francisco de Paula
Santander, en consecuencia se de aplicabilidad a los mecanismos
necesarios para quedar admitido
Activo Baja
Juzgado Promiscuo de
Familia del Circuito de
Saravena - Arauca
Etapa - Contestación
Demanda
3862 En Contra $0,001100140090272
0170014300Acción de Tutela
UNIDAD
ADMINISTRATIVA
ESPECIAL DE LOS
SERVICIOS PUBLICOS -
UAESP,
SUPERINTENDENCIA
DE SERVICIOS
PUBLICOS
DOMICILIARIOS,
ALCALDÍA MAYOR DE
BOGOTÁ, D.C. Y
OTROS
ECORESIDUOS, NANCY
MERCEDES BERMUDEZ
SANTOS
DEBIDO PROCESO
Se ordene la suspensión del Acto Administrativo - licitación
publica No UAESP-LP-02-2017, hasta que se resuelvan los demás
mecanismos de defensa a los que se debe acudir
Activo Media
JUZGADO 27 PENAL
MUNICIPAL CON
FUNCIONES DE
CONOCIMIENTO DE
BOGOTA
Etapa - Contestación
Demanda
3863 En Contra $0,001100131870242
0180030000Acción de Tutela
COMISION NACIONAL
DEL SERVICIO CIVIL -
CNSC, UNIVERSIDAD
MANUELA BELTRAN,
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
NESTOR JAVIER
GARCIA MORADEBIDO PROCESO
Ordenese a los accionados proceder con la revocatoria de la no
admisión del suscrito concurso de méritos señalado y en su lugar
se me admita para continuar en el tramite, por reunir los
requisitos exigidos
Activo Media
JUZGADO 24 DE
EJECUCION DE PENAS Y
MEDIDAS DE
SEGURIDAD DE BOGOTA
Etapa - Recursos
Extraordinarios
3864 En Contra $0,001100131870162
0170081500Acción de Tutela
COMISION NACIONAL
DEL SERVICIO CIVIL -
CNSC, UNIVERSIDAD
MANUELA BELTRAN,
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
NARLI JOHANA
ALDANA MEJIADEBIDO PROCESO
Declarar que la negativa de la Universidad Manuela Beltran, para
proveerle el procedimiento como es, a hacer la respectiva
revisión de los requisitos mínimos para la convocatoria aquí
referida, y se me incluya en el listado consolidado de admitidos
originados por ustedes indicado- verificación de requisitos
mínimos, y se proceda a continuar con la citación a las pruebas
básicas funcionales y comportamentales para la convocatoria
Activo Media
Juzgado 16 de ejecución
de Penas y Medidas de
Seguridad
Etapa - Recursos
Extraordinarios
3865 En Contra $0,001500131870032
0180000100Acción de Tutela
COMISION NACIONAL
DEL SERVICIO CIVIL -
CNSC, UNIVERSIDAD
MANUELA BELTRAN,
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
HILDA MARCELA
GRANADOS AVELLADEBIDO PROCESO
Ordenese a los demandados, se tenga en cuenta la licencia de
Salud Ocupacional como documento valido y vigente expedido
por la Secretaria de Salud de Boyaca para ejercer mi
especialidad, el cual fue aportado por mi oportunamente según
tiempos establecidos en el SIMO para participar en el concurso al
que me postule y me permitan continuar participando de las
etapas del concurso en mención.
Activo Media
Juzgado 5 de Ejecución
de Penas y Medidas de
Seguridad de Tunja
Etapa - Recursos
Extraordinarios
3866 En Contra $0,002529031130012
0180000700Acción de Tutela
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
LAURA NATALIA
MARISCAL PEREZDEBIDO PROCESO
Se ordene al Director de la CAR, regional sumapaz, que en el
termino de 48 horas emita auto resolviendo como a derecho
corresponde la actuación administrativa correspondiente, esto es
adelantando el proceso sancionatorio correspondeinte
Activo BajaJuzgado 1 Civil del
Circuito de Fusagasuga
Etapa - Contestación
Demanda
No.
ORIONCategoria Cuantía Radicado judicial Clase proceso Demandado Demandante Tema Pretensión
Situación -
estado
actual
Probabilidad
de pérdidaDespacho Judicial Etapa Actuación
3867Tercero
involucrado$0,00
1100160990342
0130051500Penal
JOSE CLODOVEO
RODRIGUEZ FRANCODE OFICIO
RECURSOS
NATURALES, FAUNA
FLORA
Protección a los Recursos Naturales y el Medio Ambiente Activo MediaFiscalia General De La
NaciónEtapa - Acusación
3869 En Contra $0,00 2017-00022 Acción de Tutela
INDUSTRIA DE
ALIMENTOS ROJAS
MEDINA LTDA,
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, ALCALDIA
MUNICIPAL DE
FUSAGASUGA,
PERSONERÍA DE
FUSAGASUGÁ
FERNANDO CÉSPEDES
CALDERÓN
CONTAMINACIÓN AIRE-
SUELO
Que sea aplicado el articulo No 7 del decreto 2591 de 1991 en el
entendido que sean dictadas medidas provisionales para proteger
los derechos fundamentales desde la presentación de esta
acción, ordenando suspender la acción del uso de la caldera y
por tanto emisiones atmosfericas
Activo BajaJuzgado 2 Civil Municipal
de Fusagasuga
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
3870 En Contra $1.295.782.375,002500023410002
0170198900
Acción de Nulidad y
Restablecimiento del
derecho
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
CARLOS ARTURO
TORO CADAVID
CONCILIACIÓN -
SANCIONATORIO
AMBIENTAL
Que se declare la nulidad de las resoluciones No 1897 de 2016 y
Resolución 1696 de 2017
Que como consecuencia de lo anterior y como restablecimiento
del derecho, se condene a la CAR a indemnizar al accionante,
todos los perjuicios que se hayan ocasionado o que se ocasionen
durante el proceso y hasta la fecha de la sentencia
Activo Baja
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA -
SECCIÓN PRIMERA -
SUBSECCIÓN B
Etapa - Contestación
Demanda
3871 En Contra $1.500.000.000,002500023410002
0170161800
Acción de Nulidad y
Restablecimiento del
derecho
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
GONZALO BAUTISTA
PAEZ, JUAN ALIRIO
RODRIGEUZ ALIPIO,
FAUSTINO CASALLAS
RINCON
PERMISOS Y
LICENCIAS
Que se declare nula la Resolución 2297 de 2011 proferida por la
CAR la cual impuso a los accionantes un PMA dentro del proceso
de legalización No EG9-111
Que se declare la nulidad de la Resolución 0539 del 28 de febrero
proferida por la CAR por medio de la cual se resuelve un recurso
de reposición
Como consecuencia de la nulidad y a titulo de restablecimiento
del derecho, se ordene a la CAR aprobar un plan de manejo
ambiental para la explotación de carbon de un frente minero
ubicado en la vereda gachaneca del municipio de lenguazaque
Que se condene de manera subsidiaria a la CAR a titulo de
reparacion directa, al pago de los perjuicios que an causado y los
que se llegaren a causar dentro del lucro cesante futuro
Activo Media
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA -
SECCIÓN PRIMERA -
SUBSECCIÓN A
Etapa - Audiencia
Inicial
3872 En Contra $0,00 2018-00002 Acción de Tutela
COMISION NACIONAL
DEL SERVICIO CIVIL -
CNSC, UNIVERSIDAD
MANUELA BELTRAN,
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
MARTHA PAULINA
GARZON ROMERODEBIDO PROCESO
Ordenar que en un termino no mayor a 48 horas se admita mi
inscripción al cargo de técnico administrativo código OPEC 40148,
código del empleo 3124 grado 16 y consecuentemente se me
admita al examen escrito ordenado conforme a los acuerdos
CNSC No 201700000066 del 2017 y 201700000076 de 2017
Activo Baja
Juzgado 41 Penal del
Circuito con funciones de
Conocimiento de Bogota
Etapa - Contestación
Demanda
3873 En Contra $0,001100131030162
0180002500Acción de Tutela
COMISION NACIONAL
DEL SERVICIO CIVIL -
CNSC, UNIVERSIDAD
MANUELA BELTRAN,
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
MARIA CRISTINA
REYES HINCAPIEDEBIDO PROCESO
Ordenese a la autoridad accionada que me admitan en la
convocatoria No 435 de 2016 CAR - ANLA, para presentar prueba
escrita en el empleo
Activo MediaJUZGADO 16 CIVIL DEL
CIRCUITO DE BOGOTÁ
Etapa - Recursos
Extraordinarios
3875 En Contra $0,001100133420502
0180001800Acción de Tutela
COMISION NACIONAL
DEL SERVICIO CIVIL -
CNSC, UNIVERSIDAD
MANUELA BELTRAN,
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
MELBA NOHORALBA
ROJAS BENITEZDEBIDO PROCESO
Ordenar al mismo CNSC, dejar sin efecto legal alguno la decisión
adoptada mediante documento suscrito, por el cual se resuelve
mi reclamación y proceder de manera inmediata a permitirme
continuar participando en el mencionado concurso de meritos
Activo Baja
JUZGADO 50
ADMINISTRATIVO DEL
CIRCUITO DE BOGOTÁ
Etapa - Contestación
Demanda
No.
ORIONCategoria Cuantía Radicado judicial Clase proceso Demandado Demandante Tema Pretensión
Situación -
estado
actual
Probabilidad
de pérdidaDespacho Judicial Etapa Actuación
3877 En Contra $0,00 2018-00012 Acción de Tutela
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, ALCALDIA
MUNICIPAL DE EL
COLEGIO, SECRETARIA
DE PLANEACION
MUNICIPAL DEL EL
COLEGIO, EMPRESA DE
SERVICIOS PUBLICOS
DOMICILIARIOS -
EMPUCOL
GLORIA INES
VILLAMAYOR PIÑEROSINUNDACIONES
Ordenar al municipio del colegio, proceder a reubicarme en uno
de los apartamentos de vivienda gratuita, dentro del programa de
los 250 apartamentos que serán entregados a través del
ministerio de vivienda nacional, toda vez que por determinación
del comité de gestión del riesgo del municipio del colegio, se me
ordeno desocupar la vivienda y se me prohibió vivir allí, pero
tampoco se me ja resuelto la posibilidad de una vivienda digna
Activo MediaJuzgado Promiscuo
Municipal de El Colegio
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
3878 En Contra $0,001100131070062
0180001100Acción de Tutela
COMISION NACIONAL
DEL SERVICIO CIVIL -
CNSC, UNIVERSIDAD
MANUELA BELTRAN,
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
FRANCISCO JAVIER
CRUZ CASTELLANOSDEBIDO PROCESO
Se disponga que en el termino improrrogable de 48 horas
contados a partir de la notificación de la tutela, la demandada
expida la actuación administrativa necesaria para que cesen la
vulneracion de los derechos
Sírvase ordenar a los accionados para que permita al accionante
continuar participando en el concurso del cargo ofertado en la
convocatoria 435 de 2016.
Activo Media
JUZGADO 6 PENAL DEL
CIRCUITO
ESPECIALIZADO DE
BOGOTA
Etapa - Recursos
Extraordinarios
3879Tercero
involucrado$0,00
2530733400022
0160062400Acción Popular
ALCALDIA MUNICIPAL
DE SILVANIA
PROCURADURIA
JUDICIAL 27
AMBIENTAL Y AGRARIA
PERMISOS Y
LICENCIAS
Se ordene a la accionada, la protección efectiva de los derechos
vulnerados, con carácter definitivo, para lo cual deberá iniciar el
tramite de revocatoria directa de la licencia de urbanismo
expedida mediante resolución 2750 de 2015 y si este resulta
fallido, promover la acción de lesividad respectiva
Activo MediaJuzgado 2 Administrativo
de Girardot
Etapa - Contestación
Demanda
3880 En Contra $2.350.000.000,002500023410002
0170106100
Acción de Nulidad y
Restablecimiento del
derecho
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, ASOCIACIÓN DE
USUARIOS DEL RIO
SUMAPAZ - ASUMAPAZ
PEÑALIZA DE ENTRE
RIOS S.A. EN
LIQUIDACIÓN,
SOCIEDAD AGUAS
MARAKATA S.A. - ESP
CONTRACTUAL
Que se declare la nulidad de la Resolución No 159 del 30 de
enero de 2017, proferida por la CAR
Se restablezca el derecho de la Sociedad peñaliza Entre Rios (En
Liquidación), pues la concesión de aguas superficiales para
derivar se la fuente hidrica de uso publico denominada Rio
Sumapaz para a las Asociación de Usuarios Rio Sumapaz -
ASUMAPAZ- desmejora el derecho de mi mandante, consolidado
mediante concesión de aguas superficiales otorgada por el
INDERENA a Peñaliza entre ríos desde el año 1995 y que en la
actualidad esta en plena operación a través de AGUAS
MARAKATA ESP.
Se condene a pagar a la CAR la suma de dinero que resulte
probada, a titulo de indemnización por los daños sufridos por los
Activo Media
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA -
SECCIÓN PRIMERA -
SUBSECCIÓN A
Etapa - Contestación
Demanda
3882 En Contra $0,002524540890012
0180001100Acción de Tutela
EMPRESA DE
SERVICIOS PUBLICOS
DOMICILIARIOS -
EMPUCOL,
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, SECRETARIA DE
PLANEACION
MUNICIPAL DEL EL
COLEGIO
PERSONERIA
MUNICIPAL DE EL
COLEGIO, MYRIAM
LUCIA RAMIREZ
SANCHEZ
SERVICIOS PÚBLICOS
Se ordene de manera inmediata le sea restablecido el servicio de
alcantarillado a su predio, el cual esta siendo ocupado por una
familia con dos menores de edad
Activo MediaJuzgado Promiscuo
Municipal de El Colegio
Etapa - Fallo de
Segunda Instancia
3883 En Contra $0,001100140030012
0180007100Acción de Tutela
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
CENTRO INDUSTRIAL
Y EMPRESARIAL CIEM
OIKOS OCCIDENTE PH
DERECHOS DE
PETICIÓNOrdenar a la CAR dar respuesta al derecho de petición Activo Media
JUZGADO 1 CIVIL
MUNICIPAL DE BOGOTÁ
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
No.
ORIONCategoria Cuantía Radicado judicial Clase proceso Demandado Demandante Tema Pretensión
Situación -
estado
actual
Probabilidad
de pérdidaDespacho Judicial Etapa Actuación
3884 En Contra $0,002524540890012
0180002300Acción de Tutela
VICTOR MANUEL
RODRIGUEZ PIRA,
PARQUE FINCA HOTEL
YARUMO,
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, SECRETARIA DE
SALUD DE
CUNDINAMARCA
CLAUDIA DEL PILAR
HUERTAS GUERRERORUIDOS
Se ordene el cierre de la entrada que abrió frente al predio de
mis padres, ya que la vía de acceso a este predio es privada
según documentos que adjuntan.
Que esta vía privada no sea utilizada para el transito de motos,
cuatrimotos, volquetas, camiones y todo vehículo pesado o de
velocidad y recreación que pueda ocasionar peligros y alteración
a la tranquilidad de mis padres
Activo BajaJuzgado Promiscuo
Municipal de El Colegio
Etapa - Fallo de
Segunda Instancia
3885 En Contra $0,002500023410002
0170189200Acción Popular
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, MUNICIPIO DE
GIRARDOT,
INSTITUTO
GEOGRAFICO AGUSTIN
CODAZZI - IGAC,
OFICINA DE REGISTRO
DE INSTRUMENTOS
PUBLICOS DE
GIRARDOT
GILMA TAFUR LOPEZ URBANIZACIONESOrdenar a la CAR restablecer en su totalidad la zona de ronda del
rio de la quebrada miraflores sector urbanización Santa RitaActivo Media
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA -
SECCIÓN PRIMERA -
SUBSECCIÓN A
Etapa - Excepciones
3889 En Contra $0,002578140890012
0170017600Acción de Tutela
ASOCIACIÓN DE
USUARIOS DEL
ACUEDUCTO RURAL
NOVOA,
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
LUIS JAVIER POVEDA
RODRIGUEZSERVICIOS PÚBLICOS
Ordenar a la accionada, con la inmediatez requerida, se otorgue
a mi favor el punto de agua para mi predio ubicado en la Vereda
Novoa.
Activo BajaJuzgado Promiscuo
Municipal de Sutatausa
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
3891 En Contra $109.890.192,002589933330012
0170028300
Acción de Nulidad y
Restablecimiento del
derecho
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
FULVIA AGUDELO
GARCIACONTRACTUAL
Que se declare la Nulidad de los actos administrativos No.
20172109525 que dio respuesta al radicado 20171107588 y el
acto con el que resuelven los recursos interpuestos, el cual se
identifica el No. 20172116143, ambos suscritos por Dra. ANA
ERIKA JINETH PEÑA CASTELLANOS y que desconocen
obligaciones legales esenciales e irrenunciables como son las
prestaciones sociales que surgen del vínculo laboral que tenía la
entidad requerida con la señora FULVIA AGUDELO GARCIA.
Que a título de restablecimiento del Derecho, se reconozcan y
ordene el pago debidamente indexados de las prestaciones
sociales denominadas; primas de servicios, cesantía, 12% de
intereses sobre las cesantías. 15 días de vacaciones al año y su
reconocimiento por no haberlas disfrutado, correspondientes a
los contratos, 00086 del 14 de abril de 2005, 021 de 27 de
Noviembre de 2006, 00035 del 15 de marzo de 2007, 00229 del
25 de abril de 2008, 000090 del 17 de marzo de 2009, 090 del 30
de marzo de 2010, 00313 del 17 de octubre de 2010, 313 del 10
de octubre de 2010, 0000181 del 30 de abril de 2012, 0395 del
22 de abril de 2013, 0672 del 21 de agosto de 2014, y 00239 de
marzo de 2015.
Activo Media
Juzgado 1 Administrativo
Oral Del Circuito De
Zipaquira
Etapa - Contestación
Demanda
3892Tercero
involucrado$0,00
1100103150002
0170282900Acción de Tutela
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA -
SECCIÓN PRIMERA
EDILBERTO BELLO,
PEDRO JOSE TORRES,
JOHN FREDDY NIÑO,
PEDRO PABLO
BAQUERO, JOHN
CESAR TORRES
COMPETENCIAS
Declarar la inconstitucionalidad de la consulta popular convocada
en Une - cundinamarca toda vez que el TAC desconoció los
derechos fundamentales al trabajo y de libertad de escoger
profesión u oficio, en el marco de estudio de constitucionalidad
de la consulta popular de Une y que se nos otorgue la posibilidad
de participar dentro del proceso de constitucionalidad de la
pregunta que pretende el municipio de une formular dentro de la
consulta popular en virtud del derecho fundamental al trabajo
Activo Media
CONSEJO DE ESTADO -
SALA CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVA -
SECCIÓN QUINTA
Etapa - Apelación
Sentencia
No.
ORIONCategoria Cuantía Radicado judicial Clase proceso Demandado Demandante Tema Pretensión
Situación -
estado
actual
Probabilidad
de pérdidaDespacho Judicial Etapa Actuación
3894 En Contra $0,002589931180012
0180001500Acción de Tutela
ALCALDIA MUNICIPAL
DE NEMOCÓN,
INSPECCION DE
POLICIA DE
NEMOCON,
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
MIGUEL ANGEL
SANCHEZRUIDOS
Se ordene a la secretaria de infraestructura del municipio de
nemocon, aclarar el uso del suelo del predio ubicado en la
Carrera 6 No 1 - 24 del municipio de nemocon y si cuenta con los
otros permisos que se requieren para el funcionamiento de los
establecimientos de comercio
Activo Media
JUZGADO 1 PENAL DEL
CIRCUITO PARA
ADOLECENTES CON
FUNCIÓN DE
CONOCIMIENTO DE
ZIPAQUIRA
Etapa - Contestación
Demanda
3895 En Contra $95.606.000,00 2018Conciliación
prejudicial
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
JORGE HUMBERTO
SANTANA CASTAÑEDAPREDIOS
Que se reconozca, liquide y pague la imposición de servidumbre
de asuntos de aguas impuesta a favor de la CAR en el predio de
propiedad del accionante, debido a una serie de obras dentro del
predio del convocante, que consistieron en la continuación del
canal de descarga del vertedero del embalse "el Hato"
Activo MediaPROCURADURIA
GENERAL DE LA NACION
Etapa - Audiencia de
Conciliación
3896 En Contra $146.635.660,002500023370002
0160197800
Acción de Nulidad y
Restablecimiento del
derecho
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
EMPRESA DE
ACUEDUCTO Y
ALCANTARILLADO EL
RINCON S.A. - EMAR
S.A.
TASAS RETRIBUTIVAS
Se declare la nulidad de la Resolución No 285 de 2016, la cual
resolvió el recurso de reposición y la deje sin efecto
Se declare la nulidad de la Factura TRET 004921 de 2015, la cual
se expidió inicialmente y luego fue ajustada mediante
reliquidación de la DAF de la CAR y la deje sin efecto
Que como consecuencia de las anteriores declaraciones se
proceda la devolución a la accionante de las sumas pagadas
hasta la fecha por concepto de la tasa retributiva cobrada
mediante la factura TRET 004921 de 2015
Activo Baja
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA -
SECCIÓN CUARTA -
SUBSECCIÓN A
Etapa - Contestación
Demanda
3897 En Contra $0,002530740030032
0180008800Acción de Tutela
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
SEGUNDO GONGORA
MATA
DERECHOS DE
PETICIÓN
Se ordene a la CAR, que dentro del termino de 48 horas,
contados a a partir de la notificación del fallo de la tutela, se de
respuesta clara, concreta y de fondo a la petición de fecha 05 de
enero de 2018
Activo MediaJuzgado 3 Civil Municipal
de Girardot
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
3898 En Contra $0,001100131030432
0180007100Acción de Tutela
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, ALCALDIA
MUNICIPAL DE LA
CALERA, INSPECCION
DE POLICIA DE LA
CALERA
ISAIAS ORJUELA
LUQUEDEBIDO PROCESO
Se ordene al Alcalde del Municipio de la Calera, al Señor
Inspector de Policía del Municipio de la Calera y la CAR, se
abstengan de proseguir cualquier otros procedimientos
Activo BajaJUZGADO 43 CIVIL DEL
CIRCUITO DE BOGOTÁ
Etapa - Contestación
Demanda
3899 En Contra $0,001100140030602
0180011900Acción de Tutela
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
MEDARDO PRECIADO
CORTESDEBIDO PROCESO
Se ordene a la CAR, como protección transitoria, la entrega de la
volqueta Chevrolet de placas HFH-311Activo Media
CORTE
CONSTITUCIONAL
SECRETARIA GENERAL
Etapa - Recursos
Extraordinarios
3900 En Contra $0,001700123330002
0170076200Acción de Tutela
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, AUTORIDAD
NACIONAL DE
LICENCIAS
AMBIENTALES - ANLA,
CONSORCIO VIAL
HELIOS, MUNICIPIO
DE PUERTO SALGAR,
CONTRALORIA
GENERAL DE LA
REPUBLICA,
PROCURADURIA
GENERAL DE LA
NACIÓN
NORBERTO ZAMORA
HERNANDEZ, JOSE
RUBEN CASTRO
ALVAREZ, PEDRO
ESCOBAR RUBIANO,
MIGUEL ANTONIO
APONTE BERNAL
DEBIDO PROCESO
Se ordene a la ANLA, definir de fondo y prontamente la
autorización para la inversión del 1% y conforme a los
lineamientos establecidos en la Licencia Ambiental otorgada
mediante Resolución No 0227 de 2012 y sus modificaciones
Se ordene al Consorcio Helios, materializar la autorización para la
inversión del 1%, según autorización dada por la ANLA
Activo Baja
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CALDAS
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
No.
ORIONCategoria Cuantía Radicado judicial Clase proceso Demandado Demandante Tema Pretensión
Situación -
estado
actual
Probabilidad
de pérdidaDespacho Judicial Etapa Actuación
3901Tercero
involucrado$0,00
1500133330072
0180001100Acción de Tutela
AREA DE
CORRESPONDENCIA
DEL
ESTABLECIMIENTO
PENITENCIARIO DE
ALTA Y MEDIANA
SEGURIDAD Y
CARCELARIO DE ALTA
SEGURIDAD DE
COMBITA -
EPAMSCASCO, 472
SERVICIOS POSTALES
NACIONALES SA
LUIS ALFREDO CAÑON
NUÑEZCOMPETENCIAS
Se ordene a quien corresponda, sea entregada la
correspondencia a su destinatario la señora Gloria Melo a la
dirección apuntada para lo mismo y sea notificado de su entrega
Activo BajaJuzgado 7 Administrativo
del Circuito de Tunja
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
3902 En Contra $0,002577040890012
0180004800Acción de Tutela
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
GABRIEL BORRERO
FONSECA
DERECHOS DE
PETICIÓN
Se ordene a la CAR anular el proceso DRAG 1079 de 25 de
septiembre de 2017 por la violación al debido proceso
referenciada
Ordenar a la CAR a dar respuesta de fondo a mi petición radicada
el 18 de Enero de 2018
Activo BajaJuzgado Promiscuo
Municipal de Suesca
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
3903Tercero
involucrado$0,00
1100160990342
0148004700Penal
ALFONSO CETINA
CORTESDE OFICIO PENAL VARIOS Protección a los recursos naturales y el medio ambiente Activo Media
Juzgado 1 Penal Del
Circuito ZipaquiraEtapa - Probatoria
3904Tercero
involucrado$0,00
1100160990342
0130041900Penal MAURICIO NIETO DE OFICIO PENAL VARIOS Protección a los recursos naturales y el medio ambiente Activo Media
Juzgado Promiscuo
Municipal de CoguaEtapa - Probatoria
3905 En Contra $0,001100103150002
0180045500Acción de Tutela
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA -
SECCIÓN PRIMERA,
SUPERINTENDENCIA
DE SERVICIOS
PUBLICOS
DOMICILIARIOS,
MINISTERIO DE
AMBIENTE Y
DESARROLLO
SOSTENIBLE - MADS,
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
DIANA MARCELA
PEREZ CEDEÑODEBIDO PROCESO
Que el consejo de Estado anule o deje sin ningún efecto los
ilegales autos que ordenaron irregularmente regresar las
acciones de grupo al Juzgado 30 administrativo del Circuito de
Bogota
Activo Baja
CONSEJO DE ESTADO -
SALA CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVA -
SECCIÓN QUINTA
Etapa - Recursos
Extraordinarios
3907Tercero
involucrado$0,00 2018-00014 Acción de Tutela
GOBERNACION DE
CUNDINAMARCA,
EMPRESA
INMOBILIARIA
CUNDINAMARQUEZA
ORLANDO ARDILA
MOLANOPREDIOS
Se sirva decretar de inmediato la protección de los derechos
fundamentales violados y conculcados toda vez que el ente
demandado ha cercenado todos los derechos y a mis espaldas
sin haber sido notificado adelantaron un procedimiento amañado
e ilegal de negociación con terceros lesionando patrimonialmente
a los herederos por lo cual se deberá anular e invalidar la
negociación que trata el contrato interadministrativo No 005 de
2016 y dejándolo sin valor alguno
Activo Baja
JUZGADO 9 CIVIL
MUNICIPAL DE
DESCONGESTION DE
BOGOTA
Etapa - Fallo de
Segunda Instancia
3908 En Contra $780.071.430,001100133360342
0170005000
Acción de Reparación
Directa
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, EMPRESA DE
LICORES DE
CUNDINAMARCA,
EMPRESA
INMOBILIARIA
CUNDINAMARQUEZA Y
OTROS
JOSE VICENTE
QUIROGA TOLOSA,
VICENTE QUIROGA
ROJAS, MARIA JOVITA
ROJAS MONTAÑEZ,
JHON FREDY QUIROGA
ROJAS, MARIA MONICA
QUIROGA ROJAS
INUNDACIONES
Declarar administrativamente y extra contractualmente
responsables las empresas accionadas, de la totalidad de los
daños y perjuicios morales, vida en relación, causados a los
convocantes que en el deslizamiento de tierra
Condenar a los accionados apagar a los convocantes por
perjuicios morales
Por perjuicios materiales en la modalidad de daño emergente
Por perjuicios materiales en la modalidad de Lucro Cesante
Por perjuicios materiales en la modalidad de daño emergente
Activo Media
JUZGADO 34
ADMINISTRATIVO DEL
CIRCUITO DE BOGOTÁ
Etapa - Notificaciones
No.
ORIONCategoria Cuantía Radicado judicial Clase proceso Demandado Demandante Tema Pretensión
Situación -
estado
actual
Probabilidad
de pérdidaDespacho Judicial Etapa Actuación
3909 En Contra $0,001500133330062
0170021300Acción Popular
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, DEPARTAMENTO
DE BOYACA,
MUNICIPIO DE
CHIQUINQUIRA
ASOCIACIÓN DE
USUARIOS DEL
ACUEDUCTO LA UNIÓN
SERVICIOS PÚBLICOS
Se ordene a la alcaldía del municipio de chiquinquira, se sirva
continuar con la prospección de aguas subterráneas,
construcción del pozo profundo, planta de tratamiento y la
instalación de las redes principales y secundarias que conduzcan
el agua a los respectivos hogares, para la vereda Moyavita Alto
del municipio de chiquinquira como esta establecido en el plan de
desarrollo del periodo 2016 a 2019, para de esta manera dar por
terminada la problemática que existe y que venimos padeciendo
los habitantes del sector en mención
Activo MediaJuzgado 6 Administrativo
Del Circuito De Tunja
Etapa - Pacto de
Cumplimiento
3910Tercero
involucrado$0,00
2530733330012
0170018600
Acción de Nulidad
Simple
MUNICIPIO DE
TOCAIMA, ALCALDIA
MUNICIPAL DE
TOCAIMA, CONSEJO
MUNICIPAL DE
TOCAIMA
MAURICIO JARAMILLO
PANTOJADEBIDO PROCESO
Se sirva declarar la nulidad simple del acuerdo 029 de 2010, EOT
del municipio de tocaima, de fecha 13 de noviembre de 2010, por
medio del cual se modifico el acuerdo municipal 024 de 2008
EOT de tocaima
Activo BajaJuzgado 1 Administrativo
Oral de Girardot
Etapa - Contestación
Demanda
3911Tercero
involucrado$0,00
1100160990342
0130027000Penal
TEODULO GÓMEZ
BARRERODE OFICIO VERTIMIENTOS Protección a los recursos naturales y el medio ambiente Activo Media
Juzgado 1 Penal del
Circuito de Choconta
Etapa - Reparación
Integral
3912 En Contra $35.000.000,001100131050382
0180001100Ordinario Laboral
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR,
ADMINISTRADORA
COLOMBIANA DE
PENSIONES -
COLPENSIONES
JULIO VICENTE
SOTELO RODRIGUEZ,
JAIME SOTELO
RODRIGUEZ
RELIQUIDACION
PENSIONAL
Que se declare que en la determinación del monto de la mesada
por jubilacion (CAR) u vejez (ISS) omitieron tener en cuenta
devengos, ingresos, prebendas y acreeecias efectivamente
causadas por el servicio personal del actor durante el ultimo año
o pluralidad de años de la relación laboral
Activo Media
JUZGADO 38 LABORAL
DEL CIRCUITO DE
BOGOTA
Etapa - Contestación
Demanda
3913 En Contra $0,00 2018-00075 Acción de Tutela
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
JOSE ANTENOR
GONZALEZ TORRESCOBRO COACTIVO
Se ordene a la CAR, dejar sin valor ni efecto alguno el
procedimiento sancionatorio en contra con el consecuente
levantamiento de las medidas cautelares materializadas
se inste a la CAR para dejar sin valor ni efecto el cobro coactivo
No 5016 adelantado en mi contra por carecer de fuente legal y
técnica, que le genere competencia y jurisdicción para imponer
sanciones de multas y se ordene el levantamiento de medidas
cautelares, pues el suscrito cumplió con los requisitos de la
norma urbanística y de copropiedad del condominio el peñón
para ejecutar la obra adelantada
Activo Media
JUZGADO 18 LABORAL
DEL CIRCUITO DE
BOGOTÁ
Etapa - Fallo de
Segunda Instancia
3914 En Contra $0,001100103240002
0160049500
Acción de Nulidad
Simple
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
EMPRESA DE
ACUEDUCTO,
ALCANTARILLADO Y
ASEO DE BOGOTA -
EAB
DEBIDO PROCESO
Que se declare la nulidad del acuerdo 36 del 22 de diciembre de
2015, expedido por la CAR
Que como consecuencia de lo anterior, se ordene al Consejo
Directivo de la CAR que establezca la meta global de carga
contaminante del DBO5 y SST para la cuenca del Rio Bogota en
el periodo correspondiente cumpliendo los requisitos legales
Activo Media
CONSEJO DE ESTADO -
SALA CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVA -
SECCIÓN PRIMERA
Etapa - Contestación
Demanda
3915Tercero
involucrado$0,00 2013-00045 Penal
OCTAVIO CANGREJO
GARZONDE OFICIO MINERÍA Protección a los recursos naturales y el Medio Ambiente Activo Media
Juzgado 1 Penal del
Circuito de SoachaEtapa - Acusación
3917 En Contra $0,00 2018-00110 Acción de Tutela
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, INSTITUTO
COLOMBIANO
AGROPECUARIO - ICA,
ALCALDIA MUNICIPAL
DE EL COLEGIO,
SECRETARIA DE SALUD
DE CUNDINAMARCA
YUDITH MORENO
CARRANZA
CONTAMINACIÓN AIRE-
SUELO
Vulneración a disfrutar de un ambiente sano, en la seguridad y
salubridad publicas
Activo en
ORIONBaja
Juzgados Promiscuo de
Familia del Circuito de La
Mesa
Etapa - Fallo de
Segunda Instancia
3918Tercero
involucrado$0,00
2530740030022
0180012500Acción de Tutela
MUNICIPIO DE
GIRARDOT, BAR
ANDRETTY, BACU BAR,
SANDRA QUIMBAYO
MIGUEL IVAN PATIÑO
ANGARITA, UNIDAD
RESIDENCIAL LA
ALAMEDA DE
GIRARDOT
RUIDOS
Que se ordene a la Alcaldía de Girardot o a quien corresponda,
tomar todas las medidas necesarias a fin de garantizar el cese
definitivo del ruido excesivo producido por los demandados
Activo BajaJuzgado 2 Civil Municipal
De Girardot
Etapa - Contestación
Demanda
No.
ORIONCategoria Cuantía Radicado judicial Clase proceso Demandado Demandante Tema Pretensión
Situación -
estado
actual
Probabilidad
de pérdidaDespacho Judicial Etapa Actuación
3919 En Contra $0,002532040890022
0180004200Acción de Tutela
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, CONSORCIO VIAL
HELIOS
CLAUDIA AZUCENA
BAREÑO ROJAS,
GERMAN OBANDO
SEGURA, ART VIVANT
SAS
PERMISOS Y
LICENCIAS
ordenar se suspenda en forma inmediata toda acción que vulnere
nuestros derechos fundamentales a Derecho al agua, derecho a
la vida y al derecho al trabajo
Activo BajaJuzgado 2 Promiscuo
Municipal de Guaduas
Etapa - Recursos
Extraordinarios
3920 En Contra $0,00 2018-00140 Acción de Tutela
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, ALCALDIA
MUNICIPAL DE
FUSAGASUGA,
EMPRESA DE
SERVICIOS PUBLICOS
DE FUSAGASUGA -
EMSERFUSA S.A. E.S.P.
PEDRO HERNANDO
BONILLA
POTABILIDAD DEL
AGUA -
ALCANTARILLADO
Ordenar a los accionados realizar en un termino no mayor a 3
meses un plan, un programa o una política, destinada a lograr la
canalización del cuerpo de agua que se encuentra a escasos
metros de mi vivienda
Activo BajaJuzgado 2 Civil Municipal
de Fusagasuga
Etapa - Contestación
Demanda
3921 En Contra $0,00 39368 Acción de Tutela
COMISION NACIONAL
DEL SERVICIO CIVIL -
CNSC, UNIVERSIDAD
MANUELA BELTRAN,
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
JOSUE JESUS HENAO
AGUDELODEBIDO PROCESO
Ordenar que en un termino no mayor a 48 horas se admita mi
inscripción al cargo de técnico administrativo código OPEC 40101,
código empleo 3124 grado 18 y consecuentemente se me admita
al examen escrito
Activo Baja
Juzgado 4 de Ejecución
de penas y Medidas de
Seguridad de Bogota
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
3922 En Contra $0,00 2018-00245 Acción de Tutela
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, MUNICIPIO DE
MOSQUERA, HYDROS
MOSQUERA S EN CA
ESP, EMPRESA DE
ACUEDUCTO Y
ALCANTARILLADO DE
MOSQUERA - EAMOS
ESP
GERMAN NICHOLLS
POTABILIDAD DEL
AGUA -
ALCANTARILLADO
Ordenar en garantía de los derechos fundamentales vulnerados
la canalización de las aguas residuales o negras que están
causando la contaminación al medio ambiente, cesando de esta
manera todo tipo de actividad que la este causando
Activo BajaJuzgado Civil Municipal
de Mosquera
Etapa - Fallo de
Segunda Instancia
3924 En Contra $0,002574340890012
0180005100Acción de Tutela
EMPRESA DE
ACUEDUCTO,
ALCANTARILLADO Y
ASEO DE SILVANIA SA
ESP - EMPUSILVANIA
SA ESP, ALCALDIA
MUNICIPAL DE
SILVANIA, OFICINA DE
PLANEACION
MUNICIPAL DE
SILVANIA
GEORGINA LOPEZ
TORRESSERVICIOS PÚBLICOS
Que se ordene al Gerente de Empusilvania y/o quien corresponda
o a quien haga sus veces, se me suministre el servicio de
acueducto en igualdad de condiciones a los predios vecinos, que
cuentan con dicho servicio, suministrado por empusilvania, en un
termino perentorio de 24 horas
Activo MediaJuzgado Promiscuo
Municipal de Silvania
Etapa - Fallo de
Segunda Instancia
3925 En Contra $0,00 2018-00090 Acción de Tutela
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, SECRETARIA DE
GOBIERNO DE
SOACHA, INSPECCIÓN
3 MUNICIPAL DE
POLICIA DE SOACHA,
TINTORERIA GAMA Y
DESGASTES
FANNY EDILMA
RAMIREZ PACHONRUIDOS
Se ordene el cierre inmediato de la empresa Tintoreria y
Lavanderia Gama y Desgastes, para que no siga vulnerando
ningún derecho fundamental
Que se obligue a la CAR en cumplimiento del principio de
precaución realizar todos los tramites, diligencias y
procedimientos tendientes al cierre inmediato
Activo BajaJuzgado 4 Civil Municipal
de Soacha
Etapa - Fallo de
Segunda Instancia
No.
ORIONCategoria Cuantía Radicado judicial Clase proceso Demandado Demandante Tema Pretensión
Situación -
estado
actual
Probabilidad
de pérdidaDespacho Judicial Etapa Actuación
3926 En Contra $0,002536840890012
0180002800Acción de Tutela
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, ALCALDIA
MUNICIPAL DE
JERUSALEN,
PERSONERÍA
MUNICIPAL DE
JERUSALEN
GRACIELA VANEGAS
DE CARRANZAPREDIOS
Ordenar a la Alcaldia de Jerusalen en el termino de 48 horas
contadas a partir del fallo, inicie los procesos que correspondan
para protegerme de los actos agresivos y ataques contra mi
propiedad privada donde resido denominado La Hacienda, por
parte de Marlen Soto, Alberto Parra, Daniel Parra, Elkin Soto,
Octavio Soto, Elvis Soto, Luis Lozano, Fernando Trujillo, Ruth
Trujillo, Oscar Bocanegra y Miguel Lozano
Activo BajaJuzgado Promiscuo
Municipal de Jerusalen
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
3927Tercero
involucrado$0,00
1100160990342
0120015100Penal
OSCAR OLIMPO
CUBILLOS ARIZADE OFICIO MINERÍA Protección a los recursos naturales y el medio ambiente Activo Media
Juzgado 1 Penal del
Circuito de Choconta
Etapa - Audiencia de
Conciliación
3928 En Contra $3.000.000.000,002500023360002
0170233400
Acción de Reparación
Directa
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, MINISTERIO DE
AMBIENTE Y
DESARROLLO
SOSTENIBLE - MADS
GRUPO DE
INVERSIONISTAS
ASOCIADOS - COLALPE
LTDA
RESERVA FORESTAL
Que se declare a los accionados administrativamente
responsables por la falla del servicio al haber sido limitado el
dominio del 100% del inmueble propiedad de la sociedad Grupo
de Inversionistas Asociados COLALPE ltda
como consecuencia de lo anterior, ruego a este despacho
proceda a ordenar a los demandados al pago de la totalidad de
los daños y perjuicios que le fueron ocasionados al accionante a
titulo de daño emergente y lucro cesante
Daño Emergente correspondientes al valor comercial del predio
Lucro Cesante Consolidado correspondientes a la perdida
comercial del proyecto por no poderse realizar
Lucro Cesante Consolidado correspondiente a la perdida de la
valorización de las unidades inmobiliarias propias que el proyecto
debía arrojar
Activo Media
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA -
SECCIÓN TERCERA -
SUBSECCIÓN A
Etapa - Contestación
Demanda
3929 En Contra $0,002577240890012
0180008700Acción de Tutela
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
AMADEO ROJAS
FORERO
MEDIDAS
PREVENTIVAS
Se restablezca y amparen mis derechos vulnerados, dentro del
termino que indique su despacho, ya que se esta presentando un
daño grave e irremediable y no tengo otro derecho de defensa, lo
mismo de indemnice por los perjuicios materiales causados por
las acciones y omisiones tanto de los causantes del daño como
por la CAR
Activo BajaJuzgado Promiscuo
Municipal de Suesca
Etapa - Recursos
Extraordinarios
3930 En Contra $0,001100133370412
0180006000Acción de Tutela
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
CARLOS ARTURO
TORO CADAVIDDEBIDO PROCESO
Se ordene a la entidad demandada que proceda a subsanar la
actuación administrativa sancionatoria y a revocar de manera
unilateral e inmediata el auto 1362 de 2017, por ser un proveído
que desconoce las formas propias del tramite administrativo y es
violatorio de las garantías fundamentales del actor
Activo Baja
JUZGADO 41
ADMINISTRATIVO DEL
CIRCUITO DE BOGOTÁ
SECCIÓN CUARTA
Etapa - Fallo de
Segunda Instancia
3931 En Contra $0,002500022040002
0180015700Acción de Tutela
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, FISCALIA
GENERAL DE LA
NACION, POLICIA
NACIONAL DE
COLOMBIA
SANDRA PATRICIA
GUARNIZO SIERRADEBIDO PROCESO
Se ordene sin dilación alguna sea devuelto el vehículo de placas
THV202, que se encontraba en las instalaciones de Agregados el
Caracol SAS ejerciendo la actividad licita de comprar una carga
de arena
Activo Baja
TRIBUNAL SUPERIOR
DEL DISTRITO JUDICIAL
DE CUNDINAMARCA -
SALA PENAL
Etapa - Contestación
Demanda
3932 En Contra $0,00 2018-00160 Acción de Tutela
COMISION NACIONAL
DEL SERVICIO CIVIL -
CNSC, UNIVERSIDAD
MANUELA BELTRAN,
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
OSCAR EDILBERTO
RESTREPO JARAMILLODEBIDO PROCESO
Se ordene a la CNSC y a la Universdad Manuela Beltran, la
valoración de la experiencia aportada en los requisitos mínimos,
como suficiente para ser admitido en el concurso 35 de 2016, por
cuanto las tareas que realizo como profesional universitario
abogado, tienen un raigambre en el derecho administrativo, rama
que abarca todo el derecho ambiental en su aplicación y
procedimiento, por lo que no les es dado excluirme por que no
haya laborado en entidades de tipo ambiental
Activo MediaJUZGADO 39 CIVIL DEL
CIRCUITO DE BOGOTA
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
3933 En Contra $0,002530733330032
0180005600Acción Popular
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, ALCALDIA
MUNICIPAL DE LA
MESA, RAUL CASALLAS
JUAN GILBERTO
GONZALEZ AREVALO,
CARMENZA
CASTELLANOS DIAZ,
CRISOSTOMO OVALLE
CIFUENTES
PERMISOS Y
LICENCIAS
Se ordene nuevamente visita e inspección técnica el predio y
negocios enunciados en nuestra acción, a efectos de evidenciar
los hechos denunciados
Ordenar a la CAR y a la secretaria de Ambiente de la Alcaldía
Municipal de la Mesa, para que se disponga del esquema de
verificación necesario para evitar que los obligados sigan
incumpliendo con sus deberes y compromisos
Activo Baja
Juzgado 3 Administrativo
Oral del Circuito de
Girardot
Etapa - Audiencia
Inicial
No.
ORIONCategoria Cuantía Radicado judicial Clase proceso Demandado Demandante Tema Pretensión
Situación -
estado
actual
Probabilidad
de pérdidaDespacho Judicial Etapa Actuación
3934 En Contra $2.644.808.788,002500023410002
0180023300
Acción de Nulidad y
Restablecimiento del
derecho
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
GANTE SASPERMISOS Y
LICENCIAS
Se declare la Nulidad de la Resolución No. DRSC No. 0369 DE 30
DIC. 2016, por la cual se otorga una concesión de aguas
superficiales de la Quebrada la Zapata y se toman otras
determinaciones proferida por la Corporación Autónoma Regional
de Cundinamarca CAR a favor de la Sociedad MANRIQUE Y
MANRIQUE Y CIA S. EN C
Se declare la nulidad de la RESOLUCIÓN DRSC No. 0284 de
agosto 08 de 2017, por la cual se resuelve un recurso de
reposición y se toman otras determinaciones, en especial,
confirmando la Resolución DRSC No. 0369 de fecha 30 de
diciembre de 2016 "por la cual se otorga una concesión de aguas
superficiales y se toman otras determinaciones, por las razones
expuestas en la parte motiva del presente acto administrativo,
relacionado con el recurso de reposición interpuesto mediante
radicado CAR No. 091711011337 del 13 de marzo de 2017."
Que la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca CAR en
un término no superior a treinta (30) día calendario, desde la
ejecutoria de la sentencia que ponga fin a éste proceso, otorgue,
mediante acto administrativo debidamente motivado, la
concesión de aguas solicitada por la demandante, de acuerdo con
las cantidades solicitadas para el desarrollo de su empresa
agropecuaria y de teniendo en cuenta la capacidad hídrica de la
fuente denominada "quebrada Zapata" y el cumplimiento de la
normatividad ambiental vigente.
Que a título de restablecimiento la Corporación Autónoma
Regional de Cundinamarca CAR debe indemnizar a la empresa
MANRIQUE Y MANRIQUE S.C.A., hoy GANTE S.A.S. el valor de
los perjuicios causados con ocasión de la expedición de las
tardías Resoluciones No. DRSC No. 0369 de 30 Diciembre de
2016, y DRSC No. 0284 de Agosto 08 de 2017, en la
modalidades de daño emergente y lucro cesante
Activo Media
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA -
SECCIÓN PRIMERA -
SUBSECCIÓN B
Etapa - Contestación
Demanda
3936 En Contra $0,00 32623 Acción de Tutela
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, PROCURADURIA
GENERAL DE LA
NACIÓN, FISCALIA
GENERAL DE LA
NACION, PERSONERIA
MUNICIPAL DE
SOACHA
ALFREDO LESMES
HERNANDEZ
DERECHOS DE
PETICIÓN
Ordenar a la procuraduria general de la nación, que proceda
dentro del termino que su digno despacho disponga, a decidir de
fondo, clara y efectiva a la petición elevada el día 16 d enero de
2018
Activo Baja
Juzgado 4 de Ejecución
de penas y Medidas de
Seguridad de Bogota
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
3937 En Contra $0,001100133360382
0180008800Acción de Tutela
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, AUTORIDAD
NACIONAL DE
LICENCIAS
AMBIENTALES - ANLA,
EMPRESA DE ENERGIA
DE BOGOTA S.A. E.S.P -
EEB, CODENSA S.A.,
UNIDAD
ADMINISTRATIVA
ESPECIAL DE
PLANEACIÓN MINERO
ENERGETICA
BENJAMIN ROCHA
SIERRA
PERMISOS Y
LICENCIAS
Ordenar a la ANLA, la terminación inmediata de los tramites de
licenciamiento ambiental relacionados con los proyectos que
concitan la atención, y consecuente devolución de la información
allegada
Ordenar a la CAR, la terminación inmediata del tramite de
licenciamiento ambiental relacionado con los proyectos que
concitan la atención, y la consecuente devolución de la
información allegada
Activo Baja
CORTE
CONSTITUCIONAL
SECRETARIA GENERAL
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
No.
ORIONCategoria Cuantía Radicado judicial Clase proceso Demandado Demandante Tema Pretensión
Situación -
estado
actual
Probabilidad
de pérdidaDespacho Judicial Etapa Actuación
3938 En Contra $30.000.000,001100131050362
0170021000Ordinario Laboral
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
JULIO RICHARD
MUÑOZ MENDOZA,
ANUNCIACIÓN
MENDOZA DE MUÑOZ,
MYRYAM JANNETH
MUÑOZ MENDOZA,
SANDRA PATRICIA
MUÑOZ MENDOZA,
ENRIQUE ALONSO
MUÑOZ MENDOZA
RELIQUIDACION
PENSIONAL
Que se declare que en la determinación del monto de la mesada
pensional que la CAR otorgo al actor, omitió tener en cuenta
devengos, ingresos, prebendas y acreencias efectivamente
causadas por el actor
Activo Media
JUZGADO 36 LABORAL
DEL CIRCUITO DE
ORALIDAD DE BOGOTA
Etapa - Contestación
Demanda
3939 En Contra $0,002500023410002
0180028800Acción Popular
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, MINISTERIO DE
CULTURA,
GOBERNACION DE
CUNDINAMARCA,
MUNICIPIO DE
GUADUAS, MUNICIPIO
DE VILLETA,
MUNICIPIO DE ALBAN,
MUNICIPIO DE
FACATATIVA
ANDRES MAURICIO
VELA CORREAÁREAS PROTEGIDAS
Ordenar a los demandados, rescatar, restaurar, delimitar,
señalizar, reforestar y preservar el camino Real de HondaActivo Baja
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA -
SECCIÓN PRIMERA -
SUBSECCIÓN A
Etapa - Contestación
Demanda
3940 En Contra $0,001100141890322
0180020600Acción de Tutela
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, SERVICIOS DE
INGENIERIA EN
MINERIA Y
CONSTRUCCION -
SIMCOM SAS, SALUD
TOTAL EPS., ARL
SURA, MINISTERIO DE
TRABAJO
JOSE LIBARDO ALAPE CONTRACTUAL
Se ordene a la Empresa SIMCON SAS, el pago inmediato de la
seguridad social, ante la EPS Salud Total, como también el pago
inmediato de todas las acreencias laborales que incluya los
salarios dejados de percibir de forma retrasada
Activo Baja
CORTE
CONSTITUCIONAL
SECRETARIA GENERAL
Etapa - Recursos
Extraordinarios
3941 Iniciado $0,002017717055063
2Penal LUIS CARLOS PACHON
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
ÁREAS PROTEGIDAS Protección a los recursos naturales y el Medio Ambiente Activo MediaFiscalia General De La
Nación
Etapa - Indagación
Preliminar
3942 Iniciado $0,001100160000502
0174768800Penal
JUAN FRANCISCO
CASTAÑEDA,
INDETERMINADOS
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
PENAL - FALSEDAD
DOCUMENTOFalsedad Material en documento publico Activo Media
Fiscalia General De La
Nación
Etapa - Indagación
Preliminar
3943 En Contra $0,001100133420512
0180015100Acción de Tutela
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, UNIDAD
ADMINISTRATIVA
ESPECIAL DE
PLANEACIÓN MINERO
ENERGETICA,
AUTORIDAD NACIONAL
DE LICENCIAS
AMBIENTALES - ANLA,
EMPRESA DE ENERGIA
DE BOGOTA S.A. E.S.P -
EEB, CODENSA S.A.
SOFIA TRIVIÑO
SANCHEZ
PERMISOS Y
LICENCIAS
Ordenar a la ANLA, la terminación inmediata de los tramites de
licenciamiento ambiental relacionados con los proyectos que
concitan la atención, y consecuente devolución de la información
allegada
Ordenar a la CAR, la terminación inmediata del tramite de
licenciamiento ambiental relacionado con los proyectos que
concitan la atención, y la consecuente devolución de la
información allegada
Activo Baja
JUZGADO 51
ADMINISTRATIVO DEL
CIRCUITO DE BOGOTÁ
Etapa - Fallo de
Segunda Instancia
No.
ORIONCategoria Cuantía Radicado judicial Clase proceso Demandado Demandante Tema Pretensión
Situación -
estado
actual
Probabilidad
de pérdidaDespacho Judicial Etapa Actuación
3947 En Contra $0,001100133430652
0180011900Acción de Tutela
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, AUTORIDAD
NACIONAL DE
LICENCIAS
AMBIENTALES - ANLA,
UNIDAD
ADMINISTRATIVA
ESPECIAL DE
PLANEACIÓN MINERO
ENERGETICA,
EMPRESA DE ENERGIA
DE BOGOTA S.A. E.S.P -
EEB, CODENSA S.A.
FERNANDO
HERNANDEZ GOMEZ
PERMISOS Y
LICENCIAS
Ordenar a la ANLA, la terminación inmediata de los tramites de
licenciamiento ambiental relacionados con los proyectos que
concitan la atención, y consecuente devolución de la información
allegada
Ordenar a la CAR, la terminación inmediata del tramite de
licenciamiento ambiental relacionado con los proyectos que
concitan la atención, y la consecuente devolución de la
información allegada
Activo Baja
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA -
SECCIÓN TERCERA -
SUBSECCIÓN C
Etapa - Apelación
Sentencia
3948 En Contra $0,002520040890012
0180008100Acción de Tutela
ALCALDIA MUNICIPAL
DE COGUA,
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
OMAR ENRIQUE
MIRANDA ESGUERRA
RECURSOS
NATURALES, FAUNA
FLORA
Se ordene la socialización inmediata de la importancia de las
zonas de recarga de acuíferos y este tipo de bosques a través de
la gerencia jurídica, administrativa y de gobierno en articulación
con otras gerencias y bajo la supervisión del Ministerio Publico a
lugar
Se implemente mediante fallo un área lógica de amortiguamiento
entre un uso y otro, es decir que donde termina la recarga exista
un área mínima de 50 o 60 metros como parque de borde dentro
de cada predio para evitar impactos negativos hacia el Bosque
Andino Seco
Activo BajaJuzgado Promiscuo
Municipal de CoguaEtapa - Notificaciones
3949 En Contra $35.000.000,001100131050052
0180000500Ordinario Laboral
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR,
ADMINISTRADORA
COLOMBIANA DE
PENSIONES -
COLPENSIONES
ELOIDINA VELAZCO DE
PAEZ
RELIQUIDACION
PENSIONAL
Que se declare que en la determinación del monto de la mesada
por jubilacion (CAR) u vejez (ISS) omitieron tener en cuenta
devengos, ingresos, prebendas y acreeecias efectivamente
causadas por el servicio personal del actor durante el ultimo año
o pluralidad de años de la relación laboral
Activo Media
JUZGADO 5 LABORAL
DEL CIRCUITO DE
BOGOTÁ
Etapa - Contestación
Demanda
3950 En Contra $16.000.000,001100131050142
0170004300Ordinario Laboral
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR,
ADMINISTRADORA
COLOMBIANA DE
PENSIONES -
COLPENSIONES
ANA CECILIA RUIZ
OLARTE
RELIQUIDACION
PENSIONAL
Que se declare que en la determinación del monto de la mesada
por jubilacion (CAR) u vejez (ISS) omitieron tener en cuenta
devengos, ingresos, prebendas y acreeecias efectivamente
causadas por el servicio personal del actor durante el ultimo año
o pluralidad de años de la relación laboral
Activo Media
JUZGADO 14 LABORAL
DEL CIRCUITO DE
BOGOTÁ
Etapa - Contestación
Demanda
3952Tercero
involucrado$0,00
2500022130002
0180010200Acción de Tutela
JUZGADO 1 CIVIL DEL
CIRCUITO DE
GIRARDOT, JUZGADO
1 CIVIL MUNICIPAL DE
GIRARDOT
OSCAR OLAYA
BERMUDEZDEBIDO PROCESO
Se conceda la procedencia de la tutela como mecanismo
transitorio y se suspenda el tramite del cumplimiento de la
sentencia proferida por el Juzgado 1 Penal Municipal con relación
al fallo del incidente de desacato de la Acción de tutela 2017-
00257
Se ordene la suspensión de las sanciones impuestas en la
sentencia proferida por el Juzgado 1 Penal Municipal con relación
al fallo del Incidente de Desacato de la acción de tutela 2017-
00257
Activo Media
TRIBUNAL SUPERIOR
DEL DISTRITO JUDICIAL
DE CUNDINAMARCA -
SALA CIVIL - FAMILIA
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
3953 En Contra $138.054.814,002589933330012
0170031700
Acción de Reparación
Directa
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, MUNICIPIO DE
COGUA
CLEMENCIA DE LAS
MERCEDES
CASTAÑEDA VALBUENA
PERMISOS Y
LICENCIAS
Declarar a los demandados en forma solidaria son responsables
civil y económicamente de los perjuicios materiales y morales de
todo orden ocasionados a la convocante, por la ocupación -
Servidumbre permanente de alcantarillado sobre una parte de los
predios o bienes inmuebles denominados la primavera y Verdum
condenar a los demandados en forma solidaria a pagar a la
accionante
Activo Baja
Juzgado 1 Administrativo
Oral Del Circuito De
Zipaquira
Etapa - Contestación
Demanda
3954 Iniciado $0,00 011698 PenalGERARDO ANTONIO
ALVARADO PARRA
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
MINERÍA Protección a los recursos naturales y el medio ambiente Activo MediaFiscalia General De La
Nación
Etapa - Presentación
Demanda
No.
ORIONCategoria Cuantía Radicado judicial Clase proceso Demandado Demandante Tema Pretensión
Situación -
estado
actual
Probabilidad
de pérdidaDespacho Judicial Etapa Actuación
3955 Iniciado $0,00 011697 PenalINVERSIONES TEAM
SOL SAS
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
CERROS ORIENTALES Protección a los recursos naturales y el medio ambiente Activo MediaFiscalia General De La
Nación
Etapa - Presentación
Demanda
3956 En Contra $0,001100102030002
0180093100Acción de Tutela
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, MUNICIPIO DE
FUSAGASUGA,
JUZGADO 2 CIVIL DEL
CIRCUITO DE
FUSAGASUGA
NANCY MAGALY
SANTOS GARCIA,
TIBERIO ANTONIO
BELTRAN
DEBIDO PROCESO
Que se suspendan los efectos de los actos administrativos
sancionatorios demandados sin que los entes públicos que los
emitieron, hubieren efectuado previa y eficazmente el análisis de
los criterios para su imposición
Activo Baja
CORTE SUPREMA DE
JUSTICIA - SALA DE
CASACIÓN CIVIL
Etapa - Contestación
Demanda
3957Tercero
involucrado$0,00
2500022130002
0180010200Acción de Tutela
JUZGADO 1 CIVIL DEL
CIRCUITO DE
GIRARDOT, JUZGADO
1 CIVIL MUNICIPAL DE
GIRARDOT
LEIDY TATIANA
RODRIGUEZ GARCIADEBIDO PROCESO
Se conceda la procedencia de la tutela como mecanismo
transitorio y se suspenda el tramite del cumplimiento de la
sentencia proferida por el Juzgado 1 Penal Municipal con relación
al fallo del incidente de desacato de la Acción de tutela 2017-
00257
Se ordene la suspensión de las sanciones impuestas en la
sentencia proferida por el Juzgado 1 Penal Municipal con relación
al fallo del Incidente de Desacato de la acción de tutela 2017-
00257
Activo Baja
TRIBUNAL SUPERIOR
DEL DISTRITO JUDICIAL
DE CUNDINAMARCA -
SALA CIVIL - FAMILIA
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
3958 En Contra $0,002589931870012
0180001400Acción de Tutela
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, MUNICIPIO DE
CHIA, EMPRESA DE
SERVICIOS PUBLICOS
DE CHIA - EMSERCHIA
ESP, CONSORCIO
AMBIENTAL CHIA SA
CESAR AUGUSTO
LOPEZ RODRIGUEZ,
RAFAEL OMAR PINTO
ESPINOSA, LUIS
EDUARDO AVELLA
MARTINEZ
PTAR
Ordenar a los accionados que en un termino no mayor a 48
horas disponga todo lo necesario para que se suspendan y
detengan inmediatamente todas las actividades de diseño,
preparación, construcción y operación de la denominada PTAR
CHIA II
Ordenar a los accionados procedan a reubicar y trasladen el
proyecto PTAR CHIA II a un predio por fuera del sector la Juntas
del municipio de chia en donde no afecte los derechos
fundamentales de los referidos menores de edad y de los
accionantes
Activo Baja
Juzgado 1 de Ejecución
de Penas y Medidas de
Seguridad Zipaquira
Etapa - Fallo de
Segunda Instancia
3959 En Contra $0,00 2018-00090 Acción de Tutela
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
GILBERTO COLORADO
TINOCO, LUZ MIRIAM
ROJAS DE COLORADO
PREDIOS
Que se reconozcan, resarcen e indemnicen en forma directa, los
perjuicios originados por la excavación y construcción de una
obra civil, la cual como lo explique amplia y suficiente todos los
aspectos técnicos contractuales que dieron origen al deterioro
total de mi vivienda y propiedad.
Activo AltaJUZGADO 1 PROMISCUO
MUNICIPAL DE VILLETA
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
3960 En Contra $0,001100131870142
0180003100Acción de Tutela
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
GLORIA LEILA MARIA
MEDRANO GUERRERO
PERMISOS Y
LICENCIAS
Declarar el silencio administrativo positivo en que incurrió la
parte accionada y que en consecuencia se otorgue la concesión
de aguas superficiales en los predios la villa de san felipe y
Jerusalem (el mirador y mi ranchito)
Activo en
ORIONBaja
JUZGADO 14 DE
EJECUCION DE PENAS Y
MEDIDAS DE
SEGURIDAD DE BOGOTA
Etapa - Fallo de
Segunda Instancia
3961Tercero
involucrado$0,00
1100160000002
0170160700Penal
JULIO ENRIQUE
MONCADA PRIETO,
PABLO EMILIO TORRES
PENAGOS, ALFONSO
SIERRA PRIETO, JOSE
ELIECER CALDERON
MURCIA, PEDRO
ANTONIO VELASQUEZ
AREVALO
DE OFICIO MINERÍA Protección a los recursos naturales y el medio ambiente Activo MediaJuzgado 1 Penal del
Circuito de ChocontaEtapa - Juicio Oral
3962Tercero
involucrado$0,00
1100160000002
0170167100Penal
JAIME ALBERTO
CONTRERAS GOMEZDE OFICIO MINERÍA Protección a los recursos naturales y el medio ambiente Activo Media
Juzgado 1 Penal del
Circuito de ChocontaEtapa - Juicio Oral
3963 En Contra $0,00 2018-00059 Acción de Tutela
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, TEOFILO ROZO
ROZO, SALVADOR
ROZO ROZO, LUIS
ANTONIO ROZO ROZO
LUIS ALBERTO
RUBIANO SANCHEZ,
LUIS ALBERTO
RUBIANO ACOSTA
PERMISOS Y
LICENCIAS
Ordenar a los accionados que cesen los actos violentos, las vías
de hecho, reparen y construyan os daños causados y permitan el
disfrute, uso y gozo de la servidumbre de aguas otorgada por la
CAR bajo la concesión mediante las resoluciones expedidas por
dicha autoridad
Ordenar a la CAR, realizar las investigaciones y acciones
pertinentes a fin de garantizar el uso, goce y disfrute de la
concesión
Activo BajaJuzgado Promiscuo de
Familia de Choconta
Etapa - Recursos
Extraordinarios
No.
ORIONCategoria Cuantía Radicado judicial Clase proceso Demandado Demandante Tema Pretensión
Situación -
estado
actual
Probabilidad
de pérdidaDespacho Judicial Etapa Actuación
3964 En Contra $0,00 2018-00077 Acción de Tutela
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
EMPRESA
ALMACENADORA
INTERAMERICANA DE
CARAGA SAS -
AINTECARGA SAS
DERECHOS DE
PETICIÓNOrdenar a la CAR dar respuesta al Derecho de Petición Activo Baja
Juzgado 1 Penal del
Circuito de Facatativa
Etapa - Contestación
Demanda
3965Tercero
involucrado$0,00
1100160990342
0150008600Penal
CRISTOBAL PEDRAZA
PINEDADE OFICIO PENAL VARIOS Protección a los recursos naturales y el medio ambiente Activo Media
JUZGADO 18 PENAL
MUNICIPAL CON
FUNCION DE CONTROL
DE GARANTIAS DE
BOGOTA
Etapa - Imputación
3966 En Contra $0,002529031040012
0180018901Acción de Tutela
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, JUZGADO 2 CIVIL
DEL CIRCUITO DE
FUSAGASUGA,
MUNICIPIO DE
FUSAGASUGA
NANCY MAGALY
SANTOS GARCIA,
TIBERIO ANTONIO
BELTRAN
DEBIDO PROCESO
Que se suspendan los efectos de los actos administrativos
sancionatorios demandados sin que los entes públicos que los
emitieron, hubieren efectuado previa y eficazmente el análisis de
los criterios para su imposición
Activo Baja
TRIBUNAL SUPERIOR
DEL DISTRITO JUDICIAL
DE CUNDINAMARCA -
SALA PENAL
Etapa - Apelación
Sentencia
3967Tercero
involucrado$0,00
1100131050392
0180020800Acción de Tutela
MINISTERIO DE MINAS
Y ENERGIA, AGENCIA
NACIONAL DE
MINERIA - ANM
MANUFACTURAS DE
GRES - MAGRES LTDA
DERECHOS DE
PETICIÓN
Se le de respuesta de fondo a los derechos de petición radicados
en esta entidad tal como lo establece la ley y la jurisprudencia,
uno el día 17 de junio de 2016 con radicado 2016-58-10080 y el
otro el día 20 de octubre de 2017 con el radicado
20175500301682
Activo en
ORIONBaja
JUZGADO 39 LABORAL
DEL CIRCUITO DE
BOGOTA
Etapa - Fallo de
Segunda Instancia
3969 En Contra $0,001100133350122
0180022200Acción de Tutela
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
LUIS ALFONSO
GONZALEZ CORREDOR
DERECHOS DE
PETICIÓN
Ordenar a la CAR que en el termino de 48 horas, procedan a
contestar de forma completa el derecho de petición presentado el
28 de febrero de 2018
Activo Media
JUZGADO 12
ADMINISTRATIVO DEL
CIRCUITO DE BOGOTÁ
SECCIÓN SEGUNDA
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
3970 En Contra $0,002530733330022
0180006700Acción Popular
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, MUNICIPIO DE
GIRARDOT, ESTACION
DE POLICIA DE
GIRARDOT
JUNTA DE ACCION
COMUNAL SUCRE,
GLADYS VICENTA
GARZON SARMIENTO
RUIDOS
Ordenar a las autoridades administrativas y de policía del
municipio de girardot, realizar las acciones pertinentes para la
inmediata cesación de las actividades económicas de alto impacto
negativo que involucran venta y consumo de bebidas alcohólicas
Ordenar al comandante de policía de girardot, dar cumplimiento
al decreto municipal No 037 de 2018, el cual establece el horario
de funcionamiento para los establecimientos comerciales,
sabiendas que estos con actividades económicas de alto impacto
negativo que involucran venta y consumo de bebidas alcohólicas
Activo MediaJuzgado 2 Administrativo
de Girardot
Etapa - Contestación
Demanda
3971Tercero
involucrado$0,00
1100160990342
0150008600Penal
ALFONSO ENRIQUE
MATTOS BARRERODE OFICIO PENAL VARIOS Protección a los recursos naturales y el medio ambiente Activo Media
JUZGADO 72 PENAL
MUNICIPAL CON
FUNCIÓN DE CONTROL
DE GARANTÍAS
Etapa - Imputación
3972 En Contra $0,002530733330022
0180012000Acción de Tutela
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, INSTITUTO
NACIONAL DE VIAS -
INVIAS,
GOBERNACION DE
CUNDINAMARCA,
INSTITUTO DE
INFRAESTRUCTURAS Y
CONCESIONES DE
CUNDINAMARCA -
ICCU, ALCALDIA
MUNICIPAL DE
ANAPOIMA
LUZ ESTELLA NIÑO
LOPEZ, JORGE
HUMBERTO ROJAS
GUZMAN
DERECHOS DE
PETICIÓN
Se le ordene a los accionados dentro de un plazo prudencial
perentorio, en amparo a mi derecho fundamental de petición, sea
absuelta la solicitud que la comunidad del barrio Liberia del
municipio de anapoima
Activo Baja
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA -
SECCIÓN TERCERA -
SUBSECCIÓN B
Etapa - Apelación
Sentencia
No.
ORIONCategoria Cuantía Radicado judicial Clase proceso Demandado Demandante Tema Pretensión
Situación -
estado
actual
Probabilidad
de pérdidaDespacho Judicial Etapa Actuación
3973 En Contra $0,001100131030402
0180024300Acción de Tutela
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, MINISTERIO DE
AMBIENTE Y
DESARROLLO
SOSTENIBLE - MADS
FELIPE ALEJANDRO
PRIETO GARCIADEBIDO PROCESO
Se ordene suspender los efectos de la resolución Numero 3475
de 2017 emitida por la CAR y por ende la Resolución 949 de 2018
y que la accionada proceda a emitir una nueva, Aprobando y
estableciendo un PMRRA
Activo BajaJUZGADO 40 CIVIL DEL
CIRCUITO DE BOGOTÁ
Etapa - Recursos
Extraordinarios
3975 En Contra $30.000.000,001100131050272
0150100000Ordinario Laboral
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
MARIA NOHELIA
ROJAS SUAREZ
RELIQUIDACION
PENSIONAL
Se condene a la CAR a le reliquidación para aumento del monto
de la mesada pensional que en su momento le fuera otorgada al
señora Luis Eduardo Rojas Bello (QEPD), y que ahora le ha sido
sustituida a mi poderdante, incluyendo para determinar el monto
real, todos y cada uno de los devengos, retribuciones y demás
sumas causadas, insolutas o canceladas al entonces trabajador
en el ultimo año, y/o últimos años de la relación laboral, según la
situación o norma que resulte de mayor favorabilidad
Activo Media
JUZGADO 27 LABORAL
DEL CIRCUITO DE
BOGOTA
Etapa - Contestación
Demanda
3976 En Contra $0,001100131030112
0180025100Acción de Tutela
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, ARL POSITIVA
COMPAÑIA DE
SEGUROS, INSTITUTO
NACIONAL
PENITENCIARIO Y
CARCELARIO - INPEC
DIEGO HUMBERTO
ROBAYO RUIZCARÁCTER LABORAL
Se ordene a la ARL Positiva, o a quien haga sus veces, que
dentro de 48 horas siguientes a la notificación del fallo, procedan
a fijar fecha para la valoración de calificación de perdida de
capacidad laboral y como consecuencia se realice la valoración de
perdida de capacidad laboral
Activo BajaJUZGADO 11 CIVIL DEL
CIRCUITO DE BOGOTÁ
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
3977Tercero
involucrado$0,00
1100160990342
0160009100Penal
GORGONIO CASALLAS
CUFIÑODE OFICIO VERTIMIENTOS Protección a los recursos naturales y el medio ambiente Activo Media
Juzgado 1 Penal del
Circuito de Choconta
Etapa - Reparación
Integral
3978Tercero
involucrado$0,00
1100160990342
0150008600Penal
JAIME ERNESTO GIL
CORREDORDE OFICIO PENAL VARIOS Protección a los recursos naturales y el medio ambiente Activo Media
Juzgado 22 Penal
Municipal Con Función
de Control de Garantías
de Bogota
Etapa - Imputación
3979 En Contra $0,001100141050122
0180027300Acción de Tutela
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, SECRETARIA
DISTRITAL DE
AMBIENTE
ARIAS SERNA Y
SARAVIA SAS, NAPI
SAS, ZAFFIRO SAS
DEBIDO PROCESO
Se ordene a los accionados dar cumplimiento a lo ordenado por
el Tribunal Administrativo de Cundinamarca a través del auto del
9 de agosto de 2016 y emitir concepto sobre la afectación, o no,
de los recursos hídricos y la biodiversidad del Bosque Oriental de
Bogota
Activo Media
JUZGADO 12 MUNICIPAL
PEQUEÑAS CAUSAS
LABORALES DE BOGOTA
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
3980 En Contra $0,00 2018-00488 Acción de Tutela
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, ALCALDIA
MUNICIPAL DE
MADRID
NUESTRO RIO BOGOTADERECHOS DE
PETICIÓN
Ordenar de inmediato a los accionantes para que conforme a la
competencia funcional contesten y efectué todas las acciones
materiales correspondientes a: Delimitación de la franja de
protección y delimitación de la cuenca del rio subachoque y su
garantía como espacio publico, debidamente argumentada y
radicada mediante los derechos de petición hoy silentes
Activo BajaJuzgado Civil Municipal
de Madrid
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
3981 En Contra $0,002584331030012
0180007900Acción de Tutela
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
JOSE REINERO CAÑON
CARRILLO
DISTRITO DE RIEGO
FUQUENE - CUCUNUBA
Declarar la vulneración al debido proceso a raíz de la negativa de
la CAR de no decretar la prescripción de la obligación del proceso
ejecutivo por jurisdicción coactiva No 1000
Dejar sin efecto el proceso ejecutivo por jurisdicción coactiva No
1000 iniciado por la CAR en contra del accionante
Activo MediaJuzgado 1 Civil del
Circuito de Ubate
Etapa - Fallo de
Segunda Instancia
3982 En Contra $0,00 2018-00046 Acción de Tutela
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR,
ADMINISTRADORA
COLOMBIANA DE
PENSIONES -
COLPENSIONES, OLD
MUTUAL SKANDIA
PENSIONES Y
CESANTIAS S.A.
VICENTE ALFREDO
ROBINSON DAVISCARÁCTER LABORAL
Ordenar a OLD Mutual S.A. el traslado de fondo de Ahorro
individual a prima media
Ordenar a Colpensiones la afiliación a régimen de prima media
con base a los derroteros
Activo MediaJUZGADO 1 PENAL DEL
CIRCUITO DE BOGOTÁ
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
No.
ORIONCategoria Cuantía Radicado judicial Clase proceso Demandado Demandante Tema Pretensión
Situación -
estado
actual
Probabilidad
de pérdidaDespacho Judicial Etapa Actuación
3983Tercero
involucrado$0,00 2018-00247 Acción de Tutela CODENSA S.A.
ESTRELLA
INTERNACIONAL
ENERGY SERVICES
SUCURSAL COLOMBIA
PERMISOS Y
LICENCIAS
Se le ordene a Codensa tomar acciones inmediatas sobre la
situación, de forma tal que se elimine el riesgo creado por la falta
de mantenimiento
Activo BajaJuzgado Promiscuo
Municipal de Tocancipa
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
3984 En Contra $35.000.000,001100131050102
0180002100Ordinario Laboral
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
SANDRA MILENA
SIERRA RINCON
RELIQUIDACION
PENSIONAL
Se declare que las accionadas han omitido de manera grave
efectuar el reconocimiento y pago de la pensión de sobreviviente
causada con el lamentable fallecimiento del Señor Jose Joaquin
Sierra Rodriguez (QEPD)
Activo Media
JUZGADO 10 LABORAL
DEL CIRCUITO DE
BOGOTÁ
Etapa - Contestación
Demanda
3985 En Contra $0,00 2018-00046 Acción de Tutela
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
AGROINDUSTRIAS LA
REFORMA SAS
DERECHOS DE
PETICIÓN
Se le ordene a la CAR, a entregar respuesta al Derecho de
Petición, radicado bajo el No 10181100554 del 08 de febrero de
2018, petición que de conformidad con los nuevos parámetros
establecidos por CPACA, ha debido tramitarse en un termino de
15 días
Activo Media
JUZGADO 3 PENAL DEL
CIRCUITO CON
FUNCIONES DE
CONOCIMIENTO DE
BOGOTA
Etapa - Contestación
Demanda
3986 En Contra $0,00 2018-00025 Acción de Tutela
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, ALCALDIA
MUNICIPAL DE LA
MESA, MINISTERIO DE
SALUD Y PROTECCIÓN
SOCIAL,
GOBERNACION DE
CUNDINAMARCA,
PROCURADURIA
DELEGADA PARA
ASUNTOS
AMBIENTALES
BARBARA CABALLERO
DE GARCIADESLIZAMIENTOS
Que ordene a las respectivas Entidades Gubernamentales
solucionar inmediatamente en forma definitiva y segura el
drenaje de las aguas lluvias del colegio departamental Francisco
Julian Olaya y del Estadio Municipal y el encauzamiento de las
aguas de la quebrada la carbonera
Activo Baja
Juzgado Penal del
Circuito de La Mesa
Cundinamarca
Etapa - Contestación
Demanda
3987 En Contra $0,00 2018Conciliación
prejudicial
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
SOCIEDAD A GOMEZ K
Y CIA S EN C
DISTRITO DE RIEGO
LA RAMADA
Que se declare al nulidad de la Resolución No 2881 de 2016
Que se declare la nulidad de la Resolución No 3106 de 2017
Que se declare la nulidad de la Resolución No 3987 de 2017
Que se declare la nulidad de la Resolución No 822 de 2018
Se ordene a la CAR a reliquidar el cobro efectuado por concepto
del servicio del distrito de Riego y Drenaje la Ramada para los
periodos comprendidos entre los años 2011, 2012 y 2013
Activo MediaPROCURADURIA
GENERAL DE LA NACIONEtapa - Notificaciones
3988 En Contra $0,002529040030032
0180029400Acción de Tutela
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, ALCALDIA
MUNICIPAL DE
FUSAGASUGA,
CORREGIMIENTO SUR
OCCIDENTAL DE LA
INSPECCIÓN DE
CHINAUTA
LUIS ADOLFO PARRA
PABON
CONTAMINACIÓN AIRE-
SUELO
Se ordene la Nulidad inmediata de la Resolución administrativa
No 007-2016, en querella 012-15, en primera y segunda
instancia
Se ordene al accionado corregidor abstenerse de continuar con el
cumplimiento del dicho acto administrativo por ser atentatorio
contra el medio ambiente
Se solicite y para que obre en el presente concepto técnico e
informe de la CAR acerca de la escorrentía aludida, existencia,
tradición. trayecto, disposición final de dichas agua
Activo MediaJuzgado 3 Civil Municipal
de Fusagasuga
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
3989Tercero
involucrado$0,00 2014-00172
Ordinario de
Pertenencia
RAUL HUMBERTO
GONZALEZ LOPEZ,
INDETERMINADOS
NOHELIA GONZALEZ,
JAVIER STIC
FERNANDEZ
FERNANDEZ
PREDIOS
Declarar que los demandantes han adquirido por prescripción
extraordinaria adquisitiva de dominio, los inmuebles ubicados en
la vereda Peña Negra del municipio de Anolaima
Activo MediaJuzgado 1 Civil del
Circuito de Facatativa
Etapa - Contestación
Demanda
3990Tercero
involucrado$0,00 2017-00518 Penal
HERNAN LOZANO
GUIERREZ, FREDY
GARCIA ROMERO
DE OFICIO MINERÍA Protección a los recursos naturales y el medio ambiente Activo MediaJuzgado 1 Penal del
Circuito de FunzaEtapa - Probatoria
3991 En Contra $0,00 2018-00077 Acción de Tutela
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
JORGE ELIECER
HEREDIA
CONCILIACIÓN -
SANCIONATORIO
AMBIENTAL
Se ordene a la CAR que, a manera de sanción por la tala de un
árbol, que me incrementen las medidas de compensación de
siembra de especies nativas de acuerdo a mis capacidad
económica, pero que no me pongan a pagar una multa que me
imposibilite pagar
Activo en
ORIONBaja
Juzgado Promiscuo
Municipal de San
Francisco de Sales
Etapa - Fallo de
Segunda Instancia
No.
ORIONCategoria Cuantía Radicado judicial Clase proceso Demandado Demandante Tema Pretensión
Situación -
estado
actual
Probabilidad
de pérdidaDespacho Judicial Etapa Actuación
3992 En Contra $0,00 2018-00050 Acción de Tutela
COMISION NACIONAL
DEL SERVICIO CIVIL -
CNSC, UNIVERSIDAD
MANUELA BELTRAN,
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
RAMIRO ALEJANDRO
CARDON AGUIRREDEBIDO PROCESO
Ordenar a la CNSC y a la universidad manuela Beltran que
adopten las medidas tendientes para conformación de una única
lista de elegibles
Ordenar a la CNSC y a la universidad manuela Beltran que
notifique por el medio mas expedito posible a todos los
participantes que se encuentran inscritos en la convocatoria No
435 de 2016, que hayan superado las cuatro fases del concurso
de las providencias que se emanen de esta acción
Activo BajaJuzgado 3 Penal del
Circuito de TuluaEtapa - Notificaciones
3993 En Contra $0,001100133350162
0180007600Acción Popular
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, ALCALDÍA MAYOR
DE BOGOTÁ, D.C.,
ALCALDIA LOCAL DE
SUBA, EMPRESA DE
ACUEDUCTO,
ALCANTARILLADO Y
ASEO DE BOGOTA -
EAB
ASOCIACION PARA EL
DESARROLLO
INTEGRAL DE LA ZONA
DE INFLUENCIA DE LA
VIA SUBA COTA -
ASODESCO
SERVICIOS PÚBLICOS
Que se ordene al Distrito Capital, en cabeza de sus entidades,
Alcaldía Mayor de Bogotá D.C. y Empresa de Acueducto, Aseo y
Alcantarillado de Bogotá - EAB, la implementación de medidas
necesarias para la construcción, instalación, adecuación y
garantía de acceso de un sistema de acueducto y alcantarillado
en la zona de la Unidad de Planeamiento Rural del Norte y la
Reserva Forestal Regional Productora del Norte de Bogotá, D.C.,
"Thomas Van der Hammen".
Activo Baja
JUZGADO 16
ADMINISTRATIVO DE
ORALIDAD DEL
CIRCUITO DE BOGOTÁ
SECCIÓN SEGUNDA
Etapa - Notificaciones
3994 En Contra $0,001100131050262
0180022400Ejecutivo
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR,
ADMINISTRADORA
COLOMBIANA DE
PENSIONES -
COLPENSIONES
JOSE CLODOMIRO
SUAREZCARÁCTER LABORAL
Que se libre mandamiento ejecutivo de pago, para el
cumplimiento de la sentencia del ordinario 075/14 a favor del
demandante
Activo Media
JUZGADO 26 LABORAL
DEL CIRCUITO DE
BOGOTÁ
Etapa - Notificaciones
3995 En Contra $0,001100103150002
0180110600Acción de Tutela
CONSEJO DE ESTADO -
SALA CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVA -
SECCIÓN PRIMERA,
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA -
SECCION SEGUNDA,
CAJA DE VIVIENDA
POPULAR, ALCALDÍA
MAYOR DE BOGOTÁ,
D.C. Y OTROS
ELADIO ARTUNUAGA
MUÑOZ, CECILIA
MUÑOZ CAÑON, JOSE
CONTRERAS, MIGUEL
FAGUA BAUTISTA,
HECTOR ALONSO
POVEDA GUZMAN
DEBIDO PROCESO
Revocar el literal segundo del fallo del Consejo de Estado -
Sección primera del 15 de junio de 2006, radicado AP 152-01,
que confirma el fallo del TAC - Sección Segunda, el 16 de
diciembre de 2003. Radicado AP 152
Revocar los literales a, b, c del numeral Primero del resuelve de
la sentencia proferida por el TAC - Sección Segunda, que
ordenan reasentar o reubicar a los habitantes de los barrios
mencionados inicialmente
Activo Media
CONSEJO DE ESTADO -
SALA CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVA -
SECCIÓN SEGUNDA -
SUBSECCIÓN A
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
3996 En Contra $0,001100133350102
0180020600Acción de Tutela
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, XTREME
RECREATION PERILLA
E.U - XRP EU
HECTOR PABLO
FORERODEBIDO PROCESO
Que se actualice el valor de la condena impuesta en la
Resolución 1910 de 2012, como dispone la ley, con base en la
variación porcentual del IPC para efectos de compensar la
perdida del valor adquisitivo de la moneda
Activo Baja
JUZGADO 10
ADMINISTRATIVO DEL
CIRCUITO DE BOGOTÁ
SECCIÓN SEGUNDA
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
3997Tercero
involucrado$0,00
2551361080142
0188004600Penal
ISMAEL ANTONIO
RODRIGUEZ VEGADE OFICIO PENAL VARIOS Protección a los recursos naturales y el medio ambiente Activo Media
Juzgado Promiscuo del
circuito de PachoEtapa - Juicio Oral
No.
ORIONCategoria Cuantía Radicado judicial Clase proceso Demandado Demandante Tema Pretensión
Situación -
estado
actual
Probabilidad
de pérdidaDespacho Judicial Etapa Actuación
3998 En Contra $2.580.819.525,002500023410002
0170188800
Acción de Nulidad y
Restablecimiento del
derecho
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
COMERCIALIZADORA
KAYSSER CK S.A.S.RESERVA FORESTAL
Decretar la medida cautelar de carácter preventiva, con solicitud
de procedimiento de urgencia y en consecuencia suspender
provisionalmente, hasta que se falle este proceso, los efectos de
la resolución DRBC No 0423 de 2016, por medio de la cual la CAR
resolvió declarar a la accionante responsable de los cargos
formulados a través de los del articulo 1 del Auto DRBC 0858 de
2015 y ordeno la demolición de la construcción ubicada en el lote
11 del Bambú, sector de bagazal
Declara nula la Resolución DRBC No 0423 de 2016
como consecuencia de lo anterior y a titulo de restablecimiento
del derecho, absuélvase a la accionante de los cargos y
sanciones contentadas en dichas resoluciones
Condenar a pagar a las mencionadas entidades administrativas,
solidariamente, a titulo de indemnización por el daño ocasionado
Activo Baja
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA -
SECCIÓN PRIMERA -
SUBSECCIÓN A
Etapa - Notificaciones
3999 En Contra $0,002532032890012
0180017000Acción de Tutela
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, MUNICIPIO DE
GUADUAS, AGENCIA
NACIONAL DE
INFRAESTRUCTURA -
ANI, INSTITUTO
NACIONAL DE VIAS -
INVIAS, UNIDAD
ADMINISTRATIVA
ESPECIAL PARA LA
GESTIÓN DEL RIESGO
DE DESASTRES
SILVESTRE NIETO INUNDACIONES
Ordenar la ampliación y rectificación de obra de arte consistente
en una alcantarilla, que canaliza el paso de la quebrada checua
sobre la carretera Nacional autopista Bogota - Medellin, que esta
causando un impacto directo sobre mi predio y la casa allí
construida
Ordenar la construcción de estructuras de disipación que
aminoren la velocidad del caudal de la quebrada checua a su
paso por mi predio
Activo BajaJuzgado Promiscuo del
Circuito de Guaduas
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
4000 En Contra $0,001100103250002
0160004000
Acción de Nulidad
Simple
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
JAIRO BENJAMIN
VILLEGAS ALVAREZCARÁCTER LABORAL
La nulidad del acto administrativo de carácter general contenido
en el Memorando OTH No 20153119026 con su instructivo y
formulario, proferido el 26 de mayo de 2015 por la jefe de la
oficina de Talento humano de la CAR por el cual imparte
directrices para la concentración de compromisos laborales
prueba piloto evaluación del desempeño funcionarios en
provisionalidad.
Activo Media
CONSEJO DE ESTADO -
SALA CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVA -
SECCIÓN SEGUNDA -
SUBSECCIÓN B
Etapa - Contestación
Demanda
4001 En Contra $2.255.267.273,001100133360332
0170005600
Acción de Reparación
Directa
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, EMPRESA DE
LICORES DE
CUNDINAMARCA,
EMPRESA
INMOBILIARIA
CUNDINAMARQUEZA Y
OTROS
ROSA HELENA GARCIA,
GABRIEL OSORIO
GARCIA, CARLOS
AUGUSTO HEREDIA
OSORIO, LUZ HAYDA
ORTIZ GARCIA,
WILINTON ORTIZ
GARCIA, JORGE
ANDRES GARCIA
GARCIA, BRAYAN
ESTEVEN LEON ORTIZ
INUNDACIONES
Declarar administrativamente y extra contractualmente
responsables las empresas accionadas, de la totalidad de los
daños y perjuicios morales, vida en relación, causados a los
convocantes que en el deslizamiento de tierra
Condenar a los accionados apagar a los convocantes por
perjuicios morales
Por perjuicios materiales en la modalidad de daño emergente
Por perjuicios materiales en la modalidad de Lucro Cesante
Por perjuicios materiales en la modalidad de daño emergente
Por titulo de alteración a las condiciones de existencia
Activo Media
JUZGADO 33
ADMINISTRATIVO DEL
CIRCUITO DE BOGOTÁ
SECCIÓN TERCERA
Etapa - Notificaciones
4002Tercero
involucrado$0,00
1100160000002
0188001100Penal LUIS ANTONIO ESPEJO DE OFICIO
TALA
INDISCRIMINADAProtección a los recursos naturales y el medio ambiente Activo Media
Juzgado Promiscuo del
circuito de PachoEtapa - Probatoria
4003 En Contra $0,00 2018-00089 Acción de Tutela
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
GLOBERTY S.A. DEBIDO PROCESO
Se ampare el derecho fundamental al debido proceso dentro del
expediente 40654 y se otorgue por parte de la CAR la etapa de
alegatos de conclusión, aun cuando el acto de apertura del
proceso sancionatorio ambiental se haya expedido en vigencia
del decreto 01 de 2984
Activo Baja
JUZGADO 38 PENAL
MUNICIPAL CON
FUNCIONES DE
CONOCIMIENTO DE
BOGOTA
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
4004 En Contra $15.624.840,001100131050332
0180009200Ordinario Laboral
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
MARIA DEL ROSARIO
CAMACHO DE RUIZ,
PABLO LEONARDO
RUIZ CAMACHO,
VICTOR FERNANDO
RUIZ CAMACHO,
EDGAR ALONSO RUIZ
CAMACHO, ALVARO
EDIXON RUIZ
CAMACHO Y OTROS
RELIQUIDACION
PENSIONAL
Declarar que los demandantes, en calidad de herederos del señor
Pablo Emilio ruiz (QEPD), son beneficiarios del articulo 59 de la
Convención Colectiva de Trabajo vigente entre el 1 de julio de
1995 y el 30 de junio de 1996, suscrita entre el sindicato de
Trabajadores de la CAR y la CAR
Condenar a la CAR, y a favor de los demandantes, al
reconocimiento y pago de la suma equivalente a 47 mesadas de
la ultima pensión devengada por el señor Pablo Emilio Ruiz
Activo Media
JUZGADO 33 LABORAL
DEL CIRCUITO DE
BOGOTA
Etapa - Contestación
Demanda
No.
ORIONCategoria Cuantía Radicado judicial Clase proceso Demandado Demandante Tema Pretensión
Situación -
estado
actual
Probabilidad
de pérdidaDespacho Judicial Etapa Actuación
4005 En Contra $0,002578140890012
0180010100Acción de Tutela
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, ALCALDIA
MUNICIPAL DE
SUTATAUSA
MARCO AURELIO
MARTINEZ PATIÑO,
MARTHA SABOYA
ROMERO
DEBIDO PROCESO
Se ordene de manera inmediata, dentro de la mayor
consideración y respeto, para que deje sin efecto la diligencia de
ejecución de la Medida Preventiva del día 28 de mayo del año
que transcurre
Se ordene la apertura del patio de acopio localizado en la vereda
Concubita
Activo BajaJuzgado Promiscuo
Municipal de Sutatausa
Etapa - Contestación
Demanda
4006 En Contra $0,001100131100162
0180026700Acción de Tutela
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, COMISION
NACIONAL DEL
SERVICIO CIVIL -
CNSC, UNIVERSIDAD
DE MEDELLIN
LAURA MARCELA LARA
CASTELLANOSDEBIDO PROCESO
Se ordene el reconocimiento del tiempo, antigüedad y
experiencia de trabajo desde el 24 de junio de 2015 en la CAR,
para lo cual se oficie al CNSC y a la Universidad de medellin que
se reconozca la respectiva certificación y se incluya en la hoja de
vida que presente a dicha entidad, también que se incluya el fallo
de tutela a mi favor
Activo MediaJUZGADO 16 DE
FAMILIA DE BOGOTAEtapa - Notificaciones
4007 En Contra $0,002564540890012
0180014400Acción de Tutela
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, ALCALDIA
MUNICIPAL DE SAN
ANTONIO DEL
TEQUENDAMA,
INSPESTOR DE
POLICIA DE
SANTANDERCITO,
TOUR DE BAR
LUIS ALBERTO
BOHORQUEZ GARCIARUIDOS
Suspender los actos perturbadores a la convivencia y que afectan
derechos fundamentales como son a la salud, a la tranquilidad, a
la intimidad y el sueño, derechos que están afectados por
contaminación auditiva
Activo Media
Juzgado Promiscuo
Municipal San Antonio
del Tequendama
Etapa - Notificaciones
4008 En Contra $0,00 2018-00101 Acción de Tutela
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
MARINA HERNANDEZ
CUELLARDEBIDO PROCESO
Ordenar la revocatoria de la Resolución DRAM No 01 del 3 de
enero de 2018, proferida por la CAR, constituyéndose tal
resolución en una abierta vía de hecho que atenta contra los
derechos de mi representada y en su lugar ordenar restablecer
los derechos afectados tramitando mediante incidente la solicitud
de nulidad realizada
Activo BajaJuzgado 2 Civil Del
Circuito De Girardot
Etapa - Fallo de
Segunda Instancia
4009 En Contra $0,002524540890012
0180019000Acción de Tutela
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, ALCALDIA
MUNICIPAL DE EL
COLEGIO, INSPECCIÓN
DE POLICIA DEL
COLEGIO, COMANDO
DE POLICIA DE EL
COLEGIO
MARIA ZULEMA RICO,
MARIA LIMBANA RICO
ROZO
DERECHOS DE
PETICIÓN
Tutelar mi derecho fundamental a la salud y vida, así como
también el derecho de peticion, en consecuencia, ordenar cese
todo hecho violento de ruido que venimos sufriendo y obligar a
los accionados a contestar los derechos de petición realizados en
pretérita ocasión con forme lo exige el Art, 23 de la C.P
Activo MediaJuzgado Promiscuo
Municipal de El Colegio
Etapa - Contestación
Demanda
4010Tercero
involucrado$0,00 2011-0229901 Expropiación
BERTILDA RICO
FERNANDEZ
AGENCIA NACIONAL
DE INFRAESTRUCTURA
- ANI
COBRO COACTIVO
Oficiar a la CAR, informado que se encuentran a su disposición
los dineros consignados a favor de los demandados por parte de
la Agencia nacional de Infraestructura
Activo MediaJuzgado civil del Circuito
de Choconta
Etapa - Sentencia de
Única Instancia
4011 En Contra $0,00 2018-00057 Acción de Tutela
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
AGENCIA NACIONAL
DE SEGURIDAD
PRIVADA - ANSE
DEBIDO PROCESO
Suspender como consecuencia de lo anterior el proceso licitatorio
No 004 de 2018 de la CAR
Ordenar a la CAR modificar el pliego de condiciones de la
licitación 004 de 2018, de modo que permita la participación de
la Accionante y todas las empresas del sector de la vigilancia y la
seguridad privada, excluyendo los requisitos que limitan su
participación y que solamente cumple la empresa que
actualmente le presta los servicios de vigilancia y seguridad
privada
Activo Media
JUZGADO 7 PENAL DEL
CIRCUITO DE
CONOCIMIENTO DE
BOGOTA
Etapa - Fallo de
Primera Instancia
No.
ORIONCategoria Cuantía Radicado judicial Clase proceso Demandado Demandante Tema Pretensión
Situación -
estado
actual
Probabilidad
de pérdidaDespacho Judicial Etapa Actuación
4012 En Contra $380.000.000,00 2018Conciliación
prejudicial
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, SECRETARIA
DISTRITAL DEL
HABITAT, ALCALDÍA
MAYOR DE BOGOTÁ,
D.C., SECRETARIA
DISTRITAL DEL MEDIO
AMBIENTE, EMPRESA
DE ACUEDUCTO,
ALCANTARILLADO Y
ASEO DE BOGOTA -
EAB
JESUS EFREN
GONZALEZ DIAZ,
MARIA DEL CARMEN
PRIETO DE GONZALEZ
RESERVA FORESTAL
solicito de las empresas convocadas, suscriba acta de conciliación
y proceda a cancelar a los convocantes, por concepto de compra
o adquisición de los lotes
Activo MediaPROCURADURIA
GENERAL DE LA NACIONEtapa - Notificaciones
4013 En Contra $60.000.000,001100131050112
0180000700Ordinario Laboral
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR,
ADMINISTRADORA
COLOMBIANA DE
PENSIONES -
COLPENSIONES
ABEL USAQUEN
AGUILAR, MARIA DEL
CARMEN USAQUEN DE
USAQUEN, LUZ
MARINA USAQUEN
USAQUEN, MARIA
BERTHA USAQUEN
USAQUEN, MARIA DE
LOS ANGELES
USAQUEN USAQUEN,
LUIS ENRIQUE
USAQUEN USAQUEN
RELIQUIDACION
PENSIONAL
LOS DEMANDANTES SON LOS ÚNICOS BENEFICIARIOS A
RECLAMAR LAS PRESTACIONES CON EL FALLECIMIENTO DEL
MISMO.
Activo Media
JUZGADO 11 LABORAL
DEL CIRCUITO DE
BOGOTÁ
Etapa - Contestación
Demanda
4014 En Contra $0,001100131070062
0180016100Acción de Tutela
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
HECTOR GIOVANNY
LOPEZ ALARCON,
GUARDIANES
COMPAÑIA LIDER DE
SEGURIDAD LTDA
DEBIDO PROCESOOrdenar a la CAR la suspensión y/o revocatoria del acto
administrativo de apertura de la licitación publica No 004 de 2018Activo Media
JUZGADO 6 PENAL DEL
CIRCUITO
ESPECIALIZADO DE
BOGOTA
Etapa - Contestación
Demanda
4015Tercero
involucrado$0,00 2018-00168 Acción de Tutela
EMPRESA DE
ACUEDUCTO,
ALCANTARILLADO Y
ASEO DE BOGOTA -
EAB
JOSE MARIA CORTES
RICOVÍAS
Se ordene a la accionada que dentro del termino perentorio que
señale su despacho, sin mas dilaciones se ordene que en el
termino perentorio de 48 horas sea atendido con carácter
urgente y se fije fecha para que amparados por el derecho a la
igualdad inicien las obras de arreglo de la vía en el tramo de
socha al faro en jurisdicción de la vereda el volcán del municipio
de la calera
Activo BajaJuzgado Promiscuo
Municipal de La Calera
Etapa - Contestación
Demanda
4016 En Contra $728.360.000,002500023360002
0170238400
Acción de Reparación
Directa
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, POLICIA
NACIONAL DE
COLOMBIA
RAFAEL SALAZAR
SUAREZDEBIDO PROCESO
Que consecuencialmente se reconozcan y paguen de todos los
perjuicios materiales (daño emergente y lucro cesante), morales
(Objetivados y subjetivados) que resulten probados
Se ordene la devolución y entrega inmediata de la excavadora
marca VOLVO, modelo EC210BLC, Serie 71914
La entrega del equipo o vehículo, debe hacerse en las mismas
condiciones de operación y funcionamiento o servicio en las
cuales se encontraba al momento del decomiso o medida
preventiva transitoria y la misma orden de entrega, no deberá
generar gastos o erogaciones por ningún concepto
Activo Media
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA -
SECCIÓN TERCERA -
SUBSECCIÓN A
Etapa - Notificaciones
4017 En Contra $822.378.576,00 2018Conciliación
prejudicial
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, MUNICIPIO DE
TIRIBITA,
CONTRALORIA
GENERAL DE LA
REPUBLICA
GABRIEL FRANCISCO
JIMENEZ MIGUEZ
CONCILIACIÓN
ECONÓMICA
Que se resarzan los perjuicios económicos causados por los fallos
del proceso de Responsabilidad Fiscal No 2014-02028_004, en el
cual mi cliente fue condenado y del cual no tiene responsabilidad
alguna
Que se revise la actuación al interior del Proceso de
Responsabilidad Fiscal No 2014-02028_004, ya que mi cliente no
es responsable financieramente del mismo, ni tampoco le era
endilgable la conducta atribuida
Activo MediaPROCURADURIA
GENERAL DE LA NACIONEtapa - Notificaciones
No.
ORIONCategoria Cuantía Radicado judicial Clase proceso Demandado Demandante Tema Pretensión
Situación -
estado
actual
Probabilidad
de pérdidaDespacho Judicial Etapa Actuación
4018 En Contra $0,001100133360322
0180016800Acción Popular
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, GOBERNACION
DE CUNDINAMARCA,
MUNICIPIO DE COTA,
ALCALDÍA MAYOR DE
BOGOTÁ, D.C.
JOSE ALBERTO GAITAN
MARTINEZESPACIO PÚBLICO
Se declare que los demandados, son responsables por no realizar
las acciones dirigidas efectivamente a construir una vía que
cumpla con los requerimientos técnicos y que permita la
circulación y movilidad de los habitantes entre suba-Cota, en
condiciones dignas y acordes con las finalidades que deben
orientar este tipo de obras públicas y por ser indiferentes a una
necesidad prioritaria de la comunidad afectada
Se ordene a las entidades accionadas a remover todos los
obstáculos legales, técnicos y políticos, que han impedido que se
genere una solución de movilidad digna y segura para quienes se
movilizan entre suba y cota
Activo Media
JUZGADO 32
ADMINISTRATIVO DEL
CIRCUITO DE BOGOTÁ -
SECCIÓN TERCERA
Etapa - Notificaciones
4019 En Contra $0,002536840890012
0180006900Acción de Tutela
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
RAFAEL ANTONIO
MORENO CARDENAS
DERECHOS DE
PETICIÓN
Se me responda mi solicitud tanto la documental como la visita
técnica solicitadaActivo Baja
Juzgado Promiscuo
Municipal de Jerusalen
Etapa - Contestación
Demanda
4020Tercero
involucrado$0,00
1100160990342
0160006300Penal
JORGE HERNANDO
VILLEGAS BETANCURDE OFICIO MINERÍA Protección a los recursos naturales y el medio ambiente Activo Media
Fiscalia General De La
NaciónEtapa - Acusación
4021 En Contra $0,00 2018-00355 Acción de Tutela
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
MARCO FIDEL OCHOA
LOPEZ
DERECHOS DE
PETICIÓN
ORDENAR a la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca
- CAR, que dentro del término de las 48 horas siguientes a la
notificación de la Sentencia, produzca respuesta frente a la
petición elevada.
Activo Baja
JUZGADO 6 PENAL
MUNICIPAL CON
FUNCIÓN DE CONTROL
DE GARANTÍAS DE
SOACHA
Etapa - Notificaciones
4022 En Contra $23.437.260,001100131050052
0180013200Ordinario Laboral
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR,
ADMINISTRADORA
COLOMBIANA DE
PENSIONES -
COLPENSIONES
JORGE ENRIQUE
RODRIGUEZ
RODRIGUEZ
RELIQUIDACION
PENSIONAL
Que se declare que en la determinación del monto de la mesada
pensional que la CAR otorgo al actor, omitió tener en cuenta
devengos, ingresos, prebendas y acreencias efectivamente
causadas por el actor
Activo Media
JUZGADO 5 LABORAL
DEL CIRCUITO DE
BOGOTÁ
Etapa - Notificaciones
4023 En Contra $18.001.429.007,002500023360002
0160255100
Acción de Reparación
Directa
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR
ACCION SOCIEDAD
FIDUCIARIA S.A.RESERVA FORESTAL
Que se declare a la CAR como responsable por lo daño inferidos
a mi representada con ocasión de la clasificación como zona de
Restauración y la consecuente regulación de los usos de los
predios referidos en los hechos del presente escrito, mediante
acuerdo 021 del 23 de septiembre de 2014
Que se ordene a la CAR a pagar a mi representada la totalidad de
los perjuicios reconocidos
Activo Media
TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA -
SECCIÓN TERCERA -
SUBSECCIÓN C
Etapa - Notificaciones
4024 En Contra $0,002577240890012
0180020500Acción de Tutela
CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL
DE CUNDINAMARCA -
CAR, ALCALDIA
MUNICIPAL DE
SUESCA, ROSA ELVIRA
CRISTANCHO,
GREGORIO GOMEZ
BLANCA MARIA
QUINTERO DE RIVERARUIDOS
Ordenar a la Alcaldía Municipal proceda a cerrar los negocios
descritos por no cumplir con el uso del suelo establecido para esa
zona netamente residencial, sin posibilidad de comercio de alto
impacto y generar afectación a mi salud y a la salud de mi
familia.
Ordenar a los particulares accionados arrendar sus locales para
actividades que sean compatibles con el EOT según las
certificaciones de uso del suelo emitidas por planeación municipal
Activo MediaJuzgado Promiscuo
Municipal de Suesca
Etapa - Contestación
Demanda