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CONSEJO DE
TRANSICIÓN
DELEGADO:Presidente de la República
DELEGADO:Asamblea NacionalDELEGADO:Transparencia y Control Social
DELEGADO:Presidente de la Corte Nacional de Justicia
DELEGADO:Fiscal General del Estado
DELEGADO:Defensor Público General
DELEGADO:Función Ejecutiva
DELEGADO:Asamblea Nacional
ternas, dentro de un proceso público de
escrutinio, con veeduría y posibilidad
de impugnación ciudadana.
NUEVO CONSEJO DE
LA JUDICATURA
en el plazo improrrogable de 18 meses, ejerza las competencias del Consejo de la Judicatura y reestructure la Función Judicial.
CONSEJO DE PARTICIPACIÓN
CIUDADANAY CONTROL
SOCIAL
EL CONSEJO DE TRANSICIÓN, DEBE RIGIRSE AL CÓDIGO
ORGÁNICO DE LA FUNCIÓN JUDICIAL Y
A LAS REFORMAS PLANTEADAS.
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PREGUNTA N° 5
¿Está usted de acuerdo en modificar la composición del Consejo de la Judicatura, enmendando la Constitución y reformando el Código Orgánico de la Función Judicial, como lo establece el anexo 5?.
SI( ) NO( )
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ANEXO N° 5
ENMIENDAS CONSTITUCIONALES:
El anexo plantea enmendar los artículos 179 y 181 de la Constitución, el 179 reduciendo el Consejo de la Judicatura de 9 a 5 miembros.Por su parte el artículo 181 define claramente en 5 responsabilidades las competencias del Consejo de la Judicatura.
REFORMAS AL CÓDIGO ORGÁNICO DE LA FUNCIÓN JUDICIAL:
El mismo anexo 5 prevé reformar los artículos: 60, 65, 66, 72, 89, 115, 157 y 298; 99, 100, 101, 183, 109, 217, 255, 258, 261, 262, 263, 264, 269, 279 y 280; y los artículos 11 y 12. También plantea Suprimir los artículos 257, 265, 266, 267, 268, 270, 271, 272, 273, 274, 275, 276, 277 y 278.La reforma y supresión de los mencionados artículos del Código Orgánico de la Función Judicial, tiene por objeto clarificar la integración y funcionalidad del Consejo de la Judicatura.
Diseño y elaboración: Guillermo Ramos A.
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DEBERÍA SER DEBERÍA SER
APROBADAAPROBADA