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XXIX Simposio Nacional de Profesores Universitarios de Contabilidad Publica
PRESUPUESTO PARTICIPATIVOUn instrumento de Planificación, Transparencia y
Control SocialDos experiencias en Macrociudades Latinoamericanas
Cr. Luis PortelliFacultad de Ciencias EconómicasUniversidad Nacional de La Plata
UNA APROXIMACIÓN CONCEPTUAL
Se caracteriza por la combinación de cuatro elementos: el primero es la delegación de soberanía por parte de las
autoridades gubernamentales a un sistema de asambleas regionales y temáticas que operan en base a la más amplia participación ciudadana. El segundo es la combinación al interior del proceso deliberativo de diferentes formas de
participación que responden a diferentes tradiciones políticas, tales como la participación directa y la elección de
concejales. El tercer elemento es la auto-regulación; las reglas para la participación y la deliberación son definidas y
adaptadas o modificadas cada año por los propios participantes. El cuarto elemento es la intención de invertir las prioridades en la distribución de los recursos públicos, a través de la combinación de factores de participación y de evaluación técnica de las necesidades de quienes deberían
acceder a tales recursos.
Deliberación Democrática
Participación
Transparencia
Equidad
Objetividad
Eficacia y Eficiencia
Compromiso Gubernamental
PRINCIPIOS RECTORES
Equidad Social
Escuela de Ciudadanía
Combate a Prácticas políticas repudiables
Prevención y Resolución de conflictos
Construcción de consensos
PRINCIPALES VENTAJAS
Voluntad Política
Organización Social
Disponibilidad Financiera
Definición del Presupuesto Social
Diseño del programa de implementación
Movilización ciudadana
CONDICIONANTES DE SU IMPLEMENTACION
Art. 1º de Constitución Nacional establece un sistema de gobierno bajo la “forma representativa, republicana y federal”.
Art. 22 de la CN define taxativamente la forma representativa, al regular que: “el pueblo no delibera ni gobierna, sino por medio de sus representantes y autoridades creadas por esta Constitución”
Pero también se establecen ciertos mecanismos de democracia semi-directa, tales como la Iniciativa Popular (Art. 39) y la Consulta Popular (Art. 40)
MARCO NORMATIVO - Nacional
Art. 75 inc. 22 de Constitución Nacional establece que las Declaraciones, Convenciones y Pactos enunciados tienen rango constitucional.
El Artículo 21 de la Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948 establece por su Inciso 1 que “toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su país, directamente o por medio de representantes libremente escogidos”.
Artículo 25 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, de 1966, norma por su Inciso 1 como un derecho para todas las personas, el “participar en la dirección de los asuntos públicos, directamente o por medio de representantes libremente elegidos”.
MARCO NORMATIVO - Nacional
No existe una normativa nacional que regule el Presupuesto Participativo
Pero si una promoción:
con la creación de la Red Argentina de Presupuesto Participativo (RAPP). En el ámbito del Ministerio del Interior
Programa de Presupuesto Participativo en orbita de la Jefatura de Gabinete
MARCO NORMATIVO - Nacional
La gran mayoría de las jurisdicciones lo promueven a través de normas de distintos rangos.
Para citar algunas:
La Constitución de la Provincia de Corrientes art. 225 inc 6) q)
La Constitución de Ciudad Autónoma art. 52 y su Ley Orgánica de Comunas art 3 inc g) y art. 4 inc. E)
Ley Provincial del Régimen Municipal de Entre Ríos art. 120
Decreto 3333/05 de la Provincia de Buenos Aires Programa parala implementación Progresiva del Presupuesto Participativo
MARCO NORMATIVO - Provincial
La necesidad de construir una agenda para el desarrollo local
Una mejor asignación de recursos y de la calidad del gasto público
Impulsarlo como canal de movilización y de eficiencia y eficacia social del gasto público
Vehículo para introducir la ética en la gestión pública
Realizar acciones con valor estratégico Buscar la ganancia de todos, “que nadie pierda”
DESARROLLO SOSTENIBLE
El liderazgo del proceso
El equipo profesional y técnico
Generar las condiciones de participación de los actores y agentes sociales
ELEMENTOS CLAVES
INSTANCIAS DE PARTICIPACION
Foro de DelegadosConsejeros del PresupuestoCoordinador RegionalForos de Servicios
PRESUPUESTO PARTICIPATIVO PORTO ALEGRE
CRITERIOS PARA FIJAR PRIORIDADES
1- Carencia de infraestructura en Servicios
2- Densidad de Población
3- Priorización de Determinadas Temáticas
PRESUPUESTO PARTICIPATIVO PORTO ALEGRE
MARCO NORMATIVO
Constitución Federal Constitución Estadual Ley Orgánica Municipal Como una Ley de iniciativa del ejecutivo que tiene que
consultar sobre las directrices del Presupuesto y del Plan Plurianual.
Pero No Existe una ley municipal que reglamente el proceso
PRESUPUESTO PARTICIPATIVO PORTO ALEGRE
Artículo 116 de la Ley Orgánica Municipal dice textualmente:
"Queda garantizada la participación de la comunidad, a partir de las regiones del Municipio, en las etapas de elaboración, definición y acompañamiento de la ejecución del plan plurianual, las directrices presupuestarias y el Presupuesto anual"
PRESUPUESTO PARTICIPATIVO PORTO ALEGRE
MOMENTOS DEL PRESUPUESTOPRIMERA RONDA (2ª Q. DE MARZO HASTA 1ª Q. DE ABRIL)
RONDAS INTERMEDIAS (2ª Q. DE ABRIL HASTA INICIOS DE JUNIO)
SEGUNDA RONDA (JUNIO Y 1ª Q. DE JULIO)
EL GABINETE ELABORA LA PRIMERA MATRIZ PRESUPUESTARIA (1ª Q. DE JULIO)
LA MATRIZ ES ANALIZADA POR LA JUNTA FINANCIERA Y SECRETARÍAS (1ª Q. DE JULIO HASTA 1ª Q. DE AGOSTO)
PRESUPUESTO PARTICIPATIVO PORTO ALEGRE
GABINETE ELABORA MATRIZ PRESUPUESTARIA (AGOSTO)
CONSEJO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO DELIBERA SOBRE LA MATRIZ (SEPTIEMBRE)
REDACCIÓN FINAL DE LA PROPUESTA PRESUPUESTARIA (FINAL DE SEPTIEMBRE)
LA PROPUESTA PRESUPUESTARIA ES ENTREGADA A LA CÁMARA MUNICIPAL (30 DE SEPTIEMBRE).
ELABORACIÓN DEL PLAN DE INVERSIONES (OCTUBRE HASTA 30 DE DICIEMBRE)
PRESUPUESTO PARTICIPATIVO PORTO ALEGRE
Comienza con:1995Proceso de Descentralización de la Gestión LocalSe crean Seis Centros Municipales de Distrito1998Plan Estratégico de Rosario2002Presupuesto Participativo de Rosario
PRESUPUESTO PARTICIPATIVO ROSARIO
OBJETIVOS PRINCIPALES• promover la participación directa de los vecinos en la
distribución de recursos públicos• solidificar la relación Estado-Sociedad Civil mediante
mecanismos Participativos• transparentar el destino de los fondos públicos y las
acciones• concretar la visión con respecto a su barrio y su vida
cotidiana• generar en los ciudadanos una apropiación territorial en
base al acuerdo en propuestas de bien común de alcance distrital
• sostener el papel del vecino como voz autorizada para diagnosticar y evaluar las prioridades barriales
PRESUPUESTO PARTICIPATIVO ROSARIO
CRITERIOS PARA FIJAR PRIORIDADES
50% (cincuenta por ciento) en partes iguales para cada uno de los 6 (seis) distritos
y el 50% (cincuenta por ciento) en forma directamente proporcional al grado de marginación urbana
PRESUPUESTO PARTICIPATIVO ROSARIO
MARCO NORMATIVO
Art. 7 establece que la elaboración de la propuesta participativa constará de 4 etapas:
a) Elaboración de prioridades Presupuestarias por áreas temáticas.
b) El Departamento Ejecutivo elaborará el anteproyecto presupuestario.
c) En las jornadas participativas del distrito se delibera sobre el proyecto presupuestario.
d) Redacción final del presupuesto, debiendo el Departamento Ejecutivo establecer el mecanismo que permita incorporar las conclusiones que surjan en las rondas de jornadas participativas
PRESUPUESTO PARTICIPATIVO ROSARIO
MOMENTOS DEL PRESUPUESTO
Primera Ronda - Asambleas Barriales
Consejos Participativos de Distrito (CPD)
Segunda Ronda – Elección de proyectos
Tercera Ronda - Cierre
PRESUPUESTO PARTICIPATIVO ROSARIO
Proceso abierto y pluralFiscalización por parte de la población de la distribución
de los recursos asignados al Presupuesto Participativo Apropiación de la población de la utilización y ejercicio
de la participación ciudadana Transparencia en la gestión de los recursos Fortalecimiento de objetivos comunes.Un mayor conocimiento de las demandas de la
población El camino iniciado es promisorio Actual Contexto Internacional a partir del surgimiento
de movimientos sociales
CONCLUSIONES
Por sus impactos sobre la administración pública
local, se configura como un desafío a las
estructuras administrativas tradicionales de los
municipios, verticales, compartimentadas y
escindidas de la dinámica propia de las
demandas públicas.
CONCLUSIONES
Muchas Gracias