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www.comunidadesdeaprendizaje.cl Tribunal Constitucional prohíbe distribución de la píldora del día después: ¿DEFENSA A LA VIDA O ATENTADO A LA LIBERTAD? Abril 2008 CONVERSEMOS CONVERSEMOS CONVERSEMOS

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Tribunal Constitucional prohíbe distribución de la píldora del día después:

¿DEFENSA A LA VIDA O ATENTADO A LA LIBERTAD?

Tribunal Constitucional prohíbe distribución de la píldora del día después:

¿DEFENSA A LA VIDA O ATENTADO A LA LIBERTAD?

Abril2008

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Los HECHOSEn un fallo dividido, el Tribunal Constitucional (TC) resolvió acoger el requerimiento

de un grupo de parlamentarios de la Alianza que solicitaron que se prohíba la

distribución de "la píldora del día después" en el sistema público, resolución que

sería dada a conocer el 22 de abril próximo, pero que trascendió durante esta

semana.

En el documento, el organismo rechazó la impugnación contra los denominados

Dispositivos Intrauterinos (DIU) y desestimó que el secreto en la entrega de la píldora

a los adolescentes vulnere el derecho de los padres de orientar y educar a sus hijos

en el uso de los métodos de regulación de la fertilidad.

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La Tercera, 05/04/08

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Los ANTECEDENTES

La píldora del día después se distribuye en 101 países, según el último informe del Consorcio Internacional de

Anticoncepción de Emergencia. Una lista de la que hoy Chile forma parte. La forma en que se entrega el fármaco varía

según el país. Algunos lo tienen incorporado dentro de sus programas de planificación familiar, como un método

anticonceptivo más que se distribuye en los hospitales y clínicas, y también lo venden en farmacias. En otros lugares el

producto está disponible sólo en farmacias, donde se vende con prescripción médica.

El fármaco no está disponible en Costa Rica, Dominica, Antigua y Barbuda, Bahamas, Barbados, Belice, Granada,

Guyana, Irán y Uganda.

En Chile el anticonceptivo de emergencia está incorporado en las normas de regulación de la fertilidad, desde el 2006.

Según la norma, la pueden recibir adolescentes mayores de 14 años. Su distribución es gratuita, pero también se

comercializa en farmacias bajo receta médica.

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El Mercurio 13/08/10

La Tercera. 04/04/08

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Los ANTECEDENTES

Marzo 2001

Comienza la polémica luego que el ISP autorizó el registro de una versión de "la píldora del día después" llamada Postinal.

Grupos opositores presentan la primera acción legal y la Corte Suprema falla en su favor, sacando el producto del

mercado.

Noviembre 2002

El centro Ages interpuso una demanda contra la cartera de Salud y el ISP por distribuir (Postinor-2). En julio de 2004, el 20

Juzgado Civil de Santiago prohibió la venta de la pastilla debido a la presentación de Ages. En diciembre, la corte revoca

el fallo.

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El Mercurio 13/08/10

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Los ANTECEDENTES

Diciembre 2005

Ages presenta otro recurso, pero la Corte Suprema no modificó la sentencia anterior. La

entidad Ages presenta un recurso contra el laboratorio Grünenthal que comercializa la

pastilla. En vista de ello, la compañía retiró el fármaco y cerró su registro sanitario.

Febrero 2007

32 parlamentarios interponen un requerimiento ante el Tribunal Constitucional. Piden que

no se permita la venta de sustancias que contengan levonorgestrel (como dispositivos de

cobre, la píldora y anticonceptivos) a menores de 18 años.

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La Tercera. 04/04/08

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Los ANTECEDENTES

Ante los múltiples trascendidos y versiones acerca de lo decidido por este Tribunal Constitucional sobre el

requerimiento presentado por 36 diputados en contra del Decreto Supremo Nº 48/2007 del Ministerio de

Salud, que aprueba las “Normas Nacionales Sobre Regulación de la Fertilidad”, y con el objeto de informar

adecuadamente a la opinión pública, se ha resuelto, en esta oportunidad y de modo unánime, dar a conocer

el acuerdo que se adoptó, aun cuando el respectivo fallo se encuentra en fase de redacción.

Luego de un extenso período de discusión, audiencias públicas, vista de la causa, análisis de los elementos

de convicción acompañados por las partes y por todos quienes quisieron aportar antecedentes, y tras varias

sesiones de deliberación, el día 28 de marzo recién pasado se efectuó la votación respectiva, acordándose

lo siguiente:

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Los ANTECEDENTES

1) Desestimar, por unanimidad y por las razones que serán expresadas en la sentencia, el requerimiento en cuanto se

dirigió a declarar la inconstitucionalidad del punto 4.1.1. de la Sección C de las aludidas normas sobre fertilidad,

referido a los denominados “Dispositivos Intrauterinos” (DIU);

2) Rechazar el requerimiento, también por unanimidad, en cuanto el mismo buscaba declarar inconstitucionales las

normas sobre confidencialidad en la orientación y consejería a menores de edad acerca del uso de métodos de

regulación de la fertilidad, por estimar que con ello no se vulnera el derecho constitucional preferente de los padres

para educar a sus hijos, previsto en el numeral 10 del artículo 19 de la Carta Fundamental; y

3) Acoger el requerimiento únicamente en cuanto se declarará la inconstitucionalidad del punto 3.3. de la Sección C de

las mismas normas referidas, que ordena al sistema público de salud aconsejar y distribuir los métodos de

“Anticoncepción Hormonal de Emergencia”, conocidos genéricamente como “píldora del día después”.

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El Mercurio 13/08/10

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Las REACCIONES Yo lamento profundamente el fallo, en un país en que queremos seguir

modernizándonos, queremos seguir creciendo, que queremos estar en las ligas

mayores y que a la vez para así tener esa oportunidad, queremos que todos

nuestros compatriotas puedan tener iguales oportunidades en salud, en educación,

en desarrollo, en ser considerados como ciudadanos como cualquier otro, el tomar

una decisión de esta naturaleza me parece que es una profunda herida a poder

construir una sociedad más justa, más equitativa.

Estoy convencida que ése es el rol del Estado; que las iglesias cumplen su rol, que

las personas cumplen su rol y el Estado el rol que tiene que tener es garantizarles a

todas las personas, independientemente de su nivel socioeconómico, todas las

oportunidades. De lo contrario, estamos hablando de libertades que no son

completas y totales.El Mercurio. 06/04/08

Michelle BacheletPresidenta de la

República

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Las REACCIONES El Gobierno va a acatar el fallo porque así es la regla del juego (…)

Esto significa que esta píldora solamente la pueden adquirir las mujeres que tienen

plata y eso le molesta al Gobierno, y estamos seguros que le molesta a la inmensa

mayoría del país (…) En una sociedad que quiere ser más justa, más equilibrada,

este tipo de distorsiones son las que irritan, porque es una prohibición de distribuirla

en los servicios públicos

La pregunta de fondo que deben hacerse millones de mujeres en Chile es por qué

llegamos a esto. Y llegamos a esto porque 36 Diputados de la derecha le pidieron al

Tribunal Constitucional que prohibiera la distribución de la píldora gratuita en los

servicios públicos. Tenemos píldora para las mujeres con plata y no tenemos píldora

para las mujeres sin plata.

Francisco VidalVocero de Gobierno

Gobiernodechile.cl. 04/04/08

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Las REACCIONES

Nadie ha demostrado que la píldora no sea abortiva y, por lo tanto, se

produciría en el fondo atentados contra la vida de manera masiva y

muchas veces sin ni siquiera consentimiento y conocimiento de la gente

que lo va a usar.Monseñor Fernando ChomalíObispo Auxiliar de

SantiagoTeletrece. 04/04/08

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Las REACCIONES

Soledad BarríaMinistra de Salud

Estamos mucho más tranquilos puesto que la impugnación a los dispositivos

intrauterinos, a la "T" de cobre, ha quedado rechazada, eso nos parece que es

muy importante para la planificación de las familias en nuestro país, pero igual se

ha aceptado el recurso contra la 'píldora del día después', por lo cual estamos

más tranquilos, pero por cierto no satisfechos.

Radio Universidad de Chile. 05/04//08

En ciencia es al revés, uno prueba si determinada cosa hace esto o lo otro. Es un

error profundo del punto de vista científico y un gran peligro del punto de vista

sanitario. Nos han pedido que demostremos que la píldora no es abortiva, es

como pedir que demostremos que la aspirina no es abortiva

Radio Cooperativa. 03/04//08

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Las REACCIONES

No descalifiquemos al Tribunal Constitucional. Si tiene un encargo muy central en el

sistema jurídico legal chileno, no hay que devaluarlo.

Esta es una política que destruye la autoridad familiar, no se le puede decir a una

niñita de 14 años y un día que puede resolver su problema yendo a un consultorio y

por la vía de un decreto administrativo hecho así a mano de gato por una ministra

obsesionada por el tema de la sexualidad.

Carlos LarraínPresidente de Renovación

NacionalRadio Cooperativa. 3-04-08

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Las REACCIONES (Las normas de fertilidad) se basaban en un principio de beneficencia y no de

maleficencia, es una política que corresponde a una adecuada política de salud

integral con la finalidad de reducir la mortalidad materna e infantil y el embarazo no

deseado.

Qué pasó con el fallo (TC), hoy día una vez más la gente que tiene dinero puede

acceder a una píldora que la proteja de un embarazo no deseado, que aumenta seis

veces más la mortalidad cuando son en embarazos adolescentes. Y las personas

que no tienen dinero, una vez más quedan a la indefensa.

(Las normas) no eran una imposición del Estado, estaban basadas en la

voluntariedad, estaban basadas en el respeto de las creencias de las personas,

nadie estaba obligado a tomar una píldora del día después".

Karla RubilarDiputada RN

Terra.cl. 05/04/08

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Las REACCIONES

La controversia -al contrario de lo que se cree- no es científica, sino normativa.

En rigor, no se trata de decidir cuándo comienza la vida, sino desde cuándo se

es titular de un derecho constitucional. Se trata de un asunto jurídico, no de una

cuestión biológica. La biología enseña que hay embrión antes de la implantación

en el útero; que también existe embrión luego de esa implantación; y que luego

hay un ser humano completo. Lo que la biología no dice es desde cuándo hay

un titular de un derecho constitucional.

Carlos PeñaColumnista de El

Mercurio

El Mercurio. 06/04/08

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Las REACCIONES

Ahora hay mujeres constitucionales y no constitucionales.

Ramiro MolinaMédico

El Mercurio. 05/04/07

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Las REACCIONES

(El fallo) está sosteniendo que efectivamente hay una garantía constitucional

conculcada que es el derecho a la vida que está por nacer, a través de la píldora

del día después.

Carmen Domínguez

Abogada. Miembro de la Comisión de

Bioética de la Conferencia Episcopal.

Chilevisión. 04/04/08

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Las REACCIONES

Al declararse en el sistema público la píldora del día después totalmente

inconstitucional, ésta debe borrarse del registro sanitario del ISP, de las normas

sobre fertilidad y también del petitorio mínimo, de manera de que el efecto que

produce desde el sistema público es que se prolonga al sistema privado, de

manera que la píldora del día después se elimina del país. Jorge Reyes

Abogado

Teletrece. 04/04/08

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Las REACCIONES

Yo retiré mi firma de esta presentación porque me parece que hay una historia

de anticoncepción que son 30 o 40 años de utilización de la T de Cu, creo que

es un método que está instituido en nuestra conciencia, en nuestra moral.

Juan Lobos.Diputado UDI TVN. 03/04/08

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Las REACCIONES

Hay por lo menos tres escenarios negativos: que aumenten los abortos, que

aumente el mercado negro para obtener la píldora y que se pasen a llevar todos

los convenios internacionales que Chile ha firmado. Esto va contra los derechos

humanos y contra la democracias, entonces, la situación como Estado es

bastante lamentable.

No sé si las mujeres van a estar dispuestas a votar por algunos candidatos que

pertenezcan a la tendencia que pidió al TC la inconstitucionalidad de los

métodos anticonceptivos, entonces, creo que esto va a afectar totalmente las

elecciones municipales

Claudia DidesDirectora del

Programa Género y Equidad de

FLACSO

La Nación. 04-04-08

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Las REACCIONES

Al tomar conocimiento de su información sobre los términos del dictamen del

Tribunal Constitucional respecto de la píldora del día después y otros

anticonceptivos y escuchar al abogado Jorge Reyes, me viene a la memoria lo

que el Papa Juan Pablo II, en 1980 dijo de Galileo, durante la ceremonia para

conmemorar el centenario de Einstein: que éste había “sufrido a manos de

hombres e instituciones de la Iglesia” añadiendo que: “la investigación llevada a

cabo de una manera verdaderamente científica nunca puede oponerse a la fe,

porque la realidad profana y la religiosa tienen su origen en el mismo Dios”.

Alfredo Pesce Gennaro

iurisprudentia.cl. 04-04-08

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José Antonio KastDiputado UDI

Esperamos que el Gobierno no busque ninguna triquiñuela para seguir

expendiendo esta píldora porque creemos que atenta contra el derecho más

básico que es el derecho a la vida.TVN. 24 Horas. 04/04/08

Estamos muy conformes, porque se acoge la tesis de que esta píldora tiene

características abortivas, como de hecho se reconoce en todos los países

donde la píldora se distribuye y el aborto está legalizado.

(El fallo) es una gran noticia, no solamente para Chile sino para muchos países,

porque aquí uno puede comenzar a decir que comienza una civilización más

humana, que protege la vida del que está por nacer.

El Mercurio. 04/04/08

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Las REACCIONES

Francisco VidalVocero de Gobierno

Como la Derecha quería (prohibir) además la “T”, eso no era volver a fojas

cero, era volver a 1960. Bueno, en una de esas colocan en discusión la “ley de

la silla”; las ocho horas de trabajo o el “decreto Amunategui”, que permitió que

las mujeres entraran a la universidad.

La Nación. 05/04/08

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Las REACCIONES

Padre Raúl Hasbún

Comentarista de TV

Habríamos esperado (del Gobierno) una experiencia de regocijo, una reacción

de aplauso ante un fallo que con estricto apego al derecho y al sentido común

cuando ve que hay razones fundadas para pensar que un compuesto químico

pone en riesgo la vida de un inocente, declara inconstitucional el decreto que

autoriza u ordena distribuir ese producto químico atentatorio contra la vida, en

lugar de aplaudir con regocijo ese fallo, el fallo se lamenta y se ha creado una

nueva, sorprendente categoría antijurídica, hoy día se dice por parte de

nuestras autoridades: ¡oh, también los pobres tienen derecho de abortar!

Megavisión. 04/04/08

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Las REACCIONES

Carlos PeñaColumnista de El

Mercurio

(El TC) Todavía tendrá que explicar por qué si la píldora del día después viola el

derecho a la vida, sólo es ilícita su distribución pública. Que la distribución privada

sea inocua y la pública dañina es un círculo difícil de cuadrar. ¿Por qué un mismo

fármaco va a ser más o menos lesivo de la vida humana según el lugar de su

distribución? ¿Por qué la píldora, en opinión del tribunal, atenta contra la vida si la

distribuye el Estado, y no, en cambio, si la adquiero en la esquina?

Pero sobre todo deberemos explicarnos qué pudo pasar entre los años de la

dictadura y los de la democracia para que hoy día nuestros constitucionalistas tengan

menos disposición al pluralismo que antes. ¡Y estén dispuestos a restringir la

autonomía de las mujeres sobre bases tan débiles y en medio de tales

inconsistencias! El Mercurio. 06/04/08

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HUMOR

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- Deseo consultar el tomo 7 dela Enciclopedia Sexual. La Nación. 04/04/08

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