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LIBRO: Cap IV, V Y VI de Marcelo Camerini. COMO SE OPERA EN LA BOLSA DE COMERCIO DE BUENOS AIRES En la Bolsa de Comercio de Buenos Aires se pueden realizar operaciones de tras formas distintas: Rueda SINAC (Sistema Integrado de Negociación Asistida por Computador) Sesión continúa de negociación. RUEDA Las operaciones se llevan a cabo en un recinto de la B.C.B.A. (de 13 a 17 hs.) y son concertadas a viva voz por los agentes de la bolsa u operadores de sociedades de Bolsa y sus mandatarios. Esta forma de realizar operaciones también se denomina en la jerga como “voceo”. La operatoria de contado (vencimiento estándar) en el mercado de concurrencia de oferta admite las siguientes formas operativas : a) Concertación automática de operaciones a partir de ofertas ingresadas desde estaciones de trabajo (SINAC) o a través de minutas desde el recinto. b) Concertación de operaciones con la modalidad de voceo en el recinto con ingreso posterior a través de minutas. Ambas formas de concertación producen el registro de operaciones en una única estructura de precios y volúmenes y alimentan una única estructura de ofertas por especie. La concertación automática a partir de ofertas se llevará a cabo según las reglamentaciones actuales de la rueda tradicional (piso). El Merval tendrá la facultad para limitar, para una especie o grupo de especies, las

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LIBRO: Cap IV, V Y VI de Marcelo Camerini.

COMO SE OPERA EN LA BOLSA DE COMERCIO DE BUENOS AIRES

En la Bolsa de Comercio de Buenos Aires se pueden realizar operaciones de tras formas distintas:

Rueda SINAC (Sistema Integrado de Negociación Asistida por Computador) Sesión continúa de negociación.

RUEDA Las operaciones se llevan a cabo en un recinto de la B.C.B.A. (de 13 a 17 hs.) y son concertadas a viva voz por los agentes de la bolsa u operadores de sociedades de Bolsa y sus mandatarios.Esta forma de realizar operaciones también se denomina en la jerga como “voceo”. La operatoria de contado (vencimiento estándar) en el mercado de concurrencia de oferta admite las siguientes formas operativas:

a) Concertación automática de operaciones a partir de ofertas ingresadas desde estaciones de trabajo (SINAC) o a través de minutas desde el recinto.

b) Concertación de operaciones con la modalidad de voceo en el recinto con ingreso posterior a través de minutas.

Ambas formas de concertación producen el registro de operaciones en una única estructura de precios y volúmenes y alimentan una única estructura de ofertas por especie.

La concertación automática a partir de ofertas se llevará a cabo según las reglamentaciones actuales de la rueda tradicional (piso). El Merval tendrá la facultad para limitar, para una especie o grupo de especies, las modalidades habilitadas para la concertación de operaciones y el ingreso de ofertas.

CONCERTACIÓN EN RECINTO

Toda operación concertada en la modalidad de voceo, debe ser informada al sistema a partir de los datos volcados en la minuta por el

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operador vendedor. Esto es denominado SIP (Sistema de Información Bursátil).Con cada minuta de operaciones el sistema decidirá, comparando su cantidad con el mínimo establecido para cada especie, si será incorporada al mercado de contado o al mercado fraccionario aunque el precio sea igual al vigente para la especie en el mercado de contado. El ingreso simultáneo de dos o más minutas de operaciones de la misma especie y al mismo precio podrá ser registrado en el mercado de contado, siempre que la cantidad del conjunto de minutas no sea inferior al mínimo de la especie. El ingreso de minutas de operaciones solo será aceptado si la negociación se encuentra abierta, y siempre que la especie correspondiente se halle en situación normal, es decir que no este suspendida ni en llamado a plaza.De esta forma, las operaciones registradas en base a minutas modificarán los precios y volúmenes de la especie de la misma forma que lo harán las operaciones concertadas a partir de ofertas.

I NTERFERENCIA DE OFERTAS

En el caso que exista lo que se denominan Ofertas activas (mas de una y en el mismo momento) en una especie en la rueda de voceo, cuando ingresa la minuta de operaciones, será aceptada si se verifica que su precio es compatible con las restantes ofertas, es decir, que su precio es igual o mejor que el de todas las ofertas preexistentes.

No generarán interferencia las siguientes ofertas:

1. ofertas nuevas con un tiempo de permanencia inferior a 5 minutos.2. Ofertas por cantidades inferiores al mínimo de la especie.3. Ofertas a precio de disparo. (ofertas inactivas)

Para determinar el tiempo de permanencia de una oferta en el mercado se utilizan los siguientes criterios:

1. se toma como base la hora de alta de cada oferta (para la oferta del día) en el Mercado.2. Para ofertas de días anteriores será igual a la hora de apertura del sistema.3. Una modificación en el precio de una oferta o un aumento en su

cantidad expuesta actualizará su hora de alta como si fuera una nueva oferta.

4. Cualquier otra modificación de la oferta mantendrá invariable su hora de alta en el sistema.

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Las minutas de operaciones que ingresan al mercado fraccionario serán aceptadas sin tomar en consideración los precios de las ofertas preexistentes.

Si una minuta no puede ser aceptada en el mercado de contado debido a interferencia de ofertas preexistentes, el sistema adoptará las siguientes medidas:

1. la minuta será rechazada, no registrándose la operación concertada en el recinto.2. Si la interferencia fue producida por ofertas de compra a mejor

precio, el sistema dará de alta en forma automática una oferta de venta –para la firma vendedora- con los datos de la minuta.

3. Si la interferencia fue producida por ofertas de venta a mejor precio, el sistema dará de alta en forma automática una oferta –para la firma compradora- con los datos de la minuta.

4. Siguiendo las reglas de la negociación electrónica, el sistema procederá a cerrar de inmediato todas las operaciones posibles entre la nueva oferta y las mejores de la punta opuesta, al precio de estas.

5. El rechazo de la minuta de operaciones será informado por el sistema de stock-watch, a la estación de trabajo de la firma desplazada, siempre que tenga algún operador conectado, y operador del recinto.

INGRESO DE MINUTA

En el recinto está habilitada una función para el ingreso de ofertas al sistema, a partir de minutas que se entregan en los kioscos (que son cuadrados de madera de la forma de un escritorio) debiendo incorporarse a la misma la abreviatura OFT. Dichas ofertas serán tratadas por el sistema de forma idéntica a las ingresadas desde estaciones de trabajo.

ESPECIES

El mercado de valores, a través de stock watch, podrá definir que especies solo podrán operar por concertación en la modalidad de voceo, o solo concertación automática a partir de ofertas o a través de ambas modalidades (simultáneamente o en diferentes períodos de la rueda).

PRECIO DE CIERRE

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Será el último precio vigente operado en el mercado de contado, con los mínimos establecidos para la modificación de precio durante el transcurso de la negociación.

PLAZA

Cada plaza podrá estar en alguna de los siguientes estados:

1. Activa2. Congelada3. En llamado a plaza con formación electrónica de precios4. En llamado a plaza con formación de precios por voceo5. Suspendida

Una plaza activa es aquella donde normalmente se están transando las especies existentes en el libre juego de compradores y vendedores.Una plaza congelada por el sistema es cuando se está por concertar una operación y se detecta que la misma excede algunas de las alternativas previstas por las normas en vigencia. En este estado sólo se admitirá bajas de ofertas por el mercado. Se sale de esta situación cuando el stock wach autoriza la operación, anula la oferta causante o realiza un llamado a hacer plaza. El inicio de llamado a plaza esta informado por stock wach al sistema. A partir de ese momento pueden ingresarse ofertas sin que la compatibilidad de precios provoque el cierre de operaciones. En ese estado no se admitirá el ingreso de minutas de operaciones mientras dure el llamado a plaza. Las demás plazas de la misma especie quedarán automáticamente suspendidas.El cierre de llamado a plaza con formación electrónica de precios implica la generación de todas las operaciones posibles al precio de apertura que el sistema haya determinado. El cierre se producirá cuando así lo indique el mercado, o en forma automática a una hora prefijada en el lanzamiento. Producido el cierre se levantará inmediatamente la suspensión de las demás plazas de la misma especie.El cierre de un llamado a plaza con formación de precios por voceo, será indicado por el mercado al sistema e implicará:a) la prohibición temporaria de ingreso de ofertasb) la baja de todas las ofertas presentes en la plaza yc) la habilitación de la plaza para el ingreso de minutas de operaciones únicamente.Plaza suspendida es cuando la especie no puede ser transada.

SINAC (Sistema Integrado de Negociación Asistida por Computador)

Las operaciones son concertadas electrónicamente ingresando las ofertas de compra y venta de títulos valores a través de estaciones de

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trabajo instaladas en las oficinas de los agentes y sociedades de Bolsa o bancos vinculados a éstas. También se podrá operar a través de estaciones de trabajo que el Merval habilite en el recinto.

En SINAC podrán negociarse títulos públicos, obligaciones negociables y algunas determinadas acciones, las cuales son establecidas por las circulares del Merval.La cantidad de estaciones a habilitar en oficinas de agentes y/o sociedades de Bolsa o bancos estará determinado por la cantidades acciones que posean el en Merval.

VALIDEZ DE LA OFERTA

El operador, al introducir una oferta en SINAC podrá especificar el plazo de validez respectivo, conforme a lo previsto en el manual del usuario.Las ofertas que no tengan especificada una condición de validez especial, serán registradas como válidas para el primer día.

REGISTRO DE OFERTAS

Las ofertas introducidas en SINAC serán registradas según el principio de prioridad, que privilegia el mejor precio. Las ofertas de precios iguales serán registradas de acuerdo con el orden cronológico de su ingreso en SINAC.La oferta al precio de mercado no será registrada en caso de no haber ofertas en la punta opuesta y podrán ser alteradas, en cualquier momento en términos de precio, cantidad o plazo de validez.

La prioridad de las ofertas será modificada si:

a) Se altera el preciob) Se aumenta la cantidad.

No se cambiará la prioridad de las ofertas si:

1) Se disminuye la cantidad2) Se altera su plazo de validez.

Asimismo se cumplirán los siguientes requisitos:

1) Se exhibirán todas las ofertas activas y se podrán cerrar inmediatamente después de registradas, cumplidos los criterios de precio y de prioridad cronológica.

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2) Se podrán ingresar ofertas con la opción de “precio de disparo”, manteniéndose inactivas (no están incorporadas a la estructura de precios) hasta que se registre una operación a un precio igual o mejor que el propio.

3) Se admitirán ofertas con divulgación parcial de la cantidad; agotada la primera cifra dada a conocer, se activa una cantidad igual a la anterior respetando los criterios de prioridad de toda nueva oferta, y así sucesivamente.

4) Las ofertas de fracciones se procesarán por separado y no interferirán en los negocios del mercado normal (por lotes)

CANCELACIÓN DE OFERTAS

El operador podrá cancelar su oferta o sus saldos aún no negociados en cualquier momento. La cancelación se procesará de acuerdo con el orden cronológico de entrada de los diversos comandos de cancelación. Si se hace uso de la función “cancelación rápida”, se obtiene la cancelación simultánea de las mejores ofertas de un operador para una especie determinada.

CONCERTACIÓN DE OPERACIONES

Habiendo ofertas a mejor precio, sea de compra o de venta no será permitido el cierre de la operación a precio inferior al de la mejor oferta de compra o superior al de la mejor oferta de venta registrada.Las operaciones serán concertadas automáticamente, a partir del momento en que, respetados los parámetros de precio y cantidad, el mejor precio de compra fuera mayor o igual al mejor precio de venta y, por consiguiente, el mejor precio de venta fuera menor o igual al mejor precio de compra.Cuando existiera posibilidad de cierre contra varias ofertas registradas en un mismo sentido, compra o venta, pero a precios diferentes, tendrán prioridad en la venta las ofertas de menor precio y en la compra, las ventas de mayor precio, independientemente de la cantidad registrada para cada oferta.Si existiera la posibilidad de cierre contra varias ofertas registradas en un mismo precio, tendrán prioridad las ofertas que hubieran sido registradas en primer lugar, conforme a los registros cronológicos del SINAC y las demás disposiciones vigentes.Siempre que existiera la posibilidad de cierre de ofertas que excedan los parámetros de supervisión de precio y cantidad, la operación sólo tendrá validez mediante la autorización específica del Merval.

LLAMADO A PLAZA

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El procedimiento consistirá en:

1) Llamar a hacer precio: consiste en suspender la vinculación automática de ofertas de la especie en cuestión por el lapso que determine el Merval, e informar públicamente dicha situación.2) Registrar ofertas: durante esta fase, el sistema sólo registrará ofertas, las que quedan a la espera de la fase de cierre de las operaciones.3) Restringir bajas y modificaciones: no se admitirán bajas y/o modificaciones de ofertas que participan en la formación del precio de llamado a plaza.4) Abrir el mercado: en el horario determinado previamente por el Merval, el SINAC procederá a cerrar automáticamente las operaciones con el último precio de llamado a plaza calculado-precio de apertura de mercado. Sesión continua de negociación

Todos los agentes y sociedades de Bolsa podrán actuar en este sistema de negociación, con títulos públicos y obligaciones negociables.

PARTICIPANTES

Podrán intervenir en esta operatoria los agentes y sociedades de Bolsa que reúnan el patrimonio que establezca el directorio del Merval.

NATURALEZA DE LAS OPERACIONES

En la sesión continua de negociación sólo se opera por tratativas directas y la retribución de los operadores y los derechos de bolsa y de mercado están contenidos en el precio convenido en la negociación.

CONCERTACIÓN DE OPERACIONES

Se pueden efectuar operaciones, las que se registrarán de acuerdo con alguna de las siguientes modalidades a opción del operador interviniente:

1) Con garantía del Merval en la liquidación de operaciones.2) Sin garantía del Merval en la liquidación de operaciones.

FIJACIÓN DEL PRECIO

1) Montos para modificar el precio: es el monto fijado por el Merval por especie, para que una operación modifique el precio durante la sesión continua: si el monto de la operación es menor, se considera

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como fracción (Para su determinación se multiplica por 0.5 el promedio resultante de la división del monto negociado durante el mes inmediato anterior sobre la cantidad de operaciones registradas en el mismo lapso)2) Montos para determinar el precio referencial inicial: es el fijado por el Merval por especie para calcular el precio referencial al inicio de la sesión de negociación. 3) Precio de apertura: es el precio de la primera operación con monto mayor o igual al correspondiente para modificar precio.4) Precio de cotización: es el precio de la última operación con monto mayor o igual al correspondiente para modificar precio.5) Cierre: se calcula una vez finalizada la sesión de negociación de acuerdo al siguiente esquema:

* Se toma en cuenta todas las operaciones registradas en el lapso de diez (10) minutos anteriores a la última operación registrada en cada especie.* Se acumulan los montos operados por cada precio distinto, compras y ventas por separado y se selecciona el precio mas operado, sea de compra o de venta.* Si el monto más operado es mayor o igual al monto para modificar precio, entonces el precio seleccionado es el precio de cierre (comprador o vendedor)* Si el mayor monto operado en los últimos minutos no cumple con el requisito especificado anteriormente, el precio de cierre (comprador o vendedor) será el último precio registrado.

PRECIO REFERENCIAL

Es el valor utilizado por el sistema de monitoreo de mercado para detectar una oscilación anormal en el precio de una especie.Se determina un precio referencial para cada especie, a partir de las operaciones en pesos.Para el cálculo del valor inicial, se acumulan las operaciones hasta alcanzar un monto mayor o igual al monto para determinar el precio referencial inicial. Este quedará determinado por el precio promedio ponderado de las operaciones acumuladas. Si la operación registrada es normal el sistema se recalcula automáticamente el precio referencial (promedio entre el precio referencial vigente y el precio de la operación)

SISTEMA DE ALERTA

Si el precio de la operación registrada se encuentra dentro del rango fijado por el precio referencial ajustado más /menos el porcentual

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definido por el Merval para la especie, el sistema asume que la oscilación es normal. En el caso en que el precio de la operación registrada se encuentre fuera del rango, se considera que la oscilación es anormal.El sistema genera automáticamente una situación de alerta para ser analizada por los funcionarios del Merval.Los precios de compra o venta pueden tener una diferencia de hasta 1.5% respecto del valor registrado como precio referencial.El precio base es el utilizado por el sistema de monitoreo de mercado para impedir el registro de operaciones con oscilaciones de precio superiores a los límites admitidos para la sesión continua de negociación. Su valor está determinado por el precio de cierre de la última sesión de negociación en la rueda o en el SINAC, según corresponda.El límite de oscilación permitido en una sesión es mas/menos 10%, el Merval tiene la atribución de ampliar el límite de la oscilación permitido en la sesión al 15%, si las condiciones operativas así lo justifican

SISTEMA DE REGISTRO

Las operaciones se podrán llevar a cabo a través de ofertas las que permanecerán en los monitores durante el lapso de tiempo que determine el operador, cumplido lo cual podrá retirarla o modificarla. Los agentes o sociedades de bolsa que deseen tomar dicha oferta, lo harán comunicándose con el oferente.En relación a los boletos, se utilizan los mismos que se emplean para documentar las operaciones en el recinto.Se considera como código de contraparte, el número de comitente a quien se destina la operación, para esa finalidad se podrá adjuntar a cada agente o sociedad de Bolsa dará cuenta de todas las operaciones que ellos hayan realizado:_ Las realizadas entre agentes o sociedades de Bolsa y sus comitentes o para su cartera._ Las realizadas entre agentes y sociedades de Bolsa.

NEGOCIACION CONCURRENTE

La concertación a viva voz y electrónica es concurrente en el horario de la rueda -voceo- , para las acciones de mayor movimiento, (que en la actualidad son 26). Los operadores pueden ingresar en el SINAC las ofertas de compra o venta desde sus oficinas o en el recinto mismo a

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través de las terminales allí instaladas o solicitarlo a los empleados de la Bolsa de Comercio de Buenos Aires que las ingresen.Ninguna operación se puede concertar de viva voz a precios inferiores a las mejores ofertas de compra o superiores a las mejores de venta del SINAC.Estas ofertas se activan a los cinco minutos de ingresadas, lapso que permite registrar las minutas de operaciones ya concertadas a viva voz, sin que subsiguientes ofertas en el SINAC las afecten.

RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL COMPUTABLE

Es el respaldo de bienes en una cantidad y especie determinadas que deben poseer las sociedades o los agentes de Bolsa como pauta de solvencia por la actividad que realizan. La encargada del control de estas declaraciones es la auditoría interna del Merval.

Este respaldo patrimonial surge de la diferencia entre el activo y el pasivo, no pudiendo ser inferior a los U$S 500.000.- para las Sociedades de Bolsa, y de U$S 300.000.- para los agentes. Además de poseer al menos una acción del Merval, estos respaldos pueden estar conformados por Títulos Públicos y Privados, Acciones Líderes y no Líderes, sumas de dinero que representen depósitos a plazo fijos y cauciones bursátiles, y depósitos en Dólares. Una de las características que deben poseer los balances presentados es que como mínimo, el 80% del activo debe ser corriente.

CIRCULAR N° 3438 DEL MERCADO DE VALORES DE BUENOS AIRES S.A.

Esta circular fue dictada para los casos en los cuales las Sociedades de Bolsa o los Agentes no cumplan con los requisitos expuestos en la determinación de la responsabilidad patrimonial computable. La Auditoría interna del Merval exigirá que dicha empresa subsane su deficiencia en un plazo de 15 días, o en su defecto presente un plan de encuadramiento que contenga el detalle de las acciones a seguir y las medidas a tomar para revertir el proceso deficitario. Este plazo no deberá exceder los 180 días.

VALORES NEGOCIADOS EN EL MERVAL

1. Acciones: Son títulos valores que representan los aportes de capital de los accionistas a la sociedad emisora. Confiere a los titulares la condición de socios con todos los derechos políticos y económicos correspondientes a su clase. Las acciones pueden ser

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ordinarias o preferidas, y pueden otorgar un voto por acción o ser de múltiple voto (máximo 5 votos por acción)

2. Obligaciones negociables: Son títulos valores que representan unidades de deuda emitida por una sociedad anónima, asociaciones civiles o cooperativas a corto, mediano o largo plazo con el fin de financiar proyectos o reestructurar deudas contraídas anteriormente. La emisora paga a los obligacionistas un interés pactado por el dinero aportado, obligándose a cancelar la deuda en un plazo previamente estipulado.

3. Valores fiduciarios: Son certificados de participación o valores representativos de deuda que se emiten en Fideicomisos financieros, en los cuales el fiduciario ejerce la propiedad de los bienes en beneficio de los titulares de esos valores a cuya garantía quedan afectados.

4. CEDEARs: Son certificados representativos de depósitos de acciones u otros valores de sociedades extranjeras que no tienen autorización de oferta pública en nuestro país, quedando en custodia en la Caja de Valores y que se pueden negociar como cualquier acción.

5. Títulos Públicos: Son empréstitos emitidos por el Estado nacional, las Provincias o las Municipalidades. Los inversores perciben la renta estipulada y la devolución del capital en la forma y plazo acordados. Se emiten en Pesos, Dólares, Euros y otras divisas.

Forma en que se realizan las operaciones en la Bolsa de Comercio de Bs. As.

1. Al contado:

Las especies vendidas son transferidas y el monto es pagado al tercer día hábil de la concertación.

2. A plazo firme:

El comprador y el vendedor quedan obligados a cumplir la operación en el término fijado. Al concertarla, constituyen márgenes de garantía que se deben reponer en caso de variaciones de precios que excedan los porcentajes previstos.

3. Pase:

Es un solo contrato que consiste en la compra o venta al contado de una especie y en la simultánea venta o compra respectiva con un vencimiento posterior.

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4. Cauciones:

Son similares a los pases, pero el precio de plazo (o valor futuro) se determina aplicando un Aforo (porcentaje) al precio de cierre del día anterior o último registrado en la plaza de contado de las especies a caucionar.

5. Opciones:

Una de las partes (el lanzador) se obliga frente a la otra (tomador) a venderle (si la opción es de compra) o a comprarle (si la opción es de venta) cantidades tipificadas de una especie (lotes) al precio fijado y en el plazo convenido. El precio de lanzamiento de la opción se llama prima y es pagado al contado por el tomador.

6. Futuros:

Al concretar la operación se fija el precio a futuro de la especie transada. Se abre una cuenta de margen para anotar créditos y débitos, según la variación diaria del precio de la especie con respecto al valor futuro pactado. Se exige la reposición diaria de pérdidas, y si la parte obligada no la efectúa, se cierra la posición. Según los niveles potenciales de pérdida, la cámara de compensación exige elevar la garantía de las operaciones.

7. Préstamos de valores:

Una de las partes – el colocador – transfiere temporalmente la propiedad de los valores a la otra parte – el tomador – quien a sus vez se obliga a restituirle al vencimiento del plazo una cantidad equivalente de los mismos valores y a pagarle una suma de dinero convenida más los derechos patrimoniales adquiridos durante la vigencia del contrato.

ÍNDICES

Los índices representan la evolución de un conjunto de valores cotizados en una bolsa y generalmente se obtienen ponderando los valores que operan con mayores volúmenes. El índice permite observar la evolución de la cotización de una especie o un conjunto de ellas en un periodo determinado. Se lo considera un “Indicador de la situación sectorial”.El índice bursátil proporciona una visión de conjunto de las cotizaciones del mercado bursátil en un periodo determinado, relacionándolo con otro tomándolo como base.

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Funciones:1. Ser reflejo de lo que sucede en el mercado.2. Permitir la comparación con carteras de valores y realizar análisis

de gestión.3. Medir las experiencias inversoras de quienes realizan inversiones

en le Bolsa.4. Servir como instrumentos de predicción de la evolución del

mercado bursátil.5. Ser tomados como base para la toma de decisiones económicas y

políticas.

Para el cálculo de los índices generalmente se seleccionan las cotizaciones de los valores más representativos del mercado y se realiza la media aritmética o geométrica de los mismos. Las fórmulas más utilizadas para la determinación de los índices son las de Laspeyres, Fisher y Paasche.Es evidente que los valores con mayor volumen de capitalización, al ser éste un elemento de ponderación, influyen en el valor del índice y, por lo tanto, el comportamiento de sus precios tiende a arrastrar al de los que tienen menos peso o a aquellos que ni siquiera figuran en el mismo.

Los índices más significativos de nuestro mercado de valores:

1. Índice Burcap

Representa el valor de una cartera de acciones, seleccionadas por su volumen y cantidad de operaciones en la Bolsa de Comercio de Buenos Aires, consideradas en forma decreciente hasta un 80% del total. La variación del precio de cada acción incide en el índice proporcionalmente a su capitalización.La nómina de sociedades y sus ponderaciones se actualizan trimestralmente, de acuerdo con su participación en el mercado durante los últimos seis meses.

2. Índice Merval

Representa el valor de una cartera de acciones, integrada por las mismas acciones que el índice Burcap. La participación de cada acción en el índice es proporcional al valor efectivo negociado y a la cantidad de operaciones que en ella se efectúan.

3. Índice Merval Criollo

Igual al índice Merval, pero se compone de acciones de empresas que sólo cotizan en la Bolsa de Argentina, es decir, que no tienen cotización fuera del país.

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4. Índice de valor – Nivel general

Representa la evolución del valor de la totalidad de las acciones ordinarias que cotizan. En caso de ingresos o retiros, reducción del capital social o suscripción de nuevas emisiones, el valor base se multiplica por un factor de ajuste.

MERCADOS EXTRABURSÁTILES

A su vez, el mercado puede dividirse en bursátil y extrabursátil.En el primero, las bolsas operan en la C.N.V., es decir, en sus espacios físicos. En el segundo, se trata de una modalidad en la cual los títulos valores se transan electrónicamente.En nuestro país el sistema bursátil se halla en la Bolsa de Comercio de Buenos Aires y en la segunda modalidad, se opera a través del Mercado Abierto Electrónico (M.A.E.).Los mercados extrabursátiles deben su origen principalmente a las exigencias significativas de ingreso al mercado bursátil. Los requisitos para el ingreso de las empresas aspirantes a emitir títulos valores son difíciles de cumplimentar. Por esta razón, y sumada a los aportes que brindan los avances tecnológicos (comunicación más fluida y eliminación de la necesidad de un espacio físico), los Bancos y otras instituciones financieras vieron en estos mercados una vía mucho más accesible para poder comercializar los activos financieros. Este mercado se conforma básicamente por dos clases de operaciones: las vinculadas a mercados de valores no admitidos a cotización oficial, aunque ellas se realicen en los mismos recintos de la Bolsa de Valores; y por aquellas transacciones de valores admitidos a cotización oficial pero que se realizan fuera de la Bolsa, por todo tipo de intermediarios. Tanto el MAE en nuestro país, como el NASDAQ (nacional Association of securities dealers automated quotation) en los Estados Unidos, son entidades autorreguladas no bursátiles, ya que dictan sus propias normas a las que se sujetan y sujetan la acción de sus intervinientes y participantes, aunque sí están sometidas al control del Estado de sus respectivos países en cuanto a las normas de fondo dictadas por los organismos reguladores. Estos organismos son La comisión Nacional de Valores para el MAE y el SEC (Securities Exchange Comisión) para el mercado extrabursátil norteamericano.La última observación con respecto a los mercados extrabursátiles es el crecimiento que muestran como consecuencia de las dos variables mencionadas anteriormente: el fácil ingreso de las empresas dados los requisitos más accesibles y los aportes que brindan los constantes avances tecnológicos en cuanto a disponibilidad y seguridad de los sistemas de información.

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CAPITULO V: MERCADO ABIERTO ELECTRONICO

MERCADO ABIERTO ELECTRÓNICO

El Mercado Abierto Electrónico (MAE) es una sociedad anónima

TÍTULOS VALORES ADMITIDOS A COTIZACIÓN

- Acciones

Los emisores podrán solicitar la cotización de la totalidad del capital social o determinadas clases de acciones, asimismo todas las acciones deberán tener los mismos derechos dentro de su clase.

- Títulos de deuda

Los emisores podrán solicitar la cotización de obligaciones negociables o no, bonos de deuda, debentures, títulos representativos de mercaderías, bonos de participación, etc.

-Títulos públicos

Serán admitidos a la cotización, los títulos públicos emitidos por el Estado nacional, las provincias, los municipios, las entidades autárquicas y las empresas del Estados nacional que cumplan con los requisitos formales para ello, los títulos extranjeros también pueden ser admitidos a cotización

ADMISIÓN DE COTIZACIÓN

El MAE se reserva el derecho de autorizar la cotización de títulos valores, si bien la autorización de oferta publica es requisito necesario y de carácter previo a la cotización del titulo, ello no importa la autorización automática admisión de cotización en el MAE.

SECCIONES DE COTIZACIÓN

- Sección especial

Las sociedades emisoras de títulos valores que se encuentren en cualquiera de los supuestos que se enuncian a continuación deberán solicitar la autorización para la cotización en la sección especial:

- Cuando su capital social mas los aportes, estén o no representados por acciones supere los $ 60.000.000.

- Cuando los ingresos por ventas resultantes del ultimo ejercicio económico superen los $ 100.000.000

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- Cuando tenga un numero de accionistas igual a superior a mil o tengan una dispersión del 30 % del capital social. También podrán ingresar en esta sección las sociedades que voluntariamente soliciten su inclusión en ella y sean admitidas por el MAE.

- Sección General

Cotizaran sus títulos valores en la sección general aquellas sociedades emisoras que no se encuentren comprendidas en ninguno de los supuestos señalados para la sección especial.

- Sección nuevos proyectos

Solo podrán solicitar cotización en esta sección, las emisoras que a la fecha de la solicitud no se hallen dentro de la oferta pública o aquellas que se constituyan mediante suscripción pública.

ADMISIÓN DE COTIZACIÓN

La autorización para la cotización en el MAE solamente significa que se ha cumplido con los requisitos de información exigidos, la solicitud de cotización implica la captación por parte del solicitante de las atribuciones del MAE entre las cuales se encuentran las siguientes:

1. La inspección a las instalaciones sociales para comprobar la existencia de la organización.

2. La inspección de los libros de la sociedad, la documentación contable y la documentación respaldatoria.

3. La solicitud de información adicional a la suministrada por el solicitante.

4. La concurrencia a asambleas con las facultades de verificar la asistencia de los accionistas, tratamiento de punto de orden del día y su correspondencia con los registros.

5. El cumplimiento de normas sobre información periódica y ocasional.

6. La individualización de los títulos a los efectos de su negociación, la suspensión y cancelación de la cotización así como los pases de secciones en los casos establecidos.

REQUISITOS ESTATUTARIOS

La sociedad emisora deberá acreditar ante el MAE su constitución regular de acuerdo con la legislación vigente y su inscripción en el Registro Público de Comercio, mediante la presentación de sus estatutos sociales debidamente inscriptos, con indicación en su caso de las reformas pendientes de inscripción. Así como también su

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capital social y su situación economito-financiera deberán ser adecuadas para su ingreso al mercado de capitales.El órgano de fiscalización de la sociedad emisora que decida solicitar cotización deberá contar con una fiscalización a cargo de una comisión fiscalizadora de cómo mínimo tres miembros titulares y tres suplentes.

ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA

En principio deberán ser empresas en marcha -con excepción de las que lo hicieran a través de la sección para nuevos proyectos- y poseer una organización administrativa que le permita atender razonablemente los deberes de información propios de régimen de cotización.

TÍTULOS PÚBLICOS NACIONALES O EXTRANJEROS

El MAE, podrá autorizar la negociación de títulos públicos extranjeros en las condiciones que en cada caso se establezcan de conformidad con la autoridad de contralor. En cuanto a la emisión del título deberá estar depositada en la caja de valores a través de una entidad depositaria internacional en la cual aquella tenga una cuneta autorizada.Los títulos privados extranjeros, deberán solicitar autorización a la Comisión Nacional de Valores para su oferta pública y solicitar su cotización en el MAE.

INFORMACIÓN PERIÓDICA Y OCASIONAL

- Periódica

Las emisoras cotizantes en el MAE deberán remitir e este con la periodicidad que en cada caso corresponda toda la documentación exigida por las normas de la Comisión Nacional de Valores.

- Ocasional

Los emisores deberán presentar a la C.N.V. y simultáneamente al MAE la información requerida a las normas requerida por cada una. El MAE enunciara la información en sus pantallas de libre acceso al público, además de ser publicada en el Boletín Diario del MAE.

SUSPENSIÓN DE COTIZACIÓN, CANCELACIÓN Y RETIRO VOLUNTARIO

Corresponderá suspender la autorización de cotización cuando:

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1. Cuando la sociedad solicite su propia quiebra o la misma le fuere decretada judicialmente;

2. Cuando la C.N.V., suspenda la autorización para la oferta publica.El MAE lo podrá hacer previamente cuando:- No cumpliera en término con el envío de la documentación contable.- No cumpla en término con el envío de la información solicitada por el MAE.- Cuando la cotización de los títulos valores de emisor puedan verse afectados por su situación patrimonial o financiera.Procederá la cancelación de la autorización cuando:- La C.N.V. cancele de la autorización del emisor para estar en la oferta pública - Se produzca perdida de la capacidad jurídica - Halla una declaración judicial firme de quiebra o liquidación administrativa.- El emisor deje de contar con organización administrativa y técnica acreditada- Los incumplimientos reiterados de norma legales- Cuando el MAE cancela la autorización otorgada al emisor para

cotizar sus títulos en dicho mercado

IMPEDIMENTOS

Esto sucede cuando no se presentan las respectivas solicitudes de oferta publica de las emisiones o el pago de los dividendos en efectivo dentro de los plazos previstos por ello el directorio de las sociedades no deberá proponer la capitalización de utilidades, reservas, ajustes o revalúo ni la distribución en efectivo de los dividendos.

REQUISITOS PARA SER AGENTE DEL MAE

Cuando un apersona física o jurídica desee registrarse como agente del MAE deberá solicitarlo a este mercado, debiendo acreditar ser titular de por lo menos una acción de dicho mercado y cumplimentar los requisitos exigidos por las leyes vigentes, a continuación se detalla en general la información que una persona brindara a través de la solicitud:- Persona física: datos personales, descripción de la actividad

principal, antecedentes de actuación, sociedades en las que participo, vínculos comerciales, inscripción en el registro de comercio y declaración jurada patrimonial.

- Personas Jurídicas: denominación, descripción de la actividad principal, domicilios real y comercial y demás datos.

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La documentación a adjuntar estará compuesta por: copia de autenticidad del contrato social, copia autenticada del acta de directorio y/o asamblea, nomina de directores, administradores, gerentes generales y representantes; información contable referente a los últimos tres ejercicios económicos, compromiso de contar con una organización y medios personales y técnicos apropiados al volumen de su actividad y que posibiliten auditar adecuadamente la misma, las personas que exijan una autorización para el ejercicio de la actividad deberán acreditar la existencia de esa autorización, fotocopia del talos de la clave única de identificación tributaria C.U.I.T., plan de cuantas, organigrama y manual de procedimientos internos y por ultimo formularios a utilizar en el desarrollo de sus actividades.En cuanto al plazo, la solicitud de ingreso debe ser resuelta en los 30 días corridos siguientes a su recepción que será comunicada por el MAE a la C.N.V., el primero podrá denegar la inscripción en el caso de que o se halla cumplido con todos los requisitos y una vez que se denegó la solicitud no se podrá reiterar el tramite hasta seis meses de la fecha de la denegación.Se observaran además incompatibilidades por las que no podrán ser inscriptos como agentes del MAE: quienes no hallan completado el nivel secundario, quienes no puedan ejercer el comercio, los fallidos por quiebra, los condenados o procesados por delitos, personas en relación de dependencia, los funcionarios y empleados de la Nación, los agentes de mercados autorregulados, las personas jurídicas cuya actividad no sea compatible con la actividad como agente del MAE, las personas sancionadas por la C.N.V. para intervenir en la oferta publica.Para el registro de información contable se deberá utilizar un sistema contable compuesto por registros rubricados y foliados, llevados rigurosamente al día, para lo cual se contabilizaran toda operación en la fecha de su concertación, sin excepciones.Con independencia de la información que ya hemos señalado los agentes deberán informar en carácter de declaración jurada:

1. Anualmente junto con la presentación del balance general: cantidad de cuentas de comitentes (discriminando activas), agentes de bolsa y fondos comunes con los que operan, detalle de los valores mobiliarios que integran la cartera, la sociedad en su cargo, y de cada uno de los socios, directores, administradores, gerentes generales y representantes.

2. Al publico: deberán tener a la vista del publico en todos los locales donde desarrollen sus operaciones, la resolución del MAE que los acredita como tales, listados de los códigos que permitan identificar con nombre y domicilio a los agentes y en pizarra o

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vitrina el régimen de comisiones y otro gasto, la indicación de todas las operaciones bajo responsabilidad patrimonial del agente y en ubicación preferente un aviso en le cual se mencione que se encuentra a disposición del publico.

El incumplimiento de cualquiera de los requisitos, condiciones y obligaciones del agente del MAE podrá dar lugar a la suspensión preventiva del agente por parte del directorio.Por otro lado el MAE podrá revocar la inscripción cuando: cuando se halla declarado por pacto firme la quiebra del agente, si hubiese incompatibilidad, si el agente se retiro, por incumplimientos graves violaciones de las normas y/o cuando así lo disponga la C.N.V.

Por ultimo los agentes del MAE podrán solicitar el retiro voluntario, a tales efectos deberán reunir los siguientes requisitos: texto de aviso a publicar comunicando e cese de operaciones, informe con firma del representante legal y de contador certificante, acta de directorio y/o asamblea que aprueba el retiro, certificado del ente autorizado para recibir depósitos colectivos de títulos valores públicos o privados, constancia de la autoridad registral sobre la totalidad de los libros que tenga rubricados el agente, la publicación mencionada del aviso del cese de actividades se efectuara por un día dentro del plazo fijado por la resolución

CONDUCTAS ETICAS

Los agentes del MAE y las personas que trabajan en relación con estos estarán obligados a cumplir reglas de ética y conducta comercial como:

Tener conducta ejemplar. Principios de equidad y transparencia en las transacciones. Prudencia y diligencia en el manejo de las operaciones. Emplear eficazmente los recursos y procedimientos requeridos

para el desempeño de sus actividades. Distinguir cuando operan bajo la modalidad contractual de la

comisión o baja la modalidad de la compraventa mercantil, realizada a nombre propio.

Instrumental las operaciones mediante boletos. Informar a sus comitentes toda noticia relevante. Comunicar al MAE y la CNV aquellas vinculaciones que en su

actuario pudiera suscitar conflictos de intereses con sus comitentes.

MANIPULACION DEL MERCADO

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Los agentes del MAE deberán abstenerse de realizar practicas o incurrir en conductas que pretendan o permitan la manipulación de precios o volúmenes de los títulos o especies autorizadas para su cotización en el MAE, contratos a termino o de opción negociados en le MAE o defraudar a cualquier participante de dichos mercados. Es decir no podrán afectar la formación de precios, inducir a error a cualquier participante en el mercado, pero si podrán realizar operaciones con el propósito de estabilizar el mercado y deberán informar al MAE todo hecho que no sea habitual.

DEBER DE GUARDAR RESERVA

Los agentes del MAE que tengan información respecto del desenvolvimiento o negocios de una sociedad con oferta pública autorizada que aun no haya sido divulgada públicamente deberán guardar estricta reserva.

PUBLICIDAD

La publicidad, propaganda, difusión que por cualquier medio hagan los agentes de MAE no podrán contener afirmaciones, declaraciones o descripciones que puedan inducir a error, equívocos o confusión al público sobre la naturaleza, precio, rentabilidad, etc. O cualquier otra característica de los títulos valores u otras especies negociada en le MAE.

Las transgresiones a esta obligación serán sancionadas con la suspensión o cancelación de la autorización para operar como agente del MAE y esta sanción será publicada.

OPERACIONES

Se podrán realizar negociaciones en le MAE cuando:

Negociación de títulos valores públicos o privados con oferta pública autorizada.

Intervención de agentes del MAE en negociaciones anteriormente nombradas.

Modalidades

Las operaciones podrán ser realizadas bajo las siguientes formas:

Operaciones de contado inmediato : En las que el vendedor en la fecha de concertación de la operación entrega los títulos al

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cobrador y simultáneamente este entrega el valor en la moneda de negociación.

Operación de contado: En las que entre la fecha de concertación de la operación y la de su liquidación, existe un lapso no mayor de tres (3) días hábiles de mercado.

Operación de plazo firme : Concertadas para ser liquidadas al vencimiento de su término debiendo entregar la especie negociada y el pago del precio en la moneda de negociación el día pactado para su liquidación.

Operaciones de pase: Consiste en la compraventa de valores al contado o para un plazo determinado y la simultanea operación inversa de venta o compra a la misma persona para un vencimiento posterior, a precio establecido desde su concertación. Esta operación no tiene garantía del MAE.

Operaciones de pase con aforo: Es aquella que realiza un agente del mercado abierto con un margen de garantía a satisfacción de las partes fijado al momento de estas.

REGIMEN ESPECIAL

Los agentes del MAE podrán cursar a través de las pantallas de este mercado ofrecimientos de venta a mejor oferta e invitaciones a participar en licitaciones de títulos valores públicos o privados con cotización autorizada en el MAE teniendo en cuenta las siguientes consideraciones:

Inscripción de las ofertas:Aquí el agente oferente podrá ingresar la oferta de venta, modificarla o eliminarla. La oferta será conocida solo por el agente oferente.

Difusión de la oferta:El paso siguiente del anterior es el conocimiento de las oferta de ventas por el universo de todos los agentes del MAE y estos podrán consultar y analizar las ofertas existentes expuestas en orden alfabético en pantalla.

Negociación:Después de la difusión de la oferta se inicia la negociación de cada una de la oferta.

Adjudicación:

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Luego se pasara a la adjudicación de los títulos a la mejor oferta recibida.En las adjudicaciones se procedera a:

La adjudicación o adjudicaciones fijando en ese caso el punto de corte en le listado.

En su defecto declarar desierta la licitación. Se confeccionara un listado de adjudicaciones que se comunicara

a todos los agentes del MAE y a los adjudicados de operación conformada.

Licitaciones:Se podrán realizar sobre títulos valores públicos o privados con oferta pública y el procedimiento seria:

Inscripción del llamado:Se ingresa el llamado a licitación en donde el mismo solo será conocido por el licitador.

Difusión del llamado:Aquí el llamado, sus bases y condiciones serán conocidos por el universo de todos los agentes del MAE.

Ofertas:Aquí cada agente licitante podrá ingresar una o mas ofertas por intermedio de la pantalla del MAE.

OPERACIONES DE CAUCION

Son aquellas en que consisten en un pase en el cual el precio de la venta al contado es inferior al de cotización y resulta de los aforos que fijen las partes dentro de los limites que determine periódicamente al MAE, siendo además al precio de la venta a plazo superior al de la venta al contado.

OPERACIONES DE OPCIONES

Son las operaciones en que una de las partes, el lanzador, se obliga frente a la otra, el tomador, en caso de ser ejercida la opción, a venderle o comprarle cantidades tipificadas de una especie, al precio fijado y dentro del plazo máximo convenido.

OPERACIONES DE OPCION ADICIONAL

Son aquellas en las que el comprador o vendedor a plazo firme adquiere, mediante el pago de una prima, el derecho de pedir o

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entregar al vencimiento una cantidad adicional de la especie negociada, al precio que se hubiere convenido.

MARGENES Y GARANTIAS

Las partes podrán operar con o sin márgenes de garantías. En le primer supuesto el MAE estará facultado a fijar pautas generales con la aprobación de la CNV.

Como se dijo anteriormente el agente del MAE deberá comunicar toda información relevante al mismo y este a su vez contara con un sistema de registro y publicidad de la operaciones que aseguren a todos los operadores, usuarios, autoridades de contralor y al publico inversor el conocimiento de las especies y volúmenes transados, los precios corrientes, plazos y moneda de negociación.

Asimismo el MAE informara el volumen negociado en títulos valores públicos y privados.

Luego de la comunicación inicial los agentes del MAE deberán informar al mismo y a la CNV los cambios producidos en sus tenencias u opciones de compra o de venta de acciones o títulos valores.En le caso de que existan elementos de juicio que permitan suponer la existencia de una trasgresión de una norma legal, estatutaria o reglamentaria por parte de un agente del MAE, el directorio de la misma institución dispondrá de un SUMARIO y se aplicarán SANCIONES como:

Apercibimiento Multa Suspensión de hasta dos (2) años. Cancelación de la inscripción como agente del MAE. Estas sanciones serán notificadas a la CNV como también a la

parte involucrada (agentes, emisoras de títulos valores que utilicen el MAE).

A su vez las denuncias presentadas ante el MAE serán recibidas, ratificadas y acompañadas de los elementos probatorios. Luego el MAE lo comunicara a la CNV para que actúe en consecuencia.

DERECHOS Y ARANCELES

Los derechos y aranceles deberán ser sometidos a la aprobación de la CNV que podrán modificarlos, estos derechos y aranceles son los que

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deberán abonar los agentes y son determinados en un comienzo por el MAE.

ARBITRAJE

Las cuestiones que surjan entre agentes del MAE o entre estos y sus clientes o comitentes por operaciones realizadas en le MAE podran ser sometidos a arbitraje.

CAPITULO VI: SISTEMAS COMPARADOS

SISTEMA BURSATIL DEL REINO UNIDO DE GRAN BRETAÑA

Para realizar operaciones en este mercado bursátil se requirió tener la condición de BROCKER, o sea comisionista con licencia.

El Brocker

Tiene como misión la realización de operaciones por cuenta de una clientela (comitente) sin adoptar posiciones en le mercado. Su función es la de extender el mercado, captar y canalizar las ordenes y asesorar en sus inversiones a una clientela directa.

El Jobber

Es un comerciante que fija los precios en le mercado sobre la base de un stock de capital que invierte en valores a plazo corto, o sea que su función es estabilizador del mercado.

Estructura

El modelo donde se ha asentado y desarrollado la estructura de la bolsa del Reino Unido es la BOLSA DE LONDRES.Esta dirigida por un consejo directivo que se elige por voto directo. Al frente del consejo actuara un presidente asistido por directores. Este consejo tiene poder absoluto en todo lo que se refiere a la administración de la bolsa y al dictado de sus reglamentaciones, procedimientos de contratación y adquisición de operaciones.Es una organización PRIVADA que se rige por su propia voluntad, estableciendo sus reglas de funcionamiento.La intervención del Estado solo se ha limitado a supervisar su actuación.El número de miembros de la bolsa del Reino Unido es cerrado y las condiciones son rigurosas donde lo fundamental es la idoneidad que tengan las personas o las personas en la materia.

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SISTEMA BURSATIL DE FRANCIA

Este sistema bursátil se denomina también MERCADO FRANCES DE VALORES, gira en torno a la figura del denominado AGENTE DE BOLSA.Aquí también existen una innumerable cantidad de regulaciones de los distintos estamentos de gobierno que tienen competencia en la materia.Es una organización pública sometida a las reglamentaciones del estado francés.El agente de bolsa es una persona física que detenta en el ejercicio de sus funciones la calidad de funcionario público.

Esta bolsa esta conformada por tres instituciones:

Ministerio de economía y finanzas: no solo tiene en sus manos la creación de bolsas o su suprecion, sino que ejerce la potestad reglamentaria en la ordenación de los mercados de valores.

Comisión de operaciones de bolsa: tiene tres funciones, controla todas las actividades publicitarias de las empresas que apelan al ahorro publico, es la encargada de determinar la bolsa donde habrán de ser cotizados los titulo y eleva un informe anual sobre los mercado de valores al presidente de la republica. Además actúa como órgano consultivo del ministerio de economía y finanzas.

Cámara sindical: aquí se encuentra el eje de toda ordenación del mercado francés de valores.

El sistema bursátil francés tiene lo que se denomina sistema de Única Cotización con lo que un titulo valor no puede cotizar en más de un mercado bursátil de Francia.

SISTEMA BURSATIL DE ESTADO UNIDOS

Existen tres bolsas:

El New York Stock Exchange (NYSE): la sociedad que quiera cotizar en este mercado deberá ser una empresa en funcionamiento o ser la sucesora de una empresa en funcionamiento.

El American Stock Exchange (AMEX): la solicitud de cotización de un titulo de valor en AMEX es una facultad exclusiva de este mercado. Entre los factores que se tiene en cuenta se destacan la actividad comercial de la empresa, el

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mercado donde se comercializa sus productos, la reputación de sus administradores, su situación financiera, su capacidad de generar ganancias y su panorama futuro.

La Nacional Association Of Securities Dealers Automated Quotation System (NASDAQ): tiene facultades discrecionales para la aceptación o no de los títulos valores de una sociedad que quiere cotizar en su mercado.

Este sistema bursátil es una institución privada con un número limitado de miembros. El conjunto de miembros se integra en dos clases de firmas:

Los brokerage house : estos actúan en el mercado secundario de títulos ya emitidos.

Los investment banking : actúan en el mercado de emisiones.

Las normas que regulan el ingreso de los títulos valores de una sociedad a cotización en algunos de los tres mercados queda a criterio del mercado que corresponda.

LA SECURITIES AND EXCHANGE COMMISSION (SEC)

Es el organismo regulador del gobierno de los EE.UU que se ocupa de hacer cumplir un conjunto de estatutos conocidos como Leyes Federales de títulos valores. Estas leyes se ocupan de promover la revelación de toda información referente a las sociedades que emiten títulos valores y de los títulos emitidos.La SEC es una de los organismos ¨Autónomos¨ pertenecientes al gobierno federal. Tiene funciones ejecutivas (administrar y hacer cumplir la ley), legislativas o regulatórias (dictar normas) e instructivas y punitivas (decidir la restricción o anulación de la licencias para operar de las personas y las sociedades que así lo requieran).

HISTORIA DE LA CONSTITUCION DE OTROS SISTEMAS BURSATILES

Las bolsas mas antiguas, las de los países bajos en el siglo XV, eran reuniones internacionales de comerciantes que viajaban allí y vendían sus mercancías. Es decir que eran asambleas en una plaza abierta.

BOLSA MEXICANA DE VALORES S.A.

Su inauguración tuvo la finalidad de agrupar a corredores conocidos en le mercado privado de valores mineros. Es una entidad privada sin

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participación de estado, ni en su constitución, ni funcionamiento, solo quedando reservada a este último la tutela del interés publico a través de las regulaciones que sea menester dictar.

BOLSA OFICIAL DE COMERCIO DE BARCELONA

A la largo del siglo XIX funciona como una institución moderna y activa aceptando ahorro del publico inversor y redestinándolo a las sociedades que lo requerían. Finalmente en 1915 fue creada la Bolsa Oficial de Comercio.

BOLSA DE RIO DE JANEIRO

Se crea en 1893, atendiendo sobre todo a dos factores; el avance de las tecnologías en telecomunicaciones y en informática y una creciente sofisticación de las operaciones de los participantes.

BOLSA OFICIAL DE VALORES DE SAO PAULO

Fundada en 1897, aquí las negociaciones eran efectuadas con títulos de crédito de renta fija, especialmente las letras de cambio. Esta en la actualidad es la bolsa más dinámica e importante del Brasil.

BOLSA DE COMERCIO DE CHILE

Se organizo en 1893, producto de la formación de un mercado de valores bursátiles en forma oficial. El mayor aporte de esta bolsa al desarrollo de la economía chilena fue que sirvió de vehículo financiero para la formación de la mayoría de las actuales empresas y permitió la colocación de nuevas emisiones entre el publico. Muchas empresas chilenas crecieron y se desarrollaron exportando parte de su capital al exterior.En la actualidad esta bolsa es una de las instituciones bursátiles más sólidas de Latinoamérica, siendo impulsora del crecimiento económico de dicho país.

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