VVAA. Libro Verde 2010

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    www.mcu.es

    EditaSECRETARA GENERAL TCNICASubdireccin Generalde Publicaciones, Informacin y Documentacin

    NIPO: 551-10-011-4Depsito legal: V-893-2010

    MINISTERIO DE CULTURA

    De los textos y fotografas: sus autores

    NIPO: 551-10-019-8 (publicacin electrnica)

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    MINISTERIODE CULTURA

    ngeles Gonzlez SindeMinistra de Cultura

    Mercedes E. del Palacio TascnSubsecretaria de Cultura

    ngeles AlbertDirectora General de Bellas Artes y Bienes Culturales

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    Libro Verde del Plan Nacional de Proteccin del Patrimonio Cultural Subacutico Espaol

    ARQUA: Museo Nacional de Arqueologa Subacutica.

    CAS: Centro de Arqueologa Subacutica de Andaluca.

    CASC: Centre dArqueologia Subaqutica de Catalunya.

    CASCV: Centro de Arqueologa Subacutica de la Comunidad Valenciana.

    CNIAS: Centro Nacional de Investigaciones Arqueolgicas Submarinas.

    INSUB: Sociedad de Investigacin Submarina (Pas Vasco).

    LIAS: Laboratorio de Investigaciones Arqueolgicas Submarinas (Santander).

    PCS: Patrimonio Cultural Subacutico.

    PNPPCS: Plan Nacional de Proteccin del Patrimonio Cultural Subacutico.

    SGPPH: Subdireccin General de Proteccin del Patrimonio Histrico, del Ministerio de Cultura.

    TI: Taller de Imagen de la Universidad de Alicante.

    UIMP: Universidad Internacional Menndez Pelayo.

    UNESCO: Organizacin de las Naciones Unidas para la Educacin, la Ciencia y la Cultura.

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    Libro Verde del Plan Nacional de Proteccin del Patrimonio Cultural Subacutico Espaol

    Grupo de Trabajo del Comit de coordinacin Tcnica del Consejo del Patrimonio Histrico

    Mariano J. Aznar Gmez

    Raael Azuar Ruiz

    Jos Luis Casado Soto

    Roco Castillo Belinchn

    Asuncin Fernndez Izquierdo

    Carmen Garca Rivera

    Manuel Martn-Bueno

    Xavier Nieto Prieto

    M ngeles Prez Bonet

    Eugenio Rodrguez Puentes

    Coordinacin de la Comisin

    Raael Azuar Ruiz

    Roco Castillo Belinchn

    M ngeles Prez Bonet

    Organizacin:

    Pilar Corchado Pinilla

    Coordinacin de la publicacin:

    Carolina Notario Zubicoa

    Marta Tudela Snchez

    Diseo y maquetacin

    Pressgroup Holdings Europe, SA

    Portada

    Lluc Bevi

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    Presentacin

    El 10 de octubre de 2007, el Consejo del Patrimonio Histrico rgano de coordinacin de las

    acciones que se llevan a cabo en Espaa en el campo del Patrimonio Cultural y en el que fguran

    representantes del Estado y de todas las Comunidades Autnomas acept el Plan Nacional de

    Proteccin del Patrimonio Cultural Subacutico Espaol elaborado por el Ministerio de Cultura.

    El 30 denoviembre de 2007 el Consejo de Ministros aprob dicho Plan.

    El Consejo del Patrimonio, a travs de su Comit de Coordinacin Tcnica, decidi el 12 de diciembre de

    2007 la creacin de un Grupo de Trabajo que redactara el documento de desarrollo de dicho Plan.

    El grupo de trabajo, ormado por especialistas en arqueologa subacutica del Ministerio de Cultura, de

    las Comunidades Autnomas, las universidades y los museos, fnaliz sus trabajos el 14 de mayo de 2009;

    aprobndose el documento fnal por el Consejo de Patrimonio Histrico en su reunin de 16 de julio de

    2009 en Mallorca.

    Este documento, partiendo del declogo aprobado en el Plan Nacional de Proteccin del Patrimonio Cultural

    Subacutico Espaol propone, desde un anlisis de la situacin actual y en el marco de la Convencin

    UNESCO de 2001, las acciones prioritarias que deben llevarse a cabo en Espaa para la tutela eectiva del

    Patrimonio Cultural Subacutico.

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    El Libro Verde es la maniestacin de la voluntad de todas las instituciones

    espaolas de desarrollar y construir un espacio comn de actuacin que

    permita el cumplimiento de los objetivos del Plan Nacional de Proteccin del

    Patrimonio Cultural Subacutico Espaol.

    Con este fn se cre el Grupo de Trabajo, nombrado por la Comisin Tcnica de

    Coordinacin para el desarrollo del Plan Nacional de Proteccin del Patrimonio

    Cultural Subacutico que ue aprobada por el Consejo de Patrimonio Histrico. Este

    grupo, integrado por los directores de los tres centros de Arqueologa Subacutica

    de Andaluca, Catalua y Valencia, expertos de diversas Comunidades Autnomas,

    Universidades, y por el Ministerio de Cultura a travs del Museo Nacional de

    Arqueologa Subacutica (ARQUA), cont adems con la colaboracin y asesoramiento

    de especialistas de la Armada y de los Cuerpos de Seguridad del Estado.

    El Libro Verde es el resultado de dos aos de reuniones y debates del Grupo de

    Trabajo, coordinado por los tcnicos del Museo Nacional de Arqueologa Subacutica

    (ARQUA) y de la Subdireccin General de Proteccin del Patrimonio Histrico, con

    el fn analizar la situacin real de la Arqueologa Subacutica Espaola, marcada por

    un evidente desequilibrio en la investigacin, equipamientos y recursos humanos a

    avor de la costa mediterrnea rente a la atlntica. El Libro Verde traza las l neas sobrelas que han de planifcarse las acciones uturas para el cumplimiento de los objetivos y

    fnes del Plan Nacional de Proteccin del Patrimonio Cultural Subacutico Espaol.

    En este sentido, el Libro Verde es el compromiso consensuado de todas las instituciones

    implicadas y de las Comunidades Autnomas para desarrollar programas de

    documentacin, elaboracin de inventarios y levantamiento de cartas arqueolgicas que

    mejoren y normalicen la gestin de nuestro rico y en gran parte desconocido patrimonio

    sumergido. Todo ello requiere una normalizacin de las intervenciones arqueolgicas

    y de conservacin, siguiendo lo establecido en el Anexo de la de la Convencin de

    Patrimonio Cultural Subacutico de la UNESCO (Pars, 2 de noviembre de 2001)

    ratifcada por Espaa el 6 de junio de 2005. As mismo, es necesaria la ormacin de

    las generaciones uturas de arquelogos y especialistas que velarn por la proteccin

    de este legado de nuestra memoria histrica que es nuestro Patrimonio Cultural

    Subacutico, quiz el ms universal de nuestros patrimonios, por ser Espaa un pas

    eminentemente martimo abierto a lo largo de su historia a todos los ocanos.

    Ministerio de Cultura

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    El patrimonio cultural subacutico en Espaa | 13

    1.1 Introduccin general | 14

    1.2 Cartas arqueolgicas | 16

    1.3 Recursos documentales | 171.4 Recursos materiales | 19

    1.5 Formacin cientfca y tcnica | 19

    1.6 Transmisin del conocimiento a la sociedad | 20

    La situacin de la arqueologa subacutica espaola | 21

    2.1 Antecedentes | 22

    2.2 Los medios tcnicos | 25

    2.2.1 Los medios para la actuacin en el mar | 28

    2.2.2 Los medios electrnicos de prospeccin | 28

    2.2.3 Los medios de excavacin e inmersin | 29

    2.2.4 El espejismo de las compaas de buscadores de tesoros | 29

    2.3 Los medios de laboratorio | 29

    2.4 Los organismos de gestin | 30

    2.5 La diusin y proteccin | 30

    2.6 La ormacin y la existencia de tcnicos especializados | 32

    2.7 Un modelo inadecuado de organizacin y gestin | 33

    La documentacin del patrimonio cultural subacutico espaol | 35

    3.1 La investigacin documental | 36

    3.1.1 Estado de la cuest in | 37

    3.1.2 Defnicin de objetivos | 37

    3.1.3 Actuaciones prioritarias | 38

    3.2 Las cartas arqueolgicas | 39

    3.2.1 Antecedentes | 39

    3.2.2 Metodologa | 40

    3.3 Actuaciones prioritarias | 44

    La proteccin jurdica | 45

    4.1 Estado actual de la cuestin | 46

    4.2 Variables presentes | 46

    4.3 Cuestiones problemticas generales | 48

    4.3.1 La defnicin del Patrimonio Cultural Subacutico a los eectos de la utura

    legislacin | 48

    4.3.2 El problema derivado de las actividades ortuitas | 514.3.3 La necesidad de crear fguras especfcas de proteccin del Patrimonio Cultural

    Subacutico | 54

    Libro Verde del Plan Nacional de Proteccin del Patrimonio Cultural Subacutico Espaol

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    ndice

    4.3.4 La aplicacin del rgimen del salvamento, del hallazgo y el tesoro al Patrimonio

    Cultural Subacutico | 56

    4.3.5 El establecimiento de un rgimen de vigilancia e inspeccin del Patrimonio

    Cultural Subacutico | 58

    4.4 Actuaciones prioritarias | 59

    Las intervenciones arqueolgicas | 61

    5.1 Los proyectos de investigacin arqueolgica subacutica | 62

    5.1.1 Cuestiones generales | 62

    5.1.2 Actuaciones prioritarias | 65

    5.2 Intervenciones preventivas y de urgencia | 65

    5.2.1 Defniciones | 65

    5.2.2 Situacin actual | 65

    5.2.3 Actuaciones prioritarias | 69

    5.3 Requisitos exigibles en todo proyecto de actuacin arqueolgica | 71

    5.3.1 Requisitos exigibles al proyecto | 715.3.2 Requisitos exigibles al equipo humano de una intervencin arqueolgica subacutica | 71

    La conservacin del patrimonio cultural subacutico | 73

    6.1 Estado de la cuestin | 74

    6.2 Especifcidad de los objetos arqueolgicos de procedencia subacutica | 74

    6.2.1 La conservacin in situ| 76

    6.2.2 La extraccin de los objetos | 77

    6.3 La gestin de la conservacin | 79

    6.4 Actuaciones prioritarias | 80

    La formacin de personal | 817.1 La ormacin cientfca superior | 82

    7.2 La ormacin tcnica | 83

    7.3 Actuaciones prioritarias | 85

    La difusin | 87

    8.1 Situacin actual | 88

    8.2 Defnicin de objetivos | 88

    8.3 Actuaciones prioritarias | 89

    Propuestas de actuacin prioritaria en el Plan Nacional de Proteccin del Patrimonio

    Cultural Subacutico Espaol | 91Anexo: Convencin UNESCO sobre la proteccin del patrimonio cultural subacutico, de 2 de

    noviembre de 2001 | 96

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    El patrimonio cultural subacutico en Espaa13

    1El patrimonio culturasubacutico en Espaa

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    14Libro Verde del Plan Nacional de Proteccin del Patrimonio Cultural Subacutico Espaol

    1.1 INTRODUCCIN GENERAL

    Se entiende por Patrimonio Cultural Subacutico

    Espaol aquel que, reuniendo las caractersticas del

    Patrimonio Histrico Arqueolgico recogido en lalegislacin vigente, se encuentra en las aguas inte-

    riores y continentales espaolas, incluidas las capas

    reticas, y en las aguas marinas sobre las que Espa-

    a ejerce soberana o jurisdiccin, extendiendo esta

    consideracin a aquel Patrimonio de iguales carac-

    tersticas sobre el que Espaa pueda ejercer alguna

    reclamacin o invocar algn derecho por medio de

    las leyes nacionales y el Derecho internacional.

    La evolucin continuada del conocimiento cient-

    ico y los altos niveles de competencia cientica y

    tcnica alcanzados por nuestro pas, equiparable en

    todo a los pases ms avanzados en materia de Patri-

    monio Subacutico, as como la evolucin altamen-

    te positiva en la consideracin de la sociedad hacia

    el Patrimonio Histrico Arqueolgico en general y

    al Patrimonio Subacutico en particular, motiv la

    atencin de los poderes pblicos y la determinacin

    del Consejo del Patrimonio, a encargar la redaccin

    de un documento de principios que pueda utilizar-

    se como base de actuacin poltica y administrativapor parte del Estado y de las Comunidades Autno-

    mas en el mbito de sus respect ivas competencias.

    El Patrimonio Cultural Subacutico, cuya aproxi-

    macin cientica se realiza por medio de la Ar-

    queologa, es hoy una parte muy relevante de nues-

    tro Patrimonio. Es una parte de gran trascendencia

    de nuestra historia, acentuada esta importancia por

    la entrada en vigor, el 2 de enero de 2009, de la

    Convencin UNESCO sobre la proteccin del patri-

    monio cultural subacutico, de 2 de noviembre de

    2001 (Convencin UNESCO de 2001, de ahora en

    adelante).

    Dicho Patrimonio y su explotacin con ines cient-

    icos, educativos, culturales y sociales, pero nunca

    econmicos, constituye en la actualidad un marco

    Sede del antiguo CNIAS, Cartagena (Archivo ARQUA, 2

    Sede del CASC, Girona (Archivo C

    Sede del CASCV, Castelln (Archivo CA

    Sede del CAS, Cdiz (Archivo

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    El patrimonio cultural subacutico en Espaa15

    de inters social que presta una atencin muy sig-

    niicativa al mismo; equiparable a la que esa misma

    sociedad presta al resto del acervo histrico y cul-

    tural espaol, como signo de madurez de nuestra

    sociedad y de los poderes pblicos que la rigen y lo

    gestionan.

    La sociedad espaola, en el contexto internacional,

    pero de manera muy signiicativa en el nacional,

    reclama hoy da una atencin preerente a este pa-

    trimonio, sobre todo en los niveles de inormacin

    pblica e incorporacin de los resultados de la in-

    vestigacin a los circuitos culturales por medio de

    su exhibicin en museos, exposiciones y diusin

    general.

    Espaa, territorio que encierra un potencial patri-

    monial extraordinario por la extensin de sus cos-

    tas y aguas interiores y continentales, as como por

    los intereses sobre nuestro patrimonio disperso por

    los mares y ocanos de los seis continentes (Antr-

    tida incluida), siempre dentro de lo que ampare la

    normativa internacional en la materia y los acuer-

    dos bilaterales o multilaterales a que se pueda llegar

    con otros pases, debe actuar de orma decidida en

    deensa de este acervo cultural.

    Tal y como se deine en los captulos correspon-

    dientes a legislacin, investigacin y ormacin,

    estamos en un momento de extraordinaria trascen-

    dencia para actuar de orma decidida y coordinada

    Caones del pecio Boucentaure, s. XIX (Archivo CAS, 1995).

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    16Libro Verde del Plan Nacional de Proteccin del Patrimonio Cultural Subacutico Espaol

    por medio de polticas comunes, o al menos com-

    plementarias entre el Estado y las Comunidades

    Autnomas. Cada uno en su mbito competencial

    y dentro de las posibilidades que permite y puedeestablecer un rgano colegiado como es el Consejo

    del Patrimonio Histrico Espaol deberan ela-

    borar planes nacionales o regionales que aciliten la

    tarea investigadora y la recuperacin patrimonial de

    acuerdo con los ines y lmites establecidos en la

    legislacin vigente.

    En primer lugar se considera que es prioritaria una

    actuacin conjunta y/o coordinada en varios ren-

    tes, para la obtencin de unos objetivos prioritarios,

    que permitan deinir con claridad una poltica de

    mnimos aceptable por todas las Comunidades Au-

    tnomas como base de la actuacin utura.

    En segundo lugar, el anlisis de la realidad actual

    el nico punto de partida posible indica con

    claridad una disimilitud en el conocimiento de ese

    rico patrimonio en los dierentes tramos de costa

    correspondientes a las dierentes Comunidades Au-

    tnomas, como consecuencia de polticas pasadas,

    en las que las prioridades de actuacin no han sidosimilares. Ello se traduce en un nivel de conoci-

    miento desigual, que acarrea inmediatamente una

    proteccin poco eicaz, amn de claramente dismil

    entre unos y otros territorios, as como un cono-

    cimiento cientico dispar que como consecuencia

    provoca un aprovechamiento, cientico, educativo,

    cultural y social muy deiciente en trminos gene-

    rales, si hablamos de la totalidad del territorio es-

    paol.

    1.2 CARTAS ARQUEOLGICAS

    El conocimiento de la realidad patrimonial de nues-

    tras costas debe llevarse a cabo a travs de la ela-

    boracin de las Cartas Arqueolgicas, instrumentos

    de inventario y catalogacin que se han mostrado

    tiles en todos los pases tanto para el patrimonio

    arqueolgico terrestre como para el subacutico. En

    el caso espaol, esta especialidad est todav

    un estado incipiente en relacin con el Patrim

    Subacutico, salvo excepciones muy signifcat

    y pese a que ya en 1984 se instituy por la entoDireccin General de Bellas Artes del Minist

    de Cultura el primer Plan Nacional de Docum

    tacin del Litoral Espaol. Plan que qued pr

    camente inoperante a nivel global y solamente

    continuado por algunas Comunidades Autno

    en su mbito competencial y territorial.

    Por lo antedicho, es ahora de vital importa

    acometer sin tardanza la realizacin, con el i

    completar y mantener en revisin constante lu

    dicha Carta Arqueolgica Subacutica de Esp

    como programa unitario o mejor, sin duda c

    suma de los programas, con una base homolog

    mnima de todas las Comunidades Autnomas

    el Ministerio de Cultura y la colaboracin de o

    organismos nacionales.

    La realizacin de esta documentacin bsica ten

    unos eectos inmediatos en materia de protecc

    investigacin y planiicacin de cuantas actuaci

    hayan de realizarse en nuestras costas y aguas iriores, bien sea por las administraciones pblic

    por particulares. Adems permitira a nuestro

    ponerse en los puestos de cabeza entre los pases

    activaran una poltica eicaz en la materia, tal y c

    recomienda la Convencin UNESCO de 2001.

    Para la rpida puesta en marcha o continuacin

    gn los casos, de este primer programa naciona

    necesaria la cooperacin decidida de todas las

    ministraciones implicadas, sin reservas ni caut

    amn de las legalmente previstas, para que el

    yecto cuente con la aportacin de los medios n

    sarios, el empuje y la voluntad poltica precisa

    eicacia inmediata.

    Una vez alcanzado este objetivo prioritario

    drn programarse de orma undada actuacio

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    El patrimonio cultural subacutico en Espaa17

    de envergadura en esta materia segn criterios na-

    cionales e internacionales de idoneidad cientica y

    oportunidad, al margen de las actuaciones urgentes

    que requieren una accin inmediata.

    1.3 RECURSOS DOCUMENTALES

    Desde el Plan Nacional se deber impulsar la inves-

    tigacin de toda clase de uentes documentales, la

    mejor puesta en valor de las mismas y la programa-

    cin sistemtica de proyectos sobre ellas, que sirvan

    para acilitar programas de investigacin subacuti-

    ca a corto, medio y largo plazo.

    Espaa, por ortuna para el conjunto de nuestra

    sociedad, cuenta con un acervo documental en

    nuestros archivos de todo tipo, pero singularmente

    aquellos nacionales de tipo general o especico,

    como el Archivo de la Corona de Aragn, el Ar-

    chivo Nacional de Simancas, el Archivo General de

    la Armada, el Archivo General de Indias y otros

    menores. Se entiende que los archivos dependientes

    de las Comunidades Autnomas, y eventualmente

    otros, deberan contar con una atencin similar

    para esta aplicacin concreta. De manera privile-

    giada, estos archivos ponen a disposicin de la in-

    vestigacin un punto de partida excepcionalmente

    rico, muy superior al de otros pases que surieron

    prdidas lamentables o nunca dispusieron de tal r i-

    queza. Ello ha de permitir disponer de una herra-

    mienta utilsima, como ha venido demostrndose,

    para emprender buena parte de la investigacin en

    estos campos.

    Puerto romano de Oiasso (Archivo Arkeolan, 1992). Cargamento de nforas del pecio Bou-Ferrer (Archivo CASCV-TI, 2001).

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    18Libro Verde del Plan Nacional de Proteccin del Patrimonio Cultural Subacutico Espaol

    Barco medieval Les Sorres X en el Delta del LLobregat (Archivo CASC, 1

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    20Libro Verde del Plan Nacional de Proteccin del Patrimonio Cultural Subacutico Espaol

    la ormacin en tcnicas de buceo recreativo por

    parte de operadoras comerciales. Ello no beneicia

    en absoluto su aplicacin para la inal idad cientica

    y patrimonial que pretende el Plan Nacional.

    Debe aceptarse, siguiendo los criterios internacio-

    nales y en estricta aplicacin de la normativa esta-

    tal, que el buceo cientico que se aplicara a los

    proyectos de investigacin en materia de Patrimo-

    nio Subacutico, para los cienticos participantes,

    no para los simples operarios y algunos tcnicos

    es una actividad que no debe estar sujeta a la nor-mativa del buceo proesional (comnmente buceo

    comercial), como en la actualidad exigen algunas

    Comunidades Autnomas.

    Est reconocido como una actividad cientica para

    la que debe ser suiciente la ormacin de base en

    buceo, segn los estndares del buceo recreativo o

    deportivo, complementado por cursos especicos

    de ormacin en buceo cientico como existe en

    el panorama internacional. En este sentido el Plan

    Nacional deber proponer al Consejo del Patrimo-

    nio, para su transmisin a las Comunidades Aut-

    nomas, la homogeneizacin de la ormacin de los

    buceadores, imprescindible para el desarrollo del

    mismo, por la va de la ormacin en buceo cienti-

    co a partir de las titulaciones de buceo deportivo o

    recreativo, que deben ser las aplicables.

    1.6 TRANSMISIN DEL CONOCIMIENT

    LA SOCIEDAD

    Es imprescindible y urgente, adems de cult

    y socialmente deseable, que los recursos quapliquen al desarrollo del Plan Nacional tengan

    correlato, en todos los tramos del recorrido, e

    esuerzo necesario para hacer llegar a la socie

    la realidad y necesidad del Plan Nacional y la e

    me trascendencia que la proteccin, investigaci

    diusin del patrimonio cultural subacutico t

    para el desarrollo cultural del pas.

    En los ltimos aos hemos podido apreciar cm

    sociedad espaola e internacional ha aumentad

    su sensibilidad y atencin a estos temas, sobre t

    ligando su inters a los llamativos casos de expol

    extracciones con ines comerciales, en clara con

    vencin de lo postulado por la comunidad arque

    gica internacional, de los principios recogidos e

    Convencin UNESCO del 2001 y de los intere

    legislaciones nacionales (en cada caso). Un pb

    cada vez mas inormado, curioso y exigente, d

    ver satisechas sus necesidades de inormacin r

    rosa y tener la conviccin de que los poderes pb

    el Estado y las Comunidades Autnomas en ntro caso, a los que deberan aadirse las entid

    locales se preocupan por este patrimonio y ha

    lo necesario para, aplicando los recursos cient

    materiales y legales a su alcance, proteger y/o r

    perar algo que signiica cada vez ms para el con

    miento de nuestro pasado comn.

    No obstante este inters creciente, el Plan Naci

    hara un laco avor a la sociedad si no aprovec

    esta plataorma que se nos brinda para promover c

    paas de inormacin rigurosas por los mas dive

    medios, a ser posible coordinadas con las Comun

    des Autnomas y otros agentes implicados, para

    los ciudadanos reciban los mensajes adecuados

    caigan, ruto de la desinormacin, en interpreta

    nes errneas, contradictorias u opuestas a los inter

    generales que deben prevalecer en todo momento

    Poblado neoltico de La Draga en el Lago de Banyoles (Archivo CASC).

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    La situacin de la arqueologa subacutica espaola21

    2La situacinde la arqueologa

    subacutica espaola

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    22Libro Verde del Plan Nacional de Proteccin del Patrimonio Cultural Subacutico Espaol

    En el momento de plantear la elaboracin de un

    Plan Nacional de Proteccin del Patrimonio Cultu-

    ral Subacutico Espaol es imprescindible realizar

    un anlisis de la evolucin de la arqueologa suba-cutica espaola durante las ltimas dcadas con el

    objetivo de detectar las acciones y las omisiones que

    nos han conducido a la situacin actual.

    2.1 ANTECEDENTES

    Seguramente ue el III Congreso Internacional de

    Arqueologa Submarina, celebrado en Barcelona en

    septiembre de 1961, el que marc el inicio de una

    nueva y ecunda etapa de la arqueologa subacutica

    espaola.

    Intentemos situar el congreso en su momento his-

    trico. En 1961 Espaa se esorzaba por mejorar

    su imagen en el extranjero y en este contexto una

    reunin cientica internacional no poda dejar de

    tener el soporte del aparato del Estado, que puso

    los medios para asegurar tanto el xito de organi-

    zacin como el cientico. Para ello, muchos meses

    antes se potenciaron todos los trabajos en curso, se

    sistematiz todo lo hecho, se celebraron reuniones,

    se aglutinaron esuerzos y el resultado ue que de lasveinticinco personas que irmaron ponencias en las

    actas del congreso, nueve eran espaolas.

    Pero hay un dato signiicativo que no podemos olvi-

    dar. De los nueve espaoles irmantes de ponencias

    en el congreso, ninguno era arquelogo titulado,

    todos eran submarinistas o estudiosos, algunos bri-

    llantes, pero no proesionales de la arqueologa. A

    pesar de que como presidentes, secretarios, vocales

    o simples oyentes asistieron al congreso eminentes

    doctores responsables de la arqueologa espaola,

    como M. Almagro, J. Maluquer, A. Martn, L. Peri-

    cot o E. Ripoll.

    De este congreso cabe destacar tambin las reco-

    mendaciones que se recogen en las conclusiones, de

    las que resumiremos algunas:

    1.- El Congreso considera del mayor inters

    el Gobierno Espaol arme una nave de la Ma

    Militar para las exploraciones arqueolgicas

    marinas.

    2.- Esa nave debe depender de un Centro E

    rimental de Arqueologa Submarina.

    3.- Dicho Centro Experimental debe depe

    de los Ministerios de Marina y de Educacin

    cional.

    4.- Debe omentarse entre buceadores y arqu

    logos el espritu de colaboracin.

    5.- Es absolutamente necesario que toda ac

    dad en yacimientos arqueolgicos est diri

    por un arquelogo.

    Extraccin de nforas en los aos setenta (Archivo C

  • 8/7/2019 VVAA. Libro Verde 2010

    21/116

    La situacin de la arqueologa subacutica espaola23

    Analizado, casi cincuenta aos ms tarde, el congre-

    so ue un xito para Espaa: Se anim y potenci

    a las personas que empezaban a hacer arqueologa

    subacutica y se les puso en contacto con las prcti-cas internacionales. Se transmiti a los estamentos

    oiciales y acadmicos la existencia y la realidad de

    la arqueologa subacutica. En resumen, se cre un

    ambiente que posibilit o al menos acilit acciones

    posteriores y entre ellas la creacin, aos ms tarde,

    de los Patronatos de Arqueologa Submarina de Ba-

    leares, Cartagena, Ceuta y Gerona.

    El congreso ue relejo de la mentalidad y situacin

    de la poca. La arqueologa subacutica era una ac-

    tividad desarrollada por buceadores deportivos que,

    encuadrados en clubes de inmersin, dedicaban a

    ello sus das de descanso. Algunos arquelogos pro-

    esionales desde las instituciones que dirigan dieron

    un cierto soporte a esa actividad que consideraban

    simptica. Al menos as lo pensaba el prestigioso

    arquelogo que, en su condicin de catedrtico

    de la Universidad de Madrid y director del Museo

    Arqueolgico de Barcelona, pronunci el discurso

    oicial de clausura del congreso sealando como essimptica esta rama de la arqueologa que vosotros

    cultivis. La arqueologa submarina es deportiva,

    nueva, joven, vigorosa, llena de uturo [].

    Acabado el congreso los doctores y los catedrticos

    volvieron a sus museos y a sus aulas y tuvo que pasar

    mas de un decenio para que algn arquelogo espa-

    ol empezara a acceder a los yacimientos subacuti-

    cos. La arqueologa subacutica, considerada como

    una actividad simptica y deportiva, permaneci

    alejada del inters del aparato proesional de la ar-

    queologa.

    Cabe recordar que en aquellos mismos aos,

    en otros pases europeos, las instituciones arqueo-

    lgicas s que desarrollaron un papel activo en el

    Campaa ARQUEOSUB II en San Vicente de la Barquera (Archivo LIAS,1987).

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    22/116

    24Libro Verde del Plan Nacional de Proteccin del Patrimonio Cultural Subacutico Espaol

    Yacimiento escuela en San Ferreol, Murcia (Archivo ARQUA, 198

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    23/116

    La situacin de la arqueologa subacutica espaola25

    campo de la arqueologa subacutica. En Italia exis-

    ta el Centro Sperimentale di Archeologia Sottomari-

    na que contaba con la nave Daino y posteriormente

    la Cycnus y despus la Cycnulus; y todo ello con elsoporte del Ministero dei Beni Culturali. En Francia,

    en 1967, se cre la Direction des Recherches Archo-

    logiques Sous-Marines (DRASM), dependiente del

    Ministerio de Cultura rancs, que dot al nuevo

    organismo con una nave especialmente construida,

    el Archonaute.

    Creemos que en este congreso y sus actas se encuen-

    tran esbozadas soluciones que todava hoy son vli-

    das, pero tambin creemos que en l se encuentran

    algunas de las claves para entender por qu aquellas

    soluciones, propuestas hace casi cincuenta aos, to-

    dava no han dado los resultados esperados.

    2.2 LOS MEDIOS TCNICOS

    La primera conclusin del Congreso de 1961 ad-

    verta que [e]l Congreso considera[ba] del mayor

    inters que el Gobierno Espaol arme una nave dela Marina Militar para las exploraciones arqueol-

    gicas submarinas.

    Sin caer en el tpico, por otra parte also, de que la

    arqueologa subacutica necesita unos medios tc-

    nicos enormemente complejos y considerablemente

    costosos, s que es cierto que esta actividad requie-

    re de unas inraestructuras especicas que, por no

    existir en la arqueologa tradicional terrestre, de-

    ben adquirirse en algn momento.

    Los medios tcnicos podemos reunirlos en dos

    grandes grupos: aqullos que hacen actible las

    Embarcacin Thetis del CASC (Archivo CASC, 2008).

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    24/116

    26Libro Verde del Plan Nacional de Proteccin del Patrimonio Cultural Subacutico Espaol

    Snar de barrido lateral (Archivo ARQUA, 20

    ROV para comprobacin de anomalas arqueolgicas (Archivo ARQUA, 20

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    La situacin de la arqueologa subacutica espaola27

    Mangas de succin en Cala Sant Vicen (Archivo CASC, 2002).

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    28Libro Verde del Plan Nacional de Proteccin del Patrimonio Cultural Subacutico Espaol

    actuaciones en el mar y aqullos necesarios para

    los trabajos posteriores, especialmente en lo que

    hace reerencia a la conservacin y restauracin de

    los materiales patrimoniales.

    2.2.1 Los medios para la actuacin en el mar

    En este apartado hemos de distinguir entre la em-

    barcacin y su equipamiento. En el momento ac-

    tual, nicamente Catalua dispone de una embar-

    cacin adecuada para llevar a cabo algunos trabajos

    de arqueologa subacutica. Andaluca, el Museo

    Nacional de Cartagena (ARQUA), la Universidad

    de Zaragoza y el Museo Martimo del Cantbrico

    disponen de medios ligeros que limitan considera-

    blemente su capacidad de actuacin.

    En cuanto al equipamiento cabe distinguir e

    los medios electrnicos de prospeccin arque

    gica y los medios que posibilitan la excavacin

    inmersin subacutica.

    2.2.2 Los medios electrnicos de

    prospeccin

    La experiencia de los ltimos aos nos advierte,

    una parte, de que determinados medios electr

    cos sofsticados entre otros, ROVs, snar de b

    do lateral, magnetmetros o sondas multihaz

    demostrado ser en ciertos casos herramientas

    en manos del arquelogo subacutico, pero no

    suelven en modo alguno por s mismos toda

    necesidades cientfcas y tcnicas que un proy

    Laboratorios de conservacin y restauracin (Archivo CAS).

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    27/116

    La situacin de la arqueologa subacutica espaola29

    arqueolgico subacutico precisa. Son simplemente

    una herramienta auxil iar. Por otra parte, esa expe-

    riencia nos indica asimismo que son medios costo-

    sos; y, por otra, que esta tecnologa evoluciona a

    tal velocidad que cualquiera de los aparatos corre

    el riesgo de quedar obsoleto al poco tiempo de su

    adquisicin. Por estas razones, entre otras, es acon-

    sejable recurrir al a lquiler y no a la compra. Su ca-

    rencia en los actuales centros de investigacin espa-

    oles no constituye, pues, un problema prioritario.

    2.2.3 Los medios de ecavacin e inmersin

    Siempre son mejorables, pero los centros dispo-

    nen en estos momentos de los medios de este t ipo,

    adecuados a los trabajos que vienen realizando. Sin

    duda debern aumentarse si existe un plan que po-

    sibilite el incremento de actividad.

    2.2.4 El espejismo de las compaas de

    buscadores de tesoros

    Es de extraordinaria importancia no caer en el

    error de creer que los centros de arqueologa suba-

    cutica deben dotarse de los medios, en ocasiones

    espectaculares, que nos muestran los reportajes de

    televisin como equipamiento de algunas compa-

    as caza-tesoros. Hay que saber distinguir entre

    lo que es una actividad que tiene por objetivo l-

    timo la localizacin y recuperacin comercial de

    barcos hundidos, incluso a centenares de metros de

    profundidad, y otra muy diferente la arqueologa

    Restauradoras trabajando en laboratorio (Archivo ARQUA, 2008).

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    28/116

    30Libro Verde del Plan Nacional de Proteccin del Patrimonio Cultural Subacutico Espaol

    subacutica, que tiene por objetivo aportar cono-

    cimiento histrico a la sociedad y que requiere me-

    dios tcnicos especfcos.

    Sera peligroso que la arqueologa subacutica espa-

    ola cayera en el error de participar en una carrera

    meditica por conseguir lo ms grande, lo ms anti-

    guo y lo ms espectacular.

    Las amenazas al Patrimonio Cultural Subacutico

    son distintas segn se encuentre en aguas someras o

    en aguas proundas. La arqueologa subacutica es-

    paola debe saber dar respuesta a ambos retos con

    las prioridades, los medios tcnicos y humanos y las

    herramientas jurdicas apropiadas en cada caso.

    2.3 LOS MEDIOS DE LABORATORIO

    Si bien algunas Comunidades Autnomas carecen

    de inraestructuras mnimas especializadas, proba-

    blemente sea en este campo en el que la arqueolo-

    ga subacutica espaola haya avanzado ms en los

    ltimos aos, estando los centros de ARQUA, Ca-

    talua, Andaluca, la Universidad de Zaragoza y el

    Museo Martimo del Cantbrico, razonable aunque

    desigualmente dotados para responder a las necesi-dades que generan sus actividades.

    2.4 LOS ORGANISMOS DE GESTIN

    En el Congreso de 1961 se conclua asimismo lo si-

    guiente:

    2.- Esa nave debe depender de un Centro Expe-

    rimental de Arqueologa Submarina.

    3.- Dicho Centro Experimental debe depender

    de los Ministerios de Marina y de Educacin Na-

    cional.

    De estas recomendaciones de hace casi cincuenta

    aos conviene resaltar que ya entonces se entenda

    que la arqueologa subacutica debera ser realizada

    por organismos especializados y dierentes de los

    que en aquel momento y ahora actan sobre la

    queologa terrestre.

    As lo entendieron los gestores polticos que a pde los aos ochenta crearon los centros de arqueo

    subacutica en Cartagena, Gerona, Burriana y C

    Conviene relexionar sobre las circunstancias d

    creacin.

    El Centro Nacional de Arqueologa Submarina,

    ARQUA, con sede en Cartagena y dependiente

    Ministerio de Cultura se cre en los aos en que e

    tado, como consecuencia de la Constitucin de 1

    estaba desarrollando un nuevo marco compete

    con el traspaso a las Comunidades Autnomas d

    responsabilidades sobre la arqueologa. Es precisam

    te como consecuencia de este proceso de asunci

    competencias que diversas autonomas crearon

    respectivos centros de arqueologa subacutica.

    Este marco produjo algunos hechos signiicativos

    marcaron y condicionaron la arqueologa subacu

    espaola actual:

    1. El Centro Nacional vio enormemente redusu mbito geogrico de actuacin.

    2. En el panorama general de Espaa, por la s

    de recursos aportados por las autonomas, se

    dujo un incremento espectacular de los medios

    nicos, humanos y econmicos, en comparacin

    los que existan en los aos setenta. Lo cual s

    actualmente a Espaa entre los pases ms ev

    cionados de su entorno. Pero es cierto que e

    medios se utilizan en cada autonoma con es

    o nula relacin entre los diversos centros y equ

    cienticos institucionales existentes.

    3. Las diversas autonomas crearon sus cen

    cuando ya estaban diseados sus respectivos o

    nigramas para la arqueologa, los cuales se ha

    centrado en la arqueologa terrestre mas inmed

  • 8/7/2019 VVAA. Libro Verde 2010

    29/116

    La situacin de la arqueologa subacutica espaola31

    En aquel momento no se encontr el emplazamien-

    to correcto para la actividad recin llegada y des-

    conocida a la que se continu considerando como

    simptica, compleja y con ama de cara.

    Lo cierto es que la mayora de los actuales centros de

    arqueologa subacutica son en realidad organismos

    consultivos y asesores, pero no creadores, decisorios

    ni ejecutores de programas y proyectos relativos a la

    gestin del Patrimonio Cultural Subacutico, dndose

    la paradoja de que los inormes tcnicos ltimos sobre

    este patrimonio son responsabilidad de tcnicos no es-

    pecialistas en arqueologa subacutica.

    2.5 LA DIFUSIN y PROTECCIN

    Otra recomendacin del congreso de 1961 ue

    que [deba] omentarse entre buceadores y

    arquelogos el espr itu de colaboracin.

    Primera reunin del Patronato del Museo Nacional de Arqueologa Subacutica (Archivo ARQUA, 2008).

  • 8/7/2019 VVAA. Libro Verde 2010

    30/116

    32Libro Verde del Plan Nacional de Proteccin del Patrimonio Cultural Subacutico Espaol

    En el momento de redaccin de esta recomenda-

    cin, exista una ausencia absoluta de arquelogos

    que hicieran inmersin subacutica, al tiempo que

    eran los buceadores deportivos los principalescausantes de la destruccin del patrimonio, ge-

    neralmente por desconocimiento. En este marco

    es comprensible aquella recomendacin la cual, a

    pesar del tiempo transcurrido y la modiicacin

    del panorama general, sigue siendo vlida.

    En los ltimos aos, probablemente como conse-

    cuencia de que la mayora de los restos arqueo-

    lgicos visibles ya han sido expoliados, son las

    obras pblicas y privadas la principal causa de

    la destruccin del Patrimonio Cultural Subacu-

    tico.

    Por otra parte y aceptando que todava quedan

    submarinistas recalcitrantes, es cierto que la

    mentalidad de ese sector deport ivo va cambiando

    paulatina e inexorablemente hacia la conserva-

    cin del medio ambiente en todos sus aspectos.

    En este nuevo marco la recomendacin del con-

    greso sigue siendo vlida en el sentido de hacerpartcipe de este patrimonio a la sociedad en

    general y en especial a los grupos ms directa-

    mente relacionados con el mar. La arqueologa

    slo encuentra su justiicacin en la medida que

    aporta un conocimiento y un beneicio social y

    ser en la medida que la sociedad se sienta parti-

    cipe, cuando colaborar, apoyar y proteger un

    patrimonio que sienta como propio.

    2.6 LA FORMACIN y LA ExISTENCIA DE

    TCNICOS ESPECIALIzADOS

    Entre sus conclusiones, el Congreso de 1961 des-

    tacaba igualmente lo siguiente:

    Es absolutamente necesario que toda actividad

    en yacimientos arqueolgicos est dirigida por un

    arquelogo.

    Es evidente que esta recomendacin del cong

    de 1961 permanece inclume en lo que se ref

    a aspectos tcnicos y tambin en lo que se ref

    a cuestiones cientficas. Cada vez ms la arquloga subacutica propicia la aparicin de cam

    de investigacin que le son prximos y gen

    nuevos enfoques para la investigacin histri

    Aceptada esta necesidad, es paradjico que

    existan cauces normalizados para la formaci

    estos tcnicos especializados. La universidad

    paola est centrada casi exclusivamente sob

    arqueologa terrestre tanto en lo referente a c

    tiones tcnicas y metodolgicas como cientf

    Temas como la arquitectura naval, la organ

    cin del transporte y el comercio naval y la

    toria naval en general, estn casi ausentes de

    programas docentes de nuestras universida

    Lo cierto es que todava hoy nuestros arque

    gos subacuticos han de formarse, en gran pa

    de manera autodidacta, asistiendo a las esc

    excavaciones que se llevan a cabo y soportand

    elevado coste que supone la asistencia a pro

    mas formativos en universidades extranjeras.

    El problema es serio despus de ms de veinte

    de existencia de centros de arqueologa suba

    tica y las consecuencias se detectan, por ejem

    en el escaso nmero de publicaciones cient

    generadas, publicaciones de las que tendran

    nutrirse los documentos de diusin, las exp

    ciones y dems realizaciones que deberan apr

    mar este patrimonio al pblico con un rigor c

    tico adecuado.

    Si a estas deiciencias en cuanto a la orma

    aadimos el escaso nmero de arquelogos su

    cuticos proesionales existentes en Espaa, a

    ciamos ya y suriremos en los prximos ao

    alta del elemento esencial, el humano, que p

    bilitar la puesta en prctica de cualquier plan

    proteccin del Patrimonio Cultural Subacuti

  • 8/7/2019 VVAA. Libro Verde 2010

    31/116

    La situacin de la arqueologa subacutica espaola33

    A pesar de lo dicho el cambio cuantitativo

    ha sido espectacular y baste decir que a media-

    dos de los aos setenta no exista en Espaa

    casi ningn arquelogo que tuviera una for-macin en arqueologa subacutica mientras

    que en la actualidad hay ms de doscientos que

    han recibido, en mayor o menor grado, forma-

    cin en esta materia. Desgraciadamente slo

    un escaso nmero de ellos ha podido continuar su

    actividad profesional en este campo.

    2.7 UN MODELO INADECUADO DE

    ORGANIzACIN y GESTIN

    Resumiendo la situacin actual del Patrimonio

    Cultural Subacutico y de la arqueologa subacu-

    tica espaola hemos de reconocer que su evolucin

    en los ltimos veinte aos ha sido espectacular.

    En el campo legislativo se ha equiparado la protec-

    cin de los yacimientos arqueolgicos subacuti-

    cos a los terrestres, tanto en la legislacin estatal

    como en las autonmicas. Adems, Espaa ha rati-

    ficado la Convencin UNESCO de 2001, oblign-

    dose por tanto a crear un nuevo marco legislativo

    y reglamentario al respecto.

    En el campo de la organizacin, Espaa se ha dota-

    do de un centro nacional y tres autonmicos que

    permiten asegurar una continuidad en las actua-

    ciones y denotan un posicionamiento poltico es-

    peranzador.

    En cuanto a las infraestructuras se evidencia la ca-

    rencia de embarcaciones adecuadas que posibili-

    ten trabajos en el mar, pero sin embargo la dota-

    cin en edificios, herramientas y laboratorios es,

    con distintos niveles de desarrollo, aceptable para

    proyectos pequeos y medianos.

    En medios humanos la situacin es ms deicitaria,

    tanto en lo reerente al nmero de proesionales en

    el sector pblico o privado, como en lo relativo a las

    posibilidades de ormacin de nuevos arquelogos

    que garanticen la continuidad de la actividad con

    garantas cienticas y patrimoniales.

    La difusin y proteccin, a pesar de los avances rea-lizados siendo de destacar la inauguracin de

    ARQUA como primer museo especicamente de-

    dicado a la arqueologa subacutica siguen siendo

    insuicientes; y ms en estos momentos en que a la

    endmica destruccin del patrimonio se ha unido

    la originada por el enorme volumen de obras pbli-

    cas y privadas que se realizan en nuestras costas y a

    la prolieracin de empresas y particulares, que se

    beneician de la drstica disminucin del coste de

    los aparatos electrnicos y mecnicos para la locali-

    zacin y extraccin de objetos arqueolgicos.

    A partir de este diagnostico de la situacin que no

    por resumida deja de ser objetiva, tendramos que

    deducir que se dan las circunstancias para que la

    arqueologa subacutica espaola produzca unos

    resultados aceptables, pero por desgracia esto no

    sucede.

    Las causas son mltiples y se concatenan cerrando

    un crculo vicioso, que tiene su origen sin duda enel sistema de organizacin administrativa en que se

    enmarca esta actividad:

    1. Probablemente la primera causa est en el

    error de considerar, como hace la legislacin

    vigente, que todo aquello que es vlido para la

    arqueologa terrestre lo es tambin para la suba-

    cutica, olvidando la enorme dierencia tcnica

    que supone trabajar en un medio u otro. Se ol-

    vida asimismo que el corpus normativo aplicable

    al mar, poco tienen que ver con las del suelo, los

    planes parciales de los municipios o los condicio-

    nantes urbansticos, as como son dierentes las

    autoridades y responsables de uno y otro medio.

    2. Partiendo de los errores anteriores y recordan-

    do el escaso nmero de arquelogos subacuticos

  • 8/7/2019 VVAA. Libro Verde 2010

    32/116

    34Libro Verde del Plan Nacional de Proteccin del Patrimonio Cultural Subacutico Espaol

    existentes as como su escasa o nula presencia

    en los organismos tcnicos de decisin adminis-

    trativa, no es extrao que en estos momentos

    las decisiones que aectan a la arqueologa suba-cutica espaola, sean tomadas por personas con

    un escaso o nulo conocimiento de los problemas

    reales de este patrimonio. Dicha situacin aca-

    rrea que, con mayor recuencia de la deseada, se

    tomen decisiones errneas o que ante el temor

    originado por el desconocimiento, no se tomen

    decisiones. En consecuencia, todo lo antedicho

    se ha convertido en el principal reno para el de-

    sarrollo de la arqueologa subacutica espaola.

    3. De los dos puntos anteriores se deriva que a

    pesar de la existencia de medios humanos y tc-

    nicos, stos estn inrautilizados y no producen

    los resultados que seran deseables.

    4. La situacin llega a ser de tal gravedad que

    los diversos centros de arqueologa subacuti-

    ca, en menor o mayor grado, son bsicamente

    meros organismos consultivos, y no siempre,

    convirtiendo a los tcnicos no especializados en

    arqueologa subacutica de las administracionespblicas en los actores decisorios de los diversos

    planes de actuacin, incluso de las inspeccio-

    nes tcnicas, de los trabajos subacuticos que se

    realizan en la actualidad.

    5. Una muestra de lo expuesto lo encontra-

    mos en la concepcin y organizacin de las lla-

    madas excavaciones preventivas, cuando stas

    son realizadas con carcter exclusivo por em-

    presas privadas. Para este tipo de actuaciones

    en medio subacutico se han traspasado de or-

    ma automtica las soluciones adoptadas para

    la arqueologa terrestre, olvidando entre otras

    cosas que los medios humanos y tcnicos nece-

    sarios para actuar en el mar dicilmente estn

    en posesin de las empresas privadas, tanto por

    su coste econmico como por la inseguridad en

    la continuidad en los trabajos, lo que hace

    arriesgada la inversin importante en inr

    tructuras.

    La realidad es que ambas soluciones adopt

    son inadecuadas y peligrosas. En unas ocasio

    se opta por el alquiler de toda la inraestru

    ra, lo cual encarece exponencialmente la ac

    cin, que genera como consecuencia inmed

    el recelo y oposicin de las empresas const

    toras. En otras ocasiones son las propias em

    sas de obra las que aportan los medios y ade

    pagan a los arquelogos que de este modo q

    dan sometidos a los intereses econmicos y

    presin de las empresas constructoras, poc

    nada conocedoras de los problemas cient

    que acompaan inexcusablemente cualq

    actividad de este tipo.

    El problema es todava ms grave en los tr

    jos posteriores a la excavacin, ya que requi

    laboratorios complejos y procesos que pue

    durar lustros, requisitos ambos que las empr

    privadas de arqueologa subacutica en nin

    caso pueden garantizar por la propia deinidel contrato de adjudicacin. El resultado

    degradacin de los materiales arqueolgicos

    medos y la inexistencia de estudios y pub

    ciones sobre los trabajos realizados.

    6. Es deseable la participacin de las em

    sas privadas de arqueologa subacutica, p

    siempre dentro de un marco legal y reglam

    tario que contemple las peculiaridades y las

    cesidades especicas del Patrimonio Cult

    Subacutico.

    En esta situacin y ante la puesta en marcha d

    Plan Nacional de Proteccin del Patrimonio

    tural Subacutico se impone desarrollar un nu

    modelo de organizacin y gest in de la arqueol

    subacutica.

  • 8/7/2019 VVAA. Libro Verde 2010

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    La documentacin del patrimonio cultural subacuatico espaol35

    3La documentacindel patrimonio cultura

    subacutico espao

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    34/116

    36Libro Verde del Plan Nacional de Proteccin del Patrimonio Cultural Subacutico Espaol

    3.1 LA INVESTIGACIN DOCUMENTAL

    Uno de los requisitos primordiales para la protec-

    cin del Patrimonio Cultural Subacutico consiste

    en el conocimiento de todo aquello que acilita sulocalizacin, datacin, interpretacin, estudio y

    evaluacin. Conocimiento que, especialmente para

    la historia ms reciente, es producto primordial de

    la investigacin documental y de la encuesta et-

    nogrca entre los colectivos relacionados con el

    medio marino, por lo que tales actuaciones resul-

    tan imprescindibles, tanto para la coneccin de la

    Carta arqueolgica subacutica, como para la ela-

    boracin de la necesaria planicacin, propuesta

    de proyectos y gestin rigurosa. Todo ello permite

    llevar a cabo cualquier intervencin cientca diri-

    gida a este tipo de patrimonio, as como para proce-

    der a su posterior estudio, interpretacin y puesta

    en valor que posibiliten el logro de su consiguiente

    rentabilidad social.

    Aortunadamente, Espaa cuenta con una riqu

    documental extraordinaria, susceptible de ser

    plotada para este in. Es especialmente abund

    desde las postrimeras de la Edad Media hastpresente y est repartida entre los archivos naci

    les, autonmicos, provinciales, eclesisticos, loc

    y privados. A toda esta documentacin habra

    aadir el vaciado de la inormacin contenida en

    trabajos al respecto publicados hasta hoy, tant

    Espaa como sobre los pecios espaoles estudi

    en el extranjero.

    Los mbitos de conocimiento implicados van d

    la historia de la navegacin tanto en los asp

    tos de las pesqueras como en los del comerc

    la guerra hasta la comprensin de las tecnolo

    necesarias para llevar a eecto tales actividades

    procedimientos de construccin naval, sistema

    navegacin, armamento, logstica, etc., adem

    Biblioteca del Museo Nacional de Arqueologa Subacutica (Archivo ARQUA, 2008).

  • 8/7/2019 VVAA. Libro Verde 2010

    35/116

  • 8/7/2019 VVAA. Libro Verde 2010

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    38Libro Verde del Plan Nacional de Proteccin del Patrimonio Cultural Subacutico Espaol

    as como de las memorias de obras pblicas que

    hayan aectado al Patrimonio Cultural Subacu-

    tico y los estudios de dinmica de costa disponi-

    bles.

    5. Propiciar la coneccin de programas de va-

    ciado exhaustivo de las uentes susceptibles de

    contener inormacin sobre los aspectos resea-

    dos en todas las Comunidades Autnomas.

    6. Establecer una unidad de coordinacin en-

    cargada de codiicar homogneamente y circular

    la inormacin resultante entre todos los centros

    espaoles dedicados a la arqueologa subacutica,

    las universidades interesadas y otros centros de

    investigacin, tanto nacionales como extranjeros.

    7. Asumir la coneccin de una base de datos

    nacional donde se integre el resultado de todas

    las actuaciones anteriormente enunciadas, con

    los mecanismos de permanente actualizacin

    requeridos por un campo de conocimiento tan

    abierto a las novedades como es este.

    3.1.3 Actuaciones prioritariasEntre las actuaciones prioritarias que se proponen

    caben ser destacadas las siguientes:

    1. Reconstruccin documental de las lotas

    hispanas e inraestructuras que las hicieron posi-

    bles; e inventario exhaustivo de nauragios a par-

    tir de los ondos documentales municipales de

    las poblaciones costeras, los protocolos notaria-

    les, los libros parroquiales de diuntos y las series

    relacionadas con la actividad martima existen-

    tes en los archivos autonmicos y nacionales.

    2. Encuesta etnogrica entre los miembros de

    mayor edad de las comunidades de pescadores,

    buceadores, marinos, etc., antes de que el tiem-

    po acabe de llevarse para siempre la memoria

    que atesoran.

    reas con informacin de archivo sobre losnaufragios de Trafalgar (Archivo CAS).

    reas de prospeccin arqueogeofsica relacionadascon los naufragios de Trafalgar (Archivo CAS).

  • 8/7/2019 VVAA. Libro Verde 2010

    37/116

    La documentacin del patrimonio cultural subacuatico espaol39

    3.2 LAS CARTAS ARQUEOLGICAS

    El Plan Nacional para la Proteccin del Patrimonio

    Arqueolgico Subacutico pretende hacer una re-

    fexin general sobre las lneas bsicas que debenadoptarse con la nalidad de llevar a cabo una po-

    ltica ecaz de proteccin de este patrimonio, con-

    orme a lo establecido en la Convencin UNESCO

    de 2001. Entre las medidas propuestas en dicho

    Plan destaca la necesidad de elaborar o nalizar las

    Cartas arqueolgicas subacuticas en Espaa.

    3.2.1 Antecedentes

    En este sentido, partiendo de la base de que no se

    puede proteger aquello que se desconoce y tenien-

    do presente que el patrimonio arqueolgico es un

    bien de extrema ragi lidad, sometido a agentes na-

    turales y antrpicos diversos que inciden sobre l

    de orma negativa, es inevitable considerar que el

    establecimiento de una correcta tutela sobre dicho

    patrimonio pasa necesariamente por tener un co-

    nocimiento global del mismo.

    Esta necesidad de inventariar el patrimonio ar-

    queolgico ha estado presente en los organismos

    encargados de su proteccin a lo largo del SigloXX, si bien no ue hasta la Segunda Guerra Mun-

    dial cuando los organismos internacionales, con la

    creacin de la UNESCO, plantearon la necesidad

    de Inventariar el Patrimonio con el objetivo de

    contar con una herramienta eicaz que permitiera

    su proteccin.

    En el ao 1968, la UNESCO promulg en Pars

    la Recomendacin sobre la conservacin de los Bie-

    nes Culturales que la ejecucin de Obras Pblicas o

    Privadas puedan poner en peligro, sealando en su

    artculo 4 la necesidad de realizar inventarios para

    la proteccin de los bienes culturales importantes,

    registrados o no como tales. Cuando no existan

    esos inventarios deber darse prioridad, al esta-

    blecerlos, al examen detallado y completo de los

    bienes culturales en las zonas en que tales bienes

    estn en pel igro como consecuencia de la ejecucin

    de obras pblicas o privadas.

    Cuatro aos despus, en al ao 1972, la UNESCOvolvi sobre el tema en la Recomendacin sobre la

    proteccin en el mbito nacional del patrimonio cul-

    tural y natural, conocida como Carta de Pars. En

    su art culo 29 se estableca que cada Estado Miem-

    bro constituira, lo antes posible, un inventario para

    la proteccin de su patrimonio cultural y natural,

    incluidos los bienes que, sin tener una importan-

    cia excepcional, sean inseparables del medio al que

    contribuyen a dar carcter.

    Sin embargo, en esta ocasin la UNESCO ue ms

    all al sealar, en el artculo 30 de la Recomenda-

    cin, que los resultados de la labor de inventario del

    patrimonio cultural y natural deban ser reunidos

    en orma adecuada y puestos al da peridicamente.

    Siguiendo esta misma lnea, en el artculo 31 se es-

    tableci que con el objetivo de lograr la integracin

    activa del patrimonio cultural y natural en todos

    los niveles de la planiicacin, los Estados Miem-

    bros deban preparar mapas y una documentacin

    lo ms completa posible en la que se mencionen losbienes culturales y naturales de que se trate.

    Dichos aspectos ormulados con anterioridad y

    ms detalladamente en la Carta Internacional para

    la Proteccin y la Gestin del Patrimonio Cultural

    Subacutico adoptada por ICOMOS en Soa en el

    ao 1996 (la Carta de Soa), han sido plasmados

    e intensiicados en la Convencin UNESCO sobre

    la proteccin del patrimonio cultural subacutico

    de 2001. As, en su artculo 22 se establece que,

    a in de velar por la correcta puesta en prctica

    de la Convencin, los Estados Partes establecern

    autoridades competentes o, en su caso, reorzarn

    las ya existentes para que puedan elaborar, man-

    tener y actualizar un inventario del Patrimonio

    Cultural Subacutico y garantizar eicazmente la

    proteccin, la conservacin, la presentacin y la

  • 8/7/2019 VVAA. Libro Verde 2010

    38/116

    40Libro Verde del Plan Nacional de Proteccin del Patrimonio Cultural Subacutico Espaol

    gestin de dicho patrimonio cultural subacutico,

    as como su investigacin y diusin.

    Sin embargo, aquellos aspectos que tradicionalmen-te haban sido la base de los inventarios arqueolgi-

    cos como documentacin suiciente para la gestin

    y tutela del patrimonio cultural subacutico (carac-

    terizacin de yacimientos, localizacin y, a lo sumo,

    delimitacin de sus mbitos), en la actualidad re-

    sultan insuicientes y se requiere con urgencia el

    diseo de una herramienta til para tales ines.

    En el caso concreto de Espaa, el inicio de las Car-

    tas arqueolgicas subacuticas se remonta a prin-

    cipios de los aos 80 del Siglo XX, momento en

    el que desde entidades provinciales o regionales y

    desde el Ministerio de Cultura, mediante el Plan

    Nacional de Documentacin del Litoral Espaol, se

    intent con resultados muy irregulares obtener

    la inormacin necesaria para conocer y proteger el

    patrimonio cultural sumergido.

    Hasta esa echa, la mayora de la inormacin de la

    que se dispona proceda de hallazgos casuales des-

    contextualizados piezas arqueolgicas localiza-das por azar entregadas por buceadores deport ivos

    o pescadores, de tal orma que dichos elementos

    arqueolgicos aportaban una relativa o en muchos

    casos nula inormacin sobre el yacimiento del que

    procedan al tratarse de una mera recuperacin de

    objetos sin una metodologa arqueolgica. De ah

    que, en la mayora de los casos, no haya quedado

    constancia del lugar concreto de extraccin. Por

    otro lado, estas actuaciones carentes de medidas

    adecuadas de conservacin provocaron, en diversas

    ocasiones, la destruccin de material arqueolgico

    o el deterioro de su estado de conservacin con la

    consiguiente prdida tanto de inormacin arqueo-

    lgica como de condiciones expositivas.

    Durante este perodo, los trabajos de inventario se

    centraron especialmente en las costas del litoral

    valenciano, de Ibiza, Gerona, Almera, Alm

    car, as como de las Islas Canarias.

    3.2.2 MetodologaLa necesidad de establecer una correcta tutela

    patrimonio arqueolgico pasa inevitablemente

    tener un conocimiento integral del mismo s

    todo a travs del uso de tcnicas no destructiv

    de reconocimientos y prospecciones que no sup

    gan una intrusin en el yacimiento, tal y com

    contempla en los principios undamentales rec

    dos tanto en la Carta de Soa de 1996 como e

    Convencin UNESCO de 2001.

    Es imprescindible la realizacin de la Carta arqu

    lgica subacutica espaola, entendida no com

    in en s mismo sino como una herramienta

    prescindible que permita disponer de la inor

    cin suiciente para elaborar polticas correcta

    gestin del Patrimonio Cultural Subacutico.

    ello, la carta arqueolgica ha de perseguir lo

    guientes objetivos bsicos:

    (a) Localizar, identiicar y evaluar el patri

    nio susceptible de ser investigado con metologa arqueolgica;

    (b) Diagnosticar su estado de conservaci

    los posibles riesgos para su conservacin; y

    (c) Proponer actuaciones que permitan pr

    ger, conservar, investigar y diundir este p

    monio.

    Para la consecucin de dichos objetivos, ser n

    sario eectuar los siguientes estudios:

    3.2.2.1 Fase de documentacin

    Se eectuarn anlisis previos de documenta

    grica, documentacin bibliogrica, docume

    cin de archivos, y documentacin sobre obra

    inraestructura litorales as como de interven

    nes arqueolgicas eectuadas en la zona objet

    estudio, tanto subacuticas como litorales. T

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    La documentacin del patrimonio cultural subacuatico espaol41

    Prospeccin arqueogeofsica en la Baha de Cartagena (Archivo ARQUA, 2008).

    Documentacin con snar y perfilador de un pecio en profundidad (Archivo ARQUA, 2008).

  • 8/7/2019 VVAA. Libro Verde 2010

    40/116

    42Libro Verde del Plan Nacional de Proteccin del Patrimonio Cultural Subacutico Espaol

    esta inormacin se procesar con el objeto de de-

    inir las reas susceptibles de ser investigadas con

    metodologa arqueolgica. Debe no olvidarse la re-copilacin de inormacin oral entre las personas

    de la zona ms directamente relacionadas con el

    mar.

    3.2.2.2 Estudio arqueolgico de la zona

    Debe eectuarse un estudio arqueolgico de la

    zona delimitada en uncin de los datos aportados

    en la primera ase. Para ello, son aconsejables acti-

    vidades no intrusivas, contemplndose las tcnicas

    no destructivas y la extraccin de muestras, con

    preerencia a la excavacin.

    Esta ase ir encaminada a la localizacin de los

    yacimientos mediante la utilizacin de los sistemas

    de prospeccin idneos y suicientes para la loca-

    lizacin y cartograiado de los yacimientos que se

    encuentren dentro del rea de estudio.

    En caso de ser utilizadas tcnicas de prospec

    geosica, y tras el correspondiente procesado,

    lisis y estudio de los datos obtenidos, se debcomprobar las distintas anomalas con la realiza

    de prospecciones visuales, con el objetivo de eva

    la importancia de los restos y su estado de con

    vacin a in de establecer las cautelas arqueolg

    que garanticen la integridad del patrimonio.

    Dichas comprobaciones se eectuarn por medi

    arquelogos-buceadores. En aquellos casos en

    que esto no sea posible, se utilizarn vehculos

    mergibles de observacin remota (ROVs) equip

    con cmaras de otograa y vdeo u otros me

    tcnicos similares. De la misma orma, se requ

    r el posicionamiento preciso del yacimiento

    diante el uso de un Differential Global Positio

    System; la toma de otograas de alta resoluci

    coneccin de una planimetr a o croquis del lu

    el reconocimiento del yacimiento de tal orma

    Documentacin con ROV de un pecio romano en profundidad (Archivo ARQUA, 200

  • 8/7/2019 VVAA. Libro Verde 2010

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    44Libro Verde del Plan Nacional de Proteccin del Patrimonio Cultural Subacutico Espaol

    reerente a la proteccin y conservacin como

    relacin al diseo de estrategias de investigac

    sentando las bases para el omento de la protec

    jurdica y sica de los yacimientos arqueolgsubacuticos.

    3.3 ACTUACIONES PRIORITARIAS

    Ante la importancia de lo anteriormente seal

    se considera indispensable el establecimiento de

    serie de actuaciones prioritarias que acompae

    puesta en marcha de las Cartas arqueolgicas s

    cuticas dentro del Plan Nacional de Proteccin

    Patrimonio Arqueolgico Subacutico. Entre

    actuaciones prioritarias, se destacan las siguien

    1. Concluir convenios de colaboracin con

    distintas Comunidades Autnomas con la

    lidad de omentar las Cartas arqueolgicas s

    cuticas como mecanismos conjuntos de de

    y de intercambio de inormacin.

    2. Continuar las actividades de desarrollo d

    Carta arqueolgica de conormidad con lo e

    blecido en las Normas relativas a las activid

    dirigidas al Patrimonio Cultural Subacuticcogidas en la Convencin UNESCO del 200

    3. Establecer bases de datos inormticas

    criterios y ormatos uniicados, de tal modo

    sean compatibles y permitan su aprovechami

    como mnimo en el Mediterrneo occidental

    Atlntico oriental, incluido el Mar Cantb

    En estas bases de datos se establecern dive

    niveles de seguridad en cuanto a la accesibili

    de tal modo que se garantice la seguridad de

    yacimientos. Por ley deber regularse el ac

    del pblico a dichas cartas, primndose c

    se ha sealado la seguridad de los yacimien

    4. Aplicar las iguras de proteccin existe

    en nuestra legislacin conorme a los datos o

    nidos en las Cartas arqueolgicas. Filmacin del pecio Aiguablava IV (Archivo CASC, 2007).

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    La proteccin jurdica45

    4La proteccin jurdica

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    46Libro Verde del Plan Nacional de Proteccin del Patrimonio Cultural Subacutico Espaol

    Como se ha venido sealando, la adopcin en 2008

    del Plan Nacional de Proteccin del Patrimonio

    Cultural Subacutico Espaol, la entrada en vigor

    para Espaa el 2 de enero de 2009 de la ConvencinUNESCO de 2001 y determinadas acciones recien-

    tes contra nuestro patrimonio subacutico sitan

    a Espaa en la encrucijada de revisar y mejorar el

    entramado normativo e institucional que pretende

    proteger y realzar ese Patrimonio en cumplimiento

    del mandato constitucional contenido en el artculo

    46 de nuestra Constitucin de 1978.

    4.1 ESTADO ACTUAL DE LA CUESTIN

    La legislacin estatal y autonmica que regula el

    patrimonio cultural contiene una regulacin es-

    pecfca del patrimonio arqueolgico, entre el que

    se incluye el patrimonio arqueolgico subacutico.

    Sin embargo, a pesar de este tratamiento especf-

    co del patrimonio arqueolgico en las normas y lo

    exhaustivo de los reglamentos sobre las actuaciones

    arqueolgicas, por regla general, toda esa normativa

    carece del detalle necesario para ejercer una protec-

    cin efcaz del Patrimonio Cultural Subacutico.

    Existe acuerdo generalizado entre los especialis-tas en la materia sobre la necesidad de crear igu-

    ras especicas de proteccin de dicho Patrimonio.

    Este ltimo, a dierencia del terrestre, no cuenta

    con algunos de los instrumentos de proteccin de

    la legislacin sectorial ms eicaces, como es el pla-

    neamiento urbanstico, que permita una adecuada

    regulacin de usos y de actuaciones permitidas.

    Esta circunstancia, unida a que los reglamentos

    de autorizaciones de las actividades arqueolgicas

    apenas establecen dierencias entre una actividad

    arqueolgica subacutica o terrestre, conlleva, por

    regla general, deiciencias en el planteamiento de

    objetivos de los proyectos de las intervenciones

    subacuticas, e incluso carencias en la composicin

    de los equipos, el plan de seguridad o en el de con-

    servacin de los restos arqueolgicos.

    Estas lagunas en la legislacin se suplen en la

    yor parte de los casos por los criterios tcnicos

    personal de la administracin que se encarg

    gestionar estos proyectos, lo que obliga a quetos tcnicos tengan que poseer un conocimien

    ormacin especica en esta materia, circunsta

    que actualmente no es mayoritaria en las adm

    traciones pblicas, careciendo en muchos caso

    centros especicos donde gestionar este tipo

    proyectos y por lo tanto de personal cualiicado

    Esta carencia en el control adecuado de mucha

    las acciones que pueden provocar la destruccin

    patrimonio subacutico, y a la vez la alta de

    tocolos de actuacin para evitar estas aeccio

    dejan entrever las lagunas de la legislacin de p

    monio cultural para establecer medidas preven

    en este medio.

    A todo ello se suma, de un lado, la diicultad

    la proteccin sica de los restos arqueolgico

    un medio con continuos cambios, que tanto de

    descubierto restos ocultos como esconde los re

    visibles; y, de otro, la diicultad de su vigilanc

    inspeccin, que requiere el desarrollo de metcnicos especicos y una coordinacin eicaz

    los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad estatal

    autonmicos a la vez que disponer de tcnico

    quelogos especializados en estas tareas.

    4.2 VARIABLES PRESENTES

    Es necesario recordar, adems y de modo prel

    nar, algunas de las variables que deben ser tom

    en consideracin a la hora de elaborar propue

    de reorma normativa. Entre esas variables de

    destacarse las siguientes:

    (a) Las amenazas al Patrimonio Cultural S

    cutico pueden ser ortuitas o no ortuitas.

    supone que tanto actividades lcitas (pesca,

    ceo, tendido de cables submarinos, etc.) com

    tividades ilcitas (expolio, obras y levantamie

  • 8/7/2019 VVAA. Libro Verde 2010

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    La proteccin jurdica47

    topogricos sin autorizacin, etc.) pueden incidir

    determinantemente en la conservacin del Patri-

    monio Cultural Subacutico y, como consecuen-

    cia, en la regulacin jurdica de la misma.

    (b) La estructura descentralizada de nuestro

    Estado reparte la competencia legislativa genri-

    ca relativa a la proteccin del patrimonio cultural

    entre el Estado y las Comunidades Autnomas,

    sin olvidar ciertas competencias incidentales de

    las entidades locales. Debe tenerse asimismo en

    cuenta que la Convencin UNESCO prev en

    su artculo 28 que [a]l ratiicar, aceptar, apro-

    bar esta Convencin o adherirse a ella o en cual-

    quier momento ulterior, todo Estado o territorio

    podr declarar que las Normas se aplicarn a

    sus aguas continentales que no sean de carcter

    martimo. Deber evaluarse hasta qu punto

    conviene a Espaa el aplicar las previsiones del

    Anexo de la Convencin a sus aguas continen-

    tales, teniendo en cuenta que, en principio, son

    las Comunidades Autnomas las competentes aleecto. De no hacerse as, se estableceran dos

    regmenes distintos: uno, gobernado por la Con-

    vencin UNESCO y su legislacin de desarrollo,

    para el patrimonio cultural submarino; y otro,

    con sus caractersticas propias, y esencialmente

    bajo gestin autonmica, estrictamente subacu-

    tico continental. Razones de unidad de gestin

    aconsejan que Espaa lleve a cabo la declaracin

    prevista en el artculo 28 de la Convencin.

    (c) A ello debe sumarse que la competencia

    legislativa en otros mbitos de actuacin con re-

    percusiones en el Patrimonio Cultural Subacu-

    tico est igualmente repartida entre el Estado y

    Conferencia sobre la proteccin jurdica del Patrimonio Cultural Subacutico (Archivo ARQUA, 2009).

  • 8/7/2019 VVAA. Libro Verde 2010

    46/116

    48Libro Verde del Plan Nacional de Proteccin del Patrimonio Cultural Subacutico Espaol

    las Comunidades Autnomas (v.gr. pesca, medio

    ambiente, poltica cientica, etc.).

    (d) En cuarto lugar, como vimos, Espaa ratii-c el 6 de junio de 2005 la Convencin UNESCO

    de 2001. En el momento de elaborar este Libro

    Verde, la Convencin ya est en vigor entre 24 Es-

    tados, incluida Espaa. Tras su publicacin oicial

    en Espaa el 5 de marzo de 2009, la Convencin

    UNESCO orma parte del ordenamiento interno

    espaol, con rango superior a cualquier acto legis-

    lativo (estatal o autonmico) promulgado hasta la

    echa y desde esa echa (art. 96.1 de la Constitu-

    cin).

    (e) Adems, es previsible que en breve la Unin

    Europea retome una iniciativa legislativa abando-

    nada por el Consejo de Europa en 1985. Tras la

    toma en consideracin del problema, en particu-

    lar, de la presencia en aguas espaolas, italianas,

    britnicas y rancesas de empresas buscadoras de

    tesoros, puede esperarse alguna iniciativa comu-

    nitaria a tenor de lo maniestado en el Consejo de

    Ministros de Cultura de noviembre de 2007 o en

    la Conerencia Ministerial Euro mediterrnea deCultura de mayo de 2008 en Atenas. Asimismo

    debe destacarse la toma de posicin de los minis-

    tros de cultura iberoamericanos reunidos en mayo

    de 2008 a avor de la propuesta espaola (pro-

    teccin y cooperacin) y ratiicada en la XVIII

    Cumbre Iberoamericana de San Salvador (octu-

    bre de 2008). Todo ello supone uturas posibles

    uentes de obligacin jurdicas con repercusiones

    domsticas.

    Por todo lo expuesto, debe sealarse la necesidad de

    promulgar una regulacin especica sobre la protec-

    cin del Patrimonio Cultural Subacutico dentro de

    la utura Ley del Patrimonio Cultural Espaol que:

    tenga en cuenta las obligaciones internacional-

    mente asumidas por Espaa;

    establezca un sistema coordinado entre las

    tintas administraciones pblicas implicadas;

    sea capaz de prever la regulacin tanto de ac

    dades ortuitas como no ortuitas con incideen el Patrimonio Cultural Subacutico por p

    de actores pblicos y privados, nacionales y

    tranjeros.

    4.3 CUESTIONES PROBLEMTICAS

    GENERALES

    Las cuestiones problemticas que se han detec

    son, entre otras, las siguientes:

    1. La deinicin misma del Patrimonio Cu

    ral Subacutico a los eectos de la utura le

    lacin;

    2. El problema derivado de las actividades

    aectan ortuitamente al Patrimonio Cult

    Subacutico y, en particular, la pesca de arra

    y la investigacin cientica marina;

    3. La necesidad de promover iguras adecu

    de proteccin del Patrimonio Cultural Suba

    tico;

    4. La aplicacin del rgimen del salvame

    de hallazgo y del tesoro al Patrimonio CultSubacutico; y

    5. El establecimiento de un rgimen de vig

    cia e inspeccin del Patrimonio Cultural S

    cutico.

    4.3.1 La defnicin del Patrimonio Cultur

    Subacutico a los eectos de la utura

    legislacin

    No existe en Espaa una defnicin precisa de

    trimonio Cultural Subacutico. Indicativame

    el artculo 1.2 de la actual Ley 16/1985, del P

    monio Histrico Espaol (LPHE), determina c

    integrante del Patrimonio Histrico Espaol

    los inmuebles y objetos muebles de int

    artstico, histrico, paleontolgico, arqueo

    co, etnogrico, cientico o tcnico. Tam

  • 8/7/2019 VVAA. Libro Verde 2010

    47/116

    La proteccin jurdica49

    orman parte del mismo el patrimonio docu-

    mental y bibliogrico, los yacimientos y zonas

    arqueolgicas, as como los sitios naturales, jar-

    dines y parques, que tengan valor artstico, his-trico o antropolgico.

    Por su parte, el artculo 40.1 LPHE incorpora al

    patrimonio arqueolgico en el Patrimonio Hist-

    rico Espaol, especiicando que orman parte del

    mismo

    los bienes muebles o inmuebles de carcter his-

    trico, susceptibles de ser estudiados con meto-

    dologa arqueolgica, hayan sido o no extrados

    y tanto si se encuentran en la supericie o en el

    subsuelo, en el mar territorial o en la plataor-

    ma continental. Forma parte, asimismo de este

    patrimonio los elementos geolgicos y paleonto-

    lgicos relacionados con la historia del hombre y

    sus orgenes y antecedentes.

    La Ley 16/1985 establece, pues, como nico

    dato relevante para la inclusin de un determi-

    nado bien en el patrimonio arqueolgico su sus-

    ceptibilidad para ser estudiado por metodologaarqueolgica. En el supuesto de los bienes ar-

    queolgicos el legislador ha querido intensiicar

    su proteccin, lo que justiica su demanializa-

    cin (artculo 44 LPHE).

    En general, toda la normativa autonmica sobre el

    patrimonio cultural utiliza una similar caracteriza-

    cin y anlogo expediente normativo a la hora de

    determinar el patrimonio arqueolgico y su inclu-

    sin en el patrimonio histrico o cultural de cada

    Comunidad Autnoma. Es una deinicin muy am-

    plia, metajurdica e indeterminada.

    Sin embargo, en su artculo 1.1, la Convencin

    UNESCO de 2001 lleva a cabo una deinicin ms

    precisa de Patrimonio Cultural Subacutico al dei-

    nirlo como sigue:

    a) Por patrimonio cultura l subacutico se en-

    tiende todos los rastros de existencia humana

    que tengan un carcter cultural, histrico o

    arqueolgico, que hayan estado bajo el agua,parcial o totalmente, de orma peridica o

    continua, por lo menos durante 100 aos, tales

    como:

    i) los sitios, estructuras, ediicios, objetos y

    restos humanos, junto con su contexto ar-

    queolgico y natural ;

    ii) los buques, aeronaves, otros medios de

    transporte o cualquier parte de ellos, su

    cargamento u otro contenido, junto con su

    contexto arqueolgico y natural ; y

    iii) los objetos de carcter prehistrico.

    b) No se considerar patrimonio cultural suba-

    cutico a los cables y tuberas tendidos en el

    ondo del mar.

    c) No se considerar patrimonio cultural suba-

    cutico a las instalaciones distintas de los ca-

    bles y tuberas colocadas en el ondo del mar y

    todava en uso.

    El texto de la Convencin UNESCO de 2001 su-

    pone un lmite mnimo inranqueable, no as un

    lmite superior; esto es, el nivel de proteccin de

    la Convencin puede ser mejorado in foro domes-

    tico as como mediante la conclusin de acuerdos

    posteriores bilaterales o multilaterales (art. 6 de

    la Convencin). Teniendo en cuenta todo ello, as

    como la actual deinicin del patrimonio arqueo-

    lgico recogida tanto en la Ley 16/1985 como en

    la normativa autonmica correspondiente, debe

    procederse a una nueva deinicin del Patrimonio

    Cultural Subacutico en nuestro ordenamiento.

    A tales eectos, debe resaltarse lo siguiente:

    a) Que el Patrimonio Cultural Subacutico

    deinindose inalmente como se deina

  • 8/7/2019 VVAA. Libro Verde 2010

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    50Libro Verde del Plan Nacional de Proteccin del Patrimonio Cultural Subacutico Espaol

    debe ser parte integrante del Patrimonio arqueol-

    gico espaol que, a su vez, orma parte integrante

    del Patrimonio Histrico Espaol como bienes de

    dominio pblico. La arqueologa no es sino un m-todo ms de investigacin en la explicacin de la

    historia y, como tal, debe servir al continuum ex-

    plicativo de nuestro pasado. De ah que, a pesar

    de la especiicidad del Patrimonio Cultural Suba-

    cutico, la regulacin del mismo deba insertarse

    necesariamente en la regulacin del Patrimonio

    Histrico en general.

    b) Que el concepto amplio de Patrimonio Cul-

    tural Subacutico (todo rastro de existencia hu-

    mana) debe cohonestarse en nuestro ordena-

    miento con la deinicin ms estricta de nuestra

    legislacin estatal y autonmica actual que se

    reiere normalmente a todos los objetos muebles

    e inmuebles de carcter histrico susceptibles de

    ser estudiados con metodologa arqueolgica.

    c) Que, en todo caso, ese concepto de Patrimo-

    nio Cultural Subacutico debe incluir, con las

    modulaciones jurdicas necesarias, tanto a los

    objetos extrados como los no extrados de losondos marinos.

    d) Que la acotacin temporal que lleva a cabo

    la Convencin (objetos que hayan estado bajo el

    agua, parcial o totalmente, de forma peridica o

    continua, por lo menos durante 100 aos) pue-

    de soslayarse si, como lleva haciendo nuestra

    legislacin desde 1933, se protegen los objetos

    susceptibles de ser estudiados con metodologa

    arqueolgica, hayan sido extrados o no, evi-

    tando utilizar el actor tiempo como elemento

    deinidor undamental del patrimonio. En todo

    caso, cabe no olvidar que esos 100 aos no son

    necesariamente los 100 ltimos aos.

    e) Que cabra incluir indicativamente, tal y

    como hace la Convencin UNESCO y a los

    eectos clariicadores que se esperan de tod

    gislacin, una serie de ejemplos de Patrim

    Cultural Subacutico.

    ) Que es importante asumir, como as lo h

    y propone el Grupo de trabajo, que nuestra

    gislacin se extienda al patrimonio que se

    cuentra en la supericie de los ondos acut

    o en el subsuelo de dichos ondos en las ag

    interiores y continentales, incluidas las c

    reticas, el mar territorial o la plataorma ctinental espaolas. Ello supone en cierto m

    aplicar extraterritorialmente nuestra legisla

    puesto que, en la actualidad, el Derecho in

    nacional slo reconoce claramente tal dere

    en el mar terr itorial y la zona contigua, no a

    la plataorma continental a pesar de una pr

    ca creciente al respecto. Debe mantenerse e

    tado actual de nuestra legislacin a expensa

    la prctica subsiguiente del resto de Estado

    g) Que, a pesar de lo dicho en el prrao (c

    artculo 1.1, cabra proteger algunas inst

    ciones distintas de los cables y tuberas coloca

    en el fondo del mar y todava en uso, como

    tas artes de pesca de nuestro litoral que sig

    en uso a pesar de estar bajo el agua ms

    100 aos.

    Curso para la Guardia Civil sobre Proteccin del PatrimArqueolgico Subacutico (Archivo CA

  • 8/7/2019 VVAA. Libro Verde 2010

    49/116

    La proteccin jurdica51

    Finalmente, debe incluirse una reerencia precisa a

    la posicin jurdica de Espaa en relacin con sus

    buques y aeronaves de Estado, en lnea con lo recien-

    temente declarado ante la Comunidad internacionaly los tribunales extranjeros ante los que Espaa ha

    presentado diversas reclamaciones sobre su propio

    Patrimonio Cultural Subacutico. Esta posicinsu-

    pone que Espaa conserva intactos e indeinidamen-

    te todos los derechos sobre sus buques y aeronaves

    de Estado hundidos, de conormidad con las reglas

    del derecho internacional, indistintamente del lugar

    donde se hallen e indistintamente del tiempo trans-

    currido desde su hundimiento. Los derechos sobre

    tales buques y aeronaves pueden ser nicamente

    transmitidos o abandonados por un acto expreso de

    derecho pblico segn la legislacin espaola.

    4.3.2 El problema derivado de las

    actividades ortuitas

    El artculo 5 de la Convencin UNESCO establece

    como principio general que

    [c]ada Estado Parte emplear los medios ms

    viables de que disponga para evitar o atenuar

    cualquier posible repercusin negativa de activi-dades bajo su jurisdiccin que aecten de manera

    ortuita al patrimonio cultural subacutico.

    Este artculo supone una obligacin genrica de

    comportamiento a cargo de Espaa que irradia

    toda la actividad que bajo su jurisdiccin o control

    se desarrolle. Entre otra legislacin necesariamente

    aectada (estatal y, en su caso, autonmica), y en

    mayor o menor intensidad, cabe destacar la relat iva

    al patrimonio y los museos, a los archivos del Es-

    tado y de las Comunidades Autnomas, el mbito

    penal y de contrabando, la legislacin comercial y

    aduanera, la de deensa y seguridad, la regulacin

    de la pesca, el buceo y las actividades deportivas,

    la investigacin cientica marina, la poltica edu-

    cativa y cientica, la normativa sobre puertos y la

    navegacin, la regulacin de las obras pblicas y el

    urbanismo, la normativa sobre medio ambiente, la

    legislacin de hidrocarburos y energa, la de turis-

    mo, la de sanidad, higiene en el trabajo y asisten-

    cia social, el hallazgo y el tesoro, la de propiedadintelectual o la luvial y de aguas interiores, entre

    otras muchas.

    Ello implica una reorma legislativa importante, que

    se estima debe acometerse con ocasin de la im-

    plementacin general de la Convencin UNESCO

    de 2001 a la legislacin espaola sobre la materia.

    Debe tenerse en cuenta, por ejemplo, que desde la

    concesin de una autorizacin de obra pblica, pa-

    sando por el uso de determinadas artes de pesca,

    por el tendido de un cable submarino, por el per-

    miso de buceo en ciertas zonas o por la aprobacin

    de un proyecto de investigacin cientica marina,

    todas ellas actividades lcitas y previstas en nuestro

    ordenamiento, el Patrimonio Cultural Subacutico

    puede verse atalmente aectado. En todas aquellas

    actividades en el medio marino en los que habitual-

    mente nuestra legislacin exige un previo estudio

    de impacto ambiental se olvida la necesidad de in-

    cluir asimismo, de manera individualizada, la eva-

    luacin del impacto arqueolgico. Ello se debe engran medida a que sta suele incluirse en aqul. Sin

    embargo, el inorme de impacto cultural llevado

    a cabo siempre bajo la supervisin de las adminis-

    traciones pblicas debe tener siempre un carcter

    previo, preceptivo, y vinculante para las mismas,

    realizndose de orma independiente respecto del

    inorme sobre impacto natural.

    A ello hay que aadir que el Anexo de la Conven-

    cin indica de orman muy detallada una serie de

    protocolos generales que deben regir la conserva-

    cin de este patrimonio y las actividades dirigidas

    al mismo, as como la coniguracin del plan del

    proyecto, objetivos, metodologa, inanciacin,

    etc. de la actividad arqueolgica subacutica, y

    la elaboracin de los inormes de la actuacin, su

    archivo y diusin. Es pues un documento base

  • 8/7/2019 VVAA. Libro Verde 2010

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    52Libro Verde del Plan Nacional de Proteccin del Patrimonio Cultural Subacutico Espaol

    Proteccin jurdica de yacimientos arqueolgicos subacuticos de Andaluca (Archivo CAS).

  • 8/7/2019 VVAA. Libro V