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395 VOLUMEN 13/14 VII.6. FUNCIÓN DE GASTO 3 “COORDINACIÓN DE POLÍTICA DE GOBIERNO”, OPERACIONES DEL ÓRGANO INTERNO DE CONTROL (INSTITUTO ELECTORAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO) Auditoría ASCM/168/18 FUNDAMENTO LEGAL La presente auditoría se llevó a cabo con fundamento en los artículos 122, apartado A, Base II, sexto y séptimo párrafos, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 62 de la Constitución Política de la Ciudad de México; 13, fracción CXI, de la Ley Orgánica del Congreso de la Ciudad de México; 1; 2, fracciones XIV y XLII, inciso b); 3; 8, fracciones I, II, IV, VI, VII, VIII, IX, XXVI y XXXIII; 9; 10, incisos a) y b); 14, fracciones I, VIII, XVII, XX y XXIV; 22; 24; 27; 28; 30; 32; 33; 34; 35; 36; 37; 61; y 62 de la Ley de Fiscalización Superior de la Ciudad de México; y 1; 4; 5, fracción I, inciso b); 6, fracciones V, VIII y XXXV; y 30 del Reglamento Interior de la Auditoría Superior de la Ciudad de México; y de conformidad con el Programa General de Auditoría aprobado. ANTECEDENTES En la revisión del Informe de Cuenta Pública de 2018, se identificó que el IECM reportó para la función 3 “Coordinación de Política de Gobierno”, un cumplimiento de meta del 100%, respecto a su programación original; es decir, que cumplió la meta programada en su totalidad. El presupuesto aprobado fue de 2,028,180.7 miles de pesos y el ejercido de 2,037,611.7 miles de pesos, por lo cual existe una diferencia superior de 9,431.0 miles de pesos, que representa el 0.5%. CRITERIOS DE SELECCIÓN Esta auditoría se planteó de conformidad con el criterio contenido en el Manual de Selección de Auditorías vigente “Presencia y Cobertura”, a fin de garantizar que eventualmente, se revisen todos los sujetos de fiscalización y todos los conceptos susceptibles de ser auditados, por estar contenidos en la Cuenta Pública de la Ciudad de México.

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VII.6. FUNCIÓN DE GASTO 3 “COORDINACIÓN DE POLÍTICA DE GOBIERNO”, OPERACIONES DEL ÓRGANO INTERNO DE CONTROL (INSTITUTO ELECTORAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO)

Auditoría ASCM/168/18

FUNDAMENTO LEGAL

La presente auditoría se llevó a cabo con fundamento en los artículos 122, apartado A,

Base II, sexto y séptimo párrafos, de la Constitución Política de los Estados Unidos

Mexicanos; 62 de la Constitución Política de la Ciudad de México; 13, fracción CXI, de la

Ley Orgánica del Congreso de la Ciudad de México; 1; 2, fracciones XIV y XLII, inciso b);

3; 8, fracciones I, II, IV, VI, VII, VIII, IX, XXVI y XXXIII; 9; 10, incisos a) y b); 14, fracciones

I, VIII, XVII, XX y XXIV; 22; 24; 27; 28; 30; 32; 33; 34; 35; 36; 37; 61; y 62 de la Ley de

Fiscalización Superior de la Ciudad de México; y 1; 4; 5, fracción I, inciso b); 6, fracciones V,

VIII y XXXV; y 30 del Reglamento Interior de la Auditoría Superior de la Ciudad de México;

y de conformidad con el Programa General de Auditoría aprobado.

ANTECEDENTES

En la revisión del Informe de Cuenta Pública de 2018, se identificó que el IECM reportó

para la función 3 “Coordinación de Política de Gobierno”, un cumplimiento de meta del

100%, respecto a su programación original; es decir, que cumplió la meta programada en

su totalidad. El presupuesto aprobado fue de 2,028,180.7 miles de pesos y el ejercido de

2,037,611.7 miles de pesos, por lo cual existe una diferencia superior de 9,431.0 miles

de pesos, que representa el 0.5%.

CRITERIOS DE SELECCIÓN

Esta auditoría se planteó de conformidad con el criterio contenido en el Manual de Selección

de Auditorías vigente “Presencia y Cobertura”, a fin de garantizar que eventualmente, se

revisen todos los sujetos de fiscalización y todos los conceptos susceptibles de ser

auditados, por estar contenidos en la Cuenta Pública de la Ciudad de México.

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OBJETIVO

El objetivo de la revisión consistió en fiscalizar las acciones realizadas por el Órgano Interno

de Control del Instituto Electoral de la Ciudad de México, en el desempeño de las acciones

consistentes en atenciones inmediatas, investigaciones, quejas, denuncias, auditorías,

control interno y procedimientos de responsabilidad administrativa.

ALCANCE Y DETERMINACIÓN DE LA MUESTRA

Se evaluaron los resultados obtenidos por el Órgano Interno de Control del Instituto

Electoral de la Ciudad de México (IECM). La revisión comprendió el Control Interno y las

vertientes Competencia de los Actores, Eficacia, Eficiencia y Economía.

Respecto de la Evaluación del Control Interno, se revisaron los mecanismos implementados

por el Órgano Interno de Control para contar con una seguridad razonable, en cuanto al

cumplimiento de metas y objetivo, considerando los componentes Ambiente de Control,

Administración de Riesgos, Actividades de Control Interno, Información y Comunicación, y

Supervisión y Mejora Continua.

Por lo que se refiere a la vertiente Competencia de los Actores, se determinó si el Órgano

Interno de Control fue competente para realizar la tarea encomendada; si tuvo perfiles de

puesto; y si sus servidores públicos los cubrieron. Asimismo, se verificó si recibieron la

capacitación respectiva, conforme a la normatividad aplicable.

Para la vertiente Eficacia, se revisaron los resultados alcanzados respecto de los objetivos

y metas planteados, así como la rendición de cuentas, específicamente en lo reportado en

los mecanismos de medición y evaluación implementados.

En cuanto a la vertiente Eficiencia, se evaluó y calificó la forma cómo se utilizaron

los recursos humanos, materiales y financieros; para ello, se identificaron y analizaron los

procesos con los cuales operó el sujeto fiscalizado para cumplir los objetivos planteados.

En relación con la vertiente Economía, se verificó que el sujeto fiscalizado haya tenido

medidas de racionalidad y austeridad, y si éstas contribuyeron al logro de los objetivos.

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Para determinar las muestras de las vertientes Competencia de los Actores, Eficacia, Eficiencia, y Economía de las actividades del Órgano Interno de Control, se utilizó la técnica de muestreo dirigido o intencional, que consiste en seleccionar las unidades elementales de la población según el juicio del auditor, de acuerdo con la experiencia, criterio y en función del tiempo que se dispuso para la ejecución de la presente auditoría.

Para el Control Interno, con la finalidad de evaluar el grado de conocimiento de los procedimientos empleados en el desarrollo de sus actividades, se aplicaron cinco cuestionarios a los funcionarios encargados de las actividades sustantivas del Órgano Interno de Control.

Para verificar la competencia profesional de los servidores públicos del Órgano Interno de Control del análisis a la plantilla de personal, se eligió una muestra dirigida de 17 expedientes de servidores públicos (40.4%) del universo del personal de 42, adscritos al Órgano Interno de Control, donde la selección fue Contralor, Asesor “A”, Coordinador de Gestión Administrativa, Subcontralor de Responsabilidades e Inconformidades, Subcontralor de Auditoría, Control y Evaluación, Subcontralor de Atención Ciudadana y Normatividad, Subcontralor de Vinculación con Procesos Electorales y Participativos, Subdirector de Procedimientos Jurídicos y Administrativos, Subdirector de Auditoría; Subdirector de Investigación de Presuntas Responsabilidades, Subdirector de Procesos Electorales y Participativos, Jefe de Registro, Seguimiento de Evaluación Patrimonial y Conflicto de Intereses, Jefe de Departamento Contencioso, Analistas, Jefe de Departamento de Mejora de Procesos y Evaluación, Jefe de Departamento de Seguimiento de Auditorías y Procedimientos Administrativos, Jefe de Departamento de Atención a Comités, Jefe de Departamento de Normatividad, Jefe de Departamento de Quejas y Denuncias, y Jefe de Departamento de Seguimiento de Responsabilidades Administrativas.

En relación con la capacitación otorgada a los servidores públicos, a fin de identificar si el personal del Órgano Interno de Control participó en la capacitación, se determinó revisar tres de los seis cursos programados, lo que representa el 50.0% del universo.

En la vertiente Eficacia, se revisó uno (20%) de cinco expedientes de auditoría, 15 (10.4%) de 143 actas entrega-recepción, uno (50.0%) de dos Dictámenes Técnicos de Auditoría, dos (33.3%) de seis expedientes de Acompañamiento en Proceso Electoral, y cinco (25.0%) de 20 carpetas de investigación de presuntas responsabilidades.

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En lo concerniente a la vertiente eficiencia, de las actividades del Órgano Interno de Control se revisaron los registros e informes internos; los mecanismos de control, supervisión y de seguimiento implementados; la evidencia documental de la utilización de los recursos humanos, materiales y financieros, así como de los resultados obtenidos.

Para la eficiencia, se determinaron como muestra tres procedimientos (20%) de los 15 identificados en el acuerdo núm. IECM-JA118-18, que son “Procedimiento para realizar Auditorías Internas y Seguimiento”, “Procedimiento para Elaborar Dictamen Técnico de Auditoría”, y “Procedimiento para brindar Acompañamiento durante los Procesos Electorales y/o de Participación Ciudadana”, con el propósito de comprobar que las auditorías se efectuaron de acuerdo con la normatividad aplicable y que se realizaron las acciones señaladas en los tiempos establecidos.

Asimismo, se realizó una vista de inspección a las áreas responsables de operar dichos procedimientos y se aplicaron cuestionarios a ocho de los 42 servidores públicos que operaron el Órgano Interno de Control, con la finalidad de verificar el grado de conocimiento del procedimiento.

Con relación a los mecanismos de evaluación, se analizó la totalidad de la información soporte de la metodología y la implementación de los nueve indicadores empleados.

En lo referente a los recursos financieros, se revisaron las erogaciones anuales realizadas a los 42 servidores públicos adscritos al Órgano Interno de Control en 2018. Asimismo, se determinó una muestra dirigida de cinco (38.5%) de las 13 afectaciones con que se realizaron dichas erogaciones, así como su documentación soporte.

Respecto a la economía, se realizó el analizaron las partidas presupuestales que fueron sujetas a racionalidad y austeridad por parte del Órgano Interno de Control.

Las áreas donde se llevó acabo la revisión de la presente auditoría fueron la Subcontraloría de Responsabilidades e Inconformidades; la Subcontraloría de Auditoría, Control y Evaluación; la Subcontraloría de Atención Ciudadana y Normatividad; la Subcontraloría de Vinculación con Procesos Electorales y Participativos del Órgano Interno de Control del IECM; y la Secretaría Administrativa del IECM.

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PROCEDIMIENTOS, RESULTADOS Y OBSERVACIONES

Evaluación del Control Interno

1. Resultado

Con objeto de conocer el grado de confiabilidad del sistema de control interno

implementado, se utilizó como procedimiento de auditoría el análisis de la documentación

proporcionada, y como prueba de auditoría, la revisión documental de los datos contenidos

en la diversa información presentada.

Para el estudio y evaluación del Control Interno, se considera lo establecido en el artículo

62, fracción lll, de la Ley de Fiscalización Superior de la Ciudad de México vigente, el cual

dispone que entre las atribuciones de la Auditoría Superior de la Ciudad de México (ASCM)

están: verificar que los sujetos fiscalizados establezcan sistemas adecuados de control

interno; proporcionar seguridad razonable en cuanto al logro de los objetivos y el adecuado

uso de los recursos; asegurar que los controles se apliquen y funcionen de manera que

garanticen el exacto cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias aplicables,

y evaluar periódicamente la eficacia de los sistemas de control; de conformidad con el

Manual del Proceso General de Fiscalización de la Auditoría Superior de la Ciudad de

México, en el Subapartado “B”, Fase de Ejecución; numeral l, “Control Interno”, así como

del numeral 3 de su Anexo Técnico, que establece una metodología de revisión del control

interno, que incluye planes, métodos, programas, políticas y procedimientos utilizados para

alcanzar el mandato, la misión y el plan estratégico, así como la aplicación de cinco

cuestionarios de acuerdo al Modelo de Evaluación con el Control Interno para la

Fiscalización Superior de la Cuenta Pública.

Derivado de lo anterior y como resultado del estudio de la información obtenida y recopilada

del Instituto Electoral de la Ciudad de México IECM, se tuvo conocimiento de los

componentes del control interno, de acuerdo con lo siguiente:

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Ambiente de Control

Se observó que en 2018, el IECM contó con el “Manual de Organización y Funcionamiento del

Instituto Electoral de la Ciudad de México”, aprobado mediante el acuerdo núm. JA-127-16

del 14 de octubre de 2016, el cual contiene la estructura orgánica, objetivo y función del OIC,

así como el marco jurídico administrativo. La difusión del manual se realizó por medio del portal

de intranet del IECM, así como de la página: https://www.iecm.mx/transparencia

/art.121/121.f.01/marco.legal/21_ManualOrgFuncIECM_150519.pdf, relativo al apartado de

transparencia. Dicho manual establece la responsabilidad, las funciones y atribuciones

entre el personal que interviene en la autorización, ejecución, evaluación y vigilancia de las

acciones para el cumplimiento de las metas y objetivos del IECM. Asimismo, se identificaron

15 procedimientos con los cuales el Órgano Interno de Control realizó sus actividades,

IECM que derivado de análisis efectuado, se identificó que no se encuentran actualizados.

Cabe mencionar que el Órgano Interno de Control no cuenta con un código de ética, se

sujeta al Código de Conducta del IECM, aprobado mediante el acuerdo núm. IECM-JA079-17,

del 24 de noviembre de 2017, en el cual el órgano autónomo rige su actuación bajo los

principios de certeza, legalidad, independencia, inclusión, imparcialidad, máxima

publicidad, transparencia, rendición de cuentas y objetividad, de observancia obligatoria

para el personal del Instituto, por lo cual existió un compromiso por parte de los servidores

públicos del Órgano Interno de Control en las Políticas de Integridad de dicho Instituto.

Adicionalmente, se observó que el Órgano Interno de Control dispuso de un documento

denominado “Perfil de Puesto”, autorizado mediante el acuerdo núm. IECM-JA053-18 de

fecha 30 de abril de 2018, que consideró la descripción del puesto, funciones y perfil de

requerimientos a cubrir por el personal que ocupó las plazas de estructura del Órgano

Interno de Control; no existe un servicio profesional de carrera. Asimismo, se identificó que

el Órgano Interno de Control se sujetó al Programa Anual de Capacitación que tiene el IECM

donde participó en tres cursos, de los seis que integran el programa. No obstante, el Órgano

Interno de Control no contó con una capacitación orientada a sus áreas sustantivas.

Se observó que el IECM dispuso de una misión, visión y objetivos institucionales alineados al Programa General de Desarrollo 2013-2018. El Órgano Interno de Control del IECM contó con una misión y objetivos, alineados a los correspondientes del IECM. Este Órgano

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Autónomo Mediante el acuerdo núm. JA 106-16, del 15 de septiembre de 2016, se aprobó el Manual de Organización y Funcionamiento del IECM, en el que se considera al Órgano Interno de Control; posteriormente, con el acuerdo núm. JA 127-16 del 14 de octubre de 2016, se realizó una actualización al citado manual. Por medio del acuerdo núm. IECM/ACU-CG-035/2017 del 4 de agosto de 2017, se modificó la denominación del Órgano Interno de Control; en el acuerdo núm. IECM/ACU-CG-183/2018 del 30 de abril de 2018, se aprobaron modificaciones a la estructura orgánico-funcional de la Contraloría Interna del IECM, con los acuerdos núms. IECM-JA044-18 y IECM-JA053-18 del 24 y 30 de abril de 2018 respectivamente, con los cuales se aprobaron modificaciones al Manual de Organización y Funcionamiento, así como al catálogo de cargos y puestos del IECM relativos al Órgano Interno de Control.

La estructura orgánica del Órgano Interno de Control, se conformó de 42 puestos: 1 Titular de la Contraloría; 2 Asesores, 1 Coordinador, 1 Secretaria Ejecutiva, 2 Secretarias de Unidad, 1 Auxiliar de Servicios, 1 Chofer, 4 Subcontralorías, 5 Subdirecciones, 12 Jefaturas de Unidad y 12 Analistas.

Derivado de la revisión del Informe de Cuenta Pública de 2017 del IECM, en el formato “AUR Asignaciones Adicionales Autorizadas a las Unidades Responsables del Gasto del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Ciudad de México para el ejercicio fiscal 2017”, se identificó que se asignaron recursos por 10,000.0 miles de pesos para “establecer capacitación y puesta en marcha del Sistema Nacional Anticorrupción en el IECM”. Asimismo, de la revisión al Decreto por el que se expide el Presupuesto de Egresos de la Ciudad de México para el ejercicio fiscal 2018 del 31 de diciembre de 2017, se observó que en el Capítulo Único “Del Control, Evaluación y Responsabilidades, artículo duodécimo, dentro de las erogaciones previstas en el artículo 13, se considera lo siguiente:

“1. Para el Instituto Electoral del Distrito Federal la cantidad de 8,000.0 miles de pesos para fortalecer, implementar y adecuar la estructura y el programa de honorarios para la puesta en marcha del SNA, el cual será ejercido por la Contraloría interna de dicho Instituto.”

De acuerdo con el Modelo de Evaluación del Control Interno para la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública de la Ciudad de México, en el Ambiente de Control se obtuvo un rango de valuación medio.

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Administración de Riesgos

Se determinó que el Órgano Interno de Control no contó con una metodología para

identificar y administrar riesgos (probabilidad e impacto), y su correspondiente mapa de

riesgos internos y externos que influyan en la operación del Órgano Interno de Control para

alcanzar sus metas y objetivos, por lo que no identifica, analiza, tolera y responde a los

riesgos que se presentan en su operación.

El Órgano Interno de Control del IECM en el ejercicio de 2018, empleó nueve proyectos de

indicadores generales que desagrega 38 indicadores para medir la eficacia en el

cumplimiento de sus metas y objetivos (mismos que se detallan en el resultado ocho de

este presente informe).

De acuerdo con el Modelo de Evaluación del Control Interno para la Fiscalización Superior

de la Cuenta Pública de la Ciudad de México, en Administración de Riesgos, se obtuvo un

rango de valoración bajo.

Actividades de Control Interno

Del análisis efectuado al Manual de Organización y Funcionamiento del IECM, se identificó

que la estructura organizacional define la responsabilidad, segrega y delega funciones, y

delimita atribuciones entre el personal que autoriza, ejecuta, vigila, evalúa y registra las

acciones, evitando duplicidad de funciones, siendo acorde la estructura con la autorizada

vigente en 2018.

Para el desarrollo de sus actividades el Órgano Interno de Control, operó las plataformas

informáticas Declar@IECM y Declar@IEDF para la presentación de las declaraciones

patrimoniales y de conflicto de interés de los servidores públicos del IECM respectivamente,

y tiene establecido un mecanismo de control de contraseñas de acceso a las plataformas

informáticas utilizadas. Se tuvo conocimiento que en las áreas que integraron al Órgano

Interno de Control, sus titulares son los responsables de la guarda y custodia de la

información documental o electrónica que opera conforme a sus facultades.

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Cabe señalar, que el Órgano Interno de Control elabora un informe trimestral de avance

sobre el cumplimiento de metas y objetivos, y un anual de los resultados de las actividades

realizadas en 2018.

Asimismo, se observó que el titular del Órgano Interno de Control llevó a cabo reuniones de

trabajo para solucionar a las situaciones correspondientes a la operación, así como las derivadas

de la intervención del órgano fiscalizador en el cumplimiento del marco normativo aplicable.

De acuerdo con el Modelo de Evaluación del Control Interno para la Fiscalización Superior

de la Cuenta Pública de la Ciudad de México, Actividades de Control Interno se obtuvo en

un rango de valoración medio.

Información y Comunicación

Con relación a la comunicación, se apreció que ésta se da mediante los canales

establecidos entre el personal del Órgano Interno de Control, ya que las instrucciones se

emiten de manera vertical, en forma impresa o por correo electrónico, respetando las

jerarquías de las áreas respectivas; en caso de situaciones de dudas o problemática,

se genera de manera libre, involucrando a los mandos superiores.

El Órgano Interno de Control tuvo dos plataformas informáticas Declar@IECM y

Declar@IEDF, para apoyar su operación de fiscalización, que incluyen mecanismos de

seguridad (usuario y contraseña) para su acceso.

Se observó que las áreas de auditoría y de quejas y responsabilidades del Órgano Interno

de Control tuvieron información archivada y clasificada, que se encuentra resguardada y

clasificada, en las áreas responsables conforme a sus atribuciones.

Al respecto, de manera trimestral, el Órgano Interno de Control generó informes de avance

relacionados con los resultados de sus actividades, así como un informe anual que

consolida su actuación durante el ejercicio sujeto a revisión, el cual considera los logros

alcanzados en materia de auditoría, quejas y denuncias, servidores públicos sancionados,

actas de entrega-recepción y, participación en comités, entre otros rubros, en el entendido

de que la información emitida es de calidad.

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Con relación al cumplimiento en materia de obligaciones de transparencia, se apreció que el Órgano Interno de Control dio cumplimiento al derecho de acceso a la información pública a la ciudadanía, difundiendo y actualizando de manera electrónica, en el sitio de internet del IECM, en el apartado de transparencia, la información sobre el avance y cumplimiento de sus metas y objetivos, conforme a la normatividad aplicable.

De acuerdo con el Modelo de Evaluación del Control Interno para la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública de la Ciudad de México, en Información y Comunicación se obtuvo un rango de valoración medio.

Supervisión y Mejora Continua

El Órgano Interno de Control celebró reuniones de trabajo con el personal en las que participó el titular del Órgano Interno de Control, para dar seguimiento a las actividades y corregir las deficiencias que se presentaron en el desarrollo de su operación, con la finalidad de fortalecer su trabajo, al no existir un programa de supervisiones.

De acuerdo con el Modelo de Evaluación del Control Interno para la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública de la Ciudad de México, en Supervisión y Mejora Continua se obtuvo un rango de valoración bajo.

De la aplicación de los cuestionarios contenidos en el Modelo de Evaluación del Control Interno para la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública de la Ciudad de México al personal que intervino en la operación de las actividades del Órgano Interno de Control, se obtuvo que su valoración general se ubicó en un rango medio; adicionalmente, como conclusión y resultado de las pruebas de auditoría realizadas, del estudio general y análisis al control interno establecido por el Órgano Interno de Control del IECM, durante el ejercicio de 2018, se identificó que se proporcionó una seguridad razonable sobre la consecución de los objetivos institucionales, la salvaguarda de los recursos públicos, así como para prevenir la corrupción; sin embargo, se requiere atender las áreas de oportunidad que fortalezcan el control interno institucional, en concordancia con la valoración del desarrollo particular de cada uno de los componentes descritos, ya que derivado del análisis efectuado, se advirtió que el Órgano Interno de Control no tuvo una metodología para identificar y administrar los riesgos en sus operaciones, ausencia de capacitación enfocada a las áreas sustantivas (auditoría y responsabilidades) y no documentó sus mecanismos de supervisión y mejora continua.

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En la reunión de confronta, celebrada el 19 de diciembre de 2019, mediante el oficio núm. IECM/CI/229/2019 del 19 de diciembre de 2019, el IECM adjuntó información y documentación adicionales relacionadas con el presente resultado, en relación con la Administración de Riesgos, y refiere que dentro del Manual de Planeación (anexo CD) se cuenta con un apartado denominado Matriz de Riesgos. Sin embargo, señala que el Código de Instituciones y Procedimientos Electorales de la Ciudad de México (incluye copia simple de los artículos 102 y 103) establece que la Contraloría Interna debe contar con independencia respecto al IECM, por lo que no es susceptible de adoptar el sistema (identificación de riesgos) de dicho instituto.

Asimismo, menciona la Contraloría Interna que cualquier procedimiento que se pretenda implementar, distinto al del IECM, se deberá contar con recursos, los cuales en su corresponsabilidad gestionará el Instituto, quedando la Contraloría Interna sujeta a los términos y plazos que establezca el IECM.

Respecto a la Supervisión y Mejora Continua, la Contraloría Interna señala, que en 2018 se realizaron reuniones de trabajo que permitieron desahogar atenciones; pero no adjuntó documentación que avale su pronunciamiento. Además, expresa que todos los oficios emanados de las Jefaturas de Departamento y las Subcontralorías, cuentan con las rúbricas del personal que elaboró, revisó y autorizó; los documentos que se giran de manera interna tienen copia de conocimiento para el titular del área (no adjunta documentación soporte). El sujeto fiscalizado también Indica que de todo lo que se recibe en la Contraloría, se emite un volante de turno rubricado por el titular del Órgano Interno de Control, volante que se genera en el sistema “Sistema de Correspondencia”, que contiene el área a la cual se dirige la documentación, acción a realizar y una instrucción; la Subcontraloría a la que está dirigido el volante, lo recibe con sello, firma, hora y fecha de recepción, lo que permite realizar una supervisión y seguimiento en el desahogo de acciones y actividades a ejecutarse en tiempo y forma (no anexa evidencia).

El IECM puntualiza que la Contraloría Interna realiza una serie de sesiones de trabajo, que permiten una vinculación constante del Contralor con las Subcontralorías y al mismo tiempo, de las Subcontralorías con su personal para la realización de actividades para su oportuno desahogo; para el año 2020; se trabaja en la propuesta de un formato de “minuta de reunión”, el cual permitirá documentar cada una de las reuniones de trabajo, programadas y no programadas (no adjunta soporte documental).

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406 VOLUMEN 13/14

Derivado del análisis efectuado a la información presentada por el sujeto fiscalizado el resultado no se modifica.

Recomendación ASCM-168-18-1-IE

Es conveniente que el Órgano Interno de Control establezca una metodología que le permita identificar, administrar y controlar los riesgos internos y externos que pudieran afectar el cumplimiento de sus metas y objetivos.

Recomendación ASCM-168-18-2-IE

Es conveniente que el Órgano Interno de Control implemente acciones encaminadas a soportar documentalmente las operaciones de mejora continua, derivadas de las supervisiones y reuniones de trabajo realizadas entre su personal.

Competencia

2. Resultado

Competencia Legal del Sujeto Fiscalizado

Para comprobar la competencia legal del Instituto Electoral (IECM), se aplicó el procedimiento estudio general, con la finalidad de verificar el marco normativo para realizar las actividades inherentes en la operación del Órgano Interno de Control, de acuerdo con lo siguiente:

En el artículo 41 fracción V, Aparatado A, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, vigente en 2018, se señala lo siguiente:

“La organización de las elecciones es una función estatal que se realiza a través del Instituto Nacional Electoral y de los organismos públicos locales, en los términos que establece esta Constitución.

”Apartado A. El Instituto Nacional Electoral es un organismo público autónomo dotado de personalidad jurídica y patrimonio propios, en cuya integración participan el Poder Legislativo de la Unión, los partidos políticos nacionales y los ciudadanos, en los términos que ordene la Ley. En el ejercicio de esta función estatal, la certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, máxima publicidad y objetividad serán principios rectores.

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407 VOLUMEN 13/14

”El Instituto Nacional Electoral será autoridad en la materia, independiente en sus

decisiones y funcionamiento, y profesional en su desempeño; contará en su estructura con

órganos de dirección, ejecutivos, técnicos y de vigilancia. El Consejo General será su

órgano superior de dirección y se integrará por un consejero Presidente y diez consejeros

electorales, y concurrirán, con voz pero sin voto, los consejeros del Poder Legislativo, los

representantes de los partidos políticos y un Secretario Ejecutivo; la ley determinará las

reglas para la organización y funcionamiento de los órganos, las relaciones de mando entre

éstos, así como la relación con los organismos públicos locales. Los órganos ejecutivos y

técnicos dispondrán del personal calificado necesario para el ejercicio de sus atribuciones.

Un órgano interno de control tendrá a su cargo, con autonomía técnica y de gestión, la

fiscalización de todos los ingresos y egresos del Instituto. Las disposiciones de la ley

electoral y del Estatuto que con base en ella apruebe el Consejo General, regirán las

relaciones de trabajo con los servidores del organismo público…”

En el capítulo V, artículo 46 de la Constitución Política de la Ciudad de México, “Organismos

Autónomos” apartado A Naturaleza jurídico-política, vigente en 2018, se establece:

“Los organismos autónomos son de carácter especializado e imparcial; tienen personalidad

jurídica y patrimonios propios; cuentan con plena autonomía técnica y de gestión, capacidad

para decidir sobre el ejercicio de su presupuesto y para determinar su organización interna

de conformidad con lo previsto en las leyes correspondientes…”

El apartado B “Disposiciones comunes”, numeral 3, del citado artículo, señala que “los

organismos autónomos contarán con órganos de control interno adscritos al Sistema Local

Anticorrupción y su personal se sujetará al régimen de responsabilidades de las personas

servidoras públicas, en los términos previstos por esta Constitución y las leyes”.

Derivado del estudio a la Constitución Política de la Ciudad de México, vigente en 2018, se

tuvo conocimiento de que en su artículo 50, numeral 4, se establece que “el Instituto

Electoral de la Ciudad de México ejercerá las atribuciones que le confieren la Constitución

Política de los Estados Unidos Mexicanos, esta Constitución y las leyes de la materia”.

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408 VOLUMEN 13/14

El artículo 29 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales vigente en 2018 dispone que “El Instituto es un organismo público autónomo dotado de personalidad jurídica y patrimonio propios, en cuya integración participan el Poder Legislativo de la Unión, los partidos políticos nacionales y los ciudadanos, en los términos que ordene esta Ley. El Instituto contará con los recursos presupuestarios, técnicos, humanos y materiales que requiera para el ejercicio directo de sus facultades y atribuciones”.

Asimismo, el artículo 487, numerales 1, 5 y 6, de la misma ley señala lo siguiente:

“1. El Órgano Interno de Control es un órgano dotado de autonomía técnica y de gestión para decidir sobre su funcionamiento y resoluciones. Tendrá a su cargo prevenir, corregir, investigar y calificar actos u omisiones que pudieran constituir responsabilidades administrativas de servidores públicos del Instituto y de particulares vinculados con faltas graves; para sancionar aquellas distintas a las que son competencia del Tribunal Federal de Justicia Administrativa; revisar el ingreso, egreso, manejo, custodia, aplicación de recursos públicos federales; así como presentar las denuncias por hechos u omisiones que pudieran ser constitutivos de delito ante la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción; tendrá además a su cargo la fiscalización de los ingresos y egresos del Instituto.

”5. El Órgano Interno de Control contará con la estructura orgánica, personal y recursos que apruebe el Consejo General a propuesta de su titular, de conformidad con las reglas previstas en este Capítulo.

”6. En su desempeño, el Órgano Interno de Control se sujetará a los principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, máxima publicidad y objetividad.”

Del análisis al Reglamento Interior del Instituto Electoral de la Ciudad de México, publicado el 16 de agosto de 2017 en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México núm. 134, en el artículo 21 se decreta lo siguiente:

“La persona Titular de la Contraloría Interna, en atención a la autonomía técnica y de gestión de la misma, realizará de manera directa la defensa jurídica de los actos o resoluciones que emita ante las diversas instancias administrativas y jurisdiccionales, en los asuntos relacionados con el ejercicio de sus atribuciones.

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409 VOLUMEN 13/14

”La Contraloría Interna deberá sujetarse a las normas, procedimientos y circulares que

emitan, respectivamente, el Consejo General, la Junta, las Secretarías Ejecutiva y Administrativa,

así como lo establecido en el Estatuto del Servicio y el Reglamento de Relaciones Laborales

y demás normativa aplicable en materia de horarios, días laborales, finanzas, presupuestación,

adquisiciones, servicios generales, formación y capacitación, selección y reclutamiento del

personal administrativo y demás que competan meramente al ámbito administrativo.”

En el artículo 22 del referido reglamento se establecen las atribuciones de la Contraloría

Interna, que son las siguientes:

“I. Expedir copias certificadas de aquellos documentos que obren en los archivos de la

Contraloría Interna;

”II. Expedir recomendaciones derivadas de las auditorías practicadas a las áreas del

Instituto Electoral y en el desahogo y sustanciación de procedimientos administrativos de

responsabilidades emitirá acuerdos, autos y resoluciones que conforme a la legislación

de la materia resulten necesarios;

”III. Realizar los pliegos preventivos y, en su caso, correctivos de responsabilidades a los

Órganos y Unidades;

”IV. Tramitar y resolver los procedimientos administrativos correspondientes a la

presentación de inconformidades e imposición de sanciones a todas aquellas personas que

sean proveedoras, contratistas o licitantes, en materia de adquisiciones, arrendamientos y

servicios, obra pública y servicios relacionados con la misma; así como instruir y resolver

los recursos de revisión o inconformidad que en la materia se interpongan;

”V. Recibir quejas y denuncias por incumplimiento de obligaciones de las y los servidores

públicos, dar seguimiento, investigar y fincar responsabilidades;

”VI. Instar a la Secretaría Ejecutiva o a la Unidad Técnica de Asuntos Jurídicos para que

formulen las denuncias o querellas a que haya lugar, cuando en el ejercicio de sus funciones

se adviertan probables conductas ilícitas;

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”VII. Proponer las acciones que coadyuven a promover la mejora continua administrativa y

las áreas de oportunidad de todas las unidades responsables que conforman el Instituto

Electoral, con objeto de alcanzar la eficiencia administrativa;

”VIII. Proponer, en el ámbito de sus atribuciones, la celebración o actualización de convenios

con otros órdenes de Gobierno, así como con los Poderes Judiciales y Legislativos, Federales

y locales, en materia de registro de sanciones administrativas y llevar a cabo acciones para

promover el intercambio de la información correspondiente, entre otros;

”IX. Participar en los procesos electorales y de participación ciudadana, en el ámbito de sus

atribuciones;

”X. Al concluir los procesos electorales y de participación ciudadana en que haya

participado, ejecutar las acciones conducentes por irregularidades detectadas durante

éstos en materia de responsabilidades administrativas de las y los servidores públicos;

”XI. Proponer a la Junta los anteproyectos de procedimientos, manuales e instructivos que

sean necesarios para el desempeño de sus funciones, así como la estructura administrativa

de su área, en los términos del Código y de la normativa aplicable; y

”XII. Emitir los avisos pertinentes en el ámbito de su competencia.”

Asimismo, se tuvo conocimiento que el Código de Instituciones y Procedimientos

Electorales de la Ciudad de México, publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México

del 7 de junio de 2017, núm.84, tomo II, vigente en 2018, en su artículo 102, fracción I, se

señala lo siguiente: “Para el desempeño de sus atribuciones, los órganos regulados en este

Título, tendrán la naturaleza jurídica siguiente:

“I. La Contraloría Interna del Instituto Electoral contará con independencia respecto al

Instituto Electoral, por lo que estará adscrita al Sistema Local Anticorrupción. Por independencia

deberá entenderse la libertad plena de la Contraloría Interna, para establecer la forma y

modalidades de su organización interna, lo que significa que dicho órgano puede

administrarse por sí mismo.”

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411 VOLUMEN 13/14

En el artículo 103, primer párrafo, del referido Código se señala: “La Contraloría Interna

para el desempeño de sus atribuciones, contará con independencia y su titularidad será

ocupada de manera rotativa en los términos y condiciones que para el efecto se establezcan

en la Ley del Sistema Local Anticorrupción. La Contraloría Interna que tiene a su cargo

fiscalizar el manejo, custodia y empleo de los recursos del Instituto Electoral, e instruir los

procedimientos administrativos y, en su caso, determinar las sanciones establecidas en la

Ley de Responsabilidad Administrativa de la Ciudad de México”.

Por lo anterior, se comprobó que el Instituto Electoral tuvo con el marco jurídico normativo

y la competencia legal suficiente para desempeñar las funciones y tareas inherentes a la

operación del Órgano Interno de Control durante el ejercicio en revisión.

3. Resultado

Competencia Profesional de los Servidores Públicos

Con el propósito de comprobar la competencia profesional de los servidores públicos del

Órgano Interno de Control, se aplicaron los procedimientos estudio general y análisis,

donde se revisó la integración de expedientes del personal adscrito al Órgano Interno de

Control (que cuenten con el nivel académico y experiencia profesional), para lo cual se

examinaron los siguientes documentos:

En el segundo párrafo del artículo 103 del Código de Instituciones y Procedimientos

Electorales de la Ciudad de México vigente en 2018 se señala lo siguiente: “Para el logro

de sus objetivos, la estructura orgánica mínima de la Contraloría Interna, se integrará por

cuatro subcontralorías una por cada área especializada y que sea necesaria para el

desarrollo de sus funciones sin perjuicio de las que se señalen en el Reglamento Interior

del Instituto Electoral”.

Con finalidad de conocer los requisitos que debe cubrir el personal para ocupar una plaza

en el Órgano Interno de Control, mediante el oficio núm. AE-A/19/730 del 10 de octubre

de 2019, se solicitaron los perfiles de puesto autorizados del personal de estructura que

opera en el Órgano Interno de Control.

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412 VOLUMEN 13/14

En respuesta mediante el oficio núm. IECM/176/2019 del 16 de octubre de 2019, el sujeto

fiscalizado remitió los perfiles de puesto vigentes, los cuales se encuentran en el acuerdo

núm. IECM-JA053-18 del 30 de abril de 2018, denominado “Acuerdo de la Junta Administrativa

por el que se aprueba la Propuesta de Modificaciones al Manual de Organización y

Funcionamiento, así como al Catálogo de Cargos y Puestos del Instituto Electoral de la

Ciudad de México relativos a la Contraloría Interna”; así como los “Lineamientos del

Concurso Público para ocupar las plazas en cargos y puestos del Servicio Profesional

Electoral Nacional del Sistema de los Organismos Públicos Locales Electorales”, aprobados

el 15 de junio de 2017 y el acuerdo núm. IECM-JA044-18 del 24 de abril de 2018,

denominado: “Acuerdo de la Junta Administrativa por el que se aprueba remitir al Máximo

Órgano de Dirección el Anteproyecto de Acuerdo del Consejo General del Instituto Electoral

de la Ciudad de México; por el que se aprueban modificaciones a la estructura orgánica-

funcional de la Contraloría Interna del propio Instituto”.

De la revisión a los Lineamientos del Concurso Público para ocupar las plazas en cargos y

puestos del Servicio Profesional Electoral Nacional del Sistema de los Organismos Públicos

Locales Electorales, se observó que su artículo 10 establece que toda persona aspirante

deberá cumplir 12 requisitos, entre los principales se encuentran:

“III. No ser militante de algún partido político;

”IV. No haber sido registrada por un partido político a cargo alguno de elección popular

en los últimos tres años anteriores, […]

”VIII. Acreditar el nivel de educación media superior…”

Asimismo, el artículo 49 de dicho lineamiento prevé los documentos que deberán presentar

las o los aspirantes, entre los que se encuentra:

“IV. Currículum Vítae actualizado, con firma autógrafa del aspirante;

”V. Original y copia del título o cédula profesional; […]

“VIII. Carta firmada bajo protesta de decir verdad, en donde se señale que la información

proporcionada y los documentos presentados son auténticos.”

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Asimismo, en la revisión de la estructura orgánica-funcional y al Catálogo de Cargos y

Puesto, se observó que los servidores públicos deberán contar con los siguientes requisitos:

Puesto Escolaridad requerida Experiencia

1 Contralor Licenciatura (título y Cédula)

5 años

2 Asesor "A" Licenciatura (título) 2 años 1 Coordinador (a) de Gestión Administrativa

Licenciatura (título) 1 año

1 Secretaria ejecutiva Carrera Comercial, Técnica o Bachillerato

1 año

2 Secretarias de Unidad Carrera Comercial, Técnica o Bachillerato

1 año

1 Auxiliar de Servicios Secundaria (certificado) 1 año 1 Chofer Secundaria (certificado) 1 año 4 Subcontralores de Responsabilidades e inconformidades,

de Auditoría, Control y Evaluación, de Atención Ciudadana y Normatividad de Vinculación con Procesos Electorales y Participativos);

Licenciatura (título) 2 años

5 Subdirecciones de Procedimientos Jurídicos y Administrativos, de Auditoría, de Investigación de Presuntas Responsabilidades, de Procedimientos Jurídicos y Administrativos de Procesos Electorales y Participativos,

Licenciatura (título) 1 año

12 Jefaturas de Unidad 1) Registro, seguimiento de Evolución Patrimonial y Conflicto de Intereses

2) Substanciación y Resolución de Presuntas Responsabilidades Administrativas

3) Contencioso 4) Actas Entrega Recepción 5) Mejora de Procesos y Evaluación 6) Seguimiento Auditorías y Procedimientos

Administrativos

Licenciatura (100.0% créditos )

1 año

12 Analistas 7) Para el Seguimiento de Responsabilidades Administrativas

8) Investigación de quejas y denuncias 9) Atención a Comités 10) Normatividad 11) Apoyo a procesos electorales y participativos 12) de normativa y consultiva a procesos electorales

y participativos

Licenciatura (75.0% créditos )

1 año

Con la finalidad de constatar la competencia profesional del personal que operó al Órgano

Interno de Control, de conformidad con los lineamientos y acuerdos referidos (nivel

académico y experiencia laboral), se determinó revisar 42 expedientes (100.0%), todos

correspondientes al personal de estructura. De la revisión a los expedientes, se pudo

verificar que el 100.0% del personal cumple la escolaridad y experiencia requeridas, de

acuerdo con lo establecido en el Catálogo de Cargos y Puestos.

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Adicionalmente, se realizó la validación de las cédulas profesionales en el Registro Nacional de

Profesionistas, en la página web https://www.cedulaprofesional.sep.gob.mx/cedula/presidencia

y se constató que el personal obligado a cumplir este requisito se encuentra registrado.

En cumplimiento de lo previsto en los lineamientos normativos para la contratación

del personal y derivado de la revisión a los expedientes, se comprobó que tuvieron el

nombramiento correspondiente, currículum vítae actualizado con firma autógrafa del

aspirante; copia del título profesional, cédula o documento que acredita su grado máximo

de estudios, carta con firma autógrafa, donde declara bajo protesta de decir verdad no

pertenecer a un partido político, no haber ocupado un cargo de elección popular en los

últimos tres años y, carta firmada, bajo protesta de decir verdad, de que la documentación

presentada es auténtica.

Por lo anterior se concluye que el personal que ocupó los puestos del Órgano Interno de

Control cumple lo previsto en los Lineamientos del Concurso Público para ocupar las plazas

en cargo y puestos del Servicio Profesional Electoral Nacional del Sistema de los

Organismos Públicos Locales Electorales ya que se comprobó que 29 plazas ingresaron

por concurso y 12 fueron de libre designación, a cargo del titular y, en el acuerdo núm.

IECM-JA053-18, referente al Catálogo de Cargos y Puestos. Asimismo se cumplió la

estructura orgánica-funcional que establece el artículo 103 del Código de Instituciones y

Procedimientos Electorales de la Ciudad de México Vigente en 2018.

4. Resultado

Capacitación

En el presente resultado, se aplicaron los procedimientos estudio general y análisis, con

objeto de revisar la detección de necesidades de capacitación para la integración del Programa

Anual de Capacitación 2018, así como la relación de eventos de capacitación en los que

participaron los servidores públicos vinculados con la operación del Órgano Interno de Control.

Con la finalidad de conocer la capacitación programada para el personal del Órgano Interno de

Control, mediante el oficio núm. AE-A/19/730 del 10 de octubre de 2019, se solicitó la Detección

de Necesidades de Capacitación para integrar el Programa Anual de Capacitación 2018.

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En respuesta, el sujeto fiscalizado remitió el oficio núm. IECM/176/2019 del 16 de octubre de 2019, anexando el acuerdo núm. IECM-JA032-18 del 15 marzo de 2018, emitido por la Junta Administrativa, denominado “Acuerdo por el que se aprueba la Trama Curricular para la Capacitación del Personal de la Rama Administrativa”, en el que se define el Modelo Pedagógico como el conjunto de directrices teórico-metodológicas que orientan el rumbo de las propuestas formativas materializadas en cursos, talleres, seminarios o prácticas comprendidas en la capacitación y se menciona que la trama curricular estará constituida por un nivel inicial, uno especializado y un ciclo lateral.

La titular de la Unidad Técnica del Centro de Formación y Desarrollo remitió a la Junta Administrativa para su aprobación mediante el acuerdo núm. IECM-JA-103-18 del 14 de septiembre de 2018, el “Acuerdo por el que se aprueba la oferta de capacitación para el personal de la Rama Administrativa 2018”, donde se autorizaron los siguientes cursos y modalidades:

Oferta educativa Nivel Modalidad Número de participantes

Período Mujeres Hombres Total

Aliados por la Igualdad

Inicial

Virtual

26 46 72

Del 1o. al 26 de octubre Cultura democrática y participación ciudadana: retos y debilidades 37 54 91

Sistema Electoral: Antecedentes y realidades 22 37 59

Trabajo en equipo Presencial 12 25 37 Grupo 1 Del 22 al 26 de octubre. Grupo 2 del 5 al 9 de noviembre.

¿Y qué tiene de particular la Constitución de la Ciudad de México?

Lateral Virtual 16 33 49 Del 1o. al 26 de octubre.

El Archivo Histórico: testimonio de las acciones del Instituto Electoral al alcance de todos

Especializado Mixto 21 43 64 Del 1o. al 26 de octubre.

Total 134 238 372

Para comprobar que la capacitación otorgada a los servidores públicos se haya realizado conforme a lo planeado, el sujeto fiscalizado proporcionó el acuerdo núm. IECM-JA137-18 del 30 de noviembre de 2018, mediante el cual “se aprueban las calificaciones correspondientes al Programa de Capacitación del personal de la Rama”. Sobre el particular, mediante un muestreo dirigido o intencional, se planeó revisar tres cursos del total de seis considerados

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en el Programa Anual de Capacitación, lo que representa el 50.0% del universo, y se observó que nueve personas adscritas al Órgano Interno de Control asistieron a los siguientes cursos:

Oferta educativa Nivel Modalidad Número de participantes

Período Mujeres Hombres Total

Sistema Electoral: Antecedentes y realidades Inicial Virtual 0 1 1 Del 1o. al 26 de octubre

¿Y qué tiene de particular la Constitución de la Ciudad de México? Lateral Virtual 2 1 3 Del 1o.

al 26 de octubre El Archivo Histórico: testimonio de las acciones del Instituto Electoral al alcance de todos Especializado Virtual 4 1 5 Del 1o.

al 26 de octubre Total 6 3 9

De la revisión a la documentación, se observó que todos los cursos fueron en línea, que se expidieron las constancias de acreditación emitidas por el Centro de Formación aprobadas por la Dirección de Capacitación y Evaluación; sin embargo, se identificó que los cursos recibidos son de carácter general; es decir, no son cursos específicos que contribuyan al desempeño de sus funciones, por lo cual el Órgano Interno de Control proporcionó los “Lineamientos que regulan la operación y funcionamiento de la Capacitación para el personal de la Rama Administrativa”, mediante el acuerdo núm. IECM-JA035-17 de fecha 31 de agosto de 2017, en el Capítulo séptimo, relativo a “Disposiciones complementarias”, el cual establece en el artículo 61 lo siguiente:

“Quedarán excluidos de la Capacitación el personal adscrito a las oficinas de los Consejeros Electorales, Titular y personal de la Contraloría, Titulares de la Secretaría Administrativa y Ejecutiva, Directores Ejecutivos y Titulares de Unidades Técnicas; no obstante, pueden ser sujetos de la capacitación a petición por parte de cada uno de ellos.”

En conclusión, se observó que el IECM cuenta con una Unidad Técnica del Centro de Formación y Desarrollo, que detecta las necesidades de capacitación mediante una “Trama Curricular para la Capacitación del Personal de la Rama Administrativa”, la cual sirve de base para elaborar su Programa Anual de Capacitación, aprobado por la Junta Administrativa. Asimismo, en 2018, se planeó realizar seis cursos, donde se tuvo conocimiento de que nueve personas participaron en tres cursos por petición del Órgano Interno de Control, por lo que se determina que el sujeto fiscalizado tuvo capacitación genérica proporcionada por IECM; sin embargo, el Órgano Interno de Control careció de una capacitación enfocada a sus áreas sustantivas.

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En la reunión de confronta, celebrada el 19 de diciembre de 2019, mediante el oficio núm. IECM/CI/229/2019 del 19 de diciembre de 2019, el IECM proporcionó información adicional relacionada con la atención y capacitación, la cual incluyó en el Programa Operativo Anual 2020, la solicitud de recursos para capacitación específica en el Órgano Interno de Control, por lo que seguirá el proceso que marca el Centro de Formación y Desarrollo del Instituto, en realizar un Diagnóstico de Necesidades de Capacitación para la Contraloría; sin embargo, son acciones a ejecutarse en 2020 y no se anexa evidencia, por lo que este resultado no se modifica.

Recomendación ASCM-168-18-3-IE

Es conveniente que el Instituto Electoral de la Ciudad de México en coordinación con la Unidad Técnica del Centro de Formación y Desarrollo incluya en su Programa Anual de Capacitación, cursos de capacitación en temas relacionados con las actividades que desempeña el Órgano Interno de Control.

Eficacia

5. Resultado

Programación de la Meta Física

Con el propósito de comprobar la programación de la meta física, se aplicaron los procedimientos estudio general y análisis, de acuerdo con lo siguiente:

Derivado del estudio general y análisis efectuado, se tuvo conocimiento de que el Órgano Interno de Control, por su propia naturaleza y por las actividades que desarrolla, está sujeto a las solicitudes de las diferentes áreas que conforman el IECM, motivo por el cual no está en condiciones de programar metas de todas las acciones que desarrolla, únicamente programó las auditorías a realizar mediante el Programa Interno de Auditoría (PIA).

Con la finalidad de conocer cómo se realizó la Programación de la Meta Física en las auditorías, mediante el oficio núm. AE-A/19/730 del 10 de octubre de 2019, se solicitó al sujeto fiscalizado la explicación de los criterios, bases, políticas o elementos para su selección, así como su Programa Interno de Auditoría (PIA) 2018. En respuesta, el sujeto fiscalizado remitió el oficio núm. IECM/176/2019 del 16 de octubre de 2019 e informó que

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los criterios contenido en el procedimiento para realizar Auditorías Internas y Seguimiento que emplea para su programación son los siguientes: análisis de las quejas y denuncias que son presentadas ante la Contraloría; por interés de las áreas del instituto que soliciten alguna revisión y, por la práctica adquirida, derivada de auditorías anteriores. Asimismo, anexó el “Acuerdo del Consejo General del Instituto Electoral de la Ciudad de México, por el que se aprueba el Programa Interno de Auditoría 2018, que presenta la Contraloría General ahora Contraloría Interna del IECM”, mediante el acuerdo núm. IECM/ACU-CG-048/2017, que en el ámbito de las atribuciones del Órgano Interno de Control, cuenta con autonomía técnica y de gestión, además de independencia respecto al IECM también mencionó que estará adscrita al Sistema Local Anticorrupción y es el Órgano de Control Interno tiene a su cargo fiscalizar el manejo, custodia y empleo de los recursos del IECM, y entre sus atribuciones están la de elaborar y remitir el Programa Interno de Auditoría a la Junta Administrativa, a más tardar en la primera quincena de septiembre del año anterior al que se vaya a aplicar, por lo cual se determinó realizar las siguientes auditorías:

Número de auditoría Tipo Área o rubro

a evaluar Justificación Objetivo de la revisión Período

de ejecución Inicio Término

01/18 Especial Medidas de Seguridad a los Sistemas de Datos Personales.

Identificar las medidas de seguridad implementadas para la protección de los sistemas de datos personales dan cumplimiento a lo establecido en la Ley de Protección de Datos Personales, de sus lineamientos y sus demás procedimientos vigentes en materia de seguridad de datos al menos cada dos años.

Verificar que las áreas del IECM, obligadas a implementar medidas de seguridad de datos personales con nivel de seguridad medio y alto, hayan dado cumplimiento a la Ley de Datos Personales y sus lineamientos.

Enero 2018

Marzo 2018

Alcance: Sistema de Datos Personales nivel medio y alto de seguridad en resguardo del IECM.

02/18 Especial Procesos de Transparencia y Rendición de Cuentas durante el ejercicio de 2017.

El 6 de mayo de 2016 se modificó la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México: la ejecución de esta auditoría es garantizar el disfrute del Derecho de Acceso a la Información Pública consagrada en el artículo sexto de la Constitución.

Garantizar el acceso a la información pública del IECM, comprobada su disponibilidad y que los responsables de administrarla lo realicen conforme a los mecanismos y procedimientos establecidos en la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México.

Marzo 2018

Abril 2018

Alcance: Muestreo documentación y trámite de las publicaciones realizadas en el Portal de Transparencia del IECM en el ejercicio 2017.

03/18 Financiera Fondo Revolvente Ejercicio de 2017.

Verificar y sustentar la transparencia, eficacia, eficiencia y honestidad en la aplicación de los recursos devengados en el Fondo Revolvente.

Comprobar el cumplimiento de la normatividad y la adecuada administración del fondo revolvente.

Abril 2018

Julio 2018

Alcance: Muestro selectivo del ejercicio del Fondo Revolvente sobre la correcta comprobación para verificar su apego a la normatividad aplicable; comprobar la rotación de los fondos y la suficiencia de los recursos.

Continúa…

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419 VOLUMEN 13/14

… Continuación

Número de auditoría Tipo Área o rubro

a evaluar Justificación Objetivo de la revisión Período

de ejecución Inicio Inicio

04/18 Especial Actualización de Procedimientos del IECM

Los procedimientos se definen como el conjunto de acciones interrelacionadas e interdependientes que conforman la función de administración e involucra diferentes actividades tendientes a la consecución de un fin a través del uso óptimo de recursos humanos, materiales, financieros y tecnológicos; por ello es importante validar su actualización en apego al artículo Décimo Tercero transitorio del Código de Instituciones Procedimientos electorales de la Ciudad de México, respecto a la entrada en vigor, que establece que las autoridades electorales contarán con un plazo de 60 días naturales para adecuar y aprobar toda la normatividad interna. Su estructura orgánica y funcional con base en las atribuciones y responsabilidades previstas en él.

Verificar la actualización de los procedimientos para dar cumplimiento a lo establecido en el Código de Instituciones y Procedimientos Electorales de la Ciudad de México. Considerando las adecuaciones la normatividad interna, estructura orgánica y funcionalidad.

Julio 2018

Sep. 2018

Alcance: Verificar la totalidad de los procedimientos publicados en la página del IECM.

05/18 Integral Adquisición de irreductibles del ejercicio 2017.

Los procesos de contratación que se celebran deben ser transparentes y de conocimiento general para todas las personas de la comunidad. Independientemente de la clase de contratación que se lleve a cabo, se deben ejecutar los contratos de la mejor forma. Lo cual genera beneficios para el IECM y la sociedad. Por la premura de tiempo para realizar la adquisición de irreductibles: se considera necesario evaluar los procesos adquisición y la utilización de los recursos financieros asignados a una o varias Unidades Responsables y que el manejo y custodia de los recursos materiales, financieros hayan sido los adecuados.

Verificar los procesos de adquisición de irreductibles; el ejercicio del presupuesto; y el manejo y custodia de los recursos materiales y financieros hayan sido ejercidos conforme a la normatividad vigente.

Sep. 2018

Dic. 2018

Alcance: Muestra por importancia relativa sobre montos en adquisiciones de irreductibles.

En el análisis de la información, se comprobó que sólo un área, la Subcontraloría de

Auditoría, Control y Evaluación, realizó la programación de sus auditorías mediante su PIA,

las otras tres Subcontralorías (Responsabilidades, Atención Ciudadana y Normatividad y

Vinculación a Procesos Electorales y Participativos) están sujetas a las solicitudes de las

diferentes áreas que conforman el IECM.

Por lo anterior, se concluye que el sujeto fiscalizado aplicó criterios de programación, los

cuales se encuentran contenidos en el “Procedimiento para realizar auditorías Internas

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y Seguimiento”; en su apartado “Política de operación”, que consistieron en análisis de las

quejas y denuncias que son presentadas ante la Contraloría; por interés de las áreas del

instituto que soliciten alguna revisión y, por la práctica adquirida, derivada de auditorías

anteriores, siendo lo más recurrente la práctica adquirida, lo que se refleja en el Programa

Interno de Auditoría, comprobando que éste se programó en la primera quincena de septiembre,

cumpliendo lo previsto en el artículo 105 del Código de Instituciones y Procedimientos

Electorales de la Ciudad de México, vigente en 2018.

6. Resultado

Cumplimiento de la Meta Física

Con el propósito de comprobar el cumplimiento de la meta física, se aplicaron los procedimientos

estudio general y análisis, de acuerdo con lo siguiente:

Para verificar que el sujeto fiscalizado haya dado cumplimiento a la meta física, mediante

el oficio núm. AE-A/19/730 del 10 de octubre de 2019, se solicitó al sujeto fiscalizado

proporcionará el Informe Anual de Actividades 2018. En respuesta, el sujeto fiscalizado remitió el

oficio núm. IECM/176/2019 del 16 de octubre de 2019, en el cual se observó que el Órgano

Interno de Control lo envió al Secretario Ejecutivo del IECM el 21 de enero de 2019, en el cual

reportó la siguiente información:

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Informe Anual de Actividades

Área Actividades Cantidad

Contraloría Asistencia a sesiones 277 Subcontraloría de Responsabilidades Campaña de difusión no recepción de obsequios 1

Atención UTCFD 2 Campaña de difusión declaración "carteles" 2 Sanciones administrativas 3 Medios de impugnación

Procedimientos de responsabilidad Administrativa 19 Transparencia y acceso a la información 20 Constancia por presunto incumplimiento 22 Atención a UTAJ 25 Atención a la Secretaria ejecutiva 41 Actas de entrega-recepción 143 Situación Patrimonial 5,221

Subcontraloría de Auditoría, Control y Evaluación

Seguimiento 2017 18 Auditorías del Programa Interno 2018 5 Seguimiento 2018 38 Auditorías especial 01E Y 02E 2 Seguimiento recomendaciones ASCM 13 Dictamen técnico 2

Subcontraloría de Atención Ciudadana y Normatividad

Asistencia y asesoría a comités 121 Investigación de presuntas responsabilidades 20 Seguimiento a presuntas responsabilidades 19

Subcontraloría de Vinculación a Procesos Electorales y Participativos

Acompañamiento en proceso electoral 6 Convocatoria para contratación de personal eventual 2 Convocatoria para la designación de Consejeros Distritales 1

Derivado del análisis al Informe Anual de Actividades 2018, se observó que se alcanzó una

meta física de siete auditorías, en las que reflejó un incremento del 40% con relación

a la meta original de cinco auditorías programada en el PIA, y se comprobó que hay dos

auditorías especiales, se identificó que el motivo de la auditoría núm.CG-01E/18 fue “porqué

presentaron constantes y diversas inconformidades, así como aparentes inconsistencias en

la erogación del pago de aguinaldo del ejercicio 2017” y la auditoría núm. CG-02E/18 fue

debido a que “el IE instruyó para que se lleve a cabo una revisión específica de las

desviaciones presentadas al proceso establecido para las Convocatorias (de los concursos

por oposición abiertos para seleccionar personal eventual para el Proceso Electoral

ordinario 2017-2018 y para la Consulta Ciudadana sobre Presupuesto Participativo 2019),

en lo que respecta a determinar, en su caso, presuntas faltas administrativas”.

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422 VOLUMEN 13/14

Asimismo, se analizaron los reportes internos que realizó el Órgano Interno de Control en

los cuales se observó que se lleva un control mediante paquetería office (Excel), un folio

consecutivo, el tipo de documento, la fecha, nombre y puesto del destinatario y el responsable

a quien será turnado y se identificó que las actividades que realizó el Órgano Interno de

Control están sujetas a las solicitudes de las diferentes áreas que conforman el IECM.

Por lo anterior, se concluye que en cumplimiento de metas, el Órgano Interno de Control

realizó siete auditorías; es decir, un incrementó el 40% con relación a la meta original de

cinco auditorías, asimismo se constató que el Órgano Interno de Control, por su propia

naturaleza y por las actividades que desarrolla, está sujeto a las solicitudes de las diferentes

áreas que conforman el IECM, motivo por el cual no está en condiciones de programar

metas de todas la acciones que desarrolla.

7. Resultado

Cumplimiento del Objetivo

Para comprobar el cumplimiento de la misión y objetivo, se aplicaron los procedimientos

estudio general y análisis, como se explica a continuación:

Con el propósito de conocer la misión y objetivo del Órgano Interno de Control, se solicitó

la documentación correspondiente mediante el oficio núm. AE-A/19/730 del 10 de octubre

de 2019.

En respuesta, el sujeto fiscalizado informó, con oficio el núm. IECM/CI/176/2019 del

16 de octubre de 2018, lo siguiente:

Objetivo: “Fiscalizar el manejo, custodia y empleo de los recursos e instruir los

procedimientos administrativos para, en su caso, determinar las sanciones establecidas en

la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos (LFRSP) o la Ley

de Responsabilidades Administrativas de la Ciudad de México (LRACDMX), según sea el

caso, vigilando el estricto cumplimiento de la normatividad aplicable en todas las

adquisiciones y servicios que contrata el IECM, sugiriendo el fortalecimiento y mejora

de los mecanismos de control internos establecidos”.

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Misión: “El ejercicio de la función pública debe estar ligado a valores de honestidad,

legalidad, transparencia, equidad, imparcialidad, justicia, independencia, respeto y a la

rendición de cuentas; todos estos al servicio de una administración eficaz y eficiente, capaz

de generar confianza entre las (os) ciudadanas (os)”.

Adicionalmente, a fin de comprobar el cumplimiento de la misión y objetivo, se solicitó el

Informe Anual de Actividades del Ejercicio 2018 de la Contraloría Interna. Al respecto se

observó lo siguiente:

Área Actividades Cantidad

Contraloría Asistencia a sesiones 277 Subcontraloría de Responsabilidades Sanciones administrativas 3

Medios de impugnación 5 Procedimientos de responsabilidad administrativa 19 Transparencia y acceso a la información 20 Actas de entrega-recepción 143 Situación patrimonial 5,221

Subcontraloría de Auditoría, Control y Evaluación

Auditorías del Programa Interno 2018 5 Seguimiento 2018 38 Auditorías especial 01E y 02E 2 Dictamen técnico 2

Subcontraloría de Atención Ciudadana y Normatividad

Asistencia y asesoría a comités 121 Investigación de presuntas responsabilidades 20 Seguimiento a presuntas responsabilidades 19

Subcontraloría de Vinculación a Procesos Electorales y Participativos

Acompañamiento en proceso electoral 6

Se identificó que sólo la Subcontraloría de Auditoría, Control y Evaluación realizó la

programación de sus auditorías mediante su PIA, las otras tres Subcontralorías

(Responsabilidades, Atención Ciudadana y Normatividad y Vinculación a Procesos

Electorales y Participativos) y la Contraloría, están sujetos a las solicitudes de las diferentes

áreas que conforman el IECM.

Para verificar la existencia de los expedientes de las actividades que realizó el Órgano

Interno de Control, se utilizó la técnica de muestreo dirigido o intencional, que consiste en

seleccionar las unidades elementales de la población, en la que se determinó revisar

un universo de siete auditorías, un expediente (CG-02/18 Auditoría Especial “Procesos de

Transparencia y Rendición de Cuentas del ejercicio 2017”); de un universo de 143 actas,

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entrega-recepción se revisaron 15; de un universo de dos expedientes de Dictamen Técnico,

se revisó uno, y de un universo de 19 carpetas de responsabilidades administrativas, se

revisaron cinco.

De la revisión al expediente de auditoría, se observó que se encuentra integrado por índice,

informe, carta de planeación, cédula de alcance de la auditoría, cronograma, oficios de

inicio de auditoría, acta de inicio de la auditoría, oficios de solicitud de información,

cuestionarios, notificación de la confronta, acta de confronta, cédula de observaciones y

normatividad; toda la documentación en original y debidamente foliada.

Con relación a las actas entrega-recepción, se observó que se cuenta con acta, oficio de

solicitud de la parte interesa, así como copias de las identificaciones de los servidores

responsables que intervinieron.

El expediente de dictamen técnico se integró por oficio de notificación del Subcontralor de

Auditoría al Contralor, anexando el dictamen técnico que detalla los antecedentes, objetivo,

fundamento jurídico, alcance, planteamiento, metodología del dictamen, resultados y la

conclusión técnica.

Las carpetas de Investigación de presuntas responsabilidades se integraron por actas

de notificación al servidor público, integradas una vez que están concluidas las diligencias de

investigación, las autoridades investigadoras procederán al análisis de los hechos, así como

de la información recabada, a efecto de determinar la existencia o inexistencia de actos u

omisiones que la ley señale como falta administrativa y, en su caso, calificarla como grave

o no grave. Tratándose de los resultados de las verificaciones, revisiones, investigaciones

y auditorías efectuadas por la autoridad competente, podrá, desestimarlo pertinente,

realizar investigaciones adicionales. Una vez calificada la conducta, se incluirá en el informe

de Presuntas Responsabilidad Administrativa y este se presentará ante la autoridad

substanciadora (Subcontraloría de Responsabilidades e Inconformidades) a efecto de

iniciar el procedimiento de responsabilidad administrativa. Ello, de conformidad con la Ley

de Responsabilidades Administrativas de la Ciudad De México.

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Conforme a lo descrito se concluye que el Órgano Interno de Control cumplió la misión y

objetivo planteados, ya que se verificó que realizó las acciones para fiscalizar el manejo,

custodia y empleo de los recursos a cargo del IECM por medio de la Subcontraloría de

Auditoría, Control y Evaluación, y que la Subcontraloría de Responsabilidades aplicó

sanciones administrativas de acuerdo con la Ley Federal de Responsabilidades de los

Servidores Públicos y la Ley de Responsabilidades Administrativas de la Ciudad de México,

por lo que se determina que las actividades que realizó el Órgano Interno de Control,

otorgan legalidad, transparencia, equidad, imparcialidad, justicia, independencia, y

rendición de cuentas, de acuerdo con lo establecido en las normatividad vigente.

8. Resultado

Mecanismos de Medición y Evaluación

Para comprobar los mecanismos de medición y evaluación, se aplicaron los procedimientos

estudio general, recálculo y análisis, y se revisó lo siguiente:

El artículo 54, segundo párrafo, de la Ley General de Contabilidad Gubernamental,

publicada en el Diario Oficial de la Federación del 31 de diciembre de 2008 señala que las

entidades federativas, los municipios y el Distrito Federal “deberán utilizar indicadores que

permitan determinar el cumplimiento de las metas y objetivos de cada uno de los

programas, así como vincular los mismos con la planeación del desarrollo”.

Mediante el oficio núm. AE-A/19/360 del 10 de junio de 2019, se solicitó al IECM que

proporcionara los indicadores de gestión correspondientes a los mecanismos de medición

y evaluación aplicados durante 2018. En respuesta el Órgano Interno de Control remitió el

oficio núm. IECM/176/2019 del 16 de octubre de 2019, donde informó que se emplearon

nueve proyectos específicos, que son los siguientes:

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Indicadores Generales

Número de proyecto Responsable operativo Denominación de la actividad institucional

3265 Contraloría Interna Coordinación vigilancia y evaluación de las actividades y acciones inherentes a la Contraloría Interna.

3270 Contraloría Interna Fortalecimiento y operación de la Atención Ciudadana y la Asesoría Legal Preventiva. 3276 Contraloría Interna Establecer la puesta en marcha del Sistema Nacional de Anticorrupción en el Instituto

Electoral de la Ciudad de México, para su implementación. 3278 Contraloría Interna Coordinación de los apoyos solicitados a la Contraloría Interna en el marco del

Proceso Electoral Ordinario 2017-2018. 3281 Subcontraloría

de Auditoría, Control y Evaluación

Coordinación, supervisión y ejecución del Programa Interno de Auditoría (PIA) 2018, así como de las actividades inherentes a la Subcontraloría de Auditoría, Control y Evaluación.

3283 Subcontraloría de Responsabilidades

e Inconformidades

Aplicación y seguimiento de las actividades de la Subcontraloría de Responsabilidades e Inconformidades, para asegurar el desarrollo de las funciones inherentes al área.

3284 Subcontraloría de Atención Ciudadana

y Normatividad

Asesoría de procedimientos administrativos e investigación de quejas y denuncias.

3285 Subcontraloría de Vinculación

con Procesos Electorales y Participativos

Asesorar a los servidores públicos y áreas del Instituto Electoral de la Ciudad de México en materia de responsabilidades de los servidores públicos, para la adecuada prestación del servicio público.

3286 Subcontraloría de Vinculación

con Procesos Electorales y Participativos

Asistencia a procesos de Participación Ciudadana.

Asimismo, se observó que se dispuso de 38 indicadores, Y con objeto de conocer qué tipo

de indicadores se utilizaron, mediante la técnica de muestreo dirigido o intencional, que

consiste en seleccionar las unidades elementales de la población; se determinó revisar

12 indicadores (32.0%), como se muestra a continuación:

Nombre del indicador Programado Realizado Alcanzado

Eficacia en la intervención en los actos de entrega-recepción de los servidores públicos del IECM, en términos de la normatividad aplicable 1 1 100 Eficacia en la instauración, sustanciación y resolución del procedimiento administrativo disciplinario a los servidores públicos del IECM y en sus caso la imposición de sanciones de conformidad con la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos 1 1 100 Eficacia en el conocimiento sustanciación y resolución del recurso de renovación interpuesto por los servidores públicos del IECM, en contra de las resoluciones emitidas por la contraloría en materia de responsabilidades 1 1 100 Eficacia en conocimiento, sustanciación y resolución del recurso de inconformidad en materia de adquisidores arrendamientos, prestaciones de servicios y obra publica 1 1 100 Eficacia en la defensa jurídica de las resoluciones que emita la contraloría ante las diversas instancias jurisdiccionales competentes 1 1 100 Eficacia en la recepción de la declaración patrimonial y en el seguimiento a la evolución de situación patrimonial en términos de la normatividad aplicable 1 1 100 Eficacia en la elaboración de informes 1 1 100 Eficacia en la aprobación del Programa de Auditoría (PIA) 2018 1 1 100 Eficacia en la emisión de acuerdos de órdenes de inicio para la atención de quejas, denuncias, atenciones directas, solicitudes y seguimiento de irregularidad 1 1 100 Eficacia en la emisión de acuerdos para el inicio de los procedimientos disciplinarios 1 1 100 Eficacia de la emisión de oficios para la intervención del acto de entrega-recepción 1 1 100 Eficacia en la vigilancia de la recepción de las declaraciones de situación patrimonial y en la revisión de la evolución patrimonial 1 1 100

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De acuerdo con el análisis de la información presentada, se identificó que para el registro

de los indicadores se emplea el Sistema Informático Integral Administrado (SIIAD), el cual

reporta de manera mensual las acciones que se realizan, miden el cumplimiento de cada

una de las áreas que integran el Órgano Interno de Control, y constató el cumplimiento de

la meta acumulada al 100.0%. Asimismo, se comprobó que fueron publicados en el portal

de transparencia del IECM (http://www.iecm.mx/normatividad-y-transparencia/transparencia/

articulo-121%20/articulo-121-fraccion-v/), como dispone la fracción VI, del artículo 121, de

la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la

Ciudad de México vigente en 2018.

Por lo expuesto, se concluye que los indicadores de gestión utilizados permiten medir el

cumplimiento de metas por cada una de las áreas que conforman el Órgano Interno de

Control; además, atendió la publicación en el portal de transparencia.

9. Resultado

Rendición de Cuentas y Transparencia

Para comprobar los mecanismos de rendición de cuentas, se aplicaron los procedimientos

estudio general y análisis de la información proporcionada por el sujeto fiscalizado y se

revisó la siguiente normatividad:

La Ley General de Contabilidad Gubernamental vigente en 2018 establece en su artículo

53, fracciones I, II y III, que la Cuenta Pública deberá atender lo indicado en su marco legal

vigente y que contendrá como mínimo la información contable, presupuestaria, y

programática.

De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 121 fracción IV, de la Ley de Transparencia, Acceso

a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México vigente en 2018,

“los sujetos obligados, deberán mantener impresa para consulta directa de los particulares,

difundir y mantener actualizada a través de los respectivos medios electrónicos, de sus

sitios de internet y de la Plataforma Nacional de Transparencia, la información, por lo

menos, de los temas, documentos y políticas siguientes según les corresponda”, y fracción

IV “las metas y objetivos de las Áreas de conformidad con sus programas operativos”.

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El Código de Instituciones y Procedimientos Electorales de la Ciudad de México vigente

en 2018, en su artículo 105, fracción VIII, señala que “son atribuciones de la Contraloría

Interna del Instituto Electoral de la Ciudad de México”: “Informar de sus actividades

institucionales al Consejo General de manera trimestral y en el mes de diciembre, el

resultado de las auditorías practicadas conforme al Programa Anual”.

A efecto de verificar que el Órgano Interno de Control atendió lo establecido en la citada

normatividad, se revisó el soporte documental trimestral y el Informe Anual de Actividades

del Ejercicio que presentó el Órgano Interno de Control del ejercicio 2018, donde se observó

que la información contenida en los registros trimestrales es congruente con el Informe

Anual de Actividades.

Al Analizar los informes, se observó que se envían oficios dirigidos al Secretario Ejecutivo

e informan de manera física y digital las actividades que realizó el OIC en el período

correspondiente.

Con la finalidad de comprobar la publicación en el portal de transparencia del IECM, de los

informes referidos, se revisó la página web, http://www.iecm.mx/normatividad-y-transparencia/

transparencia/articulo-121%20/articulo-121-fraccion-iv/ y se observó que sólo tuvo la

información sobre metas y objetivos de todas las áreas que integran el IECM, incluido el

Órgano Interno de Control, como lo establece la fracción IV del artículo 121, de la Ley de

Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad

de México.

Por lo anterior, se determina que el Órgano Interno de Control cumplió lo establecido en el

artículo 105 , fracción VIII, del Código de Instituciones y Procedimientos Electorales de la

Ciudad de México, al informar de sus actividades y rendir cuentas de manera trimestral y

en diciembre al Consejo General, así como en la fracción IV, del artículo 121 de la Ley de

Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad

de México en la publicación de sus objetivos y metas vigentes en 2018.

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Eficiencia

10. Resultado

Instrumentos, Métodos y Procedimientos

Con objeto de identificar y analizar los procesos clave con los cuales operó el Órgano

Interno de Control para cumplir el objetivo establecido, se verificó que las acciones

reportadas como realizadas durante 2018 por el IECM, se efectuaron conforme a lo

establecido en los apartados del Manual de Organización y Funcionamiento del Instituto

Electoral, vigente en 2018.

Mediante el oficio núm. AE-A/19/730 del 10 de octubre de 2019, se solicitó al sujeto que

fiscalizado proporcionara su Manual de Organización y Funcionamiento autorizado por la

Junta Administrativa vigente en 2018 y evidencia documental de su difusión entre el

personal del IECM. Asimismo, se solicitó el nombre de los procedimientos aplicados

en 2018 en la operación y desarrollo de las actividades del Órgano Interno de Control.

En ese sentido, con el fin de comprobar si el Órgano Interno de Control dispuso de una

estructura orgánica, con funciones definidas, así como procedimientos, todos debidamente

autorizados para llevar a cabo el desarrollo de sus actividades, se revisó la documentación

proporcionada por el sujeto fiscalizado y se tuvo conocimiento de que para la atención de

los asuntos de su competencia, se tiene autorizada y registrada por la Junta Administrativa

la estructura orgánica contenida en el acuerdo núm. JA-127-16, vigente partir del 14 de octubre

de 2016. Con el acuerdo núm. IECM/ACU-CG-183/2018 del 30 de abril de 2018, se

aprobaron las modificaciones a la estructura orgánica–funcional de la Contraloría Interna

del IECM y; con los acuerdos núms. IECM-JA044-18 y IECM-JA053-18 del 24 y 30 de abril

de 2018 respectivamente, se aprobaron modificaciones al Manual de Organización y

Funcionamiento, así como al Catálogo de Cargos y Puestos del IECM relativos al Órgano

Interno de Control. La estructura orgánica del Órgano Interno de Control se conformó por

42 puestos de estructura. Asimismo, se observó que, dentro de las directrices estratégicas,

el Órgano Interno de Control tiene establecida su misión y el objetivo fundamental.

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430 VOLUMEN 13/14

En el análisis de la información proporcionada por el sujeto fiscalizado, mediante el oficio

núm. IECM/CI/176/2019 del16 de octubre de 2019, se identificó que el sujeto fiscalizado

operó con el Manual de Organización y Funcionamiento aprobado por la Junta Administrativa,

conforme al acuerdo núm. JA-127-16, y se verificó que su difusión y promoción al interior

del Instituto se realizó por medio de intranet institucional el 14 de octubre de 2016, también

se observó que en 2018 se continuó publicado en el portal del intranet del IECM, y se

constató que el Órgano Interno de Control contó con 42 cargos y puestos, todos

pertenecientes a la rama administrativa, ubicados en la oficina del OIC y sus cuatro

Subcontralorías.

Se tuvo conocimiento de que el Contralor es nombrado por el Congreso de la Ciudad de

México, que existen 12 plazas de libre designación a cargo del titular y los 29 restantes son

considerados como de concurso y su ocupación se realiza en cumplimiento a los

“Lineamientos del Concurso Público para ocupar las plazas en cargos y puestos del Servicio

Profesional Electoral Nacional del Sistema de los Organismos Públicos Locales Electorales”,

aprobados el 15 de julio de 2017, vigentes en 2018.

En el Manual de organización y funcionamiento, se observó que el Órgano Interno de

Control tiene como objetivo “organizar, planear y coordinar las acciones de control,

evaluación, vigilancia y fiscalización del correcto uso del patrimonio y el ejercicio del gasto,

por conducto de las diferentes áreas del Instituto Electoral, en apego a las normas y

disposiciones legales aplicables”.

Mediante el acuerdo núm. IECM-JA118-18 del 15 de octubre de 2018, se identificó que la

Junta Administrativa aprobó la creación de dos procedimientos y la actualización de 13, por

lo que, se observó en el proceso de ejecución de la presente auditoría, cuatro de los 15

procedimientos son los que se relacionan directamente con la actividad que desarrolla el

Órgano Interno de Control. Con la finalidad de conocer la eficiencia, se determinó revisar

como muestra los cuatro procedimientos, que representan el 26.6% del total, siendo éstos

los siguientes:

1. Procedimiento de Investigación de Presuntas Responsabilidades Administrativas

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2. Procedimiento para realizar auditorías Internas y Seguimiento

3. Procedimiento para elaborar Dictamen Técnico de Auditoría y

4. Procedimiento para brindar acompañamiento durante los procesos electorales y/o de

participación ciudadana

Derivado del análisis a los procedimientos, se identificó que incluyen objetivo, alcance,

marco normativo, responsabilidades, políticas de operación, definiciones, diagrama de flujo

y descripción de actividades.

Con el propósito de verificar el grado de conocimiento entre el personal y comprobar que

sus actividades se efectuaron de acuerdo con la normatividad aplicable y que las acciones

señaladas se realizaron en los tiempos establecidos, como prueba de cumplimiento se

efectuó una visita de inspección a las áreas responsables de operar dichos procedimientos y

se aplicaron cuestionarios a 13 de los 42 servidores públicos; es decir, al 31% de los

trabajadores que laboran en el Órgano Interno de Control.

Como resultado del cuestionario aplicado y de la visita de inspección física realizada el seis

de noviembre de 2019 para el Procedimiento de Investigación de Presuntas

Responsabilidades Administrativas, se comprobó que, tanto el personal de la Subcontraloría

de Responsabilidades e Inconformidades como el de la Subcontraloría de Atención

Ciudadana y Normatividad, desarrollan sus actividades en cumplimiento del procedimiento,

ya que se coordinan con la finalidad de preservar el correcto y eficiente servicio público.

Del análisis a las respuestas del cuestionario, se tuvo conocimiento que el presente

procedimiento es utilizado como un instrumento que guía la ruta para la presentación,

atención, trámite, substanciación y resolución de procedimientos de investigación de

presuntas responsabilidades en contra de los servidores públicos del IECM, por actos o

hechos relacionados con la corrupción, inadecuado uso de ingresos y egresos del Instituto,

presuntas irregularidades administrativas o ejercicio contrario a los principios de eficacia,

eficiencia, economía, transparencia y honradez.

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Respecto al Procedimiento para realizar auditorías Internas y Seguimiento, en las

respuestas del cuestionario aplicado y derivado de la visita de inspección física realizada el

seis de noviembre de 2019, se pudo constatar que el personal adscrito a la Subcontraloría

de Auditoría, Control y Evaluación realiza el proceso de auditorías internas mediante la

utilización de normas y procedimientos de auditoría generalmente aceptados, en fiscalizar

el manejo, custodia y aplicación de los recursos del IECM, así como para informar los

resultados de dichas revisiones, tanto a las unidades administrativas auditadas como a los

miembros del Consejo General del órgano autónomo y que efectúa el control y seguimiento

de las observaciones y de las recomendaciones propuestas; sin embargo, se observó que

en el numeral 4 “Políticas de Operación”, específicamente en “Técnicas, Normas y

Procedimientos de Auditoría”, el Órgano Interno de Control señala que la evidencia

obtenida, producto del trabajo desarrollado durante la revisión de la auditoría practicada, deberá

ser de calidad y quedar asentada en papeles de trabajo, conforme a la aplicación de las

Normas de Auditoría Generalmente Aceptadas (NAGA´S); siendo que éstas fueron abrogadas

a partir del 1o. de enero de 2013 por el Instituto Mexicano de Contadores Públicos, A.C.

(IMCP) y en su lugar se adoptaron las Normas Internacionales de Auditoría (NIA, por sus

siglas en inglés), emitidas por la International Federation of Accountants (IFAC).

Con relación al Procedimiento para elaborar Dictamen Técnico de Auditoría, en las respuestas

del cuestionario aplicado y derivado de la visita de inspección física realizada el seis de

noviembre de 2019, se observó que el personal responsable tiene conocimiento de la

elaboración, integración y promoción del dictamen técnico, determinado por presuntas faltas

administrativas con motivo de los resultados de las auditorías practicadas, el resultado del

análisis de revisiones especiales, así como de la no atención del seguimiento de

recomendaciones, ello con el propósito de que la autoridad investigadora inicie las

averiguaciones debidamente fundadas y motivadas, respecto de las conductas de los servidores

públicos y particulares que puedan constituir responsabilidades administrativas; sin embargo, se

identificó en el numeral 4 “Políticas de Operación”, específicamente en “Dictamen Técnico

de Auditoría”, el OIC señala que el Departamento de Seguimiento de Auditorías y Procedimientos

Administrativos deberá elaborar el Dictamen Técnico de Auditoría, el cual contendrá entre

otros apartados, el de “Alcance” siguiendo las Normas de Auditoría Generalmente

Aceptadas (NAGA´S); siendo que éstas fueron abrogadas a partir del 1o. de enero de 2013,

por el Instituto Mexicano de Contadores Públicos, A.C. (IMCP), y en su lugar adoptó las

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Normas Internacionales de Auditoría (NIA, por sus siglas en inglés), emitidas por la

International Federation of Accountants (IFAC).

Respecto al Procedimiento para brindar Acompañamiento durante los Procesos Electorales

y/o de Participación Ciudadana, mediante las técnicas antes descritas, se comprobó que el

personal, adscrito a la Subcontraloría de Vinculación con Procesos Electorales y Participativos,

tiene conocimiento y desarrolla sus actividades en atención al procedimiento, ya que en las

respuestas, se describe que se sujetan al marco normativo del Sistema Nacional Anticorrupción,

y se señala la importancia de las actividades de acompañamiento durante los procesos

electorales o de participación ciudadana, para vigilar que la actuación del IECM se realice

conforme a los principios rectores de la función electoral y, en su caso, observar presuntas

faltas administrativas en materia de responsabilidades de los servidores públicos e informar

al Contralor; asimismo, emitir las observaciones, propuestas de mejora y detectar áreas

de oportunidad.

En conclusión, de acuerdo con el análisis realizado a la evidencia documental

proporcionada por el sujeto fiscalizado, a los cuestionarios aplicados y las visitas de

inspección física realizadas, se identificó que el Órgano Interno de Control durante 2018

operó de conformidad a lo dispuesto en el Manual de Organización y Funcionamiento del

Instituto Electoral vigente; sin embargo, se observó que dos de los cuatro procedimientos

revisados, en su momento fueron elaborados conforme a la aplicación de las ya abrogadas

Normas de Auditoría Generalmente Aceptadas (NAGA´S).

En la reunión de confronta, celebrada el 19 de diciembre de 2019, el sujeto fiscalizado

presentó el oficio núm. IECM/CI/229/2019 del 19 de diciembre de 2019, sin embargo, el

IECM no proporcionó información adicional que modificara el presente resultado.

Recomendación ASCM-168-18-4-IE

Es conveniente que el Órgano Interno de Control actualice el Procedimiento para realizar

Auditorías Internas y Seguimiento y así como el Procedimiento para elaborar Dictamen

Técnico de Auditoría, contenidos en su manual de organización y funcionamiento, de

acuerdo con la normatividad vigente.

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11. Resultado

Utilización de los Recursos Humanos, Materiales y Financieros

Con el objeto de comprobar la eficiencia, se aplicaron los procedimientos estudio general,

recálculo y análisis.

Respecto a la utilización de los Recursos Humanos, Materiales y Financieros en las actividades

desarrolladas por el Órgano Interno de Control, se regulan de acuerdo con lo siguiente:

La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos vigente en 2018 establece en el

artículo 134, primer párrafo, que “los recursos económicos de que dispongan la Federación,

las entidades federativas, los Municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de

México, se administrarán con eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez para

satisfacer los objetivos a los que estén destinados”.

La Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente de la Ciudad de México vigente de 2018, en su

artículo 24, fracción III, dispone que “la programación y presupuestación del gasto público

comprende: las actividades y sus respectivas previsiones de gasto público correspondiente

a los Órganos Autónomos y de Gobierno”.

De acuerdo con el marco legal y con objeto de comprobar que durante el ejercicio de 2018

el IECM utilizó de manera eficiente los recursos asignados al cumplimiento de las metas y

objetivos del Órgano Interno de Control, mediante el oficio núm. AE-A/19/730 del 10 de

octubre de 2019, se solicitó al sujeto fiscalizado que proporcionara la plantilla del personal;

listado de bienes muebles, inmuebles, así como reporte presupuestal.

En respuesta mediante el oficio núm. IECM/CI/176/2019 del 16 de octubre de 2019, el sujeto

fiscalizado, informó que su estructura orgánica es de 42 trabajadores de estructura, los

cuales se integran de la siguiente manera:

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Nivel del puesto Cantidad de plazas Contraloría Interna 1 Asesores “A” 2 Subcontraloría 4 Subdirección 5 Coordinación de Gestión Administrativa 1 Jefatura de Departamento 12 Analista 12 Secretaria 2 Secretaria Ejecutiva 1 Auxiliar de Servicios 1 Chofer 1

Total 42

Respecto a los recursos materiales empleados por el Órgano Interno de Control para el

desarrollo de sus actividades, el sujeto fiscalizado proporcionó listado de 205 bienes, donde

se observó que además del mobiliario y equipo común de oficina, se contó con el equipo

siguiente:

Categoría Cantidad de piezas

Caja fuerte medidas: 1.30 mt de alto x 60 cm de fondo x 60 cm de frente con combinación 1 Destructora de documentos 1 Equipo de impresión monocromático 2 Netbook, incluye: unidad cd, dvd+ - rw externa, mini mouse óptico y mochila 1 Pintura. = autor: José de Jesús Fonseca Villa. Ti 1 Pintura 120 x 100 cm Autor: Héctor Daniel Espinosa Wolf. Lu 1 Pinturas 64 x 83 cm Autor: Javier Arévalo Suárez. Ti 1 Tablet iPad Air wi-fi 2 Tableta electrónica 6 Teléfonos iPhone 6

Total 22

En ese sentido y con la finalidad de verificar que el personal del Órgano Interno de Control

dispuso del mobiliario y equipo necesarios para el desarrollo de sus actividades, mediante

la técnica de muestreo dirigido o intencional, se determinó revisar 82 bienes de los 205

reportados por el sujeto fiscalizado, que representan el 40% y forman parte del resguardo

de las áreas revisadas, como la oficina del contralor; 4 Subcontralorías; 1 Subdirección; la

Coordinación de Gestión, 3 Jefaturas de Departamento; 2 Secretarias y, 2 Analistas.

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Derivado de la revisión y pruebas de cumplimiento realizadas, se observó que las áreas y

el personal encargado del desarrollo de las actividades del Órgano Interno de Control,

cuentan con los bienes necesarios para el cumplimiento de sus funciones y tienen un

resguardo por cada trabajador, en el cual se describe la fecha y el número de inventario; la

descripción y el área específica donde se encuentra el bien; el número de serie; el valor de

adquisición; el número, el nombre y la firma del empleado responsable y el visto bueno

del departamento de control patrimonial.

Respecto a los recursos financieros, de acuerdo con el Informe de Cuenta Pública de 2018,

el presupuesto ejercido del IECM con recursos fiscales, fue por 2,006,595.5 miles de pesos,

y con recursos propios derivado de inversiones en fideicomisos, mandatos y otros análogos,

por 31,016.2, sumando 2,037,611.7 miles de pesos, de los cuales 33,894.9 miles de pesos

(1.6%) fueron destinados al desarrollo de las actividades del Órgano Interno de Control.

Se analizó el reporte de la Cuenta Pública de 2018 del Instituto Electoral, y se identificaron

los formatos EAI-RPR “Egresos por Actividad Institucional con Recursos Propios” y, EAI-RFI

“Egresos por Actividad Institucional con Recursos Fiscales”, los cuales integraron el

presupuesto para operar la actividad institucional 0 “Transferencia a Órganos Autónomos”,

quedando de la siguiente manera:

(Miles de pesos)

Recursos Presupuesto 2018

Aprobado Modificado Ejercido

Fiscales 2,028,180.7 2,028,180.7 2,006,595.5 Recursos propios 0.0 31,016.2 31,016.2

Total 2,028,180.7 2,059,196.9 2,037,611.7

Por otra parte, de los 33,894.9 miles de pesos destinados al desarrollo de las actividades

del Órgano Interno de Control, se identificó que el presupuesto se ejerció en los siguientes

capítulos de gasto: 1000 “Servicios Personales”, por 32,415.2 miles de pesos (95.6%); 2000

“Materiales y Suministros”, por 28.0 miles de pesos (1.0%); y 3000 “Servicios Generales”,

por 1,451.6 miles de pesos (4.3%). En el capítulo 1000 las partidas más representativas

fueron 1131 “Sueldos Base al Personal Permanente”, con 4,537.7 miles de pesos;

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1211 “Honorarios Asimilados a Salarios”, con 5,559.4 miles de pesos; y 1341

“Compensaciones” con 13,452.3 miles de pesos, que en conjunto suman, 23,549.4 miles

de pesos, y representan el 69.5% del presupuesto total ejercido.

En ese sentido y por su relevancia, se analizó el capítulo 1000 “Servicios Personales”, y se

observó que para el registro y dispersión de recursos para el pago de nómina, el IECM

emplea el software denominado “Sistema Informático Integral de Administración” (SIIAD). En

este proceso, se identificó que intervienen los tres departamentos que conforman la Coordinación

de Recursos Humanos, el departamento de administración de personal, el de relaciones

laborales y el de registro e incorporación, los cuales tienen distribuidas las siguientes tareas:

1. Altas, bajas, y modificación del personal.

2. Captura de incidencias laborales.

3. Cálculo general de la nómina.

4. Proceso de reportes para el área financiera.

5. Pago de Nómina.

Los insumos considerados para el proceso y pago de la nómina son los siguientes:

1. Oficios de alta, baja y modificaciones del personal que emiten las áreas que conforman

el IECM.

2. Incidencias del personal obtenidas mediante el sistema de control de asistencia biométrico.

3. Recuperación de créditos, mediante la solicitud de descuento vía nómina, por concepto

de préstamos personales otorgados por el ISSSTE a los trabajadores; por créditos

hipotecarios otorgados por el FOVISSSTE a los trabajadores y, por cobro de pólizas de

seguro de automóvil por convenio con el IECM.

Por lo anterior y con objeto de comprobar que la dispersión y pago de la nómina se haya

sujetado a los montos autorizados y días efectivamente laborados por cada uno de los

trabajadores adscritos al Órgano Interno de Control, mediante el oficio núm. AE-A/19/782

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del 30 de octubre de 2019, se solicitó al sujeto fiscalizado que proporcionara los registros

electrónicos y físicos de los controles de asistencia de todo el personal del Órgano Interno

de Control que laboró bajo cualquier tipo de contratación durante el ejercicio de 2018. En

respuesta mediante el oficio núm. IECM/CI/187/2019 del 05 de noviembre de 2019, el sujeto

fiscalizado entregó lo solicitado.

Derivado del análisis a la información proporcionada, con la finalidad de atender las

actividades vinculadas al proceso electoral ordinario 2017-2018, mediante la circular

núm. SA-013/2017 del 23 de octubre de 2017, se identificó que el IECM comunicó a todo el

personal que a partir del 1 de noviembre de 2017 se suspendía el registro de entrada y

salida por medio del sistema de control de asistencia biométrico, debiendo realizar los

registros mediante listas de asistencia físicas.

Una vez concluido el proceso electoral, se emitió la circular núm.SA-025/2018 del 1 de

noviembre de 2018, por la cual el IECM informó al personal que a partir del 5 de noviembre

de 2018 quedó restablecido el control de asistencia, por medio del sistema biométrico,

razón por la cual debían registrar su asistencia de manea habitual. Asimismo, el sujeto

fiscalizado informó que las listas de asistencia físicas del período de enero a octubre 2018,

se encontraban bajo el resguardo de cada una de las áreas responsables.

Conforme a lo anterior, se solicitó al Órgano Interno de Control las listas de asistencia físicas

del personal, correspondiente al período de enero-octubre de 2018 y a la coordinación de

Recursos Humanos, los meses de noviembre y diciembre de 2018.

Con relación a las listas de asistencia físicas se observó que durante el período enero-

octubre de 2018, el 100% del personal registró su asistencia conforme a los horarios indicados;

es decir, con entrada antes de las 9:15 horas y salida después de las 17:00 horas; respecto

al control de asistencia por medio del sistema biométrico, se identificó que dos trabajadores

no registraron asistencia durante el período en revisión, por encontrarse exentos, lo cual

fue justificado por el Órgano Interno de Control mediante el oficio núm. IECM/CG/243/2018

del 1o. de noviembre de 2018, donde el Contralor solicita al Secretario Administrativo del

IECM que el personal en cuestión sea dispensado del registro de asistencia a partir

del 5 de noviembre de 2018 y hasta el 5 de mayo de 2019, por necesidades del servicio.

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Derivado del análisis efectuado a la información financiera proporcionada por el sujeto

fiscalizado, se tuvo conocimiento de que las atribuciones del Órgano Interno de Control se

encuentran establecidas en el artículo 105 del Código de Instituciones y Procedimientos

Electorales de la Ciudad de México, vigente en 2018, donde se observó que entre las principales

actividades que realizó estuvieron: 7 auditorías; 277 asistencias a comités; 143 actas entrega-

recepción; 5,221 declaraciones de situación patrimonial; 121 asistencias y asesorías a comités

y 6 acompañamientos en procesos electorales.

Para ello por medio de la técnica de recálculo, se tuvo conocimiento de que el Órgano

Interno de Control tuvo un ejercicio presupuestal de 33,894.9 miles de pesos, el cual fue

menor por 3,688.3 miles de pesos (9.8%), con relación al presupuesto original autorizado de

37,583.2 miles de pesos; asimismo, tuvo una disminución en su presupuesto de 2,198.1 miles

de pesos (5.9 %). Esta modificación en su presupuesto se realizó mediante 13 formatos

denominados “Solicitud de Traspaso de Recursos Presupuestales”, en los que se observó

que fueron tramitados de conformidad con el procedimiento administrativo para el traspaso

de recursos presupuestales núm. IECM/PR/SADPyRF/1/2017, aprobado por la Junta

Administrativa, mediante el acuerdo núm. IECM-JA023-2017, en su segunda Sesión Ordinaria

del 31 de julio de 2017, los cuales se detallan a continuación:

(Miles de pesos)

Número de afectación

(1)

Ampliación

(2)

Reducción

(3)

Diferencia (2) – (3)

(4)

4 268.9 268.9 14 24.2 24.2 81 359.1 (359.1) 85 817.0 (817.0) 391 180.4 192.8 (12.4) 443 199.2 197.8 1.4 574 5.4 (5.4) 637 403.8 405.2 (1.4) 644 30.9 30.9 651 1,069.1 1,078.8 (9.7) 665 651.5 297.6 353.9 666 1,619.0 (1,619.0) 667 53.3 (53.3)

Total 2,828.0 5,026.0 (2,198.1)

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Por su relevancia, mediante la técnica de muestreo dirigido, se determinó el tamaño de la

muestra, por lo con la técnica de observación e inspección, se revisaron las siguientes cinco

afectaciones:

(Miles de pesos)

TP número Ampliación Reducción Diferencia

81 359.1 (359.1) 85 817.1 (817.1) 574 5.5 (5.5) 644 30.9 30.9 666 1,619.0 (1,619.0)

Total 30.9 2,800.7 (2,769.8)

Como se puede apreciar, destaca la afectación núm. 666 del 15 de enero de 2018, por

1,619.0 miles de pesos, la cual fue realizada para ajustar los conceptos de gasto de capítulo

1000 (seguro institucional, fondo de ahorro y vales de despensa mensuales).

Para comprobar la erogación presupuestal canalizada a las actividades del Órgano Interno

de Control, se separó el capítulo 1000 y 3000, ya que tuvieron relación directa con la nómina;

el primero para el pago de sueldos y salarios y el segundo para el pago de impuestos sobre

nóminas; los cuales fueron analizados y comparados con las nóminas proporcionadas por

el sujeto fiscalizado, y se comprobó comprobando que los pagos efectuados al personal del

Órgano Interno de Control se sujetaron a los montos autorizados y días efectivamente

laborados por cada uno de los trabajadores, así como a su presupuesto ejercido en el

capítulo 1000 “Servicios Personales”; por 32,415.2 miles de pesos, reportado por el IECM

en el Informe de Cuenta Pública de 2018.

Asimismo, se analizó el capítulo 2000, y mediante la técnica de muestreo dirigido, se

determinó revisar nueve cheques (37.5%) de las 24 operaciones de pago realizadas, los

cuales suman 19.8 miles de pesos, y representan el 71% del total del presupuesto ejercido

en el capítulo 2000 “Materiales y Suministros”, por 28 miles de pesos, de acuerdo con

lo siguiente:

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(Miles de pesos)

Fecha Medio de pago

Importe

Partida 2111 “Materiales, Útiles

y Equipo de Oficina”

Partida 2211 “Productos Alimenticios

y Bebidas para Personas”

6/III/18 CHQ 98810 2.2 0 6/IV/18 CHQ 102628 2.2 0 4/V/18 CHQ 105790 2.2 0 8/VI/18 CHQ 109159 2.1 .1

5/VII/18 CHQ 120645 2.2 0 2/VIII/18 CHQ 128852 2.2 0 10/IX/18 CHQ 131025 2.2 0

2/X/18 CHQ 132304 2.2 0 6/XI/18 CHQ 133544 2.2 0

Total 19.7 .1

Por lo anterior y con base en la información citada, se constató que el presupuesto ejercido

del Órgano Interno de Control, reportado por el IECM en el Informe de Cuenta Pública de 2018,

correspondió a los importes asentados en la “Evolución del Presupuesto de Egresos por

Clave Presupuestal”, contenidos en el “Banco de Información” de la Cuenta Pública 2018,

el cual es considerado como registro auxiliar utilizado para el control y seguimiento de las

operaciones del rubro.

Po lo anterior, se concluye que en 2018, el Órgano Interno de Control operó de manera

eficiente los recursos humanos, materiales y financieros para el cumplimiento y seguimiento

de la operación de sus actividades, que se tienen áreas definidas y funciones establecidas así

como, procedimientos autorizados contenidos en el Manual de Organización y Funcionamiento

del Instituto Electoral, vigente en 2018.

Economía

12. Resultado

Medidas de Racionalidad y Austeridad

Con objeto de comprobar la economía, se aplicaron los procedimientos del estudio general

y análisis, como se detalla a continuación:

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A fin de verificar la aplicación de los criterios para el ejercicio presupuestal en revisión a

que hacen referencia los artículos 28, Capítulo I. Criterios para el ejercicio presupuestal,

Título Tercero. De la Disciplina Presupuestaria del Decreto por el que se expide el

Presupuesto de Egresos de la Ciudad de México para el Ejercicio Fiscal 2018, publicado

en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México núm. 230, tomo II, del 31 de diciembre de 2017,

vigente durante 2018, y el artículo primero de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente de la

Ciudad de México vigente en 2018, respecto a la aplicación de los criterios de racionalidad

y austeridad en el ejercicio del presupuesto, se solicitó una descripción de las políticas,

lineamientos o documentos con los que el IECM promovió medidas de racionalidad y

austeridad en el uso de servicios y consumo de bienes durante 2018, para cumplir las

disposiciones en la administración de los recursos públicos con base en los criterios de

racionalidad, austeridad, economía, gasto eficiente y disciplina presupuestal.

El artículo 81, párrafo primero, de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente de la Ciudad de

México vigente de 2018, señala que “Las Dependencias, Órganos Desconcentrados,

Delegaciones y Entidades, así como los Órganos Autónomos y de Gobierno sin menoscabo

de su autonomía, en el ejercicio de sus respectivos presupuestos, deberán tomar medidas

para racionalizar el gasto destinado a las actividades administrativas y de apoyo, sin afectar

el cumplimiento de las metas de las funciones aprobadas en el Decreto de Presupuesto

de Egresos”.

Conforme a la información presentada por el sujeto fiscalizado en 2018, al cierre del año,

el presupuesto ejercido por el Órgano Interno de Control fue de 33,894.4 miles de pesos, lo

que reflejó un decremento con relación al presupuesto autorizado de 37,583.2 miles de

pesos, y que significó una disminución en el gasto de 3,688.3 miles de pesos (9.8%), con

respecto al previsto originalmente.

Con objeto de conocer las acciones emprendidas por el IECM para la atención de los

ordenamientos citados y evaluar su impacto en el comportamiento del gasto, con el oficio

núm. AE-A/19/360 del 10 de junio de 2019, se solicitó al sujeto fiscalizado que informara

sobre las políticas, lineamientos o documentos emitidos para promover la racionalidad y

austeridad en el uso de servicios y el consumo de bienes durante 2018.

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En respuesta, el sujeto fiscalizado proporcionó atenta nota sin número del 5 de noviembre

de 2019, donde informó que durante el ejercicio de 2018 no se implementaron Normas de

Racionalidad, Austeridad y Disciplina Presupuestal, ya que durante dicho ejercicio fiscal

se desarrolló el proceso electoral ordinario 2017-2018, en el que se renovó la Jefatura de

Gobierno y las Diputaciones Locales, además de elegirse por primera vez a las personas

que ocuparon los cargos de alcaldes y consejeros en las 16 demarcaciones territoriales, lo

cual propició un incremento sustancial en las cargas de trabajo, donde todos los días y

horas son consideradas como hábiles y, las actividades y diligencias tienen repercusión en

el incremento de uso de energía eléctrica, combustible, consumo de agua embotellada,

papelería y consumibles de cómputo, entre otros.

En ese sentido y derivado de la revisión efectuada a la información proporcionada por el

sujeto fiscalizado, se tuvo conocimiento que el IECM, tomando en consideración las

disposiciones establecidas en la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones,

Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México, por medio del Consejo

General de Administración, mediante el acuerdo núm. IECM/ACU-CG-002/2019, aprobó las

Normas de Racionalidad, las cuales fueron dadas a conocer al personal mediante la circular

núm. SA-003/2019, del 16 de enero de 2019, en donde se comunicó a todas las personas

servidoras públicas del Instituto que a partir del 1o. de enero de 2019 las siguientes

prestaciones quedaban sin efecto:

1. Seguro de vida

2. Seguro de separación individualizada

3. Fondo de ahorro

4. Vales despensa

De igual forma se verificó que el seguro de gastos médicos mayores quedó sin efecto a

partir del 16 de enero de 2019, y con el fin de comprobar que las medidas de racionalidad

implementadas por el sujeto fiscalizado a nivel institucional, se vieron reflejadas en el

ejercicio 2019, se determinó realizar un comparativo devengado con corte al 1er. semestre

de los años 2017 y 2018, con respecto a 2019, de las siguientes partidas presupuestales:

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(Miles de pesos)

Partidas Junio 2017

Junio 2018

Junio 2019

1441 “Primas por Seguro de Vida del Personal Civil” 2,182.4 2,052.2 0.0 1443 “Primas por Seguro de Retiro del Personal al Servicio de las Unidades Responsables del Gasto del Distrito Federal” 10,870.5 13,467.4 0.0 1449 “Otras Prestaciones para Seguros” 8,026.8 13,925.0 0.0 1511 “Cuotas para el Fondo de Ahorro y Fondo de Trabajo” 11,769.0 11,601.1 0.0 1545 “Asignaciones para Prestaciones a Personal Sindicalizado y no Sindicalizado” 2,488.7 2,510.0 0.0 1546 “Otras Prestaciones Contractuales” 2,872.5 3,486.5 0.0 1547 “Asignaciones Conmemorativas” 445.2 0.0 0.0 Total 38,655.1 47,042.2 0.0

Como resultado del comparativo, se observó que el efecto de las medidas implementadas

generó un ahorro promedio entre los ejercicios 2017 y 2018, de 42,848.6 miles de pesos,

durante el primer semestre de 2019.

Derivado de lo anterior; se concluye que el sujeto fiscalizado no llevó a cabo medidas para

racionalizar el gasto destinado a las actividades administrativas y de apoyo a que hace

referencia el artículo 81, párrafo primero, de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente de la

Ciudad de México, durante el ejercicio de 2018; sin embargo, por la naturaleza del instituto,

éstas fueron adoptadas a partir del primer semestre del ejercicio de 2019.

RESUMEN DE OBSERVACIONES Y ACCIONES

Se determinaron 12 resultados; de éstos, 3 generaron 4 observaciones, las cuales

corresponden a 4 recomendaciones.

La información contenida en el presente apartado refleja las acciones derivadas de la

auditoría que hasta el momento se han detectado por la práctica de pruebas y

procedimientos de auditoría; sin embargo, podrían sumarse observaciones y acciones

adicionales a las señaladas, producto de los procesos institucionales, de la recepción de

denuncias y del ejercicio de las funciones de investigación y sustanciación a cargo de ésta

entidad de fiscalización superior.

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JUSTIFICACIONES Y ACLARACIONES

La documentación proporcionada a esta entidad de fiscalización superior de la Ciudad de

México por el sujeto fiscalizado con motivo de la reunión de confronta fue analizada con el

fin de determinar la procedencia de desvirtuar o modificar las observaciones incorporadas

por la Auditoría Superior de la Ciudad de México en el Informe de Resultados de Auditoría

para Confronta, cuyo resultado se plasma en el presente Informe Individual, que forma parte

del Informe General Ejecutivo del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta

Pública de la Ciudad de México.

En atención a las observaciones señaladas, el sujeto fiscalizado remitió el oficio núm.

IECM/CI/229/2019 del 19 de diciembre de 2019, mediante el cual presentó información y

documentación con el propósito de atender lo observado; no obstante, derivado del análisis

efectuado por la Unidad Administrativa de auditoría a la información y documentación

proporcionadas por el sujeto fiscalizado, se advierte que los resultados núms. 1, 4 y 10 se

consideran no desvirtuados.

DICTAMEN

La auditoría se realizó con base en las guías de auditoría, manuales, reglas y lineamientos

de la Auditoría Superior de la Ciudad de México; las Normas Profesionales del Sistema de

Fiscalización; las Normas Internacionales de las Entidades Fiscalizadoras Superiores,

emitidas por la Organización Internacional de Entidades Fiscalizadoras Superiores; y

demás disposiciones de orden e interés público aplicables a la práctica de la auditoría.

Este dictamen se emite el 28 de enero de 2020, una vez concluidos los trabajos de la

auditoría, la cual se practicó sobre la información proporcionada por el sujeto fiscalizado,

que es responsable de su veracidad. Con base en los resultados obtenidos en la auditoría, cuyo

objetivo fue fiscalizar las acciones realizadas por el Órgano Interno de Control, del Instituto

Electoral de la Ciudad de México, en el desempeño de las acciones consistentes en atenciones

inmediatas, investigaciones, quejas, denuncias, auditorías, control interno y procedimientos

de responsabilidad administrativa, y específicamente respecto de la muestra revisada que

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se establece en el apartado relativo al alcance y determinación de la muestra, se concluye

que, en términos generales, el sujeto fiscalizado cumplió parcialmente las disposiciones

legales y normativas aplicables en la materia.

PERSONAS SERVIDORAS PÚBLICAS A CARGO DE REALIZAR LA AUDITORÍA

En cumplimiento del artículo 36, párrafo decimotercero, de la Ley de Fiscalización Superior

de la Ciudad de México, se enlistan los nombres y cargos de las personas servidoras

públicas de la Auditoría Superior de la Ciudad de México involucradas en la realización de

la auditoría:

Persona servidora pública Cargo

Lic. Víctor Manuel Martínez Paz Director General

Lic. Raúl López Torres Director de Área

C.P. Ricardo Santana Rodríguez Subdirector de Área

L.C. Ricardo Jesús Castillo Hernández Jefe de Unidad Departamental “A”

Mtro. Jean Carlo Reveles Flores Auditor Fiscalizador “B”

C.P. Carlos Rocha Aguilar Auditor Fiscalizador “A”