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VERACRUZ, VER; 26 DE OCTUBRE DE 2015. LIC. JONATHAN CORTES VARGAS PRESIDENTE DE LA JUNTA LOCAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE DEL ESTADO DE VERACRUZ PRESENTE Asunto: se acompaña Reglamento Interior de Trabajo de ÓPTICA AGUILAR MORENO SA DE CV, revisado para su depósito. El C. Pedro Antonio Rivera Duran como representante patronal y el Sr. Mario Munguía Tecpanecatl como representante de los trabajadores, como miembros de la comisión mixta para la elaboración del Reglamento Interior de Trabajo, que regirá en su empresa y con la personalidad que acreditamos en términos de las actas que anexamos al presente, y con domicilio para oír y recibir notificaciones y documentación en Av. Framboyanes S/N con numero interior f-16 C.P 94294, col. Jardines de Virginia Boca del Rio, Ver. Los suscritos como representante patronal y como representante del personal, y en nuestro carácter de miembros de la comisión mixta, hemos elaborado y revisado el Reglamento Interior de Trabajo que deberá regir en la empresa del patrón Óptica Aguilar Moreno SA de CV, para todos y cada uno de sus empleados. Por tal motivo y con fundamento en los artículos 422, 423,424 y 425 de la Ley Federal del Trabajo, nos permitimos anexar a este escrito el citado reglamento Interior de Trabajo, para que sea depositado y registrado ante esta H. Autoridad, asignando para el depósito del Reglamento Interior de Trabajo a la C. Mariela Ivonne Reyes Hurtado. Por lo anterior solicitamos atentamente, se sirva girar las ordenes respectivas, para que el reglamento que se acompaña, se deposite y registre en el departamento de Análisis y Registro de contratos Colectivos y Reglamentos Interiores de Trabajo de esta H. Junta. ATENTAMENTE REPRESENTANTE PATRONAL REPRESENTANTE TRABAJAD MUNGUÍA

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VERACRUZ, VER; 26 DE OCTUBRE DE 2015.

LIC. JONATHAN CORTES VARGASPRESIDENTE DE LA JUNTA LOCAL DE CONCILIACIÓNY ARBITRAJE DEL ESTADO DE VERACRUZPRESENTE

Asunto: se acompaña Reglamento Interior de Trabajo de

ÓPTICA AGUILAR MORENO SA DE CV, revisado para su depósito.

El C. Pedro Antonio Rivera Duran como representante patronal y el Sr. Mario MunguíaTecpanecatl como representante de los trabajadores, como miembros de la comisión mixta para laelaboración del Reglamento Interior de Trabajo, que regirá en su empresa y con la personalidadque acreditamos en términos de las actas que anexamos al presente, y con domicilio para oír yrecibir notificaciones y documentación en Av. Framboyanes S/N con numero interior f-16 C.P94294, col. Jardines de Virginia Boca del Rio, Ver.

Los suscritos como representante patronal y como representante del personal, y en nuestrocarácter de miembros de la comisión mixta, hemos elaborado y revisado el Reglamento Interior deTrabajo que deberá regir en la empresa del patrón Óptica Aguilar Moreno SA de CV, para todos ycada uno de sus empleados.

Por tal motivo y con fundamento en los artículos 422, 423,424 y 425 de la Ley Federal del Trabajo,nos permitimos anexar a este escrito el citado reglamento Interior de Trabajo, para que seadepositado y registrado ante esta H. Autoridad, asignando para el depósito del Reglamento Interiorde Trabajo a la C. Mariela Ivonne Reyes Hurtado.

Por lo anterior solicitamos atentamente, se sirva girar las ordenes respectivas, para que elreglamento que se acompaña, se deposite y registre en el departamento de Análisis y Registro decontratos Colectivos y Reglamentos Interiores de Trabajo de esta H. Junta.

ATENTAMENTE

REPRESENTANTE PATRONAL REPRESENTANTE TRABAJAD

MUNGUÍA

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m e t r i c

REGLAMENTO

INTERIOR DE

TRABAJOÓPTICA AGUILAR MORENO SA DE CV

Reglamento Interior de Trabajo con las reglas, obligaciones y

derechos aplicables a los trabajadores y el patrón, con

fundamento en la Ley Federal del Trabajo.

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CAPITULO I: DISPOSICIONES GENERALES 1

ARTÍCU LO 1. DISPOSICIONES 1

ARTÍCULO 2. ÁMBITO DE APLICACIÓN ; 1

ARTÍCULOS. DEFINICIONES 1

CAPITU LO II: INGRESO A LA EMPRESA 2

ARTÍCU LO 4. REQUISITOS DE INGRESO LABORAL 2

CAPITU LO III: ORGANIZACIÓN DE LA EMPRESA 2

ARTÍCU LO 5. CLASES DE TRABAJADOR 2

CAPITU LO IV: LUGAR Y TIEMPO DE TRABAJO 3

ARTÍCULOS. LUGAR Y TIEMPO DE TRABAJO 3

ARTÍCULO 7. DURACIÓN DE LA JORNADA DE TRABAJO 3

ARTÍCULO 8. LUGAR Y MOMENTO EN QUE DEBEN COMENZAR YTERMINAR LAS JORNADAS DE TRABAJO 4

ARTÍCULOS. EQUIPO Y HERRAMIENTAS 5

ARTÍCULO 10. FALTAS Y SANCIONES 5

CAPÍTU LO V: LIMPIEZA 6

ARTÍCULO 11. ÁREAS LIMPIAS 6

CAPÍTU LO V: DÍA Y LUGAR DE PAGO : 6

ARTÍCU LO 12. FORMA DE PAGO 6

ARTICULO 13. RECIBOS 7

CAPITULO VI. DÍA DE DESCANSO Y VACACIONES 7

ARTÍCU LO 14. DI AS DE DESCANSO OBLIGATORIOS 7

ARTÍCULO 15. VACACIONES ANUALES 7

CAPITU LO Vil. PERMISOS

ARTICULO 16. PERMISOS PARA FALTAR 8

ARTÍCU LO 17. FALTA NO JUSTIFICADA 9

CAPITULO VIII. CAPACITACIÓN Y ADIESTRAMIENTO 9

ARTÍCULO 18. CURSOS DE CAPACITACIÓN Y ADIESTRAMIENTO 9

ARTICULO 19. EVALUACIONES DEL PERSONAL 9

CAPITU LO IX. SEGURIDAD SOCIAL 10

ARTICULO 20. INSCRIPCIÓN EN INSTITUCIONES SOCIALES 10

ARTICULO 21. ENFERMEDADES E INCAPACIDAD '. 10

ARTÍCULO 22. EXAMENES MÉDICOS Y MEDIDAS PROFILÁCTICAS 10

ARTÍCU LO 23. MUJERES EMBARAZADAS 11

CAPITU LO X. HIGIENE Y SEGURIDAD 12

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ARTICULO 24. HIGIENE Y SEGURIDAD 12

ARTICULO 25. BOTIQUÍN DE PRIMEROS AUXILIOS 12

ARTÍCULO 26. PREVENCIÓN DE ACCIDENTES Y RIESGOS 12

ARTICULO 27. ACCIDENTE DE TRABAJO 14

ARTÍCULO 28. AVISO DE ACCIDENTE 14

ARTÍCULO 29. REGLAMENTOS E INSTRUCTIVOS 14

CAPITULO XI. DISPOSICIONES DISCIPLINARIAS 14

ARTÍCULO 30. RESCISIÓN DE TRABAJO 14

CAPITULO XII. OBLIGACIONES DE LOS TRABAJADORES 16

ARTICULO 31. OBLIGACIONES DE LOS TRABAJADORES 16

CAPITULO XIII: PROHIBICIONES A LOS TRABAJADORES 18

ARTICULO 32. PROHIBICIONES A LOS TRABAJADORES 18

CAPITULO XIV: OBLIGACIONES DEL PERSONAL Y LA EMPRESA 20

ARTÍCULO 33. OBLIGACIONES DE LOS JEFES DE DEPARTAMENTO Y SUPERVISORES 20

ARTÍCULO 34. SANCIONES 21

ARTÍCULO 35. OBLIGACIONES DE LA EMPRESA 21

TRANSITORIOS 21

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REGLAMENTO INTERIOR DE TRABAJO DE LA EMPRESAÓPTICA AGUILAR MORENO SA DE CV

CAPITULO I: DISPOSICIONES GENERALES

ARTÍCULO 1. DISPOSICIONES

El presente Reglamento Interior de Trabajo se formula en cumplimiento de lodispuesto en los artículos 422, 423, 424 y 425 de la Ley Federal del Trabajo, decomún acuerdo entre la Empresa, ubicada en Av. Framboyanes S/N Numerointerior F-16, Col. Jardines de Virginia Boca del Rio, Ver,, CP 94294.

ARTÍCULO 2. ÁMBITO DE APLICACIÓN

Este Reglamento Interior de Trabajo es de observancia obligatoria para todos losTrabajadores y Empleados que prestan sus servicios en la Empresa, así como paratodos aquellos que ingresen a la Empresa con posterioridad a su firma. Por lo tanto,todos los Trabajadores y Empleados de la Empresa quedan sujetos al contenido delpresente Reglamento, contra cuya aplicación no podrá alegarse ignorancia,desconocimiento o práctica en contrario de las disposiciones en él contenidas.

El personal de la empresa está obligado a cumplir también con las operaciones delorden contable y administrativo que dicte la empresa, las cuates serán dadasconocer a través de los medios adecuados para el caso.

ARTICULO 3. DEFINICIONES

Para la interpretación del presente reglamento se entenderán las siguientesdenominaciones:

a) "Reglamento" El presente documento interno de trabajo.b) "Ley" o "LFT". La Ley Federal de Trabajo Vigentec) "Contrato". El contrato Individual del Trabajo vigente con la empresa.d) "Patrón o Empresa" a: ÓPTICA AGUILAR MORENO SA DE CVe) "Instalaciones". Todas las que integran y se encuentran en el interior del

inmueble(s), que ocupa la empresa.

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CAPITULO II: INGRESO A LA EMPRESA

ARTÍCULO 4. REQUISITOS DE INGRESO LABORAL

El personal que ingrese a la Empresa deberá llenar los siguientes requisitos:

a) Tener 18 años cumplidos. Deberá presentar su Acta de Nacimiento a fin deacreditar su edad.

b) Haber acreditado los exámenes de conocimiento, valoraciones psicométricas ycualquier evaluación que considere necesaria la empresa para cubrir el puesto.

c) Llenar y firmar la Solicitud de Empleo y establecer en ella las aptitudes ycapacidades que posee, las recomendaciones y referencias, así como ladocumentación comprobatoria de tas mismas, además de cumplir con losrequisitos que establece la Ley Federal de Trabajo.

d) Presentar los documentos: Acta de Nacimiento, Número de Seguridad Social,C.U.R.P., Registro Federal de Contribuyentes, Credencial para Votar(IFE),comprobante de domicilio, comprobante de estudios, carta derecomendación, Esta documentación se requiere para poder darlo de alta en lasInstituciones de Seguridad Social que establecen las Leyes vigentes y suidentificación.

e) Firmar el Contrato de Trabajo

CAPITULO III: ORGANIZACIÓN DE LA EMPRESA

ARTICULO 5. CLASES DE TRABAJADOR

•̂Los trabajadores se clasifican de acuerdo a las relaciones de trabajo establecidas ela LFT:

a) Trabajadores por tiempo indeterminado: Aquellos cuya relación de trabajotienen el carácter de tiempo indeterminado conforme al Contrato individual deTrabajo.

b) Trabajadores por Tiempo Determinado: Aquellos que han sido contratados parla ejecución de trabajos temporales o transitorios, por tiempo determinado,1considerándose en este caso los contratos como determinados y sinresponsabilidad para la empresa, al modificarse o concluir los objetivos quemotivaron su celebración.

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CAPITULO IV: LUGAR Y TIEMPO DE TRABAJO

ARTICULO 6. LUGAR Y TIEMPO DE TRABAJO

Los trabajadores iniciarán y terminarán sus labores en los lugares que la empresales designe y deberán atender a cualquier otra actividad conexa a su ocupaciónprincipal en caso de así requerirlo.

ARTÍCULO 7. DURACIÓN DE LA JORNADA DE TRABAJO

La semana de trabajo en la empresa es la establecida en la Ley Federal de Trabajo

Entrada a laborar de los departamentos de la empresa:

Es de las 10:00 am a las 20:00 pm horas de lunes a sábado.En éste horario se incluye dos horas de comida y un día de descanso establecido enla LFT.

El horario de comida es asignado por la empresa en el contrato individual, el cualestá sujeto a cambios.Se contará con una tolerancia de 15 minutos, pasados los cuales se considerará

como retardo al inicio de labores.

Para los demás Empleados:

La Empresa definirá los horarios de trabajo en los respectivos contratosindividuales de trabajo de cada uno de los ellos, de acuerdo a las necesidades de lapropia empresa y en concordancia con el capítulo II de la LFT: "Duración de lasrelaciones de trabajo".

Tanto para los horarios de los trabajadores como de los Empleados, la empresapodrá modificar los días y horarios anteriores de la manera que estime convenientey podrá hacerlo por departamento, en lo general o en ¡o particular, ajustándose alo establecido en la Ley Federal del Trabajo.

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Día de descanso semanal

El día de descanso semanal obligatorio será el Domingo, pero en caso de que porcircunstancias especiales no fuera ese día. Empresa y Trabajadores se pondrán deacuerdo para fijar el descanso otro día de la semana, que será considerado comoséptimo día, cubriéndose íntegramente y si se labora el Domingo, se pagará laprima del 25% (veinticinco por ciento) que señala la Ley. En caso de que el personaltrabaje en días festivos considerados por la Ley Federal del Trabajo de acuerdo alartículo 15 del reglamento, también serán cubiertos con las prestacionescorrespondientes.

ARTÍCULO 8. LUGAR Y MOMENTO EN QUE DEBEN COMENZAR Y

TERMINAR LAS JORNADAS DE TRABAJO

El inicio y término de la jornada laboral establecida en el artículo 7 del presentereglamento, se llevara a cabo en el domicilio del centro de trabajo señalado por laempresa en el artículo 1 del reglamento.

Es obligación que los Trabajadores registren y firmen su entrada y salida en losformatos de lista de asistencia y puntualidad que elabora la Empresa al inicio ytermino de la Jornada, e iniciar sus labores en su área a la hora exacta. De igualforma, el término de la Jornada deberá ser a la hora exacta y checar el relojchecador o firmas su Asistencia.

Queda prohibido firmar la Asistencia cualquier otro día que no sea el que.estácorriendo o de otro trabajador.

Los registros impresos que no cuenten con la hora de entrada y/o salida, serácomputado como inasistencia del trabajador, para éstos casos, la empr^levantará una acta de amonestación (acta administrativa) por la inasistencia dtrabajador.

La empresa a su criterio podrá, cuando así lo considere conveniente, permitir laentrada a los trabajadores después de la hora de inicio de la jornada de trabajo,pero esto no implica reducción de la jornada de trabajo, por lo que a lostrabajadores se les contará como retardo para los efectos que procedan.

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ARTICULO 9. EQUIPO Y HERRAMIENTAS

Los trabajadores están obligados a desempeñar su trabajo con las herramientas,equipos, sistemas de cómputo, material de papelería y libros proporcionados por laempresa.

Los trabajadores están obligados a cuidar, limpiar y mantener en buenascondiciones las herramientas, equipos, sistemas de cómputo, y material depapelería proporcionados por la empresa, en caso de pérdidas o descomposturaspor mal uso deberán pagarla o reponerlas.

ARTÍCULO 10. FALTAS Y SANCIONES

Cuando el trabajador falte a su trabajo sin previo permiso o causa justificada, serásancionado de la siguiente manera:

En un periodo de 15 a 30 días, se aplicarán las siguientes sanciones por ausenciasinjustificadas:

1 Falta Suspensión por 1 día sin goce de sueldo y Descuento de Premio deasistencia.

Tres días de castigo, sin goce de sueldo y descuento de Premio de2 Faltas asistencia.

Cinco días de castigo, sin goce de sueldo y descuento de Premio3 Faltas asistencia.

Rescisión de contrato. De acuerdo a lo establecido en el artículo 47 de la4 Faltas LFT inciso X: Tener el trabajador más de tres faltas de asistencia en un

período de treinta días, sin permiso del patrón o sin causa justificada. (/

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En un periodo de 15 a 30 días, se aplicarán las siguientes sanciones por retardosinjustificados:

Los retardos aplican para la entrada y regreso de la hora de comida a la jornada detrabajo.

3 Retardos en un periodo de quince Descuento del premio de puntualidaddías.

Descuento del premio de puntualidad y4to Retardos en un periodo de medio día de castigo sin goce de sueldo,quince días.

Descuento del premio de puntualidad y 15to Retardos en un periodo de día de castigo sin goce de sueldoquince días.

CAPÍTULO V: LIMPIEZA

ARTÍCULO 11. ÁREAS LIMPIAS

Los trabajadores deberán mantener limpia su área de trabajo/ herramientas,equipos y material de trabajo. Todos los trabajadores y empleados están obligadosa depositar la basura en los recipientes destinados para este fin.

CAPÍTULO V: DÍA Y LUGAR DE PAGO.

ARTICULO 12. FORMA DE PAGO

La empresa realizará el pago de salarios a través de las siguientes formas: efectivo,depósito por transferencia electrónica o cheque bancario con abono en cuenta deltrabajador. El pago de los salarios se efectuará los días 15, 30 o 31 de cada mes.SÍ el día de pago es inhábil, el pago se realizará el día hábil anterior al día de pago.

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ARTICULO 13. RECIBOS

Al momento de recibir el pago de su sueldo o salario, todos los trabajadores estánobligados a firmar la lista de raya y/o los recibos de nómina.

CAPITULO VI. DÍA DE DESCANSO Y VACACIONES

ARTICULO 14. DÍAS DE DESCANSO OBLIGATORIOS

Para todos los trabajadores son días de descanso obligatorio con goce de salarioíntegro los que establece el artículo 74 de la Ley y los días:

a) 1° de enerob) El primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febreroc) El Tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzod) 1° de mayoe) 16 de septiembref) El tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembreg) l°de diciembre de cada seis años, cuando corresponda a la transmisión del

poder ejecutivo federalh) 25 de diciembrei) El que determinen las leyes federales y locales electorales, en el caso de

elecciones ordinarias, para efectuar la jornada electoral.

Las celebraciones de Carnaval, Semana Santa, día de muertos, día de las madres,entre otras; no se encuentran contempladas en la Ley Federal del Trabajo codías de descanso obligatorio por lo que estarán sujetas a las disposiciones queseñale la empresa.

ARTÍCULO 15. VACACIONES ANUALES

La Empresa concederá a sus trabajadores vacaciones anuales conforme a losartículos 76 al 81 de la Ley Federal del Trabajo:

Los trabajadores que tengan más de un año de servicios disfrutarán de un períodoanual de vacaciones pagadas, que en ningún caso podrá ser inferior a seis días

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laborables, y que aumentará en dos días laborables, hasta llegar a doce, por cadaaño subsecuente de servicios. Después del cuarto año, el período de vacacionesaumentará en dos días por cada cinco de servicios.

Los trabajadores que presten servicios discontinuos y los de temporada tendránderecho a un período anual de vacaciones, en proporción al número de díastrabajados en el año.Los trabajadores deberán disfrutar en forma continua seis días de vacaciones, porlo menos. Las vacaciones no podrán compensarse con una remuneración.

Si la relación de trabajo termina antes de que se cumpla el año de servicios, eltrabajador tendrá derecho a una remuneración proporcionada al tiempo deservicios prestados.

Los trabajadores tendrán derecho a una prima no menor de veinticinco por cientosobre los salarios que les correspondan durante el período de vacaciones.

Las vacaciones deberán concederse a los trabajadores dentro de los seis mesessiguientes al cumplimiento del año de servicios.

Los trabajadores están obligados a solicitar las vacaciones mínimo con una semanade anticipación llenando el formato correspondiente.

CAPITULO Vil. PERMISOS

ARTICULO 16. PERMISOS PARA FALTAR

Los trabajadores están obligados a solicitar los permisos para faltar a sus laborescon 24 horas de anticipación, a través del formato establecido por la empresaeste fin, el cual podrá ser autorizado por el jefe inmediato, el jefe de recurshumanos o la dirección general, según las necesidades del trabajo que se trate.'

El trabajador que necesite retirarse de la empresa dentro de la jornada de trabajopor enfermedad, razones personales o extraordinarias, deberá solicitar el permiso asu jefe inmediato a través del formato establecido por la empresa para este fin,quien podrá autorizar la ausencia del trabajador, según la gravedad de la situacióny recuperara las horas en las fechas acordadas con su jefe inmediato.

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El empleado tendrá permiso con goce de sueldo en los siguientes casos:

a) Cinco días laborables con goce de sueldo, a los hombres trabajadores, por elnacimiento de sus hijos y de igual manera en el caso de la adopción de uninfante. Se deberá entregar al área de Recursos Humanos la constancia denacimiento o adopción.

b) Dos días con goce de sueldo, en el caso de fallecimiento de familiaresdirectos (padres, cónyuge e hijos). Se deberá entregar al área de recursoshumanos una copia del acta de defunción.

ARTICULO 17. FALTA NO JUSTIFICADA

Toda falta no justificada, se sancionará de acuerdo al presente reglamento o la LFT.

CAPITULO VIII. CAPACITACIÓN Y ADIESTRAMIENTO

ARTÍCULO 18. CURSOS DE CAPACITACIÓN Y ADIESTRAMIENTO

Los trabajadores están obligados a recibir, participar y compartir los Cursos deCapacitación y Adiestramiento que indique la Empresa y los que indiquen lasautoridades competentes. El reconocimiento o constancia otorgados, se entregaraal área de recursos humanos, el cual se le regresara al trabajador en cuantoconcluyas la relación laboral con la empresa y cumpla con los requisitos acordadospor su jefe inmediato.

ARTICULO 19. EVALUACIONES DEL PERSONAL

Los trabajadores tienen el deber de someterse a evaluaciones periódicasconocimiento de políticas, procedimientos de la empresa, con el objetivo de queempresa conozca el nivel de conocimiento del trabajador sobre la labor quedesarrolla. El jefe de área o departamento podrá solicitar esta evaluación alpersonal a su cargo cada vez que lo considere oportuno.

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CAPITULO IX. SEGURIDAD SOCIAL

ARTICULO 20. INSCRIPCIÓN EN INSTITUCIONES SOCIALES

La empresa inscribirá a sus trabajadores en el IMSS, quedando en consecuencia acargo de esta institución, el otorgamiento de las prestaciones en dinero y enespecie que otorga en los términos de la ley del Seguro Social y sus Reglamentos.

Así mismo, la empresa inscribirá a sus trabajadores al INFONAVIT, INFONACOT ycualquier otra institución social de carácter obligatorio para que el trabajadorpueda gozar de los beneficios que otorgan dichos organismos o instituciones.

ARTICULO 21. ENFERMEDADES E INCAPACIDAD

En caso de ausencia por enfermedad general o accidente de trabajo, para justificarsus faltas deberán presentar a la Empresa únicamente la constancia de incapacidadque expida el instituto Mexicano del Seguro Social, en caso contrario se consideranlas faltas como injustificadas.

Los trabajadores deberán entregar a la empresa los comprobantes de incapacidadexpedidos por el IMSS dentro de las 24 horas siguientes de recibirlos, en caso de nohacerlo se le impondrá un castigo de 1 día. La entrega del comprobante deincapacidad podrá hacerla el trabajador o a través de otra persona.

Los primeros tres días que se generen por incapacidad clasificada comoenfermedad general, serán tratados en apego al artículo 96 de la Ley del SeguroSocial y los artículos 42 y 43 de la Ley Federal de Trabajo.

*

Es obligación del trabajador poner en conocimiento del patrón, las enfermedacontagiosas que padezca, tan pronto como tenga conocimiento de las mismas.

ARTÍCULO 22. EXAMENES MÉDICOS Y MEDIDAS PROFILÁCTICAS

Todos los trabajadores y empleados tienen la obligación de someterse a losExámenes Médicos que indiquen la empresa, las autoridades competentes y lascampañas de salud. En los tiempos señalados por el patrón, que será en el primer yúltimo mes de cada año.

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ARTICULO 23. MUJERES EMBARAZADAS

La empresa proporcionará a las mujeres embarazadas la protección que establecenlos Reglamentos y el artículo 170 de la Ley Federal del Trabajo:

Durante el período del embarazo, no realizarán trabajos que exijan esfuerzosconsiderables y signifiquen un peligro para su salud en relación con la gestación,tales como levantar, tirar o empujar grandes pesos, que produzcan trepidación,estar de pie durante largo tiempo o que actúen o puedan alterar su estado psíquicoy nervioso.

En el período de lactancia hasta por el término máximo de seis meses, tendrán dosreposos extraordinarios por día, de media hora cada uno, para alimentar a sushijos, en lugar adecuado e higiénico que designe la empresa, o bien previo acuerdodel trabajador y la empresa, se reducirá en una hora su jornada de trabajo duranteel período señalado.

Disfrutarán de un descanso de seis semanas anteriores y seis posteriores al parto.

A solicitud expresa de la trabajadora, previa autorización escrita del médico de lainstitución de seguridad social que le corresponda o, en su caso, del servicio desalud que otorgue el patrón, tomando en cuenta la opinión del patrón y lanaturaleza del trabajo que desempeñe, se podrá transferir hasta cuatro de las seissemanas de descanso previas al parto para después del mismo.

En caso de que los hijos hayan nacido con cualquier tipo de discapacidad orequieran atención médica hospitalaria, el descanso podrá ser de hasta ochosemanas posteriores al parto, previa presentación del certificado médicocorrespondiente. En caso de que se presente autorización de médicos particulésta deberá contener el nombre y número de cédula profesional de quienexpida, la fecha y el estado médico de la trabajadora.

Los períodos de descanso se prorrogarán por el tiempo necesario en el caso de quese encuentren imposibilitadas para trabajar a causa del embarazo o del parto.

En caso de adopción de un infante disfrutarán de un descanso de seis semanas con jgoce de sueldo, posteriores al día en que lo reciban.

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CAPITULO X. HIGIENE Y SEGURIDAD

ARTICULO 24. HIGIENE Y SEGURIDAD

Es de interés general el establecimiento de medidas preventivas y vigilar que secumpla para prevenir accidentes de trabajo y enfermedades, en consecuencia, laspartes se comprometen a tomar medidas de Seguridad e Higiene, proponermedidas con lo establecido por el Reglamento Federal de Seguridad e Higiene yMedio Ambiente de Trabajo, y lo señalado en los artículos 509 y 510 de la LeyFederal del Trabajo. Los trabajadores así como la empresa, están obligados a vigilary respetar el cumplimiento de las disposiciones de Seguridad e Higiene en relacióna tos accidentes de trabajo. Las resoluciones de ésta serán de carácter obligatorio ypor ningún motivo ni circunstancia, la Empresa y todo el personal que labora a suservicio, podrán dejar de cumplir con dichas resoluciones.

a) El personal se abstendrá de realizar todo acto que pueda poner en peligro supropia seguridad, la de sus compañeros o de la empresa

b) Por ningún motivo, los trabajadores durante los periodos de incapacidadestemporales médicas o de pre o postnatales deberán presentarse en laempresa, salvo para la entrega de los certificados correspondientes.

c) Cuando el trabajador sufra un accidente de trabajo, deberá dar avisoinmediato al superior directo encargado del personal, a fin de que seadopten con toda urgencia las medidas pertinentes.

d) Verificar que existan los extinguidores; así como personal capacitado parausarlos.

e) Verificar que existan y estén debidamente señalizadas las rutas deevacuación.

ARTICULO 25. BOTIQUÍN DE PRIMEROS AUXILIOS

En el interior de la empresa existirá un botiquín de emergencia con todos los

implementos y útiles necesarios para la atención de los trabajadores que en caso

de accidente o enfermedad, requieran de un auxilio inmediato.

ARTÍCULO 26. PREVENCIÓN DE ACCIDENTES Y RIESGOS

En prevención de accidentes y riesgos, todos los trabajadores deberán observar,entre otras, las siguientes reglas:

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a) No distraerán a los demás trabajadores cuando están laborando.b) Durante su Jornada de Trabajo no deberán usar cualquier objeto que pueda

originar un accidente.c) Así como también, durante la jornada de trabajo y dentro de las instalaciones

de la empresa, los trabajadores no harán uso de teléfonos celulares personales,para evitar que sean distraídos de sus actividades, con excepción de aquellosmedios de comunicación proporcionados o autorizados por la empresa pararealizar su trabajo.

d) Deberán dar aviso a las autoridades de cualquier anomalía en las instalacioneso equipo que llegaran a observar.

e) Deberán usar en forma aseada e higiénica los baños que están a su servicio enla Empresa.

f) Cuando algún Trabajador contraiga alguna enfermedad contagiosa, deberá daraviso inmediato a sus superiores, a fin de que se tomen las providenciasnecesarias. Todos los Trabajadores que estuvieren en contacto directo con elafectado de algún padecimiento, estarán obligados, al tener conocimiento delmismo, a dar aviso a la empresa, quien tomará las medidas que se creannecesarias para evitar el contagio o la propagación de la enfermedad.

g) La Empresa mantendrá un Botiquín de Primeros Auxilios para atender ligeraslesiones y molestias. La empresa dispondrá en todo tiempo de losmedicamentos y materiales de curación indispensables que determine laautoridad competente, a fin de que se otorguen los primeros auxilios a lostrabajadores que así lo requieran.

h) No Fumar dentro de las instalaciones de la Empresa.i) No ingerir alimentos en su área de trabajo durante la jornada de trabajo. Para

ello la empresa proporcionara la forma y tos medios adecuados,j) Cualquiera de las medidas convenidas y prohibidas por la empresa o lo

establecido en el artículo 135 de la LFT que prohibe a los trabajadores, loA>

siguiente:

I. Ejecutar cualquier acto que pueda poner en peligro su propia seguridad, la desus compañeros de trabajo o la de terceras personas, así como la de losestablecimientos o lugares en que el trabajo se desempeñe;

II. Faltar al trabajo sin causa justificada o sin permiso del patrón;III. Substraer de la empresa equipos de cómputo o herramientas de trabajo si

previa autorización;IV. Presentarse al trabajo en estado de embriaguez;V. Presentarse al trabajo bajo la influencia de algún narcótico o droga enervante,

salvo que exista prescripción médica. Antes de iniciar su servicio, el trabajador13

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deberá poner el hecho en conocimiento del patrón y presentarle la prescripciónsuscrita por el médico;

VI. Portar armas de cualquier clase durante las horas de trabajo, salvo que lanaturaleza de éste lo exija.

Vil. Suspender las labores sin autorización del Director;VIII. Hacer colectas en el establecimiento o lugar de trabajo;

IX. Usar los útiles y herramientas suministrados por la empresa, para objetodistinto de aquél a que están destinados;

X. Hacer cualquier clase de propaganda en las horas de trabajo, dentro delestablecimiento;

XI. Acosar sexualmente a cualquier persona o realizar actos inmorales en loslugares de trabajo.

ARTICULO 27. ACCIDENTE DE TRABAJO

Todo Trabajador que sufra un accidente de trabajo, deberá comunicarlo a la

brevedad posible a su jefe inmediato, a fin de que se tomen las medidas

pertinentes

ARTÍCULO 28. AVISO DE ACCIDENTE

Si el Trabajador debido a su estado no pudiera dar el aviso a que se refiere elartículo que antecede, el compañero o compañeros que hubiesen presenciado elaccidente o tenido el conocimiento del mismo, tendrá la obligación de dar aviso ala empresa.

ARTÍCULO 29. REGLAMENTOS E INSTRUCTIVOS

La empresa fijará visiblemente y difundirá en sus instalaciones o locales,disposiciones conducentes de los reglamentos e instructivos de seguridad ehigiene.

CAPITULO XI. DISPOSICIONES DISCIPLINARIAS

ARTÍCULO 30. RESCISIÓN DE TRABAJO

Son causas de rescisión de la relación de trabajo, sin responsabilidad para laEmpresa, las señaladas en el Artículo 47 de la Ley Federal del Trabajo, para lo cual,

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la empresa dará aviso por escrito indicando claramente la conducta o conductasque motivan la rescisión y la fecha o fechas en que se cometieron; dicho aviso serápersonalmente al trabajador en el momento mismo del despido o bien, serácomunicado a la Junta de Conciliación y Arbitraje competente, dentro de los cincodías hábiles siguientes, en cuyo caso se proporcionará el último domicilio que tengaregistrado del trabajador la empresa a fin de que Ja autoridad se lo notifique enforma personal:

I. Engañarlo el trabajador con certificados falsos o referencias en los que seatribuya el trabajador capacidad, aptitudes o facultades de que carezca. Estacausa de rescisión dejará de tener efecto después de treinta días de prestarsus servicios el trabajador;

II. Incurrir el trabajador, durante sus labores, en faltas de probidad u honradez,en actos de violencia, amagos, injurias o malos tratamientos en contra deldirector, sus familiares o del personal directivo o administrativo de laempresa o establecimiento, o en contra de clientes y proveedores laempresa, salvo que medie provocación o que obre en defensa propia;

III. Cometer el trabajador contra alguno de sus compañeros, cualquiera de losactos enumerados en la fracción anterior, si como consecuencia de ellos sealtera la disciplina del lugar en que se desempeña el trabajo;

IV. Cometer el trabajador, fuera del servicio, contra el patrón, sus familiares opersonal directivo administrativo, alguno de los actos a que se refiere lafracción II, si son de tal manera graves que hagan imposible el cumplimientode la relación de trabajo;

V. Ocasionar el trabajador, ¡ntencionalmente, perjuicios materiales durante eldesempeño de las labores o con motivo de ellas, en las instalaciones, equipode cómputo, material de trabajo y demás objetos relacionados con eltrabajo;

VI. Ocasionar el trabajador los perjuicios de que habla la fracción antsiempre que sean graves, sin dolo, pero con negligencia tal, que ella seacausa única del perjuicio;

Vil. Comprometer eí trabajador, por su imprudencia o descuido inexcusable, laseguridad del establecimiento o de las personas que se encuentren en él;

VIII. Cometer el trabajador actos inmorales o de hostigamiento y/o acoso sexualcontra cualquier persona en el establecimiento o lugar de trabajo;

IX. Revelar el trabajador información confidencial de la empresa y clientes o daa conocer asuntos de carácter reservado, con perjuicio de la empresa;

X. Tener el trabajador más de tres faltas de asistencia en un período de treintadías, sin permiso del patrón o sin causa justificada;

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XI. Desobedecer el trabajador al director o a sus representantes, sin causajustificada, siempre que se trate del trabajo contratado;

XII. Negarse el trabajador a adoptar las medidas preventivas o a seguir losprocedimientos indicados para evitar accidentes o enfermedades;

XIII. Concurrir el trabajador a sus labores en estado de embriaguez o bajo lainfluencia de algún narcótico o droga enervante, salvo que, en este últimocaso, exista prescripción médica. Antes de iniciar su servicio, el trabajadordeberá poner el hecho en conocimiento del patrón y presentar iaprescripción suscrita por ef médico;

XIV. La sentencia ejecutoriada que imponga al trabajador una pena de prisión,que le impida el cumplimiento de la relación de trabajo; XIV Bis. La falta dedocumentos que exijan las leyes y reglamentos, necesarios para la prestacióndel servicio cuando sea imputable al trabajador y que exceda del periodo aque se refiere la fracción IV del artículo 43;

XV. Las análogas a las establecidas en las fracciones anteriores, de igual manera,graves y de consecuencias semejantes en lo que al trabajo se refiere.

También son causas de rescisión de contrato de trabajo por falta prohibida:

a. Cuando el trabajador venda o transfiera productos, documentos, informaciónde la empresa, de los clientes o de los proveedores sin autorización.

b. Cuando dañe o destruya de cualquier forma el producto, materiales odocumentos del cliente, de proveedores o de la empresa.

CAPITULO XII. OBLIGACIONES DE LOS TRABAJADORES

ARTICULO 31. OBLIGACIONES DE LOS TRABAJADORES

Además de aquellas obligaciones derivadas del Contrato Individual respectivo,personal tendrá de manera específica, las siguientes:

a. Apegarse estrictamente a todas las disposiciones de este reglamento.

b. Ser respetuoso con sus Jefes, Compañeros y Subordinados.c. Acatar estrictamente las órdenes de sus Jefes, ya sean éstas escritas o verbales.d. No distraer a sus compañeros con actos o conversaciones ajenas a su labor.e. Ser disciplinado y observar buena conducta en el desempeño de sus labores,

cuidando de su presentación y buenas costumbres en general.

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f. Prestar auxilio inmediato cuando peligre las personas o intereses de laempresa, cuidando de sus compañeros de trabajo.

g. Guardar la más estricta discreción sobre asuntos de la empresa.h. Usar los sanitarios para el fin específico.i. Reportar a la dirección de la empresa desperfectos e irregularidades que noten

en el equipo de trabajo o instalaciones.j. Utilizar los equipos sacándoles el mayor aprovechamiento.k. Realizar los trabajos con calidad, es decir, de manera correcta, dentro de los

parámetros y que cumplan con las especificaciones solicitadas por los clientes,en el menor tiempo posible y a la primera vez. Evitando en todo momento quelas mismas sean rechazadas o devueltas por no cumplir con los requisitossolicitados, y por esta causa la empresa incurra en gastos y pérdidasextraordinarias. Quedando en el entendido que al reincidir los trabajadores enerrores de este tipo, la empresa procederá a la rescisión de la relación detrabajo sin responsabilidad para la misma, en apego al artículo 47 de la LFT.

I. Cooperar plenamente en los casos que la empresa y representantes de lostrabajadores lleven a cabo una investigación para aclarar asuntos de trabajo.

m. Cuando el trabajador decida terminar la relación laboral con la empresa deberánotificar a su jefe inmediato con anticipación y como parte del proceso de finde la relación laboral, el trabajador deberá capacitar a la persona que ocuparasu lugar, para que le sea entregado su carta de recomendación y los certificadoso diplomas que allá obtenido de los cursos o talleres pagados por la empresa.Firmará el formato de salida, donde informarán los motivos de su renuncia.

n. Realizar su trabajo con diligencia, cuidado, rapidez y la calidad requerida.o. Cuando un trabajador eche a perder un trabajo, materiales, documentos o

productos por descuido o negligencia, deberá reponer el tiempo hasta que eltrabajo o reparación esté en el avance del servicio originalmente echadoperder, sin goce de sueldo. Independientemente de la gravedad o reincidencdel hecho, a juicio de la Empresa, se le suspenderá de su trabajo o se lerescindirá la relación de Trabajo sin responsabilidad para el patrón.

p. Portar el uniforme correspondiente a lo establecido por la empresa.q. Dar aviso por escrito en un término no mayor a cinco días hábiles al

Departamento de Recursos Humanos cuando cambie su domicilio particular.r. Cuando un trabajador eche a perder un equipo o herramienta de trabajo por

negligencia, mal uso o mala operación, queda obligado a resarcir del dañoperjuicio a la Empresa.

s. Cuando un trabajador pierda o extravíe un equipo, herramienta de trabajo omateriales, queda obligado a resarcir del daño o perjuicio a la Empresa.

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t. En caso de que llegara a ocurrir algún accidente ocasionado con o sinresponsabilidad del trabajador, éste deberá dar aviso inmediatamente a laempresa.

u. Cualquier trabajador que sufra un accidente de trabajo o contraiga unaenfermedad de trabajo, estará obligado a sujetarse al examen o exámenesmédicos que determine el Instituto Mexicano del Seguro Social, la Empresa y/olos que determinen las leyes aplicables a su caso.

v. El trato entre trabajadores y empleados debe ser siempre respetuoso entre laspartes. Queda prohibido la relación amorosa entre trabajadores.

CAPITULO XIII: PROHIBICIONES A LOS TRABAJADORES

ARTICULO 32. PROHIBICIONES A LOS TRABAJADORES

Queda totalmente prohibido a los trabajadores lo siguiente:

a) Hablar con los compañeros del trabajo a gritos o reírse en forma escandalosafrente a los clientes.

b) Ejecutar trabajos ajenos dentro de la empresa o en el horario laboralcontratado por la empresa.

c) Revelar secretos de la empresa.d) Faltar más de tres veces al trabajo, en término de 15 días sin causa justificada o

sin permiso del patrón.e) Solicitar cualquier tipo de gratificación por su trabajo a clientes, proveedores,

compañeros o visitantes de la empresa.f) No portar el uniforme implementado por la empresa.g) Utilizar el equipo de cómputo, teléfonos e internet propiedad de la empres

para otros fines distintos a los laborales.h) No será permitido portar shorts, bermudas, camisetas sin mangas, escotes,

minifaldas, sandalias etc.i) Los caballeros no podrán portar aretes, tatuajes ni utilizar cabello largo.j) Abandonar o suspender sus labores, visitar otros departamentos o salir de las

instalaciones sin el permiso de su jefe inmediato.k) Desobedecer las normas, procedimientos o reglas de Seguridad e Higiene qu

establezcan la Empresa, o la autoridad competente.I) Actuar con violencia, amenazar, reñir e insultar a sus compañeros de trabajo,

jefes y subordinados,m) Escupir dentro de las instalaciones.

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n) Fumar dentro de la Empresa.o) Introducir a la Empresa drogas, estupefacientes o bebidas alcohólicas.p) Entrar a la Empresa habiendo ingerido drogas, estupefacientes o bebidas

alcohólicas,q) Sacar clandestinamente materiales o herramientas de trabajo propiedad de la

Empresa, de cualquier tipo.r) Utilizar el nombre de la Empresa para fines no autorizados.s) Quedarse dormido en horas de trabajo,t) Introducir revistas, libros, periódicos y publicaciones en general que sean

ajenos al trabajo; así como darles lectura durante la jornada de trabajo,u) Pintar, manchar, rayar y poner letreros, en las paredes, puertas, baños,

herramientas y equipos de la Empresa.v) Desobedecer instrucciones verbales o escritas dadas por jefes inmediatos,

representantes o directivos de la Empresa.w) Arrojar basura fuera de los recipientes especiales para ello.x) Cometer actos inmorales o indecorosos dentro de la Empresa, así como

hostigamiento o acoso sexual.y) Obstaculizar o entorpecer las labores productivas en la Empresa,z) Formar grupos en sanitarios, pasillos o lugares de trabajo en horas de labores,aa) Realizar actividades en lugares peligrosos o insalubres.bb) Introducir a las instalaciones de la Empresa personas ajenas a la misma, sin

previa autorización,ce) Introducirá la Empresa armas de fuego, armas punzo cortantes y cualquier tipo

de armas,dd) Usar los teléfonos de la Empresa para tratar asuntos particulares, sin permiso

de su jefe inmediato y cuyo fin no sea justificado.ee) Se prohibe e¡ uso del teléfono personal en horarios de trabajo, sin permiso de

su jefe inmediato y cuyo fin no sea justificado,ff) Obrar con negligencia en el desempeño del trabajo contratado. Ocasio

perjuicios materiales en contra de la empresa en el desempeño de su trabajo,gg) Navegar en páginas de internet no permitidas por la empresa como: Facebook,

Hotmail, YouTube, etc.hh) Formar grupos que afecten la armonía del ambiente de trabajo y las reglas y

políticas de la empresa establecidas en este reglamento,ii) Hacer colectas o rifas dentro de las instalaciones sin contar con la autorización

expresa para tal efecto.jj) Hacer propaganda y publicidad política o religiosa dentro de las instalaciones de

la empresa,kk) Tratar asuntos ajenos al trabajo en horas laborales.

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CAPITULO XIV: OBLIGACIONES DEL PERSONAL Y LA EMPRESA

ARTÍCULO 33. OBLIGACIONES DE LOS JEFES DE DEPARTAMENTO Y

SUPERVISORES.

Son obligaciones de los empleados Jefes de Departamento y Supervisores, ademásde las contenidas en el presente Reglamento y en la Ley Federal del Trabajo, lassiguientes:

a. Utilizar y obligar al personal a su cargo al uso correcto de los Equipos deSegundad que les entrega la Empresa

b. Utilizar y obligar al personal a su cargo a hacer uso correcto de lasherramientas, equipos de trabajo, materiales y mobiliario y equipo que laEmpresa les entrega y pone a su disposición para el correcto desempeño de suslabores

c. Cumplir estrictamente con los Programas de Trabajo convenidos y autorizadospor la Dirección en tiempo y forma, de tal manera de no entregar los trabajoscon retraso y sin la calidad requerida por el Cliente o las normas aplicables.

d. Capacitar a su Personal.e. Supervisar y vigilar que los trabajos cumplan estrictamente con la calidad

requerida por los clientes, y en caso de descuido o negligencia en su labor desupervisión, deberá reponer el tiempo hasta que el trabajo o reparación esté enel avance del trabajo originalmente echada a perder, sin goce de sueldo, ya queéste tiempo ya fue pagado por la Empresa, independientemente que por lagravedad o reincidencia del hecho, a juicio de la Empresa, se le suspenda de sutrabajo contratado o se le rescinda la relación de Trabajo.

f. Evitar en todo momento que la operación y ventas de la Empresa seanperjudicadas por el bajo desempeño y falta de compromiso de sussubordinados, y que lo anterior acarree problemas económicos a la Empresa.

g. Hacer del conocimiento de la Dirección de la Empresa, de manera inmediata, decualquier falta o conducta en que incurran sus subordinados y que de algunamanera perjudique la producción, ya que en caso contrario, incurrirá enresponsabilidad para con la Empresa.

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ARTICULO 34. SANCIONES

Todas las violaciones al presente Reglamento, a la Ley Federal del Trabajo o alContrato de Trabajo Individual o Colectivo, que no sean causa de rescisión de larelación de trabajo, serán sancionadas por la Empresa con suspensión del trabajosin goce de sueldo, hasta por ocho días. En cada caso se escuchará siempre altrabajador antes de aplicar la sanción.

ARTICULO 35. OBLIGACIONES DE LA EMPRESA

Son obligaciones de la Empresa las contenidas en el Artículo 132 de la Ley Federaldel Trabajo.

TRANSITORIOS

Primero.- Este reglamento ha sido formulado por la empresa y los trabajadores decomún acuerdo.Segundo.- El presente Reglamento deberá ser distribuido a todos los trabajadoresque actualmente laboren en la empresa y a los que ingresen con la posteridad o ensu defecto será publicado en lugares visibles de la empresa.Tercero.- Su vigencia iniciará a partir del día siguiente que se dé a conocer a lostrabajadores y a lo establecido en la Ley Federal de! Trabajo.Cuarto.- Este Reglamento no podrá ser modificado sino de común acuerdo entreempresa y trabajadores, notificando los cambios a la Junta respectiva, así como atodos los trabajadores de la organización.

Este reglamento se firma al 28 de Octubre del 2015.

Antonio Riygra-tfüranReprtesentafite'Patronal

nguíaTecpanecatlante de los Trabajadores

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STPSPSECRETARÍA DE TRABAJO,

PREVISIÓN SOCIALY PRODUCTIVIDAD

DEL ESTADO Df. VERACRUZ

H. JUNTA LOCAL DE CONCILIACIÓN YARBITRAJE DEL ESTADO.

Departamento de Contratos Colectivos yReglamentos Interiores de Trabajo

EXPEDIENTE: R.IT.-12/2016.ÓPTICA AGUILAR MORENO, S.A.DEC.V. YMARIO TECPANECATLMUNGUIA. REPRESENTANTEOBRERO. BOCADEL RIO, VER.

XALAPA-ENRÍQUEZ, VERACRUZ A VEINTE DE ENERO DE DOS MILDIECISÉIS.

Por recibido de Oficialía de Partes de este Tribunal, en dieciocho de eneroactual, el REGLAMENTO INTERIOR DE TRABAJO que aplica en la Empresadenominada: ÓPTICA AGUILAR MORENO, S.A. DE C.V., con domicilio sito en:AV. FRAMBOYANES S/N NUM. INT. F-16 E/E RUIZ CORTINES YFRAMBOYANES, COL JARDINES DE VIRGINIA, BOCA DEL RIO, VER.,representada por PEDRO ANTONIO RIVERA DURAN en su carácter derepresentante legal, conforme el Testimonio Notarial 13,341 de 27 de abril de 2010pasado ante la fe del Lie. Raymundo Moreno Ballinas, Titular de la Notaría PúblicaNúmero Setenta y Tres con residencia en la Ciudad de Tuxtla Gutiérrez, Chis., delque se agrega copia cotejada en autos, personalidad que se le reconoce deconformidad con lo dispuesto por el artículo 692 fracción II y 693 de la Ley Federaldel Trabajo.

Reglamento formulado por la COMISIÓN MIXTA integrada por PEDROANTONIO RIVERA DURAN en su carácter de representante patronal, y MARIOTECPANECATL MUNGUIA por parte de los trabajadores conforme se adviertedel acta de 27 de octubre de 2015, personas que se identifican plenamente conlas credenciales para votar con fotografía expedidas por el I.F.E., cuyas copias secontienen en autos,

Consecuentemente y habiendo dado cumplimiento a lo dispuesto por losartículos 132 fracciones XVIII, XXVIII, 422, 423 424, 425, 616 Fracción V, 692 y693 de la nueva Ley Federal del Trabajo, SE DECRETA EL DEPOSITO delREGLAMENTO INTERIOR DE TRABAJO que aplicará en la fuente de trabajo ydomicilio referidos, se REGISTRA bajo el número: R.I.T.-12/2016, mismo quesurte efectos a partir del 18 de enero de 2016.

Entregúese a los representantes de la comisión mixta dos tantos delReglamento Interior registrado, debiendo la patronal imprimir, fijar visiblemente ydifundir en los lugares donde se presta el trabajo, las disposiciones conducentesdel Reglamento Interior que nos ocupa.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE. ASÍ LO PROVEYÓ Y FIRMÓ LA JUNTA LOCALDE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE DEL ESTADO, PRESIDIDA POR EL LIC.JONATHAN CORTES VARGAS DANDO FE LA SECRETARIA GENERAL DEACUERDOS LIC. NATIWqAD GUADALUPE MARTÍNEZ G/AMARENA ENUNIÓN DEL JEFE DEL DeS5IAIVlEWTerl5OONTfi»TOS/COLECTIVOS YREGLAMENTOS INTERIORES^vdiTRABAJfirLIC. VÍCTOR/HUGO RAMÍREZROJAS. DOY FE.LIC.VHRR/Mrsm.