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VALORACIÓN DEL PATRIMONIO MUEBLE URBANO COMO ELEMENTO PARA LA GESTIÓN AMBIENTAL URBANA BASADO EN LA PERCEPCIÓN GRUPAL: CASO PARQUE NACIONAL ENRIQUE OLAYA HERRERA RICARDO HERNAN PEÑUELA PAVA UNIVERSIDAD PILOTO DE COLOMBIA FACULTAD DE CIENCIAS AMBIENTALES ESPECIALIZACIÓN EN GESTIÓN AMBIENTAL URBANA Bogotá, D.C., Colombia. Junio de 2014

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VALORACIÓN DEL PATRIMONIO MUEBLE URBANO COMO ELEMENTO PARA LA GESTIÓN AMBIENTAL URBANA BASADO EN LA PERCEPCIÓN GRUPAL:

CASO PARQUE NACIONAL ENRIQUE OLAYA HERRERA

RICARDO HERNAN PEÑUELA PAVA

UNIVERSIDAD PILOTO DE COLOMBIA FACULTAD DE CIENCIAS AMBIENTALES

ESPECIALIZACIÓN EN GESTIÓN AMBIENTAL URBANA Bogotá, D.C., Colombia.

Junio de 2014

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VALORACIÓN DEL PATRIMONIO MUEBLE URBANO COMO ELEMENTO PARA LA GESTIÓN AMBIENTAL URBANA BASADO EN LA PERCEPCIÓN GRUPAL:

CASO PARQUE NACIONAL ENRIQUE OLAYA HERRERA

RICARDO HERNAN PEÑUELA PAVA

Trabajo de Grado para optar al título de

Especialista en Gestión Ambiental Urbana

Directora Bibian Ximena García Martín, M Sc

UNIVERSIDAD PILOTO DE COLOMBIA FACULTAD DE CIENCIAS AMBIENTALES

ESPECIALIZACIÓN EN GESTIÓN AMBIENTAL URBANA Bogotá, D.C., Colombia.

Junio de 2014

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CONTENIDO

Pág.

RESUMEN 6

INTRODUCCIÓN 7

1. ANTECEDENTES 14

1.1. PROBLEMA DE ESTUDIO 15

1.1.1. Criterios de Selección 15

1.1.2. Localización Geográfica 16

1.1.3. Origen y Significación 16

2. OBJETIVOS 21

2.1. OBJETIVO GENERAL 21

2.2. OBJETIVOS ESPECÍFICOS 21

3. MARCO DE REFERENCIA 22

3.1. MARCO CONCEPTUAL 23

3.2. MARCO NORMATIVO 34

3.3. REFERENTE NACIONAL: Parque Centenario, Cartagena de Indias, D.T.C. 43

4. PROPUESTA METODOLÓGICA PARA EL DISEÑO DE UN MODELO DE PERCEPCIÓN DEL PATRIMONIO CULTURAL MATERIAL MUEBLE -PCMM EN EL ESPACIO PÚBLICO URBANO -EPU 46

4.1. DISEÑO, ADMINISTRACIÓN Y ANÁLISIS DE LA ENCUESTA PÚBLICA SOBRE APROPIACIÓN SOCIAL DEL PCMM EN EL EPU Y ENTREVISTAS CON EXPERTOS(AS) 51 4.1.1. Entrevistas a Grupo Objetivo de Expertos(as) 51

4.1.2. Entrevistas al Público 52

4.2. DISEÑO DEL MODELO DE PERCEPCIÓN DEL PCMM EN EL EPU 54

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4.2.1. Establecimiento de Indicadores y Variables 59

4.2.2. Indicadores de Percepción y Valoración 60

4.3. FASES PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL MODELO DE PERCEPCIÓN: EL PROCESO 61

5. CONCLUSIONES 63

6. RECOMENDACIONES 64

GLOSARIO 67

LISTA DE TABLAS 71

LISTA DE GRÁFICAS 72

BIBLIOGRAFÍA 74

ANEXOS 79

A. Imágenes Adicionales 79

B. Lista de Entrevistas Grupo Objetivo 93

C. Referentes Institucionales 93

D. Colectivos y Asociaciones 93

E. Lista de Elementos del PCM en el núcleo principal del PNEOH 94

F. Mapa de Ubicación del PCMM en el núcleo principal del PNEOH 96

G. Formato de la Encuesta Pública 96

H. Enlace Internet: Entrevista: Grafiti en Bogotá, del Crimen a la Legalidad 96

I. Tabla de procesamiento de los datos obtenidos de la encuesta pública 96

J. Enlace de Internet al colectivo M.B. Cultura Hip hop Soacha 96

K. Principales Instrumentos del Marco Normativo de EPU y PCMM a nivel 100 Nacional y Local

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Nota de aceptación

_____________________________ _____________________________ _____________________________ _____________________________

__________________________________________ Firma del(a) Presidente(a) del Jurado

______________________________ Firma del Jurado

______________________________ Firma del Jurado

Bogotá, D.C. ____ de Junio de 2014

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RESUMEN

El presente estudio propone un modelo de percepción para la valoración del Patrimonio Cultural Material Mueble -PCMM en el Espacio Público Urbano -EPU, como herramienta de gestión ambiental dirigida a orientar iniciativas de recuperación de su significado, individual y colectivo. Tal esfuerzo está dirigido a fortalecer procesos de gestión ambiental en busca de ensayos de solución a los principales problemas ambientales urbanos en el EPU desde lo institucional, pero con la participación directa de la comunidad. Para efectos de este estudio, la gestión ambiental de los problemas que interactúan e inciden sobre el ambiente en las áreas urbanas se centra en los factores que ocasionan la pérdida o deterioro del espacio público y del paisaje y en la pérdida de valores socio-culturales de la población urbana, que puede llevar al detrimento de su identidad cultural y en consecuencia de su sentido de pertenencia del entorno. De esta forma el análisis se limita a la situación del PCMM como referente socio-cultural en el EPU, a través de un modelo de percepción. La propuesta se realiza con el fin de contribuir a la mejor calidad de vida de los usuarios de los parques públicos y a la conservación de los más de seiscientos monumentos y esculturas en el espacio público de la ciudad de Bogotá, D.C. El documento está organizado en siete apartados específicos, e inicia con una presentación general e introducción, la exposición de antecedentes sobre el problema en cuestión, que continúa con una caracterización del área de estudio, el marco de referencia conceptual y normativo, la propuesta metodológica realizada, el estudio de caso específico, incluyendo la mención de un referente a nivel nacional, y presenta además el diseño y la administración de una encuesta pública sobre apropiación social del patrimonio cultural material mueble en el espacio público urbano. La encuesta se complementa con las entrevistas a un grupo objetivo de expertos, a lo cual le sigue el diseño y desarrollo del modelo de percepción del patrimonio cultural material mueble en el espacio público urbano, la propuesta para implementar del modelo de percepción en el espacio público urbano, con el proceso de estructuración de la herramienta de valoración subjetiva conjunta; el estudio de caso, los resultados del mismo, y los resultados de la encuesta pública administrada. El penúltimo apartado presenta las conclusiones generales y recomendaciones específicas del estudio. El último apartado incluye la bibliografía, y a manera de anexos, los nombres de los expertos entrevistados en el tema, quienes orientaron el desarrollo del trabajo de grado, tanto en lo conceptual como en lo metodológico. La versión digital de este documento incluye además el registro de cada una de dichas entrevistas. Finalmente, como parte de los respectivos anexos se presentan imágenes de las esculturas, monumentos y otros referentes culturales del Parque Nacional Enrique Olaya Herrera, y un listado junto al mapa donde se señala su respectiva ubicación geo-referenciada en el área de estudio, mediante el uso de ArcGIS.

PALABRAS CLAVE

GESTIÓN AMBIENTAL URBANA, PATRIMONIO CULTURAL MATERIAL MUEBLE, VALORACIÓN, PERCEPCIÓN GRUPAL, ESPACIO PUBLICO URBANO.

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“No existe un deber individual de memoria, pero si existe un derecho a recordar a ser recordado. Y también existe un deber o más exactamente una responsabilidad social y política de las instituciones que nos representan en hacer posible el ejercicio del derecho a recordar y ser recordado. Olvidar esto no es sólo el no recuerdo, es sobre todo la no verdad.

Es negar lo que sucedió y no se quiere aceptar.” Jordi Borja

“El monumento es, tanto para quienes lo edifican como para los que reciben sus mensajes, una defensa contra los traumatismos de la existencia,

un dispositivo de seguridad. El monumento asegura, da confianza, tranquiliza al conjurar el ser del tiempo. El monumento cambia la inquietud

que genera la incertidumbre de los comienzos.” Françoise Choay

“El mundo que nos rodea no siempre es el que aparentemente es, sino el que somos capaces de percibir a través de los sentidos y, lo que es más importante, el que filtramos

a través de nuestro contexto cultural y de nuestra propia memoria.” Sergio García-Domenech

INTRODUCCIÓN

El desarrollo sostenible y la gestión ambiental del Espacio Público Urbano -EPU presentan diferentes retos y facetas prácticas, algunas de las cuales pueden ilustrar la dinámica de la gestión y de las actuaciones o inacciones que se producen, tanto en el marco de referencia normativo vigente como al margen del mismo, frente a la necesidad de considerar la percepción de los usuarios en éste ámbito.

Uno de los principales retos es superar los alcances de los indicadores tradicionales del desarrollo sostenible, mediante la integración de nuevas funciones y visiones de la percepción sobre los elementos constitutivos del EPU. La inclusión de los valores del Patrimonio Cultural Material Mueble -PCMM, contribuye a la compresión de su papel como eje estructurante de la participación de la comunidad en la continuidad del desarrollo sostenible. Es indispensable garantizar el acceso de las generaciones futuras al legado de las anteriores, pues la memoria colectiva se gesta en el traslado del patrimonio de generación en generación.

Sobre el papel del espacio público, Páramo y Cuervo (2006), señalan que la trama urbana:

"…da coherencia a la ciudad y proporcionalidad con elementos de identidad para todos los ciudadanos. En el espacio público, el monumento público, como extensión de lo sagrado, se ubica en el espacio profano y le da un valor específico, caracterizándolo y haciendo de él parte de la identidad de la ciudad."

Cabe señalar que en dicha trama, como parte del PCMM, el carácter de las esculturas y monumentos históricos no se limita a los referentes materiales más tradicionales:

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"Los monumentos no son únicamente aquellos que buscan rendir culto a un personaje o hecho determinado; son monumentos todo tipo de fuentes o de obras de arte localizadas en el espacio urbano para lograr caracterizarlo." (Páramo y Cuervo, 2006)

De esta forma, algunos elementos constitutivos, artificiales o construidos, complementan el espacio público, e incluso a manera de artefactos del mobiliario urbano, no hacen parte formal del patrimonio cultural reconocido ni se encuentran relacionados en la lista de Bienes de Interés Cultural -BIC declarados como tales, por ejemplo: fuentes, relojes, mapas, dioramas geográficos, murales, bancas, rotondas o el sistema de alumbrado original, los elementos de recreación y de servicios.

Al considerar el todo con base en la complejidad de cada uno de dichos componentes, el panorama de del patrimonio cultural material en el espacio público urbano proyectaría su principal atención en la dosis de identidad y valor intrínseco en cada escultura o monumento en un contexto, a través de la gestión ambiental. A partir de lo cual pueda expresarse el sentido de la propiedad e interés colectivo y el significado que tenga para la comunidad en un entorno dado, el cual en este caso corresponde al Parque Nacional Enrique Olaya Herrera -PNEOH, en la ciudad de Bogotá, D.C., el cual en su conjunto fue declarado Monumento Nacional, mediante decreto 1756 de 1996.

Sin embargo, los componentes del EPU también pueden llegar a individualizarse o constituir un conjunto de referentes por sí mismos, con carácter y significado propios y/o alcanzar un nivel de reconocimiento particular, personal o colectivo. Tal es el caso de objetos como: la torre del reloj en el PNEOH, regalo en 1954 de la comunidad Suiza residente en la ciudad de Bogotá, o la misma banca en la que se sienta un visitante genérico del parque, o el árbol bajo el cual se suele tomar una siesta, o un cuerpo de agua, pues dichos objetos/componentes guardan algún significado individual que se hace colectivo como resultado de la percepción de otros visitantes. Corresponde señalar entonces una de las principales diferencias entre el carácter del espacio privado y el del espacio público, la cual radica en que:

"En el espacio privado se manifiesta el interés particular, mientras que en el espacio público prima el interés común." (Páramo y Cuervo, 2006)

Entre las diversas manifestaciones con las cuales actualmente se ejerce el sentido de pertenencia e interés colectivo en nuestro medio, el grafiti se caracteriza por ser una de las expresiones de identidad más invasivas en centros urbanos, en especial entre diferentes colectivos juveniles. El significado del grafiti resultaría principalmente de una cuestión de forma, como señala Reyes (2011):

“…el significado de un grafiti se encuentra alojado principalmente en el estilo de dicha tipografía, en su estética original y distintiva, en el modo particular de trazar las letras del texto y no tanto en el mensaje referencial, el cual suele ser en la mayoría de las ocasiones el nombre o apodo de quien escribió el grafiti o el nombre del grupo, banda al cual este pertenece o está adscrito. Esto significa que el significado de un grafiti es principalmente connotativo y no denotativo, es decir, que está soportado en sensaciones y en relaciones establecidas con un imaginario estético particular.”

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Al respecto, las diversas manifestaciones que se han traducido en tipologías del grafiti, tienen características en común:

“El Graffiti y el Tagging es el resultado de pintar textos y dibujos abstractos en las paredes de manera libre, creativa e ilimitada con fines de expresión y divulgación donde su esencia es cambiar y evolucionar buscando ser un atractivo visual y con un alto impacto, como parte de un movimiento urbano “revolucionario” y “rebelde”; por lo tanto, una pintada política no se considera un grafiti como tal. El grafiti se realiza de manera espontánea, veloz, en lugares públicos, y en algunas ocasiones se mantiene el anonimato debido a su criminalización. En el Estado de Chihuahua y en particular en la ciudad, los individuos que “Graffitean” o “Rayan”, -en su mayoría- lo hacen de manera ilegal. Estos, muchas veces se ganan su fama y su respeto más por lo “rifados” o audaces, que por lo complejo o elaborado de la pieza. Si bien, existen las obras maestras estas obedecen y son valoradas desde la perspectiva de las “bellas artes” (Muralismo) y aunque la base de la técnica del aerosol sea la misma, el objetivo y la lógica responden a su institucionalización y a la erradicación de su práctica ilegal.” (Castro, 2012)

A este punto, es indispensable señalar que desde el ejercicio de la función pública en materia de gestión ambiental urbana, una de las principales responsabilidades es justamente promover el diseño, establecimiento y aplicación de instrumentos de evaluación y análisis, tanto sobre la efectividad de la gestión como para la implementación y seguimiento de la normativa y su desarrollo, incluyendo la injerencia de las expresiones ciudadanas hacia gestión ambiental del PCMM en el EPU.

Se espera así que en ese conjunto se consoliden escenarios de acción afirmativa para el Desarrollo Sostenible con la participación de las comunidades en este entorno. El presente estudio se encamina avanzar, a partir de la norma, para construir sobre la factibilidad de su implementación en el contexto del espacio público urbano en Colombia, a partir de su percepción en un ámbito específico.

La gestión ambiental urbana se dirige a mejorar la calidad de vida de los habitantes de centros urbanos, y su efectividad se puede establecer mediante el empleo de indicadores que, entre otros aspectos, se validen como instrumentos para la gestión y permitan vincular el análisis de la realidad o realidades en materia de desarrollo sostenible en centros urbanos.

Con el propósito de construir la sostenibilidad como comunidad, este tipo de herramientas y/o estrategias exige la articulación de las principales co-responsabilidades o logros de los diferentes actores sociales, la construcción de comunidad, el sentido de pertenencia, y la proyección del significado en la apropiación de la identidad urbana, regional y nacional.

Por otra parte, en el ámbito nacional existe un compromiso específico por asumir con mayor empeño, en el marco de referencia de las funciones, objetivos y actividades que cumple el Estado para la implementación de la “Política de Gestión Ambiental Urbana” en entidades como el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible -MADS, y en el Sistema Nacional Ambiental –SINA con las autoridades ambientales y entes territoriales.

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Tal compromiso es el diseño e implementación de una estrategia de fortalecimiento de la gestión ambiental urbana necesaria para reducir el déficit cuantitativo y cualitativo de disponibilidad de espacio público libre dedicado a áreas verdes, que sea accesible, adecuado y suficiente, con el propósito de aportar al mejoramiento de la calidad de vida de sus habitantes (CONPES, 2012).

Con este referente, es factible establecer aquí un nexo entre medio ambiente, espacio público urbano y patrimonio cultural material, recogiendo además elementos del enfoque ecosistémico empleado en la Ecología del Paisaje para implementarlos en el desarrollo de una gestión ambiental urbana integral.

“El enfoque ecosistémico reconoce que los ecosistemas naturales y transformados son sistemas complejos, cuyo funcionamiento y capacidad de respuesta ante perturbaciones dependen de las relaciones dinámicas entre especies y entre estas y el medio ambiente, la sociedad y su cultura. Integra las diferentes ciencias del medio biofísico y socioeconómico y sistemas de innovación. Igualmente se parte del reconocimiento que el ser humano y su cultura son parte integral de los ecosistemas y, por tanto, los objetivos de la gestión ambiental son de naturaleza eminentemente social.” (Andrade, 2014)

El papel del PCMM puede llegar a redefinirse como referente socio-cultural complementario en el área verde del EPU, lo cual suma al papel protagónico de los recursos naturales, de forma tal que se promueva una aproximación a la gestión ambiental urbana con enfoque urbano-regional en áreas verdes de centros urbanos que como el PNEOH, además de incluir bienes de interés cultural material también guarden la posibilidad de restablecer la conectividad ecológica a través de corredores ecológicos, pero en la actualidad proyectan un limitado aporte a la sostenibilidad.

En este contexto, cabe señalar el papel de la gestión ambiental urbana como resultado del esfuerzo conjunto del Estado y de los demás actores sociales para contribuir a una mejor calidad de vida y la co-responsabilidad que esto implica.

“La gestión ambiental urbana es una acción conjunta entre el Estado y los actores sociales, que se articula con la gestión territorial, las políticas ambientales y las políticas o planes sectoriales que tienen relación o afectan el medio ambiente en el ámbito urbano regional. Esta gestión, demanda el uso selectivo y combinado de herramientas jurídicas, de planeación, técnicas, económicas, financieras y administrativas para lograr la protección y funcionamiento de los ecosistemas y el mejoramiento de la calidad de vida de la población, dentro de un marco de ciudad sostenible.” (MAVDT, 2008)

Entrando en materia, y ya más específicamente en la discusión práctica sobre los alcances, significado, efecto e intensión de afectaciones sobre el PCMM en el EPU, y empleando a manera de ejemplo la manifestación de grafitis, su propio significado en el espacio público urbano, y el papel de la gestión ambiental urbana, cabe resaltar que al respecto se manifiestan tendencias y percepciones en contraste permanente. Este estudio aspira a presentar las principales tendencias y percepciones, aportando elementos que dinamicen y complementen dicha discusión.

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Sobre la intensión que respalda la imagen en un grafiti, se puede explicar el origen de estas prácticas como expresión postmodernista y antesala de la cultura global y local (Glocal) asociada principalmente con la música Hip hop, Punk y Rap, plena de discursos y recursos sin límites.

De esta forma, la cuestión fundamental en este estudio se refiere a la percepción del entorno urbano y al respecto se presentan tendencias avaladas por investigadores como Jean François Parent (2014) quien, en entrevista realizada para este estudio, señala que:

“No es posible separar los elementos del patrimonio cultural material de la ciudad, son parte integral de la misma, estos elementos no son una representación del pasado pero es imposible fijar el tiempo, se debe entender a la ciudad como una totalidad. No es factible que alguien pueda tomar la decisión informada sobre dónde se puede o no realizar una manifestación, esta debería ser una decisión colectiva que implica la necesidad de definir primero cuál es la ciudad que queremos y cómo nos desarrollamos como sociedad. Una vez definida cabe responder a la preocupación sobre el patrimonio cultural material.”

Además, en ese mismo plano, sobre el tema del significado y apropiación de un objeto/bien en lo urbano público, Parent indica que:

“… en una relación dinámica como sociedad con nuestro entorno, podemos transformar la ciudad, participando activamente, y entonces no hay mayores problemas en relación con el significado, este tema pasa por la necesidad de entender la ciudad, de ser parte de la cultura, la ciudad es la expresión espacial de las relaciones humanas y las relaciones con el entorno, si una parte de la población no está involucrada en el trabajo colectivo para construirla.”

Sobre los antecedentes del ejemplo a desarrollar, el grafiti alcanza su máxima expresión inicial en las ciudades de Filadelfia y Nueva York en la década de los años setenta, cuyos exponentes artísticos más reconocidos globalmente son íconos culturales contemporáneos como Jean Michel Basquiat y Andy Warhol. Tal intensión puede entenderse de la siguiente forma:

“Las imágenes pueden servirnos como documento histórico al ser testigos y productos de diversas posturas durante una época, cumplen una función dentro de la sociedad de acuerdo a diversos contextos, pero además quedan como dispositivos visuales para futuras generaciones que tengan acceso a éstas, sobre todo en estos tiempos si se puede acceder a ellas vía Internet. (…) Las imágenes van más allá de ser meras ilustraciones, son productos sensibles de una sociedad. Son guía para poder comprender el impacto de representaciones visuales de las culturas para la vida cotidiana, cultural y política.” (Franco, 2011)

De esta forma, en la sociedad contemporánea urbana Latinoamericana se expresa así un contraste de fondo y forma, en respuesta tanto a las tendencias culturales y subculturales más contemporáneas

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como a las percepciones sobre el papel del PCMM en el espacio público, que al parecer no son producto de la casualidad.

“La historia reciente de América da cuenta de múltiples ejemplos de pérdida de bienes culturales por actos vandálicos realizados por individuos, grupos de personas e incluso gobiernos dictatoriales. Podemos destacar la quema de libros en Chile durante la dictadura militar en los años 70, el uso de grafitis en esculturas en espacio público, así como la mutilación y atentados terroristas, cabe señalar los daños sufridos por la escultura «El pájaro» del artista colombiano Fernando Botero en junio de 1995, donde perdieron la vida 28 personas y más de 200 resultaron heridas. Una gran cantidad de monumentos en espacio público se encuentran en lamentable estado de conservación por causa de actos vandálicos.” (Fernández, 2007)

En dicho contraste, la identidad y el valor de las manifestaciones grafiteras de arte callejero efímero producido con base en la forma, contribuyen a entender la función del grafiti y el porqué de la polarización en la diferencia de percepciones, tal es el caso de la siguiente afirmación:

“Lo esencial en el grafiti es su carácter marginal. Se trata de una escritura que viola los límites geográficos que por tradición le son asignados: en lugar de aparecer en una libreta, figura en un pupitre; en vez de presentarse sobre el pizarrón, lo hace sobre un muro. El mensaje plasmado, en cuando es reconocible, desafía en numerosas ocasiones las normas de etiqueta, mostrando insultos, obscenidades y palabras soeces. Y es también marginal porque, además de implicar muchas veces una deformación caligráfica, escapa a las normas ortográficas y de redacción. Por lo tanto, el grafiti no es más que el otro de la escritura institucionalmente aceptada; es esa escritura bastarda que se opone a toda norma social.” (Areiza, 2007)

Al escenario de manifestaciones culturales en el espacio público se vinculan dos conceptos complementarios entre sí que, como lo señalan Víquez y Rojas (2006), pueden definir al espacio público como el lugar capaz de convocar, un espacio físico unido a una experiencia que invita a permanecer, contrapuesto al concepto de Marc Augé (citado por Víquez y Rojas), del “no Lugar”:

“Los no lugares son formas de relación globalizadas a las cuales se les ha desprendido toda referencia a lo concreto, a lo local, a lo propio.”

En tal escenario indivisible y complementario, son las actitudes generadas en los espacios públicos abiertos la causa y efecto que se aspira a entender en desarrollo del modelo de expectativa-valor de Icek Ajzen (citado por Víquez y Rojas, 2006). A este modelo incorporan además el elemento que corresponde a la posibilidad de un ejercicio de control del comportamiento individual y colectivo en una ciudad fragmentada, producto a su vez de un sistema socioeconómico basado en el consumo (Borja, 2010).

Cabe señalar que, en escenarios de gestión ambiental urbana además de los límites administrativos (ej. por localidades) no pueden coexistir límites físicos operativos que aíslen, parcial o totalmente, una zona o localidad de la ciudad, subregión o área urbana de otra aledaña. Entender lo anterior es

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indispensable, en aras de corresponder a la continuidad funcional del ambiente urbano, considerando además los servicios ecosistémicos que ofrece el componente rural de los cerros orientales del Distrito Capital con enfoque urbano-regional. De otra parte, sobre la percepción del espacio público urbano García-Domenech (2014) señala que:

“La sociedad actual parece tener una percepción confusa sobre el espacio público urbano, confusión que parte de su propio concepto. Zona verde, plaza o jardín son términos que la ciudadanía tiende a confundir y que pueden englobarse bajo el común denominador conceptual de espacio público. Zona verde es un concepto positivista y funcional de la ciencia urbanística con origen en el urbanismo del siglo XIX y desarrollo racionalista a partir del XX. Responde a criterios más cuantitativos ―estándar por habitante― que cualitativos de necesidad ciudadana. Pero la mera previsión que la planificación urbana hace de estos espacios no le otorga la condición de plaza urbana, ni mucho menos la de jardín.”

En el desarrollo del presente estudio de caso se debe tener en cuenta a su vez, entre otras características especiales que el PNEOH:

1) está vinculado directamente con varias localidades; 2) conserva un nivel de conectividad ecológica con los cerros orientales; 3) mantiene un carácter emblemático e histórico como referente socio-cultural de la primera gran expansión urbana de Bogotá hacia el norte; y 4) ha ejercido una influencia directa sobre la conceptualización y desarrollo del espacio público urbano en nuestro país.

El presente estudio ofrece además argumentos sobre la función y significado del patrimonio cultural material mueble (esculturas y monumentos conmemorativos), como elemento integrador y referente socio-cultural en el espacio público urbano libre, asociado con parte del área verde urbana. El estudio de caso de la propuesta corresponde al núcleo principal del PNEOH, ubicado en la UPZ 91 “Sagrado Corazón”, de la localidad de Santa Fe, hacia el límite sur de la Localidad de Chapinero (definido por la Avenida 39), en la ciudad de Bogotá, D.C.

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1. ANTECEDENTES

Desde el punto de vista práctico, el fenómeno de las afectaciones de origen antrópico sobre el patrimonio cultural material en el espacio público tiene antecedentes centenarios, paralelos a la configuración de asentamientos urbanos, fuera y dentro de nuestro país. Dichas afectaciones son el fundamento principal de la preocupación actual a partir de la cual surge el presente trabajo de grado, cuyo fin es proponer un modelo de percepción para la valoración del patrimonio cultural material en el espacio público urbano del Distrito Capital, con miras a contribuir a su gestión ambiental. La identidad es un primer elemento del modelo de percepción para el estudio de caso propuesto, en relación con el cual se aporta a la discusión sobre la legitimidad y permisibilidad de manifestaciones culturales contemporáneas que, como la realización de grafitis, afecten directamente el patrimonio cultural material y su conservación como bien de interés cultural.

En el marco de referencia normativo vigente existe una base a partir de la cual se esperaría poder evitar diferentes tipos de afectaciones, mitigar su impacto adverso, y además, establecer sanciones, pero en la actualidad se desestima el impacto real que haya tenido la implementación de dichas normas. Para el ejemplo en cuestión, la idea es el diseño de una herramienta que permita acompañar la implementación de la normativa sobre lugares no autorizados para la práctica del grafiti, establecer estrategias pedagógicas y de fomento a la conservación del PCMM ubicado en el EPU, en contraste con el alcance y efectividad de las medidas coercitivas o correctivas, aplicables cuando se incumpla la normativa vigente.

Lo anterior, sin olvidar las contradicciones de tipo conceptual y administrativo que se han materializado con el desarrollo de programas e iniciativas de protección y conservación del PCM, en su mayoría como respuesta a una coyuntura política y no como ejercicio de una política de gobierno municipal o distrital en procesos de renovación urbana. Para tal efecto, a manera de ejemplo este trabajo presenta el caso específico de un espacio público emblemático de la ciudad de Bogotá, D.C., como lo es el Parque Nacional Enrique Olaya Herrera -PNEOH.

Desde diversos enfoques, estudios anteriores han hecho especial énfasis en el carácter del Patrimonio Cultural Material -PCM inmueble como referente en el espacio público urbano. Sin embargo, en Colombia no se habría adelantado un trabajo específicamente asociado con la gestión ambiental urbana sobre la afectación de los bienes de interés cultural, que hacen parte del PCMM, representados por esculturas y monumentos conmemorativos cuyo significado al parecer se ha diluido en el tiempo.

A lo anterior se podría sumar además el papel del patrimonio biótico representado por árboles emblemáticos y otras plantas (IDPC, 2010), vistas como elementos complementarios del EPU, que cuentan con un creciente significado particular, y en la mayoría de los casos corresponde a individuos de especies características de nuestra Biodiversidad, en particular de bosque alto andino. También cuenta la presencia de cuerpos de agua en el casco urbano que hayan recibido algún nivel de reconocimiento por parte de la comunidad o de la institucionalidad. Tal tendencia sería a la vez causa y efecto particulares desde el punto de vista de la gestión ambiental urbana en este entorno.

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Resulta evidente que la gestión ambiental urbana al respecto requiere el establecimiento de lineamientos específicos que viabilicen la conservación y protección del PCM en Colombia, acompañada por la estructuración y desarrollo de estrategias de educación y participación que activen un cambio de actitud individual, colectiva e institucional.

Como resultado esperado del modelo de percepción del PCMM en el EPU, se podrá potenciar su apropiación, y su significación como referente en favor de la identidad, podrán constituirse en un aporte inicial para la construcción colectiva de la relación con el espacio público y/o la recuperación del mismo, propiciando una mejor calidad de vida en los centros urbanos del país. Lo anterior con el propósito de entender e internalizar una de las principales razones por las cuales se necesita del espacio público urbano, y esta es: para construir encuentros individuales y colectivos. 1.1. PROBLEMA DE ESTUDIO

Al considerar el espacio público urbano como elemento estructurante de la vida y del sistema urbano, un referente específico en dicho espacio está constituido por las representaciones del PCM. Dependiendo de la percepción de quiénes sean los actores sociales con incidencia en dicho entorno se confiere o reconoce un diferente significado implícito en las esculturas y monumentos conmemorativos allí emplazados. Cabe reiterar que la pérdida de los valores socio-culturales de la población urbana puede llevar a la pérdida de su identidad cultural y en consecuencia de su sentido de pertenencia del entorno en centros urbanos.

En los centros urbanos del país es cada vez más frecuente la afectación sobre la integridad del PCM en el espacio público, y con el fin de generar un cambio de actitud individual y colectiva es necesario establecer un modelo de percepción para la valoración del PCMM, el cual a efectos de este estudio está específicamente representado en las esculturas y monumentos conmemorativos, declarados o no como bienes de interés cultural, y que se encuentren emplazados en un parque público urbano. De esta forma, el presente estudio plantea la siguiente pregunta: ¿Qué elementos deben considerarse en un modelo de percepción para la valoración del PCMM en el EPU? El área seleccionada para el estudio de caso es el Parque Nacional Enrique Olaya Herrera, ubicado entre las Localidades de Santa Fe y Chapinero, en Bogotá, D.C.

1.1.1. Criterios de Selección

Se puede expresar que el principal criterio de selección empleado para el estudio de caso en este trabajo es el carácter emblemático del Parque Nacional Enrique Olaya Herrera -PNEOH, el cual surge no solo a partir de su historia sino que resulta de una revisión sobre los antecedentes del desarrollo del espacio público urbano específicamente relacionado con plazas y parques públicos en el Distrito Capital y del mantenimiento de su trazado original. A efectos del presente estudio, los criterios empleados para la selección del parque público fueron:

1. Ubicación y popularidad 2. Antigüedad y nivel de intervención 3. Presencia de esculturas y monumentos con carácter de bien de interés cultural 4. Disponibilidad de información, adecuación, accesibilidad física y tamaño

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5. Conectividad ecológica con los Cerros Orientales del Distrito Capital

En la ciudad de Bogotá los antecedentes y características del Parque de la Independencia lo hacen particularmente similar a las que presenta el PNEOH, el cual cuenta con una serie de esculturas y monumentos conmemorativos, que en su mayoría fueron elaborados al inicio del siglo XX, en celebración del primer centenario, y que también hacen parte de la lista del PCMM, algunos de los cuales también fueron declarados bienes de interés cultural.

El Parque de la Independencia adicionalmente cuenta con una amplia popularidad por su ubicación y accesibilidad, se dispone de vasta información sobre el mismo y la totalidad de su patrimonio cultural material también ha sido objeto de múltiples afectaciones. Sin embargo, a las numerosas intervenciones que ha tenido por espacio de 100 años se suma la pérdida de conectividad ecológica con los Cerros Orientales, debida a los desarrollos urbanísticos de la ciudad y a la presencia de varios asentamientos hacia su costado oriental, todo lo cual le ha restado su carácter histórico inicial.

Otro caso, como el del Parque del Virrey, es de reciente estructuración y no cuenta con suficientes ejemplos de bienes de interés cultural que hagan parte del Patrimonio Cultural Material, no obstante es un parque popular y de fácil acceso, pero de menor tamaño, aunque conserva alguna conectividad ecológica potencial con los Cerros Orientales del Distrito Capital.

El PNEOH como un todo, puede cumplir además un papel fundamental como ventana educativa y participativa para la protección de áreas naturales y en particular, de los Cerros Orientales de Bogotá. La red ecológica de la que hace parte podría actuar a manera de laboratorio urbano, en tanto es uno de los primeros ejemplos de planificación urbanística del espacio público en esta ciudad, o en el país. 1.1.2. Localización Geográfica Como se ha dicho, el PNEOH se ubica en el límite entre las Localidades de Santa Fe y Chapinero al costado de los cerros orientales de la ciudad de Bogotá, D.C. Con el fin de ubicar los componentes del PCMM y Bienes de Interés Cultural en el Espacio Público del núcleo principal del PNEOH, se elaboró un mapa empleando el programa ArcGIS (ver Gráfica 1), con base en parte de la metodología descrita por Durango y Castro (2009) para la administración del patrimonio cultural empleando sistemas de información geográfica, lo cual se complementa con el aporte de Mann (2013). 1.1.3. Origen y Significación

Sobre el origen y significación del PNEOH, a continuación se presenta textualmente parte de la reseña realizada por el Instituto Distrital de Patrimonio Cultural -IDPC en 2012, así:

“El parque Nacional data de 1.934, año durante el cual fue inaugurado por el presidente Enrique Olaya Herrera, uno de sus grandes promotores y de donde derivó el nombre completo con el que se le ha conocido a través de la historia urbanística de Bogotá. Es el segundo escenario en antigüedad de los que subsisten en la Ciudad Capital y es sin duda ejemplo, fuente de inspiración y estereotipo de los parques bogotanos, siendo por su rica herencia y tradición, el más importante de su género. Su parte urbana, comprendida entre las calles 36 a 39 y carreras

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Séptima a Quinta mantiene el trazado original que asemeja un triángulo redondeado en invertido, trenzado por caminos que comunican y desembocan a diferentes monumentos y piletas. Posee una alameda central adornada por faroles y bancas que arranca en la acera de la Séptima y sube hacia oriente hasta desembocar en la torre del reloj, uno de los puntos más característicos del escenario y donado por la comunidad suiza residente en Colombia, hacia 1.954.”

Es importante mencionar que el PNEOH fue una de las dos últimas obras públicas entregadas al finalizar la administración del gobierno que hasta 1934 presidió el Dr. Enrique Olaya Herrera. Este parque generó un importante eje de desarrollo urbano hacia el norte de la ciudad y fue una de las primeras propuestas urbanísticas que dieron mayor relevancia al manejo del espacio público en el país.

Con relación al entorno del núcleo principal urbano del PNEOH, la Alcaldía Mayor de Bogotá, en una breve descripción menciona su vínculo con los Cerros Orientales del Distrito Capital, así:

“Sus extensos jardines, grandes árboles y notable frescura y tranquilidad, invitan al reposo y al recorrido por cada recodo del parque coronado por una rotonda enmarcada por caminos de enredaderas y un bello jardín en su parte central, ante la imponente tutela de los ya próximos cerros orientales. Otro de los puntos más tradicionales es la fuente y escultura al líder liberal Rafael Uribe Uribe, elaborado con un gusto excepcional por el escultor italiano Vittorio Macho en 1.940 y acompañada por obras más recientes convirtiendo a este escenario en un arbóreo museo al aire libre.” (Alcaldía Mayor, 2007)

Como parque metropolitano, el PNEOH posee además un gran significado histórico (ver Gráficas 2, 3 y 4).

“Desde su fundación, en 1934, se constituyó en un patrimonio de claro valor ambiental, paisajístico y cultural de la ciudad. Cuenta con 283 hectáreas y con alturas comprendidas entre los 2.600 y los 3.154 msnm. El sector occidental concentra los espacios de valor histórico, cultural y recreativo: teatro infantil El Parque, canchas de fútbol, microfútbol, tenis, voleibol, baloncesto y hockey. El amplio andén que da a la carrera 7ª fue reconstruido, arborizado con especies nativas y dotado con un excelente mobiliario urbano. El sector oriental, comprendido entre la Avenida Circunvalar y los Cerros Orientales está provisto de gran biodiversidad en flora y fauna, abundantes fuentes de agua y generosa arborización. En su parte frontal, se encuentra la escultura de Rafael Uribe Uribe. Existen varias zonas, la más próxima y conocida es la Alameda. El parque, además de ser el pulmón más importante del centro de Bogotá, es escenario de cultura y deporte. Es sede de la Liga de Tenis de Bogotá. Para la época decembrina, especialmente, se convierte en un gran atractivo para las familias bogotanas y los turistas, por su enorme y vistosa iluminación navideña.” (Secretaría de Cultura, Recreación y Deportes, 2008)

Si bien el núcleo principal del PNEOH está ubicado en el límite sur de la Localidad de Santa Fe, guarda una estrecha relación con las localidades de Chapinero y Teusaquillo, incluyendo su proximidad con algunos centros educativos de la ciudad capital, entre los cuales además se incluyen Universidades como: Javeriana, Distrital, Santo Tomás, Católica de Colombia, Piloto de Colombia y Nacional de Colombia, junto a numerosos colegios públicos y privados. A lo anterior se puede asociar además su nexo directo con la carrera 7ª, principal vía capitalina y escenario tradicional de la mayoría de las manifestaciones populares y actividades culturales en esta ciudad.

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Gráfica 1. Ubicación de los componentes del PCMM en el PNEOH

Fuente: ESRI. ArcGIS, 2014.

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Gráficas 2 y 3: Facsímil Inauguración del Parque Nacional de Bogotá, en el aniversario de la fundación de la ciudad, a cargo del hasta entonces Presidente Enrique Olaya Herrera.

Fuente: Primera Página del periódico “El Tiempo”, lunes 6 de agosto de 1934.

El Parque Nacional Enrique Olaya Herrera guarda además una estrecha relación con parte de los Cerros Orientales de Bogotá, y es indispensable reiterar la importancia de su papel como ejemplo de conectividad ecológica entre la subregión urbana y la ciudad, lo cual plantea una oportunidad de gestión ambiental urbana integral que requiere mayor atención institucional.

“La localidad de Chapinero se encuentra ubicada en el centro del área urbana de Bogotá. Su altura va de los 2.600 a los 3.550 metros sobre el nivel del mar, tiene un clima frío subhúmedo y la temperatura promedio anual es de 14,2 grados centígrados. Dentro de sus límites se presentan dos unidades geomorfológicas claramente diferenciables, una zona plana de sabana y una zona montañosa correspondiente a la cordillera Oriental. La parte montañosa de la localidad de Chapinero se encuentra atravesada por varios cuerpos de agua de los cuales los más importantes son el río Arzobispo, las quebradas La Vieja, Rosales, El Chicó, Las Delicias y numerosas escorrentías secundarias que conforman una red de considerable importancia ecosistémica.” (Alcaldía Mayor de Bogotá, 2004)

Por otra parte, en cuanto a la Localidad de Chapinero se destacan sus principales características bióticas y abióticas, además de resaltar la presencia de diferentes cuerpos de agua en esta localidad. Sin embargo, la importancia ecosistémica de estas subcuencas ha sido tradicionalmente relegada y su papel socio-cultural minimizado como resultado de la ausencia de programas de conservación y de manejo adecuado de aguas residuales en el caso del río Arzobispo.

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La canalización del río Arzobispo atraviesa el núcleo principal del PNEOH, y por el nivel de deterioro ambiental del recurso hídrico genera un efecto adverso directo sobre la percepción de los visitantes acerca de este importante recurso natural, lo cual corresponde a un modelo de manejo del cauce donde prevalecen la modificación de las condiciones hidráulicas y del régimen del cuerpo de agua. En la mayoría de ciudades el modelo prevaleciente de manejo del cauce de un río urbano, corresponde a un canal recto con bordes regulares, sin la flora normalmente asociada a su sistema biótico, ni veredas aledañas, como lo indican Lerner y Holt (2012). Para el caso del PNEOH, el río no cuenta con adecuadas franjas de protección, y además la flora presente no corresponde a una mayor muestra de las especies que se espera representen la biodiversidad propia de este ecosistema, a manera de ejemplos de la flora de bosque alto andino, limitando las posibilidades de conectividad ecológica del mismo.

Gráfica 4. Monumento Conmemorativo a Rafael Uribe Uribe

Fuente: Archivo personal, 2013.

Definida su localización y los principales componentes de su estructura ecológica, el PNEOH contiene una serie de componentes que hacen parte importante del PCMM de la ciudad capital, dos de los cuales (en un listado inicial de 51) han sido declarados como Bienes de Interés Cultural por la Alcaldía Mayor de Bogotá, a través del Instituto Distrital de Patrimonio Cultural –IDPC de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte (ver Anexo E).

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2. OBJETIVOS Con el fin de aportar a la búsqueda de respuestas al problema de estudio, los objetivos, general y específicos, de este trabajo son los siguientes: 2.1. Objetivo General Estructurar un modelo de percepción del patrimonio cultural material mueble en el espacio público urbano. 2.2. Objetivos Específicos 2.2.1. Evaluar la apropiación social del patrimonio cultural material mueble en un parque público urbano, mediante la estructuración y aplicación de una encuesta orientadora. 2.2.2. Diseñar un modelo de percepción del patrimonio cultural material mueble en un espacio público urbano, mediante una herramienta para su valoración subjetiva.

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3. MARCO DE REFERENCIA Para el desarrollo del presente estudio se toma como marco de referencia conceptual-normativo una serie de elementos que permiten definir los alcances del modelo de percepción en función de su contexto de implementación. Estos son: la cultura y subculturas urbanas, el componente patrimonial de la cultura y su expresión material, el nivel de apropiación del espacio público por parte de individuos y/o colectivos en una comunidad, el medio ambiente urbano, el sentido de pertenencia, el significado, la identidad y la calidad de vida en el EPU. Sobre los asentamientos humanos, cuyo desarrollo llevó a la conformación de centros urbanos estrechamente relacionados con las subregiones urbanas que hacen parte de su estructura ecológica, éstos han sido objeto y resultado del desordenado uso del suelo, es decir, de un uso alejado de la ocupación planificada para la adecuada disposición de las estructuras urbanas. Sin embargo, las transformaciones que éstos han sufrido llevaron a que gradualmente se hiciera necesario tener cada vez más en cuenta en la planificación la consideración de aspectos sociales, culturales, económicos, físicos, y ambientales, entre otros, que buscan alcanzar la integralidad en la calidad del hábitat urbano. En dichos centros urbanos, tanto el individuo como la comunidad a la que pertenece conservan en mayor o menor medida referentes tangibles e intangibles que le dan cohesión y sentido propios, y que conforman su patrimonio en el EPU.

“Desde el momento mismo en que se nace en un lugar y dentro de una comunidad, se cuenta con una herencia que es lo que cada uno puede llamar su patrimonio, el cual es consubstancial al ser social. No es optativo, porque las palabras, los significados, los hábitos, las tradiciones, los objetos, los lugares de habitación y de relación social, el conocimiento y las instituciones -entre muchos otros- hacen parte de la cultura en la que ha nacido y ha crecido el individuo. Toda esta serie de elementos constituye -en gran medida- su ser social, determina su forma de relacionarse con su entorno, con su ambiente y con su sociedad.” (Mincultura, 2005)

Como parte del patrimonio, en cuanto al significado o percepción del papel de la escultura o monumento histórico, Françoise Choay (2007), señala que:

“Todo objeto del pasado puede ser convertido en testimonio histórico sin haber tenido, originalmente, un destino conmemorativo. Inversamente, recordémoslo, todo artefacto humano puede ser revestido, deliberadamente, de una función conmemorativa. En lo que respecta a placer producido por el arte, tampoco es privilegio exclusivo del monumento.”

De esta forma, un propósito inicial de todo monumento sería reducir la temporalidad de los sujetos y/o eventos conmemorables, producto de un esfuerzo colectivo de reconocimiento que habilita un cierto nivel de interacción del carácter de dicho reconocimiento con el valor del objeto en cuestión, bien sea de tipo histórico, estético o económico.

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“El monumento tiene como fin revivir en el presente un pasado sumergido en el tiempo. El monumento histórico mantiene otra relación con la memoria viva y con la duración. O bien puede ser instituido simplemente como objeto de conocimiento e integrado a una concepción del tiempo: en ese caso, su valor cognitivo lo relega sin remedio al pasado o, más bien, por añadidura, puede -en tanto que obra de arte- dirigirse a nuestra sensibilidad artística, a nuestro “deseo de arte”: en este caso, forma parte constituyente de la vivencia del presente, sin la mediación de la memoria ni de la historia.” (Choay, 2007)

Considerando lo anteriormente señalado, el marco de referencia propuesto presenta primero una relación de conceptos y de principios que los orientan, cuya operacionalización se desarrolla a través de la normativa vigente tanto de carácter internacional y nacional como de carácter local, para la ciudad de Bogotá, Distrito Capital, con el fin de diseñar el modelo de percepción, con base en el estudio de caso específico. 3.1. MARCO CONCEPTUAL El marco conceptual está estrechamente ligado al desarrollo normativo vigente, para eel cual se toma como punto de partida la Constitución Política de Colombia, que en sus artículos señala:

“Artículo 70. El Estado tiene el deber de promover y fomentar el acceso a la cultura de todos los colombianos en igualdad de oportunidades, por medio de la educación permanente y la enseñanza científica, técnica, artística y profesional en todas las etapas del proceso de creación de la identidad nacional. Artículo 71. La búsqueda del conocimiento y la expresión artística son libres. Los planes de desarrollo económico y social incluirán el fomento a las ciencias y, en general, a la cultura. El Estado creará incentivos para personas e instituciones que desarrollen y fomenten la ciencia y la tecnología y las demás manifestaciones culturales y ofrecerá estímulos especiales a personas e instituciones que ejerzan estas actividades. Artículo 72. El patrimonio cultural de la Nación está bajo la protección del Estado. El patrimonio arqueológico y otros bienes culturales que conforman la identidad nacional, pertenecen a la Nación y son inalienables, inembargables e imprescriptibles. La ley establecerá los mecanismos para readquirirlos cuando se encuentren en manos de particulares y reglamentará los derechos especiales que pudieran tener los grupos étnicos asentados en territorios de riqueza arqueológica. (...) Artículo 82. Es deber del Estado velar por la protección de la integridad del espacio público y por su destinación al uso común, el cual prevalece sobre el interés particular.” (subrayado fuera de texto)

Lo anterior destaca el papel institucional del Estado Colombiano frente a la protección del patrimonio cultural material y de la integridad del espacio público en el medio ambiente urbano, de donde se puede inferir que:

1. no hay cultura sin identidad; 2. en la sociedad contemporánea, el conocimiento y la expresión artística van de la mano;

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3. el Patrimonio Cultural de la Nación hace parte integral de su identidad; y 4. los componentes aquí señalados se proyectan para potenciar la prevalencia del interés común

sobre el interés particular y el de las generaciones por venir.

Cabe señalar que con anterioridad a la Constitución de 1991, la Nación ya había ratificado compromisos internacionales, con carácter jurídico vinculante, sobre la protección al Patrimonio Cultural Material, específicamente a través de la UNESCO1:

“Colombia adhirió a la Convención de la UNESCO de 1970 a través de la Ley 63 de 1986 y de esta manera accedió a un importante instrumento jurídico para fortalecer la cooperación internacional y proteger tanto su propio patrimonio como el de los estados parte de dicha Convención.” (Mincultura, 2003)

Es así que cuando en Colombia se adoptó como definición de Cultura, lo enunciado en la Ley 397 de 1997, por medio de la cual se desarrollan los mencionados artículos de la Constitución Política y se dictan normas sobre patrimonio cultural, fomentos y estímulos a la cultura, entre otras disposiciones, dicha Ley en sus principios fundamentales y definiciones, señaló que:

“Cultura es el conjunto de rasgos distintivos, espirituales, materiales, intelectuales y emocionales que caracterizan a los grupos humanos y que comprende, más allá de las artes y las letras, modos de vida, derechos humanos, sistemas de valores, tradiciones y creencias.”

Adicionalmente la Ley 397 precisa los alcances de la cultura:

“La cultura, en sus diversas manifestaciones, es fundamento de la nacionalidad y actividad propia de la sociedad colombiana en su conjunto, como proceso generado individual y colectivamente por los colombianos. Dichas manifestaciones constituyen parte integral de la identidad y la cultura colombianas.”

Tales alcances establecerían un vínculo entre una visión más amplia de la cultura y la posibilidad de que manifestaciones, tanto individuales como colectivas, pueden coincidir y expresarse en un mismo proceso o escenario, como parte de la identidad de uno y otros actores sociales en la comunidad. Lo anterior responde a que no existe algo como la cultura única, sino múltiples culturas. En este mismo contexto, para el Ministerio de Cultura (2003) desde el punto de vista colectivo el Patrimonio hace parte de la identidad, así:

“El término Patrimonio suele definirse como nuestro legado del pasado, nuestro equipaje en el presente y la herencia que les dejamos a las futuras generaciones para que ellas puedan aprender, maravillarse y disfrutar de él.”

1 United Nations Educational, Scientific and Cultural Organization -UNESCO. La Conferencia General de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura, en su 17ª, reunida en París, 17 de octubre al 21 de noviembre de 1972, promovió además la adopción de la Convención sobre la protección del patrimonio mundial, cultural y natural; la adhesión de Colombia se produjo el 24 de mayo de 1983, 191 países la han ratificado.

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Por otra parte, sobre la importancia del espacio público como elemento estructural, el Artículo 7º del Decreto 1504 de 1998, por el cual se reglamenta el manejo del espacio público en los planes de ordenamiento territorial, entre otras consideraciones establece que:

“El espacio público es el elemento articulador y estructurante fundamental del espacio en la ciudad, así como el regulador de las condiciones ambientales de la misma, y por lo tanto se constituye en uno de los principales elementos estructurales de los Planes de Ordenamiento Territorial.”

Además, en cuanto a lo que puede ofrecer el espacio público con relación al sentido de pertenencia y la calidad de vida, se indica que:

“Desde el campo conceptual se propone la aproximación de la estructura de la valoración constituida por los tres elementos básicos de todo ejercicio de valoración: Objeto (a valorar), Sujeto (quien realiza la valoración) y Contexto (ámbito espacial y temporal dentro del cual se realiza el ejercicio).” “…por ser un lugar donde las personas ejercen de forma plena su ciudadanía, el espacio público genera apropiación y sentido de pertenencia, los cuales son vitales en la cultura de una comunidad” (MAVDT, 2005).

Ahora bien, con el propósito de guiar el desarrollo del presente marco conceptual en cuanto a la tarea de reconocer un valor particular colectivo al patrimonio cultura material, a este punto cabe adoptar la visión expresada por el Ministerio de Cultura (2003), así:

“El reconocimiento y apropiación del patrimonio cultural material en la urbe hace parte importante del fundamento de la nacionalidad, sus objetivos están encaminados a garantizar la valoración y protección del patrimonio cultural, como eje fundamental de desarrollo, a partir de la ampliación de su conocimiento, conservación, rehabilitación y difusión.”

A partir de todo lo anterior, para el presente estudio el modelo de percepción para la valoración del patrimonio cultural material en el espacio público urbano se realiza mediante la caracterización integral del objeto a valorar y la identificación del individuo o colectivo, quien como actor social realiza la valoración, en el ámbito del contexto en el cual dicho objeto es valorado o no, la proyección de su(s) significado(s), y el papel de la gestión ambiental urbana, para el caso: del espacio público.

En tal sentido, sería posible determinar el valor patrimonial de un objeto en la medida en que se expresen a título individual y/o colectivo un conjunto de elementos que le dan significado integral al patrimonio cultural material representado en dicho objeto, a manera de bien patrimonial, que trasciende el punto de vista institucional, hacia la noción de valor patrimonial.

“Los objetos, sitios o simplemente cosas que relacionamos con patrimonio cultural poseen un marcado peso interpretativo en nuestro inconsciente colectivo en el sentido que son significativos o representativos de la identidad de una cultura en un momento y lugar definido en el tiempo y el espacio, característica fundamental que de manera implícita subyace en la valoración social de cada uno de éstos y marca la diferencia entre lo histórico común y lo patrimonial.” (Peña, 2010)

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Adicionalmente, el patrimonio cultural nacional alcanza otra dimensión que supera lo básicamente institucional con un enfoque incluyente, abriendo la posibilidad de vincular los productos y las manifestaciones de la cultura popular. Tal inclusión sería base del principal argumento en favor de la libertad de expresión vs. el ejercicio de la corresponsabilidad en la conservación y protección del patrimonio cultural material directamente afectado por diversos niveles de manifestaciones a cargo de individuos o colectivos con diferentes esquemas de valores y percepciones sobre el valor intrínseco del arte, su apropiación y significado, que además, contrastan con los derechos colectivos e individuales, al ejercer sus propios derechos e ignorar sus deberes.

A este punto es importante operacionalizar el concepto de patrimonio cultural de la nación, reiterando lo señalado en la Ley 397 de 1997, así:

“El patrimonio cultural de la Nación está constituido por todos los bienes y valores culturales que son expresión de la nacionalidad colombiana, tales como la tradición, las costumbres y los hábitos, así como el conjunto de bienes inmateriales y materiales, muebles e inmuebles, que poseen un especial interés histórico, artístico, estético, plástico, arquitectónico, urbano, arqueológico, ambiental, ecológico, lingüístico, sonoro, musical, audiovisual, fílmico, científico, testimonial, documental, literario, bibliográfico, museológico, antropológico y las manifestaciones, los productos y las representaciones de la cultura popular.”

A partir de la anterior definición general sobre Patrimonio Cultural es posible plantear una disyuntiva entre el sentido que le asigna a éste un especial interés histórico, artístico, plástico, urbano, ambiental, testimonial, social, documental, museológico o referencial, y el valor cultural de las manifestaciones, los productos y las representaciones de la cultura popular, al colocar en un mismo nivel el valor cultural de esas expresiones.

Por otra parte, la gestión del medio ambiente en el contexto urbano requiere una modalidad integral de gestión ambiental que como lo indica la Política de Gestión Ambiental Urbana -PGAU, debe estar orientada mediante el:

“…conjunto de acciones encaminadas a lograr la máxima racionalidad en el proceso de decisión relativo a la conservación, defensa, protección y mejora del medio ambiente, a partir de un enfoque interdisciplinario y global.” (Guhl, 1998)

En dicha política se indica además que:

“…la gestión de los recursos naturales renovables y los problemas ambientales, no debe entenderse como los procesos e interacciones que se suceden exclusivamente en el perímetro urbano, puesto que los efectos e impactos ambientales generalmente trascienden dicho perímetro. Se hace necesario entonces, que la gestión ambiental urbana aborde los problemas propios que se suceden al interior del perímetro urbano y sus efectos sobre la región o regiones.” (MAVDT, 2008)

Además, la acción conjunta del Estado y demás actores sociales, exige articulación de la gestión ambiental urbana con la gestión territorial, con las políticas ambientales, sectoriales y urbanas en el contexto urbano-regional, y como se precisa en la PGAU:

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“Esta gestión, demanda el uso selectivo y combinado de herramientas jurídicas, de planeación, técnicas, económicas, financieras y administrativas para lograr la protección y funcionamiento de los ecosistemas y el mejoramiento de la calidad de vida de la población, dentro de un marco de ciudad sostenible.” (MAVDT, 2008)

Dicha política indica además que la gestión ambiental urbana debe centrarse en dos ejes principales. El primero, para la gestión ambiental de los componentes constitutivos del medio ambiente, comúnmente denominados recursos naturales renovables, y el segundo eje, para la gestión ambiental de los problemas ambientales, entendida como la gestión sobre los elementos o factores que interactúan e inciden sobre el ambiente en las áreas urbanas, entre los cuales se mencionan cinco directamente relacionados con el objeto del presente estudio, en orden de relevancia:

1. Factores que ocasionan pérdida o deterioro del espacio público y del paisaje. 2. Pérdida de valores socio-culturales de la población urbana, que puede llevar a la pérdida de

su identidad cultural y en consecuencia de su sentido de pertenencia del entorno. 3. Baja o falta de conciencia y cultura ambiental de la población de las áreas urbanas. 4. Factores que ocasionan contaminación y deterioro de los recursos naturales renovables. 5. Insuficiente respuesta institucional del Sistema Nacional Ambiental -SINA para atender la

problemática urbana.” (MAVDT, 2008) A este punto resulta necesario indicar que la gestión ambiental urbana involucra a las autoridades ambientales y los entes territoriales, de acuerdo con las Leyes 99 de 1993 y 768 de 2003, desde el ámbito de sus respectivas competencias y jurisdicciones, y que además la problemática ambiental señalada en la Política de Gestión Ambiental Urbana, con referencia a los asentamientos urbanos y la calidad del hábitat construido, guarda estrecha relación con diversos aspectos del problema de estudio, así:

“1. Reducción, invasión, deterioro o pérdida de los elementos naturales del espacio público. 2. Bajos índices de cantidad y calidad de espacio público. 3. Intervención antrópica en áreas de importancia ambiental y cultural, con fragmentación o

pérdida de ecosistemas y deterioro del patrimonio cultural, por procesos de ocupación del territorio.

4. Falta de articulación y comunicación entre las autoridades ambientales y los actores sociales.

5. Insuficiencias en el seguimiento, control y vigilancia ambiental. 6. Inexistencia de instituciones encargadas de espacio público en los municipios. 7. Pérdida de identidad cultural y poca apropiación social de lo ambiental. 8. Insuficiente educación ambiental. 9. Baja cultura ambiental.” (MAVDT, 2008)

Al anterior contexto se agrega la dimensión socio-cultural del problema en estudio en relación con el nivel educativo, la reducida participación de la sociedad civil representada en quienes habitan los centros urbanos, por un fenómeno de apatía generalizada, que resulta además en una mínima apropiación del PCMM y en la pérdida de su significado en el EPU.

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A efectos de este estudio corresponde además presentar los Criterios de Valoración de Bienes de Interés Cultural, como valores atribuidos generados a partir de lo aprobado en la Convención de Patrimonio Cultural de la UNESCO en 1970 y 1972, a la cual Colombia adhirió mediante la Ley 63 de 1986, y que se establecieron en el Decreto 1746 de 2003, así:

“1. Valores de orden temporal 2. Valores de originalidad 3. Valores de orden físico 4. Constitución del bien 5. Estado actual de conservación de su condición material 6. Valores de autenticidad 7. Valores de orden estético 8. Valores formales 9. Valores de representatividad histórica 10. Valores de representatividad cultural”

Es necesario superar la valoración de patrimonio cultural material, como procedimiento teórico y práctico, complementado con la realización de inventarios a manera de instrumentos de identificación, que a su vez definan los niveles de protección del patrimonio cultural material mueble, representado por esculturas y monumentos conmemorativos, los cuales además son Bienes de Interés Cultural -BIC ubicados en parques públicos. También requiere una visión integral que permita concretar acciones compartidas con la comunidad para promover su reconocimiento continuo través de una gestión ambiental urbana asertiva y no reactiva, que aporte a la construcción de identidad de la cultura nacional.

“La concepción del patrimonio debe trascender la actividad exclusiva de conservar y restaurar un determinado objeto, y convertirse en un medio importante en la gestión de los requerimientos de los lugares y la participación de distintas comunidades, que se trate de pobladores, investigadores y urbanistas. Para los habitantes del lugar, el patrimonio debe constituirse en creador de identidad cultural y de calidad de vida; para los investigadores, en factor de conocimiento; y para los planificadores y urbanistas, en elemento estructurante del desarrollo urbano-regional.” (Franco, 2009)

En Colombia corresponde al Ministerio de Cultura liderar este proceso, y sin embargo, la complejidad de la tarea con la comunidad y su impacto en la calidad de vida y el medio ambiente, hace necesario vincular a otros actores institucionales e incluir al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, a las autoridades ambientales y entes territoriales, para construir una gestión ambiental urbana integral.

“Dentro de esta perspectiva, el Ministerio de Cultura, como ente rector de la formulación e implementación de la política pública en lo relacionado con el patrimonio cultural, impulsa procesos de formación y sensibilización de la comunidad y apoya el fortalecimiento de instituciones departamentales, distritales, municipales y de territorios indígenas para que asuman el manejo de su patrimonio. El reconocimiento por parte de una colectividad de que el patrimonio es la expresión de su cultura, establece el principio de corresponsabilidad entre la comunidad y las autoridades en su manejo, protección y conservación.” (Mincultura, 2005)

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De otra parte, la relación de criterios de inclusión en la lista de Bienes de Interés Cultural, de acuerdo con el Plan de Ordenamiento Territorial del Distrito Capital, adoptado mediante el Decreto 190 de 2004, vigente al momento de la redacción del presente documento, plantea la necesidad de considerar otros elementos relevantes para una gestión ambiental efectiva. Así pues, actualmente la lista de criterios para declarar un patrimonio como bien de interés cultural es la siguiente:

“1. Representar una o más épocas de la historia de la ciudad o una o más etapas en el desarrollo de la arquitectura y/o urbanismo en el país;

2. Ser un testimonio o documento importante, en el proceso histórico de planificación o formación de la estructura física de la ciudad;

3. Ser un ejemplo culturalmente importante de un tipo de edificación o conjunto. 4. Ser un testimonio importante de la conformación del hábitat de un grupo social determinado. 5. Constituir un hito o punto de referencia urbana culturalmente significativo en la ciudad. 6. Ser un ejemplo destacado de la obra de un arquitecto, urbanista, artista o un grupo de ellos

de trayectoria reconocida a nivel nacional o internacional. 7. Estar relacionado con personajes o hechos significativos de la historia de la ciudad o del

país.” Acerca del significado institucional que puede alcanzar el PCMM al declararse como de bien interés cultural ubicado en el espacio público urbano, resulta fundamental establecer a la par su significado colectivo, para entender el nivel de apropiación individual de dicho bien/objeto (escultura o monumento conmemorativo), y el comportamiento derivado de su relación con el mismo, en un entorno dado. Además de la función del significado está la función de la memoria colectiva implícita en el origen del bien/objeto apropiado en el espacio público como entorno, es decir, actuar frente al único medio sobre el cual no tenemos control, el tiempo.

“La progresiva desaparición de la función memorial del monumento tiene muchas causas inscritas en la continuidad del tiempo. La más inmediata es el arte y la segunda causa reside en el desarrollo, perfeccionamiento y difusión de las memorias artificiales.” (Choay, 2007)

Por otra parte, desde el punto de vista ambiental, enmarcado en la concepción sistémica y con base en el modelo “Ecosistema y Cultura” del Profesor Ángel Maya, referido por Pinzón y Echeverri (2010), estos investigadores señalan que:

“...el ambiente se concibe como el resultado de las interacciones que se generan entre el sistema natural y el sistema social con sus implicaciones culturales. La ciudad representa la principal expresión tangible del sistema sociocultural, construido y transformado continuamente por el hombre, abierto al exterior, con flujos de materia, energía e información, que permiten el desarrollo de actividades humanas y donde se producen impactos ambientales positivos y negativos que representan la imagen de ciudad para habitantes y visitantes.”

Adicionalmente, Pinzón y Echeverri (2010) en esa misma línea destacan la importancia de:

“…la incidencia directa o indirecta de diversos tipos de contaminación ambiental, que finalmente generan una imagen de ciudad, la cual es percibida y valorada en función del impacto ambiental producido.”

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De esta forma, si la expresión individual o colectiva contenida en un grafiti también responde a algún nivel de significado, cuya apropiación pareciera temporal, el caso del patrimonio cultural material representado en esculturas y monumentos directamente afectados por dichas expresiones puede ir en contravía adquiriendo un carácter atemporal. Esto último dado su papel conmemorativo inherente, cuya representación artística aspira a trascender a la par de la memoria o del tema que interpreta.

La temporalidad de un grafiti puede establecer contrastes con la calidad de vida de los habitantes de la ciudad, o de los visitantes genéricos de un parque, para quienes probablemente el concepto o forma representada no guarda mayor significado. Sin embargo, al identificar un objeto como patrimonio cultural, este no es susceptible de ser interpretado a manera de contaminación visual, lo cual no podría decirse de los grafitis que lo afecten y que por ende podrían alterar la calidad de vida de los demás miembros de la comunidad.

“La noción de Calidad de Vida incluye muy diversos matices que buscan afrontar la crisis ambiental entendida como sub-consumo (pobreza o marginalidad social) y sobre-consumo, lo excesos en el gasto de recursos de los países desarrollados, que nos lleva a un panorama de inequidad e injusticia social, el cual debe superarse a través de formas sociales mínimas que permitan superar la situación compleja de la pobreza o un cambio cultural que permita moderar las condiciones de la convivencia social, basados en la responsabilidad de los sujetos o ciudadanos que permita impulsar condiciones genéricas de Calidad de Vida.” (Pinzón y Echeverri, 2010)

La Ley 388 de 1997, también hace énfasis en la necesidad de la participación ciudadana y en la concepción de la cultura como sustento de la nacionalidad, estableciendo que tres de las cinco dimensiones indispensables para sustentar la estructura del ordenamiento territorial son: la social, la ambiental y la cultural, y en esta última cabe considerar el patrimonio cultural como componente estructurante. Por su parte, la Ley 397 de 1997, o Ley general de la cultura, en el artículo 8°, estableció ámbitos de bienes de interés cultural, y como lo señala el Ministerio de Cultura (2005):

“…permitiendo a la nación y a las entidades territoriales, con base en los principios de descentralización, autonomía y participación, el reconocimiento, la protección y el manejo de los mismos a través de declaratorias de carácter nacional, departamental, distrital, municipal y de territorios indígenas, por parte de los gobiernos respectivos, previo concepto de los órganos asesores en los diferentes niveles.”

Sobre el valor o el hacer valer un objeto sobre otros, el Ministerio de Cultura (2005), señala además que:

“El tema del valor o del valer, ha constituido asunto de reflexión sistemática de la filosofía durante más de un siglo. La axiología se dedica al estudio de los valores como entidad susceptible de ser problematizada. Dentro de esas reflexiones se señalan dos posiciones centrales acerca de la valoración, analizadas desde diversos puntos de vista, por los teóricos y que se refieren a:

» la valoración es un asunto propio y exclusivo de los objetos y,

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» la valoración es un ejercicio que realiza un sujeto sobre las cosas.

Por ende, la valoración resulta subjetiva, y en el caso de estudio puede corresponder al valor intrínseco del mismo o estar vinculada a la percepción de quien(es) valora(n) el conjunto de características del objeto en cuestión. A ese respecto el Ministerio de Cultura (2005) define el concepto de valor, indicando que:

“La valoración, por tanto, ha estado entre esas dos posiciones para establecer el valor de los objetos: en la primera, se argumenta que todo objeto trae incorporado constitutivamente su valor; en la segunda, que quien se aproxima al objeto en busca de establecer su valor es quien le otorga valor, pues éste, en sí mismo, está desprovisto de ello. Una y otra posición han sido cuestionadas y, aparentemente superadas, porque los argumentos a favor y en contra de cada una son muy sólidos. Así, ha surgido una posición alternativa que incorpora las dos anteriores, pues argumenta que es el ámbito en que se ejerce la acción de la valoración donde es posible encontrar la respuesta, dado que allí se concretan los valores que se asignan a un objeto, afirmando que: “la valoración es el punto de confluencia de los objetos y los sujetos dentro de un ámbito de relaciones sociales, culturales o económicas.”

De esta forma, el proceso de valoración de esculturas y monumentos conmemorativos que son a la vez patrimonio cultural ubicado en el espacio público, entiende éste como ámbito en el cual se reafirma o no tal valor, y es a través de la percepción de quienes reconocen un valor simbólico, estético o histórico que se determina el significado de un objeto y las relaciones del mismo a nivel individual y colectivo en la comunidad social. Sobre el modelo teórico que Alois Riegl propuso en “Culto Moderno de los Monumentos”, Scarrocchia (2014) plantea que:

“El modelo teórico de Riegl comprende, por tanto, dos grupos de valores, antiguos y modernos, caracterizados por distinta difusión socio-cultural y específica posición histórica…Al primer grupo pertenece el valor como memoria, que es un valor intencional; el valor histórico, no intencional es producto de la difusión de la educación; en suma el valor de lo antiguo, independientemente del grado de instrucción que es propio de un sentimiento humano universal. Los tres valores responden a un orden de difusión creciente y a una sucesión cronológica. Al segundo grupo pertenecen el valor de novedad, el valor de uso y el valor artístico relativo que caracterizan la modernidad y están en orden de difusión decreciente; el último valor es propiamente el de la élite cultural (por decirlo con responsabilidades institucionales, en el caso del valor artístico relativo negativo, desde el que se puede teorizar e instruir, exactamente, la distribución de un “monumento”, es decir de una obra simplemente que ha sobrevivido a la reproductividad pero privada de todo posterior valor)”

Precisamente el ámbito o ambiente específico, es decir, el espacio público urbano, es el escenario donde se establecen diferentes interrelaciones y prácticas que conllevan o no a acciones de reconocimiento del valor del objeto, a la no aceptación o simplemente a la indiferencia. Una de las más frecuentes afectaciones resulta de la indiscriminada realización de grafitis sobre objetos que son parte del patrimonio cultural material en el espacio público urbano, la cual es empleada a manera de ejemplo en el presente estudio.

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Sobre el emplazamiento de los componentes del PCMM, y el ámbito en cuestión, cabe destacar además el papel de la percepción social del espacio público en sí mismo:

“La percepción social del espacio público es fundamental para su percepción estética. El espacio público no puede interpretarse en clave estética si previamente no lo ha sido en clave social, ya que ésta es la razón de ser de ese espacio. Sólo cuando la sociedad identifica y hace suyo el uso y función de un espacio público, comienza a preocuparse de su dimensión estética. Pero también es cierto lo contrario: la calidad estética de un fragmento urbano tan importante para la ciudad como es su espacio público, potencia su uso y por lo tanto mejora su percepción social.” (García-Domenech, 2014)

Sin embargo, y como lo señala el Arquitecto Gustavo Guarín en entrevista para el presente estudio, a nivel nacional, regional o local, el valor del PCM en el EPU no ha tenido mayor relevancia y las manifestaciones de los grafiteros no son las únicas responsables del estado actual del PCMM en el EPU. Dicho Patrimonio ha sido afectado no solo por este tipo de manifestaciones sino a causa del deterioro por exposición a fenómenos atmosféricos, contaminación o vandalismo. También han generado afectaciones, y pérdida de significado, las incontables intervenciones y/o emplazamientos temporales y “definitivos” de la mayoría de los componentes del PCMM en esta ciudad. Al respecto Guarín cita como ejemplos los casos de esculturas como “La Rebeca”, o monumentos conmemorativos como el del conquistador Gonzalo Jiménez de Quesada el templete del Libertador Simón Bolívar, actualmente ubicado en el parque de los periodistas o las esculturas de los Reyes Católicos, trasladados a diferentes lugares de la ciudad. Por tal razón se hace evidente además, que el ámbito del emplazamiento ha ejercido un papel determinante en el nivel de apropiación y significación de íconos, como los señalados por Guarín, los cuales dejaron de ser referentes socio-culturales para conocer la indiferencia y también verse afectados por el vandalismo. Como resultado de la conjugación entre el valor simbólico, valor estético y valor histórico de un objeto, o bien, surge una interpretación sobre el significado del bien que hace parte del patrimonio cultural material mueble. El objeto en cuestión puede o no haber sido declarado como bien de interés cultural, con base en la aplicación de los criterios de valoración anteriormente señalados, cuyo valor simbólico deriva de su significado social y de su función como referente de tradición, memoria colectiva e identidad.

“…existe una amplia gama de posibilidades de valores que, inscritos en los valores marco, se pueden articular unos con otros y permiten el reconocimiento de los bienes culturales a través de la definición de su “significación cultural”, entendiéndose que: “La significación cultural implica valor estético, histórico, científico o social para las generaciones pasadas, presentes y futuras. La significación se materializa en el sitio propiamente dicho, en su fábrica, entorno, uso, asociaciones, significados, registros, sitios y objetos relacionados.” (Mincultura, 2005)

Por otra parte, la identidad derivada de la representación implícita en las características del objeto a valorar, a título individual o colectivo, hace parte del modelo de percepción como herramienta para la gestión ambiental del Patrimonio Cultural Material Mueble en el Espacio Público Urbano. Este estudio

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adopta la definición de identidad cultural señalada por Cardoza (2014) en “Identidad, Conservación y Patrimonio”. Aun así, la identidad es más una creación dinámica, individual o colectiva que para efectos prácticos se asocia con la cultura local de barrio o vecindario:

“…el conjunto de valores, tradiciones, símbolos, creencias y modas de comportamiento que funcionan como elemento cohesionador dentro de un grupo social y que actúan como sustrato para que los individuos que la forman puedan fundamentar su sentimiento de pertenencia.”

En entrevista para este estudio, Adriana Díaz, funcionaria del MADS, considera fundamental entender el sentido multidimensional de la cultura, e indica que lo ambiental puede ser uno de los componentes de la cultura, y que esta dimensión también pertenece a todos. Señala además que el grafiti es una forma de expresión que se realiza independiente de lo que se considera valioso o no. Desde su visión, éste arte callejero se basa principalmente en que lo cultural no pasa por lo oficialmente establecido. Para Díaz el punto de partida del autor del grafiti artístico va desde sus circunstancias y falta de oportunidades, en respuesta a la imposición de patrones culturales y artísticos, pero tomando distancia del vandalismo. Este tipo de expresión es violenta porque responde a su manera a las expresiones de violencia que han internalizado quienes, sin educación formal ni expectativas, viven en una marginalidad creciente y en ausencia de oportunidades. Además Díaz manifiesta como relevante reconocer en el medio ambiente, otros elementos que podrían constituir un aporte desde lo ambiental como patrimonio, tal es el caso de los árboles emblemáticos en el espacio público urbano que deben ser otros referentes culturales con significado, como elementos del paisaje cultural de las regiones de donde vienen los inmigrantes, y especialmente para los visitantes más jóvenes de los parques, entre quienes incluso la música, como expresión cultural, genera más sentido de pertenencia e identidad que cualquier elemento del PCMM. Por otra parte, tanto los conceptos planteados como las normas vigentes en la materia son a la vez insumo y producto de la institucionalidad, en respuesta a la realidad planteada por la interacción de individuos y comunidades con su entorno. Sobre el papel del Estado en relación con la cultura, acerca del cumplimiento de las funciones de sus servicios, el artículo 2 de la Ley 397 señala que:

“...el objetivo primordial de la política estatal sobre la materia son la preservación del Patrimonio Cultural de la Nación y el apoyo y el estímulo a las personas, comunidades e instituciones que desarrollen o promuevan las expresiones artísticas y culturales en los ámbitos locales, regionales y nacional.”

A todo lo anterior se suma la desarticulación de iniciativas institucionales para implementar o desarrollar la normativa vigente en materia de espacio público urbano y patrimonio cultural material, lo cual se manifiesta a todo nivel, y no contribuye a mejorar la calidad de vida de los habitantes.

“Se encontró que los programas de espacio público, los programas para la protección y valoración de los centros históricos y el patrimonio, los programas para proteger y valorar los elementos ambientales (ríos, cerros, bosques, etc.) de las ciudades, los programas para dotar la ciudad de equipamientos de calidad, han sido dispersos y están articulados entre sí sólo

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excepcionalmente, de manera que no permiten consolidar los efectos positivos en el desarrollo general de la ciudad, ni el usufructo general por la ciudadanía.” (DNP, 2013)

Por todo lo anterior la conceptualización alrededor de esta temática ha generado un marco de referencia normativo encaminado a conservar y proteger el PCM en el espacio público, con menor énfasis sobre la conservación y protección de esculturas y monumentos conmemorativos públicos sean estos bienes de interés cultural declarados como tales o no, sin reconocer las diferencias de percepción y significados asociados a dichos componentes y la importancia del ámbito en que se encuentren ubicados. 3.2. MARCO NORMATIVO

El marco de referencia normativo vigente en la materia se representa en la Tabla 1, la cual incluye las normas de carácter nacional. La siguiente lista resume la normativa nacional y local vigente en materia de PCMM y EPU. Para el estudio de caso la normativa local corresponde a la emitida por la Alcaldía Mayor de Bogotá.

Nacionales: Ley 163 de 1959; Ley 63 de 1986; Ley 9ª de 1989 (Art. 5); Constitución Política de 1991; Ley 99 de 1993; Ley 388 de 1997; Ley 397 de 1997 (Art. 18); Ley 1185 de 2008; Ley 1333 de 2009 (Art. 5); Ley 1450 de 2011; Decreto 1756 de 1996; Decreto 1504 de 1998; Decreto 1746 de 2003; Decreto 1538 de 2005; Decreto 763 de 2009; Resolución 983 de 2010; CONPES 3305 de 2004; CONPES Social 80 de 2004; CONPES 3718 de 2012. (se subrayan las más relevantes) Distritales: Decreto 678 de 1994; Decreto 959 de 2000; Decreto 365 de 2001; Decreto 606 de 2001; Decreto 138 de 2002; Decreto 190 de 2004; Decreto 217 de 2004; Decreto 215 de 2005; Decreto 448 de 2007; Decreto 189 de 2011 (Art. 5); Decreto 75 de 2013; Resolución 035 de 2006; Resolución 435 de 2013; Acuerdo 79 de 2003 (Art. Código de Policía); Acuerdo 18 de 1999 (Art. 4); Acuerdo 257 de 2006 (Art. 90 y 103); Acuerdo 308 de 2008; Acuerdo 482 de 2011. (se subrayan las más relevantes) Tabla 1. Normativa urbana de nivel nacional en materia de EPU

NOMBRE HITO # HITO DESCRIPCIÓN TEMA

CÓDIGO CIVIL 20/04/87

1 TITULO II. DEL DOMINIO TITULO III. DE LOS BIENES DE LA UNION TITULO VI. DE LA TRADICION TITULO VII. DE LA POSESION TITULO XLI. DE LA PRESCRIPCION

- Norma en materia de desarrollo urbano y territorial. - Normas relacionadas con el espacio público

CÓDIGO NACIONAL DE POLICÍA DECRETO 1355 04/08 /70

2 Artículo 132 Restitución de bienes de uso público

-Normas relacionadas con el espacio público

DECRETO 2811 DE 18/12/74

3 Por el cual se dicta el Código Nacional de Recursos Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente.

-Norma en materia de desarrollo urbano y territorial

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NOMBRE HITO # HITO DESCRIPCIÓN TEMA

CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE COLOMBIA DE 1991

4 Título XI. De la organización territorial Principios Fundamentales Derechos Sociales, Económicos Y Culturales Derechos Colectivos y del Ambiente Protección y Aplicación de los Derechos Deberes y Obligaciones Artículos: 70, 71, 72 y 82.

-Norma relacionadas con el espacio público

LEY 99 22/12/93

5 Por la cual se crea el Ministerio del Medio Ambiente, se reordena el Sector Público encargado de la gestión y conservación del medio ambiente y los recursos naturales renovables, se organiza el Sistema Nacional Ambiental, SINA, y se dictan otras disposiciones.

-Norma en materia de desarrollo urbano y territorial

LEY 1625 29/04/13

6 Por la cual se deroga la Ley Orgánica de Áreas

Metropolitanas (128 de 1994) y se expide el Régimen para

las Áreas Metropolitanas.

-Norma en materia de desarrollo urbano y territorial

LEY 140 23/06/94

7 Articulo 26. Sujeción a las normas de espacio público en la expedición de permisos municipales para la instalación de redes de servicios públicos. Reglamenta la Publicidad Exterior Visual en el Territorio Nacional.

-Norma relacionadas con el espacio público

LEY 361 07/02/97

8 Por la cual se establecen mecanismos de integración social de las personas con limitación y se dictan otras disposiciones”– Discapacidad física.

-Norma en materia de desarrollo urbano y territorial -Norma relacionadas con el espacio público

LEY 388 18/06/97

9 Ley de Desarrollo Territorial Por la cual se modifica la Ley 9ª de 1989, y la Ley 3ª de 1991 y se dictan otras disposiciones (Modificada por las leyes 507, 614, 810, 902 y 962)

-Norma en materia de desarrollo urbano y territorial -norma en materia de titulación urbana -norma relacionadas con el espacio público

DECRETO NACIONAL 1504 04/08/98

10 Por el cual se reglamenta el manejo del espacio público en los planes de ordenamiento territorial. Vigente. (Modificado por el decreto 796 de 1999 y el Decreto 1600 de 2005)

-Norma en materia de desarrollo urbano y territorial -Normas vigentes sobre accesibilidad -Normas relacionadas con el espacio público

CÓDIGO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVOLEY 472 05/08/98

11 Acción Popular -Normas relacionadas con el espacio público

LEY 507 28/07/99

12 Por la cual se modifica la Ley 388 de 1997 POTs

-Norma en materia de desarrollo urbano y territorial

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NOMBRE HITO # HITO DESCRIPCIÓN TEMA

DECRETO 1337 26/06/02

13 Por el cual se reglamenta la Ley 388 de 1997 y el Decreto Ley 151 de 1998, en relación con la aplicación de compensaciones en tratamientos de conservación mediante la transferencia de derechos de construcción y desarrollo.

-Norma en materia de desarrollo urbano y territorial

LEY 810 13/06/2003

14 Por la cual se modifica la Ley 388 de 1997 en materia de sanciones urbanísticas y algunas actuaciones de los curadores urbanos y se dictan otras disposiciones.

-Norma en materia de desarrollo urbano y territorial -Norma en materia de titulación urbana -Normas relacionadas con el espacio público

DECRETO 1660 DE 16/06/03

15 Accesibilidad al espacio público, edificaciones abiertas al público y vivienda

-Normas vigentes sobre accesibilidad

DECRETO NACIONAL 4300 (07/11/07)

16 Por el cual reglamentan las disposiciones relativas a planes parciales de que tratan los artículos 19 y 27 de la Ley 388 de 1997 y el artículo 80 de la Ley 1151 de 2007, se subrogan los artículos 1,5,12 y 16 del Decreto 2181 de 2181 de 2006 y se dictan otras disposiciones.

-Norma en materia de desarrollo urbano y territorial

LEY 2372 (01/07/10)

17 Por el cual se reglamenta el Decreto-ley 2811 de 1974, la Ley 99 de 1993, la Ley 165 de 1994 y el Decreto-ley 216 de 2003, en relación con el Sistema Nacional de Áreas Protegidas, las categorías de manejo que lo conforman y se dictan otras disposiciones.

-Norma en materia de desarrollo urbano y territorial

LEY 1450 (16/06/11) 18 Por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo, 2010-2014. Tomo II, capítulo VI, A. 2.c.

-Norma en materia de desarrollo urbano y territorial; espacio público

LEY 3570 (27/09/11)

19 Por el cual se modifican los objetivos y la estructura del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible y se integra el Sector Administrativo de Ambiente y Desarrollo Sostenible.

-Norma en materia de desarrollo urbano y territorial

LEY 1551 (06/07/12) 20 Por la cual se dictan normas para modernizar la organización y el funcionamiento de los municipios.

-Norma en materia de desarrollo urbano y territorial

LEY 1617 (05/02/13) 21 Por la cual se expide el Régimen para los Distritos Especiales.

-Norma en materia de desarrollo urbano y territorial

Además de las anteriores normas relacionadas con el espacio público a nivel nacional, el Consejo Nacional de Política Económica y Social –CONPES formuló el documento CONPES 3718 de 2012, como acto administrativo vinculante, a cargo del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio –MVCT. En dicho acto el Departamento Nacional de Planeación - DNP presenta la “Política Nacional de Espacio Público” para las ciudades colombianas.

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Dicha política se enmarca en la estrategia “Construir Ciudades Amables” de la Visión Colombia 2019 y la estrategia “Vivienda y Ciudades Amables” del “Plan Nacional de Desarrollo” -PND 2010-2014: “Prosperidad para Todos”, donde se indica que considerando que la población colombiana está concentrada en las urbes, se requiere realizar acciones tendientes a mejorar la calidad ambiental en las ciudades y hacerlas más amables, para lo cual se propone:

“…promover la incorporación de consideraciones ambientales en la Política Nacional de Espacio Público, incluyendo el incremento de las áreas verdes en las zonas urbanas y corredores lineales y de conectividad, como una medida de adaptación al cambio climático y de protección ambiental en espacios urbanos.”

Teniendo en cuenta además que la Ley 9ª de 1989 y el Decreto 1504 de 1998 definen el espacio público, exclusivamente para los fines del desarrollo urbano o territorial, como:

“…el conjunto de inmuebles públicos y los elementos arquitectónicos y naturales de los inmuebles privados, destinados por su naturaleza, por su uso o afectación a la satisfacción de necesidades urbanas colectivas que trascienden, por tanto, los límites de los intereses individuales de los habitantes.”

En cuanto al espacio público, el artículo 5° de la Ley 9ª de 1989, por la cual se dictan reglas sobre reforma urbana a nivel nacional, define el espacio público en los siguientes términos:

"Entiéndase por espacio público el conjunto de inmuebles públicos y los elementos arquitectónicos y naturales de los inmuebles privados, destinados por su naturaleza, por su uso o afectación, a la satisfacción de necesidades urbanas colectivas que transcienden, por tanto, los límites de los intereses individuales de los habitantes.”

Por su lado, la Alcaldía Mayor a través de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte afirma que el espacio público:

“…forma parte del patrimonio construido de la ciudad. Se encuentra conformado por áreas de uso común, inalienables, prevalentes sobre el interés privado y destinadas para la circulación, recreación y concentración de todos los ciudadanos. Son áreas que se han consolidado en la memoria colectiva de la ciudad debido a su importancia histórica, urbana, funcional, social y cultural.” (IDPPC, 2008)

A este punto, cabe precisar que el espacio público es ante todo un concepto urbano, es decir que está y ha estado relacionado con la ciudad, pues es allí donde surgió, y como lo señala Samper (2003) al citar a Roncayolo:

“Es en la ciudad, lugar de la civilización y la cultura, aquel “dispositivo topográfico y social capaz de hacer eficaz al máximo el encuentro y el intercambio entre los hombres”, y por ende, el espacio público, o de una manera más amplia y articulada, el espacio colectivo, es o debe ser el espacio más importante de la ciudad, puesto que allí se realiza la actividad fundamental para la colectividad que la habita. De otra forma podríamos decir que es el espacio público el que hace la ciudad y la diferencia de una simple agrupación de casas y edificios. Al ser la ciudad un hecho

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histórico, el espacio público también lo es; hace parte de las manifestaciones culturales de una civilización, que es siempre limitada en el tiempo y en el espacio.”

Adicionalmente, el Decreto 1504 de nivel nacional, expedido en 1998, por el cual se reglamenta el manejo del espacio público en los planes de ordenamiento territorial, en su Artículo 5 incluye los elementos constitutivos artificiales y en los elementos complementarios, respectivamente los siguientes:

“-Áreas articuladoras de espacio público y de encuentro, tales como: parques urbanos, zonas de cesión gratuita al municipio o distrito, plazas, plazoletas, escenarios deportivos, escenarios culturales y de espectáculos al aire libre; -Áreas para la conservación y preservación de las obras de interés público y los elementos urbanísticos, arquitectónicos, históricos, culturales, recreativos, artísticos y arqueológicos, las cuales pueden ser sectores de ciudad, manzanas, costados de manzanas, inmuebles individuales, monumentos nacionales, murales, esculturales, fuentes ornamentales y zonas arqueológicas o accidentes geográficos; y -Elementos de ambientación tales como: luminarias peatonales, luminarias vehiculares, protectores de árboles, rejillas de árboles, materas, bancas, relojes, pérgolas, parasoles, esculturas y murales.”

Más adelante, el Artículo 7º, del Decreto 1504 se reitera además que:

“El espacio público es el elemento articulador y estructurante fundamental del espacio en la ciudad, así como el regulador de las condiciones ambientales de la misma, y por lo tanto se constituye en uno de los principales elementos estructurales de los Planes de Ordenamiento Territorial.”

Sobre la protección de los elementos constitutivos del espacio público, dicho Decreto:

“Artículo 26º.- Los elementos constitutivos del Espacio Público y el Medio Ambiente tendrán para su defensa la acción popular consagrada en el artículo 1005 del Código Civil. Esta acción también podrá dirigirse con la cualquier persona pública o privada, para la defensa de la integridad y condiciones de uso, goce y disfrute visual de dichos bienes mediante la remoción, suspensión o prevención de los conductos que comprometen el interés público o la seguridad de los usuarios. El incumplimiento de las órdenes que expida el juez en desarrollo de la acción de que trata el inciso anterior configura la conducta prevista en el artículo 184 del Código Penal de "Fraude a resolución judicial". La acción popular de que trata el artículo 1005 del Código Civil podrá interponerse en cualquier tiempo.”

Además, el CONPES 3718 de Espacio Público antes mencionado, está dirigido a establecer la Política Nacional de Espacio Público, y a su vez, al establecimiento de un plan de acción para cada uno de cuatro ejes problemáticos, el último de los cuales se refiere a la:

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“…falta de apropiación colectiva de los espacios públicos y dificultades para conciliar los intereses públicos y privados en el uso de las áreas destinadas a espacio público.”

Por lo demás, en desarrollo de lo establecido en los artículos 70, 71, 72 y 82 de la Constitución Política Nacional (anteriormente mencionados), la Ley 397 de 1997, complementa el análisis de los insumos necesarios para esta revisión, así:

“De otra parte, la Ley 397 de 1997 o Ley General de Cultura, modificada por la Ley 1185 de 2008, creó los Planes Especiales de Manejo y Protección (PEMP) como instrumento de gestión del patrimonio cultural, por medio del cual se establecen las acciones necesarias para garantizar en el tiempo, la protección y sostenibilidad de los Centros Históricos del país, concibiendo el espacio público como parte de los Bienes de Interés Cultural (BIC) de los sectores urbanos antiguos ya declarados, entendido este último como el área donde confluyen de forma permanente el patrimonio cultural tangible e intangible.”

Es necesario mencionar además que los criterios de valoración del PCM, muebles e inmuebles, fueron establecidos en la Ley 1185 de 2008:

“La declaratoria de un bien material como de interés cultural es el acto administrativo mediante el cual, las autoridades competentes, determinan que un bien o manifestación del patrimonio cultural de la Nación queda cobijado por el Régimen Especial de Protección o de Salvaguardia contemplado en la Ley. Asimismo, evalúa y emite un concepto sobre las solicitudes de declaratoria de bienes materiales, tanto muebles como inmuebles, como bienes de interés cultural, de acuerdo con los requisitos, criterios de valoración y valores establecidos por el Ministerio de Cultura a partir de lo estipulado en el artículo 1.º de la Ley 1185 de 2008, que modifica el artículo 4.º de la Ley 397 de 1997” (Mincultura, 2014)

En el ámbito local cabe destacar que el Decreto 75 de 2013, de la Alcaldía Mayor de Bogotá, por el cual se promueve la práctica artística y responsable del grafiti en la ciudad y se dictan otras disposiciones, tiene por objeto reglamentar los lugares no autorizados para la práctica de grafiti, establecer las estrategias pedagógicas y de fomento en la materia y aclarar las medidas correctivas aplicables a la realización indebida de grafitis en la ciudad, de conformidad con el Acuerdo 482 de 2011 del Concejo de Bogotá. Por su parte, el artículo 21° del Decreto Distrital 190 de 2004 -Plan de Ordenamiento Territorial de Bogotá- define el sistema de espacio público en los siguientes términos:

"Es el conjunto de espacios urbanos conformados por los parques, las plazas, las vías peatonales y andenes, los controles ambientales de las vías arterias, el subsuelo, las fachadas y cubiertas de los edificios, las alamedas, los antejardines y demás elementos naturales y construidos definidos en la legislación nacional y sus reglamentos. Es una red que responde al general de garantizar el equilibrio entre densidades poblacionales, actividades urbanas y condiciones medio ambientales, y está integrado funcionalmente con los elementos de la Estructura Ecológica Principal, a la cual complementa con el fin de mejorar las condiciones ambientales y de habitabilidad de la ciudad en general."

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Es relevante además precisar que según lo dispuesto en el artículo 86° del Acuerdo Distrital 79 de 2003 -Código de Policía de Bogotá-, no se considera publicidad exterior visual las expresiones artísticas o murales, "siempre que no contengan mensajes comerciales o de otra naturaleza y de conformidad con la autorización de la respectiva autoridad competente". El artículo 4° del Acuerdo Distrital 18 de 1999 asigna al Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público -DADEP, las funciones de "formular las políticas, planes y programas distritales relacionados con la defensa, inspección, vigilancia, regulación y control del espacio público", y "coordinar y promover con las autoridades distritales y locales actividades que promocionen el buen uso del espacio público y prevengan su deterioro". Adicionalmente, el artículo 90° del Acuerdo Distrital 257 de 2006 establece que el Sector Cultura, Recreación y Deporte tiene como misión "garantizar las condiciones para el ejercicio efectivo, progresivo y sostenible de los derechos a la cultura, a la recreación y al deporte de los habitantes del Distrito Capital, así como fortalecer los campos cultural, artístico, patrimonial y deportivo". Así mismo, el Artículo 5 del Decreto Distrital 189 de 2011, establece que no se considera publicidad exterior visual las expresiones artísticas como pinturas o murales, siempre que no contengan mensajes comerciales o de otra naturaleza. Dentro de las expresiones artísticas se encuentran incluidos los grafitos siempre que no hagan alusión a marca, servicio o producto alguno. Este Decreto, al definir la contaminación visual, señala que esta es la saturación del paisaje y del espacio público por la fijación y exposición tanto de los elementos de publicidad exterior visual, regulados o no, como de los elementos no considerados publicidad exterior visual pero que impactan el paisaje. De otra parte, el Acuerdo Distrital 482 de 2011 establece las normas para la práctica de grafitis en el Distrito Capital, en el marco de la protección y del paisaje público de la ciudad, estipulando que la Administración Distrital reglamentará los lugares autorizados y no autorizados para la práctica de grafitis y establecerá las estrategias pedagógicas y de fomento pertinentes al cumplimiento de la norma. En consecuencia, la Alcaldía Mayor de Bogotá, mediante el Decreto Distrital 75 de 2013 indica:

“Artículo 1º.- Objeto. El objeto del presente Decreto es el de reglamentar los lugares no autorizados para la práctica de grafiti, establecer las estrategias pedagógicas y de fomento en la materia y aclarar las medidas correctivas aplicables a la realización indebida de grafitis en la ciudad, de conformidad con el Acuerdo 482 de 2011 del Concejo de Bogotá. Parágrafo. La práctica del grafiti debe promover y respetar los principios, fines y derechos fundamentales consagrados en la Constitución Política, así como respetar el principio de corresponsabilidad, que implica el cumplimiento de deberes de manera paralela al ejercicio de los derechos y libertades. CAPITULO II. LUGARES NO AUTORIZADOS. Artículo 3º.- Lugares no autorizados. No se podrá realizar la práctica del grafiti en las siguientes superficies naturales o construidas de los elementos constitutivos o complementarios del espacio público de la ciudad: En los elementos que conforman la Estructura Ecológica Principal de la ciudad, como por ejemplo:

1. Los santuarios distritales de Flora y Fauna, 2. Todos los árboles de la ciudad

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3. Las áreas de reserva forestal, los parques ecológicos distritales, las áreas de manejo especial ambiental y las rondas de los ríos. 4. En los Bienes de Interés Cultural de la ciudad, tanto del nivel nacional como distrital, así como en los monumentos y esculturas de la ciudad.” (subrayado fuera de texto)

A este punto cabe precisar además cuáles son los criterios de valoración establecidos para declarar bienes de interés cultural en el país, de acuerdo con el Artículo 6 del Decreto 763 de 2009. Los criterios de valoración son pautas generales que orientan y contribuyen a la atribución y definición de la significación cultural de un bien mueble o Inmueble. La significación cultural es la definición del valor cultural del bien a partir del análisis integral de los criterios de valoración y de los valores atribuidos. Los BIC del ámbito nacional y territorial serán declarados por la instancia competente, de conformidad con los siguientes criterios de valoración, sin perjuicio de otros que de ser necesario podrá señalar el Ministerio de Cultura:

“1. Antigüedad: Determinada por la fecha o época de origen, fabricación o construcción del bien. 2. Autoría: Identificación del autor, autores o grupo que hayan dejado testimonio de su producción, asociada a una época, estilo o tendencia. La autoría puede ser, excepcionalmente, atribuida. 3. Autenticidad: Determinada por el estado de conservación del bien y su evolución en el tiempo. Se relaciona con su constitución original y con las transformaciones e intervenciones subsiguientes, las cuales deben ser claramente legibles. Las transformaciones o alteraciones de la estructura original no deben desvirtuar su carácter. 4. Constitución del bien: Se refiere a los materiales y técnicas constructivas o de elaboración. 5. Forma: Se relaciona con los elementos compositivos y ornamentales del bien respecto de su origen histórico, su tendencia artística, estilística o de diseño, con el propósito de reconocer su utilización y sentido estético. 6. Estado de conservación: Condiciones físicas del bien plasmadas en los materiales, estructura, espacialidad o volumetría, entre otros. Entre las condiciones que lo determinan se encuentran el uso, el cuidado y el mantenimiento del bien. 7. Contexto ambiental: Se refiere a la constitución e implantación del bien en relación con el ambiente y el paisaje. 8. Contexto urbano: Se refiere a la inserción del bien como unidad individual, en un sector urbano consolidado. Se deben analizar características tales como el perfil, el diseño, los acabados, la volumetría, los elementos urbanos, la organización, los llenos y vacíos y el color. 9. Contexto físico: Se refiere a la relación del bien con su lugar de ubicación. Analiza su contribución a la conformación y desarrollo de un sitio, población o paisaje. Si el bien se ubica dentro de un inmueble debe analizarse si fue concebido como parte integral de este y/o si ha sido asociado con un nuevo uso y función relevantes dentro del inmueble. 10. Representatividad y contextualización sociocultural: Hace referencia a la significación cultural que el bien tiene en la medida que crea lazos emocionales de la sociedad hacia los objetos y sitios. Revela el sentido de pertenencia de un grupo humano sobre los bienes de su hábitat toda vez que implica referencias colectivas de memoria e identidad.”

Los criterios de valoración antes señalados permiten además atribuir valores a los bienes de interés cultural, tales como:

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“1. Valor histórico: Un bien posee valor histórico cuando se constituye en documento o testimonio para la reconstrucción de la historia, así como para el conocimiento científico, técnico o artístico. Es la asociación directa del bien con épocas, procesos, eventos y prácticas políticas, económicas, sociales y culturales, grupos sociales y personas de especial importancia en el ámbito mundial, nacional, regional o local. 2. Valor estético: Un bien posee valor estético cuando se reconocen en este atributos de calidad artística, o de diseño, que reflejan una idea creativa en su composición, en la técnica de elaboración o construcción, así como en las huellas de utilización y uso dejadas por el paso del tiempo. Este valor se encuentra relacionado con la apreciación de las características formales y físicas del bien y con su materialidad. 3. Valor simbólico: Un bien posee valor simbólico cuando manifiesta modos de ver y de sentir el mundo. El valor simbólico tiene un fuerte poder de identificación y cohesión social. Lo simbólico mantiene, renueva y actualiza deseos, emociones e ideales construidos e interiorizados que vinculan tiempos y espacios de memoria. Este valor hace referencia a la vinculación del bien con procesos, prácticas, eventos o actividades significativas para la memoria o el desarrollo constante de la comunidad. Parágrafo. Un bien puede reunir todos o algunos de los valores o basarse en uno o varios de los criterios de valoración señalados en este artículo, para ser declarado por la instancia competente como BIC del ámbito nacional o territorial, según su representatividad para el ámbito de que se trate.” (subrayado fuera de texto)

El proceso de reconocimiento individual y/o colectivo para la atribución de los valores anteriormente señalados es base para la valoración de los BIC que hacen parte del PCMM en el espacio público urbano, dicho proceso se complementa con otros elementos que permiten visualizar el significado de los demás componentes y la inclusión de otros valores comunitarios que se manifiestan en este contexto.

"La construcción y renovación de los espacios públicos como puntos de encuentro y referencia de la comunidad ha demostrado ser una herramienta eficaz para la restauración del tejido social y la prevención de la violencia y la inseguridad en las ciudades. El desafío es desarrollar esquemas para que los ciudadanos puedan autogestionar estos espacios públicos para asegurar su sostenibilidad en el mediano plazo y largo plazo, dadas las limitaciones financieras que enfrentan muchos gobiernos locales. Las responsabilidades conjuntas (gobierno nacional, los municipios y comunidades), son esenciales para el éxito de las iniciativas del espacio público". (ONU-Habitat, 2012)

La autogestión para la recuperación, mantenimiento y protección de PCMM en el espacio púbico urbano es un referente constante en el desarrollo de iniciativas institucionales que desde un principio incluyen a los principales actores sociales en el proceso, al respecto existen varios casos que pueden ilustrar la importancia de los elementos que han aportado a la construcción conjunta de prácticas exitosas a nivel nacional e internacional, considerando además fallas metodológicas y patrones de gestión ambiental urbana en la materia.

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3.3. REFERENTE NACIONAL: Parque Centenario, Cartagena de Indias, D.T.C. El referente nacional seleccionado para establecer contrastes, patrones de percepción y de gestión ambiental del PCMM en el espacio público urbano está ubicado en la ciudad de Cartagena de Indias, Distrito Turístico y Cultural. Esta ciudad ha establecido un esquema de gestión cuando menos diferente en respuesta a modelos de percepción para un entorno y características diversas, enfrentando afectaciones y manifestaciones de identidad similares. En la capital del Departamento de Bolívar un destacado referente nacional a considerar en este estudio está representado por el Parque Centenario. Este parque es uno de los más emblemáticos de esa ciudad, fue el primer desarrollo urbanístico de espacio público fuera del centro histórico colonial amurallado y lo conecta al sector de Getsemaní. No obstante su importancia, por décadas el Parque Centenario –PC ha sido objeto de una mínima gestión ambiental integral con intervenciones más o menos afortunadas, que sin embargo solo hasta el año pasado lograron restablecer su carácter como punto de encuentro y referente socio-cultural y deportivo en esa ciudad, a las puertas de la Torre del Reloj. Los grafitis también han estado presentes en diferentes partes de Cartagena y este parque no es la excepción. El Parque Centenario, fue objeto de un proceso de restauración y adecuación, considerando la arquitectura republicana original, aunque se desmontó el adoquín de la totalidad del parque y se instalaron 7 mil metros cuadrados de losetas de cemento pre-pulidas y 600 metros lineales (ml) de las mismas. Se trata de losetas táctiles que sirven de guía para las personas en condición de discapacidad visual.

Gráficas 5 y 6. Estado al inicio de la Intervención y participación de la comunidad

Fuente: El Universal, diciembre de 2013.

Además, como parte de la intervención realizada, se conservaron los cuatro senderos originales y se estableció un nuevo sendero:

“…se hizo la reubicación de los seis bustos que se encontraban esparcidos en el parque. Estos fueron colocados en un sendero donde se les (sic) podrá observar las esculturas de Enrique Olaya Herrera, Rafael Uribe Uribe, Lacides Segovia, Guillermo Cano Isaza, entre otros personajes.” (El Universal, 2013).” (subrayado fuera de texto)

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Gráficas 7 y 8. Adecuación de la fuente; ubicación del PC en relación con Getsemaní y Templete

Fuente: El Universal, diciembre de 2013.

El Universal informa además que fueron recuperados 3.500 m² de área verde antes asignados a zona de parqueaderos y la pista de educación vial para un total de 8.800 m² de zonas verdes que cuentan con 370 árboles y un sistema de riego para su mantenimiento. Se construyó además un templete que servirá para eventos culturales en un área de 92 m² con accesibilidad para discapacitados y la edificación de la cafetería en un espacio de 380 m² con la infraestructura sanitaria necesaria.

Gráfica 9. Monumento Conmemorativo al Centenario de la Independencia

Fuente: El Universal, diciembre de 2013.

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El Parque Centenario representa un caso de gestión ambiental urbana habitual, al recuperar, conservar y restaurar los componentes del PCMM en el espacio público de esa ciudad, que reafirma además como estrategia alternativa la consolidación de barreras físicas, mediante rejas que impiden el acceso permanente al mismo. Este esfuerzo podría complementarse con una campaña educativa que informe a los visitantes genéricos sobre el significado de dichos componentes e interprete los nuevos significados que éstos puedan tener, para generar sentido de pertenencia. Cabe destacar además que ha resultado particularmente difícil encontrar otro referente similar al PNEOH en el país y que las características y proyección del mismo lo hacen de interés especial.

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4. PROPUESTA METODOLÓGICA PARA EL DISEÑO DE UN MODELO DE PERCEPCIÓN DEL PATRIMONIO CULTURAL MATERIAL MUEBLE -PCMM EN EL ESPACIO PÚBLICO URBANO -EPU Para dar alcance al objetivo general de este estudio, se ha determinado la necesidad de estructurar y desarrollar una propuesta metodológica que permita modelar la percepción del PCMM en el EPU, y considerar como punto de partida una analogía parcial con el enfoque ecosistémico empleado en los procesos de restauración ecológica, mediante el diseño de una herramienta de valoración, y el establecimiento de indicadores y variables que faciliten la determinación de las etapas necesarias para realizar su implementación en éste y otros ámbitos. Con referencia a la analogía anunciada, la Ecología de la Restauración ha desarrollado un instrumento orientado a monitorear la afinidad entre el modelo de gestión y su aplicación en los ecosistemas intervenidos, diseñar un conjunto de acciones estratégicas realizables y generar un espacio de reflexión colectiva para el mejor entendimiento del problema y de su importancia entre los actores claves que intervienen en la gestión de ese entorno.

“Este instrumento es una evaluación subjetiva del modelo de gestión aplicado a un espacio geográfico, un proyecto o en algún esquema de intervención del territorio, el cual no necesariamente ha sido planificado en conjunto en todos sus detalles por los actores involucrados, sino que responde a decisiones aleatorias, individuales y relacionadas a diversos intereses y políticas.” (Andrade, et. al. 2011)

Con base en lo anterior, en la propuesta metodológica se incluyen insumos tomados a partir de los resultados de la encuesta pública sobre percepción del PCMM en el PNEOH, diseñada y administrada para este estudio y de las entrevistas con el grupo objetivo de expertos en gestión ambiental urbana, urbanismo, espacio público y patrimonio cultural material, quienes aportaron al mismo. La propuesta metodológica en desarrollo guarda estrecha relación con los criterios que incorpora la normativa vigente, en el proceso que lleva a la determinación del valor de un componente del PCMM como “Bien de Interés Cultural”, en el espacio público urbano, a partir de la resocialización de los criterios y características de valoración identificadas partir de lo establecido por la UNESCO en 1970 y 1972, los cuales fueron adoptados por Colombia mediante la Ley 63 de 1986 y aplicados en el caso de la Resolución 036 de 2006, por la cual se declaran unos Bienes de Interés Cultural en Bogotá D.C. Teniendo en cuenta que aquí se aspira a una valoración integral del objeto/bien patrimonial en su entorno, al incluir no solo el punto de vista de los expertos sino también el de los visitantes genéricos, como actores sociales clave, es importante subrayar la afirmación de Choay (2007) al respecto, especialmente en cuanto se refiere a la pérdida de significado:

“Para el visitante resulta cada vez más difícil tanto el evitar interferencias como el poder dialogar, sin intérpretes, con los monumentos. El comentario, la ilustración anecdótica o, más exactamente la cháchara sobre las obras cultivan la pasividad del público y lo disuaden de mirar o de descifrar con su propios ojos, mientras el sentido escapa por el colador de las palabras vacías. Estas son las formas demagógicas, paternalistas y condescendientes de la comunicación. Y sin embrago, la transmisión del conocimiento histórico pertenece, por excelencia, a la puesta en escena del patrimonio.” (subrayado fuera de texto)

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Sobre el patrimonio estático se manifiesta todo tipo de interrelaciones y reconocimientos, que van desde la asignación del papel como soporte visual atemporal, como en el caso de los grafiti, hasta el culto al carácter monumental, histórico y estético de dicho patrimonio. Al respecto, Mincultura (2005) inscribe la acción humana, así:

“La acción del hombre se inscribe en tres ámbitos que están estrechamente ligados con las dimensiones de tiempo y espacio: comunidad, territorio y memoria. El ser humano desarrolla su actividad en un espacio construido por él como territorio: extenso, abierto o reducido (donde incluye objetos y utensilios); de otra parte, con el paso del tiempo, va configurando y acumulando memoria de sus actos y de sus pensamientos. La confluencia de estos tres ámbitos -comunidad, territorio y memoria- define la cultura. Así pues, la cultura, entendida como la manera en que una comunidad comprende su mundo, lo interpreta y lo maneja, tiene lugar dentro de un territorio y está sustentada en la memoria compartida por sus habitantes.” (subrayado fuera de texto)

Es importante destacar que como parte de la estrategia para avanzar en la construcción conjunta de identidad y sentido de pertenencia frente al PCM, la Alcaldía Mayor de Bogotá, a través de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte ha venido desarrollando una serie de acciones específicas, coordinadas por el Instituto Distrital de Patrimonio Cultural –IDPC, orientadas en ese sentido, que reconocen diferentes percepciones de la cultura y establecen escenarios para el diálogo entre la institucionalidad y la comunidad. Entre otros programas del IDPC, se destacan el “Plan de Revitalización del Centro Tradicional -PRCT”, “Recorridos por el Patrimonio” y “Teatros de la Memoria”, con acciones más específicas como la realización de:

“…mesas de Socialización y Concertación aplicando la Metodología de Harvard, para permitir la participación activa de la ciudadanía en la construcción de acciones que faciliten la ejecución conjunta de planes, proyectos y programas; que generen identidad y sentido de pertenencia con el patrimonio.” (IDPC, 2014)

De esta forma el IDPC (2014) estaría reafirmando el valor del PCM mueble e inmueble en el espacio público, la riqueza de elementos con que cuenta el Distrito Capital y el sentido de la principal iniciativa que adelanta para su intervención in situ.

“Es necesario considerar aquí, bajo los mismos criterios de reconocimiento del patrimonio cultural como vector de articulación, integración y significación del territorio, la gestión del patrimonio cultural mueble-inmueble en el espacio público. La ciudad de Bogotá posee cerca de 600 esculturas y monumentos ubicados en diferentes puntos de su amplio territorio. Tales obras, en varios casos, constituyen verdaderos momentos de significación e interpretación histórica, política y social de la ciudad, ocasiones de conocimiento y memorabilidad de nuestra urbe; en algunos otros, en cambio, resultan testigos de un impulso contrario, su estado de deterioro señala el poder del olvido. El programa Museo a cielo abierto pretende fortalecer la primera alternativa y corregir el segundo impulso. Lo primero, por medio de la consolidación de un verdadero museo de ciudad cuyas salas son su espacio público y las obras son sus monumentos y la voluntad de desarrollar esta

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colección con nuevas propuestas. Lo segundo, a través de un ambicioso programa de restauración, mantenimiento y adopción de las obras más significativas.” (IDPC, 2014)

Para efectos prácticos, a partir de la entrevista con Jean Carlo Sánchez, funcionario del IDPC, en este trabajo se infiere que el IDPC aspira a generar un cambio de actitud hacia el patrimonio cultural material en el espacio público, similar al que se ha logrado concretar en otros escenarios y culturas mediante la implementación parcial de la conocida “Teoría de las Ventanas Rotas”. Dicha teoría se desarrolló a partir de trabajos sobre criminología y sociología urbana, reportados por George Kelling y Catherine Cole en 1996 y mencionados en una publicación de Wilson y Kelling (2007). La “Teoría de las Ventanas Rotas” se puede comprender a manera de tendencia, indicando que es posible combatir el escepticismo individual, colectivo e institucional, y que para el éxito de la implementación de una campaña se requiere además el acompañamiento de programas educativos y acciones permanentes e inmediatas, es decir, reparar la ventana rota antes que aparezca otra similar. Dicha tendencia indica que en un escenario de descuido se habilitan automáticamente otras facetas de la comunidad que conllevan al deterioro progresivo del escenario, a partir del cual se suceden acciones cada vez más agresivas, que generan más indiferencia y menos sentido de pertenencia. Todo lo anterior reduce la capacidad de reacción efectiva tanto de la comunidad como de las instituciones frente a dicho escenario. Esto ocurre independientemente de quien obre como actor en ese ámbito. En cuanto al caso en estudio, la implementación parcial de una estrategia de reacción con base en dicha teoría hace referencia a que el proceso deberá despojarse de prejuicios y reconocer que la falta de significado es común a todo aquel que ignore, o no comprenda, los antecedentes de un objeto/bien del PCMM. Lo que sí puede variar es la actitud individual y colectiva frente al objeto en cuestión y la disposición a actuar contra el desconocimiento del mismo, otorgándole valor a medida que se genere afinidad y/o sentido de pertenencia en la comunidad. En este estudio, a parte la identidad, otro elemento crítico del modelo de percepción para la valoración del PCMM es precisamente el sentido de pertenencia y la capacidad de reacción institucional frente al vandalismo, y las manifestaciones de indiferencia en una comunidad que no considere el espacio público como parte de su patrimonio cultural, y que además, no reconozca la presencia de un valor patrimonial.

“Lo que se busca con la intervención de los monumentos en espacio público es recuperar la memoria histórica y el valor patrimonial y generar sentido de pertenencia por los Bienes de Interés Cultural de la ciudad. En torno a este tema, el IDPC adelanta acciones de gestión social a través del Plan de Revitalización con el fin de crear espacios de acercamiento con la comunidad y actores externos para que sean partícipes y voceros en la búsqueda de apropiación social del patrimonio cultural evitando así su deterioro. La Subdirección de Divulgación de los Valores del Patrimonio del Instituto Distrital de Patrimonio Cultural ha asumido su tarea misional desde una perspectiva territorial que integra el patrimonio cultural en la dinámica urbana de Bogotá, entendida la ciudad como territorio de implicación y significación social, cultural, económica, política y ambiental.” (IDPC, 2014)

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De forma complementaria, reconocer un valor económico adicional al valor intrínseco del PCMM es un elemento que hace parte de la estrategia reportada por autores como Zouain (2009), y que se está adelantando en otras capitales Latinoamericanas, con las siguientes premisas:

“Suministrar indicadores de desarrollo que tengan en cuenta el papel del patrimonio cultural supone que todos estemos de acuerdo de la importancia económica del patrimonio. Lo que quiere decir, es que reconocemos que el patrimonio cultural sea un agente económico y un bien económico. Hasta ahora, existe el debate entre los que quieren continuar viendo el patrimonio como un bien social dependiente del “welfare economics” el cual debe ser protegido y conservado por las autoridades cueste lo que cueste, y otros los cuales consideran el patrimonio como un bien social, pero que tiene un papel económico cada vez más importante y que también debe de estar a cargo de sus usuarios. En la visión económica del patrimonio, esta diferencia tiene una influencia directa en la construcción de los indicadores de medida. Del mismo modo, los valores, las obligaciones y las paradojas económicas del patrimonio, en su funcionamiento y en su uso, determinarán los posibles tipos de indicadores y también sus límites.” (Zouain, 2009)

Parte substancial del ejercicio propuesto por dicho investigador es precisamente ligar los diferentes tipos de valores para constituir uno solo de referencia, que incluya elementos en función del objeto, el sujeto y su contexto, como se indicó.

“Las funciones y valores económicos del patrimonio y los distintos tipos de valores: Quien dice Patrimonio, dice Propietario, dice Protector, y también “Usuario”. Estas perspectivas que integran el valor económico del patrimonio pueden dividirse en tres categorías:

• Un valor de uso directo del bien (o de su consumo);

• Un valor de uso indirecto;

• Un valor de no uso y/o de opción.

El valor de uso directo puede compararse al valor obtenido de la explotación de un bosque del que venderemos la madera de sus árboles. En el caso de los monumentos, edificios o barrios, se tratará de los ingresos obtenidos del uso directo: viviendas, comercios, actividades artesanales, etc. El valor de uso indirecto deriva del uso del bien por visitantes de paso. Este valor de uso no tiene resultados económicos directos, su único provecho está reservado a los visitantes que “se aprovechan” de la belleza del lugar o del bien (valor estético y de ocio). En cuanto el valor del no-uso, es la suma de los beneficios indirectos obtenidos por la protección y la revalorización del patrimonio. Es el valor que un ciudadano dará, por razones múltiples, al mantenimiento de un patrimonio que será propiedad de su país. Queda el valor de opción. Se trata del valor obtenido posponiendo el consumo de un bien para más tarde. Es el valor obtenido posponiendo la destrucción de un patrimonio, cuya destrucción se produciría, bien para ser reemplazado por otra cosa o por el creciente consumo turístico.” (Zouain, 2009)

De esta forma, el impacto económico derivado de la afectación ambiental sobre el PCMM en el EPU puede estimarse a su vez y ser objeto de análisis, con el fin de complementar una aproximación integral al conjunto de realidades acerca de afectaciones, tales como la realización indiscriminada de

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grafitis sobre cualquier superficie, y por tal razón resulta necesario divulgar entre la comunidad el costo de oportunidad asociado con la restauración de esculturas y monumentos afectados por dichas manifestaciones y promover los escenarios de diálogo. No se vislumbra una solución única o modelo efectivo de gestión ambiental urbana que no pase por la concertación en esta problemática, resumida en la lectura que realizan algunos investigadores sobre el papel protagónico del grafiti en el espacio público urbano y las limitaciones prácticas de la normativa vigente frente a una necesidad de expresión sin limitaciones.

“El graffiti y el tagging son ya parte del imaginario colectivo de las grandes y pequeñas ciudades del mundo y es su grito contestatario, vandálico y transgresor lo que le caracteriza. Grito que encuentra su reproducción y legitimación en las calles, con la gente, y no partiendo de políticas e intervenciones institucionales. El Poder – a la Foucault- y la libertad se ejercen, no pueden poseerse. Los espacios se toman, se apropian y se dejan ir. Proyectos para gestionar espacios, si bien, brindan una oportunidad legal de expresión totalmente valida, modifican tanto la narrativa como el sentido de una acción comunicativa como el rayar la pared de un edificio de gobierno, un anuncio espectacular, un camión, el vagón de un tren o metro, una patrulla de policía, un centro comercial, escuela, etc…” (Castro, 2012)

Por último, cabe ahondar en el sentido del grafiti para precisar su alcance, su temporalidad y las expectativas que conviven con quienes lo realizan, donde lo privado y lo público eventualmente se trastocan.

“…el discurso en el grafiti incidental se construye a partir de dos principales ejes conceptuales: el de lo público y lo privado, y el de lo efímero y lo durable. En el extremo de lo duradero están las marcas en el cemento y las grafías en Las Serpientes del Pedregal. En tanto que, del lado de lo efímero, se encontrarían sobre todo los textos de los baños. En el mismo sentido, los lugares más públicos son el cemento y las esculturas del espacio escultórico. Y el sitio más privado es, en definitiva, el interior de los sanitarios. En los dos ejes, las bancas y los casilleros ocupan una posición intermedia. De tal suerte que la obscenidad, la pornografía y el deseo sexual serían pensados como privados y efímeros; mientras que el amor, la amistad, el arte, la identidad y la adhesión a diversas instituciones, movimientos y agrupaciones, como públicos y duraderos.” (Areiza et al. 2007)

De esta forma, para el desarrollo de la metodología propuesta se adelantaron los siguientes pasos:

1. El diseño de una encuesta pública sobre la apropiación social del PCMM en el EPU. 2. La estructuración y realización de entrevistas con un grupo objetivo de expertos en gestión

ambiental urbana, ordenamiento territorial, urbanismo y patrimonio cultural material. 3. Los ajustes a la encuesta con base en los aspectos abordados en las primeras entrevistas. 4. La administración de la encuesta pública. 5. La realización de las demás entrevistas con miembros del grupo objetivo de expertos. 6. El procesamiento de la información recabada. 7. El establecimiento de indicadores y variables. 8. La determinación de las etapas necesarias para la implementación del instrumento de

valoración.

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4.1. DISEÑO, ADMINISTRACIÓN Y ANÁLISIS DE LA ENCUESTA PÚBLICA SOBRE APROPIACIÓN SOCIAL DEL PCMM EN EL EPU Y ENTREVISTAS CON EXPERTOS(AS) Con el propósito de establecer una herramienta indicativa sobre la apropiación social del PCMM (esculturas y monumentos conmemorativos) en el EPU, se diseñó y administró una encuesta pública en tres escenarios diferentes (virtual: vía Internet; local: a nivel de otros barrios; o directamente en el PNEOH), la cual fue estructurada en cuatro unidades de información incluyendo:

1. una caracterización general del encuestado y su ubicación con relación al PNEOH; 2. el nivel educativo, la ocupación e ingresos del encuestado; 3. su opinión sobre el entorno del PNEOH; y 4. su opinión sobre el estado y valor de las esculturas y monumentos conmemorativos en el

PNEOH. La encuesta pública se administró a un grupo objetivo identificado mediante tres criterios específicos:

1. Vivir en la ciudad de Bogotá, D.C. 2. Conocer el PNEOH 3. Haber visitado el parque en los últimos dos años.

4.1.1. Entrevistas a Grupo Objetivo de Expertos(as) Cabe indicar que se realizaron ajustes al diseñó básico de la encuesta pública y se inició su administración, a la par de las entrevistas a un grupo objetivo de expertos nacionales e internacionales en materia de gestión ambiental urbana, urbanismo, espacio público y patrimonio cultural, Además, cabe aclarar que la opinión expresada en cada entrevista se realizó a título personal y no compromete a las respectivas instituciones donde los expertos actualmente adelantan su labor profesional. Los archivos digitales hacen parte del Anexo B del presente estudio y corresponden a la siguiente lista de profesionales, la mayoría de los cuales fueron contactados para este fin en el marco del Séptimo Foro Urbano Mundial ONU-Hábitat, realizado en la ciudad de Medellín entre el 5 y el 11 de abril de 2014.

1. Arquitecto, Jean François Parent, Presidente del Laboratorio Internacional por el Hábitat Popular. Paris, Francia. 2. Bióloga, Adriana Díaz, Coordinadora del Grupo de Gestión Ambiental Urbana. Dirección de Asuntos Ambientales, Sectorial y Urbana. Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible -MADS. Bogotá, D.C. 3. Arquitecto Gustavo Guarín, Profesional Especializado. Dirección General de Ordenamiento Territorial y Coordinación del SINA. Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible -MADS. 4. Arquitecto Jean Carlo Sánchez, Profesional Especializado. Subdirección Técnica de Intervención. Instituto Distrital de Patrimonio Cultural -IDPC, Secretaría de Cultura, Recreación y Deportes. Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

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Algunas de las entrevistas a expertos(as) no solo orientaron el marco conceptual de este estudio sino que guiaron el sentido de la estructura de la encuesta aplicada al público, y muy especialmente, enriquecieron la discusión y el análisis de los resultados que llevaron a formular las conclusiones y recomendaciones que se presentan más adelante. 4.1.2. Entrevistas al Público Los resultados más significativos de la encuesta abierta al público parten del conocimiento del PNEOH, es decir, de la premisa de haberlo visitado al menos una vez durante los últimos dos años. Quince de los veinte encuestados respondieron afirmativamente a estas condiciones y con base en los resultados de la encuesta diligenciada por este grupo objetivo se presentan dos conjuntos de resultados que complementan y soportan la revisión realizada en el marco de referencia conceptual propuesto y desarrollado para el presente estudio. Mayores detalles sobre la encuesta administrada corresponden al Anexo G, que hace parte integral del presente documento. Como componente del estudio de caso adelantado específicamente para este trabajo de grado, a continuación se presentan los resultados de la encuesta pública diseñada y administrada para el PNEOH, en las cuatro unidades de información de su estructura. 1. Caracterización general del encuestado y su ubicación con relación al PNEOH: El grupo encuestado fue conformado aleatoriamente y representa visitantes de diferentes localidades, grupos etarios y “estratos”. En relación con la ubicación de su respectiva vivienda con referencia al Parque Nacional, el 58% vive a más de 3 km. Los resultados incluyen tanto el diligenciamiento de la encuesta (completado en la mayoría de los casos en el PNEOH), como el diligenciamiento a distancia vía Internet, además de identificar el interés y/o afinidad de los participantes por diferentes actividades que usualmente realizan en el parque, que supera el 71% de los visitantes, quienes además indican que no identifican un referente especial en el parque. 2. Nivel educativo, la ocupación e ingresos del encuestado: En cuanto al nivel educativo de los encuestados, la muestra corresponde a mayores de edad cuya formación académica no solo es diversa sino que a su vez representa acceso a la educación básica y superior en el 76.92% de la muestra. Sobre la ocupación y el nivel de ingresos mensual hubo casos que representan desde dos hasta diez salarios mínimos mensuales vigentes, los cuales pueden asociarse con diferentes profesiones y/o actividades productivas, donde 83.33% se identifican como empleados. De los respectivos ingresos señalados, menos del 20% corresponde a inversión en educación o cultura y ahorran hasta el 15.33%. 3. Opinión sobre el entorno del PNEOH: Este aspecto la mayoría de los encuestados señala encontrar el parque en buen estado (57.14%), a excepción de los Arquitectos y Artistas que tienen una percepción diferente e indican un deterioro

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progresivo de la infraestructura, del mobiliario urbano, de los prados, de las vías de acceso y especialmente de los dioramas de Cundinamarca y de Colombia. Para la mayoría el principal referente no son los diferentes componentes del parque sino su conjunto, pues no obstante un mayor porcentaje tiene más cerca el parque de su respectivo barrio (58.33%), se desplazan hasta el PNEOH. 4. Opinión sobre el estado y valor de las esculturas y monumentos conmemorativos en el PNEOH: El resultado más relevante se refiere a que el 61.54% de los encuestados desconocen las esculturas y monumentos del PNEOH, su referente histórico, ubicación y demás elementos que podrían ser base de su valoración en este entorno. Por otra parte, el estado de los componentes del PCM no preocupa a la mayoría, pero sin embrago el 64.29% señala tener mayor reconocimiento por el patrimonio biótico del parque o afinidad con las actividades deportivas que allí realizan. La Tabla 2 resume los resultados de la administración de la encuesta pública, correspondientes a las cuatro unidades de información. Tabla 2. Resultados de la encuesta pública sobre apropiación social del PNEOH, para las cuatro unidades de información.

Promedio Total Porcentaje Unidad

1. Ubicación y Datos Generales del (a) Encuestado(a)

46,67 % de personas que diligenciaron en el PNEOH

53,33 % de personas que viven en Localidades 2, 3 o 13

Habitantes de 12 Barrios diferentes

90,00 % Vivienda propia

25,2 Estimado del tiempo en años desde la construcción

6,67 % Vivienda de Interés Arquitectónico

75,00 % Viviendas en estrato cuatro o menor

100,00 % Disponen de todos los Servicios Públicos

3,46 Habitantes / Unidad de vivienda

54,7 Edad Promedio del mayor de los habitantes

2,08

Personas que trabajan en el hogar

3,50

Personas / Vivienda

66,67 % Personas Afiliadas a EPS

73,33 % Recreación activa de personas en el Espacio Público

53,85 % Frecuencia participación en actividades en el Espacio Público

100,00 % Personas indican que existe parque público cercano a su vivienda

372 Metros de distancia al parque más cercano

8,92 Tiempo en minutos para llegar al parque más cercano a su vivienda

63,64 % Indican que NO hay un referente especial en el parque

83,33 % Última visita anterior < 3 a meses

58,33 % Viviendas a más de 3 km de PNEOH

2. Ocupación, Relación entre Ingresos y Gastos del Encuestado

76,92 % de profesionales

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83,33 % Empleados

Promedio Total Porcentaje Unidad

17,92 Promedio % de Inversión en educación

17,08 Promedio % de gastos en cultura

15,33 Promedio % de ahorro mensual

75,00 % Perciben buena calidad de vida en su Barrio

3. Entorno del PNEOH

35,71 % Percepción de seguridad media

42,86 % Percepción de felicidad en el PNEOH

71,43 % Han realizado otras visitas en los últimos dos años

71,43 % Reconocen una mayoría de actividades positivas en el PNEOH

57,14 % Buen estado del EPU

50,00 % Buen Manejo de EP por visitantes

85,71 % Califican el acceso al PNEOH como bueno

61,54 % Indican que el espacio del PNEOH es bueno

85,71 % Señalan que el espacio del PNEOH es suficiente

64,29 % Valoran más la Flora sobre el PCM presente en el PNEOH

4. Estado y valoración de sus Esculturas y Monumentos

69,23 % No conocen normas de PCM

92,31 % No conocen el concepto de BIC

85,71 % No conocen normas sobre conservación de BIC

50,00 % Estado Satisfactorio de Esculturas y Monumentos en el PNEOH

61,54 % No recuerdan algún componente del PCMM en especial

53,85 % No encuentran significado especial en el PCMM del PNEOH

53,85 % Señalan que el PCMM es parte de la Memoria Colectiva

66,67 % No consideran normal intervenciones y/o afectaciones del PCMM

69,23 % Consideran normal solo la restauración

92,31 % No han participado en intervenciones o realizado grafitis

4.2. DISEÑO DEL MODELO DE PERCEPCIÓN DEL PCMM EN EL EPU La propuesta del modelo de percepción del patrimonio cultural material mueble en el espacio público urbano es el principal resultado práctico con el cual este estudio aspira a contribuir a la gestión ambiental urbana del espacio público en el Distrito Capital. Esta herramienta surge como propuesta que integra una serie de elementos prácticos para la valoración del PCMM en el EPU a la luz del análisis de los resultados obtenidos a partir del marco de referencia, conceptual y normativo, de la encuesta pública administrada y de las entrevistas al grupo objetivo de expertos. De esta forma, la serie de elementos propuestos en el modelo de percepción incluye los criterios de valoración del PCMM en el EPU y la dimensión complementaria obtenida a partir de la necesidad de sensibilizar a la comunidad sobre el sentido del espacio público como lugar para el encuentro, la

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creación de valor y memoria comunitarios, la apropiación colectiva del espacio público, el significado del objeto/bien o componente, su emplazamiento y su relación con el medio ambiente, al margen de ser parte del patrimonio cultural material mueble en esta ciudad, o incluso, de llegar o no a ser declarado como bien de interés cultural. El diseño de la propuesta de modelo de percepción de la valoración como herramienta para la gestión ambiental urbana del PCMM ubicado en el EPU, cumple con las siguientes premisas: 1) la herramienta hace parte de una estrategia de gestión dinámica; 2) el proceso de implementación/aprendizaje se realiza con la práctica; 3) el cambio es inevitable; 4) se requiere establecer objetivos del proceso a corto, mediano y largo plazo; 5) se debe proponer metas viables; y 6) se necesita establecer además un mecanismo de evaluación del cumplimiento de las metas propuestas. El instrumento aquí propuesto es además el resultado de la combinación de los insumos presentados y debe cumplir las siguientes etapas:

1. Identificación de los actores sociales clave. 2. Selección del equipo facilitador del proceso. 3. Presentación de la propuesta y realización de la encuesta de percepción pública 4. Socialización del formato de valoración con los actores sociales clave, en un taller de

valoración cuyo principal propósito es ponderar los criterios de valoración. 5. Inicia el proceso de valoración subjetiva individual y conjunto, a cargo de dos representantes de

los actores sociales clave (Institución y Comunidad). 6. Con base en el Enfoque Ecosistémico anteriormente descrito como estrategia o modelo de

gestión ambiental, y una vez determinado el conjunto de características de las intervenciones, se adelantarán los siguientes pasos:

a. Definición de prioridades de intervención y gobernanza b. Establecimiento de la estructura del espacio público su función y manejo c. Manejo adaptativo en el espacio d. Manejo adaptativo en el tiempo e. Consideraciones socio-económicas sobre el PCMM en el EPU f. Valoración subjetiva conjunta

7. Reflexión sobre los insumos y productos del proceso de valoración subjetiva 8. Reporte de resultados a los demás actores clave 9. Aplicación de un manejo adaptativo conjunto

El desarrollo del proceso de valoración subjetiva conjunta de un objeto en escrutinio (numeral 5.f.), se genera en un espacio de reflexión colectiva, a cargo de representantes de los dos principales actores sociales en el Distrito Capital: por ejemplo para el caso del PNEOH, representantes del IDPC y miembros de la Comunidad. Los actores sociales clave deberán comprometerse con esta iniciativa, donde prima el interés colectivo sobre el individual. El proceso de valoración subjetiva cumplirá con los siguientes pasos en dos momentos, el primero a cargo de la representación institucional y el segundo a cargo de la representación de la comunidad:

1. Identificación de las características y/o criterios más relevantes: a partir de la lista de la normativa vigente original de la UNESCO, con diez (10) características y/o criterios, a los cuales se suma el criterio 11, cuyo carácter puede ser individual o colectivo.

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2. Priorización individual de las once (11) características y/o criterios más relevantes a cargo de representantes institucionales, independiente de la realizada por representantes de la comunidad.

3. Asignación de un valor numérico en la escala de uno (1) a cinco (5) para cada característica y/o criterio de acuerdo con su nivel de significación (Tabla 4).

4. Puesta en común sobre el valor numérico para cada característica y/o criterio relativo al objeto en escrutinio.

5. Cómputo del indicador resultante para cada característica y/o criterio: valor que se obtiene de multiplicar la posición asignada en la lista de prioridades por cada uno de los valores numéricos asignados en el paso tres de este proceso, para la priorización estratégica consensual.

6. Determinación del valor de referencia para cada objeto específico, que resulta de la sumatoria de valores obtenidos en el paso cinco, el cual se constituye en indicador estimado con relación a la percepción.

7. Socialización del resultado parcial del proceso de valoración individual asociada con el nivel de significación o indiferencia que tenga cada característica y/o criterio.

8. Propuesta de curso de acción para entender las congruencias y discrepancias entre los indicadores estimados, las cuales se espera correspondan a diferencias de percepción en cada ámbito específico, y que son objeto de concertación.

Con base en lo anterior, la Tabla 3 presenta las características y criterios señalados de acuerdo con la normativa establecida por el Decreto 1746 de 2003, que se complementa con el Decreto 190 de 2004. Tabla 3. Características y/o criterios para determinar la Valoración Subjetiva del PCMM en el EPU. Ejemplo: Valoración subjetiva de la escultura “Rita 5:30”, del Maestro Enrique Grau, en el PNEOH.

# Características y/o

Criterios

Actor A Priorización

(11 a 1)

Actor B Priorización

(11 a 1)

A + B Priorización

Conjunta

1 Valores de orden temporal 1 10 11

2 Valores de originalidad 11 7 18

3 Valores de orden físico 4 5 9

4 Constitución del bien 3 8 11

5 Estado actual de conservación de su condición material

8 2 10

6 Valores de autenticidad 9 6 15

7 Valores de orden estético 2 3 5

8 Valores formales 5 9 14

9 Valores de representatividad histórica 6 1 7

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# Características y/o

Criterios

Actor A Priorización

(11 a 1)

Actor B Priorización

(11 a 1)

A + B Priorización

Conjunta

10 Valores de representatividad cultural 7 4 11

11 Valor de orden individual y/o colectivo * 10 11 21

* En esta fase el valor de orden individual y/o colectivo puede ser estimado por cada actor social, independientemente de las características y criterios, como valores atribuidos, establecidos a partir de la Convención de la UNESCO de 1970 y 1972. La Conferencia General de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura, en su 17ª, reunida en París, 17 de octubre al 21 de noviembre de 1972, promovió además la adhesión a la Convención sobre la protección del patrimonio mundial, cultural y natural; la adhesión de Colombia se produjo el 24 de mayo de 1983, al momento 191 países la han ratificado.

A partir del resultado de la primera valoración se inicia la etapa de concertación entre los actores sociales clave representados y la identificación de alternativas en cada punto de desacuerdo. Luego se adelanta una recomposición de los criterios por prioridades conjuntas, de acuerdo con la disponibilidad de recursos institucionales y la viabilidad de ejecutar una intervención oportuna en el espacio público en cuestión. La Ley vigente permite determinar que un objeto sea patrimonio cultural material en el espacio público, y a su vez ser declarado como bien de interés cultural, frente a lo cual este trabajo propone un aporte de lo que podría interpretarse a partir del modelo de percepción, como resultado de la visión sobre valor y significado a los ojos de un visitante genérico. Tales características y criterios de valoración subjetiva son los que su vez se emplearon, como valores atribuidos, en la Resolución 036 de 2006, por la cual se declararon cincuenta y un Bienes de Interés Cultural en Bogotá D.C. Una calificación objetiva de cada característica y/o criterio es improbable, pero aquí solo se sugiere adoptar una escala dinámica que en función del interés y percepción del visitante corresponda al resultado de diferentes valoraciones integrales y conduzca a una puesta en común sobre lo fundamental en cada objeto. La escala se plantea de uno (1) a cinco (5), donde 1 equivale a indiferencia y 5 corresponde a la mayor significación conjunta, que otorga el mayor valor a ese criterio en particular. El sistema de calificación es dinámico en el sentido de establecer prioridades en los criterios de 1 a 11 (donde 11 es la mayor prioridad y 1 la menor), a los cuales corresponde el puntaje asignado en la escala de 1 a 5 en cada criterio, de forma tal que se multiplica la prioridad por la escala y se suman los resultados de cada fila para obtener un valor relativo a la percepción individual (institucional o comunitaria) y asociado con el nivel de significado o indiferencia que tenga el objeto en escrutinio para establecer su valoración. (Ver tabla 4) Finalizada la calificación conjunta para cada criterio o característica correspondiente al objeto/bien en cuestión se procede a reubicar los criterios priorizados de acuerdo con los puntajes obtenidos para cada uno, tras realizar el cómputo de dicho valor con el valor concertado sobre su respectiva significación (5 a 1), para completar el proceso de priorización estratégica consensual.

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De esta forma, la propuesta de un Enfoque Ecosistémico para la valoración del PCMM en el EPU busca construir escenarios para la sostenibilidad en el proceso de toma de decisiones sobre acciones en la gestión patrimonial ambiental urbana, incluyendo la identificación, conservación, utilización y control, lo cual requiere establecer un proceso de tratamiento integral de la información, multi-disciplinario, multi-institucional y multi-escalar: arquitectónico, urbano-territorial y cultural. El valor de referencia obtenido en el proceso de la valoración subjetiva puede compararse con los valores de referencia de otros objetos/bienes del PCMM, y servir de base para la toma de decisiones informadas sobre el sentido de apropiación social inherente a dicho componente, la respectiva percepción del objeto/bien y el estado del mismo en el ámbito en el cual se encuentra. De esta forma se contribuye a fundamentar el conjunto de acciones preventivas y correctivas, como parte de la gestión ambiental urbana del PCMM en el EPU, concertando con la comunidad las prioridades de conservación y restauración necesarias mediante el desarrollo de estrategias conjuntas al obtener una prioridad general X frente a otros objetos/bienes del PCMM evaluados en un mismo contexto o en contextos diferentes. Tabla 4. Características y/o criterios para determinar la valoración subjetiva del PCMM en el EPU. Ejemplo: Valoración subjetiva conjunta de la escultura “Rita 5:30”, del Maestro Enrique Grau, inaugurada en 2000.

# Características y/o

Criterios

A + B Priorización

Conjunta

C Significación

Conjunta (5 a 1)

A + B x C INDICADOR

Asignación

Nueva Prioridad

1 Valores de orden temporal 11 4 44 5

2 Valores de originalidad 18 5 90 1

3 Valores de orden físico 9 2 18 9

4 Constitución del bien 11 1 33 8

5 Estado actual de conservación de su condición material

10 5 50 4

6 Valores de autenticidad 15 4 60 3

7 Valores de orden estético 5 3 15 10

8 Valores formales 14 3 42 6

9 Valores de representatividad histórica

7 5 35 7

10 Valores de representatividad cultural 11 4 44 5

11 Valor de orden individual y/o colectivo *

21 4 84 2

Valor de Referencia: 515 X

* En esta fase el valor de orden individual y/o colectivo puede ser estimado por el actor social, independientemente de las características y criterios, como valores atribuidos, establecidos a partir de la Convención de la UNESCO de 1970 y 1972. El Valor de Referencia de un objeto/bien en el EPU puede compararse con el de otro para establecer decisiones informadas y concertadas sobre prioridades de conservación e intervención de PCMM en el EPU. El número X equivale a la prioridad de intervención que se adquiere con referencia a los demás objetos/bienes del PCMM en escrutinio, completando el proceso de priorización estratégica consensual.

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En resumen, la tarea de valoración es de carácter subjetivo y consiste en asignar un valor relativo a cada una de las características y/o criterios que constituyen en su conjunto la declaración de un Bien de Interés Cultural -BIC, para un objeto/bien específico que hace o no parte del Patrimonio Cultural Material Mueble y que se encuentra ubicado en el espacio público urbano, más específicamente en parques del Distrito Capital.

4.2.1. Establecimiento de Indicadores y Variables

Los indicadores y variables que se estiman como pertinentes para habilitar el desarrollo de los objetivos específicos del presente estudio guardan estrecha relación con los criterios empleados tanto en la declaración de un bien de interés cultural como en la valoración del patrimonio cultural material anteriormente señalado. No obstante, para contribuir a la integralidad del ejercicio propuesto, dichos criterios deben comprender además lo planteado por Zúñiga (2011) para el Patrimonio Cultural Material inmueble, así:

“La asignación de funciones incompatibles a los valores urbanos patrimoniales edificados, y las afectaciones a la identidad local por la pérdida de los patrones urbanos que regulan la conducta, son provocados por marcada sectorialidad, limitaciones en la participación, así como falta de multidisciplinaridad. La incoherencia entre la gestión ambiental, patrimonial y urbana; deficiente contextualización, armonización y manejo de riesgos en los valores patrimoniales edificados es el resultado de la no utilización de análisis multiescalares que utiliza el enfoque ecosistémico que lleven a un modelo de gestión integrado.”

De esta forma, con el presente estudio se desarrolla la propuesta de extender la implementación de esta herramienta al PCMM en el espacio público urbano, considerando que el enfoque ecosistémico, estratégico y participativo propuesto puede llevar a un modelo de gestión ambiental integral.

“Se ha evidenciado una amplia disparidad en los términos utilizados para definir las acciones, e inclusive no siempre se señalan acciones excluyente (Sic). Partiendo de los criterios anteriores se propone clasificar las fases de la gestión de los valores patrimoniales de los criterios anteriores se propone clasificar las fases de la gestión de los valores patrimoniales en las etapas siguientes:

Identificación y Valoración: abarca el conjunto de acciones dirigidas a identificar los posibles valores patrimoniales que demandan establecer una jerarquía del conjunto y en función de sus cualidades determinar su valor.

Conservación y Utilización: Contempla el conjunto de acciones encaminadas a preservar o enriquece (sic) el valor patrimonial, donde la utilización se desarrolló como un conjunto de acciones dirigidas a aprovechar el valor patrimonial, de acuerdo al contexto social y económico, componente de primera prioridad en esta etapa.

Control: Se orienta a evaluar la eficiencia y eficacia con que se desarrollan cada una de las acciones anteriores, creando el ciclo de gestión y dando lugar a nuevas acciones de identificación.” Zúñiga (2011)

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Por lo tanto, la intención es construir la gestión integral de los valores patrimoniales en el espacio público urbano por etapas de la gestión patrimonial: Identificar, valorizar, conservar y utilizar; asociadas con unas funciones generales de la gestión: planear, organizar, liderar, regular, dirigir y controlar. Lo anterior de acuerdo con Zúñiga (2011), con el fin de optimizar las potencialidades otorgadas por el valor del patrimonio cultural material mueble, en sí mismo, visto como recurso no renovable del ambiente urbano.

De esta forma, es posible concretar el desarrollo del enfoque ecosistémico complementario que orienta la propuesta para promover el restablecimiento del valor del PCMM en el EPU, y además promover estrategias dirigidas a reducir el déficit de áreas verdes urbanas, potenciando el valor de la conectividad ecológica para mitigar el impacto adverso de los procesos de fragmentación del paisaje urbano, y generar redes ecológicas en la estructura urbana, teniendo en cuenta que:

“En la planificación y desarrollo de las ciudades Colombianas se identifica una deficiencia en la cantidad, calidad y conectividad de los espacios verdes urbanos lo que limita el cumplimiento adecuado de las funciones de la vegetación en términos ecológicos, ambientales y recreativos, esto genera un creciente proceso de fragmentación del paisaje urbano con la transformación y disminución del hábitat natural, la alteración e interrupción del flujo de información genética y de energía, lo que altera las funciones ecológicas y afecta la presencia y la supervivencia de muchas especies características de los ecosistemas madres de los cuales hacían parte los fragmentos.” (Monsalve, 2009)

El proceso de gestión ambiental se desarrolla en lo fundamental, a través de un inventario de los recursos patrimoniales donde estos caractericen el estado de las dimensiones de identidad y utilidad de los recursos patrimoniales en función de su estado inicial. Lo anterior en el marco de un proceso integral en el cual los actores sociales, son copartícipes en la toma de decisiones informadas sobre asignación de recursos, programas educativos y estructura ambiental.

De esta forma, los indicadores y las variables propuestas para hacer a los demás miembros de la comunidad copartícipes del proceso de reconocimiento y recreación del valor implícito en el patrimonio cultural material del espacio público urbano corresponden a nuevas dimensiones de análisis, y se presentan en la Tabla 5, donde la escala de valores va de 1 a 5, donde 5 es el máximo valor.

4.2.2. Indicadores de Percepción y de Valoración

De esta forma, para cada escenario específico se establece una serie de indicadores de percepción que permiten dar seguimiento a la implementación de los acuerdos alcanzados y verificar el cumplimiento de las metas propuestas. La gestión conjunta surge de evaluar el desarrollo de los indicadores seleccionados en función de una variable de referencia, con una periodicidad acordada entre los principales actores clave (ver Tabla 5).

Del esfuerzo conjunto entre la institución y la comunidad se construye la re-significación, como resultado de un proceso estratégico de educación y participación en la toma de decisiones para definir prioridades y asignar recursos, en un tiempo dado.

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Estos indicadores surgen de la posibilidad de alcanzar acuerdos mínimos que permitan reducir paulatinamente la incidencia de afectaciones sobre el PCMM en el EPU en un contexto específico, por ejemplo en el PNEOH. Es decir, que los indicadores a valorar están directamente relacionados con el cumplimiento de las metas propuestas por los principales actores clave, y con el seguimiento que se realice durante el proceso. Tabla 5. Indicadores de percepción del PCMM y su valoración en el EPU

# Indicador de Gestión Valores de 1 a 5 Indicador de Valoración

1 Nivel de Intervención Estado Inicial

2 Costo de Oportunidad Recursos

3 Programa en Ejecución Fase Crítica

4 Meta(s) no cumplida(s) Factores Limitantes

5 Representatividad Significado y Pertenencia

Como resultado de la anterior valoración se ofrece la posibilidad de dar seguimiento al cumplimiento de los acuerdos que surjan a partir de la concertación con base en los valores asignados para cada uno de los indicadores de gestión y de valoración señalados, con miras a contribuir al proceso de gestión ambiental urbana integral del PCMM en el EPU.

De esta forma, los actores sociales involucrados en el proceso de gestión ambiental urbana, asociado con la valoración subjetiva del PCMM en el espacio público urbano pueden considerar la posibilidad de implementar la presente propuesta de modelo de percepción como instrumento de valoración en diferentes escenarios. 4.3. FASES PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL MODELO DE PERCEPCIÓN: EL PROCESO Para la adecuada implementación del modelo de percepción para la valoración del Patrimonio Cultural Material en el Espacio Público Urbano –EPU, propuesto en este estudio, se requerirá complementar la información que tradicionalmente se emplea para valorar cada objeto, declarado o no como bien de interés cultural, adelantando un análisis integral de los elementos que aportan al reconocimiento o desconocimiento de su significado como referente cultural en el EPU. Con base en los criterios señalados para declarar un BIC se adelantará el respectivo análisis integral sobre el papel que cumple cada componente en los escenarios de resocialización y participación necesarios. Siguiendo el desarrollo del Enfoque Ecosistémico para establecer las fases a cumplir en este proceso, con el fin de implementar el instrumento de valoración del PCMM en el EPU en el ámbito de la presente ubicación física del objeto en cuestión, se sugieren las siguientes consideraciones:

1. Cada Localidad, Municipio o Distrito es diferente, por lo tanto puede adaptar el instrumento propuesto y ajustarlo de acuerdo con sus necesidades y propósitos específicos.

2. Es necesario socializar con la comunidad la tarea de los principales actores clave identificados para adelantar el proceso de valoración ambiental del PCMM en el EPU.

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3. La comunidad debe estar representada en todas las fases del proceso al igual que los demás colectivos y grupos de interés que la integran.

4. Corresponde además adelantar la respectiva encuesta pública de apropiación social del PCMM en el EPU.

Por último, las siguientes son las fases propuestas para implementar el instrumento de valoración en el espacio público:

1. Selección de casos y oportunidades de intervención en un componente del PCMM 2. Caracterización del ámbito seleccionado 3. Determinación de los principales actores clave en el proceso de valoración del componente

seleccionado 4. Definición de las prioridades de intervención y gobernanza institucional 5. Establecimiento de la estructura del espacio público, su función y manejo 6. Establecimiento de una estrategia de manejo adaptativo en el tiempo 7. Establecimiento de una estrategia de manejo adaptativo en el espacio público 8. Análisis del costo de oportunidad frente a la(s) alternativas(s) planteada(s) 9. Consideraciones socio-económicas 10. Proceso de concertación 11. Establecimiento de una estrategia de seguimiento a los acuerdos alcanzados 12. Retroalimentación del proceso de valoración subjetiva

El Gráfica 10 resume la propuesta de modelo de percepción para la valoración del PCMM en el EPU, con base en el Enfoque Ecosistémico empleado en la priorización estratégica consensual, como aporte a la toma de decisiones en la gestión ambiental integral del EPU, el cual aspira a contribuir a la sostenibilidad de las acciones o logros a mediano y largo plazo en esta temática.

Gráfica 10. Enfoque Ecosistémico y propuesta del Modelo de Percepción para la valoración del PCMM en el EPU.

ENFOQUE ECOSISTÉMICO EN EL MODELO DE PERCEPCIÓN

.

Valoración Subjetiva del

PCMM en el EPU

Identificación, Conservación, Utilización y

Control

Valores y Criterios

Sujeto: Individual

o Colectivo

Objeto:

Bien Cultural

Contexto Socio-Cultural y Ambiental

(Adaptado de Mincultura, 2005)

TOMA DE DECISIONES

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CONCLUSIONES

A partir de la encuesta pública realizada para el presente estudio, como resultado de evaluar la apropiación social del PCMM en el EPU, se infiere que la mayoría de los visitantes del PNEOH no identifica referentes específicos ni encuentra un significado particular en dicho patrimonio ubicado en su núcleo principal. Tal inferencia no guarda relación con el nivel de ingresos de los encuestados, el cual supera el promedio nacional. La mayoría de éstos considera al conjunto de objetos como referente en sí mismo, más que a cada uno de sus componentes individuales y dan mayor relevancia al patrimonio biótico.

Entre los elementos identificados como constituyentes del modelo de percepción del PCMM en el EPU propuesto en este estudio se encuentran: el sentido de reconocimiento y apropiación, que resulta del respectivo significado de cada objeto con base en la estructuración de la identidad, representatividad o memoria individual y colectiva; de su nivel de deterioro o mantenimiento; y de la conciencia ambiental del sujeto que valora el PCMM en éste ámbito; elementos que tienen efecto directo sobre la identidad de los habitantes y su calidad de vida.

La estructura del modelo de percepción propuesto establece la posibilidad de realizar una valoración subjetiva conjunta del PCMM en el EPU, desde lo institucional con la participación de la comunidad en el proceso de toma de decisiones, en desarrollo de un enfoque ecosistémico que pueda aportar al fortalecimiento de la gestión ambiental urbana en este entorno.

La efectividad del proceso de valoración subjetiva del PCMM en el EPU requiere de la participación de los actores sociales y de su representatividad institucionalidad o comunitaria, creando las condiciones para restablecer el significado del BIC como referente socio cultural.

Con la realización indiscriminada de grafitis se viene reconociendo un mismo valor al mobiliario urbano, los muros, las puertas o a las esculturas y monumentos conmemorativos, al encontrar que sobre unos y otros se realizan grafitis de todo tipo, con una percepción limitada, sin que medien consideraciones de carácter simbólico, estético, histórico o socio-cultural y mucho menos ambiental o económico, al desestimar además el costo que tiene restaurar y conservar estos bienes muebles.

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RECOMENDACIONES A continuación se presenta una serie de recomendaciones puntuales que aspiran a contribuir a la discusión integral sobre el papel de la gestión ambiental urbana en cuanto al proceso de valorización del PCMM ubicado en los parques del espacio público urbano.

En éste y otros ámbitos, la implementación de la herramienta propuesta como resultado del presente estudio implica la necesidad de un acuerdo fundamental sobre los alcances de la misma, como parte del modelo de percepción del PCMM en el EPU, que convoque a los actores sociales institucionales y de la comunidad para realizar su valoración subjetiva, gestión que por razones de tiempo no alcanzó a realizarse para el estudio de caso del PNEOH.

En los centros urbanos del país, donde la gran mayoría de sus habitantes no ha tenido la oportunidad de visitar un parque nacional natural, que pertenece a todos los colombianos y a las generaciones por venir, el espacio público urbano, y en éste el área verde de un parque como el PNEOH, cuyo núcleo principal fue declarado en 1996 Monumento Nacional, juega un papel esencial para la comprensión y educación del ciudadano común sobre la importancia y la necesidad de crear conciencia colectiva sobre su relación con el medio ambiente. Cada relación implica la corresponsabilidad de la cual debe hacerse partícipe el ciudadano al entender un espacio público como referente socio-cultural-ambiental, y en él reconocer que el valor del PCMM presente debe hacer parte integral de su significado individual y colectivo.

Se sugiere establecer una dinámica para la apropiación de la caracterización del PCM como referente cultural, y promover la creación conjunta de significado colectivo alrededor de un bien u objeto patrimonial, o su recuperación, empezando por la mayoría de las asociaciones que representan a los miembros de la comunidad, incluyendo a los grafiteros y/o demás usuarios del espacio público urbano, y en este caso, de cada parque urbano, especialmente donde se encuentren ubicados elementos del patrimonio.

El papel de la Comisión Intersectorial del Espacio Público en el Distrito Capital es coordinar y articular la política de espacio público, pero una coordinación efectiva debe incluir el punto de vista de los demás actores sociales, proyectar su papel institucional e involucrar a los colectivos culturales urbanos para establecer una dinámica de acuerdos mínimos de convivencia y respeto por el derecho e interés colectivo.

Se requiere hacer evidente las malas prácticas, hábitos e infracciones que generan afectación en el espacio público, diseñando estrategias y cursos de acción institucional, encaminados a prevenir y/o responder oportunamente ante las afectaciones sobre el PCMM que, a manera de pilotos, involucren tanto a las entidades como a la comunidad en la construcción de bases para la solución de conflictos, concertando espacios de encuentro.

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En el proceso hacia la comprensión de la particular interacción del PCMM y la manifestación del grafiti en el espacio público urbano, es indispensable considerar la naturaleza dinámica de éstas prácticas en contraste con el carácter estático de las esculturas y monumentos conmemorativos, que a manera de íconos culturales evidentemente son más representativos para generaciones anteriores y menos para las actuales.

El grafiti, como vehículo de expresión de una subcultura urbana que va contra las normas, al parecer tiene una única norma no escrita y ésta es precisamente respetar el trabajo de otros artistas. Sin embargo, en el espacio público urbano del Distrito Capital en general, y el PNEOH en particular, incluso dicha norma es ignorada por quienes con este tipo de manifestaciones culturales vulneran otros derechos individuales y colectivos de quienes reconocen un valor simbólico, estético o histórico en los componentes del PCMM.

Dependiendo del contexto de la expresión artística del autor, un grafiti también podría ser re-significado como arte por el colectivo de autores que por afinidad de percepciones lo valoran como tal. El autor o autores de grafitis aplicados sobre una escultura o monumento conmemorativo, ni siquiera se plantea(n) la posibilidad de estimar qué características de ese objeto o personaje intervenido eran afines a sus valores. Tales valores pueden ser los mismos que en su momento lo hicieron referente para otros en la comunidad; entonces el arte callejero puede expresar incluso la búsqueda de nuevas oportunidades para repensar o re-significar el PCMM y su valor en el espacio público urbano.

Es necesario gestionar la estructuración de programas de “adopción institucional y comunitaria” de esculturas y monumentos conmemorativos ubicados en el espacio público urbano, programas que pueden facilitar los recursos necesarios y garantizar la continuidad en el compromiso para el mantenimiento de los objetos/bienes que hacen parte del PCMM.

La factibilidad de generar una estrategia de participación y concertación comunitaria tendiente a reconocer valores y significados afines en las realizaciones de los grafiteros y muralistas podría considerar la expresión en una práctica artística, común a unos y otros actores sociales, que ha tenido éxito en otros contextos, es decir, el muralismo comunitario. Este medio constituye un ejemplo de creación colectiva que, además de aportar sentido de pertenencia a la obra desde su concepción y ejecución, es un mecanismo hábil para garantizar la conservación del objeto/bien o entorno si va acompañado de una campaña educativa dinámica y permanente.

A través de una adecuada gestión ambiental urbana se requiere recrear la conciencia colectiva, encaminada a consolidar la estructura ecológica de las áreas urbanas y reconocer el aporte de la biodiversidad y de los servicios ecosistémicos a la ciudad con un enfoque urbano-regional. De esta forma, es posible promover un cambio de actitud frente a que se siga dando la espalda al río y demás recursos naturales con que cuenta el Distrito Capital.

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Cabe señalar que al realizar un grafiti sobre una escultura o monumento conmemorativo se está desconociendo el derecho del autor cuya obra ahora sirve de soporte a quien lo realice (a título individual o colectivo), y por ende, desconociendo además el derecho e interés colectivos sobre los individuales, uno de los principios base de la gestión ambiental urbana.

El parque constituye escenarios para la conectividad ecológica urbana, incluyendo las posibilidades que tendría el establecimiento de una adecuada franja de protección a lado y lado del cauce actualmente canalizado del río Arzobispo y su readecuación en el núcleo principal del parque.

Considerar una readecuación y la respectiva franja de protección del canal del río Arzobispo permitiría darle un manejo integral al cauce de tan importante recurso natural, el cual puede visualizarse como oportunidad para desarrollar un ejemplo de gestión ambiental urbana, al ilustrar de manera didáctica los servicios ecosistémicos que éste ofrece a la ciudad y convertirse en eje estructurante y referente cultural significativo en el espacio público del PNEOH.

El Distrito Capital ha realizado un importante ejercicio de gestión ambiental urbana dirigida a conservar el PCMM, y a reconocer el derecho a la libre manifestación del otro, es decir, a la búsqueda del conocimiento y la libre expresión artística, donde prima el interés colectivo sobre el interés individual, pero dicho ejercicio requiere fortalecer la participación de diferentes sectores de la comunidad y promover la concertación en aras de una mejor calidad de vida en el espacio público urbano.

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GLOSARIO Para la adecuada operacionalización de los conceptos empleados en este estudio, se estima indispensable presentar un glosario de terminología sobre espacio público, extraída de documentos tales como el CONPES 3718 de 2012 y del Decreto 1538 de 2005, como principal normativa de carácter nacional en este tema, el cual se complementa a partir de un listado de términos relacionados con patrimonio cultural material, empleados en la sentencia T-772 de 2003 de la Corte Constitucional sobre ventas en el espacio público, y otros. Además, se incluyen otros términos señalados en el Acuerdo 482 de 2011 y en el Decreto 75 de 2013, de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., donde se establecen normas específicas para la práctica de grafitis en el Distrito Capital y se dictan otras disposiciones. El compendio de términos relativos al objeto de este estudio, se desarrolla textualmente a partir de dichas normas, y se complementa con algunos términos e información referenciada sobre la tipología general de grafitis predominante. APROVECHAMIENTO ECONÓMICO DEL ESPACIO PÚBLICO: realización de actividades económicas en los elementos constitutivos y complementarios del espacio público de los municipios y distritos, a través del uso y ocupación temporal o permanente, previa autorización de las autoridades competentes, mediante los instrumentos que regulan su administración. ÁREA LIBRE PÚBLICA: es el espacio público que no tiene restricción al acceso de todos los habitantes. Incluye los parques, plazas y plazoletas, así como zonas verdes y alamedas, exceptuando los elementos integrantes del sistema vial y los antejardines. Incluye también los separadores viales, cuando éstos alberguen un paseo peatonal y/o ciclo rutas. Los parques nacionales y reservas naturales no podrán ser contabilizados dentro del área libre pública. ARQUITECTURA DE PAISAJE: es el arte de proyectar, planificar, diseñar, gestionar, conservar y rehabilitar los espacios abiertos, el espacio público y el suelo. ART GRAFFITI: influenciado inicialmente por la música de las calles americanas, "Hip-hop" de los 70s y 80s. Los que trabajan en este género del grafiti se llaman a sí mismos "escritores". El nombre del artista puede estar plasmado en al menos tres distintas formas: Tag, Bombing, Throw-up y Piece. AUTOR: persona, natural o jurídica, o colectivo que concibe y realiza un grafiti. BIEN DE INTERÉS CULTURAL -BIC: son bienes de interés cultural aquellos declarados como tales por las autoridades competentes, en razón del interés especial que el bien reviste para la comunidad. BOMBING: firmas de dos colores uno como contorno y otro como relleno. COMPONENTE AMBIENTAL: desde la perspectiva de los sistemas ecológicos, un componente ambiental corresponde a cada uno de las partes que define su estructura y que tiene la potencialidad de ser afectados por agentes contaminantes o de deterioro ambiental.

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CONECTIVIDAD ECOLÓGICA: es la capacidad de conexión entre ecosistemas similares en un paisaje fragmentado, esta conexión se realiza mediante corredores ecológicos y también es vista como estrategia para mitigar el fenómeno de fragmentación de los ecosistemas. ECOLOGÍA DEL PAISAJE: estudia los paisajes tanto naturales como antrópicos, prestando especial atención a los grupos humanos como agentes transformadores de la dinámica físico-ecológica de éstos.

ESCALA REGIONAL: parques de gran escala, con una superficie mayor a 50 hectáreas, y un área de influencia o cobertura de dos o más municipios. Se excluyen de esta clasificación los parques nacionales o reservas naturales de la Nación. ESCALA URBANA: zonas verdes o parques urbanos integrales, con una superficie que varía entre 10 y 50 hectáreas, cuya área ofrece servicios especializados de esparcimiento y recreación a la totalidad de los habitantes de un municipio. Su nivel de impacto urbano es alto, por cuanto genera afluencia concentrada de personas. Puede propiciar la aparición y desarrollo de usos complementarios en su área de influencia inmediata, que demandan requerimientos especiales en materia de servicios y obras de infraestructura. ESCALA ZONAL: zonas verdes o parques que prestan un servicio especializado, con alcance a la población de áreas urbanas generalmente más extensas y/o complejas que el vecindario, barrio o grupo reducido y homogéneo de barrios, con una superficie que varía entre 4 y 10 hectáreas. ESPACIO PÚBLICO: conjunto de inmuebles públicos y los elementos arquitectónicos y naturales de los inmuebles privados, destinados por su naturaleza, por su uso o afectación, a la satisfacción de necesidades urbanas colectivas que transcienden, por tanto, los límites de los intereses individuales de los habitantes. ESTRUCTURA ECOLÓGICA: conjunto de elementos bióticos y abióticos que dan sustento a los procesos ecológicos esenciales del territorio, cuya finalidad principal es la preservación, conservación, restauración, uso y manejo sostenible de los recursos naturales renovables, los cuales brindan la capacidad de soporte para el desarrollo socioeconómico de las poblaciones. Comprende áreas protegidas, parques urbanos, corredores ecológicos, es componente fundamental del ordenamiento territorial, y de la ciudad con la región, en el POT vigente para Bogotá, D.C. FRANJA DE AMOBLAMIENTO: zona que hace parte de la vía de circulación peatonal y que destinada a la localización de los elementos de mobiliario urbano y la instalación de la infraestructura de los servicios públicos. GRAFITI: toda forma de expresión artística y cultural temporal urbana, entre las que se encuentran las inscripciones, dibujos, manchas, ilustraciones, rayados o técnicas similares que se realicen en el espacio público de la ciudad, siempre que no contenga mensajes comerciales, ni alusión alguna a marca, logo, producto o servicio.

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LEMAS: tipo de grafiti, también llamado «grafiti público», los eslogan se basan principalmente en la opinión personal sobre la gama de los problemas políticos (ej. preocupaciones ambientales, feminismo, políticas estatales, relaciones internacionales, etc…), pero todos comparten el hecho de querer expresarle a la audiencia, su manera de ver las cosas. MONUMENTO: es aquello que recuerda o interpela la memoria. La naturaleza afectiva de su vocación es esencial. El término monumento denomina a todo artefacto edificado por una comunidad de individuos para acordarse de o para recordar a otras generaciones determinados eventos, sacrificios, ritos o creencias. La especificidad del monumento consiste entonces, precisamente, en su modo de acción sobre la memoria que utiliza y moviliza por medio de la afectividad, para que el recuerdo del pasado haga vibrar el diapasón del presente. (Choay, 2007) PARQUES: áreas libres públicas, predominantemente arborizadas y/o ajardinadas que se encuentran localizadas en suelo urbano, y se haya destinada a la recreación, esparcimiento y el ocio, así como a la generación y preservación de los valores paisajísticos ambientales. PATRIMONIO CULTURAL: se define como el conjunto de bienes y manifestaciones culturales materiales e inmateriales, que se encuentra en permanente construcción sobre el territorio transformado por las comunidades. Dichos bienes y manifestaciones se constituyen en valores estimables que conforman sentidos y lazos de pertenencia, identidad y memoria para un grupo o colectivo humano. PATRIMONIO MATERIAL: agrupa dos grandes áreas, la inmueble y la mueble, se caracteriza por tener un cuerpo físico que puede ser dimensionado y percibido sensorialmente. Está constituido por el territorio geográfico con sus recursos ambientales y naturales como hábitat humano; los hechos construidos, las manifestaciones físicas de la estructura productora y de los procesos de poblamiento; los sistemas de transporte y las obras de infraestructura como vías, caminos y puentes, entre otros; y todo el universo de herramientas, utensilios, máquinas y demás objetos que apoyan la vida productiva y cotidiana de los seres humanos. PATRIMONIO CULTURAL DE LA NACIÓN: está constituido por todos los bienes materiales, las manifestaciones inmateriales, los productos y las representaciones de la cultura que son expresión de la nacionalidad colombiana, tales como la lengua castellana, las lenguas y dialectos de las comunidades indígenas, negras y creoles, la tradición, el conocimiento ancestral, el paisaje cultural, las costumbres y los hábitos, así como los bienes materiales de naturaleza mueble e inmueble a los que se les atribuye, entre otros, especial interés histórico, artístico, científico, estético o simbólico en ámbitos como el plástico, arquitectónico, urbano, arqueológico, lingüístico, sonoro, musical, audiovisual, fílmico, testimonial, documental, literario, bibliográfico, museológico o antropológico. Art. 1, Ley 1185 de 2008. PERCEPCIÓN: proceso o procesos a través de los cuales pretendemos conocer y comprender a las personas. Estudio de las influencias sociales sobre la percepción de objetos no sociales. PIECE O PIEZA: es el tipo de grafiti más elaborado, se utilizan mínimo tres colores y a veces se necesita de varios días para poderlo terminar completamente.

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PLAZAS: espacio libre tratado como zona dura, que posee un carácter colectivo y se destina al uso cotidiano, al servir de soporte a eventos públicos; es lugar de encuentro y relaciones entre los ciudadanos, en el cual predominan los elementos arquitectónicos sobre los paisajísticos naturales, y el peatón tiene una condición preponderante. PLAZOLETAS: espacios libres, tratados principalmente como zona dura que posee una dimensión menor a una plaza, y que por ende no posee una connotación de uso masivo. De otra parte, es importante concebir al espacio público como un “sistema” o “trama” que adquiere según su planificación diferentes escalas y funciones, que interrelaciona el conjunto de actividades (residencia, trabajo, circulación, ocio, etc.) y equipamientos, y en general los espacios abiertos y cerrados, públicos y privados, de la ciudad y su entorno rural y regional.

REDES ECOLÓGICAS: como concepto complementario en Ecología del Paisaje, es la integración funcional, de recomposición ecológica del paisaje, esta "malla de naturaleza interconectada" permite el movimiento de energía y de especies vegetales y animales dentro de la configuración urbana construida.

TAG: tipo de grafiti que es escrito en un estilo único y personalizado utilizando un color, también puede entenderse como la firma del "escritor".

THROW-UP: tipo de grafiti que se compone de letras, palabras o un listado de nombres, y se utilizan generalmente dos colores.

VECINAL: zonas verdes o parques con una superficie inferior a 2 hectáreas, que cubre las necesidades básicas de esparcimiento y recreación de la comunidad de residentes y trabajadores de su área de influencia inmediata. En esta escala se pueden clasificar los parques barriales (superficie inferior a 0,25 hectáreas) y de bolsillo (al interior de una manzana).

VENDEDORES INFORMALES: aquellas personas que obtienen un beneficio económico por realizar su actividad comercial en el espacio público sin generarle a la ciudad una retribución a cambio. Los vendedores callejeros están clasificados en vendedores ambulantes, vendedores estacionarios y vendedores semiestacionarios.

VÍA DE CIRCULACIÓN PEATONAL: zona destinada a la circulación peatonal, conformada por las franjas de amoblamiento y de circulación peatonal, tales como andenes, senderos y alamedas.

ZONAS VERDES: áreas libres públicas, constituidas por franjas predominantemente arborizadas, empradizadas y/o ajardinadas, que complementan el sistema de movilidad y contribuyen a la preservación de los valores paisajísticos y ambientales de la ciudad. Para su cuantificación se tendrán en cuenta aquellas áreas que garanticen su accesibilidad y que estén habilitadas para el uso, goce y disfrute público: malecones, alamedas, park ways, glorietas.

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LISTA DE TABLAS

Pág. Tabla 1. Normativa urbana de nivel nacional en materia de EPU 6 Tabla 2. Resultados de la encuesta pública sobre apropiación social del PNEOH, para las cuatro unidades de información. 53 Tabla 3. Características y/o criterios para determinar la Valoración Subjetiva del PCMM en el EPU. Ejemplo: Valoración subjetiva de la escultura “Rita 5:30”, del Maestro Enrique Grau, en el PNEOH. 56 Tabla 4. Características y/o criterios para determinar la valoración subjetiva del PCMM en el EPU. Ejemplo: Valoración subjetiva conjunta de la escultura “Rita 5:30”, del Maestro Enrique Grau, inaugurada en 2000. 58 Tabla 5. Indicadores de percepción del PCMM y su valoración en el EPU 61

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LISTA DE GRÁFICAS Pág. Gráfica 1. Ubicación de los componentes del PCMM en el PNEOH 18 Gráficas 2 y 3. Facsímil: Inauguración del Parque Nacional de Bogotá, en el aniversario de la fundación de la ciudad, a cargo del hasta entonces Presidente Enrique Olaya Herrera. 19 Gráfica 4. Monumento Conmemorativo a Rafael Uribe Uribe 20 Gráficas 5 y 6. Estado al inicio de la Intervención y participación de la comunidad 43 Gráficas 7 y 8. Adecuación de la fuente; ubicación del PC en relación con Getsemaní y Templete 44 Gráfica 9. Monumento Conmemorativo al Centenario de la Independencia 44 Gráfica 10. Enfoque Ecosistémico y propuesta del Modelo de Percepción para la valoración del PCMM en el EPU. 62 Gráficas 11 y 12. Monumento Conmemorativo al General Rafael Uribe Uribe y vista posterior 78 Gráfica 13. Fuente del Cisne (deterioro ambiental) 78 Gráfica 14. Reloj Suizo 78 Gráfica 15. Diorama Orográfico e Hidrográfico del Departamento de Cundinamarca (detalle) 79 Gráfica 16. Diorama del Departamento de Cundinamarca – Detalle del mantenimiento 79 Gráfica 17. Fuente Colonial (Pileta) del Convento de los Dominicos, ca. 1650 y Palmas Yuca (Yocca sp.) 80 Gráfica 18. Pedro Alcántara Herrán 80 Gráfica 19. Francisco de Orellana 80 Gráfica 20. Francisco de Orellana –Glorieta 81 Gráfica 21. Teatro Distrital Infantil 81 Gráficas 22 y 23. Recodo del PNEOH, Chicalá (Tecoma sp.) y Caucho (Ficus sp.); Placa Dedicatoria PNEOH 82

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Gráfica 24. Plazoleta Conmemorativa Enrique Olaya Herrera 83 Gráfica 25. Enrique Olaya Herrera, C. 1937 84 Gráfica 26. Enrique Olaya Herrera (Detalle) 84 Gráfica 27. Escultura no identificada y Palmas Fénix (Phoenix sp.) 85 Gráfica 28. Grafitis sobre la Escultura 85 Gráfica 29. Bases del Alumbrado Público 85 Gráfica 30. Patinódromo (antigua pileta) 86 Gráfica 31. Rotonda y Pérgolas 86 Gráfica 32. Fuente “Nueva” 87 Gráfica 33. Torre del Reloj Suizo (recientemente restaurado) 87 Gráficas 34 y 35: Mobiliario, calle 45 con carrera 13 y Parque Carlos E. Restrepo, Carrera 13 con Calles 42-43. 88 Gráficas 36 y 37: “Rita 5:30”, en primer plano obra de Enrique Grau y Patrimonio Botánico Palmas de cera (Ceroxylon sp.) y Araucaria (Araucaria sp.), respectivamente. 88 Gráficas 38 y 39: Araucaria sp. y vista posterior del monumento conmemorativo a Rafael Uribe Uribe 89 Gráfica 40. Mobiliario Urbano afectado en la alameda del PNEOH sobre la Carrera 7ª. 89 Gráfica 41. Esparcimiento Juvenil PNEOH 90 Gráfica 42. Rotonda y Fuente de los Dominicos rodeada por Palmas Yuca (Yocca sp.) 90 Gráfica 43. Canal del Río Arzobispo cerca a la Carrera 7ª 91 Gráfica 44. PNEOH: Referente socio-cultural, deportivo y ambiental (domingo de ciclovía). 91 Gráficas 45 y 46. Monumento a Carlos Martínez (PI); Club de Leones y réplica del “Mono de la Pila” (CI) 92 Gráficas 47 y 48. Monumentos a Joaquín Vélez y Salvador Camacho Roldán (PI) 92 Gráficas 49 y 50. N.N. y Monumento al Maestro Epifanio Garay (CI: Museo Nacional) 92

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ANEXOS Anexo A. Imágenes Adicionales (Fuente: Archivo personal, 2014)

Gráficas 11 y 12. Monumento Conmemorativo al General Rafael Uribe Uribe y vista posterior

Gráfica 13. Fuente del Cisne (deterioro ambiental) Gráfica 14. Reloj Suizo

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Gráfica 15. Diorama Orográfico e Hidrográfico del Departamento de Cundinamarca (detalle)

Gráfica 16. Diorama del Departamento de Cundinamarca – Detalle del mantenimiento

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Gráfica 17. Fuente Colonial (Pileta) del Convento de los Dominicos, ca. 1650 y Palmas Yuca (Yocca sp.)

Gráfica 18. Pedro Alcántara Herrán Gráfica 19. Francisco de Orellana

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Gráfica 20. Francisco de Orellana - Glorieta

Gráfica 21. Teatro Distrital Infantil

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Gráficas 22 y 23. Recodo del PNEOH, Chicalá (Tecoma sp.) y Caucho (Ficus sp.); Placa Dedicatoria PNEOH

Gráfica 24. Plazoleta Conmemorativa Enrique Olaya Herrera

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Gráfica 25. Enrique Olaya Herrera, C. 1937

Gráfica 26. Enrique Olaya Herrera (Detalle)

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Gráfica 27. Escultura no identificada y Palmas Fénix (Phoenix sp.)

Gráfica 28. Grafitis sobre la Escultura Gráfica 29. Bases del Alumbrado Público

Page 86: VALORACIÓN DEL PATRIMONIO MUEBLE URBANO COMO …

86

Gráfica 30. Patinódromo (antigua pileta)

Gráfica 31. Rotonda y Pérgolas

Page 87: VALORACIÓN DEL PATRIMONIO MUEBLE URBANO COMO …

87

Gráfica 32. Fuente “Nueva”

Gráfica 33. Torre del Reloj Suizo (recientemente restaurado)

Page 88: VALORACIÓN DEL PATRIMONIO MUEBLE URBANO COMO …

88

Gráficas 34 y 35: Mobiliario, calle 45 con carrera 13 y Parque Carlos E. Restrepo, Carrera 13 con Calles 42-43.

Gráficas 36 y 37: “Rita 5:30”, en primer plano obra de Enrique Grau y Patrimonio Botánico Palmas de cera (Ceroxylon sp.) y Araucaria (Araucaria sp.), respectivamente.

Page 89: VALORACIÓN DEL PATRIMONIO MUEBLE URBANO COMO …

89

Gráficas 38 y 39: Araucaria sp. y vista posterior del monumento conmemorativo a Rafael Uribe Uribe

Gráfica 40. Mobiliario Urbano afectado en la alameda del PNEOH sobre la Carrera 7ª.

Page 90: VALORACIÓN DEL PATRIMONIO MUEBLE URBANO COMO …

90

Gráfica 41. Esparcimiento Juvenil PNEOH

Gráfica 42. Rotonda y Fuente de los Dominicos rodeada por Palmas Yuca (Yocca sp.)

Page 91: VALORACIÓN DEL PATRIMONIO MUEBLE URBANO COMO …

91

Gráfica 43. Canal del Río Arzobispo cerca a la Carrera 7ª

Gráfica 44. PNEOH: Referente socio-cultural, deportivo y ambiental (domingo de ciclovía).

Page 92: VALORACIÓN DEL PATRIMONIO MUEBLE URBANO COMO …

92

Imágenes: Parque de la Independencia -PI y Centro Internacional -CI Gráficas 45 y 46. Monumento a Carlos Martínez (PI); Club de Leones y réplica del “Mono de la Pila” (CI)

Gráficas 47 y 48. Monumentos a Joaquín Vélez y Salvador Camacho Roldán (PI)

Gráficas 49 y 50. N.N. y Monumento al Maestro Epifanio Garay (CI: Museo Nacional)

Page 93: VALORACIÓN DEL PATRIMONIO MUEBLE URBANO COMO …

93

Anexo B. Lista de Entrevistas Grupo Objetivo

El contenido de las siguientes entrevistas, realizadas entre Abril y Mayo de 2014:

Arquitecto, Jean-François Parent. Presidente del Laboratorio Internacional por el Habitat Cultural, Paris, en el marco del 7º Foro Urbano Mundial ONU-Habitat, 2014. Medellín. 21 minutos.

Arquitecto, Jean Carlo Sánchez. Profesional Especializado, Instituto Distrital de Patrimonio Cultural. Secretaria Distrital de Cultura Recreación y Deporte. Bogotá, D.C.

Arquitecto, Gustavo Guarín. Profesional especializado, Dirección General de Ordenamiento Ambiental Territorial y Coordinación del SINA, Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible. Bogotá, D.C.

Bióloga, Adriana Díaz Arteaga. Coordinadora del Grupo de Gestión Ambiental Urbana. Dirección de Asuntos Ambientales, Sectorial y Urbana. Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible. Bogotá, D.C.

Anexo C. Referentes Institucionales

Autoridades Ambientales: Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible: Dirección de Asuntos Ambientales, Sectorial y Urbana, Grupo de Gestión Ambiental Urbana; Unidad Administrativa Especial de Parques Nacionales; Dirección General de Ordenamiento Ambiental Territorial y Coordinación del SINA. Instituto de Biodiversidad, Alexander von Humboldt. Distritos Administrativos Ambientales. Corporaciones Autónomas Regionales y de Desarrollo Sostenible: Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca -CAR.

Ministerio de Cultura: Consejo Nacional de Patrimonio Cultural; Instituto Colombiano de Antropología e Historia; Archivo General de la Nación

Alcaldía Mayor de Bogotá: D.C: Secretaria Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, Instituto Distrital de Patrimonio Cultural; Secretaría Distrital de Ambiente; Secretaría de Integración Social, Subdirección de Juventud; Secretaría de Planeación Distrital; Instituto de Desarrollo Urbano; Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público; Veeduría Distrital; Comisión Intersectorial del Espacio Público; Alcaldías Menores de Bogotá, D.C.

Policía Nacional de Colombia, Cuerpo Especial Ambiental.

Defensoría del Pueblo

Consejos Departamental o Distrital de Patrimonio Cultural

Entes Territoriales

Anexo D. Colectivos y Asociaciones

Colectivos de Grafiteros

Sociedad de Mejoras y Ornato de Bogotá y Sociedad de Amigos de Bogotá

Academia Colombiana de Historia

Juntas de Acción Local –JALS

Cámara de Comercio de Bogotá

Page 94: VALORACIÓN DEL PATRIMONIO MUEBLE URBANO COMO …

94

Anexo E. Lista de Elementos del PCMM en el Núcleo Principal del PNEOH, Bogotá, D. C.

Nº Escultura o Monumento Autor Observaciones

2 Diorama del Departamento de

Cundinamarca

s.d. Inadecuado mantenimiento, la

percepción pública, sumada al

diseño y desarrollo de una

estrategia educativa y de

participación serían

fundamentales para su

conservación y re-significación.

3 Torre del Reloj Suizo

s.d. Donación del gobierno de Suiza

en 1954. Objeto de frecuentes

de grafitis sobre su base. El reloj

fue recientemente se reparado

por la Embajada de Suiza.

4 Pedro Alcántara Herrán

*

Maestro Fernando Montañés Inaugurado en 1972. Objeto de

frecuentes de grafitis sobre su

pedestal.

5 Escultura de las Palmeras (autor

y título no identificados)

s.d. Objeto de frecuentes de grafitis

sobre su pedestal y vandalismo.

En la actualidad no es posible

identificarlo.

6 Enrique Olaya Herrera

*

Maestro Carlos Gómez Castro Inaugurado en 1941. Objeto de

frecuentes de grafitis sobre su

pedestal.

7 Francisco de Orellana

Maestro Luis Pinto Maldonado Inaugurado en 1942.

Mantenimiento adecuado.

Page 95: VALORACIÓN DEL PATRIMONIO MUEBLE URBANO COMO …

95

8 Rita 5:30

Maestro Enrique Grau Inaugurada en 2000.

Frecuentemente afectada por

grafitis y su iluminación es

objeto de vandalismo.

9 Fuente del Cisne

s.d. Grave deterioro ambiental y

vandalismo.

10 Fuente colonial Convento de los

Dominicos

s.d. Mantenimiento adecuado. Uno

de los componentes más

populares y objetivo fotográfico

preferido del PNEOH.

11 Fuente nueva

s.d. Mantenimiento adecuado.

12 Rafael Uribe Uribe

*

Maestro Victorio Macho y

Arq. Bernardo Vieco

Inaugurado en 1940. Objeto de

frecuentes grafitis sobre su

pedestal. La fuente está en

funcionamiento.

13 Patinódromo

s.d. Objeto de frecuentes de grafitis

sobre sus muros.

14 Rotonda

s.d. Mantenimiento adecuado. El

material vegetal que colgaba de

las pérgolas fue eliminado hace

varias décadas y esto facilitó su

conservación.

Page 96: VALORACIÓN DEL PATRIMONIO MUEBLE URBANO COMO …

96

15 Teatro Distrital Infantil “El

Parque”, como principal

referente arquitectónico.

Arq. Carlos Martínez Inaugurado en 1936.

Mantenimiento permanente y

adecuado. Cuenta con un

programa de actividades muy

completo y vigilancia

permanente.

Fuente: IDPC, 2008. Notas: 1) La numeración corresponde a la adoptada en el mapa de ubicación del presente estudio y es

distinta a la Resolución 035 de 2006; 2) s.d. significa: sin determinar; 3) En negrilla se señalan los elementos del PNEOH que

fueron reconocidos en un listado inicial de 100 monumentos conmemorativos y esculturas que el IDPC aspira a declarar como

Bienes de Interés Cultural -BIC de la ciudad, y señalar además que esa entidad encuentra “importante aclarar que se trata de una

selección que no deja de ser aleatoria”. A la fecha solo dos de los elementos presentes en el PNEOH han sido formalmente

declarados como BIC: la escultura “Rita 5:30” y el monumento conmemorativo dedicado al General Rafael Uribe Uribe. Fuente de

imágenes: Archivo personal 2014 o Wikipedia*. El PNEOH en su conjunto fue declarado Monumento Nacional, mediante decreto

1756 de 1996.

Anexo F. Mapa de Ubicación del PCMM en el núcleo principal del PNEOH

Se adjunta archivo digital. Anexo G. Formato de la Encuesta Pública

El siguiente es el formato de la encuesta pública administrada a veinte individuos, quienes en su mayoría diligenciaron los diferentes puntos. La encuesta está dirigida a establecer la apropiación social del Patrimonio Cultural Material Mueble (Esculturas y Monumentos) en el Espacio Público Urbano. Caso: Parque Nacional Enrique Olaya Herrera. Administrada en mayo de 2014. Se adjunta archivo digital del formato empleado. Se adjunta formato en archivo digital. Anexo H. Entrevista: Grafiti en Bogotá, del Crimen a la Legalidad

http://www.blog.com.co/actualidad/articulo/arte-urbano-en-bogota-del-crimen-a-la-legalidad/2889 Anexo I. Tabla de procesamiento de los datos obtenidos de la encuesta pública

Se adjunta formato digital. Anexo J. Enlace de Internet al colectivo M.B. Cultura Hip hop Soacha y al Colectivo Bogota Street Art, respectivamente.

http://www.facebook.com/RevistaC1.OfficialSite http://www.bogotastreetart.com

Page 97: VALORACIÓN DEL PATRIMONIO MUEBLE URBANO COMO …

97

ANEXO G: Formato de la Encuesta Pública

Page 98: VALORACIÓN DEL PATRIMONIO MUEBLE URBANO COMO …

98

Page 99: VALORACIÓN DEL PATRIMONIO MUEBLE URBANO COMO …

99

Anexo I: Procesamiento de datos de la encuesta pública

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Page 100: VALORACIÓN DEL PATRIMONIO MUEBLE URBANO COMO …

100

Anexo K. Principales Instrumentos del Marco Normativo de EPU y PCMM a nivel Nacional y Local Instrumento Tema

NACIONAL

Ley 397 de 1997 (Art. 18); Ley 1185 de 2008 Ley General de la Cultura, modificada por la Ley 1185

Decreto 1756 de 1996; Monumentos Nacionales incluye PNEOH

Decreto 1746 de 2003 objetivos y estructura orgánica del Ministerio de Cultura

Ley 9 de 1989 Art. 5ª y Decreto 1504 de 1998

Planes de Desarrollo Municipal y Reglamenta Espacio Público en POTs

Decreto 763 de 2009; Sistema Nacional de PCN, Criterios para declaración de bienes de interés cultural en el país LICBIC Régimen de sanciones y PEM y Protección

Resolución 983 de 2010 Patrimonio Cultural de la Nación de naturaleza material

CONPES 3718 de 2012 Espacio Público

LOCAL

Decreto 606 de 2001 Inventario de algunos Bienes de Interés Cultural y reglamento

Decreto 190 d 2004 POT de Bogotá

Decreto 189 de 2011 (Art. 5) No considera el grafiti como publicidad

Decreto 75 de 2013; Promueve la práctica artística y responsable del grafiti en la ciudad y se dictan otras disposiciones, cuyo objeto es reglamentar los lugares no autorizados para la práctica de grafiti

Resolución 035 de 2006 Se declaran 51 bienes de interés cultural en Bogotá, D.C.

Acuerdo 79 de 2003 (Art. Código de Policía) No se considera publicidad exterior visual las expresiones artísticas o murales, "siempre que no contengan mensajes comerciales o de otra naturaleza y de conformidad con la autorización de la respectiva autoridad competente"

Acuerdo 18 de 1999 (Art. 4) Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público DADEP, las funciones de "formular las políticas, planes y programas distritales relacionados con la defensa, inspección, vigilancia, regulación y control del espacio público", y "coordinar y promover con las autoridades distritales y locales actividades que promocionen el buen uso del espacio público y prevengan su deterioro"

Acuerdo 257 de 2006 (Art. 90 y 103); Funciones del IDPC

Acuerdo 308 de 2008; Plan de Desarrollo de Bogotá y Acuerdo 489 de 2012 Plan de Desarrollo “Bogotá Humana”

Acuerdo 482 de 2011 Normas para la práctica de grafiti en Bogotá, D.C.