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CENTRO DE INFORMACIÓN CONOZCA A SU CLIENTE (CICAC) SETIEMBRE 2020

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CENTRO DE INFORMACIÓN CONOZCA A SU CLIENTE

(CICAC)

SETIEMBRE 2020

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INDICACIONES GENERALES

Mantener la cámara y el micrófono apagado durante la exposición

Ser asertivos y participativos

Participar en los períodos de consultas

(consultas por el chat sobre los temas que se está exponiendo)

Respetar los tiempos del break y el almuerzo

Identificarse

Indicar la entidad que representa

Indicar la entidad que representa

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Pensamiento

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Alcance capacitación CICAC

• Reglamento del Centro de información conozca a sucliente.

• Lineamientos operativos para el funcionamiento,acceso y uso del Centro de información conozca a sucliente.

• Operativa del CICAC.

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Agenda

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• Antecedentes• Disposiciones generales• Nuevo modelo de la política conozca a su cliente en el CICAC• Funcionalidades del CICAC• ¿Qué información conforma el expediente?• Autorización de consulta• Actualización del expediente• Evidencias de orígenes de fondos• Revocaciones• Servicio del CICAC• Bitácoras• Responsabilidades de los actores• Disposiciones finales

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Agenda

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• Antecedentes• Disposiciones generales• Nuevo modelo de la política conozca a su cliente en el CICAC• Funcionalidades del CICAC• ¿Qué información conforma el expediente?• Autorización de consulta• Actualización del expediente• Evidencias de orígenes de fondos• Revocaciones• Servicio del CICAC• Bitácoras• Responsabilidades de los actores• Disposiciones finales

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ANTECEDENTES

Ley 7786

Reformada con la Ley 9449

(11 de mayo de 2017)

Artículo 16 bis

Creación de la base de datos conozca a su cliente

SUGEF

Administrador del CICAC

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¿Qué dispone el art 16 Bis, Ley 7786?

8

La creación de la Base de Datos con información de la política Conozca a su

Cliente en la SUGEF.

Los sujetos obligados, establecidos en el artículo

14 de la presente ley, deberán suministrar la información que defina la

SUGEF.

La SUGEF podrá informar a las entidades

fiscalizadas sobre la documentación de los

clientes en materia de la política Conozca a su

Cliente.

Los sujetos obligadossolicitarán al cliente su

autorización escrita para que la entidad consulte en la Superintendencia sobre

sus datos

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¿Quienes deben cumplir con la Política KYC?

Los sujetos obligados establecidos en el articulo 14 de la Ley 7786 deben cumplir la política de

conozca a su cliente, indicando toda la información de sus clientes.

- Bancos Públicos- Bancos Privados- Cooperativas- Financieras- Mutuales- Cajas de Ahorro y

Préstamo- Casas de Cambio- Entidades de grupos

financieros- Articulo 15 - Artículo 15 Bis

(APNFD’s)

- Aseguradoras - Fondos de Pensiones- Operadoras de

Pensiones Complementarias

- Puesto de bolsa- Sociedad administradora

de fondos de inversión- Sociedades Fiduciarias- Sociedades titularizados- Custodios de valores- Fideicomisos

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Agenda

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• Antecedentes• Disposiciones generales• Nuevo modelo de la política conozca a su cliente en el CICAC• Funcionalidades del CICAC• ¿Qué información conforma el expediente?• Autorización de consulta• Actualización del expediente• Evidencias de orígenes de fondos• Revocaciones• Servicio del CICAC• Bitácoras• Responsabilidades de los actores• Disposiciones finales

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“REGLAMENTO DEL CENTRO DE INFORMACIÓN CONOZCA A SU CLIENTE”

CAPITULO I “DISPOSICIONES

GENERALES”

CAPITULO II “CENTRO DE

INFORMACIÓN CONOZCA A SU

CLIENTE (CICAC)”

CAPITULO III “RESPONSABILIDADES

DE LOS ACTORES”

CAPITULO IV “SERVICIOS DEL

CICAC”

ESTRUCTURA

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Qué dispone este reglamento:

CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES

• Las disposiciones defuncionamiento, acceso yuso de la informacióncontenida en el CICAC.

Establece

• Por medio de unenlace en los portalesde cadaSuperintendencia.

Habilita el acceso al CICAC:

• Los sujetos obligadosestablecidos en elartículo 14 de la Ley7786 y a la SUGEF.

Ámbito de aplicación:

Artículos 1 y 2 del Reglamento

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Excepciones del Reglamento

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Régimen de Invalidez, Vejez y

Muerte (IVM).de la CCSS.

Regímenes Básicos, Régimen de

Capitalización Colectiva, y otros

regímenes complementarios creados por leyes

especiales.

Los intermediarios de seguros.

Operadoras de pensiones (afiliados

al ROP y al FCL)

Artículos 1 y 2 del Reglamento

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CAPITULO II “CENTRO DE INFORMACIÓN CONOZCA A SU CLIENTE (CICAC)”

Una base de datos que habilita la consulta del

expediente del cliente

Se conforma el expediente del cliente

Obtiene información de fuentes de datos

oficiales

Obtiene información del cliente a través de los sujetos obligados

(artículo 14)

El cliente proporciona información y valida

los datos obtenidos de fuentes oficiales

CICAC

Información de identidad

Información personal

Medios de comunicación

Domicilio (Costa Rica y el extranjero)

Recursos en el exterior

Origen de fondos

Capacidad de inversión

*Puestos principales

*Accionistas y beneficiarios finales

Artículos 5 y 6 del Reglamento

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Actualización del

expediente

Se debe gestionaracuerdo con laperiodicidad deactualizacióndefinida en políticasy procedimientos decada entidad.

Suministro de

información

Los sujetos

obligados deben

suministrar la

información que

defina la SUGEF

CAPITULO II “CENTRO DE INFORMACIÓN CONOZCA A SU CLIENTE (CICAC)”

Artículos 7y 9 del Reglamento

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CAPITULO II “CENTRO DE INFORMACIÓN CONOZCA A SU CLIENTE (CICAC)”

Toda persona tiene derecho aobtener el detalle del expedienteconozca a su cliente, que lepermita verificar la informaciónque sobre ella se mantiene en elCICAC.

Derecho a laautodeterminacióninformativa

Cuando el cliente considere quela información contenida en elexpediente no refleja su situaciónreal, puede autogestionar lacorrección de la información obien solicitar su corrección anteun sujeto obligado

Derecho arectificación de losdatos

Artículos 10 y 11 del Reglamento

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Agenda

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• Antecedentes• Disposiciones generales• Nuevo modelo de la política conozca a su cliente en el CICAC• Funcionalidades del CICAC• ¿Qué información conforma el expediente?• Autorización de consulta• Actualización del expediente• Evidencias de orígenes de fondos• Revocaciones• Servicio del CICAC• Bitácoras• Responsabilidades de los actores• Disposiciones finales

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Expediente del cliente por sujeto obligado-Modelo actual, Sugef 12-10.

Pedro “Entidad financiera A”

“Entidad financiera B”

Actualmente, cada sujeto obligado almacena la información del cliente en sus bases de datos, por lo que cada entidad tiene su propia versión del expediente.

Pedro:- Correo [email protected] Tel. 22228888- Ingresos $9.000

Pedro:- Correo [email protected] Tel. 22224444- Ingresos $18.000

Base de datos de“Entidad financiera A”

Base de datos de“Entidad financiera B”

Problemas actuales:1. Duplicidad2. Inconsistencia3. Papeles

Pedro

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Expediente Conozca a su cliente-Modelo propuesto - Ley 9449

Pedro “Entidad financiera A”

“Entidad financiera B”

Centro de Información Conozca a su Cliente

“Entidad de seguros C”

Con el nuevo sistema, la información del cliente estará centralizada e integrada en una base de datos única, evitando la duplicidad e inconsistencia en la información del cliente, pues las consultas se realizarán directamente a las fuentes de datos oficiales.

Pedro:▪ [email protected]▪ Tel. 22227777▪ Ingresos $19 000

Pedro▪ Ingresos $19 000▪ Tel. 22228888

ExpedienteConozca a su

cliente

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Actores del CICAC

Artículo 12 del Reglamento

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Usuarios del CICAC

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• Funcionario ocolaborador autorizadopara consultar el CICAC.

Usuario consultante.

• Colaborador del sujetoobligado autorizado paracrear, actualizar ymodificar el expedienteconozca a su cliente.

Usuario digitar.

• Persona física o jurídicatitular de la información,que tiene acceso amodificar, actualizar yconsultar su informaciónen el CICAC.

Usuario titular de la información.

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Perfiles de Usuario

22

Digitador de conozca a su cliente:

Crear y modificar la informacióncontenida en el expedienteconozca a su cliente.

Consultante de expediente:

Consultar la información contenidaen el expediente conozca a sucliente.

Consultante de bitácora de consulta del cliente:

Consultar los registros históricossobre las consultas realizadas a lainformación contenida en el CICAC.

Consultante de bitácora de actualización:

Consultar la información históricasobre las actualizaciones realizadasen el expediente conozca a sucliente.

Encargado de solicitar autorizaciones:

Generar y solicitar al cliente laautorización de consulta.

Consultante de autorizaciones:

Revisar las autorizaciones de consultasotorgadas por el cliente y registradas enel expediente conozca a su cliente y enla bitácora de consulta del módulo deautorizaciones.

Consultante de bitácora de consulta de los actores:

Consultar las acciones que realicen los usuarios definidos por cada uno de los

actores.

Artículo 13 del Reglamento

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Agenda

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• Antecedentes• Disposiciones generales• Nuevo modelo de la política conozca a su cliente en el CICAC• Funcionalidades del CICAC• ¿Qué información conforma el expediente?• Autorización de consulta• Actualización del expediente• Evidencias de orígenes de fondos• Revocaciones• Servicio del CICAC• Bitácoras• Responsabilidades de los actores• Disposiciones finales

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Principales funcionalidades del CICAC

24

1. Autorizaciones2. Expediente del cliente3. Registrar cliente4. Evidencia origen de

fondos5. Revocaciones6. Transferencia de

información7. Bitácoras

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Operativa del CICAC

PedroCliente

Expediente Conozca a su cliente

Entidades financieras

Centro de información conozca

a su cliente

- El cliente mediante sucertificado digital puedeconsultar y actualizar suinformación.

- El cliente va a un sujetoobligado.

- El cliente puede autorizardesde el sistema al sujetoobligado para consultar omodificar su información.

Portal de la superintendencia

- Los sujetos obligados van atener acceso al sistema CICACutilizando certificado digital.

- Los sujetos obligados podrán:- Registrar un expediente- Consultar el expediente- Consultar la bitácora del

cliente.- Consultar y actualizar las

evidencias de los orígenesde fondos.

- Acceder al servicio detransferencia de datos(opcional).

- Revocatoria

- Se centraliza la información del cliente.

- Se solicita información para personas físicas yjurídicas.

- Se utiliza información de fuentes oficiales- Información de identidad del TSE, Migración,

Ministerio de relaciones exteriores, RegistroNacional.

- CCSS – salarios y pensiones.- ICD -PEPS.- Registro de Transparencia y Beneficiario Final- Puestos principales del Registro Nacional.

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Agenda

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• Antecedentes• Disposiciones generales• Nuevo modelo de la política conozca a su cliente en el CICAC• Funcionalidades del CICAC• ¿Qué información conforma el expediente?• Autorización de consulta• Actualización del expediente• Evidencias de orígenes de fondos• Revocaciones• Servicio del CICAC• Bitácoras• Responsabilidades de los actores• Disposiciones finales

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Sección I Información del Expediente Conozca a su Cliente A) Persona Física

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Información de identidad

PEPs

Información personal

Profesiones, oficios

u ocupaciones

Nacionalidades

Medio de Comunicación y notificación

Domicilios en CR y en el extranjero

Relación con artículo 15 y 15 Bis

Capacidad de inversión

Recursos en el exterior

Origen de fondos en Costa Rica y en el

extranjero

Detalle de Evidencias

Asalariado y Pensionado*

Ingresos de negocio propio conrazón social.

Actividad lucrativa desarrollada atítulo personal.

Persona sin actividad económica

Ingresos extraordinarios

Otros ingresos

Otras pensiones *

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Sección I Información del Expediente Conozca a su Cliente B) Persona Jurídica

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Información de identidad

Medio de Comunicación y

notificación

Domicilios en CR y en el extranjero

PEPs

Puestos principales

Relación con artículo 15 y 15 bis

Capacidad de inversión

Recursos en el exterior

Origen de fondos en Costa Rica y en

el extranjero

Detalle de Evidencias

Registro de Transparencia y

Beneficiario Final

Actividad económica.

Ingresos extraordinarios.

Otros ingresos

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Sección I Información del Expediente Conozca a su Cliente B) Persona Jurídico

La información de los accionistas ybeneficiarios finales puede ser suministradapor el cliente de la siguiente manera:

• Certificación emitida por un notario públicosobre las participaciones representativas delcapital social.

• El titular de la información puede suministrarlos datos sobre sus accionistas y beneficiariosfinales incluidos en el Registro deTransparencia y Beneficiarios Finales (RTBF).

No será necesario solicitar la certificación notarial*

Artículo 2 de Lineamientos

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Agenda

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• Antecedentes• Disposiciones generales• Nuevo modelo de la política conozca a su cliente en el CICAC• Funcionalidades del CICAC• ¿Qué información conforma el expediente?• Autorización de consulta• Actualización del expediente• Evidencias de orígenes de fondos• Revocaciones• Servicio del CICAC• Bitácoras• Responsabilidades de los actores• Disposiciones finales

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¿Cómo gestiono la autorización de consulta?Sección V Autorizaciones A), B) y C)

31

31

¿Quiénes gestionanla autorización deconsulta?

• El sujeto obligado• El cliente mediante su

certificado digital.

La autorización de consultacuenta con plazo (30 – 90días o indefinida).

Para qué se requieretener la autorización deconsulta.

• Para que los sujetos obligadospuedan consultar y actualizar elexpediente del CICAC.

• El cliente debe dar laautorización a cada entidad.

Lista de autorizados

El cliente puede consultar en elmódulo de autoriazaciones a queentidades ha otorgadoautorización.

03

01 02

¿Qué contiene laautorización de consulta?• Información del cliente y la

firma según corresponda.• El consentimiento informado.

(primera autorización).¿Puede el cliente rechazar una solicitud de

autorización de consulta?• Si puede.• Justificación: no tiene relación comercial con la entidad.

Módulo de autorizaciones

Tipos de autorización?• Consulta: se gestiona en el sistema.• Actualización: la gestiona el sujeto obligado.

Artículos 14 y 15 del Reglamento

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Agenda

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• Antecedentes• Disposiciones generales• Nuevo modelo de la política conozca a su cliente en el CICAC• Funcionalidades del CICAC• ¿Qué información conforma el expediente?• Autorización de consulta• Actualización del expediente• Evidencias de orígenes de fondos• Revocaciones• Servicio del CICAC• Bitácoras• Responsabilidades de los actores• Disposiciones finales

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Proceso de registro

Proceso de registro

•Información deidentidad Datos de identidad.

• Información personalProfesiones, oficios uocupacionesNacionalidadesMedios de comunicaciónDomicilios

•Orígenes de fondos

•Información de:Recursos en el exteriorCapacidad de inversión

¿Cómo actualizo el expediente?

• 1 •2

•3•Resumen, revisión de datos, autorización y firma final. •4

•5

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Agenda

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• Antecedentes• Disposiciones generales• Nuevo modelo de la política conozca a su cliente en el CICAC• Funcionalidades del CICAC• ¿Qué información conforma el expediente?• Autorización de consulta• Actualización del expediente• Evidencias de orígenes de fondos• Revocaciones• Servicio del CICAC• Bitácoras• Responsabilidades de los actores• Disposiciones finales

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Sección II Evidencias para orígenes de fondos. B)

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EVIDENCIAS PARA ORÍGENES DE FONDOSTipos de evidencias

Estados financieros. Estados financieros auditados.

Certificaciones de ingresos emitidas por un

Contador Público Autorizado (CPA).

Constancias de ingresos emitidas por un

Contador Privado Incorporado (CPI).

Orden patronal, certificación o

constancia de salario, o equivalente.

Constancia o certificación de pensionado o

documento equivalente emitido por la entidad

pagadora de la pensión.

Documento notarial: herencia, escritura de

bienes muebles o inmuebles.

Flujos de caja proyectados para

apertura de cuentas.

Trabajo convenido emitido por un Contador

Público Autorizado.Flujos de caja históricos.

Documentos relacionados a

indemnizaciones.

Documentos legales emitidos por juzgados.

Documentos que respalden los premios de lotería nacional e

internacional.

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Agregar evidencia

¿Quiénes pueden agregardocumentos?

• El cliente• El sujeto obligado

Cuando se agrega la evidenciaqueda en estado por validar..

Eliminar evidencias

¿Quiénes pueden eliminardocumentos?

• El cliente.• El sujeto obligado.

Para eliminar una evidenciadebe estar en estado porvalidar

Aprobar / Rechazar

¿Quién puede aprobar o rechazar los documentos?

• El sujeto obligado tiene laresponsabilidad de verificar ladocumentación y validar si justifica losorigenes de fondos asociados.

Asociar documento• Se usa sólo la primera vez que

se agrega una evidencia.• Se puede asociar uno o más

orígenes de fondos a undocumento al mismo tiempo.

• Sólo se puede asociar los O.F.que aún no están asociados

Editar asociación• El sujeto obligado puede editar unaevidencia en cualquier estado y esta nocambia dicho estado.• El cliente solamente puede editar evidenciasen estado “Por Validar”.•Se puede marcar o desmarcar O.F. que noestén previamente asociados a otraevidencia.

Módulo de evidencias

¿Cómo respaldo los orígenes de fondos?

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Sección II Evidencias para orígenes de fondos. F)

• Al agregar eldocumento por elcliente o el sujetoobligado.

Por Validar

• El sujeto obligadovalida y verifica queel documentojustifique el origen defondos

Aprobado

• El sujeto obligadovalida y verifica y noestá conforme con lainformaciónregistrada en elorigen de fondoscorrespondiente.

Rechazado

• La evidencia esreemplazada por undocumento nuevo porparte del usuarioautorizado del SO.

Descartado

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Agenda

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• Antecedentes• Disposiciones generales• Nuevo modelo de la política conozca a su cliente en el CICAC• Funcionalidades del CICAC• ¿Qué información conforma el expediente?• Autorización de consulta• Actualización del expediente• Evidencias de orígenes de fondos• Revocaciones• Servicio del CICAC• Bitácoras• Responsabilidades de los actores• Disposiciones finales

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¿Quién puede iniciar lasolicitud de revocación?

• El cliente mediante certificadodigital, llamando a la entidad opresencial.

• El sujeto obligado a solicitud delcliente o por decisión de la mismaentidad.

Quién aprueba la solicitudde revocación?

• El S.O. debe aprobar lasolicitud de revocación de laconsulta siempre y cuandovalide que no haya unarelación comercial activa.

• Tiene un plazo de 5 díashábiles para gestionar lasolicitud.

Quién rechaza la solicitudde revocación?

• El S.O. puede rechazar lasolicitud de revocación de laconsulta si no ha terminado larelación comercial con elcliente.

¿Qué motivosexisten parasolicitar unarevocación?

• No existe una relacióncomercial.

• El sujeto obligado notiene interés demantener al cliente.

Se puede consultar el detalle

de la solicitud?

• Si, el sistema permite ver lainformación de la solicitud derevocación.

Aprobación Rechazar Motivos DetalleSolicitud

¿Cómo revoco una autorización?Sección V Autorizaciones. E)

Artículo 16 del Reglamento

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Agenda

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• Antecedentes• Disposiciones generales• Nuevo modelo de la política conozca a su cliente en el CICAC• Funcionalidades del CICAC• ¿Qué información conforma el expediente?• Autorización de consulta• Actualización del expediente• Evidencias de orígenes de fondos• Revocaciones• Servicio del CICAC• Bitácoras• Responsabilidades de los actores• Disposiciones finales

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CAPITULO IV “SERVICIOS DEL CICAC”

• La SUGEF podrá establecerservicios complementariosconforme a lo establecido en elartículo 14 de la Ley 8968,necesarios para la gestión de lainformación contenida en elCICAC,

Servicios complementarios

• Los sujetos obligados debenestablecer e implementar políticasy procedimientos de seguridad yconfidencialidad que permitan unuso y manejo adecuado de lainformación.

• Por incumplimientos de uso de lainformación contenida en el CICACy también aquella transferidamediante el servicio detransferencia de datos

Responsabilidad en el uso de los servicios

Artículos 18 y 19 del Reglamento

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Servicios para transferencia de datos (Opcional)

Identificaciones de clientes modificados en un rango de fechas

Retorna solo las identificaciones de clientes que han actualizado el registro del Expediente en las fechas indicadas.

Expediente de clientes modificados en un rango de fechas

Retorna el expediente completo de los clientes que han actualizado el

registro del Expediente en un rango de fechas.

Expediente de clientes por identificación

Retorna el expediente completo de los clientes solicitados.

1 2

3

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Agenda

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• Antecedentes• Disposiciones generales• Nuevo modelo de la política conozca a su cliente en el CICAC• Funcionalidades del CICAC• ¿Qué información conforma el expediente?• Autorización de consulta• Actualización del expediente• Evidencias de orígenes de fondos• Revocaciones• Servicio del CICAC• Bitácoras• Responsabilidades de los actores• Disposiciones finales

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Bitácora de consulta del cliente

Bitácora de evidencias

Bitácora de actualización del cliente

Bitácoras del CICACSección VI Bitácoras. A), B) y C)

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Agenda

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• Antecedentes• Disposiciones generales• Nuevo modelo de la política conozca a su cliente en el CICAC• Funcionalidades del CICAC• ¿Qué información conforma el expediente?• Autorización de consulta• Actualización del expediente• Evidencias de orígenes de fondos• Revocaciones• Servicio del CICAC• Bitácoras• Responsabilidades de los actores• Disposiciones finales

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CAPÍTULO IIIRESPONSABILIDADES DE LOS ACTORES

SUGEF (Administradora del CICAC)

Definir las medidassegún las mejoresprácticas deseguridad yconfidencialidad quedeben establecer lossujetos obligados,para el tratamientoadecuado de lainformacióncontenida en elCICAC.

Definir los protocolosde actuación quedeben deimplementar lossujetos obligadospara elfuncionamiento,acceso y uso de lainformación delCICAC.

Aplicar medidasdisciplinarias afuncionarios ycolaboradores querealicen o ejecutenconductasrelacionadas con elmal manejo de lainformacióncontenida en elCICAC

Artículo 17 del Reglamento

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CAPÍTULO IIIRESPONSABILIDADES DE LOS ACTORES

1Consultar, actualizar o modificar los datos del cliente garantizando elderecho que tiene el titular de la información a la confidencialidad de susdatos

2Implementar los mecanismos óptimos de seguridad para garantizar eladecuado acceso y uso de la información por parte de los usuariosautorizados.

3Aplicar medidas disciplinarias a funcionarios y colaboradores que realicen oejecuten conductas relacionadas con el mal manejo de la informacióncontenida en el CICAC.

5Implementar procedimientos para atender los reclamos de los clientes de lossujetos obligados, en caso de presentarse.

4Implementar mecanismos mínimos de validación que permitan determinarque las autorizaciones de consulta gestionadas a través del CICAC,corresponden a cada cliente.

Sujeto obligado

Artículo 17 del Reglamento

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Sección IV: Medidas óptimas de seguridad para el sujeto obligado. A)

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1Utilizar el servicio AES para la asignación de perfiles a los usuarios segúnlas funciones que tenga a cargo.

2Asignar al usuario administrador del servicio AES.

3Establecer políticas y procedimientos que deben ser aprobados por el órganode dirección del sujeto obligado.

Sujeto obligado

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Sección IV. Protocolo de actuación sujeto obligado. B)

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1Gestionar la autorización por parte del cliente para realizar la consulta delexpediente conozca a su cliente.

2La función de auditoría interna del sujeto obligado debe ejecutar revisionesanuales que le permitan verificar el adecuado acceso y uso de la informaciónpor parte de los usuarios autorizados

3Asignar a un colaborador la responsabilidad de supervisar el actuar de losusuarios autorizados para el acceso y uso del CICAC

Sujeto obligado

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Agenda

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• Antecedentes• Disposiciones generales• Nuevo modelo de la política conozca a su cliente en el CICAC• Funcionalidades del CICAC• ¿Qué información conforma el expediente?• Autorización de consulta• Actualización del expediente• Evidencias de orígenes de fondos• Revocaciones• Servicio del CICAC• Bitácoras• Responsabilidades de los actores• Disposiciones finales

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DISPOSICIONES FINALES Y DISPOSICIONES TRANSITORIAS

Vigencia:El presente reglamento rige seis

meses después de su publicación en el Diario Oficial “La Gaceta”

Transitorio primero:La SUGEF establecerá por medio deResolución del Superintendente enel plazo de seis meses a partir de lapublicación de este reglamento en elDiario Oficial “La Gaceta”, laestrategia y la fecha de puesta enoperación del CICAC.

Transitorio segundo:En un plazo de seis meses a partirde la publicación de estereglamento en el Diario Oficial “LaGaceta”, la SUGEF ejecutará unplan piloto para el uso del CICACen ambiente de producción porparte de los sujetos obligados

Transitorio tercero:La SUGEF definirá por Resolucióndel Superintendente, en un plazode doce meses a partir de laentrada en vigencia de estereglamento, la metodología decobro por los servicios de laplataforma

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