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1 UNIVERSIDAD TÈCNICA PARTICULAR DE LOJA ESCUELA DE CIENCIAS CONTABLES Y AUDITORÌA MODALIDAD ABIERTA Y A DISTANCIA MANUAL PARA LA ADMINISTRACIÒN Y CONTROL DE LOS ACTIVOS FIJOS DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD SOCIAL DE LA POLÌCIA NACIONAL. Práctica profesional previa la obtención del título de licenciado en contabilidad y auditaría, contador público auditor AUTOR: MILTON PATRICIO ESTEVEZ PADILLA DIRECTORA: DRA. ISABEL ROBLES VALDÉS CENTRO UNIVERSITARIO QUITO 2011

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UNIVERSIDAD TÈCNICA PARTICULAR DE LOJA

ESCUELA DE CIENCIAS CONTABLES Y AUDITORÌA

MODALIDAD ABIERTA Y A DISTANCIA

MANUAL PARA LA ADMINISTRACIÒN Y CONTROL DE LOS ACTIVOS FIJOS

DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD SOCIAL DE LA POLÌCIA NACIONAL.

Práctica profesional previa la obtención del título de licenciado en contabilidad y auditaría, contador público auditor

AUTOR: MILTON PATRICIO ESTEVEZ PADILLA

DIRECTORA: DRA. ISABEL ROBLES VALDÉS

CENTRO UNIVERSITARIO QUITO

2011

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Doctora Isabel Robles Valdés DOCENTE DE LA ESCUELA DE CIENCIAS CONTABLES Y AUDITORÌA

CERTIFICA:

Que el trabajo de práctica profesional titulado “ MANUAL PARA LA ADMINISTRACIÒN Y CONTROL DE LOS ACTIVOS FIJOS DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD SOCIAL DE LA POLICIA NACIONAL” realizado por el Sr. MILTON PATRICIO ESTEVEZ PADILLA, ha sido orientado y revisado durante su ejecución por lo tanto autorizo su presentación.

Loja enero del 2011 Dra. Isabel Robles Valdés

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ACTA DE CESIÒN DE DERECHOS DE TESIS Yo, Milton Patricio Estévez padilla declaro conocer y aceptar la disposición del Art. 67 del Estatuto Orgánico de la Universidad Técnica Particular de Loja que en la parte pertinente textualmente dice:”Forman parte del patrimonio de la Universidad la propiedad intelectual de investigaciones, trabajos científicos, técnicos y tesis de grado que realicen a través, o con el apoyo financiero, académico o institucional (operativo) de la Universidad” ……………………………………………………………….. MILTON PATRICIO ESTEVEZ PADILLA CI. 1705131751

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AUTORIA Las ideas y conceptos, procedimientos y resultados vertidos en el presente trabajo, son de exclusiva responsabilidad del autor. ……………………………………………………………….. MILTON PATRICIO ESTEVEZ PADILLA CI. 1705131751

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DEDICATORIA A mi querida esposa Gladys compañera de toda la vida quien ha sabido darme el

apoyo incondicional en todas mis acciones y a mis hijos Andrés Darío y Santiago

Alberto mis amigos del alma.

MILTON PATRICIO ESTEVEZ PADILLA

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ESQUEMA DE CONTENIDOS

RESUMEN EJECUTIVO CAPITULO I 1. DESCRIPCION DE LA ENTIDAD

1.1 Estructura orgánica del Instituto de Seguridad da la Policía Nacional,

1.2 Actividad de la Institución,

1.3 Situación actual en el manejo de activo fijos.

CAPITULO II

2.- MARCO TEORICO CONCEPTUAL

2.1. Definiciones Básicas 2.2 Gestión de Activos Fijos 2.1.1 Elementos Generales en la Administración de Activos Fijos CAPITULO III

3.1 MANUAL PARA LA ADMINISTRACIÒN DE ACTIVOS FIJOS

3.1 Propósito 3.2 Objetivos 3.3 Alcance

3.4 Procedimientos para el ingreso de activos fijos

3.5 Procedimientos para el egreso de los activos fijos

3.6 Procedimientos especiales

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3.7 Administración de activos fijos CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES BIBLIOGRAFIA

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RESUMEN EJECUTIVO

El presente MANUAL PARA LA ADMINISTRACIÒN Y CONTROL DE LOS

ACTIVOS FIJOS DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD SOCIAL DE LA POLÌCIA

NACIONAL. , se lo realizado con la debida autorización por parte de la Dirección

General de esta Institución, tomando en consideración que desde su creación no ha

contado con un documento que regule la administración de los bienes, así como su

control, es así que acatando las disposiciones legales, y reglamentarias, y las

recomendaciones de la Contraloría General del Estado, presenté a consideración de

las autoridades de la Universidad Técnica Particular de Loja al plan de tesis, previo a

la obtención del título de Licenciado en Contabilidad y Auditoría.

Para el desarrollo del manual se ha tomado en cuenta inicialmente, la estructura del

Instituto, desde el Honorable Consejo Superior, Dirección General, Dirección

Económico Financiera, Dirección Administrativa, bodega general, departamento de

activos fijos, como las unidades donde de una u otra manera se generan: las

autorizaciones para adquisiciones, controles previo, concurrente, y posterior,

registros, control, ingresos al patrimonio de la Institución.

A continuación se ha descrito la normativa legal y reglamentaria tanto interna como

externa en la que se establecen los miramientos para la administración y control de los

bienes de larga duración, activos fijos. Entre las disposiciones se encuentran: La Ley

orgánica del sistema nacional de contratación pública, en lo que se refiere a los

procesos de contratación para la adquisición de los bienes; Ley del Instituto de

Seguridad Social de la Policía Nacional, donde se encuentran las disposiciones

internas que regulan actividades de sus diferentes jefaturas, los reglamentos tanto de

la LOSNCP, como el reglamento general de bienes des sector público, así también el

orgánico funcional del Instituto de Seguridad Social de la Policía Nacional,

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Luego se ha tomado en cuenta ya en la parte operativa lo que es las adquisiciones,

realizadas por el Sr. Director General a través del departamento de compras públicas,

como su presidente, luego viene el almacenamiento, realizado en la bodega del

ISSPOL, previa la firma de la entrega recepción correspondiente, al departamento

financiero específicamente a contabilidad para su registro en los libros , luego el

departamento de control de los activos fijos será quien realice la entrega de los bienes

a sus custodios, utilizando para el efecto los documentos internos respectivos.

Se ha diseñado varios documentos que servirán para el control, tanto en el ingreso

como el egreso de los bienes, en los que se detalla todas las especificaciones de los

mismos, previamente habiendo realizado, como se ha manifestado la

contabilización, y codificación de los activos, por parte del departamento de

contabilidad y el departamento de control de los activos fijos.

Por último se ha establecido niveles de control y responsabilidad para los bienes,

como lo determinan las disposiciones legales, sin dejas de lado lo correspondiente a

las seguridades por parte de la Institución en lo que respecta a la infraestructura

física, como al aseguramiento de los activos fijos y a las cauciones al personal que

han sido designados para el desempeño de sus funciones.

Con estos antecedentes, espero que este documentos permita a la institución una

mejor administración de los activos fijos que ha adquirido para la realización de las

actividades en cumplimiento de los fines para los cuales se ha creado.

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CAPITULO I

DESCRIPCIÓN DE LA ENTIDAD

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1. DESCRIPCIÒN DE LA ENTIDAD

1.1 Estructura orgánica funcional del Instituto de Seguridad Social de la Policìa

Nacional,

a) El Consejo Superior;

b) La Dirección General;

c) La Dirección de Prestaciones;

d) La Dirección de Servicio Social;

e) La Dirección Económico Financiera;

f) La Dirección Administrativa;

g) Los Departamentos Técnico-Administrativos dependientes de las Direcciones;

h) Auditoría Interna:

i) La Junta Calificadora de Servicios Policiales; y,

j) La Junta de Médicos.

Los niveles de responsabilidad son:

Directivo;

De apoyo y asesoría; y,

Administrativo y operativo.

Son órganos directivos:

Consejo superior; y,

Dirección General.

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Son órganos de apoyo y asesoría:

1.- DE APOYO:

a) Junta calificadora de servicios policiales;

b) Junta de médicos;

c) Comisión de inversiones

d) Comité de Contratación Pública;

e) Comité de crédito.

2.- DE ASESORÌA:

a) Unidad de planificación, organización y sistemas;

b) Auditoría interna; y,

c) Asesoría jurídica.

Son órganos administrativos y operativos:

a) Dirección de prestaciones;

b) Dirección de servicios sociales;

c) Dirección económico financiera;

d) Dirección administrativa; y,

e) Agencias provinciales.

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Fuente: reglamento orgánico del Ispol

Elaborado por: Patricio Estévez

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1.1.1 Orgánico funcional del Instituto de Seguridad Social de la Policía

Nacional

Consejo Superior.- Es el órgano de mayor jerarquía institucional y tiene a su cargo

la determinación, supervisión y evaluación de las políticas y control del régimen de

Seguridad Social Policial, así mismo dentro de las principales funciones de este

organismo es el de expedir reglamentos, resoluciones y más normas internas,

reformarlas o anularlas;

Dirección General.- El Director General del ISSPOL desempeñará las funciones,

entre otras, las de representante legal de la Institución, con capacidad para contratar,

y ser el operador director del Portal de compras públicas, y por ende el responsable

ante la LOSNCP, por los proceso de adquisiciones.

Comité de Contratación Pública.- El Comité de Contratación Pública del ISSPOL

estará integrado por los siguientes miembros:

a) El Presidente del Consejo Superior o su delegado ( que por lo general el Sr. Director

General) ;

b) El Director de Asesoría Jurídica;

c) Dos técnicos especialista en el tema a tratarse, designados por el Consejo Superior

del ISSPOL; y,

d) Un técnico designado por el colegio profesional correspondiente, conforme a la Ley

de Contratación Pública.

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Actuará como Secretario un funcionario del ISSPOL designado por el Comité. El

Director Económico-Financiera asistirá a las sesiones del comité en forma obligatoria

con voz informativa y sin voto.

Dirección Administrativa.- La Dirección Administrativa depende de la Dirección

General y tiene a su cargo la ejecución de las políticas administrativas de seguridad

social policial, de las resoluciones del Consejo Superior y de las disposiciones de la

Dirección General, relativas a secretaría general y archivo, personal, servicios

generales y relaciones públicas del ISSPOL.

Dentro de las funciones de la Dirección Administrativa relativas al control y

administración de los activos fijos serán:

Ejecutar y evaluar las actividades relativas a la secretaría general y

archivo, personal, servicios generales y bodega del ISSPOL;

Preparar los sistemas, normas y procedimientos que contribuyan a optimizar la

gestión administrativa, cuidado y conservación de los bienes;

Administrar los sistemas de servicios generales y apoyo logístico del Instituto;

Departamento de Servicios Generales.- El Departamento de Servicios Generales

depende de la Dirección Administrativa y tiene a su cargo los servicios generales y el

apoyo logístico a las dependencias del ISSPOL.

Según lo determina el reglamento orgánico estructural del ISSPOL, el Departamento

de servicios generales está encargado de:

Ejecutar y evaluar las actividades relativas al suministro de bienes y servicios y

a dar las facilidades a las diferentes dependencias del Instituto;

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Determinar los requerimientos y brindar el apoyo logístico

Indispensable a las diferentes dependencias del Instituto;

Planificar, evaluar y ejecutar el aprovisionamiento de recursos materiales

indispensables para garantizar la gestión administrativa del Instituto;

Realizar la investigación de los requerimientos de materiales y

servicios logísticos, en apoyo a la gestión de las diferentes dependencias del

Instituto; y,

Cumplir las demás funciones y responsabilidades que, en su campo, le fueren

asignadas por Ley, en los Reglamentos o por autoridad competente.

Dentro de las funciones de asistencia logística se ha tomando en cuenta al

Departamento de control de activos fijos, en lo que respecta al control físico de

los mismos, entregas recepciones, determinación de custodios, bajas,

donaciones, etc.

Bodega General.- La Bodega General por su parte será la encargada de registrar el

ingreso que por compras de todos los bienes que se realice en el ISSPOL, de

acuerdo a lo determinado en el Reglamento General de Bienes del Sector Público, y

las Normas de Control Interno para el Área de inversiones en existencias y bienes de

larga duración, el ingreso y por ende la constatación física de los bienes generará el

Documento “INGRESO A BODEGA”, mismo que se presentará en la Jefatura

Financiera conjuntamente con la documentación de respaldo, previo al pago.

Departamento de Adquisiciones.- De acuerdo a lo determinado en la Ley Orgánica

del Sistema Nacional de Contratación Pública, la máxima autoridad de todas las

instituciones del sector Público, serán las responsables de poner en ejecución lo

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dispuesto en la Ley y su Reglamento, en lo que tiene que ver con las adquisiciones de

bienes y servicios.

Según lo Determinado en la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación

Pública, el Departamento de Adquisiciones con la máxima autoridad como Presidente,

realizará la contratación para la adquisición de bienes, ejecución de obras y

prestación de servicios, en las formas establecidas por la Ley y su Reglamento, y

considerando para ello el tipo de contratación, y, observando el Plan Anual de

Contrataciones.

El Sr. Director General o su Delegado será el responsable del manejo de la clave

designada a él por parte del INCOP, clave que le permitirá ingresar al sistema para

proceder a realizar las adquisiciones de acuerdo a las diferentes formas que posibilita

la Ley y el Reglamento.

Departamento de Control de Activos fijos,

El Instituto de Seguridad Social de la Policía Nacional, se ha creado el Departamento

de Control de Activos fijos, como una oficina dependiente de la Dirección

Administrativa, este Departamento tendrá a su cargo las siguientes funciones:

Realizar el registro, control y la administración de los activos fijos del Instituto.

Llevar el registro individualizado de los activos fijos, en lo referente a datos

generales y particulares como: marca, tipo, año de fabricación, color, medidas, etc.

Entregar a la Dirección Económica Financiera toda la información necesaria

para el ingreso de los activos fijos al inventario contable.

Realizar las constataciones físicas de los activos fijos por lo menos una vez al

año,

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Realizar las entregas recepciones entre custodios entrantes y salientes,

Participar en las entregas recepciones de los Bienes en las adquisiciones de

los mismos,

Efectuar todos los documentos de ingreso y salida de los bienes, y legalizarlos

con las firmas correspondientes,

Informar oportunamente acerca de las anormalidades presentadas en las

constataciones físicas de los bienes,

Instruir a los custodios de los bienes acerca de la responsabilidad que tienen

del cuidado y administración de los mismos.

Cumplir y hacer cumplir las normas legales que al respecto de los activos fijos

se encuentren en vigencia.

Dirección Económica Financiera.- La Dirección Económico Financiera depende de

la Dirección General y tiene a su cargo la ejecución de las políticas económico-

financieras de Seguridad Social Policial, las resoluciones del Consejo Superior y

disposiciones de la Dirección General, pertinentes a la administración de los sistemas

presupuestario, contable, de tesorería, inversiones y la administración y control de los

bienes, incluidos todos los activos fijos.

Dentro de las funciones, relacionadas con la administración de los activos fijos a la

Dirección Económico financiera: le corresponde:

Planificar, organizar, dirigir y controlar las actividades económico-financieras

del ISSPOL, en lo que tiene que ver con la adquisición de bienes de larga

duración( activos fijos)

Disponer al Departamento de Contabilidad realice el control precio al pago por

la adquisición de activos fijos;

Emitir los informes correspondientes previos para proceder a la baja de los

activos fijos improductivos para el ISSPOL,

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Contabilidad, registro de los activos fijos,

El registro contable de los activos fijos se lo realizará en el Departamento de

Contabilidad, el auxiliar de contabilidad designado para el efecto, deberá tomar en

cuenta lo siguiente:

Que la documentación de sustento de la adquisición de los bienes se

encuentre completa, específicamente en lo que tiene que ver con los datos

generales como fechas de adquisición, que vendría a ser el costo histórico,

valor, tipo de activo para aplicar la depreciación, codificación, en fin,

cumpliendo lo determinado en la Norma de Control Interno 210-04

Que el bien adquirido se encuentre en perfectas condiciones, de acuerdo a

las especificaciones técnicas establecidas en el informe técnico anterior a la

adquisición.

El costo del transporte, almacenamiento, etc., se lo cargará al costo del bien.

Cuando se cancele reparaciones con cambios de partes importantes en los

bienes, (específicamente en reparaciones de vehículos, o equipos mayores)

se deberá contabilizar con cargo al activo fijo.

1.2 Actividad de la Institución,

La Seguridad Social Policial es un servicio público obligatorio y un derecho

irrenunciable para todos y cada uno de sus afiliados y está sustentada en los

principios universalidad, cooperación, solidaridad, justicia, equidad, previsión,

integralidad y especificidad.

Bajo esta concepción, y por la imperiosa necesidad de que la Institución

Policial cuente con su propio sistema de Seguridad, mediante Decreto

ejecutivo No. 90 se crea el Instituto de Seguridad Social de la Policía Nacional,

ISSPOL, como un organismo autónomo, con finalidad social y sin ánimo de

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lucro, con personería jurídica, patrimonio propio, y domiciliado en la ciudad de

Quito.

El Instituto de Seguridad Social de la Policía Nacional es el organismo ejecutor

de esta Ley. Sus recursos son propios, distintos a los del fisco,

1.3 Situación actual del manejo de los activos fijos

El Instituto de Seguridad Social de la Policía Nacional, desde la fecha de su

creación se ha venido manejando con un reglamento general de bienes, el

mismo que controla todos los aspectos relacionados con lo que tiene que ver

las adquisiciones de bienes, control de los activos fijos.

La Contraloría General y la Auditoría Interna han realizado varias

recomendaciones respecto de la actualización del manual existente, en el

sentido de separar lo que se refiere a las adquisiciones y puntualmente al

control y administración de los Activos fijos.

Al momento lo referente a las adquisiciones se encuentra normada por la Ley

Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública y su Reglamento,

mientras que para administración y control de los activos fijos se cuenta en

general para el sector público con las leyes antes indicadas, y el Reglamento

General sustitutivo para el manejo y administración de bienes del sector

público,

y en lo particular el presente Manual, que servirá exclusivamente para la

administración y control de los activos fijos del ISSPOL .

El Consejo Superior del Instituto de Seguridad Social de la Policía Nacional

como máxima autoridad de la institución, y como lo determina el Art. 6 literal

m que dice “Expedir y reformar los reglamentos internos”. Al momento la única

resolución al respecto ha sido el reglamento general de bienes ejecutado desde

la creación del ISSPOL, que por lo tanto se encuentra retrasado en cuanto

tiene que ver con la normativa vigente.

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Por su parte la Comandancia General de la Policía Nacional ha dictado

políticas y resoluciones sobre la administración y control de los Activos fijos,

sin embargo por el ISSPOL una organismo autónomo, para efectos, de la

creación de su propio manual, se han tomado como referencia las

disposiciones políticas y resoluciones de la Comandancia General.

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CAPÍTULO ii

MARCO TEÓRICO CONCEPTUAL

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2. MARCO TEORICO CONCEPTUAL

2.1 Definiciones básicas

Dentro del marco teórico es necesario referirse a algunos términos básicos

relacionados con los activos fijos materia de este estudio, con la finalidad de

comprender su naturaleza y todos aquellos aspectos que configuran los ámbitos de

administración, control, registro, pudiendo señalar los siguientes:

Activos Fijos

Los activos fijos son bienes muebles o inmuebles que la entidad ha adquirido para

utilizarlos en el desarrollo habitual de sus actividades, los cuales no están destinados

a la venta en el curso normal de la vida de la entidad.

Reconocimiento y valoración inicial

Los activos fijos se los reconoce por las siguientes características:

Tienen vida útil mayor de un año;

Se emplean para la operación de la entidad

No se adquieren para ser vendidos

Tienen un costo superior al 50% del salario básico vigente.

Costo de los activos fijos

Los bienes que forman parte de los activos fijos se los registra a precio de factura

menos los descuentos, mas todos los gastos involucrados para poner el bien en el

lugar y estado necesario para el uso, como por ejemplo: fletes, seguro de transporte

impuestos, aranceles, costos de instalación entre otros.

El valor del activo fijo construido incluye el costo de materiales, suministros, mano de

obra y servicios utilizados en la construcción e instalación; y los costos de examen de

derecho de propiedad y de registro.

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Los costos de los terrenos incluyen el precio original pactado de compra venta,

obligaciones asumidas o pagos efectuados para desgravar los terrenos hipotecados,

impuestos, intereses y otros gastos acumulados en el momento de la compra.

Las mejoras en los terrenos ( como por ejemplo las aceras, pavimento y vallado) que

pueden originarse a partir de transacciones efectuadas por un municipio, o los gastos

efectuados por el comprador deben capitalizarse en el valor del terreno.

En los costos de edificios se incluyen el precio pactado de compra venta y aquellos

originados por remodelaciones o reparaciones y las obligaciones adquiridas en

concepto de impuestos e intereses.

Cuando se construye un edificio deben capitalizarse aquellos costos asociados con la

construcción del mismo en donde se incluyen los honorarios de arquitectos e

ingenieros, permiso de edificación, costos de excavación y de materiales; mano de

obra y otros asociados con la construcción.

Otros bienes menores, manuales o portátiles que pueden durar varios años pero con

frecuencia se desgastan o se pierden, debido a la elevada probabilidad de pérdida y al

bajo costo individual se los puede contabilizar de diferente forma al resto de activos o

se los carga a una cuenta de gasto.

Categorías principales de activos fijos

Existen tres grandes categorías de activos fijos:

¨Terrenos

Edificios

Maquinarias, muebles, equipos y herramientas.

De los tres grupos de bienes citados anteriormente se desprende una clasificación

adicional de acuerdo con las características que los diferencias, esta es: Bienes

Muebles que son aquellos que pueden trasladarse fácilmente de un lugar a otro,

manteniendo su integridad y la del inmueble en el que se encuentran ubicados, como

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los escritorios, estantes, mesas, vitrinas, máquinas, equipos, etc. Y los bienes

inmuebles que son todos aquellos bienes raíces, por tener de común las circunstancia

de estar íntimamente ligados al suelo, unidos de modo inseparable, física o

jurídicamente al terreno como por ejemplo los edificios.

Depreciación

La depreciación es la disminución de valor de un bien; y consiste en la distribución del

costo de los activos depreciables a lo largo de su vida útil. Es por lo tanto un proceso

de distribución y no de valoración.

Las causas principales de la depreciación en los activos fijos son el deterioro y la

obsolescencia.

Deterioro físico

Se origina por el uso o el trabajo que realiza el bien, dependiendo de ciertos factores

para mantener el bien en buenas condiciones.

Vida útil

La vida útil de un activo fijo está basado en su período de utilidad esperado. Al

determinas la vida útil del activo se deberá utilizar tanto el período de utilidad como la

vida física del activo. El período más corto de los dos deberá utilizarse para calcular

la depreciación.

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Métodos de depreciación

En el reglamento para la aplicación de la Ley Orgánica del Régimen Tributario Interno,

Capítulo IV, artículo 25, numeral 6, se establece lo siguiente:

a) La depreciación de los activos fijos se realizará de acuerdo a la naturaleza de los

bienes, a la duración de su vida útil y la técnica contable. Para que este gasto sea

deducible, no podrá superar los siguientes porcentajes:

(I) Inmuebles ( excepto terrenos), naves, aeronaves, barcazas y similares 5%

anual.

(II) Instalaciones, máquinas, equipos y muebles 10% anual

(III) Vehículos, equipos de transporte y equipo caminero móvil 20% anual;

(IV) Equipos de cómputo y software 33% anual.

Los métodos de depreciación más conocidos y aceptados por la técnica contable son

:

Método de línea recta, en este método el activo se deprecia por igual a lo largo de la

vida útil. Consiste en restar al costo el valor de rescate o residual y dividirlo para el

número de años de la vida útil.

Método de unidades producidas, este método se basa en el total de unidades que se

producirán, en número de horas que trabaje el activo o el número de kilómetros que

se recorren. Para calcularlo se resta al costo el valor residual o de rescate y se divide

para las unidades estimadas, horas o kilómetros.

Método de saldos decrecientes, consiste en duplicar la tasa normal de depreciación

y aplicar esta tasa doblada cada año al valor en libros del activo.

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Este método origina una depreciación acelerada; los cargos por depreciación son

acelerados en los primeros años de vida útil del activo y disminuye notablemente en

los últimos años.

Método de suma de los años dígitos, se calcula multiplicando el costo del activo

una vez reatado el valor de rescate o residual por una fracción. El denominador de

esta fracción está formado por la suma de los números que representan los años que

van desde el uno hasta la vida del activo; el numerador de la fracción es la vida

restante del activo. También es un método acelerado en los primeros años y

disminuye notablemente en los últimos años.

Base de depreciación, la base de depreciación en condiciones normales debe estar

basada en el costo menos el valor de rescate esperado o residual. Los términos

rescate o residual se refieren a los beneficios que se esperan de la venta de los

activos dados de baja.

Normas relacionadas con los activos fijos, conforme las NIC 16 propiedades,

planta y equipo, el activo fijo se reconocerá como un activo cuando cumple el criterio

de reconocimiento, es decir:

Que sea probable que la entidad vaya a obtener beneficios económicos

futuros asociados al mismo

De que su costo o valor pueda determinarse confiabilidad

El activo fijo se valorará inicialmente por su costo, que comprenderá el valor

razonable de la contraprestación entregada para adquirir el activo y cualquier

costo directamente atribuible con la ubicación del activo en el lugar y en las

condiciones necesarias para que pueda funcionar de la forma prevista por la

administración.

La valoración posterior del activo fijo se contabilizará por su costo menos la

depreciación acumulada y la perdida por deterioro acumulada ; o por su valor

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Revalorizado menos la depreciación acumulada y el importe acumulado de las

pérdidas por deterioro.

El valor depreciable de un activo se distribuirá en forma sistemática a lo largo

de su vida útil.

Un activo fijo puede constar de partes o componentes cuyas vidas útiles sean

diferentes. La amortización deberá calcularse de manera independiente para

cada parte en función de su vida útil.

Constatación Física de los activos fijos

La toma física es un procedimiento que consiste en verificar físicamente los

bienes, a una fecha determinada con el fin de asegurar su existencia real, su

ubicación. Esta diligencia permite constatar los resultados obtenidos con los

registros contables a fin establecer su conformidad y se si requiere , investigar

las diferencias que pueda existir y proceder a realizar los ajustes necesarios

según sea el caso.

Mantenimiento y mejora de los activos fijos

Los desembolsos efectuados con el fin de mantener o mejorar un activo fijo

posterior a la fecha de adquisición y puesta en uso deben diferenciarse

razonablemente al momento de contabilizarlos. Normalmente el mantenimiento y

las mejoras cuyo costo no es representativo se conoce como gasto y aquellas

mejoras que favorecen o prolongan la vida útil del bien se cargan al costo del

activo correspondiente.

El mantenimiento es una actividad que tiene la finalidad de prevenir el desgaste o

riesgos de que se produzcan desperfectos en los bienes para garantizar el

funcionamiento normal o restaurar los beneficios económicos que se esperan del

rendimiento original estimado para un determinado bien.

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Adicionalmente es necesario considerar que el mantenimiento de los bienes

se puede levar a cabo dentro de la misma entidad o fuera de ella cuando no

se disponga de los recursos necesarios para realizarlo.

En el caso de requerir la contratación externa para ejecutar los planes de

mantenimiento o reparación, deberán cumplirse con los procedimientos que se

hayan determinado para la salida temporal de los bienes al exterior de la entidad.

Las mejoras tienen la finalidad de restaurar o prolongar las condiciones de un

activo fijo, por encima de la estimación normal del rendimiento hecha

originalmente para el mismo.

Ingreso de los activos fijos.

Continuamos y ahora nos referimos a los conceptos de los recursos materiales

necesarios en la entidad.

En forma general se pueden presentar ingresos pro:

Adquisiciones,

Préstamos,

Alquiler.

En la entidad deberá reglamentarse cada una de estas y otras actividades

relacionadas con los recursos materiales, donde conste el responsable de la

recepción y la descripción de los documentos necesarios para respaldar tales

operaciones, como por ejemplo, actas de entrega recepción.

El responsable de la recepción de los bienes que recibe en la entidad, debe

tener también la responsabilidad de velar por su mantenimiento y conservación

de tal manera que le corresponderá ejecutar algunas acciones como:

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En forma periódica, o por lo menos una vez al año, deberá realizar una toma

física a fin de actualizar el inventario y tener información correcta sobre la

ubicación y estado de conservación de los bienes.

Como producto de esta actividad se desprenderá un informe en el que se

hace conocer las novedades encontradas y los posibles planes de recuperación

y mantenimiento según los requerimientos internos que deberán ser aprobados

por la máxima autoridad de la entidad para ser ejecutados.

Salida de activos fijos.

El informe de la toma física puede contar con algunos bienes de la entidad

que han dejado de ser útiles para el desarrollo de las actividades , en este caso

puede

Decidir la salida de tales bienes previa inspección técnica de los mismos.

Estas salidas pueden realizarse por medio de:

La venta,

Cambio,

Baja,

Donación

Temporalmente para ser rapadas o mantenidos

En cualquiera de estos casos deberán cumplirse con las formalidades

establecidas, de tal manera que no se perjudique en ningún grado a la entidad.

Cabe indicar que se justifica la venta, cambio o donación cuando los bienes aún

puedan ser utilizados por otras instituciones o personas.

Cuando los bienes no están en condiciones de ser utilizados, se los debe dar

de baja.

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Cualquiera de las diligencias anteriores deben quedar documentadas con el fin

de identificar a los responsables, los procedimientos aplicados y los valores

con los cuales se ejecutó la salida.

Finalmente es necesario indicar que en cualquiera de las formas que se haya

efectuado la salida es necesario registrar la eliminación del activo fijo o parte

de un activo fijo del patrimonio de la entidad.

2.2 Gestión de activos fijos.

La gestión de los activos fijos comprende una serie de actividades destinadas

a resguardar los bienes de larga duración y constituye uno de los temas muy

importantes dentro de la administración de una entidad, que a veces se olvida

porque la atención se centra en el dinero, en las utilidades , etc. Sin

embargo es necesario reflexionar, por ejemplo, que si no hay buenas

instalaciones y equipamiento, el servicio y la atención al cliente interno y externo

se verían disminuidos.

2.2.1 Elementos generales de la administración de los activos fijos

Es necesarios referirse a los lineamientos básicos necesarios para lograr una

buena administración de los recursos como: infraestructura física, muebles,

equipos, maquinarias, terrenos, sean propios o ajenos y que estén en un

determinado momento bajo la responsabilidad de la entidad, en calidad de

préstamo, alquiler o cualquier otra figura.

En la siguiente tabla se determinan los elementos que se consideran

fundamentales dentro del manejo de los activos fijos. Estos elementos

consideran tanto en el recurso humano que tiene responsabilidades asignadas

ya sea como custodio o responsable por el buen uso o conservación de los

bienes; así como los relacionados a los procedimientos que permiten

mantener información sobre tales responsabilidades:

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TABLA # 1

ELEMENTOS NECESARIOS EN EL MANEJO DE ACTIVOS FIJOS

De los sujetos

Lo que se establezca como norma dentro de la entidad para

salvaguardar los recursos materiales debe ser de aplicación

obligatoria para todos los servidores, autoridades, empleados y

trabajadores, sin importar su jerarquía.

Procedimientos

Le corresponde a la máxima autoridad de la entidad dirigir la

correcta conservación y cuidado de todos los bienes disponibles,

por lo tanto dispondrá el diseño, implementación y uso de

manuales de procedimientos que garanticen el buen uso de los

bienes de larga duración.

Responsabilidad

de cada servidor

La conservación, buen uso y mantenimiento de los bienes es

responsabilidad directa del servidor que los haya recibido para el

desempeño de sus labores. Por lo tanto, el daño, la pérdida, o

destrucción por negligencia o mal uso es responsabilidad de cada

servidor.

Registros

Se deben mantener registros individualizados por cada bien para

llevar el control de la vida útil de los bienes, su costo original,

fecha de entrada a la entidad, ubicación, responsable,

reparaciones importantes, etc.

uso

Los bienes serán empleados exclusivamente para los fines propios

de la entidad y no para actividades particulares de quien las usa.

Fuente: Reglamento de bienes del Sector Público de la Contraloría General del Estado Elaboración: Patricio Estévez

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CAPÍTULO III

MANUAL PARA LA ADMINISTRACIÓ DE ACTIVOS FIJOS DEL ISSPOL

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3. MANUAL PARA LA ADMINISTRACIÒN DE ACTIVOS FIJOS DEL INSTITUTO DE

SEGURIDAD SOCIAL DE LA POLICIA NACIONAL

3.1 Propósito

Definir normas y procedimientos para las operaciones relacionadas con los

activos fijos del Instituto de Seguridad Social de la Policía Nacional.

3.2 Objetivos

Conocer y comprender al ámbito de la administración de los activos

fijos dentro de la entidad.

Aplicar normas, procedimientos políticas para lograr una eficiente gestión

de los bienes de larga duración disponibles en la entidad.

3.3 Alcance.

El presente documento es aplicable a todos los departamentos o unidades asi

como de aplicación obligatoria por parte de todos los funcionarios, trabajadores

y empleados del ISSPOL.

El documento comprende políticas y procedimientos de adquisición, asignación,

depreciación, bajas y control de activos fijos.

3.4 Procedimiento para ingreso de activos fijos

3.4.1 Adquisiciones

Los procedimientos generales para los ingresos de los bienes

comienzan desde la decisión efectiva de realizar cualquier adquisición de

bienes, es decir desde el momento mismo en que la Institución en

base al Plan Anual de Contrataciones, PAC, hace efectivo el proyecto

de adquisición de bienes de larga duración, observando las

disposiciones legales, específicamente lo determinado en la Ley Orgánica del

Sistema

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Nacional de Contratación Pública y su Reglamento, como a continuación se

detalla:

El Señor Director Administrativo del ISSPOL, receptará de cada uno de sus

Departamentos, el requerimiento de bienes de Larga duración, para

ubicarlo en el Plan Anual de Contrataciones, que será aprobado por el

Señor Director General del ISSPOL.

El señor Director General será quien apruebe el PAC interno y dispondrá

su publicación en la página Web de la Institución, máximo hasta el 15 de

enero del año subsiguiente, como lo dispone el Art. 22 de la Ley y del

Reglamento.

Una vez aprobado el PAC, el Sr. Director Administrativo solicitará al Sr.

Director General el inicio del proceso de adquisición, específicamente de

los bienes de larga duración, adjuntando un precio referencial, y la

disponibilidad presupuestaria.

El señor Director General DEL ISSPOL, como representante de Legal e la

Institución, y Administrador de la Clave entregada por el INCOP al ISSPOL,

dispondrá a la persona indicada, ( puede ser su representante) o el

encargado de manejar el portal de Compras Públicas, para que se inicie el

proceso, elaborando los pliegos correspondientes, y de ser necesario la

conformación de las subcomisiones que amerite el caso para la elaboración

técnica de los pliegos.

El encargado del portal deberá subir al portal de compras públicas

el proceso de adquisiciones, y se lo desarrollará de acuerdo a lo

determinado en la Ley y Reglamento, según el monto del

presupuesto referencial de cada proceso, y observado las fechas

determinadas en los pliegos, se procederá a realizar la adjudicación.

Una vez adjudicado el proceso de adquisición de los bienes de

larga duración, el Sr. Director General firmará conjuntamente con el

representante legal de la empresa adjudicada el contrato

correspondiente, y autorizará el Pago por dicha adjudicación, de acuerdo a

las estipulaciones contractuales.

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Luego de terminado el plazo para la entrega de los bienes por parte

de la empresa adjudicada, el Director General, designará a una

comisión para realizar la entrega recepción de los bienes , la misma

que estará conformada por: el Director Administrativo, el Director

Financiero o su delegado, el Asesor Jurídico, un técnico afín a la

materia de la adquisición y el representante legal de la empresa

adjudicada.

El Director Económico Financiero recibe la orden de compra y demás

documentos, sumilla a contabilidad para que se efectúe el control

previo al compromiso, a su vez el Jefe de Contabilidad, dispone al

contador, que a base de la orden de compra y la documentación de

sustento para el pago, verifique la disponibilidad presupuestaria,

realice el control previo y de estar conforme y legalmente

estructurado proceda a realizar el Comprobante de Egreso

correspondiente para posteriormente pasar a Tesorería para la

ejecución del pago.

El Contador General encargado del control y registro de los activos

fijos, efectuará el control previo, contabilización y codificación

respectiva, para luego realizar la transferencia automática

interbancaria y presentará al Director Económico Financiero para que

legalice con su firma y proceda a ordenar el pago.

El Señor Director Económico Financiero, enviará una copia de la

documentación al Director Administrativo quien a su vez ordenará al

encargado de la bodega general.

Los miembros de la comisión de entrega recepción legalizarán las

actas con su firma y rubrica y entregarán las mismas mediante un

informe al Director General para el trámite legal de pago.

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Una vez realizada la entrega recepción y elevada a conocimiento

del Director General, con su aprobación y mediante memorando

dispondrá el pago correspondiente y el ingreso a los activos de la

institución.

El encargado de la bodega una vez recibida la orden por parte del

Director Administrativo, procede a realizar la recepción de los

bienes, ingresando mediante el comprobante de ingreso a Bodega,

verificando las especificaciones técnicas, marca, modelo, etc. Que

se encuentren de acuerdo con lo establecido en el contrato o la

factura proforma correspondiente.

En caso de que existan activos fijos que por sus especificaciones

técnicas deban ser instalados en forma directa en las dependencias

donde prestarán sus servicios, es obligación del Sr. encargado de la

Bodega, o de la Comisión de Entrega Recepción, verificar si los

bienes cumplen o no con las especificaciones técnicas determinadas en

el contrato.

Una vez instalados o ubicados los bienes en el lugar donde

prestarán el servicio se elaborará el documento “ entrega recepción

de activos fijos” firmado conjuntamente con el custodio responsable

del bien.

El encargado del registro de los activos fijos, una vez realizado el

ingreso a bodega y la entrega al funcionario solicitante, realizará

conjuntamente con el encargado del control de los activos fijos, la

contabilización y codificación de los bienes comprados, para

finalmente, ingresarlos definitivamente al patrimonio del ISSPOL.

Utilizando el formulario “Reporte de ingresos de activos fijos al

patrimonio institucional”

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No. …………

INSTITUTO DE SEGURIDAD SOCIAL DE LA POLICIA NACIONAL DEPARTAMENTO DE ACTIVOS FIJOS

INGRESO A BODEGA

LUGAR Y FECHA ……………………………

FACTURA No. ……………………………

MEMO DA. No. ……………………………

REFERENCIA DESCRIPCION DEL BIEN UNIDAD CANTIDAD VALOR TOTAL

VISTO BUENO

RECIBI CONFORME ENTREGUE

CONFORME

DPTO. DE ADQUISICIONES BODEGUERO

PROVEEDOR

OBSERVACIONES : ………………………………………………………………………………………………………………………… ………………………………………………………………………………………………………………………………………………………..

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3.4.2 ingreso de activos fijos por donaciones

Se puede presentar el caso que otras instituciones policiales u otras entidades

públicas o privadas quieran donar bienes al ISSPOL, para lo cual observarán

los siguientes procedimientos:

El Director General conocerá el documentos enviado por la entidad

donante y si es conveniente para el Instituto aceptará la propuesta,

caso contrario lo rechazará y el proceso termina.

Si la propuesta de donación es aceptada, notificará al Director

administrativo y asesor jurídico para que tomen contacto con la entidad

donante y elaboren los documentos correspondientes,

Una vez documentada la donación, se procederá a la entrega

recepción en la que participarán, además de las autoridades señaladas

en el punto anterior, el responsable de los activos fijos y el encargado

de bodega, los mismos que suscribirán el acta de entrega recepción.

Realizada la diligencia anterior el encargado de bodega realizará el

ingreso a bodega mediante el documentos respectivo “ ingreso a

bodega”.

Una vez realizado el ingreso a bodega, el Director Administrativo

ordenará el envío de la documentación al Departamento Financiero y

al Departamento del activos Fijos para el registro correspondiente.

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INSTITUTO DE SEGURIDAD SOCIAL DE LA POLICIA NACIONAL

DEPARTAMENTO DE CONTROL DE ACTIVOS FIJOS

REPORTE DE INGRESOS DE ACTIVOS FIJOS AL PATRIMONIO INSTITUCIONAL

Origen del bien:

Compra:

Fabricación:

Donación:

Reposición:

Referencia de documentos habilitantes:

DESCRIPCION DEL BIEN:

UNIDAD A LA QUE SE ASIGNA EL BIEN :

CUSTODIO DEL BIEN:

CODIGO DEL ACTIVO FIJO:

CONTABILIDAD

DIRECCION ADMINISTRATIVA

Observaciones:

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3.5 Procedimientos para egresos de activos fijos

3.5.1 Enajenación de los activos fijos mediante la baja,

Cuando el funcionario o empleado responsable de los bienes determinare que los

bienes a su cargo se han vuelto inservibles, obsoletos o hubieren dejado de usarse,

comunicara por escrito al director administrativo, quien notificara inmediatamente al

director económico financiero, para que personalmente o por delegación realice la

inspección correspondiente.

Si en el informe de inspección se determine que los bienes todavía son necesarios y

pueden utilizarse en el Instituto, que concluirá el trámite y se archivara el expediente,

en caso contrario se procederá el expediente, en caso contrario se procederá de

acuerdo a los procedimientos siguientes:

El director administrativo recibe el informe del custodio principal del bien con el

visto bueno del jefe de la unidad, indicando que el bien en mención se ha

vuelto inservible.

El director administrativo, notificara al director económico financiero para que

realice la inspección de los bienes indicado en forma personal o por

delegación.

Una vez realizada la inspección el director administrativo enviara informe al

director general quien autoriza la baja.

En la relación de la baja participaran el encargado de los activos fijo por la

dirección administrativa, el director económico financiero y el encarga do de

bodega, quienes dejaran una acta legalizada, la misma que deberá enviarse a

contabilidad y a la dirección administrativa para el registro de baja de los

bienes.

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Fuente: Reglamento orgánico del ISSPOL

Elaborado por: Patricio Estévez

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3.5.2 Enajenación de los activos fijos mediante remate

En base al informe de inspección y si se determina que los bienes son susceptibles de

venta, el Director Económico Financiero pondrá en conocimiento del director general

sugiriendo la baja mediante remate de los bienes.

Para que la máxima autoridad resuelva la enajenación de bienes mediante “Remate de

Martillo” deberá contar con el expediente de los documentos relativos a la aplicación

de los procedimientos generales previos a la enajenación descritos inicialmente y

luego considerar los procedimientos básicos para que el efecto dispone el Reglamento

General de Bienes del Sector Publico, este es:

Se solicite la conformación de la junta de Remates y enviar el expediente para

que sean analizados, y conjuntamente con los peritos seleccionados procedan

a realizar las evaluaciones que en el caso amerite para proceder al remate.

Los peritos nombrados realizaran la inspección de los bienes conforme señala

el Reglamento General de Bienes del Sector Público y presentan el informe

para conocimiento de la Junta de Remates.

La junte de Remates se reunirá, en el día y la hora preestablecida, avocan

conocimiento del expediente y señala su precio, lugar, hora, día y hora del

remate, la cual será ocho días después del último aviso.

Por medio de la secretaria de la Junta de Remate, se procederá a realizar la

publicación de uno de los diarios de mayor circulación de la ciudad, o en

carteles conformes señala el Reglamento General de Bienes des Sector

Publico.

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El día y hora establecida se reúne, conjuntamente con el martillador designado

para el remate.

El martillador recepta y pregona posturas, declara el cierre de remate y la

adjudicación de los bienes rematados al mejor postor, conforme establece el

Reglamento General de Bienes del Sector Público Y emite informe.

La Junta de Remates recibe el informe del Martillador y analiza: Si hubo

señalaciòn en la primera aceptación, el trámite continua en el numeral 15, para

segunda llamada. Si se adjudico en el primer o en el segundo señalamiento,

tramite continua en el numeral 10.

Si no se adjudico a la segunda llamada, se aplica el procedimiento para venta directa

en privado.

El tesorero recibe la disposición de la Junta de Remates y procede recaudar el dinero,

elabora comprobante de depósito original a contabilidad, copia al adjudicatario, copia a

la Junta de Remates y copia retiene para su archivo.

Si el adjudicado no cancela el valor total del remate dentro de las 24 horas hábiles

siguientes al remate, notifica al secretario de la Junta ; tramite continua en el numeral

17 QUIEBRA DEL REMATE.

Recibe peticiones de los oferentes no favorecidos en la adjudicación, para el reintegro

de los valores resignados inicialmente y procede a la devolución, conforme a las

normas establecidas para los egresos.

Elabora acta de remate, conforme establece el Reglamento General de Bienes

del Sector Publico y legaliza con las firmas del Martillador, miembros de la

junta de adjudicatario, y la distribuye así: El original se archiva en la Junta,

primera copia de adjudicatario, segunda copia a la unidad de Activos Fijos

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para la entrega de los bienes y tercera copia a contabilidad para registro

contable.

Recibe copia de acta de remate, procede a la entregar los bienes al

adjudicatario, legaliza el acta de entrega recepción, conjuntamente con los

delegados designados para la diligencia y el adjudicatario el original envía a la

Junta, copia a contabilidad para que se realice el comprobante de egresos del

valor de los bienes, copia al adjudicatario y copia retiene para el registro

interno de archivos.

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Fuente: Reglamento Orgánico del ISPOL Elaborado: Patricio Estévez

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3.5.3 Enajenación de los activos fijos mediante venta directa

Previa resolución del H. Consejo Superior del ISSPOL, para la enajenación mediante

la “venta directa en privado”, deberá cumplirse los “procedimientos generales previos a

la enajenación” y que haya ocurrido uno de los supuestos siguientes:

A) Que se hubiese llamado por dos veces a remate y no existieren postores o las

posturas presentadas no fueren admisibles.

b) Que las posturas presentadas no fueran admitidas, y,

c) Que los bienes fuesen de tan poco valor y por tanto el producto del remate no satisfaga

los gastos del mismo;

Los procedimientos básicos para le venta directa son los siguientes:

El Director Económico Financiero del ISSPOL. Emitirá u informe al Director

General dando a conocer que se a cumplido con lo establecido con los literales a) y

b) anteriores y solicitara que por su intermedio se alcance del H. Consejo Superior la

Autorización correspondiente para realizar la venta directa de los activos fijo.

El H. Consejo Superior conocerá al pedido realizado por el Director General y

conforme a los dispuestos en Reglamentó General Sustitutivo para el Manejo y

Administración de Bienes del Sector Público, autorizara la venta directa previa la

emisión de una resolución, nombrado además para el efecto, la comisión que se

encargara de realizar la venta.

De entre los miembros de la comisión designada para la venta directa, se nombrara un

presidente, quien en la reunión de la misma dispondrá sus nombre a los peritos y

evaluadores, que en caso amerite, quienes elaboran un informe en el cual indica

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el precio de venta de los bienes, tomando en consideración las siguientes

condiciones:

a) Sera fijados al 100% del avalúo en caso de no haberse realizado un

remate previo;

b) Al 50% del avalúo luego de dos señalamientos al remate.

El secretario de la comisión realizara la publicación o la elaboración de los

carteles dando a conocer la venta directa de los bienes, hora, fecha, lugar de

apertura de los sobres con las propuestas, los mismos que será recibidos hasta la

fecha y horas señaladas en las publicaciones.

De existir ofertas, los miembros de la comisión se reunirán en la fecha y hora

señaladas, procederán a la apertura de los sobres en presencia de los interesados, la

comisión calificara las propuestas, adjudicara los bienes, siguiendo el orden de

preferencia establecidos el Art. 47 del Reglamento General sustitutivo para el

manejo y administración de bienes y sectores públicos, se procederá a realizar la

recaudación producto de la venta en la Tesorería del ISSPOL.

El secretario de la comisión elaborara el Acta de la Venta Directa, en original y

tres copias distribuidas para el H. Consejo Superior de las copias para el Departamento de

control de Activos Fijos y para el de Contabilidad para el registro correspondiente.

3.6 Procedimientos especiales

3.6.1 Entrega recepción al custodio principal

Una vez realizada la adquisición del activo fijo e ingresado a bodega, el encargado del control

de los activos fijos, conjuntamente con el jefe o encargado, previo la autorización del director

administrativo, procederá a entregar el bien en custodia al funcionario de la

dependencia donde se genero el pedido.

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Como dispone la normativa legal desde la firma de la entrega recepción el custodio principal

será el único responsable del cuidado y mantenimiento del activo fijo encargado en el área de

sus labores diarias en el Instituto, por ningún concepto deberá utilizar para otros fines los

que no sean los ya descrito, tampoco deberá sacar el bien de las instalaciones del

Instituto.

El documento que respalda esta diligencia se llama ”Entrega recepción de activo fijo”.

El director general del instituto como máxima autoridad administrativa, será el

responsable de determinar el procedimiento necesario para que la persona encargada de los

activos fijos de la dirección administrativa, realice la respectiva “Entrega recepción de los

activos fijos “a cada servidor del Instituto, firmando el documento por triplicado.

El funcionario custodio de los bienes responderá ´por el uso adecuados los mismos de

acuerdo de los mismos de acuerdo a la normativa legal vigente.

3.6.2 Traspaso de activos fijos a otra dependencia del Instituto

Los traspasos internos son cambios autorizados, realizados en una unidad

administrativa a otra, estos movimientos internos pueden ser temporales no podrán ser

mayores a 30 días, mientras que los definitivos serán con cambio de asignación, registrando

en el correspondiente formulario “traspaso interno de los activos fijos”, el mismo que será

realizado por el encargado del control de Activos y del encargado del ingreso Contable

de los activos fijos.

Para el movimiento de los activos fijos por traspaso de otra dependencia del instituto,

se deberá realizar de mediante el siguiente procedimiento:

Cuando existan bienes que no estecen siendo utilizados y sean necesarios en

otras dependencias del Instituto, el encargado de los activos fijos habrá

conocer mediante un informe sustentado, acerca del particular, al Director

Administrativo del ISSPOL, o también en el caso de presente el requerimiento

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del traslado de los activos fijos de una unidad administrativa a otra del

Instituto, en forma temporal o definitiva, a pedido de cualquier jefe

Departamental o funcionario que se encuentre realizando el bien se los

realizará solicitando la respectiva autorización por escrito al Director

Administrativo, quien de la misma manera, mediante un memorando al

encargado de los activos fijos, dispondrá que se realice la entrega recepción

de los bienes.

El director administrativo, una vez conocida el informe del encargados de

activo fijos, calificara si es procedentes o no y solicitara al Director General la

autorización para proceder con el cambio administrativo de los bienes.

El Director General que se realicen todas las diligencias con el custodio actual

que va a recibir los bienes, con el fin de que cambie la responsabilidad de los

mismos de acuerdo a lo determinado en las leyes y reglamentos respectivos,

específicamente lo determinado en la norma de control interno 305-07.

En caso de traslado temporal, se lo realizara igualmente con la autorización

escrita por parte del director administrativo a manera de préstamo, por un tiempo

máximo de 60 días, tiempo en el cual no haberse solicitado, el encargado de los

activos fijos procederán a realizar el traspaso definitivo.

El traspaso se deberá dejar suscrito en el formulario de “TRASPASO

INTERNO DE ACTIVOS FIJOS”.

Cuando se produzca un cambio de empleado, por consiguiente los bienes

cambien de custodia y responsabilidad, el personal encargado del control y

contabilización de los activos fijos, procederá a realizar una constatación física

de los bienes asignados al empleado saliente quien participara en la entrega

recepción de los bienes al nuevo empleado que será el custodio en adelante.

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Nro…

INSTITUTO DE SEGURIDAD SOCIAL DE LA POLICIA NACIONAL

ENTREGA RECEPCION DE BIENES

DETALLES DEL BIEN:

MARCA: SERIE:

TIPO: CODIGO:

COLOR:

ESPECIFICACIONES TECNICAS:

MEDIDAS:

TIPO DE MATERIAL:

OTROS:

EN LA CIUDAD DE………………. A LOS………. DIAS DEEL MES

DE…………… SE REALIZA LA ENTREGA RECEPCION DEL BIEN ANTES

DESCRIO ENTRE EL CUSTODIO PRINCIPAL Y EL ENCARGADO DE BODEGA.

CUSTODIO PRINCIPAL ENCARGADO

DE BODEGA

ENCARGADOS DEL ACTIVO FIJO

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Fuente: Reglamento Orgánico del ISPOL

Elaborado por: Patricio Estévez

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3.6.3 Mantenimiento de los vehículos

Los vehículos del ISSPOL, serán de exclusiva utilización para el cumplimiento de las

labores oficiales de la entidad, siendo los conductores quienes firmen como

responsables y custodios de los mismos, ellos deberán observar las siguientes

disposiciones para el mantenimiento de los vehículos:

Deberán requerir la orden de movilización de vehículos, por parte de la

Dirección General o la Dirección Administrativa.

Deberán llevar el historial del vehículo para los mantenimientos y kilometrajes

que no determinen a las normas técnicas de los vehículos.

Para el mantenimiento deberán solicitar con un tiempo prudencial,

El mantenimiento lo realizara en la casa donde se haya realizado el convenio

correspondiente,

El conductor encargado del vehículo prepara el informe correspondiente para

el sustento del pago por este servicio.

3.6.4 Registro contable e ingresos al patrimonio de la institución.

Una vez realizado el proceso de adquisición de los activos fijos, mediante el portal de

Compras Públicas, a la empresa seleccionada, a la documentación original completa

que respalda dicha adquisición queda para ser registrada y archivada en el

Departamento de Activos Fijos para el registro y control correspondiente, para lo cual

es necesario seguir el siguiente proceso.

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Previamente a la autorización del pago de la compra, la unidad de contabilidad

ya realiza el control previo a la adquisición, con lo cual ya conoce previamente

a la operación de compras.

Una vez que la comisión entrega recepción designada por el Director General

a recibido los bienes de entera satisfacción termina el proceso de adquisición

y la documentación completa pasa al Departamento Financiero y

Departamento de Activos Fijos para el registro contable y de control.

El registro contable se lo realizara como lo determina la Norma de Control

Interno 305-04, Sistema de registro, a su costo, en caso de compra a su valor

estimado en el mercado, cuando se haya recibido en donación.

Los costos por comisiones, Intereses, gastos extras, que se realicen por la

adquisición de bienes, se los contabilizara con cargo a estos.

Una vez ingresado los registros contables de la institución pasan a ser su

patrimonio y se mantendrán y un control individualizado de los mismos,

entregando a demás con la responsabilidades del caso a los custodios.

En caso de adicciones y mejoras realizadas a los activos fijos, se realizadas a

los activos fijos, se registraran como un aumento en valor en libros del activo.

Este procedimiento no se llevará a cabo de los casos en que se tenga que

cancelar valores normales por mantenimiento de los bienes.

3.6.5 Calculo de depreciaciones

La depreciación es la pérdida del valor de los bienes por el transcurso del tiempo de la

vida útil estimada, para lo cual se deberá tener en cuenta lo siguiente:

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Para el cálculo se deberá aplicar el método de la línea recta, el mismo que

deberá ser revelado con los estados financieros.

La depreciación se acumulara en la cuenta de valoración correspondiente,

(Depreciación acumulada), restando al archivo hasta que su valor quede en

cero o su valor residual fijado para el bien y se mantendrá hasta que el bien

haya sido retirado.

3.7 Administración de activos fijos en la identidad

3.7.1 Niveles de responsabilidad

Como lo especifica claramente la normativa legal, (Reglamento General de Bienes del

Sector Público, NCI. 110-13) la responsabilidad directa por el uso y mantenimiento de

los bienes, corresponde o todos los servidores de las identidades del sector público y a

aquellos que por efecto de convenios institucionales se encuentran laborando en la

institución y les hayan sido entregados los bienes para el cumplimiento de sus

funciones.

El titular de cada unidad administrativa será quien disponga a cada uno de los

funcionarios de esa unidad las políticas para el buen uso y conservación de los bienes.

El funcionarios del instituto a quien fuera entregado en custodia los bienes será el

responsable directo del uso adecuado y de la conservación de los mismos, hasta

cuando cumplas las funciones en la entidad y se realice la correspondiente entrega

recepción, con el nuevo custodio de los bienes.

3.7.2 Responsabilidad en la administración

La responsabilidad inicial acerca del control y administración de los bienes le

corresponden a la máxima autoridad, quien está en la obligación de velar por la

correcta adquisición, conservación y mantenimiento de los bienes institucionales,

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comparten la responsabilidad los jefes departamentales, directores, y en forma

sucesiva los demás miembros de la institución según su grado de jerarquía.

3.7.3 Responsabilidad en el registro

El registro y control contable de los bienes, específicamente de los activos fijos se lo

realizara en la Dirección Económica Financiera, Departamento de Contabilidad,

recayendo la responsabilidad específica de esta labor en el auxiliar de contabilidad

designado para el efecto.

En cada departamento deberán mantenerse los registros correspondientes acerca de

la determinación de la responsabilidad de la custodia de las bienes. Los registros de

responsabilidad personal de los bienes los mantendrá el Departamento de Servicios

Generales, específicamente el encargado de activos fijos.

3.7.4 Reposición de bienes

En caso de presentarse la pérdida de activos fijos, el custodio deberá dar a conocer a

la dirección administrativa, mediante un parte informativo, quien a su vez, dará a

conocer la Dirección General, para los procesos legales correspondientes.

Los bienes desaparecidos o dañados sin justificación, serán sujetos de reposición;

esta será en bienes de iguales o similares características al bien perdido o dañado, o

en valores a precios actuales de mercado.

3.7.5 Adiciones y mejoras

Cualquier desembolso o transferencias realizadas a terceros, que tengan por objeto

aumentar la capacidad operativa del activo fijo o alargar su vida útil, deberá registrarse

como un aumento al valor en libros del activo fijo.

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3.7.6 Información computarizada de los activos fijos

El departamento de activos fijos, mediante el uso de sistemas informático del ISSPOL,

será el encargado de integrar en el mismo los inventarios, con el fin de mantenerlos

actualizados, registrados y efectuara el control acerca de los custodios de los bienes.

3.7.7 Reposición de activos fijos en caso de pérdidas, desaparición o robo.

Los bienes desaparecidos por hurto, robo, abigeato o por cualquier hecho análogo,

solo podrán ser dados de baja cuando llegare a comprobarse al menos la infracción a

través del proceso penal o de otras diligencias que arrojen igual o similar fuerza

probatoria, siempre que no fuera imputable la desaparición por acción u omisión al

servidor inmediatamente encargado de la custodia de los bienes o del control de ellos.

Si la baja fuere pérdida o destrucción injustificada de los bienes, sin perjuicio de otras

responsabilidades a que pudiese haber lugar por el tal hecho, el servidor responsable

deberá reponer el bien con otro de igual naturaleza y características o pagar a su valor

de mercado. De no hacerlo se le descontara su valor de las remuneraciones o de

cualquier otro valor que tuviere a su favor en la entidad pública. Cuando se presentara

lo antes indicado, sin perjuicio de las acciones legales que corresponda, se deberá

notificar la particular a la Dirección General para que por su intermedio se informe al

Honorable Consejo Superior, adjuntado el informe jurídico correspondiente.

3.7.8.1 Constatación física de los activos fijos

Al realizar la constatación física de los activos fijos, se persiguen los siguientes

objetos:

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a) Mantener actualizados en forma de permanente los inventarios de activos fijos

de la institución.

b) Confirmar la ubicación existencial real de los bienes y de la nomina de los

responsables de su tenencia.

c) Conciliar los saldos físicos con los contables, tomando en consideración los

registros tanto del encargado de control de activos fijos como el encargado de

la contabilización de los mismos cuadrando con los mayores y auxiliares

contables.

d) Realizar los trámites legales y reglamentarios pertinentes y aplicar las acciones

correctivas necesarias tan pronto se establezcan faltantes de la existencia de

bienes obsoletos o inservibles.

3.7.8.1 alcance y periodicidad

Las constataciones de los activos fijos podrán realizarse en forma general y su

periodicidad estará en función de los montos involucrados movimientos, naturaleza y

posibilidades de extravió o desaparición, siendo recomendables que se lo practique en

corte de cuenta al 31 de diciembre de cada año.

También podrá efectuarse en forma parcial, sobre la base de rotación o por

requerimiento de determinada unidad administrativa o autoridad

Competente, así como, cuando se produzca cambios de custodio de los bienes.

3.7.8.2 Planificación y ejecución

La dirección administrativa con su unidad de activos fijos continuamente con la

Dirección Financiera y la asesoría de la unidad de Auditoría Interna, planificara las

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diligencias de las constataciones físicas, y en que intervendrán servidores

independientes de las funciones de registros, autorización y custodia de los activos

fijos, una vez que cuente con la aprobación de la Dirección General, dispondrá su

ejecución, cuyos resultados se presentaran en el acta o informe correspondiente con

sus respectivos anexos.

3.7.8.3 Presentación de resultados

Una vez designados a los grupos de trabajo, establecido flechas, dotado de los

materiales, previsto los gastos a incurrirse, y dado las instrucciones generales

correspondiente conforme a lo planificado, a cada equipo de trabajo, para la

verificación y se entregara un ejemplar realizado del “Inventarios de Activos Fijos”

correspondiente a la unidad o unidades administrativas asignadas, el cual servirá de guía y

base legal para la determinación de los resultados. También se les entregara los formularios

para la constatación física de activos fijos” cuyo formato podrá ser similar al formulario

“Inventarios de Activos Fijos por la Unidad Educativa”, en los que se consignaran los resultados

de la diligencia, y servirá como anexos del acta con los siguientes títulos según corresponda:

a) Detalle de activos fijos existentes según inventario.

b) Detallen de activo fijo existentes, que no constan en el inventario.

c) Detalle de activo fijos faltante según inventario.

d) Detalle de activo fijos obsoletos, en desuso o inservibles.

e) Detalles de los bienes que serán reclasificados con el Reglamento para el

control administrativo de los bienes no considerados activos fijos, publicado en

el registro oficial No. 26 de septiembre 16 de 1996.

3.7.8.4 Consideraciones generales

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Mientras se realice la constatación física, no se autorizan ingresos,

traspasos, baja de cualquier otra operación referente a los activos fijos, que pudiera

afectar a lo exactitud e los resultados obtenidos, concepto en casos especiales

dispuestos por autoridad competente.

Los bienes que se registren en el inventario como activos fijos, de referencia se

reconocerán como unidades independientes. En lo posible se evitara la identificación

de juegos o unidades compuestas, a menos que le falta un componente imposible su

uso o funcionamiento correcto.

Los bienes muebles que se encuentre clavados, empotrados, atornillados o pegados

en un inmueble, contablemente se consideran como parte de esta ultimo, no obstante

el servidor responsable de los bienes en cada unidad administrativa para efectos de

control llevara un listado detallado de estos bienes.

Los bienes que no reúnan las condiciones para ser clasificados como activos fijos,

pero tengan una vida superior a un año, tales como ciertos útiles de oficina, utensilios

de cocina, vajilla, lencería, instrumental médico, instrumento de laboratorio, libros,

discos, videos y herramientas menores, estarán sujetos a la medida de control interno

que establezca cada entidad pública, en base al “Reglamento para el control

administrativo de los bienes no considerados activos fijos” R.O. 26 de (16-09-96).

3.7.8.5 Procedimientos generales para la constatación física de los activos fijos.

Los encargados del control de los activos fijos del Instituto, procederán a la verificación

de existencia de numero de cedula de identidad no consta en el inventario, se registraran

en el anexo correspondiente, debiendo tomarse en cuenta, si estos corresponden a

adquisiciones, donaciones, traspaso no legalizado, etc.; lo cual se anotara en la

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columna de observaciones, y si los casos ameritan se adjuntara documentación de

sustento.

Para los bienes que no tengan inscrito su código se pondrá el que le corresponda

según el detalle respectivo, preparando para el efecto para el Departamento de

Control de Activos Fijos, de que se consignara en la columna código actual de anexos;

también se anotara el valor que consten en dos documentos respectivos.

Mientras que para los bienes que si tengan inscrito, este se convertirá en “código anterior”

se inscribirá el “actual”, se anotaran su especificaciones y su valor quedara pendiente

hasta la Unidad de activos Fijos, analice su procedimiento en base de su tarjeta

2Control de Activos Fijos por bien”.

El detalle de activos fijos establecidos como faltantes se registra en el anexo

correspondiente, destacándose en la columna de observaciones los motivos que han

originado tal faltante, adjuntándose según corresponda la siguiente información:

a) Dependencia, jefatura o subjefatura,

b) Nombre del funcionario responsable los bienes faltantes,

c) Función que desempeña

d) Numero de cedula de identidad

El anexo en referencia tendrá el carácter de provisional hasta que la unidad de

activo fijo, en base del análisis y depuración de los resultados generales

establezca los faltantes definitivos. Esta información también servirá para seguir

los trámites previstos en el presente manual, relativo a las bajas de los activos fijos.

El detalle de activo fijo que el equipo de trabajo considere como obsoletos, en desuso o

inservibles, se hará constar en el anexo respectivo, en el además se surgirá que, en base a

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las disposiciones legales, el Sr. Director Financiero emita por si o por delegación, el

informe correspondiente para proceder a la modalidad de enajenación o baja.

Este anexo con la parte pertinente del acta de constatación física documentos suficientes

para proceder con el trámite de enajenación o baja correspondiente, consecuentemente

suple al procedimiento de inspección previa prevista para estos casos.

La colocación de la etiqueta adhesiva en la inscripción, del pintado, u otra

modalidad de anotarse el código de identificación en los bienes, será de aplicación

de informe, conforme a lo establecido por la Dirección Administrativa.

Será la obligación de cada equipo de trabajar o dejarlos bienes constatados, con

sus códigos e identificación actual, es decir, si en algunos de ellos no constan, no

le corresponden al inventario o no es legible su código, se pondrá el que

corresponda, para lo cual en cada equipo de trabajo se le dotara de los

implementos necesarios

En el anexo “Constatación Física de Activos Fijos”, se anotara el código

anterior y el actual, entendiéndose por anterior que el constante al momento de

constatación física. Los anexos de la constatación física de activos fijos se

presentaran valorados en base al costo histórico de los bienes registrados en el

respectivo inventario, además se tendrá en consideración los siguientes aspectos.

a) Si los bienes adquiridos, aun no figuran el inventario, se registraran los valores

que consten en los documentos del sustento, como son las facturas, o nota de

venta.

b) Si existen bienes recibidos en donación sin sus valores, se estimara su costo

en relación con los precios de mercado y estado de los bienes, salvo en casos

en que por su monto y complejidad deba hacerlo la Dirección Administrativa,

previo el asesoramiento técnico que corresponda.

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c) En el anexo se anotaran los precios de los bienes constatados, que no figuran

el inventario que sirve de guía para la constatación y que entre otros

obedezcan a traspaso no legalizados, susceptibles de que la unidad de activos

fijos, en base de análisis posterior, determine lo que corresponda.

d) Para la constatación de bienes inmuebles, la dirección administrativa, solicita la

colaboración de la unidad de vivienda para que con sus profesionales realicen

la constatación física, analizando toda la constatación para verificar con los

documentos de origen y legalizar el informe respectivo.

3.7.8.6 Actualización de la tarjeta “Control de activos fijos por bien”

Tomando en cuenta los procedimientos básicos para la constatación física de

activos fijos, una vez realizados, se procederá a la actualización de la tarjeta

individual de ser necesario y si los bienes han sido de alguna oportunidad

traspasado a otra dependencia interna del instituto.

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INSTITUTO DE SEGURIDAD SOCIAL DE LA POLICIA NACIONAL

DEPARTAMENTO DE ACTIVOS FIJOS

TARJETA DE CONTROL DE ACTIVOS FIJOS

DENOMINACION DEL BIEN:

CODIGO DEL BIEN:

VALOR HISTORICO:

AÑOS DE VIDA UTIL:

UBICACIÓN DEL BIEN:

AÑOS DEP. ANUAL DEP. ACUM. VALOR EN

LIBROS

1

2

3

4

5

6

7

8

9

10

11

12

13

14

15

16

17

18

19

20

OBSERVACIONES:

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3.7.8.7 Elaboración de actas de la constatación física

Las actas e informes resultantes de la constatación física se presentaran a la

Dirección Administrativa, y esta al H. Consejo Superior del Instituto, con sus

correspondientes anexos debidamente legalizados con las firmas de conformidad, de

los servidores participantes.

.3.7.8.8. Resultados finales de la constatación física

La Dirección Administrativa por medio de la unidad de activos fijos, una vez que

disponga de las actas de la contratación física, remitido por los equipos de trabajos,

previo al análisis determina los resultados finales y pondrá a conocimiento de la dirección

para su aprobación. De inmediato notificara a cada unidad administrativa de los ajustes

realizados tendientes a precisar datos, como códigos, descripción, valor, custodios, etc.

De confirmarse los faltantes se determinara la baja conforme a los procedimientos

constante a los procedimiento constante en capitulo V de esta manual.

Procederá también a consolidar los inventarios parciales (Unidades Administrativas).

3.7.9 Control de activos fijos a nivel de departamento.

El director o jefe del departamento, será el responsable a realizar el control de los

bienes entregados a los funcionarios de este departamento, para esto, deberá

difundir la normativa creada para el efecto, y el presente Manual, con el fin de evitar

pérdidas, salida de bienes sin autorización, cambios de custodia, etc. Problemas que

en lo posterior podrían ser causa de responsabilidades.

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3.7.10 Control de activos fijos por usuario.

El funcionario, a quien para efecto del desempeño de las funciones, desempeñadas

en el Instituto, se le haya sido entregado bienes, será el director responsable de su

custodia, mantenimiento y buen uso, de existir alguna novedad respecto a los bienes

entregados para su custodia, deberá notificar al inmediato superior, quien deberá así mismo

notificar a la dirección Administrativa, para que se tome las acciones que correspondan,

en base a la normativa legal vigente, y esta manual.

3.7.11 Constatación física a nivel de dependencia

Como ya se ha notado, por lo menos una vez al año, los encargados de los activos fijos del

Instituto, tanto físico como contables, serán los responsables de realizar la constatación física,

previo a una planificación aprobada por la Dirección Administrativa. Una vez realizada la

constatación física, de existir novedades, inmediatamente hará conocer a la superioridad,

mediante una acta detallada acerca de la constatación, siguiendo los procedimientos

generales para descritos para las constataciones físicas de los activos fijos.

3.7.12 Requerimiento y traspaso de bienes.

El servidor responsable del control de los bienes de cada unidad, se encarga

además, de tramitar ante la Dirección Administrativa los requerimientos de activos

fijos para uso de la unidad, y los requerimientos de activos fijos para uso de la

unidad, y los relacionados con el mantenimiento y reparación; así como de transmitir

el traspaso y entregas-recepciones de bienes. Debiendo mantener un archivo de

todos los tramites realizados y especialmente de los inventarios de la dependencia.

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3.7.13 Mantenimiento y medidas de control de los activos fijos Mantenimiento

preventivo y correctivo,

La dirección administrativa, a través del Departamento de Servicios Generales y los

empleados encargados del control y custodia de los activos fijos, velara por el

mantenimiento y salvaguarda de todos los bienes inmuebles de la que se encontrare

bajo su administración.

El mantenimiento puede ser preventivo correctivo. El preventivo consiste en la

ejecución periódica de revisión y control y custodia de los activos fijos, velaran por el

mantenimiento y salvaguarda de todos los bienes muebles e inmuebles de la

Institución que se encontrare bajo su administración.

El mantenimiento puede ser preventivo y/o correctivo. El preventivo consiste en le

ejecución periódica de revisión y control de los activos los mismos que evitaran

cualquier daño posterior, mientras que el mantenimiento correctivo será el que una

empresa especializada lo realice para la reparación de un bien que debido a su

actividad productiva, o por causa imprevista se haya dañado.

Es responsabilidad de la máxima autoridad del Instituto de los bienes en lo que a su

mantenimiento se refiere, a fin de conservar da la mejor manera a sus bienes, y no

afecta sus condiciones operativas.

3.7.14 Responsabilidad de los custodios,

Cada empleado y miembro de la institución será responsable de la custodia, y cuidado

de los bienes entregados a él para el desempeño normal de sus actividades, y por

ningún motivo podrá utilizar estos bienes para otro fin, podría ser personal o

particulares, o trasladarlos a un lugar donde cumple sus funciones.

3.7.15 Responsabilidades especiales para custodios de los vehículos.

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Los vehículos en cualquier institución, son el medio de apoyo sumamente importante

para las labores diarias, por consiguiente, su cuidado y conservación tendrá la misma

importancia, es así que, su responsabilidad deberá ser entregada al conductor que

posea la técnica y practica necesaria para su conducción, aparte de los

documentos legales correspondientes, como son las licencias otorgadas por el

consejo nacional de transito.

La entrega se realizara tomando en cuenta el estado del vehículo, el detalle de los

mantenimientos que se los a realizado, y, los más importantes, la entrega del libro

de vida del vehículo, donde se hará contar en detalle todos los mantenimientos y

reparaciones realizadas al automotor, desde su adquisición.

La utilización de los vehículos del Instituto, fuera del horario de normas de trabajo,

se la realizara previo a la autorización del director general.

3.7.16 Medidas de seguridad para los activos fijos.

Con el fin de evitar cualquier siniestro, robo, perdida de los bienes institucionales,

la máxima autoridad deberá crear un sistema de control y responsabilidad para

todo el edificio, donde se den las disposiciones claras para efectuarlos. El

personal de guardia del ISSPOL, será el responsable fuera de las horas normales

de labores del personal, realizando para el efecto el control a todo el personal que

ingrese y egrese al edificio, controlando que todas las oficinas queden con las

debidas seguridades.

En lo que se refiere a las seguridades de las instalaciones del Instituto, y sus

respectivos bienes, la Dirección General dispondrá que la Dirección

Administrativa, que se dote de los implementos necesarios tales como candados,

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cerraduras, etc. Para que cada uno de los departamentos cuenten con la

seguridad necesaria.

Así mismo el director general deberá alcanzar del Honorable Consejo Superior, la

autorización para la contratación del seguro de fidelidad de todos los bienes del

instituto, convocando para el efecto de las empresas aseguradoras que garanticen

con su prestigio la cobertura de todos los bienes del ISSPOL.

Funcionarios que deben presentar caución.- Tomando en consideración el

reglamento general de los servidores públicos que desempeñan las funciones de

recepción, custodia administración de bienes y valores, deberán rendir una

caucion al momento de iniciar sus funciones.

La exoneración de no presentar caución, no exime de responsabilidad al momento

de determinarse inapropiada manipulación, descuido o perdida de bienes

entregados a su custodia.

En los casos de erogaciones que se necesitan para mantenimiento normal de los

activos fijos, no se realizara el procedimiento anterior.

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Conclusiones y recomendaciones

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Conclusiones:

Hasta la presente del ISSPOL, ha estado utilizando el reglamento interno para

efectos de adquisiciones y otras actividades relacionadas con entradas y

salidas de activos fijos como mantenimientos, venta, baja, etc. El mismo que

contiene algunas Instituciones muy generales lo cual permite ejercer un control

efectivo de los bienes.

En el ISSPOL no se ha brindado capacitación al personal dedicado a la función

de control y custodia de los bienes del Instituto.

No existe un espacio físico y el material necesario para que el personal del

control de los activos fijos desempeñe a cabalidad sus funciones.

Desde la creación del instituto no se ha realizado levantamientos físicos, por lo

tanto no se encuentra con un inventario razonable, por tal motivo era necesario

que se elabore lo más urgente posible un manual interno para la administración

y control de los activos fijos.

La falta de un manual ha sido la causa para que no se tenga en cuenta los

procedimientos a realizarse para los ingresos y egresos de los bienes del

Instituto, en tal virtud se ha realizado estos procedimientos sin tener ninguna

base.

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RECOMENDACIONES:

El presente manual tiene por objetivo normar las actividades y control y

administración de bienes del ISSPOL, por lo que se recomienda poner en

funcionamiento y que todas las personas involucradas en las actividades de

administración y control tomen en cuenta los procedimientos descritos para

cada una de las actividades.

La Dirección General deberá impartir las disposiciones del caso para que todo

el personal del personal del instituto preste la debida colaboración para el

departamento de control de activos fijos realice su trabajo tanto en los ingresos,

egresos o verificación física de los activos fijos.

La Dirección de Recursos Humanos deberá programar los cursos necesarios y

la contabilización de los activos fijos, de ser factible se acceda a los cursos

dictados por la Contraloría General del Estado.

La Dirección Administrativa deberá proveer del espacio físico, equipos y

materiales necesarios para que el buen funcionamiento del departamento de

control de activos fijos.

La Dirección Administrativa debe disponer que el encargado del control de los

activos fijos en coordinación con el responsable de la contabilización de los

activos fijos realice el levantamiento de los activos fijos, por lo menos una vez

al año.

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Interno para las Entidades, organismos del sector público y personas jurídicas

de derecho privado que dispongan de recursos públicos: Acuerdo 039-CG-

2009(16/11/2009)R.O.78(01-12-2009) Y SUPLEMENTO R.O. 87(14/12/2009)