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División de Ciencias de la Salud, Biológicas y Ambientales | Ingeniería en Energías Renovables 1 U1 Mantenimiento y seguridad industrial Normatividad Mexicana de Seguridad Industrial Mantenimiento y seguridad industrial Normatividad Mexicana de Seguridad Industrial U1 Programa de la asignatura:

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NORMATIVIDAD MEXICANA

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U1

Mantenimiento y seguridad industrial

Normatividad Mexicana de Seguridad Industrial

Mantenimiento y seguridad

industrial

Normatividad Mexicana de

Seguridad Industrial U1

Programa de la asignatura:

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Mantenimiento y seguridad industrial

Normatividad Mexicana de Seguridad Industrial

Índice

Unidad 1. Normatividad Mexicana de Seguridad Industrial .......................................... 3

Presentación de la unidad .............................................................................................. 3

Propósitos ...................................................................................................................... 4

Competencia específica ................................................................................................. 5

1.1. Conceptos y definiciones ......................................................................................... 8

1.1.1. Evolución de la cultura de seguridad ................................................................. 9

1.1.2. Seguridad en el trabajo ................................................................................... 10

1.1.3. Riesgo y peligro .............................................................................................. 10

1.1.4. Incidente, accidente y accidente de trabajo ..................................................... 11

1.1.5. Enfermedad y enfermedad de trabajo ............................................................. 12

1.2. Fundamentos legales de la seguridad industrial .................................................... 13

1.2.1. Jerarquía jurídica ............................................................................................ 13

1.2.2. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos .................................. 13

1.2.3. Ley Federal del Trabajo .................................................................................. 17

1.2.4. Reglamento Federal de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente de Trabajo ..... 19

1.2.5. Normas Oficiales Mexicanas ........................................................................... 20

1.3. Materiales y sustancias peligrosas ........................................................................ 23

1.3.1. Manejo, trasporte y almacenamiento .............................................................. 24

1.3.2. Equipo de protección personal y grupal .......................................................... 32

Evidencia de aprendizaje. Caso “seguridad en la empresa” parte 1 ............................. 34

Autorreflexiones ........................................................................................................ 34

Cierre de la unidad ....................................................................................................... 34

Fuentes de consulta ..................................................................................................... 34

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Mantenimiento y seguridad industrial

Normatividad Mexicana de Seguridad Industrial

Unidad 1. Normatividad Mexicana de Seguridad Industrial

Presentación de la unidad

A partir de los años 50´s la industria nacional como internacional ha sufrido un crecimiento

importante impulsado por el desarrollo de los Sistemas de Gestión. Esto ha obligado a

prestar cada vez más atención al tema de la seguridad en las empresas, desarrollando

una serie de leyes y reglamentos que han ido regulando las condiciones de seguridad

industrial en el mundo y en México.

En México se cuenta con un sistema jurídico importante en torno a este tema y en esta

unidad se pretende brindar una forma sencilla para conocer la legislación mexicana

existente, su jerarquía y enfoque, así como los conceptos y definiciones necesarios para

su comprensión. Una vez que la conozcas y la comprendas, serás capaz de identificar las

condiciones de seguridad y situaciones de riesgo en un área de trabajo específica y las

condiciones generales para prevenir accidentes.

Bienvenido(a).

Seguridad en la instalación de sistemas de energías renovables.

http://energiasrenovadas.com/marruecos-generara-50-000-empleos-en-energia-solar-

movilizando-inversiones-de-12-350-millones-de-euros/

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Mantenimiento y seguridad industrial

Normatividad Mexicana de Seguridad Industrial

Propósitos

Al finalizar el estudio de la unidad:

1 Identificarás los términos utilizados en seguridad industrial.

2 Identificarás la normatividad mexicana aplicable en seguridad industrial, así

como su jerarquía y enfoque.

3 Identificarás los equipos de protección y su aplicación.

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Mantenimiento y seguridad industrial

Normatividad Mexicana de Seguridad Industrial

Competencia específica

Unidad 1

Identifica las condiciones de seguridad en un área de trabajo para la detección de riesgos y prevención de accidentes a partir de la Normatividad Mexicana de Seguridad Industrial.

Identifica los factores de riesgos físicos, químicos, biológicos,

ergonómicos o psicosociales para evitar condiciones inseguras en

el área de trabajo mediante el análisis de incidentes.

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Mantenimiento y seguridad industrial

Normatividad Mexicana de Seguridad Industrial

Planeación del

docente en línea

Es un espacio diseñado para que tu docente en línea

establezca su planeación didáctica, es decir, el diseño de

cada una de las actividades que debes realizar.

Recuerda estar atento a dicho espacio para revisar las

indicaciones precisas, por ejemplo, fechas de entrega,

formatos, materiales de consulta, actividades o ejercicios

que te aportarán en tu aprendizaje.

También en este espacio tu docente en línea te indicará al

finalizar el curso la actividad que deberás entregar en la

Asignación a cargo del docente en línea, así que mantente

atento a lo largo del curso, y revisa constantemente esta

herramienta, porque será la comunicación directa con tu

docente en línea sobre cada una de las actividades a

entregar.

Por lo tanto, este espacio solo es de consulta y no es

necesario que participes en él.

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División de Ciencias de la Salud, Biológicas y Ambientales | Ingeniería en Energías Renovables 7

U1

Mantenimiento y seguridad industrial

Normatividad Mexicana de Seguridad Industrial

Foro de dudas Este es un espacio de consulta y comunicación, recuerda

que fue delimitado para resolver inquietudes y compartir

ideas sobre los aspectos que abordarás durante el

semestre.

El objetivo del foro es generar una mejor comunicación con

tus compañeros(as) y docente en línea.

Para desarrollar algún planteamiento sobre la asignatura,

deberás realizar lo siguiente:

1. Revisa los comentarios desarrollados por tus

compañeros(as) para saber si ya existen aportes

similares a tu planteamiento.

2. Si no es así, describe tu planteamiento de forma

clara para que todos(as) puedan comprenderlo y te

ayuden a resolverlo.

*Se recomienda que en caso de que ya exista un

planteamiento hecho por alguien más y que sea

similar al tuyo, puedes describir tu respuesta a este

planteamiento en esa misma línea de discusión para

evitar temas duplicados.

3. Espera a que tu docente en línea u otro(a)

compañero(a) te responda.

Además de exponer tus dudas, puedes apoyar en contestar

las que generan tus compañeros(as), si es el caso, puedes

realizar lo siguiente:

Consulta los comentarios de tus compañeros(as) y

si tienes la respuesta, ayúdalos para que resuelvan

sus inquietudes. *Recuerda que al hacerlo lo

deberás realizar de forma respetuosa y clara,

siempre enfocándote en las cuestiones académicas.

*Para dar solidez a los comentarios que hagas

relacionados con el contenido de la asignatura,

respalda tus aportes con fuentes de referencia

confiables. (Artículos científicos, libros, páginas web

de universidades, etc.).

*No olvides que tu docente en línea estará al pendiente

de todos los comentarios que se emitan en el foro, ya que

él es el (la) encargado(a) de mediar y cerrar este espacio.

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Mantenimiento y seguridad industrial

Normatividad Mexicana de Seguridad Industrial

1.1. Conceptos y definiciones

Hasta antes de la Revolución Mexicana en 1910 en México existían solamente dos leyes

en materia de seguridad industrial, una de 1904 creada por José Vicente Villada, que

aplicaba para el Estado de México y otra de 1906 de Bernardo Reyes con aplicación en el

estado de Nuevo León. En ellas ya se hablaba de reconocer el accidente de trabajo y la

responsabilidad del patrón en la indemnización por el mismo.

En el año de 1917 es cuando las garantías sociales son incluidas en la Constitución

Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 123 y de ella se deriva la Ley

Federal del Trabajo en 1931, sin embargo, dado las circunstancias que vivía el país dicha

ley fue revisada, reformada y puesta en vigor el 1º de Mayo de 1970.

En este mismo artículo (123 constitucional) en la fracción XXIX se habla de la necesidad

de establecer un sistema de seguro social, lo cual genera en 1943 la ley que crea el

Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).

En México se han creado leyes y reglamentos que a través de la historia han regulado las

condiciones de seguridad industrial en nuestro país, como se muestra en la Tabla 1.1.

Tabla 1.1. Cronograma de leyes y reglamentos de México.

Año Ley

1857 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos: ya se hablaba de proteger a los

trabajadores.

1904 Ley de Villada: con aplicación en el Estado de México, protección al trabajador.

1906 Ley de Reyes: con aplicación en el Estado de Nuevo León, contenía las normas que

regulaban la jornada laboral en cuanto al tiempo, forma y lugar para desarrollar del trabajo.

1917

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos: contiene una sección completa

para garantizar las condiciones de trabajo óptimas, las indemnizaciones y sanciones en los

casos necesarios.

1931 Ley Federal del Trabajo.

1943 Ley del Instituto Mexicano del Seguro Social.

1946 Nuevo Reglamento de Higiene del Trabajo.

1970 Reformas a la Ley Federal del Trabajo.

1973 Reformas de Ley del Instituto Mexicano del Seguro Social.

1978 Reglamento General de Seguridad e Higiene en el Trabajo.

1986 Reformas de Ley del Instituto Mexicano del Seguro Social.

1991 Instructivos del Reglamento General de Seguridad e higiene en el Trabajo.

1993 Normas Oficiales Mexicanas aplicables a la Seguridad e Higiene industrial.

1997 Reglamento Federal de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente de Trabajo.

1997 Reformas de Ley del Instituto Mexicano del Seguro Social.

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Mantenimiento y seguridad industrial

Normatividad Mexicana de Seguridad Industrial

1.1.1. Evolución de la cultura de seguridad

En un inicio se pensaba que la seguridad era responsabilidad del gerente, por lo tanto la

seguridad del empleado “dependía” de este. Al evolucionar el concepto, se pensaba que

la seguridad era responsabilidad de cada individuo. Hasta llegar al día de hoy en que

afirmamos que la seguridad es responsabilidad de todos, es un trabajo compartido de

supervisión mutua y trabajo colaborativo, como muestran la Figura 1.1 y la Tabla 1.1.

Figura 1.1. Índices de lesiones para las diferentes formas de seguridad.

Tabla 1.2. Características de las formas de seguridad.

Dependiente

“Mi seguridad es

responsabilidad del

gerente”

Independiente

“La seguridad es mi

responsabilidad”

Interdependiente

“La seguridad es

responsabilidad de todos”

Compromiso de la gerencia

por crear un ambiente

seguro

Conocimientos, compromiso

y estándares personales

Fomentar el trabajo en

equipo sobre seguridad

La seguridad como

condición de empleo

Reconocer, asimilar y

valorar la seguridad

Desarrollar un interés por lo

demás

Supervisión y capacidad

continua en seguridad

Poner en práctica, hacerlo

un hábito Supervisión mutua

Control, énfasis y metas

establecidas por el

supervisor

Involucrarse en los

procesos de mejora

Buscar la satisfacción

común

Valorar a todos los

empleados

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Mantenimiento y seguridad industrial

Normatividad Mexicana de Seguridad Industrial

1.1.2. Seguridad en el trabajo

La seguridad industrial significa más que una simple situación de seguridad física, una

situación de bienestar personal o un ambiente de trabajo idóneo. Hasta hace poco se

pensaba más en las máquinas, en los tiempos y la maximización de beneficios que en el

individuo, elemento por demás importante en el proceso productivo. Con Taylor1 se

trataba al hombre como una máquina y se explotaba al máximo sus energías, sin

considerarlo como un ser humano pensante, ya que medía su rendimiento, cronometraba

sus tiempos y premiaba a quien más rendía. Esto aumento de manera indirecta los

riesgos y con ello la predisposición a los accidentes, originando con esto la falta de

seguridad en el trabajo.

Jardillier2 en su obra L´Organization Humaine du Travail dice: “Hasta hoy el hombre debía

adaptarse a un trabajo concebido, estructurado y organizado según criterios estrictamente

técnicos y económicos”. Esto basado en el hecho de que el trabajo ha evolucionado

permitiendo abandonar el sistema tayloriano, lo cual representa aspectos favorables para

el trabajador, como disminución de causas de accidentes, fatiga y ausentismos.

La corriente actual de la organización en grupos de trabajo permite al trabajador mayor

participación en la gestión de la empresa lo cual ha reflejado una reducción importante en

los accidentes de trabajo.

Para dar una idea general de la importancia de la seguridad industrial revisa las siguientes

estadísticas:

Los accidentes de trabajo representan la quinta parte del total de accidentes.

Afectan a unos 2,100, 000 personas al año.

Datos recientes indican que 100, 000 personas al año (a nivel mundial) mueren en

accidentes industriales, 1, 500, 000 quedan heridos de gravedad; y existen unas

600, 000 sustancias tóxicas que producen enfermedades profesionales.

1.1.3. Riesgo y peligro

Existen muchas formas de definir riesgo y peligro, tal como se define en el diccionario el

riesgo que proviene del italiano risico o rischio que, a su vez, tiene origen en el árabe

clásico rizq (“lo que depara la providencia”). Este término expresa la proximidad o

posibilidad de que ocurra un daño. En tanto que, la palabra peligro proviene del latín

1 Taylor: (1856 - 1915) ingeniero mecánico y economista estadounidense, promotor de la organización científica del trabajo

y es considerado el padre de la Administración Científica.

2 Pierre Jardillier (1922-2006), autor de numerosas obras de Psicología Industrial era un psicólogo, consultor y profesor de

la Escuela de Psicólogos Profesionales del Instituto Católico de París.

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Mantenimiento y seguridad industrial

Normatividad Mexicana de Seguridad Industrial

pericŭlum, que significa el hecho inminente de que pase algo malo. Se podría entonces

asegurar de acuerdo a estas definiciones que riesgo y peligro son sinónimos. Sin

embargo, para la legislación mexicana en materia de seguridad industrial estas dos

palabras tienen significados diferentes, por lo que siempre que se refiera a ellas dentro de

este ámbito significaran:

Riesgo

Los procesos, actividades, operaciones, equipos o productos que, ante la ausencia

de medidas preventivas específicas, pueden originar daño a la salud y afectar la

seguridad de los trabajadores que las desarrollan o utilizan; (Reglamento De

Seguridad, Higiene Y Medio Ambiente En El Trabajo Del Sector Público Federal.

Capítulo 1. Artículo 2).

Los accidentes y enfermedades a que están expuestos los trabajadores en

ejercicio o con motivo del trabajo. (Ley Federal del Trabajo. Titulo noveno. Artículo

473).

Peligro

Conjunto de actividades derivadas del trabajo, que generan condiciones inseguras

y sobreexposición a los agentes físicos, químicos o biológicos, capaces de

provocar daño a la salud de los trabajadores o al centro de trabajo; (Reglamento

De Seguridad, Higiene Y Medio Ambiente En El Trabajo Del Sector Público

Federal. Capítulo 1. Artículo 2).

1.1.4. Incidente, accidente y accidente de trabajo

Es necesario que se maneje una misma terminología a lo largo de la asignatura y con esa

finalidad se presentan tres de los términos que se estarán utilizando constantemente:

Incidente

Según la Ley Federal del Trabajo incidente es un acontecimiento no deseado, que

bajo circunstancias ligeramente diferentes, podría haber resultado en lesiones a

las personas, daño a la propiedad o pérdida para el proceso.

Y según la Norma Oficial Mexicana es un evento que puede dar como resultado un

accidente o tiene el potencial para ocasionarlo.

Accidente

Según la Ley Federal del Trabajo accidente es un suceso no deseado, que da

como resultado lesiones a las personas, daño a la propiedad o pérdida para el

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Mantenimiento y seguridad industrial

Normatividad Mexicana de Seguridad Industrial

proceso. Es consecuencia del contacto con una sustancia, objeto o exposición en

su medio, por arriba de la capacidad límite del cuerpo de la persona o estructura.

Según la Norma Oficial Mexicana accidente es un evento no deseado que da lugar

a pérdidas de la vida o lesiones, daños a la propiedad o al medio ambiente de

trabajo.

Accidente de trabajo

La Ley Federal de Trabajo considera accidente de trabajo toda lesión orgánica o

perturbación funcional, inmediata o posterior, o la muerte, producida

repentinamente en ejercicio, o con motivo del trabajo, cualesquiera que sean el

lugar y el tiempo en que se presente. Quedan incluidos en la definición los

accidentes que se produzcan al trasladarse directamente de su domicilio al lugar

de trabajo y de éste a aquél. (artículo 474, Ley Federal del trabajo).

1.1.5. Enfermedad y enfermedad de trabajo

Se continúa con los términos necesarios para la construcción de materia en seguridad

industrial, tales como:

Enfermedad

En el lenguaje cotidiano, la enfermedad es entendida como aquello que causa una

alteración o una desarmonización en el sujeto, ya sea a nivel molecular, corporal,

mental, emocional o espiritual.

Enfermedad de trabajo

Enfermedad de trabajo es todo estado patológico derivado de la acción continuada

de una causa que tenga su origen o motivo en el trabajo o en el medio en que el

trabajador se vea obligado a prestar sus servicios. (artículo 475, Ley Federal del

trabajo).

Actividades

Participa en la Actividad 1. Glosario, solo espera que

tu docente en línea te proporcione las indicaciones

para realizar la actividad.

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Normatividad Mexicana de Seguridad Industrial

1.2. Fundamentos legales de la seguridad industrial

Para muchas personas hablar de leyes resulta muy complicado, como si fuera un idioma

imposible de entender. Puede ser que te parezca aburrido e innecesario, pero es muy

importante que entiendas, por lo menos, los conceptos básicos de la legislación mexicana

en torno a la seguridad industrial, porque en ella está basada toda relación laboral, en ella

se establece los compromisos y derechos que adquieres cuando eres contratado por una

empresa.

1.2.1. Jerarquía jurídica

Piramide juridica de Kelsen

Se analiza ahora la Piramide de Kelsen donde se categorizan las normas desde un

estado superior a otro inferior y se representa la supremacía de una sobre otra, como

muestra la Figura 1.2.

Figura 1.2. Pirámide de Kelsen.

1.2.2. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos es el marco legal con el que se

rige actualmente en México. Es de aplicación federal y estatal, y las organizaciones, los

ciudadanos y las personas que viven en México deben cumplirla. La Constitución de 1917

fue la primera constitución en la historia en incluir los derechos sociales, además de las

Constitución Política de los

Estados Unidos Mexicanos

Ley Federal del Trabajo y

Tratados Internacionales

Reglamento de Seguridad e

Higiene en el Trabajo

Normas Oficiales

Mexicanas

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Mantenimiento y seguridad industrial

Normatividad Mexicana de Seguridad Industrial

garantías individuales buscando el equilibrio socioeconómico en el país a través de

políticas en materia educativa, laboral y de respeto a los grupos marginados, marcando

con ello un precedente en 17 Constituciones posteriores incluida la Constitución de la

República de Weimar3.

La constitución fue promulgada el 5 de febrero de 1917 y entro en vigor el 1 de mayo del

mismo año. Su contenido ha sido reformado casi 200 veces y es muy diferente a la

versión original de 1917.

La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos cuenta con 136 artículos y 19

artículos transitorios, divididos en 9 títulos:

1.- Titulo Primero está dividido en cuatro capítulos que contienen 38 artículos (del 1 al

38).

1.a. Capítulo I. Los Derechos Humanos y sus Garantías

1.b. Capítulo II. De los mexicanos

1.c. Capítulo III. De los Extranjeros

1.d. Capítulo IV. De los Ciudadanos Mexicanos

Para efectos de esta asignatura los artículos más relevantes del título primero son:

ART. 4. Entre otras cosas, establece el derecho a la salud de los mexicanos.

... Toda persona tiene derecho a la protección de la salud. La ley definirá las bases

y modalidades para el acceso a los servicios de salud y establecerá la

concurrencia de la federación y las entidades federativas en materia de salubridad

general, conforme a lo que dispone la fracción XVI del artículo 73 de esta

Constitución.

... Toda persona tiene derecho a un medio ambiente adecuado para su desarrollo

y bienestar.

ART. 5. Establece el derecho que tienen todas las personas al trabajo digno.

...A ninguna persona podrá impedirse que se dedique a la profesión, industria,

comercio o trabajo que le acomode, siendo lícitos...

...Nadie podrá ser obligado a prestar trabajos personales sin la justa retribución y

sin su pleno consentimiento, salvo el trabajo impuesto como pena por la autoridad

judicial, el cual se ajustará a lo dispuesto en las fracciones I y II del artículo 123....

3 La Constitución de Weimar promulgada en 1919 junto a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

promulgada dos años antes, dieron origen al constitucionalismo social, que estableció el Estado de bienestar y reconoció los derechos de los trabajadores.

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Mantenimiento y seguridad industrial

Normatividad Mexicana de Seguridad Industrial

2.- Titulo Segundo está dividido en dos capítulos que contienen 10 artículos (del 39 al

48).

2.a. Capítulo I. De la Soberanía Nacional y la Forma de Gobierno

2.b. Capítulo II. De las Partes Integrantes de la Federación y del Territorio Nacional

3.- Título Tercero está dividido en cuatro capítulos que contienen 58 artículos (del 49 al

107).

3.a. Capítulo I. De la División de Poderes

3.b. Capítulo II. Del Poder Legislativo

3.c. Capítulo III. Del Poder Ejecutivo

3.d. Capítulo IV. Del Poder Judicial

4.- Titulo Cuarto contiene 7 artículos (del 108 al 114). De las Responsabilidades de los

Servidores Públicos y Patrimonial del Estado.

5.- Titulo Quinto contiene 8 artículos (del 115 al 122). De los Estados de la Federación y

del Distrito Federal.

6.- Título Sexto contiene 1 artículo (el 123), Del Trabajo y de la Previsión Social.

ART. 123. Establece todos los principios de la legislación en materia de Trabajo,

incluyendo a la Seguridad e Higiene.

...Toda persona tiene derecho al trabajo digno y socialmente útil; al efecto, se

promoverán la creación de empleos y la organización social para el trabajo,

conforme a la ley. El congreso de la unión, sin contravenir a las bases siguientes,

deberá expedir leyes sobre el trabajo, las cuales regirán entre los obreros,

jornaleros, empleados domésticos, artesanos y de una manera general, todo

contrato de trabajo:

I. La duración de la jornada máxima será de ocho horas;

II. La jornada máxima de trabajo nocturno será de 7 horas. Quedan prohibidas:

las labores insalubres o peligrosas, el trabajo nocturno industrial y todo otro

trabajo después de las diez de la noche, de los menores de dieciséis años;

III. Queda prohibida la utilización del trabajo de los menores de catorce años. Los

mayores de esta edad y menores de dieciséis tendrán como jornada máxima

la de seis horas;

IV. Por cada seis días de trabajo deberá disfrutar el operario de un día de

descanso, cuando menos;

V. las mujeres durante el embarazo no realizaran trabajos que exijan un esfuerzo

considerable y signifiquen un peligro para su salud en relación con la

gestación; gozaran forzosamente de un descanso de seis semanas anteriores

a la fecha fijada aproximadamente para el parto y seis semanas posteriores al

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Mantenimiento y seguridad industrial

Normatividad Mexicana de Seguridad Industrial

mismo, debiendo percibir su salario íntegro y conservar su empleo y los

derechos que hubieren adquirido por la relación de trabajo. En el periodo de

lactancia tendrán dos descansos extraordinarios por día, de media hora cada

uno, para alimentar a sus hijos...

XII. Queda prohibido en todo centro de trabajo el establecimiento de expendios de

bebidas embriagantes y de casas de juegos de azar...

XIII. Las empresas, cualquiera que sea su actividad, estarán obligadas a

proporcionar a sus trabajadores, capacitación o adiestramiento para el trabajo.

La ley reglamentaria determinara los sistemas, métodos y procedimientos

conforme a los cuales los patrones deberán cumplir con dicha obligación...

XIV. Los empresarios serán responsables de los accidentes del trabajo y de las

enfermedades profesionales de los trabajadores, sufridas con motivo o en

ejercicio de la profesión o trabajo que ejecuten; por lo tanto, los patronos

deberán pagar la indemnización correspondiente, según que haya traído como

consecuencia la muerte o simplemente incapacidad temporal o permanente

para trabajar, de acuerdo con lo que las leyes determinen. Esta

responsabilidad subsistirá aun en el caso de que el patrono contrate el trabajo

por un intermediario...

XV. El patrón estará obligado a observar, de acuerdo con la naturaleza de su

negociación, los preceptos legales sobre higiene y seguridad en las

instalaciones de su establecimiento, y a adoptar las medidas adecuadas para

prevenir accidentes en el uso de las máquinas, instrumentos y materiales de

trabajo, así como a organizar de tal manera este, que resulte la mayor

garantía para la salud y la vida de los trabajadores, y del producto de la

concepción, cuando se trate de mujeres embarazadas. Las leyes contendrán,

al efecto, las sanciones procedentes en cada caso...

XXIX. Es de utilidad pública la ley del seguro social, y ella comprenderá seguros de

invalidez, de vejez, de vida, de cesación involuntaria del trabajo, de

enfermedades y accidentes, de servicios de guardería y cualquier otro

encaminado a la protección y bienestar de los trabajadores, campesinos, no

asalariados y otros sectores sociales y sus familiares;

XXXI. La aplicación de las leyes del trabajo corresponde a las autoridades de los

estados, en sus respectivas jurisdicciones...

7.- Título Séptimo contiene 11 artículos (del 124 al 134). De las Prevenciones Generales.

8.- Título Octavo contiene 1 artículo (el 135). De las Reformas de la Constitución.

9.- Titulo Noveno contiene 1 artículo (el 136). De las la Inviolabilidad de la Constitución.

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Mantenimiento y seguridad industrial

Normatividad Mexicana de Seguridad Industrial

1.2.3. Ley Federal del Trabajo

La ley federal del trabajo es la que regula las relaciones entre los trabajadores y los

patrones conocidas como relaciones obrero patronales. En ella se especifica cuáles son

los derechos y obligaciones del trabajador y del patrón.

El trabajo está consagrado en la ley como un derecho y un deber social; en este se exige

respeto para las libertades y dignidad de quien lo presta y debe efectuarse en condiciones

que aseguren la vida, la salud y un nivel económico decoroso para el trabajador y su

familia.

Según la Ley Federal del trabajo se entiende por:

Trabajo toda actividad humana, intelectual o material, independientemente del

grado de preparación técnica requerido por cada profesión u oficio.

Trabajador es la persona física que presta a otra (física o moral) un trabajo

personal subordinado.

Patrón es la persona física o moral que utiliza los servicios de uno o varios

trabajadores.

La Ley Federal de Trabajo cuenta con 1010 artículos y 13 artículos transitorios, divididos

en 16 títulos:

1.-Título Primero. Principios Generales contiene los artículos de 1 al 19.

2.- Título Segundo. Relaciones industriales de trabajo. Está dividido en cinco capítulos y

contiene los artículos del 20 al 55. Habla de la duración de las relaciones de trabajo, la

suspensión de los efectos de las relaciones de trabajo, las recisiones y terminaciones de

las relaciones de trabajo.

3.-Título Tercero. Condiciones de trabajo. Está dividido en ocho capítulos que contienen

los artículos del 56 al 131. Habla de las jornadas de trabajo, vacaciones, días de

descanso, salarios y reparto de utilidades.

4.-Título Cuarto. Derecho y obligaciones de los trabajadores y patrones. Está dividido en

cinco capítulos que contienen los artículos del 132 al 163. Habla de las obligaciones de

los patrones y los trabajadores.

5.-Título Quinto. Trabajo de las mujeres. Contiene los artículos del 164 a 173.

Título Quinto Bis. Trabajo de los menores. Contiene los artículos del 174 al 180.

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División de Ciencias de la Salud, Biológicas y Ambientales | Ingeniería en Energías Renovables 18

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Normatividad Mexicana de Seguridad Industrial

6.-Título Sexto. Trabajos especiales. Está dividido en diecisiete capítulos que contienen

los artículos del 181 al 353. Habla de los trabajos realizados en condiciones especiales,

como aquellos realizados en buques o ferrocarriles.

7.-Título Séptimo. Relaciones colectivas de trabajo. Está dividido en ocho capítulos que

contienen los artículos del 354 al 439. Habla del contrato de trabajo y el reglamento de

trabajo.

8.-Título Octavo. Huelgas. Está dividido en dos capítulos que contienen los artículos del

440 al 471. Habla de los procedimientos y objetivos de las huelgas.

9.-Título Noveno. Riesgos de trabajo. Es un solo capítulo que contiene los artículos del

472 al 515.

10.-Título Décimo. Prescripción. Es un solo capítulo que contiene los artículos del 516 al

522. Habla del período de prescripción de las relaciones laborales.

11.-Título Décimo Primero. Autoridades de trabajo y servicios sociales. Está dividido en

13 capítulos que contienen los artículos del 523 al 624. Habla de las comisiones y juntas

de conciliación y arbitraje.

12.-Título Décimo Segundo. Personal jurídico de la junta de conciliación y arbitraje. Es

un solo capítulo que contiene los artículos del 625 al 647.

13.-Título Décimo Tercero. Representaciones de los trabajadores y los patrones. Está

dividido en 3 capítulos que contienen los artículos del 648 al 684. Habla de las

representaciones de los trabajadores y los patrones ante las distintas comisiones.

14.-Título Décimo Cuarto. Derecho procesal de trabajo. Está dividido en 20 capítulos

que contienen del artículo 685 al 938. Habla de los procedimientos legales de las

empresas.

15.-Título Décimo Quinto. Procedimientos de ejecución. Está dividido en 3 capítulos que

contienen los artículos de 939 al 991.

16.-Título Décimo Sexto. Responsabilidades y sanciones. Es un solo capítulo que

contiene los artículos de 992 al 1010. Habla de las sanciones a las que se harán

acreedores tanto los patrones como los trabajadores por la violación de alguno de los

puntos de esta Ley.

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División de Ciencias de la Salud, Biológicas y Ambientales | Ingeniería en Energías Renovables 19

U1

Mantenimiento y seguridad industrial

Normatividad Mexicana de Seguridad Industrial

1.2.4. Reglamento Federal de Seguridad, Higiene y Medio

Ambiente de Trabajo

El Reglamento Federal de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente de Trabajo vigente en

México fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de enero de 1997

Aclaración DOF 28-01-1997. Está compuesto por seis títulos que contienen los 168

artículos que lo conforman más seis artículos transitorios.

1.-Título Primero. Disposiciones generales y obligaciones de los trabajadores y los

patrones. Está dividido en tres capítulos que contienen los artículos del 1 al 18. Habla de

definiciones y obligaciones de trabajador y patrón.

2.- Título Segundo. Condiciones de seguridad. Está dividido en seis capítulos y contiene

los artículos del 19 al 75. Habla de las condiciones de seguridad en edificios, prevención y

manejo de incendios, operación de calderas, instalaciones eléctricas, y en su capítulo

sexto habla del manejo de sustancias peligrosas, tema que se explicara más adelante.

3.-Título Tercero. Condiciones de higiene. Está dividido en doce capítulos que contienen

los artículos del 76 al 110. Habla de los trabajos que son ejecutados bajo condiciones de

ruido, vibraciones, radiaciones, agentes contaminantes, iluminación, ventilación, en su

capítulo 9 habla del equipo de protección personal que es el siguiente tema de la

asignatura.

4.-Título Cuarto. Organización de la seguridad e higiene en el trabajo. Está dividido en

siete capítulos que contienen los artículos del 111 al 152. Habla de las comisiones de

seguridad e higiene, capacitación, medidas preventivas y programas de seguridad e

higiene en el trabajo que se aborda en la unidad tres de esta asignatura.

5.-Título Quinto. De la protección de menores y de las mujeres en período de gestación y

de lactancia. Está dividido en dos capítulos que contienen los artículos del 153 al 160.

Habla de las mujeres gestantes o en periodo de lactancia y del trabajo de los menores.

6.-Título Sexto. De la vigilancia, inspección y sanciones administrativas. Está formado

por un solo capítulo que contiene los artículos del 161 al 168. Habla de cómo la Secretaría

a través de la Inspección Federal del Trabajo, tiene a su cargo la vigilancia del

cumplimiento de las disposiciones constitucionales, de la Ley, de sus reglamentos, de las

Normas y demás disposiciones aplicables en materia de seguridad e higiene, para lo cual

cuenta con el auxilio de las autoridades del trabajo de las entidades federativas y del

Distrito Federal.

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División de Ciencias de la Salud, Biológicas y Ambientales | Ingeniería en Energías Renovables 20

U1

Mantenimiento y seguridad industrial

Normatividad Mexicana de Seguridad Industrial

Consulta este Reglamento en la siguiente dirección, encontrarás la información en un

archivo pdf: www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/regla/n152.pdf

1.2.5. Normas Oficiales Mexicanas

Como ya observaste en la Pirámide de Kelsen la NOM o Norma Oficial Mexicana ocupa el

último puesto en la jerarquía de la Legislación Mexicana en Materia de Seguridad

Industrial. Las NOM son básicamente regulaciones cuyo principal objetivo es prevenir los

riesgos a la salud, a la vida y en general al patrimonio de la empresa por lo que son de

aplicación obligatoria. A través de ellas el Estado establece parámetros evaluables para

evitar riesgos. Es el gobierno el responsable de identificar los riesgos, evaluarlos y emitir

las NOM. Pero en este proceso de elaboración de las mismas, muchas personas toman

parte, se considera la opinión de expertos en el tema, provenientes de todos los sectores

involucrados como son, investigadores, académicos y cámaras industriales.

En la Tabla 1.3 se muestra una lista de las NOM relacionadas con la seguridad e higiene

en el trabajo. Para consultar cada una de ellas entre a la siguiente dirección electrónica

www.economia-noms.gob.mx/

Tabla 1.3. Normas Mexicanas de seguridad.

Clave Fecha Descripción

NOM-001-STPS-2008 24/11/2008 Edificios, locales, instalaciones y áreas en los

centros de trabajo-condiciones de seguridad.

NOM-002-STPS-2000 08/09/2000

Condiciones de seguridad, prevención,

protección y combate de incendios en los centros

de trabajo.

NOM-002-STPS-2010 09/12/2010

Condiciones de seguridad-prevención y

protección contra incendios en los centros de

trabajo.

NOM-004-STPS-1999 31/05/1999

Sistemas de protección y dispositivos de

seguridad en la maquinaria y equipo que se

utilice en los centros de trabajo.

NOM-005-STPS-1998 02/02/1999

Relativa a las condiciones de seguridad e higiene

en los centros de trabajo para el manejo,

transporte y almacenamiento de sustancias

químicas peligrosas.

NOM-006-STPS-2000 09/03/2001 Manejo y almacenamiento de materiales-

Condiciones y procedimientos de seguridad.

NOM-007-STPS-2000 09/03/2001

Actividades agrícolas-Instalaciones, maquinaria,

equipo y herramientas-Condiciones de

seguridad.

NOM-008-STPS-2001 10/07/2001

Actividades de aprovechamiento forestal

maderable y de aserraderos-Condiciones de

seguridad e higiene.

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U1

Mantenimiento y seguridad industrial

Normatividad Mexicana de Seguridad Industrial

NOM-009-ENER-1995 08/11/1995 Eficiencia energética en aislamientos térmicos.

NOM-009-STPS-2011 06/05/2011 Condiciones de seguridad para realizar trabajos

en altura.

NOM-010-STPS-1999 13/03/2000

Condiciones de seguridad e higiene en los

centros de trabajo donde se manejen,

transporten, procesen o almacenen sustancias

químicas capaces de generar contaminación en

el medio ambiente laboral.

NOM-011-STPS-2001 17/04/2002 Condiciones de seguridad e higiene en los

centros de trabajo donde se genere ruido.

NOM-012-STPS-1999 20/12/1999

Condiciones de seguridad e higiene en los

centros de trabajo donde se produzcan, usen,

manejen, almacenen o transporten fuentes de

radiaciones ionizantes.

NOM-013-STPS-1993 06/12/1993

Relativa a las condiciones de seguridad e higiene

en los centros de trabajo donde se generen

radiaciones electromagnéticas no ionizantes.

NOM-014-STPS-2000 10/04/2000 Exposición laboral a presiones ambientales

anormales-condiciones de seguridad e higiene.

NOM-015-STPS-2001 14/06/2002 Condiciones térmicas elevadas o abatidas-

Condiciones de seguridad e higiene.

NOM-016-STPS-2001 12/07/2001 Operación y mantenimiento de ferrocarriles-

Condiciones de seguridad e higiene.

NOM-017-STPS-2008 09/12/2008 Equipo de protección personal-selección, uso y

manejo en los centros de trabajo.

NOM-019-STPS-2011 13/04/2011

Constitución, integración, organización y

funcionamiento de las comisiones de seguridad e

higiene.

NOM-021-STPS-1994 24/05/1994

Relativa a los requerimientos y características de

los informes de los riesgos de trabajo que

ocurran, para integrar las estadísticas.

NOM-022-STPS-2008 07/11/2008 Electricidad estática en los centros de trabajo-

condiciones de seguridad.

NOM-023-STPS-2003 02/10/2003 Trabajos en minas-Condiciones de seguridad y

salud en el trabajo.

NOM-024-STPS-2001 11/01/2002 Vibraciones-Condiciones de seguridad e higiene

en los centros de trabajo.

NOM-025-STPS-2008 30/12/2008 Condiciones de iluminación en los centros de

trabajo.

NOM-026-STPS-2008 25/11/2008

Colores y señales de seguridad e higiene, e

identificación de riesgos por fluidos conducidos

en tuberías.

NOM-027-STPS-2008 07/11/2008 Actividades de soldadura y corte-condiciones de

seguridad e higiene.

NOM-028-STPS-2004 14/01/2005 Organización del trabajo-Seguridad en los

procesos de sustancias químicas.

Page 22: Unidad1NormatividadMexicanadeSeguridadIndustrial

División de Ciencias de la Salud, Biológicas y Ambientales | Ingeniería en Energías Renovables 22

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Mantenimiento y seguridad industrial

Normatividad Mexicana de Seguridad Industrial

NOM-029-STPS-2005 31/05/2005 Mantenimiento de las instalaciones eléctricas en

los centros de trabajo-Condiciones de seguridad.

NOM-029-STPS-2011 29/12/2011 Mantenimiento de las instalaciones eléctricas en

los centros de trabajo-condiciones de seguridad.

NOM-030-STPS-2009 22/12/2009 Servicios preventivos de seguridad y salud en el

trabajo-funciones y actividades.

NOM-031-STPS-2011 04/05/2011 Construcción-condiciones de seguridad y salud

en el trabajo.

NOM-032-STPS-2008 23/12/2008 Seguridad para minas subterráneas de carbón.

NOM-100-STPS-1994 08/01/1996

Seguridad-Extintores contra incendio a base de

polvo químico seco con presión contenida-

Especificaciones.

NOM-101-STPS-1994 08/01/1996 Seguridad-Extintores a base de espuma química.

NOM-102-STPS-1994 10/01/1996 Seguridad-Extintores contra incendio a base de

bióxido de carbono. Parte 1. Recipientes.

NOM-103-STPS-1994 10/01/1996 Seguridad-Extintores contra incendio a base de

agua con presión contenida.

NOM-104-STPS-2001 17/04/2002 Agentes extinguidores-Polvo químico seco tipo

ABC a base de fosfato mono amónico.

NOM-106-STPS-1994 11/01/1996 Seguridad-Agentes extinguidores-Polvo químico

seco tipo BC, a base de bicarbonato de sodio.

PROY-NOM-117-STPS-1994 22/04/1996 Guantes de protección contra sustancias

químicas (uso doméstico, general e industrial).

PROY-NOM-118-STPS-1995 26/04/1996 Guantes de hule para uso eléctrico.

PROY-NOM-119-STPS-1995 14/06/1996

Requerimientos de seguridad para operación y

mantenimiento de las máquinas-herramienta

denominadas tornos.

Actividades

Con lo revisado hasta el momento, estás preparado(a)

para realizar la Actividad 2. Tabla de leyes de

seguridad, solo espera que tu Docente en línea te

proporcione las indicaciones para realizar la actividad.

Page 23: Unidad1NormatividadMexicanadeSeguridadIndustrial

División de Ciencias de la Salud, Biológicas y Ambientales | Ingeniería en Energías Renovables 23

U1

Mantenimiento y seguridad industrial

Normatividad Mexicana de Seguridad Industrial

1.3. Materiales y sustancias peligrosas

Hablando en materia de seguridad industrial siempre es importante tener claros los

conceptos a los que se refiere y su significado legal, por eso primero se revisarán los

conceptos que propone el Reglamento Federal de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente

de Trabajo, en torno a los materiales y sustancias peligrosas.

ARTICULO 2o. Para los efectos de este ordenamiento, se entenderá por:

I. Actividades peligrosas: Es el conjunto de tareas derivadas de los procesos

de trabajo, que generan condiciones inseguras y sobreexposición a los

agentes físicos, químicos o biológicos, capaces de provocar daño a la salud de

los trabajadores o al centro de trabajo.

II. Centro de trabajo: Todo aquel lugar, cualquiera que sea su denominación, en

el que se realicen actividades de producción, de comercialización o de

prestación de servicios, o en el que laboren personas que estén sujetas a una

relación de trabajo.

III. Contaminantes del ambiente de trabajo: Son los agentes físicos, químicos y

biológicos capaces de modificar las condiciones del medio ambiente del centro

de trabajo, que por sus propiedades, concentración, nivel y tiempo de

exposición o acción pueden alterar la salud de los trabajadores;

IV. Equipo para el transporte de materiales: Son los vehículos utilizados para el

transporte de materiales de cualquier tipo, en forma continua o intermitente

entre dos o más estaciones de trabajo destinados al proceso de producción, en

los centros de trabajo.

V. Ergonomía: Es la adecuación del lugar de trabajo, equipo, maquinaria y

herramientas al trabajador, de acuerdo a sus características físicas y

psíquicas, a fin de prevenir accidentes y enfermedades de trabajo y optimizar

la actividad de éste con el menor esfuerzo, así como evitar la fatiga y el error

humano;

VI. Espacio confinado: Es un lugar lo suficientemente amplio, con ventilación

natural deficiente, configurado de tal manera que una persona puede en su

interior desempeñar una tarea asignada, que tiene medios limitados o

restringidos para su acceso o salida, que no está diseñado para ser ocupado

por una persona en forma continua y en el cual se realizan trabajos específicos

ocasionalmente;

VII. Lugar de trabajo: Es el sitio donde el trabajador desarrolla sus actividades

laborales específicas para las cuales fue contratado, en el cual interactúa con

los procesos productivos y el medio ambiente laboral;

VIII. Material: Es todo elemento, compuesto o mezcla, ya sea materia prima,

subproducto, producto y desecho o residuo que se utiliza en las operaciones y

los procesos o que resulte de éstos en los centros de trabajo;

Page 24: Unidad1NormatividadMexicanadeSeguridadIndustrial

División de Ciencias de la Salud, Biológicas y Ambientales | Ingeniería en Energías Renovables 24

U1

Mantenimiento y seguridad industrial

Normatividad Mexicana de Seguridad Industrial

IX. Materiales y sustancias químicas peligrosas: Son aquellos que por sus

propiedades físicas y químicas al ser manejados, transportados, almacenados

o procesados, presentan la posibilidad de inflamabilidad, explosividad,

toxicidad, reactividad, radiactividad, corrosividad o acción biológica dañina, y

pueden afectar la salud de las personas expuestas o causar daños materiales

a instalaciones y equipos;

X. Medio ambiente de trabajo: Es el conjunto de elementos naturales o

inducidos por el hombre, que interactúan en el centro de trabajo;

XI. Microorganismo patógeno: Organismo viviente microscópico, productor o

causante de enfermedades;

XII. Sistemas para el transporte y almacenamiento de materiales: Es el

conjunto de elementos mecanizados fijos o móviles, utilizados para el

transporte y almacenamiento de materiales de cualquier tipo y sustancias

químicas peligrosas, en forma continua o intermitente entre dos o más

estaciones de trabajo, destinado al proceso de producción en los centros de

trabajo.

1.3.1. Manejo, trasporte y almacenamiento

En el título 2 capítulo sexto del Reglamento Federal de Seguridad, Higiene y Medio

Ambiente de Trabajo habla de todas las condiciones para el manejo, transporte y

almacenamiento de sustancias peligrosas.

Dentro del marco regulatorio se encuentra establecido que en el manejo, transporte y

almacenamiento de materiales en general, materiales o sustancias químicas peligrosas,

deberá realizarse en condiciones técnicas de seguridad para prevenir y evitar daños a la

vida y salud de los trabajadores, así como al centro de trabajo. Las instalaciones y áreas

de trabajo en las que se manejen, transporten y almacenen materiales y sustancias

químicas peligrosas, deberán contar con las características necesarias para operar en

condiciones de seguridad e higiene.

Es importante tener en cuenta que los requerimientos de seguridad e higiene para el

manejo, transporte, proceso y almacenamiento de materiales en general, materiales o

sustancias químicas peligrosas en los centros de trabajo, deberán estar incluidos en el

programa de seguridad e higiene de la empresa, en las siguiente unidades de la

asignatura aprenderás como elaborar uno.

Ante el manejo de un material o sustancia siempre tienes que tener presente las

siguientes preguntas y considerar tus respuestas a las mismas.

a.- ¿es peligroso para la salud?

b.- ¿es inflamable?

c.- ¿se puede identificar que sustancia o material es?

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División de Ciencias de la Salud, Biológicas y Ambientales | Ingeniería en Energías Renovables 25

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Mantenimiento y seguridad industrial

Normatividad Mexicana de Seguridad Industrial

d.- ¿conoces cómo reacciona?

Es importante que esta información no solo sea conocida por ti, si no por todos aquellos

que se verán de una u otra forma relacionados con el mismo, de ahí la importancia de

rotular o identificar estos materiales, ya que los contenedores con sustancias o materiales

peligrosos son reconocibles fácilmente a distancia, la naturaleza del riesgo es reconocible

fácilmente y te orienta en la manipulación, almacenaje y transporte.

Existen varios sistemas de identificación de productos químicos:

NFPA (National Fire Protection Association)

ONU (Nº de Identificación para transporte)

CEE (Unión Europea)

Figura 1.3. Símbolos de clasificación de sustancias peligrosas.

Fuente: http://www.feprotrans.com/wp-content/uploads/2014/06/etiquetas.gif

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Mantenimiento y seguridad industrial

Normatividad Mexicana de Seguridad Industrial

Clase 1. Explosivos

1.1 Sustancias con riesgo de explosión de toda la masa

1.2 Sustancias con riesgo de proyección

1.3 Sustancias con riesgo de incendio

1.4 Sustancias que no presentan riesgos notables

1.5 Sustancias muy poco sensibles

1.6 Sustancias extremadamente insensibles

Figura 1.4. Clase 1. Explosivos.

2.1 Gases inflamables

2.2 Gases no Inflamables – no venenosos y no corrosivos

2.3 Gases venenosos

2.4 Gases corrosivos

Figura 1.5. Clase 2. Gases comprimidos, licuados o disueltos bajo presión.

3.1 Con punto de inflamación < 18°C

3.2 Con punto de inflamación entre 18°C y 23°C

3.3 Con punto de inflamación entre 24°C y 61°C

Figura 1.6. Clase 3. Líquidos inflamables.

4.1 Sólidos inflamables

4.2 Sustancias espontáneamente inflamables

4.3 Sustancias que en contacto con el agua despide gases inflamables

Figura 1.7. Clase 4. Sólidos inflamables.

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División de Ciencias de la Salud, Biológicas y Ambientales | Ingeniería en Energías Renovables 27

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Mantenimiento y seguridad industrial

Normatividad Mexicana de Seguridad Industrial

5.1 Sustancias que causa o contribuye a la combustión

5.2 Peróxidos orgánicos – compuestos orgánicos oxidantes capaces de

descomponerse en forma explosiva o son sensibles al calor o fricción

Figura 1.8. Clase 5. Oxidantes – peróxidos orgánicos.

6.1 Sustancia venenosa por inhalación, ingestión o contacto dérmico

6.2 Sustancias infecciosas

Figura 1.9. Clase 6. Sustancias infecciosas, sustancias venenosas.

Se entiende por material radiactivo a todos aquellos que posean una actividad

mayor a 70 kBq/Kg o su equivalente de 2nCi/g

Figura 1.10. Clase 7. Materiales radioactivos.

Sustancia que causa una necrosis visible de piel o corroe el acero o el aluminio

Figura 1.11. Clase 8. Sustancias corrosivas.

9.1. Cargas peligrosas que están reguladas en su transporte pero no pueden ser

incluidas en ninguna de las clases antes mencionadas.

9.2. Sustancias peligrosas para el medio ambiente

9.3. Residuo peligroso

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División de Ciencias de la Salud, Biológicas y Ambientales | Ingeniería en Energías Renovables 28

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Mantenimiento y seguridad industrial

Normatividad Mexicana de Seguridad Industrial

Figura 1.12. Clase 9. Misceláneos.

Figura 1.13. Modelo de etiquetas de NAFTA.

Figura 1.14. ONU (No. de identificación para transporte).

Código de riesgo según naciones unidas para el transporte de mercancías peligrosas.

Este código es más reconocido y cataloga el riesgo de los productos químicos, como

muestra la Tabla 1.4.

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División de Ciencias de la Salud, Biológicas y Ambientales | Ingeniería en Energías Renovables 29

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Mantenimiento y seguridad industrial

Normatividad Mexicana de Seguridad Industrial

Tabla 1.4. Normas Mexicanas de seguridad.

Número Tipo de riesgo

2 Emisión de gases debido a la presión o reacción química

3 Inflamabilidad de líquidos (vapores) y gases o líquidos que experimentan

calentamiento espontáneo

4 Inflamabilidad de solidos o sólidos que experimentan calentamiento espontáneo

5 Efecto oxidante (comburente)

6 Toxicidad

7 Radiactividad

8 Corrosividad

9 Riesgo de reacción violenta espontanea

X La sustancia reacciona violentamente con el agua

CEE (UNIÓN EUROPEA)

Explosivos (E): R2-R3 las sustancias y preparados sólidos, líquidos, pastosos o

gelatinosos que reaccionan violentamente con la acción de una llama, del calor, de un

choque o del rozamiento y provocan una explosión. Pueden ser la causa de accidentes y

de quemaduras graves.

Comburentes (O): R7-R8-R9 la sustancia o producto que alimenta la

combustión de una sustancia inflamable. En la mayoría de los casos es el oxígeno del

aire, pero en otras ocasiones es un agente que contiene oxígeno por ejemplo: nitratos,

cloratos y peróxidos.

Inflamables (F): R10 los sólidos, líquidos y gases que pueden inflamarse con el

aire y continuar ardiendo.

Fácilmente inflamables: R11-R15-R17 las sustancias y preparados que puedan

calentarse e inflamarse en el aire a temperatura ambiente sin aporte de energía, o los

sólidos que puedan inflamarse fácilmente tras un breve contacto con una fuente de

inflamación y que sigan quemándose o consumiéndose una vez retirada dicha fuente, o

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División de Ciencias de la Salud, Biológicas y Ambientales | Ingeniería en Energías Renovables 30

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Mantenimiento y seguridad industrial

Normatividad Mexicana de Seguridad Industrial

los líquidos cuyo punto de ignición sea muy bajo, o que en contacto con el agua o con el

aire húmedo desprendan gases extremadamente inflamables en cantidades peligrosas.

Extremadamente inflamables: R-12 las sustancias y preparados líquidos que tengan un

punto de ignición extremadamente bajo y un punto de ebullición bajo, y las sustancias y

preparados gaseosos que, a temperatura y presión normales, sean inflamables en

contacto con el aire.

Corrosivos (C): R34-R35 Las sustancias y preparados que en contacto con

tejidos vivos puedan ejercer una acción destructiva de los mismos.

Irritantes (Xi): R36-R37-R38-R41 las sustancias y preparados no corrosivos que

en contacto breve, prolongado o repetido con la piel o las mucosas puedan provocar una

reacción inflamatoria.

Nocivos (X): R20-R21-R22-R65-R68/ruta de exposición-r48/ruta de exposición las

sustancias y preparados que por inhalación, ingestión o penetración cutánea puedan

provocar efectos agudos o crónicos e incluso la muerte.

Sensibilizantes: R42-R43 las sustancias y preparados que por inhalación o penetración

cutánea puedan ocasionar una reacción de hipersensibilidad, de forma que una

exposición posterior a esa sustancia o preparado dé lugar a efectos negativos

característicos.

Tóxicos (T): R23-R24-R25-R39/ruta de exposición-R48/ruta de exposición

las sustancias y preparados que por inhalación, ingestión o penetración cutánea en

pequeñas cantidades puedan provocar efectos agudos o crónicos e incluso la muerte.

Muy tóxicos: R26-R27-R28-R39/ruta de exposición las sustancias y preparados que

por inhalación, ingestión o penetración cutánea en muy pequeña cantidad puedan

provocar efectos agudos o crónicos e incluso la muerte.

ó Carcinogénicos: R40-R45-R49 las sustancias y preparados que por

inhalación, ingestión o penetración cutánea puedan producir cáncer o aumentar su

frecuencia.

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División de Ciencias de la Salud, Biológicas y Ambientales | Ingeniería en Energías Renovables 31

U1

Mantenimiento y seguridad industrial

Normatividad Mexicana de Seguridad Industrial

Mutagénicos: R46-R68 las sustancias y preparados que por inhalación, ingestión o

penetración cutánea puedan producir alteraciones genéticas hereditarias o aumentar su

frecuencia.

Tóxicos para la reproducción: R60-R61-R62-R63 las sustancias y preparados que por

inhalación, ingestión o penetración cutánea puedan producir efectos negativos no

hereditarios en la descendencia, o aumentar la frecuencia de éstos, o afectar de forma

negativa a la función o a la capacidad reproductora.

Peligrosos para el medio ambiente (N): R50-R51-R52-R53-R54-R55-R56-R57-

R58-R59 las sustancias y preparados que presenten o puedan presentar un peligro

inmediato o futuro para uno o más componentes del medio ambiente.

Figura 1.15. Incompatibilidad de almacenamiento de sustancias peligrosas.

Figura 1.16. Ejemplo de una etiqueta.

Page 32: Unidad1NormatividadMexicanadeSeguridadIndustrial

División de Ciencias de la Salud, Biológicas y Ambientales | Ingeniería en Energías Renovables 32

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Mantenimiento y seguridad industrial

Normatividad Mexicana de Seguridad Industrial

Actividades

Con lo revisado hasta el momento, estás preparado(a)

para realizar la Actividad 3. Normas de seguridad,

solo espera que tu docente en línea te proporcione las

indicaciones para realizar la actividad.

1.3.2. Equipo de protección personal y grupal

En el Reglamento Federal de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente de Trabajo se habla

de la necesidad de proveer al trabajador de equipo de protección para el desempeño de

sus actividades. El marco legal que cubre este aspecto de la seguridad industrial es:

• Reglamento Federal de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente de trabajo (Capítulo

noveno, Artículo 101).

• Norma Oficial Mexicana (NOM-017-STPS/2008). Equipo de protección personal-

selección, uso y manejo en los centros de trabajo.

Los equipos de protección se clasifican en:

1) Personal: Los equipos personales como su nombre lo indica son aquellos que

protegen a la persona, están diseñados para cubrir las áreas más frágiles o

expuestas del cuerpo al momento de realizar la actividad. Se dividen en protección

de la cabeza, visual, auditiva, brazos, antebrazos, piernas y columna.

2) De grupo: los equipos de protección de grupos son aquellos diseñados para

prevenir de accidentes a un grupo de trabajadores que realizan su trabajo en un

área común. Algunos ejemplos de equipos de protección personal se muestran en

la Figura 1.17.

Page 33: Unidad1NormatividadMexicanadeSeguridadIndustrial

División de Ciencias de la Salud, Biológicas y Ambientales | Ingeniería en Energías Renovables 33

U1

Mantenimiento y seguridad industrial

Normatividad Mexicana de Seguridad Industrial

Figura 1.17. Equipos de protección personal.

Como ejemplos de equipos de protección de grupo se muestran en la Figura 1.18.

Conos de

seguridad

Barreras de

seguridad

Señalamientos de

seguridad

Regaderas y lava ojos

de emergencia

Figura 1.18. Equipos de protección de grupo.

Actividades

Con lo revisado hasta el momento, estás preparado(a)

para realizar la Actividad 4. Tabla de equipos de

seguridad, solo espera que tu docente en línea te

proporcione las indicaciones para realizar la actividad.

Casco

Anteojos

Caretas

faciales

Tapones

auditivos

Conchas

auditivas

Respiradores

Mascarillas

Botas

Guantes

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División de Ciencias de la Salud, Biológicas y Ambientales | Ingeniería en Energías Renovables 34

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Mantenimiento y seguridad industrial

Normatividad Mexicana de Seguridad Industrial

Evidencia de aprendizaje. Caso “seguridad en la empresa” parte 1

Para culminar el estudio de la unidad, realiza la Evidencia de aprendizaje. Caso

“seguridad en la empresa” parte 1, solo espera las indicaciones de tu docente en línea.

Autorreflexiones

Recuerda ingresar a la Planeación del docente en línea, donde te proporcionará las

líneas de reflexión acerca del aprendizaje de la unidad 1.

Una vez que reflexiones sobre tu aprendizaje debes entregar tu reporte en la

herramienta de Autorreflexiones, recuerda subir tu archivo después de asegurarte que

se trate de tu versión final.

Es importante que entregues sólo un archivo por unidad, para poder obtener e 10% de

tu evaluación final.

Cierre de la unidad

Finalmente, concluiste el estudio de la unidad uno, donde se te presentaron las leyes y

normas mexicanas entorno a la seguridad industrial, así como los principales términos

que se utilizaran a lo largo del estudio de la asignatura.

Es conveniente que revises las direcciones electrónicas que se te proporcionaron, con la

finalidad de ampliar los temas y que consolides los conocimientos.

Ahora ya puedes continuar con el estudio de la unidad 2. Riesgos y accidentes, ya que

cuentas con la terminología y conocimientos previos para su estudio.

¡Adelante!

Fuentes de consulta

Hernández, A., Malfavón, N., Fernández, G. (2005). Seguridad e Higiene

Industrial. Limusa, México.

Ramírez, C. (2007). Seguridad industrial un enfoque integral. Limusa, México.

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Ley Federal del Trabajo

Reglamento federal de seguridad, higiene y medio ambiente de trabajo

Normas Oficiales Mexicanas