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UNIVERSIDAD FERMINI TORO VICERECTORADO ACADEMICO FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICAS ESCUELA DE DERECHO MEDICINA LEGAL Alumno: Elvis Galindez C.I: 9.614.073 Sección: SAIA –A/ 2014 A Profesora: Abg. Dulcemar Montero

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UNIVERSIDAD FERMINI TORO

VICERECTORADO ACADEMICO

FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICAS

ESCUELA DE DERECHO

MEDICINA LEGAL

Alumno: Elvis Galindez

C.I: 9.614.073

Sección: SAIA –A/ 2014 A

Profesora: Abg. Dulcemar Montero

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LESIÓN En clínica, una lesión (del latin laesiōn[em], "herida") es

un cambio anormal en la morfología o estructura de una

parte del cuerpo producida por un daño externo o interno.

producen una alteración de la función o fisiología

de órganos, sistemas y aparatos, trastornando la salud y

produciendo enfermedad.

HERIDA Es una lesión que se produce en el cuerpo. Puede ser producida

por múltiples razones, aunque generalmente es debido a golpes

o desgarros en la piel. Es toda pérdida de continuidad en la piel

(lo que se denomina "solución de continuidad"), secundaria a un

traumatismo Como consecuencia de la agresión de este tejido

existe riesgo de infección y posibilidad de lesiones en órganos o

tejidos adyacentes: músculos, nervios, vasos sanguíneos

contusiones.

CONTUSIONES Una contusión es un tipo de lesión física no penetrante sobre

un cuerpo humano causada por la acción de objetos duros, de

superficie obtusa o roma, que actúan sobre el organismo por

intermedio de una fuerza más o menos considerable. Los

efectos de un golpe contuso varían según la fuerza y energía

aplicada sobre el organismo dando lugar a una lesión superficial,

como una equimosis, o lesiones sobre órganos y vísceras que

pueden comprometer la vida del sujeto.

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Lesiones por agentes físicos Los producidos por líquidos en ebullición, radiaciones solares, bajas

temperaturas, electricidad, radiaciones, llamas.

Lesiones por agentes mecánicos Aquellas producidas por Instrumentes contundentes, armas blancas o de fuego

Lesiones por agentes químicos Aquellas lesiones producidas por agentes químicos solidos, gaseosos o líquidos

tales como venenos, dióxido de carbono

Lesiones por agentes biológico Aquellas lesiones producidas por agentes biológicos producidas por

enfermedades como gonorrea, sífilis, hiv, amibiasis, ebola y reacciones

anafilácticas como picaduras, antibióticos, antivirales.

HERIDAS SEGÚN EL AGENTE VULNERANTE

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Lesiones contusas son las lesiones producidas por energías

mecánicas, en las cuales, el cuerpo

vulnerante, de superficie roma u obtusa, es

decir, desprovisto de puntas y de superficies

cortantes, (cuerpo contundente), dotado de

fuerza viva que actúa sobre el cuerpo, o en

estado estático, opone violenta resistencia al

organismo animado de movimientos activos o

pasivos (choque o caída).

Lesiones Cortantes son aquellas producidas por instrumentos

aplanados que tienen uno o dos bordes

cortantes, su sección es generalmente

triangular, no tienen punta y actúan en

superficies seccionando los tejidos

desplazándose sobre uno o varios planos

Heridas según el tipo de arma o instrumento usado

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Lesiones contuso-cortantes Son aquellas producidas por armas u objetos

que por su masa , volumen y presentar algún

borde afilado produce lesiones contusas y

cortantes

Lesiones punzantes

Son producidas por objetos puntiagudos, como

clavos, agujas, anzuelos o mordeduras de

serpientes. La lesión es dolorosa, la hemorragia

escasa y el orificio de entrada es poco notorio; es

considerada la más peligrosa porque puede ser

profunda, haber perforada vísceras y provocar

hemorragias internas.

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Lesiones punzo-cortantes

Heridas que tienen características semejantes a

las cortantes y en parte a las punzantes.

Agentes etiológicos: puñales, chuzos, cuchillos,

tijeras o cualquier otro instrumento que posea una

hoja por lo menos y termine en punta.

.

Lesiones por explosiones El trauma es causado por el súbito y violento

aumento en la presión del aire ambiente por la

detonación de una carga de alta energía.

Las víctimas también son afectadas por otro tipo de

agentes y mecanismos traumatizantes:

Fragmentos y objetos que causan heridas

penetrantes.

Impacto contra objetos sólidos cuando la persona es

lanzada por la onda explosiva, lo cual causa trauma

cerrado. Quemaduras. Inhalación de humo y

materiales tóxicos. Aplastamiento por estructuras

que se derrumban

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Lesiones por armas de fuego Son las lesiones que ocasiona el proyectil a su paso

a través de los tejidos del cuerpo humano. Las

lesiones varían según la distancia y la zona del

cuerpo donde penetra el proyectil.

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Características de vitalidad en las heridas externas y

lesiones internas

Heridas Abiertas • Separación de los tejidos blandos

• Mayor posibilidad de infección

• Requieren atención inmediata

Heridas o Lesiones

Cerradas • No se observa separación de los tejidos

blandos

• Generan hematoma (hemorragia debajo

de la piel) o hemorragias en viseras o

cavidades.

• Producidas por golpes generalmente

• Requieren atención rápida porque

pueden comprometer la función de un

órgano o la circulación sanguínea

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Heridas Complicadas • Extensas y profundas con abundante

hemorragia.

• Lesiones en músculos, nervios,

tendones, órganos internos, vasos

sanguíneos y puede o no existir

perforación visceral

Lesiones Simples • Afectan únicamente la piel, no alcanzan a

comprometer órganos

• Raspones, arañazos, cortes, entre otros.

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Heridas causadas por proyectiles disparados

por arma de fuego

DEFINICIÓN:

Son las lesiones que ocasiona el proyectil a su

paso a través de los tejidos del cuerpo humano.

Las lesiones varían según la distancia y la zona

del cuerpo donde penetra el proyectil

SEGÚN LA ZONA DEL CUERPO DONDE PENETRA EL PROYECTIL.

2.-Heridas sobre zonas duras,

donde la piel tiene,

inmediatamente por debajo un

plano óseo: cráneo, tórax, entre

otras.

1-Heridas sobre zonas blandas, donde

la piel es depresible y no tiene

elementos óseos por debajo: muslo,

abdomen, entre otras zonas.

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HERIDAS CAUSADAS POR PROYECTIL

Elementos Indicadores.

El Tatuaje: Formado por una

zona concéntrica de los granos de

pólvora no quemados que se

incrustan en la piel.

Quemadura: Es el

chamuscamiento de la piel el cual se

destaca como una mancha ocre o

amarillo negruzco que caracteriza el

orificio

de entrada.

Haz: Cubriendo el tatuaje, aparece el

ahumamiento producido por el negro humo

del disparo.

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Cono de Dispersión: Es la

separación en abanico del conjunto de

municiones o perdigones que originalmente

salen juntos proyectando un cono cuya

base va en aumento progresivamente en

razón directa a la distancia del disparo.

Anillo de Enjugamiento: Conocido

como zona de Fisch, es un anillo que se produce

por la limpieza que hace la piel del polvo,

lubricantes y residuos que trae el proyectil

Anillo de Contusión: También conocida como zona

de Thoinot, collar de apergaminado de Lacassagne o anillo

collarete erosivo de Vibert, es una zona de contusión

equimótico excoriada que se debe a la distensión y contusión

que presenta la piel por efecto del proyectil, siendo muy

evidente su presencia cuando el proyectil penetra en

forma perpendicular a la piel, teniendo una forma circular y

concéntrica.

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Signos especiales dejados por proyectiles disparados por

arma de fuego

Signo de Puppe: Es la impresión de la boca de

fuego en la piel, producida por la acción termomecánica

del arma al momento de efectuarse el disparo sobre

superficies blandas (abdomen, muslos,etc.).

Signo de Benassi: Es cuando el disparo se ha

hecho sobre superficies duras y consiste en el

ahumamiento que se encuentra entre el hueso y la piel.

Signo de Wolffman: Al igual que el anterior, se

manifiesta cuando el disparo se hace sobre superficies

duras, el orificio es irregular a manera de estrella, por lo

que también se le conoce como boca de mina.

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Signo de Bonnet: Se manifiesta

cuando el disparo es a contacto, pero no sobre

la piel, sino sobre las prendas de la víctima y es

el calcado de los tejidos de la ropa sobre la piel,

por acción del humo que despide el arma al ser

accionada.

Signo de Neiro Rojas: Al

producir el disparo al contacto sobre las

prendas, el punto por el cual penetra el

proyectil se deshilacha en forma de cruz.

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Orificio de Entrada. Es el punto del cuerpo humano en el cual se produce el impacto del proyectil. Por regla general es pequeño de diámetro,

de bordes netos e invertidos y puede presentar tres elementos estructurales que lo constituyen

• Orificio propiamente

dicho

• Anillo de enjugamiento

• Anillo de contusión

• Orificio

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Orificio de Salida.

Como su nombre lo indica, es el punto por el cual el proyectil abandona el

cuerpo y el cual presenta las siguientes características

• Es más grande que el orificio de entrada

• Tiene bordes evertidos

• No presenta halo de Fisch

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Lesiones Térmicas

Quemaduras Son lesiones producidas por acción local del calor bajo sus diferentes formas, o por la acción de substancias químicas,

cáusticas, por la electricidad, rayos x, y cuerpos radioactivos.

Las lesiones pueden ocurrir por la acción de la llama, por contacto directo con un cuerpo candente, líquido, sólido o

gaseoso, o por la acción cáustica de ácidos y álcalis, electricidad, rayos X y cuerpos radioactivos.

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Criterios de gravedad

PRIMER GRADO O ERITEMA: La pieltoma un color rojo vivo, debido a la

congestión edematosa, acompañada de color

.Este primer grado ha sido llamado signo de

"Christiansen"

SEGUNDO GRADO O

FLICTEMA: La lesión se caracteriza por presentar vesículas o

flictemas llenas de un líquido proteico amarillento,

el fondo esta congestionado. Se ha denominado

signo de "Chambert" .

Estas lesiones curan fácilmente a partir de la

periferia sin dejar cicatriz, a no ser que se infecten

secundariamente.

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TERCER GRADO O

ESCARA: La quemadura afecta epidermis y la dermis

dejando cicatrices retractiles que a veces

necesitan cirugía, radioterapia, y otras

medidas como enjertos.

Quemadura

segundo grado Quemadura tercer

grado

Quemadura primer

grado

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Electrocución La electrocución se produce cuando a causa de una descarga eléctrica, la persona sufre una parada

cardiorrespiratoria, llegando en la mayoría de los casos a producir la muerte.

El cuerpo humano, al componerse en su

mayor parte de agua, es muy buen

conductor de la electricidad. Por eso

cuando una persona entra en contacto

con ella, la descarga viajará desde el

punto de contacto, habitualmente la

mano, atravesará el cuerpo hasta salir por

otro punto que esté en contacto con el

suelo, como un pie. Durante este

recorrido la electricidad afectará a la piel,

a los órganos, vasos sanguíneos, nervios,

etcétera.

El punto de entrada presentará lesiones

de quemaduras graves que pueden llegar

hasta el hueso. En el punto de salida se

encontrarán quemaduras generalmente

de menor gravedad.

Mecanismos de la muerte • Fibrilación ventricular

• Parálisis respiratoria periférica

• Parálisis del centro respiratorio

• Trauma cerrado

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.

FULGURACIÓN: Son las lesiones producidas por la descarga de condensadores

eléctricos naturales o rayos, la acción del rayo casi siempre es

mortal, por determinar parálisis respiratoria y cardíaca,

produciéndose además intensas quemaduras. Con frecuencia

tiene lugar también a consecuencia del rayo un desplazamiento

del fulgurado debido a las variaciones de presión del aire;

pudiendo de esta manera sufrirse diversas lesiones traumáticas.

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Hipotermia La hipotermia es el descenso de la temperatura corporal por debajo de los 35 °C. Este trastorno

tiene lugar por exposición prolongada al frío, en la que la pérdida de calor corporal supera a la

producción. La hipotermia puede plantear un peligro mortal. Como en el caso de la congelación,

cuanto antes reciba tratamiento la persona afectada, más posibilidades tendrá de sobrevivir.

Hipotermia gradual: la temperatura corporal desciende progresivamente (ropa

inadecuada, frío y viento intensos…).

Hipotermia aguda: también llamada hipotermia por inmersión. Ocurre cuando la

pérdida de calor corporal sucede rápida e intensamente, como al caer en aguas frías.

Hipotermia silenciosa: se trata de una hipotermia gradual por inmersión, es decir, la

persona pasa muchas horas inmersa en aguas frías, pero la pérdida de calor no es brusca, ya que

lleva el equipamiento adecuado. Este caso puede darse en buzos, surfistas, pescadores… Los

síntomas cambian con respecto a la hipotermia gradual, se observa agotamiento y cansancio fácil.

Tipos de hipotermia

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ler. grado, leve o superficial: es cuando la temperatura central varía

entre 35-32º.C (95-90º.F). El organismo es capaz de reaccionar, aún, contra el frío.

Hay escalofríos, vasoconstricción cutánea, temblor intenso en un intento de aumentar

la temperatura corporal.

Mecanismos de la muerte asociados a Grados

de la hipotermia.

2º. grado moderada o convencional: cuando la temperatura

central es menor de 32 a 28º.C (89,9 – 82,4º.F). Por debajo de 32º.C hay

vasodilatación marcada de los vasos cutáneos por parálisis directa por el frío. A los

30º.C los escalofríos son menos intensos y pasajeros, desapareciendo casi por

completo por debajo de los 29º.C. O sea que cesan los mecanismos de lucha contra

el frío. Hay pérdida de la conciencia y bradipnea.

3er. grado, severa o profunda: la temperatura central está por

debajo de los 28º.C (82,4º.F). El organismo se comporta como un cuerpo inerte

siguiendo la variación de la temperatura del medio ambiente. Entre los 27 – 29º.C.

aparecen arritmias auriculares seguidas de arritmias ventriculares y fibrilación

ventricular aproximadamente a los 25º.C.

Para algunos autores, se consideran los 25º.C. de temperatura central un punto

crítico por debajo del cual se produce la fibrilación ventricular (paro cardíaco) en

pacientes no anestesiados ni sometidos a medidas de sostén

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Traumas y afecciones laborales

Accidente de Trabajo: La Ley Orgánica de

Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo

(LOPCYMAT) de 2005, en su artículo 69 establece que: Se

entiende por accidente de trabajo, todo suceso que produzca

en el trabajador o la trabajadora una lesión funcional o

corporal, permanente o temporal, inmediata o posterior, o la

muerte, resultante de una acción que pueda ser determinada o

sobrevenida en el curso del trabajo, por el hecho o con

ocasión del trabajo.

La lesión interna determinada por un esfuerzo violento

o producto de la exposición a agentes físicos,

mecánicos, químicos, biológicos, psicosociales,

condiciones meteorológicas sobrevenidos en las

mismas circunstancias.

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Lesión: “Es el daño o detrimento físico o mental, inmediato o posterior, como consecuencia de un accidente de

trabajo o de una exposición prolongada a factores exógenos capaz de producir una enfermedad ocupacional”. (Norma

COVENIN 474, 1997, Pág.

Ocupación: “Es el tipo o clase de trabajo que efectúa una persona económicamente activa, ocupada, durante el

período de referencia, o la desempeñada por una persona económicamente activa, desocupada, en su último

trabajo”.(Instituto Nacional de Estadísticas [INE], 2004)

Tipo de Accidente: Según lo establece el Instructivo para la Declaración de Accidentes Laborales (Instituto

Nacional de Prevención Salud y Seguridad Laborales [INPSASEL], 2006) “Es el suceso que tuvo como consecuencia la

lesión, describe el modo en que la víctima ha resultado lesionada.”

Enfermedad Ocupacional. LOPCYMAT ARTICULO 70

Se entiende por enfermedad ocupacional, los estados patológicos contraídos o agravados con ocasión

del trabajo o exposición al medio en el que el trabajador o la trabajadora se encuentra obligado a

trabajar, tales como los imputables a la acción de agentes físicos y mecánicos, condiciones

disergonómicas, meteorológicas, agentes químicos, biológicos, factores psicosociales y emocionales,

que se manifiesten por una lesión orgánica, trastornos enzimáticos o bioquímicos, trastornos

funcionales o desequilibrio mental, temporales o permanentes. Se presumirá el carácter ocupacional de

aquellos estados patológicos incluidos en la lista de enfermedades ocupacionales establecidas en las

normas técnicas de la presente Ley, y las que en lo sucesivo se añadieren en revisiones periódicas

realizadas por el Ministerio con competencia en materia de seguridad y salud en el trabajo

conjuntamente con el Ministerio con competencia en materia de salud.

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a) Leve: Lesiones que impliquen una discapacidad determinada por reposo menor o igual a tres (03) días,

que no generen ningún otro tipo de complicación.

b) Moderado: Lesiones que impliquen una discapacidad determinada por reposo mayor a tres días. No

debe generar complicaciones.

c) Grave: Lesiones que impliquen discapacidad determinada por reposo mayor a tres días, con

complicaciones que permitan reinserción al trabajo pero que impliquen posteriormente un cambio en la

actividad laboral o limitación de la tarea porque dejan algún tipo de secuela.

d) Muy Grave: Lesiones que impliquen discapacidad determinada por reposo mayor a tres días, con

complicaciones que no permitirán la reincorporación al trabajo.

e) Mortal: Lesiones que impliquen la muerte en el momento del accidente o posteriormente”.

Nivel de Gravedad de la Lesión ocasionada por un Accidente

de Trabajo

LOPCYMAT

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Discapacidad

Se conoce como discapacidad, la cualidad de discapacitado refiriéndose a la persona que tiene

impedimento que limite alguna de las actividades cotidianas que pueden ser consideradas por el

resto como normal, esto producto de una alteración en la parte intelectual o física

Clasificación según la LOPCYMAT

1.Discaplacidad temporal. Artículo 79. La discapacidad temporal es la contingencia que, a consecuencia de un accidente de

trabajo o enfermedad ocupacional, imposibilita al trabajador o trabajadora amparado para trabajar por un tiempo determinado.

2. Discapacidad parcial permanente. Artículo 80. La discapacidad parcial permanente es la contingencia que, a consecuencia

de un accidente de trabajo o enfermedad ocupacional, genera en el trabajador o trabajadora una disminución parcial y

definitiva menor del sesenta y siete (67%) por ciento de su capacidad física o intelectual para el trabajo

3. Discapacidad total permanente para el trabajo habitual. Artículo 81. La discapacidad total permanente para el trabajo

habitual es la contingencia que, a consecuencia de un accidente de trabajo o una enfermedad ocupacional, genera en el

trabajador o trabajadora una disminución mayor o igual al sesenta y siete por ciento (67%) de su capacidad física, intelectual o

ambas, que le impidan el desarrollo de las principales actividades laborales inherentes a la ocupación u oficio habitual que

venía desarrollando antes de la contingencia, siempre que se conserve capacidad para dedicarse a otra actividad laboral

distinta.

4. Discapacidad absoluta permanente para cualquier tipo de actividad. Artículo 82. La discapacidad absoluta permanente

para cualquier actividad laboral es la contingencia que, a consecuencia de un accidente de trabajo o enfermedad ocupacional,

genera en el trabajador o trabajadora una disminución total y definitiva mayor o igual al sesenta y siete por ciento (67%) de su

capacidad física, intelectual, o ambas, que lo inhabilita para realizar cualquier tipo de oficio o actividad laboral.

5. Gran discapacidad. Artículo 83. La gran discapacidad es la contingencia que, como consecuencia de un accidente de

trabajo o enfermedad ocupacional, obliga a el trabajador o trabajadora amparado a auxiliarse de otras personas para realizar

los actos elementales de la vida diaria. En este caso, el trabajador o trabajadora tendrá derecho, además de la prestación

dineraria establecida en los artículos 79 y 82, a percibir una suma adicional de hasta el cincuenta por ciento (50%) de dicha

prestación, pagadera en mensualidades sucesivas, en el territorio de la República, en moneda nacional, mientras dure esta

necesidad.

6. Muerte.

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Clasificación de lesiones producidas desde el punto Médico Legal,

enmarcadas en el tipo penal.

Homicidio calificado

Si de la muerte de una persona por quemaduras producidas por incendio y

se llegara a comprobar que fue provocado, la persona sobre la que se

determine la responsabilidad podrá ser imputado por homicidio calificado

según el articulo 406 del Código Penal

MUERTE PRODUCIDAS POR QUEMADURAS

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HERIDA PRODUCIDA POR ARMA CORTANTE

Lesiones personales

La lesión presentada en esta caso se encuentra

calificada como lesiones personales graves en nuestra

norma penal en el articulo 415 , por ser una lesión que

deja una cicatriz notable en la cara.