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ISSN: 0213-2079 «LAS TRES ILUSTRES ORDENES Y RELIGIOSAS CAVA- LLERIAS»! INSTITUIDAS POR LOS REYES DE CASTILLA Y LEÓN: SANTIAGO, CALATRAVA Y ALCÁNTARA The Three Illustrious Orders and Religious Chivalries Instituted by the Kings of Castile and Leon: Santiago, Calatrava and Alcantara Elena POSTIGO CASTELLANOS Profesora Titular Historia Moderna. Universidad Autónoma de Madrid RESUMEN: Se examinan de manera resumida tres tipos de cuestiones referidas todas ellas a las órdenes castellanas de Santiago, Calatrava y Alcán- tara, en las épocas medieval y moderna (siglos XIl-XVIl). Se ocupa en primer lugar de dos momentos claves en la vida de estas instituciones: la fundación y principios y la incorporación de sus maestrazgos a la Corona de Castilla. Analiza igualmente la estructura institucional y la caracterización de estos corpora, así como la forma de gobierno a la que estuvieron sujetos. Final- mente, y también de manera esquemática, se revisa su misión fundacional y el papel que, de acuerdo a ella, se les asignó tanto en la época medieval como en la moderna. Palabras clave: orden de Santiago, orden de Calatrava, orden de Alcántara, órdenes militares, «Nobleza católica», confesionalización, siglos XI-XVII, Castilla, Edad Moderna. ABSTRACT: This article refers, briefly, to three types of questions concerning Castilian Military Orders: Santiago, Calatrava and Alcántara during Medieval and Early Modern periods (XII-XVII centuries). In first 1. Rades y Andrada, Fray Francisco de: Chronica de las tres Ordenes y cavallerías de Sanctiago, Calatrava y Alcantara..., Toledo, 1572. En el «Prólogo del autor a los lectores», s/p. © Ediciones Universidad de Salamanca Stud, his., H. a mod., 24, 2002, pp. 55-72

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  • ISSN: 0213-2079

    LAS TRES ILUSTRES ORDENES Y RELIGIOSAS CAVA-LLERIAS! INSTITUIDAS POR LOS REYES DE CASTILLA Y LEN: SANTIAGO, CALATRAVA Y ALCNTARA

    The Three Illustrious Orders and Religious Chivalries Instituted by the Kings of Castile and Leon: Santiago, Calatrava and Alcantara Elena POSTIGO CASTELLANOS Profesora Titular Historia Moderna. Universidad Autnoma de Madrid

    RESUMEN: Se examinan de manera resumida tres tipos de cuestiones referidas todas ellas a las rdenes castellanas de Santiago, Calatrava y Alcn-tara, en las pocas medieval y moderna (siglos XIl-XVIl). Se ocupa en primer lugar de dos momentos claves en la vida de estas instituciones: la fundacin y principios y la incorporacin de sus maestrazgos a la Corona de Castilla. Analiza igualmente la estructura institucional y la caracterizacin de estos corpora, as como la forma de gobierno a la que estuvieron sujetos. Final-mente, y tambin de manera esquemtica, se revisa su misin fundacional y el papel que, de acuerdo a ella, se les asign tanto en la poca medieval como en la moderna.

    Palabras clave: orden de Santiago, orden de Calatrava, orden de Alcntara, rdenes militares, Nobleza catlica, confesionalizacin, siglos XI-XVII, Castilla, Edad Moderna.

    ABSTRACT: This article refers, briefly, to three types of questions concerning Castilian Military Orders: Santiago, Calatrava and Alcntara during Medieval and Early Modern periods (XII-XVII centuries). In first

    1. Rades y Andrada, Fray Francisco de: Chronica de las tres Ordenes y cavalleras de Sanctiago, Calatrava y Alcantara..., Toledo, 1572. En el Prlogo del autor a los lectores, s/p.

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    instance it deals with two basic moments in the life of these institutions: the foundation and the beginnings and the Incorporacin de los Maestrazgos to the Castilian Crown. At the same time it analyses the institutional structure and the characterization of these corpora as well as the form of government they were submitted to. Finally, and also in a schematic way, its foundational mission is examined and the role they played according to this mission during the Medieval and Early Modern periods.

    Key words: Order of Santiago, Order of Calatrava, Order of Alcan-tara. Military Orders, Catholic nobility, Confessionalization, XI-XVIIth centuries, Castile, Early Modern History.

    Congregse un Convento y Exercito de los del pueblo de Israel y ordenaron que todos fuesen apercebidos de armas, y apunto de guerra,

    usando de los medios humanos para su defensa y que juntamente con este apercibimiento, se aprovechasen de otras armas spirituales

    haciendo oracin a Dios, y pidindole misericordia y perdn de sus pecados^

    Macabeos, Libro I, 3

    El tercer cuarto del siglo XII sera testigo de la institucin en los reinos de Castilla y Len bajo el auspicium de la monarqua y del papado3 de tres grandes rdenes militares de caballera: Sanctiago del Espada, Calatrava y San Iulian

    2. En opinin de Rades, estas palabras de la Biblia que dicen lo que hizo el pueblo de Israel, hallndose en peligro y por consejo de su capitn, inspiraron a los fundadores de estas religiones. En Crnica... op. cit. Prlogo del autor a los lectores, s/p.

    3. Los reyes fueron los principales patronos de las rdenes a lo largo de sus siete siglos de existencia, y adems esta condicin no fue nunca una mera formalidad. Hasta el siglo XIII, aunque se mantuvieron al margen de sus asuntos internos, las acogieron, las dotaron generosamente y las protegieron. A partir de la baja Edad Media nada impidi que la proteccin abriera la puerta a un papel ms destacado. Se registraron con cierta frecuencia situaciones en las que los monarcas, cambiaron sus constituciones, ejercieron cierto control sobre la eleccin del maestre, enajenaron propiedades, etc. Finalmente, la Incorporacin perpetua de los maestrazgos a la Corona de Castilla a comienzos del siglo XVI (en la que entraremos en pginas posteriores), no hizo sino reforzar el marcado papel que venan ejerciendo los monarcas en las rdenes. Pero adems de con el favor real, las rdenes gozaron desde su institucin con el auxilio del papado. Desde la fundacin, los pont-fices las reputaron por 'hijas predilectas' de la Iglesia romana y a lo largo de toda su historia mantu-vieron con ellas relaciones muy estrechas. Pero si la sede apostlica siempre las ampar fue, con toda probabilidad, porque las consider instrumento tilsimo de su poltica. Estas cuestiones estn anali-zadas para la orden de Santiago en el perodo medieval en LOMAX, Derek W.: La Orden de Santiago (1170-1275). Madrid 1965, pp. 17-23 y 29-33.

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    de Pereyro enseguida llamada Alcntara4. En general, siguieron el modelo de la milicia del Temple fundada slo unas dcadas atrs. Sin embargo, la orden de Santiago particip tambin al menos en origen y desde luego ms modesta-mente del elemento asistencial que caracteriz a la orden de San Juan de Jerusaln5.

    Segn parece, la primera fundacin de las tres fue la de la orden de Calatrava (Sancho el Deseado, 1158); la sigui la de la orden de Santiago (Fernando II de Len, 1170); y slo algunos aos ms tarde la de Alcntara (Fernando II de Len 1176)6. Muy poco despus de su institucin como cuerpos militares, seran apro-badas y confirmadas por la Iglesia como verdaderas religiones. Por tal razn, en el momento de la aprobacin pontificia cada una de las milicias debi adoptar la Regla de una de las grandes rdenes monsticas7. Calatrava y Alcntara siguieron la Regla de S. Benito, pero con las constituciones del Cster mode-radas para hacer posible su profesin militar. La orden de Santiago observ la de S. Agustn, tambin limitada y mitigada como convena a la caballera. Cumplida esta formalidad, el mismo romano pontfice el papa Alejandro III otorgara en 1164, 1177, 1175, las respectivas bulas confirmatorias.

    Como efecto de este doble acto fundacional institucin real y aprobacin pontificia las rdenes quedaran constituidas, como una 'militia Christi', con vocacin tanto religiosa como militar, cuya misin era el 'servicio de Dios', el 'ensalzamiento y defensa de la Christiana religion, y Fee catholica' y la 'defensa de la Repblica Christiana'. En este mismo propsito permaneceran hasta su supresin a finales del Antiguo Rgimen, casi siete siglos despus. Bien es verdad que esa misin se concretara de manera diferente a lo largo de los siglos, en funcin de las necesidades de cada momento histrico. El cometido que se les asign en cada etapa dependi de lo que entonces se entendiera que eran las nece-sidades de la religin cristiana, de la fe catlica y de la Repblica Cristiana.

    4. Una magnfica sntesis de estas rdenes en la Edad Media en AYALA MARTNEZ, C. de: Las Ordenes Militares hispnicas en la Edad Media (siglos XII-XIV). Madrid, 2003.

    5. Un encuadramiento general de las rdenes del Temple y de San Juan de Jerusaln en GARCA GUIJARRO RAMOS, Luis: Papado, Cruzadas y Ordenes Militares, siglos XI-XIII. Barcelona, 1995.

    6. Dada la polmica que existe acerca de cronologa fundacional de las milicias castellanas sobre todo entre Santiago y Calatrava, las fechas de fundacin que se ofrecen deben de tomarse con cierta cautela. Sobre la polmica moderna pueden verse, entre otros RADES Y ANDRADA, Fray Francisco de: Crnica... op. cit. PORTILLA Y DUQUE, Francisco de la: Regalas de la Orden y Cava-lleria de Santiago, Tratado de su antigedad, Amberes, 1598. MASCAREAS, Jernimo: Apologa histrica por la ilustrsima Religin de Calatrava: su antigedad, su extensin, sus grandezas entre las militares de Espaa, Madrid, 1651. Una revisin actual en, MARTN, Jos Luis: Orgenes de la Orden Militar de Santiago 1170-1195, Barcelona, 1974.

    7. Las tres nicas Reglas aprobadas por entonces eran la de San Basilio, la de San Benito y la de San Agustn.

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    Este doble carcter religioso y guerrero con que fueron instituidas, las converta en cuerpos verdaderamente peculiares. De hecho, hasta la institucin de la orden del Temple en las primeras dcadas del siglo XII, no se conocan ni en la Pennsula Ibrica, ni en el occidente cristiano instituciones semejantes8.

    A simple vista, y desde la ptica ms tradicional, las rdenes militares eran cuerpos que podran parecer un tanto paradjicos, pues los monjes guerreros estaban expresamente condenados por el derecho cannico. Pero la paradoja tena su explicacin: si la ley prohiba a los clrigos derramar sangre, nada impeda a los guerreros vivir santamente o formar hermandades religiosas9. Y en efecto, as es como se formaron las rdenes militares hispanas: en los tres casos fueron grupos de nobles quienes 'tocados por la gracia del Espiritu Santo' como sealan los cronistas se propusieron no luchar ms contra cristianos y combatir por Dios. Es muy explcita en este sentido la Regla de Calatrava: 'Mucho apro-bamos vuestro loable propsito, con el cual convertidos de la Cavalleria, milicia del mundo a la de Christo determinasteis combatir los enemigos de la Fee'10. Por esta razn, todas las rdenes adoptaron por insignia de sus pendones y estan-dartes y por hbito la seal de la cruz. La cruz de Santiago era colorada y tena forma de espada; la de Calatrava negra en origen y colorada en poca moderna, tena cuatro brazos iguales rematados en los extremos por flores de lis; la de Alcntara era de la misma forma que la de Calatrava pero de color verde.

    Desde la fundacin, la relacin entre las tres rdenes fue muy estrecha, lo cual no obsta para que se produjeran entre ellas enfrentamientos ocasionales11. En el momento de la aprobacin pontificia, las rdenes de Calatrava y Alcntara se incorporaron a la orden del Cster y como milicias cistercienses permanecieron hasta su supresin a finales del Antiguo Rgimen12. Hijas de la misma madre Cster, Calatrava era la hermana mayor y Alcntara, lo mismo que otras

    8. Existe una antigua polmica sobre el origen de las rdenes militares y su vinculacin a la institucin musulmana del ribat. De ella da cuenta GARCA GUIJARRO RAMOS, Luis: en Papado, Cruzada... op. cit., p. 70 y ss.

    9. Esto lo explica muy bien LOMAX, Derek W.: La Orden de Santiago... op. cit., p. 4 y ss. 10. Este mismo fin se aprueba en la bula de confirmacin de la Orden, en RADES Y ANDRADA,

    Fray Francisco de: Catalogo de las obligaciones que los comendadores, cavalleros, y cavalleria de Calatrava tienen en razn de su avito, y Profesin, con declaracin de como obligan en el fuero de la conciencia algunas de ellas: y la forma de rezar, que han de guardar los Legos, Toledo, 1571.

    11. Una cumplida informacin de conflictos, especialmente entre Calatrava y Santiago en, LOMAX, Derek W.: La Orden de Santiago, op. cit., pp. 41-43.

    12. Para la vinculacin de estas rdenes con el Cster vase ZAPATER, Ramn: Cister Militante en la Campaa de la Iglesia contra la sarracena furia. Historia General de las Ilustrissimas, I ditas y Nobilsimas Cavallerias del Templo de Salomon, Calatrava, Alcantara, Avis, Montesa y Christo, Zaragoza, 1662.

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    rdenes ibricas Montesa y Avis las hermanas pequeas. Tras unos primeros aos de existencia independiente, en 1213 la orden portuguesa de Avis, en 1256 la orden castellana de Alcntara y en 1317 la orden aragonesa de Montesa, quedaron sujetas a Calatrava. Esto quiere decir que sus maestres y caballeros fueron obligados a guardar sus estatutos y leyes y a admitir las visitas y reformaciones del maestre calatravo13. Aunque la orden de Santiago perteneca a una familia distinta can-nigos reglares no por ello las relaciones con Calatrava y Alcntara fueron distantes. En 1259, en tiempos del maestre santiaguista Martn Pelez y del calatravo Gonzalo Ioanes se hizo hermandad entre ambas milicias por la cual se juraban socorro y ayuda mutua en momentos difciles, 'favor en todas las cosas' y 'ayuda a buena fe'. Algunos aos despus, el maestre de Santiago, Gonzalo Rodrguez, y el de Alcntara, Benito Surez, firmaban otra carta de hermandad en trminos muy semejantes14. En la misma lnea hay que sealar otro elemento que puede consi-derarse indicio de la buena y estrecha relacin que exista entre las milicias castellanas: en algunos momentos del siglo XIII (1274 Concilio de Lyon y 1291 Nicols V), se pens que, dado que las rdenes se parecan tanto en fines y mtodos, podra ser til unificarlas. Aunque la idea fue rechazada por los monarcas hispanos bsica-mente por razones polticas volvera a resurgir, que nosotros sepamos, al menos en los siglos XIV15 y XVI, aunque desde luego en escenarios muy diferentes.

    En cuanto a la composicin de estas milicias, se puede decir que en general, y sobre todo despus de que llevaron algunos aos instituidas, cada orden cons-taba de un conjunto de individuos con diferente estatus. Sin embargo, todos ellos fueron llamados freyles, para as distinguirlos de los frayles, miembros de otras rdenes religiosas no militares. Unos freyles eran religiosos milites, consagrados al ejercicio de la guerra en defensa de la Cristiandad. Otros eran Religiosos clrigos, dedicados al culto divino para pelear con armas espirituales: la oracin, el ayuno, la abstinencia y otras obras de religin. En ambos casos, a la profesin y a los tres votos religiosos de pobreza, castidad y obediencia mitigados por la Iglesia a los militares16 se una el voto de preservar la fe de Cristo. Tanto los

    13. Para un planteamiento general del problema, MUOZ GALLARDO, J. A.: Fue la Orden de Alcntara filial de la de Calatrava?, en Revista de Estudios Extremeos, XXI (1965), pp. 247-302. Sobre las relaciones entre Calatrava y Montesa, ver en este mismo informe, ANDRS ROBRES, Fernando: Dos siglos de historiografa sobre la orden de Montesa....

    14. El texto completo de ambas hermandades en RADES Y AORADA, Fray Francisco de: Chro-nica de las... op. cit., pp. 16 y 16v. 'Chronica de Santiago' y p. 4 de 'Chronica de Alcantara'.

    15. LOMAX, Derek W.: La Orden... op. cit. 16. Segn puede leerse en dos bulas de 1414 y 1540, se autoriz a los caballeros de Santiago

    primero y a los de Calatrava y Alcntara despus a contraer matrimonio. En la ltima fecha tambin se les permiti testar. La importancia de estas exenciones es que en la prctica eximan a los caba-lleros de los votos de castidad y pobreza.

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    milites como los clrigos eran reputados por verdaderos religiosos. Por eso, adems de las obligaciones monsticas gozaban tambin de los privilegios de los monjes: exencin de la jurisdiccin real, exencin de la jurisdiccin del clero secular y sometimiento directo a la Santa Sede.

    Aunque de orden diferente, entre los milites existan tambin diferencias: se llamaban comendadores los que gozaban de una encomienda17 y caballeros los que no la tenan. Entre los clrigos las haba igualmente. Los que disponan de beneficio formado se llamaban priores, y los que reciban beneficio curado curas o rectores18, y los que no tenan beneficio ninguno, conventuales.

    En origen existieron tambin seglares vinculados a las Ordenes. Eran los llamados familiares19, individuos cuyo estatuto dentro de la milicia no estaba

    17. Lo que se entiende por encomienda y por comendador vara mucho a lo largo del tiempo. En origen exista en las rdenes la costumbre de que el maestre confiara, a ttulo de compen-sacin, un territorio de la orden, a un caballero de hbito, el comendador. Era una concesin que se haca in commendan, es decir, temporalmente de donde deriva el nombre de encomienda. Lo que se conceda al comendador con la encomienda era la jurisdiccin civil y criminal sobre ciertos territorios, villas y castillos de la orden, y la percepcin de determinadas rentas que garantizaban su sustento. A cambio, el comendador deba de atender al gobierno del territorio de la encomienda, a su defensa militar y al sustento de las iglesias situadas en l. De ah que el papel del comendador fuera tanto militar, como de gobierno y de proteccin de la Iglesia. A finales del perodo medieval el estado de las encomiendas haba variado sensiblemente. Ninguna de ellas tena ya por entonces obligaciones defensivas y en sustitucin del antiguo servicio militar, el comendador deba pagar un tributo denominado las lanzas. En pocas de extrema necesidad financiera de la monarqua siglo XVII, se creara un nuevo impuesto sobre las encomiendas llamado las medias lanzas. Por otro lado, slo quedaban unas pocas encomiendas que incluan jurisdiccin, y de hecho la gran mayora haban quedado reducidas simplemente a la percepcin de unas rentas. Sobre las enco-miendas en la poca moderna ver el trabajo de RuiZ RODRGUEZ, Jos Ignacio: Organizacin poltica y econmica de la Orden de Santiago en el siglo XVII. (Los hombres, la economa y las insti-tuciones). Ciudad Real, 1993.

    18. Entre los siglos XII y XIII se produjo en las rdenes un proceso de relajacin de la residencia conventual. Esto quiere decir que los comendadores, los caballeros y la mayor parte de los clrigos dejaron la Casa Mayor de su orden donde habitualmente residan, para vivir en otros lugares. Unos fijaron su residencia en las casas de su encomienda, otros en la casa familiar y finalmente los clrigos en los distintos conventos que se fundaron en el territorio de las rdenes. Por este motivo se instituyeron los prioratos, para que a sus iglesias acudiesen a recibir gua espiritual, confesin y comunin las que anualmente se exigan en la Regla los caballeros y comendadores. Cada uno en la provincia o partido donde tuvieran establecida su residencia. Quien desempeaba el minis-terio eclesistico en los prioratos era el prior freyle clrigo, y por ello se haca acreedor de una renta o racin denominada beneficio formado. La misma justificacin desempeo del ministerio eclesistico tenan los llamados beneficios curados. En este caso el beneficiado era el prroco o rector que tena encomendada la cura de almas de los habitantes que residan en el territorio de las rdenes. En ambos casos la renta beneficial tena la misin de mantener al clrigo beneficiado.

    19. Por lo que nosotros sabemos esta figura del familiar no lleg a la poca moderna. No obstante, desconocemos el momento de su desaparicin.

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    muy bien definido. Parece que se comprometan sin profesar como freyles y sin vivir en los conventos a tomar el hbito de la orden, si es que en algn momento de su vida se decidan a entrar en religin. Prometan tambin dar limosna a la orden normalmente propiedades inmuebles, hacerse enterrar en sus cementerios y servirla, amarla y ayudarla durante toda su vida. A cambio el familiar esperaba recibir de la orden parte de los beneficios temporales y espiri-tuales que sta estaba en disposicin de dispensar. Se trataba, en general de 'ricos-hombres y ttulos' e incluso de hijos de reyes. En 1218, por ejemplo, el infante D. Manuel se afili a la orden de Santiago como familiar, con su mujer Doa Constanza. Prometi cuidar los intereses de aquella milicia y deshacer sus agra-vios; enterrarse l y enterrar a su mujer y a sus hijos en el Convento de Ucls y pagar a la orden 25.000 maraveds20.

    Por lo que se refiere al gobierno de estos institutos, la Regla y las bulas confirmatorias permiten conocer bien su entramado bsico. Salvo diferencias puntuales, estaba organizado en las tres milicias de la misma manera. Cada una de ellas posea una Casa Mayor, que constitua junto a la sede maestral en el caso de que no fuera esta Casa el centro visible de la orden. En ella resida el Prior, una de las figuras ms emblemticas de las milicias castellanas. Residan tambin en ella, al menos hasta ser encomendados y beneficiados, todos los freyes milites y clrigos. Pero la Casa Mayor adems de ser residencia del prior y de los frey les, cumpla otras funciones que le conferan una dimensin verda-deramente relevante. All tena lugar, por ejemplo, la eleccin del maestre y una serie de rituales, de fuerte valor simblico, que se le asociaban. Sealemos a modo de ejemplo las ceremonias de la profesin y de asiento del elegido en la Silla del Maestrazgo. Tampoco hay que olvidar que la Casa Mayor era crcel de caba-lleros y clrigos; lugar de depsito del archivo de la orden; centro de custodia de numerosas reliquias y por tanto foco de peregrinacin; espacio de entierro de maestres, frey les y familiares, etc. Pero al margen de la reputacin que todas esta funciones pudieran depararle, la Casa Mayor era sobre todo el centro espi-ritual de la orden. Era all donde los freyles reciban el hbito, donde se formaban durante un largo perodo de tiempo para recibir la aprobacin y donde efec-tuaban la profesin. Era en definitiva el lugar donde se dictaban y desde donde se difundan las normas de espiritualidad que regan las milicias castellanas. La Casa Mayor de Santiago era el Convento de Ucls21, la de Calatrava el sacro

    20. En, LOMAX, Derek W.: La Orden de Santiago... op. cit., p. 39. 21. Existi una acalorada polmica sobre si el Convento cabeza de la Orden fue Ucls o

    San Marcos de Len o si lo eran los dos. De ella da buena cuenta RADES, Fray Francisco de: Chronica de las Tres Ordenes... op. cit., 'Chronica de Sanctiago' pp. 9-lOv.

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    Convento y castillo del mismo nombre y la de San Iulin de Pereiro el Convento de la villa de Alcntara.

    A la cabeza de cada orden, como superior general en lo temporal y en lo espi-ritual se hallaba el Maestre22. Si bien es verdad que, al menos en los aos siguientes a la fundacin, las rdenes de Calatrava y Alcntara en lugar de al maestre, debieron obedecer a un abad de la orden del Cster el abad de Mori-mond y slo a partir de 1180 en la primera y 1183 en la segunda, elegiran maestre. La de maestre era una dignidad vitalicia de la que se poda renunciar y a cuyo titular se poda destituir en caso de incumplimiento grave de deberes. En la orden de Santiago, el maestre era elegido por el llamado Consejo de los Trece23 y en las de Calatrava y Alcntara por el Captulo General24. Segn la Regla, y la bula de aprobacin de la orden de Santiago, el Consejo de los Trece y el Captulo General deban de asistir al maestre en el gobierno de la orden: con su 'parecer y consejo el maestre haga todas las cosas importantes' se lee en la bula citada. Tambin los maestres de Calatrava y Alcntara estaban obli-gados por la constitucin de su orden a contar, para resolver 'los negocios graves y de inters comn', con la cooperacin y asentimiento del Captulo General25. Es decir, la organizacin de estas milicias era jerrquica y su cabeza estaba cons-tituida por el Maestre y el Captulo General.

    22. La mayor parte de las rdenes de caballera llamaron a sus superiores magister que ces nombre de superioridad, exemplo y doctrina'. Era ste un ttulo tomado de los romanos, que a los que gobernaban los ejrcitos les llamaban Maestros de caballeros. Nos parece oportuno sealar tambin que hay autores que se refieren al superior de las rdenes castellanas con la denominacin de Gran Maestre. Sin embargo este tratamiento no es correcto. El error procede de una confu-sin con el nombre que recibe el superior en algunas rdenes internacionales. Es el caso, por ejemplo, de la orden del Temple. Aqu existan dos tipos de maestres. Un maestre general de la orden y varios maestres para cada una de las provincias europeas. El maestre general reciba el nombre de Gran Maestre y los provinciales el de Maestre simplemente. Vase, GARCA-GUIJARRO RAMOS, Luis: Papado, Cruzadas... op. cit., p. 106 y ss.

    23. Trece freyles escogidos a su vez por aquel. 24. Asamblea que congregaba a todas las dignidades de la orden, a los priores, a los comenda-

    dores y a los freyles. De acuerdo a la Regla deba juntarse, en principio anualmente y a partir del siglo XII cada tres aos. Bien es verdad que desde los reinados de Carlos V y Felipe II se reuni sola-mente en ocasiones contadas. El ltimo captulo general reunido en las rdenes fue el de mediados del siglo XVII 1652, 1653 segn la orden. El captulo era convocado por el maestre.

    25. El Captulo General se ocupaba de todos los asuntos de la orden. Por un lado de la obser-vancia y de la disciplina. De los acuerdos que tomaba en este sentido, se redactaban leyes que quedaban recopiladas en los Establecimientos en Santiago, y las Definiciones en Calatrava y Alcntara. Pero los captulos tambin dedicaron mucho tiempo a la administracin de las rdenes y de su territorio. En este sentido dieron origen, a lo que, al menos en Santiago, se denominaron Leyes Capitulares. Esta leyes fueron definidas como 'leyes temporales, tocantes a la justicia, buena governacion de los pueblos de la provincia desta Orden de sus distritos y vasallos'. Es decir, el cap-tulo era el instrumento bsico de comunicacin poltica entre el maestre y las rdenes.

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    Pero adems de por el captulo, los maestres se ayudaban en el gobierno por un grupo de Dignidades26. Cabe destacar algunas de las ms significativas. En primer lugar, el Comendador Mayor una especie de lugarteniente general del maestre, a quien sustitua en ausencia, enfermedad o muerte, tanto en la paz como en la guerra27. La segunda dignidad en jerarqua era el Prior Mayor. Cura general de todas las personas de la orden y de las almas de las iglesias de su terri-torio. Resida, como dijimos ms arriba, en la Casa Mayor y por concesin apostlica usaba mitra, bculo y otras insignias obispales. De hecho, al menos en la orden de Santiago, se le denominara obispo-prior. En las bulas confirmato-rias se expresaba la exencin de las dicesis que presidan estos priores en rela-cin al obispo ordinario. Lo cual quiere decir que formaban una propie et ver nullius dicesis y, por tanto, estaban sometidas exclusivamente al pontfice, ni siquiera al nuncio de Su Santidad28. La tercera dignidad en grado la constitua el Sacristn Mayor, encargado de las reliquias y ornamentos, que no eran pocos29. Vena despus el Obrero Mayor, a cuyo cargo estaba la construccin y repa-racin de los templos, fortalezas y en general de cualquier edificio de la orden. Estas dignidades mayores y algunas otras que no citamos por ser particulares de cada milicia junto a los priores y comendadores30 y otros oficios menores, conformaban el organigrama de las rdenes hasta la incorporacin de los maes-trazgos a la corona.

    Es de sobra conocida la misin medieval de estas milicias ligada a la lucha contra el Islam en la pennsula. Por este motivo los fundadores las emplazaron en la 'raya de tierra de Moros como muro y valuarte, amparo y defensa del pueblo Christiano'. Santiago fue situada en Extremadura oriental; Calatrava entre Andaluca y Toledo (en lo que despus se llamara el Campo de Calatrava) y Alcntara en lo que por entonces se denominaba la Beira Alta (Extremadura occi-dental). No se van a recordar aqu los episodios blicos de las rdenes en el

    26. Con el ttulo de dignidades se enunciaban los cargos en el estado eclesistico y particular-mente los de las rdenes militares.

    27. En origen, el Comendador Mayor era una dignidad elegida por el captulo general. Sin embargo Felipe II consigui por bula papal que tanto l como sus sucesores pudieran nombrarlo directamente, sin convocar al captulo.

    28. Tal y como establece la normativa, el Prior del Sacro Convento de Calatrava deba ser nombrado por la orden del Cster, concretamente por el abad del monasterio de Morimond. N o obstante, y segn explica FERNNDEZ IZQUIERDO, Francisco: La Orden de Calatrava... op. cit., p. 58 los reyes acabaran consiguiendo que los papas les concedieran el derecho de nombramiento.

    29. De hecho, las reliquias eran consideradas como parte del tesoro de las rdenes. Calatrava se senta muy orgullosa de las ms de 100 reliquias que custodiaba el Sacro Convento. Entre ellas destacaba: Cuatro cabezas enteras de las Once mil Vrgenes, una pieza de la mesa en la que Cristo cen con sus discpulos, una costilla de S. Guillermo, un brazo de San Feliciano, etc.

    30. Sobre estas dignidades ver notas n. 14 y 15.

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    perodo medieval. Baste con certificar sus numerosos xitos militares que se tradu-jeron en un rpido avance cristiano. Sin embargo, s conviene sealar un elemento de gran transcendencia. Por la propia dinmica de la actividad militar en recom-pensa a sus xitos militares recibieron de los reyes numerosos dominios y por la mentalidad devocional de la poca inclinada a la limosna privada y a las dona-ciones, las rdenes acabaron acumulando a lo largo del perodo medieval un importante patrimonio. Un patrimonio ubicado principalmente en territorio de la Corona de Castilla, aunque algo tenan tambin en el de la de Corona de Aragn.

    Por otro lado, las condiciones generales del perodo hicieron que, simult-neamente a ese engrandecimiento patrimonial, las rdenes fueran fortaleciendo su posicin en l como seores de tierras y hombres, y perfilando a travs de inmunidades, poderosos seoros31. El grueso del territorio estaba localizado al sur del Sistema Central, en una amplia banda que desde la frontera con Portugal hasta la costa mediterrnea divida a la pennsula en dos. Esta gran banda se frag-mentaba a su vez en tres bloques muy compactos: el del centro de dominio cala-travo, el del oeste ocupado por la orden de Alcntara y por una amplia presencia santiaguista, y el del este con claro predominio de la orden de Santiago. Al norte y al sur de este ncleo central existan numerosos enclaves sueltos, en general de tamao reducido. El menor situado en la provincia de Valladolid no alcanzaba las tres mil quinientas hectreas; el mayor emplazado en Crdoba superaba las veinte y cuatro mil. Era un territorio que en conjunto, y a finales del siglo XV, se cifraba en unos 6 millones de hectreas cerca del 8% del actual territorio estatal, distribuido entre veinte y cuatro de las actuales provincias espaolas, y que inclua dos ciudades, doscientas villas y ms de cien aldeas32.

    Mientras el maestre y los caballeros hicieron vida en comn, el patrimonio de las rdenes se mantuvo indiviso. Sin embargo, a finales del siglo XIII, y como consecuencia de la relajacin de la vida conventual33 siguiendo el modelo de

    31. Sobre la magnitud de los seoros de las rdenes es muy expresivo JOVELLANOS, G. M. de, en un memorial que dirigi al monarca con motivo de un conflicto de competencias entre la juris-diccin privativa de las rdenes y la jurisdiccin real: 'Cuando aquellos generosos monarcas abran las manos para agraciar a los compaeros de sus conquistas, pareca que no hallaban trmino a su generosidad, sus donaciones no slo eran grandes por la extensin de los terrenos que compren-dan, sino tambin por las gracias de que se acompaaban. Concedan el dominio solariego de la tierra, el seoro de los vasallos, la jurisdiccin, las alzadas, las penas de cmara, y en fin cuanto podan dar y conocer...' A. H. N., OO.MM., libro 1.335.

    32. Una aproximacin cartogrfica al territorio de las rdenes castellanas en LPEZ GONZLEZ, Clemente; POSTIGO CASTELLANOS, Elena: y RuiZ RODRGUEZ, Jos Ignacio: Las rdenes Mili-tares Castellanas en la poca Moderna: una aproximacin cartogrfica, en Las rdenes Militares en el Mediterrneo Occidental. Siglos XIII-XV1II. Madrid, 1989, pp. 291-340.

    33. Ver nota 15.

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    las Mesas Eclesisticas del clero secular se dividi por la mitad. Una parte se destin al sustento del maestre y pas a denominarse Mesa Maestral34. De la otra mitad nacieron las encomiendas que se entregaban una a cada caballero. Cuando el nmero de caballeros super al de encomiendas, stas se otorgaron solamente a los ms honorables y meritorios. El resto de los milites deba confor-marse con percibir del maestre, a modo de sustento, una cantidad en metlico procedente de las rentas de la Mesa Maestral35. El que con el paso del tiempo, acabara por llamar pan y agua de caballeros.

    Existen indicios sobrados como para afirmar que a finales del perodo medieval las rdenes militares castellanas se haban convertido en un fuerte poder en manos de la nobleza. Estaba en primer lugar el poder que les conferan sus seoros. No debemos olvidar ni su tamao; ni su estratgica situacin geogr-fica dividiendo a la pennsula en dos; ni su configuracin polticojurdica, con amplsimas prerrogativas de carcter administrativo, tributario y judicial. Vena despus pero no por ello era de menor importancia su fuerza militar. No es difcil entender que el control sobre un poderoso ejrcito les confiriera un papel pujante en el juego poltico de los reinos. Y tampoco que, en ocasiones, se las considerara como una amenaza para la paz y para la estabilidad. De hecho, los cronistas recogen las numerosas ocasiones en las que las rdenes se mezclaron en disputas nobiliarias e incluso en conflictos con la propia monarqua36. De no menor importancia para los reinos fueron las mltiples presiones que se creaban dentro y fuera de estas milicias por la obtencin de dignidades de las rdenes, especialmente por los maestrazgos37. Este conjunto de factores, ya de por s

    34. La Mesa Maestral qued configurada, por tanto, por el conjunto de bienes de las rdenes asignados al maestre. Los derechos y obligaciones del maestre en relacin a la Mesa Maestral eran bastante similares a los del comendador en relacin a la encomienda ver nota 17, si bien es verdad que aqu las cargas eran mayores. Incluan el sustento de los caballeros a los que no se haba podido dotar con una encomienda, el gasto de la llamada Casa del Maestre, tras la incorporacin de los maestrazgos y la creacin del Consejo de las Ordenes, las nminas de consejeros y subal-ternos del Consejo, etc., etc.

    35. Esta cantidad no fue actualizada desde la incorporacin de los maestrazgos a la corona y con el paso del tiempo qued reducida a tan poco que reciba el nombre de 'pan y agua de caballeros'.

    36. En relacin a los conflictos con la monarqua debemos de recordar, por ejemplo, que en la guerra civil que abri el reinado de los Reyes Catlicos, los partidarios de Juana la Beltraneja reci-bieron el apoyo de la orden de Calatrava. Situaciones de conflicto del mismo tipo se recogen en JAVIERRE MUR, urea: 'Fernando el Catlico y las rdenes militares espaolas en V Congreso de Historia de la Corona de Aragn, Zaragoza, 1955.

    37. Un ejemplo del problema en CALDERN ORTEGA, Jos Manuel: 'Pugnas nobiliarias para el control de las dignidades de las rdenes militares en la Castilla bajomedieval: el caso de la Enco-mienda de Azuaga (1465-1478) en Espacio, Tiempo y Forma, serie III. Historia Medieval n. 1, Home-naje al profesor Eloy Benito Ruano, 1988, pp. 97-135. Tambin RADES Y ANDRADA, Frey Francisco de: Chronica de las Tres Ordenes, op. cit. recoge enfrentamientos entre la nobleza castellana y la Corona por la obtencin de los maestrazgos.

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    peligroso, adquiere mayor gravedad situado en la perspectiva del contexto pol-tico de un perodo que, como ste, se hallaba empeado en la afirmacin de los poderes monrquicos. Tales circunstancias explican muy bien el sentido de la actuacin de la monarqua respecto a las rdenes. Una actuacin que desde antiguo estaba orientada a someterlas al poder real, a travs del control de la dignidad maestral38.

    Pero someter a estos poderosos cuerpos, no era una tarea fcil. Supona limitar la secular independencia que haban gozado hasta entonces. Por eso, el proceso no fue ni sencillo ni pacfico. Tampoco se produjo de una sola vez, sino en el trans-curso de un largo perodo de forcejeos corona-rdenes que habra de durar ms de un siglo39. Tambin fueron necesarias largas negociaciones corona-papado, marcadas por la tnica general de buenas relaciones, concesiones y servicios mutuos que haban caracterizado la correspondencia entre la Santa Sede y los monarcas hispanos. Fueron negociaciones basadas en un pasado y en un compromiso futuro en defensa de la fe, que qued claramente expresado en la bula de Incorporacin perpetua de los Maestrazgos a la Corona de Castilla, {Dum intra, 1523):

    Tenemos bien presente las cosas que nuestro carsimo en Cristo hijo Carlos, Rey Catlico de Castilla y Len, Emperador electo siguiendo las pisadas de sus abuelos Fernando e Isabel (...) y las de sus ascendientes han hecho por la Iglesia Universal (...) y tenemos confianza, que cada da, con el favor de Dios, obrar ms atendiendo a lo que desde su tierna edad le enseamos, y a lo devoto que es a la Fe, y a la Sede Apostlica y a toda la Repblica Cristiana40.

    38. Sobre esta cuestin conviene saber que la incorporacin perpetua y por tanto definitiva de los maestrazgos de las tres rdenes a la Corona de Castilla se produjo en 1523, por la bula Dum intra, concedida por el papa Adriano VI. (La citada bula puede leerse en cualquier de los Bullarium de las rdenes). Sin embargo, la administracin real de los maestrazgos no era una solucin nueva y en la orden de Alcntara y sobre todo en la de Santiago, existieron numerosos precedentes en pocas anteriores. La ms conocida de todas es la administracin de los Reyes Catlicos. Entre 1488 y 1498 los monarcas lograron reunir en administracin y por el tiempo de sus vidas, los maestrazgos de Santiago, Calatrava y Alcntara. Sin embargo existen experiencias anteriores e igualmente impor-tantes. Por lo que sabemos hasta ahora, las primeras datan de finales del siglo XIV.

    39. Como hemos sealado, las primeras incorporaciones temporales de los maestrazgos se produjeron en el siglo XIV. FERNNDEZ IZQUIERDO, Francisco: La Orden Militar de Calatrava en el siglo XVI, Madrid, 1992, pp. 48-56, explica algunos de los conflictos que se produjeron en el proceso de incorporacin de la Orden de Calatrava, Del problema en general trata JAVIERRE MUR, urea: Fernando el Catlico y las Ordenes Militares espaolas, op. cit.

    40. 'Bula de la unin de los maestrazgos de Santiago, Calatrava y Alcntara, perpetuamente a la Corona Real de Castilla, concedida por el Sumo Pontfice Adriano VI, a instancia del invicto Emperador Carlos V . (Traduccin castellana en GuiLLAMAS, M.: Resea histrica del origen y funda-cin de las Ordenes Militares y Bula de incorporacin Corona Real de Espaa, con datos estadsticos relativos a los Maestrazgos, encomiendas y alcaldas, con sus productos, el nmero de iglesias y monas-terios de religiosas con otras varias noticias muy curiosas, Madrid, 1850.

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    Como cabe suponer, con la incorporacin de los maestrazgos se produjeron importantes transformaciones en las rdenes. Quizs una de las ms significativas tuvo que ver con la forma de gobierno. Las bulas pontificias que permitieron la unin no confirieron a los monarcas la misma posicin constitucional que venan ocupando los maestres desde la fundacin. Los papas les otorgaron un ttulo de atribuciones ms reducidas, el de 'Administrador por voluntad pontificia'41. Con l se les dispensaban importantes prerrogativas en el mbito temporal casi tantas como anteriormente haban ejercido los maestres pero sin embargo se les incapacitaba para dirigir la vida espiritual de estas milicias. Concedan esta facultad a las propias rdenes, si bien es verdad que daban autoridad a los reyes para que nombraran las personas de ellas que iban a encargarse de ejercerla. En esta lnea hay que situar la fundacin del Consejo de las Ordenes (entre 1495-1498). Una institucin formada por caballeros de hbito, nombrados por el rey, en la que convergan la jurisdiccin temporal confiada a los monarcas y la espiritual concedida a las rdenes. De esta forma, este organismo se convertira desde la fundacin en una de las piezas clave del gobierno de las milicias caste-llanas42. Esta afirmacin cobra an ms sentido si tenemos en cuenta que desde finales del siglo XVI se iniciaron nuevas formas de institucionalizar la comunica-cin entre el rey como administrador y las rdenes. Quizs pudiramos hablar incluso de un nuevo modelo constitucional, en el que el Consejo asume el protagonismo. Si durante los siglos XIII-XVI el canal ms importante de comu-nicacin entre el maestre y las rdenes haba sido el captulo general. A partir de finales del quinientos se establece una nueva forma de comunicacin poltica, propulsada por la corona, pero en general bien aceptada por las rdenes. Hay otro organismo que, adems del captulo, puede asegurar la representacin de las milicias castellanas, y ese organismo es el Consejo de las Ordenes. A partir del reinado de Felipe III, todas las peticiones del rey a las rdenes subsidios, contri-buciones militares43 etc., as como las de las rdenes al rey proteccin de derechos, reparacin de daos, etc. se canalizaron a travs de este organismo44.

    41. Se dio a los reyes el maestrazgo en administracin y no en ttulo por varias razones: la primera porque los reyes no eran religiosos profesos de las rdenes, como lo haban de ser para titu-larse maestres; la segunda porque se les concedan los tres maestrazgos al tiempo y la tercera porque exista la posibilidad de que el maestrazgo recayera en una mujer.

    42. Sobre el Consejo de las Ordenes POSTIGO CASTELLANOS, Elena: Honor y privilegio en la Corona de Castilla. El Consejo de Us Ordenes y los caballeros de hbito en el siglo XVII. Valladolid, 1988.

    43. Sobre la peticin de contribucin militar ver nuestro Notas para un fracaso. La Convo-catoria de las Ordenes Militares en 1640 en Las Ordenes Militares en el Mediterrneo Occidental, siglos XIII-XVIII. Madrid, pp. 397-414.

    44. Numerosos ejemplos en este sentido pueden leerse en A.H.N.; OO.MM., legs. 6.340, 6.347, 6.399.

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    Los cambios en el gobierno no fueron los nicos que se experimentaron en las rdenes a raz de la incorporacin. Pocos aos haban transcurrido desde 1523 cuando Carlos V inici, con potestad pontificia, una poltica de enajenacin patri-monial encaminada a costear su proyecto imperial45. De las tres rdenes la ms afectada por las ventas fue la orden de Calatrava, con una prdida que superaba el 24% de su patrimonio. En menor proporcin fueron enajenados los territo-rios de Santiago y Alcntara, 12% y 6,6% respectivamente46. En reinados posteriores, esta poltica fue abandonada y con excepcin hecha de un pequeo lote de tierras que se vendi en tiempos de Felipe II, el patrimonio de las rdenes no sufri ninguna alteracin ms hasta el proceso desamortizador del siglo XIX47.

    Con la incorporacin pasaron a la corona las rentas y frutos de la mesa maes-tral^, aunque el patrimonio constitutivo de tales rentas sigui en manos de las rdenes. Su valor conjunto era enorme. Una estimacin hecha en el ltimo tercio del siglo XVI situaba los productos anuales de los tres maestrazgos sin descontar las cargas49 en una cifra exorbitante que estaba prxima a los 300.000 ducados.

    45. La bula de Clemente VII que autoriza la enajenacin patrimonial est fechada en 1529. Permita la venta de hasta 40.000 ducados de renta, la mitad procedente de mesas maestrales y la mitad de encomiendas. Adems estipulaba que se deba compensar a las rdenes con una cantidad equivalente. Los reyes situaron la compensacin en juros de la Hacienda Real, concretamente en los de la seda de Granada.

    46. Sobre las enajenaciones ver: LPEZ GONZLEZ, Clemente; POSTIGO CASTELLANOS, Elena y RUIZ RODRGUEZ, Jos Ignacio: Las Ordenes Militares castellanas en la poca moderna: una apro-ximacin cartogrfica en Ordenes Militares en el Mediterrneo Occidental (siglos XII-XVIIl), Madrid, Casa de Velzquez, Instituto de Estudios Manchegos, 1989, pp. 292-334. MOX, Salvador de: Las desamortizaciones eclesisticas del siglo XVI Anuario de Historia del Derecho Espaol, XXXI (1961-1964), pp. 327-361.

    47. Por lo que sabemos, hubo nuevos intentos de enajenacin patrimonial en el siglo XVIII, que todava estn sin estudiar. Segn nos consta fue una pretensin fracasada de los Borbones y enca-minada a conseguir recursos para costear la poltica reformista que se haba pensado para las rdenes.

    48. La administracin de las mesas maestrales, despus de la incorporacin, se comparti entre dos instituciones: los consejos de Ordenes y Hacienda. Es de sobra conocido que a partir de 1519 cuando los Reyes Catlicos ejercan la administracin temporal por necesidades de la Hacienda Real, se realizaron los primeros contratos globales de arrendamiento de los tres maestrazgos. A partir de entonces quien se ocup de los arrendamientos fue el Consejo de Hacienda. Todos los dems asuntos corrieron por el Consejo de las Ordenes. La Mesa Maestral de Calatrava est estu-diada por FERNNDEZ IZQUIERDO, Francisco: La Orden Militar de Calatrava... op. cit., pp. 172-184. La de Santiago ha sido estudiada parcialmente por Ruiz RODRGUEZ, Jos Ignacio: en Organizacin poltica y econmica... op. cit.,pp. 95-101. Sobre la hacienda de las rdenes ver LPEZ GONZLEZ, Clemente: La Hacienda de las Ordenes Militares Castellanas durante el reinado de Felipe IV. Tesis doctoral indita leda en la U.A.M. 1989.

    49. Puede ofrecernos una idea de lo que montaban estas cargas el clculo hecho por FERNNDEZ IZQUIERDO, Francisco: para la Mesa Maestral de la orden de Calatrava en el ao 1573. Las sita entre un 8% y un 10% de los ingresos.

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    No en vano Martn de Azpilcueta argumentaba que mediante los maestrazgos de las tres rdenes el rey de Espaa era el mayor prelado del mundo, despus del papa, en lo referente a ingresos eclesisticos50.

    Como efecto de la incorporacin, pasaron tambin a manos reales y, lo que es igualmente importante, se insertaron en los mecanismos de remuneracin de servicios de la monarqua, diversas honras y rentas de las rdenes. Entre ellas las encomiendas y los hbitos constituyeron la parcela ms substanciosa. Las enco-miendas fueron especialmente codiciadas. Lo que las haca tan atractivas era tanto el prestigio que proporcionaba el ttulo de comendador, como la renta que disfru-taba su titular, es decir, el estatus y el rendimiento51. Las rentas de algunas enco-miendas, descontadas las cargas con las que estaban gravadas52, quedaban en una cantidad reducida53. Pero por el contrario las de otras reportaban beneficios consi-derables. En cualquiera caso se trataba de cantidades que, por entonces, se perci-ban sin apenas contrapartida, pues en esas fechas ya casi ninguna encomienda comprenda obligaciones jurisdiccionales. Del nmero y del valor de las enco-miendas nos da idea una estimacin de inicios del siglo XVII: la orden de Santiago posea 94 encomiendas que valan 308.889 ducados; Calatrava 51 que para el mismo perodo estaban valoradas en 135.000 ducados y finalmente Alcntara 38, evaluadas en 118.248 ducados54.

    Especial importancia en la remuneracin de servicios tuvieron los hbitos de las rdenes55. Se puede decir sin exageracin que constituyeron una de las parcelas

    50. El dato est recogido en WRIGHT, L. P.: Las Ordenes Militares en la Sociedad Espaola de los siglos XVI y XVII. La Encarnacin Institucional de una Tradicin Histrica en ELLIOT, J. H. (d.): Poder y sociedad en la Espaa de los Austrias, Barcelona, Crtica, 1982, pp. 18-19

    51. La expresin procede de MONTEIRO, Nuno: Ordens Militares e Sociedade (Portugal sc. XVII-XIX). Comunicacin presentada al 77 Encontr sobre Ordens Militares, Plmela 1990, ejemplar mecanografiado, p. 17.

    52. Sobre esto ver nota 17. 53. Se debe tener en cuenta tambin que la forma de administrar el patrimonio de las rdenes

    a partir del final del perodo medieval, acabara llevando a una disminucin de la renta que perci-ban los titulares de encomiendas y de las mesas maestrales. En el caso de las encomiendas, la sepa-racin entre el titular de los derechos comendadores y el titular de la jurisdiccin en la poca moderna gobernadores sera uno de los elementos que conducira a que se apropiaran de la parte del len de las rentas los intermediarios: desde las grandes familias de banqueros a las oligarquas locales. Este tema ha sido estudiado por RuiZ RODRGUEZ, Jos Ignacio: en Organizacin poltica y econmica... op. cit., pp. 53-94.

    54. Para estas fechas, tanto el nmero de encomiendas como el valor de sus rentas y las de la mesa maestral haban sufrido ya las consecuencia de las enajenaciones de Carlos V y Felipe II.

    55. Aunque, en principio, la distribucin de distinciones de las rdenes estaba reservada a los militares acabara por premiar casi a cualquier servidor. Ya fuera un capitn, un asentista, un miembro de la Casa Real, etc.

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    bsicas de las honras que distribua la monarqua. El conde-duque de Olivares revela muy bien su valor a Felipe IV:

    .. .Si V.M. quiere honrar no tiene con que si no ennoblece con un habito porque nadie quiere otro premio sino honra, ni nadie es considerado mientras no tiene un habito y a V.M. no le engrandece tanto muchos millones como poder repartir gran cantidad de su honra.

    En efecto, los hbitos de las rdenes militares, repartidos durante los siglos XVI y XVII entre todas las elites, acabaran constituyendo la principal forma de reconocimiento de nobleza, de ah la estima que alcanzaron. Pero bien es verdad que si el ttulo intent ser la insignia distintiva de un grupo muy restrictivo56 y homogneo de vieja nobleza, acabara po r reconocer, sin proponrse lo , otro mucho ms amplio y heterogneo. Estaba compuesto por la vieja sangre Alcntara, la riqueza nueva Santiago y las carreras polticas Cala-trava57: los ricos, los nobles y los galantes o al menos as se les reconoca por entonces.

    Independientemente de los cambios sealados, la incorporacin de los maes-trazgos signific tambin transformaciones de otra ndole. Los acuerdos sellados con este motivo entre la Santa Sede y los monarcas hispanos se encargan de confir-marlo58. El punto de arranque de este acuerdo, lo constitua la renovacin de la cruzada en defensa de la fe que siglos atrs haban formulado y confirmado sus predecesores. Pero sta que proponemos llamar la. Nueva Cruzada de las rdenes, no puede ser considerada una mera repeticin de la anterior (siglo XII). Inclua novedades y, desde luego, no de carcter menor. Supona en primer lugar, un compromiso concreto y claramente formulado, que vinculaba a los monarcas hispanos en la defensa de la fe. Un compromiso que estaba ausente en la cruzada anterior, pero que no parece sorprendente si lo contemplamos en la dinmica del momento y sobre todo si tenemos en cuenta que al mismo tiempo se estaba nombrando a Carlos I y a sus sucesores en la corona castellana, cabeza de una militia Christi.

    56. Como es bien sabido las rdenes definieron la nobleza de una forma mucho ms restric-tiva que la hidalgua simplemente adems estas milicias la exigieron de sangre y no de privilegio. Por otro lado, se requera tambin limpieza de sangre y oficios y legitimidad. Finalmente, en algunos momentos se incorporaron otras categoras, como por ejemplo la de una catolicidad fuertemente ortodoxa en el perodo confesional.

    57. La condesa D'AULNOY, en su Viaje por Espaa, Madrid s/a, p. 37, recoge esta opinin que identifica Santiago con los ricos, Alcntara con los nobles y Calatrava con los galantes. Sobre los hbitos ver nuestro Honor y priviegio... op. cit.

    58. 'Bula de la unin... ' op. cit.

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  • ELENA POSTIGO CASTELLANOS LAS TRES ILUSTRES RDENES Y RELIGIOSAS CAVALLERAS ?!

    Pero esto no era todo. Tan importantes consideraba el pontfice los peligros que por entonces amenazaban a la Cristiandad, que le pareci oportuno que en la nueva cruzada se formulara la defensa de la 'Christiana religion', de la 'Fee catholica' y de la 'Repblica Christiana', en los mismos trminos que la enun-ciaran sus antecesores en el s. XII. La ocasin permita y mereca aadir nuevos dbitos que reorientaran la lucha de acuerdo a las nuevas circunstancias de la Cristiandad. Por eso, si hasta 1492 las rdenes se haban comprometido a combatir contra los infieles, el acuerdo sellado en la incorporacin mantena esta obliga-cin, pero aada una nueva: utilizarlas como 'escudo y defensa' contra los herejes. De esta manera el

    'Rey Carlos' y 'sus sucesores' deberan emprender 'justsima guerra (...) contra los prfidos turcos', y defender 'la cristiandad de tan grandes peligros como la amenazan'. Entre estos peligros en opinin del papado tena un lugar destacado 'Martin Lutero, hereje declarado por la Silla Apostlica'.

    En este sentido, la incorporacin de los maestrazgos a la corona castellana, es el punto de partida de un compromiso tajante de las rdenes con la confesio-nalidad catlica, que redefina su identidad orientndola de acuerdo con las preo-cupaciones del momento. Este compromiso no debe resultar sorprendente si lo contemplamos a la luz de una combinacin doble de factores que result deci-siva. Por un lado hay que tener en cuenta que formalmente, y de acuerdo a la ms estricta concepcin fundacional, estos cuerpos no dejaron nunca de ostentar la condicin de brazo armado del papado. Como puede pensarse, no parece lgico que los pontfices pudieran permanecer indiferentes al combate por la cato-licidad que se vena librando, y de cuyo resultado se confesionalizaran las rdenes. Por otro lado, tampoco resulta ajeno a esta estrategia de catolicidad que los titulares de estas milicias llevaran, como es sabido, el ttulo de 'Rey Catlico' que reflejaba su condicin de cabeza de la Crist iandad que permaneci fiel a Roma59.

    Nuevas circunstancias y nuevos enemigos exigan mtodos nuevos tambin. De esta manera, en la pretensin de adoptar una decidida lnea confesional, las rdenes modificaran sensiblemente su estrategia. A partir de las primeras dcadas del siglo XVI, dejaran las armas y reorientaran su accin hacia el mbito del espritu. Desde entonces, y al menos durante el perodo confesional, se mantuvieron

    59. Ver al respecto, FERNNDEZ ALBALADEJO, Pablo: Rey Catlico: Gestacin y metamor-fosis de un ttulo en El tratado de Tordesillas y su poca. Congreso Internacional de Historia, pp. 209-216.

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    como una 'cavalleria espiritual'60. En esta lnea hay que situar la definicin de un modelo de Nobleza Catlica, encarnado en el caballero de hbito, cuyo smbolo sera un triple compromiso con Dios, con el rey, y con la Iglesia. En l se pusieron grandes esperanzas: se buscaba por un lado, conseguir dirigir la lealtad de la nobleza hacia la monarqua y por otro, preservar al grupo del contagio con 'hereges, scismaticos, gentiles y mahomentanos' haciendo voto de vivir catlica-mente en la obediencia de la Santa Iglesia Apostlica Romana61.

    El estado actual de la investigacin no nos permite llegar ms all del perodo confesional. El siglo XVIII nos es todava, en lo que se refiere a las rdenes, bastante desconocido. No obstante, por lo poco que hasta ahora sabemos, nos aguarda todava una nueva metamorfosis. Como seala Wright en cada etapa la sociedad espaola influy a la institucin de las rdenes militares y a su vez fue influida por ella62.

    60. Para justificar esta transformacin se apoyaron en argumentacin fundacional, centrada en la idea de que las rdenes se instituyeron para ser 'cavalleria amparadora y defensora de la sancta fe catlica asi en lo espiritual como en lo temporal'. En CABRANES, Diego de: Abito y Armadura espiritual, s.l. MDXLIIII, Introduccin s/p.

    61. Una anlisis detenido de estas cuestiones en nuestro Caballeros del Rey Catlico. Diseo de una nobleza confesional en Hispnia. Revista Espaola de Historia, vol. LV/189 (1995), pp.169-204.

    62. WRIGHT, L. P. Las rdenes Militares..., op. cit., p. 56.

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