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Trabajo Práctico Especial Propiedad Intelectual del Software [71.40] Legislación y Ejercicio Profesional de la Ingeniería en Informática Departamento de Gestión Industrial Titular: Ing. Adrián Noremberg JTPs: Ing. Emilio Lauro Ing. Horacio Afonso Ayudantes: Ing. Néstor Pagani Lic. Javier D’Acorso Dra. Micaela Barbieri Grupo 1 – Bugon Quality Software Cesar Buffevant [76700] Raúl Andrés De Roovers [84248] Mariano Gontchar [85015] (Representante Legal) - Florencia Pereira [88816]

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Trabajo Práctico Especial

Propiedad Intelectual del Software

[71.40] Legislación y Ejercicio Profesional de la Ingeniería en Informática

Departamento de Gestión Industrial

Titular: Ing. Adrián NorembergJTPs: Ing. Emilio Lauro

Ing. Horacio AfonsoAyudantes: Ing. Néstor Pagani

Lic. Javier D’AcorsoDra. Micaela Barbieri

Grupo 1 – Bugon Quality SoftwareCesar Buffevant [76700]

Raúl Andrés De Roovers [84248]Mariano Gontchar [85015]

(Representante Legal) - Florencia Pereira [88816]

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Propiedad Intelectual

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Qué es?Toda creación del intelecto humano

Qué protegen sus derechos?Los intereses de los creadores

Cómo?Ofreciéndoles privilegios sobre sus creaciones

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OMPI

Organización Mundial de la Propiedad IntelectualObjetos que se presentan a la protección:

Obras literarias artísticas

Obras literarias y descubrimientos científicos

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OMPI

Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (2)Objetos que se presentan a la protección:

Invenciones

Marcas

Diseños industriales

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Antecedentes

Hitos

1883

1886

Convenio de París para la Protección de la

Propiedad IntelectualPrimera vez en destacar la importancia de la propiedad intelectual

Convenio de Berna para la Protección de las Obras Literarias y Artísticas

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Fundamentos

Amparar en las leyes los derechos morales y patrimoniales de los

creadores.

Amparar los derechos del público para tener

acceso a las creaciones.

Promover la creatividad.

Promover la difusión y la aplicación de los

resultados de la creatividad.

Fomentar prácticas comerciales leales que contribuyan al

desarrollo económico y social.

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Ramas de la Propiedad Intelectual

La propiedad industrial

◦Invenciones

El derecho de autor

◦Obras literarias y artísticas

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La propiedad industrial

Patentes y marcas registradas

Nombres y designacionescomerciales

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El derecho de autor

Libros Obras musicales

Pintura Escultura

SoftwarePelículas

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Propiedad Intelectual del Software

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Propiedad Intelectual del Software

Aplicación◦Programas de computación;

◦Producciones multimedio;

◦Código fuente;

◦Código objeto.

Falta definición jurídica aceptable.

Existe consenso.

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Propiedad Intelectual del Software

Definiciones Copyright•Denominación en inglés para el derecho de autor;• Refiere a actos fundamentales efectuados por:El autor;Otros, con autorización del autor.

• Un tercero puede gozar del derecho a copia, previa obtención de licencia;• Se simboliza mediante .

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Propiedad Intelectual del Software

Definiciones (II)

Copyleft• Término informático;

•Designar la protección jurídica que confieren determinadas licencias;

• Regulan la utilización, modificación y redistribución de un programa;

• Se simboliza mediante .

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Propiedad Intelectual del Software

Definiciones (III) Software Libre• Refiere a libertad no a costos;

• Posee cuatro tipos de libertad:Libertad 0: utilización con cualquier propósito;

Libertad 1: estudio y adaptación a necesidades;

Libertad 2: distribución con beneficio de terceros;

Libertad 3: mejorar y publicar mejores con beneficio de terceros.

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AmbitoInternacional

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Ambito internacional

Modalidades de protección de software

PATENTE COPYRIGHT

Acuerdo TRIPS: pueden patentarse programas nuevos o que incorporen tecnologías nuevas.En muchos países, las invenciones de software pueden patentarse si tienen algún carácter técnico, como instrucciones que permitan resolver un problema mediante una técnica particular.

•Los programas de computadora en código objeto comparten las leyes de copyright de las obras artísticas y literarias.•Se reconoce protección contra el almacenamiento digital, dado que ello permitiría una copia de la obra.•Las subrutinas que formas un programa hacen que éste sea original, permitiendo que los programas cumplan con los requisitos de copyright.•Las ideas y métodos abstractos expresados en los programas son protegidos por copyright.

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Ambito internacional

Convención de Berna Solo los autores de programas de computación tienen derecho a autorizar el

lucro a partir de originales o copias de sus trabajos.

Bases de datos: Las compilaciones de datos o de otros materiales, en cualquier forma, que por razones de la selección o disposición de sus contenidos constituyan creaciones de carácter intelectual, están protegidas como tales.

El copyright no protege hechos, ideas, sistemas ni métodos de operación, solamente protege la forma en que éstos se expresan.

No se especifican formalidades respecto de la protección a través de copyright. Cada país adopta las que desee.

Requerimientos mínimos de protección:◦ Tratamiento nacional◦ Derechos morales de los autores◦ Período de validez

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Ambito internacional

Aplicaciones (de la Convención de Berna)

En Estados Unidos cualquier obra que se considere original y que tenga una prueba tangible queda automáticamente protegida por copyright aunque no esté registrada en la USPTO. El registro se recomienda ya que es requerido en caso de haber litigios.

En algunos países, como la Argentina, que suscribieron a la convención, se pide un depósito de una porción de la obra en alguna jurisdicción, de forma tal que pueda utilizarse como evidencia por demandas.

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Ambito internacional

TRIPS(Trade- Related Aspects of Intellectual Property

Rights)

Incluye un artículo por el cual se obliga a los países que suscriben a proteger el software, ya sea su código fuente u objeto, como obras literarias de acuerdo al Convenio de Berna.

Las compilaciones de datos que constituyan creaciones intelectuales se protegen como propiedad intelectual.

Uno de los requerimientos para obtener una patente de software es que sea una contribución técnica, esto es, que contribuya al estado del arte del campo al que se refiere. Además, deberá ser una contribución nueva, no obvia, y susceptible de aplicación industrial.

Las patentes no dependerán del lugar de invención ni del campo tecnológico.

La protección de software deberá contribuir a la promoción de la innovación tecnológica y a la transferencia de tecnología en beneficio de sus productores y usuarios que permitan un crecimiento económico y equilibrio de derechos y obligaciones.

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Ambito internacional

Committee of Governmental Experts

(on Copyright Problems Arising from the Use of Computers)

La propiedad intelectual ingresada a los sistemas de computación permite la reproducción en computadoras y la carga de trabajos en memoria. La salida del programa deberá cumplir con el copyright independientemente, de su forma (hojas impresa, almacenamiento en bases de datos, etc.).

Establece que el autor de un programa es el que concibió el producto y dio las instrucciones a los técnicos, operadores o programadores para desarrollarlo.

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Ambito internacional

UCC (Universal Copyright Convention)

El software creado en países que suscriben a la Convención es protegido en otros países miembros de la Convención de acuerdo a las leyes de protección de software de estos últimos.

Define formalidades tales como registro, depósito, agregar el símbolo “©” en publicaciones, etc.

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Ambito internacional

The WIPO Copyright Treaty

Obliga a los miembros a cumplir la Convención de Berna.

Hace explícita la protección de programas como propiedad intelectual.

Las compilaciones de datos que sean “suficientemente originales” deberán ser protegidas.

Se les confiere a los desarrolladores el derecho de controlar la venta sobre programas de computadoras.

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AmparoNacional y

Normativas

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Amparo Nacional y Normativas

Normas y LeyesFuente Temas

Constitución Nacional (art. 17) • Derechos de autor e inventores.• Creaciones y obras.

Decreto 165/94 • Protección de la documentación y códigos fuente y ejecutable.• Registro de obras.

Acuerdo Sobre los Aspectos de Los Derechos de Propiedad Intelectual Relacionados con el Comercio (ADPIC)

• Protección de compilaciones de datos u otros materiales legible por máquina u otra forma, que constituyan creaciones intelectuales.

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Protección bajo derecho de autor

Ley de Propiedad Intelectual(25.036)•Incorporación de los programas fuente y objeto y las compilaciones de datos.

• Toda reproducción de software sin autorización constituye un delito.

• Pena: de 1 mes a 6 años de prisión.

• Si se tiene licencia, se puede producir una única copia de respaldo del original.

• Otras conductas que infringen la Ley:• Utilización del software en más computadoras que las autorizadas;

• Préstamo o renta del software;

• Quitar los medios aplicados para proteger el software.

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Protección bajo derecho de autor

Clasificación de Obras(de base de datos y de software)

Obra publicada Obra inédita

Descripción Puesta a disposición del público.

El autor la mantiene en reserva o negocia particularmente con los interesados.

Costo del registro $30 $25

Formulario del registro (en DNDA a través del CESSI)

En triplicado, título, nombre de autor(es), SO, plataforma, costo, etc.

Unico, título, nombre de autor(es), domicilio, DNI o CUIT de titular(es).

Depósitos y pagos • 1 ejemplar en sobre abierto y sin firma.• Pago de tasa (2 * mil del precio de venta)

• Ejemplar depositado en sobre cerrado y lacrado con firma de titular(es).

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Protección bajo derecho de autor

Beneficios del Registro(de una obra)

• Certificación de existencia.

• Prueba de Auditoría.

• Elemento de comparación en supuestos de

plagio y piratería.

• Protección del Usuario de buena fe.

• Publicidad de las obras y contratos registrados.

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Protección bajo derecho de autor

Proceso de inscripciónPresentación en

el ReNPIConstancia provisoria

Renovación anual

+ Depósito+ Tres ejemplares+ Fotografías en su defecto

+ Declaración jurada mensual de

ejemplares publicados

Publicación diaria del Boletín Oficial

Obras inscriptas

Obras con posible objeción

1 mes Oposiciones

Si

No

Comunicación al autor; ReNPI resuelve y se puede

apelar la medida

Título definitivo

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Protección bajo derecho de autor

Plazo de vigenciaAutores Toda su vida hasta su muerte Herederos

Si

No

Herederos o derechohabientes por 70

años*

Estado por 70 años

Personas jurídicas

Desde su publicación por 50 años

• Publicación libre con fines didácticos o científicos comentarios criticas o notas de obras intelectuales.

• No así los discursos políticos, literarios o conferencias sobre temas intelectuales si el autor no lo ha autorizado.

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Patentes de software

Protección bajo patente

El software recae “prima facie” bajo la enumeración del art. 6 de la ley de Patentes (ley 24481), que indica qué elementos no se consideran invenciones.

No obstante, el software puede ser patentado cuando “aporta una solución técnica a un problema técnico”.

Pueden patentarse tres tipos de software◦ Procesamiento de datos físicos.◦ El procedimiento o método que tiene un efecto sobre la manera en que un

ordenador funciona.◦ El procedimiento o método cuya estructura implica consideraciones técnicas.

Orientado a la protección de software que está estrechamente relacionado con hardware.

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Comparaciones

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Comparación con Estados Unidos

DiferenciasEstados Unidos Argentina

El software es comúnmente protegido a través del derecho de patentes, y no sólo mediante el derecho de autor.

El software comúnmente se protege mediante derecho de autor.

Protección específica de software. Protección amplia de la propiedad intelectual que incluye software.

Se contempla la protección elementos no lineales de expresión incluyendo la estructura, secuencia y look and feel de los programas.

No se contempla la protección de aspectos de la interfaz de usuario específicamente.

Existe una normativa particular para el patentamiento de Software.

El software no se considera en si mismo una invención que pueda patentarse bajo la ley de Patentes.

Es posible patentar cualquier aspecto del software.

Solo se puede patentar software si implementa métodos cuya estructura implica consideraciones técnicas.

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Comparación con Estados Unidos

Diferencias (II)

Estados Unidos Argentina

Ley de copyright para protección de software. Reforma de la ley de propiedad intelectual para incluir protección de software.

Se reconoce el derecho moral del autor de un programa a que no se distorsione su trabajo (derecho de integridad). Estos no son reconocidos explícitamente por la Convención de Berna.

No se especifica qué ocurre con el derecho de integridad.

No es posible transferir los derechos morales sobre una obra, o modificar esta última sin consentimiento del autor original.

No hay normas referidas a la modificación de software sin consentimiento del autor.

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Comparación con Estados Unidos

Similitudes y conclusiones

Protección de la expresión de una idea a través del software y no de la idea en sí misma.

Ambos países suscribieron a la Convención de Berna, con lo cual reconocen los derechos de autor para obras de software especificados en el acuerdo.

Reconocimiento de programas en código fuente y objeto y compilaciones de datos como obras que pueden ser protegidas como propiedad intelectual.

La principal diferencia entre los dos países se refiere al patentamiento de software. Las patentes de software en Estados Unidos tienen una normativa más específica que en Argentina.

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VideoJuegos

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Conceptos generales

Derechos de autor

• Los productos se patentan, las ideas no.

• Los programas de computación se encuentran bajo el

régimen de derecho de autor.

• Existe fuerte presión de algunas grandes empresas para

que se acepten patentes sobre ideas de software,

inadecuadamente llamadas patentes de software.

• Las llamadas patentes de software, existen actualmente

en países como Japón y los Estados Unidos.

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Conceptos generales

Efectos técnicos

• El repertorio de instrucciones es parte fundamental e inalterable del diseño de un procesador.

El efecto técnico es inherente al procesador, está cubierto por

patentes!

• El conjunto de todos los programas posibles y de todos los efectos técnicos de los que es capaz un procesador están predeterminados.

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Conceptos generales

Efectos técnicos (II)• No es posible escribir un programa que produzca una relación de entrada/salida que no esté implícita en el diseño de un procesador.

El efecto técnico no es del programa, el cual está

cubierto por derecho de autor!

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Protegiendo un video juego

Puedo registrar mi juego?

• No existe un medio único para registrar y proteger un video juego.

• La propiedad intelectual que se crea durante el desarrollo de un video juego, se puede proteger mediante una combinación de herramientas tales como:

Patentes (de mediar un invento); Derecho de autor; Marca registrada.

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Protegiendo un video juego

Herramientas de protecciónDerecho de autor Marca registrada

Personajes Palabras

Escenarios Símbolos

Música Colores

Diálogos Dispositivos identificatorios

Código fuente

Aspectos visuales identificatorios

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Ejemplos prácticos

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Ejemplos prácticos

Fallos ... el elemento normativo ‘obra intelectual’ inserto en el artículo 72 de la Ley

11.723, incluye creaciones originales como son los programas de computación conocidos como `software’ y así lo sostiene de modo pacífico la doctrina. (C.N.Crim.y Corr., Sala Ia., causa No. 34.267, 17.11.1988).

Los programas poseen todos y cada uno de los caracteres para que jurídicamente reciban el tratamiento de obras ...contamos con una legislación que prevé expresamente la sanción de conductas que se contemplan en una enumeracióngenérica y abarcativa de todas las creaciones intelectuales (C.N.Crim. y Corr. Federal, Sala I., causa No. 24.829,4.4.1994).

El programa de computación no reviste la calidad de cosa -cosa es sólo su soporte-, sino que debe ser considerado obra,en el sentido dado por la ley de propiedad intelectual. (C.N. Crim., Sala VI, Causa No. 25.221, Pinamonti, OrlandoM., 30.4.93).

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Ejemplos prácticos

Caso I: Autodesk

Este caso, entre otros, hicieron que la Justicia considerara necesaria una modificación en la Ley de Propiedad Intelectual. Esto finalmente ocurrió al sancionarse la Ley 25.036

Productores de software descubren la existencia de copias no autorizadas de sus programas en los discos rígidos de computadoras personales de una empresa.

Los afectados inician una causa penal

Sobreseimiento de la causa por el juez , el cual determinó que la conducta enunciada no constituía delito.)

La sentencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación determina que el software constituye una obra intelectual y por lo tanto está amparado por la ley 11.723 de Derecho de Autor.

La Sala VI Cámara en lo Criminal y Correccional confirma la resolución de primera instancia.

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Ejemplos prácticos

Caso II: Taringa!

Procesamiento de los dueños de Taringa, como participes necesarios en 29 hechos cometidos por los usuarios del sitio que violan la Ley 11.723.

A pesar de contar con un sistema que permite denunciar aquellos "post" cuyo contenido infringen la ley de propiedad intelectual, Taringa! remarca la dificultad de mantener un control eficaz en el sitio.

La cuetión que se debate es si un vínculo a sitios que reproducen contenido ilegal (como por ejemplo software) es un delito o no de acuerdo a la legislación argentina.

La Sala VI de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional determinó una multa en suspenso de 200.000 pesos a los dueños del sitio web por permitir la reproducción ilegal de obras.

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Ejemplos prácticos

Caso III: FormGen Inc. vs. Micro Star

Tenía la propiedad de los derechos de autor sobre Duke Nukem 3D.

Se prohibió a Micro Star la venta de su producto y se le ordenó el pago de u$s 250,000 a FormGen

por infracción de los derechos de autor.

Creó Nuke It, colección de nuevos niveles para Duke Nukem 3D.

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Bibliografía

http://www.wipo.int/about-ip/es/

http://www.carranzatorres.com.ar

http://vinculacion.wordpress.com

http://www.softwareprotection.com

http://www.jus.gov.ar

http://www.wto.org/english/docs_e/legal_e/

27-trips_04_e.htm#1

http://eupat.ffii.org/stidi/trips/index.en.html