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1 LA CONTABILIDAD INDICE INTRODUCCION…………………………………………………………………………………………………………... 4 1. ORIGEN DE LA CONTABILIDAD………………………………………………………………………………….. 5 BREVE HISTORIA DE LA CONTABILIDAD………………………………………... 5 EVOLUCIÓN HISTÓRICA……………………………………………………………………… 5 EDAD ANTIGUA…………………………………………………………………………… 5 EDAD MEDIA………………………………………………………………………………. 6 EDAD MODERNA………………………………………………………………………….. 7 EDAD CONTEMPORÁNEA………………………………………………………………. 7 2. CONTABILIDAD COMO CIENCIA……………………………………………………………………… 8 CUESTIÓN DE FORMACIÓN EPISTEMOLÓGICA…………………………………………………… 8 AVANCE CIENTÍFICO DE LA CONTABILIDAD Y LA CALIDAD DE VIDA……………… 9 3. FINES DE LA CONTABILIDAD…………………………………………………………………………. 10 4. OBJETIVOS DE LA CONTABILIDAD…………………………………………………………………. 11 5. IMPORTANCIA DE LA CONTABILIDAD……………………………………………………………… 11 6. FORMAS DE LLEVAR LA CONTABILIDAD………………………………………………………….. 12 MANUAL………………………………………………………………………………………… 12 COMPUTARIZAADA…………………………………………………………………………... 12 7. CLASIFICACION DE LA CONTABILIDAD……………………………………………………………. 12 CONTABILIDAD PUBLICA……………………………………………………………………. 12 CONTABLIDAD PRIVADA…………………………………………………………………….. 13 CONTABILIDAD DE GESTIÓN………………………………………………………… 13 CONTABILIDAD FINANCIERA………………………………………………………… 14 CONTABILIDAD ADMINISTRATIVA………………………………………………….. 15 CONTABILIDAD POR ACTIVIDADES………………………………………………… 15 CONTABILIDAD DE ORGANIZACIONES DE SERVICIOS………………………… 16 CONTABILIDAD DE FLUJO……………………………………………………………. 16 CONTABILIDAD DE LA COMPAÑÍA CONTROLADORA………………………….. 16 CONTABILIDAD FIDUCIARIA………………………………………………………….. 16 CONTABILIDAD GENERAL DE LA EMPRESA……………………………………… 16

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LA CONTABILIDAD

INDICE

INTRODUCCION…………………………………………………………………………………………………………... 4

1. ORIGEN DE LA CONTABILIDAD………………………………………………………………………………….. 5

BREVE HISTORIA DE LA CONTABILIDAD………………………………………... 5

EVOLUCIÓN HISTÓRICA……………………………………………………………………… 5

EDAD ANTIGUA…………………………………………………………………………… 5

EDAD MEDIA………………………………………………………………………………. 6

EDAD MODERNA………………………………………………………………………….. 7

EDAD CONTEMPORÁNEA………………………………………………………………. 7

2. CONTABILIDAD COMO CIENCIA……………………………………………………………………… 8

CUESTIÓN DE FORMACIÓN EPISTEMOLÓGICA…………………………………………………… 8

AVANCE CIENTÍFICO DE LA CONTABILIDAD Y LA CALIDAD DE VIDA……………… 9

3. FINES DE LA CONTABILIDAD…………………………………………………………………………. 10

4. OBJETIVOS DE LA CONTABILIDAD…………………………………………………………………. 11

5. IMPORTANCIA DE LA CONTABILIDAD……………………………………………………………… 11

6. FORMAS DE LLEVAR LA CONTABILIDAD………………………………………………………….. 12

MANUAL………………………………………………………………………………………… 12

COMPUTARIZAADA…………………………………………………………………………... 12

7. CLASIFICACION DE LA CONTABILIDAD……………………………………………………………. 12

CONTABILIDAD PUBLICA……………………………………………………………………. 12

CONTABLIDAD PRIVADA…………………………………………………………………….. 13

CONTABILIDAD DE GESTIÓN………………………………………………………… 13

CONTABILIDAD FINANCIERA………………………………………………………… 14

CONTABILIDAD ADMINISTRATIVA………………………………………………….. 15

CONTABILIDAD POR ACTIVIDADES………………………………………………… 15

CONTABILIDAD DE ORGANIZACIONES DE SERVICIOS………………………… 16

CONTABILIDAD DE FLUJO……………………………………………………………. 16

CONTABILIDAD DE LA COMPAÑÍA CONTROLADORA………………………….. 16

CONTABILIDAD FIDUCIARIA………………………………………………………….. 16

CONTABILIDAD GENERAL DE LA EMPRESA……………………………………… 16

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8. PRINCIPIOS DE LA CONTABILIDAD…………………………………………………………………. 16

PRINCIPIOS CONTABLES MÁS COMUNES (Generalmente aceptados)……………… 17

PRINCIPIO DE EMPRESA EN FUNCIONAMIENTO ………………………………………... 17

PRINCIPIO DE PRUDENCIA…………………………………………………………………… 17

PRINCIPIO DE REGISTRO …………………………………………………………………….. 17

PRINCIPIO DE PRECIO DE ADQUISICIÓN………………………………………………….. 17

PRINCIPIO DEL DEVENGO ……………………………………………………………………. 18

PRINCIPIO DE CORRELACIÓN DE INGRESOS Y GASTOS……………………………… 18

PRINCIPIO DE NO COMPENSACIÓN………………………………………………………… 18

PRINCIPIO DE UNIFORMIDAD………………………………………………………………… 18

PRINCIPIO DE IMPORTANCIA RELATIVA…………………………………………………... 18

9. DOCUMENTACION Y ANALISIS DEL REGLAMENTO DE COMPROBANTES DE PAGO……. 19

FACTURAS……………………………………………………………………………………….. 19

BOLETAS…………………………………………………………………………………………. 19

TICKET O CINTA EMITIDO POR MAQUINA REGISTRADORA…………………………... 19

RECIBOS POR HONORARIOS………………………………………………………………… 20

LIQUIDACION DE COMPRA…………………………………………………………………… 20

OTROSDOCUMENTOS AUTORIZADOS……………………………………………………. 20

GUÍA DE REMISIÓN DEL TRANSPORTISTA………………………………………... 20

GUÍA DE REMISIÓN DEL REMITENTE………………………………………………. 20

NOTA DE DÉBITO……………………………………………………………………….. 21

NOTA DE CRÉDITO……………………………………………………………………… 21

MANIFIESTO DE PASAJEROS………………………………………………………… 21

OTROS DOCUMENTOS AUTORIZADOS…………………………………………….. 22

AUTORIZACIÓN DE LOS COMPROBANTES DE PAGO Y DOCUMENTOS……………. 22 COMPROBANTES DE PAGO EMITIDOS DE MANERA ELECTRÓNICA………... 22

COMPROBANTES DE PAGO EMITIDOS DE MANERA IMPRESA………………. 23

COMPROBANTES DE PAGO EMITIDOS EMPLEANDO UN SISTEMA DEEMISIÓN

INFORMÁTICO (BVME)……………………………………………………... 23

¿QUÉ SANCIÓN SE APLICA SI NO ENTREGO COMPROBANTES DE PAGO O SI

ENTREGO COMPROBANTES DE PAGO QUE NO REÚNEN LOS REQUISITOS

O QUE NO CORRESPONDEN AL RÉGIMEN DEL DEUDOR

TRIBUTARIO?.................................................................................................................... 24

¿QUÉ SANCIÓN SE APLICA SI REMITO O TRANSPORTO BIENES SIN GUÍA DE REMISIÓN?................................................................................................................... 25

BAJA DE COMPROBANTES DE PAGO……………………………………………………… 26

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10. TITULO VALORES……………………………………………………………………………………….. 27

TÍTULOS JURÍDICO-OLIGACIONALES O CAMBIARIOS…………………………………. 27

TÍTULOS JURÍDICO-PERSONALES O DE PARTICIPACIÓN…………………………….. 27

TÍTULOS JURIDICO-REALES O DE TRADICIÓN…………………………………………... 27

TÍTULOS NOMINATIVOS……………………………………………………………………….. 27

TÍTULOS VALORES A LA ORDEN……………………………………………………………. 28

TÍTULOS VALORES AL PORTADOR………………………………………………………… 28

QUE ES LA LITERALIDAD EN UN TITULO VALOR……………………………………….. 28

CONDICIONES PARA EMITIR UN TITULO VALOR EN BLANCO……………………….. 28

LEGITIMACIÓN PARA LLENAR EL TÍTULO………………………………………………… 29

AUTONOMÍA EN LOS TÍTULOS VALORES…………………………………………………………… 29

LEGITIMACIÓN DE UN TITULO VALOR………………………………………………………………. 29

EL ENDOSO………………………………………………………………………………………………… 30

LETRA DE CAMBIO……………………………………………………………………………... 30

PAGARE…………………………………………………………………………………………... 31

CHEQUES………………………………………………………………………………………… 31

BONO……………………………………………………………………………………………… 32

FACTURA CAMBIARIA…………………………………………………………………………. 33

CARTA PORTE…………………………………………………………………………………... 34

CONOCIMIENTO DE EMBARQUE……………………………………………………………. 34

CERTIFICADO DE DEPOSITO………………………………………………………………… 35

BONO DE PRENDA……………………………………………………………………………… 35

PAPELES OFICIALES…………………………………………………………………………... 36

CIRCULAR………………………………………………………………………………... 36

OFICIO…………………………………………………………………………………….. 36

INSTANCIA………………………………………………………………………………………… 37

AVISO………………………………………………………………………………………………. 37

MEMORÁNDUM…………………………………………………………………………………… 37

TELEGRAMA………………………………………………………………………………………. 37

CABLEGRAMA……………………………………………………………………………………. 37

MANUSCRITO……………………………………………………………………………………... 37

ANEXOS……………………………………………………………………………………………………… 38

REFERENCIA BIBLIGRAFICA: …………………………………………………………………………... 42

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INTRODUCCION

La Contabilidad se define como un sistema adaptado para clasificar los hechos económicos que ocurren en un negocio. De tal manera que, se constituya en el eje central para llevar a cabo los diversos procedimientos que conducirán a la obtención del máximo rendimiento económico que implica el constituir una empresa determinada. De modo que, el presente trabajo contiene una visión introductoria en torno a la reseña histórica de la contabilidad, su definición, objetivos, importancia. La Contabilidad es el proceso mediante el cual se identifica, mide, registra y comunica la información económica de una organización o empresa, con el fin de que los gestores puedan evaluar la situación de la entidad. La teneduría de libros se refiere a la elaboración de los registros contables, por lo que es la que permite obtener los datos, ajustados a principios contables, utilizados para evaluar la situación y obtener la información financiera relevante de una entidad. Cuando se lleva a cabo una contabilidad personal se suele utilizar un sistema simple mediante el

cual se van registrando las cantidades de los gastos en columnas. Este sistema refleja la fecha de la

transacción, su naturaleza y la cantidad desembolsada. Sin embargo, cuando se lleva a cabo la

contabilidad de una organización, se utiliza un sistema de doble entrada: cada transacción se

registra reflejando el doble impacto que tiene sobre la posición financiera de la empresa y sobre los

resultados que ésta obtiene. La información relativa a la posición financiera de una empresa se

refleja en el llamado balance, mientras que los resultados obtenidos aparecen desglosados en la

cuenta de pérdidas y ganancias.

Desde el principio de los tiempos la humanidad ha tenido y tiene que mantener un orden en cada aspecto y más aún en materia económica, utilizando medios muy elementales al principio, para luego emplear medios y prácticas avanzadas para facilitar el intercambio y/o manejo de sus operaciones.

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1. ORIGEN DE LA CONTABILIDAD

Breve historia de la Contabilidad

La Contabilidad se remonta desde tiempos muy antiguos, cuando el hombre se ve obligado a llevar registros y controles de sus propiedades porque su memoria no bastaba para guardar la información requerida. Se ha demostrado a través de diversos historiadores que en épocas como la egipcia o romana, se empleaban técnicas contables que se derivaban del intercambio comercial.

Evolución Histórica:

Para remontar a los orígenes de la Contabilidad es necesario recordar que las más antiguas civilizaciones conocían operaciones aritméticas rudimentarias llegando muchas de estas operaciones a crear elementos auxiliares para contar, sumar restar, etc. Tomando en cuenta unidades de tiempo como el año, mes y día. Una muestra del desarrollo de estas actividades es la creación de la moneda como único instrumento de intercambio.

De tal manera que se puede aseverar que los orígenes de la Contabilidad son tan antiguos como el hombre, por lo tanto, la Historia de la Contabilidad merece el estudio detallado de cada etapa.

Edad Antigua: En el año 6000 antes de Cristo existieron elementos necesarios para considerar la existencia de actividades contables, por un lado la escritura, por otro los números y desde luego elementos económicos indispensables, como ser el concepto de propiedad y la aceptación general de una unidad de medida de valor.

El antecedente más remoto de ésta actividad, es una tablilla de barro que actualmente se conserva en el Museo Semítico de Harvard, considerado como el testimonio contable más antiguo, originario de la Mesopotamia, donde años antes había desarrollado una civilización llegando la actividad económica a tener gran importancia.

Entre los años 5400 a 3200 antes de Cristo, se originaron los primeros vestigios de organización bancaria, situada en el Templo Rojo de Babilonia donde se recibían depósitos y ofrendas que se presentaban con intereses. Para el año 5000 antes de Cristo, en Grecia, habían leyes que imponían a los comerciantes la obligación de llevar determinados libros, con la finalidad de anotar las operaciones realizadas.Hacia el año 3623 antes de Cristo, en Egipto, los faraones tenían escribanos que por órdenes superiores, anotaban las entradas y los gastos del soberano debidamente ordenados. Por el año 2100 antes de Cristo, Hammurabi, que reinaba en Babilonia, realiza la celebre codificación que lleva su nombre y en ella se menciona la práctica contable.

Por el año 594 antes de Cristo, la legislación de Salomón, establece jurídicamente que el consejo nombrase por sorteo entre sus miembros, diez legistas, para construir el “Tribunal de Cuentas”, destinado a encomendar a funcionarios, diversos servicios administrativos que

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debían rendir cuentas anualmente.Entre los años 356 al 323 antes de Cristo, período de apogeo del imperio de Alejandro Magno, el mercado de bienes creció de tal manera hasta cubrir la península Báltica, Egipto y una gran parte del Asia Menor (india), originando ejercitar un adecuado control sobre las operaciones por medio de anotaciones. En Roma, las personas dedicadas a la actividad contable dejaron testimonio escrito en los “Tesseraeconsulare”, tablillas de marfil o de otro hueso de animal de forma oblonga con inscripciones que muestran el nombre de algún esclavo o liberto, de su amo o patrón y la fecha, así como la anotación de “Spectavit”, es decir. “Revisado por”. Como fehaciente testimonio, del año 85 antes de Cristo, se encontraron unas tabillas que textualmente una de ellas decía: “Revisado por Coecero, esclavo de fafinio, el 5 de Octubre, en el consulado de Lucio Cinna y Cneo Papiro”, con certeza se sabe que durante la República, como del Imperio, la contabilidad fue llevada por plebeyos.En resumen, los romanos llevaron una contabilidad que constaba de dos libros el “Adversaria” y el “Codex”. El Adversaria estaba constituido por dos hojas anversas unidad por el centro, destinado ha efectuar registros referentes al Arca (Caja), dividido en dos partes, el lado izquierdo denominado el Acepta o Acceptium destinado a registrar los ingresos y en el lado derecho denominado el Expensa o Expensum destinado a registrar los gastos. El Codex estaba también constituido por dos hojas anversas unidas por el centro, destinadas a registrar nombre de la persona, causa de la operación y monto de la misma. Se encontraba dividido en dos partes, el lado izquierdo denominado “Accepti” destinado a registrar el ingreso o cargo a la cuenta y el lado derecho “Respondi” destinado al acreedor.

Edad Media: Entre los siglos VI y IX en Constantinopla, se emite el “Solidus” de oro con peso de 4.5 gramos, que se constituyó en la moneda más aceptada en todas las transacciones internacionales, permitiendo mediante esta medida homogénea la registración contable. Razón por la cual, no es raro que ciudades italianas alcanzaran un alto conocimiento y desarrollo máximo de la contabilidad. En 1157, AnsaldusBoilardus notario genovés, repartió beneficios que arrojó una asociación comercial, distribución basada en el saldo de la cuenta de ingresos y egresos dividida en proporción a sus inversiones. Se conservan desde 1211 en Florencia, cuentas llevadas por un comerciante florentino anónimo con características distintas para llevar los libros, método peculiar que dio origen a la Escuela Florentina, donde el Debe y el Haber van arriba el uno a lado del otro en diferentes parágrafos cada cual. El célebre juego de libros utilizados por la Comuna de Génova se encuentran llevados haciendo uso de los clásicos términos “Debe” y “Haber” utilizando asientos cruzados y llevando una cuenta de pérdidas y ganancias, la que resume el saldo de las operaciones suscitadas en la comuna. Del año 1327, se tienen noticias del primer auditor “MaestriRacionali”, cuya misión consistía en vigilar y cotejar el trabajo de los “Sasseri” y conservar un duplicado de dichos libros, uno de estos se denomina “Cartulari” (Libro mayor) escrito en pergamino data de 1340 y se conserva en el Archivo del Estado de Génova. Un nuevo avance contable se enmarca entre los años 1366 y 1400, donde los libros de Francesco Datini muestran la imagen de una contabilidad por partida doble que involucra, por primera vez, cuentas patrimoniales propiamente dichas, conservándose tales antecedentes en Francia.

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Edad Moderna: Se considera como pionero en el estudio de la partida doble a Benedetto CotrugliRangeo nacido en Dalmacia, autor de “Dellamercatura et del mercante perfetto”, obra que termino de escribir el 25 de agosto de 1458 y publicada en 1573, se conserva un ejemplar en la Biblioteca de Marciana – Venecia. En dicho libro, el capítulo destinado a la contabilidad en forma explícita establece la identidad de la partida doble, además señala el uso de tres libros: “Cuaderno” (Mayor), “Giornale” (Diario) y “Memoriale” (Borrador), incluyendo un libro copiador de cartas y la imperiosa necesidad de enseñar contabilidad. Sin lugar a duda, el más grande autor de su época, fue Fray Lucas de Paciolo, nacido en el burgo de San Sepulcro Toscaza el año 1445, ingreso joven al monasterio de San Francisco de Asis, se especializó en teología y matemáticas, fue incansable viajero enseñando sus especialidades en varias universidades de Roma, se dice que vivió en Milán con Leonardo de Vinci y debido a la invasión francesa se trasladaron a Florencia, donde fue secretario del cardenal de dicha diócesis. En 1494 publica su tratado titulado “Summa de aritmética, geometría, proportioni et proportionalita”, divido de dos partes, la primera en aritmética y algebra y la segunda en Geometría , ésta última subdivida en ocho secciones, siendo la última de éstas el “Distinciononatractus XI” titulado “Trattato de computi e dellescritture” que incluye 36 capítulos, consideró que la contabilidad en su aplicación requiere conocimiento matemático. En 1509, realiza una nueva reimpresión de su tratado, pero solo el “Tractus XI” donde no únicamente se refiere al sistema de registración por partida doble basado en el axioma: “No hay deudor sin acreedor”, sino también a las prácticas comerciales concernientes a sociedades, ventas intereses, letras de cambio, etc. Con gran detalle, ingresa en el aspecto contable explicando el inventario, como una lista de activos y pasivos preparado por el propietario de la empresa antes que comience a operar. Habla del “memoriale” un libro donde se anota las transacciones en orden cronológico y detalladamente. Explica del “Gionale” a través de exposición sumaria al respecto: Toda operación será registrada por sus efectos de crédito y débito, toda transacción en moneda extranjera será convertida a moneda veneciana. Describe el “Cuaderno” denominación que recibe el libro mayor. El expansionismo mercantilista se encargó de exportar al nuevo continente la contabilidad por partida doble. Sin embargo, en América precolombina, la contabilidad era una actividad usual entre los pobladores. Es a partir del siglo XVII, que surgen los centros mercantiles, profesionales independientes, con funciones orientadas primordialmente a vigilar y revisar la veracidad de la información contable.

Edad Contemporánea: A partir del siglo XIX, la contabilidad encara trascendentales modificaciones debido al nacimiento de especulaciones sobre la naturaleza de las cuentas, constituyendo de esta manera y dando lugar a crear escuelas, entre las que podemos mencionar, la personalista, del valor, la abstracta, la jurídica y la positivista. Además, se inicia el estudio de principios de Contabilidad, tendientes a solucionar problemas relacionados con precios y la unidad de medida de valor apareciendo conceptos referidos a depreciaciones, amortizaciones, reservas, fondos, etc.

El sistema de enseñanza académica se racionaliza, haciéndose más accesible y acorde a los requerimientos y avance tecnológico. Además, se origina al diario mayor único, el sistema centralizador, la mecanización y la electrónica contable incluyendo nuevas técnicas

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relacionadas a los costos de producción. Las crecientes atribuciones estatales, enmarcan cada vez los requisitos jurídico -contable, así como el desarrollo del servicio profesional.

2. LA CONTABIBLIDAD COMO CIENCIA.

La contabilidad no ha desarrollado motivación hacia los contables, en el sentido de que no se ha dignificado el ejercicio profesional del contador público frente a la promoción del desarrollo científico de la contabilidad. Lo que nos hace pensar que definitivamente esto de la ciencia contable sea solo de unos, y para pocos. El potencial científico debe ser aprovechado para poder obtener un mayor conocimiento contable que implique desarrollar modelos contables o económicos que sirvan como apoyo al mejoramiento de la calidad de vida.

la contabilidad vista por personas de carácter especializado en ciencia, como por ejemplo la física, como una de las ciencias más sobresaliente de nuestro entorno, no están de acuerdo con el pensar de que la contabilidad pueda tener enfoques científicos.

después de esto encontramos el gran enfrentamiento que tiene la contabilidad, en cuanto el trabajo investigativo y la práctica contable, en términos del profesor Túa Pereda “la práctica contable y la investigación contable dos métodos irreconciliables”.

En Colombia encontramos que tenemos muy pocos pensadores, es decir, un población muy pobre en el sentido de construcciones teóricas que han implicado una poca participación en el desarrollo de la contabilidad.

Esto de la poca participación de los contables, para decir que se ha enfatizado mucho en la formación contable en el sentido del mercado laboral, aspectos normativos y prácticos los cuales ejecuta hoy en día un software. “prácticamente a los contadores se les olvido pensar”.

CUESTIÓN DE FORMACIÓN EPISTEMOLÓGICA Para entender la contabilidad como ciencia es necesario que tengamos previos conocimientos de que es ciencia, que es conocer, que es conocimiento, clases de ciencia, etc. Las disputas que encontramos de lo normativo y lo positivo hacen que la contabilidad vista desde la ciencia tenga las siguientes posturas:

Se aproxime a la ciencia matemática Profundización en la ciencia social

Existen intentos de los expertos en contabilidad en razón al tiempo en el cual se empezó a establecer la contabilidad como ciencia. Algunos como José María Requena Afirma que la contabilidad como ciencia se situó en los comienzos del siglo XX. Jorge Túa Pereda dice que: La contabilidad como ciencia se situó en 1846 en Francesco Villa cuando separa “la teneduría de libros de la verdadera ciencia contable. Y finalmente según Montesinos se consolida la etapa científica de la contabilidad en la década de los cincuenta, cuando Richard Mattessich desarrolla un modelo matemático, que consistía en registrar la

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contabilidad mediante matrices algebraicas. Pero hay que aclarar que el desarrollo de la contabilidad no fue incursionado simplemente por la implementación de modelos matemáticos que se aplicaban a la contabilidad, sino que esta tuvo que dar cabida a la Economía, la Estadística, El Derecho, La Sociología, y La Administración. Podemos decir entonces que la contabilidad construye su cientificidad a partir de herramientas metodológicas e instrumentos conceptuales de otras disciplinas. “La Epistemología nos provee de herramientas diacrónicas para construir y evaluar la teoría-v. gr.: paradigmas Kuhnianos, programas de investigación Lakatosianos, Redes teóricas de Estegmuller y Esneed, Campos de investigación de Mario Bunge y FalsacionismoPopperiano” Finalmente se plantean controversias entre el objeto del estudio de la contabilidad que según Machado es “la circularización de recursos, representada en los procesos de producción, distribución y conservación de riquezas, producto de la interacción humana en el marco de la económica y social del hombre”. Pero hay quienes tienen la osadía de pensar que la contabilidad no tiene nada de teórica como lo afirma Golberg, donde plantea también que la contabilidad difiere de otras ciencias y que es fundamentalmente práctica. La contabilidad ha estado en constantes cambios y evolución por las nuevas necesidades que surgen, tanto de quienes están en formación académica como de quienes necesitan de sus conocimientos y por esto muchos países subdesarrollados y por ende Colombia han venido adaptando y/o reforzando sus conocimientos en lo metodológico. La ciencia contable ha presentado una gran debilidad en el aspecto metodológico y al gran fortalecimiento del aspecto pragmático, en donde se confunde “metodología contable con procedimientos técnicos contables”. Y para darle solución a este problema, se dan unas bases en características citadas por Mattessich para ser base de una teoría general: Formulación y utilización de términos bien definidos y conceptos empíricamente

significativos. Adaptación de instrumentos científicos generales y métodos de otras ciencias a la teoría

general de al contabilidad. Orientación de la contabilidad hacia objetivos específicos y modelos de información de

gestión con objetivos concretos. Integración de áreas contables especificas en una unidad coherente y ampliada. Procedimientos sistemáticos de comprobación de modelos e hipótesis alternativas para un

objetivo idéntico. La contabilidad hoy, con el proceso de estandarización, en los conceptos contables se han ido cambiando, como el de empresa-propietario paso ha empresa-inversionista, como el de fe pública paso a interés público entre otras. Además de un nuevo concepto que es la contabilidad social y este concepto está ligado con el de responsabilidad social, que trata de ver cómo afecta las decisiones que tome la empresa frente a la sociedad sea positivamente o negativamente, en cuanto a la calidad de vida tanto de la sociedad como la todos los miembros de la empresa. AVANCE CIENTÍFICO DE LA CONTABILIDAD Y LA CALIDAD DE VIDA La evolución científica y tecnológica, obliga a la sociedad a modificar su comportamiento, y a raíz de esto también se cambian las costumbres y realizaciones.

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El futuro de los países del tercer mundo, en su afán de tener un modelo que rija en aspectos como lo económico, social y político, lleva a la adopción de modelos económicos de países desarrollados, esto no parece la mejor opción, ya que dichos modelos fueron creados de acuerdo a la situación y el entorno de esos países, y si se adapta a la situación del países subdesarrollados, este no cumplirá realmente con las expectativas. La imposición del modelo de libre mercado en toda la extensión de sus implicaciones como proceso acelerado, representa una afirmación concreta de esta línea de horizonte. En ese contexto la inteligencia como recurso esencial en los países desarrollados quedaría asimilada a la aplicación de esa inteligencia en los países no desarrollados o subdesarrollados, dándole a la palabra creatividad un simple sentido de adaptabilidad a transferencia bajo esta tendencia. La contabilidad como disciplina de la profesión contable debe propender por ir al mismo ritmo de los cambios del entorno, es aquí donde el desarrollo intelectual puede ayudar al manejo de situaciones cambiantes que impone el modelo de globalización. Se hace necesario que los que trabajamos la contabilidad nos cuestionemos acerca del conocimiento con respecto a lo contable en contraposición a la calidad de vida como factor de desarrollo nacional. “Contabilidad y calidad de vida están interrelacionados en la medida en que la contabilidad tiene que ver con aspectos de observación, medición, análisis, evaluación, información y control de variables compleja. De otra parte la contaduría pública como profesión, debe utilizar los avances de la contabilidad para mejorar su información, certificación y fiscalización en aras de una circulación más efectiva de los recursos escasos”.

3. FINES DE LA CONTABIBLIDAD

Fines fundamentales de la contabilidad:

Los propósitos fundamentales de la contabilidad son los siguientes:

1. Establecer un control riguroso sobre cada uno de los recursos y las obligaciones del negocio.

2. Registrar, en forma clara y precisa, todas las operaciones efectuadas por la empresa durante el ejercicio fiscal.

3. Proporcionar, en cualquier momento, una imagen clara y verídica de la situación financiera que guarda el negocio.

4. Prever con bastante anticipación el futuro de la empresa

5. Servir como comprobante y fuente de información, ante terceras personas, de todos aquellos actos de carácter jurídico en que la contabilidad puede tener fuerza probatoria conforme a lo establecido por la ley.

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4. OBJETIVOS DE LA CONTABILIDAD

Proporcionar información a: dueños, accionistas, bancos y gerentes, con relación a la naturaleza del valor de las cosas que el negocio deba a terceros, y las cosas poseídas por el negocio. Sin embargo, su primordial objetivo es suministrar información razonada, con base en registros técnicos, de las operaciones realizadas por un ente privado o público. Para ello debe realizar: Registros con bases en sistemas y procedimientos técnicos adaptados a la diversidad de operaciones que pueda realizar un determinado ente. Clasificar operaciones registradas como medio para obtener objetivos propuestos. Interpretar los resultados con el fin de dar información detallada y razonada. Con relación a la información suministrada, esta debe cumplir con un objetivo administrativo y otro financiero: Administrativo: ofrecer información a los usuarios internos para suministrar y facilitar a la administración intrínseca la planificación, toma de decisiones y control de operaciones. Para ello, comprende información histórica presente y futura de cada departamento en que se subdivida la organización de la empresa. Financiero:proporcionar información a usuarios externos de las operaciones realizadas por un ente,

fundamentalmente en el pasado por lo que también se le denomina contabilidad histórica.

5. IMPORTANCIA DE LA CONTABIBLIDAD

La contabilidad es de gran importancia porque todas las empresas tienen la necesidad de llevar un control de sus negociaciones mercantiles y financieras, además al suministrar información sobre la marcha del negocio facilita el proceso de toma de decisiones. Así obtendrán mayor productividad y aprovechamiento de su patrimonio. Por otra parte, los servicios aportados por la contabilidad son imprescindibles para obtener información de carácter legal. Para muchas personas la contabilidad no es vista más que una obligación legal, algo que debe llevarse porque no hay más remedio, ignorando lo importante y lo útil que puede llegar a ser. La contabilidad, quizás es el elemento más importante en toda empresa o negocio, por cuanto permite conocer la realidad económica y financiera de la empresa, su evolución, sus tendencias y lo que se puede esperar de ella. La contabilidad no sólo permite conocer el pasado y el presente de una empresa, sinoel futuro, lo que viene a ser lo más interesante. La contabilidad permite tener un conocimiento y control absoluto de la empresa. Permite tomar decisiones con precisión. Permite conocer de antemano lo que puede suceder. Todo está plasmado en la contabilidad.La contabilidad es mucho más que unos libros y estados financieros que se tienen para presentárselos a las diferentes autoridades administrativas que lo pueden solicitar. Para el pequeño empresario, la contabilidad no es más que un gasto que tratan de evitar por todos los medios. Hasta pretenden llevarla ellos mismos. Pero ignoran la herramienta que les permitirá administrar correctamente su efectivo, sus inventarios, sus cuentas por cobrar y por pagar, sus pasivos, sus costos y gastos y hasta sus ingresos.

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Tener el conocimiento global la empresa, y de cómo funciona, permite el empresario tomar mejores decisiones, anticiparse a situaciones difíciles, o poder prever grandes oportunidades que de otra manera no puede avizorar, y por consiguiente no podrá aprovechar. La contabilidad, es sin duda la mejor herramienta que se puede tener para conocer a fondo su empresa; no darle importancia es simplemente tirar a la basura posibilidades de mejoramiento o hasta la posibilidad de detectar falencias que luego resulta demasiado tarde detectarlas

6. FORMAS DE LLEBAR LA CONTABILIDAD

MANUAL.- Un alto porcentaje se lleva en forma manual, utilizando algunas máquinas

sumadoras o calculadoras, en estos sistemas el factor humano es la base. La mayor

dificultad de los sistemas manuales, es que se vuelven lentos cuando se trata de procesar

volumen de información, en cuyo caso es necesario la concurrencia de una mayor cantidad

de personas.

COMPUTARIZADA.- En el sistema de contabilidad computarizada se utiliza las

computadoras para llevar acabo los movimientos contables de las cuantas, hasta producir

las informaciones finales. En los sistemas de contabilidad computarizada la labor del

contador es prácticamente intelectual.

las ventajas que ofrece la contabilidad computarizada son proporcionar información con

mayor rapidez, se puede manejar con mayor rapidez las operaciones y se menora en gran

cantidad el margen se errores porque la computadora realiza en forma instantánea tareas

que consumen mucho tiempo al hacerlas manualmente.

7. CLASIFICACION DE LA CONTABILIDAD

La contabilidad puede ser clasificada en múltiples ramas, dependiendo del criterio de división utilizado. De acuerdo con el tipo de unidad económica a la que se refiere la información contable generada se puede hacer la siguiente clasificación:

CONTABILIDAD PÚBLICA

Principios, y procedimientos asociados con la contabilidad de las Administraciones Públicas, esto

quiere decir la contabilidad llevada dentro de las diferentes unidades que constituyen el sector

público, tales como Ministerios, Secretarías Generales, y cualquier organismo calificado de

titularidad pública. Se caracteriza por su marcado carácter presupuestario y su cumplimiento dentro

de los objetivos fijados políticamente.

Se debe diferenciar la Contabilidad Pública de la Contabilidad Gubernamental. La segunda

corresponde al concepto del párrafo anterior en tanto que la Contabilidad Pública es una disciplina

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derivada de la Contabilidad General, que tiene por objeto el estudio de la organización, gestión y

control de la hacienda pública.

CONTABILIDAD PRIVADA

Es una rama especializada de la Contabilidad que permite desarrollar los diversos procesos de

medicación, información y control en la actividad económica de la Administración Pública. Es con

base en la Contabilidad Pública que los hechos económicos en los cuales intervienen los entes

públicos quedan registrado en cuentas, de tal forma que en todo momento puede conocer si el

estado de los derechos y obligaciones, así como grado de recaudo de los distintos ingresos

turibularios, las inversiones, costo y gasto inherente al proceso económico, efectuados en desarrollo

de la función administrativo o cometido estatal.

En contraste con el contador público, quien presta su servicio a muchos clientes, en la industria

privada el contador es un empleado de una sola empresa. El jefe del departamento de contabilidad

de una empresa pequeña o mediana generalmente se llama contralor, en reconocimiento al hecho

de que uno de los usos principales de la información contable es el de ayudar a controlar las

operaciones del negocio. El contralor dirige el trabajo de los empleados del departamento de

contabilidad, hace parte del equipo de la alta gerencia encargado de manejar el negocio, establecer

sus objetivos y asegurar su cumplimiento. Los contadores en las empresas privadas sean grandes o

pequeñas, deben registrar las transacciones y preparar estados financieros periódicos a partir de los

registros contables.

Dentro del área de contabilidad general se ha desarrollado una variedad de fases especializadas

de la contabilidad. Entre las más importantes podemos describir las siguientes:

Contabilidad comercial.

contabilidad agrícola.

contabilidad petrolera.

contabilidad industrial.

contabilidad bancaria.

contabilidad hotelera.

contabilidad gubernamental.

Contabilidad de gestión

Cuando se habla de contabilidad gerencial o directiva (interna) y financiera (externa) es preciso

hacer un repaso del origen y evolución a lo largo del tiempo. Según las investigaciones de Robert

Kaplan, la contabilidad gerencial surge como rama de la contabilidad a principios del siglo XIX, como

consecuencia de la aparición de organizaciones cada vez más complejas.

A comienzos del siglo XX surgen las primeras empresas integradas, entre las cuales la Du Pont

Powder Company es el más importante a citar. Los directivos de la Du Pont crearon la fórmula de

retorno sobre la inversión, la cual daba una medida global del éxito comercial de cada unidad

operativa de la empresa. La utilidad de esta nueva medida fue principalmente para los altos

directivos de la empresa dado que debían dirigir una organización que estaba constituida por un

número bastante grande de unidades operativas.

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Contabilidad de costos

La contabilidad de costos es la rama de la contabilidad que trata de la clasificación, contabilización,

distribución, recopilación de información de los costos corrientes y en perspectiva.

Se encuentran incluidos en el campo de la contabilidad de costos: el diseño y la operación de

sistemas y procedimientos de costos; la determinación de costos por departamentos, funciones,

responsabilidades, actividades, productos, territorios, periodos y otras unidades; así mismo, los

costes futuros previstos o estimados y los costes estándar o deseados, así como también los costos

históricos; la comparación de los costos de diferentes periodos; de los costos reales con los costos

estimados, presupuestados o estándar, y de los costos alternativos.

El contador de costos clasifica los costos de acuerdo a patrones de comportamiento, actividades y

procesos con los cuales se relacionan productos a los que corresponden y otras categorías,

dependiendo del tipo de medición que se desea. Teniendo esta información, el contador de costos

calcula, informa y analiza el costo para realizar diferentes funciones como la operación de un

proceso, la fabricación de un producto y la realización de proyectos especiales. También prepara

informes que coadyuvan a la administración para establecer planes y seleccionar entre los cursos de

acción por los que pueden optarse. En general los costos que se reúnen en las cuentas sirven para

tres propósitos generales: Proporcionar informes relativos a costos para medir la utilidad y evaluar el

inventario (estado de resultados y balance general). Ofrecer información para el control

administrativo de las operaciones y actividades de la empresa (informes de control). Proporcionar

información a la administración para fundamentar la planeación y la toma de decisiones (análisis y

estudios especiales).

Contabilidad financiera

La necesidad de presentar estados contables para terceros (accionistas, inversores, entes

reguladores públicos, etc.) y la necesidad de que la información presentada a terceros sea uniforme,

hizo que la contabilidad se volcara a la confección de los Estados Contables para terceros y no tanto

en colaborar en la confección de información para la gestión empresarial.

En la actualidad debido a las facilidades existentes como consecuencia de los grandes avances

informáticos, tanto la información para terceros como la información para la toma de decisiones

internas de la empresa deben salir de un sistema contable único e integrado.

Es una técnica que se utiliza para producir sistemática y estructuradamente información cuantitativa

expresada en unidades monetarias de las transacciones que realiza una entidad económica y de

ciertos eventos económicos identificables y cuantificables que la afectan, con el objeto de facilitar a

los diversos interesados el tomar decisiones en relación con dicha entidad económica. Muestra la

información que se facilita al público en general, y que no participa en la administración de la

empresa, como son los accionistas, los acreedores, los clientes, los proveedores, los sindicatos y los

analistas financieros, entre otros, aunque esta información también tiene mucho interés para los

administradores y directivos de la empresa. Esta contabilidad permite obtener información sobre la

posición financiera de la empresa, su grado de liquidez y sobre la rentabilidad de la empresa.

Contabilidad Fiscal

Se fundamenta en los criterios fiscales establecidos legalmente en cada país, donde se define como

se debe llevar la contabilidad a nivel fiscal. Es innegable la importancia que reviste la contabilidad

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fiscal para los empresarios y los contadores ya que comprende el registro y la preparación de

informes tendientes a la presentación de declaraciones y el pago de impuestos. Es importante

señalar que por las diferencias entre las leyes fiscales y los principios contables, la contabilidad

financiera en ocasiones difiere mucho de la contabilidad fiscal, pero esto no debe ser una barrera

para llevar en la empresa un sistema interno de contabilidad financiera y de igual forma establecer

un adecuado registro fiscal. Y esto a su vez fomentarlo con las acciones que se tengan que llevar a

cabo.

Contabilidad Administrativa

También llamada contabilidad gerencial, diseñada o adaptada a las necesidades de información y

control a los diferentes niveles administrativos. Se refiere de manera general a la extensión de los

informes internos, de cuyo diseño y presentación se hace responsable actualmente el contador de la

empresa. Está orientada a los aspectos administrativos de la empresa y sus informes no

trascenderán de la compañía, o sea, su uso es estrictamente interno y serán utilizados por los

administradores y propietarios para juzgar y evaluar el desarrollo de la entidad a la luz de las

políticas, metas u objetivos preestablecidos por la gerencia o dirección de la empresa; tales informes

permitirán comparar el pasado de la empresa, con el presente y mediante la aplicación de

herramientas o elementos de control, prever y planear el futuro de la entidad. También puede

proporcionar cualquier tipo de datos sobre todas las actividades de la empresa, pero suele centrarse

en analizar los ingresos y costos de cada actividad, la cantidad de recursos utilizados, así como la

cantidad de trabajo o depreciación de la maquinaria, equipos o edificios. La contabilidad permite

obtener información periódica sobre la rentabilidad de los distintos departamentos de la empresa y la

relación entre las previsiones efectuadas en el presupuesto; y puede explicar porque se han

producido desviaciones. La contabilidad administrativa no se encuentra regulada por normas o

reglamentos como en la contabilidad financiera, ya que su propósito es servir a la alta dirección en la

elaboración de informes gerenciales para la toma de decisiones.

La Contabilidad Administrativa es aquella que proporciona informes basados en la técnica contable

que ayuda a la administración, a la creación de políticas para la planeación y control de las funciones

de una empresa.

Se ocupa de la comparación cuantitativa de lo realizado con lo planeado, analizando por áreas de

responsabilidad. Incluye todos los procedimientos contables e informaciones existentes, para evaluar

la eficiencia de cada área.

Sistema de información al servicio de las necesidades de la administración, con orientación

pragmática destinada a facilitar las funciones de planear.

Contabilidad por actividades

Modalidad de la contabilidad administrativa que implica la clasificación y operación de las cuentas de

distintas actividades, con objeto de facilitar el proceso de ajustar a un plan el funcionamiento de una

organización; una contabilidad por funciones. Su aplicación principal se indica en situaciones en que

el planeamiento por adelantado, la autoridad, la responsabilidad y la obligación de dar cuenta

pueden asociarse con centros o unidades pequeñas de operación. Por su énfasis en cuanto a la

responsabilidad sobre las operaciones y el rendimiento de cuentas, la contabilidad por centros de

actividad proporciona una mayor realidad, así como también un incentivo en la delegación de la

autoridad administrativa.

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Contabilidad de organizaciones de servicios

Es aplicable a todos los tipos de organizaciones o industrias de servicios, son definidas de varias

formas. Son organizaciones que producen un servicio más que un bien tangible como las firmas de

contadores públicos, firmas de abogados, consultores administrativos, firmas de propiedad raíz,

compañía de transporte, bancos y hoteles. Casi todas las organizaciones no lucrativas o no para

utilidad son industrias de servicios. Son ejemplos hospitales, escuelas y un departamento de

reforestación.

Contabilidad de flujo

Sistema de contabilidad diseñado de tal forma que los elementos originales de los gastos registrados

en las cuentas primarias puedan ser identificables tanto en las cuentas secundarias como en los

estados financieros, particularmente en el estado de ingresos (o de resultados). Tiene por objetivo el

estudio de la organización de Vichem.

Contabilidad de la compañía controladora

Método que sigue una compañía tenedora de acciones o compañía matriz, para contabilizar sus

inversiones y sus transacciones con una subsidiaria.

Contabilidad fiduciaria

Cuentas que se llevan para las propiedades en manos de un fideicomisario, de un ejecutor o

albacea, o administrador, bien sea bajo la jurisdicción directa de un abogado, o actuando en virtud

de una escritura(contrato) de fideicomiso privado o de otro instrumento de nombramiento.

Contabilidad gubernamental

Contabilidad general de la empresa

Es el sistema por el cual, la empresa tiene control de todas sus operaciones diarias, de compra,

venta, inversiones, gastos, créditos, logística, etc. que deben ser analizados, clasificados, resumidos

y registrados, para proporcionar información fidedigna a terceros y autoridades. La contabilidad

gubernamental es muy diferente que la contabilidad general es la que tiene control absoluto de la

empresa

8. PRINCIPIOS DE LA CONTABILIDAD

Los principios contables se refieren a conceptos básicos o conjuntos de proposiciones, directrices a las que debe subordinarse todo desarrollo posterior. Su misión es la de establecer delimitaciones en los entes económicos, las bases de la cuantificación de las operaciones y la presentación de la información financiera. Los principios de la contabilidad se establecieron para ser aplicados a la denominada contabilidad financiera y, por extensión, se suelen aplicar también a la contabilidad administrativa. La contabilidad administrativa se planeará de acuerdo a las necesidades o preferencia de cada empresa, la cual podrá imponer sus propias regulaciones. La contabilidad

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financiera deberá planearse para proporcionar información cuantitativa, comparativa y confiable a sus usuarios externos. En la contabilidad actual se parte de un sistema de supuestos, doctrinas, axiomas y convenciones englobados en lo que se denomina "principios contables generalmente aceptados". Muchos de estos principios han tenido una lenta evolución a lo largo de la historia y tan sólo los últimos avances contables realizados en décadas recientes están reflejados en las leyes. PRINCIPIOS CONTABLES MÁS COMUNES(Generalmente aceptados) PRINCIPIO DE EMPRESA EN FUNCIONAMIENTO (Empresa en marcha) afirma que la gestión de la empresa tiene una duración ilimitada por lo que los principios contables restantes no irán encaminados a valorar los activos y el valor del patrimonio de la empresa como si éstos fueran a ser vendidos de un modo total o parcial. Este principio implica la permanencia de la empresa en el mercado, es decir que sus

actividades no serán interrumpidas, seguirá operando en forma indefinida. EJEMPLO: La empresa NICE SAC. Dedicado a la compra y venta de aparatos digitales,

solo dejara de funcionar mientras esté en proceso de liquidación. PRINCIPIO DE PRUDENCIA afirma que sólo deberán contabilizarse los beneficios realizados a la fecha de cierre del ejercicio; sin embargo, las pérdidas posibles, aún sin ser ciertas, se contabilizarán desde que se considere que se pueden producir. Los beneficios se contabilizan únicamente cuando son reales o se vendes, las pérdidas se

contabilizan cuando son previsibles o se pueden cuantificar. EJEMPLO: si una empresa tiene un inmueble valorizado en s/. 200,000.00 y su

depreciación es de s/. 30,000.00 se tendrá que contabilizar la pérdida aunque no se haya vendido el inmueble. Por lo contrario si se vende el inmueble en s/. 250,000.00 se tendrá que contabilizar este beneficio una vez realizado, antes no.

PRINCIPIO DE REGISTROestablece que los hechos económicos deben registrarse cuando nazcan los derechos u obligaciones que dichos hechos originen. Cuando no se trate de una transacción de la empresa con el exterior se registrarán sólo cuando se haya producido el auténtico consumo del activo. Las operaciones se registran cuando surgen los derechos y obligaciones que de ella se

derivan. PRINCIPIO DE PRECIO DE ADQUISICIÓN (valuación al costo) exige que todos los bienes y derechos se contabilicen por su precio de adquisición o coste de producción. Este principio deberá aplicarse siempre, salvo que alguna ley establezca excepciones de forma explícita, en cuyo caso deberá redactarse una memoria en que se especifique la aplicación de dicha excepción. Los bienes y derechos deben valuarse a su costo a su costo de adquisición o fabricación,

salvo que ocurran fenómenos posteriores que exijan un ajuste en su costo. EJEMPLO: la empresa VISNES S.A. adquiere 20 celulares a s/. 100.00 c/u los cuales

ingresan al almacén posteriormente con el mismo costo deben salir por lo que deben

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contabilizarse a s/. 100.00 c/u independientemente de que su valor en el mercado sea el doble.

PRINCIPIO DEL DEVENGO establece que la imputación de ingresos y gastos deberá hacerse en función de la corriente real de bienes y servicios con independencia de cuándo se produzca la corriente monetaria o financiera. Los ingresos y gastos se contabilizan en el momento en que tiene lugar la operación

mercantil que los origina, con independencia de cuando se produce el ingreso o cobro.

PRINCIPIO DE CORRELACIÓN DE INGRESOS Y GASTOS afirma que el resultado del ejercicio estará constituido por los ingresos de dicho período, menos los gastos del mismo realizados para obtener los primeros, así como por los beneficios y quebrantos no relacionados de forma clara con la actividad de la empresa. PRINCIPIO DE NO COMPENSACIÓNimpide que se equilibren las partidas del activo y del pasivo del balance, ni las de gastos e ingresos que integran la cuenta de pérdidas y ganancias establecidas en los modelos de cuentas anuales. Por ello, habrá que valorar por separado los elementos integrantes de las distintas partidas del activo y el pasivo. PRINCIPIO DE UNIFORMIDAD establece que, una vez adoptado un criterio para la aplicación de los principios contables, entre todas las alternativas posibles, deberá mantenerse dicho criterio a lo largo del tiempo hasta que se alteren los supuestos que motivaron la elección del criterio en cuestión. PRINCIPIO DE IMPORTANCIA RELATIVAsostiene que podrá admitirse la ausencia de aplicación estricta de algunos de los principios contables, siempre y cuando la importancia relativa en términos cuantitativos de la variación que tal hecho produzca tenga una trascendencia escasa y, en consecuencia, no altere el resultado de las cuentas anuales. El principal objetivo: la imagen fiel consiste en que, en caso de conflicto entre principios contables obligatorios, deberá prevalecer el que mejor conduzca a que las cuentas anuales expresen la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera y de los resultados de la empresa. No obstante, el principio de prudencia tendrá un carácter preferencial sobre los demás. Los principios de contabilidad determinará las normas que se deben seguir para tener

en cuenta para las transacciones comerciales de manera adecuada y dar una

información veraz y fiable sobre las actividades de negocio a los usuarios de los

estados financieros. La contabilidad del inventario es una parte importante de la teoría

de la contabilidad y la práctica, por lo tanto, es esencial para comprender los

principios contables que deben aplicarse para hacer un inventario contable. Uno de

ellos es una aplicación del concepto de valor neto de realización.

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9. DOCUMENTACION Y ANALISIS DE COMPROBANTES DE PAGO

CONCEPTO:

El comprobante de pago es el documento que acredita la transferencia de bienes, la entrega en uso

o la prestación de servicios.

Para ser considerado como tal debe ser emitido y/o impreso conforme a las normas del Reglamento

de Comprobantes de Pago.

TIPOS DE COMPROBANTES DE PAGO:

FACTURA Es el comprobante de pago que se emite en las operaciones entre empresas o personas que necesitan acreditar costo o gasto para efecto tributario, sustentar el pago del IGV por la operación efectuada y poder ejercer, de esta manera, el derecho al crédito fiscal. Por ejemplo, cuando una empresa compra papel y tóner para sus impresoras debe exigir que le otorguen una factura. Base Legal: Numeral 1 del Artículo 4º de la Resolución de Superintendencia N° 007-99/SUNAT y modificatorias. BOLETA DE VENTA Es un comprobante de pago que se emite en operaciones con consumidores o usuarios finales. No permite ejercer el derecho al crédito fiscal, ni sustentar gasto o costo para efecto tributario. Por ejemplo: Si usted compra los víveres para la semana en una tienda de abarrotes, debe exigir que le otorguen una boleta de venta. Lo mismo si acude a una peluquería o salón de belleza, o va a comer a un restaurante o compra un libro.Cuando el importe de la venta efectuada o del servicio prestado supere los setecientos nuevos soles (S/. 700.00) por operación será necesario consignar en la boleta de venta los datos de identificación del adquirente o usuario: apellidos y nombres completos, y el número de su documento de identidad. Base Legal: Numeral 3 del artículo 4º y numeral 3.10 del Artículo 8º de la Resolución de Superintendencia N°007-99/SUNAT y modificatorias. TICKET O CINTA EMITIDO POR MAQUINA REGISTRADORA Este comprobante de pago puede ser emitido únicamente en moneda nacional. Cuando es emitido en operaciones con consumidores o usuarios finales, no permite ejercer el derecho a crédito fiscal, crédito deducible ni sustentar gasto o costo para efecto tributario. Cuando el comprador requiera sustentar crédito fiscal, costo o gasto para efecto tributario o crédito deducible deberá: identificar al adquiriente o usuario con su número de RUC, consignar los apellidos y nombres o denominación o razón social, discriminando el monto del tributo que grava la operación. Los tickets pueden también ser emitidos a través de sistemas informáticos, siempre que el emisor haya obtenido la autorización de uso correspondiente a través del Formulario N° 845. Tal es el caso de supermercados, tiendas por departamento, farmacias, estaciones de combustible, restaurantes, entre otros tipos de negocios que emplean sistemas autorizados. Estos tickets deben cumplir los mismos requisitos que los tickets emitidos por máquinas registradoras. Base Legal: Numeral 5 del

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artículo 4º y numeral 5 del Artículo 8º de la Resolución de SuperintendenciaN° 007-99/SUNAT y modificatorias. RECIBO POR HONORARIOS Es el comprobante de pago que emiten las personas naturales que se dedican en forma individual al ejercicio de cualquier profesión, arte, ciencia u oficio. Por ejemplo: médicos, abogados, gasfiteros, artistas, albañiles, entre otros. Pueden ser utilizados a fin de sustentar gasto o costo para efecto tributario y para sustentar crédito deducible. Base Legal: Numeral 2 del Artículo 4º de la Resoluciónde Superintendencia N° 007-99/SUNAT y modificatorias. Artículo 33° del TUO de la Ley del Impuesto a la Renta aprobado por Decreto Supremo N° 054-99-EF. LIQUIDACIÓN DE COMPRA Este comprobante de pago es emitido por todos aquellos que realizan adquisiciones a personas naturales productoras y/o acopiadoras de productos primarios derivados de la actividad agropecuaria, pesca artesanal, extracción de madera, de productos silvestres, minería aurífera artesanal, artesanía y desperdicios y desechos metálicos y no metálicos, desechos de papel y desperdicios de caucho que no cuentan con número de RUC. Tal es el caso de las personas o empresas que realizan compras a pequeños mineros, artesanos o agricultores los que, por encontrarse en lugares muy alejados a los centros urbanos, se ven imposibilitados de obtener su número de RUC y así poder emitir sus comprobantes de pago. Las Liquidaciones de Compra solo pueden ser emitidas por los contribuyentes del Régimen General y del Régimen Especial del Impuesto a la Renta.Base Legal: Numeral 4 del artículo 4º e inciso 1.3 del numeral 1 del artículo 6° de la Resolución de Superintendencia N° 007-99/SUNAT y modificatorias. OTROSDOCUMENTOS AUTORIZADOS A continuación una reseña de los otros documentos que regulan las normas tributarias sobre

comprobantes de pago:

GUÍA DE REMISIÓN DEL TRANSPORTISTA

Es el documento que emite el Transportista para sustentar el traslado de bienes a solicitud de

terceros. Su emisión se efectúa antes de iniciar el traslado de bienes, por cada remitente y por cada

unidad de transporte. También se emitirá la Guía de Remisión del Transportista cuando se

subcontrate el servicio, para lo cual se deberá señalar los datos de la empresa sub-contratante

(RUC, nombre y apellido o razón social).

GUÍA DE REMISIÓN DEL REMITENTE

Es el documento que emite el Remitente para sustentar el traslado de bienes con motivo de su

compra o venta y la prestación de servicios que involucran o no la transformación de bienes, cesión

en uso, consignaciones y remisiones entre establecimientos de una misma empresa y otros.

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Remitente:Es el propietario o poseedor de los bienes al inicio del traslado, al prestador de servicios,

como: servicios de mantenimiento, reparación de bienes, entre otros; a la agencia de aduanas, al

almacén aduanero, tanto en el caso del traslado de mercancía nacional como de mercancía

extranjera; y al consignador. Base Legal:Capítulo V de la Resolución de Superintendencia N° 007-

99/SUNAT modificada por las Resoluciones de Superintendencia Nº 004 -2003/SUNAT, Nº 028-

2003/SUNAT y Nº 219-2004/SUNAT.

NOTA DE DÉBITO

Es emitida por los sujetos del Régimen General y del Régimen Especial del Impuesto a la Renta

para recuperar costos o gastos incurridos por el vendedor con posterioridad a la emisión de la

factura o boleta de venta, como intereses por mora u otros. Excepcionalmente, el adquirente o

usuario puede emitir una nota de débito como documento sustentatorio de penalidades impuestas

por incumplimiento contractual del proveedor, según conste en el respectivo contrato.

NOTA DE CRÉDITO

Es emitida por los sujetos del Régimen Especial y General del Impuesto a la Renta, y por las

personas naturales generadoras de segunda y cuarta categoría, con motivo de anulaciones,

descuentos o bonificaciones, devoluciones y otros. En el caso de descuentos o bonificaciones sólo

podrán modificar comprobantes de pago que otorguen derecho a Crédito Fiscal o sustenten gasto o

costo para efecto tributario. Tratándose de operaciones con consumidores finales, los descuentos o

bonificaciones deberán constar en el mismo comprobante de pago. El adquirente o usuario, o quien

reciba la nota de crédito a nombre de éstos, deberá consignar en ella su nombre y apellido, su

documento de identidad, la fecha de recepción y, de ser el caso, el sello de la empresa.

Se exceptúa al vendedor, la emisión de la Nota de Crédito por la devolución de un producto

originalmente transferido, cuanto éste asume la obligación del canje de productos por otros de la

misma naturaleza, en aplicación de cláusulas de garantía de calidad o de caducidad contenidas en

contratos de compraventa o en dispositivos legales que establezcan que dicha obligación.

Base Legal: Artículo 10° de la Resolución de Superintendencia 07-1999/SUNAT.

MANIFIESTO DE PASAJEROS

Es el documento de control de los boletos de viaje de transporte público nacional de pasajeros, en el

cual se detalla la información correspondiente al viaje efectuado. Lo emite el transportista por cada

viaje y por cada vehículo antes del inicio del servicio de transporte público nacional de pasajeros. Si

el transportista recoge pasajeros en las estaciones o paraderos de ruta, deberá agregar en el

manifiesto de pasajeros la información relativa a los mismos al momento de su embarque. En este

supuesto, no será obligatorio consignar los apellidos y nombres, tipo y número de documento de

identificación del pasajero ni el número de asiento.

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OTROSCOMPROBANTES DE PAGO, entre los cuales tenemos a:

Boletos que emiten las compañías de aviación comercial por el servicio de transporte aéreo de pasajeros

Carta de porte aéreo por el servicio de transporte de carga aérea

Recibos por el arrendamiento de bienes muebles e inmuebles que generen rentas de primera categoría

Documentos emitidos por los bancos, por las entidades financieras y de seguros, así como por las cooperativas de ahorro y crédito no autorizadas a captar recursos del público, que se encuentren bajo el control de la Superintendencia de Banca y Seguros

Recibos por servicios públicos de suministro de energía eléctrica, agua, teléfono, télex y telegráficos y otros servicios complementarios que se incluyan en el recibo de servicio público

Boletos emitidos por las empresas de transporte público urbano de pasajeros

Boletos de viaje emitidos por las empresas de transporte público nacional de pasajeros dentro del país

Documentos emitidos por la Iglesia Católica por el arrendamiento de sus bienes inmuebles

Boletos numerados o entradas por atracciones y espectáculos públicos

Conocimiento de embarque por el servicio de transporte de carga marítima

Pólizas de Adjudicación emitidas con ocasión del remate o adjudicación de bienes por venta forzada, por los martilleros o las entidades que rematen o subasten bienes por cuenta de terceros

Documentos que emitan los concesionarios del servicio de revisiones técnicas vehiculares, por la prestación de dicho servicio.

Boletos emitidos por servicio de transporte ferroviario público de pasajeros

AUTORIZACIÓN DE LOS COMPROBANTES DE PAGO Y DOCUMENTOS

La autorización de Comprobantes de Pago está vinculada al tipo de emisión del comprobante, pudiendo presentarse los siguientes casos:

- COMPROBANTES DE PAGO EMITIDOS DE MANERA ELECTRÓNICA– Los comprobantes de pago que pueden emitirse de manera electrónica son Recibos por Honorarios Electrónicos, Facturas Electrónicas, Notas de Crédito Electrónicas y Notas de Débito Electrónica. Previamente deberá afiliarse al Sistema de Emisión Electrónica ingresando a SUNAT Operaciones en Línea - SOL en SUNAT Virtual con su clave SOL. Para acceder a este sistema de emisión tenga en cuenta que:

Su domicilio fiscal debe tener la condición de “Habido”.

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No debe hallarse en el estado de Suspensión Temporal de Actividades o Baja de Inscripción.

Debe estar afecto en el RUC al Impuesto a la Renta de Tercera o Cuarta Categoría, según corresponda.

Para el caso de los que emitan factura electrónica, deben adicionalmente encontrarse acogidos al Régimen Especial del Impuesto a la Renta (RER) o al Régimen General.

Para emitir sus comprobantes solo debe ingresar a SUNAT Virtual, seleccionar SUNAT Operaciones en Línea, ingresar su Clave SOL e ingresar al módulo "Sistema de Emisión Electrónica SEE" opción: Emisión de Documentos Electrónicos. - COMPROBANTES DE PAGO EMITIDOS DE MANERA IMPRESA– Las Facturas, Boletas de Venta, Liquidaciones de Compra, Recibos por Honorarios, Notas de Crédito, Notas de Débito, Guías de Remisión, Boletos de Viaje, entre otros, son algunos de los comprobantes de pago y/o documentos que pueden emitirse de manera impresa. Para tal efecto, el Formulario N° 816 será utilizado por los contribuyentes que soliciten autorización para la impresión, para lo cual puede:

Descargar desde aquí el formulario 816 y sus instrucciones, Fotocopiar la Resolución de Superintendencia N° 167-2003/SUNAT publicada el

13/09/2003 ó Solicitarlo en cualquier Centro de Servicios al Contribuyente, en los módulos de

atención en municipios e instituciones u en las oficinas de SUNAT.

Solicite la impresión de sus comprobantes en cualquier imprenta autorizada, sin necesidad de acercarse a la SUNAT, pues las imprentas están conectadas a través del Sistema SUNAT Operaciones en Línea - SOL. Lo único que se le pide es firmar 2 ejemplares del formulario N° 816 y presentar el original y copia de su documento de identidad. Consulte aquí la relación de Imprentas SOL autorizadas. - COMPROBANTES DE PAGO EMITIDOS EMPLEANDO UN SISTEMA DE EMISIÓN INFORMÁTICO (BVME) - Aplicable al Boleto de Viaje de Transporte Ferroviario de Pasajeros , al Boleto de Viaje de Transporte Aéreo y al Comprobantes de Pago por Servicios Aeroportuarios (SEAE). A fin de obtener la autorización para emitir los referidos comprobantes de pago por medio electrónico, se deberá tener en cuenta lo siguiente: a) El Operador Ferroviario deberá presentar el Formulario N° 836 “Solicitud de Autorización para la emisión de BVME para transporte ferroviario de pasajeros", llenado y suscrito por él mismo o por su representante legal acreditado en el RUC, firmando además el CIR respectivo. Se debe dejar constancia en el mismo formulario si se autoriza a un tercero para que entregue a la SUNAT la aludida solicitud así como para que firme el CIR en su representación. Conjuntamente con la solicitud se debe adjuntar:

Los documentos relativos al Sistema de Emisión a que se refiere el artículo 8° de la Resolución de Superintendencia N° 173-2008/SUNAT

Copia de la resolución que le otorga el permiso de operación Copia del documento de identidad vigente de quien suscribe la solicitud y

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Copia del documento de identidad vigente del tercero autorizado a entregar la solicitud y exhibición del mismo, de corresponder.

b) La Compañía de Aviación Comercial deberá presentar el Formulario N° 835 "Solicitud de Autorización para la emisión de BME", el cual tendrá carácter de declaración jurada, suscrita por su representante legal debidamente acreditado. La SUNAT resolverá la solicitud presentada dentro del plazo de treinta (30) días hábiles computados a partir del día siguiente de presentada la solicitud, para lo cual verificará la acreditación de contar con un Sistema de Emisión Globalizado. Vencido el plazo para resolver, operará el silencio administrativo positivo. c) Comprobantes de Pago por Servicios Aeroportuarios (SEAE) – Aplicable a comprobantes de pago por servicios aeroportuarios emitidos por medios electrónicos. A fin de obtener la autorización para emitir comprobantes de pago SEAE por medios electrónicos se deberá presentar el Formulario N° 0837 Solicitud de Autorización para la emisión de comprobantes de pago SEAE por medios electrónicos debidamente llenado y suscrito por el emisor o su representante legal acreditado en el RUC, dejando constancia en dicho formulario que se ha autorizado a un tercero para que entregue a la SUNAT la aludida solicitud así como para que firme el CIR en su representación.

¿QUÉ SANCIÓN SE APLICA SI NO ENTREGO COMPROBANTES DE PAGO O SI ENTREGO

COMPROBANTES DE PAGO QUE NO REÚNEN LOS REQUISITOS O QUE NO

CORRESPONDEN AL RÉGIMEN DEL DEUDOR TRIBUTARIO?

La no entrega de comprobantes de pago, la entrega de Comprobantes que no reúnen los requisitos

o que no corresponden al régimen del deudor tributario es una infracción tributaria tipificada en los

numerales 1, 2 y 3 del artículo174°del Código Tributario y normas modificatorias.

Estas infracciones son sancionadas con cierre del establecimiento o con multas,

dependiendo del Régimen Tributario en el que se encuentre el contribuyente. Las multas

mencionadas tienen como referencia la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) o los ingresos

mensuales):

BASE LEGAL (CODIGO TRIBUTARIO) REGIMEN GENERAL DEL IMPUESTO A LA RENTA

REGIMEN ESPECIAL DEL IMPUESTO A LA RENTA

NUEVO REGIMEN UNICO SIMPLIFICADO (NRUS)

ARTICULO 174

Numeral 1 No emitir y/o no otorgar comprobantes de pago o documentos complementarios a éstos, distintos a la guía de remisión.

CIERRE CIERRE CIERRE

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Numeral 2 Emitir y/u otorgar documentos que no reúnen los requisitos y características para ser considerados como comprobantes de pago o como documentos complementarios a éstos, distintos a la guía de remisión.

50% de la UIT o cierre

25% de la UIT o cierre

0.3% de cuatro veces el límite máximo de los ingresos brutos

mensuales de cada categoría o cierre.

Numeral 3 Emitir y/u otorgar comprobantes de pago o documentos complementarios a éstos, distintos a la guía de remisión, que no correspondan al régimen del deudor tributario o al tipo de operación realizada o a la modalidad de emisión autorizada a la que se hubiese acogido el deudor tributario de conformidad con las leyes, reglamentos o Resolución de Superintendencia de la SUNAT.

50% de la UIT o cierre

25% de la UIT o cierre 0.3% de cuatro

veces el límite máximo de los ingresos brutos

mensuales de cada categoría o cierre.

¿QUÉ SANCIÓN SE APLICA SI REMITO O TRANSPORTO BIENES SIN GUÍA DE REMISIÓN? Al transportar bienes sin contar con la respectiva Guía de Remisión el contribuyente incurre en alguna de las infracciones tributarias tipificadas en los numerales 4 y 9 del artículo 174° del Código Tributario. De esta manera y conforme al numeral 4 del artículo 174° del Código Tributario, se sanciona con Internamiento Temporal del Vehículo, al transportista que no cuenta con la Guía de RemisiónTransportista durante el traslado de los bienes. Este internamiento puede ser sustituido por una multa a solicitud del infractor o por facultad de la SUNAT.

Del mismo modo y conforme al numeral 9 del artículo 174° del Código Tributario, se sanciona con Comiso o Multa, al contribuyente que remite bienes sin la correspondiente Guía de Remisión Remitente. Cuando la sanción establecida es el Comiso, la multa para recuperar los bienes comisados, en cualquiera de las categorías, es del:

- 4% del valor de los bienes comisados en la primera oportunidad,

- 8% del valor de los bienes comisados en la segunda oportunidad, y

- 15% del valor de los bienes comisados en la tercera y siguientes oportunidades.

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Por el contrario, si es la SUNAT la que sustituye el Comiso por una Multa, el monto de ésta, en cualquiera de las categorías, es como sigue:

- 5% del valor de los bienes comisados en la primera oportunidad,

- 10% del valor de los bienes comisados en la segunda oportunidad, y

- 15% del valor de los bienes comisados en la tercera y siguientes oportunidades.

Base LegalCódigo Tributario – D.S. N° 135-99-EFResolución de Superintendencia N° 063-2007/SUNAT

IMPORTANTE. Cuando se contrate el traslado de mercadería a un tercero, se debe emitir dos Guías de Remisión, una por el Remitente y otra por el Transportista.

BAJA DE COMPROBANTES DE PAGO

¿En qué casos se debe solicitar la baja de Comprobantes de Pago?

Cuando se presente alguna de las siguientes circunstancias:

Por deterioro de los comprobantes de pago

Haya sufrido el robo o extravío de los mismos

Se cierre el establecimiento anexo (sucursal, depósito, local comercial, etc.), con lo que se produce el retiro de uno o más puntos de emisión.

Se cierre definitivamente el negocio u oficina.

Decida acogerse al Nuevo RUS y haya estado ubicado en el Régimen General o Especial, razón por la cual deberá dar de baja los comprobantes de pago que sustenten gasto o costo o crédito fiscal, hasta el último día del mes precedente.

¿Cómo se comunica la Baja de los comprobantes de pago?

El trámite se realiza a través de SUNAT Virtual con su Clave SOL utilizando el Formulario Virtual N° 855. Para el caso particular de robo o extravío de comprobantes de pago que no hayan sido entregados, debe comunicarse este hecho dentro de los 15 días hábiles siguientes al robo u extravío, lo cual no exime al contribuyente de la obligación de sustentar la baja con la copia certificada de la denuncia policial cuando la SUNAT así lo requiera. Esta denuncia policial debe realizarse con anterioridad a la comunicación de baja de los comprobantes robados o extraviados.

Los comprobantes de pago, respecto de los cuales se haya comunicado la baja, deben ser destruidos, no eximiendo de responsabilidad al contribuyente la posterior circulación de estos, salvo para el caso de los robados o extraviados.

Base Legal:Artículo 12° de la Resolución de Superintendencia N° 007-99/SUNAT.

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10. TITULO VALORES

CONCEPTO:

Articulo 619 co.co. Los títulos valores son documentos necesarios para legitimar el ejercicio del derecho literal y autónomo que en ellos se incorpora, pueden ser de contenido crediticio, corporativo o de participación y de tradición o representativo de mercancías.

Desde el punto de vista material el título valor es un documento escrito, siempre firmado (unilateralmente) por el deudor; es además un pedazo de papel que contiene diversas menciones En un segundo plano, se define al título valor como un derecho en beneficio de una persona. El derecho consignado en el documento, nace con la creación de éste. Tiene un valor en la actividad económica en general y en los negocios mercantiles en especial, por ello y para el desarrollo de la economía de un país, interesa que el titulo como valor en sí mismo, pueda entrar en circulación económica como los demás bienes.

Quien suscribe un título valor se obliga a una prestación frente al poseedor del título, o quién resulte tal, y no subordina esa obligación a ninguna aceptación, ni a ninguna contraprestación.

CLASIFICACIÓN DE LOS TÍTULOS VALORES

Según su derecho incorporado:

TÍTULOS JURÍDICO-OLIGACIONALES O CAMBIARIOS: Se definen como aquellos que incorporan un derecho de crédito. Ej. Cheque, letra de cambio… etc.

TÍTULOS JURÍDICO-PERSONALES O DE PARTICIPACIÓN: Estos se definen como aquellos que atribuyen a su titular una determinada posición en el ámbito de una entidad organizada. Ej. Las acciones de una S.A.

TÍTULOS JURIDICO-REALES O DE TRADICIÓN: Vienen definidos como aquellos que incorporan la posesión y en muchos casos la disponibilidad de unas determinadas mercancías. Ej. Un resguardo de depósito en almacenes generales.

Según la circulación:

TÍTULOS NOMINATIVOS: Se definen como aquellos que designan como titular a una persona determinada, persona cuya titularidad se recoge en el propio título valor. El ejemplo más claro lo constituye el cheque nominativo. Están sometidos a un régimen de transmisión restrictivo ostentando un grado de transmisibilidad de grado mínimo. La principal restricción operativa que se impone a la transmisibilidad es la que se concreta en el deber de comunicación de la transmisión ya que para que surta efectos deben cumplirse ciertos deberes de comunicación.

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Sí el título valor nominativo está emitido individualmente, la comunicación debe dirigirse al deudor, sí no, este puede negarse a pagar al nuevo acreedor. Sí por el contrario el título valor nominativo está emitido en serie, la comunicación deberá emitirse al emisor.

TÍTULOS VALORES A LA ORDEN: Son aquellos que designan como titular a una persona determinada pero permiten la designación de otros titulares en el propio documento. Ej. Letra de cambio: aquí aparece un titular originario llamado librador si bien este puede transmitir a través del endoso a un nuevo tomador. Esto representa una transmisibilidad de grado medio.

TÍTULOS VALORES AL PORTADOR: Son aquellos que legitiman como titular al mero poseedor siempre que exista “justa causa determinante de la transferencia posesoria” (legítima al poseedor causal). Los títulos valores se transmiten a través de la mera transferencia posesoria siempre que esta obedezca a una causa lícita.

QUE ES LA LITERALIDAD EN UN TITULO VALOR

La literalidad significa que el tenor literal del documento es decisivo para determinar el contenido y la extensión del derecho que emerge de dicho título. Sólo puede hacerse valer lo que está mencionado en el documento, no así lo que no consta en el mismo. El alcance de este atributo puede ser precisado: “El suscriptor de un título valor quedará obligado en los términos literales del mismo, aunque el título entre en circulación contra su voluntad o después de que sobrevengan su muerte o incapacidad”. El tenedor no puede pretender más de lo que figura en el documento y el deudor no puede oponerse al cumplimiento de la prestación, alegando razones que no resulten del propio documento. Los derechos no pueden ser ni ampliados ni restringidos por constancias que surjan de otros documentos. Como la literalidad es un rasgo típico de los títulos valores, cuando falta no hay título valor. La literalidad no se presenta con iguales rasgos en todos los títulos valores. Existen algunos en los cuales los derechos del poseedor no resultan de los enunciados del título y deben completarse con los enunciados de otros documentos. Ejemplo de estos títulos son las acciones.

CONDICIONES PARA EMITIR UN TITULO VALOR EN BLANCO

Si en el título se dejan espacios en blanco cualquier tenedor legítimo podrá llenarlos, conforme a las instrucciones del suscriptor que los haya dejado, antes de presentar el título para el ejercicio del derecho que en él se incorpora.

Una firma puesta sobre un papel en blanco, entregado por el firmante para convertirlo en un título valor, dará al tenedor el derecho de llenarlo. Para que el título, una vez completado, pueda hacerse valer contra cualquiera de los que en él han intervenido antes de completarse, deberá ser llenado estrictamente de acuerdo con la autorización dada para ello.Si un título de esta clase es negociado, después de llenado, a favor de un tenedor de buena fe exenta de culpa, será válido y efectivo para dicho tenedor y éste podrá hacerlo valer como si se hubiera llenado de acuerdo con las autorizaciones dadas. Los títulos valores deberán llenar los requisitos siguientes:

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1) La mención del derecho que en el título se incorpora, y

2) La firma de quién lo crea.

La firma podrá sustituirse, bajo la responsabilidad del creador del título, por un signo o contraseña que puede ser mecánicamente impuesto.Si no se menciona el lugar de cumplimiento o ejercicio del derecho, lo será el del domicilio del creador del título; y si tuviere varios, entre ellos podrá elegir el tenedor, quien tendrá igualmente derecho de elección si el título señala varios lugares de cumplimiento o de ejercicio. Sin embargo, cuando el título sea representativo de mercaderías, también podrá ejercerse la acción derivada del mismo en el lugar en que éstas deban ser entregadas.Si no se menciona la fecha y el lugar de creación del título se tendrán como tales la fecha y el lugar de su entrega.

LEGITIMACIÓN PARA LLENAR EL TÍTULO.

Está legitimado para llenar el título, quien posee el título de buena fe, pero si se trata de una persona que depende de una obligación principal en blanco, su derecho solo nace cuando este tercero haya llenado lo que le corresponde. La fecha de emisión en blanco posee la importancia de servir de indicación del momento a partir del cual se cuente el término para poder llenar el título; pero por emisión debe entenderse aquel momento en que es creada la causa negocial de la traditio, o sea cuando se perfecciona el acto traslativo de documento y al mismo tiempo se sume la obligación cartular. Si es condicionada a otro acto se entiende emitida a la perfección de este. El legítimo tenedor posee el derecho de llenado del título; entonces, el derecho de llenar el documento debe considerarse definitivamente adquirido por el tomador, de modo que ese derecho no desaparece por muerte o quiebra del firmante de la letra, o por la pérdida del poder de representación de quien asumió la obligación cambiaria en nombre de otra.

AUTONOMÍA EN LOS TÍTULOS VALORES

La autonomía significa que el poseedor – y cada poseedor - tiene un derecho propio, nuevo, originario y, por lo tanto, no le son oponibles las excepciones que el deudor podría invocar frente a los anteriores tenedores del título. En otras palabras, el derecho del poseedor, es autónomo, es originario, como si el documento hubiera sido creado directamente a favor de él aunque haya tenido anteriores poseedores. Cada adquirente recibe el título “ex novo” como si hubiera sido creado para él. Este atributo se impone para fomentar la transmisibilidad del documento. Nadie aceptaría recibir un título valor si los derechos que ese título valor le concede pudieren verse de algún modo retaceados con excepciones del deudor basados en sus relaciones con tenedores anteriores.

LEGITIMACIÓN DE UN TITULO VALOR

La posesión y exhibición del documento es requisito indispensable para poder ejercitar el derecho. Lo que quiere decir que quien tenga el documento estará legitimado para ejercer el derecho, y estará legitimado aun cuando no sea el titular de tal derecho. Esto significa también que quien sea deudor de la prestación correlativa del derecho, cumplirá con efectuar el pago de tal prestación a quien le exhiba en debida forma el documento.Hay que distinguir dos variantes de legitimación: la activa y la pasiva.

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Legitimación activa: Esta se atribuye al poseedor del título valor que cumple los requisitos derivados del propio título. La posesión es condición necesaria para el ejercicio del derecho incorporado pero no siempre es suficiente para el ejercicio del mismo.

Legitimación pasiva: Esta legitimación corresponde a la persona que aparece designada como obligada en el propio título valor. De este modo nos encontramos en el ejemplo del cheque con que el sujeto pasivo será la entidad bancaria.

EL ENDOSO

El endoso venía definido por el código de comercio de 1887 en su Art. 781, de la siguiente forma: “el endoso es un escrito sucinto, redactado con arreglo a las formas legales, y puesto al dorso de la letra de cambio y demás documentos a la orden, por el que el dueño de ellos transmite la propiedad a una persona determinada, mediante un valor prometido o entregado. Una definición más actualizada nos explica que el endoso es una cláusula accesoria e inseparable del título, por virtud de la cual el acreedor pone a otro acreedor en su lugar dentro del título, sea con carácter ilimitado, sea con carácter limitado (como en el endoso en procuración o el endoso en garantía)”. El endoso es la forma de transmisión de los títulos valores a la orden y debe constar en el reverso del título respectivo o en hoja adherida a él.

TIPOS DE TITULOS VALORES

LETRA DE CAMBIO

La letra de cambio es uno de los Títulos valores que se extiende por una persona (acreedor -

librador) y recoge una obligación de pago aceptada por otra persona (deudor - librado) de una

cantidad determinada en la fecha de su vencimiento.

ELEMENTOS DE LA LETRA DE CAMBIO:

LIBRADOR: persona que emite la letra de cambio (acreedor) dando la orden de pago a otra persona

(deudor).

LIBRADO: persona a la que va dirigida la orden de pago (deudor).

ENDOSANTE: acreedor (original o posteriores) que transmite su derecho de cobro.

ENDOSATARIO: persona (acreedor actual) a quien se ha transmitido el derecho de cobro.

TENEDOR: persona poseedora del título en cada momento.

AVALISTA: persona que garantiza, en todo o parte, el pago.

A LA VISTA: debiendo pagarse en el momento de su presentación.

A un plazo contado desde la fecha del libramiento.

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EL PAGARE

Generalmente el estudio del pagaré viene simultáneo con el de la letra de cambio, dada la similitud existente entre estos títulos.

EL ORIGEN DEL PAGARÉ, al igual que la letra de cambio, se remonta a la edad media y también más o menos paralelo al nacimiento de aquélla. Para algunos su origen se debió al desaparecimiento de la sanción por cobro de intereses en los préstamos, hecho que permitió a los deudores a obligarse cambiariamente en el pago de sumas de dinero a fechas determinadas, lo cual no 'hacía necesaria la utilización de letras sino de pagarés, o mejor de vales, expresión con la cual se conoció inicialmente. Para otros, esta figura obedeció a las dificultades que presentaba la letra de cambio en cuanto a su uso, dada la necesaria intervención de un tercero en el cambio trayecticio. Cuando el negocio se iba a realizar entre dos personas ya no era adecuada la letra, entonces aparece el pagaré como título capaz de superar esa dificultad, pues éste sólo exige la presencia de un otorgante, de la persona que lo suscribe o que lo emite, y del beneficiario. Pero, además, la letra presentaba otra exigencia, cual era que debía haber separación, distancia, trayecticio o locci, como se le denominaba en la doctrina, entre el lugar en que se emitía y el sitio en donde debía cumplirse la orden de pago.

CONCEPTO El pagaré, concebido como instrumento negociable, en la medida que quien lo suscribe se reconoce deudor de otra persona por cierta suma de dinero, no es otra cosa que un título de contenido crediticio, precisamente por tal reconocimiento. Desde este punto de vista el pagaré constituye un acto unilateral encaminado a producir efectos jurídicos, proferido por la voluntad de una persona que se confiesa deudor en determinada cantidad de dinero, para ser pagadero en fecha próxima. Tal reconocimiento se expresa a través de un título valor llamado pagaré, expedido con los requisitos y formalidades exigidos en la ley.Así las cosas, el pagaré es aquel título valor por medio del cual una persona, el suscriptor, se obligaen forma directa para con otra, llamada acreedor o beneficiario, o a su orden, a pagar una cierta cantidad de dinero en una fecha determinada. Como puede observarse, el pagaré no es un mandato u orden de pago, sino un reconocimiento de la deuda, una promesa de pago. En términosparticulares el pagaré es un título valor de contenido crediticio, por medio del cual el suscriptor otorgante o girador, promete pagar una suma de dinero a su beneficiario o tomador.

EL CHEQUE

Llámase cheque a una orden de pago pura y simple librada contra un banco en el cual el librador

tiene fondos depositados a su orden en cuenta corriente bancaria o autorización para girar en

descubierto. Es un documento que ha de librarse contra un banco o una entidad de crédito que

tenga fondos a disposición del librador y de conformidad con un acuerdo expreso o tácito según

el cual el librador tenga derecho a disponer por cheque de aquellos fondos. Es un título valor por

medio del cual una persona llamada girador (quien posee una cuenta corriente bancaria) ordena a

un banco llamado girado, que pague una determinada suma de dinero a la orden de un tercero

llamado beneficiario.

Librador o Girador: Es la persona que emite el cheque y ordena su pago al banco.

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Librado o Girado: Es el banco o entidad de crédito a la que se le ordena pagar el cheque con los

fondos que el librador tiene.

Tenedor, Tomador o Beneficiario: Es la persona que posee el cheque (tomador es el primer

tenedor).Como queda dicho el cheque es una orden de pago, no una promesa de pago como el caso

del pagaré; entonces se deduce que debe ejecutarse por el banco a la presentación del documento

con las modalidades particulares establecidas para cada tipo de cheque.

EL BONO

Los bonos son instrumentos financieros de deuda utilizados por entidades privadas y también por

entidades gubernamentales y que sirven para financiar a las mismas empresas. El bono es una de

las formas de materializarse los títulos de deuda, de renta fija o variable. Pueden

ser emitidos por una institución pública, un Estado, un gobierno regional, un municipio o por una

institución privada, empresa industrial, comercial o de servicios. También pueden ser emitidos por

una institución supranacional (Banco Europeo de Inversiones, Corporación Andina de Fomento,

etc.), con el objetivo de obtener fondos directamente de los mercados financieros. Son títulos

normalmente colocados al nombre del portador y que suelen ser negociados en algún mercado o

bolsa de valores. El emisor se compromete a devolver el capital principal junto con losintereses,

también llamados cupón. Este interés puede tener carácter fijo o variable, tomando como base algún

índice de referencia como puede ser el Euribor. Cabe resaltar que el dinero o fondo que se

obtenga se puede prestar a instituciones por un periodo definido y a una tasa de interés fija.

PRINCIPALES TIPOS DE BONOS

Bono canjeable: Bono que puede ser canjeado por acciones ya existentes. No provoca ni la

elevación del capital ni la reducción de las acciones.

Bono Convertible: Bono que concede a su poseedor la opción de canjearlo por acciones de

nueva emisión a un precio prefijado. Ofrece a cambio un cupón (una rentabilidad) inferior al que

tendría sin la opción de conversión.

Bono cupón cero: Título que no paga intereses durante su vida, sino que lo hace íntegramente

en el momento en el que se amortiza, es decir cuando el importe del bono es devuelto. En

compensación, su precio es inferior a su valor nominal.

Bonos del Estado (España): Títulos del Tesoro público a medio plazo (2-5 años). Su nominal

es de 1.000 euros y el pago de los intereses se realiza anualmente. Además de los Bonos, el

Estado Español emite otros valores parecidos (véase Deuda pública).

Bonos de caja. Títulos emitidos por una empresa, que se compromete a reembolsar al

vencimiento fijado el préstamo pactado; los recursos obtenidos con la emisión de estos bonos

se dedican a las necesidades de tesorería de la empresa.

Strips: Algunos bonos del Estado son "strippables", o divididos, puede segregarse el valor del

bono en cada uno de los pagos que se realizan, distinguiendo básicamente los pagos en

concepto de intereses (cupones) y el pago del principal, y negociarlos por separado.

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Bonos de deuda perpetua: Son aquellos que nunca devuelven el principal, (esto es, el nominal

del bono, que generalmente coincide con la inversión inicial), sino que pagan intereses

(cupones) regularmente de forma indefinida. Son los más sensibles a variaciones en el tipo de

interés.

Bonos basura, que se definen como títulos de alto riesgo y baja calificación, que ofrece, en

contrapartida, un alto rendimiento.

A los propietarios de bonos se les conoce con el nombre de "tenedores" o "bonistas". Algunas

emisiones de bonos llevan incorporadas opciones o warrants que permiten amortizaciones

anticipadas, conversión en acciones o en otros activos financieros, etc.

El precio de un bono se calcula al actualizar los flujos de pago de ese bono. Esa actualización se

hace mediante el descuento financiero (en capitalización simple o compuesta, según el vencimiento)

de dichos flujos, y un tipo de interés. A medida que aumente el tipo de interés de descuento (esto es,

en cierta medida, el riesgo asociado a ese bono), disminuirá el precio y viceversa.

LA FACTURA CAMBIARIA

La factura cambiaria de compraventa es un titulo-valor que el vendedor podrá librar y entregar o remitiral comprador.No podrá librarse factura cambiaria que no corresponda a una venta efectiva de mercaderías entregadas real y materialmente al comprador. Remitiéndonos al significado de titulo valor es considerable recordar los efectos que trae denominación de título-valor sobre un documento.

CARACTERISTICAS

Es un título-valor de contenido crediticio porque contiene un crédito a favor del vendedor y a cargo del comprador.

Es un titulo valor causal ya que representa la existencia de un contrato de compraventa de mercancía plenamente identificable en el formato de factura

La factura cambiaria de compraventa solo se libra si corresponde a una venta efectiva de mercancías entregadas real y materialmente al comprador

Por su forma, la factura cambiaria de compraventa equivale a una factura comercial corriente,pero jurídicamente, por reunir determinados requisitos y menciones, se transforma en un titulo valor.

En la factura cambiaria de compraventa el librador es el vendedor, quien podrá asumir también la calidad de beneficiario, y el librado es el comprador. Por lo consiguiente, esta factura requiere aceptación, para cuyos efectos el vendedor debe remitirla al comprador y éste debe devolverla aceptada.

CONCLUSIONES

La factura cambiaría es el títulovalor que, en la compraventa de mercancías, y la prestación de servicios, el vendedor o prestador podrá librar y entregar o remitir al comprador y que incorpora un derecho de crédito sobre la totalidad o la parte insoluta del precio.

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El comprador o adquirente de los servicios estará obligado a devolver al vendedor o prestador, debidamente aceptada, la factura cambiaria original en las condiciones establecidas en la presente ley. No se podrá librar factura cambiaria que no corresponda a una entrega real o simbólica de mercaderías vendidas o a un servicio efectivamente prestado. Una vez que la factura cambiaria fuere aceptada por el comprador o adquirente de los servicios, se considerará, frente a terceros de buena fe, que el contrato de compraventa o de prestación de servicios ha sido debidamente ejecutado en la forma expuesta en la misma

CARTA PORTE

El es documento que justifica el desplazamiento de mercancías y el contenido de las mismas. La carta de porte debe redactarse en papel o bien en formato electrónico (TEI/EDI). Contenido de la Carta de Porte: Los transportistas, usuarios del transporte de mercancías y operadores de transporte estarán obligados a documentar cada uno de los envíos en que se materialicen los contratos de transporte de mercancías por carretera que celebren en el correspondiente albarán, carta de porte u otra documentación acreditativa, la cual deberá acompañar a las mercancías en su desplazamiento y en el que deberán constar, al menos, los siguientes datos:

Nombre o denominación social y domicilio de la empresa cargadora.

Nombre o denominación social y domicilio de la empresa que haya realizado la expedición de las mercancías, cuando no coincida con la empresa cargadora.

Nombre o denominación social y domicilio del operador de transporte que, en su caso, hubiese intermediado en la contratación del servicio.

Nombre o denominación social y domicilio de la empresa transportista.

Nombre o denominación social y domicilio del destinatario o consignatario del envío.

Lugares de origen y destino de la expedición de transporte de que se trate.

Fecha de realización del transporte del envío de que se trate.- Matrícula del vehículo o vehículos utilizados en la realización del transporte. Cuando se trate de un conjunto articulado, deberán hacerse constar tanto la matrícula del vehículo o vehículos tractores como las de los semirremolques o remolques arrastrados por los mismos.Si iniciada la operación de transporte se produjera un cambio de vehículo, esta circunstancia deberá hacerse constar en la documentación de control por la empresa de transportes.

Naturaleza, peso y, en su caso, número de bultos de la mercancía transportada. En los supuestos en que, por razón de las circunstancias en que se produzca la carga del vehículo, resulte de difícil determinación el peso exacto de la mercancía que se va a transportar, se buscará otro tipo de magnitud para determinar su cantidad y peso.

EL CONOCIMIENTO DE EMBARQUE

Conocimiento de embarque o B/L (por sus iniciales en inglés, Bill of lading) es un documento

propio del transporte marítimo que se utiliza como contrato de transporte de las mercancías en un

buque en línea regular. La finalidad de este contrato es proteger al cargador y al consignatario

de la carga frente al naviero.El transporte de mercancías en régimen de conocimiento de

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embarque está regulado por el Convenio de Bruselas de 1924, que ha sido modificado por las

Reglas de La Haya-Visby de 1968 y, más recientemente por las Reglas de Hamburgo de 1978, éstas

últimas elaboradas por UNCITRAL.

La regla básica para determinar si un documento, para este caso, el conocimiento de embarque, es

un título valor, es si se encuentra regulado en el Título II del Libro tercero del Código de Comercio y

efectivamente, lo encontramos en el Capítulo XI del título en mención.

El conocimiento de embarque debe contener:

Mención "conocimiento de embarque" inserta en el texto.

Nombre y domicilio de la empresa naviera, a cuyo cargo se emite.

Nombre, matrícula y porte de la nave.

Nombre y domicilio del capitán.

Puertos de carga y de descarga.

Nombre del cargador.

Nombre del consignatario, si el título se expide a la orden, o indicación de que es al

portador.

Cantidad, calidad, número de bultos y marcas de las mercaderías.

Flete y demás gastos que deban cubrirse al recibir la mercadería.

Firma autógrafa del capitán.

El conocimiento de embarque se emite en cuadruplicado y solamente una de las copias tiene valor

de título valor y es la que corresponde al consignatario (Art. 908 Com.)

El consignatario es la persona que recibirá la mercancía, en el puerto estipulado, para ello necesita

un documento que tenga la fuerza de un título valor y por ende, la copia que le corresponde tiene

ese valor. Las otras copias solamente tienen valor probatorio.Puede emitirse el conocimiento de

embarque a la orden o al portador. También puede ser emitido a favor de persona determinada, con

calidad de no negociable, si se hace constar esta última circunstancia, mediante la inserción de las

palabras "no endosable", "no negociable" u otras equivalentes, puestas por la empresa emisora. (Art.

909 Com.)

El conocimiento de embarque ampara la propiedad de las mercancías y deberá ser presentado al

capitán, al llegar la nave al puerto de destino, por el tenedor legítimo. (Art. 911 y 912 Com.)

BONO DE PRENDA

El bono de prenda es otra clase de titulo valor representativo de mercancías, que consiste en un escrito que nos indica que existe un crédito prendario que recae sobre unas mercancías y se encuentra amparado en el bono deposito como lo expresa el inciso final del artículo 757 del código de comercio, el cual expresa lo siguiente: El bono de prenda incorpora un crédito prendario sobre las mercancías amparadas por el certificado de depósito y confiere por si mismo los derechos y privilegios de la prenda

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El bono de prenda se relaciona con el depósito de mercancías en almacenes de depósito. En cuanto al tema de cómo debe realizarse el cobro de un bono de prenda teniendo en cuenta lo anteriormente mencionado, este debe hacerse, presentado el bono de prenda al almacén de depósitocorrespondiente. Si al presentar el bono de prenda al almacén para el cobro, el almacén alega que no se le ha pagado, deberá hacer esta anotación en el bono de prenda, anotación de falta de pago, la cual generara efectos de protesto en el bono de prenda. Por otro lado si el almacén se niega a hacer la anotación, el protesto se debe hacer, como se realiza en las letras de cambio, es decir, se realiza una diligencia notarial, la cual deberá hacerse en el lugar señalado para el cumplimiento de la obligación o del ejercicio de los derechos consignados en el titulo.

DOCUMENTOS OFICIALES

Introducción

En la vida cotidiana, a veces hasta sin darnos cuenta, utilizamos documentos o textos que quizás ni su nombre sabemos, y desconocemos cómo y cuándo utilizarlos.

Debemos aprender a dar uso a algunos de ellos que nos servirán de mucho en la vida, ya que tienen suma importancia en diferentes ocasiones, situaciones y lugares.

Cuando solicitamos, empleo, hacemos un depósito, nos comunicamos con nuestros seres queridos o cuando escribimos una simple carta, debemos tener en cuenta algunas reglas o normas que tiene estos textos que utilizamos, pues quedaríamos muy mal ante cualquier persona si no tenemos la información necesaria al escribir o redactar cualquier documento ya sea carta, telegrama, memorándum, etc.

Nunca está de más aprender, pues quizás no utilices algo en la vida, pero es más probable que si des uso a tus conocimientos algún día de tu vida que es larga y te presenta miles de oportunidades y situaciones. Es mejor estar preparado y más con algo tan importante como los textos y documentos que en cualquier momento se prestan para ser utilizados por cualquier clase social y en cualquier área.

CIRCULAR

Orden que una autoridad superior dirige a sus subordinados.

Carta dirigida a diversas personas, para notificarles algo.

Es un documento en el cual se instruye u orienta sobreun problema determinado.

OFICIO

Así como los memorándum son una breve carta que utilizan las personas de una empresa, los oficios son cartas más extensas que dirige una institución o una corporación particular a otras.

Comunicación escrita, que media entre funcionarios del Estado, o entre individuos de corporaciones particulares, y en la cual sólo se tratan asuntos del servicio que se desempeña.

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INSTANCIA

Solicitud, petición, memorial en forma escrita.

AVISO

Escritos, palabras, etc., con que se avisa. Noticia dada a alguno. Indicio, señal. Advertencia o consejo de forma escrita. Hay varios tipos:

Aviso de Empleo

Aviso de Venta

Aviso de Aclaración, etc.

MEMORÁNDUM

Informe o comunicación en que se exponen hechos o razones para que se tengan en cuenta en determinados asuntos.

Viene del latín; quiere decir “cosa que debe tenerse en la memoria”. Su plural es memorándum. El memorándum, al igual que en el lenguaje coloquial se le denomina “memo”, es un tipo de texto que se usa en el ámbito de la comunicación interna de una empresa u oficina.

FACTURA

Escrito mediante el cual el vendedor da a conocer al comprador el detalle y el precio de las mercancías vendidas.

Cuenta que los factores dan del coste y costas de las mercancías que compran y remiten a sus corresponsales. Cuenta detallada de los objetos comprendidos en una venta, remesa u otra operación de comercio, con expresión de cantidad, medida y valor.

TELEGRAMA

Comunicación, mensaje transmitido por telégrafo.

Papel normalizado en que va escrito el comunicado telegráfico y que se entrega al destinatario.

CABLEGRAMA

Telegrama transmitido por cable submarino.En la conversación se abrevia con frecuencia.

MANUSCRITO

Documento o libro escrito a mano, especialmente el de algún valor o antigüedad. Original de un libro. Escrito a mano.

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ANEXOS

“EL PADRE DE LA CONTABILIDAD UNIVERSAL”

LUCA PACIOLI

(1445 – 1517 aprox.)

Tabla de barro de 2040 a. C. Puede ser considerado uno de los registros contables más antiguos que se conservan, contiene el balance de una explotación agrícola en Ur, en la antigua Sumeria, con una descripción detallada de las materias.

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FACTURA

Comprobante de pago que se emite en las operaciones entre empresas o personas que necesitan acreditar costo o gasto para efecto tributario.

BOLETA DE VENTA

Comprobante de pago que se emite en operaciones con consumidores o usuarios finales. No permite ejercer el derecho al crédito fiscal, ni sustentar gasto o costo para efecto tributario.

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RECIBO POR HONORARIOS

Comprobante de pago que emiten las personas naturales que se dedican en forma individual al ejercicio de cualquier profesión, arte, ciencia u oficio. Pueden ser utilizados a fin de sustentar gasto o costo para efecto tributario y para sustentar crédito deducible.

TICKET EMITIDO POR MAQUINA REGISTRADORA

Este comprobante de pago puede ser emitido únicamente en moneda nacional. Cuando es emitido en operaciones con consumidores o usuarios finales, no permite ejercer el derecho a crédito fiscal, crédito deducible ni sustentar gasto o costo para efecto tributario.

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LIQUIDACION DE COMPRA

Este comprobante de pago es emitido por todos aquellos que realizan adquisiciones a personas naturales productoras y/o acopiadoras de productos primarios derivados de la actividad agropecuaria, pesca artesanal, extracción de madera, etc. Que no cuentan con número de RUC por encontrarse en lugares muy alejados a los centros urbanos, se ven imposibilitados de obtener su número de RUC y así poder emitir sus comprobantes de pago.

LETRA DE CAMBIO

Es uno de los Títulos valores que se extiende por una persona (acreedor - librador) y recoge una obligación de pago aceptada por otra persona (deudor - librado) de una cantidad determinada en la fecha de su vencimiento.

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REFERENCIAS BIBLIOGRAFICAS:

ERLY ZEBALLOSS ZEBALLOS (2010) “CONTABILIDAD GENERAL” impresiones JUVE E.I.R.L.

HERNÁNDEZ E. (2003) HISTORIA DE LA CONTABILIDAD BANCARIA. CARMONA-ESPAÑA

MONTERO N. (2004) “CONTABILIDAD: MUCHO MÁS QUE MEDIR LA HISTORIA”.

FIERRO MARTINES ANGEL (2008) CONTABILIDAD GENERAL Ed. ECOE. BOGOTA.

REFERENCIAS EN LINEA

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2. http:///www./Manual%20de%20Contabilidad%20de%20Costos%20I%20-%20Monografias.com

3. htpp://Manual de Contabilidad de Costos I – Monografias.com

4. http://www.aeca1.org/comisiones/historia/lahistoriadelacontabilidad.htm

5. http://www.monografias.com/trabajos15/hist-contabilidad/hist-contabilidad.shtml