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EL CONTRATO DE OUTSOURCING *  I. INTRODUCCIÓN  Actualmente , este tipo de con trato es una h erramienta de gestión para las organizac iones que buscan maximizar sus beneficios y minimizar sus costos, aportando además Valor para la empresa. II. ANTECEDENTES DEL CONTRATO Como El outsourcing se relaciona directamente con los conceptos de Trabajo y Globalización y por ende al derecho laboral y actualmente al derecho global, se mencionan dos posiciones que explican su origen: a) esta posición nos indica que nace en los años 1970 con la revolución post- industrial, y s desarrolla aun mas 20 años después con la revolución de l a informática, que termina con el modelo Ford. En este periodo la organización no solo se dedica a su negocio princip al, sino a las actividades anexs que si bien no son esenciales , son necesarias para la organización. Este nuevo modelo de contrato posibilito que el derecho laboral se mas flexible. b) la otra posición es la que indica que la Economia in formal en Italia, es la creadora de la especialización flexible. Pues surgió por la informalidad del sector agrario cuando paso a formar parte de la economía agroindustrial, porque la pequeña empresa agraria necesitaba de servicios especializados del sector informal que tenia menores costos. De aquí nace el concepto del outsourcing. De estas dos posiciones que explican la aparición del outsourcing : la economía de gran escala y la economía informal, es acepta da mayoritariamente la primera de ellas que recibió mayor aceptación. La parte primordial de este tipo de contrato es que se construye y se debe mantener una colaboración empresarial entre los consumidores y los proveedores de servicios. Un reciente estudio global demuestra que es necesario que l a oragnizacion adopte un nuevo modelo de outsourcing que incluye la COLABORACION entre empresarios para enfrentar los retos del negocio, con mas transparencia , comunicación, confianza y reciprocidad.

Trabajo El Contrato de Outsourcing

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EL CONTRATO DE OUTSOURCING*I. INTRODUCCINActualmente, este tipo de contrato es una herramienta de gestin para las organizaciones que buscan maximizar sus beneficios y minimizar sus costos, aportando adems Valor para la empresa.II. ANTECEDENTES DEL CONTRATO

Como El outsourcing se relaciona directamente con los conceptos de Trabajo y Globalizacin y por ende al derecho laboral y actualmente al derecho global, se mencionan dos posiciones que explican su origen:a) esta posicin nos indica que nace en los aos 1970 con la revolucin post-industrial, y s desarrolla aun mas 20 aos despus con la revolucin de la informtica, que termina con el modelo Ford. En este periodo la organizacin no solo se dedica a su negocio principal, sino a las actividades anexs que si bien no son esenciales , son necesarias para la organizacin. Este nuevo modelo de contrato posibilito que el derecho laboral se mas flexible.b) la otra posicin es la que indica que la Economia informal en Italia, es la creadora de la especializacin flexible. Pues surgi por la informalidad del sector agrario cuando paso a formar parte de la economa agroindustrial, porque la pequea empresa agraria necesitaba de servicios especializados del sector informal que tenia menores costos. De aqu nace el concepto del outsourcing.De estas dos posiciones que explican la aparicin del outsourcing: la economa de gran escala y la economa informal, es aceptada mayoritariamente la primera de ellas que recibi mayor aceptacin.La parte primordial de este tipo de contrato es que se construye y se debe mantener una colaboracin empresarial entre los consumidores y los proveedores de servicios. Un reciente estudio global demuestra que es necesario que la oragnizacion adopte un nuevo modelo de outsourcing que incluye la COLABORACION entre empresarios para enfrentar los retos del negocio, con mas transparencia , comunicacin, confianza y reciprocidad.

III. UBICACIN CONCEPTUAL DEL CONTRATOEl tipo de contrato por Outsourcing , no se encuentra definida en la legislacin laboral, ni tampoco forma parte del derecho laboral ni civil, solo forma parte del derecho comercial como un tipo de contrato.

Segn los criterios de Francesco Messineo, diferencia las obligaciones en dar, Hacer y Dar-Hacer; y Pablo Salvador Coderch quien indica que la Teoria General de los contratos permite que se creen nuevos tipos de contratos, sin que estos se tipifiquen legalmente, ya que algunos como el outsourcing se desarrollan en un alto grado econmico y social. Lo cual concluye que este tipo de contrato podra contener obligaciones de Dar (empresa) y hacer (proveedor), asi como tambin ser considerado como un tipo de contrato atpico.Uno de los criterios bastante aceptados en los modelos contratos, es la diferencia entre los civiles y mercantiles. Segn Joaquin garrigues esta diferencia gira en torno a los participantes, el escenario y la finalidad, pues interviene al menos un comerciante, se desarrolla en el mbito empresarial y apunta hacia el comercio; en la cual se distinguen por la rapidez y el rigor que exige ausencia del formalismo. Por esto el Outsourcing se identifica como un contrato mercantil y ya actualmente se considera a los contratos empresariales como aquellos de utilizacin frecuente por las empresas de acuerdo a la actuacin en el mercado, como la del outsourcing.Por todo lo expuesto y por las diferencias en el mandato, en la locacion del trabajo, servicios y subcontratacin, se puede indicar que el contrato de outsourcing es mercantil y/o empresarial, pero que se considera como una herramienta de gestin de negocios.

IV. DENOMINACIN DEL CONTRATO

Las diversas denominaciones que se le ha dado al outsourcing, pudo llevar a la confusin en algunos casos tanto en Italia, Francia y USA con los trminos tercerizacin y subcontratacin. Este tema se tomo en cuenta en la 85 Conferencia Internacional del Trabajo en la OIT de 1997 donde se determino como Subcontratacin para delimitar los derechos laborales del trabajador, confundiendo aun mas al considerar que el contrato de outsourcing es un contrato comercial o laboral.Muy por el contrario en el Per, se diferencia los trminos de tercerizacin y outsourcing, que se aprecia en la normatividad de la materia: La ley de Intermediacion Laboral (Ley 27626). Si bien la tercerizacin constituye la realizacin de trabajos fuera de la actividad principal de la empresa, los trabajadores son subordinados de la empresa contratante, lo que no sucede en el outsourcing pues hay una desvinculacin laboral, pues es un contrato que solo exige resultados y no hay subordinacin, solo supervisin de dichos resultados, pero no de la actividad que realiza el outsourcer.En esta norma encontramos tres conceptos dentro del campo de intermediacin laboral:a) La empresa de servicios temporales contrata con terceras para colaborar temporalmente en el desarrollo de sus actividades mediante el destaque de sus trabajadores para desarrollar las labores bajo el poder de direccin de la empresa contratante. b) La empresa de servicios complementarios enva su personal a terceras empresas para desarrollar actividades accesorias o no vinculadas al giro del negocio de stas. c) La empresa de servicios especializados brinda servicios de alta especializacin en relacin a la empresa que la contrata, careciendo la empresa usuaria de la facultad de direccin respecto de las tareas que ejecuta el personal destacado por la empresa de servicios especializados. Los conceptos anteriores, contrario al outsourcing, indican que aqu no es necesario que el trabajador se destaque a la empresa, precisamente porque los equipos y/o la especializacin se encuentran en la empresa que realizar el outsourcing. El Reglamento de la Ley de Intermediacin Laboral prescribe en su artculo 4o.: De la tercerizacin de servicios, incia que no se consideran contartos d e intermediacin laboral aquellos contratos de gerencia, de obra, procesos d tercerizacin externa, los contratos que tienen por objeto que un tercero se haga cargo de una parte integral del proceso productivo de una empresa y los servicios prestados por empresas contratistas o subcontratistas, siempre que asuman las tareas contratadas por su cuenta y riesgo, que cuenten con sus propios recursos financieros tcnicos y materiales y cuyos trabajadores estn bajo subordinacin.V. DEFINICIN DEL CONTRATOSus definiciones son escasas, pero su mencin en diferentes bibliografas hace que el outsourcing sea considerado como una herramienta de gestin administrativa desde el punto de vista econmico, pero no jurdico. Por ejemplo se puede considerar la combinacin del offshore con el outsourcing bautizado como offshore outsourcing u offshoring que se da en torno a las inversiones fuera del territorio donde fue constituida la empresa.Es destacable un circular de la comisin de bancos de Suiza acerca de la externailizacion de actividades, donde define que: una empresa practica un outsourcing (externalizacin de actividades) en el sentido de la presente circular, cuando encarga a otra empresa (delegataria) asegurar, de manera independiente y duradera, una prestacin de servicios esencial para la actividad de la empresa.Por lo tanto se puede considerar que el contarto de outsourcing el acuerdo de voluntad mediante el cual la organizacin encarga la prestacin de servicios especializada en forma autnoma y duardera, lo cual influir en que la organizacin se concentre en la realizacin de su ACTIVIDAD PRINCIPAL (core business).VI. PARTES DEL CONTRATO

En el tipo de contrato por outsourcing intervienen dos partes contratantes: a) La empresa que contrata el outsourcing; esto es, empresa cliente que, en trminos generales, es la que decide cul es la actividad que se delegar a la empresa de outsourcing.b) el outsourcer, que ser a quien se le delega la tarea de realizar la actividad de la empresa cliente, porque cuenta con la experiencia en esa tarea.

VII. DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS PARTESLos principales son:DERECHOS - CLIENTEA) Definir el objeto del outsourcing. b) Supervisar al outsourcer. c) Ejercer sus derechos de propiedad intelectual. d) Exigir la exclusividad del outsourcer. e) Mantener la propiedad de los bienes trasladados al outsourcer. f) Exigir la confidencialidad de la informacin proporcionada al outsourcer. g) Coordinar la estrategia del negocio sin que esto cree una relacin de subordinacin del outsourcer respecto a la empresa cliente. h) Obtener los resultados en los trminos pactados.OBLIGACIONES - CLIENTE a) Determinar los alcances de la delegacin de la actividad que realizar el outsourcer. b) Proporcionar la informacin necesaria al outsourcer para el cumplimiento de su prestacin. c) Supervisar el cumplimiento de la actividad en los plazos pactados. d) Retribuir al outsourcer.e) Cumplir con las dems clusulas pactadas en el contrato de outsourcing.

Por el lado del Outsourcer: DERECHOS OUTSOURCER: a) Gozar de autonoma jurdica, econmica y administrativa. b) No subordinarse a la direccin de la empresa cliente.c) Realizar negocios con otras empresas en tanto no viole el pacto de exclusividad. d) Recibir la informacin necesaria de la empresa cliente para el cumplimiento de su prestacin.e) Ser retribuido. OBLIGACIONES OUTSOURCER: a) Contratar personal capacitado para la realizacin del outsourcing. b) Respetar los derechos de propiedad intelectual de la empresa cliente.c) Mantener la exclusividad y la confidencialidad a favor de la empresa cliente.d) Responsabilizarse por la prdida de bienes o documentos de la empresa cliente. e) Presentar informes peridicos a la empresa cliente.f) Lograr los resultados en los trminos pactados, asumiendo el riesgo de dichos resultados.g) Cumplir con las dems clusulas pactadas en el contrato de outsourcing.VIII. CARACTERSTICAS ESTRUCTURALES DEL CONTRATOSe pueden considerar las siguientes caractersticas estructurales del contrato de outsourcing:a) Es un contrato nominado. b) Es un contrato atpico. Actualmente no est regulado legislativamente en el Per, debiendo diferenciarse de la intermediacin financiera que s est legislada, pero que tiene una naturaleza diferente. c) Es un contrato de organizacin. Esto lleva a redefinir la estructura organizativa de la empresa que contrata. d) Es un contrato de duracin. Las prestaciones se extienden en el tiempo para la realizacin de las actividades delegadas.e) Es un contrato de resultados. El outsourcer o empresa que presta el servicio, suele estar obligado a conseguir los resultados que inicialmente plante la empresa que contrata (como metas cuantificables en el mercado). f) Se considera un contrato principal, pues goza de autonoma y est acompaado de otros contratos accesorios a l, como licencia de uso de marca o know-how.g) Tambin es un contrato consentido pues al ser atpico, no existe solemnidad alguna para su celebracin, siendo suficiente el acuerdo de voluntades de lambas partes. h) Es un contrato con prestaciones recprocas. La empresa que contrata y el outsourcer deben cumplir las respectivas prestaciones que se deben mutuamente. i) Es un contrato oneroso. El outsourcer ser retribuido por la actividad que realiza. j) Es un contrato de vinculacin. Pues la empresa que contrata y el contratado se enfocan en el mismo negocio pero con la divisin y la especializacin de tareas. Si bien el outsourcer esta obligado a entregar resultados, el tiene la disposicin sobre la parte del negocio que le ha sido delegada.

CONCLUSIONES:1.-EL OUTSOURCING ES CONSIDERADA COMO UNA HERRAMIENTA PRNCIPAL PARA LA DESCENTRALIZACION DE CIERTAS LABORES QUE SON SECUNDARIAS PARA LA ORGANIZAICON Y QUE NO NECESITAN MUCHO CONTROL, PERMITIENDO DE ESTA MANERA QUE LA EMPRESA ESTE ENFOCADA EN EL GIRO PRINCIPAL DEL NEGOCIO.2. SI BIEN NO SE CUENTA CON UNA DENOMINACION COMUN EN EL MUNDO. EN EL PERU ESTA HA SIDO DENOMINADA PERMITIENDO DISTINGUIRSE DE OTROS TIPOS DE CONTRATOS.3. PARA ESTE TIPO DE CONTRATO AUNQUE NO SE CUENTA CON UNA LEGISLACION PLENA, SI SE HAN DETERMINADO SUS DERECHOS Y OBLIGACIONES PRINCIPALES, TANTO PARA LA EMPRESA QUE CONTRATA COMO PARA EL CONTRATADO (OUTSOURCER), COMO BASE PARA EL DESENVOLVIMIENTO DE LA RELACION.