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trabajo colaborativo 2 administración publica UNAD
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UNAD. Administracin Pblica. Grupo 23 2013
TRABAJO COLABORATIVO N.2 ADMINISTRACION PUBLICA
GRUPO:
102033_23
ALCIDES LEONARDO GONZLEZ RODRGUEZ CDIGO: 1.078.346.862
JHON ALEXANDER TRIANA C.C 79.813.546
FRED EDUARDO GARCA FARFN CDIGO: 80027335
TUTOR
FABIAN MENDOZA
UNIVERSIDAD NACIONAL ABIERTA Y A DISTANCIA- UNAD
PROGRAMA DE INGENIERA INDUSTRIAL
JULIO 2013
INTRODUCCIN
Con la realizacin de este trabajo individual y colaborativo podemos
obtener los conocimientos deseados sobre la Organizacin del estado
Colombianos y sus tres ramas del poder, como se presentara una de
estas ramas como es el poder legislativo Colombiano.
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OBJETIVOS
Percibir y Comprender la organizacin estatal en Colombia como una unidad elemental en el desarrollo del semestre. Distinguir las tres Ramas del Poder Pblico, Organismos de Control y Entidades autnomas. Observar la estructura de la rama ejecutiva, Legislativa y judicial y comprender el funcionamiento del Congreso de la Repblica. Estudiar la naturaleza de los organismos autnomos e independientes de la Nacin y comprender el rol que juega cada uno de ellos en la organizacin.
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RAMAS DEL PODER PUBLICO
Las ramas del poder pblico son tres: la legislativa, la judicial y la ejecutiva.
Cada una de stas tiene diferentes funciones, ejercidas por diferentes
entidades, funciones con las cuales se busca controlar el poder pblico.
Pero, que es el poder pblico? Son las atribuciones que tiene el Estado
para orientar y organizar administrativamente la vida
de los ciudadanos colombianos.
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Cmo se cre el poder pblico?
En el ao de 1936 se crearon los rganos del poder del poder pblico;
posteriormente, en 1945, por medio de una reforma poltica, ste tomo forma
en las tres ramas del poder publico que conocemos; y en 1991, a raz de la
expedicin de la nueva Constitucin, se determin dividirlo en ramas y
rganos. Las continuaron siendo las tres ya mencionadas
(legislativa, judicial y ejecutiva); mientras que los rganos se
dividieron en
organizacin electoral y organismos de control.
RAMAS DEL PODER PUBLICO
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RAMA DEL PODER JUDICIAL
La rama judicial est conformada por las llamadas altas cortes y por la Fiscala General de la Nacin. Corte Constitucional- Encargada de la Constitucin.- Resguarda la Constitucin.- Est conformada por nueve magistrados que ejercen durante un periodo de ocho aos. - A stos los elige el Senado a partir de sendas ternas enviadas por el Consejo de Estado, la Corte Suprema de Justicia y el Presidente (sendas ternas: cada uno propone un candidato).
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1.Adoptar el informe anual
que ser presentado al Congreso
de la Repblica sobre el estado
de la Administracin de Justicia.
2. Adoptar, previo concepto
de la Comisin Interinstitucional de la
Rama Judicial, el Plan de Desarrollo de la Rama
Judicial y presentarlo al Gobierno Nacional
para su incorporacin en el Plan Nacional de Desarrollo.
3. Dictar los reglamentos necesarios
para el eficaz funcionamiento de
la administracin de Justicia
4. Adoptar y proponer proyectos
de ley relativos a la administracin
de Justicia y a los cdigos sustantivos
y procedimentales.
5. Elegir al Presidente del Consejo,
quien tendr la representacin institucional
de la Corporacin frente a las dems
ramas y autoridades del Poder Pblico,
as como frente a los particulares.
As mismo elegir al Vicepresidente de la
Corporacin.
6. Promover y contribuir a la buena
imagen de la Rama Judicial,
en todos sus rdenes,
frente a la comunidad.
Dictar el reglamento interno del
Consejo.
Es el
encargado
de:
CONCEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA
La Corte Constitucional
de Colombia es la
entidad judicial
encargada de velar por
la integridad y la
supremaca de la
Constitucin. Fue
creada por la
Constitucin de
Colombia de 1991 (ver
artculo) e instalada por
primera vez el 17 de
febrero de 1992
LA RAMA JUDICIAL ADMINISTRA ,JUSTICIA Y ESTA CONFORMADA POR: CORTE CONSTITUCIONAL:
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Se encarga de:
-constitucin
-resguarda la constitucin,
los elige
-el senado y las ternas
enviadas por el consejo de
estado y la corte suprema
de justicia
-presidente
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La Corte Suprema de Justicia
de Colombia es la ms alta
instancia judicial de la
jurisdiccin ordinaria en la
Repblica de Colombia.
Se encarga de la jurisdiccin ordinaria (regula conflictos entre
particulares )
la corte suprema de Justicia es fundamentalmente una sala de
casacin que mediante sus
decisiones unifica la jurisprudencia
nacional y decide de forma
definitiva los litigios de los cuales
tiene conocimiento.
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA:
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CONSEJO DE ESTADO:
El 'Consejo de Estado' de la
republica de Colombia es
una institucin que ejerce el
cometido del Tribunal
Supremo de la Jurisdiccin
de lo Contencioso
Administrativo.
Sus funciones son las
siguientes:
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se encarga de regular
conflictos entre
particulares y el estado
esta conformado por
Veintisiete magistrados
que ejercen durante 8
aos.
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FISCALIA GENERAL DE LA NACION
La Fiscala General de la Nacin es un organismo adscrito a la rama judicial del Poder Pblico en Colombia. Su principal funcin es investigar y acusar a los presuntos responsables de haber cometido un delito a partir del sistema penal acusatorio implementado con la ley 906 de 2004
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La Fiscala existe desde
la expedicin de la
Constitucin de
Colombia de 1991, y
comenz a operar el 1
de julio de 1992
reemplazando a los
antiguos tribunales de
Instruccin Penal
Criminal.
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Est integrada por organismos y entidades de naturaleza pblica que de manera permanente tienen a su cargo el ejercicio las funciones y actividades administrativas o la prestacin de servicios pblicos del Estado. Pulido Cruz Mauricio A. Director de curso. Modulo Administracin Publica. UNAD. Bogot. 2008
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Presidencia de la Republica (La oficina del Presidente)
Departamento Administrativo de la Presidencia de la Republica DAPRE
Secretario General de la Presidencia ( Director DAPRE) y el Secretario privado que maneja la agenda del Presidente
Consejeras presidenciales (Asesores del Presidente):
Alto comisionado de paz, Zar antisecuestro, Zar anti corrupcin, el de poltica social, etc.
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Los Ministerios
rganos que tienen a su cargo el desempeo de las actividades administrativas nacionales.
Junto con los Departamentos Administrativos siguen en importancia a la Presidencia de la Repblica y su funcin primordial es dirigir, coordinar y ejecutar un conjunto de servicios y polticas pblicas. Modulo Administracin publica UNAD
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DEPARTAMENTOS ADMINISTRATIVOS Creados en la reforma constitucional de 1945 con la intencin de tecnificar servicios especiales y separarlos del ambiente poltico de los ministerios. Son organismos de la administracin nacional central encargados de dirigir, coordinar y ejecutar un servicio pblico de asistencia tcnica administrativa o auxiliar para los dems organismos del ejecutivo.
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SECTOR CENTRAL DE ORDEN NACIONAL
Organismos y Entidades Adscritas
Superintendencias
Unidades Administrativas especiales
Establecimientos pblicos
Consejos y comisiones gubernamentales
Comisiones intersectoriales
Consejo de Ministros
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SECTOR CENTRAL DE ORDEN NACIONAL LAS SUPERINTENDENCIAS
Organismos con autonoma financiera y administrativa, cuya funcin es la inspeccin y vigilancia atribuidas por la ley y mediante la delegacin del Presidente de la Repblica. Se encuentran superintendencias con y sin personera jurdica, las primeras consideradas organismos y las segundas entidades, pero ambas son adscritas a un ministerio. Art 66 de la Ley 489 de 1998.
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LOS ESTABLECIMIENTOS PUBLICOS
Al igual que el resto de Organismos y Entidades adscritas estn controlados por el Ministerio del ramo correspondiente, son de derecho publico, hacen parte de las entidades descentralizadas, pueden ejercer funciones administrativas y/o prestar un servicio publico o desarrollar actividades de carcter social o cultural. Art 70 Ley 489 de 1998.
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LOS CONSEJOS SUPERIORES DE LA ADMINISTRACION
Asesoran al Ministro o al Director del Depto. Admitivo. En la formulacin, coordinacin y ejecucin de sus planes de accin, se busca la cooperacin del sector publico y privado
LAS COMISIONES INTERSECTORIALES
Creados para la coordinacin y orientacin de funciones cuando estn a cargo de 2 o mas ministerios o Deptos. Admitivos. o entidades descentralizadas.
CONSEJO DE MINISTROS
Conformado por todos los ministros y el presidente
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SOCIEDADES DE ECONOMIA MIXTA Organizaciones autorizadas por la ley, constituidas bajo la forma de sociedades comerciales con aportes estatales y de capital privado, que desarrollan actividades de tipo industrial o comercial, supeditado a las reglas del derecho privado. artculo 97 de la Ley 489 de 1998 Ejemplos de sociedades de economa mixta: La Previsora S.A. Artesanas de Colombia S.A. Financiera del Desarrollo Territorial -Findeter S.A.-
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Es la descentralizacin territorial cumpliendo con la poltica social, econmica y de orden publico que el estado central delega, Artculos 285 al 331 de la carta constitucional de 1991, son los Departamentos, los Distritos, los Municipios y los Territorios indgenas, gozan de autonoma para la gestin de sus intereses, dentro de los lmites de la Constitucin y la ley y ostentan los siguientes derechos constitucionales:
a) Gobernarse por autoridades propias
b) Ejercer las competencias que les correspondan
c) Administrar los recursos y establecer los tributos necesarios para el cumplimiento de sus funciones
d) Participar en las rentas nacionales.
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LAS ASAMBLEAS DEPARTAMENTALES rgano normativo de carcter corporativo y colegiado, integrado por Diputados de eleccin popular, que tiene la potestad de ejercer el control poltico sobre la actuacin del Gobernador, sus actos administrativos se llaman ordenanzas, tienen funciones administrativas (manejo de los impuestos, la estructura administrativa del departamento, etc.), de planeacin (adopcin de planes de desarrollo y planes de inversin) y de control solicitando informes a todos los funcionarios de orden departamental.
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RAMA DEL PODER LEGISLATIVO
Se denomina poder legislativo a una de las tres facultades y funciones primordiales del Estado (junto con el poder ejecutivo y el judicial), que consiste en la aprobacin de normas con rango de ley. Es una de las tres ramas en que tradicionalmente se divide de un estado.
En una democracia, el poder legislativo elabora y modifica las leyes existentes de acuerdo con la opinin de los ciudadanos. Otra de su funcin especfica es la aprobacin de las leyes y, generalmente, est a cargo de un cuerpo deliberativo (congreso o parlamento).
La rama legislativa del poder pblico se ha considerado histricamente como el corazn de la democracia de un pas, particularmente por cuanto en ella radica la separacin, equilibrio y el compartir del poder poltico en su mxima expresin dentro del Estado.
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Rama del poder Legislativo conformacin
La rama legislativa est conformada por el Congreso, el cual se divide en dos: el Senado de la Repblica y la Cmara de Representantes; y por las Asambleas departamentales y los Concejos municipales.
Los miembros del Congreso son elegidos por medio del voto popular para periodos de cuatro aos, y sus funciones esenciales son las de hacer las leyes, mantener el control poltico dentro de la nacin y reformar la Constitucin cuando sea necesario; sin embargo, tanto el Senado como la Cmara de Representantes tienen diferentes funciones y responsabilidades:
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SENADO
El Senado es de circunscripcin nacional; es decir, su eleccin se hace a nivel nacional.
Para que una persona pueda ser elegida como Senador ha de cumplir con ciertos requisitos, entre ellos ser colombiano de nacimiento, ciudadano en ejercicio y ser mayor de treinta aos a la fecha de la eleccin. El Senado de la Repblica est compuesto por ciento dos miembros (cien de circunscripcin nacional y dos representantes indgenas).
CMARA DE REPRESENTANTES
Los Representantes a la Cmara son elegidos dentro del marco de una circunscripcin territorial (departamental); es decir, los candidatos de cada Departamento son elegidos o no nicamente en su Departamento respectivo.
Al igual que en el Senado, para que una persona pueda llegar a la Cmara de Representantes debe cumplir ciertos requisitos, entre ellos ser ciudadano en ejercicio y ser mayor de veinticinco aos al momento de la eleccin. La Cmara est compuesta por dos Representantes por cada circunscripcin territorial y por uno ms por cada 250.000 habitantes o fraccin mayor a los 125.000 sobre los 250.000 iniciales. Existe tambin la circunscripcin especial, que es aquella en la que tienen derecho a participar las minoras tnicas, las minoras polticas y los colombianos residentes en el exterior.
Hay que tener claro que el nmero de Representantes depende del censo (hoy en da se tiene en cuenta el censo realizado en el ao de 1985).
Las funciones del Senado y de la Cmara de Representantes, aunque van de la mano, no son las mismas:
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Funciones del Senado
Es el encargado de admitir la renuncia del Presidente y del Vicepresidente.
Debe improbar o aprobar los ascensos militares conferidos por el Gobierno (altos rangos militares).
Concede licencia temporal al Presidente para separase del cargo
Permite o prohbe el transito de tropas extranjeras por el territorio nacional.
Autoriza al Gobierno Nacional para declarar la guerra a otras naciones.
Elige los Magistrados de la Corte Constitucional.
Elige al Procurador General de la Nacin.
Conoce de las acusaciones que haga la Cmara de Representantes contra altos dignatarios del pas (la Cmara acusa y el Senado conoce).
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Funciones de la Cmara de Representantes
Elige al Defensor del Pueblo.
Examina y concluye (fenece) la cuenta nacional del tesoro que le enva el Contralor General.
Acusa ante el Senado a los altos funcionarios del Estado. Tambin conoce de esas quejas.
Es la encargada de tramitar esas quejas.
Es la encargada de comisionar funcionarios para efectuar las pruebas correspondientes ante los acusados.
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CONCLUSIONES
Con el desarrollo de esta actividad puede aprender a conocer la estructura de la rama ejecutiva, Legislativa como tambin lo relacionado con la rama judicial del poder Colombiano. Comprender la estructura y funcionamiento del Congreso de la Repblica Analizar la naturaleza funcional, el marco constitucional y legal que orienta el accionar de los organismos autnomos e independientes de la Nacin. Entender el papel que juegan los organismos de control dentro de la organizacin estatal en Colombia.
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BIBLIOGRAFIA
Modulo de Administracin Publica
www.banrepcultural.org/blaavirtual
www.colombiaya.com/ramas-del-poder-colombiano.html
ivianabautista.blogspot.com/2008/02/ramas-del-poder-publico.html.
http://www.caracol.com.co/noticias/judicial/cumbre-de-poderes-acordo-eliminar-el-consejo-superior-de-la-judicatura/20120503/nota/1681859.aspx. www.colombiaya.com/ramas-del-poder-colombiano.html
es.wikipedia.org/wiki/Estado de Colombia
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