30
Título: Secularización y nupcialidad en San Pedro Cholula entre 1867 y 1911 Autora: Dasha Durán Fernández EL COLEGIO DE MÉXICO En esta investigación se aplicó la teoría de la secularización para tratar de explicar la aceptación del naciente Estado Republicano y de la normatividad emanada de las acciones tomadas por éste para fortalecerse. Los eventos importantes de la vida de las personas, como el casamiento, constituyen ámbitos donde puede explorarse la superposición de las esferas institucionales en las que se insertan los individuos, cada una de las cuales tienen sus propias exigencias y normas. Para conocer el alcance de la autoridad religiosa sobre la vida privada, y para determinar si aceptaron, o no, el nuevo marco legal e institucional en relación al matrimonio propuesto por el Estado Republicano, analizamos el tipo de matrimonio elegido. El matrimonio religioso significaba la sujeción a la normatividad católica; por ello, quienes optaron por la unión civil, ya fuera sola o acompañando a la religiosa, mostraron cierto grado de autonomía para decidir cómo casarse y, por tanto, se consideraron sujetos del proceso de secularización individual. Además, analizamos los factores sociodemográficos asociados a la decisión de casarse civilmente con el objetivo de determinar en qué grupos tuvo mayor aceptación la nueva normatividad estatal con respecto al casamiento. Se estudiaron los matrimonios celebrados entre los años 1867 y 1911 en la parroquia de San Pedro Cholula, Puebla, tanto en la Iglesia local como en la oficina del Registro Civil correspondiente. En esta investigación quisimos estudiar el patrón de formación de uniones en un contexto histórico-institucional particular, lo que impuso la necesidad de abordar nuestra problemática desde una perspectiva que rebasara la puramente demográfica. La teoría de la secularización constituyó la herramienta teórica adecuada, que nos permitió abordar una problemática demográfica desde una perspectiva sociológica. Utilizando fuentes de información demográficas como los registros civiles y parroquiales de los matrimonios- para observar un evento demográfico los matrimonios-, pudimos dar cuenta del proceso de la secularización individual, cuya principal aproximación se ha dado a partir de la sociología de la religión. La pregunta que intentamos responder es si, dado un contexto de secularización societal, la Iglesia conservó el poder para influir sobre las decisiones individuales al respecto del tipo

Título: Secularización y nupcialidad en San Pedro ...somede.org/xireunion/ponencias/Demografia historica/196Dasha.pdf · Los eventos importantes de la vida de las personas,

  • Upload
    haliem

  • View
    217

  • Download
    0

Embed Size (px)

Citation preview

Page 1: Título: Secularización y nupcialidad en San Pedro ...somede.org/xireunion/ponencias/Demografia historica/196Dasha.pdf · Los eventos importantes de la vida de las personas,

Título: Secularización y nupcialidad en San Pedro Cholula entre 1867 y 1911

Autora: Dasha Durán Fernández

EL COLEGIO DE MÉXICO

En esta investigación se aplicó la teoría de la secularización para tratar de explicar la

aceptación del naciente Estado Republicano y de la normatividad emanada de las acciones

tomadas por éste para fortalecerse. Los eventos importantes de la vida de las personas,

como el casamiento, constituyen ámbitos donde puede explorarse la superposición de las

esferas institucionales en las que se insertan los individuos, cada una de las cuales tienen

sus propias exigencias y normas. Para conocer el alcance de la autoridad religiosa sobre la

vida privada, y para determinar si aceptaron, o no, el nuevo marco legal e institucional en

relación al matrimonio propuesto por el Estado Republicano, analizamos el tipo de

matrimonio elegido. El matrimonio religioso significaba la sujeción a la normatividad

católica; por ello, quienes optaron por la unión civil, ya fuera sola o acompañando a la

religiosa, mostraron cierto grado de autonomía para decidir cómo casarse y, por tanto, se

consideraron sujetos del proceso de secularización individual. Además, analizamos los

factores sociodemográficos asociados a la decisión de casarse civilmente con el objetivo de

determinar en qué grupos tuvo mayor aceptación la nueva normatividad estatal con respecto

al casamiento. Se estudiaron los matrimonios celebrados entre los años 1867 y 1911 en la

parroquia de San Pedro Cholula, Puebla, tanto en la Iglesia local como en la oficina del

Registro Civil correspondiente.

En esta investigación quisimos estudiar el patrón de formación de uniones en un contexto

histórico-institucional particular, lo que impuso la necesidad de abordar nuestra

problemática desde una perspectiva que rebasara la puramente demográfica. La teoría de la

secularización constituyó la herramienta teórica adecuada, que nos permitió abordar una

problemática demográfica desde una perspectiva sociológica. Utilizando fuentes de

información demográficas –como los registros civiles y parroquiales de los matrimonios-

para observar un evento demográfico –los matrimonios-, pudimos dar cuenta del proceso de

la secularización individual, cuya principal aproximación se ha dado a partir de la

sociología de la religión.

La pregunta que intentamos responder es si, dado un contexto de secularización societal, la

Iglesia conservó el poder para influir sobre las decisiones individuales al respecto del tipo

Page 2: Título: Secularización y nupcialidad en San Pedro ...somede.org/xireunion/ponencias/Demografia historica/196Dasha.pdf · Los eventos importantes de la vida de las personas,

de matrimonio a elegir. Quisimos saber, además, cómo variaba la intensidad con que las

personas se casaban civilmente en función de características individuales como el estrato de

prestigio social y el lugar de residencia.

Breve recuento del debate sobre la secularización

La definición del concepto de secularización ha sido, a menudo, controversial y ha pasado

por diferentes etapas recorriendo un camino en el que, progresivamente, ha ido ganando en

claridad conceptual y metodológica. No pretendemos hacer un análisis exhaustivo de los

diversos abordajes y marcos teóricos que, dentro de la sociología, se han ocupado de la

secularización sino mostrar en qué momento del debate se ubica la propuesta que da

soporte teórico a este estudio.

En sus inicios la palabra secularización no estaba dotada del sentido que actualmente tiene.

Fue un término surgido en el ámbito jurídico durante la Edad Media occidental para

designar el acto de expropiar o reducir los bienes eclesiásticos a favor de los príncipes en el

marco de la lucha en que se enfrascaron, entre 1024 y 1122, el clero y los señores feudales

al respecto de las investiduras1 (Marramao, 1989).

Con el tiempo, el concepto de secularización se extendió a diversas áreas de estudio, varios

significados le fueron adjudicados y se convirtió en objeto de estudio. Desde mediados del

siglo XIX, la antropología y la sociología abordaron el tema de la religión a partir de una

postura evolucionista; se consideraba que la religión no se adecuaba a las sociedades

modernas e industriales.

La noción weberiana de “mundo desencantado” supone que, en tanto concepto sociológico,

la secularización nació como parte de una poderosa narrativa social e histórica de la

sociedad que había existido alguna vez y se había perdido. En su intento por entender cómo

había tenido lugar el dominio del cálculo racional sobre casi todas las esferas de la vida

1La escena política de la edad media estaba dominada por dos actores: el papado, encargado de administrar los bienes de salvación, como los sacramentos, y los príncipes, que administraban los bienes temporales,

como las tierras cultivadas. Estos dos actores se enfrascaron en una batalla para determinar quién tenía la

potestad de nombrar a príncipes, emperadores, obispos y papas, es decir, quién tenía legítimamente el poder

de dominación y quién era súbdito o vasallo. A esta querella se le llamó conflicto de las investiduras y se

solucionó con el Concordato de Worms, que estableció la distinción entre la investidura temporal, que era

concedida por el emperador quien nombraba los príncipes, y la canónica, que quedaba en manos del papa, que

era quien designaba a los obispos y abades.

Page 3: Título: Secularización y nupcialidad en San Pedro ...somede.org/xireunion/ponencias/Demografia historica/196Dasha.pdf · Los eventos importantes de la vida de las personas,

moderna, Weber encontró evidencias de que, desde el siglo XVI, había tenido lugar este

proceso singular en todo el Occidente. Como consecuencia de este proceso, prácticamente

todas las esferas de la vida habían quedado sujetas a la creencia de que era posible explicar

los acontecimientos y su funcionamiento en términos de experiencias de este mundo y

aplicando la razón humana. A este proceso doble de racionalización y desencantamiento, o

desmitificación, le dio el nombre de secularización, de allí que el concepto de

secularización se refiriera tanto a un proceso como a su resultado (Valeriano, 2006).

En el tratamiento tradicional de la secularización como objeto de estudio sociológico,

subyace la noción de que existen ciertas tendencias históricas de largo plazo que son

inevitables. Así, en la formulación paradigmática del proceso de la secularización de los

años sesentas del siglo XX se daba por sentado que dicho proceso lo abarcaba todo, de

manera inevitable e irreversible. En esta línea de pensamiento se identificaban modernidad

y secularización: si una sociedad estaba secularizada –cualquiera que fuera la definición de

secularización utilizada- era automáticamente moderna.

A pesar de la abundante producción de trabajos sobre secularización hechos a mediados del

siglo pasado, la formulación teórica al respecto era ambigua. El término “secularización”

podía hacer referencia a la laicización desde el Estado, es decir, al proceso mediante el cual

se sustraía a la Iglesia el monopolio de la educación, la economía u otras esferas

institucionales. La secularización podía significar, además, la modernización de la religión2

o el descenso en la participación religiosa de la población.

En la concepción de Luckmann (1967) la secularización se refiere al proceso mediante el

cual las ideologías institucionales autónomas reemplazaron, en cada una de sus propias

esferas de competencia, al universo de normas globales trascendentes –la religión-al tiempo

que se hacían cada vez más especializadas y racionales. Una concepción similar a la de

Luckmann se encuentra en el trabajo de Peter Berger “The sacred canopy” (1967), donde el

autor define la secularización como el proceso mediante el cual algunos sectores de la

sociedad y la cultura se liberan de la dominación de las instituciones y símbolos religiosos.

En resumen, en los trabajos de mediados del siglo pasado la definición de la secularización

abarcaba un rango muy amplio: desde un conjunto de preposiciones que ligaba en una

relación de causalidad el descenso de la religión con el advenimiento de la modernidad,

2También llamada “cambio religioso” por Yinger (1962) y “secularización interna” para Luckmann (1967.)

Page 4: Título: Secularización y nupcialidad en San Pedro ...somede.org/xireunion/ponencias/Demografia historica/196Dasha.pdf · Los eventos importantes de la vida de las personas,

hasta su definición en términos de la diferenciación de la religión con respecto a lo secular

y su retirada hacia el plano privado (Berger, 1967; Luckmann, 1967; Fenn, 1969 en

Dobbelaere, 1994), o su definición como un mito de la Ilustración, que consideraba a la

ciencia como la portadora de la luz ante la cual la religión y otras “cosas oscuras” se

desvanecerían (Bellah, 1970).

Este habitualmente llamado “paradigma de la secularización” remitía a un conjunto de

hipótesis que abarcaba, y a menudo mezclaba, diferentes planos analíticos -la totalidad

social, los individuos y los grupos religiosos- analizados a través del papel de las

instituciones, los valores y las prácticas religiosas. Alrededor de la definición del concepto

de religión se ubicaba, a mediados del siglo pasado, una parte importante del debate acerca

de la secularización. La controversia al respecto está lejos de ser superada pues la

definición de religión es escurridiza y controversial y, a menudo, la orientación personal de

cada sociólogo emerge en su definición de religión (Cipriani, 2004). En este sentido, el uso

de la religión como elemento de análisis en el estudio de la secularización ha supuesto que

el concepto de secularización ha estado sujeto a diversas deformaciones ideológicas, una de

las cuales es la identificación de secularización y de-cristianización. Valeriano (2006)

reconoce que “no sabemos [los sociólogos] como interpretar la relación entre modernidad y

religión fuera del marco occidental” (Valeriano, 2006:23).

En el marco de la gran producción de estudios dedicados a la revisión y crítica de la teoría

de la secularización se dio un salto teórico importante en los años ochentas del siglo pasado

al plasmarse la idea de que la secularización era susceptible de ocurrir en diferentes niveles

(Dobbelaere, 1994,). Esta nueva manera de entender la secularización fue una consecuencia

lógica de la evidencia empírica que los estudiosos del tema habían estado encontrando y

analizando. Como apunta Dobbelaere (1994), en los cincuentas y sesentas los Estados

Unidos –las más “moderna” de las sociedades occidentales en cuanto a su grado de

diferenciación institucional - mostraba el más alto grado de participación en la religión de

iglesia. Así, de acuerdo a la definición de secularización como resultado del proceso de

diferenciación de las demás esferas institucionales con respecto la esfera religiosa, algunas

sociedades, como la de Estados Unidos, podía ser clasificada como altamente secularizada.

Esta misma sociedad, definiendo la secularización en función del grado de militancia

eclesial, podía clasificarse como muy poco secularizada.

Page 5: Título: Secularización y nupcialidad en San Pedro ...somede.org/xireunion/ponencias/Demografia historica/196Dasha.pdf · Los eventos importantes de la vida de las personas,

En su trabajo de 19813, Dobbelaere plantea la multi-dimensionalidad del concepto de

secularización, proponiendo que la secularización es susceptible de ocurrir en el nivel

societal, con el nombre de laicización, en el organizacional, como cambio religioso, y en el

individual, como descenso en la participación religiosa (Dobbelaere, 1994). Con ello, la

definición de secularización ganó en claridad y este concepto se convirtió en una mejor

herramienta analítica, útil para distinguir el tipo de indicador a usarse en cada nivel.

Sin embargo, el reconocimiento teórico de la multi-dimensionalidad del concepto de la

secularización no se vio acompañado del mismo grado de elaboración metodológica para el

estudio de la secularización. En nuestra opinión ello se debió, en parte, a la insistencia en

dirigir la mirada hacia la religión como fenómeno a ser analizado en el estudio de la

secularización. En otras palabras, aun distinguiendo por nivel de análisis, la evaluación del

proceso seguía dependiendo de la definición de religión utilizada.

En el nivel individual la cuestión de la definición del concepto de religión ha aportado

resultados poco claros. En la dicotomía religión privada-religión institucional, frecuente en

los estudios sobre la secularización, se evidencia una de las contradicciones que están

contenidas intrínsecamente en el uso de la religión para el estudio de la secularización: el

hecho de que la secularización, en el nivel individual, puede significar el surgimiento de

nuevas formas de “ser religioso” y no el abandono de las prácticas o creencias religiosas.

Sobre la dicotomía religión invisible/privada vs doctrinal/institucional quedan preguntas sin

responder como ¿cuál es la relación entre ambos tipos de religión? Más importante aún,

suponiendo que el surgimiento de religiones privadas o no doctrinales sea un fenómeno

efectivamente nuevo y diferenciado de la religión individual doctrinal, ¿ello confirma o

niega la tesis de la secularización, entendida de la manera “tradicional”?

Para mediados de los ochentas el marco teórico de la secularización había avanzado hacia

el reconocimiento de que, al menos en el nivel societal, la secularización no es un proceso

mecánico evolutivo, sino uno que depende del contexto cultural en el que se desarrolla

(Martin, 1978; Dobbelaere, 1994)4. Con ello se daba otro paso teórico importante en el

3 El trabajo original fue hecho en 1981, el trabajo consultado es la primera traducción al español de 1994. 4Martin las llama condiciones históricas y se refiere específicamente a la manera como el Estado y la Iglesia

se relacionan y al grado de pluralismo religioso de las sociedades. Para Dobbelaere, el complejo cultural es el conjunto de condiciones que afecta, tanto la posición social de una religión, como el grado de pluralismo

religioso de la sociedad, el tamaño de las minorías religiosas y su dispersión territorial.

Page 6: Título: Secularización y nupcialidad en San Pedro ...somede.org/xireunion/ponencias/Demografia historica/196Dasha.pdf · Los eventos importantes de la vida de las personas,

abordaje de la secularización pues se abandonaba la idea de que las ideologías modernas,

especializadas y racionales, irremediablemente irrumpen en la sociedad para destituir de su

lugar comunitario a la religión.

La cuestión de definir el concepto de religión ha dejado al estudio de la secularización en

cierta esterilidad teórica. En el campo de la sociología de la religión siguen siendo motivo

de debate cuestiones como ¿qué es la religión? y ¿qué indicadores miden la secularización

en cada nivel, definida ésta en términos de la religión como categoría de análisis? En

definitiva, la elaboración de una teoría de la secularización sigue siendo tarea pendiente. En

la década de los noventas del siglo pasado una nueva propuesta teórica dio un giro

importante que permitió concebir nuevos caminos para superar las interrogantes antes

mencionadas.

La propuesta en cuestión es la de Mark Chaves (1994) y se basa en lo que él llama “nueva

teoría de la diferenciación”, entendida la diferenciación como el hecho social de que varias

esferas institucionales están, en menor o mayor grado, funcionalmente separadas de la

religión. Desde esta perspectiva se asume que, en el proceso de la diferenciación, no todas

las esferas institucionales se ven afectadas con la misma intensidad y calendario por una

tendencia central diferenciadora dentro de la sociedad, lo que supone abandonar la idea de

que la integración social se debe a la comunidad de valores religiosos que aglutinan a la

sociedad. En su lugar, se asume que la integración societal es conseguida a través de

arreglos institucionales, dado que las instituciones evitan “producir problemas insolubles”

para las demás instituciones (Chaves, 1994).

Desde este abordaje la religión es una esfera institucional más, con sus propios dominios.

No existe una escala predeterminada para ordenar las instituciones de una sociedad de

acuerdo a qué tan dominantes sean. Ello tiene implicaciones metodológicas importantes

dado que es necesario investigar empíricamente cuáles esferas institucionales se separaron

de la religión y cuál es el lugar que cada una ocupa en una sociedad y momento

determinados.

Se abandona la hipótesis central de la teoría clásica de la secularización según la cual la

vida social es irremediablemente cada vez más dominada por el Estado o la ciencia en

detrimento de la religión. En este punto es donde se ubica una de las bondades de este

Page 7: Título: Secularización y nupcialidad en San Pedro ...somede.org/xireunion/ponencias/Demografia historica/196Dasha.pdf · Los eventos importantes de la vida de las personas,

marco teórico para nuestra investigación porque nos permite situar el proceso de la

diferenciación societal en un contexto histórico e institucional concreto y, a partir de ahí,

analizar si tuvo lugar o no la secularización y sobre cuáles esferas institucionales

efectivamente perdió influencia la autoridad religiosa. En otras palabras, esta manera de

concebir el proceso de la separación entre las diferentes esferas institucionales nos permite

poner a prueba la hipótesis de la secularización usando evidencia empírica.

Con este abordaje por primera vez la secularización se refiere a un mismo fenómeno –el

declive del alcance de la autoridad religiosa- que tiene diferentes manifestaciones en los

distintos niveles donde puede ocurrir. Desde el punto de vista teórico, la secularización dejó

ser un eslabón –por demás ambiguo y vago- del proceso evolutivo de las sociedades para

ser concebido como el resultado de conflictos concretos entre actores sociales para

legitimar el alcance de la autoridad religiosa (Chaves, 1993).

En el nivel societal la secularización se entiende como el declive de la capacidad de las

élites religiosas de ejercer autoridad sobre otras esferas institucionales. En este nivel lo que

interesa para mostrar la ocurrencia de la secularización es conocer en cuáles esferas

institucionales le ha sido sustraído a la Iglesia el monopolio o en cuáles ha perdido alcance

su autoridad para la toma de decisiones.

En el nivel individual, la secularización puede ser entendida como el declive en el control

que la autoridad religiosa ejerce sobre las acciones individuales. En este sentido lo que

interesa no son los datos sobre participación/afiliación en iglesias o sobre creencias/valores

religiosos, sino sobre el ejercicio de prácticas diferentes de las dictadas por la autoridad

religiosa.

La posibilidad de pensar y de utilizar indicadores que permitan estudiar las relaciones

empíricas entre la secularización societal y la individual en un contexto determinado radica

en el hecho de distinguir los diferentes niveles en los que puede ocurrir el proceso de la

secularización. Desde el punto de vista metodológico, usar a la autoridad religiosa como

elemento a observar hace más fácil la tarea de discernir qué “fenómenos” son relevantes

para estudiar la secularización en cada nivel: serán aquellos hechos concretos que atañen al

alcance de la autoridad religiosa, ya sea en el conjunto de la sociedad o en la vida de los

individuos. Ello adquiere gran importancia para los fines de este estudio porque nos permite

el uso de las fuentes demográficas históricas con que contamos -actas de matrimonios

Page 8: Título: Secularización y nupcialidad en San Pedro ...somede.org/xireunion/ponencias/Demografia historica/196Dasha.pdf · Los eventos importantes de la vida de las personas,

civiles y parroquiales- para dar cuenta del alcance la autoridad religiosa en un ámbito

concreto, como es el de la elección del tipo de matrimonio.

El tratamiento de la secularización como declive de la autoridad religiosa supone que puede

haber creencias y valores religiosos pero poca efectividad en el control ejercido por la

autoridad religiosa sobre los individuos (Chaves, 1994). Metodológicamente hablando, lo

que interesa en términos de la secularización individual es qué tanto se elegía el matrimonio

civil, ya fuera como único modo de unión o acompañado del matrimonio religioso. En los

casos donde se opta por el matrimonio civil, los individuos muestran autonomía para

decidir sobre la manera de casarse y podemos suponer que la acción individual ha quedado

fuera del alcance de la autoridad religiosa.

La segunda mitad del siglo XIX constituye el momento idóneo para estudiar cómo se dio en

México el proceso de acomodo de los individuos ante las transformaciones que tuvieron

lugar en la sociedad y que resultaron en un nuevo contexto político-institucional en el que

la Iglesia había perdido parte de su antiguo poder.

Queremos saber si, dado el proceso de la secularización societal nacional, que implicó que

se modificaran los recursos prácticos y simbólicos de que disponía la Iglesia para mantener

su hegemonía y para normar la conducta de los individuos en el ámbito privado, tuvo lugar

la secularización individual en este contexto urbano de población mayoritariamente

indígena como la de San Pedro Cholula. Suponemos que, a través diversos mecanismos, el

proceso mediante el cual la Iglesia perdió capacidad de influir en ámbitos como la

educación y el registro de los eventos vitales, pudo propiciar una mayor autonomía

individual para elegir el tipo de matrimonio.

La secularización societal en el México decimonónico

En la tercera década del siglo XIX, México había logrado su Independencia y heredado del

régimen virreinal una organización social donde la estrecha convivencia con la Iglesia

derivaba en la confusión de sus límites y funciones con los propios del Estado. Con un

enorme poder ideológico, económico y político, producto de un proceso histórico de

simbiosis Estado-Iglesia, ésta última no tardó en convertirse en el principal obstáculo en la

construcción de una nación moderna. El Estado liberal se dio a la tarea de limitar la

Page 9: Título: Secularización y nupcialidad en San Pedro ...somede.org/xireunion/ponencias/Demografia historica/196Dasha.pdf · Los eventos importantes de la vida de las personas,

competencia de la Iglesia a la esfera espiritual transformado el marco jurídico de diversas

instituciones para restar alcance a la autoridad religiosa. Estas acciones tuvieron como base

un proceso general de separación entre éste y la Iglesia, que se erigió como un principio

fundamental del tránsito hacia el Estado moderno y la construcción de la nueva nación

mexicana.

La Ley de Administración de Justicia en 1855 (Ley Juárez), suprimió los tribunales

especiales y prohibió a los tribunales eclesiásticos y militares conocer en materia civil.

Además, otorgó al fuero eclesiástico la calidad de renunciable y concedió a los jueces

ordinarios la facultad de juzgar al clero y al ejército por delitos del orden común5. Esta ley

supuso que la capacidad de las élites religiosas de influir en la esfera de la administración

de justicia mermó considerablemente y marcó el inicio del movimiento reformista que

culminó en la separación de la Iglesia y el Estado a nivel constitucional. Por su parte, la

Ley de Libertad de Culto de diciembre de 1860, reafirmó la postura del Estado como

soberano y prohibió la coerción física en el ámbito espiritual, con lo que definió la

diferencia entre pecado y delito (Guerrero, 2007). Con esta Ley, el ámbito de competencia

de la Iglesia –cualquiera que ésta fuera- quedó claramente limitado a las cuestiones

espirituales.

Luego de pasar por el que fue uno de sus más álgidos puntos entre 1872 y 1876, bajo el

mandato de Lerdo de Tejada, la lucha sin cuartel en que se habían convertido las relaciones

Estado-Iglesia entró en un período menos virulento que se prolongó durante todo el

gobierno de Porfirio Díaz (Staples et. al., 1989; Olimón, 1995). Durante el porfiriato, si

bien las leyes emitidas durante la Reforma permanecieron intactas, su aplicación quedó en

manos locales y la autoridad religiosa ganó terreno en el ámbito político e ideológico, tanto

por su mayor participación en la educación como por su contacto directo con las clases

trabajadoras.

Uno de los pilares del poderío de la Iglesia dentro de la sociedad virreinal había sido su rol

como proveedora de educación formal e instrucción, que le había permitido formar a los

individuos en la moral católica y arraigar en la población determinados hábitos, valores y

5A respecto, García (2006) plantea que si durante la primera mitad del siglo los pleitos se dirimían

simultáneamente en tribunales eclesiásticos, comandancias militares y tribunales civiles, para la segunda

mitad se intentó imponer el estatismo excluyente de los jueces civiles, con lo que la experiencia jurídica en

torno al conflicto doméstico quedó única y exclusivamente suscrita a las instituciones civiles del Estado

liberal.

Page 10: Título: Secularización y nupcialidad en San Pedro ...somede.org/xireunion/ponencias/Demografia historica/196Dasha.pdf · Los eventos importantes de la vida de las personas,

prácticas sociales, como las referidas al matrimonio. Aunque las tasas de asistencia escolar

eran sumamente bajas en cualquier nivel6, la religión católica era el referente moral de

quienes se insertaban en el sistema de instrucción y ello confería a la autoridad religiosa un

poder ideológico enorme.

Con la llegada del Estado liberal la esfera educativa se convirtió en uno de los espacios en

disputa, conscientes tanto el Estado como la Iglesia de la importancia de poder formar

futuras generaciones fieles a sus necesidades y proyectos. Si bien desde temprano se había

estado gestando la idea de dotar al Estado independiente de mecanismos efectivos para

arraigarse como independiente y consolidar su competencia en ámbitos como el educativo,

no fue hasta mediados del siglo XIX cuando se hicieron cumplir más efectivamente algunas

leyes al respecto. Así, el Artículo 38 del Estatuto Orgánico Provisional de la República

Mexicana, promulgado en 1856, expresaba la intención del Estado de sustraer la esfera

educativa de la competencia de la Iglesia prohibiendo todos los monopolios relativos a la

enseñanza y al ejercicio de las profesiones. En 1867 Juárez emite la Ley Orgánica de

Instrucción Pública, en la que aparecen las características de obligatoriedad, gratuidad y

laicismo. A diferencia de los anteriores planes de estudio para la primaria, el que

acompañaba esta Ley no incluía la enseñanza de la religión; de hecho, en ninguno de los

niveles del sistema de enseñanza estaba incluido el catecismo o los principios religiosos

como materia7. Esto, claro está, fue un duro golpe al poder de las autoridades religiosas en

el ámbito educativo, acostumbradas como estaban a tener en la enseñanza la oportunidad de

formar ciudadanos que legitimaran su ideología y moral. En esta reglamentación se estipuló

que “la instrucción primaria es gratuita para los pobres y obligatoria en los términos que

dispondrá el reglamento de esta ley”. Ello, aunado al énfasis que se puso en los estudios

preparatorios8 y a la instrucción femenina, da la medida del interés que tenía el Estado en

controlar de manera extensiva el ámbito de la educación.

6 Gonzalbo, 1992 afirma que en la Nueva España alrededor de 80 o 90 por ciento de la población pasaba toda

su vida sin haber asistido jamás a una institución docente. Entrado el siglo XIX las cifras de asistencia escolar mostraban un panorama igualmente desolador. En 1844 existían en todo el país alrededor de 1,310 escuelas

primarias, a las que asistían 59,744 alumnos, y 40 establecimientos de instrucción secundaria, a los que

acudían 8,000 estudiantes. 7Curiosamente sólo en el Capítulo II “De la instrucción secundaria”, en lo que se refiere al programa de las

escuelas para sordomudos, se menciona el catecismo y los principios religiosos como una materia del

programa de estudio. 8Aunque no era totalmente nueva la inclusión de los estudios preparatorios en las regulaciones en materia de

educación, esta vez se había creado de una escuela especializada para los estudios preparatorios que debía

Page 11: Título: Secularización y nupcialidad en San Pedro ...somede.org/xireunion/ponencias/Demografia historica/196Dasha.pdf · Los eventos importantes de la vida de las personas,

El marco legal por sí sólo no garantizaba la exclusividad del Estado como agente

educador9, pero ciertamente redujo la capacidad de las autoridades religiosas de influir en

este ámbito institucional.

En 1874, durante el mandato de Lerdo de Tejada, se emitió el Decreto que reglamenta las

Leyes de Reforma incorporadas a la Constitución. En su Artículo 4º decía: la instrucción

religiosa y las prácticas oficiales de cualquier culto quedan prohibidas en todos los

establecimientos de la federación, de los estados y municipios. Se enseñará la moral en los

que por la naturaleza de su institución lo permitan, aunque sin referencia a ningún culto. La

infracción de este artículo será castigada con multa y destitución en caso de reincidencia.

Durante las últimas décadas del siglo XIX y la primera del XX, las acciones del Estado en

materia de educación estuvieron destinadas a fortalecer su presencia en los estados10

, a

expandirse para incluir entre sus educandos a niños más pequeños mediante la creación de

jardines escolares y a crear escuelas de estudios especializados en diversas áreas de

instrucción más especializadas11

.

Otra de las acciones que realizó el Estado para consolidarse como rector del ámbito

educativo y restar alcance a la autoridad religiosa fue asegurarse de formar a los maestros.

Así, la creación de la Escuela Normal para Profesores obedeció a la necesidad de asegurar

que quienes educarían a las generaciones con que el país contaba para llevar adelante el

proyecto de nación mexicano, hubiesen sido adecuadamente preparados.

Hacia el final de la primera década del siglo XX, el marco jurídico de la educación había

avanzado para hacer que esta esfera funcionara con independencia de la autoridad religiosa.

En este proceso el Estado había ido ganado terreno como rector de la educación en los

diferentes niveles, haciéndose emisor de las disposiciones legales que regirían los

formar a los estudiantes con un plan común de materias “científicas”, con independencia de las carreras

profesionales a seguir después (Alvarado, 2004). 9Amparado por las libertades que se contemplaban en la Constitución de 1857 -la de enseñanza,

fundamentalmente- y apoyado por sus correligionarios europeos y por los documentos pontificios de esos

años, el clero se dio a la tarea de realizar acciones para recuperar el terreno perdido en el ámbito educativo. Entre otras, se multiplicaron las escuelas privadas religiosas tanto para niñas como para varones. 10En 1882 Joaquín Baranda, como Secretario de Instrucción Pública, fundó en Orizaba la Escuela Modelo. El

éxito de esta escuela tuvo repercusión a nivel nacional y anexa a ella se creó un jardín de niños con el mismo

modelo (Acuña, 2003). 11 Durante sus años de Subsecretario, primero, y Secretario más tarde, de la Secretaría de la Instrucción

Pública, Justo Sierra fundó la Academia de Bellas Artes, la Escuela Nacional de Altos Estudios y dos jardines

de niños en la Ciudad de México. Además, inició el proceso de revisión de las instituciones superiores que

culminó con la fundación de la Universidad Nacional Autónoma de México (Acuña, 2003).

Page 12: Título: Secularización y nupcialidad en San Pedro ...somede.org/xireunion/ponencias/Demografia historica/196Dasha.pdf · Los eventos importantes de la vida de las personas,

programas y requisitos a cumplir desde el preescolar hasta los estudios superiores.

Asimismo, el Estado se hizo depositario de edificios y acervos bibliográficos que antes

fueran empleados para la instrucción llevada a cabo por instituciones religiosas poniéndolos

al servicio de una educación pública, obligatoria, laica y gratuita.

En México el proceso de la secularización societal abarcó también el ámbito económico. En

un principio enfocadas a socavar el poder económico de la Iglesia, el Estado liberal tomó

diversas medidas cuyas consecuencias traspasaron el ámbito de la esfera económica. La

desamortización y nacionalización de sus bienes significó para la autoridad religiosa algo

más que la pérdida de riquezas y posibilidades de ingresos; con estas acciones mermó,

además, su poder de influencia en la esferas educativa y política. La secularización en el

ámbito económico resultó en la pérdida de recursos antes utilizados para participar en la

toma de decisiones en ámbitos diversos, como el educativo. Sin dudas, el lugar central que

tuviera la Iglesia como actor social, sustentado en sus enormes recursos, se vio

transformado con las acciones para desamortizar y nacionalizar sus bienes.

Aparecida en junio de 1856, la Ley de desamortización de bienes raíces civiles y

eclesiásticos, conocida como Ley Lerdo, fue el inicio del largo y tortuoso camino por el que

transitó la enajenación de los numerosos bienes de la Iglesia y la nacionalización de los

mismos. Dicha Ley, que despojaba a la Iglesia de los títulos de propiedad privada sobre

grandes extensiones de terrenos e importantes fincas urbanas, significó un golpe económico

e ideológico al poder de la Iglesia. Con ello se socavó la condición de potencia económica

de la Iglesia pues quedó debilitada su base de sustentación para el mantenimiento de

escuelas, para la explotación directa de la tierra, para las transacciones financieras con los

grandes capitales, para los préstamos ventajosos a algunos sectores de la población y, en

fin, para la participación en asuntos importantes del país.

Para nuestro período de estudio, la instauración del Registro Civil adquiere gran

importancia pues introdujo la modalidad del matrimonio civil como la única con

reconocimiento legal. Con la creación del Registro Civil, el Estado se inmiscuía en el

ámbito de la vida privada de los individuos para normar la manera de casarse, rol antes

desempeñado por la Iglesia.

La primera regulación legal del Registro Civil aparece en enero de 1857 bajo el nombre de

Ley Orgánica del Registro Civil y con ella quedó establecida en toda la República la

Page 13: Título: Secularización y nupcialidad en San Pedro ...somede.org/xireunion/ponencias/Demografia historica/196Dasha.pdf · Los eventos importantes de la vida de las personas,

obligatoriedad del registro del estado civil; en dicha ley se consideraban actos del estado

civil el matrimonio, la adopción y arrogación12

, el sacerdocio y la profesión de algún voto

religioso, temporal o perpetuo, y la muerte. En el Artículo 65 de esta Ley se introduce el

principio del matrimonio como un contrato, preservando paralelamente su carácter de

sacramento, que puede ser regulado por la autoridad civil. El Artículo en cuestión establece

que “Celebrado el sacramento ante el párroco y previas las solemnidades canónicas, los

consortes se presentarán ante el oficial del estado civil a registrar el contrato de

matrimonio”.

La Ley Orgánica del Registro Civil reflejaba claramente el momento en que se hallaba el

Estado liberal quien, por una parte, reconocía la necesidad de tomar bajo su control

determinados ámbitos, como el registro del estado civil de sus ciudadanos y, por otra, no

estaba dotado de las herramientas necesarias para llevar a cabo esta tarea. Si bien con esta

Ley el Estado pretendía inmiscuirse en el ámbito del matrimonio lo hacía a través de un

marco jurídico similar al emanado del derecho canónico aprovechando, además, la

estructura territorial de la Iglesia (“no habrá registro sino en los pueblos donde haya

parroquia...”). Debido a que contravenía el artículo 5º de la Constitución del 5 de febrero

de ese mismo año, esta Ley que no llegó a entrar en vigor.

En 1859 es expedida la Ley del Matrimonio Civil en julio13

. Con esta Ley quedó cesada la

delegación que el gobierno había estado haciendo a la Iglesia para que, con sólo su

intervención en el matrimonio, dicho acto surtiera todos sus efectos civiles. Su Artículo 1º

decía “El matrimonio es un contrato civil que se contrae lícita y válidamente ante la

autoridad civil. Para su validez bastará que los contrayentes, previas las formalidades que

establece la ley, se presenten ante aquélla y expresen libremente la voluntad que tienen de

unirse en matrimonio”14

.

12 Se refiere a la adopción de personas que no estaban sujetas a potestad alguna. 13 A pocos días de expedida esta Ley Juárez emite la Ley Orgánica del Registro Civil que contenía una serie

de disposiciones para perfilar el cuerpo normativo y orgánico del Registro Civil pero no introdujo ninguna modificación respecto al matrimonio. Este ordenamiento contenía 43 artículos; los primeros estaban

dedicados a instituir la figura del juez del Estado civil y se describían sus características y sus funciones, se

mencionaban los actos del Estado civil de las personas y se establecían las generales para el registro de cada

uno de estos actos por parte de los jueces. En este instrumento jurídico no se legislaba respecto de los efectos

patrimoniales del matrimonio civil. 14 http://www.biblioteca.tv/artman2/publish/1859_146/Ley_de_matrimonio_civil_258.shtml

Page 14: Título: Secularización y nupcialidad en San Pedro ...somede.org/xireunion/ponencias/Demografia historica/196Dasha.pdf · Los eventos importantes de la vida de las personas,

Esta Ley supuso un cambio en la regulación del matrimonio al considerarlo como un

contrato civil y desconocer su antiguo carácter de sacramento; el legislador se convierte en

la figura con autoridad para definir sus particularidades. No obstante, el matrimonio seguía

teniendo, en esencia, las características dadas a éste por el derecho canónico. El matrimonio

civil, como el católico, seguía siendo indisoluble, de manera que sólo la muerte de alguno

de los cónyuges permitía disolverlo. En esta Ley el matrimonio conservó muchas de las

características que había tenido como sacramento por lo que podemos considerar que la

divergencia entre ambos tipos de uniones era simbólica antes que práctica. Tanto para la

Iglesia como para el Estado, el matrimonio era producto de la voluntad de los contrayentes

y el vínculo establecido era irrevocable, pues para ambas partes eran inexistentes el

divorcio vincular o la disolución del matrimonio. El matrimonio civil y el religioso también

tenían similitudes en términos de la administración del patrimonio ,como la imposibilidad

de pactar acuerdos diferentes a la comunidad de bienes y el reconocimiento del marido

como único administrador de los bienes gananciales y autorizado para disponer de ellos a

su arbitrio (Brena, 1984). Los discursos de los liberales y la Iglesia mexicana sobre el

matrimonio eran tan parecidos que no puede encontrarse en ellos una verdadera oposición

filosófica a pesar de la irreversible confrontación y exclusión ideológica entre ambos

actores (García, 2006). Hasta este momento no podemos hablar de un escenario que, en

términos de tipo de matrimonio, implicara que las personas debían elegir entre dos opciones

diferentes, con implicaciones prácticas disímiles.

En términos de lo que interesa a nuestro objeto de estudio la siguiente modificación

importante al marco jurídico del matrimonio tuvo lugar en 1870. Hasta este momento tanto

la Ley Orgánica del Registro Civil como la Ley del Matrimonio Civil, habían limitado la

competencia de la Iglesia en el ámbito del matrimonio pero los efectos civiles de practicar

uno u otro tipo de matrimonio no quedaban claros. No fue hasta la aparición del Código

Civil de 1870, que reglamentó los efectos patrimoniales del matrimonio civil, que ambos

tipos de uniones empezaron a tener implicaciones prácticas diferentes. Según este Código,

sólo los matrimonios civiles otorgaban a los contrayentes la posibilidad de controlar

legalmente el destino, uso y herencia de los bienes en el marco del matrimonio.

Durante las últimas décadas el siglo XIX, el régimen patrimonial evolucionó lentamente

hacia el reconocimiento de la libre disponibilidad de la propiedad individual. Ello, unido al

Page 15: Título: Secularización y nupcialidad en San Pedro ...somede.org/xireunion/ponencias/Demografia historica/196Dasha.pdf · Los eventos importantes de la vida de las personas,

hecho de que el matrimonio civil se convirtió en la única forma de tener control sobre el

patrimonio en el ámbito matrimonial, podría haber inclinado a los miembros de las clases

más altas o a los poseedores de algún patrimonio a hacer un uso “práctico” de la nueva

normativa, de acuerdo a la cual sólo el matrimonio celebrado ante el juez civil tenía

validez oficial.

La institución del Registro Civil no tuvo ninguna modificación jurídica durante todo el

mandato porfiriano y siguió siendo ineficaz para captar los actos del estado civil de las

personas. En algunos estados se tomaron medidas15

pero tuvieron un efecto temporalmente

limitado ya que, a diferencia de lo que ocurría con el registro de las defunciones y de los

nacimientos, el del matrimonio difícilmente podía ser objeto de presiones directas.

Las reformas en el seno de la sociedad mexicana decimonónica abarcaron tanto el espacio

del derecho público, al que pertenece la institución del Registro Civil, como el del derecho

privado, al que pertenece el matrimonio. La creación del Registro Civil y el subsecuente

marco jurídico que dio sustento a la unión civil ciertamente modificaron la institución del

matrimonio para convertirla en un contrato en el que las partes, ejerciendo la libertad

contractual, podían tomar los acuerdos que mejor les conviniesen en materia del patrimonio

individual y del conyugal. Sin embargo, cabe preguntarse si estas novedades plasmadas en

las leyes surtieron algún efecto en la práctica del matrimonio. La pregunta que nos interesa

responder es quiénes fueron las personas para las cuales la injerencia del Estado en el

ámbito privado de las decisiones matrimoniales se tradujo en el declive de la autoridad

religiosa. Queremos saber, en definitiva, en qué grupo, o grupos, de la sociedad cholulteca

la práctica del matrimonio religioso se vio desplazada o acompañada por la del matrimonio

civil.

15Las autoridades locales y federales trataron de implementar varias medidas coercitivas para corregir esta

situación. Por ejemplo, en el Distrito Federal a la par que se exhortó a actualizar el registro de nacimientos

ocurridos en años anteriores sin pagar la multa correspondiente, se amenazó a los ciudadanos con una multa

de entre cinco y cincuenta pesos para las futuras omisiones. Además, se creó una policía especial encargada

de detectar a los infractores. En Tamaulipas, se exigía el acta de nacimiento para la inscripción en las escuelas

públicas; conjuntamente se estableció una multa de hasta cincuenta pesos para los directores de las escuelas

que violaran dicha disposición. En Chihuahua, la mitad de la multa aplicada a los reacios era otorgada a sus

denunciantes (Secretaría de Gobernación, sf).

Page 16: Título: Secularización y nupcialidad en San Pedro ...somede.org/xireunion/ponencias/Demografia historica/196Dasha.pdf · Los eventos importantes de la vida de las personas,

La secularización individual en San Pedro Cholula

La gráfica 1 representa, para cada año, la manera como se distribuyó el total de los

matrimonios entre los tres tipos de uniones: sólo civil, sólo religioso y civil-religioso16

.

Gráfica 1. Distribución porcentual de los matrimonios anuales según tipo de

matrimonio. San Pedro Cholula, 1867-1911

Fuente: elaboración propia con base en los libros parroquiales de las actas de

presentación de los matrimonios y en los libros de las actas civiles de matrimonios de

San Pedro Cholula, 1867-1911

Un primer hallazgo es que los matrimonios sólo civiles y civil-religiosos fueron perdiendo

importancia relativa a lo largo del período de estudio. En conjunto, en 1867, estos

matrimonios representaban 70 por ciento del total; para 1911 esta proporción se había

reducido a menos de la mitad (33 por ciento). Paralelamente, el matrimonio sólo religioso

16 Para los matrimonios del tipo civil-religioso se tomó el año de la unión religiosa. Se excluyeron aquellos

años para los que no se encontraron registros civiles o parroquiales de los matrimonios considerando que estas

“ausencias” no necesariamente obedecen al comportamiento del evento observado sino a lagunas en las

fuentes de información utilizadas. Estos años son 1876 y 1910 para los registros civiles, y 1900 y 1903 para

los parroquiales.

0

10

20

30

40

50

60

70

80

90

100

18671868

18691870

1871

1872

1873

1874

1875

1877

1878

1879

1880

1881

1882

1883

1884

1885

18861887188818891890

1891

1892

1893

1894

1895

1896

1897

1898

1899

1901

1902

1904

1905

1906

1907

19081909

1911

sólo civil sólo religioso civil-religioso

Page 17: Título: Secularización y nupcialidad en San Pedro ...somede.org/xireunion/ponencias/Demografia historica/196Dasha.pdf · Los eventos importantes de la vida de las personas,

ganó importancia relativa durante todo el período, pasando de 29 a 67 por ciento de todos

los matrimonios entre 1867 y 1911.

El segundo hallazgo es que la elección del tipo de matrimonio parece haber pasado por dos

etapas entre 1867 y 1911. La primera de ellas abarcó desde 1867 hasta 1887 y se distinguió

por la presencia del matrimonio civil, ya fuera como único modo de casarse o en

combinación con el matrimonio religioso. La segunda etapa, entre 1888 y 1911, se

caracterizó por el retorno de la práctica del matrimonio sólo religioso como la forma más

frecuente de matrimonio.

Es probable que esta diferencia en la intensidad con la que los cholultecos practicaban unos

u otros tipos de matrimonios en cada etapa estuviera asociada a eventos del contexto

político nacional. El último período de la presidencia de Benito Juárez, entre los años 1867

y hasta su muerte en 1872, se caracterizó por una separación Iglesia-Estado tensa y rígida

en el ámbito jurídico, pero mucho menos conflictiva en materia de la práctica religiosa de

las personas que el mandato que le sucedería. Con el ascenso al poder de Sebastián Lerdo

de Tejada en 1872, la actitud gubernamental hacia la práctica religiosa se radicalizó

(Knowlton, 1985; Staples et. al., 1989; Olimón, 1995; Puente, 1995). Así, bajo el mandato

de Lerdo de Tejada “las sucesivas disposiciones limitantes de ella [de la práctica religiosa]

fueron dibujando una situación cuya esencia significó una realidad abiertamente hostil a la

Iglesia, en nombre de una interpretación extrema de la postura de separación [entre la

Iglesia y el Estado]” (Olimón, 1995:281).

El período 1867-1887 no sólo se caracterizó por la práctica del matrimonio civil, sino que

la elección del tipo de matrimonio parece haberse radicalizado a lo largo de estos años,

ganando en importancia la opción de casarse únicamente en la oficina del Registro Civil.

En el inicio de esta primera etapa, la elección del tipo de matrimonio se inclinó hacia una

postura intermedia entre la ruptura con la práctica tradicional de la unión sólo religiosa y la

completa ignorancia de la nueva legislación civil al respecto del matrimonio. Entre 1867 y

1875, período sumamente convulso, con el país recuperándose de su más reciente guerra y

de una invasión extranjera, predominaron los matrimonios civil-religiosos, representando

éstos entre 44 y 60 por ciento de todas las uniones. En cambio, entre los años 1877 a 1887,

los cholultecos tendieron hacia una postura más radical con respecto a la modalidad de

matrimonio elegida. En estos años fue en los que el matrimonio sólo civil alcanzó la mayor

Page 18: Título: Secularización y nupcialidad en San Pedro ...somede.org/xireunion/ponencias/Demografia historica/196Dasha.pdf · Los eventos importantes de la vida de las personas,

importancia de todo el período en términos relativos: entre 37 y 91 por ciento de todas las

uniones anuales.

Luego de pasar por el que fue uno de sus más álgidos puntos, entre 1872 y 1876 bajo el

mandato de Lerdo de Tejada, la lucha sin cuartel en que se habían convertido las relaciones

Estado-Iglesia entró en un período menos virulento que se prolongó durante todo el

gobierno de Porfirio Díaz (Staples et. al., 1989; Olimón, 1995), que abarcó desde 1876

hasta 1911.

Durante el porfiriato la relación Iglesia-Estado varió haciéndose menos tirante. Si bien las

leyes emitidas durante la Reforma permanecieron intactas, su aplicación quedó en manos

locales y la autoridad religiosa ganó terreno en el ámbito político e ideológico, tanto por su

mayor participación en la educación como por su contacto directo con las clases

trabajadoras. Una vez superados los efectos del gobierno de Lerdo de Tejada, que se

caracterizó por el empeoramiento de las relaciones entre el Estado y la Iglesia católica, e

instaurada la política de Porfirio Díaz, más tendiente a lijar las antiguas asperezas, las

personas volvieron a hacer del matrimonio sólo religioso su manera habitual de casarse.

A partir de 1888 la práctica del matrimonio sólo civil decayó notablemente17

; las uniones

de este tipo representaron 23 por ciento o menos de los matrimonios anuales hasta 1911. El

matrimonio civil-religioso, aunque mantuvo una importancia relativa superior a la del sólo

civil, también tendió a perder importancia a partir de 1888, representando un 49 por ciento

o menos de todos los matrimonios anuales.

En el cuadro 1 se resume la evolución de la importancia relativa de los diferentes tipos de

matrimonios en el período que se analiza (1867-1911) y en las dos etapas en que éste puede

dividirse. Casi una cuarta parte de los matrimonios celebrados entre 1867 y 1911 fue sólo

civil, poco menos de la mitad fue sólo religioso y el resto fueron uniones civil-religiosas.

En resumen, poco más de la mitad de los matrimonios celebrados en los 45 años en estudio

incluyó la unión civil. Las columnas segunda y tercera muestran cómo varió la importancia

relativa de cada tipo de matrimonio entre los períodos 1867-1887 y 1888-1911.

17 La gráfica 1 muestra que esta tendencia parece interrumpirse en el año 1901. Sin embargo este

comportamiento es, en realidad, atribuible a la calidad de la información para dicho año. Los registros anuales

de matrimonios de la parroquia pasaron de 104 en el año 1899, a cero en 1900, a cuatro en 1901 y aumentaron

a 88 en 1902.

Page 19: Título: Secularización y nupcialidad en San Pedro ...somede.org/xireunion/ponencias/Demografia historica/196Dasha.pdf · Los eventos importantes de la vida de las personas,

Cuadro 1. Distribución porcentual de los matrimonios de

cada etapa de análisis según la modalidad de matrimonio.

San Pedro Cholula, 1867-1911

a

De la distribución por etapas se excluyen diez matrimonios porque una de las

uniones -la civil o la religiosa- se celebró en algún año de la primera etapa y la

otra en alguno de la segunda.

Fuente: elaboración propia con base en los libros parroquiales de las actas de

presentación de los matrimonios y en los libros de las actas civiles de

matrimonios de San Pedro Cholula, 1867-1911

Entre 1867 y 1887 los diferentes tipos de matrimonios tenían una importancia relativa

similar, representando cada uno alrededor de un tercio del total de uniones. El panorama de

la segunda etapa difiere notablemente del de la primera etapa. Entre 1888 y 1911 el

matrimonio sólo civil representó 15 por ciento del total, el sólo religioso 59 por ciento y el

civil-religioso una cuarta parte de todos los matrimonios. Entre 1867-1887 y 1888-1911 la

importancia relativa del matrimonio civil, sustituyendo o acompañando al matrimonio

religioso, se redujo casi a la mitad. En la primera etapa siete de cada diez matrimonios

incluyeron la unión civil, cifra que descendió a cuatro de cada diez en la segunda etapa. En

contraste, la práctica del matrimonio sólo religioso se incrementó, pasando de tres de cada

diez a casi seis de cada diez matrimonios.

Nuestra fuente de información nos permite conocer la secuencia en que se daban los tipos

de matrimonio entre quienes optaban por casarse civil y religiosamente (véase cuadro 2).

Ésta nos brinda información sobre las motivaciones para practicar esta modalidad de

matrimonio. Conocer las trayectorias seguidas en la práctica del matrimonio civil-religioso

resulta útil para distinguir si estamos en presencia de un grupo homogéneo, para quienes

este tipo de unión fue la elección desde el inicio o si, por el contrario, diversas

motivaciones para elegir la unión civil-religiosa se ven reflejadas en trayectorias

heterogéneas.

1867-1911 1867-1887 1888-1911

Matrimonio sólo civil 23 34 15

Matrimonio sólo religioso 47 31 59

Matrimonio civil-religiosoa

30 35 26

Total 100 100 100

N 3,229 1,372 1,857

Page 20: Título: Secularización y nupcialidad en San Pedro ...somede.org/xireunion/ponencias/Demografia historica/196Dasha.pdf · Los eventos importantes de la vida de las personas,

Cuadro 2. Distribución porcentual de los matrimonios civil-religiosos según el

calendario de ocurrencia de la unión civil y de la religiosa por etapa de análisis.

San Pedro Cholula, 1867-1911

Fuente: elaboración propia con base en los libros parroquiales de las actas de presentación de

los matrimonios y en los libros de las actas civiles de matrimonios de San Pedro Cholula,

1867-1911

Entre 1867 y 1887, sólo tres por ciento de quienes optaban por casarse civil y

religiosamente celebraran la unión religiosa dos o más años antes que la civil, mientras casi

catorce por ciento se casaba en la parroquia y un año más tarde acudía al registro civil. La

manera más frecuente era casarse en la parroquia y en el Registro Civil con menos de un

año de diferencia entre ambos eventos (82 por ciento)18

y la menos frecuente era la

celebración del matrimonio civil un año o más antes que el religioso (1 por ciento).

Entre 1888 y 1911, casi uno de cada diez matrimonios empezó como una unión religiosa

que dos o más años después se formalizó también ante un juez civil. La proporción de

quienes, una vez casados religiosamente, tardaron un año en casarse por el civil fue de 6.7.

La situación más frecuente siguió siendo la proximidad temporal entre las uniones religiosa

y civil (80 por ciento celebró ambos matrimonios con menos de un año de diferencia)

mientras que 3.3 por ciento de las parejas se casó en el Registro Civil y dejó pasar, al

menos, un año antes de acudir a la parroquia.

Durante todo el periodo analizado, la situación más común entre quienes se unían civil y

religiosamente era la proximidad temporal entre ambos eventos y la menos frecuente era

que las uniones empezaran como matrimonios civiles para después acudir a la parroquia a

casarse. Durante la segunda etapa (1888-1911), sin embargo, se triplicó la proporción de

18 La Ley Orgánica del Registro Civil de 1857, en su Artículo 65 del Capítulo IV “Del matrimonio” mandaba

que “Celebrado el sacramento ante el párroco y previas las solemnidades canónicas, los consortes se

presentarán ante el oficial del estado civil a registrar el contrato de matrimonio.”

Secuencia de los matrimonios 1867-1887 1888-1911

N 477 481

Total 100 100

Matrimonio civil celebrado un año o más antes que el religioso 1 3

Menos de un año de diferencia entre los dos matrimonios 82 80

Matrimonio religioso celebrado dos o más años antes que el civil 3 10

Matrimonio religioso celebrado un año antes que el civil 14 7

Page 21: Título: Secularización y nupcialidad en San Pedro ...somede.org/xireunion/ponencias/Demografia historica/196Dasha.pdf · Los eventos importantes de la vida de las personas,

parejas que, una vez formalizada su unión ante el párroco, dejaron pasar dos o más años

antes de acudir a un juez civil a legalizar el matrimonio. En este período, en el que la

práctica del matrimonio civil declinó notablemente, una de cada diez parejas de aquellas

que se casaron civil y religiosamente vivió al menos dos años como un matrimonio sólo

religioso. En contraste, se redujo a la mitad la proporción de quienes una vez casados

religiosamente, tardaron un año en casarse en el Registro Civil.

Estos resultados apuntan al hecho de que, si bien para la mayoría de quienes optaron por la

modalidad civil-religiosa de matrimonio ésta parece haber sido la elección desde el inicio

de la decisión de casarse, para algunas parejas puede haber obedecido a circunstancias

surgidas años después de la unión religiosa. Quizás algunas parejas recurrían al matrimonio

civil ante la necesidad de realizar algún trámite para el que esta forma de unión constituía

un requisito, como la posibilidad de testar o de administrar el patrimonio de la pareja. En

los Artículos 72 y 73 de la Ley Orgánica del Registro Civil, expedida en 1857, quedaba

regulado que sólo los matrimonios registrados ante las instancias civiles producirían efectos

civiles que eran “la legitimidad de los hijos, la patria potestad, el derecho hereditario, las

ganancias, las dotes, las arras y demás acciones que competen a la mujer; la administración

de la sociedad conyugal que corresponde al marido, y la obligación de vivir en uno”19

.

La creación del Registro Civil, y de todo el cuerpo jurídico que lo acompañó, supuso que

los efectos del matrimonio, entendido éste como un contrato, fueran regidos por la ley

civil. Durante las últimas décadas el siglo XIX los regímenes patrimonial y de sucesión

evolucionaron lentamente hacia el reconocimiento de la libre disponibilidad de la

propiedad individual. Ello, unido al hecho de que el matrimonio civil se convirtió en la

única forma de tener control sobre el patrimonio en el ámbito matrimonial, podría haber

inclinado a los miembros de las clases más altas, o a los poseedores de algún patrimonio, a

casarse civilmente. En cambio, la práctica del matrimonio civil sería poco frecuente entre

los trabajadores agrícolas o los artesanos de baja posición social, quienes no solían tenían

propiedades o algún patrimonio que heredar. Veremos si es posible fundamentar estas

afirmaciones.

En el cuadro 3 se muestra la manera cómo se comportaron los novios de los diferentes

estratos en relación con la modalidad de matrimonio elegida. Entre 1867 y 1887, poco más

19 http://www.biblioteca.tv/artman2/publish/1857_148/Ley_Org_nica_del_Registro_Civil_248.shtml

Page 22: Título: Secularización y nupcialidad en San Pedro ...somede.org/xireunion/ponencias/Demografia historica/196Dasha.pdf · Los eventos importantes de la vida de las personas,

de cuatro de cada diez novios del estrato más alto se casaron sólo de forma civil, un tercio

lo hizo sólo religiosamente y el resto acudió tanto a la parroquia como al Registro Civil a

formalizar su unión. Los novios del estrato medio no mostraron preferencia por ningún tipo

de matrimonio; cada modalidad de unión fue elegida en aproximadamente un tercio de las

ocasiones. Tampoco los artesanos de baja posición, que se ubican en el estrato bajo, se

mostraron inclinados hacia alguno de los tipos de matrimonio en particular. En cambio, los

trabajadores agrícolas, que también pertenecen al estrato bajo, eligieron la unión civil-

religiosa con mayor frecuencia que los otros dos tipos de matrimonio (37 por ciento vs. 35

por ciento que eligió casarse sólo ante un juez civil y 28 por ciento que sólo lo hizo ante el

cura). En cualquiera de los estratos, alrededor de siete de cada diez matrimonios involucró

la unión civil, sola o acompañando al matrimonio religioso (desde 65 por ciento entre los

artesanos de baja posición hasta 72 por ciento entre los trabajadores agrícolas).

Cuadro 3. Distribución porcentual de la modalidad de matrimonio elegida según el

estrato social del novio por etapa de análisis. San Pedro Cholula, 1867-1911

1Se consideran únicamente aquellos novios cuyo estrato no cambia de un matrimonio al

otro

Fuente: elaboración propia con base en los libros parroquiales de las actas de presentación de los matrimonios y en los libros de las actas civiles de matrimonios de

San Pedro Cholula, 1867-1911

En esta primera etapa los novios del estrato alto fueron quienes con mayor frecuencia

eligieron la unión sólo civil y la frecuencia con la que eligen este tipo de matrimonio supera

en más de siete puntos porcentuales la de los demás estratos. Este es un resultado

Estrato novio

1867-1887

Estrato alto 42 34 24 100 92

Estrato medio 33 31 35 100 108

Estrato bajo-artesanos 31 35 34 100 229

Total 35 30 36 100 1,298

1888-1911

Estrato alto 27 46 27 100 111

Estrato medio 17 58 25 100 155

Estrato bajo-artesanos 14 68 18 100 340

Total 15 59 26 100 1,787

869

Estrato bajo-trabajadores

agrícolas14 57 29 100 1,181

Estrato bajo-trabajadores

agrícolas35 28 37 100

Matrimonio

sólo civil

Matrimonio

sólo religioso

Matrimonio

civil-religioso1 Total N

Page 23: Título: Secularización y nupcialidad en San Pedro ...somede.org/xireunion/ponencias/Demografia historica/196Dasha.pdf · Los eventos importantes de la vida de las personas,

interesante dado que, entre quienes conforman este estrato, están los profesionistas, cuya

formación debió haber transcurrido, al menos para algunos niveles de instrucción, en

escuelas bajo el dominio de la autoridad religiosa. En el estrato alto están incluidos también

los comerciantes y los empleados de gobierno; éstos últimos tendrían razones para

practicar el matrimonio sólo civil. No es de extrañar que, siendo los empleados de gobierno

los encargados de poner en marcha las acciones del Estado para construir una nueva

ciudadanía basada el cumplimiento de obligaciones con éste y en el ejercicio de derechos,

se vieran obligados a desechar la práctica del matrimonio religioso. En el caso de los

comerciantes, el poseer algún patrimonio explicaría el uso práctico de la normatividad

estatal con respecto al matrimonio, más no la sustitución del matrimonio religioso por el

civil.

Durante la segunda etapa, de 1888 a 1911, entre los novios del estrato alto se redujo

drásticamente la proporción de quienes se casaron sólo ante un juez civil (27 vs. 42 por

ciento en la primera etapa), de manera que casarse sólo civilmente dejó de ser la forma de

matrimonio más común entre los miembros de este estrato. En cambio, se hizo más

frecuente la práctica del matrimonio sólo religioso (46 por ciento de todos los

matrimonios), cuya importancia relativa creció 12 puntos porcentuales con respecto al

período anterior. A semejanza de la etapa anterior, alrededor de una cuarta parte de los

novios de éste acudió tanto a la parroquia como a la oficina del Registro Civil para

formalizar la unión (27 por ciento).

Entre los novios del estrato medio, se redujo a la mitad la proporción de quienes elegían

casarse sólo civilmente, pasando de 33 a 17 por ciento la importancia relativa de este tipo

de unión. Durante esta segunda etapa los novios de este estrato optaron mayoritariamente

por el matrimonio sólo religioso pues casi seis de cada diez matrimonios sólo se

formalizaron ante el párroco. Así como la del matrimonio sólo civil, la práctica del

matrimonio civil-religioso se hizo menos frecuente entre estos novios, quienes optaron por

esta modalidad en una cuarta parte de las ocasiones (vs. 35 por ciento en el período

anterior).

Entre los artesanos del estrato bajo la proporción de quienes se casaron sólo en la oficina

del Registro Civil se redujo a menos de la mitad con respecto a la primera etapa (14 vs. 31

por ciento en la primera etapa), siendo ésta la modalidad de matrimonio menos elegida.

Page 24: Título: Secularización y nupcialidad en San Pedro ...somede.org/xireunion/ponencias/Demografia historica/196Dasha.pdf · Los eventos importantes de la vida de las personas,

Estos novios, que durante la etapa anterior no habían mostrado preferencia por ningún tipo

de matrimonio, cambiaron radicalmente su comportamiento en la segunda etapa mostrando

una marcada preferencia por el matrimonio sólo religioso, que representó casi siete de cada

diez uniones. Menos de dos de cada diez artesanos de bajo estrato eligieron la unión civil-

religiosa, con lo que la importancia relativa de esta modalidad se redujo casi a la mitad con

respecto al período anterior.

La reducción más notoria en la importancia relativa del matrimonio sólo civil tuvo lugar en

el grupo de los trabajadores agrícolas, entre quienes la proporción de casados únicamente

ante el juez civil pasó de 35 a 14 por ciento en el primer y el segundo períodos,

respetivamente. En cambio, se duplicó la proporción de quienes se casaban sólo

religiosamente, pasando de 28 por ciento de los matrimonios en el primer período a 57 por

ciento en el segundo. Tal como se observó para el matrimonio sólo civil, la proporción de

trabajadores agrícolas que se casó civil y religiosamente se redujo con respecto al período

anterior (29 vs. 37 por ciento en la primera etapa).

Los resultados anteriores confirman el hecho de que la intensidad con la que se practicaba

el matrimonio civil decayó entre los años 1888 y 1911. Resulta interesante constar que ello

ocurrió en todos los estratos, reduciéndose casi a la mitad la frecuencia con que se elegía

este tipo de unión entre los miembros del estrato más alto, a la mitad entre los del estrato

medio y los artesanos de baja posición y a menos de la mitad entre los trabajadores

agrícolas. En contraste, la práctica del matrimonio sólo religioso ganó importancia relativa

en todos los estratos, de manera que la proporción de quienes sólo acudían a formalizar su

unión a la parroquia se duplicó entre los miembros de los estratos medio y bajo, y se

multiplicó una y media vez entre los del estrato alto.

Otro hecho relevante en esta segunda etapa es que tendió a “desdibujarse” la similitud que

habían mostrado anteriormente los estratos con respecto a la práctica del matrimonio civil.

Si bien en la primera etapa fueron los novios del estrato alto quienes más a menudo

desecharon la unión religiosa, y desde entonces ello los diferenció del resto de los

pretensos, en el siguiente período es cuando estos novios se distinguen más notoriamente

del resto con respecto a la frecuencia con la que eligen el matrimonio civil, sólo o

acompañando al religioso.

Page 25: Título: Secularización y nupcialidad en San Pedro ...somede.org/xireunion/ponencias/Demografia historica/196Dasha.pdf · Los eventos importantes de la vida de las personas,

Independientemente del estrato, la mayoría de los matrimonios involucró la unión civil en

la primera etapa; en la segunda etapa sólo entre los miembros del estrato alto más de la

mitad de las uniones incluyó la civil. Estos resultados parecen sugerir que durante la última

etapa es cuando cobra mayor importancia el hecho de pertenecer al estrato social más

elevado para practicar el matrimonio civil.

Uno de los objetivos principales de este estudio fue conocer cómo las acciones que tomó el

joven estado mexicano para hacerse con el control de sus instituciones, y que se tradujeron

en la restricción del poder de la iglesia en ámbitos no religiosos, afectaron el

comportamiento de los individuos en la esfera privada, específicamente para el caso de San

Pedro Cholula. Seguramente nuestros hallazgos constituyen apenas uno de los diversos

escenarios que pueden encontrarse al indagar sobre el acomodo de los individuos a las

importantes transformaciones que tuvieron lugar durante la segunda mitad del siglo XIX,

pero la ausencia de trabajos que hayan analizado empíricamente el proceso de la

secularización individual para otros contextos del México decimonónico, anula la

posibilidad de comparar nuestros resultados.

Conclusiones

Resultan poco frecuentes las investigaciones demográficas que intenten vincular las

particularidades de eventos demográficos decimonónicos con los procesos sociales que

tuvieron lugar durante esta centuria; por ello es pertinente apuntar que, tanto el método,

como las fuentes y el indicador elegidos, resultaron adecuados para responder a las

interrogantes que nos planteamos.

El marco teórico que da sustento a esta investigación postula que la evolución de los

procesos societal e individual de la secularización no es necesariamente sincrónica (Chaves,

1994). En esta aproximación, la ocurrencia de dichos procesos ha de ser estudiada

empíricamente buscando, para cada uno de estos niveles, indicadores que den cuenta del

alcance del control ejercido por la autoridad religiosa. A la luz del marco conceptual que

elegimos, el método de estudio de caso resulta adecuado pues hizo posible que, una vez

situado el proceso de la secularización societal en un contexto histórico e institucional

Page 26: Título: Secularización y nupcialidad en San Pedro ...somede.org/xireunion/ponencias/Demografia historica/196Dasha.pdf · Los eventos importantes de la vida de las personas,

concreto, pudiéramos indagar el camino seguido por la secularización en el nivel

individual.

Con respecto a las fuentes, mostramos que las demográficas históricas tienen mucho que

aportar al conocimiento de procesos sociales pasados. El uso de las Actas de la Información

Matrimonial y de las Actas del Matrimonio Civil nos permitió aproximarnos al ámbito de la

vida privada y de las decisiones individuales de las personas cuya reacción a los vaivenes

del siglo XIX quisimos conocer. Por último, demostramos que la modalidad de matrimonio

elegida es un indicador adecuado para dar cuenta del proceso de la secularización

individual mostrando en quiénes y bajo qué condiciones, la decisión sobre la manera de

casarse, difirió de la dictada por la autoridad religiosa.

En San Pedro Cholula, los reacomodos institucionales que tuvieron lugar en el marco de la

construcción de la nueva nación mexicana, laica y moderna, y que limitaron los espacios de

poder de la autoridad religiosa, posibilitaron cierta autonomía de los individuos para elegir

la modalidad de matrimonio. Aunque no todos aquellos que se casaron en el período

observado escaparon a la normatividad religiosa con respecto al matrimonio, el hecho de

que más de la mitad de los matrimonios celebrados entre 1867 y 1911 incluyeran la unión

civil, muestra que sí tuvo lugar el proceso de la secularización individual entre los

cholultecos. Con el establecimiento de la oficina del Registro Civil local, formalizar la

unión ante un juez pasó a ser parte del ritual del matrimonio para un segmento de las

generaciones casaderas de ese momento.

La autoridad religiosa cholulteca no perdió de manera absoluta el poder de regir el modo

“correcto” de casarse, de manera que el matrimonio sólo religioso siguió estando presente a

lo largo del período observado e, incluso, se hizo más frecuente hacia el final de dicho

período. Ello nos lleva al segundo hallazgo de esta investigación y es que el proceso de la

secularización individual no siguió un camino lineal en San Pedro Cholula, sino con

avances y retrocesos, siguiendo ciclos marcados por el contexto histórico.

Los cholultecos practicaron más frecuentemente el matrimonio civil en el período 1867-

1887, durante el cual se intensificaron las acciones del Estado para restar influencia a las

autoridades eclesiásticas en diversos ámbitos institucionales. A lo largo estos años se

extendió la práctica del matrimonio civil en sustitución del religioso, reflejo de una mayor

autonomía de los individuos para decidir sobre la manera de casarse. De manera

Page 27: Título: Secularización y nupcialidad en San Pedro ...somede.org/xireunion/ponencias/Demografia historica/196Dasha.pdf · Los eventos importantes de la vida de las personas,

concomitante, la práctica de la unión civil decayó cuando las condiciones socio-históricas

facilitaron que la autoridad religiosa recuperara parte de su influencia en determinados

ámbitos. Entre 1888 y 1911, si bien el marco jurídico que había dado sustento a la

separación entre la Iglesia y el Estado no se modificó, así como tampoco las leyes que

limitaban la competencia de la Iglesia en esferas diferentes de la espiritual, ésta consiguió

reposicionarse dentro de la sociedad. Durante esta segunda etapa, los cholultecos volvieron

a hacer del matrimonio sólo religioso la manera habitual de casarse.

Aún cuando determinados factores del contexto socio-histórico se conjugaron para permitir

que, entre 1888 y 1911, la autoridad religiosa recuperara en alguna medida la influencia

perdida en ciertos ámbitos, a través de la creación de grupos y asociaciones

“paraeclesiásticas”, como los de padres de familia, las ligas de defensa de la libertad

religiosa y la decencia, los movimientos y partidos políticos, los grupos obrero-religiosos y

los centros de instrucción privada en todos los niveles (Villaseñor, 1978), no recuperó dicha

influencia en algunos grupos de individuos que siguieron haciendo un uso práctico de una

normatividad que favorecía sus intereses. Dado que el matrimonio civil se convirtió en la

única forma de tener control sobre el patrimonio en el ámbito matrimonial, los miembros

del estrato social más alto fueron los que practicaron más intensamente este tipo de unión.

La introducción del matrimonio civil, sólo o acompañando al matrimonio religioso, no

parece haber generado modificaciones importantes al patrón de nupcialidad de San Pedro

Cholula. Los cholultecas, aunque en ocasiones desobedecieron la normativa religiosa

respecto a la manera correcta de casarse, no modificaron su comportamiento en aspectos

como la edad al matrimonio o la posición de los viudos y las viudas en el mercado

matrimonial. Si bien se crearon las condiciones para que los individuos mostraran cierta

autonomía al elegir la modalidad de matrimonio, las reglas sociales sobre la edad para

casarse no cambiaron en los cincuenta años observados. Tampoco se modificaron las

condiciones y las costumbres que sostenían un mercado matrimonial desfavorable para las

mujeres viudas, quienes siguieron siendo menos que los hombres que remediaron su

viudez, cualquiera que fuera la modalidad de matrimonio elegida. A pesar de la disposición

que mostraron algunos grupos de la población de Cholula para comportarse de manera

diferente a lo dictado por la autoridad religiosa al elegir casarse civilmente, éstos cambios

no fueron tan extensos ni tan profundos para desarraigar la concepción del matrimonio

Page 28: Título: Secularización y nupcialidad en San Pedro ...somede.org/xireunion/ponencias/Demografia historica/196Dasha.pdf · Los eventos importantes de la vida de las personas,

religioso como dador de legitimidad, como lo muestra el hecho de que la presencia de

viudos y viudas fuera mayor en los matrimonios celebrados únicamente ante el cura.

BIBLIOGRAFÍA

Acuña González, Elvira del Carmen (2003), Línea del tiempo de la pedagogía en

http://biblioteca.coqcyt.gob.mx/bvic/Captura/upload/LINEA-DEL-TIEMPO-DE-LA-

PEDAGOGIA.pdf

Alvarado, María de Lourdes (2004), La educación superior femenina en México en el siglo

XIX: demanda social y reto gubernamental, México, Universidad Nacional Autónoma de

México, Centro de Estudios sobre la Universidad Plaza y Valdés

Archivo General de la Nación (1999), 140 Aniversario del Registro Civil, México

Bellah, Robert (1970), “Beyond Belief Essays on Religion in a Post-Traditionalist World”

cit. en Karel Dobbelaere (1981), “Secularization: A Multi-Dimensional Concept”, Current

Sociology, 29: 3-153

Berger, Peter (1967), The sacred canopy elements of a sociological theory of religion,

Albany, New York, Doubleday

Berger, Peter (1999), The Desecularization of the World: Resurgent Religion and World

Politics, Washington, D.C., Ethics and Public Policy Center

Brena, Ingrid (1984), “Los regímenes patrimoniales del matrimonio en el siglo XIX” en

Beatriz Bernal (coord.) Memorias del IV Congreso del Derecho Mexicano Tomo I, Serie C

Estudios Históricos, Núm. 25, Instituto de Investigaciones Jurídicas Universidad Nacional

Autónoma de México

Brena, Ingrid (1985), “La libertad testamentaria en el Código Civil de 1884” en Instituto de

Investigaciones Jurídicas de la UNAM, Un siglo de Derecho Civil mexicano, Memoria del

II Coloquio Nacional de Derecho Civil, Serie C: ESTUDIOS HISTÓRICOS, Núm. 20

Cipriani, Roberto (2004), Manual de sociología de la religión, Siglo veintiuno editores

Argentina S.A.

Connaughton, Brian (2001), Dimensiones de la identidad patriótica. Religión, política y

regiones en México, siglo XIX, México, Universidad Autónoma Metropolitana- Unidad

Iztapalapa/Ed. Porrúa

Connaughton, Brian (2002), “Soberanía y religiosidad. La disputa por la grey en el

movimiento de la Reforma” en Alicia Tacuanhuey (coord.) Clérigos, políticos y política.

Las relaciones Iglesia Estado en Puebla, siglo XIX y XX, México, Benemérita Universidad

Autónoma de Puebla, Instituto de Ciencias Sociales y Humanidades

Connaughton, Brian (coord.) (2003), Poder y legitimidad en México en el siglo XIX:

instituciones y cultura política, México, Universidad Autónoma Metropolitana- Unidad

Iztapalapa/Ed. Porrúa/Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología

Page 29: Título: Secularización y nupcialidad en San Pedro ...somede.org/xireunion/ponencias/Demografia historica/196Dasha.pdf · Los eventos importantes de la vida de las personas,

Chaves, Mark (1993), “Intraorganizational Power and Internal Secularization in Protestant

Denominations”, American Journal of Sociology, Volume 99, Number 1 (July 1993): 1-48

Chaves, Mark (1994), “Secularization as Declining In Religious Authority”, Social Forces,

Vol. 72 Nº 3 March pp. 749-774

Dirección General del Registro Nacional de Población e Identificación Personal (1982), El

Registro Civil en México. Antecedentes histórico-legislativos, aspectos jurídicos y

doctrinarios, México, Secretaría de Gobernación

Dobbelaere, Karel (1981), “Secularization: A Multi-Dimensional Concept”, Current

Sociology, 29: 3-153

Dobbelaere, Karel (1985), “Secularization Theories and Sociological Paradigms: A

Reformulation of the Private-Public Dichotomy and the Problem of Societal Integration”,

Sociological Analysis, 46:377-387

Fenn, Richard K. (1969), “The Secularization of Values: An Analytical Framework for the

Study if Secularization,” Journal for the Scientific Study of Religion VIII, 1 (Spring 1969):

112-124 cit. en Karel Dobbelaere (1981), “Secularization: A Multi-Dimensional Concept”,

Current Sociology, 29: 3-153

García Peña, Ana Lidia (2006), El fracaso del amor: género e individualismo en el siglo

XIX mexicano, México, El Colegio de México, Centro de Estudios Históricos/Universidad

Autónoma del Estado de México

Gómez, Cristina (1998), “Mitra y sable se unen para sellar la independencia”, en Patricia

Galeana (comp.), Relaciones Estado-iglesia. Encuentros y desencuentros, México,

Secretaría de Gobernación, Archivo General de la Nación

Gonzalbo, Pilar (2007), “Viudas en la sociedad novohispana del siglo XVIII. Modelos y

realidades” en Pilar Gonzalbo y Mílada Bazant (coords.) Tradiciones y conflictos. Historias

de la vida cotidiana en México e Hispanoamérica, México, El Colegio de México Centro

de Estudios Históricos/El Colegio Mexiquense

Guerra, Francois-Xavier (1988), México: del antiguo régimen a la Revolución, México,

Fondo de Cultura Económico

Hernández, Ronaldo (2004), “Teoría de la Modernización y de la Dependencia en la

influencia de la decisión política”, en Derecho Económico Internacional, Costa Rica

Universidad de Costa Rica, Facultad de Derecho

Knowlton, Robert J. (1985), Los bienes del clero y la Reforma mexicana, 1856-1910,

México, Fondo de Cultura Económica

Luckmann, Thomas (1967), The invisible religion: the problem of religion in modern

society, New York, The Macmillan Company

Marramao, Giacomo (1989), Poder y secularización, España, Proveca, Barcelona, Ed.

Península

Martin, David (1978), A General Theory of Secularization, Oxford: Blackwell

Martin, David (1991), “The Secularization Issue: Prospect and Retrospect”, The British

Journal of Sociology, Vol. 42, No. 3. (Sep., 1991), pp. 465-474

Page 30: Título: Secularización y nupcialidad en San Pedro ...somede.org/xireunion/ponencias/Demografia historica/196Dasha.pdf · Los eventos importantes de la vida de las personas,

Martin, David (2005), On Secularization. Towards a Revised General Theory, England,

Ashgate Publishing Limited

Olimón, Manuel (1995), “Proyecto de Reforma de la Iglesia en México (1867-1875)” en

Álvaro Matute, Evelia Trejo y Brian Connaughton (coords.), Estado, Iglesia y sociedad en

México Siglo XIX, Ed. Porrúa

Puente, María Alicia (1995), “No es justo obedecer a los hombres antes que a Dios. Un

acercamiento a algunas realidades socioeclesiales y político-religiosas de México en el

tiempo del Concilio Vaticano I”, en Brian Connaughton y Andrés Lira González (coords.),

Las fuentes eclesiásticas para la historia social de México, Universidad Autónoma

Metropolitana-Unidad Iztapalapa/Instituto Mora

Secretaría de Gobernación (sf), El Registro Civil mexicano a través de la historia, México

Staples, Anne (1996), “La participación política del clero: Estado, Iglesia y Poder en el

México independiente” en Brian Connaughton y Andrés Lira González (coords.), Las

fuentes eclesiásticas para la historia social de México, México, Universidad Autónoma

Metropolitana-Unidad Iztapalapa/Instituto Mora

Staples, Anne et. al. (1989), El dominio de las minorías: república restaurada y porfiriato,

México, El Colegio de México, Centro de Estudios Históricos

Stark, Rodney (1999), “Secularization, R.I.P”, Sociology of Religion, 60 (3), 249-273

Stark, Rodney y Williams Sims Bainbridge (1985), The Future of Religion. Secularization,

Revival and Cult Formation, Berkeley y Los Angeles, California, University of California

, 36(1): 109-122

Yinger, J. Milton (1962), Sociology looks at religion, New York, Macmillan

Press

Swatos, W. y Kevin J. Christiano (1999), “Secularization Theory: The Course of a

Concept”, Sociology of Religion, fall,

Valeriano, Esteban (2006), Flujo y reflujo de la secularización. La revisión de un clásico

de la teoría sociológica, Documento presentado en el Instituto de Filosofía del Consejo

Superior de Investigaciones Científicas, México

Villaseñor, Guillermo (1978), Estado e Iglesia: el caso de la educación, Sociología

investigaciones, México, Ed. Edicol

Yamane, David (1997), “Secularization on trial: In Defense of Neosecularization

Paradigm”, Journal for the Scientific Study of Religion