Upload
miguel-angel-barrios-labbe
View
95
Download
2
Embed Size (px)
Citation preview
Decretos de la Segunda Acción del Tercer Concilio Limense de 1582-1583
El Tercer Concilio Limense es una compilación de los decretos emanados del santo
Concilio Provincial al que hace referencia su nombre, y que fue celebrado en la ciudad de
los Reyes del Perú (Lima) entre los años 1582 y 1583. Se trabaja en esta ocasión la
edición conmemorativa del IV Centenario de su celebración, publicado por la Facultad
Pontificia y Civil de Teología de Lima en 1982. Más precisamente, nos enfocaremos en
los decretos que se publican en la Segunda Acción contenida en este documento.
Dentro de la bibliografía que nos puede aproximar al estudio de la fuente podemos
encontrar:
- Tineo, Primitivo. Los Concilios Limenses en la Evangelización Latinoamericana.
Ediciones universidad de Navarra, S.A. Pamplona, 1990.
Este texto nos ofrece una visión histórica del proceso en que se llevaron a cabo los
concilios limenses hasta llegar al sínodo trabajado, a la luz tanto de procesos históricos
paralelos como el Concilio de Trento como otras fuentes de influencia en los mismos,
como las Instrucciones Reales y la Junta de 1568.
- Duve , Thomas. El concilio como instancia de autorización: La ordenación sacerdotal de
mestizos ante el Tercer Concilio Limense (1582/83) y la comunicación sobre Derecho
durante la monarquía española.
En esta obra podemos encontrar algunos lineamientos básicos en torno a conceptos
como el de concilio, la manera en que se entiende éste bajo los principios del derecho
canónico y algunas implicancias que tuvo el sínodo trabajado en este informe.
- López Sarrelangue, Delfina E. Mestizaje y catolicismo en la Nueva España. El Colegio de
México, Centro de Estudios Históricos. 2012
Este artículo nos acerca a una visión general sobre las posturas que adoptó la Iglesia ante
su misión evangelizadora en medio de los desafíos del Nuevo Mundo, incluyendo algunos
lineamientos sobre la condición de los indígenas en el encuentro con la cultura cristiana,
elementos presentes en el documento trabajado.
- Lisi, Francesco Leonardo. El Tercer Concilio Limense y la Aculturación de los Indígenas
Sudamericanos . Salamanca, Ediciones Universidad de Salamanca, 1990.
Este texto explica que la inclusión de las culturas americanas a las esferas de poder
europeo fue producto de una aniquilación sistemática y planificada de la autoconciencia
indígena. El Concilio y la Acción que se estudian representan parte de aquella
planificación, desde el punto de vista del carácter institucional que adquieren las
decisiones tomadas en él y el impacto que estas tienen a nivel lingüístico-cultural.
- Todorov, Tzvetan, La Conquista de América: el problema del otro. Buenos Aires,
Editorial Siglo Veintiuno, 2003.
La aparición de las nuevas gentes al otro lado del Océano Atlántico se presentó como una
oportunidad de continuar expandiendo lo que los españoles consideraron como la legítima
dominación cristiana frente al dominio del mundo infiel, lo que en palabras de Todorov
podríamos clasificar como un asimilacionalismo, fenómeno que implica proyectar los
valores propios en las conductas de otros, y que se puede identificar en el documento
trabajado en el hecho de que impusieran, entre otras dimensiones culturales, su religión.
En tanto fuente histórica, la Segunda Acción del Tercer Concilio Limense tiene una
naturaleza jurídico-canónica en la medida que es un cuerpo de decretos emanados de
una asamblea legitimada por el rey Felipe II, quien ordenó su celebración en virtud de los
privilegios del Real Patronato de Indias concedido por los Papas a los Reyes Católicos de
España.
Entre las circunstancias que rodean la producción de este documento tenemos que en
Italia se había celebrando el Concilio de Trento desde 1545 hasta 1563, lo que implicó un
conjunto de reformas tanto de doctrina como de organización eclesiástica, con un carácter
ecuménico, lo que implica que irradia su autoridad sobre todos los cuerpos legales de las
iglesias católicas. Es así como el los decretos de la Segunda Acción se cuadran con este
antecedente, constituyendo un intento de adaptar al Nuevo Mundo la disciplina del gran
concilio ecuménico en el contexto de un concilio provincial, en este caso, para el virreinato
del Perú. Es necesario destacar que anteriormente se habían celebrado otros dos
concilios provinciales Limenses, los que también entraban en esta lógica, y que fueron
reconocidos por esta tercera asamblea.
Fue redactada en Lima, y en tanto se trata de documentos eclesiásticos oficiales era de
rigor publicarlos en lengua latina, aunque la versión trabajada se encuentra traducida al
castellano. Pertenece al Tercer Concilio Limense, recopilación que además contiene
cuatro Acciones más.
En cuanto al autor podemos mencionar que si bien el Concilio fue convocado por el
arzobispo Toribio de Mogrovejo, los capítulos y acciones emanadas en el documento
fueron el resultado de asambleas en las que participaron personas de diferentes lugares
del virreinato y de diferentes categorías, pues participaron incluso laicos. Natural de
Valladolid, Toribio de Mogrovejo fue el segundo arzobispo de Lima, nombrado como tal en
1579 por Gregorio XIII.
La intencionalidad del texto es la de dar una nueva organización a la Iglesia en su ámbito
particular de acción, además de reorientar la doctrina a la luz de las reformas tridentinas
que las irradiaban con su influencia, pero siempre adecuando sus disposiciones a su
contexto particular, el que se caracterizaba por una gran diversidad cultural y geográfica.
Además, iba dirigido tanto a españoles (clérigos y laicos) como a los mestizos e indígenas
recientemente convertidos, con la idea de que al adecuar el carácter de las misiones a
sus realidades culturales, el proceso de aceptación de la nueva fe sería menos violento,
resguardando además a estos últimos de los abusos por parte de los peninsulares. En
esta senda, presenta sesgos en cuanto a que no participan en la constitución del
documento una parte de los destinatarios, en este caso, los indígenas, por lo que sólo una
visión es plasmada en los capítulos que finalmente imponen su autoridad sobre toda la
población cristiana americana.
Éste sínodo se realiza en Perú entre los años 1582 y 1583, marcando lo que Francesco
Lisi reconoce como el fin de la Conquista e inicio de la hegemonía europea, debido a que
la naturaleza de este encuentro implica que tiene fuerza de ley para toda la cristiandad de
la provincia que le corresponde. Fue organizado por el arzobispo metropolitano Toribio de
Mogrovejo y sus participantes venían de lugares como Santiago de Chile, la Plata,
Tucumán y Quito. Uno de los primeros actos que se dan en el Concilio es el de reconocer
el Concilio Provincial celebrado en 1567 en la ciudad de los Reyes, anterior al mismo, y
con ello, un cúmulo de experiencias como base para partir.
Cada reunión que se realizó se llamó “acción”, y a cada acuerdo, “capítulo”. La primera
acción en verdad corresponde a la “Relación”, un documento donde se explican las
justificaciones al Concilio y es de carácter histórico en cuanto da a conocer otras
instancias similares y anteriores al sínodo en cuestión. En la Segunda Acción del Concilio
encontramos decretos sobre doctrina y sacramento, muchos de ellos enfocados a la
lengua de la evangelización
El tema principal de la Segunda Acción es el problema de la evangelización de los
indígenas, además de las demás personas que necesitaban atención pastoral en
América. Los primeros decretos recogen los temas esenciales de la doctrina y del
Catecismo a enseñar, además de las obligaciones pastorales de los doctrineros y las
cualidades que estos deben tener, prestando especial atención a la situación en
desventaja de los indígenas con respecto a los españoles.
Con respecto a la ordenación de sacerdotes, se consideró que los indígenas no fueran
ordenados sacerdotes en virtud de su condición de neófitos, o sea, recién convertidos al
cristianismo desde su primera condición de gentiles, o sea, paganos que no tenían
conocimiento anterior de la fe cristiana. En virtud de esta condición, se les veía como
menores de edad, por lo que se justificaban algunas de sus incursiones en faltas o
pecados, pero por lo mismo no se les permitía ejercer el sacerdocio.
Estas disposiciones tienen un sentido más bien práctico que radicalmente jurídico, pues
fueron pensadas para solucionar conflictos localizados y resistencias culturales propias de
la población objetivo (por ejemplo, que no se haga misa en casas particulares y que se dé
a los indios la extremaunción).
En otra senda, se toca muy a menudo en sus capítulos el problema de la lengua en la
que se debía evangelizar. Así, vemos que manda a que, por ejemplo, los indios aprendan
en su propia lengua las oraciones y doctrina y que los misioneros y clérigos en general
aprendan las mismas, para temas prácticos, como los de entender enteramente las
confesiones de la gente ruda, concepto con el cual se refieren en el contexto histórico del
documento a los indígenas en proceso de cristianización, a la gente bárbara y aún no
civilizada bajo los principios católicos.
A modo de proyección, una primera línea de estudios sugerida sería el investigar en torno
a las formas de organización eclesiásticas durante la época en que fue concebida la
fuente. Entendiendo que forma parte de los primeros pasos en la evangelización de
América, resulta ser significativo su estudio en la medida de que la evangelización es uno
de los pilares fundamentales a la hora de entender la Conquista, por lo que apreciar los
procesos en que se configuraron en la nueva realidad americana nos puede resultar de
gran utilidad, sobre todo a la hora de comparar cómo han ido cambiando a lo largo del
tiempo, lo que nos da luces sobre cómo entendieron y asumieron los desafíos culturales y
geográficos quienes estuvieron a cargo de sistematizar esta tarea.
Una segunda aproximación que podemos proponer dice relación con el estudio de la
manera en que se trabaja el problema del uso de las lenguas nativas en el proceso de
evangelización. En este sentido, la fuente consultada nos ofrece un gran abanico de
expresiones en las que podemos apreciar una profunda conciencia de la diversidad por
parte de los concurrentes al sínodo, ya que sus conclusiones apuntan hacia una
estrategia de dominación no sólo espiritual, sino que también cultural. Al centrarnos en
cómo la lengua se utiliza como una herramienta de dominación, podemos ver que el
mundo indígena fue desde un comienzo trastocado desde las bases mismas de su
cultura, pues es a través de la lengua que los pueblos conceptualizan y entienden su
entorno. Parece significativo el estudio de estas estrategias, pues la imposición nuevas
ideas desde esta forma de transmisión cultural inició un proceso de transformación
histórica de las formas culturales que hasta entonces había conocido el Nuevo Mundo.
Pontificia Universidad Católica de Valparaíso
Facultad de Filosofía y Educación
Instituto de Historia
Trabajo sobre Fuentes:
Segunda Acción del Tercer Concilio
Limense, 1582-1583
Nombre: Miguel Ángel Barrios Labbé
Cátedra: América Colonial
Profesora: María Ximena Urbina
Ayudante: Carmen Channing