Upload
luis-miguel-rangel-castillo
View
213
Download
1
Embed Size (px)
DESCRIPTION
trabajo de investigacion
Citation preview
Teoría del Levantamiento del Velo Corporativo
Velo Corporativo: Uno de los propósitos de una corporación es la de separar a una
persona de la responsabilidad legal de una empresa. El velo corporativo garantiza que
una empresa es una entidad legal separada de sus directores y accionistas, protegiendo
así los bienes personales de los propietarios e inversores de las demandas.
El velo corporativo es el ocultamiento de graves irregularidades y es el abuso de la
persona jurídica, por eso se dice que existe un velo que separa las obligaciones de la
Sociedad Anónima como una entidad jurídica abstracta, de los derechos y obligaciones
de los accionistas en relación a sus patrimonios personales.
En nuestros país el sistema legal con respecto a “el velo corporativo” establece una
separación firme de entre los patrimonios de la sociedad anónima y los de sus
accionistas, este hecho origina en algunas ocasiones que se den abusos de sociedades
anónimas deudoras pero sin activos, frente a terceros acreedores, al no poder estos
últimos recuperar sus créditos ejercitando acciones en contra de accionistas en lo
personal.
El velo es la doctrina que hace responsables a los socios.
Función: Una vez que una empresa se hace corporación, se convierte en su propia
persona jurídica, por lo tanto es una persona jurídica, distinta y separada de las personas
que la forman, son dueñas o invierten en ella. Entonces conserva sus derechos y
responsabilidades como si fuera un dueño o se encarga de la realización de contratos, y
puede demandar o ser demandada únicamente en nombre propio.
Consideración: El levantamiento del velo corporativo es uno de los temas más
contenciosos en derecho de los negocios. También es uno de los más controvertidos.
Los tribunales aún tienen que proporcionar una definición exhaustiva de qué significa
ser corporativo y las circunstancias concretas en las que se puede levantar el velo. Para
protegerse a sí mismos completamente, los accionistas deben estar al tanto de la
situación financiera de la empresa, así como ser capaces de comprobar que la empresa
tiene un objetivo legal.
La teoría del levantamiento del velo societario es una invención del derecho
anglo-América que surge como solución judicial a los fraudes que son cometidos por
algunas personas jurídicas. Tiene carácter excepcional y residual. Solo apera cuando no
haya otra forma de proteger a los acreedores.
De Angel Yaguez (2.012), define el levantamiento del velo corporativo como
“Aquella actuación encaminada a prescindir de la forma externa de la persona jurídica
y, a partir de ahí penetrar en la interioridad de la misma, levantando su velo y así
examinar los reales intereses que existen o laten en su interior”.
Esta teoría consiste, en palabras de Reyes Villamizar (2013): “en desconocer el
sistema de limitación de responsabilidad de los asociados, esto es, en permitir una
intercomunicación patrimonial entre alguno o algunos de los accionistas (por lo general,
quienes detentan control) y la compañía” (p.146).
No es idónea la aplicación de la teoría para anular o destruir la sociedad, como
negocio jurídico, que es lo que se pretende con otros mecanismos de protección a
terceros previstos por el sistema jurídico, como la acción pauliana y la nulidad.
Lo que se pretende con la aplicación de la teoría del levantamiento del velo
corporativo es que, si la estructura formal de la persona jurídica se utiliza de una manera
abusiva o fraudulenta, el juez pueda desestimarla, con el fin de que no prospere el
resultado contrario a derecho que con ella se persigue.
Por tanto, la sanción directa que deriva del levantamiento del velo se concreta en
quebrar el efecto buscado por los socios con la incorporación de la persona jurídica,
cual es el de separar sus patrimonios del de ésta, tratándose de sociedades, o del
patrimonio de afectación, en caso de empresas unipersonales, o de patrimonios
autónomos, en actividades fiduciarias.
La también llamada doctrina de la desestimación, ha servido de fundamento para
que los órganos jurisdiccionales decidieran, en determinados casos, que había
ocultación indebida de la responsabilidad personal tras el velo corporativo o forma
societaria utilizada en perjuicio de terceros. Mediante esta doctrina se penetra a través
de la autonomía patrimonial de la sociedad mercantil y se alcanza el substrato personal
que se encuentra oculto tras la forma societaria. Como instrumento de evitar abusos,
debe utilizarse cautelosamente en los casos necesarios y sin pretender la disolución de la
persona jurídica cuyo velo ha sido levantado.
El velo corporativo como principio de derecho societario, genera que no haya
relación entre las deudas sociales del ente societario y el patrimonio personal de los
socios, no obstante y como lo señalamos anteriormente, dicha premisa no es absoluta,
porque en la legislación nacional previéndose la necesidad de regular excepciones a la
regla de la limitación de responsabilidad con el fin de evitar el fraude a la ley o de
sancionar la comisión de ilícitos por parte de quienes pretenden protegerse en dicho
efecto, se han previsto casos en que puede operar el levantamiento del velo corporativo.
¿Cuál es la situación en Venezuela?
En Venezuela se ha generado una discusión sobre si es o no posible aplicar la
teoría en cualquier tipo de sociedad que fraudulentamente haya utilizado la
personificación jurídica para defraudar a terceros, a pesar de no haber sido incorporada
en la parte general de libro de las sociedades comerciales.
Esta discusión dio lugar a dos posturas en la doctrina especializada: una primera
corriente considera que la aplicación de esta teoría no tiene cabida en el ordenamiento
jurídico colombiano, en tanto hay un vacío que no puede ser llenado por vía de
analogía, debido al carácter sancionatorio de la teoría. Por el contrario, la otra corriente
admite la aplicación del levantamiento del velo corporativo en el derecho venezolano,
pues considera que es un simple desarrollo del principio general del abuso del derecho y
que por tanto, no existe un vacío legal.
RESUMEN
El levantamiento del velo corporativo es una acción legal que ejecuta el Estado
contra una persona jurídica que ha incumplido normas de derecho en ejercicio del
control difuso de la constitucionalidad. El velo corporativo solo puede ser aplicado por
un texto legal expreso que faculta a los entes gubernamentales a imponerse ante la
autonomía de las sociedades mercantiles. Sin embargo, para desconocer la persona
jurídica, es necesario que quede comprobado un hecho fraudulento bien sea contra el
Estado o contra un particular, por lo que se puede actuar de oficio o por parte interesada,
según sea el caso, pero para ello se debe aperturar un proceso con el fin de garantizar los
preceptos constitucionales, principalmente los referidos al derecho a la defensa, el
debido proceso y la presunción de inocencia; de comprobarse el acto de simulación, se
procederá a dictarse y ejecutarse una sentencia condenatoria contra la sociedad
mercantil en cuestión. El efecto del levantamiento del velo corporativo viene dado por
la decisión judicial que impone la obligación de responder por las deudas de la
organización, al accionista, quedando fuera de orden la responsabilidad limitada de los
socios y que forma parte de las características principales de la constitución de una
sociedad.
REFERENCIAS BIBLIOGRAFICAS
Definición de Velo Corporativo, (en línea), Consultada el 23 de marzo de 2.015,
disponible en: http://durneska.blogspot.com/2006/08/el-velo-corporativo-de-las-
sociedades.html
Definición y Consideración acerca del Velo Corporativo, (en línea), Consultada el 23
de marzo de 2.015, disponible en: http://www.ehowenespanol.com/velo-corporativo-
sobre_175036/
Yaguez, A. (2.012), Definición del Levantamiento del Velo Corporativo, (en línea),
Consultada el 23 de marzo de 2.015, disponible en:
http://www.derechoycambiosocial.com/revista032/Teor
%C3%ADa_del_levantamiento_del_velo_societario.pdf
Villamizar, R. (2.013), En que consiste la Teoría del Levantamiento del Velo
Corporativo, (en línea), Consultada el 23 de marzo de 2.015, disponible en:
http://www.larepublica.co/asuntos-legales/la-teor%C3%ADa-del-levantamiento-de-
velo-corporativo_67246
La Teoria del Levantamiento del Velo Corporativo como principio societario, (en
línea), Consultada el 23 de marzo de 2.015, disponible en:
http://www.elfinancierocr.com/blogs/tribuna_fiscal/Debe-existir-levantamiento-fiscal-
corporativo_7_141655868.html
Situación en Venezuela, (en línea), Consultada el 23 de marzo de 2.015, disponible en:
http://crearempresavzla.blogspot.com/2014/03/levantamiento-del-velo-corporativo.html
Defición del Velo Corporativo, (en línea), Consultada el 23 de marzo de 2.015,
disponible en: http://www.enciclopedia-juridica.biz14.com/d/levantamiento-de-velo/
levantamiento-de-velo.htm
Aplicación del Levantamiento del Velo Corporativo, (en línea), Consultada el 23 de
marzo de 2.015, disponible en: http://www.jurisprudencialaboral.com/blog/cuando-
aplica-el-levantamiento-del-velo-corporativo/