Upload
lykhue
View
232
Download
0
Embed Size (px)
Citation preview
Es, por sobre todas las cosas, nuestra
simple, lógica y persuasiva historia acerca de lo que ocurrió, es decir,
UN PUNTO DE VISTA
NUESTRO punto de vista es NUESTRA teoría del caso
CONCEPTO
Conjunto de actividades estratégicas que debe desarrollar un litigante frente a un caso, que le permitirán determinar la versión de hechos que sostendrá ́ ante el tribunal, y la manera más eficiente y eficaz de presentar persuasivamente, las argumentaciones y evidencias que la acrediten en un hipotético o real juicio oral.
Entonces tengo una teoría del
caso
3. ¿Tengo
pruebas
para
acreditarlo?
2. ¿Se
subsume
en un tipo
penal?
1. ¿Tengo
un relato
de hecho?
Teoría
del Caso
HECHOS
(proposiciones fácticas)
afirmaciones de hecho
que tienden a satisfacer
un elemento legal
DERECHO
(teoría jurídica)
son elementos legales
complejos, generales y
abstractos
PRUEBA
evidencia demostrativa
de las proposiciones
fácticas
¿Qué no sucedió?
¿Cómo lo podemos comprobar?
¿Habrá alguna conclusión que se pueda sacar frente a una
falta de prueba?
9
Distinguir entre hechos controvertibles e incontrovertibles para generar una historia (versión) basada en los hechos incontrovertibles.
10
Distinguir entre hechos controvertibles e incontrovertibles para desacreditar una historia basada en hechos controvertibles.
11
HERRAMIENTA: SUPERPOSICIÓN
• Superponer a una proposición fáctica otra interpretación al menos igualmente razonable y creíble de los hechos para evaluar su fortaleza o debilidad.
Positiva
Encerrona
Identificación equivocada
No hubo delito
Coartada
Negativa
Falta de prueba
Investigación realizada de manera inepta
TEORÍA JURIDICA
PROPOSICIONES
Elemento subjetivo (ej. movimiento reflejo)
Forcejeo produce el disparo de manera accidental
Antijuridicidad (ej. Legítima defensa)
Se defiende de una agresión en progreso, actual y peligrosa
CARGA DE LA PRUEBA MEDIOS DE PRUEBA NO CONVINCENTES
LA TEORÍA DEL CASO DE LA CONTRAPARTE
Pensar la prueba desde los posibles cuestionamientos que la contraparte podría realizar y diferenciar entre medios de pruebe “fuerte” de “débil”
21
Evaluado el caso completo, tomamos la decisión:
• ¿Vamos a juicio?
• ¿Pedimos o no una medida cautelar?
• ¿Buscamos una salida alternativa?
• ¿Descartamos el caso?
22
24
PROGRAMA EN MÉXICO DE APOYO PARA LAS FACULTADES DE DERECHO Y COLEGIOS
DE ABOGADOS.
ABA ROLI México Iniciativa Para el Estado de Derecho
del American Bar Association (Colegio de Abogados de EE.UU.)
Hamburgo 206 – 502
Col. Juárez, México D.F. C.P. 06600 Tel y Fax.: (55) 5207-2561
www.abaroli.mx
Alonso González Villalobos [email protected] María José Peláez Barrera [email protected] Paulina Aguilar Cervantes [email protected]