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Tema 11 “Organización política y espacio geográfico” 1.1 Estado y nación En este tema vamos a dejar un poco de lado la Historia y nos vamos a centrar en la Geografía Política. Esta rama de la Geografía estudia cómo se organiza la sociedad en un espacio determinado, especialmente a partir del Estado, forma básica de estructuración de un territorio. Para empezar, vamos a recordar la diferencia entre Estado y nación, que ya hemos visto en temas anteriores. Un Estado es una entidad política y administrativa, delimitado por unas fronteras (naturales o artificiales) y con unas instituciones y unas leyes que rigen la vida de los ciudadanos. Su origen está en las ciudades-Estado de Mesopotamia (actual Iraq) en el III Milenio a. C., y desde entonces se han ido haciendo más complejos hasta el día de hoy. Mientras tanto, una nación (término que empieza a utilizarse en la Revolución

Tema 11 “Organización política y espacio geográfico” · planeta quedaron integrados en Estados independientes bajo la autoridad de un Gobierno. De este modo, si a principios

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Tema 11 “Organización política y espacio geográfico”

1.1 Estado y nación

En este tema vamos a dejar un poco de lado la Historia y nos vamos a centrar en la

Geografía Política. Esta rama de la Geografía estudia cómo se organiza la sociedad en un

espacio determinado, especialmente a partir del Estado, forma básica de estructuración

de un territorio.

Para empezar, vamos a recordar la

diferencia entre Estado y nación, que ya

hemos visto en temas anteriores. Un

Estado es una entidad política y

administrativa, delimitado por unas

fronteras (naturales o artificiales) y con

unas instituciones y unas leyes que rigen la

vida de los ciudadanos. Su origen está en

las ciudades-Estado de Mesopotamia

(actual Iraq) en el III Milenio a. C., y

desde entonces se han ido haciendo más

complejos hasta el día de hoy.

Mientras tanto, una nación (término que

empieza a utilizarse en la Revolución

Francesa) es una comunidad de personas con un origen histórico común, unas costumbres,

una cultura y un idioma que ha creado en ella una conciencia de pertenencia a esa

comunidad.

En la mayoría de los casos las naciones se han

desarrollado entre habitantes de un mismo Estado y,

por ello se tiende a identificar la nación con el

Estado (por ejemplo Francia), pero no siempre es así.

En ocasiones la nación es mayor que el Estado y

ciudadanos de varios países se sienten a la vez

miembros de una misma nación (¿recuerdas la

invasión de los Sudetes en Checoslovaquia por Hitler?

Pues la población se consideraba perteneciente a la

nación alemana), y en otros casos existen Estados

multinacionales en los que conviven varias

nacionalidades (Reino Unido, ¿España?). Y, por último, también existen naciones que no

poseen un territorio reconocido ni como Estado ni como región (p. ej. los kurdos, nación

repartida entre los Estados de Siria, Irak, Turquía e Irán).

1.2 Estados actuales y fronteras

En la segunda mitad del S. XX, tras el proceso de descolonización, todos los territorios del

planeta quedaron integrados en Estados independientes bajo la autoridad de un Gobierno.

De este modo, si a principios del S. XX había menos de cincuenta Estados en el planeta (la

mayoría en Europa), actualmente el mundo está dividido en unos doscientos países, cada uno

con su nombre, organización y símbolos característicos. La Antártida es el único continente

que no está dividido en Estados, aunque diversos países reclaman su soberanía

argumentando razones de proximidad o históricas.

Los Estados están delimitados por unas fronteras que los diferencian de los demás. Las

fronteras, ya sean terrestres, aéreas o marítimas, son convenciones artificiales que se

establecen por motivos históricos o políticos. Suelen basarse en elementos naturales como

cordilleras o ríos, en elementos geográficos (paralelos o meridianos) o en disposiciones

arbitrarias, como las fronteras septentrionales de los países del Magreb (Marruecos,

Argelia, Túnez,…). Como la mayor parte de las fronteras (especialmente en países

descolonizados) se han establecido en la segunda mitad del S. XX no son definitivas y son

motivo de discusión y en ocasiones de enfrentamiento entre los Estados.

Las fronteras europeas, las más antiguas y en principio estables, tuvieron sus últimas

modificaciones en 1990 con la reunificación de las dos Alemanias y en 1991 con la

desintegración del bloque

soviético y el nacimiento de

nuevos Estados como

Bielorrusia, Estonia, Letonia,

Lituania, etc. Tampoco

podemos olvidar la guerra de

los Balcanes entre 1992 y

1995, que supuso la

fragmentación de Yugoslavia

en diversos Estados, el último

de ellos Kosovo en 2008 (no

reconocido por todos los

países).

El actual mapa de América se configuró durante el S. XIX, iniciándose con la

independencia de las trece colonias británicas, continuando con la independencia de las

colonias españolas (1808-1824) y concluyendo en 1898 con la independencia de Cuba y

Puerto Rico, aunque Canadá perteneció al Imperio Británico hasta 1982.

En África y Asia, cuna de las primeras civilizaciones, el mapa político no se formó hasta la

segunda mitad del S. XX, con el proceso de descolonización. Sus fronteras, en muchos

casos, se trazaron siguiendo decisiones arbitrarias sin tener en cuenta tribus y áreas

culturales, lo que ha provocado y provoca grandes problemas que en ocasiones han derivado

en guerras civiles y enfrentamientos étnicos.

1.3 Características de los Estados

Cada Estado tiene unos símbolos que lo identifican (himno, bandera, idioma, personajes

históricos,…). Entre las funciones del Estado destacan tres:

-Establecer acuerdos con otros países tanto políticos como económicos, comerciales e

incluso de modificación de fronteras.

- Organizar el gobierno y determinar los derechos y deberes que tienen los ciudadanos.

- Proporcionar servicios a la población, como seguridad, educación, infraestructuras o

sanidad. Este ámbito es el que permite hablar del “Estado de Bienestar” que ofrecen los

países ricos frente a los deficientes o inexistentes servicios que ofrecen los más pobres,

en los que la población carece de protección social. Pero también dentro de los

considerados países ricos existen importantes diferencias. Hay países, como los europeos,

que exigen impuestos a la población y gestionan los recursos con eficiencia para ofrecer a

los ciudadanos servicios públicos, frente a otros que recaudan menos impuestos pero

también ofrecen menos servicios públicos, lo que genera grandes desigualdades y

numerosas bolsas de pobreza (Estados Unidos).

Para poder llevar a cabo estas

funciones el poder del Estado se divide

en tres ámbitos independientes:

- Poder legislativo: elabora o dicta las

leyes de obligado cumplimiento para

todas las personas que habiten dentro

de las fronteras de ese Estado. Este poder lo ejercen las Cortes o Parlamentos, elegidos

por el pueblo.

- Poder ejecutivo: aplica las leyes y gobierna; dirige la política interior con el fin de

satisfacer los intereses y las necesidades comunes; dirige la política exterior y las

relaciones internacionales; controla el orden interno y defiende el territorio de las posibles

agresiones. Es ejercido por el Gobierno de cada Estado.

- Poder judicial: juzga y asegura el cumplimiento de las leyes, a la vez que resuelve las

posibles controversias que surjan en su aplicación o interpretación. Este poder reside en

los tribunales de justicia y en los jueces.

1.4 Formas de Estado y formas de Gobierno

Hablamos de formas de Estado cuando nos referimos a los modelos de Estado que surgen a

partir de la relación establecida entre sus tres elementos constitutivos: el territorio, la

población y el poder. En función del territorio diferenciamos entre Estados unitarios y

descentralizados, que a su vez se subdivide en regionales y federales.

- Estado unitario. Es aquel en donde existe un solo centro de poder político que controla el

territorio mediante sus agentes y autoridades locales, delegadas de ese mismo poder

central. Cuenta con un solo poder legislativo, un poder judicial, un solo poder ejecutivo y

una sola constitución política. Estos Estados unitarios pueden estar organizados en

regiones que no tienen poderes autónomos (p. ej. Francia y sus departamentos).

- Estados descentralizados. Son aquellos que han ido otorgando autonomía a sus regiones

administrativas, autonomía que varía según el Estado y la época. Diferenciamos entre

Estados regionales, en los que el gobierno central ha cedido algunos derechos y

competencias a sus áreas administrativas (Comunidades Autónomas en España), y Estados

federales, en los que las regiones federadas son independientes en un amplio marco de

competencias, aunque el Gobierno Federal tiene podres en política exterior, seguridad o

impuestos, por ejemplo (Estados Unidos y sus 50 Estados).

Hablamos de formas de Gobierno al hacer referencia al modelo de organización del poder

del Estado en función de la relación que existe entre los distintos poderes que lo forman:

- Según la Jefatura del Estado encontramos varias tipos. Aunque en el S. XIX en la mayoría

de los países del mundo se reconoce la soberanía nacional como la base del poder del

Estado, la forma en que este poder queda representado permite establecer tres tipos:

• Monarquía: el máximo representante del Estado es un rey o una reina, que posee el cargo

por derecho de nacimiento y que transmite a sus hijos. Es la forma de Estado más antigua y

hasta el S. XVIII la más frecuente. Antiguamente las monarquías eran autoritarias o

absolutistas, es decir, el monarca era el soberano acumulaba

todo el poder para gobernar y hacer las leyes. En Europa, tras

la Revolución Francesa, las monarquías fueron evolucionando

hasta convertirse en las actuales monarquías parlamentarias o

constitucionales en las que el monarca tiene limitado su papel a

representante y símbolo del Estado, sin capacidad para

gobernar.

• República: el Jefe del Estado es un presidente/a que llega al cargo por elección popular y

lo ostenta de manera temporal. Su papel político varía de unas repúblicas a otras. En

algunas tiene una labor representativa y no ejerce funciones de gobierno (semi-

presidencialista y parlamentarias), mientras que en otras, las denominadas “repúblicas

presidencialistas” (Donald Trump en

EEUU), el presidente desempeña un

papel activo en la política del país. La

Republica (res publica) o gobierno del

pueblo se instauró por primera vez en la

antigua Roma, donde pervivió durante

casi quinientos años. Pero las repúblicas

actuales son fruto de la Revolución

Francesa.

• Dictadura: El poder se concentra en torno a un individuo, el dictador, que normalmente se

hace con el poder con un golpe de Estado. Suele identificarse con una ideología que

mantienen en vigor durante todo su mandato. Puede contar o no con una Constitución pero

no existe separación de poderes y

los derechos (libertad de

asociación, pensamiento, prensa,

etc.) de los individuos se ven

seriamente vulnerados. Dentro de

las dictaduras clásicas destacan

Mussolini, Hitler, Franco, Stalin,

Mao Zedong… y en las actuales, han

sido frecuentes en América Latina (cuidado, no confundir con regímenes teóricamente

democráticos pero con derivas autoritarias, como Venezuela) y Estados de África y Asia (p.

ej. Corea del Norte, Guinea Ecuatorial).

♦ Según los regímenes políticos o de gobierno, es decir, a la forma en que emana el poder

del que gobierna el Estado, distinguimos una gran variedad, se pueden reducir a dos tipos:

• Democráticos: aquellos en los que el poder político lo tienen los ciudadanos y lo

ejercen, a través de votaciones, para elegir a sus representantes. Aquí se incluyen

las monarquías parlamentarias y constitucionales y las repúblicas (parlamentarias,

presidencialistas y semipresidencialistas).

• No democráticos o autoritarios: aquellos en los que el poder político está en manos

de una minoría, ya sea militar, religiosa o étnica, que excluye de la política a la mayor

parte de la población. Por lo general no existe un Estado de Derecho que garantice

las libertades individuales, ni tampoco una división de poderes, ya que suelen recaer

en una única persona. Aquí se incluyen las monarquías absolutas, las dictaduras, las

teocracias y los gobiernos de un solo partido.

Estas clasificaciones no son excluyentes, sino que se complementan, de modo que una

república puede ser democrática (Estados Unidos o Sudáfrica) o no democrática (China o

Corea del Norte); una democracia republicana puede ser parlamentaria (Alemania o India) o

presidencialista (Francia o Argentina); y una monarquía puede ser democrática y

parlamentaria (España, Reino Unido o Japón), no democrática (Arabia Saudí) o situarse en

posiciones intermedia (Marruecos).

Existen otros criterios que permiten clasificar los Estados y que van más allá de la propia

relación entre los distintos poderes y de otros elementos constituyentes del Estado. Así:

- Según la intervención del Estado, es decir, la forma en que el Estado actúa en cuestiones

sociales y económicas encontramos Estados liberales o sociales. Mientras que los Estados

liberales apenas intervienen en la economía, dejando en manos privadas la mayoría de las

cuestiones para favorecer un mayor desarrollo económico y social, los sociales defienden

una intervención activa en aspectos sociales y económicos para garantizar la igualdad entre

los ciudadanos. En ambos casos se mantienen las funciones tradicionales de defensa, orden

y estabilidad del Estado y relaciones internacionales.

- Según la relación entre poder político y poder religioso, encontramos varias

denominaciones. Hablamos de Estado laico cuando se hace referencia a una separación total

entre Iglesia y Estado (Francia); Estado confesional, cuando el Estado defiende una

religión oficial y tiene tolerancia religiosa hacia otras confesiones (Reino Unido); Estado

aconfesional, donde no hay religión oficial aunque se defiende la mayoritaria (España).

Puede darse el caso que las autoridades religiosas controlen el poder político llegando a una

teocracia, en la que la religión llega incluso a influir en las leyes del Estado (Irán).

1.5 Los Estados democráticos

La democracia es el sistema político en el que los ciudadanos ejercen la soberanía, es decir,

tienen la capacidad de tomar las decisiones que afectan a su gobierno. Esta capacidad se

ejerce a través del voto en unas elecciones para elegir a los representantes, que serán

quienes gobiernen durante un periodo de tiempo limitado por unas nuevas elecciones.

Como sistema político la democracia nació en el

S. V a. de C. en Grecia, pero las democracias

actuales tienen pocos elementos en común con

aquella. En la antigua Grecia los gobernantes se

elegían de manera directa y el voto estaba

restringido a los varones libres. Las democracias

modernas empezaron su andadura a finales del

S. XVIII y han tenido que evolucionar mucho

hasta garantizar la participación de todos, ya

que empezaron siendo restringidas a un

determinado número de hombres (sufragio

censitario).

El final de la Guerra Fría y la desintegración del antiguo bloque soviético dio paso a una

gran expansión de los sistemas democráticos, pero no todos ellos son autenticas

democracias. Existen numerosos países en los que su sistema de gobierno tiene forma de

democracia pero en realidad no lo es porque las elecciones se producen sólo entre

candidatos de un mismo partido, el recuento de los votos es fraudulento o no se permite a

toda la población ejercer su derecho al voto. Tampoco se consideran democráticos los

países en los que no hay una completa garantía de la separación de poderes.

Para que en la actualidad se reconozca a un sistema como democrático debe cumplir al

menos tres requisitos fundamentales:

- Que haya división de poderes, es decir, que el poder este repartido en varias

instituciones. Esta división garantiza que ninguna persona o institución pueda ejercer todo

el poder. Las leyes las elaboran los Parlamentos que poseen el poder legislativo, las aplica el

poder ejecutivo que recae en el gobierno y las juzga el poder judicial.

- Que prevalezca el Estado de Derecho, es decir, que exista una ley suprema o Constitución

que garantice los derechos fundamentales de las personas. La Constitución establece,

además, un sistema legal de obligado cumplimiento para todos los ciudadanos del Estado.

- Que exista el sufragio universal, es decir, que todos los hombres y mujeres mayores de

edad pueden participar en la elección de los representantes públicos. Estas elecciones

deben ser libres, plurales en opciones y con garantías de limpieza en los resultados.

1.6 Las relaciones internacionales y los organismos supranacionales

Desde siempre las comunidades humanas han mantenido contacto con sus vecinos y para

evitar vivir en una situación de guerra o de incidentes constantes, los Estados han

intentado regularizar estas relaciones. Desde la Antigüedad los Estados han firmado

tratados y alianzas, pero a partir del S. XV se empezó a establecer una red diplomática con

embajadores permanentes que se mantiene hasta la actualidad. A su vez, si recuerdas

temas pasados, ya desde la Restauración y la Santa Alianza (1815) los Estados han ido

creando alianzas supranacionales cada vez más complicadas que, en teoría, les permiten

ser más fuertes.

De este modo, esas alianzas

entre Estados cada vez van a ser

mayores (¿recuerdas la Sociedad

de Naciones y su heredera la

ONU desde 1945?), y se

establecen multitud de vínculos

políticos, económicos, culturales,

etc.

Uno de los principales avances

en este tipo de relaciones es el desarrollo del Derecho internacional humanitario, que se

plasmó por primera vez en las convenciones de Ginebra (1864-1949). En ellas se estableció

como debe ser el comportamiento de los ejércitos en caso de guerra respecto a los

prisioneros, al personal médico y los heridos, el respeto al patrimonio cultural o, los

deberes de los países neutrales.

Otro hito importante fue la firma de la Declaración Universal de los Derechos Humanos en

1948, en la que se establecen los derechos y libertades de todas las personas que deben

ser respetados y salvaguardados por todos los países. El último gran avance ha sido la

creación del Tribunal Penal Internacional, en 1998, encargado de perseguir a los culpables

de genocidio y crímenes contra la humanidad.

En ocasiones los Estados mantienen relaciones conflictivas entre sí por diversas causas. Las

más comunes son los conflictos económicos, nacidos porque las decisiones de un país

afectan a los intereses de otro u otros y, los conflictos diplomáticos causados por

cuestiones políticas o incidentes fronterizos. Mientras que los conflictos económicos más

graves dan lugar a embargos económicos, los diplomáticos pueden derivar en conflictos

armados. Para evitarlos y obtener una mayor cooperación entre los Estados se han firmado

tratados y alianzas supraestatales.

Hoy en día son muchas las organizaciones internacionales de carácter supranacional, de

ámbito continental, regional o mundial, lo que permite clasificarlas, según sus objetivos, en

cuatro tipos:

- Militares: son pactos de ayuda y defensa mutua entre países que tienen intereses

estratégicos comunes o que se sienten amenazados por un enemigo común. En la actualidad

la más importante es la OTAN (Organización del Tratado del Atlántico Norte) liderada por

EEUU y de la que forman parte gran parte de los países europeos.

- Económicas: la mayoría tienen como objetivo la cooperación económica, llegando a la

supresión o disminución de las tasas aduaneras, aunque en ocasiones solo son foros de

debate para mejorar la situación económica de los países miembros. Entre ellas se

encuentran la OPEP (Organización de Países Exportadores de Petróleo), Mercosur

(Mercado Común de América del sur) o los TLC (Tratados de Libre Comercio)

- Culturales: suelen formarlas países de un mismo ámbito cultural para potenciar y

defender los valores y tradiciones culturales propias. Es el caso de la Liga Árabe o la

Commonwealth.

- Políticas: su objetivo es lograr la unión política de los países miembros. La única que

existe en la actualidad es la UE. La OEA (Organización de Estados Americanos) y la UA

(Unión Africana) son foros de discusión sobre los problemas continentales, pero no buscan

la integración de sus miembros.

Además de estos organismos de carácter continental y regional, existen algunos de ámbito

mundial como la OMC (Organización Mundial de Comercio) y la ONU (Organización de las

Naciones Unidas).

1.8 La ONU

Es la organización internacional más importante por su carácter globalizador y porque casi

todos los países del mundo forman parte de ella. Nació en 1945, al finalizar la Segunda

Guerra Mundial, con cuatro objetivos: la defensa de los derechos de las personas, el

mantenimiento de la paz, la libre determinación de los pueblos colonizados por los europeos

y el fomento de la cooperación entre las naciones. Para conseguirlos la organización puede

emitir resoluciones de obligado cumplimiento e imponer sanciones a los miembros que las

incumplan. Además tiene la capacidad de organizar misiones de paz entre los países en

conflicto.

Los principios fundamentales de la Organización son la igualdad de todos los miembros, el

respeto a la soberanía e independencia de los Estados y la prohibición del uso de la fuerza

en las relaciones internacionales. Su objetivo principal es el mantenimiento de la seguridad

colectiva para lo cual fomenta el progreso económico y social en el mundo, la defensa de los

Derechos Humanos en el mundo y el derecho a la libre determinación de todos los pueblos.

Para poder llevar a cabo estos objetivos la ONU ha creado sus propios órganos de gobierno

y una serie de organismos con competencias especiales y que se ocupan de ámbitos muy

definidos y concretos. Los principales órganos de gobierno son:

- Asamblea General: principal órgano deliberante. Está formada por los representantes de

los gobiernos de todos los Estados miembros, cada uno de los cuales tiene derecho a un

voto.

- Consejo de Seguridad, formado por quince miembros, cinco de ellos con carácter

permanente (EEUU, Reino Unido, Francia, China y Rusia) que además tienen derecho a veto,

es decir, pueden impedir que los demás países adopten acuerdos o resoluciones sobre un

tema concreto. Los diez miembros no permanentes son elegidos por la Asamblea cada dos

años.

- Secretaría, que asume las tareas administrativas. Es un órgano permanente, dirigido por

un Secretario General, nombrado por la Asamblea General por un período de cinco años.

- Tribunal Internacional de Justicia, que resuelve las disputas entre los Estados, está

compuesto por 15 jueces y tiene su sede en La Haya.

- Consejo Económico y Social, que se encarga de asuntos socioeconómicos por medio de

agencias especializadas (FAO, UNESCO, OMS, etc.) y está compuesto por 18 miembros.

- Comisiones especiales temporales, que se dedican a temas de interés como el derecho a

la mujer o el cumplimiento de los derechos humanos. Estas comisiones trabajan por medio

de organizaciones que dependen directamente de las Naciones Unidas (es el caso de

UNICEF, ACNUR, PANUD).

1.9 La Unión Europea

La Unión Europea se inició hace

50 años (a partir del Tratado

de Roma de 1957) por iniciativa

de Jean Monnet y Robert

Schuman. Este proyecto

comenzó a partir de la CECA

con 6 países y en la actualidad

hay 27 Estados democráticos.

La UE está a favor de la

ampliación pero los países

candidatos a la adhesión deben

cumplir unos requisitos: una

identidad europea, un sistema

político democrático con

respecto a los derechos

humanos y una economía de

mercado. También debe aceptar los tratados, la legislación y la jurisprudencia de la Unión

así como los acuerdos internacionales que se hayan suscrito

Las instituciones comunitarias

La Unión Europea está formada en la actualidad por veintisiete Estados soberanos e

independientes que han acordado delegar parte de su soberanía en unas instituciones

comunes. Estas instituciones han sido creadas por ellos mismos con el fin de tomar

decisiones de forma democrática y favorecer con ellas al interés del conjunto. De estas

instituciones comunes que la rigen, forman parte todos los Estados miembros:

-Consejo Europeo: es el máximo órgano político de la Unión. Está formado por los Jefes de

Estado o de Gobierno de los países miembros y el presidente de la Comisión, que se reúnen

periódicamente, al menos dos veces al año. La presidencia la ejerce un Estado por turnos

rotatorios de seis meses. Es quien establece las directrices generales de las políticas

comunitarias ya que su principal función es establecer los objetivos y prioridades de la

Unión.

- Comisión Europea: representa los

intereses de la UE y está integrada

por un representante de cada país,

que recibe el nombre de comisario y

un presidente elegido por ellos

mismos, con la aprobación del

Parlamento. Es quien tiene la

iniciativa legislativa, puesto que

propone las leyes. Es además el

órgano ejecutivo, puesto que lleva a cabo las decisiones adoptadas y vigila el cumplimiento

de la legislación y los tratados europeos y, gestiona el presupuesto y los programas

europeos. También es el representante de la UE en el exterior ya que negocia los acuerdos

internacionales.

- Consejo de Ministros de la UE: está compuesto por los ministros de los países miembros,

por lo que representa a los Estados. La presidencia es rotativa, cada seis meses. Sus

reuniones, en Bruselas, son sectoriales y es el principal órgano de decisión de la UE. Su

principal misión es la coordinación entre los Estados miembros, pero además desarrolla la

política exterior europea y comparte con el Parlamento el poder legislativo y la capacidad

de aprobar los presupuestos.

- Tribunal de Justicia: se compone de veintisiete jueces nombrados a propuesta de los

Estados miembros para seis años y, varios abogados generales. Su función es interpretar

las leyes de la Unión, garantizar que se respeten y que se apliquen igual en todos los lugares

de la UE. Además interviene en los conflictos entre los Estados miembros, instituciones,

empresas y ciudadanos.

- Parlamento Europeo: también

llamado Europarlamento, representa

a los ciudadanos de los países

miembros, por ello su número varía

de unos Estados a otros ya que la

aportación de diputados es

proporcional al número de habitantes

de cada Estado. Desde 1979 sus diputados se eligen por sufragio universal directo. Y

aunque su sede central está en Estrasburgo, las reuniones de la comisiones se celebran en

Bruselas y en la secretaría esta en Luxemburgo. Es la institución que elabora las leyes, que

aprueba el presupuesto, y que ratifica los acuerdos internacionales, además de controlar

las acciones de la Comisión. Tras el Tratado de Lisboa se acotó su representación a 750

eurodiputados más el Presidente.

- Otras instituciones: Tribunal de Cuentas, controla que los presupuestos se gestionen

adecuadamente; el Defensor del Pueblo Europeo, que investiga las reclamaciones por mala

administración de las instituciones y organismos de la UE; el Banco Central Europeo, cuya

función principal consiste en mantener el poder adquisitivo del euro y, de este modo, la

estabilidad de la eurozona

1.10 Objetivos y logros de la Unión

- Unión económica y monetaria: La existencia de un mercado interior en la UE y la relación

de las economías de los Estados miembros provocó la creación de una moneda única, el euro,

aprobada en Maastricht (1992) y que entró en vigor en 1999. Actualmente 13 países la

usan. Se ha creado también el Banco Central Europeo en Frankfort que coordina la política

monetaria de los bancos centrales de cada Estado y autoriza la emisión de billetes y

monedas.

- Las políticas comunes: Política Agraria Común

(PAC): Creación de un mercado común de productos

agrícolas, aumento de la producción, mejora del

nivel de vida de los agricultores y precios

asequibles. Política Pesquera Común (PPC):

Garantizar la continuidad de las especies marinas y

mejorar la calidad de vida de los pescadores y

precios asequibles. Política Comercial Común (PCC):

establece acuerdos comunes con terceros países y fija los aranceles. Política Regional

(FEDER): Supera los desequilibrios económicos y sociales que existen entre las regiones.

Se apoyan en dos fondos, el FEDER y Fondo de Cohesión.

- La Constitución Europea. Como no ha existido nunca un consenso a la hora de elaborar una

Constitución, los Estados de la UE se han regido por una serie de Tratados, siendo el último

el Tratado de Lisboa (2009), que es el que regula el funcionamiento de la Unión.

1.11 Las organizaciones no gubernamentales (ONG)

Nacen en la segunda mitad del S. XX y se han convertido en entidades supranacionales que

trabajan de forma activa para paliar el subdesarrollo y sus causas. Los objetivos de estas

organizaciones son tan variados como

ellas. Unas pretenden alcanzar un

modelo de desarrollo sostenible,

otras fomentar un crecimiento

económico equilibrado, otras se

dedican a fomentar el comercio justo,

la educación, la defensa de los

derechos humanos o a la erradicación

del hambre y la pobreza en el mundo.

Las ONG se han convertido, pues, en

importantes organizaciones

especializadas, dedicadas a promover

las acciones humanitarias, a defender los derechos humanos y la protección de la

naturaleza. Pero también se han convertido, por su función, en un instrumento esencial para

muchos Estados, pues solucionan problemas de urgencia y necesidad, apoyan el desarrollo

integral de las personas y sirven para que los ciudadanos adquieran conciencia y solidaridad.

En muchas ocasiones, estas organizaciones llegan hasta donde los propios Estados no

pueden llegar y cuentan con mayores recursos y apoyos que los gobiernos nacionales, de ahí

que su acción sea tan importante. Son características comunes a todas ellas:

- Ser independientes de los gobiernos, Estados u otras instituciones políticas, aunque

suelen colaborar con los Estados en los que desarrollan sus actividades.

- Acercarse a problemas concretos, abordándolos mediante proyectos a largo plazo o

acciones de emergencia y respuesta inmediata.

- Estar formadas en su mayoría por voluntarios y financiadas por aportaciones anónimas y

particulares.

1.12 El Estado español y su funcionamiento

Ya hemos estudiado qué es un Estado y cuáles son sus características. Ahora vamos a ver el

caso concreto del Estado español, identificando los diferentes elementos que lo

caracterizan (símbolos) así como el sistema de gobierno y forma de Estado por el que se

rige.

Teniendo en cuenta todo esto, podemos, de entrada, decir que España, se define como una

Monarquía Parlamentaria basada en el Estado del Bienestar, aconfesional (aunque el

catolicismo está protegido por ser la confesión principal), aconfesional, descentralizado y

democrático (sufragio universal, separación de poderes y Estado de Derecho).

1.12.1 Constitución de 1978

Es la ley fundamental, considerada como la “ley de

leyes”, que recoge los principios básicos que

regulan la organización y el funcionamiento

político y administrativo del Estado español, así

como los derechos y deberes fundamentales de

los ciudadanos. A ella se subordinan el resto de

las leyes, consideradas de rango inferior. Fue

aprobada por referéndum el 6 de diciembre de

1978 y ratificada por el rey el 27 de diciembre

del mismo año. Este texto constitucional es producto de una transición política de un

sistema autoritario a uno democrático. Está formada por 169 artículos. La Constitución de

1978 constituye el segundo intento del s XX por establecer un sistema democrático. Es el

resultado de una transición política de un sistema autoritario a otro democrático. Su

proceso constituyente fue largo, desde agosto de 1977, cuando se formó la Asamblea

Constituyente hasta octubre de 1978, cuando se disolvió tras la elaboración del texto.

Entre sus características más importantes en destacan:

- Es consensuada, fruto del acuerdo, el pacto y la negociación de los grupos parlamentarios.

- Configura un régimen que reconoce la soberanía nacional y la división de poderes. De este

modo establece un régimen pluralista que admite ideologías políticas de distinto signo,

consecuencia de la diferente estructura social existente y de la diversidad de fuerzas

políticas y sociales.

- Establece un régimen de Monarquía Parlamentaria en el que el Rey (cargo vitalicio y

hereditario) actúa como árbitro y figura representativa, mientras que el poder ejecutivo

recae en el Presidente del Gobierno (elegido por el Parlamento, cuyos miembros son

elegidos a su vez por la ciudadanía)

- Configura un régimen políticamente descentralizado atendiendo a los sentimientos

autonomistas manifestados a lo largo de nuestra historia..

-Amplitud de derechos y libertades generales para los ciudadanos, así como una serie de

deberes.

- Establece la división de poderes: el legislativo para el Congreso (350 diputados) y el

Senado, el ejecutivo queda en manos del Gobierno y el judicial en manos de los Tribunales

de Justicia (con el Tribunal Constitucional como órgano supremo).

- Una organización territorial basada en Comunidades Autónomas, provincias y municipios.

1.13 Organización territorial del Estado español

El Título Octavo de la Constitución (Arts. 137 a 158) establece los principios generales de

la división territorial del Estado así como las características específicas de la

administración local y autonómica, y su relación con el gobierno central. El Estado se

organiza a partir de:

- Municipios: Son las unidades territoriales y administrativas más elementales del Estado.

Su gobierno está a cargo del Ayuntamiento, que cuenta con el Alcalde y varios concejales, y

que ejerce sus actuaciones con los fondos procedentes de los tributos propios y de los que

proceden del Estado y la Comunidad Autónoma a la que pertenecen.

- Provincias: Son territorios constituidos por la agrupación de varios municipios. Es una

entidad por sí misma y a la vez es una división territorial. De gran tradición, se ha ido

modificando con el tiempo, desde la primera división bajo dominio romano en el S. III d.C.,

pasando por la división de Javier de Burgos en 1833 hasta llegar a la división actual. Su

gobierno está a cargo de las Diputaciones Provinciales y entre sus fines está servir de

delimitación electoral y servir de enlace entre los municipios y el gobierno central.

- Comunidades Autónomas: Son territorios que tienen derecho a auto administrarse, pero

también lo tienen a autogobernarse, es decir, a tomar por sí mismos decisiones políticas y a

dictar las normas jurídicas que crea oportunas en orden a la solución de sus propios

problemas (dentro de los límites de la Constitución). Las leyes que dictan estarán

controladas por el Tribunal Constitucional.. En relación a los tipos de autonomía,

diferenciamos entre la limitada y la plena. Las diferencias se basan en las competencias que

pueden atribuirse a los órganos autonómicos y en el procedimiento para la aprobación del

Estatuto. Las formas de autonomía no están fijas, pudiendo pasar de limitada a plena, e

incluso ampliar competencias por una ley de delegación o transferencia. Las Comunidades

Autónomas elaboran los Estatutos, que es su norma institucional básica y el Estado los

reconocerá como parte de su ordenamiento jurídico.

Ejercicios

1. ¿Cuál es la diferencia entre nación y Estado?

2. ¿Qué diferencia hay entre un Estado unitario y uno descentralizado?

3. Explica las distintas formas de Gobierno que existen

4. ¿Qué caracteriza a un Estado democrático?

5. ¿Qué son las organizaciones o alianzas supranacionales? Di de qué tipo pueden ser

y menciona un ejemplo de cada uno

6. Resume cuáles son las instituciones de la UE

7. ¿Por qué son tan importantes las ONG?

8. Señala las características de la Constitución de 1978

9. ¿De qué manera se organiza el Estado español?

10. Define estas palabras: Estado de Bienestar, Cortes, Estado social, Asamblea

General de la ONU, derecho de veto, República presidencialista