4
EXPEDIENTE; PC-SC-136-16 E.D.S. CLARET ^t^CORPONARIÑO A <fc Al A ii^ lál MAeUI(N) ^ .•:;;^^i|f|j|j||^ CORPORACION AUTONOMA REGIONAL DE NARIÑO 7 ^ S ' \ RESOLUCION No. Por medio de la cual se Aprueba un Plan de Contingencia EL DIRECTOR GENERAL DE LA CORPORACION AUTONOMA REGIONAL DE NARIÑO "CORPONARIÑO", EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES Y ESTATUTARIAS Y EN ESPECIAL LAS CONFERIDAS POR LA LEY 99 DE 1993, El DECRETO 1076 del 2015, y, CONSIDERANDO: Que ia Ley 99 de 1993, consagra::' b:) 4| ÍVÍ.,Í; . "Artículo 3 1 . F u n c i o n e s : L a s Corporaciones Autónomas Regionales ejercerán las siguientes funciones: ...2. Ejercer la función de máxima autoridad ambiental e n e l área d e su jurisdicción, d e a c u e r d o c o n la nomias de carácter superior y confonne a los criteríos y directrices trazadas por el Ministerio d e l M e d i o Ambiente. ...10. Fijar e n e i área d e su jurisdicción, los límites permisibles d e emistón, descarga, transporte o depósito d e sustancias, productos, compuestos o cualquier otra materia que p u e d a n a f e c t a r e i m e d i o ambiente o l o s recursos n a t u r a l e s r e n o v a b l e s y prohibir, restringir o regular la fabricación, distribución, uso, disposición o vertimiento d e sustancias causantes de degradación ambiental. Estos límites restricciones y r e g u l a c i o n e s e n ningún caso podrán ser m e n o s estrictos q u e l o s definidos p o r e l Ministerio d e l M e d i o Ambiente..." Que por su parte el Decreto 1076 del 2015 Establece: "ARTICULO 2.2.3.3.4.1 A. Plan de Contingencia para Manejo de Derrames Hidrocarburos o Sustancias Nocivas. Los usuarios q u e exploren, exploten, manufacturen, refínen, transformen, pmcesen, transporten o almacenen hidrocari)uros o sustancias nocivas para la salud y para los recursos hidrobiológicos, deberán e s t a r provistos de un p l a n d e contingencia y control d e d e r r a m e s el cual deberá contar con i a aprobación de la autoridad ambiental competente. Cuando el transporte comprenda la Jurisdicción d e más d e una autoridad ambiental, le compete el Ministerio de Ambiente y Desanx>llo Sostenible. definir la autoridad que debe aprobar el P l a n d e Contingencia". ANTECEDENTES Que el día 21 de Abril del 2016. la señora CLARET DOLORES QUIÑONES PEREZ, identificada con la C.C. No. 27.123.680 Expedida en Barbacoas (N) propietario del establecimiento de comercio de su propiedad denominado "EDS CLARET', registrado con matricula mercantil No. 30149 - 2 expedida por la Cámara de Comercio de Tumaco (N), Ubicado en el Barrio la Cuata del IWunicipio de Maguí, en el Departamento de Nariño, allega documento correspondiente al Plan de Contingencia de la Estación, para su revisión y posterior aprobación. Que mediante auto de iniciación de trámite de fecha 21 de Abril de 2016 se onjena apertura al Plan de Contingencia contemplado en el expediente PC-SC-136-16. Que mediante Oficio N" 2870 de fecha 11 de Mayo de 2016 la Subdirección de Conocimiento y Evaluación Ambiental informa a la señora CLARET DOLORES QUIÑONES PEREZ propietario de la E D S CLARET que la información del Plan de Contingencia será complementado con ia Visita de Campo para la evaluación del Plan. M&TO: CALLE 25 No. 7 ESTE-84 FINCA LOPE VIA LA CAROLINA - PBX 7309282-86 - FAX: 7309425 /7 IPIALES: CARRERA 1A No. 3E-365 AV. PANAMERICANA-TEL.: 7733920-FAX; 7733144 í] J AP? OQiC ~fZ TUMACO: TERMINAL MARITIMO-ISLA EL MORRO-TEL: 7272347-7272087-FAX: 7272086 U / ¿IJIO /f ^ TUQUERRES: CARRERA 13 No. 19-26 - 3ER PISO - TEL: 7280586 U^NION: BIBLIOTECAAURELIO ARTURO TEL.: 7265411 - SOTOMAYOR: CENTRO MINERO - GEL.; 317 659 0520 ^ www.corponarlno.gov.co

^t^CORPONARIÑO EXPEDIENTE; PC-SC-136-16 E.D.S. CLARET A

  • Upload
    others

  • View
    2

  • Download
    0

Embed Size (px)

Citation preview

Page 1: ^t^CORPONARIÑO EXPEDIENTE; PC-SC-136-16 E.D.S. CLARET A

EXPEDIENTE; PC-SC-136-16 E.D.S. CLARET ^t^CORPONARIÑO

A <fc A l A i i ^ lál MAeUI(N) ^ .•:;;^^i|f|j|j||^ CORPORACION AUTONOMA REGIONAL DE NARIÑO 7 ^ S ' • \RESOLUCION No.

Por medio de la cual se Aprueba un Plan de Contingencia

E L DIRECTOR G E N E R A L DE LA CORPORACION AUTONOMA REGIONAL DE NARIÑO "CORPONARIÑO", EN USO DE SUS FACULTADES L E G A L E S Y ESTATUTARIAS Y EN

E S P E C I A L L A S CONFERIDAS POR LA L E Y 99 DE 1993, E l D E C R E T O 1076 del 2015, y,

CONSIDERANDO:

Que ia Ley 99 de 1993, c o n s a g r a : : ' b:) 4|ÍVÍ. ,Í; .

"Artículo 3 1 . F u n c i o n e s : L a s Corporaciones Autónomas R e g i o n a l e s ejercerán l a s siguientes funciones:

. . . 2 . Ejercer la función de máxima autoridad a m b i e n t a l e n e l área d e s u jurisdicción, d e a c u e r d o c o n l a n o m i a s d e carácter superior y c o n f o n n e a l o s criteríos y directrices trazadas p o r el Ministerio d e l M e d i o A m b i e n t e . ...10. Fijar e n e i área d e su jurisdicción, los límites permisibles d e emistón, d e s c a r g a , transporte o depósito d e sustancias, productos, c o m p u e s t o s o c u a l q u i e r otra m a t e r i a q u e p u e d a n a f e c t a r e i m e d i o a m b i e n t e o l o s recursos n a t u r a l e s r e n o v a b l e s y prohibir, restringir o regular la fabricación, distribución, uso, disposición o vertimiento d e sustancias c a u s a n t e s d e degradación a m b i e n t a l . Estos límites restricciones y r e g u l a c i o n e s e n ningún c a s o podrán s e r m e n o s estrictos q u e l o s definidos p o r e l Ministerio d e l M e d i o A m b i e n t e . . . "

Que por su parte el Decreto 1076 del 2015 Establece:

" A R T I C U L O 2 . 2 . 3 . 3 . 4 . 1 A. P l a n d e Contingencia p a r a Manejo d e D e r r a m e s Hidrocarburos o S u s t a n c i a s Nocivas. L o s usuarios q u e exploren, exploten, manufacturen, refínen, transformen, p m c e s e n , transporten o a l m a c e n e n hidrocari)uros o sustancias nocivas p a r a l a s a l u d y p a r a los recursos hidrobiológicos, deberán e s t a r provistos d e un p l a n d e contingencia y control d e d e r r a m e s el c u a l deberá c o n t a r con i a aprobación d e la autoridad a m b i e n t a l c o m p e t e n t e .

C u a n d o e l transporte c o m p r e n d a la Jurisdicción d e más d e u n a autoridad ambiental, l e c o m p e t e e l Ministerio d e A m b i e n t e y Desanx>llo Sostenible. definir la autoridad q u e d e b e a p r o b a r el P l a n d e Contingencia".

ANTECEDENTES

Que el día 21 de Abril del 2016. la señora C L A R E T D O L O R E S QUIÑONES PEREZ, identificada con la C.C. No. 27.123.680 Expedida en Barbacoas (N) propietario del establecimiento de comercio de su propiedad denominado "EDS C L A R E T ' , registrado con matricula mercantil No. 30149 - 2 expedida por la Cámara de Comercio de Tumaco (N), Ubicado en el Barrio la Cuata del IWunicipio de Maguí, en el Departamento de Nariño, allega documento correspondiente al Plan de Contingencia de la Estación, para su revisión y posterior aprobación.

Que mediante auto de iniciación de trámite de fecha 21 de Abril de 2016 se onjena apertura al Plan de Contingencia contemplado en el expediente PC-SC-136-16.

Que mediante Oficio N" 2870 de fecha 11 de Mayo de 2016 la Subdirección de Conocimiento y Evaluación Ambiental informa a la señora C L A R E T D O L O R E S QUIÑONES P E R E Z propietario de la E D S CLARET que la información del Plan de Contingencia será complementado con ia Visita de Campo para la evaluación del Plan.

M&TO: CALLE 25 No. 7 ESTE-84 FINCA LOPE VIA LA CAROLINA - PBX 7309282-86 - FAX: 7309425 / 7 IPIALES: CARRERA 1A No. 3E-365 AV. PANAMERICANA-TEL.: 7733920-FAX; 7733144 í ] J A P ? O Q i C

~fZ TUMACO: TERMINAL MARITIMO-ISLA EL M O R R O - T E L : 7272347-7272087-FAX: 7272086 U • / ¿ I J I O /f ^ • TUQUERRES: CARRERA 13 No. 19-26 - 3ER PISO - TEL: 7280586

U^NION: BIBLIOTECAAURELIO ARTURO TEL.: 7265411 - SOTOMAYOR: CENTRO MINERO - GEL.; 317 659 0520 ^ www.corponarlno.gov.co

Page 2: ^t^CORPONARIÑO EXPEDIENTE; PC-SC-136-16 E.D.S. CLARET A

EXPEDIENTE: PC-SC-136-16 E.D.S. CLARET MAGUI (N)

CORPORACION AUTONOMA REGIONAL DE NARIÑO

6. CONCEPTO TÉCNICO.

Medisnte ofícic con rsdicsdo interno No. 2 4 7 5 del 21 de Abrí! de! 2016 el Representante Legal del Proyecto presentó ta información necesaria para dar inicio a la evaluación del Plan de Contingenda de la Estación de Servicio CLARET, en consecuenda se apertura el Expediente PC-SC-136-16i posteriormente se evalúa la información consignada en el Expediente y se emite el Concepto Técnico No. S17/2016 e Informe Técnico No. 189/2016, de los cuales se derivan requerimientos consignados en el oficio con radicado interno No. 3398 del 27 de m a y o d e 2016, estableciendo que el Usuario deberá subsanar los requerimientos establecidos dentro de los cinco días siguientes a la notificación del oficio Posteriormente mediante radicado interno No. 3567 dol 2 de Junio de 2016 es solicitada una prórroga de 20 días hábiles con el fin de realizar todas las correcciones y ajustes rm;esarios al documento en cuestión, esta solicitud es aprobada por parte del equipo técnico de evaluación de flanes de contingencia mediante el radicado No 3653 del 6 d e J u n i o d e 2016.

Finalmente el día 28 de j u n i o d e 2016 se allega la informadón adicional solicitada mediante radicado interno N o 4443, información que en conjunto se evalúo por parte del Equipo Técnico de le Subdirección de Conocimiento y Evaluación Ambiental mediante Concepto Técnico No. 771/2016, según lo cual se informa:

1. En cumplimiento a lo establecido en el Articulo 2.2.3.3.4.14 del Decreto 1076/2015 el Representante Legal de la Estación de Servicio CLARET, CLARET DOLORES QUIÑONES PEREZ identificada con cédula de ciudadanis 27.123-680, pm^antA IA información r\ect^saria para la aprobación del Plan de Contingenda, la cual fue evaluada por el Equipo Técnico de la Subdirección de Conodmiento y Evaluación Ambiental mediante tos conceptos técnicos No. 517/2016 e Informe Técnico No. 189/2016

2. De acuerdo a lo anterior se solicite a la Oficina Jurídica de ia Corporadón efectuar el respectivo Acto Administrativo mediante el cual SE APRUEBE un fíen de Contingenda para ia Estación de Servicio CLARET ubicada en el mijnicipio de M^gol y renrms^nt9do l e g f i l m B n t e por la señora CLARET DOLORES QUIÑONES PEREZ, dicho Acto Administrativo tendrá una vigencia de dnco (5) años.

3 . El Equipo Técnico de la Sut)direcdón de Conodmiento y Evaluación Ambiental efectuara visitas de inspección ocular en cualquier momento y sin previo aviso a fin de verifícar el adecuado manejo ambiental del Proyecto. . ^^^^,

4. El Proyecto deberá garantizar el cumplimiento a las disposicbnes técnicas estableadas en el Plan de Contingenda. recordando que la inobservancia a los requerimientos conllevara a la aplicación de sanciones establecidas en la Ley 1333/2009 y demás normatividad ambiental vigente.

5. Cualquier nnodifícadón, ampliadón o reconversión del proyecto y sus procesos deberá ser notificada previamente a la Corporación .adjuntando tos respectivos soportes Técnicos para su evaluación y aprobación >,

6. La Corporación podrá modificar unilateraimente, de manera total o pardal, los términos y condiciones del Permiso, cuando por cualquier causa se hayan modificado las circunstancias tenidas en cuenta al momento de otorgado, de mntormidad con lo establecido en el Decreto 1076 de 2015".

En mérito de lo expuesto, este Despacho,

R E S U E L V E

ARTICULO PRIMERO.- APROBAR a la señora C L A R E T D O L O R E S QUIÑONES P E R E Z , Identificada con ia C.C. No. 27.123.680 Expedida en Barbacoas (N) propietario del establecimiento de comercio de su propiedad denominado "EDS C L A R E T ' , registrado con matricula mercantil No. 30149 - 2 expedida por la Cámara de Comercio de Tumaco (N), ubicado en el Banio la Cuata del Municipio de Maguí, en el Departamento de Nariño, ei PLAN DE CONTINGENCIA DE LA ESTACION DE SERVICIO.

CALLE 25 No. 7 ESTE-84 FINCA LOPE VIA LA CAROLINA - PBX 7309282-86 - FAX: 7309425 Z4PIALES: CARRERA 1A No. 3E-365 AV. PANAMERICANA - TEL.: 7733920 - FAX: 7733144

^ f r U M A C O : TERMINAL MARITIMO - ISLA E L MORRO - TEL: 7272347 - 7272087 - FAX: 7272086 3 TUQUERRES: CARRERA 13 No. 19-26 - SER PISO - TEL: 7280586

LAWÍ lON: BIBLIOTECAAURELIO ARTURO TEL.: 7265411 - SOTOMAYOR: CENTRO MINERO - CEL.: 317 659 0520 www.corponarino.gov.co

1̂ I m

Page 3: ^t^CORPONARIÑO EXPEDIENTE; PC-SC-136-16 E.D.S. CLARET A

EXPEDIENTE: PC-SC-136-16 E.D.S. CLARET MAGUI (N)

Que ei dia 20 de mayo del 2016 se realizó visita de inspección ocular por parte del Equipo Técnico de la Subdirección de Conocimiento y Evaluación Ambiental de (CORPONARIÑO), tal como consta en el Informe técnico N" 189.

Que mediante Concepto Técnico N* 517 s© evidencia algunas falencias presentadas en la evaluación del Plan de Contingencia, por lo que se solicita los respectivos ajustes.

Que mediante requerimiento N° 3398 de fecha 27 de mayo de 2016 la Subdirección de Conodmiento y Evaluadón Ambiental solicita al representante legal de la EDS CLARET, para que se realice las correcciones pertinentes

Que mediante Oficio recepdonado el día 27 de junio de 2016, se realiza ios ajustes conespondientes al Plan de Contingenda de ta "EDS CLARET' .

Que mediante Concepto Técnico No. 771 del 11 de Julio de 2016 ta Subdirección de Conodmiento y Evaluadón Ambientat determina lo siguiente:

1. 'INTRODUCCION

El día 21 de Abril del 2016 se presentó por parte del Representante Legal del establecimiento en mención, el documento técnico referente a la Evaluación del Plan de Contingencie^de la Estación de Servicio CLARET, posteriormente el 20 de mayo del 2016 fue realizada la vi^a técnica al establecimiento para dar inicio al proceso de evaluación del Plan de Contingenda en mendón; el día 27 de mayo de 2016 fue enviado el ofido del concepto técnico de evaluación del Plan de Contingenda de la EDS, en el cual se incluyeron las recomendaciones, ajustes y^rrecciones a realizar para continuar con el conducto regular de evaluadón del Planes de Contingenda para Estadones de Senrício; el día 02 de Junio de 2016 el estabtedmiento en mención envía una solicitud de prórroga de 20 días para presentar correcciones y ajustes, finalmente el 28 de junio de 2016 fueron redbidas las conecciones y ajustes requeridos para el Plan de Contingenda de este establedmiento y una fueron evaluadas dictias correcdones, el día 11 de julio 2016, e/ Equipo Técnicx) de Conodmiento y Evaluación Ambiental de CORPONARIÑO, en calidad de Autoridad Ambiental establece la APROBACION del Plan de Contingencia en mención.

Z. LOCAUZACIÓN

El proyecto se ubica en el [departamento de Nariño, Municipio de MAGUI Barrio la Cuata.

3 . SITUACIÓN ENCONTRADA

No aplica dado que no se trata de una visita de inspección ocular, si no de la evaluadón técnica de documentación remitida.

4 . EVALUACIÓN DE INFORMACIÓN

En el documento se evalúan las condiciones técnicas, ambientales y locativas exigidas por CORPONARIÑO, en cuanto a la Evaluación del Plan de Contingenda de la Estación de Senricio

CLARET.

6. MARCO L E G A L

Para garantizar un adecuado manejo ambiental del pmyecto en el cx>mponente de Evaluación de Estadones de Servicb, se debe tener en cuenta ei dguiente marco normativo.

Decreto No. 1076 del 2015, Artículo 2.2.3.3.4.14, donde se espedfica lo dguiente:

Los usuarios que exploren, exploten, manufaduren, retinen, transformen, procesen, transponen o almacenen hidrocarburos o sustancias nodvas para la salud y para los recursos hidrobiológicos, deberán estar pmvistos de un Plan de Contingenda y control de derrames, el cual deberá contar con la aprobación de la Autoridad Ambiental competente

Page 4: ^t^CORPONARIÑO EXPEDIENTE; PC-SC-136-16 E.D.S. CLARET A

^ I ó ^ . EXPEDIENTE; PC-SC-136-16 — wJa E.D.S. CLARET

í MAGUI (N)

ARTICULO SEGUNDO.- La vigencia del Plan de Contingencia es por un ténnino de cinco (5) años. Termino que se contara a partir de la expedición del presente acto administrativo. Vencido este témnino el usuario tendrá que presentar un Plan de Contingencia Actualizado.

ARTICULO T E R C E R O . ' El titular del proyecto deberá dar estricto cumplimiento a cada una de las obligaciones legales contenidas en el Plan de Contingencia, ef mismo que la Corporadón someterá a control y monítoreo a través de la Subdirecdón de Conodmiento y Evaluadón Ambiental, de igual manera el peticionarío estará obligado ai cumplimiento de la presente resolución y a las obligadones y requerimientos contemplados en el Concepto Técnico N" 771 d e n 1 de julio de 2016.

ARTICULO CUARTO.- El caso omiso a las obligadones adquiridas con la aprobadón del PLAN DE CONTINGENCIA y los requerimientos que puedan surgir de las labores de control y seguimiento conllevará a la aplicadón de las sandones estableddas en la Ley 1333 de 2009 y demás normas afines.

ARTICULO QUINTO.- Contra la presente, procede el Recurso de Reposidón que se Interpondrá ante el Director General de "CORPONARIÑO", dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la notificación de la presente resoiudón.

AimCULO S E X T O . Notlfíquese ai RepresentarTte Legal, de confomriídad con lo establecido en los artículos 66 y siguientes del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contendoso Administrativo.

ARTICULO SEPTIMO. CORPONARIÑO efectuará visita de control y monítoreo en cualquier tiempo y sin previo aviso, reservándose el derecho a realizar cualquier otra exigenda tendiente al adecuado manejo del proyecto y su área de influencia. Los compromisos adquiridos a lo latgo del expediente en referenda se acogerán como herramientas de control y seguimiento ambiental, que fadiíten la integradón del proyecto a la dimensión ambiental y al desarrollo sostenible de la zona.

ARTICULO OCTAVO." De confonnidad con el artículo 71 de la ley 99 de 1993 y artículo 65 del código de procedimiento administrativo y de lo contendoso administrativo, esta Resoludón deberá publicarse en los términos legalmente establecidos.

Dada en San Juan de Pasto. 0 1 AG3 2016