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Pérez Valle Ismael Grupo: 30 No. de tarea: 7 Teorías para explicar el nexo causal Para explicar la relación de causalidad la doctrina ha elaborado diversas teorías entre las cuales se encuentran las siguientes: 1.- Teoría de la equivalencia de las condiciones. 2.- Teoría de la causa adecuada. 3.- Teoría de la causa necesaria. 4.- Teoría de la relevancia típica. 5.- Teoría de la Imputación Objetiva. Teoría de la equivalencia de las condiciones o de la conditio sine qua non. Esta teoría, atribuida a Von Buri y a Von Lizst, parte de la idea de que todo resultado es producto de varias condiciones. Así, por ejemplo, para que una planta crezca (resultado), es necesario que se den las condiciones siguientes: buena tierra, semillas, lluvias, y la acción humana de sembrar. Pero la teoría no llama ‘condición’ a cualquier hecho, sino sólo a aquellos sin los cuales el resultado no se hubiese producido. Para saber si un hecho es ‘condición’, se lo elimina mentalmente y, si el resultado no se produce, el hecho es ‘condición del resultado’. Así sucede, por ejemplo, con la semilla, con la acción del hombre, etc.: si suprimimos cualquiera de ellas, el crecimiento de la planta (resultado) no se producirá. Como vemos, todas las condiciones son ‘sine qua non’, pues son condiciones ‘sin las cuales’ el resultado ‘no’ se produce. El hecho de que todas las condiciones sean esenciales para el resultado, y de que todas ellas tengan el mismo valor (equivalentes), hace que la teoría sostenga que, cualquiera

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Pérez Valle IsmaelGrupo: 30

No. de tarea: 7

Teorías para explicar el nexo causalPara explicar la relación de causalidad la doctrina ha elaborado diversas teorías entre las cuales se encuentran las siguientes:1.- Teoría de la equivalencia de las condiciones.2.- Teoría de la causa adecuada.3.- Teoría de la causa necesaria.4.- Teoría de la relevancia típica.5.- Teoría de la Imputación Objetiva.

Teoría de la equivalencia de las condiciones o de la conditio sine qua non.

Esta teoría, atribuida a Von Buri y a Von Lizst, parte de la idea de que todo resultado es producto de varias condiciones. Así, por ejemplo, para que una planta crezca (resultado), es necesario que se den las condiciones siguientes: buena tierra, semillas, lluvias, y la acción humana de sembrar.Pero la teoría no llama ‘condición’ a cualquier hecho, sino sólo a aquellos sin los cuales el resultado no se hubiese producido.Para saber si un hecho es ‘condición’, se lo elimina mentalmente y, si el resultado no se produce, el hecho es ‘condición del resultado’. Así sucede, por ejemplo, con la semilla, con la acción del hombre, etc.: si suprimimos cualquiera de ellas, el crecimiento de la planta (resultado) no se producirá. Como vemos, todas las condiciones son ‘sine qua non’, pues son condiciones ‘sin las cuales’ el resultado ‘no’ se produce.El hecho de que todas las condiciones sean esenciales para el resultado, y de que todas ellas tengan el mismo valor (equivalentes), hace que la teoría sostenga que, cualquiera de esas condiciones, es ‘causa’ (condición y causa, son considerados sinónimos); y por tanto, para que al hombre pueda imputársele un resultado, basta que él haya hecho o puesto alguna de esas ‘condiciones sine qua non’.En síntesis: si un resultado se produce por varias ‘condiciones’, basta que el sujeto haya puesto una de ellas, para que se considere que, su acción, es ‘causa’ del resultado, y por tanto, que él es el autor.

Teoría de la Causa Adecuada. Para ésta, una vez determinado, mediante la supresión mental hipotética, que un hecho es condición del resultado, no todas las condiciones son equivalentes.Causa es sólo aquella condición que aparece como generalmente adecuada para la producción de ese resultado. Ej.: El rasguño, conforme a la experiencia general, no es adecuado para producir la muerte de una persona.

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Teoría de la causa necesaria.En palabras de don Jiménez de Asúa, “la causa significa una situación a la que debe seguir de un modo absolutamente necesario y rigurosamente general, otra situación”. En realidad, esta teoría pone el acento en la cercanía temporal entre la condición y el resultado sin realizar un análisis profundo sobre la eficiencia de la misma.

Teoría de la relevancia típica. Mezger propuso como paso inicial recurrir a la teoría de la “conditio sine qua non” para establecer la causalidad puramente física, y acto seguido, valorar la relevancia penal (importancia jurídica) de la conducta en cuestión mediante los principios de la adecuación y una interpretación conforme a sentido de los tipos legales. En otras palabras, esta posición implica la exigencia de una teoría de la imputación autónoma y subsiguiente al examen de la causalidad natural. Con arreglo a esta teoría al autor sólo se le puede imputar la forma típica de producción del resultado, con lo que se excluyen los cursos causales atípicos. Es decir, las condiciones inadecuadas son irrelevantes en el campo jurídico, con lo que serán también irrelevantes las condiciones dentro del riesgo permitido y aquellas conductas que no incrementan el riesgo de lesión de bienes jurídicos. Desde este punto de vista no cabe duda que puede citarse a estas teorías como antecedentes de la teoría de la imputación objetiva. Como síntesis de las teorías causales de la adecuación y de la relevancia se puede decir con Gómez Benítez que “la pretensión subyacente a estas teorías es producto de una preocupación político-criminal generalmente aceptada: se trata, en suma, de restringir la excesiva amplitud de la teoría de la equivalencia de las condiciones, que, inmersa en un sistema penal que gira en torno de la causalidad como eje de la responsabilidad penal … produce efectos indeseables sobre la responsabilidad fundamentalmente en los delitos calificados por el resultado, en los que consolida el versari in re illicita, y en los cursos causales irregulares, en los que no consigue impedir un regreso al infinito”

Teoría de la imputación objetiva.La concepción de la Imputación Objetiva entiende que un resultado o hecho típico penalmente relevante sólo será imputado objetivamente cuando se ha realizado en él, el riesgo jurídicamente no permitido creado por el autor; o dicho de otro modo, para la Teoría de la Imputación Objetiva, un resultado debe imputarse al autor si se verifica que con su acción se elevó el nivel de riesgo permitido, siendo concretizado dicho riesgo en un resultado, resultado que a su vez pertenece al ámbito de protección de la norma penal. La teoría de la imputación objetiva es un tema de discusión dogmática, si consideramos que para la imposición estatal de una pena, principal consecuencia jurídico penal del delito, es necesario que haya

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una culpabilidad declarada al autor del hecho punible, constituyendo la imputación objetiva parte sustancial del Principio de Culpabilidad.

Bibliografía DONNA, E. A., La imputación objetiva. Ensayos de derecho penal. Editorial

de Belgrano, Buenos Aires, 1997, p. 24/25. Editorial Estudio. Teoría de la equivalencia de condiciones o de la "conditio

sine qua non". En: http://www.editorialestudio.com.ar/monografias/mono/penal/Teoria_de_la_equivalencia_de_condiciones.htm

Franco, Eduardo. Estudio de la teoría de imputación objetiva en Derecho Penal. En: http://www.egov.ufsc.br/portal/conteudo/estudio-de-la-teor%C3%ADa-de-la-imputaci%C3%B3n-objetiva-en-derecho-penal

JIMÉNEZ DE ASÚA, LUIS: La ley y el delito,  Ed. Sudamericana, Buenos Aires, 1980.