Upload
lenguyet
View
214
Download
0
Embed Size (px)
Citation preview
INSTITUTO DE TRANSPARENCIA INFORMATIVADEL ESTADO DE SONORA
ITIES-RR-143j2015
EXPEDIENTE: ITIES-RR-143j2015.
SUJETO OBLIGADO: SERVICIOS DESALUD SONORA.
RECURRENTE:C.HÉCTORLÓPEZLÓPEZ.
EN HERMOSILLO, SONORA, A DOS DE DICIEMBRE DE DOS MIL
QUINCE, REUNIDO EL PLENO DEL INSTITUTO DE
TRANSPARENCIA INFORMATIVA DEL ESTADO DE SONORA, Y;
v I,S4'-Q..s~pararesolver,..IGs~tós-a.H recurso de revisión, dentro del
exp~hiente ITIES-RR-143/201S, \1.terpuesto por el Ciudadano
HÉC'tOR LÓPEZ LÓPEZ, en contr~de SERVICIOS DE SALUD
SON~, per-su inC~0rmi~~s.--:a ...•.fait~~es'J. a sus
solicitu\esd1!+~ón, con ~e \,º.~.iO-e>o:.3~~e~8\15,0030831)\.. 003 '~4 ~~QQ308 . 15 Yo 0030~ecliª 0<:;mgr~so
ochodej~ ded~s,,:aq~mce; ¿3----:J
1.- El ocho de junio de dos mil quince, el Ciudadano HÉCTORLÓPEZ
LÓPEZ solicitó por medio de Infomex, ante la Unidad de Enlace del
sujeto obligado SERVICIOS DE SALUD SONORA, la siguiente
información:
Folio00308115:"Se solicita relación de pagos realizados a empresas contratadas enproceso de licitaciónno. LA-926005961-Nll-2011. Presentar informaciónpor empresa, monto contratado, monto pagado y monto pendiente depago."
Folio00308215:"Se solicita relación de pagos realizados a empresas contratadas enproceso de licitación no. 55070026-021-11. Presentar información porempresa, monto contratado, monto pagado y monto pendiente de pago. "
1
ITIES-RR-143j2015
Folio00308315:"Se solicita relación de pagos realizados a em resas contratadas enproceso de licitación no. EA-926005961-N7-2012. Presentar informaciónpor empresa, monto contratado, monto pagado monto pendiente depago."
Folio00308415:"Se solicita relación de pagos realizados a em resas contratadas enproceso de licitación no. EA-926005961- 20-2011. Presentarinformación por empresa, monto contratado, m nto pagado y montopendiente de pago. "
Folio00308515:"Se solicita relación de pagos realizados a em resas contratadas enproceso de licitación no. EA-926005961-N5-2011. Presentar informaciónpor empresa, monto contratado, monto pagado monto pendiente depago."
Folio-QQ808615: ... \\"Se\~olicita relación de pagos realizados a em resas contratadas enpro¿~so de licitación no. EA-92'6.005961- 10-2011. Presentarinforlh.aciónpor empresa, monto cont~ado, m nto .eagade montopend~nte de\.a9\'
2.- In~bnn~ "",'eantel"'(a1'ade respu~s-sol¡ci'U es,1d" .. ~. \ \.d \.d \i1 ' \ \. ~~d .": r
e leclslete~ agosto "ed'0s m.. -e\e. ~~..~.a:akuo-re<recurso .e reVlSlOn(f. 1) ante est~nsti'tuto, ~~~al fue a~\l_ ía-sí~, por
reunir los req~\Q" \~p~~r el arti u,lo.-fl.9de la Ley de
Acceso a la Inform~ciO~hlic _y-de-Protecció de Datos Personalesdel Estado de sonoraY----
Asimismo, se corrió traslado íntegro del recur o y anexos al sujeto
obligado, para que dentro del plazo de tres día hábiles, expusiera lo
que su derecho le correspondiera, y se le requirió para que en el mismo
plazo, presentara copia certificada de la soli itud de información
materia de análisis. Así, con las documentales
expediente con clave ITIES-RR-143/2015.
3.- El veintiocho de agosto de dos mil
SERVICIOSDE SALUDSONORA,rindió el infor
(f. 20-48), el cual fue acordado de conformida
e cuenta se formó el
e, el sujeto obligado
e que le fue solicitado
(f. 49), asimismo se
requirió al recurrente para que manifestara si se encontraba de
acuerdo con la información remitida por el sujet obligado que obraba
2
ITIES-RR-143j2015
en su informe, haciéndose1e del conocimiento que una vez que pasaran
los tres días hábiles que se le otorgaban, se acordaría 10 que
correspondiese de conformidad con la Ley de Acceso a la Información
Pública y de Protección de Datos Personales del Estado de Sonora.
40- Una vez transcurrido el plazo otorgado al recurrente para que
realizara cualquier manifestación respecto al informe rendido por el
sujeto obligado, bajo auto de fecha treinta de noviembre de dos mil
quince, se le hizo efectivo el apercibimiento decretado, razón por la cual
al no existir pruebas pendientes de desahogo, se omitió abrir el juicio
a prueba, con apoyo en 10dispuesto por el articulo 56 fracción III, de
la Ley de Acceso a la Información Pública y de Protección de Datos
Personales del Estado de Sonora, y por así corresponder, con apoyo en
10dispuesto en la fraccion IV;<1e1-prJceptolegal recién mencionado, se
tur~~ el asunto para su resolución,\~;sma que hoy se dicta bajo las. \\ t ,Slgum es:
I
o l~Pl 11 \ d~PI"l' '.lo Competenclao- e, e n tituto e ~ansparencl~ .l'1~ormativa
del Estado de\\nor~s com~~~a--re,~i)~sente recurso
de revisión, en~'hni~s-~ lo ~~ab1~G:ido-ertel articulo 2 de la
Constitución POlítiC~~dO~berano de Sonora; 7,49,56
y demás relativos de la Ley de Acceso a la Información Pública y de
Protección de Datos Personales del Estado de Sonora.
Debiendo de atender este Cuerpo Colegiado, los principios señalados en
el articulo 8 de la LeyGeneral de Acceso a la Información Pública, como
lo es, el principio de Certeza, que otorga seguridad y certidumbre
jurídica a los particulares, permitiendo conocer si las acciones de este
Organismo garantes son apegadas a derecho, garantizando que los
procedimientos sean completamente verificables, fidedignos y
confiables, tanto en las actuaciones procesales, como en su motivación
y fundamentación. Eficacia, consistente en la Obligación de los
Organismos garantes de velar y tutelar, de manera efectiva, el derecho
de acceso a la información, haciendo uso esta autoridad de la facultad
3
ITIES-RR-143j2015
que le concedió el legislador de suplir la deficien ia de la queja para el
logro de materializar la garantía de acceso a 1 información de los
particulares de conformidad al artículo 4 de 1 Ley de Acceso a la
Información Pública y Protección de Datos per onales del estado de
Sonora, Imparcialidad, cualidad que deben t ner los Organismos
garantes respecto de sus actuaciones de ser aj nos o extraños a los
intereses de las partes en controversia y r solver sin favorecer
indebidamente a ninguna de ellas, Independe cia, condición en el
actuar de los Organismos garantes sin supeditar e a interés, autoridad
o persona alguna, Legalidad, obligación de los O anismos garantes de
ajustar su actuación, que funde y motive sus re oluciones y actos en
las normas aplicables, Máxima Publicidad, radic do éste principio, en
qué'fooa-la información eh po-sesiÓnde los s jetos obligados será
púJ~ca, completa, oportuna y acces\.ke, sujeta un claro régimen de
exceJciones que deberán estar ..•defm~s y se además-legjtimas y
estricbente\(lleGes~en~na~~G~'ed'l'ftl aemoc kca, GbJtividad,
bl' \. d 1 J- ~, '--"\.e':-\ .J ~, J---, .. ~ .., 1o IgacIo~ e \,::'0t~\lsmos ~\ante\ ;:~ífStr~\U~:iÓn::, ospresupud~tos de~ey qué\deben se\ aplic~ _an'alizar-:;:D.elca,' en
concreto ~~esolv\ \od\s 'lbs hech\s, pescindie~do_de las'd ,\. 't' \ \ '-:\:al\ \fi' al' d' "d 1conSI eraclOne<.'-ycn enos"\.er~\£roesb Ismo, Ing¡ o a os
Servidores Públi~}qU~abOren en los .QJ:g%Rtsm.s garantes los cuales
d b - , t :;":'h.~..:--~ ' -' - 'e eran sUJear su ~lOn-a conOCImIento tecnIcos, teoncos y
metodológicos que garanticen un desempeño e Iciente y eficaz en el
ejercicio de la función pública que encomendada, y
Transparencia, obligación de los Organism s garantes de dar
publicidad a las deliberaciones y actos racionados con sus
atribuciones, así como dar acceso a la informaci n que generen,
11.Finalidad.- El recurso de revisión, en los té inos que precisa el
articulo 53 de la Leyde Accesoa la Información -blica y de Protección
de Datos Personales del Estado de Sonora, tiene por objeto confirmar,
revocar o modificar el acto reclamado, determi ando con claridad el
acto impugnado y en torno a ello, precisar cuáles son los fundamentos
legales y motivos en los cuales se basa la decis'ón del Pleno de este
4
ITIES-RR-143/201S
Instituto para apoyar los puntos y alcances de la decisión, así como los
plazos para su cumplimiento.
Lo anterior, relacionado con el articulo 151 de la ley General de
Transparencia y Acceso a la Información Pública, el cual establece que
las resoluciones de los Organismos Garantes podrán desechar o
sobreseer el recurso; confirmar la respuesta del sujeto obligado, o
revocar o modificar la respuesta del sujeto obligado.
111.Materia del recurso.- El recurrente en su escrito de interposición
de recurso de revisión, señaló su inconformidad ante la falta de
respuesta por parte del sujeto obligado SERVICIOS DE SALUD
SONORA,a sus solicitudes de fecha ocho de junio de dos mil quince.
Por su parte, el sujeto obligado mediante informe recibido el veintiocho
de agos ae dos mil quince, señbló que efectivamente recibió las
soli ltudes con número de folio 30~ 308215, 308315, 308:~5.y
308~5, por parte del ~urren'te",\ohcl1:UdeS las :.u~-reSpQrdlO Vla
Infom~, sie{i'd(¡-..lainromhci~~pr9p.~\Ci'Onaaa: reftt{;iónde-p'ago por
empres~n~tad~ acu~. a'ead~\úm~.e..Jici ;ació~do,
monto cOFltrat~o, m~ pa'do\Y ~\~_endi~t~agO, \sí
mismo ane~as ~\pu~t~,\u~le f~\o~ñYiadas al reÁ\r:rente!
IV.- ~éto~o.-~~~n~~re~l\fOR~~e ~su~~o, espreClSOdejar p~t~al~adO que de s;..onfQrml(t~~conel prmClplOde
"máxima PUblicidad"~e-el~de acceso a la información
pública, toda información en poder de cualquier sujeto obligado es
pública, ello al tenor del articulo 14 de la Leyde Acceso a la Información
Pública y de Protección de Datos Personales del Estado de Sonora, con
las excepciones que sean fijadas y reguladas por las Leyes Federales y
Estatales, encuadrando dentro de las precitadas excepciones, la
información de acceso restringido, en sus modalidades de reservada y
confidencial, de acuerdo con 10 dispuesto en los artículos 18, 21, 27,
30 Ydemás relativos de la Ley de Acceso a la Información Pública y de
Protección de Datos Personales del Estado de Sonora.
Entonces, para atender el precitado principio, debe procurarse la
publicidad más extensa ó de mayor divulgación posible, con la que
cuenten los entes públicos, pues con ello se puede mostrar la
5
ITIES-RR-143j2015
información pública que tienen en su poder o p sesión, sea generada
por él o no, ello de conformidad con el numeral 4 en relación con los
artículos 14 y 17 de la Ley de Acceso a la Info ación Pública y de
Protección de Datos Personales del Estado d Sonora, ya que tal
dispositivo señala que los sujetos obligados oficiales en lo que
corresponda a sus atribuciones, deberán man enerla actualizada y
ponerla a disposición del público, ya sea en for a impresa o en sus
respectivos sitios en Internet o por cualquier-.otr medio remoto o local
de comunicación electrónica o, a falta de éstos, p r cualquier medio de
fácil acceso para el público, ello sin perjuicio e la información que
conforme a la citada ley, debe ser de acceso res
En ese orden de ideas se observa que el recurren e solicitó lo siguiente:
FoliQ.()e?3V8115: . 0"se\ ~olicita relación de pagos realizddos a em resas contratadas enprocéfo de licitaciónno. LA-92600596} •.'1¥(J -2011. Presentarinformaciónpor ~{fpresa, monto contratado;---montopagado monte"'Pendiente depago. \ ~. \ \~ rFolio0~.082~,\~ ~. -"Se solla'ía relaaon 'd_P.pgos\re 'llZad-s,a empresas contratadas enproceso d~~icita~ión do. 5507002~021-1X •.-Pre e.J).tar-infjprrrí1J.ciórypor::::~o:~t\t~~crn opendie},te.d~"90'"Se solicita re~~~~...g~agos realizad.os_a~m resas contratadas enproceso de licitació~,,gP,.?~tf!596í~Ñi~2012. Presentar informaciónpor empresa, monto cO[l.tratado,monto pagado monto pendiente depago."
Folio00308415:"Se solicita relación de pagos realizados a em resas contratadas enproceso de licitación no. EA-926005961- 20-2011. Presentarinformación por empresa, monto contratado, m nto pagado y montopendiente de pago. "
Folio00308515:"Se solicita relación de pagos realizados a em resas contratadas enproceso de licitaciónno. EA-926005961-N5-2011. Presentar informaciónpor empresa, monto contratado, monto pagado monto pendiente depago."
Folio 00308615:"Se solicita relación de pagosproceso de licitación no.
realizados a em resas contratadas enEA-926005961- 10-2011. Presentar
6
ITIES-RR-143j2015
información por empresa, monto contratado, monto pagado y montopendiente de pago. "
Solicitudes que adquieren valor probatorio suficiente y eficaz para
acreditar que en los términos precisados fue como se presentaron ante
el sujeto obligado, lo cual se estima así en base a que no hay prueba
en contrario, aún más cuando el sujeto obligado al rendir su informe
ante este Instituto, jamás las desmiente, sino al contrario las
proporciona en los mismos términos; razón por la cual se tienen como
ciertas tales solicitudes, dando como resultado ahora sí encuadrarlas
en el marco jurídico correspondiente.
En ese orden de ideas, se advierte que de dichas solicitudes emana
información de naturaleza pública, pues tal como lo establece la Ley de
Ac~a: Informacion PUOliL:a-;tJ~su artículo 3 fracción X, es de
aqu\~a que se contienen en docum\ntos que los sujetos obligados
gene~an, administran, Obtienen~ad~ren, trar:Sform-an;-p\oseen o
conse\an, p~la. le~a c~tJ::.m la--eomoaque~ue c}s""Goligación
mantene~la PU~llcl'd~~per~e .. e e~r~~ e~.solicl' da.A. . '\ \',~ .¿\ \ al \b.l"~ 1... .• , alsrmlsmo, emaNa ift.orH,laClOnae na ,~_Pli ma-uaslca,
solicitarse 1fiform\ció~ r~ereJte 'a\ li~a't:"Í<Íne0ter.ioF, con
fundamento ~ ar\~ul~~f~~~\i'ela Ley de Acceso a la
Información Públ~W d~..prJtección de D"at0s"f?ersonaIesdel Estado de
Sonora.
Además, es importante puntualizar que se analizó que el sujeto
obligado lleva a cabo el sistema de licitaciones públicas, dado que el
presupuesto otorgado al ente lo permite, conforme lo señalado por el
Boletín del Presupuesto de Egresos del Gobierno del Estado,
cumpliendo así con su articulo 19 en íntima relación con el articulo 26
de la Ley de adquisiciones, arrendamientos y prestación de servicios
relacionados con bienes muebles de la administración pública estatal.
v.- Sentido.- Ahora bien, quien resuelve, estima que los motivos de
inconformidad aducidos por el recurrente son fundados, ya que éste se
encuentra inconforme ante la falta de respuesta del sujeto obligado
SERVICIOSDE SALUDSONORA,ya que hasta el día en que interpuso
su recurso de revisión no había recibido respuesta alguna.
7
ITIES-RR-143j2015
Por otra parte, tenemos que el sujeto obligado c n fecha veintiocho de
agosto de dos mil quince, rindió informe ante es e Instituto, en el cual
dio respuesta de manera completa a las solicitud s con número de folio
00308115,00308215,00308315,00308415 YO 308515, en los cuales
señaló la relación de pago por empresa contrat a de acuerdo a cada
número de licitación solicitado, monto contrat do, monto pagado y
monto pendiente de pago, información requerid por el recurrente; sin
embargo, se advierte que el sujeto obligado omiti rendir la información
solicitada referente a la solicitud con número d folio 00308615, con
fecha de ingreso ocho de junio de dos mil quinc , en la cual se solicitó
relación de pagos realizados a empresas contr tadas en proceso delicitación no. EA-926005961-NlO-2011. Prese tar información porempl'esa;-monto contra-taao"-;"m7Jntopdgado y mo opendiente de pago.
En \6e sentido y con base en lo expu~~to anterio ente, en atención al
artíc~lo 53 de la Ley de Acces0'"a-.lain~ación Púb,.a..del-Estado de
sono,,"se '(,i>ñIFlC~,es~~ ordena!JsujetfllbligadoSERVIC~S DEjgnuD SOfi~RA\\..en~~en la
informacioR fal~te ~\2itada\cl OÓhO~~~.r-Q~ .Jn~i~qumce, on
número de~lio ~\oi6~\Sin\cos'ili al~no, dentro d~\ térmi¿ de
cinco días se~~ en.el a\~~~ \.a..P~~ da Ley, siendo que en
el presente caso lo~~e\@be\ntregarse_es:
Se solicita relación ~pag:os-réQlizados a em resas contratadas enproceso de licitaciór[-' no. EA-926005961- 10-2011. Presentarinformación por empresa, monto contratado, anta pagado y montopendiente de pago.
En el entendido que en caso de
requerimiento, este Instituto puede coactivamente su
cumplimiento ya que se encuentra facultado p a decretar y ejecutar
las medidas contempladas en el articulo 60 de la Ley de Acceso a la
información Pública y de Protección de Datos Pe ,sonales del Estado de
Sonora.
Una vez que se ha señalado lo anterior, tenemos que el sujeto obligado
quebrantó en perjuicio del recurrente el numer 41,42 Y44 de la Ley
de Acceso a la Información Pública y de Protecci .n de Datos Personales
8
J
ITIES-RR-143j2015
del Estado de Sonora, el cual señala que el sujeto obligado cuenta con
un término de cinco días hábiles para que señale si fue aceptada,
rechazada o declinada por razón de competencia la solitud de acceso a
la información y en caso de no hacerlo en dicho plazo, de pleno derecho
y sin necesidad de declaración especial se entenderá contestada
afIrmativamente la solicitud correspondiente, y por ende deberá
entregarse la información que correspondiera a la afIrmativa fIcta;
asimismo se estipula que toda solicitud deber ser satisfecha dentro de
un plazo no mayor a quince días hábiles a partir de su fecha de
recepción, salvedad hecha del caso previsto por el articulo siguiente,
siendo en el presente caso que el sujeto obligado omitió cumplir con los
anteriores fundamentos legales, respecto de la solicitud con número de
~~!~::::~:~.-Hecho lo anterior, ~n cumplimiento a las facultades
otor~~das estrictamente por 10'S"-artíc~s 53, Tercer P..árr-af'@,57 Bis,
fracci\IV d~y <\~eso~a)nf@11I1aE'ión Pú~tc: y Ik(')te~ciónde
Datos P6{somiles:de.l~stad~ono~\l(,)s-c~ble~en:
Articulo ~ Te~er ~\ Cuan\o e~~~;to_de~I~e al -n
servidor púBUcop~~ ;Sber~ck~~n ~sponsabilidad e_cu~ier
naturaleza, ~rá ~ce~o a.e~cimi~to de la autoridad que
corresponda par~~e ~kta:;-)inmás re!luisit(')~ql:1:é-aíchacomunicación,
inicie los procedimi~~Ced~
y el articulo 57 Bis, fracción IV que establece que las resoluciones
deberán contener entre otros, lo siguiente: IV.- La indicación de la
existencia de una probable responsabilidad y la solicitud de inicio de la
investigación en materia de responsabilidad de servidores públicos.
Es que este Instituto estima una probable existencia de responsabilidad
del sujeto obligado SERVICIOS DE SALUD SONORA, en base a lo
dispuesto por los numerales antes transcritos, encuadrando en la
fracción II del articulo 61, pues el mismo establece que los servidores
públicos serán responsables por el incumplimiento de las obligaciones
establecidas en esta Leyy además por incurrir en la omisión de atender
las solicitudes de acceso a la información en contravención a las
disposiciones de la Ley,yen la presente causa encuadra, puesto que el
9
ITIES-RR-143/201S
sujeto obligado no atendió la solicitud con núm o de folio 00308615;
y respecto a la fracción III del precitado numer , por la omisión en el
suministro de la información pública solicitada en la respuesta a los
solicitantes, de conformidad con lo que establece la ley, ya que hasta la
fecha de esta resolución no se ha entregado la . formación requerida
en la solicitud con número de folio 00308615; n consecuencia, se le
ordena a la Secretaria de la Contraloría Gener del Estado, realice el
procedimiento correspondiente para que sancio e la responsabilidad
en que incurrió el Titular de la Unidad de Enla e del SERVICIOSDE
SALUDDE SONORA,conforme lo establece el 'culo 62, de la Leyde
Acceso a la Información Pública y de Protección Datos Personales del
Estado de Sonora, así como los articulo s 73 y 78, de la Ley de
RMe~o~s.atrilidades deIbS. servitllD(\S Públic s del Estado y los
UR1ClplOS. _~Por ~timo es importante señaJar-que en cumpli ien7e-lO~dispuesto
por e~artiCU1o'1'\ de~~.y Je~c~se-a-! nfi rm ción (á'bAca y de
Protee'\" d¿')¡)~rSO~~ael ~4 RO', se enfa~uedesde la ~mis~ del}¡fesente\ec~o ~ \-{g~irifLa-l~~ar/ue
dieran su c~sen~llie~ ~a ~bliC\ o~o~ ~sonales; sin
embargo, an~la fJ'ta ~~~~l-t:~cre' iento precitado, se
estima como n~~~0-eI consentimien:t~.p . a puolicar los datos
personales de las Paft~~en ecpr~nto .............-En este tenor, notifiquese y en su oportunida archívese el asunto
como total y defmitivamente concluido, hacié dose las anotaciones
pertinentes en el Libro de Gobierno correspondi nte.
Por lo expuesto y fundado y con apoyo además en el articulo 2° de la
Constitución Politica del Estado de Sonora, 1,2, 5, 7, 48, 49, 53, 55 Y
56, de la Ley de Acceso a la Información Públ ca y de Protección de
Datos Personales del Estado de Sonora, se resu lve bajo los siguientes:
10
1r
ITIES-RR-143j2015
P U N T O S R E S O L U T I V O S:
PRIMERO: Con fundamento en el articulo 53 de la Ley de Acceso a la
Información Pública y de Protección de Datos Personales del Estado de
Sonora, se MODIFICA la respuesta otorgada al C. HÉCTOR LÓPEZ
LÓPEZ, para quedar como sigue:
SEGUNDO: Se ordena a SERVICIOS DE SALUD SONORA, entregar la
información solicitada por el recurrente el ocho de junio de dos mil
quince, en la solicitud con número de folio 00308615, siendo la
información pendiente de entregar la siguiente:
Se solicita relación de pagos realizados a empresas contratadasen proceso de licitación no. EA-926005961-NIO-2011. Presentarinformación por empresa, manía G~mtratado,monto pagado ymonto~íiendientede pago. . ~~ "
Lo ~terior, dentro del plazo de cinep~-t..s hábiles contados a partir de
la n~cación de est/é,solu~aciendo sª-b_e.xV..-cúmpiñnientoa
esteIn\titut~el ~~~~ ~'!.-aw<~en~o 59de la Le de Acceso ~a~Iriformá~ón P'lilbli:ea~ot'ecdón de IYatos
Personales del ~tad~~So~ra~n ~~nte~""CfI1b' e~) de
incump1imie~Q al tedot )e~~i~to,~\~tuto-p~ede obtener. ~~ 1:\.~ \l\' ~ •. 1 dcoactivamente su cu. l1}l1e~t~a-:qú,~se encuentra lacu ta o para
decretar y e;ecut~'oI ,s medid~rfte11iñ'pl¡r-d'iis en .e1articulo 60 de la:.J '<~~ '. "\
Ley de Acceso a la i'RfoI"Il'ÍÍÍCiónPública. y de Plotección de Datos
Personales del Estado de Sonora.
TERCERO: Se ordena girar oficio a la Secretaria de la Contraloria
General del Estado de Sonora, en términos de 10 estipulado en el
articulo 61 fracción II y III, de la Leyde Acceso a la Información Pública
y de Protección de Datos Personales del Estado de Sonora, precisados
en el considerando sexto (VI).
CUARTO: Se pone a disposición del recurrente para su atención el
teléfono 01-800-701-6566 y el correo electrónico
recursoderevisió[email protected] para que comunique a este
Instituto sobre cualquier incumplimiento de la presente resolución.
11
)
ITIES-RR-143j2015
QUINTO:N O T I F Í Q U E S E a las partes por edio electrónico, con
copia simple de esta resolución; y:
SEXTO: En su oportunidad archívese el a unto como total y
definitivamente concluido, haciéndose las anota iones pertinentes en
el Libro de Gobierno correspondiente.
ASÍ LO RESOLVIERON LOS VOCALES I TEGRANTES DELINSTITUTO DE TRANSPARENCIA INFORMAT A DEL ESTADO DESONORA, LICENCIADOS MARTHA ARELY LÓPEZ NAVARRO,FRANCISCO CUEVAS SÁENZ y MTRO. DRÉS MIRANDAGUERRERO, ESTE ÚLTIMO EN CALIDAD E PONENTE, PORUNANIMIDADDE VOTOS, ANTE DOS TESTIG S DE ASISTENCIA,CON QUIENES ACTÚAN Y DAN FE, HABI' NDOSE HECHO LAPUBLICACIÓN DE SU SENTIDO EN LUGAR VISIBLE DE ESTEÓRGANO PÚ LICO EL DÍA SIGUIENTE DE SU APROBACIÓN.-CONSTE.AMp.1.
•
...,..]lAVARRO-
LICENCIADOF
12
S SÁENZ