Sistema Nacional de Intermediacion, Orientacion e Informacion de Empleo (SIOIE)

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Manual del Sistema Nacional de Intermediación, Orientación e Información de Empleo (SIOIE), elaborado en Costa Rica en 2012, con la coordinación de Juan Miguel de Pablo Urban, asistencia técnica de cooperación internacional.

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Este trabajo ha sido elaborado por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, el Instituto Nacional de Aprendizaje y el Ministerio de Educacin Pblica de Costa Rica para el Sistema Nacional de Intermediacin, Orientacin e Informacin de Empleo y ha contado con la colaboracin de municipalidades adscritas al SIOIE, de la Agencia Espaola de Cooperacin Internacional para el Desarrollo (AECID), del Ministerio de Trabajo e Inmigracin de Espaa y del Servicio Andaluz de Empleo de la Junta de Andaluca. Se prohbe la modificacin y reproduccin de esta gua sin la autorizacin de las instituciones propietarias.

Consejo Nacional de Intermediacin de Empleo: - lvaro Gonzlez Alfaro, Director Nacional de Empleo, Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS). - Olman Segura Bonilla, Presidente Ejecutivo, Instituto Nacional de Aprendizaje (INA). - Fernando Bogantes Cruz, Director Educacin Tcnica y Capacidades Emprendedoras, Ministerio de Educacin Pblica (MEP). - Numa Estrada Ziga, representante de la Unin Costarricense de Cmaras de la Empresa Privada (UCCAEP). - Juan Rafael Espinoza Esquivel, Acadmico del IESTRA-CONARE, Consejo Nacional de Rectores. Secretara Tcnica: - Carmen Capuano Fonseca, Jefa del Departamento de Intermediacin, Orientacin y Prospeccin de Empleo (MTSS). - Lorena Fonseca Gamboa, Jefa de la Unidad de Servicio al Usuario (INA). - Mauricio Arce Vquez, Administrador de la Plataforma Electrnica (INA). - Luis Aguilar Villareal, Jefe del Departamento de Vinculacin con la Empresa y la Comunidad (MEP). - Mara Elena Vargas Ramrez, Encargada del Proceso de Intermediacin de Empleo (INA) (suplente). - Carmen Alvarado, Coadministradora de la Plataforma Electrnica (INA) (suplente). - Jos Luis Alfaro vila, Asesor Nacional (MEP) (suplente). Diseo portada e impresin: Grupo PrintCenter [email protected] Primera edicin: San Jos de Costa Rica, septiembre de 2010

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EQUIPO TCNICO ENCARGADO DE LA ELABORACIN DEL MANUAL Coordinacin tcnica de la elaboracin del Manual: Juan Miguel de Pablo Urban. Asistencia Tcnica del Ministerio de Trabajo e Inmigracin de Espaa y del Servicio Andaluz de Empleo de la Junta de Andaluca. Araya Gonzlez, Wilson. Municipalidad de Curridabat. Barrantes Salas; Damaris. Direccin General Educacin Tcnica (Dpto. Vinculacin con la Empresa), MEP. De Pablo Urban, Juan Miguel. MTIN. de Espaa y Servicio Andaluz de Empleo. Durn Rodrguez, Arellys. Unidad Servicio al Usuario, INA. Gutirrez Blanco,Yorleny. Colegio Tcnico Profesional de Educacin Comercial y de Servicios, MEP. Herrera Rodrguez, Marjorie. Municipalidad de Escaz. Mena Valverde, Jacqueline. Unidad Regional Heredia, INA. Muoz Quirs, Carlos Luis. Direccin Nacional de Empleo, MTSS. Webb Morales, Jessie. Colegio Tcnico Profesional.Vzquez de Coronado, MEP. Rodrguez Solano, Adilia. Colegio Vocacional Monseor Sanabria, MEP. Zamora Fonseca, Luis Sergio. Direccin Nacional de Empleo, MTSS. Mara de los ngeles Campos Arce, Direccin Nacional de Empleo, MTSS. Mnica Riveros Rojas. Direccin Programa FOIL-AECID Costa Rica. Ministerio de Trabajo e Inmigracin de Espaa, a travs de su programa de asistencias tcnicas de cooperacin internacional. Servicio Andaluz de Empleo de la Consejera de Empleo de la Junta de Andaluca, en la cesin del experto para la Asistencia Tcnica. Agencia Espaola de Cooperacin Internacional al Desarrollo (AECID).

Equipo tcnico que particip en la elaboracin del Manual: -

Revisin textos: Colabora: Instituciones colaboradoras:

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ndice General

Presentacin . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .7 Introduccin . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .11 1. a. b. 2. a. b. c. d. 3. 4. a. b. c. 5. 6. 7. El Sistema Nacional de Intermediacin, Orientacin e Informacin de Empleo de la Repblica de Costa Rica (SIOIE). . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .13 Antecedentes. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .13 Evolucin y situacin actual. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .16 Marco legal. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .21 Relacin de normativa nacional. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .21 Relacin de normas internacionales ratificadas por Costa Rica y que hacen referencia al empleo. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .22 Otra normativa internacional relacionada. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .22 Otra normativa de inters. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .22 Funciones del Sistema Nacional de Intermediacin, Orientacin e Informacin de Empleo (SIOIE). . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .23 Objetivos del Sistema Nacional de Intermediacin, Orientacin e Informacin de Empleo (SIOIE). . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .25 Objetivo general. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .25 Objetivos especficos. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .25 Otros objetivos institucionales implcitos en el SIOIE. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .25 Polticas y principios reguladores. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .27 Niveles de actuacin. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .29 Beneficios que brinda el Sistema Nacional de Intermediacin, Orientacin e Informacin de Empleo. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .31

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Sistema Nacional de Intermediacin, Orientacin e Informacin de Empleo: un modelo estructural complejo e integrador. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .33 Instancias e instituciones que conforman el Sistema. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .33 Instituciones y poblacin meta. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .39 Lneas de coordinacin e integracin interinstitucional. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .40 Procesos de desconcentracin y descentralizacin en el SIOIE. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .42 Un modelo funcional de Servicio Pblico de Empleo. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .47 Proceso de Intermediacin en el SIOIE. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .47 La gestin de la Oferta de Empleo. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .49 La gestin de la Demanda de Empleo. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .53 La mejora de la ocupabilidad de las personas oferentes de empleo. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .55 La Orientacin laboral en el SIOIE. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .59 a. Concepto de Orientacin Laboral. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .59 b. Instrumentos y formatos de atencin. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .59 c. Acciones de Orientacin e Informacin Laboral. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .59 La informacin del mercado de trabajo: investigacin laboral y observatorios del mercado de trabajo. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .63 Herramientas para la gestin. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .67 Aplicaciones telemticas para la gestin del empleo: la Plataforma Electrnica. . . . . . . . . . . . . . . .67 los Catlogos y la Clasificacin de Ocupaciones. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .68 Manuales de Gestin. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .70 a. Manual del Sistema Nacional de Intermediacin, Orientacin e Informacin de Empleo (SIOIE). . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .70 b. Manual de la Plataforma Electrnica. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .70 c. Gua para la Gestin Laboral. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .71 Procedimientos y protocolos. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .73 Atencin a la Oferta. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .73 Atencin a la Demanda. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .76 Promocin y difusin del SIOIE y la Plataforma electrnica y captacin de puestos de trabajo. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .77 Orientacin Ocupacional. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .80 Perfiles profesionales. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .81 Referencias bibliogrficas y documentales. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .83 Anexos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .87

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Presentacin

El servicio pblico de empleo en Costa Rica se lleva a cabo por medio de un Sistema Nacional de Intermediacin, Orientacin e Informacin de Empleo (SIOIE) y una plataforma electrnica denominada buscoempleocr.com.

Este modelo de atencin se aplica en el pas desde agosto del ao 2009 y rene una serie de condiciones nicas y ejemplares. La caracterstica que ms define su peculiaridad es el hecho de que, tanto el Sistema como la Plataforma, son instrumentos donde confluyen los esfuerzos del Departamento de Intermediacin de Empleo del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS), el Ministerio de Educacin Pblica (MEP) por medio de los Colegios Tcnicos Profesionales, Servicio de Intermediacin de Empleo del Instituto Nacional de Aprendizaje (INA) y varias municipalidades en convenio con el MTSS.

El SIOIE se cre por medio del Decreto No. 34936 MTSS publicado en el diario oficial La Gaceta 244 del 17 de diciembre del 2008 y buscoempleocr.com (que entr en funcionamiento en agosto del 2009) es una derivacin de esa normativa. Dicho decreto define el establecimiento de:

1. Un Consejo Nacional de Intermediacin de Empleo como rgano de poltica superior. 2. Una plataforma electrnica nica, con cobertura nacional para la bsqueda de empleos y de capital humano y, 3. Una Secretara Tcnica.

Sin embargo, la compleja organizacin del SIOIE y la estructura creada para la atencin del portal electrnico imponen la necesidad, indispensable, de establecer un mecanismo de coordinacin y comunicacin para facilitar, encauzar y conducir adecuadamente los esfuerzos de todas y cada una de las partes involucradas. Con ese objetivo un grupo de gestores(as) de empleo ligados a la operacin del Sistema y a la Plataforma Electrnica se reunieron durante tres semanas, bajo la coordinacin tcnica del asesor espaol Juan Miguel de Pablo Urban, para hacer el Manual del Servicio Pblico de Empleo de la Repblica de Costa Rica.

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Son personas funcionarias representantes de cada una las instancias integradas en el Sistema, quienes aportaron sus conocimientos, sin intereses institucionales o personales de por medio. Ellas y ellos lo hicieron con la finalidad de hacer realidad el manual que Usted tiene ahora en sus manos, el cual es motivo de gran satisfaccin para el MTSS, el MEP, el INA y las Municipalidades. Este documento fue ideado para poner a disposicin de las personas funcionarias de los Servicios de Intermediacin de Empleo la informacin necesaria mediante la cual se pueda captar, bajo un mismo criterio, los puestos de trabajo de quienes necesitan recursos humanos y los perfiles ocupacionales de quienes estn en la bsqueda de empleo. El horizonte comn del esfuerzo es coadyuvar en la estructuracin del servicio pblico de empleo en el pas. Tambin superar los retos que impone el modelo que nos ocupa, pues el mismo rompe con la antigua forma de llevar a cabo la intermediacin de empleo por parte de las instituciones pblicas relacionadas con la temtica. Esta obra colectiva tiene como principales objetivos la sistematizacin y la actualizacin de la informacin existente; el establecimiento de lneas de coordinacin e integracin interinstitucionales; y la esquematizacin del modelo estructural del Sistema. Su finalidad es contribuir al enriquecimiento de conocimientos entre todas las personas que llevan a cabo su labor en el mbito de la gestin de empleo e, indiscutiblemente, fortalecer las capacidades de gestin de nuestras organizaciones. Como todo manual, el presente documento define a las instituciones participantes, su poblacin meta, la estructura del modelo y las reas de trabajo. Define, adems, la interrelacin entre las distintas instituciones que integran el Sistema y proporciona conceptos bsicos. Este Manual intenta homogenizar los procesos de informacin y comunicacin para uniformar las rutinas de trabajo, de tal manera que se eviten las acciones arbitrarias. De una forma sencilla pretende facilitar las distintas labores llevadas a cabo dentro de la intermediacin laboral e incrementar la eficiencia de las personas gestoras de empleo por medio de lineamientos que les indican qu hacer y cmo hacerlo. Esto ahuyenta la duplicidad de funciones, allana las coordinaciones interinstitucionales y permite aprovechar mejor los recursos disponibles para mejorar la ocupabilidad de las personas. El Manual del Servicio Pblico de Empleo de la Repblica de Costa Rica contiene protocolos de atencin para las personas oferentes y demandantes de recursos humanos. En sus lneas se define lo que es un servicio pblico de empleo y su fundamento legal. Igualmente concreta el concepto de empleo, las caractersticas de las oficinas que intermedian y su gestin. Se incluye la orientacin e investigacin laboral y hace referencia al Observatorio del Mercado Laboral.8

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De esta forma, el Manual del Servicio Pblico de Empleo de la Repblica de Costa Rica es un punto de encuentro para todos y todas las personas que realizan intermediacin de empleo. Constituye un documento de consulta obligatoria para atender al pblico mediante criterios uniformes, respuestas especficas y un trato igualitario para quienes usan los servicios pblicos de empleo. Esperamos que, de la misma manera en que los principales representantes del Sistema Nacional de Intermediacin, Orientacin e Informacin de Empleo aplauden la realizacin de este documento, Usted le d la mayor bienvenida y lo utilice para ayudarse en sus tareas cotidianas.

La Secretara Tcnica del SIOIE

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Introduccin

Un servicio pblico de empleo requiere estar fundamentado en una serie de premisas generales, estar soportado en una norma adecuada a las necesidades del pas y establecer los procedimientos en los que sustentar la atencin a las personas usuarias del mismo. Costa Rica ha implementado un modelo propio, el Sistema Nacional de Intermediacin, Orientacin e Informacin de Empleo (SIOIE). Este modelo se construye desde la participacin e integracin interinstitucional lo que le dota de importantes beneficios al permitirle aprovechar, de forma sinrgica, los recursos existentes y la capacidad instalada de las instituciones que la componen. Por otra parte, esta misma ventaja incluye una particular complejidad al forzar al Sistema Nacional y a las instancias que conforma a constantes esfuerzos de coordinacin y consenso. Por ello, es de especial importancia establecer cauces comunes y soportes integrados que apoyen una implementacin homognea de los procesos de atencin a las personas que buscan empleo as como de los protocolos de asesoramiento y apoyo a las empresas que requieren de recurso humano, acorde a las necesidades de los puestos de trabajo que solicitan. En este sentido se han puesto en marcha instrumentos como la Plataforma Electrnica de Intermediacin, Orientacin e Informacin de Empleo, se han conformado instancias como el Consejo Nacional de Intermediacin y su Secretara Tcnica, inequvocas iniciativas refrendadas por norma legal, que marcan los inicios de un proceso de construccin nacional para enfrentar el desempleo, procurar informacin sobre el mercado laboral, establecer programas y polticas activas de empleo y mejorar el diseo y actualizacin continua de las acciones formativas y de capacitacin que las empresas requieren. La iniciativa de elaborar este Manual del Sistema Nacional de Intermediacin, Orientacin e Informacin de Empleo (SIOE) se sita en la misma lnea pues pretende recoger todos los elementos y actuaciones desarrolladas en estos ltimos aos, conectarlas e incorporar una visin sistmica de los procesos que se van a implementar en el futuro. Para conseguir este objetivo se han trazado una serie de lneas en su contenido. En primer lugar se describen los antecedentes histricos del Sistema Nacional y su situacin actual, el marco legal que lo sustenta y se desgranan los objetivos, funciones, principios reguladores y beneficios que aporta a la poblacin usuaria. En segundo lugar, se detalla el modelo estructural haciendo11

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especial nfasis en los procesos de desconcentracin y descentralizacin adoptados para hacer accesible el servicio de empleo a la mayor cantidad de poblacin, las necesarias estrategias y lneas de coordinacin interinstitucional y su proyeccin para una eficaz implementacin de los procesos de intermediacin en el mercado de trabajo. En tercer lugar, se detiene en la descripcin del modelo funcional que se pretende, haciendo especial referencia a la atencin de la oferta y la demanda de empleo, no solo desde la vinculacin que en todo servicio pblico de empleo se supone, sino en sealar cnones de calidad para procurar la mejora de la ocupabilidad de las personas en bsqueda de empleo y el asesoramiento acertado a las empresas que requieren de recurso humano. Insiste, por ello, en la visin integral de los procesos procurando la conexin entre las necesidades y expectativas de la poblacin usuaria y los servicios y acciones que cada una de las instituciones participantes desarrolla. Por ltimo, se describen protocolos homogneos de atencin a la oferta y la demanda de empleo, su vinculacin, as como se detallan procedimientos para la captacin de puestos de trabajo y difusin o promocin del SIOIE. Estos protocolos se centran en indicar cmo es el accionar del personal tcnico de gestin de empleo y pretende, entre otras cosas, facilitar los procesos de capacitacin del personal que se incorpore a la labor de intermediar en las distintas instituciones y dispositivos de atencin. Se precisa, por tanto, integrar en la formacin inicial de las personas que desarrollarn las labores del SIOIE, una visin global del Sistema con sus caractersticas y protocolos, el conocimiento y manejo de la Plataforma Electrnica as como el aprendizaje de habilidades para la orientacin laboral de las personas oferentes de empleo. Para ello el SIOIE cuenta con los soportes documentales y telemticos necesarios entre los que se destacan el presente Manual, la Plataforma Electrnica y la Gua de Gestin Laboral.

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1.

El Sistema Nacional de Intermediacin, Orientacin e Informacin de Empleo de la Repblica de Costa Rica (SIOIE).

a.

Antecedentes.

El Servicio Pblico de Empleo nace en concordancia al mandato constitucional, segn el artculo 72 de la Constitucin Poltica de la Repblica de Costa Rica que seala que: el Estado mantendr, mientras no exista seguro de desocupacin, un sistema tcnico y permanente de proteccin a los desocupados involuntarios y procurar la reintegracin de los mismos al trabajo. A esto se une la Ley Orgnica del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, n 1860, promulgada en 1955 (en este aspecto reformado por artculo 1 de la Ley N 3095 de 18 de febrero de 1963), que en su Captulo IV revela el primer indicio de servicio pblico de empleo en Costa Rica. Se menciona la Oficina de Empleo como instrumento para la atencin a las necesidades de recurso humano de las empresas y de trabajo de las personas en bsqueda de empleo. Es de destacar que en su artculo 75, ya se seala que corresponden al rea de empleo las siguientes actividades: 1- Estudiar, de una manera continuada y permanente, las necesidades y los recursos de mano de obra del pas, con el fin de establecer una poltica nacional en ese sentido, incluyendo colocaciones y formacin profesional. 2- Asegurar, hasta donde sea posible, una mejor distribucin de la mano de obra, encauzando a los trabajadores hacia los empleos disponibles dentro de las ocupaciones de su escogencia. 3- Controlar el funcionamiento de las agencias privadas de colocacin que la ley permita; y 4- Confeccionar y mantener al da un Manual Descriptivo de Ocupaciones.

Para la distribucin de la mano de obra, segundo punto reseado, seala que se proceder a:

a) Facilitar la movilidad de la mano de obra, con el fin de que los trabajadores puedan desarrollar sus actividades de acuerdo con sus capacidades y conocimientos, y as alcanzar y mantener un nivel mximo en la produccin y en el empleo; b) Establecer registros especiales para inscribir las demandas y las ofertas de empleo, con el objeto de ayudar a los trabajadores a encontrar una colocacin conveniente y a los patronos, trabajadores apropiados a las necesidades de las empresas; y c) Determinar facilidades para ayudar a los trabajadores a elegir, mejorar o cambiar sus ocupaciones, tomando en cuenta las caractersticas de las personas y las posibilidades que ofrece el mercado del empleo.13

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Por ltimo, seala que todas personas trabajadoras inscritas en la citada oficina, se le proveer de la cartilla profesional correspondiente (artculo 81). El 2 de junio de 1960, Costa Rica ratifica el Convenio n 88 de la OIT sobre Servicio del Empleo. En este convenio internacional, los pases que lo ratifican, se comprometen, entre otras cosas, a: 1. Garantizar el mantenimiento de un servicio pblico y gratuito del empleo (Art. 1). 2. El servicio del empleo deber consistir en un sistema nacional de oficinas del empleo, sujeto al control de una autoridad nacional (Art. 2). 3. Deber comprender una red de oficinas locales y, si ello fuere oportuno, de oficinas regionales, en nmero suficiente para satisfacer las necesidades de cada una de las regiones geogrficas del pas y convenientemente situadas para los empleadores y los trabajadores (Art. 3). 4. Se debern celebrar los acuerdos necesarios, por intermedio de comisiones consultivas, para obtener la cooperacin de representantes de los empleadores y de los trabajadores en la organizacin y funcionamiento del servicio del empleo, as como en el desarrollo del programa del servicio del empleo (art. 4). 5. El servicio del empleo deber estar organizado de suerte que garantice la eficacia de la contratacin y de la colocacin de los trabajadores, y a estos efectos deber (art. 6): a) ayudar a los trabajadores a encontrar un empleo conveniente, y a los empleadores a contratar trabajadores apropiados a las necesidades de las empresas, y ms especialmente deber, de conformidad con las reglas formuladas de acuerdo con un plan nacional: b) llevar un registro de las personas que soliciten empleo; tomar nota de sus aptitudes profesionales, de su experiencia y de sus deseos; interrogarlas a los efectos de su empleo; evaluar, si fuere necesario, sus aptitudes fsicas y profesionales, y ayudarlas a obtener, cuando fuere oportuno, los medios necesarios para su orientacin o readaptacin profesionales; c) obtener de los empleadores una informacin detallada de los empleos vacantes que hayan notificado al servicio, y de las condiciones que deban cumplir los trabajadores solicitados para ocupar estos empleos; d) dirigir hacia los empleos vacantes a los candidatos que posean las aptitudes profesionales y fsicas exigidas; e) organizar la compensacin de las ofertas y demandas de empleo de una oficina con otra, cuando la oficina consultada en primer lugar no pueda colocar convenientemente a los candidatos o cubrir adecuadamente las vacantes, o cuando otras circunstancias lo justifiquen; 6. El servicio del empleo y, si fuere necesario, otras autoridades pblicas debern tomar todas las medidas posibles, en colaboracin con las organizaciones de empleadores y de trabajadores y con otros organismos interesados, para estimular la utilizacin mxima voluntaria del servicio del empleo por los empleadores y los trabajadores (Art. 10). Con estos antecedentes se inicia el recorrido del servicio pblico de empleo en Costa Rica y, a lo largo de los aos, se va construyendo esta rea de competencia pero de forma muy lenta y con ausencia de recursos humanos y materiales. A inicios de los aos 70 se abre la primera

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oficina de empleo en la capital por parte del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) y, posteriormente con el apoyo de donantes internacionales, otras oficinas en Limn y Puntarenas que, al tiempo cerraron definitivamente. Solo qued la Oficina Central en San Jos. En el ao 2000, el pas cuenta con el Departamento de Mano de Obra y Migraciones Laborales del MTSS, que constituye la nica Oficina de Empleo existente, dependiente de la Direccin Nacional de Empleo en la capital, San Jos. A la par, el Instituto Nacional de Aprendizaje (INA), en la Unidad de Servicio al Usuario, ubicado en la Uruca (San Jos), mantiene una oficina de intermediacin. Los orgenes del Servicio de Intermediacin de Empleo en el INA datan del mes de abril de 1994, cuando, por acuerdo de la Junta Directiva en sesin 3123, se crea el servicio como Bolsa de Empleo del Centro de Educacin y Trabajo, con el fin de facilitar al alumnado de las acciones de capacitacin y para las personas egresadas de estas acciones formativas su incorporacin al mundo de trabajo. Para 1995 se inicia la conceptualizacin del Servicio como un proceso de intermediacin de empleo, donde se supera la concepcin de Bolsa de Empleo. Es definitivamente con la publicacin en La Gaceta, el 9 de enero de 2001, del Decreto n 29219-MTSS sobre el Reglamento del Consejo Nacional de Intermediacin de Empleo (actualmente derogado), cuando se confirma un modelo de servicio pblico de empleo propio, ambicioso y que incorpora ms claramente los objetivos establecidos tanto en la norma nacional como en lo ratificado por el Convenio n 88 de la OIT. Esta norma define un modelo de servicio pblico de empleo de carcter plurinstitucional y complejo: el Sistema Nacional de Informacin, Orientacin e Intermediacin de Empleo, con sus correspondientes rganos: el Consejo Nacional de Intermediacin de Empleo y la Secretara Tcnica. A raz de la publicacin del Decreto Ejecutivo 29219-MTSS, se ponen en marcha diferentes iniciativas, entre las que se pueden destacar: la planificacin, uso y desarrollo de aplicaciones informticas para la gestin de empleo con desiguales resultados; la realizacin de actuaciones con la participacin de todas las instituciones del SIOIE, la elaboracin de las primeras Guas de Informacin y Orientacin Profesional, la firma, por parte del MTSS, de los primeros convenios con municipalidades para ampliar la red de oficinas de empleo, etc. A pesar de que se haba establecido el marco normativo necesario, el sistema no consigue ponerse en marcha como bien se explicita en los considerandos 3 y 4 del Decreto n 34936MTSS (2008), que seala: 3- Que mediante el Decreto Ejecutivo 29219-MTSS del 22 de diciembre de 2000, publicado en La Gaceta 6 del 09 enero de 2001, se emiti el Reglamento del Consejo Nacional de Intermediacin de Empleo, cuyas funciones se centran en dictar y hacer cumplir las polticas, acciones, programas de capacitacin y convenios referentes a la materia de empleo y al Sistema Nacional de Informacin, Orientacin e Intermediacin en el empleo. Sin embargo con el transcurso de los aos, se identific la inoperancia del mismo y se desnaturaliz la figura del Sistema Nacional de Informacin, Orientacin e Intermediacin de empleo, atribuible bsicamente a la gran cantidad de Instituciones que lo conforman y a la naturaleza de la representacin exigida. Por ello es necesario, reformularlo para que tenga una conformacin ms ajustada a las necesidades de la gestin de intermediacin de empleo, sea un rgano ms flexible, con menos Instituciones en representacin y con la posibilidad para los Jerarcas de nombrar un suplente ante sus ausencias.15

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4- Que en el artculo 9 del Decreto Ejecutivo 29219-MTSS del 22 de diciembre de 2000, publicado en La Gaceta 6 del 09 de enero de 2001 se crea la Plataforma Electrnica del Sistema Nacional de Informacin, Orientacin e Intermediacin de Empleo, a cargo del Instituto Nacional de Aprendizaje que permite el acceso a las bolsas del empleo de todas aquellas instituciones y organizaciones que la conforman. Sin embargo, en el Decreto citado no existan reglas claras sobre la administracin de la plataforma electrnica y sobre las funciones y responsabilidades de las entidades usuarias. Gracias a la derogacin del Decreto 29219-MTSS y la publicacin del nuevo Decreto Ejecutivo n 34936-MTSS, a finales del 2008, se simplifica la composicin del Consejo Nacional y de la Secretara as como queda definida en mayor medida la responsabilidad del Instituto Nacional de Aprendizaje en la Plataforma Electrnica del Sistema. En este Decreto se establece su denominacin de forma definitiva como: SISTEMA NACIONAL DE INTERMEDIACIN, ORIENTACIN E INFORMACIN DE EMPLEO (SIOIE). b. Evolucin y situacin actual. En los estudios publicados (De Pablo, 2008 y 2009) desde el Programa de Formacin Ocupacional e Insercin Laboral (FOIL) (patrocinado por la AECID, la CECC-SICA y la OIT): Estudio sobre la Situacin de los Servicios Pblicos de Empleo en Centroamrica y Repblica Dominicana y Evolucin y Desarrollo de los Servicios Pblicos de Empleo en Centroamrica y Repblica Dominicana (2007-2009), se observa una interesante avance en los servicios pblicos de empleo de la regin y, en particular, en la Repblica de Costa Rica. Sobre Costa Rica, en el primero de los estudios realizados (2007), se sealaba ya el modelo estructural de servicio pblico de empleo costarricense como un modelo diferenciado del resto de pases y con la presencia de elementos propios y particulares. Lo ms caracterstico, y lo que lo diferencia de otros modelos utilizados de la regin, es la plurinstitucionalidad. Es decir, la gestin pblica del empleo se realiza a travs de un sistema en el que se integran diferentes instituciones y que se denominaba Sistema Nacional de Informacin, Orientacin e Intermediacin de Empleo (2000). Desde el nuevo Decreto incluye al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) como ente rector del sector trabajo, al Instituto Nacional de Aprendizaje (INA), al Ministerio de Educacin Pblica (MEP) y al Consejo Nacional de Rectores (CONARE) aunque puede incorporar a otras instituciones que as se consideren (con el Decreto derogado se incluan el INAMU, los Colegios Para Universitarios: CUNA y CUC, el CIPET, la UCCAEP, la Universidad de Costa Rica, la Universidad Nacional, entre otros). Por norma, la rectora recae en el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (Ley Orgnica del MTSS de 1960, Decreto n 18647 de la Direccin Nacional de Empleo en 1988), Costa Rica ha optado por construir un modelo participativo e integrador que se ha visto reflejado en los Decretos Ejecutivos 29219 y 34936 del MTSS. En el estudio de 2009 se detalla que: Este modelo, que puede reportar importantes beneficios gracias a las sinergias que pretende, en la prctica ha ocasionado serios problemas para su gestin desde el ao 2000. Las demoras y dificultades que se presentaron para la toma de decisiones coparticipada, ya que implicaba reunir a

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un elevado nmero de instituciones que inters desigual, ha mantenido el proceso estancado durante casi siete aos. Sigue ms adelante diciendo: La puesta en marcha del Sistema Nacional de Intermediacin, Orientacin e Informacin de Empleo (SIOIE) segn los parmetros recogidos en el Decreto 29219 (2000) se hizo imposible. Gracias a la elaboracin de un nuevo Decreto (34936), publicado en 2008, que deroga el anterior del ao 2000, se ha facilitado la implementacin del Sistema. El nuevo Decreto ha modificado ciertos aspectos y ha permitido que la toma de decisiones est localizada en las instituciones ms centrales del SIOIE, es decir, el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS), el Instituto Nacional de Aprendizaje (INA) y el Ministerio de Educacin Pblica (MEP) en su rea (subsistema) de Educacin Tcnica. Este es un avance importante que ha visto sus frutos en actuaciones como el lanzamiento del aplicativo informtico el 18 de agosto de 2009 as como la conformacin del Consejo y de la Secretara Tcnica del SIOIE, entre otras. El proceso de ampliacin del nmero de dispositivos de atencin directa, oficinas y representaciones de empleo, se ha implementado a travs de un proceso mixto de desconcentracin (en el caso algunas de las instituciones que conforman el SIOIE: el INA y el MEP) y de descentralizacin (el MTSS). De esta forma el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, que solo posea y posee una oficina de empleo propia en la capital, ha ido de forma progresiva incrementado la firma de convenios con municipalidades para implementar nuevas oficinas de empleo, (De Pablo, 2009). De igual forma, el INA paralelamente y segn el estudio de referencia, haba mantenido las oficinas de empleo existentes (siete unidades en los diferentes centros de capacitacin, incluyendo la oficina central de La Uruca en San Jos) aunque increment el porcentaje de dedicacin de los recursos humanos existentes. Se reflejan en el cuadro que sigue los datos sobre dispositivos reflejados en los citados estudios.

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(Tomado de: De Pablo (2009),Evolucin y Desarrollo de los Servicios Pblicos de Empleo en Centroamrica y Repblica Dominicana 2007-2009)) (*) En este Estudio cuando se habla de dispositivos de atencin, se establece una diferencia entre Oficinas de Empleo (OOEE) y Representaciones de Empleo (RREE). Para denominar un dispositivo como Oficina de Empleo se requiere que sea atendido por, al menos, dos personas con dedicacin completa a las labores de intermediacin, en el entendido de que solo de esta forma se cuenta con un dispositivo permanente de atencin a las personas usuarias del Servicio Pblico de Empleo. En las Representaciones de Empleo, se incluyen aquellos dispositivos que no alcanzan este nmero: pueden integrar menos de dos personas o ms pero los porcentajes de dedicacin sern inferiores a los establecidos en OO.EE. (2 unidades con 100% de dedicacin).

Por el cuadro anterior se observa que, segn el estudio de Evolucin y Desarrollo de los Servicios Pblicos de Empleo en Centroamrica y Repblica Dominicana (2007-2009), existan a fecha julio de 2009 un total de 23 dispositivos de atencin. En agosto de 2010 encontramos un total de 29 dispositivos en funcionamiento y se prev la incorporacin de un nmero importantes de Colegios Tcnicos Profesionales del Ministerio de Educacin Pblica. Se calcula que a lo largo de 2010 puedan incorporarse ya al Sistema Nacional con capacitacin en la Plataforma Electrnica y en pleno funcionamiento, un total de aproximadamente 90 dispositivos ms algunas municipalidades que a pesar de tener firmado convenio no han iniciado la actividad (Guatuso y Los Chiles). En el mes de referencia se cuenta con 20 convenios firmados ms otros dos que estn en etapa de formalizacin. Algunos de estos convenios, a pesar de encontrarse ya firmados, requieren de la puesta en marcha efectiva de los Servicios de Intermediacin de Empleo recin creados. Esta previsin prolongara el nmero de dispositivos a un total de aproximadamente 121 en el pas. De la misma forma se reflejaba el recurso humano destinado a estas funciones. En el estudio de 2007 se cuantificaba un total de 29 unidades (se utiliza el trmino unidades ya que hay personas dedicadas solo un porcentaje de su tiempo de trabajo a esta labor por lo que el trmino unidad hace referencia a la dedicacin a los procesos de intermediacin por persona a tiempo completo), mientras que en la revisin de 2009 se cuantificaba ya un total de 41,3

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unidades, lo que denota un incremento importante en el nmero de personas que trabajan en el SIOIE a lo largo de esos dos aos. La distribucin, en funcin de los dispositivos de atencin, puede verificarse en el siguiente cuadro.

(Tomado de: De Pablo (2009),Evolucin y Desarrollo de los Servicios Pblicos de Empleo en Centroamrica y Repblica Dominicana 2007-2009))

Son logros claros el hecho de que, a partir del segundo semestre de 2009, se han producido los siguientes avances que es preciso destacar: * * * * * Nombramiento tanto el Consejo Nacional de Intermediacin de Empleo como de la Secretaria Tcnica del SIOIE, con lo que desde el punto de vista estructural, seala un avance destacable. Presentacin de la Plataforma Electrnica de Intermediacin, Orientacin e Informacin de Empleo, puesta en marcha, capacitacin del personal e implementacin en su utilizacin por las diferentes instituciones. Mejora de la Plataforma Electrnica y establecimiento de comisiones tcnicas para su mantenimiento y actualizacin. Incorporacin definitiva del MEP a travs de la implantacin de Servicios de Intermediacin de Empleo en sus Colegios Tcnicos Profesionales, de forma progresiva. Elaboracin interinstitucional de la Gua de Gestin Laboral, capacitacin del personal e inicio de las acciones de orientacin e informacin laboral que incorpora.19

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Ampliacin del nmero de convenios con municipalidades para la implementacin de servicios de intermediacin por parte del MTSS.

En la actualizacin de los cuadros que se han venido exponiendo, pueden observarse los siguientes resultados en cuanto al nmero de dispositivos y de recurso humano dedicado al SIOIE en 2010. El total que se cuantifica es de 29 dispositivos (4 oficinas de empleo y 25 representaciones de empleo) y 46,2 unidades de recurso humano dedicado a las labores del SIOIE (ver Anexo I).

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Tomado de De Pablo Urban, JM. (2009): Evolucin y Desarrollo de los Servicios Pblicos de Empleo en Centroamrica y Repblica Dominicana (2007-2009) y actualizado a 2010 por el autor.

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2.

Marco Legal

Se requiere tener fundamentada en la norma existente la implementacin de un servicio pblico de empleo, con los referentes legales que posibilitan su puesta en marcha y su desarrollo as como su sostenibilidad.

El Sistema Nacional de Intermediacin, Orientacin e Informacin de Empleo (SIOIE) se fundamenta inicialmente en la Constitucin Poltica y en aquellas leyes y decretos generales que se relacionan con el sector Trabajo, concretamente la norma generada por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. En segundo trmino, especficamente por la norma, en especial decretos, como es el caso del n 34936-MTSS, que hace referencia concreta a la regulacin del empleo, al propio servicio pblico o sistema como tal y a la organizacin del mismo.Todo ello queda complementado con la normativa internacional, con sealada relevancia de aquellos convenios y recomendaciones internacionales de la Organizacin Internacional del Trabajo (OIT) que Costa Rica ha ratificado y que son especficos sobre los servicios pblicos de empleo y los procesos de intermediacin en el mercado de trabajo, en especial el Convenio 88 sobre Servicio del Empleo.

Por ltimo, se refleja tambin otra normativa complementaria que afecta o condiciona en ciertos contenidos a la regulacin especfica en tanto permite ampliar algunos aspectos, restringir otros o modificar los existentes. a. Relacin de normativa nacional. a. b. c. d. Constitucin Poltica de la Repblica de Costa Rica de 1949. Ley n 2 de 1943, Cdigo del Trabajo. Ley Orgnica del MTSS de 1960. Decreto 18647-MTSS de la Direccin Nacional de Empleo en 1988, donde se consolida la citada Direccin Nacional y se describen las funciones y los departamentos que comprende. e. Ley n 7600 de Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad, de 18/04/1996, en especial su captulo II. f. Decreto 29044 TSS-Comex de 9/11/2000, sobre la creacin del Programa Nacional de Empleo y su reglamento respectivo. g. Decreto 29219-MTSS de 9/01/2001, sobre el Reglamento del Consejo Nacional de Intermediacin de Empleo (derogado).21

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h. Ley n 7769 de Atencin a las Mujeres en Condicin de Pobreza y sus Reformas. i. Decreto ejecutivo n 30419-P-MCM-MTSS-MIVAH-MIDEPLAN de 22 de enero de 2002, publicado el 27/05/2002, Reglamento de la Ley n 7769. j. Directriz 012-2005-MTSS de 21/09/2005, sobre la obligacin de fiscalizar por parte de la Direccin Nacional de Empleo a las Agencias Privadas de Colocacin y Empresas Intermediarias. k. Directriz 014-2007-MTSS publicada el 4/01/2007, de creacin de la Comisin Tcnica Interinstitucional para la empleabilidad de las personas con discapacidad. l. Decreto 34936-MTSS publicado el 17/12/2008, que deroga el 29219-MTSS, sobre el Sistema Nacional de Intermediacin, Orientacin e Informacin de Empleo. b. Relacin de normas internacionales ratificadas por Costa Rica y que hacen referencia al empleo. a. b. c. d. e. f. C88. Convenio sobre Servicio del Empleo (1948). C96. Convenio sobre Agencia retribuidas de Colocacin (1949). C111. Convenio sobre la Discriminacin (Empleo y Ocupacin) (1958). C122. Convenio sobre la Poltica del Empleo (1964). C144. Convenio sobre la Consulta Tripartita (Normas Internacionales de Trabajo) (1976). C159. Convenio sobre la Readaptacin Profesional y el Empleo (personas invlidas) (1983).

c. Otra normativa internacional relacionada: a. C87. Convenio sobre la Libertad Sindical y Proteccin del Derecho de Sindicacin (1948). b. C98. Convenio sobre el Derecho de Sindicacin y de Negociacin Colectiva (1949). c. C100. Convenio sobre Igualdad de Remuneracin (1951). d. C138. Convenio sobre la Edad Mnima (1973). e. C182. Convenio sobre las Peores Formas de Trabajo Infantil (1999). d. Otra normativa de inters. a. Ley n 3481 Orgnica del Ministerio de Educacin Pblica, de 13 de enero de 1965. b. Ley n 8220 de Proteccin al Ciudadano del Exceso de Requisitos y Trmites Administrativos, de 10/07/2002. c. Ley n 7092 de Impuesto sobre la Renta, publicada 19/05/1988. d. Ley n 8720 de Proteccin a vctimas, testigos y dems sujetos intervinientes en el proceso penal de 04/03/2009. e. Decreto Ejecutivo 34075-MEP, sobre organizacin del Ministerio de Educacin Pblica.

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Funciones del Sistema Nacional de Intermediacin, Orientacin e Informacin de Empleo (SIOIE).

Segn el Decreto Ejecutivo 34936-MTSS, en su artculo 4, se resean las funciones principales que el SIOIE tiene encomendadas:

a) Cumplir y acatar las directrices emanadas por el Consejo Nacional de Intermediacin de Empleo y la Secretara Tcnica, en cuanto a la implementacin, seguimiento y control del funcionamiento de la Plataforma Electrnica de Empleo. b) Cumplir con los protocolos de comunicacin y acceso emanados por el Consejo Nacional de Intermediacin de Empleo y la Secretara Tcnica. c) Definir los mecanismos y acciones por parte de las instituciones que forman parte de la plataforma electrnica de Intermediacin de Empleo.

Aparte de las funciones destacadas en el Decreto, se pueden derivar de su labor como servicio pblico de empleo, otra serie de funciones, ms concretas, que se detallan a continuacin:

1) Mantener un registro actualizado de las personas oferentes y demandantes de empleo. 2) Vincular oferta y demanda de forma gil y eficaz, ajustando las caractersticas ocupacionales de las personas oferentes y los requerimientos de los puestos de trabajo demandados. 3) Mejorar las opciones de insercin laboral de la poblacin desempleada y subempleada en bsqueda de empleo e incrementar su ocupabilidad. 4) Orientar e informar a la poblacin oferente de empleo inscrita en el SIOIE. 5) Asesorar e informar a la poblacin demandante de empleo que lo requiera. 6) Identificar, investigar y analizar el comportamiento y las tendencias del mercado laboral de los diferentes sectores productivos. 7) Reorientar la formacin y capacitacin de los diferentes actores del mercado laboral. 8) Proponer, definir e implementar polticas activas de empleo. 9) Diagnosticar las necesidades de capacitacin tanto para oferentes como demandantes de empleo. 10) Identificar los requisitos para los diferentes puestos de trabajo. 11) Brindar seguimiento de la vinculacin laboral que permitan medir su efectividad y eficacia. 12) Unificar las polticas de gestin de empleo de las diferentes instituciones competentes. 13) Recibir y brindar informacin fidedigna, tanto a las personas oferentes como demandantes de empleo, sobre el mercado de trabajo as como a la administracin de la Plataforma Electrnica.23

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14) Generar informes sobre empleo. 15) Apoyar la capacidad productiva y emprendedora de las personas que quieren autoemplearse. 16) Brindar una mayor y mejor atencin a los grupos vulnerables (personas con capacidades diferentes entre otros).

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Objetivos del Sistema Nacional de Intermediacin, Orientacin e Informacin de Empleo (SIOIE).

Coordinacin e integracin interinstitucional y multisectorial de los recursos humanos, materiales y tecnolgicos de Informacin, Orientacin e Intermediacin de Empleo que faciliten el encuentro de los agentes en el mercado de trabajo. b. Objetivos especficos (Art. 2 Decreto 34936-MTSS). A. B. C. D. E. Disponer de una plataforma electrnica nica, con cobertura nacional para la bsqueda de empleos y de capital humano, de forma gratuita y con criterios de transparencia y de fomento de la igualdad de oportunidades. Facilitar la atencin de todos los usuarios a travs de una unidad de intermediacin prxima a su residencia o por una unidad de atencin telemtica. Disponer de una red nacional de entidades e instituciones que colaboran en los procesos de intermediacin e insercin laboral. Facilitar el acceso a las personas usuarias del Sistema Nacional de Intermediacin, Orientacin e Informacin de Empleo a los servicios de capacitacin y formacin profesional. Generar y actualizar informacin que permita realimentar el Sistema de Intermediacin y los procesos de formacin, orientacin e insercin profesional. c. Otros objetivos institucionales implcitos en el SIOIE. 1. Del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social: a. Promover la descentralizacin de los Servicios de Empleo, mediante la participacin activa de los Gobiernos Locales y la comunidad organizada, integrando as los, esfuerzos de todos los entes y gestores sociales interesados en su propio desarrollo laboral, econmico y social; b. Potenciar la creacin de los Servicios de Intermediacin de Empleo en las Municipalidades, procurando un acercamiento entre dichos Servicios y sus usuarios, en el mbito regional y local. c. Abrir servicios de intermediacin de empleo, como instrumento para correlacionar la oferta y la demanda del mercado laboral, mediante el desarrollo de estrategias25

a. Objetivo general. (Art. 1 Decreto 34936-MTSS)

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para la incorporacin al mundo del trabajo de las personas desempleadas y subempleadas. 2. Del Instituto Nacional de Aprendizaje (segn Plan Estratgico Institucional 2007-2010, en su Poltica 4): a. Fortalecer el Sistema de Intermediacin de Empleo, a nivel institucional, con el propsito de coadyuvar con las polticas nacionales de empleo. b. Complementar los mecanismos institucionales existentes que permitan la operacin del Sistema de Intermediacin de Empleo por coadyuvar con las polticas nacionales de empleo, estimulando la insercin de estudiantes del Instituto en cargos formales del sector privado y pblico. c. Poner en operacin el Sistema de Intermediacin de Empleo, para los estudiantes del INA y retroalimentar este por medio de convenios de cooperacin interinstitucionales con entes pblicos y privados. d. Coordinar con entes nacionales el intercambio de informacin atinente al tema del empleo, a fin de retroalimentar el sistema de diseo y propiciar un servicio apropiado. Del Ministerio de Educacin Pblica: a. Propiciar iniciativas que permiten fortalecer y consolidar escenarios de vinculacin con el sector productivo como una estrategia para mantener actualizada la oferta educativa (Art. 57 del Decreto 34075-MEP). b. Disear y ejecutar un programa permanente de consulta a los sectores empleadores con el propsito de mantener la pertinencia de las planes y programas de estudio (Art. 58, letra c, del Decreto 34075-MEP) c. Ejecutar y coordinar las investigaciones requeridas para el desarrollo del subsistema (de Educacin Tcnica), entre ellas las de insercin y demanda laboral. d. Mantener una base de datos actualizada que permita la gestin de un servicio de intermediacin de empleo. e. Coordinar estudios de insercin, prospeccin e intermediacin de empleo. f. Orientar a los y las estudiantes de las diferentes especialidades de Educacin Tcnica, de manera que se integren eficientemente en el mercado laboral. g. Promover la insercin laboral del talento humano formado en la educacin tcnica en el sector productivo.

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Polticas y principios reguladores

La Repblica de Costa Rica consagra en su Constitucin Poltica (1949), en el artculo 56, el derecho al trabajo de toda la poblacin a la par que seala que el Estado deber procurar que todos y todas las personas tengan una ocupacin honesta y debidamente remunerada. De igual forma, en su artculo 72, se establece la obligacin del Estado de mantener un sistema tcnico y permanente de proteccin a las personas desocupadas involuntarias y de procurar su reintegracin al trabajo. Es, por tanto, la norma bsica quien seala la direccin de todos los esfuerzos para la implementacin de un servicio pblico de empleo. De la norma publicada con posterioridad, en especial del Decreto n 29219 publicado en 2001 y que ha sido derogado por el Decreto n 34936-MTSS de 17 de diciembre de 2008, se pueden deducir los principios reguladores del servicio pblico de empleo de la Repblica de Costa Rica, denominado por estos decretos: Sistema Nacional de Intermediacin, Orientacin e Informacin de Empleo (SIOIE).

A ello ha de unirse la ratificacin por Costa Rica de los Convenios de la Organizacin Internacional del Trabajo (OIT), en especial se hace referencia al Convenio n 88 sobre el Servicio del Empleo, el Convenio n 111 sobre la Discriminacin (Empleo y Ocupacin), Convenio n 122 sobre la Poltica del Empleo y el Convenio n 159 sobre la Readaptacin Profesional y el Empleo (personas invlidas). De toda la regulacin existente, pueden obtenerse y destacarse los siguientes principios: a) Es un servicio pblico ya que es obligacin del Estado mantener un sistema de atencin a las personas desocupadas y de procurar su reincorporacin al trabajo as como intermediar entre la oferta y la demanda de empleo. b) Es un servicio de orientacin proactiva ya que se seala que el Estado establecer las polticas y programas que estime oportunos para lograr sus objetivos y dirigir a las personas inscritas como oferentes a la realizacin de acciones de mejora de ocupabilidad, en especial, de capacitacin y formacin profesional. c) Es un sistema gratuito al servicio de las personas que demandan y ofertan empleo en el pas. d) Es de vocacin universalista ya que pretende alcanzar a todas las personas, oferentes y demandantes de empleo, tendiendo a una cobertura nacional, facilitando la atencin de todas las personas usuarias a travs bien de unidades de atencin directa o por va telemtica.27

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e) Es un sistema que promueve la transparencia en los procesos de acceso al empleo y que permite conocer los movimientos del mercado de trabajo, tanto desde el punto de vista de la oferta como de la demanda de empleo. f) Igualitario y no discriminatorio ya que fomenta la igualdad de oportunidades y el acceso con equidad de todas las personas al empleo. En especial atendiendo a la necesidad de establecer condiciones de acceso en igualdad de oportunidades para la mujer y, especficamente, atender para su incorporacin al mercado de trabajo a aquellas personas que tienen mayores dificultades de acceso al empleo, como es el caso de las personas discapacitadas, mujeres jefes de familia, jvenes en riesgo social y adultos mayores. g) Es un sistema plurinstitucional y tripartito al estar compuesto, ya en su propio rgano rector -el Consejo Nacional de Intermediacin de Empleo-, por diferentes entidades o instituciones, a saber: el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS), el Instituto Nacional de Aprendizaje (INA), el Ministerio de Educacin Pblica (MEP) y el Consejo Nacional de Rectores (CONARE), as como por representantes de las personas trabajadoras y del sector empresarial. h) Es un sistema con vocacin descentralizadora, participativa y que fomenta el desarrollo local, acercando el proceso de intermediacin, a travs de la firma de convenios, a las municipalidades de las diferentes ciudades del pas, racionalizando los recursos y aprovechando la informacin y el conocimiento de los mercados locales de las instituciones ubicadas en los territorios.

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6.

Niveles de actuacin

El Sistema Nacional de Intermediacin, Orientacin e Informacin de Empleo es un red integrada por los servicios de intermediacin de empleo de aquellas instituciones y organizaciones representadas en el Consejo Nacional de Intermediacin (artculo 3 del Decreto 34936-MTSS). Las instituciones y organizaciones son los actores que integran en el servicio pblico de empleo costarricense y tienen un nivel de participacin y de actuacin diferente. Podemos distinguir tres niveles de actuacin: 1) Rectora del Sistema: Compuesta por las instituciones rectoras de formacin y empleo del SIOIE, y lideradas por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social segn Decreto n 34936MTSS, es decir, el Consejo Nacional de Intermediacin de Empleo. Estas instituciones y, en concreto, sus representantes son los encargados de tomar decisiones y dictar las polticas y lineamientos del SIOIE. En este nivel se sita el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, el Ministerio de Educacin Pblica, el Instituto Nacional de Aprendizaje, el Consejo Nacional de Rectores y la representacin del sector empresarial as como de los/as trabajadores/as. 2) Coordinacin tcnica e institucional: Compuesta por las instituciones principales que implementan los procesos de intermediacin. Son aquellas que estn presentes en la Secretara Tcnica y que trabajan en su rea especfica los procesos de atencin a personas oferentes y demandantes de empleo. Representan la base de accin del SIOIE. Se encargan de proponer, elevar, definir protocolos de actuacin, establecer mecanismos de coordinacin, para apoyar la toma de decisiones del Consejo y canalizar las directrices emanadas de este hacia toda la red de unidades de atencin directa repartidas por el pas. En este nivel se sitan algunas de las instituciones presentes en el Consejo Nacional, aquellas que desarrollan las labores de intermediacin en la propia institucin, pero en su nivel operativo y tcnico: el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (a travs de la Direccin Nacional de Empleo), El Instituto Nacional de Aprendizaje (a travs de la Subgerencia Tcnica, Plataforma Electrnica y Unidad del Servicio al Usuario) y el Ministerio de Educacin Pblica (a travs del rea de Educacin Tcnica).29

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3) Atencin directa: Incluye a las instituciones principales reseadas en el nivel 2 y a otras instituciones colaboradoras que participan, a travs de diversas frmulas, en los procesos de intermediacin, orientacin e informacin de empleo. Se encargan de la atencin directa a las personas usuarias del SIOIE, de procurar procesos de intermediacin, orientacin e informacin eficaces y exitosos. En este nivel se sitan las unidades operativas de atencin a las personas usuarias, bien Oficinas de Empleo del MTSS, del INA en sus sedes y del MEP en sus Colegios Tcnicos. Igualmente se integran las municipalidades que han firmado convenio con el MTSS para la implantacin de servicios de intermediacin de empleo.

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7.

Beneficios que brinda el Sistema Nacional de Intermediacin, Orientacin e Informacin de Empleo.

El SIOIE ofrece beneficios a las personas que requieren mano de obra para cubrir puestos de trabajo en las empresas, es decir, a la Demanda de Empleo que se requiere del sector empresarial, as como a las personas que buscan empleo por encontrarse desempleadas, subempleadas o que buscan un trabajo mejor, es decir, a la Oferta de Empleo al objeto de ayudarles en su insercin laboral y en mejorar sus opciones y posibilidades de acceder al mercado de trabajo. Los beneficios que se ofrecen al sector empresarial (demandantes de empleo) son, entre otros, los siguientes: Facilitar el recurso humano ms conveniente segn los requerimientos de los puestos de trabajo, permitindole hacer solicitudes de personal en las reas que le empresa necesita. Servicio absolutamente gratuito y disponible las 24 horas del da, los 7 das de la semana, gracias a la plataforma electrnica en funcionamiento por va telemtica. Seleccin de entre la curricula registrada, de todas aquellas personas aspirantes a un puesto cuyo perfil satisface los requerimientos de la solicitud presentada, envindole luego la seleccin resultante va correo electrnico. Dar a conocer gratuitamente y en mayor grado a las empresas puesto que tanto la informacin bsica de esta como los requerimientos de recurso humano, pueden ser vistos a nivel nacional e internacional. Reducir gastos por reclutamiento y seleccin de personal.

Los beneficios que se ofrecen al sector trabajador (oferentes de empleo) son, entre otros, los siguientes: Proponer oportunidades de empleo acordes al perfil profesional de la persona desempleada o subempleada, es decir, de acuerdo a su formacin, capacitacin, experiencia profesional e intereses expresados en su inscripcin. Servicio absolutamente gratuito y disponible las 24 horas del da, los 7 das de la semana, gracias a la plataforma electrnica en funcionamiento por va telemtica. Seleccin de entre los puestos demandados por las empresas, facilitando la comunicacin con la empresa y la realizacin de entrevistas que finalicen en una insercin laboral exitosa. 31

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Darse a conocer entre las empresas sin coste alguno. Recibir ayuda para mejorar la informacin sobre el mercado de trabajo, la oferta de capacitacin, las opciones de empleo y sobre los instrumentos de bsqueda de empleo. Mejorar las habilidades en los procesos de seleccin de personal, realizacin de entrevistas de seleccin, confeccin de curriculums y cartas de presentacin, comunicacin y mejora del desempeo en la bsqueda de empleo. Orientacin para la eleccin de ocupacin y profesin, establecimiento de metas profesionales y mantenimiento de las actividades de bsqueda de empleo de forma proactiva. Obtener informacin y acceso a programas de capacitacin (u otros que puedan estar desarrollndose) que mejoren sus posibilidades de acceso al mercado de trabajo. Facilita la sinergia interinstitucional ofreciendo mayor oportunidad de acceso a la poblacin usuaria y un mayor posicionamiento del mercado laboral. Ofrece informacin para la definicin, identificacin y elaboracin de programas y polticas activas de empleo. Ofrece informacin confiable de la situacin del sector productivo. Maximiza el aprovechamiento de los recursos materiales, humanos y de capacidad instalada de las instituciones que integran el SIOIE, logrando el acceso de la poblacin usuaria de todo el pas. Coadyuva al cumplimiento de los objetivos particulares de las diferentes instituciones que integran el Sistema.

Otros beneficios reseables son los siguientes:

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8. El Sistema Nacional de Intermediacin, Orientacin e Informacin de Empleo: un modelo estructural complejo e integrador.

El Sistema de Intermediacin, Orientacin e Informacin de Empleo (SIOIE) es un modelo de servicio pblico de empleo que tiene caractersticas propias y bien definidas. Como elemento definitorio de esta frmula se encuentra la PLURINSTITUCIONALIDAD, es decir, que el Sistema se soporta en un modelo cooperativo e integrador entre diferentes instituciones pblicas.

a.

Instancias e instituciones que conforman el Sistema

A pesar de que el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social es el rgano rector del sector trabajo y, por tanto, de la poltica de empleo en el pas (segn se establece en su Ley Orgnica), se promueve la creacin del SIOIE como un sistema integrado al entenderse que la poltica de empleo trasciende la actividad del propio MTSS y hace necesaria una accin interinstitucional e interdisciplinaria donde se integren y coordinen los esfuerzos y las polticas destinadas a los diferentes sectores productivos (Decreto 29219-MTSS). La organizacin de un servicio pblico con estas caractersticas tiene, en s mismo, serias dificultades y un alto grado de complejidad. Para ello se establecen los mecanismos que permitan conformar las instancias necesarias y habilitar los cauces de comunicacin y coordinacin imprescindibles. Segn el Decreto Ejecutivo 34936-MTSS (2008), se crea el Consejo Nacional de Intermediacin de Empleo, la Secretara Tcnica y la Plataforma Electrnica de Intermediacin, Orientacin e Informacin de Empleo; y se especifican, entre otros aspectos, las funciones y objetivos que deben desarrollar. El Consejo Nacional de Intermediacin de Empleo. Funciones y objetivos.Artculo 5Creacin del consejo: Crase el Consejo Nacional de Intermediacin de Empleo, como rgano de poltica superior; el cual estar constituido por el Ministro(a) de Trabajo y Seguridad Social o por quien ste designe, quien lo presidir; el Ministro(a) de Educacin Pblica o por quien ste designe; el Presidente(a) Ejecutivo(a) del Instituto Nacional de Aprendizaje o su suplente; un representante del Consejo Nacional de Rectores; un representante de los patronos y uno de los trabajadores ambos miembros del Consejo Superior de Trabajo. Es potestad de este Consejo decidir sobre la incorporacin de representantes de otras instituciones u agentes econmicos y sociales.

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Sistema Nacional de Intermediacin, Orientacin e informacin de Empleo (SIOIE)Artculo 6Nombramiento de miembros: El Ministro de Trabajo y Seguridad Social designar al representante y al suplente del sector patronal y laboral ante el Consejo de Intermediacin de Empleo, los cuales debern ser miembros que integren el Consejo Superior de Trabajo. Si dichos miembros dejan de pertenecer al Consejo Superior de Trabajo automticamente dejarn de ser miembros del Consejo Nacional de Intermediacin de Empleo y en tal caso el Ministro de Trabajo y Seguridad Social deber hacer un nuevo nombramiento. Los nombramientos respectivos debern concretarse en el plazo mximo de un mes. El representante del Consejo Nacional de Rectores ser designado mediante acuerdo interno del Consejo Nacional de Rectores. El nombramiento deber concretarse en el plazo mximo de un mes. Artculo 7Principios generales: El Consejo Nacional de Intermediacin de Empleo constituye el rgano rector de la poltica nacional de intermediacin, orientacin e informacin de empleo; y velar por su aplicacin, a efecto de incidir en la dinmica del mercado de trabajo. Artculo 8Objetivo general: El Consejo Nacional de Intermediacin de Empleo tendr como objetivo general, dictar polticas y lineamientos generales para el funcionamiento del Sistema Nacional de Intermediacin Orientacin e Informacin de Empleo. Artculo 9Objetivos especficos: Son objetivos especficos del Consejo Nacional de Intermediacin de Empleo:

a) Propiciar investigaciones peridicas sobre la dinmica del mercado laboral que orienten las b) Desarrollar un sistema estratgico de informacin electrnica que brinde, tanto a oferentescomo a demandantes, informacin para solventar sus necesidades de empleo.

decisiones en materia de empleo y formacin, de manera que garanticen la eficiencia, el crecimiento econmico, la equidad y la justicia social.

c) Promover acciones de informacin y orientacin profesional libres de estereotipos de

d) Alimentar y sistematizar la informacin sobre la dinmica del mercado laboral y sus e) Armonizar y coordinar los servicios de intermediacin de empleo con los cambios en elmercado laboral. as como las polticas pblicas de educacin destinadas a reforzar las competencias laborales. implicaciones en la transformacin o modificacin de los perfiles tcnico-profesionales, as como en la igualdad de oportunidades y la equidad en el empleo.

gnero, que permitan mejorar la condicin laboral de la persona oferente, el reconocimiento de sus capacidades y la contratacin por parte del demandante.

f) Articular los programas de formacin y empleo con los sistemas formales y no formales,Artculo 10. Funciones: El Consejo tendr entre sus principales funciones: Informacin de Empleo.

a) Dictar y hacer cumplir las polticas del Sistema Nacional de Intermediacin, Orientacin e

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b) Dictar las polticas y acciones que regirn los servicios de empleo pblicos y privados a nivel c) Promover la realizacin de programas de capacitacin y formacin para las personas que d) Establecer y avalar los convenios respectivos con todas aquellas instituciones que se vayan e) Gestionar con entes, organismos y organizaciones nacionales e internacionales las asesorasa integrar al Sistema Nacional de Intermediacin, orientacin e Informacin de Empleo. requeridas para la eficiente operacin del Sistema Nacional de Intermediacin, orientacin e Informacin de Empleo, as como para la transferencia de experiencias en este campo, que contribuyan a la alimentacin de los procesos. organismos participantes. operan el Sistema Nacional de Intermediacin, orientacin e Informacin de Empleo. nacional, de acuerdo a los cambios en el mercado laboral.

f) Aprobar los protocolos de comunicacin necesarios entre las instituciones, rganos ye Informacin de Empleo.

g) Regular y normar el funcionamiento del Sistema Nacional de Intermediacin, Orientacin h) Conocer los asuntos sometidos a su consideracin por parte de la Secretara Tcnica.Artculo 11. Sesiones: El Consejo Nacional de Intermediacin de Empleo celebrar una sesin ordinaria por mes y sesionar extraordinariamente cuando as lo acuerden sus miembros o lo convoque el Ministro de Trabajo y Seguridad Social o quien lo represente.

La Secretara Tcnica. Funciones.Artculo 13.Creacin: El Consejo Nacional de Intermediacin de Empleo contar con el apoyo de una Secretara Tcnica, constituida por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, representado por el (la) Director (a) Nacional de Empleo o su suplente, quien la presidir, el Subgerente Tcnico del Instituto Nacional de Aprendizaje o su suplente, el administrador de la plataforma informtica o por su suplente, por el encargado de la unidad de servicio al usuario del Instituto Nacional de Aprendizaje o por su suplente y por Director del rea de Educacin Tcnica del Ministerio de Educacin Pblica o su suplente. Es potestad del Consejo Nacional de Intermediacin de Empleo, decidir sobre la incorporacin de representantes de otras instituciones u agentes econmicos y sociales a esta Secretara. Artculo 14. Apoyo logstico y tcnico: Los recursos humanos, tcnicos y de apoyo logstico requeridos por la Secretara Tcnica, debern ser aportados por las Instituciones representadas en el Consejo Nacional de Intermediacin de Empleo. Artculo 15. Funciones de la secretaria tcnica: La Secretara Tcnica tendr entre sus funciones principales, las siguientes:

a) Proponer al Consejo Nacional de Intermediacin de Empleo, para su aprobacin, lasdirectrices que regirn los Servicios de Empleo pblicos y privados a nivel nacional. en materia de empleo para su conocimiento y aprobacin segn corresponda.

b) Elevar ante el Consejo Nacional de Intermediacin de Empleo, recomendaciones tcnicas35

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c) Elevar ante el Consejo de Intermediacin de empleo las propuestas de mejora para la d) Proponer programas de orientacin laboral y ocupacional que permitan un reconocimientoorientacin, articulacin y evaluacin de procesos asociados a la ejecucin del Sistema Nacional de Intermediacin, orientacin e Informacin de Empleo.

e) Establecer mecanismos de coordinacin para lograr que los programas de capacitacin yformacin lleguen a las personas que operaran a travs del Sistema Nacional de Intermediacin, orientacin e Informacin de Empleo y a los diferentes usuarios(as), para mejorar sus competencias laborales.

adecuado de las capacidades laborales de las personas y una ubicacin laboral que aproveche y potencie dichas capacidades, acorde con los requerimientos del mercado.

f) Coordinar la realizacin de estudios prospectivos de empleo para conocer la dinmica del g) Promover la articulacin de las necesidades de recurso humano del mercado laboral con h) Propiciar acciones tendientes a fortalecer la participacin de las oficinas institucionales o

mercado de trabajo, que permitan un conocimiento actualizado de este y proponer polticas de empleo y formacin. la capacitacin y formacin tcnico profesional, con especial atencin de los sectores de poblacin sin acceso o con una participacin limitada en el empleo. unidades sub regionales de servicios de intermediacin, en la promocin de empleo de calidad y en la insercin laboral de las personas, en especial de las mujeres y los hombres con dificultades de acceso o con una participacin limitada. Promover la conformacin de comisiones de trabajo, con el fin de atender asuntos o situaciones especficas derivadas o para el cumplimiento de metas. Evaluar el funcionamiento del Sistema Nacional de Intermediacin, orientacin e Informacin de Empleo.

i) j)

k) Facilitar los medios que permitan la capacitacin a las instituciones, organismos y sectores l)involucrados en el Sistema Nacional de Intermediacin, orientacin e Informacin de Empleo. Definir, analizar y elevar ante el Consejo Nacional de Intermediacin los protocolos de comunicacin necesarios entre las instituciones, rganos y sectores participantes del Sistema Nacional de Intermediacin, orientacin e Informacin de Empleo. Intermediacin, orientacin e Informacin de Empleo.

m) Definir los parmetros de inclusin y exclusin de registros del Sistema Nacional de

Artculo 16. Consulta facultativa: La Secretara Tcnica podr hacer consultas tcnicas a las Instituciones Pblicas, Colegios, Universidades, Organizaciones y todos aquellos Organismos que tengan que ver con el mercado de trabajo. Conforme el artculo 262 inciso c) de la Ley General de la Administracin Pblica, el informe solicitado deber rendirse en el plazo de diez das hbiles, salvo que previo al vencimiento del plazo se solicite prorroga, que podr otorgarse por una nica vez por un plazo igual.

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Manual del Servicio Pblico de Empleo de la Repblica de Costa Rica (2010)Artculo 17. Funciones de quien preside la secretaria tcnica: Son funciones y responsabilidades de quien preside la Secretara Tcnica las siguientes: dems personas integrantes de la Secretara. aprobacin las actas de la Secretara.

a) Confeccionar el orden del da de las sesiones, teniendo en cuenta las peticiones de las b) Convocar a las y los miembros(as) a sesiones ordinarias y extraordinarias y someter a c) Abrir, presidir, suspender y levantar las sesiones de la Secretara Tcnica.

d) Decidir con doble voto los casos en que persista la situacin de empate.fundadas lo delegue en otro(a) integrante de la Secretara Tcnica.

e) Velar por la ejecucin de los acuerdos, salvo cuando por razones especiales y debidamente f) Autorizar con su firma las actas de la Secretara Tcnica.

g) Representar a la Secretara Tcnica en los actos en que sea invitada o convocada.Artculo 18. Sesiones: La Secretara Tcnica celebrar una sesin ordinaria por mes y sesionar extraordinariamente cuando as lo acuerden sus miembros o lo convoque el Director Nacional de Empleo o quien lo represente. El orden del da deber ser conocido un da antes de la sesin. Los acuerdos de la Secretara Tcnica se tomarn por mayora simple. Artculo 19. Convocatoria a sesiones extraordinarias: Las convocatorias a las sesiones extraordinarias se comunicarn por escrito por lo menos veinticuatro horas antes de la realizacin de la sesin. La convocatoria a sesin extraordinaria contendr el orden del da. Artculo 20. Nombramiento de comisiones: La Secretara Tcnica podr nombrar comisiones de trabajo para el apoyo a su gestin; las cuales estarn conformadas por los (las) integrantes relacionados (as) con el tema, as como de asesores internos y asesores externos que se consideren pertinentes.

La Plataforma Electrnica de Intermediacin, Orientacin e Informacin de Empleo. Funciones.Artculo 21.Plataforma electrnica de intermediacin, orientacin e informacin de empleo: La Plataforma Electrnica de Intermediacin, Orientacin e Informacin de Empleo, se constituye en el instrumento tecnolgico para el desarrollo del proceso de intermediacin, orientacin e informacin de empleo, que permitir mejorar la cobertura de los servicios y facilitar la oportuna convergencia entre oferentes y demandantes de empleo. Estar a cargo y ser administrada por el Instituto Nacional de Aprendizaje, a travs de la Unidad de Servicio al Usuario. Artculo 22.Responsabilidades de las entidades usuarias de la plataforma electrnica de intermediacin, orientacin e informacin de empleo: Las entidades usuarias de la Plataforma Electrnica de Intermediacin, Orientacin e Informacin de Empleo, tendrn las siguientes responsabilidades:

a) Cumplir las directrices emanadas por el Consejo Nacional de Intermediacin de Empleo.

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b) Cumplir los lineamientos emanados por la Secretara Tcnica y por la Administracin del c) Aplicar los protocolos de comunicacin definidos para el proceso de intermediacin. d) Alimentar la base de informacin de la oferta y la demanda del Servicio.Servicio. Servicio Electrnico, en cuanto a su uso e implementacin.

e) Brindar orientacin laboral y ocupacional a la oferta y demanda que se registra en el f) Velar por el buen uso de la plataforma electrnica y tomar las previsiones para el correctomanejo de la informacin contenida. Artculo 23.Funciones de la administracin de la plataforma electrnica de intermediacin, orientacin e informacin de empleo: La administracin de la plataforma electrnica de informacin tendr como funciones las siguientes:

a) Cumplir los lineamientos aprobados por el Consejo en relacin con el funcionamiento de b) Someter a consideracin de la Secretara Tcnica los parmetros de acceso y los plazos enla Plataforma Electrnica de Intermediacin, Orientacin e Informacin de Empleo.

c) Someter a consideracin de la Secretara Tcnica los protocolos de comunicacinnecesarios entre las Instituciones, Ministerios y entidades participantes. orientacin e informacin de Empleo en el manejo de la Plataforma Electrnica. Informacin de Empleo, a fin de darle sostenibilidad y permanencia.

que se va a registrar la informacin en la Plataforma Electrnica de Intermediacin, Orientacin e Informacin de Empleo.

d) Asesorar y capacitar a las instituciones involucradas en Sistema Nacional de Intermediacin, e) Mantener actualizada la Plataforma Electrnica de Intermediacin, Orientacin e f) Sistematizar la informacin que genere la Plataforma Electrnica de Intermediacin,Orientacin e Informacin de Empleo y emitir los reportes pertinentes a la Secretara Tcnica y a las Instancias relacionadas directamente con la materia de intermediacin de empleo. de Intermediacin, Orientacin e Informacin de Empleo.

g) Proponer los manuales de procedimientos para la operacin de la Plataforma Electrnica h) Participar en las sesiones ordinarias y extraordinarias que la Secretara Tcnica establezca. Las Municipalidades como aliados estratgicos. Los convenios del MTSS con las municipalidades. Dentro de la coparticipacin interinstitucional, un elemento de importantsimo valor es la integracin de las municipalidades en los procesos de gestin y de fomento del empleo. De esta forma, el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social promueve la descentralizacin de los38

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Servicios de Empleo, mediante la participacin activa de los Gobiernos Locales y la comunidad organizada, integrando as los, esfuerzos de todos los entes y gestores sociales interesados en su propio desarrollo laboral, econmico y social. El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, en su calidad de ente rector y por medio de Direccin Nacional de Empleo, promueve la creacin de los Servicios de Intermediacin de Empleo en las Municipalidades, procurando un acercamiento entre dichos Servicios y sus usuarios, en el mbito regional y local. El Cdigo Municipal, en el artculo 2, faculta a las municipalidades a suscribir convenios para el cabal cumplimiento de sus fines. En igual sentido, en el artculo 7, se faculta a la Municipalidad a suscribir convenios con el ente u rgano pblico competente, para llevar a cabo, conjunta o individualmente, servicios u obras en su cantn. Para ello se considera imprescindible que las municipalidades se incorporen, a travs de la firma de convenios, al Sistema Nacional promoviendo la apertura de Servicios de Intermediacin de Empleo, como instrumento para correlacionar la oferta y la demanda del mercado laboral, mediante el desarrollo de estrategias para la incorporacin al mundo del trabajo de las personas desempleadas y subempleadas, con especial nfasis en la focalizacin en el desarrollo endgeno local. En este sentido se han establecido convenios con diferentes municipalidades con el apoyo de programas de cooperacin internacional, en especial a travs del Programa FOIL de la Agencia Espaola de Cooperacin Internacional para el Desarrollo. Otras instituciones copartcipes. Por ltimo, este afn de integracin y participacin posibilita que otras instituciones se vayan incorporando si as lo desean. La norma establece que, el Consejo Nacional de Intermediacin de Empleo tiene la potestad de decidir sobre la incorporacin de representantes de otras instituciones u agentes econmicos y sociales. (Art. 5 del Decreto 34936-MTSS). Simultneamente y respecto a la Secretara Tcnica del SIOIE, el Decreto en su artculo 13, insiste en que tambin es potestad del Consejo Nacional de Intermediacin de Empleo, decidir sobre la incorporacin de representantes de otras instituciones u agentes econmicos y sociales a esta Secretara.

No se mencionan en la norma qu otras instituciones podran coparticipar en el Sistema Nacional, aunque en base al texto derogado del Decreto 29219-MTSS s se haca mencin expresa de otras instituciones de importancia, por ejemplo (art 9, Decreto 29219-MTSS): Universidad de Costa Rica, Universidad Estatal a Distancia, Universidad Nacional Autnoma, Instituto Nacional de las Mujeres (INAMU), Colegios para universitarios (CUNA, CUC, CUP), Unin Costarricense de Cmaras y Asociaciones de la Empresa Privada (UCCAEP), Centro de Investigacin y Perfeccionamiento para la Educacin Tcnica y otras instituciones que durante el proceso se integren. b. Instituciones y poblacin meta El Sistema Nacional de Intermediacin, Orientacin e Informacin de Empleo tiene como poblacin meta general:

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Todas las personas que buscan empleo: desempleadas, subempleadas, personas con discapacidad, personas adultas mayores, personas que requieren cambiar de trabajo, entre otros. Todas las empresas que buscan recurso humano.

Aparte de esto, las instituciones que componen el SIOIE establecen ciertas preferencias en funcin de la poblacin usuaria que la propia institucin incluye. Especficamente el Instituto Nacional de Aprendizaje, dar especial nfasis en la informacin, orientacin, intermediacin y seguimiento de: La poblacin egresada de los Programas de Formacin y Capacitacin Inicial, entendiendo esto como la capacitacin dirigida a jvenes y adultos que no poseen conocimiento ni experiencia laboral previa, en una determinada rea o subsector.

En el caso particular, dentro del Ministerio de Educacin Pblica, de la labor de intermediacin en Educacin Tcnica y Capacidades Emprendedoras la poblacin meta la constituyen: -

La poblacin estudiantil en su ltimo ao de formacin, en el proceso de insercin en el mercado laboral. Poblacin egresada de las cincuenta y dos especialidades que se imparte la educacin tcnica. Poblacin estudiantil de la Educacin Tcnica Profesional nocturna que requieren de insercin o reinsercin en el mercado laboral o un cambio de trabajo. Poblacin de personas egresadas de Pre-vocacionales y de los IPEC. Eventualmente, familiares de estos y la poblacin del entorno inmediato a stos.

En el caso de las Municipalidades, se focaliza preferentemente en aquellas personas usuarias (oferentes y demandantes) residentes del cantn respectivo, sin dejar de lado la atencin a la poblacin general, sin discriminacin por lugar de domicilio, que el Sistema Nacional propone y que el MTSS asume en su totalidad. Instancias c. Lneas de coordinacin e integracin interinstitucional

La coordinacin e integracin del Sistema Nacional de Intermediacin, Orientacin e Informacin de Empleo se establece en el Decreto 34936-MTSS a travs de dos rganos colegiados, instancias conformadas por miembros de las diferentes instituciones.

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La instancia mxima de coordinacin es el Consejo Nacional de Intermediacin de Empleo, siendo el rgano que toma las decisiones y acta como rectora del Sistema.Tiene la potestad de establecer las polticas y lineamientos generales que se deben seguir as como solicitar informes y estudios que permitan contar con un Sistema ms eficiente. Adems este rgano colegiado tiene una composicin tripartita, es decir, que adems de la representacin de la Administracin Pblica incluye la participacin de los agentes sociales, es decir, de la representacin de los/as trabajadores/as y de la representacin del sector empresarial.

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