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Sistema Integral de Sistema Integral de PensionesPensiones
Ley Nº 065 de PensionesLey Nº 065 de Pensiones
Del 10/12/10Del 10/12/10
Sistema Integral de Sistema Integral de PensionesPensiones
Ley Nº 065 de PensionesLey Nº 065 de Pensiones
Del 10/12/10Del 10/12/10
Hipatia Samur Rivero
Santa Cruz, 27 de Junio de 2014
• Sistema Integral de Pensiones - SIPSistema Integral de Pensiones - SIP• Sistema Integral de Pensiones - SIPSistema Integral de Pensiones - SIP
• Contribuciones al Sistema Integral de Contribuciones al Sistema Integral de PensionesPensiones
• Contribuciones al Sistema Integral de Contribuciones al Sistema Integral de PensionesPensiones
• Prestaciones del SIP y FinanciamientoPrestaciones del SIP y Financiamiento• Prestaciones del SIP y FinanciamientoPrestaciones del SIP y Financiamiento
Temas de desarrolloLey Nº 065 de Pensiones - Decreto Supremo 0778
• Principales mejoras de la Ley Nº 065 PensionesPrincipales mejoras de la Ley Nº 065 Pensiones• Principales mejoras de la Ley Nº 065 PensionesPrincipales mejoras de la Ley Nº 065 Pensiones
Universalidad
Sostenibilidad Solidaridad
La presente Ley tiene como base los siguientes principios:
Sistema Integral de PensionesPrincipios de la Seguridad Social de Largo Plazo
Se Implementa un Sistema Integral de Pensiones, compuesto por los Regímenes No Contributivo, Contributivo y Semicontributivo.
No Contributivo
Contributivo
Semi -contributi
vo
Renta Dignidad
Pensión de Vejez
Pensión Solidaria
Sistema Integral de PensionesRegímenes de la Seguridad Social de Largo Plazo
1. Social: Crear un sistema de pensiones autofinanciado
2. Crear un sistema seguro y eficiente frente a las
contingencias propias de largo Plazo
El Seguro Social Obligatorio, es el medio para asegurar la subsistencia de las personas y sus derechohabientes!
SISTEMA DE CAPITALIZACIÓN INDIVIDUAL
Sistema Integral de PensionesRegímenes de la Seguridad Social de Largo Plazo
Contribuciones Contribuciones
al Sistema Integral de Pensionesal Sistema Integral de Pensiones
CálculosCálculos
Contribuciones Contribuciones
al Sistema Integral de Pensionesal Sistema Integral de Pensiones
CálculosCálculos
•Empleador•Asegurados Dependiente•Asegurado Independiente•Aporte Nacional Solidario
Contribución Patronal:
Las contribuciones que tiene que realizar mensualmente el Empleador al Sistema Integral de Pensiones por sus Trabajadores Dependientes con cargos a sus propios recursos son:
Aporte Patronal Solidario
Aporte Solidario Minero, cuando corresponda
Riesgo Profesional
3 %3 %
2%2%
1.71%1.71%
Total4.71 %Total
4.71 %
Contribuciones al Sistema Integral de PensionesEmpleador – Asegurados dependientes
1%5%10%
1%5%10%
Contribución del Asegurado:Con cargo a recursos de sus Trabajadores Dependientes, deberá deducir, actuar como agente de retención y pagar mensualmente a la AFP que corresponda, del Total Ganado de sus dependientes lo siguiente:
Cuenta Personal Previsional 10%10%
Riesgo Común 1.71%1.71%
Comisión 0.5%0.5%
Aporte Solidario del Asegurado 0.5%0.5%
Total12.71 %Total
12.71 %
Contribuciones al Sistema Integral de PensionesEmpleador – Asegurados dependientes
Aporte Bs.13.000Nacional Salarios: Bs. 25.000Solidario Bs. 35.000
TOTAL GANADO 3.000
CONCEPTO
APORTE PATRONAL APORTE LABORAL% del
Total Ganado (TG)
Monto Bs.% del
Total Ganado (TG)
Monto Bs.
Aporte Patronal Solidario 3% 90,00 Aporte Minero Solidario 2% 0,00 Prima por Riesgo Profesional 1,71% 51,30 Cotización Mensual 10,00% 300,00Aporte Solidario del Asegurado 0,50% 15,00Prima por Riesgo Común 1,71% 51,30Prima por Riesgo Laboral 1,71% 0,00Comisión por Administración 0,50% 15,00Aporte Nacional Solidario 1,00% 0,00Aporte Nacional Solidario 5,00% 0,00Aporte Nacional Solidario 10,00% 0,00
TOTAL A PAGAR 141,30 381,30TOTAL APORTES 522,60
Contribuciones al Sistema Integral de PensionesEmpleador – Asegurados dependientes
Contribuciones al Sistema Integral de PensionesAsegurados dependiente – Aporte Nacional Solidario
TOTAL GANADO 36.000
CONCEPTO
APORTE PATRONAL APORTE LABORAL% del
Total Ganado (TG)
Monto Bs.% del
Total Ganado (TG)
Monto Bs.
Aporte Patronal Solidario 3% 1.080,00 Aporte Minero Solidario 2% 0,00 Prima por Riesgo Profesional 1,71% 615,60 Cotización Mensual 10,00% 3.600,00Aporte Solidario del Asegurado 0,50% 180,00Prima por Riesgo Común 1,71% 615,60Prima por Riesgo Laboral 1,71% 0,00Comisión por Administración 0,50% 180,00Aporte Nacional Solidario 1,00% 230,00Aporte Nacional Solidario 5,00% 550,00Aporte Nacional Solidario 10,00% 100,00
TOTAL A PAGAR 1.695,60 5.455,60TOTAL APORTES 7.151,20
TOTAL GANADO 3.000
CONCEPTO
APORTE PATRONAL APORTE LABORAL% del
Total Ganado (TG)
Monto Bs.% del
Total Ganado (TG)
Monto Bs.
Aporte Patronal Solidario 3% 0,00 Aporte Minero Solidario 2% 0,00 Prima por Riesgo Profesional 1,71% 0,00 Cotización Mensual 10,00% 300,00Aporte Solidario del Asegurado 0,50% 15,00Prima por Riesgo Común 1,71% 51,30Prima por Riesgo Laboral 1,71% 51,30Comisión por Administración 0,50% 15,00Aporte Nacional Solidario 1,00% 0,00Aporte Nacional Solidario 5,00% 0,00Aporte Nacional Solidario 10,00% 0,00
TOTAL A PAGAR 0,00 432,60TOTAL APORTES 432,60
Contribuciones al Sistema Integral de PensionesAsegurados Independientes - Consultores
TOPE SALARIAL:La declaración del Total Ganado y Total Solidario en el SIP debe considerar lo siguiente:
Tope máximo de sesenta (60) Salarios Mínimos Nacionales vigentes, será considerado para los efectos del cálculo del Total Ganado y el pago de las contribuciones Laborales y Patronales:
• 10% de la Cotización Mensual a la Cuenta Personal Previsional,• 1.71% de Riesgo Común• 1.71% de Riesgo Profesional• 0.5% Comisión • 3% Aporte Patronal Solidario • 0.5% Aporte Solidario del Asegurado
No existe Tope Salarial, para efectos del cálculo del Total Solidario y el pago del 1%, 5% y 10% de las personas cuyos ingresos superanBs. 13,000, correspondiente al Aporte Nacional Solidario del dependiente
Contribuciones al Sistema Integral de PensionesTotal Ganado y Total Solidario
Prestaciones y Beneficios SIPPrestaciones y Beneficios SIPPrestaciones y Beneficios SIPPrestaciones y Beneficios SIP
• Pensión de Jubilación• Pensión por Muerte• Pensión por Invalidez• Gastos Funerarios
Prestaciones de JubilaciónPrestaciones de JubilaciónPrestaciones de JubilaciónPrestaciones de Jubilación
• Régimen Contributivo – Pensión de Vejez• Régimen Semicontributivo – Pensión Solidaria• Requisitos y cálculos
Sistema de Cuenta IndividualEs el Sistema que brinda prestaciones de la Seguridad Social de Largo Plazo con base al:
Régimen ContributivoCuentas Individuales
Pensión de Vejez con Cuenta Individual
Requisitos:
≥ 60% Referente Salarial
PENSIONANTES de los 58 años cuando
A partir de los cincuenta y ocho (58) años, aún sin cumplir el requisito señalado precedentemente, el Asegurado podrá acceder a una Pensión de Vejez con la Fracción de Saldo Acumulado más su Compensación de Cotizaciones Mensual cuando corresponda.
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Requisitos de acceso
Cuenta Personal
Previsional
Aportes Rendimient
os
Pensión
60% de Referente Salarial
Sin requisito de edad
1) Asegurados al SSO o SIP
2) Asegurados con aportes al Sistema de Reparto
55 años hombres; 50 años mujeres.
60% de Referente Salarial
-Pensión de Vejez.-Pensión por Muerte.-Gastos Funerarios.
Certificado de CC emitido y registrado-
Asegurados con 58 años de edad.
Sin requisito de 60% del RSMínimo 10 años de AportesMonto mayor a la Pensión Solidaria
Régimen ContributivoPensión de Vejez
Beneficios:
Edad de acceso: 58 años, Mujeres: Un año de reducción por cada hijo nacido vivo hasta un máximo de tres
hijos.
Densidad de aportes mínima: 10 años Se tomarán en cuenta los aportes al sistema de reparto, al sistema de
capitalización individual (de las AFP’s) y los aportes realizados con posterioridad a la promulgación de la nueva Ley de Pensiones.
Referente Salarial: promedio de los 24 últimos aportes Pensión de Jubilación dentro del área de la Pensión Solidaria:
20 años de aportes = 60% del Referente Salarial. 25 años de aportes = 65% del Referente Salarial. 30 años de aportes o más = 70% del Ref. Salarial. Se aplica los límites inferior y superior (ver Escalas de la Pensión Solidaria)
Régimen SemicontributivoRequisitos para la Pensión Solidaria
Pensión Solidaria
= Pensión Solidaria de
Vejez
A continuación se detalla el cálculo de pensión con la actual Ley Nº 065 de Pensiones: Trabajador. 58 años de edad, que a la fecha tiene 30 años de aportes. Realizó 20 años de aportes al Sistema de Reparto (hasta abril de 1997). Realizó 10 años de aportes al Seguro Social Obligatorio (administrado AFP’s) Ultimo total ganado Bs3.000 Promedio Salarial de las últimas 24 boletas de Pago Bs2.930
Ejemplo Cálculo de la Pensión Solidaria de Vejez
CC: Compensación de Cotizaciones FSA: Fracción de Saldo Acumulado PJUB: Pensión de Jubilación
La Pensión de Jubilación actual Bs2.050 alcanza al 70% del promedio de las últimas 24 papeletas
Pensión SolidariaFuentes de financiamiento de la Pensión Solidaria
La Fracción Solidaria tiene las siguientes fuentes de financiamiento:
1.Aporte patronal de 3% sobre el total ganado de todos los trabajadores del sector público y privado. 2. Aportes Laboral de 0,5% sobre el total ganado de todos los
trabajadores con destino al Fondo Solidario.3. 20% de la recaudación de primas de riesgos previsionales, lo que no
afecta la otorgación ni el financiamiento de las pensiones por invalidez y muerte financiadas por Riesgo Profesional y Riesgo Común.
4. Aporte solidario de trabajadores dependientes y personas naturales que tienen ingresos altos, a partir de:
(Bs13.000)(Bs25.000)(Bs35.000)
5. Recursos constituidos en la Cuenta Básica Previsional (a septiembre 2010 son Bs602 millones).
Fondo Colectivo de RiesgoFondo Colectivo de Riesgo
Prestaciones de Invalidez y MuertePrestaciones de Invalidez y Muerte
Fondo Colectivo de RiesgoFondo Colectivo de Riesgo
Prestaciones de Invalidez y MuertePrestaciones de Invalidez y Muerte
• Por Riesgo Común• Por Riesgo Profesional• Por Riesgo Laboral• Gastos Funerarios
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Fondo Colectivo de RiesgosRiesgo Común, Profesional y Laboral
Son los seguros colectivos y solidarios para los Asegurados (as) al Sistema Integral de Pensiones que se invalidan o fallecen por accidente o enfermedad y que previo cumplimiento de requisitos, acceden a prestaciones de invalidez o sus derechohabientes a prestaciones por muerte. Se financian:
• Riesgo Común: aporte de 1,71% Asegurados Dependientes e Independientes• Riesgo Laboral: aporte de 1,71 Asegurado Independientes• Riesgo Profesional: aporte de 1,71% Empleador por Asegurados Dependientes
Seguros Colectivos-Riesgo Común
Pensión porInvalidez
Parcial
Pensión porInvalidez
Total
50% <= Invalidez <60% Invalidez >= 60%
Pensión por Gran Invalidez
Invalidez >= 80%
Cuenta Personal
Previsional
Aporte mensual del 10%
Cobertura hasta 12 meses computados desde que se dejó de pagar las primas.
Para la verificación de requisitos se considera únicamente las primas pagadas anteriores a la fecha de invalidez
Gastos Funerarios Pensión por Muerte
70% del RSRBs1,800.-
Fondo Colectivo de RiesgosRiesgo Común
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Indemnización Global
Pensión porInvalidez Parcial
Pensión porInvalidez
Total
10%<= Invalidez<25%
25%<=Invalidez<60% Invalidez>=60%
Gastos Funerarios Pensión por Muerte
Seguros Colectivos-Riesgo Profesional
Pensión por Gran Invalidez
Invalidez >=80%
Cuenta Personal
Previsional
Aporte mensual del 10%
100% del RSRBs1,800.-
Fondo Colectivo de RiesgosRiesgo Profesional
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Beneficios contributivos porConcurrencia
Asegurados con pensión de invalidez
Cumple Requisitos
Pensión de Vejez o Pensión Solidaria
Hasta los 65 años de Edad
Principales CAMBIOS Ley 065Principales CAMBIOS Ley 065Principales CAMBIOS Ley 065Principales CAMBIOS Ley 065
•Principales mejoras de la Ley Nº 065 de Pensiones
Bondades de la Ley Nº 065 de Pensiones
Pensión Solidaria
Sostenibilidad
Equidad - Género
Orientada a favorecer a personas con bajos ingresos, sustentado en una política de redistribución de ingreso.
Orientada a favorecer a personas con bajos ingresos, sustentado en una política de redistribución de ingreso.
Cuenta con fuentes de financiamiento vinculadas a la actividad económica de largo plazo y políticas de redistribución de ingreso.
Cuenta con fuentes de financiamiento vinculadas a la actividad económica de largo plazo y políticas de redistribución de ingreso.
Reconoce los periodos de gestación de las mujeres, con la flexibilización de requisitos para el acceso a la Pensión Solidaria o un incremento en su cuantía.
Para el cálculo de prestaciones en el Sistema Integral de Pensiones, se aplicará una tabla de mortalidad única para hombres y mujeres, de acuerdo a reglamento.
Reconoce los periodos de gestación de las mujeres, con la flexibilización de requisitos para el acceso a la Pensión Solidaria o un incremento en su cuantía.
Para el cálculo de prestaciones en el Sistema Integral de Pensiones, se aplicará una tabla de mortalidad única para hombres y mujeres, de acuerdo a reglamento.
Flexibilización de Requisitos
Incremento en la Cobertura
Mejoras en el acceso a
Pensiones de RP y RC
Apoyo PyMEs
Antes de los 58 años, se requiere financiar sesenta (60%) de Referente Salarial.
A partir de los 58 años, aún sin cumplir el requisito señalado.
Antes de los 58 años, se requiere financiar sesenta (60%) de Referente Salarial.
A partir de los 58 años, aún sin cumplir el requisito señalado.Acceso de trabajadores Independientes, choferes, gremiales, artesanos, campesinos, etc.
Retiros Temporales, Parciales y Totales de aportes voluntarios y adicionales.
Acceso de trabajadores Independientes, choferes, gremiales, artesanos, campesinos, etc.
Retiros Temporales, Parciales y Totales de aportes voluntarios y adicionales.
Se amplía la cobertura para casos de enfermedad, Riesgo Profesional y Riesgo Laboral para Independientes.
Implementa Invalidez parcial por Riesgo Común.Implementa suplemento por Gran Invalidez.
Se amplía la cobertura para casos de enfermedad, Riesgo Profesional y Riesgo Laboral para Independientes.
Implementa Invalidez parcial por Riesgo Común.Implementa suplemento por Gran Invalidez.
Hasta el cinco por ciento (5%) de los recursos de cada Fondo de Ahorro Previsional, puede ser invertido en Valores o Instrumentos Financieros emitidos por pequeñas y medianas empresas sin calificación de riesgo.
Hasta el cinco por ciento (5%) de los recursos de cada Fondo de Ahorro Previsional, puede ser invertido en Valores o Instrumentos Financieros emitidos por pequeñas y medianas empresas sin calificación de riesgo.
Bondades de la Ley Nº 065 de Pensiones
Mejoras en las
prestaciones
Concurrencia de Pensiones, los Asegurados Inválidos podrán percibir simultáneamente la Pensión de Invalidez y la Pensión de Vejez.
Las viudas o viudos con pensión derivada del fallecimiento de su cónyuge, continuarán percibiendo su pensión aún si contraen nuevas nupcias.
Se amplía la cobertura para Pensiones de Invalidez y Muerte por Riesgo Común.
Concurrencia de Pensiones, los Asegurados Inválidos podrán percibir simultáneamente la Pensión de Invalidez y la Pensión de Vejez.
Las viudas o viudos con pensión derivada del fallecimiento de su cónyuge, continuarán percibiendo su pensión aún si contraen nuevas nupcias.
Se amplía la cobertura para Pensiones de Invalidez y Muerte por Riesgo Común.
Bondades de la Ley Nº 065 de Pensiones
Gracias!Gracias!Gracias!Gracias!