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República Bolivariana de República Bolivariana de Venezuela Venezuela Ministerio de Finanzas Ministerio de Finanzas Gerencia Regional de Tributos Internos Gerencia Regional de Tributos Internos Región Zuliana Región Zuliana

SENIAT Agentes de Retencion Del IVA Contribuyentes Especiales

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Providencias Administrativas 1.454 y 1455 del 29/11/2002Publicadas en Gaceta Oficial 37.585 del 05/12/2002Derogadas por las Providencias Administrativas 0056 y 0056-A del 27-01-2005Publicada en Gaceta Oficial Nº 38.136 del 28-02-2005Reimpresa la Nº 0056-A G.O. 38.188 del 17/05/2005

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  • Repblica Bolivariana de VenezuelaMinisterio de FinanzasGerencia Regional de Tributos Internos Regin Zuliana

  • Agentes de Retencin del IVAExpositor: Abog. Jess ArteagaGerencia de Tributos Internos Regin Zuliana Divisin Asistencia al Contribuyente

  • RGIMEN DE RETENCIN DEL I.V.A.Otros Paises de Amrica Latina.Tambin adoptaron el Rgimen de Retenciones para el Impuesto al Valor Agregado o a las Ventas.Mi embrosCIAT

  • RGIMEN DE RETENCIN DEL I.V.A.En VenezuelaProvidencias Administrativas 1.454 y 1455 del 29/11/2002Publicadas en Gaceta Oficial 37.585 del 05/12/2002Derogadas por las Providencias Administrativas 0056 y 0056-A del 27-01-2005Publicada en Gaceta Oficial N 38.136 del 28-02-2005Reimpresa la N 0056-A G.O. 38.188 del 17/05/2005Aplicable a:Contribuyentes Especiales y Entes Pblicos Nacionales, Estadales y Municipales

  • RGIMEN DE RETENCIN DEL I.V.A.(Contribuyentes Especiales)|VIGENCIAContribuyentes Especiales 01-04-2005Entes Pblicos Nacionales 01-04-2005Entes Pblicos Estadales y Municipales 01-08-2005

  • AGENTES DE RETENCIN DEL I.V.A.(Contribuyentes Especiales)Son responsables directos en calidad de agentes de retencin o de percepcin, las personas designadas por la ley o por la Administracin previa autorizacin legalMediante la promulgacin de la Ley del SENIAT se autoriza a su mxima autoridad para el nombramiento de los Agentes de Retencin y Percepcin (Art. 4 Ley Seniat)Base LegalArtculo 27 del C.O.T.

  • AGENTES DE RETENCIN DEL I.V.A.(Contribuyentes Especiales)Base LegalArtculo 11 de la Ley del IVALa Administracin Tributaria podr designar como responsables del pago del impuesto, en calidad de agentes de retencin,a quienes por sus funciones o por razn de sus actividades privadas intervengan en operaciones gravadas con el impuesto establecido en esta Ley

  • AGENTES DE RETENCIN DEL I.V.A.(Contribuyentes Especiales)Designacin Artculo 1 Se designan responsables del pago del I.V.A. en calidadde agentes de retencin a los sujetos pasivos, distintos a personas naturales, a los cuales el Seniat haya calificado como especiales.

    Fungirn como agente de retencin IVA cuando compren bienes muebles o reciban servicios de proveedores que sean contribuyentes ordinarios de ste impuesto.

  • Operaciones excluidas de retencin: Artculo 3AGENTES DE RETENCIN DEL I.V.A.1.-Compra de bienes y adquisicin de servicios no sujetos, exentos o exonerados. 3.-Cuando con ocasin de la importacin de los bienes, los proveedores hayan sido objeto de algn rgimen de percepcin anticipada.2.-El proveedor sea un contribuyente formal del impuesto

  • Operaciones excluidas de retencin: Artculo 3AGENTES DE RETENCIN DEL I.V.A.4.- Se trate de operaciones pagadas por empleados del agente de retencin con cargo a cantidades otorgadas por concepto de viticos5.- Se trate de operaciones pagadas por directores, gerentes, administradores u otros empleados por concepto de gastos reembolsables cuyo monto por operacin no exceda 20 UT (Bs. 672.000,oo)

  • Operaciones excluidas de retencin: Artculo 3AGENTES DE RETENCIN DEL I.V.A.6.-Compras de bienes muebles o servicios con cargo a la caja chica del agente de retencin, siempre que el monto por operacin no supere las 20 UT (Bs. 672.000,oo) 8.-Se trate de servicios de electricidad, agua, aseo y telefona, pagados mediante domiciliacin a cuentas bancarias del agente de retencin.7.- Las operaciones pagadas con tarjetas de dbito o crdito cuyo titular sea el agente de retencin

  • Operaciones excluidas de retencin: Artculo 3AGENTES DE RETENCIN DEL I.V.A.9.- El proveedor de bienes y servicios gravados estuviere inscrito en el Registro Nacional de exportadores y tenga derecho a recuperar los crditos fiscales soportados con ocasin de su actividad de exportacin

  • Operaciones excluidas de retencin: Artculo 3Exportadores.

  • Operaciones excluidas de retencin: Artculo 3Exportadores.

  • Operaciones excluidas de retencin: Artculo 3AGENTES DE RETENCIN DEL I.V.A.10.-Las compras que sean efectuadas por los rganos de la Repblica, los Estados y Municipios que hubieren sido calificados como sujetos pasivos especiales. 11.- Las compras que sean efectuadas por entes pblicos sin fines empresariales que hubieren sido calificados como sujetos pasivos especiales por el Seniat

  • Monto a retener: Artculo 4 Impuesto discriminado en factura. Impuesto no discriminado, la factura75% del impuesto causado100% del impuesto causadoAGENTES DE RETENCIN DEL I.V.A.(Contribuyentes Especiales)Frmula: Mret = Pfac x Ai Monto a retener: Artculo 5

  • Factura no cumple con los Requisitos y formalidades100% del impuesto causadoMonto a retener: Artculo 5

  • ImprentaEmpresaFactura-ControlFechaObjeto socialAlcuotaDireccinN RIFN NITMateriales ElectricosAv 11 sector tierra negraJ-07689955-61Taladro marca Acme modelo 1324350.000350.000350.0001449.000399.000Retencin =49.000 25112005

  • AGENTES DE RETENCIN DEL I.V.A.(Contribuyentes Especiales)Monto a retener: Artculo 5 Proveedor no inscrito en el Rif o cuando los datos suministrados no coincidan con los indicados en la factura o documento equivalente100% del impuesto causadoEl agente de retencin deber consultar en la pagina web del SENIAT : www.seniat.gov.ve

  • AGENTES DE RETENCIN DEL I.V.A.Consulta de RIF en el PortalPresione esta opcin

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  • Monto a retener:75% del impuesto causadoAGENTES DE RETENCIN DEL I.V.A.Consulta de RIF en el Portal

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  • 100% del impuesto causadoAGENTES DE RETENCIN DEL IVA(Contribuyentes Especiales)Monto a retener: Artculo 5 Proveedor omiti la presentacin de alguna de sus declaraciones de IvaEl agente de retencin deber consultar en la pagina web del SENIAT : www.seniat.gov.ve

  • AGENTES DE RETENCIN DEL I.V.AComprobante de Retenciones del IVA. Art. 18

  • AGENTES DE RETENCIN DEL I.V.A.(Contribuyentes Especiales) Para el Comprador o Agente de Retencin: Artculo 6El impuesto retenido no pierde su carcter de crdito fiscal, cuando estos califiquen como contribuyentes ordinarios del IVA.Naturaleza del monto retenido

  • Para el vendedor o proveedor: Artculo 7 Los proveedores se descontarn el impuesto retenido de la cuota tributaria determinada para el perodo en el cual se practic la retencin, siempre que tenga el comprobante de retencin.AGENTES DE RETENCIN DEL I.V.A.(Contribuyentes Especiales)Naturaleza del monto retenido Cuando el Comprobante de retencin sea entregado al proveedor con posterioridad a la presentacin de la declaracin, el impuesto retenido podr ser descontado para el periodo en el cual se hizo entrega del comprobante o en periodos posteriores.

  • Impuesto Retenido > Cuota Tributaria (Art. 8) En los casos en que el Impuesto Retenido sea > a la cuota tributaria del periodo de imposicin respectivo, el contribuyente podr descontar las retenciones acumuladas contra las cuotas tributarias de los siguientes periodos hasta su descuento total. Debern reflejarse en la declaracin de Iva forma 30. Procedimiento de Recuperacin Art 10

  • Ajuste de precios: Artculo 12 Si existe ajuste de precio que incremente el monto pagado se practicar la retencin a tal aumento. Si existe ajuste de precio que implique disminucin del causado, el agente de retencin deber devolver al proveedor el importe retenido en exceso que an no haya sido enterado. Si el impuesto retenido en exceso ya fue enterado, el proveedor deber descontarlo de la cuota tributaria del periodo correspondiente o en los sucesivos, sin perjuicio del derecho a solicitar la recuperacin del mismo.AGENTES DE RETENCIN DEL I.V.A.(Contribuyentes Especiales)Retenciones practicadas indebidamente: Artculo 13 Si el impuesto retenido no ha sido enterado, el proveedor tiene accin en contra del agente de retencin, sin perjuicio de otras acciones civiles y penales. Si el impuesto retenido fue enterado (igual a 3)

  • Oportunidad para realizar la retencin: Artculo 14La retencin del impuesto debe efectuarse cuando se realice el pago o abono en cuenta, lo que ocurra primero.Oportunidad para enterar: Artculo 15Practicadas la 1a. quincena:Entre los primeros 5 das hbiles siguientes del mismo mesPracticadas la 2a. quincena:Entre los primeros 5 das hbiles del mes siguienteAGENTES DE RETENCIN DEL I.V.A.(Contribuyentes Especiales)

  • AGENTES DE RETENCIN DEL I.V.A.Retenciones Efectuadas del 01 al 15 de cada mes del 2006Oportunidad para enterarArtculo 15 pargrafo nico

  • AGENTES DE RETENCIN DEL I.V.A.Retenciones Efectuadas del 16 al 31de cada mes del 2006Oportunidad para enterarArtculo 15 pargrafo nico

  • Cmo registrarse en el Portal Fiscal del SENIAT:El representante legal o apoderado, deber llenar la planilla de inscripcin en original y copia y acompaarla de los siguientes recaudos:AGENTES DE RETENCIN DEL I.V.A.1.- Original y Fotocopia del Registro Mercantil o Documento Constitutivo2.- Original y Fotocopia de la ltima Acta de Asamblea, donde aparezca Representante Legal3.- Original y Fotocopia del Poder Notariado (en caso de que el Representante legal no aparezca en el documento constitutivo o Acta de Asamblea)4.- Fotocopia del Registro de Informacin Fiscal (RIF) Agente de Retencin y NIT5.- Fotocopia del Registro de Informacin Fiscal (RIF) Representante Legal y NIT6.- Fotocopia de la Cdula de Identidad del Representante LegalEs importante aportar un correo electrnico de la empresa y del representante legal activoEl Usuario y la Clave de Acceso en lnea se enviar al correo electrnico aportado en la solicitud por el representante del Agente de Retencin

  • AGENTES DE RETENCIN DEL I.V.A.(Contribuyentes Especiales)

  • RGIMEN DE RETENCIN DEL I.V.A.(Contribuyentes Especiales)Procedimiento para presentar la declaracin informativa

  • RGIMEN DE RETENCIN DEL I.V.A.(Contribuyentes Especiales)Procedimiento para presentar la declaracin informativa

  • RGIMEN DE RETENCIN DEL I.V.A.(Contribuyentes Especiales)Procedimiento para presentar la declaracin informativa

  • Declaracin en Lnea en el Portal Fiscal

  • Declaracin en Lnea en el Portal Fiscal

  • Declaracin en Lnea en el Portal Fiscal

  • RGIMEN DE RETENCIN DEL I.V.A.(Entes Pblicos)Procedimiento para presentar la declaracin informativa

  • RGIMEN DE RETENCIN DEL I.V.A.Procedimiento para presentar la declaracin informativa

  • RGIMEN DE RETENCIN DEL I.V.A.(Entes Pblicos)Procedimiento para presentar la declaracin informativa

  • RGIMEN DE RETENCIN DEL I.V.A.(Entes Pblicos)Procedimiento para presentar la declaracin informativa

  • RGIMEN DE RETENCIN DEL I.V.A.(Entes Pblicos)Procedimiento para enterar la retencin

  • RGIMEN DE RETENCIN DEL I.V.A.(Entes Pblicos)Procedimiento para enterar la retencin

  • RGIMEN DE RETENCIN DEL I.V.A. (Entes Pblicos)Sanciones por incumplimiento de los Deberes Formales Contenidos en sta Providencia : Artculo 107 COTSanciones Ilcitos Materiales y con pena restrictiva de la libertad COT:

  • MUCHAS GRACIAS POR SU ATENCINPortal Fiscal: www.seniat.gov.ve e-mail: [email protected] Regional de Tributos Internos Regin ZulianaDivisin de Asistencia al Contribuyente 0261-7962258-61-63 y 64

    08000-SENIATCERO OCHO MIL (736428)

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