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Lo cierto es que la creaci6n del ICSF representaba tanto un avance en el papel del Estado para manejar la cuesti6n sociai, con el respective retroceso de la iglesia y la caridad, como una modalidad especifica de protecclon social Iimitada, que gravitaba entre la racionalidad tecnica, las posturas liberales moderadas y los preceptas marales de una sociedad anclada en realidades complejas, para 18cual muchos de los ternas tratados presentaban profundas ambigOedades. Prueba de ello es que curiosamente la misma Senadora liberal Elena de Crovo recogera dlas despues las inquietudes hechas par el conservador Hernan Toro Agudelo en. cuanlo a la constitucionalidad del servicio Social Obligalorio Femenino, contenido en el cuarto capitulo del proyecto. Su critica no S8 dirigia al espiritu de la propuesta, pues consideraba que era benefica para la mujer colombiana, sino a su conformidad con la carta magna. 102 EI debate de mediados de octubre de 1968 sobre el nombramiento de la primera dama en la junla directiva de la nueva instituci6n sirvi6 como prearnbulo para dar continuidad a la inquietud que habia planteado la Senadora de Cravo. De inmediato, el Senador Hernan Taro Agudelo hizo un claro reparo sabre el trabajo social obligatorio gratuilo, pues sequn el, el dla de manana el Gobierno, bajo las Facultades del temido articulo 121 de la Constituci6n podria lIegar a decretar trabajo forzoso para grupos indeterminados. En respuesta, el Ministro de Justicia Fernando Hinestrosa compar6 el servicio social obligatorio con el servicio militar y aclar6 que aunque ninguno de los dos S8 encontraba consagrado especificamente en la constituci6n, el servicio a la patria sl, 10 que les permitia tener existencia legal. EI Senador Aureliano Perea Aluma, interpel6 al Ministro para insistir errque este servicio obligatorio reriia con la constituci6n nacional, pera ademas, emple6 una argumentaci6n bastante particular, anclada en la moralidad de su partido conservador, en donde se reafirmaba el papel hisl6rico de la mujer en Colombia: ... a que no es justo ni conveniente que todo un enjambre de mujeres - tenga que prestar durante un determinado tiempo un servicio social obligatorio sin que se garantice la suerte moral que elias van a correr, trayendo como consecuencia grandes problemas sociaies y protesta en el ambito nacional.l'" 102 COLOMBIA, Congreso (1968) Relaci6n de debates, Anales del Congreso, miercoles 9 de octubre de 1968. No. 84. p. 1085. 103 COLOMBIA, Congreso (1968) Relacicn de debates, miercoles 16 de octubre de 1968, Anales del Congreso No. 87. p. 1131. 130

S8 · 2011-08-30 · obligaciones, que ya son mayores que las de los hombres, pues nos desemperiamos como madres, amas de casa, esposas, trabajadores, pagadoras de impueslos, sin

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Lo cierto es que la creaci6n del ICSF representaba tanto un avance en el papel delEstado para manejar la cuesti6n sociai, con el respective retroceso de la iglesia yla caridad, como una modalidad especifica de protecclon social Iimitada, quegravitaba entre la racionalidad tecnica, las posturas liberales moderadas y lospreceptas marales de una sociedad anclada en realidades complejas, para 18cualmuchos de los ternas tratados presentaban profundas ambigOedades.

Prueba de ello es que curiosamente la misma Senadora liberal Elena de Crovorecogera dlas despues las inquietudes hechas par el conservador Hernan ToroAgudelo en. cuanlo a la constitucionalidad del servicio Social ObligalorioFemenino, contenido en el cuarto capitulo del proyecto. Su critica no S8 dirigia alespiritu de la propuesta, pues consideraba que era benefica para la mujercolombiana, sino a su conformidad con la carta magna.102 EI debate de mediadosde octubre de 1968 sobre el nombramiento de la primera dama en la junladirectiva de la nueva instituci6n sirvi6 como prearnbulo para dar continuidad a lainquietud que habia planteado la Senadora de Cravo. De inmediato, el SenadorHernan Taro Agudelo hizo un claro reparo sabre el trabajo social obligatoriogratuilo, pues sequn el, el dla de manana el Gobierno, bajo las Facultades deltemido articulo 121 de la Constituci6n podria lIegar a decretar trabajo forzoso paragrupos indeterminados.

En respuesta, el Ministro de Justicia Fernando Hinestrosa compar6 el serviciosocial obligatorio con el servicio militar y aclar6 que aunque ninguno de los dos S8encontraba consagrado especificamente en la constituci6n, el servicio a la patriasl, 10que les permitia tener existencia legal. EI Senador Aureliano Perea Aluma,interpel6 al Ministro para insistir errque este servicio obligatorio reriia con laconstituci6n nacional, pera ademas, emple6 una argumentaci6n bastanteparticular, anclada en la moralidad de su partido conservador, en donde sereafirmaba el papel hisl6rico de la mujer en Colombia:

...a que no es justo ni conveniente que todo un enjambre de mujeres- tenga que prestar durante un determinado tiempo un servicio social

obligatorio sin que se garantice la suerte moral que elias van a correr,trayendo como consecuencia grandes problemas sociaies y protestaen el ambito nacional.l'"

102 COLOMBIA, Congreso (1968) Relaci6n de debates, Anales del Congreso, miercoles 9 deoctubre de 1968. No. 84. p. 1085.103 COLOMBIA, Congreso (1968) Relacicn de debates, miercoles 16 de octubre de 1968, Analesdel Congreso No. 87. p. 1131.

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Par su parte, a la Senadora Hilda Martinez de Jaramillo no Ie preocupaba tanto laadquisici6n par parte de la mujer colombiana de una obliqacion adicional a las quevenia desarrollando de manera trascendental en el mundo del hogar y del trabajo,10que sl Ie preocupaba era "...el hecho de saber si ese servicia social obligatoriava a ser solamente para un sector como las obreras 0 campesinas que son lasque generalmente tienen que prestar dicho servicia, tal como ocurre con el serviciamilitar. .. ,,104 destinado a las c1ases trabajadoras y el cual no se exiqia de igualmodo a las c1ases altas. Asuntos como el uniforme y la alimentaci6n de lasmujeres, complementaban sus preocupaciones. La interesante as que ambascosas estaban suficientemente claras en el preyecto, pues el servlcio estabadirigida a las c1ases medias y altas y una norma de este tipo requeriria,evidentemente una reglamentaci6n mas detallada, pera par la via de decreto.<.,Queera entonces 10que habia detras de estos cuestionamientos?

Unos dias mas tarde el Senadar Toro lIamaria la atenci6n sobre los Iimites delejecutivo y el legislativo en la producci6n de normas, Y llama ria al respeto delprincipia constitucional de la Iibertad del trabajo y el derecho a percibir unaremuneraci6n por el mismo, asunto incluido en el derecho publico colombiano. Suargumento se pod ria resumir en que:

... el Congreso no puede ejercer sino las facultades que tiene y nopuede tratar de imponer, ya que estamos en un Estado de derecho,trabajos forzados y gratuitos a favor del Estado a ninguna persona, yque las normas constitucionales que se han citado en la defensa delservicio social obligatorio para la mujer, no tienen ni ese sentido niesos antecedentes nj podrfa admitirse que se les diera semejantealcance.l'"

Para la Senadora Sara lnes del Rio, la propuesta vulneraba los derechoshumanos, en 10referente al articulo 23 de la carta que los consagraba, y donde seinsistfa en que todo trabajo debia generar una remuneraci6n equitativa para quien10desarrallara, a 10que se sum6 el orad or Toro anadiendo en sus intervencionesque la medida traeria malestar a sectores femeninos que, aunque apoyaban lainiciativa por su vocaci6n social, y la confundlan con el trabajo voluntario quemuchas desarrollaban, ignoraba que ese servicio implicaria sacarlas de sus casaspor un ana y de tiempo completo.

104 Ibid.105 COLOMBIA, Congreso (1968) Relaci6n de debates, Anales del Congreso, No. 88. p. 1147.

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A mediados de octubre, el asunto del servicio social obligatorio, el nuevo impuestosabre la sal para financiar el ICBF, la creaci6n de este institute y su posible usopara la planificaci6n familiar fueron los argumentos empleados por la oposicionconservadora y por algunos Iiberales. En medio de tan acalorado debate, la voz delas mujeres se hizo sentir en el Congreso como un actor prota~nico. En una cartadirigida por la reconocida dirigenle y periodista Ana de Karpf ,y secundada porBlanca de Navarro, Judith Leal Turriago, Amanda Monlejo y olras mujeres, seexpresaba de manera aguda el rechazo a la iniciativa del servicio socialobligatorie, esta vez, desde una postura feminista, distinta a la del conservatismo,pero que sin embargo fue usada per ese partido para validar sus criticas alproyeclo y al gobierno.

La carta iniclaba can un reconocimiento sobre el trascendental aporte hecho porlas mujeres a la vida nacional, " ... bajo un regimen patriarcal que no ha sufridomodificaci6n a 10largo de la vida dernocratica del pais.,,107A continuaci6n, estasmujeres insistian en que en mas de siglo y medio de vida independiente deColombia, solo habia sido aprobada una ley que mejorara en alguna forma elestatuto juridico de las colombianas, la ley 28 de 1936, y pasaban a criticar demanera contundente la propuesta del gobierno con una formula mas sencilla: sinos van a pedir mas deberes, den nos mas derechos:

De suerte que al aumentar los deberes de la mujer, sin darleindispensable contraprestaci6n de los derechos equivalentesconsideramos que es injusto en principios. Si se asp ira a que nuestrasobligaciones, que ya son mayores que las de los hombres, pues nosdesemperiamos como madres, amas de casa, esposas, trabajadores,pagadoras de impueslos, sin jornada legal sino hasla el limite de laresistencia fisica, es justo que sirnultanearnente S8 legisle paraderogar las disposiciones del C6digo Civil, que s610 subsisten ya ennaciones que se resisten, como Colombia, a ingresar al torrente de

. reivlndicaclones obtenidas por la mujer en el mundo.

106 Ana de Karpf rue una importante ferninista. periodista que defendio el derecho al voto femeninodesde los enos cuarenta. En una de sus Intervenctones afirm6: "Todos los males que soMbamosarreglar can el vote de la mujer y el apoyo de las rnasas. siguen ahl multiplicados y suspendidoscomo espada de Damocles sabre la cabeza de eso que Ilamamos democracia, que no consistes610 en voter, sino en disfrutar de un gobierno del pueblo, par el pueblo y para el pueblo". De Karpf,Ana. Balance de 40 arias del voto femenino. En: Uni6n de Ciudadanas de Colombia, memorias 40anos del voto de la mujer. Logros, Perspectivas y retos, Cali, 1997107 COLOMBIA, Congreso (1968) Carta dirigida al Presidente y a los honorables senadores par Anade Karpf, Blanca de Navarro, Judith Leal Turriago, Amanda Montejo, et al. Fechada el 16 deoctubre de 1968. Anales del Congreso, martes 22 de octubre de 1968. No. 88. p. 1163.

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Su carta terminaba con atro argumento tarnbien muy valido en cuanto al tamar queexistia en que el servicio social obligatorio desplazara a las respetablesprofesionales del servicio social, egresadas cada vez mas de las universidades, acambia de "... primaverales ninas que iran a prestarlo par el imperative de la ley",Pera otra era la posicion de las mujeres del partido liberal. En respuesta a estacomunicaci6n encabezada par Ana de Karpf, las mujeres pertenecientes alliberalismo de Manizales y Villavicencio enviaron varias comunicaciones al Sanadoen las que S8 pedia la aprobaci6n del capitulo IV, sabre servicio social obligatorio,puss esta iniciativa nerrnitirla "... corregir incalificables injusticias perturbadoras dela armonia soc::ial.,,101ISin embargo, las solicitudes de las mujeres liberales no hicieron efecto, tam pocolas del Presidente L1eras. Para el 22 de octubre el debate continuabaempantanado y la propuesta del capitulo 4, relativo justamente al servicio socialobligatorio, habia side votada negativamente en el Sen ado. Mientras el gobiernolidiaba con diversos conflictos laborales, entre ellos el del sindicato detrabajadores de la Beneficencia, cercano a la UTC, asl como can las acusacionesoriginadas en las arbitrariedades cometidas par la fuerza publica, L1erasdesplegaba sus ultirnos esfuerzos para intentar salvar la lniciatlva en el Congreso.A traves de cartas dirigidas a esta rama del poder, el primer mandatarioargumentaba que el servicio social era indispensable para resolver los problemassociales del pais en educacion, asistencia social y problemas agrarias, pues "... Iasgrandes carnparias de la Transformaci6n Nacional no podrian adelantarse si fueranecesario crear un burocrata nuevo para cada funci6n, tamrcoco podemoscontentarnos can la cooperaci6n voluntaria que a elias se preste." 09 Esta idea seapoyaba en una similar, expresada en el discurso de posesi6n que eleva el primerdignatario ante el Congreso anos atras: "La que se necesita hacer paratransformar el pais no puede lIevarse a cabo, ni siquiera en pequeiia parte, s610par media de la orqanizacion burocratica."!'? Finalmente, en una ultima carta alCongreso L1eras develaria un asunto trascendental en la constitucion de laprotecci6n social del pais: el Estado parecia carecer de los medias y los recursaspara asumir la cuesti6n social a su cargo, par 10 que el esfuerzo privado, elvoluntariado, la beneficencia, la caridad y el servicio civico, debian contribuir aeste fin, de modo similar a 10que Pierre Rosanvallon denornlnara, para el casoFrances, muletas del Estado Providencia (Rosanvallon, 2007). Lo cierlo es queestas muletas no fueron aprobadas y el capitulo 4 desapareci6 del proyecto

lOB COLOMBIA, Congreso (1968) Acta de la sescn del martes 22 de octubre de 1968, Anales delCongreso, miercoles 23 de octubre de 1968. No. 90. p. 1178.109 COLOMBIA, Congreso (1968) Carta del senor Presidente de la Republica, Carlos L1erasRestrepo, dirigida al Senado de la Republica, -Anales del Congreso, miercoles 23 de octubre de1968. No. 90. p. 1179.110 Ibid.

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gracias a la oposicion conservadora, a los influjos del feminismo y a la posicion devarias congresistas liberales. Adernas, a causa de sus limitaciones iniciales y delas trabas morales, los intereses regionales y de la iglesia y los problemaspresupuestales originados en el poco lnteres que este tema despertaba en lossectores econ6micos del pals, el ICBF tampoco logr6 convertirse en unaherramienta capaz de integrar un aspecto muy delicado de la politica social,coordinando s610 de manera parcial los trabajos aislados que en el pasado elEstado, la Iglesia y la iniciativa privada habian emprendido en torno al tema de laninez y la familia.

Hacia el sistema nacional de salud (SNS)

La ausencia de un adecuada ordenamiento de los servicios de salud en el paiscontinuaba siendo uno de los aspectos mas problernaticos del sistema deprotecci6n social colombiano. EI fracaso de la iniciativa integradora en 1965 habiaremarcado los Iimites que la dinarnica sociopolitica Ie imponia al Estado paraintervenir en esta materia. Pera tales llrnites, convenientes para unos, no hicieronsino agravar la situaclon en salud del pais. En este contexto y como parte del Plande desarrollo del gobierno de Misael Pastrana, destin ado a reorganizar laadrninistracion'!", surgi6 la iniciativa de reestructurar el ineficiente y fragmentadaSistema Nacianal de Salud. EI mecanisme fue el prayecla de ley numero 85 de1.972 "par el cual se revisle al presidenle de la Republica de Faculladesextraordinarias para reorganizar el Sistema Nacional de Sa Iud y el Ministerio deSa Iud Publica y se dictan otras dispasicianes pertinentes"!". Esta iniciativa traiaconsigo una vez mas la idea de la integraci6n de servicios que habia permanecidohisl6ricamente en el pais pera que se presentaba ahara baja la fanma y loscantenidas del Plan de Desarrollo del Frente Social. En esle ultimo dacumenla seexpresaba: "Ia creaci6n y arganizaci6n - dice el plan general de desarrollo- de unservicio unico nacional de salud debe constituir una meta claramente definida' ..,113

EI prayecta de ley 85 del 72, presentada par el misma Ministra Jose Maria SalazarBuchelli el 20 de septiembre de 1972'14, respandia al caas y el desarden propiodel .sector salud, y trataba especificamente sabre aspectos como elreordenamiento del Ministerio de SaIud PUblica, la integraci6n de los servicios

111 Un ejemplo de ella la constituye el prcyecto de ley numero 8 de 1.973 "par el cual se otorgan alpresidente facultades extraordinarias para actualizar la orqantzacicn adrrunistrattva nacional" EnCOLOMBIA, Senad.o (1.973) Ponencia para segundo debate del proyecto. Anales del Congreso.Jueves 22 de Marzo de 1.973. p. 273.112 COLOMBIA, Ministerio de Salud Publica (1.972) Historia del proyecto numero 85 de 1972.Salazar Buchelli Jose Marla. p. 7113 COLOMBIA, Ministerio De Salud Publica. Historia (1972) Op.Clt. p. 20114 COLOMBIA, Congreso (1973) Archive de leyes autcprafas. Constancias. 1973, Tomo II Bis. No8-10 Archive del Congreso.

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asistenciales, el regimen juridico de las entidades de asistencia publica e interessocial, los productos farmaceuticos y equipos de dotaci6n en salud y la condici6nsalarial de los trabajadores del sector. EI sentido de la reestructuraci6n quepraponia el Ministerio abarcaba, no solo la incorporaci6n de los diferentes sectoresde los servicios dentro de un todo orqanico, sino tam bien la necesidad dereestructuraci6n de los mismos a fin de hacerlos mas eficientes, de cohesionarlos,ampliarlos, reordenarlos, jerarquizarlos y de centralizarlos 0 descentralizarlos deacuerdo a las conveniencias.

En la exposicion de motives presentada por Salazar Buchel1i se expuso undiagnostico de la situaci6n de salud del pais en ese momento: "persiste un sistemaplural, conectado entre sf de forma debil y que causa la duplicidad de funciones einversiones, determina desniveles cualitativos y cuantitativos en la atencionmedica y afecta la prestaci6n arm6nica de servlcios"!" Tal fragmentaci6n de losservicios se hacia evidente gracias a la existencia de 4 sectores diferenciados: elsector oficlal institucional bajo control directo del Ministerio de Salud, el subsectoroficial asimilado por los Ministerios, el subsector oficial y mixto (ICSS y cajas deprevision social)' y el sector privado,

En un estudio presentado por el Departamento Nacional de Planeaci6n DNP sedaba cuenta tarnbien de la situaci6n excepcional del ICSS, instituci6n que sehabia mantenido muy al margen de las iniciativas de integraci6n. La situaci6n delsegura ilustraba la existencia de un "tabicamiento intra-sectorial" y resaltaba queel pais habia tenido un sistema in coordinado de salud can una fragmentaci6n enlos recursos, con atomizaci6n excesiva de actiones, con deficiencias normativas y,

en los sistemas de informaci6n, sin uriidad en la planificaci6n yean deficiencias enel recurso humano. En este ultimo aspecto las cifras eran contundentes. Laconcentracion de medicos en las ciudades alcanzaba el 74%. A ella se sumabauna subutilizaci6n de camas hospitalarias dada por un indice de ocupaci6n mediadel 64.9% de las 48.549 camas existentes en el pais. Todo ello derivabafinal mente en que en Colombia el 60% de la pobiaci6n no recibla atenci6n medica.En este contexto la iniciativa legislativa parecla un remedio inaplazable, pera nopor ello de facil adopci6n. EI proyecto fue presentado inicialmente en la Comisi6nPrimera Constitucional del Sen ado por Alvaro Sanchez Silva, quien resumi6 laidea clave del Sistema Nacional de Salud en los siguientes terminos: "Cuando enla exposici6n de motives se habla de sistema unico entendemos que se trata deunificar objetivos y rnetodos para la prestaci6n de los servicios relacionados con lasalud publica."

115 COLOMBIA, Minlsterio de Salud Publica. (1972) Op.Cit. p. 10

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En un primer momento del debate, el 14 de noviembre de 1972, se sugiri6 lapresencia del Ministro de SaIud en la discusi6n, reconociendo de este modo sugran liderazgo tanto centro del Estado como en los gremios del sector sa Iud. Dosdias despues, se aprob6 la proposicion con la que terminaba el informe del primerdebate y se nombr6 una subcomisi6n para el estudio de la iniciativa conformadapor los Senadores Le6n Colmenares, Jose Marla Nieto Rojas y Alvaro SanchezSilva. EI trabajo de la subcomisi6n se·hizo evidente en la sesi6n del 5 de diciembrede la Comisi6n Primers. Ese dia se votarian los articulos uno par uno, y losintereses del sector salud saldrian a la luz, incidiendo en la forma que adoptariafinalmente el SNS. A su paso par la Subcomision el preyecto tuvo unu .•• ordenamiento mas estructural y se precisaron y clasificaron las materias sabrelas cuales se concedian las Facultades Extraordinarias al senor Presidente de laRepublica. As! mismo se suprimieron algunos articulos por considerarlosinconducentes."!" En etecto, los Senadores encargados de su estudio neqaron elarticulo tercero original, reterido a la declaracion de utilidad publica y de lnteressocial de las entidades de asistencia publica, asociaciones e instituciones deutilidad cornun dedicadas a la prestacion de los servicios de salud. Los Senadoresconsideraron que:

... como bien se expreso en las intervenciones de varios HonorablesSenadores, que dicha medida tendrfa que ser objeto de un analisismas completo y exhaustivo y porque, para los prop6sitos queanimaban el Estado, se consagraban las normas suficientes deintervencion ~ara lograr un normal tuncionamiento de talesinstituciones 11

La carta en blanco que abria este articulo de cara a una posible "estatalizacion" delos servicios medicos, sumada a las tensiones del debate sobre el servicio 0 elsistema unico de salud, tueron argumentos suficientes para tomar una decisi6nque no cont6 con mayor oposici6n. Adicionalmente, dentro de las observacioneshechas al proyecto se habia suqerido crear una cornision para asesorar algobierno en la reestructuracion del Sistema Nacional de Salud conformada por unrepresentante a la Camara y un Senador de las respectivas comisionesconstitucionales, un representante de la Federacion de Asociaciones ColombianasMedicas Sindicales Falcornedicas, un representante de la Asociacion Colombian ade Medicos de Salud Publica Ancosap, un representante de la Asociaci6nColombian a de Odontoloqos Asdoas, y un representante de la Asociaci6nNacional de Enfermeras de Colombia Anec. Cada uno de ellos seria designado

116 COLOMBIA, Senado (1973) Ponencia para segundo debate en el Senado presentado par elSenador Alvaro Sanchez. P.1-3 Tomo II117 Ibid.

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por el Gobierno Nacional. Pera dicha iniciativa, plasmada en un articulo nuevo(noveno), prop,uesto por Alvaro Sanchez Silva, lue negada. Los dernas articulos semantendrian. 18

Una vez se aprob6 en el Senado la propuesta legislativa su destino fue la Camara.Alii, la discusi6n se inici6 en febrero 14 de 1973 con la lectura de la ponencia parael primer debate a cargo del Representante Abelardo Duarte Sotelo. Pronto, lasprevenciones hist6ricas del Frente Nacional, sobre la posibilidad de dar alejecutivo una potestad especial para alterar aspectos alqidos en materia deprotecci6n social se hicieron notar. En la discusi6n del 21, el RepresentanteMartinez Caballero present6 una constancia en la que se insistia en la necesidadde limitar las facultades extraordinarias y restringir una posible violaci6n de losderechos labarales adquiridos par los trabajadares al modificar la naturalezajuridica de las entidades que fuesen a ser adscritas al SNS.119

En los dias siguientes el preyecto fue leldo en su totalidad y votadofavorablemente por todos los miembros de la Comisi6n Primera de la Camara, conexcepci6n del Representante Guido Parra, quien par razones no identificadas seopuso a la propuesta. Entre tanto, una comunicaci6n del presidente MisaelPastrana lechada el primero de lebrero de 1973 solicitaba al presidente de laComisi6n Primera, Jaime Chaves Echeverri, el trarnite agil en las sesionesextraardinarias de este proyecto tan importante para la nacion y el cual respondiaa la "necesidad de que el Estado atienda can mecanismos elicientes al SectorSalud".

Pese a la aparente conveniencia de esta norma, sus debates en el Congresorevelan la posicion encontrada de varios actores sociales relacionados con elcampo de la salud, a traves la voz de los congresistas de.la comisi6n primera delas dos corporaciones. La discusi6n sabre el Sistema Nacional de Salud se movi6alii entre intereses regionales, gremiales y partidistas. EI tema de las lacultadesextraordinarias y de los servicios secci6nales de salud en las regiones deline6,cornosucedio en la decada de los 60, el curso de las discusiones y en ultimasreafirrno los derroteros politicos que hist6ricamente habian seguido estasconfrontaciones en las instancias de decision. La Federaci6n de AsociacionesMedicas Sindicales, "Facolrnedicas" a nambre de sus sindicatos aliliados: Anda,Asmedas, Asornedica, Asomeva, Medicaldas y Simetol, plante6 varias

118 COLOMBIA, Congreso (1973) Archivo de leyes aut6grafas. Senado Constancias., Tomo II Bis.No 8-10 Archivo del Congreso.119 COLOMBIA, Camara de Representanles (1973) Archivo de leyes aul6grafas. Constancias.1973, Tomo II Bis, No 8-10 Archivo del Congreso.

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observaciones. Aunque no se oponia a la intenci6n del gobierno de implantar unapolitica unificada de sa1ud coordinando las instituciones bajo un mismo criterio yconservando la descentralizaci6n administrativa, expresaba serias reservas sobreel pracedimiento por el cua1 se haria uso de las facultades extraordinariasconcedidas por el Congreso, ya que, aunque confiaban en el Ministro de Salud,decian: "... Ia experiencia nos ha demostrado que sus intenciones pudieran serdeformadas par sucesores en su cargo, no bien empapados de su criterio 0 condiferente opinion sobre dichos temas. Nadie puede garantizarnos que en dos anosde facultades sea el propio Dr. Salazar Buchelli, quien vaya a realizar todos estosproyectos."!" Las preocupaciones de Facolmedicas no eran infundadas. Laexperiencia de la reestructuraci6n por decreto del segura social al iniciarse ladecada constituia un argumento poderoso:

De otra parte cabe aqui recardar y queremos dejar par ello constancia,sobre los puntos de vista expresados par nuestras Asociaciones enrelaci6n con la extensi6n de servicios del Instituto Colombia no deSeguras Sociales cuando se discuti6 en el Senado ta Reforma de esteen el Proyecto de Ley # 30, que hizo curso en la Camara en 1970 conel #144 y fue enterrado ante la ley de Facultades Extraordinarias #20que produjo despues los Decretos Leyes Nos. 433 a 435 de Mayo de1971 que reformaron al ICSS, a los cuales nosotros atribuimos, desdeantes, entonces y confirm amos ahara, la precaria situaci6n par la cualellnstituto atraviesa actua'mente.!"

Pera mas alia de estas prevenciones, la Federaci6n destacaba un riesgorealmente medular en el debate: "Se trata de que no lIeguen a usarse estasfacultades para desembocar en forma apresurada en un Servicio unico deSalud.n122 Asi, la discusi6n sobre la escogencia entre un sistema unico y unservicio unico surgia de nuevo y Facolrnedicas dejaba ver c1aramente su posicion:

Diferenciemos bien 10que es un sistema unico 0 mejor unificado de.saiud que como su nombre 10 indica corresponde a politicasvertebradas de caracter nacional, con 10 que podria ser un ServicioUnico de Salud que se convertiria en un inmenso organismoomnipotente al cual no podra lIegarse sino en mucho tiempo y

120 COLOMBIA, Camara de Representantes (1973) Archivo de leyes aut6grafas. Carta deFacolmedicas a ta Comisi6n Primera. 1973, Torno 11Bis, No 8-10 Archivo del Congreso121 Ibid.122 Ibid.

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despues de etapas que es necesario superar proqresivarnents.V'

Lo cierto es que los medicos agremiados y otros actores del sector representadosalii, habian aprendido la lecci6n impartida por varios politicos en la decadaanterior: La integraci6n absoluta, es decir, la creaci6n de un servicio unico, no eraposible para Colombia. Por otra parte, las tensiones entre el ejecutivo ellegislativo. las regiones y los poderes centrales saltaron a la luz, a traves deconflictos por competencias. La primera tensi6n fue representada por loscongresistas y por el Ministro de Salud quien particip6 en casi todos los debates.EI senador Jose Maria Nieto Rojas cuestion6 las facultades extraordinarias delsiguiente modo:

l.No hubiera sido mas practice que se hubiera elaborado un proyectode Ley que al presentarlo al estudio del Congreso seguramentehubiera obtenido la mejor acogida? (...) por que pedir facultadesextraordinarias para unas casas que yo supango ya tienen estudiadaspor sus tecnicos (...) ~ya tienen estudios adelantados para estosparticulares? Si no los han hecho entones no veo la raz6n de que sepidan facultades para hacer estos estudios, porque sin facultadespueden adelantar esos estudios (...)124 .

En las discusiones siguientes el Senador Le6n Colmenares advirti6 al Ministro deSa Iud Publica sobre los riesgos que podria correr esta iniciativa, toda vez que ensu forma inicial generaria oposici6n en las regiones. Su argumentaci6n se basabafundamentalmente en el nivel de politizaci6n que ten ian los servicios seccionalesde salud departamentales y el rechazo ante el caracter centralista que pod riaimponer el proyecto en cuesti6n. En ese sentido dijo: "Tenemos en algunosdepartamentos como en el rnlo, una experiencia electoral muy mala en sentido dela intervenci6n de los servicios de saIud publica. Esa es una cosa que abona lanecesidad de hacer un sistema tecnico estrictamente separado de las secretariaspollticas" 125

123 Ibid. Curiosamente la comunicaci6n de Facolrnedicas inclula la firma de Fabio Paz Gartner,como signatario y Tesorero de la Federaci6n, no obstante, el habra salido de ese cargo un ariaatras y para febrero de 1973 ocupaba el cargo de Asistente General para ta Caja Seccional deSalud de Cundinamarca. En: COLOMBIA, Congreso de la Republica, (1973) Archivo de leyesaut6grafas. Carta ADG 442, Dirigida a Jaime Chavez pas Fabio Paz Gartner. 1973, Tomo 11 Bis, NoB~10 Archivo del Congreso124 COLOMBIA, Ministerio De Salud Publica (1972) Op.Cit. p. 59125 COLOMBIA, Ministerio De Salud Publica (1972) Op.Cit. 53

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Para el parlamentaria los departamentos habian generado sus propias formas deintegraci6n fundadas en la defensa de sus intereses 0 "patrimonios" y por eso eranmuy celosos ante cualquier propuesta en materia de servicios de salud126. Par talmotivo, se lIeg6 a un sistema contractual con el gobierno central, incomplete ymaneja~o con c?~a d1~~artamento por me~~o de. negociaciones individuales ybeneficlos especlflcos. La ardua transaccion e incluso el rechazo que dierondepartamentas como el del Valle a los cantratas entre el Ministeria de Salud V lasregianes can el decreta numero 1225 en 1.966 daban sustenta a estas ideas. Ensu intervenci6n, Colmenares traeria a la memoria la idea que "el regimencontractual ha side una causa a la cual se lIego como herramienta de saluci6n aun problema anteriormente insoluble,,128y consideraba finalmente que intentarorganizar los servlcios seccionales par un solo estatuto emanada de las facultadesextraardinarias no era conveniente ya que se podia entender por muchosdepartamentos que una sola de las partes contractuales --en este caso el gobiernocentral- estaba decidienda sabre el todo.

Aunque las tensiones entre el gobierno central y las regiones eran un asunto viejoen los temas de salud, esta vez los parlamentarios insistieron en la necesidad dedarle un caracter tecnico al proyecto que diera tranquilidad patrimonial yadministrativa a las entidades departamentales y territariales para garantizar aslsu aprobaci6n. Esa actitud pod ria responder a la fortaleza de un Gobiernoapoyado par los sectores productivas, al caracter papulista que maneja durantesus primeras aiias Pastrana, a la estabilidad partidista tras las eleccianes de 1.972V al misma beneficia que representaba la propuesta en cuestion. AI respecta elSenador Guillermo Angulo mencionarla:

De tal manera que usted ha puesto a consideraci6n de la cornision unpunta que a tadas nos duele sin que ella implique animasidad par elproyecto. Pero si esta bien que se delimiten los aspectos que lesion anlos intereses de los departamentos y coinciden con esa carnpana quetodavia estan agitando los Antioquenos contra la centralizaci6n ...129

Dentro de los intereses que deb ian ser respetados estaban los de lasbeneficencias ya que, como 10 habia expresado el mismo doctor Angulo, variosSenadores hacian parte de sus juntas directivas: "Muchos de nosotros somasmiembros de las juntas de Beneficencia de los departamentas V desde luega que

126 Ibid.127 Ibid.128 Ibid.129 Ibid.

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estamos sometidos a un regimen contractual, como usted 10 ha dicho deintegracion.,,13oEn esa misma direccion se expresaron Hugo Escobar Sierra yotros parlamentarios quienes dieron su consentimientoa la propuesta a la vez quecondicionaron su aprobacion en aspectos como el respeto de los interesespoliticos y econornicos regionales. ",

Otra fue la disputa de los trabajadores de la salud. En el debate del proyecloresulta clare que se busco una garantia para no sacrificar las condiciones deeslabilidad de los Irabajadores del sector y de las instituciones adscritas alMinisterio.131La discusi6n no era menor. La rnodiflcacionque proponia el proyectode ley en la naturaleza juridica de varias entidades para poder ser adscritas alMinisterio implicaba convertirlas en instituciones publicas can 10 cual susIrabajadores pasarian a ser empleados publicos y perderian por ello muchas delas prebendas que tenian mientras permanecieren en los entesdescentralizados.132

Pere tal vez el punta central en la discusiondel proyecto, mas alia de la asignaci6nde las facultades extraordinarias, tenia que ver sin duda alguna can la confusionde algunos congresistas respecto a la descentralizaci6n administrativa, par cuantoel proyecto hablaba de la unificaci6n del sistema Naclonal de Salud'33 Esleasunto ponia sobre la mesa otro debate que varios tecnicos del Ministerio deSalud Publica habian sostenido desde hace alqun tiernpo: i,se debe implantar unSistema Nacional de Salud 0 un Servicio Unico de Salud? Cada una de estascategorias implicaba en ultirnas una concepci6n de los sistemas de saluddiferenciada, un modele de Estadodiferente,y en 10 particular, una distinci6n entreintegraci6n y coordinaci6n, con relaci6n a la organizaci6n de los servicios. En unservicio unico el Estado tenia que asumir la salud como un servicio publico conunidad de enteric e incrementando al maximo el nivel de intervenci6n en todas lasinstituciones u organizaciones que hubiesen adoptado la funci6n de prestar dicho

130 Ibid.131 COLOMBIA, Senado (1.967) Ponencia Para segundo debate del Proyecto de Ley numero 85 de1.972 "por el cual se reviste al presidente de facultades extraordinarias para reorganizar el SistemaNacional de Salud Publica y se dictan otras disposiciones pertinentes". Anales del Congreso.Jueves 22 de Febrero de 1.973. p. 117132 COLOMBIA, Camara (1.967) Ponencia Para segundo debate del Proyecto de Ley numero 85 de1.972 "por el cual se revlste a! presidente de facultades extraordinarias para reorganizar el SistemaNacional de Salud Publica y se dictan otras disposiciones pertlnentes". Anales del Congreso.Miercoles 7 de Marzo de 1.973. p. 192.133 COLOMBIA, Senado (1.967) Ponencia Para segundo debate del Proyecto de Ley numero 65 de1.972 "par el cual se reviste al presidente de facultades extraordinarias para reorganizar el SistemaNacional de Sa Iud Publica y se dictan otras disposiciones pertinentes". Anales del Congreso.Jueves 22 de Febrero de 1.973. p. 117

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servicio, fuesen 0 no prepiedad del Estado.134Para lograr esto se requeria unagran capacidad Estatal como ocurria en los paises socialistas 0 en los capitalistasdesarrollados sequn 10 demostraban algunas experiencias en el mundo. Sequn loscongresistas y los tecnicos, un Servicio de salud con esas caracteristicas enColombia no era posible. Ante tal imposibilidad, se opt6 por un Sistema Nadonalde Sa Iud el cual se podia traducir en una forma de reordenamiento que manteniaen el fondo la fragmentaci6n de los distintos elementos institucionales quecomponian el sector. Estos elementos deberian coordinarse en objetivos y metasprecisas, determinadas y realizables en corto tiempo.'35 Sequn Salazar Buchelli, Ycomo 10 expres6 a su turno Facolrnedicas, se pretendia empezar por el sistemaNacional de Salud para alcanzar en el largo plazo el Servido unico. Sin embargo,es muy posible que en el fondo todos sospecharan que eso no sucederia.

Lo que llama la atencion sobre esta discusi6n es que para los distintos actoressociopoliticos la escogencia de alguno de los dos modelos era muy importante ycausaba mayor preocupaci6n entre mas centralista y mayor unificaci6n eintegraci6n tuviera el plan seleccionado. La raz6n resultaba evidente. Un modelocentralista podria traer consecuencias sobre la autonomia y los interesesregionales en el sector salud. En las intervenciones de los parlamentarios duranteel segundo debate del prcyecto en la Camara se expuso: "Perc establecida ladiferencia can el Ilamado servicio unico de salud, que no existe en Colombia, selIeg6 a la conclusi6n de que con las garantias constitucionales de que gozan tantolos Municipios y los departamentos, estaban salvaguardados los interesesgenerales de las secciones,,136 En otras palabras, los temas medulares delpreyecto fuercn aquellos que podrian perturbar el desarrollo en muchos casosaut6nomo Y descentralizado de las regiones en salud. Los parlamentariosdefendian a las secci6nales, a las Beneficencias y a las entidades privadas de susdepartamentos. As! sucedi6 en uno de los debates finales en la Camara, cuandoel Representante Alvaro Leiva Lievano intervino en la discusion expresando lacalamitosa situaci6n en salud que se vivia en su departamento, el Huila, e hizoenfasis en la desorganizaci6n de los programas asistenciales en el pais, en ladispersion tanto de recursos humanos como fisicos y econ6micos, y en lasventajas de la mteqracion.!" Su reclamo fue seguido par el del RepresentanteBlas Alfonso Riario, quien aludi6 con cierto sarcasmo a la situaci6n de laasistencia en otros departamentas: "Si esto sucede en un Departamento que tiene

134 COLOMBIA, Ministerio de Salud (1989) Op.Cit. p. 67135 COLOMBIA, Ministerio De Salud Publica (1972) Op.Cit. 24 Y 54136 COLOMBIA, Senado. (1.967) Ponencia Para segundo debate del Proyecto de Ley numero 85de 1.972 "par el cual se reviste al presidente de facultades extraordinarias para reorganizar elSistema Nacional de Salud Publica y se dictan otras disposiciones pertinentes". Anales delCongreso. Jueves 22 de febrero de 1.973. p. 117137 COLOMBIA, Congreso de la Republica, (1973) Anales del Congreso, mierccles 7 de marzo de1973. p. 191-192.

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Presidente de la Republica, que sera en un Departamento como Choco, Cordobay Sucre, donde no hay ninguna clase de servicio asistencial. ,,138

Pero si para los congresistas la iniciativa era viable pues ella no afectaba susintereses regionales, para los medicos la propuesta causaba preocupacion. EIRepresentante Raul Orejuela hizo visible una vez mas las preocupacioneshistoricas del gremio medico:

Existe una preocupacion entre los profesionales de la medicina ya queno se sabe como quedaran los contratos de trabajo con los medicosdespues de la adscrlpclon. Advierte que las consecuencias pueden serlesivas a los intereses profesionales ya que con s610 un empleador yempleados de tiempo complete y dedicaci6n exclusiva van a quedarmuchos medicos con "desocupaci6n exclusiva".

De nuevo se hacia explicito el temor de los medicos colombianos a propuestas deintegraci6n, coordinaci6n 0 reorganizaci6n de los servicios de salud que pusieranen cuesti6n el caracter liberal de su prafesi6n 0 que significaran su proletarizaci6ny dependencia de un solo puesto de trabajo. Ante estas y otras cuestiones, elMinistro respondi6 de manera acertada, conjurando los temores sobre los excesospesibles de las facultades extraordinarias, tranquilizando a los medicos sobre suautonomia y .estabilidad laboral, respondiendo asertivamente a quienesconsideraban que la adscripci6n de los servicios asistenciales del ICSS supondriala desvertebraci6n de dicha instituci6n y destacando ios beneficios que estareorganizaci6n traeria al pais.

Finalmente la discusi6n no result6 tan tensa y tal vez una de las razones de laausencia de animosidad estuvo en el hecho de que can ella no se estabaponiendo realmente en cuesti6n la escogencia entre un servicio unico 0 unSistema Nacional de salud sino que se debalia simpiemente sobre el modo deaplicar la segunda propuesta. Es decir, la iniciativa que presentaba el gobierno noera otra cosa que la decisi6n tom ada en favor de un sistema Nacional de Saludpara Colombia bajo el reconocimiento de la imposibilidad social y econ6mica, y delmalestar que provocaria en los espacios regionales, implementar un Serviciounico. Asl, todos sabian que con el Sistema s610 se buscaba juntar las partes, 0

los subsectores, y en el fondo no modificarlos; como 10 expresaron algunoscongresistas en la Camara, durante el mes de noviembre. Esto perrnitio entoncesque instituciones como el segura social y las cajas de prevision social asi como los

138 Ibid.

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servicios privados conservaran su independencia y su autonamia, perpetuando lafractura de la protecci6nsocial.

Ahara bien, adernas de los argumentos econ6micos y de voluntad politica queexplicaron el abandono de la propuesta de un Servicio unico, los rasgos delarreglo consociacionalista del Frente Nacional, que dieron lugar a una politicaeconomica moderada y un reformismo frustrado (Hartlyn, 1989: 139) parecenhaber actuado tarnbien en el caso de la salud. Era mas facil para la dinamicasociopalitica sequir con los mismo, como 10 afirm6 Francisco Yepes LUjan: "EIhacer un sistema es, diciendolo crudamente, es seguir 10mismo con otro nambre;es no hacer un cambio de verdad...En ese momento, que es: no tocar al segurosocial, no tocar las cajas de prevision, no tocar al sector privado, y es dejar alMinisterio can 10 suyo..." (Yepes, 1989: 8). Yepes considero ademas que can elsistema Nacional de Salud se Ie otargaba un gran poder legal al Ministerio, poderque luego se demostr6 no contaba con la voluntad politica para ser ejercido(Yepes, 1989: 8), y puso en evidencia la resistencia de entidades como el segurasocial, para implementar a cabalidad la idea de los subsistemas que proponla lareorqanizacion (Yepes, 1989: 9). De este modo, la creacion del SNS expreso unavez mas el postergamiento de la integraci6nreal de los serviciosde salud.

Finalmente la iniciativa fue aprobada como Ley 9 del 14 de abril de 1973 yparad6jicamente los presentimientos de Facolmedicas se hicieron realidad.Teniendo en cuenta que las facultades extraordinarias del proyecto fueroncontempladas par dos anos, a partir de 1.974 se comenzaron a emitir losdiferentes decretos tendientes a dar forma al Sistema Nacional de Salud. Sinembargo, can el cambia a la adrninistracion del presidente Alfonso LopezMichelsen (1.975) se produjeron nuevas decretos que modificaron parcialmente laintencion inicial de la propuesta.

La refonma del Segura Social. DellCSS allSS

Mientras los servicios de salud se reorganizaban, otro soporte de la pratecci6nsocial, la seguridad social, pedia a gritos una reestructuraci6n. Durante los anossetenta los esfuerzos par expandir la seguridad social y ampliar la cabertura deriesgos se vieron nuevamente limitados par la dinarnica sociopolltica nacional.Entre 1965 y 1988 la discusion sabre la implernentacion de los riesgos deInvalidez Vejez y Muerte IVM a cargo del ICSS rnostro el infiujo de varios actores.Asociaciones sindicales, gremiales, el ex presidente Guillermo Le6n Valencia, laAndi y la central obrera UTe formularon serias objecianes en relaci6n a losaportes para estas nuevos riesgos e incluso la central obrera amenaz6 con unparo general rechazando la medida. Como 10 ilustra Oscar Rodriguez (Rodriguez,

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2006: 255), la Asociaci6n de Industriales abog6 por un modelo de transici6n y conuna baja capitalizacion inicial.139

En realidad, como 10enunciaron varies actores del momento, este era un temafundamental mente politico "... Ia alta 0 baja capitalizaci6n no es problema deactuarios sino de orientacion de la politica". 140 En etecta, la Andi queria impedirque el segura S8 convirtiera en un actor econ6mico muy fuerte que monopolizarael campo de la seguridad social. Parala UTe los porcentajes eran muy altos yconstituian un gran impacto en la economia del sector al que representaban. Lospatronos, par su parte, "...58 aterran de la constituci6n de un Instituto tanaltamente capitalizado, que pudiera intervenir en empresas competitivas en elsector pnvaco.'?" Los medicos, en principia opuestos a la medida, rapidarnente laacogieron al comprender que ello suponia una capitalizacion mayor del leSS, esdecir de su patrono.!" En el Primer Seminario sobre el Desarrollo y Ejercicio de laMedicina General, realizado en Bogota en junio de 1965, cambiaron de postura, alparecer, debido a la invitaci6n que les hizo el gobierno a participar en la cornisionde discusi6n del seguro. Asmedas y la Federaci6n Medica Colombiana,presentandose como delegadas del cuerpo medico y con la autorizaci6n y elrespaldo de sus directivas, manifestaron su aprobaci6n a la expansi6n de losnuevos seguros: "2° - Los medicos consideran necesaria e inaplazable la vigenciade los nuevos riesgos y su extensi6n rapida al mayor numero de colombianos,para que la acci6n del Estado no continue circunscrita a un conjunto privilegiadode ellos.,,143

Finalmente en 1968 se aprobaron los nuevos riesgos de IVM, pero conlimitaciones importantes que irnpactaran en el desarrollo del ICSS a tal punta que,junto a otros problemas de organizaci6n, administraci6n, corrupcion, prestaci6n deservicios y falta de aportes del Estado, a principios de los setenta sureestructuraci6n se haria inaplazable. Par ella, en 1971 el ejecutivo dict6 eldecreto ley 433 del 27 de marzo par el cual se introdujeron modificacionessustanciales a la ley 90 de 1946, orqanica del ICSS144.AI considerarla como unaentidad de derecho social se insistio en su caracter universal bajo una idea desequridad social como "servicio publico orientado y dirigido par el Estado". Dichanorma modific6 ademas el caracter tripartite del financiamiento del Instituto,establecienda que el aporte estatal -no girada hasta el momento- deberia

139 Cita original: EI siqlo. 23 de diciembre de 1966, p. 1 Y 7.140 Revista de ASMEDAS. Vol. V, No.1, Julio de 1965. P. 13141 Ibid.142 Op.clt. p. 10143 Op.cit. p. 14144 COLOMBIA (1974) Decreta ley numero 433 del 27 de marza par el cua! se introducenmodificacones sustanciales a la ley 90 de 1946, orqanica de esta mstttucton.

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equivaler a la cuarta parte del costa de las prestaciones y servicios de la seguridadsocial y no a la cuarta parte de las cotizaciones que financiaban las prestaciones.De igual modo se extendic la cobertura del segura obligato rio a los trabajadoresindependientes (urbanos 0 rurales) y a las familias de todos los trabajadores. Enterrninos financieros, el decreta 1935 de 1973 perrnitic, entre otras casas, lacreacion del Fondo de Solidaridad y Cornpensacion con el animo de emplearrecursos de los aportes par invalidez vejez y muerte en la cobertura del seguraobligataria, habida cuenta de deficit que par estos anos comenzaba a evidenciar elsegura. Posteriormente, en 1975 se inicto una arnpliacion de la cobertura, quealgunos han lIamado de "caracter estable", de sus servicios. A traves del decreta770 del 30 de abril se reglamentaran los seguras de enfermedad general ymaternidad sabre la base de un sistema en el cual el instituta extendia laprestaci6n medico asistencial prevista para el afiliado, a la familia del mismo,instituyendo de este modo un segura medico familiar. La puesta en funcionamientode este modela familiar se planeo como un proceso pragresivo y gradualcomenzando en algunas ciudades para Ilegar final mente a cubrir todo el territorionacional.

Pera los cambios que mas interesan vendran hacia la segunda mitad de la decadadel 70. Durante la controvertida administraclon de Alfonso Lopez Michelsen seernitio el decreto ley 148 "por medio del cual se organiza el Instituto Colombianode los Seguras Sociales,,145. Can esta iniciativa se precisaban y limitabanfunciones administrativas, del consejo directivo y de la direcci6n general, seinstitucionalizaban las auditarias administradaras aumentando la representaci6nabrero patranal, se consideraba allCSS como establecimiento publico y se dictabala obligatoriedad del segura social campesino. Sin duda alguna el punta de estanorma que provocaria mayo res resistencias fue el relacionado can laditerenciacion en el Instituto entre empleados pubiicos y trabajadores oficiales. EIrechazo de las arganizaciones sindicales que recagian a los trabajadores delsegura no se hiza esperar. Mas de 21.000 trabajadares de la instituci6n tramitaronsu descontento a traves de la dirigeneia sindical como 10 expresa la prensa: "".105dirigentes sindicales desde hace varios meses se han opuesto al estatuto porque10 consideran lesivo para sus conquistas sociales ..146.

Para el 26 de agosto del mismo ana un grupo de medicos adscritos al segurasocial, apoyados par los sindicatos de base, anunciaron una huelga que seprolong6 par 51 dlas, can suspension general de los servicios, par el mismomotive. Pera como 10 relata el director general de aquel entonees, Gustavo

'(5 COLOMBIA (1975) Decreta ley 148 del 27 de enera, "par media del cual se organiza elInstitutoColambiano de las Seguros Sociales.146 En: EI Tiempa, 27, agas.1976.

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Wilches Bautista, los medicos sal ian en huelga ante la prensa, y luego 10lIamabana ofrecerle sus servicios privados en sus consultorios y clinicas. No obstante,algunas agrupaciones rnedicas asumieron una postura mas radical ante la opinionpublica:

La Federaci6n Medica Colombian a dijo ayer que se esta incubandouna situacion laboral explosiva en el Instituto de los Seguros Sociales,par falta de decisi6n de tas directivas de este organismo. Eldocurnento dado a la publicidad expresa que desde la aparicion deldecreta 148, hace 7 meses, los trabajadores han venido reclamandoante el concejo directivo del instituto que se tome una determinacion yS8 les defina la situacion. Sin embargo, aun no S8 ha Ilegado a unacuerdo sabre la clasificaci6n del personal, provocando con esaactitud dilatoria inquietud y protestas a nivel de todas lasorganizaciones sindicales 147.

EI reclamo de los sindicalistas y de un sector irnportante de medicos era clare. EIdecreto 148, segun afirmaban, era ambiguo en la clasificacion de los trabajadores,acababa con el derecho a capacitacion, escalafon, prornocion y asensos;propiciaba decisiones arbitrarias de los patronos sobre los trabajadores y con suaplicacion se declaraba a gran parte de la dirigencia sindical como empleadospublicos, suprimiendo adem as el derecho a las convenciones colectivas, entreotras!". Adernas del problema de la clasificacion de los trabajadores, y como 10supieron expresar algunos funcionarios de la epoca, esta huelga ponia sabre lamesa una crisis profunda de la instituclon que podia estar referida a:

... Ia falta de una concepcion global de 10 que es la seguridad social; lafalta de una polltica de seguridad social acorde can una estrategia dedesarrollo, la necesidad de deshacerse de la concepcion restrictivaque liga el empleo con la seguridad social; la necesidad de proveerproteccion a toda la poblaci6n y de definir el papel del Estado frente asu financiamiento. (ANIF, 1976; 12)

Sin mas, una huelga de trabajadores del ICSS sacaba a la luz cuestionamientosfuertes sobre el diserio y la orqanizacion de la seguridad social en Colombia, sobrelos alcances del aseguramiento, sabre las restricciones que ofrecia la prestacicnde servicios asistenciales per la via del contrato de trabajo y sabre la existencia de

147 En: EI Tiempo, 26, ago., 1976.146 En: EI Tiempo, 28, ago., 1976.

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