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Responsabilidad Social
UniversitariaNoemí Ancí
Asesoría Legal: Consultorios Jurídicos Gratuitos
Imagen: Gustav Klimt
El nuevo paradigma de la RS
Definición tradicional responsabilidad social:
• Filantropía • Caridad • Buena voluntad • Ayuda / Asistencia • Generosidad • Solidaridad
OBLIGACIÓN MORAL (o ética)
El CAMBIO de paradigma en la RS
En el caso de la empresa: El hecho de que sobrevive
únicamente por la posición que ocupa en la sociedad
de la que lucra.
En el caso de la universidad: La crisis del saber tecno- científico
hiperespecializado e hiperacionalizado
PROCESO DE CONCIENTIZACIÓN
El nuevo paradigma de la RS
Nueva definición de responsabilidad social:
Dimensión ética que debe poseer toda organización o institución en su práctica diaria respecto a la posición y función que cumple en la sociedad. Se trata de una voluntad ética e interesada a la vez de hacer las cosas "bien" para que todos los beneficiarios internos y externos de los servicios de la organización estén "bien". La ética, entonces, no aparece como freno al interés egoísta de la organización sino al contrario como empuje para su provecho. Así se crea una articulación pocas veces practicada entre ética y eficacia.
¿Qué significa “bien” o “bueno”?
DELIBERACIÓN
Afectados por los servicios de la organización
Interesados por los servicios de la
organización
¿Negociación? ¿Diálogo?
¿Entre quiénes?
Nuevo paradigma en RSE y RSU
RESPONSABILIDAD SOCIAL EN LA EMPRESA RESPONSABILIDAD SOCIAL EN LA UNIVERSIDAD
1. Más allá del altruismo y superación del enfoque filantrópico
2. Finalidad: evitar daños y producir beneficios3. Relación con la actividad misma de la empresa4. Sostenible en el tiempo5. Visión integral de la sociedad desde la posición
de la empresa en ella6. Forma parte de la estrategia corporativa 7. Beneficios tanto para la empresa como para la
sociedad
1. Superación del enfoque de la proyección social y la extensión universitaria.
2. Toma de conciencia de que la RSU es una exigencia por dos razones:
A. Profunda reflexión sobre el significado social de la producción de conocimiento. B. “Culpabilidad de los problemas crónicos de la sociedad”.
Pero, a pesar del cambio en la definición ¿ha cambiado efectivamente la comprensión de la RS
como obligación moral?
Premisas (Gosepath)
1. Sabemos que cuando los afectados (por injusticias o contingencias) pueden ser ayudados pero no lo son, es un daño moral grande.
2. Entonces, tenemos la intuición básica de que las personas que sufren deben tener ayuda efectiva.
3. Sin embargo, no es claro para nosotros quién es responsable de detener estas situaciones.
4. Por lo tanto, existe el peligro de que todo el mundo lamente los daños morales, pero que nadie ayude efectivamente.
Conclusión (Gosepath)
RESPONSABILIDAD JURÍDICA POR ABOLICIÓN POR DAÑOS MORALES
El DERECHO como medio de estabilización de daños
Responsabilidad Social Universitaria como obligación jurídica a través de los CJG
Banks of the Seine at Jenfoss, Monet
¿Quién es el actor socialmente responsable?
• Autoridades, docentes, trabajadores administrativos y empleados en general
• Alumnos
PERO NO INDIVIDUALMENTE, SINO SOLO EN TANTO
MIEMBROS DE LA UNIVERSIDAD
¿Qué tipo de responsabilidad es?
Se trata entonces de una OBLIGACIÓN JURÍDICA COLECTIVA de la UNIVERSIDAD
¿Qué se debe hacer?